Exp.: 000008/2015-CONTRATACION PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS Y DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES APLICABLES A LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD, EL “SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UN EDIFICIO MODULAR...
SECRETARIA N.Ref: AVZ/CON
Exp.: 000008/2015-CONTRATACION
PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS Y DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES APLICABLES A LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD, EL “SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UN EDIFICIO MODULAR DESTINADO PARA LA OFICINA DE TURISMO DEL AYUNTAMIENTO DE TORRELAVEGA”.
ARTÍCULO 1º.- OBJETO: El presente Xxxxxx tiene por objeto la contratación, mediante procedimiento negociado sin publicidad, el “Suministro e instalación de un edificio modular destinado para la Oficina de Turismo del Ayuntamiento de Torrelavega”.
ARTÍCULO 2º.- DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DEL OBJETO DEL
CONTRATO: El objeto del contrato consiste en el suministro e instalación de un edificio modular destinado a oficina municipal de turismo, que deberá cumplir con las siguientes características:
- Deberá ser un único módulo prefabricado, que incluya todos los elementos necesarios para su montaje, que pueda ser trasladado o cambiado de ubicación sin necesidad de desmontaje de piezas de importancia.
- Deberá incluir los elementos de nivelación para colocación en emplazamiento.
- La instalación incluye los trabajos eléctricos y de fontanería necesarios para su puesto en funcionamiento en el lugar elegido para su emplazamiento, si bien, se excluye la obra civil necesaria para las acometidas que en el momento de la instalación se encontrará a pie de módulo.
- Asesoramiento técnico para la preparación de lugar de colocación del módulo, pudiendo requerirse a la empresa la asistencia técnica in situ previa al montaje del edificio.
- Medidas mínimas del módulo 25 m2.
- Estructura metálica, con sistema de cimentación directo sobre pavimento.
- Acabados exteriores con tratamientos adecuados para el ambiente en el que se instale.
- Aislamiento térmico en fachadas, solera y cubierta.
- Exteriores acristalados en un porcentaje superior al 20% con vidrios tipo climalit en ventanas y puertas.
Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxxx ( Xxxxxxxxx )Tfno:000 000 000, Fax:000 000000
- Sistema de puertas correderas o abatibles para el cierre completo del módulo con cerradura para garantizar la seguridad de la oficina en los momentos que no esté abierta. Deberán estar perfectamente integradas en el edificio adecuándose las condiciones estéticas del mismo tanto cuando estén abiertas como cuando estén cerradas, ya que deberán estar integradas en la fachada.
- Pavimento interior antideslizante.
- Revestimiento interior de pladur o similar, pintado liso. Instalaciones de ocultas.
- Instalación eléctrica completa para oficina y aseo.
- Iluminación interior para oficina y aseo tipo led, con un mínimo de 500 luz en zona de trabajo y atención al público.
- Instalación de climatización invierno-verano mediante bomba de frío-calor. Se valorará la posibilidad de integración en el módulo de la unidad exterior.
- Aseo adaptado y equipado.
- Cartelería integrada en edificio de Oficina de Información del Ayuntamiento de Torrelavega.
- Deberá estar incluido el montaje instalación completa y puesta en servicio del módulo en el emplazamiento elegido por el Ayuntamiento.
- Deberá estar incluido el transporte y los medios auxiliares de carga, descarga y seguridad hasta la ubicación definitiva.
ARTÍCULO 3º.- EMPLAZAMIENTO: La instalación del módulo objeto del presente suministro deberá realizarse en la Plaza Mayor de Torrelavega. El Ayuntamiento de Torrelavega se reserva el derecho de modificar el emplazamiento final a una ubicación que reúna las mismas o similares características en cuanto a facilidad de montaje y acceso.
ARTÍCULO 4º.- DIRECCIÓN WEB DEL PERFIL DEL CONTRATANTE
MUNICIPAL: La dirección del perfil del contratante municipal, en la que se efectuarán todos los anuncios exigidos en esta licitación es: http: \\xxx.xxxxxxxxxxx.xx\
ARTÍCULO 5º.- RESPONSABLE DEL CONTRATO: El responsable del contrato es el Concejal Delegado de Desarrollo Local, D. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx.
