CARÁTULA DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Pliego de cláusulas administrativas particulares de contrato de servicios.
Procedimiento Negociado sin Publicidad.
CARÁTULA XXX XXXXXX DE CLÁUSULAS
ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº: 07/2019-F
«ASESORAMIENTO SOBRE CONCILIACIÓN Y GESTIÓN DE LA WEB CONCILIA+»
Tipo de contrato: Contrato de Servicios
Procedimiento: Negociado sin publicidad
Tramitación: Ordinaria
DISPOSICIONES GENERALES
1.- OBJETO DEL CONTRATO (arts. 17, 28, 99, 123 y 124 y D.A. Cuarta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23 UE y 21014/24, de 26 de febrero, en adelante LCSP).
1.1.- Prestar servicio de asesoramiento a los ciudadanos y ciudadanas, así como a empresas, en temas relativos a la conciliación familiar, personal y laboral; y servicio de mantenimiento, actualización, gestión y promoción de la web Concilia + y sus redes sociales.
Dicho objeto corresponde con los siguientes códigos:
Código CPV:(Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007 que modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos.
-
Objeto
Código principal
Código complementario
Principal
79140000-7 Servicios de asesoría e información jurídica
Adicional
79414000-9 Servicios de consultoría en gestión de Recursos Humanos
Otros sistemas de clasificación de actividades:
-
Nombre
Abreviatura
Código
Código normalizado de productos y servicios de las Naciones Unidas
UNSPSC
Clasificación central de productos
CPC
86111
86504
Clasificación nacional de actividades económicas
CNAE
1.2.- La contratación no se fracciona en lotes.
2.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN (arts. 61, 63 y 190 LCSP).
2.1.- El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx, es el titular de la Dirección de Servicios del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, con arreglo a las facultades que le otorga del Decreto de Estructura del citado Departamento, Decreto 75/2017, de 11 xx xxxxx, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Políticas Sociales.
El órgano destinatario de la contratación es la Dirección de Política Familiar y Diversidad del citado Departamento cuyo Código DIR3 es A16007390.
2.2.- El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el contrato y ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, declarar la responsabilidad imputable a la persona contratista a raíz de la ejecución del mismo, suspender dicha ejecución, acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable.
Igualmente, el órgano de contratación ostenta las facultades de inspección de las actividades desarrolladas por la contratista durante la ejecución del contrato, de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 190 LCSP.
2.3.- De conformidad con lo establecido en el artículo 63 de la LCSP, el órgano de contratación dará la información relativa a la presente contratación en el Perfil del Contratante de la contratación pública de Euskadi, alojado en la plataforma de la contratación pública de Euskadi xxxxx://xxxx.xxxxxxx.xxx/x00-0000/xx/x00xXxx/xxxxxXXX/x00xXxxxxxXxxxxxxx.xx
3.- RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN
3.1.- La contratación a realizar se califica como contrato de servicio de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 17 y 25 de la LCSP, quedando sometida a dicha ley, a las normas reglamentarias que la desarrollen y a las cláusulas contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares y en el de prescripciones técnicas.
3.2.- Las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse en relación a los actos que se dicten en la contratación a realizar podrán ser objeto de recurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
No obstante lo anterior, los acuerdos que adopte el órgano de contratación en los procedimientos relativos a las prerrogativas establecidas en el artículo 190 de la LCSP, pondrán fin a la vía administrativa, y serán inmediatamente ejecutivos, pudiendo ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los dictó, o ser impugnado mediante recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha Jurisdicción.
3.3.- Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el apartado anterior podrán ser puestos de manifiesto por las personas interesadas al órgano de contratación, a efectos de su corrección con arreglo a derecho, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por las interesadas al recurrir el acto de adjudicación.
4.- APTITUD PARA CONTRATAR (arts. 65 y ss. LCSP)
Solo podrán ser adjudicatarias de este contrato las empresas que, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 65 y siguientes de la LCSP, reúnan los requisitos de aptitud que se enumeran en los siguientes apartados, que deberán cumplirse en la fecha final de presentación de ofertas y perdurar en el momento de formalizar el contrato.
4.1.- Capacidad de obrar.
Podrán contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, acreditada con arreglo a lo establecido en la cláusula 18.2 del presente pliego.
Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto a ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, le sean propios.
Asimismo, podrán contratar las uniones de empresarios y/o empresarias que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria su formalización en escritura pública hasta que, en su caso, se les haya adjudicado el contrato.
Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo tendrán capacidad para contratar con el sector público siempre que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
Las restantes empresas extranjeras podrán contratar si justifican, mediante informe emitido por la correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior, que se acompañará a la documentación que se presente, acreditando que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite, a su vez, la participación de empresas españolas en la contratación de su sector público, en forma sustancialmente análoga.
4.2.- Prohibiciones de contratar.
No podrán contratar quienes se hallen incursos en alguna de las prohibiciones enumeradas en el artículo 71 de la LCSP. La ausencia de prohibiciones para contratar se acreditará en la forma establecida en la cláusula 18.2 del presente pliego.
4.3.- Solvencia.
Para licitar a la presente contratación se exigen unos requisitos mínimos de solvencia económica y técnica, que se acreditarán a través de los medios de justificación indicados en los apartados siguientes:
4.3.1.- Solvencia económica y financiera:
Volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiere el objeto del contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres (3) últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y presentación de las ofertas por un importe igual o superior a 9.000€.
Medios de acreditación:
ÚNICAMENTE LA LICITADORA QUE HA PRESENTADO LA MEJOR OFERTA DEBERÁ presentar y acreditar la solvencia económica y financiera mediante alguno de los siguientes documentos:
El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
En caso de que la entidad licitadora no tuvieran la obligación de inscribir sus cuentas en ningún Registro oficial, se admitirá su acreditación mediante cualquier modelo oficial presentado ante la correspondiente Hacienda Xxxxx o Agencia Tributaria, donde quede reflejado el volumen anual de negocios, como por ejemplo, las declaraciones anuales del IVA o el impuesto de Sociedades.
Y si tampoco tuvieran obligación de presentar ninguna declaración tributaria, mediante certificado emitido por el órgano correspondiente de la entidad en el que se haga constar el acta recogida en los libros oficiales de la entidad, en la que consten las cifras y la aprobación por órgano competente, de sus cuentas anules de ingresos y gastos.
4.3.2.- Solvencia técnica o profesional:
Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres (3) últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.
En el caso de operadores económicos de nueva creación (antigüedad inferior a cinco (5) años) deberán disponer de la siguiente solvencia técnica o profesional:
Declaración indicando el material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cundo le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.
Estos requisitos de solvencia deben ser acreditados únicamente por la LICITADORA SELECCIONADA, mediante certificados de buena ejecución expedidos por un organismo público, o mediante la correspondiente declaración si fuera entidad privada, en que se especifiquen: el objeto de los trabajos, la fecha de su realización, su importe, el destinatario y que dicho trabajo fue ejecutado a plena satisfacción.
4.3.3.- Utilización de medios externos para acreditar la solvencia: para acreditar la solvencia exigida en esta contratación, las empresas licitadoras podrán recurrir a la solvencia y medios de otras empresas, no incursas en causa de prohibición de contratar, cualquiera que sea la naturaleza jurídica del vínculo que tengan con ellas, y siempre que puedan disponer efectivamente de tales medios durante toda la ejecución del contrato.
4.4.- Concreción de las condiciones de solvencia; Adscripción de medios.
Al margen de acreditar la solvencia técnica en la forma establecida en la cláusula 4.3.2, las licitadoras deberán comprometerse a adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y/o materiales suficientes para ejecutar el contrato señalados en el Anexo II.2, .
En la descripción del equipo de trabajo, en la que se explicitará la titulación y experiencia profesional de las personas en relación con la oferta presentada, la licitadora deberá disponer de al menos una persona con la siguiente titulación:
Una persona con titulación en Derecho, Relaciones Laborales, Recursos Humanos o similares, con una experiencia laboral mínima de tres años.
Una persona (podrá ser la misma) con titulación EGA, C1 o PL3 en euskara.
La posesión del correspondiente título se acreditará mediante presentación del original, fotocopia compulsada o certificación de superación del curso correspondiente emitida por la autoridad administrativa competente.
La experiencia profesional se acreditará mediante las correspondientes certificaciones por el correspondiente órgano o responsable profesional.
5. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (art. 100 y 309 LCSP)
El precio máximo de licitación se establece en 9.000 euros sin IVA + 1.890,00 euros de IVA, resultando un importe total de 10.890,00 euros, que se imputa al ejercicio presupuestario de 2019.
La ofertas que superen el presupuesto base de licitación, IVA excluido, que es de 9.000 euros, serán rechazadas.
Asimismo, para el cálculo del presupuesto base de licitación se ha tenido en cuenta los gastos y costes que se contienen en el correspondiente Anexo I.1.
6.- EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO (art. 35.1 LCSP)
La Dirección de Política Familiar y Diversidad dispone del presupuesto necesario para llevar a cabo esta contratación, en la siguiente partida presupuestaria del Departamento de Empleo y Políticas Sociales: 19.0.1.04.22.0000.1.238.99.31241.003.B
7.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO (art. 101 LCSP)
El valor estimado del contrato es de 18.000,00€
.- Método de cálculo:
-
Presupuesto de licitación (sin IVA)
9.000,00
Importe de las modificaciones previstas (sin IVA)
0
Importe de los premios o primas pagaderos a las licitadoras (sin IVA)
0
Importe de las opciones eventuales (sin IVA)
0
Prórroga (sin IVA)
9.000,00
TOTAL VALOR ESTIMADO
18.000,00
8.- PRECIO DEL CONTRATO (art. 102, LCSP)
8.1.- Sistema de determinación del precio: A tanto alzado
8.2.- Modalidad de pago del precio:
Se realizarán pagos trimestrales, a trimestre vencido, previa entrega de factura y de un informe de seguimiento de actividades, consultas realizadas, noticias añadidas y actualizaciones del portal. Asimismo, se requiere el VºBº, y conformidad de la Dirección de Política Familiar y Diversidad.
