CONVOCATORIA A LA LICITACION PÚBLICA NACIONAL No. 918020999-040-18 TIPO: SOBRE LA BASE DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO OBJETO:
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CONVOCATORIA A LA LICITACION PÚBLICA NACIONAL No. 918020999-040-18 TIPO: SOBRE LA BASE DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO OBJETO:
CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE SANEAMIENTO (EMISOR SUBMARINO), EN LA LOCALIDAD DE SAYULITA, MUNICIPIO DE BAHÍA XX XXXXXXXX, NAYARIT.
CONSISTENTE EN LO SIGUIENTE:
EMISOR SUBMARINO
TRAZO Y UBICACION DE PUNTOS EN EL MAR PARA EMISOR CON 2195.00 M.L., LASTRES DE CONCRETO REFORZADO PREFABRICADOS EN PLANTA TIPO (TRAPEZOIDAL) PARA EMISORES SUBMARINOS DE PEAD DE ACUERDO A PLANOS CON 599 PZAS., SUMINISTRO DE TUBERÍA DE POLIETILENO DE ALTA DENSIDAD TERMOFUSIONADO RD 17.5 DE 10" DE DIÁMETRO CON 2290.00 M.L., DRAGADO EN ZONA DE ROMPIENTE PARA INSTALACIÓN DE EMISOR SUBMARINO DE ACUERDO CON LOS PLANOS DE PROYECTO CON 824.00 M³, INSTALACION DE TUBERIA DE POLIETILENO DE ALTA DENSIDAD DE 10" DE DIAMETRO CON 2195.00 M.L.
EMISOR TERRESTRE (OBRA CIVIL)
EXCAVACIÓN CON EQUIPO PARA ZANJAS EN CUALQUIER XXXXX XXXXXXX XXXX XX XXXX XX XXXX X XX 0 A 6.00 MTS. DE PROFUNDIDAD CON 268.38 M³, ADEME XX XXXXXX ABIERTO. CON 190.00 M², INSTALACION DE TUBERIA DE POLIETILENO DE ALTA DENSIDAD DE 10" DE DIAMETRO CON 95.00 M.L.
PARTICIPACIÓN DE TESTIGOS SOCIALES.
En apego al Artículo 27 Bis de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se advierte a los licitantes que se permitirá la intervención de los testigos sociales, sin costo alguno para la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado de Nayarit cuando sea el testigo social quien solicite participar, como representante legítimo e imparcial de la sociedad civil, con el objeto de dar cumplimiento a los principios consagrados por el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en cuanto a la eficiencia, eficacia y honradez, fortaleciendo con ello la transparencia de la licitación.
Los testigos sociales tendrán derecho a voz en la formulación y revisión previa del Resumen y a la convocatoria de la licitación y en la(s) junta(s) de aclaraciones, en la(s) visita(s) al sitio de los trabajos, en el acto de presentación y apertura de proposiciones, en las evaluaciones de las proposiciones, en la emisión del fallo y en la formalización del contrato, en cumplimiento al “Acuerdo por el que se establecen los lineamientos que regulan la participación de los testigos sociales en las contrataciones
que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, emitido por la Secretaría de la Función Pública y publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 16 de diciembre del 2004.
PARTICIPACIÓN DE OBSERVADORES.
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Se indica que se permitirá la asistencia de cualquier persona que desee asistir a los diferentes actos de la presente licitación, en calidad de observador, sin necesidad de adquirir la Convocatoria a la licitación, registrando previamente su participación.
IMPEDIMENTOS PARA PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN.
La Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado (“CEAPA”); se abstendrá de recibir propuestas o celebrar el contrato, con las personas siguientes:
I. Aquéllas en que el servidor público que intervenga en cualquier etapa del procedimiento de contratación tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellas de las que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o sus parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte durante los dos años previos a la fecha de celebración del procedimiento de contratación;
II. Las que desempeñen un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o bien, las sociedades de las que dichas personas formen parte, sin la autorización previa y específica de la Secretaría de la Función Pública;
III. Aquellos contratistas que, por causas imputables a ellos mismos, la dependencia o entidad convocante les hubiere rescindido administrativamente un contrato dentro de un lapso de un año calendario contado a partir de la notificación de la rescisión. Dicho impedimento prevalecerá ante la propia dependencia o entidad convocante durante un año calendario contado a partir de la notificación de la rescisión;
IV. Las que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Contraloría, en los términos del Título Séptimo de este ordenamiento y Título Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;
V. Aquéllas que hayan sido declaradas o sujetas a concurso mercantil o a figuras análogas;
VI. Los licitantes que participen en un mismo procedimiento de contratación, que se encuentren vinculados entre sí por algún socio o asociado común;
VII. Las que pretendan participar en un procedimiento de contratación y previamente, hayan realizado o se encuentren realizando por sí o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial, en virtud de otro contrato, trabajos de dirección, coordinación y control de obra; preparación de especificaciones de construcción; presupuesto de los trabajos; selección o aprobación de materiales, equipos y procesos;
VIII. Aquéllas que por sí o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial,
pretendan ser contratadas para la elaboración de dictámenes, peritajes y avalúos, cuando éstos hayan de ser utilizados para resolver discrepancias derivadas de los contratos en los que dichas personas o empresas sean partes;
IX. Las que hayan utilizado información privilegiada proporcionada indebidamente por servidores públicos o sus familiares por parentesco consanguíneo y por afinidad hasta el cuarto grado, o civil;
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X. Las que contraten servicios de asesoría, consultoría y apoyo de cualquier tipo de personas en materia de contrataciones gubernamentales, si se comprueba que todo o parte de las contraprestaciones pagadas al prestador del servicio, a su vez, son recibidas por servidores públicos por si o por interpósita persona, con independencia de que quienes las reciban tengan o no relación con la contratación; y
XI. Las demás que por cualquier causa se encuentren impedidas para ello por disposición de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
INICIO Y TERMINO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
El procedimiento de contratación por CONVOCATORIA PUBLICA NACIONAL se inicia con la publicación de la misma en CompraNet y concluye con la firma del contrato, o en su caso, con la cancelación del procedimiento. (Artículo 27, Párrafo 4º. de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas)
DE LA ADQUISICIÓN Y CONSULTA DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION, Y FORMA DE PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN.
De acuerdo con la CONVOCATORIA de fecha 13 de Septiembre de 2018 y la fecha límite para adquirir la convocatoria el 10 de Octubre de 2018 (antes de la hora señalada para la entrega de la propuesta), para participar en el Concurso público nacional Nº: 918020999-040-18, mediante el procedimiento establecido en los Artículos 27, fracción I y 30, fracción I de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, inherentes a la ejecución de los trabajos antes mencionados. A continuación se establecen los lineamientos que los licitantes deberán tomar en consideración para la formulación de las proposiciones y celebración de los actos correspondientes.
Para consulta de los interesados, la “CEAPA”, pondrá un ejemplar impreso del texto de la presente Convocatoria en las oficinas de la Dirección de Infraestructura, ubicadas en Xx. Xxxxxxxxxxx Xx. 0000 Xxx. Xxx. Xxxxxx, xx Xxxxx, Xxxxxxx; código postal 63000, los documentos de la presente licitación se entregarán en forma digitalizada, y su obtención es gratuita.
Es requisito obligatorio que interesados cumplan con los requisitos de participación de la presente convocatoria a la licitación indispensable la adquisición de las bases para participar en la misma.
DOCUMENTACIÓN ADICIONAL QUE DEBE PRESENTARSE CONJUNTAMENTE CON LAS PROPOSICIONES.
Con fundamento en lo que establecen los artículos 27 y 28 de la Ley de obras Públicas y Servicios
Relacionados con las Mismas, el licitante, deberá presentar su proposición y documentación adicional, por escrito y en sobre cerrado.
