CAFETERÍA Y CATERING DE FeriaBadajoz- IFEBA"
"PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE RIGEN EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO TRAMITADO PARA ADJUDICAR LA RESTAURACIÓN,
CAFETERÍA Y CATERING DE FeriaBadajoz- IFEBA"
1. CLÁUSULAS GENERALES DEL CONTRATO
1 .1. ENTIDAD CONTRATANTE
FeriaBadajoz-IFEBA, con C.I.F. G06104616 y domicilio en la Xxxx. xx Xxxxx x/x xx Xxxxxxx (X.X. 00000). Teléfonos: 000000000/06 y Fax: 000000000.
1.2. OBJETO DEL CONTRATO
FeriaBadajoz-IFEBA gestiona y explota, como propietaria, un inmueble dedicado a la actividad ferial, congresual y de eventos en Badajoz.
A tal efecto, precisa la prestación de un servicio de restauración, cafetería y catering en las instalaciones xxx xxxxxxx. Y con objeto de contratar el citado servicio, FeriaBadajoz-IFEBA convoca el presente procedimiento negociado.
Los servicios de restauración, cafetería y catering objeto de adjudicación se prestarán en los espacios definidos como Restaurante, Self-Service, Cafetería 1 (cafetería de mayor tamaño, ubicada dentro xxx xxxxxxx y con acceso una vez que se ha entrado en el mismo) y Cafetería 2 (cafetería de menor tamaño, con acceso para el público en general).
Los servicios de restauración, cafetería y catering se prestarán tanto al público en general, congresistas, expositores, y personal de los contratistas de esta Institución, como a la propia FeriaBadajoz-IFEBA.
Código CPV:
553300000-3: Servicios de restaurante y de suministro de comida, o 553300000-2: Servicios de cafetería.
1 .3. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
Se trata de un contrato administrativo especial, regulado en el artículo 19.1.b) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP). El presente contrato se adjudicará de conformidad con lo dispuesto en el Libro III del TRLCSP.
El artículo 19.2 establece que “Los contratos administrativos se regirán, en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción, por esta Ley y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. No obstante, a los contratos administrativos especiales a que se refiere la letra b) del apartado anterior les serán de aplicación, en primer término, sus normas específicas”.
Según el artículo 21 del TRLCSP “El orden jurisdiccional contencioso administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos”. “También conocerá de los recursos interpuestos contra las resoluciones que se dicten por los órganos de resolución de recursos previstos en el artículo 41 de esta Ley.
La Administración tendrá las prerrogativas establecidas en el artículo 210 del TRLCSP.
1.4. PRESUPUESTO DEL CONTRATO
Las Ofertas Económicas deberán tomar como referencia la cantidad de 16.000,00 € anuales más el 21% de IVA (3.360,00 €), lo que hace un total de 19.360,00
€ anuales IVA incluido, canon mínimo exigible que el contratista debe abonar a FeriaBadajoz-IFEBA. Los empresarios ofertarán al alza.
En caso de que se decida prorrogar un año más el contrato el precio total, incluida la prórroga, ascenderá a 32.000,00 € más IVA, mejorables al alza, por los dos años.
Por otra parte, dado que el contratista también prestará sus servicios de restauración a la propia Institución, se estima, con carácter meramente orientativo y no vinculante, que FeriaBadajoz-IFEBA abonará al contratista aproximadamente 26.000,00
€ anuales más IVA por los servicios de restauración efectivamente prestados, en función de los eventos que se celebren durante la vigencia del contrato y las necesidades de los mismos.
El contratista está obligado a abonar todos los impuestos, derechos y demás gravámenes que resulten de aplicación al contrato según la legislación vigente, así como cualquier gasto necesario para su ejecución.
1 .5. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
El Contrato se adjudicará por un plazo de un año desde su firma. No obstante, FeriaBadajoz-IFEBA dispondrá de una opción para prorrogar la vigencia del Contrato por un máximo de otro año desde su terminación, siempre que lo notifique al adjudicatario con al menos un mes de antelación a la fecha del vencimiento del Contrato. En ningún caso las prórrogas podrán producirse tácitamente.
No obstante, y para el caso de que se resolviera el contrato antes de su finalización, en tanto que concluya la nueva licitación pública que al efecto se convoque, el adjudicatario estará obligado a prorrogar el contrato, si XxxxxXxxxxxx- IFEBA así se lo solicitara, por un periodo de tiempo máximo de 6 meses en las mismas condiciones contratadas.
Tras la finalización del contrato por cualquier causa, el adjudicatario estará obligado a entregar las instalaciones, mobiliario y equipamiento, dentro de los 15 días siguientes, en perfecto estado de conservación, limpieza y funcionamiento.
2. CONDICIONES PARTICULARES
2.1. Legislación aplicable
La utilización de los locales por parte del adjudicatario en ningún momento se entenderá sometida a la legislación especial de arrendamientos urbanos, por consistir estos locales y el servicio que se presta en ellos un objeto accesorio al principal de FeriaBadajoz-IFEBA.
El contratista deberá cumplir las disposiciones legales vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social, prevención de riesgos laborales, de seguridad y salud, y de protección del medio ambiente, pudiendo estos extremos ser comprobados por la Administración en cualquier momento de la ejecución del contrato.
2 .2. Condiciones económicas y liquidación de gastos y servicios
2.2.1. Precio
El adjudicatario satisfará a FeriaBadajoz-IFEBA, como contraprestación por la explotación del Servicio de Restauración, Cafetería y Catering, la cantidad propuesta en la Oferta económica, que será como mínimo de 16.000,00 € anuales más IVA, ofertando el empresario al alza.
El contratista tendrá derecho a hacer suyos los beneficios que obtenga de la ejecución del contrato, con sujeción a la lista de precios de venta al público que oferte. Se entenderá que los precios ofertados comprenden todos los impuestos y gastos inherentes a los mismos.
2 .2.2. Liquidación del precio
El precio del contrato se liquidará trimestralmente. A tal efecto, el adjudicatario pagará el primer trimestre el mes siguiente al de la adjudicación, mediante transferencia bancaria a la cuenta que FeriaBadajoz-IFEBA le indique. La falta de pago del canon transcurridos treinta días desde la formalización permitirá a FeriaBadajoz-IFEBA, sin más trámite ni requerimiento, la resolución de pleno derecho del contrato. El resto de las cuotas trimestrales se pagarán igualmente en el plazo de treinta días desde el comienzo de cada trimestre. La falta de pago en los plazos señalados llevará consigo los recargos de apremio previstos en la legislación vigente.
2 .2.3. Pago de los servicios prestados a FeriaBadajoz-IFEBA
Cuando proceda, el contratista tendrá derecho al abono de las facturas presentadas. Los servicios de restauración, cafetería y catering que el adjudicatario preste a FeriaBadajoz-IFEBA se facturarán mensualmente, dentro de los cinco primeros días del mes siguiente, y se abonarán por esta Institución mediante transferencia bancaria a treinta días desde la recepción de la correspondiente factura, si bien podrán compensarse con el canon trimestral que debe abonar el adjudicatario.
Los servicios requeridos habitualmente por FeriaBadajoz-IFEBA, a título meramente orientativo, son:
- Comidas de trabajo con motivo de jornadas técnicas (comidas de ponentes o de inscritos).
- Comidas y vinos de honor con motivo de reuniones técnicas, comité organizador de ferias e inauguraciones de ferias.
- Comidas de trabajo con motivo de visitantes profesionales.
- Suministro de botellas de agua mineral para jornadas.
2.2.4. Demora
Transcurrido el plazo de abono de cualquier cantidad adeudada entre las partes, se devengará automáticamente interés de demora desde el día siguiente a su vencimiento, al tipo de interés legal anual del dinero.
2.2.5. Seguro
El adjudicatario deberá contratar un seguro de responsabilidad civil con un importe mínimo de 300.000 € para la cobertura, como mínimo, de los siguientes riesgos:
- Posibles daños materiales o corporales ocasionados por el adjudicatario, sus empleados o personas dependientes.
