N°:
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IC:
En este acto, "el Alumno", "el Apoderado" y/o "el Sostenedor Financiero", individualizados al final de este documento, en adelante también e indistintamente "El (los) Mandante(s)", con el objeto de facilitar el cobro de cualquiera de las obligaciones pecuniarias que asume en virtud del contrato de prestación de servicios educacionales celebrado con la Universidad Mayor, viene en conferir mandato especial e irrevocable a la Universidad Mayor, corporación de derecho privado sin fines de lucro , RUT N° 00.000.000-X, domiciliada en xxxxx Xxx X Xx 0000, xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxxx, en adelante e indistintamente "la Mandataria", a fin de que esta última, actuando en su nombre y representación, pueda a través de cualesquiera de sus apoderados, emitir, llenar y suscribir un pagaré a la orden de Universidad Mayor, por cada plan de pago que haya formalizado, en formato que deberá ser igual al que se adjunta al final del presente Xxxxxxx como Apéndice I, el cual se entiende parte integrante del mismo para todos los efectos. Todos los antecedentes necesarios para suscribir el pagaré deberán ser llenados por la Universidad Mayor en conformidad a lo dispuesto en los artículos 1, 11 y 102 de la Ley N° 18.092 sobre Letras de Cambio y Pagarés, siguiendo las siguientes instrucciones:
a) La oportunidad a partir de la cual la Universidad Mayor podrá proceder a emitir, llenar y suscribir el pagaré, será aquella en que se produzca la xxxx o simple retardo en el pago de una cualquiera de las cuotas establecidas en el plan de pago que haya formalizado del año respecto del cual da cuenta el contrato de prestación de servicios educacionales.
b) La fecha de emisión y/o suscripción del respectivo pagaré que la Universidad Mayor deberá llenar en el documento será aquella en la cual se proceda a ejercer el presente mandato.
c) La fecha de vencimiento del respectivo pagaré, que deberá llenarse, será la del día hábil bancario siguiente al de la fecha de emisión y suscripción del pagaré.
d) La cantidad adeudada que la Universidad Mayor deberá estampar en el documento serán todos aquellas sumas que "el(la) Alumno(a)" y/o "el Apoderado" y/o "el sostenedor financiero", según corresponda, adeude(n) efectivamente a la Universidad Mayor, incluyendo cuotas impagas, intereses y reajustes pactados, gastos de emisión del respectivo documento, impuestos y demás gastos que fueren procedentes, así como el total del saldo adeudado en virtud de la aceleración de la obligación de pago del plan de pago anual que
haya formalizado que se hará efectiva a partir de los 90 días de incumplimiento.
e) La suscripción o aceptación del mencionado pagaré, no constituirá novación de las obligaciones en él documentadas, pues sólo tiene como objeto facilitar el pago de las obligaciones asumidas en el contrato de prestación de servicios educacionales.
f) La Universidad Mayor no tendrá derecho a recibir remuneración o retribución alguna por el desempeño del mandato, el cual, se ha otorgado en beneficio tanto del Mandante como de la Mandataria.
g) El pagaré que se suscriba se entenderá sin obligación de protesto para todos los efectos legales. Sin perjuicio de ello, la Universidad Mayor podrá proceder al protesto de cada una de las cuotas impagas, una a una, o alternativamente, exigir el pago total de la deuda de acuerdo a la ley como si fuere de plazo vencido, aún sin necesidad de protesto, pudiendo en todo caso requerir el protesto por el total de la deuda según lo estime conveniente.
h) Las partes acuerdan que la Universidad Mayor tiene la obligación de rendir cuenta enviando un correo electrónico al Mandante a la dirección registrada en su sistema.
i) El presente mandato tendrá el carácter de irrevocable, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 241 del Código de Comercio y no se extinguirá por la muerte del (de los) Mandante(s), de conformidad a lo previsto por el artículo 2.169 del Código Civil, subsistiendo en tanto, el (los) Mandante(s) no haya pagado todas las cantidades que adeude a la Universidad Mayor en virtud del contrato de prestación de servicios educacionales.
