CONTRATO NO. LS-CECyTEV-018-2009.
CONTRATO NO. LS-CECyTEV-018-2009.
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE MOBILIARIO ESCOLAR, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE VERACRUZ, REPRESENTADO POR EL L.A.E. XXXX X. XXXXXXXX XXX XXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 16 Y 19 FRACCIONES X Y XIII DEL DECRETO QUE CREA ESTE ORGANISMO DE FECHA 26 DE NOVIEMBRE DE 1994, A QUIEN EN LOS SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL “CECyTEV” Y POR OTRA PARTE EL C. XXXXXX XXXXX XXXXXXXX, REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA KVENTAS S.A. DE C.V., QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO “EL CONTRATANTE”; QUIENES MANIFIESTAN RECONOCERSE LA PERSONALIDAD, BAJO LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
A) CON FECHA 00 XX XXXXXXX XX 0000, XX XXXXXXX INVITACIÓN A LAS EMPRESAS: ALTA COMERCIALIZADORA EN OFICINAS S.A. DE C.V.; OFIX S.A. DE C.V.; y KVENTAS S.A. DE C.V.; PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN SIMPLIFICADA NÚMERO GEV/23/CECyTEV/014/2009 RELATIVA A LA ADQUISICIÓN DE MOBILIARIO ESCOLAR.
B) EL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO, SE CELEBRÓ EL ACTO DE RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES DE LA LICITACIÓN SIMPLIFICADA ANTES SEÑALADA, RECIBIENDOSE LOS SOBRES DE LAS PROPUESTAS TECNICAS Y ECONÓMICAS DE LAS EMPRESAS QUE ENVIARON SUS SOBRES PARA PARTICIPAR, QUEDANDO SUJETAS A ANÁLISIS LAS PROPUESTAS DE: KVENTAS
S.A. DE C.V.; ALTA COMERCIALIZADORA EN OFICINAS S.A. DE C.V.; y OFIX S.A. DE C.V.; PARTICIPANTES QUE CUMPLIERON CON LOS REQUISITOS DE LA LICITACIÓN DE REFERENCIA.
C) UNA VEZ EFECTUADA LA EVALUACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA A LAS PROPUESTAS DE LOS PARTICIPANTES QUE CUMPLIERON CON LOS REQUISITOS SOLICITADOS EN BASES, CON FECHA 21 DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO, LA COMISIÓN DE LA LICITACIÓN EMITIÓ Y NOTIFICÓ FALLO, DETERMINANDO CONVENIENTE LA ADJUDICACIÓN DE UNA PARTE DEL TOTAL DE PARTIDAS EN
LICITACIÓN, A LA EMPRESA KVENTAS S.A. DE C.V.; AL PRESENTAR LAS MEJORES CONDICIONES TÉCNICAS Y ECONÓMICAS EN LAS PARTIDAS QUE LE FUERON ASIGNADAS EN EL PRESENTE CONTRATO.
DECLARACIONES Y PERSONALIDAD DE LAS PARTES DEL “CECyTEV”:
I. QUE ES UN ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO, CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIOS, DENOMINADO POR DECRETO DE FECHA 26 DE NOVIEMBRE DE 1994, COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE VERACRUZ.
II. CON DOMICILIO Y OFICINAS CENTRALES UBICADAS EN LA XXXXX XX XXXXXX X. XXXXXXXXX Xx. 00, XXXXXXX XXX XXXXXXX, CÓDIGO POSTAL 91030 DE LA CIUDAD DE XALAPA – XXXXXXXX, VERACRUZ XX XXXXXXX XX XX XXXXX.
III. DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 16 Y 19 FRACCIONES X Y XIII DEL DECRETO DE CREACIÓN DEL COLEGIO, EL DIRECTOR GENERAL CUENTA CON FACULTADES PARA CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO Y ACREDITA SU PERSONALIDAD CON SU NOMBRAMIENTO DE FECHA 06 DE SEPTIEMBRE DEL 2005, OTORGADO POR EL C. GOBERNADOR DEL ESTADO DE VERACRUZ XX XXXXXXX XX XX XXXXX.