8.3.- En el precio del contrato se entienden incluidas todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, que correrán de cuenta de la contratista.
Se consideran también incluidos en el precio del contrato todos los gastos que resultaren necesarios para su ejecución.
También son de cuenta de la persona contratista los gastos de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública.
9.- REVISIÓN DEL PRECIO DEL CONTRATO Y OTRAS VARIACIONES DEL MISMO
(arts. 102,6, 103 y ss y 309 LCSP).
No cabe la revisión de precios.
10. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO Y DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
(arts. 29 y 195 LCSP)
10.1.- Duración total o plazo de ejecución total o fecha límite: hasta el 31 de diciembre de 2019.
10.2.- Fecha de inicio: fecha de formalización del contrato.
10.3.- Plazos parciales: no.
10.4.- Prórroga del contrato: sí, una.
II.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
11.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN (arts. 131.2, 168 y ss. LCSP).
11.1.- La adjudicación del contrato se realizará por el órgano de contratación mediante procedimiento negociado sin publicidad, en base a lo establecido en el artículo 168 a) apartado 1º de la LCSP.
11.2.- Para ello, el órgano de contratación cursará invitación a la empresa adecuada para la realización del contrato, negociando con ella, siempre y cuando sea posible, la oferta económica..
Aspectos económicos y técnicos que serán objeto de negociación: El precio.
12. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES (arts. 136, 137, 138 y 139 LCSP)
12.1.- Las proposiciones de las personas interesadas se presentarán en el Registro Telemático de Contratación Electrónica:
.- Medios electrónicos: La presentación de solicitudes de participación/ofertas se realizará por medios electrónicos a través de la aplicación denominada SISTEMA DE LICITACIÓN ELECTRÓNICA ubicada en KONTRATAZIO PUBLIKOA EUSKADIN PLATAFORMA CONTRATACIÓN PÚBLICA EN EUSKADI SISTEMA DE LICITACIÓN ELECTRÓNICA.
12.1.1.- Los requisitos para su utilización son los siguientes:
Requisitos administrativos:
Disponer de un certificado digital cuyo uso esté autorizado por la Administración de la CAE a efectos de tramitación electrónica. Actualmente estos certificados electrónicos son los siguientes:
Izenpe ( Entidad, Ciudadano, Representante de Entidad)
FNMT (Entidad, Ciudadano, Representante de Entidad)
Dni-e
Camerfirma (Entidad, Ciudadano)
Estar en alguna de estas situaciones:
Estar dado de alta y disponer de certificación vigente en el Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas de Euskadi.
Estar dado de alta en el sistema de habilitación temporal.
En el caso de que dos o más operadores económicos concurran agrupados con el compromiso de constituirse formalmente en UTE, en caso de resultar adjudicatarios: el compromiso de UTE debe estar registrado en el sistema de habilitación temporal.
2. Requisitos técnicos:
La información sobre los requisitos técnicos se encuentra disponible en el siguiente enlace:
xxxxx://xxxx.xxxxxxx.xxx/x00-xxxxxxx/xx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxx_xxxxxxxxxxxxxxxx/xx_00/xxxxxxx_xxxxxxxxxxxxx.xxxx
3. Servicio de soporte para resolver dudas o incidencias sobre licitación electrónica: 945016298.
12.1.2.- Forma de presentación:
Se deben anexar los documentos indicados en la cláusula 24 de cláusulas específicas del contrato en los respectivos sobres que, de conformidad con dicha cláusula, aparecen en la aplicación.
Sólo se garantiza la lectura y tramitación de los documentos almacenados con las siguientes extensiones: .doc, .xls, .ppt, .docx, .xlsx, .pptx, .pdf, .rtf., .sxw, .sdw, .abw, .xml, .jpg, .bmp, .tiff, .zip, y .7z
Con el objetivo de minimizar la incidencia que la presencia de virus pueda tener en la operatividad del sistema, se recomienda el envío de los documentos en los formatos .pdf, .rtf, .sxw, .jpg y .tiff.
Se entenderá recibida la solicitud de participación/oferta en el plazo de presentación si se inicia la transmisión dentro de él y finaliza con éxito.
12.1.3- Registro de presentación de certificaciones y facturas:
xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/x00-xxxxxxx/xx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxx_xxxxxx/xx_xxx/xxxxx.xxxxx
12.2.- Los interesados podrán solicitar información adicional sobre los mismos hasta el día hábil anterior a la fecha de la finalización del plazo de presentación.
- Contacto para atender consultas sobre aspectos técnicos:
- Dirección de correo electrónico: x-xxxxxxx@xxxxxxx.xxx
- Nº de teléfono: 000000000
- Contacto para atender consultas sobre aspectos jurídicos:
- dirección de correo electrónico: xxxxxx-xxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
- nº de teléfono: 000000000.
12.3.- Las respuestas por escrito a las solicitudes de aclaración del contenido de los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas tendrán carácter vinculante.
12.4.- El incumplimiento, por alguna licitadora, de las prohibiciones establecidas en los apartados anteriores dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por ella suscritas.
12.5.- La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por la entidad empresarial de la totalidad del contenido de las cláusulas y condiciones del presente pliego y del de prescripciones técnicas, sin salvedad alguna.
Asimismo, presupone la autorización al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea.
12.6.- Si durante la tramitación del procedimiento de adjudicación, y antes de la formalización del contrato, se produce la extinción de la personalidad jurídica de la empresa licitadora por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, o de una rama de su actividad, le sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquiriente del patrimonio o rama de actividad, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia exigida en la presente contratación.
13.- GARANTÍA PROVISIONAL (arts. 106 y 108 LCSP)
De acuerdo con lo establecido en el artículo 106.1 del LCSP, las licitadoras no constituirán garantía provisional.
14.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES (art. 140 LCSP)
Las proposiciones se presentarán en dos sobres:
SOBRE “A”: DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS Y OFERTA PARA CUYA EVALUACIÓN SE REQUIERE EFECTUAR UN JUICIO DE VALOR.
14.1..- Respecto a la documentación relativa a los requisitos previos:
14.1.1..- Obligatorios:
Declaración responsable ANEXO II.1.
Declaración sobre los compromisos que el operador económico asume respecto de las personas trabajadoras que realicen la actividad objeto del contrato según el modelo que figura en el ANEXO II.5.
El ANEXO II.8 relativo a los medios de notificación y comunicación.
d) Compromiso de adscripción de medios según el modelo que figura en el ANEXO II.2.
14.1.2.- Opcional:
.- Designación como confidencial de informaciones facilitadas por el operador económico según el modelo que figura en el ANEXO II.3.
14.1.3.- En su caso:
Garantía provisional, si lo exige la cláusula 13 de cláusulas específicas del contrato.
Compromiso de constituirse formalmente en UTE que figura en el ANEXO II.4.
En el supuesto de que varios operadores económicos pertenecientes a un mismo grupo empresarial, de conformidad con el art. 42.1 del Código de Comercio, presenten oferta, se deberá cumplimentar el ANEXO II.6.
Si se trata de operadores económicos comunitarios o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y el contrato se va a ejecutar en España, deben adjuntar la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al operador económico.
Si trata de varios operadores económicos no comunitarios, deben presentar el informe regulado en el art. 68.1 LCSP. Asimismo, si el contrato va a ejecutarse en España, deberán aportar declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al operador económico.
14.2.- Documentación relativa a la oferta técnica (criterios sujetos a juicio de valor):
El licitador presentará la propuesta técnica cuyo formato deberá ajustarse a los criterios que se valorarán y que constan en la cláusula 17.1 referente a los criterios cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor.
SOBRE“B”: OFERTA EVALUABLE AUTOMÁTICAMENTE A TRAVÉS DE FÓRMULAS.
En este sobre debe/n presentarse el/los siguiente/s documento/s:
Oferta económica con arreglo al modelo que figura en el ANEXO III.1.
Si algún sujeto licitador no aporta la documentación relativa a alguno de los criterios a que se refiere este apartado, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos en los párrafos anteriores, la proposición de dicha licitadora no será valorada respecto del criterio de que se trate.
Para ser tenida en cuenta, dicha documentación deberá estar suscrita en su totalidad por la licitadora, o ir acompañada de una relación de los documentos que la integran firmada por la licitadora, en la que declare, bajo su responsabilidad, ser ciertos los datos aportados.
La Administración se reserva la facultad de comprobar en cualquier momento su veracidad, bien antes de la adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia, pudiendo realizar tal comprobación por sí misma, o mediante petición a la licitadora o adjudicataria de documentación o informes complementarios.
La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, así como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven.
15.- EXAMEN DE LA OFERTA Y NEGOCIACIÓN
El órgano de contratación examinará la proposición de la interesada y la documentación aportada a que se refiere la cláusula 14, y comprobará que se ajusta a lo exigido en el presente pliego, negociando, en su caso, a través del servicio técnico de él dependiente, siempre y cuando sea posible, los términos de la oferta económica inicial.
16.- PROCEDIMIENTO DE NEGOCIACIÓN (art. 166.2 LCSP)
16.1.- El servicio técnico dependiente del órgano de contratación encargado de la negociación será el servicio de contratación adscrito a la Dirección de Servicios del Departamento de Empleo y Políticas Sociales.