Los licitantes, a su elección, deberán acompañar dentro o fuera del sobre que contenga sus proposiciones, en original y copia los siguientes documentos:
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I. Escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, el domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos que deriven de los actos del procedimiento de contratación y, en su caso, del contrato respectivo, mismo que servirá para practicar las notificaciones aún las de carácter personal y en caso de con contar con dirección de correo electrónico deberá de proporcionarla, las que surtirán todos sus efectos legales mientras no señale otro distinto;
II. Escrito mediante el cual declare bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra en alguno de los supuestos que establece el artículos 51 y 78 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas;
La falsedad en la manifestación a que se refiere esta fracción será sancionada en los términos de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
En caso de omisión en la entrega del escrito a que se refiere esta fracción, o si de la información y documentación con que cuente la Secretaría de la Función Pública se desprende que personas físicas x xxxxxxx pretenden evadir los efectos de la inhabilitación, la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado de Nayarit, se abstendrá de firmar el contrato correspondiente;
III. Escrito mediante el cual declare bajo protesta de decir verdad que es de nacionalidad Mexicana, como lo establece el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
IV. Las personas a que se refiere el artículo 31 fracción XV y el segundo párrafo de la fracción VII del artículo 51 de esta Ley, que pretendan participar en el procedimiento de contratación para la ejecución de una obra, deberán de presentar un escrito donde manifiesten bajo protesta de decir verdad que los estudios, planes o programas que previamente hayan realizado, incluyen supuestos, especificaciones e información verídicos y se ajustan a los requerimientos reales de la obra a ejecutar, así como que, en su caso, consideran costos estimados apegados a las condiciones xxx xxxxxxx.
V. Las MIPYMES podrán participar con ese carácter en los procedimientos de contratación o intervenir en la ejecución de obras y servicios cuando presenten a la dependencia o entidad convocante copia del documento expedido por autoridad competente que determine su estratificación como micro, pequeña o mediana empresa, o bien, un escrito en el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que cuentan con ese carácter.
VI. La Comisión verificara que el capital neto de trabajo mínimo, sea el suficiente para el financiamiento de los trabajos requeridos, el cual deberá de acreditarse mediante documentación de estados financieros (2016 y 2017), avalado por el contador público externo (registrado ante la SHCP) y/o con los documentos de su última declaración fiscal
VII. Identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y en el caso de personas xxxxxxx de la persona que firma la proposición; y
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VIII. Escrito mediante el cual la persona moral manifieste que su representante cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representada, mismo que contendrá los datos siguientes:
a. De la persona moral: clave del registro federal de contribuyentes, denominación o razón social, descripción del objeto social de la empresa; relación de los nombres de los accionistas, número y fecha de las escrituras públicas en las que conste el acta constitutiva y, en su caso, sus reformas o modificaciones, señalando nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx x xxxxxxxx público que las protocolizó; asimismo los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio;
b. Del representante: nombre del apoderado; número y fecha de los instrumentos notariales de los que se desprendan las facultades para suscribir la proposición, señalando nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx x xxxxxxxx público que los protocolizó; y
c. Identificación oficial vigente del representante legal que otorga el poder y de quien lo recibe.
IX. Original y Copia del Acta Constitutiva de la Empresa con las modificaciones en su caso, según su naturaleza Jurídica y de los poderes de los representantes de la misma ó acta de nacimiento en el caso de ser persona Física.
X. Oficio de opinión de cumplimiento de sus obligaciones fiscales, expedido por el SAT, del Art. 32- D del Código Fiscal de la Federación, en donde se indique que es positivo el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, con fecha comprendida entre la publicación de la convocatoria a la presentación de la propuesta.
XI. Presentar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social.
Para los interesados que decidan agruparse para presentar proposiciones, deberán acreditar en forma individual los requisitos señalados, además de incluir en el sobre que contenga sus proposiciones (Documento No. AT 16) el convenio de proposición conjunta, al que se refiere el Artículo 47 Fracción II del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. La presentación de los documentos de los integrantes de la agrupación y la del convenio, deberá hacerse por el representante común.
La experiencia y capacidad técnica que deberán acreditar los interesados en participar en esta licitación, deberá presentarse dentro del sobre que contenga sus proposiciones (Documento AT 4 y AT 5) y consiste en: Presentar relación de contratos de trabajos ejecutados de características similares a los de la presente convocatoria, indicando su monto y fecha de terminación de los trabajos y deberá de anexarse dentro de la parte técnica (Documento AT4 y AT5).
1.- GENERALIDADES DE LA OBRA.
1.1 ORIGEN DE LOS FONDOS.
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Para cubrir las erogaciones que se deriven del contrato comprendida dentro del programa PROAGUA - APAUR, con estructura financiera 55.50 % Federal Directo y 44.50 % Federal R33 que estará sujeta a disposición presupuestal, objeto de esta licitación, de acuerdo al oficio de aprobación No.: AP-IP- AGO-111/2018 de fecha 28 xx Xxxxxx de 2018, emitido por la Secretaria de Planeación del Estado de Nayarit, con apertura programática SD Alcantarillado.
1.2 FECHAS ESTIMADAS DE INICIO Y TERMINACIÓN.
La fecha prevista para el inicio de los trabajos será el día 15 de Diciembre de 2018 y la fecha de terminación será el día 10 xx Xxxxx de 2019.
1.3 PLAZO DE EJECUCIÓN.
El plazo de ejecución de los trabajos será de 178 (ciento setenta y ocho) días naturales contados a partir de la fecha de iniciación de los trabajos.
1.3.1 PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS.
Los licitantes elaborarán sus programas de ejecución considerando lo indicado en el punto 1.2 y con el plazo solicitado en el punto 1.3.
Dichos programas podrán ser presentados en los formatos que para tal efecto proporciona la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, o podrán ser reproducidos, cumpliendo con cada uno de los elementos requeridos en el punto 4.2.
1.4 VISITA AL SITIO DE LOS TRABAJOS Y JUNTA(S) DE ACLARACIONES.
Los licitantes, que hayan adquirido la convocatoria a la licitación, podrán visitar los lugares en que se realizarán los trabajos para que, considerando las especificaciones y documentación relativa, inspeccionen el sitio, hagan las valoraciones de los elementos que se requieran, analicen los grados de dificultad y realicen las investigaciones que consideren necesarias sobre las condiciones locales, climatológicas o cualquier otra que pudiera afectar su ejecución.
A quienes adquieran la convocatoria a la licitación con posterioridad a la realización de la visita, se les podrá permitir el acceso al lugar en que se llevarán a cabo los trabajos, siempre que lo soliciten con anticipación de por lo menos veinticuatro horas a la conclusión del período de venta, aunque no será obligatorio para la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, designar a un técnico que guíe la visita.
En ningún caso, la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, Asumirá responsabilidad, por las conclusiones que los licitantes obtengan al examinar los lugares y circunstancias antes señaladas, y en el caso de ser adjudicatario del contrato, el hecho de que no se hayan tomado en consideración las
condiciones imperantes en el sitio de los trabajos no le releva de su obligación para ejecutar y concluir los trabajos en la forma y términos convenidos.
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El licitante deberá manifestar por escrito, que conoce el sitio de realización de los trabajos y sus condiciones ambientales, así como de haber considerado las modificaciones que, en su caso, se hayan efectuado a la convocatoria a la licitación, ya sean derivadas de la(s) junta(s) de aclaraciones, de preguntas adicionales que se hayan efectuado con posterioridad a la(s) junta(s) de aclaraciones o de cualquier otra situación enmarcada en la normatividad aplicable. (AT 6)
En la(s) junta(s) de aclaraciones los licitantes que hubieran adquirido la convocatoria a la licitación, podrán asistir y solicitar aclaraciones o modificaciones a las mismas, las cuales serán ponderadas por la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado.
Como constancia de la(s) junta(s) de aclaraciones se levantará un acta, que contendrá las preguntas de los licitantes y las respuestas de éstas, y en su caso, las adecuaciones y/o modificaciones a la convocatoria a la licitación para la elaboración y presentación de las proposiciones, entregándoseles copia de la misma y para los ausentes, se pondrá a su disposición en Compranet, así como, en las oficinas de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado.
La Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, podrá recibir preguntas adicionales con posterioridad a la(s) junta(s) de aclaraciones y hasta más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, difundiendo dichas modificaciones en Compranet, y a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen.