- Responsabilidad derivada del servicio de comidas o manipulación de alimentos: daños y perjuicios derivados de intoxicación alimentaria.
En las exclusiones de la póliza no puede figurar, ni entre las exclusiones generales ni entre las exclusiones especiales, ninguna que afecte a obligaciones que el contratista deba cumplir con arreglo a los Pliegos, y por las que pueda ser reclamado civilmente.
La póliza y su justificante de pago deberán entregarse al órgano de contratación una vez que éste le haya comunicado la propuesta de adjudicación, y en cualquier caso antes de la formalización del contrato.
2 .2.6. Condición especial de ejecución del contrato
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 118 del TRLCSP, tiene la consideración de condición especial de ejecución del contrato el cumplimiento por el adjudicatario de las disposiciones legales y reglamentarias en vigor en materia laboral y de seguridad social respecto de los trabajadores vinculados a la ejecución del contrato, concretamente abono de salarios y cotizaciones a la seguridad social, pudiendo la Administración exigir del contratista la presentación de la documentación que estime pertinente al efecto.
En caso de incumplimiento y en aras de evitar responsabilidades solidarias como las reguladas en el artículo 42.2 del R.D. Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, FeriaBadajoz-IFEBA se reserva el ejercicio de cuantas medidas sean precisas para garantizar el cumplimiento de esta normativa, incluyendo la facultad de retener cantidades a cuenta de las facturas a favor del contratista para efectuar directamente el abono de estos conceptos al personal, conforme a lo previsto en el art. 216.7.a) del TRLCSP.
3 . CLÁUSULAS ESPECIALES DE LICITACIÓN
3.1. FORMA DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación del presente concurso se realizará por el PROCEDIMIENTO NEGOCIADO, previsto y regulado en los artículos 169 a 178 del TRLCSP. En virtud del artículo 177.2 del mismo, dado que su valor estimado es inferior a 60.000,00 € no deberán publicarse anuncios. No obstante, en aras a conseguir la mayor participación posible, y según Instrucciones del Servicio de Patrimonio-Contratación de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, XxxxxXxxxxxx-XXXXX publicará anuncio de contratación en el perfil del contratante del Ayuntamiento de Badajoz: xxx.xxxxxxxxxxx.xx.
Durante la negociación, el órgano de contratación velará porque todos los licitadores reciban igual trato. En particular, no facilitará, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados licitadores con respecto al resto. El órgano de contratación negociará con los licitadores las ofertas que éstos hayan presentado para adaptarlas a los requisitos indicados en el presente Xxxxxx, con el fin de identificar la oferta económicamente más ventajosa. En el expediente deberá dejarse constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo. El contrato se adjudicará a la empresa que presente la oferta económicamente más ventajosa.
3.2. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
3.2.1. Las ofertas se presentarán en la secretaría de FeriaBadajoz-IFEBA hasta las 1 4 horas del día indicado en el perfil del contratante. La presentación de proposiciones presume la declaración responsable de que el adjudicatario reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con XxxxxXxxxxxx-IFEBA.
Las ofertas deberán mantenerse durante un plazo de 3 meses.
Cuando las proposiciones o solicitudes se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en las oficinas de correo, y anunciará la remisión de su oferta al órgano de contratación en el mismo día, mediante fax o telegrama remitido al registro de FeriaBadajoz-IFEBA. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado. No obstante, transcurridos diez días naturales desde la citada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
3.2.2. Cada empresario no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal. La contravención de
estas prohibiciones dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas.
La presentación de proposiciones supone, por parte del empresario, la aceptación incondicional del clausulado de este pliego y del de prescripciones técnicas que rigen el presente contrato, sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con FeriaBadajoz-IFEBA.
3.2.3. Las dudas respecto a la documentación y demás requisitos del procedimiento serán resueltas por la Entidad Contratante.
3.2.4. La presentación de una proposición presupone así mismo el conocimiento del emplazamiento de las instalaciones y sus circunstancias. Las visitas a las mismas se pueden concertar contactando con la Entidad Contratante en la dirección que figura en el apartado 1.1. de este Pliego.
3.3. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
Deberán presentarse en la Secretaría de FeriaBadajoz-IFEBA, en horario de 9 a 14 horas, 2 sobres cerrados con la denominación “Restauración, Cafetería y Catering de FeriaBadajoz-IFEBA”, “Sobre A: Documentación General” y “Sobre B: Oferta Económica y Criterios Evaluables Automáticamente”, nombre o razón social del
licitador, nombre de la persona de contacto, número de teléfono, y
efectos de notificaciones.
correo electrónico a
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas o compulsadas conforme a la legislación vigente. FeriaBadajoz-IFEBA
no realiza compulsas de documentos, por lo que en su caso los documentos deberán
venir compulsados por el Ayuntamiento de Badajoz.
Sobre A: Documentación general:
3.3.1. Si el licitador no está inscrito en el Registro Oficial de Licitadores del
Ayuntamiento de Badajoz deberá presentar la siguiente documentación:
I- D.N.I. de quien firma la Oferta (fotocopia compulsada o testimonio notarial).
II- Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro deberán presentar poder con facultades suficientes para contratar en su favor, otorgado por el licitador. El poder deberá estar bastanteado por el Secretario General del Ayuntamiento de Badajoz.
Si el licitador fuera persona jurídica este poder deberá estar inscrito en el Registro Mercantil cuando sea exigible legalmente.
III- Si la empresa es persona jurídica: escritura o documento de constitución, los
estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
IV- Declaración expresa, responsable, según el modelo del Anexo I:
a) De no estar incurso en prohibición de contratar, cumpliendo los requisitos contenidos en el TRLCSP.
b) De hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la hacienda estatal, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Badajoz.
No obstante, el empresario que resulte adjudicatario deberá presentar una certificación positiva de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la hacienda estatal y de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Badajoz.
V-Acreditación de la solvencia técnica o profesional (art. 78 TRLCSP): mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato (art. 11.4.b Reglamento), es decir, 11.200 € anuales más IVA (dado que el valor estimado del contrato es de 16.000 € anuales más IVA). Los trabajos deben ser del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato.
VI-Declaración responsable manifestando el compromiso de suscribir una póliza de seguro de responsabilidad civil en las condiciones establecidas en el presente Pliego, en caso de resultar adjudicatario.
3.3.2. Si el licitador está inscrito en el Registro Oficial de Licitadores del
Ayuntamiento de Badajoz deberá presentar la siguiente documentación:
I- Certificado de inscripción en dicho Registro.
II- Declaración Responsable (Anexo II) de que los datos obrantes en el Registro no han sufrido variaciones a la fecha de presentación de la oferta.
III-Acreditación de la solvencia técnica o profesional (art. 78 TRLCSP): mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato (art. 11.4.b Reglamento), es decir, 11.200 € anuales más IVA (dado que el valor estimado del contrato es de 16.000 € anuales más IVA). Los trabajos deben ser del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato.
IV-Declaración responsable manifestando el compromiso de suscribir una póliza de seguro de responsabilidad civil en las condiciones establecidas en el presente Pliego, en caso de resultar adjudicatario.
3.3.3.- Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
En todo caso, el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá requerir, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
En virtud del artículo 11.5 del R.D. 1098/2001, así como de las Instrucciones del Servicio de Patrimonio-Contratación de fecha 30 de noviembre de 2015, “los licitadores o candidatos estarán exentos de los requisitos de acreditación de la solvencia económica y financiera … y para los contratos de los demás tipos cuyo valor estimado no exceda de 35.000 €”, como sucede en el presente contrato, cuyo valor estimado es de 16.000 €.
Sobre B: Criterios Evaluables Automáticamente.
Este sobre debe incluir:
1- La oferta económica de cada licitador, según el modelo del Xxxxx XXX, señalando en su caso las mejoras evaluables automáticamente.