16.2.- El servicio técnico negociador procederá del siguiente modo:
16.2.1.- Preparará un informe inicial de valoración en el que se analicen las proposiciones económicas y técnicas presentadas en relación con los criterios de adjudicación y se expresen las características y ventajas de cada una de ellas.
El informe inicial se realizará de tal forma que no recoja información facilitada por las empresas licitadoras que éstas hayan designado como confidencial y, en particular, secretos técnicos o comerciales.
No se invitará a negociar a las empresas que hayan formulado proposiciones que incumplan las prescripciones xxx xxxxxx no susceptibles de negociación.
16.2.2.- La fase de negociación tendrá por objetivo intentar lograr la mejora de las proposiciones, de acuerdo con los aspectos objeto de negociación precisados en la cláusula 11.2 del presente pliego y se desarrollará del siguiente modo:
– El servicio técnico negociador invitará a negociar a las personas licitadoras, indicando los aspectos objeto de negociación recogidos en el presente pliego, poniendo en su conocimiento las características y ventajas de su proposición y del resto de las proposiciones presentadas de acuerdo con el informe inicial antes citado.
En esta comunicación no se identificará a las licitadoras que han presentado el resto de las proposiciones.
– Las invitaciones se enviarán por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.(a través de la dirección de correo electrónico “habilitada” por las licitadoras).
– Las licitadoras podrán entonces presentar en un plazo de tres (3) días hábiles su contestación, en sobre o archivo electrónico cerrado dirigido al servicio técnico negociador, en el registro del órgano de contratación.
– La contestación de la licitadora podrá reformular o mejorar los términos de su oferta inicial o indicar que se mantiene en los términos originales. En caso de no recibir contestación en tiempo y forma, se entenderá que la licitadora se mantiene es los términos originales.
– Las nuevas ofertas que se presenten deberán estar siempre orientadas globalmente a la mejora de sus condiciones iniciales.
– Las nuevas ofertas deberán siempre concretar la mejora que se ofrece, por lo que no se admitirá el ofrecimiento general de igualar los términos de la oferta más ventajosa de otra licitadora en el criterio o criterios considerados.
16.3.- Una vez efectuadas las actuaciones anteriores, el servicio técnico negociador dará traslado al órgano de contratación de los resultados de la negociación, acompañando el expediente correspondiente a la fase de negociación y un informe técnico con la valoración de las ofertas presentadas de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos en el pliego.
En particular, se dará traslado al órgano de contratación de las proposiciones presentadas que hubiesen incumplido las prescripciones xxx xxxxxx no susceptibles de negociación, a efectos de que éste acuerde su exclusión.
17.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (arts. 145, 146 y 147 LCSP)
17.1.- El contrato se adjudicará a la proposición que oferte la mejor relación calidad-precio en la ejecución del contrato, evaluada mediante la aplicación de los siguientes criterios de adjudicación:
17.1.1.- Criterios cualitativos:
Criterio: Propuesta Técnica: Ponderación: 45%.
Descripción del método de valoración del criterio: el licitador presentará una propuesta técnica para la adecuada prestación del servicio en el marco de lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas. Se valorará la calidad de la referida propuesta, la cual desarrollará los siguientes aspectos:
Metodología organizativa y de trabajo (hasta 18 puntos):
Preparación de los contenidos y materiales, con especificación, en su caso, del planteamiento y las cuestiones que se piensen abordar (5 puntos)
Especificación de las propuestas de mejora del espacio y de la eficacia de la web (5 puntos)
Propuesta de difusión en las redes sociales (5 puntos)
Plan de trabajo, especificando las distintas tareas y su cronograma (3 puntos)
Estructuración, idoneidad y dedicación de los recursos técnicos y humanos (hasta 27 puntos):
Recursos técnicos y humanos (24 puntos)
Asesoría a empresas y personas trabajadoras en temas de conciliación, permisos, gestión del tiempo, relaciones laborales, derechos laborales, o cualesquiera relacionados con el objeto del contrato (6 puntos)
Persona coordinadora de contenidos, indicando su cualificación y la experiencia en conciliación, igualdad de mujeres y hombres, relaciones laborales, gestión de empresas, y cualesquiera relacionados con el objeto del contrato (5 puntos)
Experiencia laboral en relaciones laborales, recursos humanos, asesoría/consultoría laboral, y similares (un punto por cada año extra de experiencia, hasta un máximo de 3 puntos)
Personal que se adscriba a la ejecución del contrato, especificando su formación y cualificación, a fin de valorar la idoneidad de los recursos propuestos (4 puntos)
Persona responsable de mantenimiento y actualización de la web, especificando su formación en herramientas de gestión de páginas web, y más concretamente Interwoven (2 puntos)
Formación específica en igualdad de mujeres y hombres (2 puntos)
Acreditación de euskera superior a C1, EGA o PL3 (2 puntos)
Descripción de las funciones y tareas que corresponde desarrollar a cada uno de ellos, especialmente las de aquellos a los que corresponde su liderazgo, asesoramiento e innovación en temas de conciliación, e impulso de la difusión de la web (3 puntos)
17.1.2.- Criterios económicos:
Criterio: precio.
Ponderación: 55%.
Fórmula: La oferta económica más baja se valorará con la máxima puntuación, valorándose el resto de forma inversamente proporcional, mediante la siguiente fórmula:
MO x 55
POV = -----------
OV
Siendo:
MO: Menor oferta económica (precio) de las recibidas.
OV: Oferta económica (precio) que se quiere valorar.
POV: Puntuación que se otorga a la oferta a valorar.
17.2.- Si, efectuada la valoración de las proposiciones, con arreglo a lo establecido en las cláusulas anteriores, se produjese algún empate en la puntuación final se resolverá por sorteo
18.- ADJUDICACIÓN (art. 150 y 151 LCSP)
18.1.- Los servicios dependientes del órgano de contratación requerirán a la licitadora que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo xx XXXX (10) DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a aquel en que haya recibido el requerimiento, presente la documentación que se indica en los apartados siguientes.
De no cumplir el requerimiento en el plazo señalado, o en el que se le señale para subsanar los defectos en dicha documentación o, en su caso, el de presentación de documentación complementaria, se entenderá que la licitadora ha retirado su oferta y se le impondrá una penalidad económica, por importe de 3% del presupuesto base de licitación euros. Asimismo, se recabará la misma documentación a la licitadora siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
18.2.- DOCUMENTACIÓN:
18.2.1.- Documentación acreditativa de la capacidad de obrar y de la representación.
18.2.1.1.- Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura o documento de constitución, o de modificación en su caso, estatutos o acta fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos.
Las restantes empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o en la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Así mismo, deberán aportar informe emitido por la correspondiente Oficina Económica y Consular de España en el exterior relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga o, en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio.
18.2.1.2.- Cuando la entidad propuesta actúe mediante representante, deberá aportarse documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar.
18.2.2.- Documentación acreditativa de la solvencia.
La entidad propuesta deberá aportar la documentación acreditativa de su solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo señalado en la cláusula 4.3 del presente Xxxxxx.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95 de la LCSP, la Administración contratante podrá solicitar aclaraciones sobre la documentación presentada para acreditar la solvencia, o requerir la presentación de otros documentos complementarios.
Asimismo deberá presentar la documentación que acredite que la empresa propuesta como adjudicataria dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.
18.2.3.- Documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social con arreglo a lo establecido en la cláusula 19 del presente pliego.
18.2.4.- Documentación acreditativa de haber constituido la correspondientes garantía definitiva con arreglo a lo establecido en la cláusula 20 del presente pliego.
18.2.5.- La presentación del certificado de estar inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en el correspondiente Registro de Contratistas exime de aportar la documentación acreditativa de la capacidad de obrar y de la representación (siempre y cuando la representación sea la misma que conste en el certificado aportado), así como de la acreditativa de la solvencia y de no estar incurso en prohibición de contratar.
Mediante la presentación de la oferta, la licitadora autoriza expresamente al órgano de contratación para obtener del citado Registro los datos correspondientes.
18.2.7.- Si la propuesta de adjudicación recayera en una unión temporal de empresas, cada una de las entidades partícipes en la misma deberá presentar la documentación relacionada en los apartados anteriores, salvo la relativa a la garantía definitiva.
Asimismo, en el supuesto de que, con arreglo a lo establecido en la cláusula 4.3.3 del presente pliego, la entidad propuesta como adjudicataria vaya a recurrir a las capacidades de otras empresas, también habrá de aportarse la documentación relacionada en los apartados anteriores, referida a éstas últimas, salvo la relativa a la garantía definitiva.
19.- DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE ESTAR AL CORRIENTE EN OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL
19.1.- La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias se realizará presentando la siguiente documentación:
- Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o el documento de alta en el mismo, cuando ésta sea reciente y no haya surgido aún la obligación de pago. El alta deberá adjuntarse en todo caso cuando en el recibo aportado no conste el epígrafe de la actividad. Esta documentación deberá estar referida al epígrafe correspondiente al objeto del contrato que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejercen, debiendo complementarse con una declaración responsable de la licitadora de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto.
- Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración, por lo que respecta a las obligaciones tributarias correspondiente con la misma.
Si la entidad propuesta como adjudicataria no está obligada a presentar todas o alguna de las declaraciones o documentos correspondientes a sus obligaciones tributarias habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.
19.2.- La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social se realizará mediante certificación expedida por la autoridad administrativa competente. En el supuesto que haya de tenerse en cuenta alguna exención, se habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.
19.3.- No obstante lo anterior, la licitadora propuesta como adjudicataria no estará obligada a aportar dichas certificaciones si autoriza expresamente a la Administración contratante para obtener de la Administración certificante la información que acredite que cumple las circunstancias indicadas.
