CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS XXXXXX CELEBRADO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA Y XXXXXXXXXXXXXXXXXXX.
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS XXXXXX CELEBRADO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA Y XXXXXXXXXXXXXXXXXXX.
I. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
1. LA CONTRATANTE | UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA | NIT 890.980.040-8 | ||
Naturaleza | Ente universitario autónomo, Público sin ánimo de lucro | |||
Representante | Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx (Rector) | |||
Competente para contratar | ||||
Cédula | ||||
Cargo | ||||
Facultado por | ||||
Dirección | Xxxxx 00 Xx 00-000, xxxxxx 00, Xxxxxxx , Xxxxxxxx Tel 0000000 |
EL INTERVENTOR | |||
Cédula | |||
Cargo | |||
Dirección | |||
Correo electrónico |
3. EL(LA) CONTRATISTA | |||
NIT | |||
Naturaleza | |||
Representante Legal | |||
Cédula | |||
Cargo | |||
Dirección |
II. CONSIDERACIONES
Primera. LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA es un ente universitario autónomo, de naturaleza pública o estatal, con régimen especial, sin ánimo de lucro, cuya creación fue determinada por la Ley 71 de 1878 del Estado Soberano de Antioquia, y cuya personería jurídica deriva de la Ley 153 de 1887, reconocida como Universidad por el Ministerio de Educación Nacional mediante Decreto 1297 xx
xxxx 30 de 1964, regida por la Ley 30 de 1992 y demás disposiciones aplicables de acuerdo con su régimen especial, cuyos fines misionales son la docencia, la extensión y la investigación.
Segunda. El Haga clic aquí o pulse para escribir una xxxxx.xx elaboró el estudio previo de la necesidad y conveniencia para contratar, en la cual se justificó la necesidad del presente contrato, su cuantía y modalidad de selección.
Tercera. El día Haga clic aquí o pulse para escribir una xxxxx.xx obtuvo el certificado de Disponibilidad Presupuestal N0. del Haga clic aquí o pulse para escribir una fecha.
Cuarta El Comité Técnico de Contratación de la Universidad de Antioquia en la Reunión xxx del xxx de septiembre de 2020 analizó y autorizó el presente proceso de Invitación Pública
Quinta El xxxde de 2020 se publicó en el Portal Universitario, La Invitación a Cotizar.
Sexta El xx de xxx de 2020, luego de cumplir el procedimiento reglamentario, la comisión evaluadora de las propuestas comerciales recibidas presentó al funcionario competente, los resultados de la evaluación, aprobados por el servidor competente xxxxx. El primer lugar de elegibilidad lo ocupó xxxxxxxxxxxxxxx}
Séptima xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
Acordamos celebrar el presente contrato que se regirá por las cláusulas que a continuación se enuncian:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO: La CONTRATISTA prestará a la CONTRATANTE los
servicios de consultoría para la identificación, evaluación, selección, negociación y contratación de sistemas de información xxx xxxxxxx que soporten los procesos de gestión académica y de gestión de personal de la universidad de Antioquia. De conformidad con la establecido en la Invitación a Cotizar 11010003-027 de 2020, sus anexos, adendas, respuestas a aclaraciones y/o observaciones y la propuesta comercial presentada el xxxxxxxxxx por EL(LA) CONTRATISTA.
Alcance El alcance de los servicios de consultoría a contratar abarca tanto el sistema de gestión académica como el sistema de gestión xx xxxxxxx humano, e incluye el entendimiento detallado de la situación actual, la identificación de
alternativas para modernizar estas dos plataformas tecnológicas, el proceso de evaluación comparativa detallada con base en una metodología probada y la propuesta de la consultoría a la Universidad sobre las mejores alternativas a implementar con su justificación.