2 -Además, el licitador deberá aportar obligatoriamente, a efectos de su conocimiento por XxxxxXxxxxxx-IFEBA:
2 .1. Medios personales, materiales y plan de mantenimiento integral: Medios que el adjudicatario dedicará a la prestación del servicio, en concreto:
a) Medios personales: una descripción del equipo humano que asumirá la ejecución del contrato.
b) Medios materiales: una declaración del material y equipo técnico que se empleará en la ejecución del contrato, con expresión de su calidad y características.
c) Plan de Mantenimiento Integral que asegure el perfecto estado de funcionamiento y conservación de todas las instalaciones y equipos a su cargo.
2 .2. Productos y precios ofertados: Cantidad, calidad y precio de los distintos productos ofertados, en concreto:
a) Los productos que se ofertarán en las cafeterías (tales como bebidas, consumiciones, sándwiches, bocadillos, tapas, bollería y similares) y sus precios.
b) Una Propuesta de Desayunos que incluya los precios. El desayuno sencillo con café solo o con leche y tostada sencilla (mantequilla, mantequilla y mermelada, aceite, tomate y aceite, paté) tendrá un precio
m áximo de 1,70 € IVA incluido.
b) Una Propuesta de Menú a la Carta que incluya los platos y consumiciones en Restaurante a la Carta, y precios de los mismos.
c) Una Propuesta de Menú del Día que incluya platos y relación de precios para las consumiciones en el Restaurante Self-Service, con el precio máximo de 12 € I.V.A. incluido. El Menú del Día deberá ser variado e incluir pan, postre y bebida (agua, vino y refrescos).
d) Relación de precios de Catering a Stands y a la propia FeriaBadajoz- IFEBA.
Si el órgano de contratación observase defectos materiales subsanables en la documentación presentada, concederá un plazo no superior a 3 días para que el licitador subsane las deficiencias. Así mismo, podrá solicitar cuantas explicaciones e información complementaria estime conveniente sobre las ofertas de los licitadores.
3 .4. FASE DE NEGOCIACIÓN.
3.4.1. Certificado de ofertas recibidas. Terminado el plazo de recepción de ofertas, el empleado responsable expedirá una declaración donde se relacionen las ofertas recibidas, que se publicará en el perfil del contratante.
3.4.2. Apertura de la documentación administrativa. El órgano de contratación calificará previamente la documentación administrativa. Si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación, lo comunicará a los interesados, concediéndoles un plazo no superior a 3 días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen. La comunicación podrá efectuarse por correo electrónico. Si en el plazo concedido el licitador no procede a la subsanación de la documentación quedará excluido definitivamente del procedimiento.
3.4.3. Negociación del contrato. El órgano de contratación negociará con los candidatos las ofertas que éstos hayan presentado, siguiendo los criterios objetivos de negociación, con el fin de identificar la oferta más ventajosa.
La negociación se llevará a cabo en dos fases:
Primera fase: Se evaluarán las ofertas recibidas, a cuyo efecto el órgano de contratación podrá recabar los informes técnicos que considere necesarios, y se comunicará a cada candidato (por correo electrónico o en el perfil del contratante) en qué posición se encuentra, especificando las puntuaciones totales y parciales obtenidas por todas las ofertas admitidas, sin que en ningún caso pueda divulgarse la identidad de los candidatos. En caso de que sólo haya un licitador no se pasará a la segunda fase de negociación.
Segunda fase: Se invitará por correo electrónico a las tres empresas (siempre que el número de ofertas aceptadas sea igual o superior a tres, de lo contrario se invitaría sólo a las dos ofertas aceptadas) que hayan obtenido mayor puntuación a presentar (en la secretaría de FeriaBadajoz-IFEBA, en horario de 9:00 a 14:00 horas), si lo consideran conveniente, una segunda oferta que mejore la primera, en un plazo no superior a tres días hábiles a contar desde la remisión del correo electrónico. En el sobre que contenga la nueva oferta habrá de figurar el título “Mejora de Oferta del Procedimiento para la Contratación de la Restauración, Cafetería y Catering a FeriaBadajoz-IFEBA”. Se evaluarán nuevamente las ofertas, y las nuevas puntuaciones obtenidas serán comunicadas a los candidatos invitados.
Con el fin de garantizar el principio de igualdad, durante el procedimiento se facilitará la misma información a todos los candidatos, y en ningún caso se proporcionará información particular que pueda suponer una ventaja para algún candidato en detrimento de los otros.
El órgano de contratación, después de haber examinado y calificado los documentos presentados, y previos los informes técnicos correspondientes, propondrá la adjudicación del contrato a la oferta económicamente más ventajosa según la ponderación de los criterios de negociación expresados en el presente Pliego.
Podrá declararse desierto el procedimiento. Esta declaración no dará derecho a indemnización alguna.
3.5. CRITERIOS OBJETIVOS DE NEGOCIACIÓN
3.5.1. FeriaBadajoz-IFEBA adjudicará el contrato a la proposición económicamente más ventajosa, según los siguientes criterios.
Criterios evaluables automáticamente
Puntuación
Oferta Económica
De 0 a 70
Mejoras
Apertura de la cafetería 2
De 0 a 20
Apertura ambas cafeterías
De 0 a 10
O ferta Económica: Se otorgará la máxima puntuación a la proposición económica que
ofrezca el canon más alto, valorándose el resto de las ofertas de forma proporcional, aplicando la regla de tres al incremento sobre el canon anual mínimo exigible, y otorgándose 0 puntos a las proposiciones que oferten el canon mínimo exigible de
16.000 € anuales más IVA.
M ejora voluntariamente ofertada:
Apertura de la cafetería 2 (cafetería de menor tamaño, con acceso desde el exterior de FeriaBadajoz-IFEBA para el público en general) durante los días y horas de celebración de los eventos organizados por FeriaBadajoz-IFEBA. En caso de ofertarse se otorgarán 20 puntos, de lo contrario se otorgarán 0 puntos.
Apertura de ambas cafeterías, en lugar de una sola, durante los días y horas de celebración de los eventos no organizados por FeriaBadajoz-IFEBA. En caso de ofertarse se otorgarán 10 puntos, de lo contrario se otorgarán 0 puntos.
La puntuación máxima será de 100 puntos.
La resolución definitiva corresponde a FeriaBadajoz-IFEBA, que adjudicará el contrato de forma motivada a la proposición que resulte económicamente más ventajosa en aplicación de los criterios señalados anteriormente y del resultado de la negociación.
3.5.2. FeriaBadajoz-IFEBA sólo quedará obligada con la adjudicación definitiva.
3.5.3. Es condición previa a la adjudicación definitiva que el adjudicatario haga entrega a FeriaBadajoz-IFEBA de todos los documentos requeridos en el presente Xxxxxx.
3.6. VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS
Dado que en el presente Xxxxxx se oferta al alza, no a la baja, y que se incluye la negociación con la posibilidad de que las tres mejores ofertas puedan presentar una segura que mejore la presentada inicialmente, tal y como establece la Instrucción de Patrimonio-Contratación de 4 xx xxxxx de 2016, no procede establecer límite a partir del cual una oferta pueda ser considerada con valores anormales o desproporcionados.
3.7. ADMISIÓN DE VARIANTES O MEJORAS
No se prevé la posibilidad de que los licitadores puedan ofrecer en sus proposiciones variantes o mejoras distintas a lo exigido en los Pliegos que rigen la contratación.
4. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
4 .1. GARANTÍA DEFINITIVA
El adjudicatario está obligado a constituir y presentar ante FeriaBadajoz-IFEBA, dentro del plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, una garantía definitiva del 5% del importe de adjudicación, excluido el IVA, e n la forma establecida en el artículo 96 del Texto Refundido de la Ley
de Contratos del Sector Público:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de eta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
Esta garantía responderá de los conceptos incluidos en el art. 100 TRLCSP.
Aprobada la liquidación del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la misma, el adjudicatario deberá solicitar por escrito al órgano de contratación, con entrada en registro, que proceda a la devolución de la misma.