DEL “CONTRATANTE”:
I. MANIFIESTA SER UNA PERSONA MORAL, CON R.F.C. KVE041025JW3 Y DEDICARSE A LA COMPRA VENTA DE MOBILIARIO DE OFICINA Y MOBILIARIO ESCOLAR.
II. QUE SU DOMICILIO FISCAL DE LA EMPRESA ES EL UBICADO EN EL BOULEVARD XXXXXXXXX XXXXX No. 5 DESP 607, COLONIA ANIMAS, CÓDIGO POSTAL 91190, XALAPA, VERACRUZ XX XXXXXXX DE LA LLAVE.
III. QUE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD CUENTA CON FACULTADES, EXPERIENCIA, CAPACIDAD TÉCNICA Y LEGAL PARA SUSCRIBIR Y CUMPLIR CON EL PRESENTE CONTRATO. ASÍ MISMO EL REPRESENTANTE LEGAL ACREDITA SU PERSONALIDAD CON SU CREDENCIAL PARA VOTAR EXPEDIDA
POR EL IFE, PODER LEGAL, ACTA CONSTITUTIVA DE LA EMPRESA Y RFC COMO PERSONA MORAL.
QUIENES SE OBLIGAN, BAJO LAS SIGUIENTES:
CLÁUSULAS
OBJETO Y MONTO DEL CONTRATO
PRIMERA.- EL PRESENTE CONTRATO ES ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE PARA LA ADQUISICIÓN DE MOBILIARIO ESCOLAR; OBLIGANDOSE “EL CONTRATANTE” A PROPORCIONAR LOS BIENES LICITADOS EN LA CANTIDAD, ESPECIFICACIONES Y PRECIOS QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLAN:
PAR TIDA | MOBILIARIO ESCOLAR | U.M. | CANTID AD | P.U. | IMPORTE |
1 | MESA PARA COMPUTADORA 80 X 50 X 73 CM, MARCA DIMOBLE MESA INDIVIDUAL PARA COMPUTADORA DE 80 CM DE LARGO X 50 CM ANCHO X 73 CM ALTO, CON CUBIERTA MELAMINICA COLOR ROJO, CON PORTATECLADO CON CORREDERAS EMBALINADAS, CON BASE PARA C.P.U., CON ESTRUCTURA TUBULAR XXXXXXXX XX 0”, XXXXXXX 18, PINTURA ELECTROSTATICA EN COLOR NEGRO SEMI MATE, CON PROCESO DE FOSFATIZADO PARA EVITAR CORROSIÓN. | PIEZA | 110 | $770.00 | $84,700.00 |
2 | MESA PARA COMPUTADORA DE 120 X 50 X 73 CM, MARCA DIMOBLE MESA DOBLE PARA COMPUTADORA DE 120 CM LARGO X 50 CM. ANCHO X 73 CM. ALTO, CON CUBIERTA MELAMINICA COLOR ROJO CON 2 PORTATECLADOS CON CORREDERAS EMBALINADAS, SIN BASE PARA C.P.U., CON ESTRUCTURA TUBULAR XXXXXXXX XX 0”, XXXXXXX 18, PINTURA ELECTROSTÁTICA EN COLOR NEGRO SEMI MATE, CON PROCESO DE FOSFATIZADO PARA EVITAR CORROSIÓN. | PIEZA | 176 | $810.00 | $142,560.00 |
3 | MESA PARA MAESTRO 110 X 50 X 73 CM, MARCA DIMOBLE MESA INDIVIDUAL PARA MAESTRO EN TUBULAR CUADRADO DE 1” CON MEDIDAS GENERALES DE 110 CM LARGO X 50 CM ANCHO X 73 CM ALTO, CON PINTURA ELECTROSTÁTICA EN COLOR NEGRO Y SUPERFICIE MELAMINICA EN COLOR BLANCO, CON PROCESO DE FOSFATIZADO PARA EVITAR CORROSIÓN. | PIEZA | 94 | $692.00 | $65,048.00 |