19.4.- Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Así mismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce últimos meses.
20.- GARANTÍA DEFINITIVA (arts. 107 Y 108 LCSP)
20.1.- La licitadora propuesta como adjudicataria deberá acreditar, dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, la constitución de la garantía definitiva por importe del 5 por 100 del precio final ofertado.
20.2.- La garantía se constituirá en favor del Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Xxxxx, NIF S4833001C
III.-FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
21.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO (arts. 36, 151 y 153 LCSP)
21.1.- El órgano de contratación requerirá a la persona adjudicataria para suscribir, dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a la fecha de la notificación de la adjudicación, el documento administrativo de formalización del contrato, al que se unirá, formando parte del contrato, la oferta de la adjudicataria y un ejemplar xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y de las prescripciones técnicas.
Cuando la adjudicataria sea una unión temporal de empresarios, dentro del mismo plazo y con anterioridad a la firma del contrato, deberá aportar escritura pública de constitución como tal. (art. 69 LCSP).
21.2.- No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización. Si ésta no se llevara a cabo dentro del plazo indicado por causa imputable a la adjudicataria, la Administración le exigirá el importe del 3 % del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía definitiva, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 71.2.a) de la LCSP. Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará a la contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.
IV.-EJECUCIÓN DEL CONTRATO
22.- RESPONSABLE SUPERVISOR DEL OBJETO DEL CONTRATO (art. 62 LCSP)
La responsable de supervisar el desarrollo del contrato será Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, como técnica de la Dirección de Política Familiar y Diversidad del Departamento del Empleo y Políticas Sociales, o persona que la sustituya, quien supervisará la ejecución del mismo, comprobando que su realización se ajusta a lo establecido en el contrato, y cursará a la contratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación.
Por su parte, la empresa contratista deberá designar al menos una persona como coordinadora del contrato, integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a la entidad contratante, canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato y la entidad contratante, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.
b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.
c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.
d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, de forma que no se altere la correcta ejecución del servicio.
e) Informar a la entidad contratante sobre las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
23.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA (arts. 133.2, 196, 201, 202 y 211.1 LCSP)
23.1.- La contratista está obligada a cumplir fielmente lo establecido en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, le diere la persona responsable del contrato designada por el órgano de contratación.
23.2.- La contratista habrá de cumplir las obligaciones medioambientales, sociales y laborales establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado.
23.3.- Será obligación de la contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes.
23.4.- La contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 133.2 de la LCSP.
23.5.- La contratista está obligada a suministrar al órgano de contratación, previo requerimiento y en un plazo xx XXXX (10) DÍAS HÁBILES, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 4 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de Transparencia y Acceso a la información pública.
La información deberá suministrarse por escrito acompañada de una declaración responsable por parte de la adjudicataria en la que se declare, bajo su responsabilidad, que son ciertos los datos aportados.
La presentación podrá realizarse igualmente mediante transmisión por medios electrónicos o telemáticos, siempre que tales medios estén respaldados por procedimientos que garanticen la autenticidad, confidencialidad de los documentos y el reconocimiento de su firma, de acuerdo con la normativa vigente al respecto.
23.6.- La contratista habrá de pagar a los subcontratistas o suministradores que intervienen en la ejecución del contrato, en las condiciones establecidas en el artículo 216 LCSP.
23.7.- Asimismo, tiene las siguientes obligaciones, que tienen el carácter de obligaciones contractuales esenciales:
23.7.1- Cumplir todas las condiciones ofertadas en su proposición.
23.7.2.- Adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y/o materiales a que se comprometió en cumplimiento de lo dispuesto en la cláusula 4.4 del presente pliego.
23.7.3.- La contratista está obligada a proporcionar a la Administración contratante, cuando ésta se la requiera, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que pueda afectar la subrogación una vez concluido el presente contrato.
A tal efecto, deberá proporcionarle un listado de dichos trabajadores, con indicación del convenio colectivo aplicable y los detalles de categoría, tipo de contrato, jornada, fecha de antigüedad, vencimiento del contrato, salario bruto anual de cada trabajador, así como todos los pactos en vigor aplicables a los mismos.
23.7.4.- También estará obligada a responder de los salarios impagados a los trabajadores y trabajadoras afectados por la subrogación, así como de las cotizaciones a la Seguridad social devengadas, aún en el supuesto de que se resuelva el contrato y aquellos sean subrogados por la nueva contratista, sin que en ningún caso dicha obligación corresponda a este último.
En este caso, la Administración contratante, una vez acreditada la falta de pago de los citados salarios, procederá a la retención de las cantidades debidas a la contratista para garantizar dicho pago, y a la no devolución de la garantía definitiva en tanto no se acredite el abono de éstos
23.7.5.- Respecto de los datos de carácter personal a los que tenga acceso en virtud del contrato, la contratista está obligada al cumplimiento de lo dispuesto en disposición adicional vigesimoquinta de la LCSP , y en los apartado 2 y 3 del artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como al Reglamento que la desarrolla
24.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
24.1.- El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, y en el pliego de prescripciones técnicas.
24.2.- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx de la contratista, respondiendo éste de la calidad de los bienes y de los vicios ocultos que pudieran apreciarse durante el plazo de garantía. (arts.197 y 311.4 LCSP).
Será obligación de la contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a terceras personas como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes. (art. 196 LCSP).
La contratista será responsable igualmente de los daños y perjuicios que se originen durante la ejecución del contrato, tanto para la Administración como para terceras personas, por defectos o insuficiencias técnicas de su trabajo, o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en los que el trabajo haya incurrido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 311 de la LCSP. Si el contrato se ejecutara de forma compartida con más de un/a profesional, todos responderán solidariamente de las responsabilidades a que se refiere esta cláusula.
24.3.- Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo, en su caso, los requisitos de titulación y experiencia exigidos, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de la entidad contratante del cumplimiento de aquellos requisitos. Rellenar Anexo II.5.
La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
La empresa contratista velará especialmente porque los y las trabajadores y trabajadoras adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato.
En el caso de que la empresa contratista incumpla las obligaciones asumidas en relación con su personal, dando lugar a que el órgano o ente contratante resulte sancionado o condenado, la empresa contratista deberá indemnizar a éste de los daños y perjuicios que se deriven de tal incumplimiento y de las actuaciones de su personal.
25.- GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DE LA CONTRATISTA
25.1.- Son de cuenta de la contratista los gastos de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública.
25.2.- Tanto en las proposiciones presentadas por las licitadoras, como en los presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, que correrán por cuenta de la contratista.
Se consideran también incluidos en la proposición de la adjudicataria y en el precio del contrato todos los gastos que resultaren necesarios para la ejecución del contrato, incluidos los posibles desplazamientos.
26.- ABONOS A LA CONTRATISTA (arts. 198 LCSP)
El pago del precio se realizará con arreglo a las siguientes condiciones:
26.1.- Certificación de servicios prestados o ejecutados
26.1.1.- La contratista deberá presentar en el registro xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/x00-xxxxxxx/xx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxx_xxxxxx/xx_xxx/xxxxx.xxxxx la/s certificación/es de servicios que incluya/n los siguientes datos:
Código del expediente.
Nombre o denominación social y NIF de la contratista.
Relación valorada – con arreglo al/los precio/s pactado/s – de los servicios prestados o ejecutados (sin IVA.)
Datos de las prestaciones ejecutadas por subcontratistas: nombre/s de subcontratista/s, trabajo realizado, condiciones estipuladas relacionadas directamente con el plazo de pago.
Período al que corresponden los servicios (en el caso de que la certificación sea parcial).
26.1.2.- Plazo y condiciones.
La presentación se realizará en los siguientes plazos y condiciones:
Si las cláusulas específicas establece pago único del precio: se presentará una certificación total dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de finalización de la ejecución del contrato.
Si las cláusulas específicas establece pagos parciales del precio: se presentarán certificaciones parciales dentro de los treinta (30) días siguientes a cada uno de los vencimientos periódicos establecidos en la citada cláusula.
26.2.- Conformidad y registro de factura.
El responsable del contrato debe aprobar la certificación de servicios dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de registro y remitir copia del documento de aprobación a la contratista ese mismo día, mediante el medio que corresponda según la legislación vigente.
Una vez recibida la copia del documento de aprobación, la contratista presentará la factura en el registro indicado en las cláusulas específicas del contrato en los términos establecidos en la normativa vigente sobre factura electrónica en el plazo de treinta (30) días desde la fecha de la prestación del servicio.
26.3.- Abono.
El poder adjudicador deberá abonar el precio dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de aprobación de la certificación de servicios. Si se demorase en el cumplimiento de la obligación de pago deberá abonar a la contratista, a partir del cumplimiento del plazo indicado en el párrafo anterior los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
En todo caso, el inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses se supedita a que la contratista haya presentado la/s certificación/es de servicios prestados y la/s factura/s en el registro indicado en las cláusulas específicas del contrato. Si la contratista incumpliera el plazo de treinta (30) días para presentar la factura ante dicho registro administrativo, el devengo de intereses no se iniciará hasta transcurridos treinta (30) días desde la fecha de presentación de la factura en el registro correspondiente, sin que el poder adjudicador haya aprobado la conformidad, si procede, y efectuado el correspondiente abono.