4.2. REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económica más ventajosa para que, dentro del plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
I. Una certificación positiva de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y una certificación positiva de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la seguridad social y con el Ayuntamiento de Badajoz. Estas certificaciones deberán presentarse en un plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento.
II. Escritura pública de constitución de la unión de empresarios junto con el
C.I.F. de la misma, en el caso de que se haya licitado bajo esta forma.
III. Constitución de garantía definitiva según lo establecido más arriba en la cláusula 4.1.
IV. Copia de la póliza y justificante de pago del seguro de responsabilidad civil.
De no cumplirse el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
4 .4. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la documentación requerida en el apartado anterior.
La adjudicación deberá ser motivada (art. 151.4 TRLCSP), se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante:
w xx.xxxxxxxxxxx.xx. La notificación deberá contener, en todo caso, la información
necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al art. 40 del TRLSCP, recurso contra la decisión de adjudicación. La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario, pudiendo realizarse por correo electrónico.
4.4. DOCUMENTO DE FORMALIZACIÓN
4.4.1. La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación por los licitadores o candidatos (art. 156 TRLCSP).
El contrato se formalizará en documento privado. Cualquiera de las partes podrá solicitar su elevación a escritura pública, corriendo los gastos derivados de su otorgamiento de la parte que lo solicite.
4.4.2. Serán por cuenta del adjudicatario todos los gastos e impuestos derivados de la formalización del Contrato.
4.4.3. FeriaBadajoz-IFEBA se reserva la facultad de verificar el contenido de la oferta previamente a la adjudicación del Contrato.
4.4.4. Cuando por causas imputables al contratista o a la Administración no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, FeriaBadajoz-IFEBA podrá acordar la resolución del mismo, previos los trámites previstos en el art. 156.4 TRLCSP.
5 . EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del contratista, con estricta sujeción a lo establecido en los Pliegos y en el contrato, y de acuerdo con las instrucciones que la Administración diera al contratista. La ejecución del contrato se desarrollará bajo la dirección, inspección y control de la Administración. FeriaBadajoz-IFEBA podrá requerir la subsanación de los defectos observados. Si los servicios no se adecúan a la prestación contratada podrá rechazar los mismos, quedando exenta de la obligación de pago.
El contratista será responsable de los servicios prestados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de los errores, omisiones o métodos inadecuados.
6. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse en los casos y con los límites establecidos en el artículo 107 del TRLCSP. La modificación del contrato no podrá realizarse con el fin de adicionar prestaciones complementarias a las inicialmente contratadas, ampliar el objeto del contrato a fin de que pueda cumplir finalidades nuevas no contempladas en la documentación preparatoria del mismo, o incorporar una prestación susceptible de utilización o aprovechamiento independiente. La modificación del contrato no podrá alterar las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación, y deberá limitarse a introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria.
7. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se resolverá, además de por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones recogidas en los Pliegos, por las causas establecidas en el TRLCSP. La resolución se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
8. PLAZO DE GARANTÍA
Dada la naturaleza del contrato no se establece plazo de garantía.
9. PRERROGATIVAS DE FERIABADAJOZ-IFEBA Y
T RIBUNALES COMPETENTES
De acuerdo con lo establecido en la cláusula 1.3. del presente pliego, este contrato tiene carácter administrativo. En virtud del artículo 210 del TRLCSP. “Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la presente Ley, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta”.
Las resoluciones que dicte el órgano de contratación en el ejercicio de sus prerrogativas serán inmediatamente ejecutivas, poniendo fin a la vía administrativa. Contra éstas podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de notificación de la resolución, o ser impugnado directamente ante los Juzgados y Tribunales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa con sede en Badajoz.
El presente Xxxxxx y el Pliego de Prescripciones Técnicas revisten carácter contractual, debiendo ajustarse la ejecución del contrato a los mismos.
Badajoz, 25 xx xxxxx de 2017.
LA PRESIDENTE P.D.
Fdo.: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
ANEXO I
DECLARACIÓN EXPRESA RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSA LA EMPRESA EN PROHIBICIÓN DE CONTRATAR CON EL SECTOR PÚBLICO Y DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, CON LA SEGURIDAD SOCIAL Y CON EL AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ
D./Dña. ………………………………………………….…………., mayor de edad, con domicilio en
……………………………………………………………………………………………………………. y N.I.F. nº
………………..………, en nombre propio o en representación de la empresa…………………………………………………………………………………….……….., con C.I.F.
………………………………………., a efectos de cumplimentar los requisitos exigidos por la vigente legislación de contratos del sector público
DECLARA RESPONSABLEMENTE
Primero: Con carácter general, que no se halla comprendido/a, ni la empresa a la que representa, en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad previstas en el
R.D. Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Segundo: Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Badajoz.
Tercero: Que ni el firmante de la declaración ni la persona física/jurídica a la que representa, o en su caso los administradores y/o representantes de la empresa, se hallan incursos en ninguna de las circunstancias previstas en el art. 60 del R.D. Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente en
………………….., a……de…………….de…….
(Firma del declarante)
ANEXO II
DECLARACIÓN DE QUE LA DOCUMENTACIÓN INCORPORADA AL REGISTRO DE LICITADORES DEL AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ ES VÁLIDA PARA LICITAR AL CONTRATO Y NO HA SUFRIDO ALTERACIONES
D./Dña…………………………………………………………………...……….
mayor de edad, con N.I.F. ……………………………………………., representando a la empresa ,
con número de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores del Ayuntamiento de Badajoz ………………………….
DECLARA
Bajo su responsabilidad, que la documentación obrante en el Registro Oficial de Licitadores del Ayuntamiento de Badajoz es válida para licitar al contrato Servicio de Restauración, Cafetería y Catering a FeriaBadajoz-IFEBA, y que no ha sufrido alteraciones que puedan ser causa de prohibición para contratar con la Administración.
En ……………………, a…………….de de 2017.
Fdo.:………………………………
ANEXO III
P ROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. (……………………………………………………………….), con domicilio a efectos de notificaciones en (………………………………………………………………………), C.P. (
………………. ) calle ( …………………………………………………. ), nº (
…………………………………….. ), piso ( ………………), provisto del D.N.I. nº (
………………………………… ), actuando en su propio nombre y derecho/en representación de (………………………………………………………. ), con domicilio en (
……………………………………………………… ), C.P. (……………………………. ) calle (………………………………….), nº (………………………………), piso ( ),
con teléfono (……………………….) y C.I.F. ( ).
DECLARA
I. Que ha conocido el procedimiento negociado para la adjudicación del contrato de Servicio de Restauración, Cafetería y Catering a FeriaBadajoz-IFEBA.
II. Que ha examinado y conoce las condiciones contenidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en el de Cláusulas Administrativas Particulares del procedimiento negociado.
III. Que igualmente conoce el régimen jurídico aplicable al contrato, conforme se señala en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
IV. Que se somete voluntariamente y acepta íntegramente y sin variación todos los documentos y textos legales y reglamentarios a los que se refieren respectivamente los apartados anteriores.
V . Que se compromete a llevar a cabo los servicios por un precio de
… ……………………………euros anuales más IVA.
VI. Que la citada cantidad incluye cualquier impuesto o gasto que pueda gravar los servicios, exceptuando el IVA.
V II. Mejora voluntaria de apertura de Cafetería 2:
SÍ: NO:
VIII. Mejora voluntaria de apertura de ambas cafeterías:
SÍ: NO:
En ( ………………… ), a (………………….) de ( ) de 2017.
( )
Pp.
D. ( )
(Firma del declarante)
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE RESTAURACIÓN, CAFETERIA Y CATERING DE FeriaBadajoz-IFEBA
1 . Condiciones de prestación del servicio
I- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, y éste no tendrá derecho a indemnización alguna por causa de averías, pérdidas o perjuicios ocasionados en la explotación del servicio o cualquier otra causa.