Nombre Alumno(a): Rut/Pasaporte:
Fecha:
Firma:
Nombre Apoderado(a): Rut/Pasaporte:
Fecha:
Firma:
Nombre Sostenedor(a) Financiero(a): Rut/Pasaporte:
Fecha: Firma: _
APÉNDICE 0
Xx 00000
PAGARE
Debo y pagaré a la orden de Universidad Mayor, Rut. 00.000.000-X, en su sede ubicada en Xxx Xxx X 0000, Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, la suma total de
pesos en moneda nacional, cantidad que reconozco adeudar por concepto de contrato de prestación de servicios educacionales, el que para todos los efectos legales forma parte integrante de este pagaré. La suma adeudada señalada la pagaré en cuotas mensuales y sucesivas con vencimiento en las siguientes fechas:
(N° Cuota) | ($ Valor) | (Fecha Vencimiento) |
En caso xx xxxx o simple retardo en el pago se devengará un interés mensual igual al interés máximo convencional que la ley permite para operaciones de crédito de dinero no reajustables por el periodo comprendido entre la fecha de la xxxx o simple retardo y hasta el día de su pago.
En caso xx xxxx o simple retardo en el pago de cualquiera de las cuotas antes señaladas, acepto expresamente que la Universidad Mayor podrá exigir anticipadamente el pago íntegro y total de la deuda insoluta, la que se considerará como de plazo vencido para todos los efectos legales.
La obligación contraída en este instrumento es indivisible, para todos los efectos legales, indivisibilidad que pasará a los herederos y sucesores del deudor, pudiendo la Universidad Mayor, demandar su cobro a cualquiera de ellos.
Libero a Universidad Mayor de la obligación de protestar el presente pagaré en caso de no ser pagado a su vencimiento.
Para todos los efectos del presente instrumento me someto a la competencia y jurisdicción de los tribunales ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago, facultando anticipadamente para que el acreedor recurra asimismo a cualquiera de los tribunales en los que tenga oficina establecida en el país.
En SANTIAGO, a de del
Firma Suscriptor
Fecha:
Nombre Suscriptor: Numero Interno:
RUT:
Domicilio: Fono:
Celular:
"La Universidad Mayor se encuentra exenta del impuesto de Timbres y Estampillas que grava la emisión de Letras de Cambios y Pagarés, y las actas de protesto, de acuerdo a lo establecido en los artículos 23 Nº 3 y 11 inciso segundo del DL 3475, de fecha 29.08.1980."
APÉNDICE 0
Xx 00000
XXXXXX CRÉDITO INTERNO
Debo y pagaré a la orden de Universidad Mayor, Rut. 00.000.000-X, la suma de
, por concepto capital. La cantidad adeudada devengará un interés del 2 % anual.
El capital y los intereses adeudados tienen vencimiento el . En caso xx xxxx o simple retardo en el pago del presente pagaré, se devengará un interés mensual igual al interés máximo convencional que la Ley permite para operaciones de crédito de dinero reajustables por el periodo comprendido entre la fecha de la xxxx o simple retardo y el día de su pago.
Adicionalmente, declaro estar en conocimiento que:
- La renovación del Crédito Interno, que me ha sido otorgado, está sujeta a evaluación de la Universidad. Para ello me comprometo a presentar los antecedentes socioeconómicos requeridos en los plazos establecidos por esta Casa de Estudios.
- El monto final por concepto de Crédito Interno, ya sea que ésta incluya uno o más períodos académicos, lo pagaré al año siguiente de la finalización de mis estudios conforme al calendario de pagos autorizado por la Vicerrectoría de Administración y Finanzas. En caso de producirse mi desvinculación de la Universidad, sea ésta voluntaria o forzada, el total adeudado lo pagaré al momento de la desvinculación.
- la obligación contraída en este documento es indivisible, para todos los efectos legales, indivisibilidad que pasará a los herederos y sucesores del deudor, permitiendo a UNIVERSIDAD MAYOR, demandar su cobro a cualesquiera de ellos, en conformidad con el artículo 1.528 del Código Civil.
- Libero a UNIVERSIDAD MAYOR de la obligación de protestar el presente pagaré en caso de no ser pagado a su vencimiento.
- Para los efectos legales, judiciales y de eventual protesto de este documento, se fija domicilio en la ciudad de Santiago, y me someto a la competencia y jurisdicción de sus tribunales ordinarios de justicia.
En Santiago, a de de
Firma Suscriptor:
Fecha:
Nombre Suscriptor: Numero Interno:
RUT:
Domicilio: Fono:
Celular:
"La Universidad Mayor se encuentra exenta del impuesto de Timbres y Estampillas que grava la emisión de Letras de Cambios y Pagarés, y las actas de protesto, de acuerdo a lo establecido en los artículos 23 N° 3 y 11 inciso segundo del DL 3475, de fecha 29.08.1980.