Y el responsable del seguimiento del contrato, el Ingeniero Técnico de Obras Públicas,
X. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx.
ARTÍCULO 6º.- TIPO DE LICITACIÓN: El precio del contrato será de 40.000,00 euros IVA incluido, con el siguiente desglose:
PRESUPUESTO DE LICITACIÓN 33.057,85 €
I.V.A (21%) 6.942,15 €
TOTAL 40.000,00 €.
En la proposición se indicará, como partida independiente, el impuesto sobre el Valor Añadido vigente en el momento, que debe ser repercutido.
ARTÍCULO 7º.- NATURALEZA JURÍDICA, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE
ADJUDICACIÓN: Se trata de un contrato administrativo de suministro, que se adjudicará por procedimiento negociado sin publicidad, de acuerdo con lo establecido en los artículos 169 y siguientes del R. D. Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP en adelante).
ARTÍCULO 8º.- FINANCIACIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato se financiará con cargo a la Partida Presupuestaria 40000 241 63250 “Oficina turismo” / Presupuesto Ayuntamiento de TORRELAVEGA Ejercicio 2014.
ARTÍCULO 9º.- PLAZO DE EJECUCION: El plazo máximo para entregar el edificio modular es de TRES (3) MESES, a contar desde la recepción de la notificación de la adjudicación del contrato.
ARTÍCULO 10º.- GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO: Serán de cuenta
del adjudicatario los siguientes gastos:
a) Asumir el pago del IVA, que se entenderá incluido dentro del precio de adjudicación.
b) En su caso, los de formalización del contrato en escritura pública.
c) Los demás que origine la ejecución del contrato.
ARTÍCULO 11º.- GARANTÍA PROVISIONAL:
1º.- En aplicación del artículo 103 del TRLCSP, no se requerirá la presentación de la garantía provisional, sin perjuicio de la exigencia del Ayuntamiento de las responsabilidades que se deriven en caso de incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato administrativo.
2º.- Sin perjuicio de lo indicado y en caso de que el licitador de la propuesta no suscriba el oportuno contrato administrativo en el plazo concedido a tal efecto, este deberá indemnizar al Ayuntamiento en una cuantía no inferior al 3% del precio de adjudicación del contrato.
ARTÍCULO 12º.- GARANTÍA DEFINITIVA:
1º.- La garantía definitiva será del 5% del presupuesto de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, y podrá constituirse de cualquiera de las formas previstas en el art. 99 del TRLCSP.
2º.- La constitución de la garantía definitiva deberá acreditarse dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación al licitador que haya presentado la propuesta más ventajosa. El incumplimiento de este requisito, por causa imputable al adjudicatario, dará lugar a la resolución del contrato.
3º.- La garantía definitiva responderá de:
1. De las penalidades impuestas al contratista conforme a lo establecido en este pliego.
2. De la correcta ejecución de las prestaciones contempladas en el contrato.
3. De los gastos originados al Ayuntamiento por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones.
4. De los daños y perjuicios ocasionados al Ayuntamiento con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento, cuando no proceda su resolución.
5. De la incautación que pueda decretarse en los casos de resolución del contrato, de acuerdo con lo que establecido en este Pliego y en el TRLCSP.
ARTÍCULO 13º.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR:
1º.- Están capacitadas para contratar las personas naturales o jurídicas, española o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten la correspondiente clasificación o, en su defecto, solvencia económica, financiera y técnica en los términos de los artículos 75 y 77 del TRLCSP, y no estén afectadas por ninguna de las circunstancias que enumera el art. 60 de dicha Ley, como prohibitivas para contratar.
2º.- La solvencia técnica se acreditará mediante la justificación aportando la siguiente documentación:
- Relación de los principales suministros efectuados durante los cinco últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
- Certificado de montaje, que incluya las normativas empleadas en el proceso de fabricación, materiales e instalación.