II- Los servicios se proporcionarán con carácter preferente a las personas relacionadas con las actividades de FeriaBadajoz-IFEBA: autoridades, invitados a los actos, personal contratado y similares, pero también al público en general.
III- Los flujos y controles de acceso, así como la apertura y cierre de las puertas del Recinto, serán fijados por FeriaBadajoz-IFEBA.
IV- La adjudicación del contrato no supone el otorgamiento de un derecho de exclusividad por parte de FeriaBadajoz-IFEBA en relación a la realización de los servicios de restauración, cafetería y catering adjudicados.
2. Servicio
Existen instalaciones fijas para la prestación del servicio, que serán de uso del adjudicatario y deberán estar disponibles siempre que FeriaBadajoz-IFEBA lo estime oportuno.
En atención a sus características, la prestación del servicio de restauración, cafetería y catering se divide de la siguiente forma:
I-Actividad Ferial o Congresual: comprende todos los servicios de restauración, cafetería y catering necesarios como consecuencia de la celebración de ferias y congresos organizados por FeriaBadajoz-IFEBA o terceros, que se celebre en cualquier espacio comprendido dentro xxx Xxxxxxx.
II- Eventos Especiales: comprende todos los servicios de restauración, cafetería y catering necesarios como consecuencia de la celebración de cualquier Evento organizado por FeriaBadajoz-IFEBA o terceros, que se celebre en cualquier espacio comprendido dentro xxx Xxxxxxx y que no sea considerado por FeriaBadajoz-IFEBA como Actividad Ferial o Congresual. En concreto, y de acuerdo a sus características, se establecen dos tipos de Eventos Especiales:
a) B anquetes: comprende la celebración de comidas masivas,
que podrán organizarse de manera independiente o como complemento a la Actividad Ferial o Congresual.
b) Otros: comprende la celebración de conciertos, fiestas, espectáculos, galas, graduaciones, festivales, exposiciones, asambleas, entregas de premios, campeonatos, o cualquier evento de características similares.
Como Anexos I y II se informa del calendario de ferias organizadas por FeriaBadajoz-IFEBA, y de ferias y eventos privados no organizados por FeriaBadajoz-IFEBA, a efectos meramente orientativos y no vinculantes.
La prestación del servicio de restauración, cafetería y catering exige la observancia de los siguientes aspectos particulares:
I-Los servicios de Restauración, Cafetería y Catering serán prestados por el adjudicatario en los espacios descritos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, bien elaborando los productos en las instalaciones de FeriaBadajoz- IFEBA o en otras instalaciones debidamente autorizadas propiedad del adjudicatario. Se incluyen los servicios de catering generados y gestionados a través de FeriaBadajoz-IFEBA que por cualquier motivo se realicen en instalaciones ajenas a FeriaBadajoz-IFEBA.
II- En los eventos organizados por FeriaBadajoz-IFEBA el adjudicatario garantizará la prestación del servicio de restauración, cafetería 1 y catering sin interrupción, y de manera regular y continua, durante el horario de montaje, celebración y desmontaje durante todos los días en los que haya Actividad Ferial, Congresual y/o Eventos especiales, salvo autorización expresa de FeriaBadajoz-IFEBA.
En los eventos no organizados por FeriaBadajoz-IFEBA se garantizará como mínimo el servicio de cafetería, prestado en la cafetería 1 o en la cafetería 2, a elección de FeriaBadajoz-IFEBA, salvo autorización expresa de FeriaBadajoz-IFEBA.
III- Queda excluida del presente contrato la prestación de servicios de catering que acompañe habitualmente a las producciones de giras musicales y espectáculos, en caso de que los artistas quieran utilizar su propio catering. De lo contrario, se prestará también por el adjudicatario.
IV- El adjudicatario mantendrá y se responsabilizará de las instalaciones, mobiliario y equipamiento a su cargo.
V- El adjudicatario respetará los compromisos y obligaciones que adquiera FeriaBadajoz-IFEBA con terceros respecto a la promoción y venta en exclusiva de artículos de consumo e instalación de publicidad. FeriaBadajoz-IFEBA procurará, en todo caso, favorecer en lo posible los intereses del adjudicatario.
VI- El adjudicatario expenderá con vajilla xx xxxxxx con carácter general para la Actividad Ferial y Congresual, pudiéndose, previa autorización de FeriaBadajoz- IFEBA, expender en plástico en ciertos eventos.
VII- Antes de la celebración de cada certamen o evento el adjudicatario deberá presentar una Memoria Técnica en la que deberá detallar: horario de llegada, montaje y desmontaje, listado del personal afecto a cada evento (nombre y D.N.I.),
matrículas de vehículos y solicitudes de aparcamiento.
VIII- En los eventos y certámenes organizados por FeriaBadajoz-IFEBA el adjudicatario prestará el servicio de restauración, cafetería y catering, salvo en los siguientes casos:
a) Catering a stands no profesional, entendiendo como tal el que ofrezca el expositor por sus propios medios.
b) Clientes directos de FeriaBadajoz-IFEBA, entendiendo como tales aquellos que contraten un espacio de exposición en un certamen determinado y se dediquen a la actividad hostelera.
FeriaBadajoz-IFEBA se compromete a facilitar al adjudicatario información relativa al número de menús necesario para su personal con motivo del montaje, desmontaje y celebración de ferias o eventos.
3. Locales e instalaciones
3.1. Espacios y mobiliario
El adjudicatario no podrá utilizar otros espacios xxx Xxxxxxx distintos de los expresamente habilitados sin previa autorización de FeriaBadajoz- IFEBA. Igualmente, el mobiliario adscrito a cada espacio no podrá ser utilizado en otros espacios sin autorización de FeriaBadajoz-IFEBA.
El adjudicatario sólo utilizará los locales e instalaciones para la prestación de los Servicios de Restauración, Cafetería y Catering encomendados en este Contrato, y en las condiciones establecidas.
3 .2. Acceso y control de FeriaBadajoz-IFEBA
FeriaBadajoz-IFEBA podrá acceder en todo momento a los locales e instalaciones y realizar en los mismos las obras que exija el mantenimiento general xxx Xxxxxxx, permitiendo, si llega el caso, el libre
acceso y permanencia del personal que haya de realizar dichas obras, así como el depósito y/o instalación de herramientas y materiales conducentes a tal fin.
FeriaBadajoz-IFEBA podrá llevar a cabo las comprobaciones e inspecciones que estime oportunas en los locales e instalaciones facilitados al adjudicatario, y cuando observe desperfectos podrá exigirle la reposición o reparación de los mismos, quedando facultada para realizar la reparación o reposición a su xxxxx si el adjudicatario no lo hiciera dentro del plazo que le conceda a tal efecto.
Podrá acceder como cliente a las instalaciones cualquier persona que se encuentre en el interior de FeriaBadajoz-IFEBA.
3.3. Devolución
Una vez finalizado el contrato, el adjudicatario deberá devolver las instalaciones, mobiliario y equipamiento cedidos por FeriaBadajoz- IFEBA en un plazo máximo de 15 días, sin necesidad de requerimiento y sin derecho a compensación o indemnización, ni siquiera por la realización de obras de mejoras realizadas.
Las instalaciones deberán devolverse en el mismo estado de limpieza y conservación en que se le entregaron, obligándose a abonar los gastos de limpieza y los desperfectos que hubiera ocasionado en las mismas. Si en el citado plazo no hubiera abandonado las instalaciones voluntariamente se le requerirá para que subsane los defectos existentes y desaloje la instalación, apercibiéndole de que en caso contrario se procederá a la ejecución subsidiaria por los servicios municipales, siendo los gastos, daños y perjuicios x xxxxx del contratista.
3 .4. Obras y modificaciones
Cualquier modificación de los locales o las instalaciones por parte del adjudicatario requerirá la previa autorización de FeriaBadajoz-IFEBA.