1.4.1 LUGAR DE REUNIÓN PARA LA VISITA AL SITIO DE LOS TRABAJOS.
El lugar de reunión para la visita al sitio de los trabajos será en: la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, Dirección de Infraestructura, sita en Xx. Xxxxxxxxxxx Xx. 0000 Xxx. Xxx. Xxxxxx, X.X. 00000, en la ciudad de Tepic, Nayarit., a las 09:00 hrs; el día 25 de Septiembre de 2018, con número telefónico (311) 213-52-18 ext. 108.
1.4.2 JUNTA(S) DE ACLARACIONES.
La(s) junta(s) de aclaraciones se celebrará(n) a las 10:00 horas, el día 26 de Septiembre de 2018, en: la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, en la sala de Juntas, sita en Xx. Xxxxxxxxxxx Xx. 0000 Xxx, Xxx. Xxxxxx, X.X. 00000, en la ciudad de Tepic, Nayarit.
En la junta(s) de aclaraciones, la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, resolverá en forma clara y precisa las dudas o cuestionamientos que sobre la convocatoria a la licitación le formulen los interesados, debiendo constar todo ello en el acta que para tal efecto se levante. De proceder las modificaciones en ningún caso podrán consistir en la sustitución o variación sustancial de los trabajos convocados originalmente, o bien, en la adición de otros distintos.
Las dudas o cuestionamientos deberán de hacerse llegar máximo 24 hrs antes de la realización de la junta de aclaraciones, a las oficinas la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, de manera impresa o por los medios electrónicos correspondientes.
2.- INFORMACIÓN CONTENIDA EN LA CONVOCATORIA A LA LICITACION
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En ésta convocatoria a la licitación se especifican los trabajos que se licitan, el procedimiento de ésta licitación y las condiciones contractuales, detallándose en los siguientes documentos:
a. Instrucciones a los licitantes;
b. Parte técnica: Formatos, modelos de escritos y guías de llenado;
c. Parte económica: Formatos, modelos de escritos y guías de llenado;
d. Proyectos arquitectónicos y de ingeniería, normas de calidad de los materiales y especificaciones generales y particulares de construcción, aplicables;
e. Catálogo de conceptos; y
f. Acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones, documentos de aclaración y/o modificación que se generen.
El licitante deberá examinar todas las instrucciones, formatos, condiciones y especificaciones que se incluyen en ésta convocatoria a la licitación para que no incurra en alguno de los motivos señalados en el punto 5.3, donde se precisan las causas por las que puede ser desechada la proposición.
3.- MODIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION
En los términos del artículo 34 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, podrá modificar el contenido de ésta convocatoria a la licitación.
Las modificaciones que se generen en la(s) junta(s) de aclaraciones o con motivo de las preguntas adicionales, serán de observancia obligatoria para los licitantes.
Cualquier modificación a la convocatoria a la licitación derivada del resultado de la(s) junta(s) de aclaración(es), será considerada como parte integrante de las propias bases de licitación.
Las modificaciones, la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, pondrá un ejemplar impreso del texto en las oficinas de Dirección de Infraestructura, ubicadas en Xx. Xxxxxxxxxxx Xx. 0000 Xxx, xx Xxxxx, Xxxxxxx; código postal 63000, y serán colocadas en la plataforma del compranet.
4.- PREPARACIÓN DE LA PROPOSICIÓN.
El licitante deberá entregar sus propuestas en el acto de presentación y apertura de proposiciones, mediante la entrega en sobre cerrado.
Los licitantes son los únicos responsables de que sus propuestas sean entregadas en tiempo y forma en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
La documentación distinta a la propuesta podrá entregarse, a elección del licitante, dentro o fuera del sobre que contenga su proposición.
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4.1 ENTREGA DE PROPOSICIONES EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
Si acude personalmente el representante legal del licitante, éste deberá presentar copia del documento que acredite su personalidad e identificación oficial vigente, en el caso de que la persona que entregue el sobre en el acto de presentación y apertura de proposiciones, sea distinta al representante legal, éste anexará por separado a la proposición, escrito dirigido a la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, facultándolo para la entrega del sobre que contenga las proposiciones. El facultado deberá presentar su identificación oficial vigente y la del representante legal de la empresa que firma la proposición.
El licitante a su elección y bajo su exclusiva responsabilidad podrá enviar las proposiciones en sobre cerrado, a través del servicio postal o de mensajería, debiéndose entregar en la dirección indicada en el primer párrafo del numeral.
4.1.1 PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
Si el licitante opta por enviar sus proposiciones por cualquiera de estos medios, la entrega deberá ser previa al inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones.
La Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, se abstendrá de recibir toda proposición que se envié por servicio postal o de mensajería bajo las siguientes condiciones:
a) Después del plazo para el inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones;
b) Que se entregue en una dirección distinta a la indicada en ésta convocatoria a la licitación.;
c) Que las proposiciones no se entreguen en sobre cerrado; y
d) Cuando el sobre llegue roto por el manejo del servicio postal o de mensajería.
e) Para ésta licitación No aplica el envío por medio electrónicos de comunicación de proposiciones de licitación.
4.2 FORMA DE PRESENTACIÓN.
Las proposiciones deberán presentarse por escrito y podrá integrarse en los documentos que para tal efecto se incluyen en ésta convocatoria a la licitación, o reproducirlos siempre y cuando se respete el contenido y estructura de los mismos, sin tachaduras ni enmiendas.
En un sobre único debidamente identificado con el nombre del licitante, numero de la licitación y nombre de la obra, con la leyenda de no abrirse antes de la fecha y hora de la presentación de la propuesta, dentro del sobre que contenga la Propuesta Técnica y Propuesta Económica, los documentos adicionales, a elección del licitante, los podrá presentar dentro o fuera de este sobre, todos los sobres deberán de estar debidamente identificados con los datos de la licitación y su contenido.
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Las propuestas que el licitante entregue en el acto de presentación y apertura de proposiciones deberán estar integradas en la forma siguiente:
4.2.1 PARTE TÉCNICA.
La parte técnica deberá contener los siguientes documentos:
AT 1 COPIA DEL ACUSE DE RECIBO DE AUTO INVITACION QUE GENERA EL SISTEMA COMPRANET.
AT 2 DESCRIPCIÓN DE LA PLANEACIÓN INTEGRAL DEL LICITANTE PARA REALIZAR LOS TRABAJOS, INCLUYENDO EL PROCEDIMIENTO CONSTRUCTIVO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS.
AT 3 RELACIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN.
AT 4 ESCRITO DE PROPOSICIÓN DE LOS PROFESIONALES TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS AL SERVICIO DEL LICITANTE, ANEXANDO EL CURRICULUM DE CADA UNO.
AT 5 IDENTIFICACIÓN DE LOS TRABAJOS REALIZADOS POR EL LICITANTE Y SU PERSONAL.
AT 6 MANIFESTACIÓN ESCRITA DE CONOCER:
EL CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION, ASÍ COMO DE HABER CONSIDERADO LAS MODIFICACIONES QUE EN SU CASO, SE HAYAN EFECTUADO.
LOS PROYECTOS ARQUITECTÓNICOS Y DE INGENIERÍA; LAS NORMAS DE CALIDAD DE LOS MATERIALES Y LAS ESPECIFICACIONES GENERALES, ASÍ COMO LAS PARTICULARES DE CONSTRUCCIÓN QUE LA COMISION ESTATAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE NAYARIT LE PROPORCIONO; LAS LEYES Y REGLAMENTOS APLICABLES Y SU CONFORMIDAD DE AJUSTARSE A SUS TÉRMINOS.
EL SITIO DE REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS Y SUS CONDICIONES AMBIENTALES. JUNTA DE ACLARACIONES
EL CONTENIDO DEL MODELO DEL CONTRATO Y SU CONFORMIDAD DE AJUSTARSE A SUS TÉRMINOS.
AT 7 MANIFESTACIÓN ESCRITA EN LA QUE SEÑALE LAS PARTES DE LOS TRABAJOS QUE SUBCONTRATARÁ.