4 | PIZARRON CLÁSICO BLANCO DE 240 X 120 CMS, MARCA DIMOBLE PIZARRÓN DE DISEÑO CLÁSICO, CON UNA SUPERFICIE EN COLOR BLANCO PLASTIFICADO, LO QUE PERMITE EL USO DE MARCADORES DE TINTA FUGAZ, ADEMÁS, CUENTA CON GISERA A TODO LO LARGO, LO QUE PERMITE UN ÁREA CÓMODA PARA COLOCAR EL BORRADOR Y LOS PLUMONES, CARACTERISTICAS: -TABLERO BLANCO PLASTIFICADO DE ALTA DENSIDAD. -6 MM DE ESPESOR. -XXXXX XX XXXXXXXX ANODIZADO NATURAL. -GISERA A TODO LO LARGO. -PEGADO Y REMACHADO EN LA TRASCARA. -CUMPLE CON LA NORMA Y ESPECIFICACIONES DE LA MÁS ALTA CALIDAD. - MEDIDAS: 2.40 X 1.20 MTS | PIEZA | 66 | $919.00 | $60,654.00 |
6 | PUPITRE ESCOLAR CON PALETA, MARCA DIMOBLE PUPITRE ESCOLAR ESTANDAR CON CONCHA PLASTICA DE POLIPROPILENO EN COLOR ROJO. ESTRUCTURA TUBULAR XXXXXXX XX 0/0”, XXXXXXX POR MEDIO DE PINTURA ELECTROSTATICA, EN COLOR NEGRO SEMI MATE CON PROCESO DE FOSFATIZADO PARA EVITAR CORROSIÓN, CUENTA CON PALETA EN MATERIAL MELAMINICO DE 16 MM EN COLOR NEGRO Y CANTOS EN PVC ADHERIDO POR MEDIO DE PEGAMENTO TERMO FUNDIBLE. MEDIDAS GENERALES: 46 CM DE ALTURA A LA BASE DEL ASIENTO 81 CM DE ALTURA TOTAL AL RESPALDO 74 CM DE ALTURA DEL PISO A LA PALETA 40 CM DE ANCHO DE LA BASE DEL ASIENTO | PIEZA | 680 | $440.00 | $299,200.00 |
7 | SILLA PARA COMPUTADORA, MARCA DIMOBLE SILLA ESTANDAR CON CONCHA PLASTICA DE POLIPROPILENO EN COLOR ROJO. ESTRUCTURA TUBULAR XXXXXXX XX 0/0”, XXXXXXX POR MEDIO DE PINTURA ELECTROSTATICA, EN COLOR NEGRO SEMI MATE, CON PROCESO DE FOSFATIZADO PARA EVITAR CORROSIÓN. MEDIDAS GENERALES: 46 CM DE ALTURA A LA BASE DEL ASIENTO 81 CM DE ALTURA TOTAL AL RESPALDO 40 CM DE ANCHO DE LA BASE DEL ASIENTO 47 CM DE ANCHO TOTAL 50 CM DE LARGO TOTAL | PIEZA | 424 | $281.00 | $119,144.00 |
8 | SILLA PARA MAESTRO, MARCA DIMOBLE SILLA PARA MAESTRO ESTANDAR CON CONCHA PLASTICA DE POLIPROPILENO EN COLOR ROJO. ESTRUCTURA TUBULAR XXXXXXX XX 0/0”, XXXXXXX POR MEDIO DE PINTURA ELECTROSTATICA, EN COLOR NEGRO SEMI MATE, CON PROCESO DE FOSFATIZADO PARA EVITAR CORROSIÓN MEDIDAS GENERALES; 46 CM DE ALTURA A LA BASE DEL ASIENTO 81 CM DE ALTURA TOTAL AL RESPALDO 40 CM DE ANCHO DE LA BASE DEL ASIENTO 47 CM DE ANCHO TOTAL 50 CM DE LARGO TOTAL | PIEZA | 88 | $281.00 | $24,728.00 |
IVA TOTAL | $796,034.00 | ||||
$119,405.10 | |||||
$915,439.10 |
SEGUNDA.- “EL CECyTEV” SE OBLIGA A PAGAR AL “CONTRATANTE” EL IMPORTE DE LOS BIENES SEÑALADOS EN LA CLÀUSULA PRIMERA, LA CANTIDAD DE $796,034.00 (SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS TREINTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N.), MÁS EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DE
$119,405.10 (CIENTO DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCO PESOS 10/100 M.N.), LO QUE HACE UN IMPORTE TOTAL DE $915,439.10 (NOVECIENTOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS 10/100 M.N.), UNA VEZ RECIBIDO A ENTERA SATISFACCIÓN DEL ORGANISMO, LA TOTALIDAD DE LOS BIENES, CONTRA FACTURA DEBIDAMENTE REQUISITADA FISCALMENTE POR “EL CONTRATANTE”.