4. Equipamiento
Las instalaciones están dotadas de agua, saneamiento, alumbrado, electricidad y climatización, no permitiéndose el uso abusivo de estos elementos, y debiendo procurar el contratista la optimización de estos recursos.
El adjudicatario sólo tendrá derecho de uso de las instalaciones fijas, mobiliario, menaje y elementos de cocina proporcionados por FeriaBadajoz-IFEBA.
FeriaBadajoz-IFEBA pondrá a disposición del adjudicatario para la prestación del Servicio de Restauración, Cafetería y Catering el mobiliario e instalaciones. Así mismo, FeriaBadajoz-IFEBA dispone de los siguientes elementos, que
podrán ser examinados por el licitador, y de los que podrá hacer uso si así lo desea:
VAJILLA RESTAURANTE
CANTIDAD
PLATO CAFÉ FORMA AVALON | 102 |
PLATO FLAIR CLASSIC XXXXX 29,5 CM | 173 |
PLATO BOL/HONDO STYLE | 105 |
PLATO FLAIR CLASSIC XXXXX 27 CM | 128 |
CUCHARA MESA MERCURY | 86 |
TENEDOR MESA MERCURY | 146 |
CUCHILLO MESA MANGO SÓLIDO MERCURY | 171 |
CUCHILLO CARNE VIVENDI | 89 |
CUCHAR POSTRE MERCURY | 71 |
TENEDOR POSTRE MERCURY | 101 |
CUCHILLO POSTRE MANGO SÓLIDO MERCURY | 103 |
CUCHILLO PESCADO MANGO PLANO MERCURY | 137 |
TAZA CAFÉ MILAN CLASSIC XXXXX 14 CL. | 60 |
TAZA CAPUCHINO CLASSIC XXXXX 21 CL. | 30 |
COPA VINO MEDUSA 45 CL. | 81 |
COPA CAVA FLAUTA MEDUSA 22 CL. | 60 |
VAJILLA Y MOBILIARIO SELF-SERVICE Y COCINA
CANTIDAD
COPA CRISTAL XXXX XXXX | 00 | ||
XXXXX XXXXX XX 00 CM. | 324 | ||
XXXX CONSOME | 69 | ||
PLATOS HONDOS | 299 | ||
BANDEJAS SELF SERVICE (5 DE MEDIDAS) | 113 | ||
COPA AGUA | 375 | ||
COPAS DE VINO | 62 | ||
VASOS DE SIDRA | 47 | ||
BANASTAS GRISES | 14 | ||
BANASTAS BEIGE | 67 | ||
MESA POLIETILENO REDONDA | 10 | ||
MESA RECTANGULAR POLIETILENO | 11 | ||
SILLA PLASTICO BLANCA | 281 | ||
CARRO MANTELERIA | 3 | ||
CARRO CALIENTE | 1 | ||
FRIGORIFICO EXPOSITOR | 1 | ||
HORNO DE PAN | 1 | ||
PLATOS PAN GRABADOS 195 |
En caso de que el contratista desee utilizar todo este equipamiento, deberá reponerse en caso de pérdida o deterioro, y devolverse a FeriaBadajoz-IFEBA en perfecto estado a la finalización del contrato. En caso de pérdida, rotura o deterioro de algún elemento, el adjudicatario deberá sustituirlo a su xxxxx por otro igual, o de no ser posible similar y de la misma calidad, previa aprobación por esta Institución. En caso contrario, FeriaBadajoz-IFEBA podrá adquirir el equipamiento con el importe de la garantía definitiva prestada por el adjudicatario, o podrá compensar su importe con las cantidades que esta Institución deba abonar al adjudicatario, en su caso.
Consecuentemente, el adjudicatario deberá aportar a su xxxxx cualquier elemento no incluido en el listado anterior, del que FeriaBadajoz-IFEBA carezca, y que considere necesario para el correcto funcionamiento del servicio, como:
a) Los equipos complementarios no fijos, tales como cafeteras, cortadoras, carritos y similares.
b) La mantelería.
c) Las vajillas, menaje, servilletas y similares no incluidos en el listado anterior, y reponer todo lo incluido en el listado anterior en caso de pérdida o deterioro.
d) Las cajas registradoras.
e) Los uniformes del personal y la ropa de trabajo en general.
f) Con carácter general, cualquier otro elemento o instalación precisos para la adecuada prestación del Servicio de Restauración, Cafetería y Catering.
Todos los equipos, uniformes y materiales aportados por el adjudicatario serán del más alto nivel y acordes con una institución ferial como FeriaBadajoz- IFEBA, y deberán someterse a la previa supervisión y aprobación por esta Institución.
El adjudicatario deberá aportar un TPV para que los clientes que lo deseen puedan abonar los servicios con tarjeta bancaria.
Al objeto de que el licitador pueda conocer las instalaciones, mobiliario y equipamiento existentes en FeriaBadajoz-IFEBA, podrá concertar una visita en horario de mañana de lunes a viernes.
5. Consumos y gastos
El adjudicatario programará su trabajo buscando en todo caso el máximo ahorro energético, sin detrimento de una correcta prestación de los servicios.
El adjudicatario podrá solicitar autorización a FeriaBadajoz-IFEBA para implantar líneas telefónicas, siendo el coste íntegramente a su cargo.
Serán por cuenta del adjudicatario:
a) Los impresos, materiales y artículos de oficina, de administración y consumibles en general necesarios para la prestación del Servicio de Restauración, Cafetería y Catering.
b) Traslado y gestión de los residuos generados por el Servicio de Restauración, Cafetería y Catering, conforme a la legislación vigente.
c) El pago de impuestos, tasas y arbitrios de cualquier clase que fueran aplicables a la explotación del servicio.
d) Los gastos de lavandería y limpieza de la ropa de trabajo y uniformes del personal propio, mantelería y similares.
e) Los productos y materiales de limpieza y consumibles necesarios para mantener en perfecto estado de limpieza las instalaciones donde preste sus servicios, incluidos los aseos ubicados en las mismas.
f) Los gastos de salarios, cotizaciones a la seguridad social y suministro de proveedores.
g) Los gastos producidos por reparaciones, averías o deterioro de aparatos eléctricos de cocina.
h) Las instalaciones cuentan con botellas industriales de gas. El consumo de gas correrá por cuenta del contratista, que deberá hacerse cargo de solicitar el gas necesario y abonarlo a su xxxxx.
i) En general, cualquier otro gasto preciso para la prestación del Servicio de Restauración, Cafetería y Catering.
6. Mantenimiento
El adjudicatario deberá mantener en perfecto estado de funcionamiento y conservación los locales, instalaciones, equipos y mobiliario a su cargo, y será el único responsable del deterioro.
El adjudicatario deberá efectuar a su xxxxx el mantenimiento (correctivo y preventivo, incluidos tratamientos higiénico-sanitarios), las reparaciones e incluso las sustituciones de equipos, sistemas e instalaciones que sean de su uso
exclusivo (incluso consumibles de aseos, reposición de alumbrado, enchufes, grifos y similares). En el caso de que se produzcan sustituciones de elementos el adjudicatario se compromete a priorizar la utilización de elementos originales frente a la utilización de repuestos de igual calidad.
Cualquier gasto generado por sustitución de aparatos, menaje y vajilla será por cuenta del contratista, que a la finalización del contrato estará obligado a devolver en óptimas condiciones de limpieza y funcionamiento todo el material y maquinaria cedido.
El adjudicatario deberá llevar y mantener al día toda la documentación necesaria para la prestación del Servicio de Restauración, Cafetería y Catering de acuerdo con la legislación vigente, así como realizar y someterse a las inspecciones y controles que se requieran.
FeriaBadajoz-IFEBA no asume ninguna responsabilidad como consecuencia de las averías que se produzcan en las instalaciones o equipos dañados, o los daños que se produzcan en los productos almacenados, incluso cuando éstos tengan su origen en la interrupción del suministro de energía eléctrica.