Para cumplir con los objetivos de este proyecto se deberán entregar mínimo los siguientes productos o equivalentes:
1. Cronograma de trabajo.
2. Lanzamiento del proyecto
3. Esquema de gobierno del proyecto
4. Identificación de involucrados
5. Expectativas identificadas
6. Informe semanal de avance del proyecto.
7. Conclusiones sobre la perspectiva humana
8. Evaluación de la conformidad técnica de las soluciones actuales
9. Inventarios de necesidades funcionales de los procesos seleccionados
10. Inventario de oportunidades de mejora en los procesos
11. Estimación de los tiempos, esfuerzos y costos de la alternativa que consiste en actualizar tecnológicamente el sistema desarrollado in house que actualmente tiene la universidad y de su costo de operación anual
12. Evaluación funcional de los sistemas de información incluidos en el proceso de selección
13. Informe de filtro inicial de soluciones y lista corta de proveedores a incluir en el proceso de selección
14. Contenido completo del RFP
15. RFP Calificado con base en la información aportada por los proponentes
16. Estimación del TCO (Total Cost of ownership) o costo total de propiedad y del flujo de caja tanto del proyecto de implementación como de la operación del nuevo sistema
17. Diseño de actividades para llevar a cabo la referenciación y presentación de los resultados de la misma
18. Diseño de actividades para llevar a cabo las demostraciones y presentación de los resultados de las mismas
19. Informe de resultados de la selección de proveedores
20. Recomendaciones para las siguientes fases
21. Archivo digital actualizado con toda la documentación que soporta la asesoría.
SEGUNDA. PLAZO: El presente contrato tendrá una duración de XXXXX meses, contados a partir de la firma del acta de inicio, previa legalización del contrato
TERCERA. VALOR: El valor del presente contrato se fija en la suma de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx ($xxxxxxxxxxx.), incluido el valor del IVA. Este valor incluye todos los gastos necesarios en recursos, personal, impuestos xx xxx, dirección y administración, utilidad de proponente y, en general, todos los costos directos e indirectos que afecten o llegaren a afectar el costo del CONTRATO.
CUARTA. FORMA DE PAGO: LA UNIVERSIDAD pagara a LA CONTRATISTA en
los periodos que se establezcan en el acta de inicio del contrato, derivado de la presente invitación, dentro de los sesenta (60) días siguientes contados a partir de que el interventor: a) reciba a satisfacción los entregables de cada periodo y, b) para cada pago LA CONTRATISTA presente la factura de venta que cumpla las exigencias xx xxx.
PARÁGRAFO LA UNIVERSIDAD pagará EL(LA) CONTRATISTA mediante
transferencia a la cuenta xxxxxxxx del Banco xxxxxxx N° xxxxxxxxxxxx, a nombre de xxxxxxxx
QUINTA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: Son obligaciones de EL CONTRATISTA, además de las establecidas en la cláusula primera:
1. Garantizar la permanencia durante la ejecución del contrato, de los profesionales con experiencia que integrarán el equipo humano ofertados en la propuesta y aprobado por la Universidad. Cuando, en caso de fuerza mayor o caso fortuito, sea necesario cambiar alguno de los profesionales del Equipo humano del contratista, este se compromete a sustituirlo con profesionales de igual o superior idoneidad y experiencia, previa aprobación de la UNIVERSIDAD, de acuerdo con la oferta xxxxxxxxxx
2. Proveer la capacidad administrativa, técnica y profesional, en el desarrollo del alcance de los trabajos para el cumplimiento del objeto del contrato.
3. Cumplir de buena fe el objeto del contrato.
4. Prestar el servicio con la mayor calidad posible.
5. Constituir las garantías exigidas del contrato dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su firma.
6. Comunicar, oportunamente, al interventor las circunstancias precontractuales o aquellas surgidas en el desarrollo del contrato que puedan afectar el objeto del mismo, la calidad del servicio o el correcto cumplimiento de sus obligaciones, cualquiera sea la causa u origen y sugerir a través de aquel las posibles soluciones, so pena de constituir causal de terminación del contrato por incumplimiento.
7. Seleccionar y contratar el personal idóneo necesario para prestar el servicio.
8. Asistir a las reuniones del comité que se configure por las partes, a fin de hacer seguimiento y evaluación del desarrollo del contrato.
9. Elaborar y presentar por escrito a LA CONTRATANTE los informes que ésta requiera.
10. Afiliar a sus empleados al Sistema General de Seguridad Social, cajas de compensación y demás entidades que sean del caso.