TERCERA.- “EL CECyTEV” Y “EL CONTRATANTE” ACUERDAN QUE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE ESTE CONTRATO, NO PODRÁN CEDERSE O TRASPASARSE BAJO NINGUNA MODALIDAD A FAVOR DE PERSONA O EMPRESA ALGUNA.
CUARTA.- “EL CONTRATANTE” SE RESPONSABILIZA TOTALMENTE DE CUALQUIER VIOLACIÓN O INFRACCIÓN A LAS DISPOSICIONES RELATIVAS A LOS DERECHOS DE PROPIEDAD, PATENTE Y MARCA DE LOS BIENES OBJETO DEL CONTRATO, ASÍ COMO PAGAR SUS RESPECTIVOS IMPUESTOS HACENDARIOS; EXIMIENDO DE ESTO A “EL CECyTEV”.
QUINTA.- “EL CONTRATANTE” RECONOCE Y ACEPTA QUE CUENTA CON LOS ELEMENTOS PROPIOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 13 Y 15 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y EN CONSECUENCIA ES EL PATRÓN DE TODAS Y CADA UNA DE LAS PERSONAS QUE INTERVENGAN EN EL DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE LA ENTREGA DE LOS BIENES SEÑALADOS EN ESTE CONTRATO, LIBERANDO A “EL CECyTEV” DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL.
LUGAR Y FECHA DE ENTREGA
SEXTA.- “EL CONTRATANTE”, SE OBLIGA A REALIZAR LA ENTREGA DE LOS BIENES DESCRITOS EN LA CLAUSULA PRIMERA, LIBRE A PISO EN EL ALMACÉN DEL “CECyTEV”, UBICADO EN LA XXXXX XX XXXXXX X. XXXXXXXXX Xx. 00, XXXXXXX XXX XXXXXXX, CÓDIGO POSTAL 91030 DE LA CIUDAD DE XALAPA – XXXXXXXX, VERACRUZ XX XXXXXXX XX XX XXXXX, DENTRO DEL PLAZO DE VEINTE DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO.
FORMA Y LUGAR DE PAGO
SEPTIMA.- “EL CECyTEV” EN APEGO A LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LAS BASES DE LA LICITACIÓN, SE OBLIGA A REALIZAR EL PAGO AL “CONTRATANTE” DENTRO DEL PLAZO DE VEINTE DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE LA RECEPCIÓN TOTAL DE LOS BIENES CONTRATADOS Y RECIBIDA LA FACTURA DEBIDAMENTE REQUISITADA.
OCTAVA.- “EL CECyTEV” ESTABLECE COMO LUGAR DE PAGO, LAS OFICINAS DE LA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA DEL CECyTEV, UBICADAS EN LA XXXXX XXXXXX X. XXXXXXXXX Xx. 00, XXXXXXX XXX XXXXXXX, CÓDIGO POSTAL 91030 DE LA CIUDAD DE XALAPA – XXXXXXXX, VERACRUZ XX XXXXXXX XX XX XXXXX, EN DONDE “EL CONTRATANTE” DEBERÁ ACUDIR Y PRESENTAR LA FACTURA, PARA REALIZAR EL CORRESPONDIENTE PAGO.
GARANTÍA PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
NOVENA.- “EL CONTRATANTE” SE OBLIGA PRESENTAR DENTRO DEL PLAZO DE CINCO DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA FIRMA DE ESTE CONTRATO, A FAVOR DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN, PÓLIZA DE FIANZA EXPEDIDA POR COMPAÑÍA LEGALMENTE AUTORIZADA PARA ELLO, POR EL IMPORTE DEL 10% (DIEZ PORCIENTO) DEL MONTO TOTAL CONTRATADO, SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO; ADEMÁS OBSERVANDO LO SIGUIENTE:
I.- LA FIANZA ESTARÁ VIGENTE POR UN AÑO, CONTADO A PARTIR DE LA FECHA EN QUE “EL CECyTEV” RECIBA DE CONFORMIDAD LOS BIENES MATERIA DEL PRESENTE CONTRATO.
