CONVOCATORIA DE LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE LOS TRATADOS (DIFERENCIADA UNO) ELECTRÓNICA
N° LA-000XXX000-E 2013-2017 (LPI- DX000-001-2017)
CONVOCATORIA DE LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE LOS TRATADOS (DIFERENCIADA UNO) ELECTRÓNICA
N° LA-000XXX000-E 2013-2017 (LPI- DX000-001-2017)
“TRANSFORMADORES DE POTENCIA”
MODELO APROBADO POR EL COMITÉ CENTRAL DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE CFE, MEDIANTE ACUERDO No. RO-SA-4433/2013, DE LA REUNIÓN ORDINARIA 684 DEL 12 DE JULIO DE 2013.
Nota:
Guía para el llenado de la convocatoria:
1.- En la portada, para la versión definitiva, eliminar el texto “MODELO INSTITUCIONAL”, y el texto “MODELO APROBADO POR EL COMITÉ CENTRAL DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE CFE, MEDIANTE ACUERDO No. RO-SA- 4433/2013, DE LA REUNIÓN ORDINARIA DEL 12 DE JULIO DE 2013”;
2.- Todos los textos sombreados se deberán llenar con los datos solicitados y se elimina lo sombreado.
3.- Todas las “Notas:” una vez atendida la indicación, eliminarlas.
4.- Los textos que contienen los puntos de este modelo, adecuarlos al caso específico de que se trate, en caso de que no sea necesario un punto, eliminar el texto dejando el titulo de dicho punto e incorporarle la leyenda “NO APLICA”, con la finalidad de que no se modifique la numeración.
Í N D l C E
I. DATOS GENERALES.
1. ENTIDAD CONVOCANTE.
2. DEL MEDIO Y CARÁCTER DE LA LICITACIÓN.
3. NÚMERO DE LA CONVOCATORIA.
4. EJERCICIO FISCAL DE LA CONTRATACIÓN.
5. IDIOMA EN QUE SE PRESENTARÁN LAS PROPOSICIONES.
6. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA.
7. REGISTRO DE IMPORTADOR. NO APLICA
8. TESTIGOS SOCIALES. NO APLICA
9. DECLARACIÓN CON FALSEDAD Y COMBATE AL COHECHO.
II. OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN.
10. IDENTIFICACIÓN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS.
11. DETERMINACIÓN DE PARTIDAS.
12. PRECIO MÁXIMO DE REFERENCIA. NO APLICA
13. NORMAS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS BIENES Y/O SERVICIOS.
14. VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES.
15. TIPO DE CONTRATO.
16. ADJUDICACIÓN A UN LICITANTE O ABASTECIMIENTO SIMULTÁNEO.
17. MODELO DE CONTRATO.
III. FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS ACTOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA.
18. REDUCCIÓN DE PLAZOS.
19. CALENDARIO DE EVENTOS.
20. REVISIÓN DEL PROYECTO DE CONVOCATORIA.
21. PROHIBICIÓN DE RETIRAR LAS PROPOSICIONES O DEJARLAS SIN EFECTO.
22. REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES CONJUNTAS.
23. PROPOSICIONES QUE SE PUEDEN PRESENTAR.
24. DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LA PROPOSICIÓN.
25. ACREDITACIÓN DE EXISTENCIA LEGAL Y PERSONALIDAD JURÍDICA.
26. RÚBRICA DE DOCUMENTOS EN EL ACTO DE PRESENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES. NO APLICA
27. MODIFICACIÓN A LOS ASPECTOS ESTABLECIDOS EN LA CONVOCATORIA.
28. JUNTA DE ACLARACIONES.
29. ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
30. SUSPENSIÓN DE LA LICITACIÓN.
31. CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN.
32. DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA.
33. INDICACIONES RELATIVAS AL FALLO Y FIRMA DEL CONTRATO.
IV. REQUISITOS QUE LOS LICITANTES DEBEN CUMPLIR.
34. CONFORMACION DE LA PROPOSICION.
35. ENTREGA DE LOS BIENES Y/O PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
36. FINANCIAMIENTO.
37. CONDICIÓN DE LOS PRECIOS.
38. MONEDA EN QUE SE EXPRESARÁ LA PROPOSICIÓN.
39. PROGRAMA DE APOYO A PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO: PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS CFE-NAFIN.
40. MODIFICACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
41. ALCANCE DE SUMINISTRO DE REPUESTOS.
42. MANIFESTACIÓN DE VIDA ÚTIL DE LOS BIENES.
43. COPIA DE LA CONSTANCIA DE CALIFICACIÓN DE PROVEEDOR APROBADO.
44. DIBUJOS O INFORMACIÓN TÉCNICA.
45. PERIODO DE VIGENCIA DE LA PROPOSICIÓN.
46. COMUNICACIÓN CON LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD.
47. UTILIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS E INFORMACIÓN DE ESTA CONVOCATORIA.
48. DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL, DERECHOS DE AUTOR U OTROS DERECHOS EXCLUSIVOS.
49. PRESENTACIÓN, FORMATO Y FIRMA DE LA PROPOSICIÓN.
50. CAUSAS DE DESECHAMIENTO DE LAS PROPOSICIONES.
V. CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
51. CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN.
52. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN.
VI. DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES.
53. DOCUMENTOS Y DATOS DE LOS LICITANTES (nacionales y extranjeros).
54. PARA LICITANTES EXTRANJEROS.
55. LICITANTE GANADOR.
VII. INCONFORMIDADES.
VIII. FORMATOS QUE FACILITEN Y AGILICEN LA PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
56. FORMATOS QUE FACILITEN LA PRESENTACIÓN DE LA PROPOSICIÓN.
57. MANIFESTACIÓN DE LOS LICITANTES RESPECTO DE LOS BIENES QUE OFERTEN SON PRODUCIDOS EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
58. MANIFESTACIÓN DE LOS LICITANTES RESPECTO DE LOS BIENES QUE OFERTEN, SON ORIGINARIOS DE MÉXICO Y CUMPLEN CON LAS REGLAS DE ORIGEN.
59. MANIFESTACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE QUE LOS BIENES IMPORTADOS CUMPLEN CON LAS REGLAS DE ORIGEN, ESTABLECIDAS EN EL CAPÍTULO DE COMPRAS DE LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO.
60. DECLARACIÓN DE LOS LICITANTES EN RELACIÓN A QUE LOS PRECIOS QUE SE OFERTEN NO SE COTIZAN EN CONDICIONES DE PRÁCTICAS DESLEALES.
61. MANIFESTACIÓN DE LOS LICITANTES DE SER DE NACIONALIDAD MEXICANA O DE ALGÚN PAÍS QUE ES PARTE DE UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO.
TERMINOLOGÍA
ANEXOS
1. LISTA DE BIENES Y/O SERVICIOS E INFORMACIÓN ESPECÍFICA.
2. NOTA INFORMATIVA PARA PARTICIPANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICOS (OCDE).
3. LINEAMIENTOS DE FINANCIAMIENTO PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES, Y LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y ARRENDAMIENTOS. DE NOVIEMBRE DE 2010.
4. MODELO DE CONTRATO.
5. ACREDITACIÓN DE EXISTENCIA LEGAL Y PERSONALIDAD JURÍDICA.
6. REQUISITOS A QUE ESTARÁN SUJETAS LAS EMPRESAS Y LOS BIENES.
7. ESCRITO PARA PARTICIPAR EN JUNTA DE ACLARACIONES.
8. CÁLCULO DEL CONTENIDO NACIONAL DE LOS BIENES ENTREGADOS.
9. LISTA DE PRECIOS DE LOS BIENES PARA LICITANTES NACIONALES.
10. LISTA DE PRECIOS DE LOS BIENES PARA LICITANTES EXTRANJEROS.
11. DESGLOSE DE LOS IMPUESTOS Y DERECHOS DE IMPORTACIÓN PARA LICITANTES EXTRANJEROS.
12. FÓRMULA PARA AJUSTE DE PRECIOS.
13. PROCEDIMIENTO PARA EL TRÁMITE DE AJUSTE DE PRECIOS.
14. SOLICITUD DE AJUSTE DE PRECIOS.
15. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPOSICIÓN.
16. CUESTIONARIO DE INFORMACIÓN GENERAL RESUMIDA.
17. DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE IMPEDIMENTOS LEGALES.
18. DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD.
19. CARTA COMPROMISO Y CONVENIO CORRESPONDIENTE PARA PROPOSICIÓN CONJUNTA.
20. ESCRITO DE FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETERSE EN LA LICITACIÓN.
21. DECLARACIÓN DE CONOCIMIENTO Y CUMPLIMIENTO DE DOCUMENTOS DE LA CONVOCATORIA.
22. DECLARACIÓN DE ACEPTACIÓN DE PARTICIPACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS.
23. DECLARACIÓN DE TIPO DE EMPRESA.
24. CARTA DE ACEPTACIÓN DE LEGISLACIÓN APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES (SÓLO PARA LOS LICITANTES EXTRANJEROS).
25. FORMATO DE LA MANIFESTACIÓN ESCRITA DE LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE EL LICITANTE ADJUDICADO DEBERÁ ENTREGAR PREVIO A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
26. PROGRAMA DE ENTREGAS VALORIZADO.
27. MANIFESTACIÓN DE LOS LICITANTES RESPECTO DE LOS BIENES QUE OFERTEN SON PRODUCIDOS EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
28. MANIFESTACIÓN DE LOS LICITANTES RESPECTO DE LOS BIENES QUE OFERTEN, SON ORGINARIOS DE MEXICO Y CUMPLEN CON LA REGLA DE ORIGEN.
29. MANIFESTACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE QUE LOS BIENES IMPORTADOS CUMPLEN CON LAS REGLAS DE ORIGEN ESTABLECIDAS EN EL CAPÍTULO DE COMPRAS DE LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO.
30. DECLARACIÓN DE LOS LICITANTES EN RELACIÓN A QUE PRECIOS QUE SE OFERTEN NO SE COTIZAN EN CONDICIONES DE PRÁCTICAS DESLEALES DE COMERCIO INTERNACIONAL.
31. MANIFESTACION DE SER LICITANTE DE NACIONALIDAD MEXICANA O DE NACIONALIDAD DE ALGÚN PAIS QUE ES PARTE DE UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO, PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS.
32. NORMAS OFICIALES MEXICANAS, NORMAS MEXICANAS Y A FALTA DE ÉSTAS, LAS NORMAS INTERNACIONALES.
33. NORMAS DE REFERENCIA Y ESPECIFICACIONES CFE.
34. PROCEDIMIENTO TÉCNICO PARA REALIZAR LA INSPECCIÓN Y ACEPTACIÓN DE BIENES.
35. CARTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES PATRONALES (Anexo K)
36. ESCRITO DE ANUENCIA PARA QUE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD Y SUS EMPRESAS PRODUCTIVAS SUBSIDIARIAS SOLICITEN CUALQUIER INFORMACIÓN NECESARIA PARA COMPROBAR LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LO DISPUESTO EN EL ART. 85 FRACCIÓN II, INCISO C) DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD ANTE EL SAT, IMSS, INFONAVIT Y STPS.
37. CARTA DE DISTRIBUIDOR AUTORIZADO.
38. ANEXO DE REQUISITOS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL PARA PROVEEDORES EXTERNOS Y CONTRATISTAS
Nota: Los anexos 32 al 34 deberán consultarse de conformidad a las indicaciones en los puntos 13 y 53.2 de esta convocatoria.
ESTA CONVOCATORIA Y SUS ANEXOS CONSTAN DE 161 HOJAS
I. DATOS GENERALES.
1. ENTIDAD CONVOCANTE.
Comisión Federal de Electricidad, a través del Departamento Divisional de Abastecimientos División de Distribución Jalisco, con domicilio en Xxxxxxx 00 xx Xxxxxxxxxx Xx. 000 xxxxxx xxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, X.X. 44100 Guadalajara, Jalisco, con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) y su Reglamento, y con apego a las “Reglas para la Celebración de Licitaciones Públicas Internacionales Bajo la Cobertura de los Tratados de Libre Comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de diciembre de 2010, convoca a los interesados en participar en la licitación pública internacional electrónica bajo la cobertura de los capítulos de compras del sector público de los tratados de Libre Comercio de América del Norte, Colombia, Xxxxxx Xxxxx Rica, El Xxxxxxxx, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Unión Europea y Asociación Europea de Libre Comercio, Japón, suscritos por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, debido a que no existe reserva permanente en dichos Tratados, para la adquisición de TRANSFORMADORES DE POTENCIA con destino a Departamento Divisional de Subestaciones.
Esta licitación se ha reservado de las disposiciones de los tratados de libre comercio de: (Chile).
2. DEL MEDIO Y CARÁCTER DE LA LICITACIÓN.
2.1. La presente licitación pública es por medio electrónico, en la cual exclusivamente se permitirá la participación de los licitantes a través de CompraNet, utilizando medios de identificación electrónica.
2.2. No obstante que la presente licitación es por medio electrónico, cualquier interesado podrá asistir a los actos del procedimiento de licitación como observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos. Los actos se efectuarán en el siguiente domicilio Departamento Divisional de Abastecimientos División de Distribución Jalisco, con domicilio en Xxxxxxx 00 xx Xxxxxxxxxx Xx. 000 xxxxxx xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, X.X. 44100 Guadalajara, Jalisco. No aplica.
2.3. Esta licitación pública es de carácter Internacional, en apego a las “Reglas para la Celebración de Licitaciones Públicas Internacionales Bajo la Cobertura de los Tratados de Libre Comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicadas en el DOF el 28 de diciembre de 2010, en esta licitación sólo podrán participar las personas físicas x xxxxxxx establecidas tanto en el País como en el
extranjero y los bienes por adquirir o servicios por contratar, sean de origen nacional o de países con los que el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos tenga celebrado algún tratado de libre comercio con título o capítulo de compras del sector público.
3. NÚMERO DE LA CONVOCATORIA.
Esta convocatoria a la licitación pública tiene asignado en CompraNet el NO. LA- 018TOQ022-E1868-2017 (LPI-DX000-001/2017).
4. EJERCICIO FISCAL DE LA CONTRATACIÓN.
• El contrato que derive de esta licitación se pagará con recursos de la Comisión Federal de Electricidad del presupuesto Obras del ejercicio 2017.
5. IDIOMA EN QUE SE PRESENTARÁN LAS PROPOSICIONES.
La proposición que presente el licitante, la correspondencia y documentos relativos a ella que envíen a través de CompraNet a la convocante y el contrato derivado de la licitación, deberán redactarse en español. Cualquier otro material impreso, como folletos y anexos técnicos, catálogos y publicaciones que proporcione el licitante respecto de los bienes y/o servicios ofertados, objeto de la licitación, podrá estar redactado, en idioma inglés acompañados de la traducción simple al español.
6. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA.
El área requirente cuenta con la autorización y disponibilidad presupuestaria correspondiente.
7. REGISTRO DE IMPORTADOR. NO APLICA
La convocante no proporcionará, al licitante extranjero ganador, su número de registro de importador para realizar los trámites de importación y no le otorgará recurso económico alguno para la internación de los bienes al País.
8. TESTIGOS SOCIALES. NO APLICA
Se hace saber a todos los licitantes que en este procedimiento participa el C… ,
Testigo Social designado por la autoridad competente, de conformidad con los artículos 26 Ter, fracción II de la LAASSP y 63 de su Reglamento.
El testigo social tendrá derecho a voz, a quien la convocante deberá proporcionar todas las facilidades y documentación que solicite.
Asimismo, podrá participar en la revisión del proyecto de convocatoria y de la convocatoria a la licitación pública, visita al sitio en donde se instalarán los bienes o en el que se prestarán los servicios, juntas de aclaraciones, acto de presentación y apertura de proposiciones, reuniones durante la evaluación de las proposiciones y revisión del proyecto de fallo, acto de fallo, formalización del contrato, reuniones de trabajo relacionadas con el procedimiento
de contratación y cualquier otro que se realice durante el procedimiento de contratación en el que sea necesaria su participación.
9. DECLARACIÓN CON FALSEDAD Y COMBATE AL COHECHO.
Se hace saber a los licitantes que en caso de declarar con falsedad o infringir de alguna forma la LAASSP, se harán acreedores a sanciones económicas por el equivalente a la cantidad de cincuenta hasta mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal elevado al mes, en la fecha de la infracción, además de la inhabilitación temporal para participar en procedimientos de contratación y celebrar contratos con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal de 3 meses hasta 5 años, de conformidad con los artículos 59 y 60 de la citada LAASSP.
México, como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y firmante de la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales (Convención Anticorrupción), ha adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado, y por ello se ha comprometido a difundir sus lineamientos y asegurar que tanto el sector público como el privado, conozcan los lineamientos de la Convención, anexo (2) de esta convocatoria.
Asimismo, los licitantes aceptan conocer las sanciones previstas en la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, por infracciones a la misma.
II. OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN.
10. IDENTIFICACIÓN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS.
Los Servicios serán contratados de acuerdo a los requerimientos, especificaciones técnicas, términos de referencia, entregables y demás conceptos descritos en el anexo (1) de esta convocatoria.
La convocante por ningún motivo aceptará bienes usados o reconstruidos.
11. DETERMINACIÓN DE PARTIDAS.
La asignación de este servicio se hará en base a partidas completas de conformidad con el
anexo (1) de esta convocatoria.
12. PRECIO MÁXIMO DE REFERENCIA. NO APLICA
El precio máximo de referencia a partir del cual los licitantes ofrecerán porcentajes de descuento es de: ………
13. NORMAS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS BIENES Y/O SERVICIOS.
Los licitantes, bienes y/o servicios deberán cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas, Normas Internacionales, Normas de Referencia y/o las Especificaciones de CFE establecidas en el anexo (1) y la acreditación de su cumplimiento se realizará conforme al punto 53.2 de esta convocatoria.
La edición aplicable de las normas y especificaciones será la vigente en la fecha de publicación de la convocatoria, localizables en las siguientes direcciones electrónicas:
xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx-xxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxx- normatividad/normalizacion/catalogo-mexicano-de-normas
xxxx://xxxxx.xxx.xxx.xx/xxxxxx/ xxxx://xxxx.xxxxxx.xxx/xxxxx/xxxxxxxxxxxx/Xxxxxxxxx/XX-X0000-000.xxx
Además, los licitantes deberán cumplir con los Lineamientos de Financiamiento para la Adquisición de Bienes, y la Contratación de Servicios y Arrendamientos, de noviembre de 2010, anexo (3).
• Se deberán marcar los bienes con el Logotipo CFE Distribución, las siglas o la leyenda de propiedad de la convocante impresas de manera permanente y en lugar visible, de acuerdo con lo indicado en la Especificación Técnica No. … referida en el anexo (1). No aplica.
14. VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES.
El método que se utilizará para realizar las pruebas que permitan verificar el cumplimiento de las especificaciones, el resultado mínimo que debe obtenerse y la unidad administrativa que las realizará, se indica en el anexo (1).
15. TIPO DE CONTRATO.
• Los bienes y/o servicios objeto de esta licitación serán adquiridos bajo cantidades previamente definidas, conforme a lo establecido en el artículo 47 de la LAASSP y en el artículo 85 de su Reglamento, de acuerdo con lo señalado en el anexo (1).
16. ADJUDICACIÓN A UN LICITANTE O ABASTECIMIENTO SIMULTÁNEO.
16.1. La totalidad de los bienes y/o servicios o de cada partida o conceptos de los mismos serán adjudicados a un sólo licitante, de conformidad con lo establecido en el anexo (1).
16.2. La convocante distribuirá mediante el procedimiento de abastecimiento simultáneo (a dos o más proveedores), siempre que la diferencia en precio no sea superior al
...% respecto de la proposición solvente más baja, de acuerdo con los siguientes criterios, conforme a lo establecido en el artículo 39 de la LAASSP: NO APLICA
16.2.1 Número xx xxxxxxx de abastecimiento (proveedores) requeridas;
16.2.2 Los porcentajes que se asignarán a cada una de las fuentes, será como sigue:
i. Proposición solvente más baja a adjudicar:…%;
ii. Siguiente proposición solvente más baja a adjudicar:…%;
iii. Siguiente proposición solvente más baja a adjudicar:…%.