11. Pagar los aportes al Sistema General de Seguridad Social y parafiscales.
12. Atender de manera oportuna las observaciones escritas que le presente LA CONTRATANTE.
13. Hacer entrega de los productos que correspondan a la ejecución del objeto y actividades contractuales en el tiempo establecido en el acta de inicio del contrato.
14. Entregar toda la documentación que se elabore durante el proceso de ejecución de la consultoría en los formatos acordados con LA CONTRATANTE
15. Utilizar herramientas virtuales para el trabajo colaborativo, que posibiliten realizar las actividades y talleres grupales, que garanticen la participación efectiva de todos funcionarios de LA CONTRATANTE definidos mediante la actividad de Identificación de involucrados
16. Desarrollar encuentros por medio de herramientas virtuales mientras continúe la contingencia, para garantizar el avance del proyecto de manera eficaz.
17. EL CONTRATISTA con el fin de obtener resultados más eficaces podrá convenir con LA CONTRATANTE la realización de reuniones y talleres presenciales, siguiendo las medidas del Gobierno Nacional y siguiendo los protocolos de Bioseguridad establecidos por LA CONTRATANTE.
18. EL CONTRATISTA deberá adecuar su metodología de acuerdo a las condiciones y situaciones de LA CONTRATANTE por ser esta un ente de carácter de educación pública.
19. EL CONTRATISTA deberá garantizar según su metodología de trabajo que los objetivos se cumplan en los tiempos establecidos.
20. EL CONTRATISTA se compromete a ejecutar el contrato, en los términos y condiciones asumidas en su propuesta presentada en la Invitación a Cotizar No.11010003-027 de 2020, sin incurrir en costos adicionales para EL CONTRATANTE.
21. Las demás inherentes a la naturaleza del contrato.
SEXTA. OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD: En desarrollo del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a:
1. Cumplir, de buena fe, las obligaciones derivadas del contrato
2. Pagar el precio del contrato en la forma y condiciones estipuladas.
3. Suministrar la documentación e información requerida, en forma oportuna para la prestación del servicio.
4. Las demás inherentes a la naturaleza del contrato.
SÉPTIMA: ENTREGABLES: Como resultado del servicio, LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA recibirá los entregables descritos en la propuesta en objeto contractual y los descritos en la oferta del CONTRATISTA, en medios físico y magnético, y la documentación de los mismos, los cuales serán de uso y disposición exclusivo de la Universidad, sin limitaciones ni dependencia del CONTRATISTA. Todos los entregables serán presentados en el idioma español.
OCTAVA. GARANTÍAS: EL CONTRATISTA, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que en virtud del contrato adquiere, otorgará a favor de LA UNIVERSIDAD, póliza única que avale:
1. Cumplimiento del contrato: por el quince por ciento (15%) del valor total del contrato, con una vigencia igual a la del plazo inicial del mismo, más cuatro (4) meses.
2. Amparo de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones: por el siete por ciento (7%) del valor total del contrato, por un término igual al plazo de vigencia del mismo y tres (3) años más.
Las anteriores garantías deberán entregarse en un tiempo máximo de tres (3) días hábiles posteriores a la firma del acta de inicio del contrato.
NOVENA. Cláusula penal pecuniaria: En caso de incumplimiento total o parcial de las obligaciones por parte de EL (LA) CONTRATISTA, éste deberá pagar a título xx xxxx pecuniaria una suma de dinero equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del valor total del contrato. Esta cláusula se hará efectiva directamente por LA CONTRATANTE. EL (LA) CONTRATISTA manifiestan expresamente su autorización para el cobro de esta cláusula penal, renunciando a todo requerimiento judicial o extrajudicial para la constitución en xxxx o para su declaración. Este contrato más la prueba del incumplimiento por cualquier medio idóneo, servirá de título ejecutivo (artículo 1592 del Código Civil).
DÉCIMA. MULTAS: Si EL CONTRATISTA faltare al cumplimiento de alguna o algunas de las obligaciones contraídas por este contrato, LA UNIVERSIDAD podrá imponer multas sucesivas al CONTRATISTA por un valor equivalente al uno (1) por mil (1,000) del valor total del contrato, cada vez que se impongan en caso xx xxxx o incumplimiento parcial de las obligaciones que éste adquiere, hasta un xxxxxx xxx xxxx por ciento (10%) del valor del contrato, en caso de que el valor de multa por el incumplimiento señalado en esta cláusula supere el diez por ciento (10%), esto se entenderá como incumplimiento total del contrato. EL CONTRATISTA autoriza su deducción de las sumas que le adeude LA UNIVERSIDAD.