3º.- La solvencia económica y financiera se acreditará mediante declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
ARTÍCULO 14º.- SOLICITUDES DE OFERTAS:
1º.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 178 del TRLCSP, la Administración procederá a solicitar ofertas a empresas que estén capacitadas para la realización del objeto del contrato.
Además, se publicará anuncio de licitación en el perfil del contratante:
\\xxx.xxxxxxxxxxx.xx\
2º.- El número mínimo de invitaciones será en todo caso de tres, no estableciendo límite para el número máximo de candidatos.
ARTÍCULO 15º.- PRESENTACION DE PROPOSICIONES: LUGAR, PLAZO DE PRESENTACION Y DOCUMENTACIÓN:
Presentación de proposiciones.- Lugar y plazo de presentación, formalidades y documentación:
15º.1.- Lugar y plazo de presentación.- Las proposiciones se presentarán en la Sección de Contratación y Compras, en mano, de las 8 a las 13 horas, hasta el día señalado en la solicitud de ofertas.
15º.2.- Formalidades.- Las proposiciones se presentarán en un único sobre en el cual se hará constar el contenido, en la forma que se indicará, y el nombre del licitador, conteniendo la siguiente documentación:
1.- Proposición conforme al Anexo I en la que se incluirá:
1.1.- El nombre del licitador, una dirección de correo electrónico o número de fax a efectos de poder practicar las notificaciones de esta licitación, así como las correspondientes a la ejecución del contrato si el licitador resultara adjudicatario.
1.2.- La oferta económica, el plazo de entrega del edificio modular y las mejoras funcionales y características estéticas del mismo.
2.- Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes en:
2.1.- Documento Nacional de Identidad del licitador, por fotocopia compulsada.
2.2.- Ultima escritura de constitución de la Sociedad Mercantil adaptada al Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, o a la Ley 2/1995, de 23 xx
xxxxx, de Sociedades de Responsabilidad Limitada, o última normativa por la que se regulen, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando el Empresario fuera persona jurídica, en la que conste de forma integra los Estatutos de la sociedad.
2.3.- Escritura de poder, si se actúa en nombre y representación de otra persona o sociedad, bastanteado por el Secretario General de la Corporación, o por funcionario letrado en quien delegue, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.
2.4.- En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben la proposición, la participación de cada una de ellas, designando por la persona que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión ante el Ayuntamiento.
2.5.- En el caso de Sociedades Civiles deberá acompañarse copia del acta de constitución de la misma, debidamente liquidada, debiendo aportar la documentación fijada en estas bases para todos y cada uno de los miembros de la Sociedad, salvo que la misma se encuentre inscrita en el Registro Mercantil.
3.- Declaración responsable de licitador haciendo constar que no se halla incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el art. 60 del TRLCSP.
Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
4.- Los que acrediten la solvencia económica y técnica en los términos establecidos en el artículo 13º de este pliego, no exigiéndose clasificación del contratista.
5.- Las empresas extranjeras deberán incorporar declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
6.- Documentación relativa a la subcontratación.- La propuesta de subcontratación deberá recoger indicación de la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización, o identificando las mismas en relación con aquellos
subcontratistas que pueda efectuarlo en el momento de presentación de la oferta o en la Comunidad Autónoma correspondiente.
15º.3.- La documentación relativa a la acreditación de la personalidad del empresario y de la representación, en su caso, así como la disponibilidad de la clasificación empresarial, no será necesaria su aportación para aquellas empresas que se encuentren inscritas en el Registro municipal de Contratistas de este Ayuntamiento, sin perjuicio de lo cual lo licitadores incluidos en el Registro de contratista municipal deberán aportar, junto con una copia de la inscripción en el Registro municipal, y en aplicación de lo establecido en el artículo 146 del TRLCSP, declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado aportado no han experimentado variación.
15º.4.- Asimismo se incluirán cualesquiera otros datos que el licitador considere necesarios para justificación de la solvencia técnica y económica de acuerdo con los criterios establecidos a tal efecto en este pliego de condiciones económicas- administrativas y sin que en ningún caso pueda contener referencia a la proposición económica o condiciones del contrato a ejecutar.
15º.5.- Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición.