Si alguna cantidad queda pendiente de asignación, se podrá adjudicar al proveedor seleccionado en primer lugar, o bien se declarará desierta en cuyo caso se procederá a efectuar otro procedimiento de contratación sólo por dicha cantidad.
17. MODELO DE CONTRATO.
El modelo de contrato se encuentra en el anexo (4) y forma parte de esta convocatoria. En este sentido el licitante interesado deberá consultar el modelo de contrato en el cual se establecen, entre otras, las condiciones de pago, si se otorgará o no anticipo, el plazo de entrega de los bienes o de prestación de servicios, el porcentaje y forma de garantía, la garantía de anticipo, pago mediante transferencia o depósito bancario, penas convencionales y deducciones, en su caso.
III. FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS ACTOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA
18. REDUCCIÓN DE PLAZOS.
Para esta licitación se cuenta con la justificación y autorización para la reducción de plazos, misma que es de 18 días naturales.
19. CALENDARIO DE EVENTOS.
ACTO | FECHA | HORA |
Junta de Aclaraciones | 20-Abril-2017 9:00 hrs. | Depto. De Abastecimientos Av. 00 xx Xxxxxxxxxx Xx. 000 xxxxxx xxxx, Xxxxxxxxxxx, Xxx. |
Visita a las instalaciones | No aplica | |
Acto de presentación y apertura de proposiciones | 28-Abril-2017 9:00 hrs. | Depto. De Abastecimientos Av. 00 xx Xxxxxxxxxx Xx. 000 xxxxxx xxxx, Xxxxxxxxxxx, Xxx. |
Junta pública para dar a conocer el fallo | 09-Mayo-2017 9:00 hrs. | Depto. De Abastecimientos Av. 00 xx Xxxxxxxxxx Xx. 000 xxxxxx xxxx, Xxxxxxxxxxx, Xxx. |
Firma del Contrato | Dentro de los 15 días naturales posteriores al acto de fallo |
20. REVISIÓN DEL PROYECTO DE CONVOCATORIA
La convocante, previamente a la publicación de la convocatoria, invitó a los interesados a participar en la revisión del proyecto de convocatoria de esta licitación; la invitación se publicó en el portal de CFE y en CompraNet cuya dirección electrónica es: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, dicha revisión se llevara a cabo el día 13 de Febrero de 2017.
21. PROHIBICIÓN DE RETIRAR LAS PROPOSICIONES O DEJARLAS SIN EFECTO.
Recibidas las proposiciones por la convocante en la fecha y hora establecida éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento de licitación hasta su conclusión.
22. REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES CONJUNTAS.
Dos o más personas podrán presentar conjuntamente una proposición sin necesidad de constituir una sociedad, cumpliendo con los siguientes requisitos:
22.1. Cualquiera de los integrantes de la agrupación, podrá presentar el escrito mediante el cual manifieste su interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación;
22.2. Las personas que integran la agrupación deberán celebrar en los términos de la legislación aplicable el convenio de proposición conjunta, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:
22.2.1 Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, señalando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx y, de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;
22.2.2 Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas, señalando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;
22.2.3 Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la proposición y con el procedimiento de licitación pública, quien, además, deberá suscribir la proposición por medio de firma electrónica autorizada por la autoridad competente;
22.2.4 Descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones; y
22.2.5 Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes, ya sea en forma solidaria o mancomunada, según se convenga, para efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo.
22.3. Los licitantes que decidan agruparse para presentar una proposición conjunta, deberán presentar en forma individual los siguientes escritos:
22.3.1 La declaración prevista en la fracción VIII del artículo 29 de la LAASSP, relativa a no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 de la misma;
22.3.2 La declaración de integridad a que hace referencia la fracción IX del artículo 29 de la Ley;
22.3.3 El que contenga la manifestación prevista en el artículo 35 del Reglamento; (escrito en el que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad, que es de nacionalidad mexicana y, en el caso de adquisición de bienes, además manifestará que los bienes que oferta y entregará, serán producidos en México y contarán con el porcentaje de contenido nacional correspondiente);
22.3.4 El que contenga la manifestación a que hace referencia el segundo párrafo del artículo 37 del Reglamento, y (manifestar, bajo protesta de decir verdad, que los precios que se presentan en su propuesta económica no se cotizan en condiciones de prácticas desleales de comercio internacional en su modalidad de discriminación de precios o subsidios);
22.3.5 En su caso, el documento expedido por autoridad competente o el escrito a que se refiere el artículo 34 del Reglamento. (Copia del documento expedido por autoridad competente que determine su estratificación como micro, pequeña o mediana empresa, o bien, un escrito en el cual manifiesten bajo protesta de decir verdad, que cuentan con ese carácter, utilizando para tal fin el formato que al efecto proporcione la convocante).
NOTA: En caso de que no se acepten proposiciones conjuntas, se requerirá la autorización escrita del titular del área requirente, en la cual deberán precisarse las razones para ello.
23. PROPOSICIONES QUE SE PUEDEN PRESENTAR.
Los licitantes sólo podrán presentar una proposición para esta licitación y sufragarán todos los costos relacionados con la preparación y elaboración de su proposición y la convocante no asumirá en ningún caso dichos costos, cualquiera que sea la forma en que se realice la licitación o el resultado de ésta, salvo en los casos previstos en la LAASSP.
24. DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LA PROPOSICIÓN.
La documentación distinta a la proposición podrá depositarse, a elección del licitante, en la parte técnica o económica de CompraNet.
25. ACREDITACIÓN DE EXISTENCIA LEGAL Y PERSONALIDAD JURÍDICA.
El escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada podrá presentarse simultáneamente con la proposición, dentro del mismo sobre o fuera de él a elección del licitante.
25.1. El escrito que exhiban los licitantes (personas físicas x xxxxxxx), así como cada una de las personas que presenten proposición conjunta contendrá los siguientes datos:
25.1.1 Del licitante: Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre y domicilio (calle y número, colonia, código postal, delegación o municipio, entidad federativa, teléfono, fax y correo electrónico), así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas en su caso, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx así como el nombre de los socios, y;
25.1.2 Del representante legal del licitante: Datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir la proposición.
Este escrito podrá presentarse en el formato que se indica en el anexo (5).
25.2. Los licitantes extranjeros (personas físicas x xxxxxxx), así como cada una de las personas que presenten proposición conjunta, podrán exhibir un escrito, con los mismos datos a que se refiere en el punto 25.1 o con los datos equivalentes considerando las disposiciones aplicables en el país de que se trate.
Este escrito podrá presentarse en el formato, que se indica en el anexo (5).
26. RÚBRICA DE DOCUMENTOS EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES. NO APLICA.
Los servidores públicos designados por las áreas requirente y contratante, y en su caso, el designado por el Auditoria Interna y el Testigo Social rubricarán las partes de las proposiciones (indicar las partes de la propuesta técnica y económica que deberán ser rubricadas) presentadas por los licitantes.
El acta del acto de presentación y apertura de proposiciones será firmada por los participantes que hubieren asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a la misma y de la cual se notificará a los licitantes a través de CompraNet.
27. MODIFICACIÓN A LOS ASPECTOS ESTABLECIDOS EN LA CONVOCATORIA.
La convocante podrá modificar, mediante enmienda, los aspectos establecidos en la convocatoria de la licitación por razones plenamente justificadas, hasta inclusive el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, lo cual se debe difundir en CompraNet a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúe la modificación, de acuerdo al artículo 33 de la LAASSP.
Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.
Las modificaciones mencionadas en ningún caso, podrán consistir en la sustitución de los bienes o servicios convocados originalmente, adición de otros distintos rubros o variación significativa de sus características.
28. JUNTA DE ACLARACIONES.
28.1. La o las juntas de aclaraciones sólo se realizarán a través de CompraNet en la fecha y hora indicadas en el punto 19 de la convocatoria.
28.2. Solamente podrán formular solicitudes de aclaración a los aspectos contenidos en esta convocatoria, las personas que presenten un escrito a través de CompraNet en el que expresen su interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación, por si o en representación de un tercero, manifestando sus datos generales y, en su caso, los de su representado, anexo (7); en caso de proposiciones conjuntas, cualquiera de los integrantes de la agrupación, podrá presentar el mencionado escrito.
28.3. De no haber presentado el escrito a que se refiere el párrafo anterior, la convocante no atenderá las solicitudes de aclaración que en su caso presenten a través de CompraNet.
28.4. Las solicitudes de aclaración se presentarán por escrito, a través de CompraNet, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones. Cuando el escrito se presente fuera de dicho plazo, el licitante sólo tendrá derecho a formular preguntas sobre las respuestas que dé la convocante.
28.5. Con la finalidad de facilitar el proceso de revisión y respuestas a las solicitudes de aclaración, en su caso, dichas solicitudes de aclaración se agruparán por temas técnicos y administrativos para su análisis y respuesta. Los licitantes acompañarán a la solicitud correspondiente una versión electrónica de la misma, utilizando como mínimo, el procesador de textos Word para Windows de la plataforma Office 2003.
28.6. La convocante podrá optar por dar contestación a las solicitudes de aclaración, de manera individual o conjunta tratándose de aquéllas que hubiera agrupado por corresponder a un mismo punto o apartado de la convocatoria.
28.7. La convocante tomará como hora de recepción de las solicitudes de aclaración del licitante, la hora que registre en CompraNet al momento de su envío.
28.8. A partir de la hora y fecha señaladas en la convocatoria para la celebración de la junta de aclaraciones, el servidor público que la presida, con la asistencia del representante del área técnica o requirente y, en su caso, con la presencia del Testigo Social y del representante del Auditoria Interna, procederá a enviar, a través de CompraNet, las respuestas a las solicitudes de aclaración.
28.9. Cuando en razón del número de solicitudes de aclaración recibidas o algún otro factor no imputable a la convocante y que sea acreditable, el servidor público que presida la junta de aclaraciones, informará a los licitantes si las contestaciones serán enviadas en ese momento o si se suspenderá la sesión para reanudarla en hora o fecha posterior a efecto de que las respuestas sean remitidas.
28.10. Con el envío de las respuestas a que se refiere el párrafo anterior la convocante informará a los licitantes, atendiendo al número de solicitudes de aclaración contestadas, el plazo que éstos tendrán para formular las preguntas que consideren necesarias en relación con las respuestas remitidas.
28.11. Dicho plazo será de (señalar el número de horas tomando en consideración que el plazo no podrá ser inferior a seis ni superior a cuarenta y ocho horas) horas. Una vez recibidas las preguntas, la convocante informará a los licitantes el plazo máximo en el que enviará las contestaciones correspondientes.
28.12. La convocante estará obligada a dar contestación, en forma clara y precisa, tanto a las solicitudes de aclaración como a las preguntas que los licitantes formulen respecto de las respuestas dadas por la convocante en la junta de aclaraciones.
28.13. Las solicitudes de aclaración deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en esta convocatoria, indicando el punto específico o del anexo con el cual se relaciona. Las solicitudes de aclaración que no cumplan con estos requisitos, podrán ser desechadas.
28.14. Las solicitudes de aclaración que sean recibidas con posterioridad al plazo previsto en el Artículo 33 Bis de la LAASSP, no serán contestadas por la convocante por resultar extemporáneas, debiéndose integrar al expediente respectivo, en caso de que algún licitante presente nuevas solicitudes de aclaración en la junta correspondiente las deberá entregar por escrito a través de CompraNet, la convocante las recibirá, pero no les dará respuesta. En ambos supuestos, si el servidor público que presida la junta de aclaraciones considera necesario citar a una
ulterior junta, la convocante deberá tomar en cuenta dichas solicitudes para responderlas.
28.15. De la o las juntas de aclaraciones se levantará el acta respectiva, haciendo constar los siguientes datos: los participantes, las solicitudes de aclaración, las respuestas y los comentarios formulados durante su desarrollo. El acta será firmada por los servidores públicos de las áreas contratante y requirente presentes en el acto, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a la misma y se difundirá un ejemplar de dicha acta a través de CompraNet, para efectos de su notificación a los licitantes, en sustitución de la notificación personal.
28.16. Si derivado de la o las juntas de aclaraciones se determina posponer la fecha de celebración del acto de presentación y apertura de proposiciones, la modificación respectiva a la convocatoria a la licitación pública deberá publicarse en CompraNet, en este caso, el diferimiento deberá considerar la existencia de un plazo de al menos seis días naturales desde el momento en que concluya la junta de aclaraciones hasta el momento del acto de presentación y apertura de proposiciones.
28.17. De conformidad con el Artículo 37 Bis de la LAASSP, al finalizar el acto se difundirá un ejemplar del acta, en CompraNet, procedimiento que sustituye a la notificación personal. Asimismo, un ejemplar del acta se pondrá a disposición en Oficina de Compras Divisional sita en Av. 00 xx Xxxxxxxxxx 000 Xxxxxxx Xxxxxx X.X. 44100 Guadalajara, Jalisco; por un término no menor a cinco días hábiles.
29. ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
29.1. El representante de la convocante realizará la apertura de proposiciones por medio de CompraNet, en la fecha y hora señaladas en el punto 19.
29.2. A partir de la hora señalada para el inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones, el servidor público que lo presida no deberá permitir el acceso a ningún observador, o servidor público ajeno al acto, ni la entrega de documentos después de la hora indicada.
29.3. El envío de las proposiciones deberán hacerlo a través de CompraNet, quedando bajo la responsabilidad de los licitantes realizar su registro para hacer uso de CompraNet 5.0.
29.4. En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, por causas ajenas a la convocante, no sea posible iniciar o continuar con el acto de presentación y apertura de proposiciones, el mismo se podrá suspender hasta en tanto se restablezcan las condiciones para su inicio o reanudación; a tal efecto la convocante difundirá en CompraNet la fecha y hora en la que iniciará o reanudará el acto.
29.5. La SFP podrá verificar en cualquier momento que, durante el lapso de interrupción, no se haya suscitado alguna modificación a las proposiciones que obren en poder de la convocante.
29.6. Iniciado el acto de presentación y apertura de proposiciones se registrará a los asistentes y los servidores públicos no podrán efectuar ninguna modificación, adición, eliminación o negociación a las condiciones de la convocatoria y/o a las proposiciones de los licitantes.
29.7. El acto no podrá concluir hasta en tanto se realice la recepción de todos los sobres enviados a CompraNet.
29.8. Una vez recibidas todas las proposiciones, se procederá a su apertura, haciéndose constar la documentación presentada, sin entrar al análisis técnico, legal o administrativo de su contenido.
29.9. El servidor público que presida el acto, atendiendo el número de proposiciones presentadas y a las partidas licitadas, anexará copia de la propuesta económica de los licitantes al acta respectiva.
29.10. Los licitantes aceptan que se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, la documentación requerida por la convocante, cuando el archivo electrónico en el que se contenga las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la convocante.
29.11. Se levantará acta que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de proposiciones, en la que se harán constar el importe de cada una de ellas, se señalara fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la licitación, fecha que deberá quedar comprendida dentro de los 20 días naturales siguientes a la establecida para este acto y podrá diferirse, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de 20 días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente.
29.12. De conformidad con el Artículo 37 Bis de la LAASSP, al finalizar el acto se difundirá un ejemplar del acta, en CompraNet, procedimiento que sustituye a la notificación personal. Asimismo, un ejemplar del acta se pondrá a disposición de los licitantes en Oficina de Compras Divisional sita en Av. 00 xx Xxxxxxxxxx 000 Xxxxxxx Xxxxxx
C.P. 44100 Guadalajara, Jalisco, por un término no menor a cinco días hábiles.
29.13. Los precios que se indiquen en el acta, serán los expresados en la lista de precios de bienes y/o servicios. Si son detectadas anomalías o desviaciones en las proposiciones, serán expresadas en el acta resultante.
30. SUSPENSIÓN DE LA LICITACIÓN.
Se suspenderá la licitación por orden escrita de la autoridad competente.
En caso fortuito o fuerza mayor los plazos y términos, previsto en la presente convocatoria, podrán ser suspendidos de conformidad con el artículo 28 de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo.
31. CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN.
31.1. Se podrá cancelar la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas, en los siguientes casos:
31.1.1 En caso fortuito o de fuerza mayor;
31.1.2 Cuando existan circunstancias debidamente justificadas, que extingan la necesidad para adquirir los bienes, arrendamientos o servicios o que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a CFE.
31.2. En caso de ser cancelada esta licitación, partidas o conceptos, se precisará el acontecimiento que motiva la decisión el cual se hará del conocimiento de los licitantes a través de CompraNet.
32. DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA. Se podrá declarar desierta la licitación cuando:
32.1. La totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos establecidos en esta convocatoria de licitación;
32.2. Los precios de todos los bienes, arrendamientos o servicios ofertados no resulten aceptables para CFE o convenientes si así lo considera la convocante; o
32.3. Ninguna proposición sea recibida a través de CompraNet para el acto de presentación y apertura de proposiciones.
Cuando se declare desierta la licitación por los conceptos de los incisos 32.1. o 32.2., se hará del conocimiento de los licitantes a través del fallo que se difundirá en CompraNet.
33. INDICACIONES RELATIVAS AL FALLO Y FIRMA DEL CONTRATO.
33.1. EMISIÓN DEL FALLO.
Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, la convocante emitirá el fallo, el cual deberá contener lo siguiente:
33.1.1 La relación de licitantes cuyas proposiciones se desecharon, expresando todas las razones legales, técnicas o económicas que sustentan tal determinación e indicando los puntos de la convocatoria que en cada caso se incumpla;
33.1.2 La relación de licitantes cuyas proposiciones resultaron solventes, describiendo en lo general dichas proposiciones. Se presumirá la solvencia
de las proposiciones, cuando no se señale expresamente incumplimiento alguno;
33.1.3 En caso de que se determine que el precio de una proposición no sea aceptable o no es conveniente, se deberá anexar copia de la investigación de precios realizada o del cálculo correspondiente;
33.1.4 Nombre(s) del (o los) licitante(s) a quién(es) se adjudica el contrato, indicando las razones que motivaron la adjudicación, de acuerdo a los criterios previstos en la convocatoria, así como la indicación de la o las partidas, los conceptos y montos asignados a cada licitante;
33.1.5 Fecha, lugar y hora para la firma del contrato, la presentación de garantías y, en su caso, la entrega de anticipos;
33.1.6 Nombre, cargo y firma del servidor público responsable de la evaluación de las proposiciones; y
33.1.7 Nombre, cargo y firma del servidor público que emite el fallo, señalando sus facultades de acuerdo con los ordenamientos jurídicos que rigen a la convocante.
33.2. NOTIFICACIÓN DEL FALLO.
En la fecha y hora señaladas en la convocatoria o en el acta de presentación y apertura de proposiciones, la convocante dará a conocer el fallo de la licitación a los licitantes que presentaron sus proposiciones, difundiendo el documento de fallo a través de CompraNet el mismo día en que se emita, para efectos de su notificación a los licitantes, en sustitución de la notificación personal.
33.2.1 Se levantará el acta de la junta pública del fallo que será firmada por los servidores públicos y asistentes al acto, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a la misma.
33.2.2 De conformidad con el Artículo 37 Bis de la LAASSP, al finalizar el acto se difundirá un ejemplar del acta en CompraNet, procedimiento que sustituye a la notificación personal. Asimismo, un ejemplar del acta se pondrá a disposición de los licitantes que no hayan participado en el acto en Oficina de Compras Divisional sita en Av. 00 xx Xxxxxxxxxx 000 Xxxxxxx Xxxxxx X.X. 44100 Guadalajara, Jalisco, por un término no menor a cinco días hábiles.
33.2.3 Se publicará en el DOF, dentro de los 72 días naturales siguientes al de la emisión del fallo, precisando el nombre y domicilio de la convocante, número de licitación, descripción genérica de los bienes y/o servicios objeto de la licitación, fecha del fallo, nombre y domicilio de los licitantes ganadores, así como las partidas y monto total adjudicado a éstos.