DÉCIMA PRIMERA. INHABILIDADES, INCOMPATIBILIDADES Y CONFLICTO DE
INTERÉS: EL CONTRATISTA afirma bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la firma del contrato, que no se encuentra incurso en las causales de la inhabilidad o incompatibilidad o conflicto de interés, señaladas por la Constitución, la Ley y el Acuerdo Superior 395 de 2011 y que en caso de que sobreviniere alguna de ellas, se compromete a informar inmediatamente y por escrito a LA UNIVERSIDAD.
DÉCIMA SEGUNDA. APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: LA UNIVERSIDAD
atenderá el pago del presente contrato con cargo al rubro xxxxxx, Centro Gestor xxxxxxx, de conformidad con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal xxxxxxx, del xxxxxxx,. Para el pago de sumas en otras vigencias fiscales, LA UNIVERSIDAD se compromete a efectuar las respectivas apropiaciones presupuestales.
DÉCIMA TERCERA. Independencia laboral: Es entendido que el personal suministrado por EL (LA) CONTRATISTA son sus trabajadores por ser el empleador, respecto de los cuales está obligado mediante contrato de trabajo y por lo tanto tiene la responsabilidad y los derechos propios del empleador contenidos en la ley 50 de 1990 y demás normas laborales aplicables. En consecuencia LA CONTRATISTA se sujetará a lo dispuesto por la ley para efectos del pago de salarios, prestaciones sociales, etc. Parágrafo: No existirá régimen de solidaridad entre las partes suscribientes de este contrato, cada una responderá frente a terceros por las obligaciones que específicamente asume en razón del mismo.
DÉCIMA CUARTA. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA
con ocasión de la celebración y ejecución del presente contrato, responderá civil, fiscal y penalmente, por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del mismo y por las acciones y omisiones que le fueren imputables y que causen daño a LA UNIVERSIDAD y a terceros.
DÉCIMA QUINTA. CAUSAS DE TERMINACIÓN: El presente contrato terminará:
1. Por cumplimiento del plazo previsto en el presente contrato, o por el cumplimiento del objeto contractual con anterioridad a éste.
2. Por ceder o traspasar EL CONTRATISTA el presente contrato sin autorización previa y escrita de LA UNIVERSIDAD.
3. Por fuerza mayor o caso fortuito.
4. Por la evasión por parte del CONTRATISTA, durante la ejecución del contrato, del pago total o parcial de los aportes al Sistema General de Seguridad Social Integral (Salud, Pensiones y Riesgos Laborales), y de los aportes a las Cajas de
Compensación Familiar, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar –ICBF- y al Servicio Nacional de Aprendizaje –SENA-.
5. Por mutuo acuerdo suscrito entre las partes.
6. En los casos de la ley.
DÉCIMA SÉXTA. Interventoría: EL (LA) INTERVENTOR (A), cumplirá las funciones establecidas en el artículo 25 del Acuerdo Superior 419 del 29 xx xxxxx de 2014 y en el Título VI (artículos 52 al 58) de la Resolución Rectoral 39.475 del 14 de noviembre de 2014 o demás normas que la modifiquen.
DÉCIMA SÉPTIMA. PROPIEDAD INTELECTUAL: Serán de propiedad de LA UNIVERSIDAD los resultados de los análisis, estudios, investigaciones y en general los informes y trabajos realizados para cumplir el objeto de este contrato. EL CONTRATISTA no podrá hacer uso de los mismos para fines diferentes a los del trabajo mismo, sin autorización previa, expresa y escrita de LA UNIVERSIDAD.
DÉCIMA OCTAVA. Solución de conflictos: LAS PARTES acuerdan que, de surgir diferencias en el desarrollo del presente contrato, buscarán soluciones ágiles y directas para afrontar dichas discrepancias. Para tal efecto acudirán preferentemente al empleo de los mecanismos de solución directa de controversias contractuales, tales como la conciliación extrajudicial, la amigable composición y la transacción.