15º.6.- Xxxxxxx podrá suscribirse ninguna propuesta de unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figuran en más de una unión temporal.
15º.7.- De conformidad con lo establecido en el artículo 146.4 del TRLCSP, alternativamente a la documentación prevista en el apartado 2 de este art. 13º2 acreditativa de la personalidad y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, el licitador podrá presentar una declaración responsable, de acuerdo con el modelo fijado en el Anexo II, comprometiéndose el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, a acreditar ante este Ayuntamiento, con carácter previo a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en este Pliego.
En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
ARTÍCULO 16º.- CRITERIOS DE SELECCIÓN: Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación y en su caso, si se estimase conveniente, para la previa negociación con las empresas en los términos del artículo 178 del TRLCSP, serán los siguientes:
A.- Oferta económica (60 puntos)
La puntuación máxima por este concepto será de 60 puntos.
Para fijar la puntuación de estará a la siguiente fórmula: puntuación = (PB+60)/PL Siendo PB la oferta económica más ventajosa y PL la oferta del licitador que se va a efectuar.
B.- Plazo de entrega (5 puntos)
La puntuación máxima por este concepto será de 5 puntos.
Se valorará la reducción sobre el plazo de entrega máximo establecido en el presente pliego.
Se otorgarán 2,5 puntos por cada semana de reducción del plazo.
C.- Mejoras funcionales y características estéticas (35 puntos).
Se valorará sobre la puntuación máxima de 35 puntos, la memoria técnica de la solución ofertada en la que deberán presentarse planos, memoria de calidades, infografías, fotos y toda aquella documentación que pueda hacer que se defina adecuadamente el suministro ofertado.
Los aspectos a considerar serán de carácter estético, funcional, sostenibilidad, adaptación y adecuación al uso previsto, durabilidad, garantías adicionales, etc.
En caso de igualdad en la mejor puntuación obtenida por alguno de los licitadores de acuerdo con los criterios objetivos relacionados anteriormente, para desempatar se estará a los siguientes criterios de valoración por el orden que orden que se relacionan a continuación:
1º.- Se formulará propuesta de adjudicación a favor del licitador que hubiera presentado la mejor oferta económica.
2º.- En caso de mantenerse la igualdad, se formulará propuesta de adjudicación a favor del licitador que hubiera presentado la mayor reducción en el plazo de entrega del edificio modular.
3º.- De persistir la igualdad, se resolverá por sorteo.
ARTÍCULO 17º.- APERTURA DE PROPOSICIONES:
1º.- Para la adjudicación del presente contrato no se constituirá Mesa de Contratación. Una vez finalizado el plazo de presentación de proposiciones se procederá a la apertura de los sobres, a efectos de la calificación de la documentación presentada y de valoración de la oferta incorporado a la misma, levantándose acta de dicha apertura.
2º.- Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se comunicará mediante fax a los interesados concediéndose el plazo de tres días hábiles
para que los licitadores los corrijan o subsanen. Transcurrido dicho plazo sin que se subsanen los defectos u omisiones se rechazará la proposición, igualmente serán rechazadas todas aquellas ofertas que se estimen que no reúnen los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica para la ejecución del contrato.
3º.- No se considerará subsanable en ningún caso la falta de presentación de la siguiente documentación:
a.- La que acredite la solvencia técnica, sobre la que no se dará plazo para subsanación, salvo que se trate exclusivamente de aportar justificación complementaria de las actuaciones ya aportadas en el sobre de documentación administrativa.
b.- La de constitución de la UTE y el porcentaje de participación en la misma.
c.- La falta total de documentación administrativa que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición.
ARTÍCULO 18º.- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN:
1º.- El órgano de contratación, recibida la documentación y evacuados los informes técnicos correspondientes, clasificará por orden decreciente, las proposiciones presentadas, atendiendo a los criterios de adjudicación señalados en el artículo 16º de este pliego. Dicha relación será notificada mediante Fax al candidato en primer lugar al objeto de que por el mismo se presente la documentación siguiente:
a.- Justificación de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
b.- Justificación del depósito de la garantía definitiva establecida en este pliego de condiciones.
c.- En el caso de haber optado por la presentación de la declaración responsable recogida en el Anexo II de este Pliego, deberá presentar la documentación requerida en el presente Xxxxxx.
d.- Cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme a la proposición presentada.
e.- En caso de ser requerido, se presentarán los necesarios planes en materia de prevención de riesgos laborales tanto de la empresa adjudicataria como de las subcontratadas en caso de haberlas, así como las medidas adecuadas en las labores de seguridad de montaje.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que se hayan quedado clasificadas las ofertas.