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AT 8 MANIFESTACIÓN ESCRITA DE CONOCER Y HABER CONSIDERADO EN LA INTEGRACIÓN DE SU PROPOSICIÓN, LOS MATERIALES Y EQUIPOS DE INSTALACIÓN PERMANENTE QUE EN SU CASO, LE PROPORCIONE LA COMISION ESTATAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE NAYARIT.
AT 9 MANIFESTACIÓN ESCRITA DE QUE LOS PRECIOS CONSIGNADOS EN SU PROPOSICIÓN NO SE COTIZAN EN CONDICIONES DE PRÁCTICAS DESLEALES DE COMERCIO INTERNACIONAL EN SU MODALIDAD DE DISCRIMINACIÓN DE PRECIOS O DE SUBSIDIOS, CUANDO SE REQUIERA DE MATERIALES, MAQUINARIA Y EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE DE ORIGEN EXTRANJERO DE LOS SEÑALADOS POR LA SECRETARIA DE ECONOMÍA.
AT 10 DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD.
AT 11 DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA CAPACIDAD FINANCIERA.
AT 12 LISTADO DE INSUMOS QUE INTERVIENEN EN LA INTEGRACIÓN DE LA PROPOSICIÓN, SEÑALANDO):
A MATERIALES Y EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE. B MANO DE OBRA.
C MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN. AT 13 FACTOR XX XXXXXXX REAL.
A ANÁLISIS DEL FACTOR XX XXXXXXX QUE INCLUYE LAS PRESTACIONES DERIVADAS DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
B ANÁLISIS DEL FACTOR XX XXXXXXX REAL.
AT 14 PROGRAMA CUANTIFICADO Y CALENDARIZADO DE EJECUCIÓN GENERAL DE LOS TRABAJOS.
AT 15 PROGRAMAS CUANTIFICADOS Y CALENDARIZADOS DE SUMINISTRO O UTILIZACIÓN MENSUAL DE LOS SIGUIENTES RUBROS:
A MATERIALES Y EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE. B MANO DE OBRA.
C MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN.
D UTILIZACIÓN DEL PERSONAL PROFESIONAL TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO ENCARGADO DE LA DIRECCIÓN, SUPERVISIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LOS TRABAJOS.
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AT 16 CONVENIO PRIVADO DE AGRUPACIÓN DE DOS O MÁS INTERESADOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN. (SI ES EL CASO).
4.2.2 PARTE ECONÓMICA.
La parte económica deberá contener los siguientes documentos:
AE 1 RELACIÓN Y COSTOS BÁSICOS DE LOS MATERIALES. AE 2 TABULADOR DE SALARIOS REALES DE MANO DE OBRA. AE 2 A TABLA DE CÁLCULO DEL FACTOR XX XXXXXXX REAL.
AE 3 LISTADO DE INSUMOS QUE INTERVIENEN EN LA INTEGRACIÓN DE LA PROPOSICIÓN:
A MATERIALES Y EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE. B MANO DE OBRA.
C MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN.
AE 4 ANÁLISIS, CÁLCULO E INTEGRACIÓN DE LOS COSTOS HORARIOS DE LA MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN.
AE 5 ANÁLISIS, CÁLCULO E INTEGRACIÓN DE LOS COSTOS INDIRECTOS. (EN ESTOS COSTOS DEBERÁ DE CONSIDERAR EL CARGO POR LA ELABORACION DE PLANOS DEFINITIVOS Y ESTOS SERÁN ENTREGADOS AL COMISION ESTATAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE NAYARIT Y EL LETRERO ALUSIVO A LA OBRA, EL NO CONSIDERAR ESTOS COSTOS SERÁ MOTIVO DE DESECHAMIENTO DE LA PROPOSICION).
AE 6 ANÁLISIS, CÁLCULO E INTEGRACIÓN DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO. AE 7 CARGO POR UTILIDAD.
AE 8 CARGOS ADICIONALES.
AE 9 ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS.
AE 10 PROGRAMA DE EROGACIONES DE LA EJECUCIÓN GENERAL DE LOS TRABAJOS, CUANTIFICADO Y CALENDARIZADO.
AE 11 PROGRAMAS DE EROGACIONES CUANTIFICADOS Y CALENDARIZADOS DE SUMINISTRO O UTILIZACIÓN MENSUAL PARA LOS SIGUIENTES RUBROS:
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A MATERIALES Y EQUIPOS DE INSTALACIÓN PERMANENTE. B MANO DE OBRA.
C MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN.
D UTILIZACIÓN DEL PERSONAL PROFESIONAL TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO ENCARGADO DE LA DIRECCIÓN, SUPERVISIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LOS TRABAJOS.
AE 12 CATALOGO DE CONCEPTOS.
AE 13 ESCRITO DE LA OFERTA DE SU PROPOSICION
AE 14 ENTRGAR EN MEDIO MAGNETICO TODO LA PROPOSICION DIVIDIDA EN PARTE LEGAL, TECNICA Y ECONOMICA.
EN BASE A LO ANTERIOR, LOS OFERENTES DEBERÁN DE ANEXAR EN ESTE DOCUMENTO, UN DISCO COMPACTO (CD) QUE CONTENDRÁ LOS DOCUMENTOS QUE INTEGRAN LA TOTALIDAD DE SU OFERTA LOS CUALES DEBERÁN ESTAR FOLIADOS Y FIRMADOS POR EL REPRESENTANTE LEGAL, PREFERENTEMENTE EN FORMATO PDF O COMPATIBLE ASI COMO LOS DOCUMENTOS LEGALES, CONTABLES Y DEMÁS QUE SE SOLICITAN EN LA “Convocatoria” QUE SEA POSIBLE PRESENTARLOS EN DICHO FORMATO.
Los que sean generados por programas de precios unitarios podrán presentarse a elección del Oferente en formato PDF, Word (*.doc), Excel (*.xls). , Exclusivamente se deberá presentar en archivo Excel (*.xls) el Catálogo de conceptos para modo de facilitar su evaluación.
4.3 IDIOMA.
Todos los documentos relacionados con la proposición deberán presentarse en: Idioma Español.
4.4 MONEDA.
La moneda en que deberán presentarse las proposiciones será: Peso Mexicano.
4.5 ANTICIPOS.
A) De acuerdo con lo establecido en la convocatoria, se otorgará el 0 % (cero por ciento) de la asignación presupuestal aprobada al contrato, en el ejercicio de que se trate, para que el contratista realice en el sitio de los trabajos la construcción de sus oficinas, almacenes, bodegas e
instalaciones y, en su caso, para los gastos de traslado de la maquinaria y equipo de construcción e inicio de los trabajos; así como, para la compra y producción de materiales de construcción, la adquisición de equipos que se instalen permanentemente y demás insumos que deberán otorgar.
El importe de los anticipos que se otorguen al licitante será el que resulte de aplicar el porcentaje señalado en la convocatoria y en estas bases, al monto total de la proposición.
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El pago del anticipo podrá realizarse, en una sola exhibición.
4.6 AJUSTE DE COSTOS.
La Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado de Nayarit, con fundamento en lo señalado en el artículo 56 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, determina que el procedimiento de ajuste de costos, se lleve a cabo de conformidad con la fracción I del artículo 57 de la citada ley. La aplicación de los procedimientos para ajuste de costos se hará como lo determina el artículo 58 de la citada Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
En este caso, cuando los contratistas no estén de acuerdo con la proporción de intervención de los insumos ni su forma de medición durante el proceso de construcción, podrán solicitar su revisión a efecto de que sean corregidos; en el supuesto de no llegar a un acuerdo, se deberá aplicar el procedimiento enunciado en la fracción I de este artículo.
Este procedimiento regirá durante la vigencia del contrato.
Para efectos de la aplicación de ajuste de costos, se estará a lo señalado en el Capítulo Quinto del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Los contratistas, deberán presentar por escrito la solicitud de ajuste de costos a la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado. (Artículo. 56 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas). Deberán acompañar a su solicitud la documentación señalada en el artículo 178 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, de no cumplirse, se considerará como no recibida la solicitud.
4.7 CONDICIONES DEL PRECIO.
El contratista recibirá de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, el pago total que deba cubrírsele por unidad de concepto de trabajos terminados, ejecutado conforme al proyecto, especificaciones de construcción y normas de calidad requeridas.