El adjudicatario no podrá pintar las instalaciones ni realizar obra alguna sin autorización de XxxxxXxxxxxx-IFEBA. En su caso, las obras quedarán en beneficio del local. En ningún caso las obras podrán afectar a elementos estructurales.
7. Limpieza
El adjudicatario deberá limpiar y mantener en todo momento en perfecto estado de limpieza, higiene, seguridad y ornato las áreas donde preste sus servicios y desarrolle su actividad, incluidos los aseos, accesos, paramentos verticales, techos, cristales, montacargas y similares, a cuyo efecto deberá aportar los productos, instrumentos y útiles precisos, respetando en todo momento la normativa medioambiental aplicable. El contratista deberá
suministrar el papel higiénico y jabón de los aseos incluidos en el objeto del
contrato.
El adjudicatario deberá trasladar diariamente fuera xxx Xxxxxxx todos los residuos, tanto orgánicos como inorgánicos, generados por la prestación del Servicio de Restauración, Cafetería y Catering, respetando la legislación vigente. Igual obligación corresponderá al adjudicatario cuando preste los Servicios de Restauración, Cafetería y Catering en cualquier espacio no equipado, debiendo dejar el espacio utilizado en las mismas condiciones en las que lo encontró.
En caso de que FeriaBadajoz-IFEBA considere que el estado de limpieza no es el adecuado, efectuará la limpieza x xxxxx del adjudicatario, teniendo éste que abonar posteriormente la factura de la misma, que podrá compensarse de las cantidades que esta Institución tenga que abonar al adjudicatario, en su caso.
La limpieza se realizará en las horas menos molestas para los usuarios, dentro del calendario y horario establecido por FeriaBadajoz-IFEBA en función de los diferentes eventos, debiendo estar las instalaciones en óptimas condiciones antes de la apertura al público. Los productos, materiales y utensilios de limpieza se aportarán por el adjudicatario.
8. Precios de las consumiciones y servicios y tamaño de los platos o raciones
El adjudicatario ofrecerá las consumiciones y servicios a los precios propuestos en la oferta incluida en el sobre B, y en cualquier caso tanto estos precios como los que no vengan recogidos en la misma estarán ajustados a los precios xx xxxxxxx y serán similares a los de los establecimientos de la ciudad.
Cualquier variación de los precios de la oferta al alza deberá ser aprobada por FeriaBadajoz-IFEBA, teniendo el adjudicatario libertad para modificarlas a la baja y hacer los descuentos u ofertas que estime convenientes.
Así mismo, el adjudicatario ofrecerá las consumiciones y servicios en cantidad suficiente por plato, ajustándose a las raciones medias en el mercado, que deberán ser similares a las de los establecimientos de la ciudad.
9. Prohibición de fumar
En virtud de la legislación vigente, no se permite fumar dentro xxx xxxxxxx de FeriaBadajoz-IFEBA, ni en ninguno de los locales donde se prestarán los servicios objeto del presente contrato. El contratista deberá colocar los carteles informativos al respecto y advertir a los usuarios que incumplen esta obligación, comunicándolo a FeriaBadajoz-IFEBA.
10. Horarios
El horario para la prestación de los Servicios de Restauración, Cafetería y Catering será el fijado por FeriaBadajoz-IFEBA en los días de celebraciones o eventos. El adjudicatario garantizará el servicio de restauración, cafetería en la Cafetería 1 y catering, sin interrupción, durante el horario de montaje, celebración y desmontaje durante todos los días en los que haya Actividad Ferial, Congresual y/o Eventos Especiales organizados por FeriaBadajoz- IFEBA, y como mínimo del servicio de cafetería en la Cafetería 1 en los organizados por otras empresas o entidades, salvo causa de fuerza mayor.
11. Seguridad
El adjudicatario se compromete a permitir la adopción de todas las medidas de seguridad que se requieran por XxxxxXxxxxxx-IFEBA o, en su caso, por las autoridades competentes, con ocasión de la celebración de actos que por su carácter así lo exijan. Estas normas se extenderán fundamentalmente a las siguientes materias:
a) Control identificativo de todo el personal, con comunicación inmediata de altas y bajas.
b) Control de entradas y salidas del citado personal y días de circulación restringida.
c) Operación de apertura y cierre de los locales y puntos de venta en los que el adjudicatario desarrolle su actividad.
d) Xxxxxxx y control de entradas y salidas de mercancías y suministros, así como de los propios proveedores o subalternos.
e) Custodia de llaves.
f) Operaciones sobre los equipos de control de suministros e instalaciones de agua, gas, electricidad y fluidos en general, además de los de seguridad, teléfonos, climatización y similares.
El adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que puedan originarse por el incumplimiento, por su parte o por su personal, de las normas de seguridad establecidas por FeriaBadajoz-IFEBA.
Los flujos y controles de acceso, así como la apertura y cierre de las puertas del recinto serán fijados por FeriaBadajoz-IFEBA.
12. Personal
El adjudicatario prestará el Servicio de Restauración, Cafetería y Catering en todo momento con personal suficiente y adecuado, que tendrá la dedicación necesaria y contará con la experiencia y formación objetivamente exigibles para permitir el normal desarrollo de la prestación del Servicio de Restauración, Cafetería y Catering en las condiciones pactadas y con el máximo nivel de calidad.
Cuando el personal del adjudicatario no procediera con la debida corrección, capacitación técnica y eficacia, o fuera poco cuidadoso en el desempeño de su cometido, FeriaBadajoz-IFEBA podrá solicitar al adjudicatario, sin coste adicional alguno, la sustitución del trabajador en el que concurrieran tales circunstancias.
En relación con el personal laboral contratado por el adjudicatario, el contratista tendrá las siguientes obligaciones:
a) Adscribir a la ejecución del contrato los medios personales adecuados y suficientes.
b) Ejercer la supervisión del debido desempeño de su trabajo, así como de la puntualidad, asistencia al trabajo, y sustitución en caso de enfermedad, vacaciones y ausencias. La sustitución deberá realizarse por otra persona igualmente cualificada.
c) El personal depende exclusivamente del adjudicatario, que será responsable de todos los derechos y obligaciones inherentes a su condición de patrono o empresario con arreglo a la legislación laboral y social vigente, sin que el citado personal pueda esgrimir derecho alguno en relación con XxxxxXxxxxxx-IFEBA, ni exigirle responsabilidad alguna como consecuencia de la relación existente entre el adjudicatario y sus trabajadores, incluso si éste adopta medidas, como el despido, basadas en el incumplimiento o interpretación del contrato.
El contratista debe cumplir el Estatuto de los Trabajadores, la normativa sobre Seguridad Social, sobre Salud, y cuanta normativa de aplicación esté vigente en cada momento, quedando obligado a cubrir las contingencias de accidentes de trabajo según lo establecido en la legislación vigente.
El adjudicatario debe abonar los salarios, los demás conceptos retributivos, las cuotas a la seguridad social y cualquier obligación referente al personal empleado en la prestación del servicio.
El contratista deberá presentar a FeriaBadajoz-IFEBA el TC-2 de cotización a la Seguridad Social cuando ésta se lo requiera.
d) Cumplir la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales y su normativa de desarrollo, o la legislación vigente en materia de riesgos laborales en cada momento.
e) Cuidar del aseo y buena presencia del personal, debiendo dotar al mismo del vestuario adecuado a las circunstancias, exigiéndose uniformidad del personal.
13. Gerencia
El adjudicatario pondrá al frente del servicio a un gerente con dedicación y experiencia suficiente para hacer frente a la responsabilidad que entraña un servicio de las características del que es objeto del presente Xxxxxx. El gerente del servicio actuará como interlocutor permanente ante FeriaBadajoz-IFEBA en relación con los aspectos propios del servicio.
FeriaBadajoz-IFEBA podrá solicitar justificadamente al adjudicatario el cambio de gerente, de acuerdo con causas que a juicio de XxxxxXxxxxxx-IFEBA así lo requieran.