II.- LA AFIANZADORA DEBERÁ ACEPTAR EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 95, 96 BIS Y 118 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.
III.- LA AFIANZADORA SE DEBERÁ COMPROMETER A PAGAR HASTA LA CANTIDAD IMPORTE DE LA FIANZA Y EL MONTO RESULTANTE DE LA APLICACIÓN DE LA CLÁUSULA PENAL DEL PRESENTE CONTRATO, EN CASO DE QUE SU FIADO NO JUSTIFIQUE PLENAMENTE Y A SATISFACCIÓN DE “EL CECyTEV”, EL CUMPLIMIENTO DEL MISMO.
IV.- ASI MISMO, DEBERÁ SEÑALARSE QUE LA COMPAÑÍA AFIANZADORA SE COMPROMETE A SEGUIR AFIANZANDO EN EL CASO DE QUE SE OTORGUEN PRÓRROGAS O ESPERAS AL FIADO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE SE AFIANZAN.
V.- LA PÓLIZA SOLAMENTE PODRÁ CANCELARSE A PETICIÓN POR ESCRITO DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN.
VI.- LA AFIANZADORA RECONOCE LA PERSONALIDAD DE LA PROCURADURÍA FISCAL DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ PARA HACER EFECTIVA ESTA GARANTÍA.
DECIMA.- “EL CONTRATANTE” SE OBLIGA A MANTENER LOS BIENES A PRECIO FIJO, ASÍ COMO SOSTENER LOS PRECIOS HASTA POR 90 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A LA FIRMA DE ESTE CONTRATO.
DECIMA PRIMERA.- “EL CONTRATANTE” SE OBLIGA A GARANTIZAR LOS BIENES CONTRA CUALQUIER DEFECTO DE FABRICACIÓN, COMPOSICIÓN O VICIOS OCULTOS, POR UN TÉRMINO MÍNIMO DE UN AÑO, CONTADO A PARTIR DE LA FECHA DE SU RECEPCIÓN, LAS GARANTÍAS QUE SOLICITE “EL CECyTEV”, SE REALIZARAN POR CONDUCTO DEL “CONTRATANTE” ANTE EL FABRICANTE DE LOS BIENES.
PENALIZACIONES
DECIMA SEGUNDA.- “EL CONTRATANTE” SE OBLIGA A CUMPLIR CON UNA PENA CONVENCIONAL DEL 3 AL MILLAR, POR CADA DÍA DE ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES OBJETO DEL CONTRATO, MISMA QUE SERÁ CALCULADA SOBRE EL MONTO TOTAL DE LA PARTIDA QUE NO FUE ENTREGADA EN TIEMPO Y FORMA, IMPORTE QUE SERÁ DESCONTADO DEL PAGO QUE LE CORRESPONDA O EN SU CASO, PROCEDA LA APLICACIÓN DE LA FIANZA.
DECIMA TERCERA.- “EL CECyTEV” VIGILARÁ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DEL “CONTRATANTE” Y EN CASO DE QUE INCUMPLA, PROCEDERÁ A HACER EFECTIVAS LAS PENALIZACIONES ESTIPULADAS EN EL PRESENTE CONTRATO.
FACTURACIÓN
DECIMA CUARTA.- “EL CONTRATANTE” DEBERÁ EXPEDIR LA RESPECTIVA FACTURA DE LOS BIENES, A NOMBRE DE “COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL EDO. DE VER.”, CON CLAVE DE IDENTIFICACIÓN FISCAL CEC941104AN5, Y DOMICILIO EN LA XXXXX XXXXXX X. XXXXXXXXX Xx. 00, XXXXXXX XXX XXXXXXX, CÓDIGO POSTAL 91030 DE LA CIUDAD DE XALAPA – XXXXXXXX, VERACRUZ XX XXXXXXX XX XX XXXXX.