33.3. FIRMA DEL CONTRATO.
33.3.1 La firma del contrato se realizará dentro de los 15 días naturales
siguientes al acto de fallo en Oficina de Compras Divisional sita en Av.
00 xx Xxxxxxxxxx Xx. 000 Xxxxxxx Xxxxxx X.X. 44100 Guadalajara, Jalisco CFE entregará un ejemplar del contrato con firmas autógrafas al (los) licitante(s) ganador(es). El representante del licitante que firme el contrato deberá identificarse y acreditar su personalidad en los términos del punto 25. Aquel licitante ganador que no firme el contrato en el plazo señalado por causas imputables al mismo, será sancionado en los términos de los artículos 59, primer párrafo y 60, fracción I de la LAASSP.
33.3.2 Cuando la proposición conjunta resulte adjudicada con un contrato, dicho instrumento deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la proposición, a quienes se considerará, para efectos del procedimiento y del contrato, como responsables solidarios o mancomunados, según se establezca en el propio contrato.
Lo anterior, sin perjuicio de que las personas que integran la proposición conjunta puedan constituirse en una nueva sociedad, para dar cumplimiento a las obligaciones previstas en el convenio de proposición conjunta, siempre y cuando se mantenga en la nueva sociedad las responsabilidades de dicho convenio.
33.3.3 En caso de que CFE, previo a la formalización del contrato, reciba del SAT o del IMSS la opinión en el sentido de que el licitante ganador se encuentra en incumplimiento de sus obligaciones fiscales, CFE no podrá formalizar el contrato y remitirá a la autoridad competente la documentación de los hechos presumiblemente constitutivos de infracción por la falta de formalización del mismo, derivado de las causas imputables al adjudicado.
33.3.4 La convocatoria, sus anexos y las juntas de aclaraciones a la licitación, prevalecerán, en caso de existir discrepancias, sobre el contrato.
IV. REQUISITOS QUE LOS LICITANTES DEBEN CUMPLIR.
34. CONFORMACIÓN DE LA PROPOSICIÓN.
El sobre cerrado deberá contener la documentación que se describe y en el orden que se indica a continuación:
34.1. La sección Administrativa:
34.1.1 Escrito de acreditación de existencia legal y personalidad jurídica, de acuerdo con el punto 25;
34.1.2 Constancia de calificación de proveedor aprobado, de acuerdo con el punto 43.
34.1.3 Copia del certificado de conformidad del producto o constancia de la autoridad competente, de acuerdo con el punto 53.2;
34.1.4 Escrito informando la dirección del correo electrónico, de acuerdo con el punto 53.3;
34.1.5 Escrito de la declaración de ausencia de impedimentos legales, de acuerdo con el punto 53.4;
34.1.6 Declaración de integridad, de acuerdo con el punto 53.5;
34.1.7 Carta compromiso y convenio para proposición conjunta, de acuerdo con el punto 53.6;
34.1.8 Escrito de facultades suficientes para comprometerse en la licitación, de acuerdo con el punto 53.7;
34.1.9 Declaración de conocimiento y cumplimiento de documentos de la convocatoria, de acuerdo con el punto 53.8;
34.1.10 Declaración de aceptación de participación por medios electrónicos, de acuerdo con el punto 53.9;
34.1.11 Declaración de tipo de empresa, de acuerdo con el punto 53.10;
34.1.12 Carta de aceptación de legislación aplicable y tribunales competentes, de acuerdo con el punto 54.1;
34.1.13 Programa de entregas valorizado, de acuerdo con el punto 56.2.3;
34.1.14 Manifestación de los licitantes respecto de que los bienes que oferten son producidos en los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con el punto 57;
34.1.15 Manifestación de los licitantes respecto de los bienes que oferten, son originarios de México y cumplen con las reglas de origen, de acuerdo con el punto 58;
34.1.16 Manifestación de cumplimiento de que los bienes importados cumplen con las reglas de origen, establecidas en el capítulo de compras de los tratados de libre comercio, de acuerdo con el punto 59;
34.1.17 Manifestación de los licitantes de ser de nacionalidad mexicana o de algún país que es parte de un tratado de libre comercio, de acuerdo con el punto 61.
34.2. La sección Técnica:
34.2.1 Manifestación de la vida útil de los bienes o en su caso la garantía de vida útil, de acuerdo con el punto 42;
34.2.2 Dibujos o información técnica, de acuerdo con el punto 44;
34.2.3 Carta de presentación de la proposición, de acuerdo con el punto 49.2;
34.2.4 Propuesta técnica detallada, de acuerdo con el punto 56.1.1;
34.2.5 Cuestionarios técnicos contestados, en caso de que se requieran, de acuerdo con el punto 56.1.2;
34.2.6 Anexo K.
34.2.7 Escrito de Anuencia
34.3. La sección económica:
34.3.1 Lista de precios, de acuerdo con el punto 35.14 y/o 35.15;
34.3.2 Oferta de financiamiento, de acuerdo con el punto 36 ;
34.3.3 Cuestionario de información general resumida, de acuerdo con el punto 56.2.2;
34.3.4 Proposición económica detallada, en su caso, de acuerdo con el punto 56.2.4; y
34.3.5 Declaración bajo protesta de decir, firmada por el representante legal, de que los precios ofertados no incurren en práctica desleales de comercio internacional. Esta declaración se incluirá cuando el objeto de la adquisición sea: a) tubería xx xxxxx con costura; b) tubería xx xxxxx sin costura; c) perfiles y perfiles huecos xx xxxxx inoxidable; d) cabezales de árboles de válvulas y válvulas; e) transformadores eléctricos de potencia, autotransformadores y reguladores de potencia; y f) watthorímetros, de acuerdo con el punto 60.
35. ENTREGA DE LOS BIENES Y/O PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
35.1. El licitante ganador hará entrega de los bienes y/o la prestación de los servicios, conforme a los términos y requerimientos de la convocatoria y condiciones pactadas en el contrato, entendiéndose por ello la forma, lugar y el plazo, entre otros.
35.2. Los licitantes deberán presentar su proposición considerando que los bienes deben ser entregados bajo la condición DDP (delivered duty paid), entregada con derechos pagados de acuerdo a los Incoterms 2010 bajo la cual serán evaluados y contratados. Para los licitantes nacionales aplicarán, en lo conducente, los alcances de la condición DDP, Incoterms 2010. El plazo de entrega será lo solicitado en el anexo 1.
35.3. Atendiendo a las características del bien, las maniobras de descarga en destino final, serán por cuenta del proveedor.
35.4. Los licitantes adjudicados nacionales, a la entrega total del contrato o total de la partida de los bienes, deberán presentar a CFE, únicamente para efectos informativos y estadísticos, un escrito mediante el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad, el nombre de la empresa fabricante y el resultado del cálculo del porcentaje de contenido nacional de los bienes que entregará. Esta manifestación se podrá presentar en escrito libre o utilizando el formato del anexo (8). Tratándose de contratos abiertos de bienes este escrito se presentará en el almacén que corresponda a la última entrega.
35.5. Para la aceptación de los bienes, CFE representada por el LAPEM, tendrá en todo momento el derecho de inspeccionar y probarlos, a fin de verificar su conformidad con las especificaciones y normas descritas en esta convocatoria y referenciadas en el contrato.
35.6. En caso de que las inspecciones o pruebas las realice un tercero, CFE notificará por escrito al proveedor el (los) nombre(s) de la(s) persona(s) que la(s) realizará(n).
35.7. El tiempo para ejecutar las solicitudes de aviso de prueba para los bienes licitados se atenderá en un periodo de 10 días hábiles, los tiempos de realización de las pruebas se establecen en el procedimiento PE-K3000-003, de acuerdo al punto 13, este tiempo no se considerará para efectos de cómputo del plazo de entrega, siempre y cuando los bienes sean aceptados.
35.8. Antes de iniciar la manufactura, el proveedor deberá contactarse con el LAPEM para la coordinación de las pruebas e inspecciones requeridas, la falta de respuesta o el atraso en la misma por parte del LAPEM respecto a la notificación del proveedor, no será impedimento para que éste inicie la fabricación.
35.9. Asimismo, cuando las características del bien lo requieran se optará por la recepción contra aceptación de los bienes por parte del área técnica a entera satisfacción de CFE, en estos casos en el sello de recepción se indicará que los bienes se tienen por recibidos y que su aceptación queda bajo la responsabilidad del área técnica de inspeccionar que cumplan con las especificaciones solicitadas.
35.10. La inspección deberá darse dentro de los 5 días naturales siguientes a su recepción en almacén, excepto que en el contrato se estipule otro plazo. En caso de no realizarse dicha inspección dentro del plazo referido se tendrán por aceptados los bienes objeto de la licitación.
35.11. El proveedor acepta los términos establecidos en la presente convocatoria para la aceptación y verificación de los bienes, estando de acuerdo que hasta en tanto ello no se cumpla, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados.
35.12. El proveedor debe elaborar y proporcionar a CFE por escrito al momento de entrega de los bienes, las especificaciones para el empaque, embalaje y almacenamiento de todo tipo de bienes muebles que se adquieran y los procedimientos de seguridad para el manejo de sustancias peligrosas, combustibles, inflamables y gases comprimidos, de conformidad con lo establecido en la Norma de Referencia CFE- L1000-11-2015 relativa a “Empaque, embalaje, embarque, transporte, descarga, recepción y almacenamiento de bienes muebles adquiridos por CFE”, así como los manuales del usuario correspondientes, de conformidad con lo establecido en la Norma de Referencia CFE-L1000-32-2015.
35.13. El proveedor será el responsable de entregar los bienes y, en caso de ser de procedencia extranjera, el proveedor asume la responsabilidad de efectuar los trámites de importación y pagar los impuestos y derechos que se generen con motivo de la misma, debiendo entregar a CFE, la documentación que corresponda señalada en los artículos 146 de la Ley Aduanera, 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.
35.14. Para los bienes de fabricación nacional o importados directamente por el licitante nacional, indicará en la lista de precios los unitarios y totales de los bienes que propone suministrar, como se indica en el formato denominado “Lista de precios de los bienes para licitantes nacionales”, anexo (9).
35.15. Para los bienes de origen extranjero, el licitante extranjero indicará en la lista de precios los unitarios y totales de los bienes que propone suministrar, conforme se indica en los formatos denominados "Lista de precios de los bienes para licitantes extranjeros”, anexo (10), y “Desglose de los impuestos y derechos de importación para licitantes extranjeros”, anexo (11).
35.16. Es obligatorio para todos los licitantes proporcionar la información solicitada en las columnas de los anexos (9), o (10) y 11).
36. FINANCIAMIENTO.
Es obligatorio para todos los licitantes presentar oferta de financiamiento, de acuerdo con lo indicado en los “Lineamientos de Financiamiento para la Adquisición de Bienes, y la Contratación de Servicios y Arrendamientos”, versión del mes de noviembre de 2010, anexo (3).
No se aceptarán proposiciones con ofertas de arrendamiento financiero.
CFE se reserva el derecho de financiar la adquisición de los bienes y/o servicios con financiamiento alternativo.
Cuando el pago al licitante ganador de ésta convocatoria, se realice directamente por la institución financiera que otorga el financiamiento, éste se llevará a cabo en los términos y condiciones pactados en el contrato de financiamiento.
37. CONDICIÓN DE LOS PRECIOS.
37.1. Precios fijos: La convocante requiere le sean cotizados precios fijos. Se entiende por precios fijos los que no están sujetos a ninguna variación y se mantienen así desde el momento de la presentación de la proposición hasta la entrega y facturación correspondiente de los bienes y/o prestación de servicios. NO APLICA
37.2. Precios variables: La convocante requiere le sean cotizados precios variables, como se indica en el formato denominado “Lista de precios de los bienes y/o servicios”, anexo (9) o (10).
37.2.1 Los licitantes aceptan conocer las disposiciones del “Procedimiento para el Trámite de Ajuste de Precios”, y en caso de resultar adjudicados aceptan dar cumplimiento al Procedimiento antes mencionado.
37.2.2 El Boletín informativo de “Índices para Ajustes de Precios” que publica y vende la Subdirección de Programación de la convocante. Disponible en la Unidad de Información Técnica, ubicada en Av. Xxxxx xx xx Xxxxxxx Xx. 000, 0x Xxxx, Xxx. Xxxxxx, X.X. 06600, México D.F., tiene un costo de: -------
---------- Tel: 52.29.44.00 ext: 80.031 y 80.032.
37.2.3 Los precios serán ajustados de acuerdo con la fórmula indicada en el anexo (12) y de conformidad con los siguientes conceptos:
i. Con fórmula genérica: La convocante requiere que la condición de ajuste de precios esté determinada por la fórmula pactada entre las cámaras de representación empresarial y CFE; para estos efectos, a la fórmula autorizada se le llamará "genérica". Bajo esta forma, el precio es variable en todos sus conceptos y no tiene tope de escalación. Cotizar para esta licitación implica para el proveedor la aceptación de los ajustes de precios, mediante los "Índices para Ajustes de Precios" que se encuentran contenidos en el boletín informativo que publica la Subdirección de Programación de la CFE.
ii. El nombre de la fórmula genérica aplicable para esta licitación es TRANSFORMADORES la cual pertenece al grupo 1.6 y su clave es K00 anexo (12).
iii. Sin fórmula genérica: es requisito que la condición de ajustes de precios se determine por la aplicación de los índices establecidos con la clave 900.208, correspondiente a "maquinaria, aparatos y refacciones" del sector secundario R2.08, que se encuentra en el boletín informativo de "Índices Para Ajustes de Precios” mencionado.
iv. Para ajuste de precios de mano de obra en los conceptos tales como supervisión y montaje, se utilizará el índice xx xxxxxxx mínimo de la
región donde se ubique la empresa proveedora o se desarrollen los trabajos, según sea el caso, mismo que será publicado en el boletín mencionado.
La fecha inicial para la aplicación del ajuste de precios será la del acto de presentación y apertura de proposiciones; la fecha xx xxxxx para el pago del ajuste de precios será la fecha pactada de entrega y aceptación o la evidencia de entrega en el destino final para el caso de bienes, o de la fecha pactada de la terminación de la prestación de servicios o cuando termine la ejecución de los mismos lo que ocurra primero; el monto del anticipo en su caso, será objeto de ajuste hasta la fecha de su entrega al proveedor. El cálculo del factor de ajuste se efectuará con el mecanismo de índices reales de acuerdo al “Procedimiento para el Trámite de Ajuste de Precios” vigente en la fecha de publicación de la convocatoria, anexo (13).
La convocante atenderá las solicitudes del proveedor, por ajustes de precios, mediante la presentación del formato que se incluye en el anexo
(14) El ajuste de precios se le pagará de acuerdo a la condición de pago pactada en el contrato.
En el supuesto que la variación en el precio unitario de los bienes o prestación de servicios implique un decremento, el proveedor acepta se deduzca del importe de la factura que presente para su cobro, el monto de la cantidad que resulte del ajuste de precios.
Los precios serán revisados a partir de que se entreguen y se acepten los bienes o se terminen de prestar los servicios, y se cuente con la información de los índices, a fin de conocer si hay variación de los mismos y se aplicará la fórmula para ajuste de precios establecida.
El incumplimiento de la condición de precio requerida para esta licitación, será motivo de desechamiento de la proposición.
Se señala a todos los licitantes que deseen aportar de manera voluntaria el 2 al millar a favor del Fideicomiso de Apoyo al Programa de Ahorro de Energía del Sector Eléctrico (FIDE) que deberán indicar de manera explícita que en caso de resultar ganador acepta que de los precios de sus proposiciones, se otorgue dicha aportación. No será objeto de evaluación económica la aportación al FIDE.
38. MONEDA EN QUE SE EXPRESARÁ LA PROPOSICIÓN.
Los licitantes deben presentar su proposición en pesos mexicanos.
39. PROGRAMA DE APOYO A PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO: PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS CFE-NAFIN
Factoraje Electrónico
Conforme a las “Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo”, publicadas en el DOF el 28 de febrero de 2007, la CFE informa a los licitantes que esta entidad tiene la obligación de dar de alta e incorporar la totalidad de sus cuentas por pagar al Programa xx Xxxxxxx Productivas, mismas que podrán ser consultadas en el portal xxx.xxxxx.xxx a efecto de que el licitante ganador que decida afiliarse pueda adelantar el cobro de sus facturas en condiciones preferenciales ejerciendo la cesión de derechos de cobro al intermediario financiero que él decida, en apego a los términos del último párrafo del artículo 46 de la LAASSP.
Considerando lo anterior, la CFE recomienda que el licitante ganador inicie su afiliación en un plazo no mayor a cinco días naturales posteriores al fallo, consultando el portal institucional de la CFE.
(xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxx/0_Xxxxxxxxxxxxxxxxxx/Xxxxxxx/Xxxxxxx- productivas.aspx), comunicándose al número telefónico (00 00) 0000 0000 ó al 00.000.XXXXXXX (00-000-0000000), ó bien acudiendo a las oficinas de Nacional Financiera, S.N.C. donde se le atenderá para el proceso de afiliación. Al concretar su afiliación tendrá como beneficio formar parte del Directorio de Compras que ofrece ser un proveedor elegible para el Sistema de Compras del Gobierno Federal. Sí el licitante ganador decide no afiliarse, el trámite de su pago se realizará conforme a lo establecido en el contrato.
Se hace del conocimiento de los licitantes que las cuentas por pagar derivadas de este procedimiento de contratación se incorporarán al portal de NAFIN independientemente de que la fuente de financiamiento del presupuesto autorizado sea recursos propios, recursos provenientes de aportaciones de terceros y/o líneas de crédito.
Financiamiento a Contratos
También se informa que, con base en el Programa de Apoyo a Proveedores del Sector Público, la CFE y NAFIN han convenido facilitar el acceso al crédito a los proveedores nacionales mediante el otorgamiento de financiamiento para capital de trabajo hasta por el 50% del monto de los contratos formalizados. Este financiamiento es otorgado por diversos intermediarios financieros. Los interesados pueden consultar el portal institucional de la CFE.
(xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxx/0_Xxxxxxxxxxxxxxxxxx/Xxxxxxx/Xxxxxxx- productivas.aspx), comunicarse al número telefónico (00 00) 0000 0000 ó al 00.000.XXXXXXX (00-000-0000000), ó bien acudiendo a las oficinas de Nacional Financiera,
S.N.C. donde se les atenderá en la elaboración de la solicitud y el expediente. También para recibir mayor información, contactar en CFE al Subgerente de Créditos al número telefónico 5229 4551.
40. MODIFICACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
Ninguna de las condiciones contenidas en esta convocatoria, así como de las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas, modificadas, adicionadas o eliminadas una vez iniciado el acto de presentación y apertura de proposiciones.
41. ALCANCE DE SUMINISTRO DE REPUESTOS. NO APLICA
En las especificaciones técnicas del anexo (1) se enumeran las cantidades de componentes, ensambles y repuestos que deberán considerarse en el alcance de suministro. El costo total será incluido en los precios totales de los bienes cotizados en cada agrupamiento de la proposición.
Adicionalmente, los licitantes podrán cotizar los repuestos que consideren necesarios para tener en operación efectiva los equipos durante los 24 meses posteriores al período de garantía, indicando la forma en que se hubiese determinado la cantidad resultante. Estos repuestos se consideran opcionales para la convocante y no se tomarán en cuenta en la evaluación de la proposición, además deberán señalar durante cuánto tiempo y en qué forma garantizará el suministro de los repuestos.
42. MANIFESTACIÓN DE LA VIDA ÚTIL DE LOS BIENES.
Manifestación de la vida útil de los bienes en condiciones normales de operación o, en caso de requerirse en las especificaciones técnicas, la garantía de vida útil.
43. COPIA DE LA CONSTANCIA DE CALIFICACIÓN DE PROVEEDOR APROBADO.
El licitante deberá presentar copia simple legible, por ambos lados de la constancia de calificación de proveedor aprobado vigente de la empresa para los bienes que se licitan, expedida por el LAPEM o, en su defecto, la información solicitada en el anexo (6) de esta convocatoria. Si el licitante es un comercializador, debe entregar la información de la empresa fabricante, manufacturera, de ingeniería o servicios, así como de los bienes, de conformidad con lo solicitado en el subanexo 1 del citado anexo (6).