DÉCIMA NOVENA. Indemnidad: EL(LA) CONTRATISTA se compromete, en forma irrevocable, a mantener indemne a LA CONTRATANTE de obligaciones y daños patrimoniales que tengan fundamento exclusivo en su causa u origen y/o vinculación directa o indirecta los actos u omisiones de EL(LA) CONTRATISTA o su personal, durante la ejecución del contrato, cualquier pérdida, reclamo, responsabilidad, daño, impuesto o gastos cualquiera fuere su naturaleza (incluyendo ésta pero no limitando: honorarios y gastos de abogados, contadores y sumas de dinero necesarias para arribar a futuros acuerdos). En caso de que se formule reclamo, demanda o acción legal contra LA CONTRATANTE por asuntos, que según el contrato sea de responsabilidad EL (LA) CONTRATISTA, se le comunicará lo más pronto posible de ello para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas previstas por la ley para mantener indemne a LA CONTRATANTE y adelante los trámites para llegar a un arreglo del conflicto.
VIGÉSIMA. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: La liquidación del contrato se hará mediante acta que suscribirán LA UNIVERSIDAD, EL CONTRATISTA y el Equipo Interventor del contrato, dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha de terminación del plazo del contrato. Si vencidos los seis (6) meses no se ha logrado liquidación bilateral, LA UNIVERSIDAD podrá liquidar el contrato de manera unilateral.
VIGÉSIMA PRIMERA. PERFECCIONAMIENTO: El presente contrato se entiende perfeccionado con la firma de las partes y para su ejecución requerirá el registro presupuestal, la aprobación de las pólizas, por parte de la Universidad y el acta de inicio debidamente refrendada por las partes.
VIGÉSIMA SEGUNDA. GASTOS DE LEGALIZACIÓN: Los gastos que demanda la legalización del presente contrato, correrán por cuenta del CONTRATISTA.
VIGÉSIMA TERCERA. MÉRITO EJECUTIVO. EL CONTRATISTA acepta y
entiende que el presente contrato presta mérito ejecutivo por el incumplimiento en cualquiera de sus cláusulas y lleva la condición resolutoria tácita, renunciando al requerimiento en xxxx, dejando en libertad a LA UNIVERSIDAD para ejecutar por el incumplimiento.
VIGÉSIMA CUARTA. AUTORIZACIÓN DE DEDUCCIONES: EL CONTRATISTA
autoriza expresamente a LA UNIVERSIDAD para deducir de los saldos a su favor:
a) la suma de dinero que por error le haya pagado; b) las sumas de dinero a que se refiere el artículo 50 de la ley 789 de 2002.
VIGÉSIMA QUINTA: SEGURIDAD DEL PERSONAL: EL CONTRATISTA debe
garantizar la seguridad a todo el personal, tomando las precauciones necesarias para prevenir cualquier accidente durante la ejecución de este contrato. En todos los casos EL CONTRATISTA asume la responsabilidad de cualquier perjuicio, accidente o contravención que pudiera sobrevenir, por culpa suya o de su personal, obligados en razón de este contrato a responder por todos los perjuicios o daños causados al momento de presentarse un accidente. Así mismo EL CONTRATISTA se obliga a implementar mecanismos que permitan detectar riesgos que puedan producir daños a la salud o la vida de los trabajadores en el desempeño de sus labores, conforme lo exigen las normas legales vigentes al momento de ejecutar EL CONTRATO.
VIGÉSIMA SEXTA Prohibición de cesión del contrato: EL (LA) CONTRATISTA no podrá ceder o traspasar en todo o en parte el presente contrato a persona natural o jurídica y a ningún título, sin permiso previo y escrito de LA CONTRATANTE.
VIGÉSIMA SÉPTIMA PUBLICACIÓN: Una vez perfeccionado el presente contrato, será publicado por LA UNIVERSIDAD en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública, SECOP, a través del portal xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx
VIGÉSIMA OCTAVA CONFIDENCIALIDAD. Durante la ejecución del contrato, EL CONTRATISTA tendrá conocimiento de documentación, datos e información confidencial de LA UNIVERSIDAD, por lo tanto, EL CONTRATISTA, adoptará
medidas especiales con aquellos empleados y/o contratistas que pudiesen tener acceso a la información confidencial de LA UNIVERSIDAD, ya sea por medio de instrucciones, contratos o cualquier otro medio que permita mantener la seguridad necesaria de la información confidencial de LA UNIVERSIDAD y satisfacer sus obligaciones.