CAUSAS DE RESCINCIÓN
DECIMA QUINTA.- EN CASO DE QUE “EL CONTRATANTE” SE HAGA ACREEDOR A LA PENALIZACIÓN DEL 3 AL MILLAR POR CADA DÍA DE ATRASO Y ESTÁ LLEGUE ALCANZAR EL 10% (DIEZ PORCIENTO) DEL MONTO TOTAL CONTRATADO, PROCEDERA LA RESCISIÓN INMEDIATA DEL CONTRATO.
DECIMA SEXTA.- “EL CECyTEV” POR CAUSAS DE INTERÉS PÚBLICO O DE FUERZA MAYOR PLENAMENTE JUSTIFICADAS, PODRÁ RESCINDIR EN CUALQUIER MOMENTO EL PRESENTE CONTRATO O REDUCIR PARTIDA.
DECIMA SÉPTIMA.- EN CASO DE QUE ALGUNA DE LAS PARTES TRASPASE O CEDA LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL PRESENTE CONTRATO, PROCEDERÁ EN FORMA INMEDIATA LA RESCISIÓN DEL MISMO.
DECIMA OCTAVA.- “EL CECyTEV” PODRÁ RESCINDIR EL CONTRATO, EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE ALGUNA DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DE “EL CONTRATANTE”, SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA PARA “EL CECyTEV”.
FUNDAMENTACIÓN LEGAL
DECIMA NOVENA.- DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 26 FRACCIÓN II, 27 FRACCIÓN III, 43, 56, 57, 58, 60, 61, 62, 63, 64, Y 65 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO DE VERACRUZ XX XXXXXXX DE LA LLAVE; Y ARTÍCULOS 4 FRACCIÓN X, 16 Y 19 FRACCIONES X Y XIII DEL DECRETO DE CREACIÓN DEL ORGANISMO, EL PRESENTE CONTRATO ES LEGALMENTE VALIDO, FIRMANDO EN FORMA VOLUNTARIA LAS PARTES INTERESADAS Y CON PLENO CONOCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRAIDAS. LO NO PREVISTO EN EL PRESENTE CONTRATO SE RESOLVERA EN FORMA SUPLETORIA EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 1725,1726, 1728, 1731, 1736, 1757, 1765, 1772, 1777, 1780 Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE VERACRUZ EN VIGOR.
VIGESIMA.- LAS PARTES MANIFIESTAN QUE EN EL PRESENTE CONTRATO NO EXISTE ERROR, DOLO, MALA FÉ, NI VICIO ALGUNO QUE PUDIERA INVALIDARLO, COMPROMETIENDOSE A CUMPLIRLO EN CUALQUIER TIEMPO, LUGAR Y BAJO LAS CONDICIONES ESPECIFICADAS EN EL PRESENTE DOCUMENTO.
VIGESIMA PRIMERA.- PARA LA INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, LAS PARTES CONVIENEN EN SOMETERSE EXPRESAMENTE A LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y/O DEL FUERO COMÚN DE LA CIUDAD DE XALAPA- XXXXXXXX, VERACRUZ XX XXXXXXX XX XX XXXXX, RENUNCIANDO “EL CONTRATANTE” A CUALQUIER OTRO FUERO QUE POR RAZÓN DE SU DOMICILIO PRESENTE Y FUTURO PUDIERA CORRESPONDERLE.
EL PRESENTE CONTRATO SE EXPIDE EN LA CIUDAD DE XALAPA – EQZ, VERACRUZ XX XXXXXXX XX XX XXXXX, A LOS 21 DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DE DOS MIL NUEVE.
“EL CECyTEV” “EL CONTRATANTE”
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L.A.E. XXXX X. XXXXXXXX XXX XXXXXXXX Director General del CECyTEV
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C. XXXXXX XXXXX XXXXXXXX
Representante Legal de Kventas S.A. de C.V.
TESTIGOS
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L.I.I. XXXXXX XXXXXXXX XXXXX Director Administrativo del CECyTEV
______________________________ CP. XXXXXX XXXX XXXXX XXXXXX
Jefe xxx Xxxxx. De Recursos Materiales y Servicios CECyTEV