4.8 FORMA Y TÉRMINOS DE PAGO DE LOS TRABAJOS.
Los trabajos objeto del presente contrato, se pagarán conforme a lo establecido en el catálogo de conceptos, mediante la formulación de estimaciones sujetas al avance de los trabajos con base en las normas de calidad de los materiales y especificaciones de construcción, que abarcarán el período Mes
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calendario, las que serán presentadas por "El Contratista" a la residencia de obra dentro de los seis (6) días naturales siguientes a la fecha xx xxxxx para el pago de las mismas, la que será el día último de cada periodo acordado, la residencia de obra dentro de los quince (15) días naturales siguientes, deberá revisar y, en su caso, autorizar las estimaciones, mismas que serán pagadas en las oficinas de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, ubicadas en Xx. Xxxxxxxxxxx xx. 0000 Xxx. Xxx. Xxxxxx X.X. 00000 en Tepic, Nayarit, dentro de un plazo no mayor de 20 (veinte) días naturales, contados a partir de la fecha en que hayan sido autorizadas por la residencia de obra, para que la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, inicie su trámite de pago. Las diferencias técnicas o numéricas que no puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo, se resolverán y, en su caso, se incorporarán en la siguiente estimación.
4.9 PROHIBICIÓN DE LA NEGOCIACIÓN.
Se hace del conocimiento de los licitantes que los requisitos y condiciones de estas bases, así como la documentación de las proposiciones, no podrán ser negociados.
4.10 RETENCIONES SOBRE LAS ESTIMACIONES POR PAGAR.
De las estimaciones que se le cubran al contratista, se le hará la retención del cinco al millar (0.5 %) del importe de cada estimación, para cumplir con el artículo 191 de la Ley Federal de Derechos en vigor, por concepto de derechos de inspección, control y vigilancia de los trabajos por la Secretaría de la Función Pública, según lo establece el artículo 37 fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
4.11 AGRUPACIONES.
Dos o más personas podrán presentar conjuntamente proposiciones en la licitación correspondiente, sin necesidad de constituir una nueva sociedad, siempre que, para tales efectos, en las proposiciones y en el contrato se establezcan con precisión y a satisfacción de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado , las partes de los trabajos que cada persona se obligará a ejecutar. En este supuesto la proposición deberá ser firmada por el representante común que para ese acto haya sido designado por el grupo de personas.
Para tal efecto, se deberá celebrar entre sí un convenio de proposición conjunta, en términos de la legislación aplicable, el que contendrá lo siguiente:
a. Nombre, domicilio y registro Federal de Contribuyentes de los integrantes, identificando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx y, de haberlas , sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en estas;
b. Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas señalando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con los que se acrediten las facultades de representación;
c. Designación de un representante común otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con las proposición y con el procedimiento de licitación;
d. Descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, y
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e. Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes, ya sea en forma solidaria o mancomunada, según se convenga, para efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo;.
En el caso de agrupaciones bastará con la adquisición de un solo ejemplar de la convocatoria a la licitación.
4.12 SUBCONTRATACIÓN.
No se permitirá la subcontratación de ninguna parte de los trabajos. (En este caso el licitante anexará a su proposición el formato que se le proporciona con la leyenda “NO APLICA”).
4.13 RELACIÓN DE MATERIALES Y EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE.
4.13.1 RELACIÓN DE MATERIALES Y EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE QUE, EN SU CASO, PROPORCIONE LA COMISIÓN ESTATAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO.
No se proporcionará material ni equipo de instalación permanente. En este caso el licitante anexará a su proposición el formato que se le proporciona con la leyenda “NO APLICA”).
4.13.2 RELACIÓN DE MATERIALES, MAQUINARIA Y EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE DE FABRICACIÓN NACIONAL QUE PODRÁ REQUERIRSE EN LA LICITACIÓN PÚBLICA.
Cuando se establezcan requisitos de contenido nacional en los términos del último párrafo del artículo 30 de la Ley de Obras Públicas y de Servicios Relacionados con las Mismas, la Secretaría de Economía podrá solicitar a la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, , la información necesaria para verificar el cumplimiento del contenido de fabricación nacional de los materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente que deban ser utilizados en la ejecución de los trabajos, de conformidad con las reglas de carácter general que para estos efectos emita dicha Secretaría.
En su caso, el señalamiento del porcentaje de contenido nacional del valor de la obra que deberán cumplir los licitantes en materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente, que serían utilizados en la ejecución de los trabajos; en función del valor de los trabajos que determine la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, en la presente licitación, se requiere la incorporación de materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente, de fabricación nacional, por lo menos, el porcentaje del 50% de contenido nacional.
4.13.3 RELACIÓN DE MANO DE OBRA LOCAL QUE LOS LICITANTES DEBERÁN DE INCORPORAR EN LA OBRA, EN LA LICITACIÓN PÚBLICA.
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Cuando se establezcan requisitos de contenido local en los términos del párrafo XXI del artículo 31 de la Ley de Obras Públicas y de Servicios Relacionados con las Mismas, En su caso, el señalamiento del porcentaje de contenido local de mano de obra que deberán cumplir los licitantes, que serán utilizados en la ejecución de los trabajos; en la presente licitación, se requiere por lo menos, el porcentaje del 50% de contenido local de mano de obra.
4.14 FIRMA DE LA PROPOSICIÓN.
El licitante si es persona física, o su representante legal si se trata de persona moral, DEBERÁ FIRMAR CON TINTA INDELEBLE LA PROPOSICIÓN EN TODAS SUS HOJAS.
4.15 COMO INTEGRAR E IDENTIFICAR LA PROPOSICIÓN.
El licitante deberá integrar su proposición, en original y en la forma que previenen los incisos 4.2.1 y el
4.2.2. Una vez integradas y separadas en sus respectivos sobres la Propuesta Técnica y Propuesta Económica deberán ser colocadas en un sobre cerrado, identificando, con la clave de la licitación, objeto de los trabajos y la razón social del licitante.
5.- DEL PROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN.
Para facilitar el procedimiento de licitación, la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, deberá efectuar revisiones preliminares respecto de la especialidad, experiencia y capacidad de los interesados y cerciorarse de su inscripción en el registro de contratistas, así como la documentación distinta a la propuesta técnica y económica de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. En ningún caso se podrá impedir el acceso a quienes no se encuentren inscritos en dicho registro, por lo que los licitantes que hayan adquirido las bases podrán presentar sus propuestas en el acto de presentación y apertura de proposiciones de que se trate.
En todos los casos, se preferirá la especialidad, experiencia y capacidad técnica de los interesados, así como a aquellos contratistas que, en su caso, hayan ejecutado trabajos con contratos terminados en costo y tiempo.
5.1 PRESENTACIÓN Y APERTURA DE LAS PROPOSICIONES.
Las proposiciones deberán presentarse a las 09:00 horas, el día 10 de Octubre de 2018, en: la Sala de Juntas de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, sita en: Xx. Xxxxxxxxxxx Xx. 0000 Xxx. Xxx. Xxxxxx, X.X. 00000, de la Ciudad de Tepic, Nayarit., donde se llevará a cabo el acto de presentación y apertura de proposiciones, bajo la presidencia del servidor público designado. Los licitantes o sus representantes legales al ser nombrados entregarán sus proposiciones en sobre cerrado y en su caso el escrito indicado en el punto 4.1.
Los licitantes son los únicos responsables de que sus proposiciones sean entregadas en tiempo y forma en el acto de presentación y apertura de proposiciones, no se recibirán proposiciones que se presenten después de la fecha y hora establecidas en ésta convocatoria a la licitación.
El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo, conforme a lo siguiente:
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Una vez iniciado el acto, será cerrado el recinto y no se permitirá la entrada de ningún licitante, ni la introducción de documentos, debiendo asimismo mantener apagados sus teléfonos celulares y/o radios de comunicación durante todo el acto.