La contratista debe expedir y remitir las facturas electrónicamente a través del servicio de facturación electrónica de la Comunidad Autónoma de Euskadi. La expedición y remisión de las facturas electrónicamente no es obligatoria cuando el importe de la factura, IVA incluido, sea menor o igual a 5.000,00 euros o cuando los destinatarios de dichas facturas sean Delegaciones de Euskadi en el extranjero, de conformidad con la Orden de 26 de diciembre de 2014, del Consejero de Hacienda y Finanzas por el que se regula el Servicio de Facturación Electrónica y el Registro Contable de Facturas de la Comunidad Autónoma de Euskadi. No obstante, deben expedir y remitir factura electrónica en todo caso las entidades indicadas en el art. 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre por los servicios prestados y bienes entregados a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, a sus Organismos Autónomos y a sus Consorcios.
27.- INCUMPLIMIENTOS DEL CONTRATO (art. 192 LCSP)
27.1.- Sin perjuicio de la obligación de reparación de defectos e indemnización por daños y perjuicios que legalmente incumbe a la contratista, y de la posibilidad de resolver el contrato prevista en la LCSP, se establecen las siguientes penalidades adicionales:
Infracciones leves:
Todas aquellas que, no estando previstas entre las graves y muy graves, supongan el quebranto de lo previsto en el contrato o de las prestaciones ofertadas.
No atender con la prestancia adecuada la comunicación con la Administración.
Incumplir la normativa de carácter laboral, de prevención de riesgos laborales, medioambientales o cualquier otra que regule aspectos relacionados con la prestación del servicio objeto del presente contrato y que no estén previstas entre las graves o muy graves.
La inadecuada prestación del servicio según los estándares previstos en la contratación.
Infracciones graves:
La falta de respeto al personal de la Administración.
El incumplimiento de las instrucciones dictadas por la Administración, que no tengan consideración de muy graves.
El incumplimiento de las obligaciones contractuales o de las ofertas presentadas que no tengan el carácter de leves o muy graves.
La inadecuada prestación del servicio que provoquen daño grave del servicio. En concreto, el retraso superior a 2 meses en las entregas contempladas en el apartado 15.3.
Incumplir gravemente la normativa de carácter laboral, de prevención de riesgos laborales, medioambientales o cualquier otra que regule aspectos relacionados con la prestación del servicio objeto del presente contrato y que no estén previstas entre las graves o muy graves
La reiteración en la comisión de infracciones leves.
Infracciones muy graves:
Obstaculizar la labor supervisora de la persona responsable del contrato.
Incumplir reiteradamente las instrucciones dictadas por la Administración.
El incumplimiento de las obligaciones contractuales o de las ofertas presentadas que conlleven tener que volver a realizar el servicio prestado.
La inadecuada prestación del servicio que provoquen daño muy grave del servicio. En concreto, el retraso superior a 3 meses en las entregas contempladas en el apartado 15.3.
La falta de veracidad en los contenidos de cualquier documentación o declaración relativa al presente contrato o a su ejecución.
La imposibilidad puntual de prestar el servicio en ambas lenguas oficiales que no sea causa de resolución del contrato.
La reiteración en la comisión de infracciones graves.
27.2.- Se establecen importes de penalidad diferentes de los dispuestos en el art. 193.3 y 193.4 LCSP por demora en el cumplimiento de plazos:
a) Infracciones muy graves: hasta un 10 por 100 del precio de adjudicación del contrato o del presupuesto base de licitación, cuando el precio se determine en función de precios unitarios, IVA excluido.
b) Infracciones graves: hasta un 5 por 100 del precio de adjudicación del contrato o del presupuesto base de licitación, cuando el precio se determine en función de precios unitarios, IVA excluido.
c) Infracciones leves: hasta un 2 por 100 del precio de adjudicación del contrato o del presupuesto base de licitación, cuando el precio se determine en función de precios unitarios, IVA excluido.
Los importes de las penalizaciones se podrán hacer efectivos mediante su deducción en las facturas o contra la garantía.
En ningún caso la imposición de penalizaciones excluye la responsabilidad por daños y perjuicios ni la resolución del contrato.
27.3.- Incumplimiento de la obligación de proporcionar información relativa a los trabajadores a subrogar.
Si, a pesar del requerimiento que le haya hecho la Administración contratante, la contratista incumpliere dicha obligación se le impondrá una penalización económica por importe del 10% del precio del contrato, IVA excluido.
27.4.- Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta de la persona responsable de la supervisión de la ejecución del contrato, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de su importe en los abonos a realizar a la contratista, o, cuando no pudieran deducirse de dichos pagos, se harán efectivas sobre la garantía constituida.
27.5.- Si las penalidades impuestas con arreglo a lo establecido en los apartados anteriores no cubriesen los daños ocasionados a la Administración contratante por los incumplimientos de la contratista, aquella le exigirá una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados.
SUBCONTRATACIÓN, CESIÓN DEL CONTRATO Y SUCESIÓN EN LA PERSONA DEL CONTRATISTA
28.- SUBCONTRATACIÓN (arts. 215, 216 y 217 LCSP)
28.1.- La contratista podrá subcontratar con terceras personas que no estén inhabilitadas para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico, o incursas en algunas de las causas de prohibición para contratar con las Administraciones Públicas relacionadas en el artículo 71 de la LCSP. la ejecución parcial del contrato.
La celebración de los subcontratos estará sometida al cumplimiento de los siguientes requisitos:
Las personas licitadoras deberán indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización. En todo caso, la contratista deberá comunicar por escrito, tras la adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de este, al órgano de contratación los datos de contacto y la persona o personas que actúen como representante o representantes legales de la subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de este para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia, y acreditando que el mismo no se encuentra incurso en prohibición de contratar de acuerdo con el artículo 71 de la LCSP.
La contratista principal deberá notificar por escrito al órgano de contratación cualquier modificación que sufra esta información durante la ejecución del contrato principal, y toda la información necesaria sobre los nuevos subcontratistas.
Los subcontratos que no se ajusten a lo indicado en la oferta, por celebrarse con empresarios distintos de los indicados nominativamente en la misma o por referirse a partes de la prestación diferentes a las señaladas en ella, no podrán celebrarse hasta que transcurran veinte días desde que se hubiese cursado la notificación y aportado las justificaciones a que se refiere la letra a) de este apartado, salvo que con anterioridad hubiesen sido autorizados expresamente, siempre que la Administración no hubiese notificado dentro de este plazo su oposición a los mismos. Este régimen será igualmente aplicable si los subcontratistas hubiesen sido identificados en la oferta mediante la descripción de su perfil profesional.
28.2.- De conformidad con lo establecido en el artículo 202.4 de la LCSP, el subcontratista estará obligada a cumplir las condiciones especiales de ejecución exigidas en la cláusula 24.3 del presente pliego
28.3.- La contratista deberá pagar a las subcontratistas o suministradoras en los términos establecidos en el artículo 216 de la LCSP.
28.4.- La Administración contratante comprobará que la contratista paga debidamente a las subcontratistas o suministradoras que participan en el contrato.
Para ello cuando el ente público contratante lo solicite, la contratista adjudicataria le remitirá una relación detallada de las subcontratistas o suministradoras que participen en el contrato cuando se perfeccione su participación, con indicación de las condiciones de subcontratación o suministro de cada uno de ellos que guarden relación directa con el plazo de pago.
Asimismo, a solicitud del ente público contratante, la contratista adjudicataria deberá aportar justificante de cumplimiento de los pagos dentro de los plazos establecidos en el artículo 216 de la LCSP y en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, en lo que le sea de aplicación.
Estas obligaciones se consideran condiciones esenciales en la ejecución del contrato, y su incumplimiento dará lugar a las consecuencias previstas por el ordenamiento jurídico.
29.- CESIÓN DEL CONTRATO
La contratista podrá ceder a un tercera persona, en las condiciones que se establecen en el artículo 214 de la LCSP, los derechos y obligaciones dimanantes del presente contrato. No se devolverá la garantía definitiva constituida por la cedente hasta que no se haya constituido la de la cesionaria.
30.- SUCESIÓN EN LA PERSONA DE LA CONTRATISTA
En los casos de fusión, escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad de las mismas, continuará el contrato vigente con la entidad resultante, que quedará subrogada en los derechos y obligaciones dimanantes del mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 de la LCSP.
Es obligación de la contratista comunicar a la Administración cualquier cambio que afecte a su personalidad jurídica, suspendiéndose el cómputo de los plazos legalmente previstos para el abono de las facturas correspondientes hasta que se verifique el cumplimiento de las condiciones de la subrogación.
Si no pudiese producirse la subrogación por no reunir la entidad a la que se atribuya el contrato las condiciones de solvencia necesarias, se resolverá éste, considerándose a todos los efectos como un supuesto de resolución por culpa de la contratista.
VI.-MODIFICACIÓN DE CONTRATO
31.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO (arts. 190, 203, 204 y 205 LCSP)
El contrato sólo podrá modificarse por razones de interés público, con arreglo a lo establecido en los apartados siguientes y en los artículos 203 a 207 de la LCSP.
Las modificaciones del contrato serán obligatorias para la contratista, con la salvedad a que se refiere el artículo 206.1 de la LCSP, y se formalizarán en documento administrativo.
31.1.- No hay modificaciones previstas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares.
No se prevé ninguna modificación del contrato, sin perjuicio de aquellas modificaciones referidas en el apartado siguiente.
31.2.- Modificaciones no previstas: prestaciones adicionales, circunstancias imprevisibles y modificaciones no sustanciales.
No obstante lo anterior, podrán llevarse a cabo modificaciones del contrato cuando concurra alguna de las circunstancias a que se refiere el apartado 2 del artículo 205 de la LCSP, siempre y cuando no alteren las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación del contrato, debiendo limitarse a introducir las variaciones estrictamente indispensables para atender la causa objetiva que las haga necesarias.