44. DIBUJOS O INFORMACIÓN TÉCNICA.
Dibujos o material impreso que contenga información técnica del bien o material objeto de esta licitación, de acuerdo a lo solicitado en el anexo (1).
45. PERIODO DE VIGENCIA DE LA PROPOSICIÓN.
La proposición debe tener una vigencia de 60 días naturales contados a partir de la fecha de presentación y apertura de proposiciones conforme el anexo (1) y (16).
En circunstancias excepcionales, la convocante podrá solicitar que los licitantes extiendan el período de vigencia de sus proposiciones. Esta solicitud y las respuestas se harán por escrito y enviadas o transmitidas por el medio más ágil que se disponga.
46. COMUNICACIÓN CON LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. Las comunicaciones entre las partes, se harán a través de CompraNet.
Desde la apertura de las proposiciones y hasta el momento de emisión del fallo, los licitantes no se pondrán en contacto con la convocante para tratar cualquier aspecto relativo a la evaluación de su proposición.
Cualquier intento por parte de un licitante de ejercer influencia sobre la convocante en la evaluación, comparación de proposiciones o en su decisión sobre la adjudicación del contrato, dará lugar a que se notifique a la autoridad competente de tal intención para los efectos procedentes.
47. UTILIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS E INFORMACIÓN DE ESTA CONVOCATORIA.
El licitante ganador deberá proporcionar la información que en su momento se requiera por la SFP y el Auditoria Interna, con motivo de las auditorías, visitas o inspecciones que practiquen relacionadas con el contrato que se derive de este procedimiento.
Los licitantes se obligan a no utilizar, sin previo consentimiento por escrito de CFE o en su nombre, los documentos o información contenida en esta convocatoria y los documentos que de ella deriven, especificaciones técnicas, planos, dibujos, componentes, etc., salvo los que tengan relación indispensable para el buen cumplimiento de su objeto y será bajo su propia responsabilidad y sin menoscabo de los términos y condiciones asentados en el contrato respectivo.
El licitante deberá indicar, en la carta de presentación de la proposición, de acuerdo con el anexo (15), los documentos que contengan información confidencial, reservada o comercial reservada y si otorga a CFE su consentimiento para proporcionarla en caso de que exista una solicitud de acceso que incluya información confidencial, de conformidad con los artículos 18 y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
En los supuestos a que se refiere el último párrafo del Artículo 56 de la Ley, los licitantes contarán con un plazo de hasta sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo respectivo, para solicitar la devolución de las muestras que hubieren entregado.
48. DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL, DERECHOS DE AUTOR U OTROS DERECHOS EXCLUSIVOS.
En caso de violación en materia de derechos inherentes a propiedad industrial, derechos de autor u otros derechos exclusivos la responsabilidad estará a cargo del licitante o proveedor, según sea el caso.
Para el caso de la contratación de servicios de consultoría, asesoría, estudios e investigaciones los derechos patrimoniales y de autor que correspondan se estipularán a favor de CFE, en los términos de las disposiciones legales aplicables.
49. PRESENTACIÓN, FORMATO Y FIRMA DE LA PROPOSICIÓN.
El licitante presentará su proposición y documentación adicional a través de CompraNet, conforme al “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet”, publicado en el DOF el 28 xx xxxxx de 2011.
49.1. En la elaboración de su proposición, el licitante deberá observar lo siguiente:
49.1.1 Elaborarla en formatos WORD o EXCEL (de la plataforma Office 2003), PDF (versión 7 o superior), HTML o en su caso, utilizar archivos de imagen tipo JPG o GIF, según se requiera;
49.1.2 Identificar cada una de las páginas que integran la proposición, con el RFC, número de licitación y número de página, dicha identificación debe reflejarse, en su caso, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de apertura de proposiciones;
49.1.3 Por lo que respecta a la integración de elementos tales como catálogos, folletos y/o información obtenida de la página en Internet del fabricante de los bienes o distribuidor directo del mismo, el licitante podrá cumplir con dicho requisito, integrando la información de páginas Web, indicando la respectiva dirección URL en formato HTML, o convirtiéndolas a formatos WORD (de la plataforma Office 2003), PDF (versión 7 o superior), o en su caso, utilizar archivos de imagen tipo JPG o GIF;
49.1.4 En sustitución de la firma autógrafa, se utilizará la firma electrónica avanzada que emite el Servicio de Administración Tributaria para el cumplimiento de obligaciones fiscales;
49.1.5 El programa informático que la SFP les proporcione, una vez concluido el proceso de certificación de su medio de identificación electrónica, generará el sobre mediante el uso de tecnologías que resguarden la confidencialidad de la información, de tal forma que sea inviolable;
49.1.6 Los licitantes aceptan que se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, la documentación requerida por la convocante, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información, no pueda abrirse por tener algún virus informático, por estar encriptado o por cualquier otra causa ajena a la convocante;
49.1.7 Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas
que los integren. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las proposiciones técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el licitante.
49.1.8 En el caso de que alguna o algunas hojas de los documentos mencionados en el párrafo anterior carezcan de folio y se constate que la o las hojas no foliadas mantienen continuidad, la convocante no podrá desechar la proposición. En el supuesto de que falte alguna hoja y la omisión pueda ser cubierta con información contenida en la propia proposición o con los documentos distintos a la misma, la convocante tampoco podrá desechar la proposición;
49.1.9 Si alguna o algunas hojas del documento que integran la proposición carecen de folio y no sea posible constatar que la o las hojas no foliadas mantienen continuidad o que en la proposición falte alguna hoja y la omisión no pueda ser cubierta con información contenida en la misma, dará origen a que la proposición sea desechada;
49.1.10 La proposición no debe contener textos entre líneas, raspaduras, tachaduras, ni enmendaduras, lo cual será motivo de desechamiento. Para esta licitación se podrán recibir las proposiciones foliadas por volumen, tomo o carpeta.
49.2. El licitante debe incluir como parte de su propuesta técnica y económica la carta de presentación de su proposición dirigida a la convocante, anexo (15), el cuestionario de información general resumida, en el anexo (16), con la información solicitada y una breve descripción de los bienes y/o servicios, cantidades, precios totales, etc.
50. CAUSAS DE DESECHAMIENTO DE LAS PROPOSICIONES.
50.1. No presentar la proposición en idioma español establecido en el punto 5;
50.2. No cumplir con los requerimientos y especificaciones técnicas, de acuerdo con el punto 10;
50.3. Presentar partidas incompletas, de acuerdo con el punto 11;
50.4. Presentar dos o más proposiciones en contravención al punto 23;
50.5. No presentar el escrito de que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, y no acreditar su existencia legal y personalidad jurídica, de acuerdo al punto 25;
50.6. Presentar una condición de entrega y plazo distinto al establecido en el punto 35.2;
50.7. No indicar la información de precios, solicitada en las columnas de los anexos del punto 35.14;
50.8. No indicar información de precios, solicitada en las columnas de los anexos del punto 35.15;
50.9. No presentar oferta de financiamiento, de acuerdo al punto 36;
50.10. Que su proposición no cumpla con la condición de precio establecida, en el punto 37;
50.11. No indicar el precio como se solicita en la lista de precios a que se refiere los puntos
37.1 o 37.2 respectivamente;
50.12. No presentar su proposición en el tipo de moneda solicitada en el punto 38;
50.13. No presentar la copia de la constancia de proveedor aprobado, establecidos en el punto 43 o la información solicitada en el anexo (6);
50.14. No entregar los dibujos y/o la información técnica solicitados en el punto 44;
50.15. No presentar la vigencia de la proposición de acuerdo con lo solicitado, en el punto 45;
50.16. Presentar la propuesta técnica y económica sin la firma electrónica de la persona facultada para ello, de acuerdo al punto 49.1.4;
50.17. Presentar la proposición con textos entre líneas, raspaduras, tachaduras o enmendaduras o no estar foliadas o que no se pueda constatar que la o las hojas no foliadas mantienen continuidad o que falte alguna hoja y la omisión no pueda ser cubierta con información contenida en la misma proposición, de acuerdo al punto 49.1.8 y 49.1.9;
50.18. No presentar la copia del certificado de cumplimiento de las normas solicitado en los puntos 53.2;
50.19. No incluir la declaración de ausencia de impedimentos legales, de acuerdo al punto 53.4;
50.20. No presentar declaración de integridad, de acuerdo con el punto 53.5;
50.21. No presentar la carta compromiso y convenio correspondiente para proposición conjunta en su caso, de acuerdo al punto 53.6; así como no presentar de manera individual las declaraciones a que se refiere el punto 22.3 de esta convocatoria;
50.22. No presentar declaración de conocimiento y cumplimiento de documentos de la convocatoria, de acuerdo con el punto 53.8;
50.23. No presentar declaración de aceptación de participación por medios electrónicos, de acuerdo con el punto 53.9;
50.24. No incluir en su proposición la aceptación de solución de controversia, de acuerdo con el punto 54.1;
50.25. No presentar la manifestación de que los bienes que oferten son producidos en los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con el punto 57, o no presentar la manifestación de que los bienes que oferten, son de originarios de México y cumplen con las reglas de origen, de acuerdo al punto 58;
50.26. No presentar la manifestación de que los bienes importados cumplen con las reglas de origen establecidas en el capítulo de compras de los tratados de libre comercio, de acuerdo al punto 59;
50.27. No presentar declaración de que los precios no se cotizan en condiciones de prácticas desleales de comercio internacional, de acuerdo con el punto 60;
50.28. No presentar la manifestación de nacionalidad, tratándose de contratación de servicios, de acuerdo al punto 61;
50.29. No ajustarse a los documentos requeridos en esta convocatoria de licitación, sin que posteriormente el licitante pueda subsanar los errores u omisiones en que haya incurrido. Los documentos de licitación constan de: convocatoria, especificaciones, modificaciones adiciones, respuestas y aclaraciones que se deriven de la o las juntas de aclaraciones;
50.30. Comprobar que algún licitante tiene acuerdos con otros licitantes para elevar los precios de los bienes y/o servicios objeto de la presente licitación o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. En estos casos, se incluirán las observaciones que correspondan, en el acta de apertura de proposiciones y/o el acta de fallo;
50.31. En caso de que la propuesta técnica y/ó económica y/ó el resto de la documentación sea presentada en su totalidad sin folio.
50.32. No presentar escrito de anuencia.
50.33. No presentar anexo K.
50.34. No ajustarse a los requisitos especificados en el anexo 3 de dicha convocatoria.
50.35. No presentar carta de Fabricante o distribuidor autorizado.
50.36. No presentar la manifestación de vida útil del bien.
V. CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
51. CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN.
51.1. La evaluación será dada bajo el criterio de: Xxxxxxx.
• Binario. Mediante el cual sólo se adjudicará a quién cumpla con todos los requisitos establecidos por la convocante y oferte el precio más bajo.
51.2. Qué las proposiciones cumplan con lo señalado en el anexo (1).
51.3. Se hará en base a partidas completas de conformidad con el anexo (1), puede cotizarse una o varias de ellas.
51.4. Si se presenta un error aritmético en las proposiciones presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, lo que se hará constar en el documento de fallo a que se refiere el Artículo 37 de la LAASSP.
51.5. En caso de errores aritméticos en las proposiciones, se aplicarán los criterios de rectificación que se indican a continuación:
51.5.1 Si la discrepancia tiene lugar entre el precio unitario y el total, prevalecerá el precio unitario, corrigiéndose el precio total. La rectificación sólo habrá lugar por parte de la convocante. Si el licitante no acepta la corrección, se desechará la proposición;
51.5.2 Si la discrepancia tiene lugar entre las cantidades expresadas en letra y las expresadas en número, prevalecerá lo expresado en letra, aplicando la corrección respectiva.;
51.6. En la evaluación técnica:
51.6.1 Cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos solicitados en el anexo
(1) de esta convocatoria conforme a normas y especificaciones señaladas;
51.6.2 Cumplimiento de la constancia de calificación de proveedor aprobado vigente de la empresa, para los bienes que se licitan, de conformidad con el punto 43.
51.6.3 Manifestación de la vida útil de los bienes en condiciones normales de operación, o en caso de requerirse en las especificaciones técnicas, la garantía de vida útil.
51.7. En la evaluación económica:
51.7.1 Los precios cotizados se considerarán sin incluir el IVA;
51.7.2 Los porcentajes de descuento que ofrece el licitante en su proposición, cuando se haya establecido un precio de referencia;
51.7.3 Cumplimiento de la condición de precios especificada en el punto 37;
51.7.4 Financiamiento ofrecido;
51.7.5 Aceptación de las condiciones de pago;
51.7.6 Vigencia de la proposición; y
51.7.7 Costo de los componentes y repuestos especificados por el área solicitante o requirente
51.8. Si un licitante nacional se considera afectado por suponer la existencia de prácticas desleales de comercio internacional, podrá solicitar la intervención, tanto a la convocante como a la SE. De presentarse esta situación, el licitante inconforme se obliga a aportar la información documental que se le solicite y, en caso de que ante dicha Secretaría se llegase a probar la existencia de dichas prácticas, al proveedor que las cometa se le aplicará lo indicado en el último párrafo del Artículo 53 de la LAASSP.
51.9. Los licitantes deben abstenerse de incurrir en prácticas desleales de comercio en sus proposiciones, específicamente mediante discriminación de precios o subsidios y se comprometen, a proporcionar tanto a CFE como a las autoridades competentes, toda la información que esta Entidad o dichas autoridades le soliciten, en caso de no hacerlo, sus proposiciones serán desechadas, o de haberse adjudicado el contrato, éste podrá ser rescindido administrativamente sin responsabilidad para la convocante. En caso de subsistir el contrato, al adjudicatario se le aplicará lo previsto en el último párrafo del artículo mencionado en el párrafo anterior.
52. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN.
Una vez que la convocante haya hecho la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará al licitante cuya oferta resulte solvente por que cumple con los requisitos legales, técnicos, económicos, establecidos en ésta convocatoria y por tanto garantiza satisfactoriamente el cumplimiento.
52.1. La proposición que haya obtenido el mejor resultado en la evaluación combinada de
puntos y porcentajes, o bien de costo beneficio; No aplica.
52.2. De no haberse utilizado las modalidades antes mencionadas, la proposición sólo se adjudicará al licitante que cumpla con los requisitos establecidos por la convocante y oferte el precio más bajo, para lo cual la convocante evaluará al menos las dos proposiciones cuyo precio resulte ser más bajo, de no resultar éstas solventes, se evaluarán las que les sigan en precio. Los precios ofertados que se encuentren por debajo del precio conveniente podrán ser desechados;
52.3. Si resultase que dos o más proposiciones, en el proceso de evaluación binario, son solventes y por tanto, satisfacen los requerimientos de los documentos de la licitación, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo, considerando como precio más bajo el precio total de acuerdo con lo señalado en el punto 37;
52.4. Si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en el precio de dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la convocante en el propio acto de fallo; en caso de que el fallo no se celebre en junta pública se requerirá, previa invitación por escrito, la presencia de los licitantes y de un representante del
Auditoria Interna, en su caso la del Testigo Social y se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia o la falta de firma de los licitantes invalide el acto;
52.5. El sorteo por insaculación consistirá en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositada en una urna, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante ganador y posteriormente los demás boletos empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones;
52.6. En caso de abastecimiento simultáneo, se aplicará lo indicado en el punto 16.
VI. DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES.
53. DOCUMENTOS Y DATOS DE LOS LICITANTES (nacionales y extranjeros). Los licitantes deberán entregar junto con su proposición:
53.1. ACREDITACIÓN DE EXISTENCIA LEGAL Y PERSONALIDAD JURÍDICA.
El escrito a que se refiere la fracción V del artículo 48 del Reglamento de la LAASSP; documento solicitado en el punto 25;
53.2. ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE NORMAS.
Copia del certificado de conformidad del producto o constancia de la autoridad competente para acreditar el cumplimiento con la(s) norma(s) solicitada(s), en el punto 13, expedida de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 68 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, de la cual debe presentar copia y en caso de resultar ganador, el original o copia certificada para su cotejo, de conformidad con lo establecido en los artículos 55 y 67 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y los artículos 31 y 32 del Reglamento de la LAASSP;
53.3. CORREO ELECTRÓNICO DEL LICITANTE.
En caso de contar con dirección de correo electrónico, deberá proporcionarla a la convocante por escrito;
53.4. DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE IMPEDIMENTOS LEGALES.
Escrito bajo protesta de decir verdad, donde indique que no se encuentra en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP, conforme al texto indicado en el anexo (17);
53.5. DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD.
Escrito bajo protesta de decir verdad en donde manifieste, que por sí mismo o a través de interpósita persona se abstendrá de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la convocante induzcan ó alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del
procedimiento u otros aspectos que le otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, anexo (18);
53.6. CARTA COMPROMISO Y CONVENIO CORRESPONDIENTE PARA PROPOSICIÓN CONJUNTA.
Carta compromiso y el convenio firmado por cada una de las personas que integran una proposición conjunta, indicando en el mismo las obligaciones específicas del contrato que corresponderá a cada una de ellas, así como la manera en que se exigirá su cumplimiento, deberá formularse conforme al Anexo (19);
53.7. ESCRITO DE FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETERSE EN LA LICITACIÓN.
En el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica, de acuerdo con el anexo (20);
53.8. DECLARACIÓN DE CONOCIMIENTO Y CUMPLIMIENTO DE DOCUMENTOS DE LA CONVOCATORIA.
Declaración de que conoce y cumple con lo dispuesto en las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables en esta licitación, de conformidad con el anexo (21);
53.9. DECLARACIÓN DE ACEPTACIÓN DE PARTICIPACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS.
Se deberá de presentar una declaración manifestando que aceptan la participación por medios electrónicos en términos del “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet”, publicado en el DOF el 28 xx xxxxx de 2011, y las demás disposiciones que regulen la operación de dicho sistema anexo 22);
53.10. DECLARACIÓN DE TIPO DE EMPRESA. (solo licitantes nacionales)
Declaración en la que manifiesta la estratificación en que está incluida su empresa, de acuerdo con el anexo (23).
54. PARA LICITANTES EXTRANJEROS.
Además de la documentación del punto anterior, deberán presentar:
54.1. CARTA DE ACEPTACIÓN DE LEGISLACIÓN APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES.
Escrito en el que indique que se someterá a los tribunales y la Legislación Mexicana en caso de controversia, lo cual podrá realizarse en escrito libre o conforme al anexo (24).
Los documentos y requisitos que se señalan para los licitantes extranjeros pueden ser los equivalentes de su país de origen.
55. LICITANTE GANADOR.
El licitante ganador, nacional o extranjero, debe proporcionar los documentos que a continuación se enlistan, al área contratante, previo a la formalización del contrato, durante los tres días hábiles posteriores a la fecha de la notificación del fallo:
55.1. ACUSE DE RESPUESTA DE SOLICITUD DE OPINIÓN ANTE LA AUTORIDAD FISCAL COMPETENTE.
55.1.1 Para los casos en que el monto de la adjudicación sea superior a
$300,000.00 M.N., sin incluir el IVA, el licitante deberá presentar a la convocante previo a la firma del contrato, el documento vigente expedido por el Servicio de Administración Tributaria SAT en el que se emita opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales, prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal para el presente ejercicio fiscal, así como el documento vigente expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en el que emita su opinión en sentido positivo sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social (Regla primera para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social.) A los correos xxxxxxx.xxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx y xxxxxxx.xxxxxxxx@xxx.xxx.xx.
55.1.2 Para efectos de lo anterior, el licitante deberá obtener el acuse de recepción de solicitud de opinión a través del portal de internet del SAT, en los términos de la citada Resolución Miscelánea Fiscal.