I. Una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado; durante el acto, no se llevará a cabo la evaluación de las proposiciones recibidas, por lo que aun, en el caso de que algún Licitante omitiere la presentación de documentos en su proposición, o les faltare un requisito, ésta no será desechada en ese momento, los faltantes u omisiones se harán constar en el formato de recepción de los documentos que integran la proposición que al efecto se recabe para cada Licitante. Con posterioridad la “CEAPAN” llevará a cabo la evaluación integral de las proposiciones, haciendo la valoración que corresponda a cada requisito solicitado, así como en su caso, a la omisión de los mismos, y el resultado de dicha revisión o análisis se dará a conocer en el fallo correspondiente.
II. De en entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado de Nayarit, facultado para presidir el acto, rubricarán de las proposiciones presentadas en los documentos (AE-10 y AE-12): programa de erogaciones de la ejecución general de los trabajos y catálogo de conceptos, en el que se consignen los precios y el importe total de los trabajos, dando lectura al importe total de cada una de éstas; objeto de esta licitación;
III. Se levantará acta, que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las proposiciones en la que se harán constar las proposiciones aceptadas para su posterior evaluación y el importe total de cada una de ellas, así como las que hubieren sido desechadas y las causas que lo motivaron; el acta será firmada por los asistentes y se entregará copia de la misma. La falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efecto de su notificación. En esta acta se señalará que el fallo de la licitación se efectuará a las 14:30 horas, el día 08 de Noviembre de 2018, en: la Sala de Juntas de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, sita en Xx. Xxxxxxxxxxx Xx. 0000 Xxx. Xxx. Xxxxxx, X.X. 00000, de la Ciudad de Tepic, Nayarit., y la firma del contrato se llevara a cabo el 09 de Noviembre del presente año a las 14:00 hrs., en la Dirección de Infraestructura de la CEAPA.
IV. La Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, procederá con el análisis cualitativo de las proposiciones aceptadas. de acuerdo a lo señalado en el punto 5.4 de estas bases, debiendo elaborar un dictamen para dar el fallo, en que conste lo dispuesto en el artículo
68 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, dando a conocer el resultado a los licitantes en el fallo;
V. El acto del fallo de la licitación comenzará con la lectura del resultado del dictamen que sirvió de base para determinar el fallo y el licitante ganador, levantándose el acta
correspondiente, la que contendrá los datos establecidos en el Artículo 39 o de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
5.2 LICITACIÓN DESIERTA.
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La Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, declarará desierta la licitación cuando a su juicio las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos de ésta convocatoria a la licitación, sus precios de insumos no fueren aceptables, cuando ninguna persona adquiera las bases, o cuando no se reciba alguna proposición en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
5.3 CAUSAS POR LAS QUE PUEDE SER DESECHADA LA PROPOSICIÓN.
Se considerará como causa suficiente para desechar una proposición, cualquiera de las siguientes circunstancias:
I. La omisión en la presentación de cualquiera de los documentos requeridos en ésta convocatoria a la licitación que imposibiliten determinar su solvencia, detectada durante la revisión y aún después del cotejo realizado durante el acto de presentación y apertura de proposiciones. (Artículo 69 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
II. La presentación de información y datos incompletos en cualquiera de los documentos requeridos en ésta convocatoria a la licitación. (Artículo 69 del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
III. Cuando en los documentos solicitados se consignen datos e informes distintos a los requeridos en estas bases de licitación. Artículos 64 apartado “A” y 65 apartado “A” del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
IV. El incumplimiento de las condiciones legales, técnicas y económicas. (Artículo 69 fracción II del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
V. La ubicación del licitante en alguno de los supuestos señalados en el artículo 51 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. (Artículo 69 fracción IV del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
VI. El incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en ésta convocatoria a la licitación, así como la comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar el costo de los trabajos o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes
VII. Cuando las cantidades de trabajo y/o precios unitarios del catálogo de conceptos, presenten alteraciones, raspaduras, tachaduras y/o enmendaduras. (Artículo 69 fracción II del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
VIII. Cuando el licitante no presente uno o varios análisis de precios unitarios o que éstos estén incompletos. (Artículo 69 fracción I del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
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IX. Cuando el licitante, en su catálogo de conceptos, omita alguno o algunos de los precios unitarios. ((Artículo 69 fracción I del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
X. Cuando el licitante, en su documentación no señale el indicador económico utilizado en el análisis del costo por financiamiento (anexar copia del indicador económico), (Artículo Artículo 65 apartado “A” fracción V inciso “C” del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
XI. Cuando el licitante, en su análisis del costo por financiamiento no incida la amortización del o los anticipos otorgados, si es el caso. (Artículos 50 fracción III de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, Artículo 65, fracción V, inciso “a” y Artículo 216, fracción III, inciso “b”, de su Reglamento);
XII. Cuando en la parte económica se incluyan los cargos por concepto de asociación a cámaras industriales o comerciales de la construcción (Artículo 220 del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
XIII. No incluir en el sobre de la proposición técnica, copia del escrito que genera el sistema compranet de auto invitado a la licitación.
XIV. Cuando el licitante en su documentación no señale el indicador económico especifico de la tasa de interés utilizada en el cálculo del costo por inversión integrante de los análisis de los costos horarios, (anexar copia del indicador económico), (Artículo 197 último párrafo del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
XV. La ubicación del licitante en alguno de los supuestos señalados en el artículo 51 fracción IV de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas;
XVI. La ubicación del licitante en los supuestos señalados en el penúltimo párrafo del artículo 78 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
XVII. La falta de presentación de los escritos o manifiestos siguientes:
a).- Escrito mediante el cual declare bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en alguno de los supuestos que establecen los artículos 51 y 78 de LA LEY.
b).- Escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que los estudios, planes o programas que, en su caso, previamente haya realizado, incluyen supuestos, especificaciones e información verídicos y se ajustan a los requerimientos reales de la obra a ejecutar, así como que consideran costos estimados apegados a las condiciones xxx xxxxxxx, en términos de lo establecido en el artículo 51, fracción VII, segundo párrafo de LA LEY.
c).- Declaración de integridad mediante la cual “EL LICITANTE” manifieste bajo protesta de decir verdad, que por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para
que los servidores públicos de “LA CEAPA” convocante, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier otro aspecto que les otorguen condiciones más ventajosas, con relación a los demás participantes.
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d).- Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que contendrá lo señalado en la fracción VIII de la documentación adicional de la CONVOCATORIA:
e).- Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de conocer el sitio de realización de los trabajos, sus condiciones ambientales, las características referentes al grado de dificultad de los trabajos a desarrollar y sus implicaciones de carácter técnico; de haber considerado las normas de calidad de los materiales y las especificaciones generales y particulares de construcción que “LA CEAPA” les hubiere proporcionado, así como de haber considerado en la integración de la proposición, los materiales y equipos de instalación permanente que, en su caso, le proporcionará “LA CEAPA” y el programa de suministro correspondiente; así como el de haber asistido o no a las juntas de aclaraciones celebradas, y haber considerado las modificaciones que, en su caso, se hayan efectuado a LA CONVOCATORIA.
f).- Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad en la que se señale las partes de los trabajos que subcontratará, en caso de haberse previsto en esta licitación, e información con que acredite la experiencia y capacidad técnica y económica de las personas que subcontratará.
5.4 CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
La Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, para hacer el estudio, análisis y evaluación de las proposiciones, se apegará a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y en los Artículos 34, 61, fracción IX, Artículos 64 apartado “A” y 65 apartado “A” de su Reglamento, considerando que los recursos propuestos por el licitante sean los necesarios para ejecutar satisfactoriamente, conforme al programa de ejecución, las cantidades de trabajo establecidas y que el análisis, calculo e integración de los precios unitarios sean acordes con las condiciones de costos vigentes en la zona o región donde se ejecuten los trabajos a efecto de que se tengan los elementos necesarios para determinar la solvencia de las condiciones legales, técnicas, financieras y administrativas requeridas en ésta convocatoria a la licitación.
Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados, La Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, adjudicará el contrato a quien presente la proposición que asegure las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
6.- DEL CONTRATO
6.1 MODELO DEL CONTRATO.
El modelo de contrato, que se anexa a esta licitación, es emitido con apego en lo previsto en la legislación y normatividad vigente.