14. Calidad
1 4. 1. Estándares y filosofía
Todos los Servicios de Restauración, Cafetería y Catering deberán significarse por la alta calidad, avanzada tecnología, originalidad y adecuación perfecta a las necesidades del público.
Consecuentemente, la prestación del Servicio de Restauración, Cafetería y Catering estará presidida por las siguientes características:
a) C ortesía y amabilidad en el trato con los usuarios y con sus
empleados.
b) Atención preferente a las reclamaciones, aunque no fuesen formuladas correctamente, seguida de un análisis crítico y de una toma de medidas coyunturales o permanentes para el futuro.
c) Eficacia y rapidez en el servicio. Advertir de las demoras, en su caso, con una explicación lógica y razonable.
d) En las bebidas se atenderá a ratios y a precios convencionales generalmente aceptados en el sector.
e) La calidad de las materias primas e ingredientes empleados, así como las marcas de las bebidas, serán de primer orden. Se procurará mantener una amplia variedad de marcas de los diferentes artículos.
f) El adjudicatario establecerá y pondrá en práctica un Programa de Control que garantice la perfecta aptitud para el consumo humano de todos los alimentos que hayan de ser servidos, quedando FeriaBadajoz-IFEBA exenta de responsabilidad alguna por este concepto.
g) La presentación del personal habrá de ser correcta, y el vestuario uniforme impecable, dando siempre la sensación de higiene y limpieza.
h) No se permitirá la instalación de televisión y equipo de música en el Recinto, salvo autorización de XxxxxXxxxxxx-IFEBA.
1 4.2. Inspección de calidad
A fin de controlar las posibles quejas de los usuarios, el adjudicatario deberá tener, a disposición de los mismos, las correspondientes hojas de reclamaciones.
Así mismo, FeriaBadajoz-IFEBA podrá realizar encuestas de satisfacción a los usuarios.
FeriaBadajoz-IFEBA podrá efectuar por sí o por auditores contratados los controles de todo tipo que estime pertinentes para asegurar la calidad e idoneidad de los Servicios de Restauración, Cafetería y Catering, viniendo el adjudicatario obligado a implementar las medidas que resulten precisas de acuerdo con dichos estudios o auditorías.
El adjudicatario deberá someterse también a las inspecciones de sanidad alimentaria efectuadas por los organismos públicos competentes, así como a las instrucciones emitidas por los mismos.
1 4.3. Responsabilidad
El adjudicatario será el único responsable frente a los organismos competentes y frente a terceros por cualquier posible irregularidad en la salubridad de alimentos y bebidas o de cualquier otra índole, estando FeriaBadajoz-IFEBA exenta de responsabilidad alguna.
El contratista responderá económicamente de los daños medioambientales que pudieran resultar exigibles en virtud de la legislación vigente.
El contratista indemnizará a los terceros de los daños ocasionados a consecuencia de la prestación del servicio, por lo que deberá contar con una póliza de responsabilidad civil frente a terceros, según lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
El adjudicatario debe cumplir la legislación vigente en materia higiénico sanitaria y de consumo, así como la normativa vigente en cuanto a la formación de manipuladores de alimentos.
15. Marcas
Las nuevas marcas que se empleen por el adjudicatario para designar los diferentes servicios y puntos de ventas existentes en el Recinto, incluso los logotipos, pictogramas y similares, deberán aprobarse previamente por FeriaBadajoz-IFEBA, que adquirirá la exclusividad para su utilización dentro y fuera de FeriaBadajoz-IFEBA, quedando facultada para registrarlo a su nombre en el Registro de la Propiedad Industrial.
En consecuencia, el uso de dichas marcas, nombres y/o denominaciones por terceros o por el adjudicatario quedará sometido a la preceptiva autorización de FeriaBadajoz-IFEBA.
16. Publicidad
Todas las acciones publicitarias, de propaganda, relaciones públicas y promoción, merchandising y similares que el adjudicatario utilice como elementos promocionales en el desarrollo de su acción comercial con relación a la explotación de los Servicios de Restauración, Cafetería y Catering, deberán ser aprobadas previamente por FeriaBadajoz-IFEBA y quedarán vinculadas permanentemente a la propia FeriaBadajoz-IFEBA, por lo que una vez concluido el Contrato, solamente FeriaBadajoz-IFEBA tendrá derecho a su uso en exclusiva, ya sea por sí o a través de los posteriores contratistas.
La publicidad, propaganda y difusión general de mensajes habrá de considerar que los Servicios de Restauración, Cafetería y Catering forman parte de un todo y, por tanto, no será realizada induciendo a una idea de particularidad o independencia del conjunto de la actividad que presta FeriaBadajoz-IFEBA.
El adjudicatario se compromete a no utilizar el nombre de FeriaBadajoz-IFEBA ni del Ayuntamiento de Badajoz en sus relaciones con terceras personas, proveedores o personal a su servicio, haciéndose responsable de las obligaciones contraídas.
17. Máquinas expendedoras.
FeriaBadajoz-IFEBA deberá autorizar previamente la instalación de máquinas expendedoras de cualquier tipo, así como de maquinaria recreativa de juegos xx xxxx. En ningún caso podrán instalarse máquinas expendedoras de tabaco.
18. Lista de precios y hojas de reclamaciones.
El contratista deberá colocar y mantener en lugar visible la lista de
precios.
El adjudicatario deberá cumplir el Decreto 144/2006, de 25 de julio, por el que se regulan las hojas de reclamaciones en materia de consumo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, estando obligado colocar en lugar visible el cartel informativo de que se dispone de hojas de reclamaciones, a disponer de las hojas de reclamaciones oficiales, y a atender las quejas o reclamaciones realizadas.
El contratista debe comunicar a la dirección de FeriaBadajoz-IFEBA las reclamaciones o quejas en un plazo máximo de 24 horas desde que se produjeran.
Badajoz, 25 xx xxxxx de 2017.
Fdo.: Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Técnico Superior de FeriaBadajoz-IFEBA
ANEXO I
C ALENDARIO ORIENTATIVO Y NO VINCULANTE DE FERIAS OFICIALES
O RGANIZADAS POR FERIABADAJOZ-IFEBA 2017
- X Feria de Belleza, Moda y Cosmética: 3-5 febrero.
- XX Feria de Mayores de Extremadura: 9-12 marzo.
- XXIV Feria del Mueble y la Decoración: 31-2 marzo-abril.
- IX Feria del Caballo y xxx Xxxx. ECUEXTRE: 8-11 junio.
- XXVII Feria de la Caza, Pesca y Naturaleza Ibérica. FECIEX: 14-17 septiembre
- XXVII Feria Hispano Portuguesa. FEHISPOR: 16-19 noviembre.
- XXVII Feria de la Infancia y la Juventud. IBEROCIO:26-30 diciembre.
ANEXO II
C ALENDARIO ORIENTATIVO Y NO VINCULANTE DE FERIAS Y
E VENTOS PRIVADOS 2017
1.-Gala Entrega premios EXTRECINE
2.-XXX Festival de la Canción Misionera 25 Marzo 3.-Graduación IES Xxxxxxx Xxxxxxxx: 31 Marzo. 4.-Stock OUTLET Xxxxxxx 00-00 abril.
5.-X Xxxxx de Antigüedades de Badajoz 6 y 7 mayo. 6.-Exposición Internacional Canina 14 mayo.
7.-Graduación Enfermería UEX, 20 Mayo.
8.-Entrega Premios Teatro Fundación Coca Cola 24 Mayo 9.-Congreso Provincial PSOE
10.-Graduación Guardería Patitos 15 junio 11.-Graduación UEX Magisterio 17 junio
12.-Asamblea Territorial Testigos de Jehová 7-9 julio. 13.-RetroBadajoz, 7-8 octubre.
14. Campeonato de España de Fisioculturismo 14-15 octubre.
15.-Feria del Automóvil 18-22 octubre 16.-Expobodas, 4-5 noviembre.
17.- II Feria Internacional de Robótica, Roborave 29-2 noviembre diciembre