55.1.3 Los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro y que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México, asentarán estas manifestaciones bajo protesta de decir verdad en escrito libre o de acuerdo al anexo (25), que entregarán a la convocante, la que gestionará la emisión de la opinión ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente más cercana a su domicilio.
55.1.4 Si el interesado no firma el contrato por causas imputables al mismo, conforme a lo señalado en el párrafo anterior, la Convocante, sin necesidad de un nuevo procedimiento, deberá adjudicar el contrato al participante que haya obtenido el segundo lugar, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición inicialmente adjudicada no sea superior a un margen xxx xxxx por ciento. Tratándose de contrataciones en las que la evaluación se haya realizado mediante puntos y porcentajes o costo
beneficio, se podrá adjudicar al segundo lugar, dentro del margen xxx xxxx por ciento de la puntuación, de conformidad con lo asentado en el fallo correspondiente, y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación.
55.2. LICITANTE NACIONAL:
55.2.1 RFC: Expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para las personas físicas x xxxxxxx;
55.2.2 Original o copia certificada de los siguientes documentos:
i. Tratándose de persona moral, testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional, con la constancia de inscripción en el Registro Público de Comercio correspondiente y, en su caso, sus modificaciones.
ii. Tratándose de persona física, copia certificada del acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional.
55.2.3 Poder otorgado ante fedatario público al representante legal que firme la proposición: facultado para ejercer actos de dominio, administración, o especial en el que expresamente se le faculte para firmar proposiciones y suscribir contratos; además, deben presentar identificación vigente emitida por una autoridad competente de la persona que ostenta el poder.
55.3. LICITANTE EXTRANJERO:
55.3.1 Licitante: Acta constitutiva en la que conste fehacientemente la existencia de su empresa certificada por la autoridad competente en el país donde se encuentre ubicada dicha empresa, así como su traducción al español por perito oficial.
55.3.2 Poder del representante legal que firme la proposición: General para actos de dominio, administración, o especial en el que expresamente se le faculte para firmar proposiciones y suscribir contratos; además, deben presentar identificación vigente de la persona que ostenta el poder emitida por una autoridad oficial. El poder del representante puede expedirse de acuerdo con cualquiera de las siguientes opciones:
i. Poder otorgado ante el cónsul de México, acreditado en el país de origen del licitante, actuando dicho funcionario como notario público mexicano; o bien;
ii. Poder otorgado ante notario extranjero y traducido por perito oficial.
Los documentos que se señalan para los licitantes extranjeros pueden ser los equivalentes de su país de origen.
55.3.3 Los documentos públicos de licitantes provenientes de los países signatarios de la “Convención por la que se Suprime el Requisito de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros” deben presentarlos con la apostilla correspondiente y su traducción al español por perito oficial.
55.3.4 Los documentos privados deben presentarse consularizados y con su respectiva traducción al español por perito oficial.
55.3.5 Los licitantes de países no signatarios de la Convención mencionada, deben presentar los documentos públicos y privados como se indica en el párrafo anterior.
55.4. Se debe presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para el archivo de estos documentos. Después de su revisión, se devolverán al licitante los originales o copias certificadas.
55.5. En el caso de que el licitante se encuentre inscrito en el registro único de proveedores de la SFP, no será necesario presentar la información a que se refiere los puntos 55.2.2. o 55.3.2 anteriores, bastando únicamente exhibir la constancia o citar el número de su inscripción y manifestar bajo protesta de decir verdad que en el citado registro la información se encuentra completa y actualizada.
55.5.1 Con el objeto de simplificar y agilizar el trámite administrativo interno, los licitantes que obtengan el fallo favorable podrán registrarse en el directorio de proveedores de CFE.
56. USO DE LOGOTIPOS OFICIALES:
Se hace del conocimiento de los licitantes que conforme a Circular SSF-022/17 de la Gerencia de Operación, con el fin de prevenir el uso ilegítimo para la comisión de delitos, se restringe a las empresas contratistas el uso de logotipos de la empresa productiva del estado, en todo tipo de vehículos que sean utilizados para levar a cabo trabajos vinculados con las actividades administrativas y operativas de la CFE
INCONFORMIDADES.
Los licitantes podrán promover inconformidades contra los actos de este procedimiento de licitación pública, en los términos del Titulo Sexto, Capítulo Primero de la LAASSP, que se
indican a continuación: La convocatoria a la licitación y las juntas de aclaraciones, el acto de presentación y apertura de proposiciones y fallo, la cancelación de la licitación, los actos y omisiones por parte de la convocante que impidan la formalización del contrato.
En las inconformidades que se presenten a través de CompraNet deberán utilizarse medios de identificación electrónica, en sustitución de la firma autógrafa.
La instancia de inconformidad se podrá presentar ante la autoridad competente; o en el Área de Auditoria Interna, a partir del cuatro de enero de dos mil dieciséis, el domicilio oficial de la unidad de Responsabilidades en la Comisión Federal de Electricidad, Empresa Productiva del Estado, será el ubicado en Xxx Xxxxx xxxxxx 000, xxxx0 x 0, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, Delegación Xxxxxxxxxx, C.P. 06500, Ciudad de México, Distrito Federal o a través de CompraNet, en la siguiente dirección electrónica xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Los tribunales federales en la Ciudad de México serán el órgano jurisdiccional competente para conocer las posibles controversias que pudieran surgir durante el procedimiento de la licitación o del contrato que de ella derive, por lo que el licitante o proveedor renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente o futuro.
VII. FORMATOS QUE FACILITEN Y AGILICEN LA PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
57. FORMATOS QUE FACILITEN LA PRESENTACIÓN DE LA PROPOSICIÓN.
Los formatos que faciliten la presentación de las proposiciones, son los siguientes:
57.1. La sección técnica:
57.1.1 Propuesta técnica detallada, conteniendo como mínimo los requisitos señalados en el anexo (1);
57.1.2 Cuestionarios técnicos contestados, en caso de que se requieran incluidos en el anexo (1);
57.1.3 Acreditamiento de existencia legal y personalidad jurídica, anexo (5); y
57.1.4 Carta de presentación de la proposición, anexo (15);
57.2. La sección económica:
57.2.1 Lista de precios, anexos (9) o (10) y (11);
57.2.2 Cuestionario de información general resumida, anexo (16);
57.2.3 Programa de entregas valorizado, anexo (26);
57.2.4 Proposición económica detallada; y
57.2.5 Oferta de financiamiento.
58. MANIFESTACIÓN DE LOS LICITANTES RESPECTO DE LOS BIENES QUE OFERTEN SON PRODUCIDOS EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
En su caso, escrito conjunto del licitante y del fabricante de los bienes, en el que manifiesten bajo protesta de decir verdad, que los bienes son producidos en los Estados Unidos Mexicanos y cumplen con lo dispuesto en el Artículo 28 fracción l de la LAASSP, anexo (27).
59. MANIFESTACIÓN DE LOS LICITANTES RESPECTO DE LOS BIENES QUE OFERTEN, SON ORIGINARIOS DE MÉXICO Y CUMPLEN CON LAS REGLAS DE ORIGEN.
En su caso, escrito conjunto del licitante y del fabricante de los bienes, en el que manifiesten que cumplen con las reglas de origen correspondientes a los capítulos de compras del sector público de los tratados de libre comercio, pudiendo utilizar para ello el formato contenido en el anexo (28).
60. MANIFESTACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE QUE LOS BIENES IMPORTADOS CUMPLEN CON LAS REGLAS DE ORIGEN, ESTABLECIDAS EN EL CAPÍTULO DE COMPRAS DE LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO.
En su caso, escrito conjunto del licitante y del fabricante de los bienes, en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que los bienes importados cumplen con las reglas de origen establecidas en los tratados de libre comercio anexo (29).
61. DECLARACIÓN DE LOS LICITANTES EN RELACIÓN A QUE LOS PRECIOS QUE SE OFERTEN NO SE COTIZAN EN CONDICIONES DE PRÁCTICAS DESLEALES DE COMERICIO INTERNACIONAL.
Declaración bajo protesta de decir verdad, firmada por el representante legal, de que los precios ofertados no incurren en práctica desleal de comercio internacional. Esta declaración se incluirá cuando el objeto de la adquisición sea: (a) tubería xx xxxxx con costura; b) tubería xx xxxxx sin costura; c) perfiles y perfiles huecos xx xxxxx inoxidable; d) cabezales de árboles de válvulas y válvulas; e) transformadores eléctricos de potencia, autotransformadores y reguladores de potencia; y f) watthorímetros, anexo (30).
62. MANIFESTACIÓN DE LOS LICITANTES DE SER DE NACIONALIDAD MEXICANA O DE ALGÚN PAÍS QUE ES PARTE DE UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO.
Tratándose de servicios, los licitantes deben comprobar, mediante documentación oficial: pasaporte, acta constitutiva o documentación equivalente, que los proveedores de los servicios son nacionales u originarios de alguno de los países con los que el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos tiene suscrito alguno de los tratados de libre comercio bajo los cuales se celebra esta licitación, lo cual deben manifestar, bajo protesta de decir verdad, en escrito libre o utilizando el formato contenido en el anexo (31).
TERMINOLOGÍA.
Los términos: área contratante, área requirente, área técnica, bienes, CompraNet, licitante, partida, renglón, concepto o posición, proyecto de convocatoria, convocatoria, proveedor y sobre cerrado; tienen la connotación que les señala la Ley y su Reglamento, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.
Anticipo: Pago adelantado que CFE entrega al proveedor para que esté en disponibilidad de invertir dicha suma en la fabricación de bienes materia de las adquisiciones correspondientes o para la prestación de servicios.
Bienes de alta rotación: Aquellos que se adquieren generalmente con especificaciones estándar xxx xxxxxxx, los mismos son de consumo rutinario, se consideran de fabricación en línea y la finalidad de su adquisición por las características del bien se obtiene con su recepción, sin requerir de otros bienes.
Bienes de proyecto específico o de fabricación sobre diseño: Aquellos que se adquieren con características y/o diseños específicos requeridos por las áreas requirentes en la Entidad, generalmente consideran plazos mayores para su entrega por el proceso de fabricación de los mismos; la finalidad para el que son adquiridos se alcanza al ser incorporados a un sistema o proyecto determinado, es decir, al conjuntarse las distintas entregas de diferentes tipos de bienes y/o servicios considerados en el alcance del suministro y en caso de incumplimiento al contrato afectaría al resto del proyecto o sistema en su funcionamiento.
Bienes informáticos: Software comercial, sistemas operativos, lenguajes de programación, manejadores de bases de datos, aplicaciones verticales, software de comunicaciones, software específico asociado a la operación de cualquier equipo, equipo de telecomunicaciones, equipo de control y medición, equipo de cómputo y periféricos y en general, cualquier equipo con electrónica digital, así como servicios de desarrollo de sistemas o programación en general.
Caso fortuito o de fuerza mayor: Xxxxx o acto imprevisible o inevitable generado por la naturaleza o por el hombre, que impide a una de las partes el cumplimiento de una obligación, sin culpa o negligencia de la parte afectada. Dejarán de ser fortuitos o de fuerza mayor, aquellos que se produzcan deliberadamente por el afectado o éste haya contribuido para que se produzcan.
Entidad, Organismo, Comisión, CFE, Convocante: Comisión Federal de Electricidad.
Constancia de aceptación de prototipo: Documento emitido por el LAPEM mediante el cual se aprueba y valida un producto con los requisitos establecidos en las Especificaciones Normalizadas de CFE o con Normas aplicables para aquellos productos de los cuales no exista Especificación Normalizada.
Constancia de calificación de proveedor aprobado: Documento expedido por el LAPEM que avala la calificación de una empresa e indica los productos aprobados y la vigencia de su calificación.
Contrato: Documento legal que constituye el acuerdo de voluntades entre CFE y el proveedor y por medio del cual se producen o transfieren las obligaciones y derechos objeto del procedimiento licitatorio.
DDP: (Delivered Duty Paid) Entregada derechos pagados (lugar de destino convenido).
Entregada derechos pagados” significa que la empresa vendedora entrega la mercancía cuando esta se pone a disposición de la compradora, despachada para la importación en los medios de transporte de llegada, preparada para la descarga en el lugar de destino designado. La empresa vendedora corre con todos los costos y riesgos que implica llevar la mercancía hasta el lugar de destino y tiene la obligación de despacharla, no sólo para la exportación, sino también para la importación, de pagar cualquier derecho de exportación e importación y de llevar a cabo todos los trámites aduaneros.
Es muy recomendable que las partes especifiquen tan claramente como sea posible el punto en el lugar de destino acordado, puesto que los costos y riesgos hasta dicho punto son por cuenta del vendedor. Se recomienda al vendedor que proporcione contratos de transporte que se ajusten con precisión a esta elección. Si el vendedor incurre en costos según el contrato de transporte, que estén relacionados con la descarga en el lugar de destino, no tiene derecho a recuperarlos del comprador a menos que las partes lo acuerden de otro modo.
El IVA o cualquier otro impuesto pagadero a la importación son por cuenta de la empresa vendedora a menos que expresamente se acuerde de otro modo en el contrato de compra- venta.
DTA: Derecho de Trámite Aduanero.
DOF: Diario Oficial de la Federación.
Documentos de licitación: Todos aquellos documentos que integran en su conjunto el procedimiento licitatorio; constan de convocatoria, anexos, especificaciones, aclaraciones, modificaciones, respuestas, adiciones, actas de juntas de aclaraciones y de presentación y apertura de proposiciones, fallo y demás documentos que forman parte de esta convocatoria o que se deriven de la misma.
Evaluación de las proposiciones: Acción de análisis y comparación de las proposiciones económicas en cuanto al precio, calidad, garantía, financiamiento y entrega de los bienes o la prestación de los servicios de acuerdo con los requisitos solicitados en la convocatoria y especificaciones, para determinar la solvencia de las mismas.
Acción de análisis y comparación del cumplimiento de las características técnicas de los bienes presentadas en la sección técnica de acuerdo con los requerimientos técnicos solicitados en la
convocatoria y especificaciones técnicas de los bienes o la prestación de los servicios que se pretenda adquirir o contratar con el objeto de determinar la solvencia de las mismas.
Ex - work: Significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del comprador en el establecimiento del vendedor o en otro lugar convenido (es decir: taller, fábrica, almacén, etc.), sin despacharla para la exportación ni cargarla en un vehículo receptor.
Impuesto General de Importación (Ad-valorem): Gravamen expresado como porcentaje fijo del valor del bien importado.
Incoterms 2010: Términos de comercio de aceptación internacional (International Commercial Terms) elaborados por la Cámara de Comercio Internacional (CCI) donde se establecen las obligaciones del comprador y del vendedor en operaciones de comercio internacional de mercancías. Estos términos son enunciativos y permite a las partes involucradas adecuarlos a las condiciones que requieran.
IVA: Impuesto al Valor Agregado.
ISR: Impuesto Sobre la Renta.
LAASSP: La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
LAPEM: Gerencia de Laboratorio de Pruebas de Equipos y Materiales de CFE
Licitación: Procedimiento de contratación de adquisiciones, arrendamientos y servicios a que se refiere la LAASSP.
Prácticas desleales de comercio internacional: En su modalidad de disminución de precios o subsidios al comercio internacional, que consiste en introducir bienes en el mercado de otro país a precio inferior de su valor normal, cuando su precio al exportarse de un país a otro sea menor que el precio comparable, en el curso de operaciones comerciales normales, de un producto similar destinado al consumo en el país exportador.
Precios fijos: Los que no están sujetos a variación alguna y se mantienen fijos desde el momento de la presentación de la proposición y hasta la entrega y pago de los bienes.
Precios variables: Aquellos que son determinados expresamente de esta forma y que por definición incorporarán las variaciones que ocurran, a la alza o a la baja, como consecuencia de las variaciones que se registren a través del mecanismo de ajuste de precios que se haya considerado en la convocatoria a la licitación.
Proposiciones: La documentación que conforma las secciones técnicas y económicas presentadas por los licitantes.
RFC: Registro Federal de Contribuyentes expedido por la SHCP.
Reglamento: Reglamento de la LAASSP.
SAT: Sistema de Administración Tributaria.
SE: Secretaría de Economía.
SFP: Secretaría de la Función Pública.
SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Testigos sociales: Las personas físicas que pertenezcan o no a organizaciones no gubernamentales, así como las propias organizaciones no gubernamentales que cuenten con el registro correspondiente que a solicitud de CFE o por disposición de la autoridad podrán participar con derecho a voz en los procedimientos de contratación que lleve a cabo la CFE, emitiendo al término de su participación un testimonio público sobre el desarrollo de los mismos.
Testimonio: Documento público que emitirá el Testigo Social al final de su participación y que contendrá las observaciones y, en su caso, recomendaciones.
Tratados de Libre Comercio (TLC): Los tratados internacionales suscritos por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos que contengan disposiciones que regulen la participación de proveedores en procedimientos de licitación pública realizados por las dependencias y entidades sujetas para la compra de bienes, servicios, obra pública y servicios relacionados con ésta.
Umbral: Montos establecidos en el capítulo de Compras del Sector Público de los tratados de libre comercio signados por México a partir de los cuales se tiene la obligación de llevar a cabo adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios bajo las condiciones del propio tratado.