6.2 FIRMA DEL CONTRATO.
Previamente a la firma del contrato el licitante ganador, presentará para su cotejo, original o copia certificada de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente.
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La presentación de estos documentos servirá para constatar que la persona cumple con los requisitos legales necesarios, sin perjuicio de su análisis detallado.
La adjudicación del contrato obligará a la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, y a la persona en quien hubiere recaído, a formalizar el documento relativo dentro de los quince días naturales siguientes al de la notificación del fallo. No podrá formalizarse el contrato si no se encuentra garantizado de acuerdo con lo dispuesto en la fracción II del artículo 48 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Si el interesado no firmare el contrato por causas imputables al mismo, dentro del plazo a que se refiere el párrafo anterior, será sancionado por la Secretaría de la Función Pública por conducto del Órgano Interno de Control y en los términos de los artículos 77 y 78 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y en su caso, la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado de Nayarit, podrá, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato al participante que haya presentado la siguiente proposición solvente que resulte económicamente más conveniente para el Estado, de conformidad con lo asentado en el dictamen y en el fallo, a que se refiere el artículo 39 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y el punto 6.6 de estas bases de licitación, y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición que inicialmente hubiere resultado ganadora, no sea superior al diez por ciento.
Si la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, no firmare el contrato respectivo o cambia las condiciones de las bases de licitación que motivaron el fallo correspondiente, el licitante ganador, sin incurrir en responsabilidad, no estará obligado a ejecutar los trabajos.
6.3 COMPROBACIÓN DEL CONTRATISTA DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL PAGO DE LOS IMPUESTOS Y OBLIGACIONES FISCALES, COMO REQUISITO PARA FIRMA DEL
CONTRATO.
Para dar cumplimiento al Art. 32-D del Código Fiscal de la Federación. El contratista deberá presentar documento actualizado expedido por le SAT, en el que emita Opinión Positiva sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales; no podrán participar en esta licitación personas físicas x xxxxxxx que incurran en algún supuesto del articulo arriba mencionado, así como la regla en mención, presentar créditos fiscales será causa de desechamiento de la proposición.
Mismos lineamientos que a la letra dicen:
Artículo 32-D. del Código Fiscal de la Federación 2018.- La Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, así como la Procuraduría General de la República, en ningún caso contratarán adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con los particulares que:
I. Tengan a su cargo créditos fiscales firmes.
II. Tengan a su cargo créditos fiscales determinados, firmes o no, que no se encuentren pagados o garantizados en alguna de las formas permitidas por este Código.
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III. No se encuentren inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes.
IV. Habiendo vencido el plazo para presentar alguna declaración, provisional o no, y con independencia de que en la misma resulte o no cantidad a pagar, ésta no haya sido presentada. Lo dispuesto en esta fracción también aplicará a la falta de cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 31-A de este Código y 76-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
La prohibición establecida en este artículo no será aplicable a los particulares que se encuentren en los supuestos de las fracciones I y II de este artículo, siempre que celebren convenio con las autoridades fiscales en los términos que este Código establece para cubrir a plazos, ya sea como pago diferido o en parcialidades, los adeudos fiscales que tengan a su cargo con los recursos que obtengan por enajenación, arrendamiento, servicios u obra pública que se pretendan contratar y que no se ubiquen en algún otro de los supuestos contenidos en este artículo.
Para estos efectos, en el convenio se establecerá que las dependencias antes citadas retengan una parte de la contraprestación para ser enterada al fisco federal para el pago de los adeudos correspondientes.
Igual obligación tendrán las entidades federativas cuando realicen dichas contrataciones con cargo total o parcial a fondos federales.
Los particulares tendrán derecho al otorgamiento de subsidios o estímulos previstos en los ordenamientos aplicables, siempre que no se ubiquen en los supuestos previstos en las fracciones del presente artículo, salvo que tratándose de la fracción III, no tengan obligación de inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes.
Las entidades y dependencias que tengan a su cargo la aplicación de subsidios o estímulos deberán abstenerse de aplicarlos a las personas que se ubiquen en los supuestos previstos en las fracciones del presente artículo, salvo que tratándose de la fracción III, no tengan obligación de inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes.
Los particulares que tengan derecho al otorgamiento de subsidio o estímulos y que se ubiquen en los supuestos de las fracciones I y II de este artículo, no se consideran comprendidos en dichos supuestos cuando celebren convenio con las autoridades fiscales en los términos que este Código establece para cubrir a plazos, ya sea como pago diferido o en parcialidades, los adeudos fiscales que tengan a su cargo. Cuando se ubiquen en los supuestos de las fracciones III y IV, los particulares contarán con un plazo de quince días para corregir su situación fiscal, a partir del día siguiente a aquél en que la autoridad les notifique la irregularidad detectada.
Los proveedores a quienes se adjudique el contrato, para poder subcontratar, deberán solicitar y entregar a la contratante la constancia de cumplimiento de las obligaciones fiscales del subcontratante, que se obtiene a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria.
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Así como la regla 2.1.31. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018.- Para los efectos del artículo 32-D, primero, segundo, tercero, cuarto y último párrafos del CFF, cuando la Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, la Procuraduría General de la República, así como las entidades federativas vayan a realizar contrataciones por adquisición de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública, con cargo total o parcial a fondos federales, cuyo monto exceda de $300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.) sin incluir el IVA, deberán exigir de los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato y de los que estos últimos subcontraten, les presenten documento vigente expedido por el SAT, en el que se emita la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo, o bien, generarlo a través de la aplicación en línea que para estos efectos le proporcione el SAT, siempre y cuando firme el acuerdo de confidencialidad con el SAT.
En caso de que los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato y los que estos últimos subcontraten, tramiten por su cuenta la opinión del cumplimento de obligaciones fiscales, lo harán en términos de lo dispuesto por la regla 2.1.39.
En los casos en que el contribuyente tenga créditos fiscales y quiera celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagar con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública que se pretenda contratar, la opinión la emitirá la ADR, enviándola al buzón tributario de éste hasta que se haya celebrado el convenio de pago.
Para los efectos de lo señalado en el párrafo anterior, las autoridades fiscales emitirán oficio a la unidad administrativa responsable de la licitación, a fin de que esta última en un plazo de quince días, mediante oficio, ratifique o rectifique los datos manifestados por el contribuyente. Una vez recibida la información antes señalada, la autoridad fiscal le otorgará un plazo de quince días al contribuyente para la celebración del convenio respectivo.
Los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro y que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México, asentarán estas manifestaciones bajo protesta de decir verdad en escrito libre que entregarán a la dependencia o entidad convocante, para que ésta gestione ante la ADR la no aplicación del artículo 32-D del CFF. La autoridad fiscal revisará que no se actualiza el supuesto jurídico del mencionado artículo, por no existir créditos fiscales.
6.4 GARANTÍAS DEL ANTICIPO; DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO; Y POR DEFECTOS, VICIOS OCULTOS O CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.
6.4.1 GARANTÍA DEL ANTICIPO.
El Contratista deberá garantizar los anticipos que, en su caso, reciban. Esta garantía deberá constituirse dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo y por la totalidad del monto de los anticipos.
Para garantizar la correcta aplicación del anticipo, se deberá presentar póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada, por el importe total del anticipo otorgado a favor de la Tesorería de la Federación a través de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado.
6.4.2 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
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Previamente a la firma del contrato y dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo, pero invariablemente antes de la firma del contrato, el licitante a quien se le adjudique la realización de los trabajos deberá presentar póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada a favor de la Tesorería de la Federación, a través de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, por el diez por ciento (10%) del importe total de los trabajos contratados.
6.4.3 GARANTÍA POR DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.
Al término de todos los trabajos, no obstante su recepción formal, el contratista se obliga a responder de los defectos que resultaren en los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en los términos señalados en el contrato respectivo, el Código Civil Federal y en la legislación aplicable.
Los trabajos se garantizarán por un plazo de doce meses por el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, por lo que previamente a la recepción de los trabajos, el contratista, a su elección; deberá constituir póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada a favor de la Tesorería de la Federación través de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, por un valor xxx xxxx por ciento (10%) del importe total ejercido de los trabajos; presentar una carta de crédito irrevocable por el equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total ejercido de los trabajos, o bien, aportar recursos líquidos por una cantidad equivalente al cinco por ciento (5%) del mismo monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello.