El órgano de contratación deberá aprobar, previamente a su ejecución, la modificación del contrato, siguiendo al efecto el procedimiento establecido en el artículo 191 de la LCSP, teniendo en cuenta, asimismo, lo dispuesto en el artículo 207.2 de dicha Ley.
32.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO (art. 208 LCSP )
Si la Administración acordare la suspensión del contrato o aquélla tuviere lugar por la aplicación de lo dispuesto en el artículo 198.5 LCSP y la cláusula 26.3, se levantará un acta, de oficio o a solicitud de la contratista, en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél.
Acordada la suspensión, la Administración abonará a la contratista, en su caso, los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste, los cuales se determinarán con arreglo a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 208 y en los apartados 2 y 3 del artículo 313 de la LCSP.
VII.-FINALIZACIÓN DEL CONTRATO
33.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO (arts. 111.3 y 210 de la LCSP))
33.1.- El contrato se entenderá cumplido por la contratista cuando ésta haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo establecido en este pliego y en el de prescripciones técnicas y a satisfacción de la Administración.
Si los servicios se han ejecutado correctamente, la Administración contratante de hará constar de forma expresa su conformidad y llevará acabo la recepción formal del servicio, dentro del plazo de UN (1) MES de haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato.
33.2.- Si los servicios no se hallan en condiciones de ser recibidos, se dejará constancia expresa de tal circunstancia y se darán las instrucciones precisas a la contratista para que subsane los defectos observados, o proceda a una nueva ejecución de conformidad con lo pactado. Si pese a ello, los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables a la contratista, la Administración podrá rechazarla, quedando exenta de la obligación de pago, y teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho hasta entonces.
33.3.- La contratista estará obligada, a requerimiento del órgano de contratación, a subsanar, en un plazo de dos meses, los defectos, insuficiencias técnicas y errores materiales del proyecto de obras, cuya elaboración es objeto del contrato, así como las omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios que le sean imputables.
Transcurrido dicho plazo sin que la contratista hubiere llevado a cabo tal subsanación, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato, con incautación de la garantía definitiva constituida, y exigencia a la contratista de una indemnización equivalente al 25% del precio del contrato, o por conceder a la contratista un nuevo plazo improrrogable de un mes para subsanar las deficiencias no corregidas, imponiéndole, al mismo tiempo, una penalidad equivalente al 25% del precio del contrato. En este último supuesto, si se produjera un nuevo incumplimiento procederá la resolución del contrato y la incautación de la garantía definitiva, debiendo la contratista, además, abonar a la Administración una indemnización equivalente al precio del contrato. Si la contratista, en cualquier momento anterior a la concesión del último plazo, renunciase a la realización del proyecto, deberá abonar a la Administración una indemnización equivalente al 50% del precio del contrato, con pérdida de la garantía depositada.
33.4.- Con independencia de lo previsto en los apartados anteriores, la contratista responderá de los daños y perjuicios que durante la ejecución o explotación de las obras se causen a la Administración o a terceros, por defectos e insuficiencias técnicas del proyecto, o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en que haya incurrido y sean imputables al mismo.
34.- RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO
34.1.- Además de por su cumplimiento, el contrato se extinguirá por su resolución, acordada por la concurrencia de alguna de las causas previstas en los artículos 211 y 313 de la LCSP.
La resolución del contrato producirá los efectos previstos en los artículos 213 y 313 de la LCSP.
Producirá igualmente la resolución del contrato, el incumplimiento por la contratista de la obligación de guardar sigilo a que se refiere la cláusula 23.4, respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo.
34.2.- A la extinción de los contratos de servicios, no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato, como personal de la Administración contratante.
35.- PLAZO DE GARANTÍA
35.1.- El objeto del contrato quedará sujeto a un plazo de garantía de un mes, a contar desde la fecha de recepción o conformidad del trabajo, plazo durante el cual la Administración podrá comprobar que el servicio realizado se ajusta a lo contratado y a lo estipulado en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas.
Transcurrido el plazo de garantía sin que se hayan formulado reparos a los trabajos ejecutados, quedará extinguida la responsabilidad de la contratista.
35.2.- Durante el periodo de garantía, la contratista estará obligada a subsanar, a su xxxxx, todas las deficiencias que se puedan observar en los trabajos ejecutados, con independencia de las consecuencias que se pudieran derivar de las responsabilidades en que hubiere podido incurrir, de acuerdo a lo establecido en el presente pliego y en el artículo 213.5 LCSP.
36. DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA (art. 111LCSP)
Transcurrido el período de garantía, la garantía definitiva será devuelta a la contratista si ha cumplido satisfactoriamente todas las obligaciones derivadas del contrato y no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre dicha garantía.
También será devuelta la garantía cuando se resuelva el contrato, por causa no imputable a la contratista.
El acuerdo de devolución deberá adoptarse en el plazo máximo de DOS (2) MESES, a contar desde la finalización del plazo de garantía, y se notificará al interesado
Concluida la vigencia del contrato, y cumplidas por la contratista las obligaciones derivadas del mismo, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de ésta.
ANEXO I.1
CÁLCULO PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN: COSTES Y OTROS GASTOS
Los costes y gastos tenidos en cuenta para el cálculo del presupuesto base de licitación del contrato referenciado con el número de expediente 07/2019-F han sido los siguientes:
Costes directos:
Consultas contestadas:4.800€ (60€ por80 consultas estimadas)
Creación/búsqueda de contenidos y actualización de la web: 1.760€ (40€ actualización/1 actualización por semana-48 semanas-).
Gestión de redes sociales:1.440€ (10€ por actualización, 3 actualizaciones por 48 semanas)
Otros eventuales gastos:
Imprevistos u otros gastos:1.000,00€
-
PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:
9.000,00… euros
IVA (21 %):
1.890,00… euros
TOTAL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:
10.890,00… euros
ANEXO I.2
DATOS SOBRE LAS CONDICIONES DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO
Contrato de servicios de (indicar objeto del contrato)
Convenio colectivo |
Categoría profesional |
Tipo de contrato |
Jornada |
Fecha antigüedad |
Fecha vencimiento contrato |
Salario bruto anual |
Pactos en vigor |
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En............................., a...... de....................de 20....
Firmado:
En cumplimiento del art. 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “Expediente de contratación”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx. La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a la Dirección de Patrimonio y Contratación. Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx, en X/ Xxxxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxx – Gasteiz.
ANEXO I.3
SIMULACIÓN FÓRMULA(S) MATEMÁTICA(S)
Simulación fórmula para valorar el criterio precio:
Valor económico de la oferta presentada por precios unitarios …………….…. 51%
La valoración de la oferta económica se realizará aplicando la siguiente fórmula matemática:
R x Min.
P = ---------------
Ofer.
Siendo:
P= Puntuación obtenida
R= Porcentaje (51)
Min. = oferta económica más baja
Ofer.= oferta que se valora
Ponderación total de este grupo: máximo 51 puntos.
Suponiendo recibir 3 propuestas que a continuación se especifican, la valoración otorgada a cada una sería la siguiente:
Empresa |
Oferta económica |
Valoración |
Empresa A |
30.000,00 € |
51,00 |
Empresa B |
30.700,00 € |
49,84 |
Empresa C |
31.100,00 € |
49,20 |
DECLARACIÓN RESPONSABLE
1D./Dña……………………………………………………………………………………, con DNI ……………………………… en nombre propio o en representación de (licitadora) ……………………………………...., con NIF ……………………
En relación con el procedimiento de adjudicación del contrato con expediente nº................
DECLARA:
1.- Que quien firma esta declaración responsable ostenta la representación de la persona, entidad o empresa que presenta la oferta.
2.- Que la citada persona, entidad o empresa cuenta con la adecuada solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente.
3.- Que la mencionada persona, entidad o empresa cuenta con las autorizaciones necesarias, en su caso, para ejercer la actividad objeto del contrato.
4.- Que la persona, entidad o empresa a la que representa, quienes ostentan facultades para llevar su administración y representación, quien firma así como, en su caso, las empresas que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas, no están incursas en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en los términos y condiciones previstos en aquél.
5.- Que, si recurre a las capacidades de otras entidades, demostrará que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación del compromiso por escrito de dichas entidades a requerimiento del órgano de contratación.
6.- Si se trata de operador económico extranjero y el contrato se va a ejecutar en España, declara someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al operador económico.
En............................., a...... de....................de 20....
Firmado:
En cumplimiento del art. 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “indicar nombre de fichero”, bajo la responsabilidad de (indicar Dirección/OOAA/ente). La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a (indicar Dirección/OOAA/ente). Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
ANEXO II.2
Compromiso de adscripción de medios
D./Dña.…………………………………………………, con DNI………………en nombre propio o en representación de (licitadora)……………………………………………, con NIF………………………; en relación con el expediente nº ……………………
DECLARA:
Que en relación con los medios a adscribir a la ejecución del contrato:
Se compromete a adscribir a la ejecución del contrato los medios que figuran en el cuadro “Compromiso de adscripción de medios”.
Se compromete a aportar la documentación indicada en la cláusula 4.3 de cláusulas del contrato, para acreditar que dispone de los medios identificados en el Cuadro “Compromiso de adscripción de medios”, dentro del plazo que establece el artículo 150.2 LCSP.
En............................., a...... de....................de 20....
Firmado:
En cumplimiento del art. 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “Expediente de contratación”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx. La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a la Dirección de Patrimonio y Contratación. Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx, en X/ Xxxxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxx – Gasteiz.
cuadro “Compromiso de adscripción de medios”
Expediente número 07/2019-F
REQUISITOS MÍNIMOS EXIGIDOS |
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Perfil profesional |
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Titulación |
Experiencia |
Derecho, Relaciones Laborales, Recursos Humanos, o similares
|
3 años en relaciones laborales, recursos humanos, asesoría/consultoría laboral, o similares |
EGA/C1/PL3 |
Mínimo una persona que acredite titulación |
En............................., a...... de....................de 20....