3º.- El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los licitadores en los términos establecidos en el artículo 151 del TRLCSP y se publicará simultáneamente en el perfil de contratante.
ARTÍCULO 19º.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO:
1º.- El contrato deberá formalizarse en documento administrativo dentro del plazo máximo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación del contrato, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
2º.- Cuando por causas imputables al contratista no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, el Ayuntamiento acordará la resolución del mismo, exigiendo el abono de la indemnización fijada en el artículo 11º.2º de este pliego, incoando igualmente expediente con destino a la declaración de prohibición de contratar en los términos que se deriven del mismo.
3º.- Si las causas de la no formalización fueren imputables al Ayuntamiento, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.
4º.- Las notificaciones recogidas en el presente artículo se efectuarán mediante correo electrónico o mediante Fax a la dirección de correo o al número de fax indicado por el licitador en su solicitud de participación, y publicación en el perfil del contratante municipal, computándose los plazos para la formalización del contrato administrativo a partir de la fecha en que se hayan cumplido los dos requisitos indicados.
ARTÍCULO 20º.- PENALIDADES ADMINISTRATIVAS.
Si llegado el término del plazo señalado para la entrega, el adjudicatario hubiera incurrido en demora por causa imputable al mismo, la Corporación podrá optar indistintamente por la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, o por la imposición de las penalidades previstas en el artículo 212.4 del TRLCSP.
ARTÍCULO 21º. - RESOLUCION DEL CONTRATO:
1º.- La resolución del contrato se regirá por lo establecido con carácter general en los artículos 223 a 225 del TRLCSP y, específicamente para el contrato de suministros, en los artículos 299 y 300 de dicho TRLCSP, así como en los artículos 109 a 113 y 172 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
2º.- En todo caso en caso de resolución del contrato por causa imputable al contratista se estará a lo dispuesto en el artículo 225.3 del TRLCSP.
ARTÍCULO 22º.- PLAZO DE GARANTIA Y MANTENIMIENTO DE LA OBRA.
1º.- El plazo de garantía de cualquier defecto de fabricación, instalación o montaje que altere las condiciones de uso para las que el edificio modular es suministrado, tales como estanqueidad, estabilidad, instalaciones, etc., será el dos (2) años, a contar de la recepción positiva del edificio modular.
2º.- Durante el plazo de garantía el contratista deberá velar por el adecuado mantenimiento y conservación de la obra, entendiendo por tal la obligación de subsanar cuantos defectos se observen y sean atribuibles a una ejecución defectuosa o inadecuada de la misma, y no al uso ordinario que esta pudiera haber conllevado durante dicho periodo de garantía.
3º.- A tal efecto, en el momento en que sea apreciado por el Ayuntamiento la existencia de algún defecto en la ejecución, este será notificado a la empresa adjudicataria, la cual deberá reponerla, salvo circunstancias de urgencia que exijan su inmediata ejecución, en el plazo máximo de 20 días naturales, transcurridos los cuales sin que se hubiera atendido al requerimiento municipal, el Ayuntamiento podrá subsanar la deficiencia por sus propios medios, o mediante contratista interpuesto, siendo todos los gastos que tal actuación conlleva a cargo y xxxxx del adjudicatario.
4º.- La falta de atención a dos requerimientos de subsanación dará lugar a la tramitación por el Ayuntamiento de expediente con destino a la resolución del contrato, con exigencia al contratista de las responsabilidades que se establezcan en el TRLCSP, así como la imposición de prohibición de contratar con el Ayuntamiento por periodo de dos años.