Los recursos aportados en fideicomisos deberán invertirse en instrumento xx xxxxx fija.
El contratista, en su caso, podrá retirar sus aportaciones en fideicomisos los respectivos rendimientos, transcurridos doce meses a partir de la fecha de recepción de los trabajos.
Quedarán a salvo los derechos de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, para exigir el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que a su juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas conforme al artículo 66 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Si el contratista opta por la póliza de fianza, deberá garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente. Además de contemplar lo antes expuesto, se deberá establecer que la fianza se expide de conformidad con lo estipulado en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, así como, las disposiciones expedidas en esta materia de la forma siguiente:
Que la fianza se otorga en los términos del contrato citado.
En el caso de detectarse algún defecto o vicio oculto de los trabajos, durante el período antes citado, la garantía por la que hayan optado deberá permanecer vigente por un plazo de doce meses, a partir de la reparación de los defectos, en su caso, la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, deberá informar a la afianzadora el estado de los trabajos realizados.
6.5 GASTOS FINANCIEROS.
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En caso de incumplimiento en los pagos de estimaciones y de ajuste de costos, la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado,, a solicitud del contratista, deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos gastos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del contratista.
Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el contratista, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso más los gastos financieros correspondientes, conforme a lo señalado en el párrafo anterior. Los gastos financieros se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales, desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado.
No se considerará pago en exceso cuando las diferencias que resulten a cargo del contratista sean compensadas en la estimación siguiente, o en el finiquito, si dicho pago no se hubiera identificado con anterioridad.
6.6 NO FORMALIZACIÓN.
En el caso de que el licitante seleccionado no formalice el contrato o no presente la fianza de cumplimiento, se estará a lo dispuesto en el punto 6.2 denominado “FIRMA”.
6.7 INSPECCIÓN Y VERIFICACIÓN.
La Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las visitas, inspecciones y verificaciones que estime pertinentes con respecto a la ejecución de los trabajos objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en los artículos 75 y 76 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
6.8 RETENCIONES Y/O PENAS CONVENCIONALES.
Para el caso de incumplimiento total o parcial por parte del contratista, se aplicarán las siguientes retenciones y/o penas convencionales:
A) La Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, tendrá la facultad de verificar mensualmente si los trabajos objeto de este contrato se están ejecutando por el contratista de acuerdo con las fechas establecidas en el programa de trabajo aprobado; para lo cual, la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, comparará el avance mes a mes contra el programa y los trabajos efectivos ejecutados.
Si como consecuencia de la comparación a que se refiere el párrafo anterior, el avance de los trabajos es menor de lo que debió realizarse, la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, procederá a hacer las retenciones económicas a las estimaciones que se encuentren en proceso en las fechas en que se determinen los atrasos, por las cantidades que resulten de multiplicar el
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5% (cinco por ciento) de la diferencia de dichos importes por el número de meses transcurridos, desde la fecha del atraso en el programa, hasta la de revisión. Las retenciones serán determinadas únicamente en función de los trabajos que no se hayan ejecutado o prestado oportunamente conforme al programa convenido, considerando los ajustes de costos y sin aplicar el Impuesto al Valor Agregado, y en ningún caso podrán ser superiores, en su conjunto, al monto de la garantía de cumplimiento del contrato. Asimismo, cuando el contratista regularice los tiempos de atraso señalados en el programa de ejecución, podrá recuperar las retenciones económicas que se le hayan efectuado, por lo que la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, reintegrará a el contratista el importe de las mismas que al momento de la revisión tuviera acumuladas.
La aplicación de estas retenciones tendrá el carácter de definitiva, si a la fecha de terminación de los trabajos, pactada en la cláusula tercera del contrato, éstos no se han concluido.
B) Si el contratista no concluye los trabajos en la fecha estipulada en el plazo de ejecución establecido en la cláusula tercera del contrato y en el programa de trabajo, la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, le aplicará las penas convencionales que resulten de multiplicar el 3% (tres por ciento) del importe de los trabajos que no se hayan ejecutado o prestado oportunamente, considerando los ajustes de costos y sin aplicar el Impuesto al Valor Agregado, por cada mes o fracción que transcurra desde la fecha de terminación pactada en la cláusula tercera del contrato hasta el momento de su terminación. Dichas penas no podrán ser superiores, en su conjunto, al monto de la garantía de cumplimiento del contrato.
El importe de las retenciones se descontarán administrativamente de las estimaciones que se formulen y el de las penas convencionales en el finiquito de los trabajos, y se aplicarán, siempre y cuando el atraso en la ejecución de los trabajos sea por causas imputables a el contratista y que no haya sido resultado de la demora motivada por caso fortuito, fuerza mayor o por razones de interés general que a juicio de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, no se atribuya a culpa de el Contratista.
Independientemente de las retenciones o de las penas convencionales que se apliquen, la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, podrá optar entre exigir el cumplimiento del contrato, o bien, la rescisión administrativa del mismo, haciendo efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, así como la garantía de anticipo, total o parcialmente, según proceda en la rescisión, en el caso de que el anticipo no se encuentre totalmente amortizado.
6.9 SUSPENSIÓN Y TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.
La Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, podrá suspender temporalmente, en todo o en parte, los trabajos contratados por cualquier causa justificada.
Asimismo, la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, y el contratista podrán dar por terminados anticipadamente los contratos cuando concurran razones de interés general; existan causas justificadas que le impidan la continuación de los trabajos, y se demuestre que de continuar con las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio grave al estado; se determine la nulidad total o parcial de actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública, o por resolución de autoridad judicial competente, o bien, no sea posible determinar la temporalidad de la suspensión de los trabajos a que se refiere el párrafo anterior.
Cuando se determine la suspensión de los trabajos o se de por terminado anticipadamente el contrato, la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, pagará los trabajos ejecutados, así como los gastos no recuperables, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.
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6.10 RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.
La Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, podrá rescindir administrativamente el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista, estableciéndose el procedimiento respectivo en el contrato.
En caso de rescisión del contrato por causas imputables al contratista, una vez emitida la determinación respectiva, la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, precautoriamente y desde el inicio de la misma, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de trabajos ejecutados aún no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito que proceda, lo que deberá efectuarse dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de dicha determinación, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías. En el finiquito deberá preverse el sobrecosto de los trabajos aún no ejecutados que se encuentren atrasados conforme al programa vigente, así como lo relativo a la recuperación de los materiales y equipos que, en su caso, le hayan sido entregados.
La Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, podrá optar entre aplicar las penas convencionales o el sobrecosto que resulte de la rescisión, debiendo fundamentar y motivar las causas de la aplicación de una o de otro.
La Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, opta por la rescisión administrativa del contrato, se apegará a lo establecido en los Artículos 60, 61 y 62 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y Artículos 155, 158 y 159 de su Reglamento.
6.11 MARCO NORMATIVO
La legislación aplicable a la presente licitación es la establecida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; y su Reglamento, Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Publico Federal; Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Código Civil Federal; Código Fiscal de la Federación; Ley Federal de Instituciones de Fianzas, Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio Fiscal del 2005; Resolución Miscelánea Fiscal para 2005 y las demás disposiciones administrativas de carácter federal aplicables.
6.11.1 CONTROVERSIAS
Las controversias que se susciten con motivo de esta licitación, se resolverán con apego a lo previsto en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, las disposiciones mencionadas en el punto 6.11 denominado MARCO NORMATIVO, de ésta convocatoria a la licitación y en cualquier otra norma legal aplicable.
7.- OTROS
7.1 CONFIDENCIALIDAD
El contratista no podrá difundir o proporcionar información alguna relativa al proyecto, en forma de publicidad o artículo técnico a menos que cuente con la autorización previa, expresa y por escrito por la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado.
7.2 INCONFORMIDADES
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Las personas interesadas podrán inconformarse ante la Secretaría de la Función Pública, ubicada en: Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Xxxxxx Xxxxxxx; X. X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, en los términos de lo dispuesto por el artículo 84 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.