Firmado:
En cumplimiento del art. 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “Expediente de contratación”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx. La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a la Dirección de Patrimonio y Contratación. Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx, en X/ Xxxxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxx – Gasteiz
ANEXO II.3
DESIGNACIÓN COMO CONFIDENCIAL DE INFORMACIONES CONTENIDAS EN LA OFERTA
D./Dña.…………………………………………………, con DNI………………en nombre propio o en representación de (licitadora)……………………………………………, con NIF………………………; en relación con el expediente nº ……………………
DECLARA:
Que en relación con la documentación aportada en el sobre ............. , en nombre de su representada consideran confidenciales las siguientes documentos, informaciones y aspectos de la oferta por razón de su vinculación a secretos técnicos o comerciales:1 2
……………………
…………………..
…………………..
…………………………
Que dicho carácter confidencial se justifica en las siguientes razones:
……………………
…………………..
…………………..
…………………………
En............................., a...... de....................de 20....
Firmado:
En cumplimiento del art. 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “Expediente de contratación”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx. La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a la Dirección de Patrimonio y Contratación. Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx, en X/ Xxxxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxx – Gasteiz
ANEXO II.4
COMPROMISO DE CONSTITUIRSE FORMALMENTE EN UTE
D./Dña.…………………………………, con DNI………………… en nombre propio o en representación de (licitadora)…………………………………………………
D./Dña.…………………………………, con DNI………………… en nombre propio o en representación de (licitadora)………………………………………………….
DECLARAN:
En relación con el expediente nº ……………………
1.- Que asumen el compromiso de constituirse formalmente en Unión Temporal de Empresas, con las participaciones respectivas del.......% y del........%.
2.- Que nombran representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo a D./Dña. ...........................................
En............................., a...... de....................de 20....
Firmado:
En cumplimiento del art. 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “Expediente de contratación”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx. La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a la Dirección de Patrimonio y Contratación. Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx, en X/ Xxxxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxx – Gasteiz
ANEXO II.5
DECLARACIÓN SOBRE LOS COMPROMISOS QUE ASUME RESPECTO A LAS PERSONAS QUE REALICEN LA ACTIVIDAD OBJETO DEL CONTRATO
D./Dña.…………………………………………………, con DNI………………en nombre propio o en representación de (licitadora)……………………………………………, con NIF………………………; en relación con el expediente nº ……………………
DECLARA:
Que el convenio colectivo que será de aplicación a los trabajadores y trabajadoras que realicen la actividad objeto del contrato, en el caso de resultar adjudicataria, es*: ……………………………………………………………………………………………………………………………..1
Que, en el caso de resultar adjudicataria, durante la ejecución del contrato facilitará cuanta información se requiera por parte del responsable del contrato o del órgano de contratación sobre las condiciones de trabajo que se apliquen efectivamente a esos trabajadores y trabajadoras.
Que, en el caso de resultar adjudicataria, a lo largo de toda la ejecución del contrato, abonará el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional que le corresponda a la persona trabajadora, sin que en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquel.
Que acepta voluntariamente dar transparencia institucional a todos los datos derivados del procedimiento de adjudicación y de la ejecución del contrato hasta su finalización.
Que se compromete a ejecutar el contrato con estricto cumplimiento de las obligaciones respecto del personal adscrito a su ejecución que incumben a la contratista, y que se establecen en la cláusula 26 condiciones generales.
En............................., a...... de....................de 20....
Firmado:
*Xxx perjuicio de lo dispuesto en la normativa laboral que sea de aplicación en los supuestos en los que haya obligación de subrogar.
En cumplimiento del art. 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “Expediente de contratación”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx. La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a la Dirección de Patrimonio y Contratación. Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx, en X/ Xxxxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxx – Gasteiz
ANEXO II.6.
EMPRESAS PERTENECIENTES A UN MISMO GRUPO EMPRESARIAL1-2
D./Dña.…………………………………………………, con DNI………………en nombre propio o en representación de (licitador)……………………………………………, con NIF………………………; en relación con el expediente nº ……………………
DECLARA:
Que de conformidad con el artículo 42.1 del Código de Comercio, la empresa que represento forma parte de un grupo empresarial (si/no): ………. Y que la/s empresa/s que concurre/n a la presente licitación es/son la/s siguientes/s:
Denominación social |
NIF |
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|
En............................., a...... de....................de 20....
Firmado:
En cumplimiento del art. 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “Expediente de contratación”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx. La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a la Dirección de Patrimonio y Contratación. Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx, en X/ Xxxxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxx – Gasteiz
ANEXO II.7.
LOTE O LOTES A LOS QUE PRESENTA OFERTA
D./Dña.…………………………………………………, con DNI………………en nombre propio o en representación de (licitadora)……………………………………………, con NIF………………………; en relación con el expediente nº ……………………
DECLARA:
1.- Que presenta oferta a los lotes siguientes1: ………………………….
En............................., a...... de....................de 20....
Firmado:
En cumplimiento del art. 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “Expediente de contratación”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx. La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a la Dirección de Patrimonio y Contratación. Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx, en X/ Xxxxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxx – Gasteiz
ANEXO II.8.
DATOS A EFECTOS DE NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES
D./Dña.…………………………………………………, con DNI………………en nombre propio o en representación de (licitadora)……………………………………………, con NIF………………………; en relación con el expediente nº 10/218-J
DECLARA:
Que el medio elegido a efectos notificaciones y comunicaciones, en relación con el procedimiento de adjudicación del contrato con expediente 07/2019-F relativo al Asesoramiento sobre conciliación, y mantenimiento, actualización, gestión y promoción de la WEB Concilia+.
La dirección para recibir notificaciones es:
Calle, número y, en su caso, piso:
Código postal:
Localidad:
Provincia:
El número de Fax para recibir notificaciones es el:
que la dirección de correo electrónico para recibir requerimientos y comunicaciones es: ………………………….. @.......................
Las notificaciones realizadas en las direcciones y medios señalados se entenderán válidamente realizadas a todos los efectos jurídicos.
Es responsabilidad de la licitadora señalar cualquier modificación o cambio de las mismas.
En.................................., a.......... de.................... de 201…
Firma:
DNI:
ANEXO III.1.
OFERTA ECONÓMICA
D./Dña.…………………………………………………, con DNI………………en nombre propio o en representación de (licitadora)……………………………………………, con NIF………………………; en relación con el expediente nº 10/2018-J
DECLARA:
Que ha tenido en cuenta en la elaboración de su oferta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de fiscalidad, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje especifico de personas con discapacidad, y protección del medio ambiente.
Que se compromete a ejecutar las prestaciones que integran el objeto del contrato con arreglo a las condiciones establecidas en el pliego de cláusulas administrativas particulares y en el pliego de prescripciones técnicas y, en su caso, documentación complementaria que rigen el contrato por el/los siguiente/s precio/s:
Precio base ofertado |
IVA (…..%) |
Precio total ofertado |
|
|
|
….
En............................., a...... de....................de 20....
Firmado1:
En cumplimiento del art. 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “Expediente de contratación”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx. La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a la Dirección de Patrimonio y Contratación. Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx, en X/ Xxxxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxx – Gasteiz
ANEXO V.1.
DISPONIBILIDAD DE LA SOLVENCIA Y MEDIOS DE OTRAS ENTIDADES DURANTE TODA LA VIGENCIA DEL CONTRATO
DE UNA PARTE, D./Dña.…………………………………………………, con DNI………………en nombre propio o en representación de (licitadora)……………………………………………, con NIF……………………… y domicilio social …..……………………………………….
Y DE OTRA, D./Dña.…………………………………………………, con DNI………………en nombre propio o en representación de (otra entidad)……………………………………………, con NIF……………………… y domicilio social …..……………………………………….
DECLARAN:
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 LCSP, (licitadora) ………………………………….. se ha basado en la solvencia y/o medios de (tercera entidad) ………………………………….. para participar en el procedimiento de adjudicación del contrato cuyo objeto es (indicar el objeto del contrato) ………………………………….. referenciado con el número de expediente (indicar número de expediente) …………………………………..
Que (tercera entidad) ………………………………….. no está incursa en prohibición de contratar con el sector público.
Que la solvencia y/o medios perteneciente/s a (tercera entidad) ………………………………….. y que pone a disposición de (licitadora) ………………………………….. es/son la/los siguiente/s:
…
…
Que dichas solvencia y/o medios estará/n a disposición de (licitadora) ………………………………….. durante toda la vigencia del contrato.
Que (tercera entidad) ………………………………….. va a prestar los servicios para los cuales son necesarios los títulos de estudios y/o los profesionales y/o la experiencia profesional exigidos en la cláusula 21.2 de cláusulas específicas del contrato1.
Que (licitadora) ………………………………….. aportará la documentación adicional requerida por el responsable del contrato cuando este lo considere oportuno a efectos de acreditar la veracidad de las manifestaciones recogidas en la presente declaración, en el plazo que se le haya otorgado para cumplir el requerimiento.
En............................., a...... de....................de 20....
Firmado:
Firmado:
(licitadora) (tercera entidad)
En cumplimiento del art. 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “Expediente de contratación”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx. La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a la Dirección de Patrimonio y Contratación. Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx, en X/ Xxxxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxx – Gasteiz.
ANEXO V.2.