VIGÉSIMA NOVENA. CONFIDENCIALIDAD. EL CONTRATISTA. se obliga a
garantizar la confidencialidad de la información a la que tenga acceso, así como a la de aquella que resulte de las actividades realizadas. Se entiende por confidencialidad, no divulgar ni difundir por medios hablados o escritos, todo lo relacionado con las actividades que se desarrollen en la ejecución de las actividades conjuntas o de sus resultados, a terceros ajenos al personal que directa o indirectamente esté vinculado a dicha actividad, sin consulta y acuerdo previo de las partes.
TRIGÉSIMA. DOMICILIO: Para todos los efectos se tendrá como domicilio, la ciudad de Medellín.
TRIGÉSIMA PRIMERA Manifestaciones de EL (LA) CONTRATISTA. EL (LA)
CONTRATISTA, bajo la gravedad de juramento, el cual se entiende prestado con la firma del presente contrato, manifiesta:
1. Xxxxxxx y aceptar la normativa que rige a LA CONTRATANTE y los documentos del proceso.
2. Realizar todas las actividades necesarias para dar cumplimiento a cada uno de los requerimientos que surjan durante la ejecución del contrato.
3. Estar facultado para suscribir el presente contrato.
4. Apoyar la acción de LA CONTRATANTE para fortalecer la transparencia; se compromete a no ofrecer y no dar dádivas, sobornos o cualquier forma de halago, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores de la LA CONTRATANTE, ni directamente ni por interpuesta persona, y
5. No se encuentra incurso en ninguna causal de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés, señaladas en la Constitución, la Ley y en el Acuerdo Superior 395 del 21 xx xxxxx de 2011 o normas que lo modifiquen o adicionen; y que en caso de que sobreviniere alguna se obliga a informar por escrito inmediatamente a LA CONTRATANTE
6. No estar incluido en las listas nacionales e internacionales xx xxxxxx de activos.
7. Los recursos comprometidos en la propuesta presentada no provienen de actividad ilícita alguna, de las contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo sustituya, adicione o modifique.
8. No desarrollamos operaciones ilegales.
9. Apoyamos la lucha del Estado contra el contrabando, el lavado de activos, la defraudación fiscal y la corrupción.
10. Conocemos las consecuencias derivadas del incumplimiento del presente compromiso, así como las sanciones establecidas en el Código Penal Colombiano y las normas que lo modifican o adicionan
TRIGÉSIMA SEGUNDA. DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Para todos los
efectos legales y de ejecución se entienden incorporados al contrato y harán parte de él:
1. El estudio previo de necesidad y conveniencia para contratar.
2. El Certificado de Disponibilidad Presupuestal.
3. La constancia de autorización del Comité Técnico de Contratación.
4. Los Términos de Referencia de la invitación a Cotizar 11010003-027 de 2020 y todos sus anexos, adendas, aclaraciones,
5. La oferta o propuesta comercial presentada por EL CONTRATISTA con todos sus anexos
6. El informe de revisión y evaluación de propuestas comerciales.
7. La oferta o propuesta comercial presentada por EL CONTRATISTA y todos sus anexos.
8. El certificado de existencia y representación legal del CONTRATISTA.
9. El RUT del CONTRATISTA.
10. El certificado de Antecedentes fiscales del CONTRATISTA y del Representante Legal.
11. Las actas de inicio, seguimiento, final y de liquidación, los informes del Interventor del contrato, las garantías del contrato y su respectiva aprobación.
12. El Registro Presupuestal.
13. El Acuerdo Superior 419 del 29 xx xxxxx de 2014 y la Resolución Rectoral 39475 de 2014 así como las normas que lo modifiquen o adicionen.
14. Los demás que se generen en el perfeccionamiento, legalización y ejecución del contrato.
Para constancia, se firma en la ciudad de Medellín, en fecha.
Representante Legal
LA UNIVERSIDAD EL CONTRATISTA