ARTÍCULO 23º.- REGIMEN JURIDICO:
En lo no previsto expresamente en el presente pliego de cláusulas, se estará a lo dispuesto en el
R.D. Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), R.D. 1098/2001, de 12 de Octubre, Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en lo que no se oponga al TRLCSP, Real Decreto 817/2009, Ley 7/85 de 2 xx xxxxx y R. D. Legislativo 781/86, de 18 xx xxxxx.
ARTÍCULO 24º.- JURISDICCION COMPETENTE:
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación modificación, resolución y efectos de los contratos, serán resueltas por los Órganos de Contratación, cuyas resoluciones agotarán la vía administrativa y abrirán la vía Contencioso-Administrativo, a tenor de la Ley de dicha Jurisdicción.
Torrelavega, a 22 de enero de 2015. LA ALCALDESA-PRESIDENTA,
Fdo.: Xxxxx Xxxx Xxxxxx.
ANEXO I: MODELO DE PROPOSICIÓN
D/Xx……………………………............................, con domicilio en
……………………………................., documento de identificación número
………………………............, actuando en nombre propio (o en representación de
................................................................ conforme acredita con Poder Bastanteado), dirección de correo electrónico y/o número de Fax a efectos de notificaciones previstas en el Pliego de Condiciones económico-administrativas:
……………………………………., manifiesta lo siguiente:
1º.- Que está enterado del expediente tramitado por el Ayuntamiento de Torrelavega, para la contratación, mediante procedimiento negociado sin publicidad, el:
“SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UN EDIFICIO MODULAR DESTINADO PARA LA OFICINA DE TURISMO DEL AYUNTAMIENTO DE TORRELAVEGA”.
2º.- Que ha examinado los Pliegos de Cláusulas Económico-Administrativas y Prescripciones Técnicas particulares.
3º.- Que encuentra de conformidad y acepta íntegramente. 4º.- Que se compromete a cumplir el contrato de:
“SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UN EDIFICIO MODULAR DESTINADO PARA LA OFICINA DE TURISMO DEL AYUNTAMIENTO DE TORRELAVEGA”.
En las condiciones siguientes:
A.- OFERTA ECONÓMICA:
Importe (en letra y número) €
IVA (en letra y número) €
TOTAL (en letra y número) €
B.- PLAZO DE ENTREGA: ……………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………….
C.- MEJORAS FUNCIONALES Y CARACTERÍSTICAS ESTÉTICAS:
Documentación | SÍ / NO (Indíquese si se adjunta o no) |
Memoria técnica y de calidades | |
Planos | |
Infografías | |
Fotos | |
Otra documentación (relacionar en la columna de la derecha) |
En …………………………….., a …………, de …………………, de …………..
Fdo.: ………………………………
XXXXX XX: MODELO DECLARACION RESPONSABLE.
D/Xx……………………………............................, con domicilio en
……………………………................., documento de identificación número
………………………............, actuando en nombre propio (o en representación de
................................................................ conforme acredita con Poder Bastanteado), dirección de correo electrónico y/o número de Fax a efectos de notificaciones previstas en el Pliego de Condiciones económico-administrativas:
……………………………………., manifiesta lo siguiente:
MANIFIESTA:
Que está enterado del expediente tramitado por el Ayuntamiento de Torrelavega, para la contratación mediante procedimiento negociado sin publicidad, el:
“SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UN EDIFICIO MODULAR DESTINADO PARA LA OFICINA DE TURISMO DEL AYUNTAMIENTO DE TORRELAVEGA”.
Que encontrándose conforme con los pliegos de condiciones y aceptando íntegramente el contenido de los mismos, manifiesta su deseo de participar en la licitación indicada; y de conformidad con el artículo 15º;
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD, que cumple con las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, y se encuentra en posesión de la documentación administrativa exigida en este Pliego.
Y SE COMPROMETE A PRESENTAR ante el órgano de contratación en el plazo que éste fije en el requerimiento que efectúe al efecto y con anterioridad a la adjudicación del contrato, toda la documentación exigida en el Pliego que rige este contrato, cuya posesión y validez declara disponer en esta fecha.
En …………………………….., a …………, de …………………, de …………..
Fdo.: ………………………………