ANEXOS
ANEXO 1
LISTA DE BIENES Y SERVICIOS E INFORMACION ESPECÍFICA
PLAZO DE ENTREGA: a máximo 280 Días Naturales a partir del día siguiente de la notificación del fallo
PARTIDA | Requisición | Posición Solped | Descripción de los Bienes o Servicios | Cantidad | DESTINO FINAL (LUGAR DE ENTREGA O PRESTACIÓN) |
1 | 01 | TRANSFORMADOR DE POTENCIA STC-18-115-13.8/550-110 CODIGO: 813315 TRANSFORMADOR DE POTENCIA PARA LA S.E. TAMARINDO Transformador de potencia trifásico STC-18-115- 13.8/550-110, 60 Hz, conexión delta en alta tensión y estrella en media tensión con el neutro sólidamente aterrizado. Capacidad 18/24/30 MVA. Relación de transformación 115-13.8 KV. Para operar a una altitud de hasta 1,000 m.s.n.m. Nivel Básico de Aislamiento al impulso para los devanados: alta tensión 550 KV y media tensión 110 KV. Nivel Básico de Aislamiento al impulso para las boquillas: alta tensión 550 KV y media tensión 110 KV. Boquillas: tipo condensador para alta y media tensión, con distancia de fuga de 25 mm/KV criterio fase-fase. Enfriamiento: ONAN/ONAF/ONAF. Elevación de temperatura de 550C sobre una temperatura ambiente promedio de 300C, aislamiento diseñado para operar en forma continua a una elevación de | 1 PZ | ZONA VALLARTA | |
SUBESTACIÓN: TAMARINDOS | |||||
DOMICILIO: CARRETERA | |||||
PUERTO VALLARTA, LAS | |||||
PALMAS FRENTE A | |||||
SUBESTACION VALLARTA | |||||
POTENCIA S/N, COL. LOS | |||||
TAMARINDOS C.P. 48282 | |||||
IXTAPA, PTO. VALLARTA, | |||||
JALISCO. | |||||
LATITUD: 20°43'14.12'' | |||||
LONGITUD:105°11'42.27'' | |||||
CONTACTO:ING.XXXXX | |||||
XXXXXX XXXXXXXXXXX | |||||
TEL: 000 000 000 00 00 |
temperatura de 650C, con un incremento de capacidad del 12%. Cambiador de derivaciones para alta tensión: sin carga, con una derivación arriba y tres abajo del voltaje nominal de 2.5% cada una. Cambiador de derivaciones para media tensión: con carga de 33 pasos cada uno de 0.625 %, esto es mas/menos 10% de la tensión nominal de media tensión en las derivaciones extremas, debe incluir: un relevador de presión súbita y su correspondiente tarjeta electrónica de control dentro del gabinete, un relevador mecánico de sobre presión de chorro dirigido con tubo y sujeciones, se debe de incluir como accesorio un indicador remoto de posiciones del propio cambiador, el cual deberá de traer un cable que interconecte al indicador con el propio cambiador en campo de un distancia mínima de 150 metros. Las características del relevador de presión súbita se deben de considerar para ambos equipos, tanto el del tanque principal, como el del cambiador derivaciones. Conector tipo EXPANSIÓN para boquillas de alta tensión: bimetálico para conectar cable de cobre o aluminio de 127 mm2-253 mm2. El conector para las boquillas de media tensión X1,X2,y X3 debe ser bimetálico tipo EXPANSIÓN para Terminal espada nema 4, para conectar un cable de cobre o aluminio de 253 mm2 a 507 mm2 . Para boquilla X0 el conector debe ser bimetálico para Terminal espada nema 4 para conectar un cable de cobre o aluminio 127 mm2-253 mm2 Transformadores de corriente: en X1, X2 y X3 de 2000/5 relación múltiple (ver tabla 1) para medición, clase de exactitud y carga 0.2 (30VA) y en X0 2000/5 relación múltiple (ver tabla 2 anexo 1) para |
protección clase de exactitud y carga 10P20 (50 VA). Deberá contar con deshidratador de silica gel autoregenerable, uno para el tanque conservador y otro para el cambiador de derivaciones bajo carga. El deshidratador libre de mantenimiento debe ser del tipo inteligente que garantice la operación de sus dispositivos de secado de la silica gel en los periodos en que el transformador se encuentra en aumento de temperatura, que detecte saturación de humedad en el desecante y que no pierda su programación, que cuente con alarma xx xxxxx de equipo, contactos secos para indicación de conexión y desconexión de dispositivos de secado y salida analógica para medición remota de temperatura. Para Subestación Tamarindos de Zona Vallarta, la baja tensión será diseñado sin garganta, la disposición de las boquillas X0,X1,X2 y X3 serán en posición vertical y sobre la tapa superior del tanque principal. Las demás características deben cumplir con lo indicado en las Especificaciones CFE K0000-13 AGOSTO -2006 y K0000-20-OCTUBRE 2015 vigentes en el momento de la licitación. Incluye el suministro de aceite aislante nuevo NO INHIBIDO TIPO II que cumpla con NORMA MEXICANA NMX-J-123- 2008 VIGENTE ANCE por parte del proveedor adjudicado, flete, maniobras de descarga, llenado del transformador con aceite nuevo por parte del proveedor, armado en sitio, pruebas eléctricas y puesta a punto en sitio por parte del proveedor ganador. Nota: En el entendido que la puesta a punto en sitio se refiere a realizar todas las actividades anteriores incluyendo el llenado del aceite del Transformador con las pruebas eléctricas al mismo en sitio. Todos | . |
estos trabajos se deberán realizar de acuerdo a los criterios de CFE y en apego a las normas correspondientes. Así mismo se requiere cromatografía de gases al aceite una vez que ya se haya llenado el Transformador de Potencia. De acuerdo al punto 5.5 de la especificación CFE- K0000-13 AGOSTO 2006 la vida útil de los bienes en condiciones normales de operación, sea de 30 años. La garantía de estos equipos es de 24 meses después de su entrega. (en sitio y posterior a la puesta a punto) Para estos equipos las boquillas de alta y baja tensión serán del tipo condensador de porcelana. Se requiere se contemple en su diseño las bases para soportar Apartarrayos solo en el lado de alta tensión del Transformador de Potencia. Nota 1: No se requiere del suministro de Apartarrayos. Nota 2: Si se requiere el suministro de lote de refacciones. Nota3: No requiere analizador de gases. Accesorios de Control que deberán incluir los Transformadores de Potencia. -Dos válvulas de sobre presión , una en cambiador de derivaciones bajo carga y otra para el tanque principal. (Ambas de chorro dirigido) -Un relevador Xxxxxxxxx. Anti-Sismico, Instalado entre el Tanque principal y el Tanque Conservador. -Un rl -Relevador de presión súbita en el cambiador |
de derivaciones que incluye tarjeta electrónica de sello para su correcta operación. -Indicador de temperatura devanado (parte activa) y un indicador de temperatura líquido (Instalados en el tanque principal). -Dos indicadores de nivel liquido, uno para el tanque conservador del tanque principal y otro para el compartimiento del cambiador de derivación bajo carga para operar bajo carga. -Un Desidratador inteligente para preservar el aceite aislante del compartimiento del cambiador de derivaciones para operar bajo carga. - Una bolsa COPS para sistema de preservación del aceite aislante del tanque principal. -Un Desidratador inteligente para el sistema de presurización del aceite aislante del tanque conservador del tanque principal COPS. -Una tarjeta electrónica para monitorear la perdida de vació de las botellas de vació fases A, B Y C del cambiador de derivaciones para operar bajo carga. -El número de ventiladores dependerá del diseño de cada fabricante. La impedancia referida al Devanado Primario del Transformador es del 9% de acuerdo al CFE K0000- 13-AGOSTO 2006 vigente. Formula Genérica aplicable: CLAVE K00 |
02 | 02 | TRANSFORMADOR DE POTENCIA ST-5/6.25-34.5- 13.8/200-110. | 1 PZA | ZONA SANTIAGO SUBESTACIÓN: 5 XX XXXX | |
CODIGO: 813316 TRANSFORMADOR DE POTENCIA PARA LA S.E. 5 XX XXXX Transformador de potencia trifásico 34.5/13.8/13.8 kV 60 Hz, conexión estrella en alta tensión y estrella en media tensión con neutro sólidamente aterrizado y delta en el terciario. | DOMICILIO:CARRETERA CRUCERO DE SAN XXXX-SAN XXXX KM 3.0 5 XX XXXX C.P. 63510 MUNICIPIO DE TEPIC, EN EL ESTADO DE NAYARIT. LATITUD: 21O 41“ 18.97´. N | ||||
Capacidad: 5/6.25 MVA, con devanado terciario en delta de 1.875 MVA de capacidad, para operar a una altitud de hasta 1,000 m.s.n.m. | LONGITUD 105O 4”44.63´ O CONTACTO: ING. XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX | ||||
Todas las terminales de los devanados incluidos el terciario y la boquilla de neutro deben de contar con terminal exterior (Boquilla). Nivel Básico de Aislamiento al Impulso para los devanados: alta tensión 200 kV y media tensión 110 kV. | TEL: 000-000-000-00-00 | ||||
Nivel Básico de Aislamiento al Impulso para las |
boquillas: alta tensión 200 kV, media y terciario tensión 110 kV. Boquillas de porcelana: tipo condensador para alta tensión, media y terciario, con distancia de fuga de 25 mm/kV criterio fase-fase. Enfriamiento: ONAN/ONAF elevación de temperatura de 550C sobre una temperatura ambiente promedio de 300C, aislamiento diseñado para operar en forma continua a una elevación de temperatura de 650C, con un incremento de capacidad del 12%. Cambiador de derivaciones para alta tensión: sin carga, con una derivación arriba y tres abajo del voltaje nominal de 2.5% cada una. Cambiador de derivaciones para 13.8 kV: con carga de 33 pasos cada uno de 0.625 %, esto es mas/menos 10% de la tensión nominal de media tensión en las derivaciones extremas, debe incluir: un relevador de presión súbita y su correspondiente tarjeta electrónica de control dentro del gabinete, un relevador mecánico de sobre presión de chorro dirigido con tubo y sujeciones, se debe de incluir como accesorio un indicador remoto de posiciones del propio cambiador, el cual deberá de traer un cable que interconecte al indicador con el propio cambiador en campo de un distancia mínima de 150 metros. Las características del relevador de presión súbita se deben de considerar para ambos equipos, tanto el del tanque principal, como el del cambiador derivaciones. Conector tipo EXPANSIÓN para boquillas de alta tensión: bimetálico para conectar cable de cobre o aluminio de 127 mm2 a 253 mm2. El conector para las boquillas de media tensión X1, X2, y X3 y para Y1, Y2 y Y3 debe ser bimetálico tipo EXPANSIÓN para conectar cable de cobre o |
aluminio de 127 mm2 a 253 mm2. Para boquilla X0/H0 el conector debe ser bimetálico para conectar un cable de cobre o aluminio 127 mm2 a 253 mm2 Transformadores de corriente: en X1, X2 y X3 de 600/5 relación múltiple (ver tabla 2) para medición, clase de exactitud y carga 0.2 (30VA) y en X0/H0 600/5 relación múltiple (ver tabla 2 anexo 1) para protección clase de exactitud y carga 10P20 (50 VA). Deberá contar con deshidratador de silica gel autoregenerable, para el tanque conservador. El deshidratador libre de mantenimiento debe ser del tipo inteligente que garantice la operación de sus dispositivos de secado de la silica gel en los periodos en que el transformador se encuentra en aumento de temperatura, detecte saturación de humedad en el desecante y que no pierda su programación, que cuente con alarma xx xxxxx de equipo, contactos secos para indicación de conexión y desconexión de dispositivos de secado y salida analógica para medición remota de temperatura. La disposición de las boquillas será en posición vertical y sobre la tapa superior del tanque principal. Para el terciario y para las boquillas del terciario será lateral. Las demás características deben cumplir con lo indicado en las Especificaciones CFE K0000-13 AGOSTO y K0000-20-OCTUBRE 2015 vigentes en el momento de la licitación. Incluye el suministro de aceite aislante nuevo NO INHIBIDO TIPO II que cumpla con NORMA MEXICANA NMX-J-123-2008 VIGENTE ANCE por parte del proveedor adjudicado, flete, maniobras de descarga, llenado del transformador con aceite |
nuevo por parte del proveedor, armado en sitio, pruebas eléctricas y puesta a punto en sitio por parte del proveedor ganador. De acuerdo al punto 5.5 de la especificación CFE- K0000-13 AGOSTO 2006 la vida útil de los bienes en condiciones normales de operación, sea de 30 años. La garantía de estos equipos es de 24 meses después de su entrega. (en sitio y posterior a la puesta a punto). Se requiere contemplar en su diseño las bases para soportar apartarrayos solo en el lado de alta tensión del Transformador de Potencia. Nota 1: No se requiere del suministro de apartarrayos. Nota 2: Si se requiere el suministro de lote de refacciones. Nota 3: No requiere analizador de gases. Accesorios de Control que deberán incluir los Transformadores de Potencia. -Dos válvula de sobrepresión, una en cambiador de derivaciones bajo carga y otra para el tanque principal. ,(chorro dirigido). -Un relevador Xxxxxxxxx. Anti-Sismico, Instalado entre el Tanque principal y el Tanque Conservado. -Relevador de presión súbita en el cambiador de derivaciones que incluye tarjeta electrónica de sello para su correcta operación. -Indicador de temperatura devanado (parte activa) y | ||||||
COMITÉ CENTRAL Acuerdo RO-SA-4433 del 12/jul/2013 |
un indicador de temperatura líquido (Instalados en el tanque principal). -Dos indicadores de nivel liquido, uno para el tanque conservador del tanque principal y otro para el compartimiento del cambiador de derivación para operar bajo carga. -Un deshidratador inteligente para preservar el aceite aislante del compartimiento del cambiador de derivaciones para operar bajo carga. - Una bolsa COPS para el sistema de preservación del aceite aislante del tanque principal. -Un deshidratador inteligente para el sistema de presurización del aceite aislante del tanque conservador del tanque principal COPS. -Una tarjeta electrónica para monitorear la perdida de vació de las botellas de vació fases A, B y C del cambiador de derivaciones para operar bajo carga. -El número de ventiladores dependerá del diseño de cada fabricante. La impedancia referida al devanado primario del transformador debe ser del 7.5% de acuerdo a la especificación CFE K0000-13-AGOSTO 2006 vigente. Formula Genérica aplicable: CLAVE K00 | |||||
TRANSFORMADOR DE POTENCIA | ZONA ALTOS | ||||
03 | 03 | STC-18-115-13.8/550-110 | SUBESTACIÓN: SAN XXXXXX | ||
CODIGO: 813315 TRANSFORMADOR DE POTENCIA | DOMICILIO: AV. REVOLUCIÓN MÉXICANA Y CARRETERA XXXXX XX XXXXXXXXX, SAN |
PARA LA S.E. SAN XXXXXX | XXXXXX EL ALTO, JALISCO | ||||
Transformador de potencia trifásico STC-18-115- | LATITUD:21° 01' 69" N | ||||
13.8/550-110, 60 Hz, conexión delta en alta tensión y estrella en media tensión con el neutro sólidamente | LONGITUD:102° 25' 11" W | ||||
aterrizado. Capacidad18/24/30 MVA. Relación de | CONTACTO: ING. XXXXXX | ||||
transformación 115-13.8 KV. Para operar a una | XXXXXXXXX XXXXXX | ||||
altitud de hasta 1,000 m.s.n.m. | TEL: 000-000-00-00-000 | ||||
Nivel Básico de Aislamiento al impulso para los | |||||
devanados: alta tensión 550 KV y media tensión 110 | |||||
KV. | |||||
Nivel Básico de Aislamiento al impulso para las | |||||
boquillas: alta tensión 550 KV y media tensión 110 | |||||
KV. | |||||
Boquillas: tipo condensador para alta y media | |||||
tensión, con distancia de fuga de 25 mm/KV criterio | |||||
fase-fase. | |||||
Enfriamiento: ONAN/ONAF/ONAF. Elevación de | |||||
temperatura de 550C sobre una temperatura | |||||
ambiente promedio de 300C, aislamiento diseñado | |||||
para operar en forma continua a una elevación de | |||||
temperatura de 650C, con un incremento de | |||||
capacidad del 12%. | |||||
Cambiador de derivaciones para alta tensión: sin | |||||
carga, con una derivación arriba y tres abajo del | |||||
voltaje nominal de 2.5% cada una. | |||||
Cambiador de derivaciones para media tensión: con | |||||
carga de 33 pasos cada uno de 0.625 %, esto es | |||||
mas/menos 10% de la tensión nominal de media | |||||
tensión en las derivaciones extremas, debe incluir: | |||||
un relevador de presión súbita y su correspondiente | |||||
tarjeta electrónica de control dentro del gabinete, un |
relevador mecánico de sobre presión de chorro dirigido con tubo y sujeciones, se debe de incluir como accesorio un indicador remoto de posiciones del propio cambiador, el cual deberá de traer un cable que interconecte al indicador con el propio cambiador en campo de un distancia mínima de 150 metros. Las características del relevador de presión súbita se deben de considerar para ambos equipos, tanto el del tanque principal, como el del cambiador derivaciones. Conector tipo EXPANSIÓN para boquillas de alta tensión: bimetálico para conectar cable de cobre o aluminio de 127 mm2-253 mm2. El conector para las boquillas de media tensión X1,X2,y X3 debe ser bimetálico tipo EXPANSIÓN para Terminal espada nema 4, para conectar un cable de cobre o aluminio de 253 mm2 a 507 mm2 . Para boquilla X0 el conector debe ser bimetálico para Terminal espada nema 4 para conectar un cable de cobre o aluminio 127 mm2-253 mm2 Transformadores de corriente: en X1, X2 y X3 de 2000/5 relación múltiple (ver tabla 1) para medición, clase de exactitud y carga 0.2 (30VA) y en X0 2000/5 relación múltiple (ver tabla 2 anexo 1) para protección clase de exactitud y carga 10P20 (50 VA). Deberá contar con deshidratador de silica gel autoregenerable, uno para el tanque conservador y otro para el cambiador de derivaciones bajo carga. El deshidratador libre de mantenimiento debe ser del tipo inteligente que garantice la operación de sus dispositivos de secado de la silica gel en los periodos en que el transformador se encuentra en aumento de temperatura, que detecte saturación de humedad en el desecante y que no pierda su programación, que cuente con alarma xx xxxxx de equipo, contactos secos para indicación de conexión y desconexión de |
dispositivos de secado y salida analógica para Para Subestación San Xxxxxx xx Xxxx Altos, la baja tensión será diseñado sin garganta, la disposición de las boquillas X0,X1,X2 y X3 serán en posición vertical y sobre la tapa superior del tanque principal. Las demás características deben cumplir con lo indicado en las Especificaciones CFE K0000-13 AGOSTO y K0000-20- OCTUBRE 2015 vigentes en el momento de la licitación. Incluye el suministro de aceite aislante nuevo NO INHIBIDO TIPO II que cumpla con NORMA MEXICANA NMX-J-123-2008 VIGENTE ANCE por parte del proveedor adjudicado, flete, maniobras de descarga, llenado del transformador con aceite nuevo por parte del proveedor, armado en sitio, pruebas eléctricas y puesta a punto en sitio por parte del proveedor ganador. Nota: En el entendido que la puesta a punto en sitio se refiere a realizar todas las actividades anteriores incluyendo el llenado del aceite del Transformador con las pruebas eléctricas al mismo en sitio. Todos estos trabajos se deberán realizar de acuerdo a los criterios de CFE y en apego a las normas correspondientes. Así mismo se requiere cromatografía de gases al aceite una vez que ya se haya llenado el Transformador de Potencia. De acuerdo al punto 5.5 de la especificación CFE- K0000-13 AGOSTO 2006 la vida útil de los bienes en condiciones normales de operación, sea de 30 años. La garantía de estos equipos es de 24 meses después de su entrega. (en sitio y posterior a la |
puesta a punto) Para estos equipos las boquillas de alta y baja tensión serán del tipo condensador de porcelana. Se requiere se contemple en su diseño las bases para soportar Apartarrayos solo en el lado de alta tensión del Transformador de Potencia. Nota 1: No se requiere del suministro de Apartarrayos. Nota 2: Si se requiere el suministro de lote de refacciones. Nota3: No requiere analizador de gases. Accesorios de Control que deberán incluir los Transformadores de Potencia. -Dos válvulas de sobre presión , una en cambiador de derivaciones bajo carga y otra para el tanque principal. (Ambas de chorro dirigido) -Un relevador Xxxxxxxxx. Anti-Sismico, Instalado entre el Tanque principal y el Tanque Conservador. -Un rl -Relevador de presión súbita en el cambiador de derivaciones que incluye tarjeta electrónica de sello para su correcta operación. -Indicador de temperatura devanado (parte activa) y un indicador de temperatura líquido (Instalado en el tanque principal). -Dos indicadores de nivel liquido, uno para el tanque conservador del tanque principal y otro para el compartimiento del cambiador de derivación bajo carga para operar bajo carga. -Un Desidratador inteligente para preservar el aceite | ||||||
COMITÉ CENTRAL Acuerdo RO-SA-4433 del 12/jul/2013 |
aislante del compartimiento del cambiador de derivaciones para operar bajo carga. - Una bolsa COPS para sistema de preservación del aceite aislante del tanque principal. -Un Desidratador inteligente para el sistema de presurización del aceite aislante del tanque conservador del tanque principal COPS. -Una tarjeta electrónica para monitorear la perdida de vació de las botellas de vació fases A, B Y C del cambiador de derivaciones para operar bajo carga. -El número de ventiladores dependerá del diseño de cada fabricante. La impedancia referida al Devanado Primario del Transformador es del 9% de acuerdo al CFE K0000- 13-AGOSTO 2006 vigente. Formula Genérica aplicable: CLAVE K00 |
CONTRATO ABIERTO, NO APLICA
Los bienes y/o servicios objeto de esta licitación serán adquiridos bajo la modalidad de contrato abierto, conforme a lo establecido en el artículo 47 de la LAASSP yen el artículo 85 del reglamento:
NOTAS:
1. La asignación de esta adquisición se hará con base en la partida completa; no se aceptan proposiciones parciales.
2. El licitante deberá entregar tres juegos impresos y uno en forma digital del manual de operación y mantenimiento del transformador, incluyendo en cuando menos uno de los impresos, los manuales originales de todos los accesorios que se estén utilizando en este, como lo son: transformadores de corriente, boquillas, indicadores de temperatura y devanado, válvulas de sobrepresión, válvula de sobrepresión súbita, ventiladores, etc., y si en estos manuales no se detallan los planos con las dimensiones de los equipos, incluir estos planos de accesorios junto con el resto que vienen con el transformador.