AUSENCIA DE PROHIBICIONES PARA CONTRATAR CON EL SECTOR PÚBLICO
D./Dña.…………………………………………………, con DNI………………en nombre propio o en representación de (licitadora)……………………………………………, con NIF………………………; en relación con el expediente nº ……………………
DECLARA:
Que la empresa a la que representa, sus administradores y representantes, el firmante así como, en su caso, las empresas que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquellas, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 noviembre, de Contratos del Sector Público de 2017, en los términos y condiciones previstos en aquel.
En............................., a...... de....................de 20....
Firmado:
En cumplimiento del art. 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “Expediente de contratación”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx. La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a la Dirección de Patrimonio y Contratación. Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx, en X/ Xxxxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxx – Gasteiz.
ANEXO V.3.
Modelo de aval BANCARIO
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), NIF, con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad, y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento.
AVALA
a (nombre y apellidos o razón social del avalado), NIF …………………, en virtud de lo dispuesto por el artículo 107 de la Ley de Contratos del Sector Público para responder de las obligaciones recogidas en el artículo 110 de la Ley de Contratos del Sector Público en relación con el contrato (indicar objeto del contrato y número de expediente), ante (indicar poder adjudicador de la cláusula 19.1 de cláusulas específicas del contrato) con NIF (indicar NIF recogido en la cláusula 8.5 de cláusulas específicas del contrato), por importe de (indicar en letra y número), en concepto de garantía definitiva.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Tesorería General del País Xxxxx, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Tesorería General del País Xxxxx.
El presente aval estará en vigor hasta que (indicar poder adjudicador de la cláusula 19.1 de cláusulas específicas del contrato) o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
(Lugar y fecha)
(razón social de la entidad)
(firma de los apoderados)
Provincia Fecha Número o código
Modelo de aval BANCARIO
ute
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), NIF, con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad, y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento.
AVALA
a (nombre y apellidos o razón social del avalado nº 1), NIF …………………, y a (nombre y apellidos o razón social del avalado nº 2), NIF …………………, conjunta y solidariamente, en virtud de lo dispuesto por el artículo 107 de la Ley de Contratos del Sector Público para responder de las obligaciones recogidas en el artículo 110 de la Ley de Contratos del Sector Público en relación con el contrato (indicar objeto del contrato y número de expediente), ante (indicar poder adjudicador de la cláusula 19.1 de cláusulas específicas del contrato) con NIF (indicar NIF recogido en la cláusula 8.5 de cláusulas específicas del contrato), por importe de (indicar en letra y número), en concepto de garantía definitiva.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Tesorería General del País Xxxxx, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Tesorería General del País Xxxxx.
El presente aval estará en vigor hasta que (indicar poder adjudicador de la cláusula 19.1 de cláusulas específicas del contrato) o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
(Lugar y fecha)
(razón social de la entidad)
(firma de los apoderados)
Provincia Fecha Número o código
ANEXO V.4.
Modelo de SEGURO DE CAUCIÓN
Certificado número (se expresará la razón social de la entidad aseguradora), en adelante asegurador, con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en ……………., calle ……………………………………………, y NIF………………….. debidamente representado por D. (nombre y apellidos del apoderado o apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento
ASEGURA
a (nombre y apellidos o razón social del asegurado), con NIF ……………………, en concepto de tomador del seguro, ante (indicar poder adjudicador de la cláusula 19.1 de cláusulas específicas del contrato), con NIF que (indicar NIF recogido en la cláusula 8.5 de cláusulas específicas del contrato), en adelante asegurados, hasta el importe de (en letra y en cifra) euros, en los términos y condiciones establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y en el pliego de cláusulas administrativas particulares por el que se rige el contrato (indicar el objeto del contrato), en concepto de garantía definitiva, para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Tesorería General del País Xxxxx, en los términos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que (indicar poder adjudicador de la cláusula 19.1 de cláusulas específicas del contrato) o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público.
En …………………., a………………de………………………..de…………….
Firma: Asegurador
(Lugar y fecha)
(firma de los apoderados)
(Asegurador)
Provincia Fecha Número o código
Modelo de SEGURO DE CAUCIÓN
ute
Certificado número (se expresará la razón social de la entidad aseguradora), en adelante asegurador, con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en ……………., calle ……………………………………………, y NIF………………….. debidamente representado por D. (nombre y apellidos del apoderado o apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento
ASEGURA
a (nombre y apellidos o razón social del asegurado), con NIF ……………………, y a (nombre y apellidos o razón social del asegurado), con NIF ……………………, en concepto de tomadores del seguro, conjunta y solidariamente, ante (indicar poder adjudicador de la cláusula 19.1 de cláusulas específicas del contrato), con NIF que (indicar NIF recogido en la cláusula 8.5 de cláusulas específicas del contrato), en adelante asegurado, hasta el importe de (en letra y en cifra) euros, en los términos y condiciones establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y en el pliego de cláusulas administrativas particulares por el que se rige el contrato (indicar el objeto del contrato), en concepto de garantía definitiva, para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Tesorería General del País Xxxxx, en los términos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que (indicar poder adjudicador de la cláusula 19.1 de cláusulas específicas del contrato) o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público.
En …………………., a………………de………………………..de…………….
Firma: Asegurador
(Lugar y fecha)
(firma de los apoderados)
(Asegurador)
Provincia Fecha Número o código
ANEXO VI.1.
APROBACIÓN DE CERTIFICACIÓN DE SERVICIOS
D./Dña.…………………………………………………, responsable del contrato que tiene como objeto ……………………………………………… y referenciado con el número de expediente ………………………………………………
DECLARA:
Que, en relación con el contrato de referencia, ha tenido entrada en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contrato xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares certificación de servicios prestados presentada por (nombre contratista) ………………………………………………………
Que (nombre contratista) ……………………………………………………… ha realizado los trabajos objeto del contrato / ha prestado dichos servicios de conformidad con el pliego de prescripciones técnicas particulares y el pliego de cláusulas administrativas particulares durante el siguiente periodo: ………………………………………………
Que, en base a lo expuesto en el párrafo anterior, aprueba la certificación de servicios presentada y procede, en la fecha de la firma, a remitir por correo electrónico una copia a (nombre contratista) ……………………………………………………… a los efectos de lo dispuesto en la cláusula 32.2 de condiciones generales xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
En............................., a...... de....................de 20....
Firmado:
En cumplimiento del art. 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “Expediente de contratación”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx. La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a la Dirección de Patrimonio y Contratación. Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx, en X/ Xxxxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxx – Gasteiz
ANEXO VI.2.
COMUNICACIÓN DE SUBCONTRATACIÓN
D./Dña.…………………………………………………, con DNI………………en nombre propio o en representación de (contratista)……………………………………………, con NIF, en calidad de contratista.
DECLARA:
En relación con el procedimiento de ejecución del contrato con nº de expediente …………………
Que ha pactado con……………………………… (subcontratista), con NIF…………………y domicilio en……………………………………, teléfono…………………… y cuyo representante legal es Don/Doña …………………………………………………………………………………………, la ejecución de los trabajos que se indican a continuación en las siguientes condiciones:
Trabajos:
Precio de los trabajos:
Condiciones de pago del3:
Fecha de inicio de la ejecución de los trabajos:
Que ha verificado que la subcontratista reúne los requisitos de aptitud que dispone el artículo 215 LCSP y no se encuentra inhabilitado para contratar y, que se compromete a aportar los documentos que lo acrediten en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde la fecha de recepción de esta comunicación.
Que ha informado a los representantes de los trabajadores de esta subcontratación.
En............................., a...... de....................de 20....
Firmado:
En cumplimiento del art. 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “Expediente de contratación”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx. La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a la Dirección de Patrimonio y Contratación. Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx, en X/ Xxxxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxx – Gasteiz.
ANEXO VI.3
DECLARACIÓN SOBRE LOS DATOS RELATIVOS A LAS CONDICIONES DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO
D./Dña.…………………………………, con DNI………………… en nombre propio o en representación de (contratista)………………………………………………, en calidad de contratista.
DECLARA:
Que las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato de servicios de (indicar objeto del contrato) en la fecha (indicar día/mes/año) es el que figura en la tabla adjunta.
En............................., a...... de....................de 20....
Firmado:
.
TABLA DATOS SOBRE LAS CONDICIONES DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO
Contrato de servicios de (indicar objeto del contrato)
Nombre y apellidos |
DNI |
Convenio colectivo |
Categoría profesional |
Tipo de contrato |
Xxxxxxx |
Xxxxx antigüedad |
Fecha vencimiento contrato |
Salario bruto anual |
Pactos en vigor |
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En............................., a...... de....................de 20....
Firmado:
En cumplimiento del art. 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “Expediente de contratación”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx. La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a la Dirección de Patrimonio y Contratación. Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx, en X/ Xxxxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxx – Gasteiz.
1 En el caso de que dos o varios operadores económicos presenten oferta con el compromiso de constituirse formalmente en UTE si resultan adjudicatarios, esta declaración deberá ser firmada por los representantes de todos y cada uno de ellos.
1 Indicar elementos confidenciales.
2 Ver cláusula 12.3 de condiciones generales.
1 Indicar el nombre del convenio colectivo.
1 Cumplimentar solo en el caso de que empresas del mismo grupo empresarial vayan a presentar oferta a la presente licitación.
2 En caso de que la oferta sea presentada por varias empresas con el compromiso de constituirse formalmente en Unión Temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarias, deberá aportarse esta declaración firmada por el representante de cada una de las empresas (por cada empresa, una declaración respecto a su pertenencia o no a un grupo empresarial).
1 Indicar el/los lote/s al/a los que presenta oferta.
1 Deben firmarse todas las páginas en las que figuren precios.
1 Solo en el caso previsto en el tercer xxxxxxx xxx xxxxxxxx 0 xxx xxx. 00 LCSP.
EXPTE Nº:07/2019-F