3. La mercancía debe atender las disposiciones relativas a empaque, embalaje, embarque, transporte, descarga, recepción y almacenamiento establecidas en la Norma de Referencia L1000-11 DEL 22 DE FEBRERO DEL 2016 que sustituye a la NRF- 001-CFE
4. Las cajas o contenedores con el material deben marcarse en cuatro de sus lados con las siglas CFE, número de contrato, destino final y numeración progresiva y totalizada de cada una de ellas.
5. Los licitantes deben presentar copia y, en caso de resultar ganador, el original o copia certificada para su cotejo de la documentación comprobatoria del cumplimiento con la(s) norma(s) expedida de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 68 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. NO APLICA. Sin embargo para la partidas 1,2, y 3 los transformadores deben de cumplir con lo establecido en las especificaciones CFE K0000-13 AGOSTO 2006 vigente y CFE K0000-20- OCTUBRE 2015 vigentes al momento de la licitación además deben cumplir con las características particulares indicadas en el anexo 1.
6. Los bienes deben cumplir con las normas oficiales mexicanas, las normas mexicanas y en su caso, las normas internacionales, y las normas de referencia; así mismo, deben cumplir con las especificaciones técnicas de CFE. Para esta licitación deben cumplir con las especificaciones técnicas CFE K0000-13-AGOSTO 2006 VIGENTE “Transformadores de Potencia para Subestaciones de Distribución” y CFE K0000-20-OCTUBRE 2015 vigente “Evaluación de Perdidas de Transformadores de Potencia y Calculo de Penalización” vigentes al momento de la licitación además deben cumplir con las características particulares indicadas en el anexo 1. y tabla CPE-348 de la especificación CFE K0000-13-AGOSTO-2006 VIGENTE.
7. Plazo de entrega. Los bienes o servicios cotizados deben ser entregados de conformidad con el plazo de entrega establecido en este anexo, este será contado a partir de la fecha de la notificación del fallo.
El licitante ganador, debe entregar para autorización de la Gerencia de Normalización de Distribución ubicada en Xxxxxx xx. 14, 3er. Piso sal 204, col. Xxxxxxxxxx, delegación Xxxxxxxxxx, Mexico D.F. Teléfono: 00 00 00 00 00 xxx 00000 y 20162.
Plazo para la entrega de los planos con los dibujos de los transformadores de potencia, con sus vistas en planta, perfil, cortes, dimensionado, así como sus características principales e indicación de sus valores dieléctricos y electromecánicos garantizados y el plano de empaque y embalaje deberá ser a los 20 días naturales posteriores a la formalización del contrato. CFE revisará que los planos tengan la información solicitada, en caso de cumplir, estos serán devueltos al proveedor en un periodo de 20 días naturales, con la autorización correspondiente, en caso de que se regresen con observaciones, el tiempo que trascurra hasta su autorización será imputable al proveedor. Cualquier demora en los plazos indicados por cualquiera de las partes, serán computados para penalización o prorrogas.
El licitante debe presentar en su proposición un programa de fabricación y el plan de inspección donde queden claras y precisas las etapas de fabricación de cada bien, definiendo porcentajes y períodos de dicha fabricación cuando lo requiera
CFE Distribución . Como parte del programa de fabricación, se deben considerar los tiempos correspondientes a las pruebas de aceptación del producto.
La proposición que presente plazos de entrega mayores a los especificados, será desechada.
8. Inspecciones y Pruebas
CFE representada por el LAPEM, o la persona que designe, tendrá en todo momento el derecho de inspeccionar y probar los bienes a fin de verificar su conformidad con las especificaciones del contrato y de las bases de licitación. En caso de que CFE no realice las inspecciones o pruebas, notificará por escrito al proveedor el nombre de las personas o empresas que realizarán dichas inspecciones o pruebas para estos fines.
Si los bienes inspeccionados o probados no se ajustaran a las especificaciones indicadas en las bases, CFE Distribución lo rechazara y el proveedor deberá, sin cargo para este Organismo, reemplazarlos para cumplir con las especificaciones.
Como requisito indispensable para la aceptación y recepción de los bienes, éstos deben someterse a las pruebas de rutina, aceptación en fábrica y en el lugar de recepción del equipo, por el personal de CFE a través del LAPEM y/o la persona que ésta designe, además de presentar evidencia de haber pasado las pruebas de prototipo establecidas en las especificaciones técnicas. La verificación en el lugar de entrega del equipo, serán las correspondientes para: constatar el buen estado del equipo y sus accesorios, incluyendo lo correspondiente a recubrimientos, verificación del buen traslado del equipo, a través del detector de impactos y la verificación de la entrega total del equipo considerando accesorios y puesta a punto.
Los licitantes deberán considerar en su propuesta económica el costo por el concepto de inspección y pruebas para verificar el cumplimiento de las especificaciones aplicables en la presente licitación, conforme a lo indicado en el tercer párrafo de la hoja 9 de 52 del Procedimiento Técnico para Realizar la Inspección y Aceptación de Bienes PE-K3000-003 Ed. Nov. 2016, la cual podrán descargar en la siguiente dirección:
xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxx/0_Xxxxxxxxxxxxxxxxxx/Xxxxxxx/Xxxxxxxxxxxxx-xxxxxxx-xxxx-xxxxxxxxxxx.xxxx Para solicitar la cotización del servicio deberán ponerse en comunicación con la Oficina y/o Delegación
9. Entrega de los bienes y documentos que deben acompañarlos
El proveedor hará entrega de los bienes conforme a los términos y condiciones pactados en el contrato, entendiéndose por ello la forma, lugar y el tiempo, entre otros.
En los casos de contratos donde se pacten condiciones de entrega en destino final, la evidencia para efectos de cumplimiento en el plazo de entrega pactado será la fecha de recepción de los bienes en el acuse de recibo de los almacenes de CFE.
Sobre este particular y para efectos de cumplimiento en las fechas de entrega, la evidencia de entrega será la fecha de recepción por CFE en los lugares de entrega definidos en el contrato, por lo que el licitante debe considerar dentro de su programa de fabricación los tiempos de pruebas de aceptación, transporte, descarga, armado y puesta a punto.
La liberación final del producto será hecha por CFE a través del LAPEM o por quien él designe, una vez realizada la inspección del producto, considerando el estado físico, empaque y embalaje, reporte de pruebas de aceptación y documentación solicitada en contrato.
Respecto al transporte del equipo, este debe ser realizado por una compañía con experiencia en el manejo de estos equipos. La contratación del transporte y el aseguramiento de los bienes hasta el destino final serán por cuenta y a nombre del licitante ganador.
10. No se aceptarán propuestas de transformadores de potencia cuyo comportamiento operativo en instalaciones de CFE presente fallas atribuibles al producto. Este reconocimiento xx xxxxx debe estar respaldado por un análisis con participación del personal técnico del fabricante y de CFE, en donde se reconozca que la causa es atribuible al producto (diseño, fabricación o material). Para cuando se tengan estos casos, el licitante debe presentar en la proposición técnica, documento avalado por la Gerencia de Distribución, en donde se indique que la causa raíz del comportamiento no satisfactorio, ha -sido atendida en el proceso correspondiente, así como haber atendido lo correspondiente a la garantía de vida útil del producto fallado, conforme a lo indicado en la manifestación de vida útil del producto.
11. Para transformadores de potencia sin historial de comportamiento operativo en instalaciones de CFE, se debe entregar en la proposición técnica, la información de la experiencia operativa satisfactoria durante cinco años del equipo en instalaciones de por lo menos tres empresas suministradoras de servicio eléctrico. Esta información debe contener los datos que permitan contactar al personal emisor del reporte (dirección, teléfono, fax, correo electrónico, etc.).
12. En la entrega de los transformadores de potencia, no se aceptarán aquellos cuyo origen de fabricación sea diferente al de la planta evaluada según constancia de proveedor aprobado por el LAPEM o lo manifestado en el anexo 6. Todo caso plenamente justificado y documentado por el proveedor, debe tratarse previamente con la Gerencia de Distribución.
13. Para los transformadores de potencia, la consideración del cumplimiento de las pruebas prototipo, es de tipo particular, ya que por lo general, los diseños son acordes a las perdidas ofrecidas por el licitante, deben cumplir con las indicadas en la especificación CFE-K0000-13 -2006 AGOSTO VIGENTE, por lo que las pruebas prototipo son realizadas a la primera unidad que es fabricada, de cada diseño particular que se trate.
14. Los requerimientos relativos a la prueba de cortocircuito se indican en los puntos (5.3.3, 5.3.3.1, 5.3.3.2, 5.3.3.3, 5.3.3.4 y 5.3.3.5) de la especificación CFE K0000-13 AGOSTO 2006.
15. El Licitante debe entregar la documentación con la información solicitada en la Tabla 1 de la Especificación CFE K0000-13 AGOSTO 2006, correspondiente a transformadores similares en cuanto a: tipo, capacidad, tensiones de operación e impedancias, a los requeridos en esta licitación. Si el diseño del transformador de potencia ofrecido no cuenta con la documentación que ampare los resultados satisfactorios de la prueba de prototipo de cortocircuito podrá entregar en la oferta técnica un reporte de similitud con respecto al prototipo probado, de acuerdo a lo señalado en el inciso 5.3.3 de esta especificación CFE K0000-13 AGOSTO 2006, emitido por un laboratorio acreditado por la autoridad competente del país de origen con base a la norma ISO/IE 17025. De existir varios transformadores de iguales características en un pedido puede un reporte ampara todos estos equipos, bajo el mismo proceso de fabricación, finalmente si el fabricante no cuenta con ninguno de estos requisitos, el licitante debe entregar en su oferta técnica, un documento en donde manifieste el compromiso, en caso de ser ganador, de llevar a cabo esta prueba en un laboratorio acreditado por la autoridad competente del país de origen con base a la norma ISO/IEC 17025, a su cargo y costo, sin afectar los tiempos de entrega.
Adicionalmente debe entregar, documento donde manifieste bajo protesta de decir verdad que, en caso de ser ganador, las pruebas prototipo restantes establecidas en la especificación CFE K0000-13-AGOSTO 2006 VIGENTE, se llevarán a cabo en la primera unidad de cada diseño particular, conforme lo establece dicha especificación, a su cargo y costo, sin afectar los tiempos de entrega.
16. Los licitantes participantes deben de entregar el cuestionario que indica la especificación CFE K0000-13-AGOSTO 2006 VIGENTE, debidamente contestado.
17. El aceite mineral aislante no inhibido tipo II utilizado para las pruebas y el llenado final de los transformadores debe de cumplir con la NORMA MEXICANA NMX-J-123-2008- VIGENTE ANCE “productos eléctricos – transformadores – aceite mineral aislante para transformadores – especificaciones, muestreo y métodos de prueba”.
18. Para el transporte de los transformadores, el licitante ganador debe de considerar instalar detectores de impacto que den información en los tres ejes.
19. Los Transformadores deben embarcarse sin aceite con un porciento de humedad residual menor o igual 0,3%, deben llenarse con nitrógeno UAP ( ultra alta pureza) y sellándolos en fábrica, de modo de prevenir la entrada de humedad; debe incluirse un equipo de nitrógeno incluyendo tanque, válvulas y demás accesorios para mantener a una presión constante el nitrógeno en el interior del tanque durante el transporte. Una vez llenos con el nitrógeno seco se debe comprobar que el tanque del transformador no tiene fugas, de tal modo que lleguen al sitio con presión manométrica positiva, de acuerdo al numeral10 inciso a) de la especificación CFE-K0000-13 edición AGOSTO 2006.
20. CFE Recibirá por parte del proveedor adjudicado el equipo:
-Con aceite nuevo proporcionado por el licitante ganador.
-Armado en sitio por el licitante ganador.
-Pruebas eléctricas realizadas por el licitante ganador.
- Puesta a punto en sitio por el licitante ganador.
21. El licitante ganador para el transporte del transformador de su planta a las Subestaciones debe instalar un detector de impactos el cual se verificara una vez colocado en piso el transformador.
22. El licitante ganador debe realizar las siguientes pruebas al transformador y al líquido aislante después de 24 horas de terminar el proceso de montaje y llenado del transformador en sitio.
Pruebas al transformador.
• Corriente de excitación a 10 kV en todas las derivaciones del cambiador sin carga en alta tensión y en cada una de ellas, realizar prueba en todas las posiciones de baja tensión del cambiador con carga en media tensión.
• Relación de transformación en todas las derivaciones del cambiador sin carga en alta tensión y en cada una de ellas, realizar prueba en todas las posiciones de baja tensión del cambiador con carga en media tensión.
• Prueba de collar caliente a 10 kV en la primera falda de las boquillas de alta y media tensión incluyendo la boquilla X0.
• Medición de factor de potencia y capacitancias (C1y C2) a 10 Kv. a todas las boquillas instaladas en el transformador.
• Factor de potencia y Capacitancia a 10 kV a los aislamientos de los devanados contra tierra y entre devanados, los valores corregidos a 20º C.
• Resistencia de aislamiento a 5000 volts de c.d. de los devanados a 1 minuto y 10 minutos, debe de calcularse el índice de polarización.
• Resistencia de aislamiento al Núcleo a 1000 volts c.d. durante un minuto sin aceite (realizar antes del llenado).
• Respuesta a la frecuencia a devanados en todas las derivaciones de alta tensión y en cada una de estas en las posiciones 16L, N y 16R del cambiador bajo carga en media tensión.
• Reactancia de dispersión en todas las posiciones del cambiador de derivación sin carga y en cada una de ellas, probar en las posiciones 16L, N, 16R del cambiador bajo carga.
Pruebas al líquido aislante del tanque principal y del cambiador con carga.
• Factor de potencia a 20º C Y 100º C
• Rigidez dieléctrica.
• Análisis físico químico.
• Cromatografía de gases disueltos.
• Prueba detección de Azufres corrosivos.
• Detección de bifenilos policlorados.
Tabla No 1 TRANSFORMADORES DE POTENCIA
No | Pruebas y Revisión de Diseño: | Observaciones |
1 | Los licitantes deben demostrar que los Transformadores de Potencia tienen la capacidad de soportar corto circuitos mediante pruebas de prototipo hechas en transformadores similares, este criterio de similitud se debe de demostrar siguiendo lo indicado en el inciso 5.3.3 de la especificación CFE K0000-13- AGOSTO VIGENTE, En caso de no tenerlas y resultar ganadores en la licitación deben llevarlas a cabo en el primer transformador del diseño correspondiente que sea fabricado, a su cargo y costo y sin afectar los tiempos de construcción de las obras, en un Laboratorio de pruebas reconocido por la CFE. Las pruebas deben ser hechas de acuerdo con NMX- J-284 VIGENTE ANCE-2012 | El criterio de similitud, conforme a la Especificación K0000-13-AGOSTO VIGENTE, se debe demostrar siguiendo la “Guía para Demostración de Similitud en Transformadores de Potencia con respecto al Corto Circuito” incluida como se indica en punto 15 del anexo 1 |
2 | Pruebas de Elevación de Temperatura | |
Los licitantes deben demostrar que el diseño para el transporte de estos equipos tiene al menos un margen de seguridad de 2.5 veces el esfuerzo máximo producido por una aceleración de 2.5 g en sentido longitudinal, 2 g en sentido lateral y 1.5 g en sentido vertical. Esta demostración puede ser hecha mediante memoria de cálculo. En esta memoria debe indicarse la ubicación, de los soportes, la masa de la parte activa y su distribución, las fuerzas, los esfuerzos y el tipo de material de los soportes, así como el margen de seguridad en las condiciones más críticas de aceleración. Para el propósito de la presentación de la oferta, la Memoria de cálculo debe ser representativa de Transformadores con características similares a las del Transformador Ofertado (en masa y dimensiones). Los valores aquí indicados, no limitan la responsabilidad del fabricante para satisfacer las condiciones específicas del medio de transporte, con el margen de seguridad suficiente para minimizar la probabilidad de ocurrencia de daños durante transporte. |
RESTRICCIONES.
1 El medio aislante que se requiere en los transformadores es aceite nuevo; es decir. No se acepta aceite regenerado.
2 El aceite suministrado debe cumplir con la NORMA NMX-J- 123 VIGENTE ANCE 2008,1 y la Especificación CFE D3100-19 FEBRERO 2008.
3 El aislamiento externo de los pasamuros de los transformadores debe ser de porcelana
Tabla 1 (Partida 1 y 3)
Detalle de relación múltiple en transformadores de corriente
Transformador de corriente 2000 / 5 Relación múltiple | ||
Relación | Relación de vueltas | Conexión en secundario |
300 : 5 | 60 : 1 | X3 – X4 |
400 : 5 | 80 : 1 | X1 – X2 |
500 : 5 | 100 : 1 | X4 – X5 |
800 : 5 | 160 : 1 | X2 – X3 |
1100 : 5 | 220 : 1 | X2 – X4 |
1200 : 5 | 240 : 1 | X1 – X3 |
1500 : 5 | 300 : 1 | X1 – X4 |
1600 : 5 | 320 : 1 | X2 – X5 |
2000 : 5 | 400 : 1 | X1 – X5 |
Tabla 2 (Partida 2)
Detalle de relación múltiple en transformadores de corriente
Transformador de corriente 600 / 5 Relación múltiple | ||
Relación | Relación de vueltas | Conexión en secundario |
50 : 5 | 10 : 1 | X2 – X3 |
100 : 5 | 20 : 1 | X1 – X2 |
150 : 5 | 30 : 1 | X1 – X3 |
200 : 5 | 40 : 1 | X4 – X5 |
250 : 5 | 50 : 1 | X3 – X4 |
300 : 5 | 60 : 1 | X2 – X4 |
400 : 5 | 80 : 1 | X1 – X4 |
450 : 5 | 90 : 1 | X3 – X5 |
500 : 5 | 100 : 1 | X2 – X5 |
600 : 5 | 120 : 1 | X1 – X5 |
Anexo 1A
MANIFESTACION DE VIDA UTIL DEL EQUIPO
Fecha:
Comisión Federal de Electricidad Subdirección de Distribución
Río Xxxxxx 14 tercer piso
Colonia Xxxxxxxxxx
C. P. 06598 México, D. F.
Estimados Señores:
El suscrito [insertar el nombre y cargo del representante del fabricante del equipo ofrecido] y a nombre de la Empresa [insertar el nombre de la empresa fabricante del equipo ofrecido] manifiesta a la Comisión Federal de Electricidad, por medio de la presente, que el
equipo: ,marca tipo / modelo , tiene una vida útil de años,
considerando las siguientes condiciones operativas y de mantenimiento:
1. Condiciones Operativas bajo las cuales esta manifestación de vida útil aplica:
2. Condiciones de mantenimiento bajo las cuales esta manifestación de vida útil aplica:
Atentamente
(Nombre, Firma y Cargo)
ANEXO 2
NOTA INFORMATIVA PARA PARTICIPANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICOS (OCDE).
El compromiso de México en el combate a la corrupción ha transcendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.
Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.
La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación -la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:
• La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.
• El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.
El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadoras y la atracción de inversión extranjera.
Las responsabilidades del sector público se centran en:
• Profundizar las reformas legales que inició en 1999.
• Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento.
• Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).
Las responsabilidades del sector privado contemplan:
• Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorías externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.
• Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.
• Los abogados: promover el cumplimento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.
Las sanciones impuestas a las personas físicas x xxxxxxx (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.
Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.
El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.
En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la Convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.
Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos: “Artículo 222
Cometen el delito de cohecho:
I El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y
II El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.
Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, de treinta a trescientos días multa y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos a catorce años de prisión, de trescientos a mil días multa y destitución e inhabilitación de dos a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.
Capítulo XI Cohecho a servidores públicos extranjeros. Artículo 222 Bis
Se impondrán las penas previstas en el Artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por si o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:
I A un servidor público extranjero o a un tercero que éste determine, para que dicho servidor público gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;
II A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión o,
III A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.
Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión en el poder legislativo, ejecutivo o judicial o en un órgano público autónomo en cualquier orden o nivel de gobierno de un Estado extranjero, sea designado o electo; cualquier persona en ejercicio de una función para una autoridad, organismo o empresa pública o de participación estatal de un país extranjero; y cualquier funcionario o agente de un organismo u organización pública internacional.
Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 de este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta mil días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.”
ANEXO 3
LINEAMIENTOS DE FINANCIAMIENTO PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES, Y LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y ARRENDAMIENTOS.
Noviembre de 2010
ANEXO 4
MODELO DE CONTRATO
EL LLENADO DE LAS CLAUSULAS DEL CONTRATO SERA CON LOS DATOS DE LOS LICITANTES GANADORES
CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, A LA QUE EN LO SUCESIVO, SE LE DENOMINARÁ LA COMISIÓN
REPRESENTADA POR (nombre del servidor público), EN SU CARÁCTER DE (cargo designado), Y POR
(nombre de la empresa:
LA OTRA,
DENOMINARÁ EL PROVEEDOR
persona física o moral), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE REPRESENTADA POR (nombre del representante) EN SU
CARÁCTER DE (cargo designado), AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I. LA COMISIÓN declara que:
I.1. Es una empresa productiva subsidiaria de Comisión Federal de Electricidad, con personalidad jurídica y patrimonio propio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de su acuerdo de creación, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 29 xx xxxxx de 2016..
I.2. Requiere: (descripción genérica de los bienes solicitados).
I.3. El Sr. (servidor público), en su carácter de (cargo designado), cuenta con las facultades legales suficientes para suscribir el presente Contrato, en representación de LA COMISIÓN mismas que a la fecha no le han sido modificadas, revocadas o canceladas, de conformidad con el testimonio de la Escritura Pública número de fecha (día, mes y año), pasada ante la xx xxx Xxxxxxx Público No. de la ciudad de (ciudad que corresponda), Lic. (nombre xxx Xxxxxxx).
I.4. Para asegurar las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad, crecimiento económico, generación de empleo, eficiencia energética, uso responsable del agua, optimización y uso sustentable de los recursos, así como la protección al medio ambiente y demás circunstancias pertinentes, LA COMISIÓN, con fundamento en los artículos 26, fracción (I, II ó III, según corresponda) y 28, fracción (I si es nacional, II si es internacional bajo cobertura de tratados o III internacional abierta), de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, con fecha (día, mes y año) publicó en Compranet la Convocatoria No. para licitar la adquisición de los bienes materia del presente Contrato, publicando, a su vez, un resumen de ésta en el Diario Oficial de la Federación de fecha (día, mes y año).
I.5. Mediante fallo emitido con fecha (día, mes y año) y notificado el (día, mes y año, )se adjudicó el presente Contrato a (nombre del proveedor),en virtud de que cumplió con los requisitos legales, técnicos y económicos solicitados en la convocatoria.
NOTA: En caso de que se opte por no llevar a cabo el procedimiento de licitación pública, se deberá indicar el fundamento legal en que se respalde el procedimiento de contratación, llevado empleo, eficiencia energética, uso responsable del agua, optimización y uso sustentable de los recursos, así como la protección al medio ambiente y demás circunstancias pertinentes, LA COMISIÓN, con fundamento en los artículos 26, fracción (I, II ó III, según corresponda) y 28, fracción (I si es nacional, II si es internacional bajo cobertura de tratados o III internacional abierta), de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, con fecha (día, mes y año) publicó en Compranet la Convocatoria No. para licitar la adquisición de los bienes materia del presente Contrato, publicando, a su vez, un resumen de ésta en el Diario Oficial de la Federación de fecha (día, mes y año).
I.5. Mediante fallo emitido con fecha (día, mes y año) y notificado el (día, mes y año, )se adjudicó el presente Contrato a (nombre del proveedor),en virtud de que cumplió con los requisitos legales, técnicos y económicos solicitados en la convocatoria.
NOTA: En caso de que se opte por no llevar a cabo el procedimiento de licitación pública, se deberá indicar el fundamento legal en que se respalde el procedimiento de contratación, llevado a cabo mediante invitación a cuando menos tres personas o mediante adjudicación directa, y sustituir las declaraciones I.4 y I.5 que anteceden, por alguna de las siguientes, según corresponda:
I.4. De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 26 fracción II y ( 41, fracción No. ó 42 ), de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se llevó a cabo el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas y se adjudicó el presente Contrato, en términos del fallo emitido por (área abastecedora ) con fecha (día, mes y año ) y notificado el (día, mes y año, ).
I.4. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 26 fracción III y (41, fracción No. ó 42 ), de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se llevó a cabo el procedimiento de Licitacion Publica Internacional Diferenciada 1.
NOTA: En el caso de contratos derivado de un supuesto de excepción a la licitación pública conforme al artículo 41, fracciones I, III, VIII, IX, segundo párrafo, X y XIII a XIX de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se deberá complementar la declaración I.4 que antecede, con la siguiente:
I.6. Con fundamento en el artículo (22, fracción II) de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, con fecha (día, mes y año), el Comité (Central o Regional de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios) en la sesión (ordinaria o extraordinaria) dictaminó procedente el caso de excepción de licitación pública y la contratación mediante el procedimiento de (tipo de procedimiento).
NOTA: En el caso de contratos derivados de un supuesto de excepción a la licitación pública conforme al artículo 41, fracciones II, IV, V, VII, IX, primer párrafo, XI, XII y XX de la Ley de
Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se deberá complementar la declaración I.4 que antecede, con la siguiente:
I.6. Con fundamento en el artículo 41, segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
(nombre del servidor público )
Servicios del Sector Público, el en su carácter de (cargo designado)
dictaminó procedente el caso de excepción de licitación pública y la contratación mediante el procedimiento de (tipo de procedimiento).
NOTA: En el caso de contratos derivados de un supuesto de excepción a la licitación pública conforme al artículo 41, fracciones II, IV, V, VII, IX, primer párrafo, XI, XII y XX de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se deberá complementar la declaración I.4 que antecede, con la siguiente:
I.6. Con fundamento en el artículo 41, segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el (nombre del servidor público ) en su carácter de (cargo designado) dictaminó procedente el caso de excepción de licitación pública y la contratación mediante el procedimiento de (tipo de procedimiento ).
I.6. Para el presente ejercicio fiscal, cuenta con la autorización presupuestal correspondiente, de acuerdo con el oficio No. , de fecha , emitido por y, con los fondos necesarios para hacer las erogaciones que se motiven con la adquisición objeto del presente Contrato, con cargo a la partida presupuestal No. Del Área (área solicitante).
NOTA: El numeral siguiente es aplicable en los casos de contratos plurianuales
I.7. En términos de lo dispuesto en los artículos 25, párrafos tercero y cuarto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 50, primer párrafo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría y 148, fracción I de su Reglamento; así como en las Disposiciones Generales para la Celebración de Contratos Plurianuales de LA COMISIÓN, se manifiesta que la referida contratación quedó relacionada en el Programa de Contratos Plurianuales aprobada por la Junta de Gobierno y autorizada por el Director General de LA COMISIÓN, con fecha (día, mes y año).
II. EL PROVEEDOR declara que:
II.1. Es una Sociedad (tipo de sociedad) legalmente constituida de conformidad con la legislación mexicana, según consta en escritura pública número , otorgada ante la xx xxx Xxxxxxx Público No. , de la ciudad de (lugar) Lic. (Nombre), inscrita en el Registro Público de Comercio de la ciudad de (ciudad que corresponda) folio mercantil (número) de fecha (día, mes y año).
NOTA: En el supuesto de que la contratación se realice con proveedores extranjeros, deberán sustituirse la cláusula anterior por la siguiente:
II.1. (Nombre de la persona moral) es una persona moral extranjera, constituida conforme a las leyes de (país de origen), como acredita con copia de la siguiente documentación debidamente apostillada o legalizada: (indicar la documentación que presenta el proveedor).
NOTA: La documentación con la que acredite su legal constitución deberá presentarse redactada en español por perito oficial o acompañada de la traducción correspondiente.
II.2. El Sr. (nombre del representante) en su carácter de (cargo designado) cuenta con las facultades legales suficientes para suscribir este contrato en su representación, de conformidad con el testimonio de la Escritura Pública número de fecha (día, mes y año), pasada ante la xx xxx Xxxxxxx Público No. de la ciudad de (ciudad que corresponda), Lic. (nombre xxx Xxxxxxx).
NOTA: En el supuesto de que el proveedor sea una persona física y actúe por su propio derecho, las declaraciones II.1 y II.2 deberán sustituirse por la siguiente:
II.1. Es (señalar nacionalidad), según lo acredita con (acta de nacimiento, o carta de naturalización).
II.3. Tiene capacidad jurídica para contratar y cuenta con los recursos técnicos, financieros y humanos idóneos, para suministrar los bienes objeto del presente contrato.
II.4. Su Registro Federal de Contribuyentes es (número de registro).y su domicilio fiscal se encuentra ubicado en (dirección).
II.5. Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que la sociedad o las personas que forman parte de ella, no se encuentran en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
NOTA: En el supuesto de que el proveedor sea una persona física, la declaración II.5 se deberá sustituir por la siguiente:
II.5. Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que no se encuentra en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
NOTA: Si el contrato es superior a 300 mil pesos moneda nacional, deberá incluirse la siguiente declaración.
II.6. Para los efectos del Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, ha cumplido con el requisito de presentar copia del acuse de recibo de la solicitud de opinión en el Portal del Sistema de Administración Tributaria (SAT), respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales, lo cual acredita con el documento de folio , de fecha .
Nota: En el supuesto de que el proveedor no se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, se sustituirá la declaración anterior, por la que resulte aplicable de entre las siguientes:
II.6. Para los efectos del Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, ha cumplido con el requisito de presentar solicitud en la que se compromete a celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagar los adeudos fiscales existentes, con los recursos que se obtengan por la enajenación, objeto del presente contrato, en la fecha en que las autoridades fiscales señalen.
II.6. Para los efectos del Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, ha garantizado conforme al artículo 141 del mismo Código Fiscal de la Federación, la autorización para pagar a plazos (o haber interpuesto algún medio de defensa judicial contra créditos fiscales a su cargo).
NOTA: En caso de que habiendo estado obligados a garantizar créditos fiscales, no lo hayan hecho o el importe de dicha garantía no se encuentra actualizado con la ampliación correspondiente, se deberá señalar la forma en que el proveedor los garantizará ante las autoridades fiscales.
II.7. De acuerdo a la estratificación establecida en el artículo 3, fracción III de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, su empresa se ubica como (indicar tipo de empresa).
Nota: En caso de que se trate de un proveedor extranjero, se deberá incluir la siguiente declaración:
II.8. Conoce las medidas preventivas y de penalizaciones establecidas en la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales de la OCDE, mismas que se encuentran mencionadas en la convocatoria a la licitación de la cual deriva el presente contrato.
Expuesto lo anterior, LA COMISIÓN y EL PROVEEDOR, celebran el presente Contrato al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO.
EL PROVEEDOR se obliga a suministrar a LA COMISIÓN los bienes que a continuación se indican, de acuerdo con las características establecidas en el anexo 1 de la convocatoria y en la proposición ofertada por el proveedor.
NOTA: Cuando el contrato se celebre a través de los procedimientos de Invitación a Cuando menos tres personas o de Adjudicación Directa, la cláusula anterior, se deberá adecuar en lo conducente.
NOTA: En el caso de arrendamiento de bienes, se indicará si es con o sin opción a compra. SEGUNDA.- PLAZO DE ENTREGA.
EL PROVEEDOR entregará los bienes a máximo 45 días naturales a partir de la notificación del fallo
que serán computados a partir del día natural siguiente al de la notificación del fallo.
TERCERA.- LUGAR DE ENTREGA.
EL PROVEEDOR entregará los bienes en los domicilios que se indican en el anexo 1 de la convocatoria.
NOTA: Cuando el contrato se celebre a través de los procedimientos de Invitación a Cuando menos tres personas o de Adjudicación Directa, la cláusula anterior, se deberá adecuar en lo conducente.
CUARTA.- CONDICIONES DE ENTREGA.
EL PROVEEDOR se obliga a poner a disposición de LA COMISIÓN los bienes de carácter nacional o los bienes importados directamente por ellos sin intervención de LA COMISIÓN, en los lugares, fechas y condiciones, que se especifican en el anexo . La factura deberá cumplir con los requisitos de los Artículos 146, de la Ley Aduanera y 29 A, del Código Fiscal de la Federación.
Las maniobras de descarga serán por cuenta de (indicar si es la Comisión o el proveedor).
NOTA: En el caso de contratos derivados de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de los tratados la Comisión puede o no proporcionar su número de registro de importador para realizar los trámites de importación.
Si lo proporciona la clausula de entrega será como sigue:
CUARTA.- CONDICIONES DE ENTREGA.
EL PROVEEDOR indicará en la factura los precios unitarios y totales de los bienes señalando el desglose de los impuestos y derechos de importación.
La condición de entrega es DDP (Delivered Duty Paid) entregada con Derechos Pagados de acuerdo a los INCOTERMS 2000, en destino final (indicar lugar de destino), EL PROVEEDOR asume todos los gastos y riesgos relativos al transporte y trámites de importación, incluyendo el pago de impuestos, derechos de importación y otros cargos oficiales exigibles para su internación.
Las maniobras de descarga serán por cuenta de (indicar si es la Comisión o el proveedor).
Bajo esta condición de entrega, LA COMISIÓN sí proporcionará su número de registro de importador, para realizar los trámites de importación a los proveedores domiciliados en el extranjero y no proporcionará recurso económico alguno para la internación de los bienes al territorio nacional.
NOTA: Si la COMISIÓN no proporciona su registro de importador, no dará apoyo económico o administrativo para la internación de los bienes a territorio nacional, la factura del proveedor deberá cumplir con los requisitos contenidos en los Artículos 146 de la Ley Aduanera y 29 A del Código Fiscal de la Federación, por lo que la cláusula anterior se deberá sustituir por la siguiente:
CUARTA.- CONDICIONES DE ENTREGA.
EL PROVEEDOR se obliga a poner a disposición de LA COMISIÓN los bienes de origen extranjero descritos en la cláusula primera bajo la condición conocida como DDP (Delivered Duty Paid) entregada con derechos pagados de acuerdo a los Incoterms 2000, en el destino final convenido, por lo cual asumirá todos los gastos y riesgos relativos al transporte (sin incluir o incluyendo maniobras de descarga), así como los trámites de importación, incluyendo el pago de derechos, impuestos y otras cargas fiscales exigibles para su internación.
QUINTA.- IDENTIFICACIÓN DE LOS BIENES.
EL PROVEEDOR se obliga a cumplir con los requisitos de identificación de los bienes embarcados conforme a lo establecido en la convocatoria.
SEXTA.- EMPAQUE Y EMBALAJE.
EL PROVEEDOR se obliga a efectuar el empaque y embalaje adecuados para que los bienes sean transportados desde su origen hasta su destino sin sufrir daño, de acuerdo con la Norma de Referencia NRF-001-CFE-2007 y las especificaciones técnicas y normas que le proporcionó LA COMISIÓN.
EL PROVEEDOR deberá entregar junto con los bienes la documentación necesaria para su adecuada manipulación, de acuerdo a la Norma de Referencia NRF- 001-CFE-2007, así como los manuales técnicos correspondientes, de conformidad con lo establecido en la Norma de Referencia NRF-002-CFE- 2007.
SÉPTIMA .- RECEPCIÓN Y ACEPTACIÓN POR EL ALMACÉN.
Una vez entregados los bienes en el lugar convenido, los mismos se tendrán por aceptados a entera satisfacción de LA COMISIÓN con el sello de evidencia de recepción por parte xxx Xxxxxxx, que se plasmará en la factura o nota de remisión de EL PROVEEDOR, con lo que EL PROVEEDOR podrá gestionar el pago de los mismos en los términos establecidos en este Contrato.
NOTA: En el supuesto de que los bienes sean recibidos en los almacenes condicionados a la aceptación por el área solicitante, la cláusula anterior deberá sustituirse por la siguiente:
OCTAVA.- ACEPTACIÓN POR EL ÁREA SOLICITANTE.
Una vez entregados los bienes en el lugar convenido, los mismos se tendrán por aceptados con la certificación del área técnica que indique su aceptación a entera satisfacción de LA COMISIÓN, la cual se deberá determinar a más tardar dentro de los 3 (TRES) días naturales siguientes a su entrega, no obstante el Almacén plasmará en la factura o nota de remisión de EL PROVEEDOR, el sello como evidencia de recepción, sujeta a aceptación técnica.
NOVENA.- INSPECCIÓN Y PRUEBAS.
Los bienes objeto de este contrato, estarán sujetos a las inspecciones y pruebas que se establecen en la convocatoria.
Para el efecto, EL PROVEEDOR acudirá al Laboratorio de Pruebas de Equipos y Materiales (LAPEM) de LA COMISIÓN, para que se le indique el lugar en que se llevarán a cabo, en el entendido de que por sí mismo EL PROVEEDOR deberá recabar de dicha área la constancia de aprobación de los bienes, para estar en posibilidad de entregarlos, proporcionando copia de la misma al almacén receptor.
Nota: En caso de que los bienes no estén sujetos a pruebas de laboratorio, deberá sustituirse la cláusula anterior por la siguiente:
NOVENA.- INSPECCIÓN Y PRUEBAS.
Aún cuando se conviene que los bienes objeto de este Contrato, descritos en la CLÁUSULA PRIMERA, no están sujetos a inspección y pruebas, EL PROVEEDOR garantiza su calidad durante su uso durante un plazo de (numero y letra) meses a partir de su entrega.
El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes a que se refiere la Cláusula Primera, cumpliendo con la calidad y las especificaciones establecidas en la convocatoria. En caso de que LA COMISIÓN justifique que no cumplen con las mismas, deberán ser sustituidos, en el entendido de que todas las penas convencionales por atraso, los gastos, incluyendo impuestos, aseguramiento, fletes, entre otros, correrán a cargo y cuenta de EL PROVEEDOR.
DÉCIMA.- PRECIO UNITARIO E IMPORTE TOTAL
LA COMISIÓN y EL PROVEEDOR convienen que el importe total de este Contrato es por la cantidad de
$ , (número, letra y tipo de moneda y su equivalente en moneda nacional). (sin IVA), mismo que se integra por la suma de los precios unitarios propuestos por el proveedor.
EL PROVEEDOR está de acuerdo en que la suma indicada incluye la remuneración o pago total por los bienes que suministrará.
DÉCIMA PRIMERA.- CONDICIÓN DE LOS PRECIOS.
Las partes están conformes en que los precios de los bienes son (fijos o variables).
NOTA: En el supuesto de que los precios sean variables se deberá agregar:
El precio será variable, por lo que se procederá al ajuste de precios conforme a lo siguiente:
- Descripción de la fórmula genérica o indicador económico por cada partida o posición.
- Estructura de la fórmula genérica, de acuerdo al Anexo No. de este contrato.
- Mecanismo para el cálculo del factor de ajuste.
EL PROVEEDOR deberá presentar sus solicitudes por ajuste de precios, de acuerdo al formato de solicitud de ajuste de precios del Anexo No. de este contrato y de conformidad al Procedimiento para el trámite de ajuste de precios vigente.
EL PROVEEDOR solicitará por escrito a LA COMISIÓN el monto del ajuste y éste, una vez autorizado de acuerdo con el procedimiento para ajuste de precios contenido en el Manual Institucional de Compras, se le pagará en el mismo plazo pactado en este contrato, para el pago de la factura base.
En el supuesto que la variación en el precio unitario de los bienes implique un decremento, EL PROVEEDOR abonará a LA COMISIÓN la cantidad que resulte del ajuste de precios dentro de un plazo igual al pactado para el pago de la factura base y, en caso que no realice la devolución correspondiente en el plazo señalado, causará intereses a una tasa igual a la que la Ley de Ingresos de la Federación en vigor establezca para el caso de prórroga de pago de créditos fiscales.
Los precios serán revisados a partir de que se entreguen los bienes y se cuente con la información de los índices, a fin de conocer si hay variación de los mismos y se aplicará la fórmula de ajuste de precios establecida en este Contrato. Para el pago de los ajustes de precios, se calculará el factor de ajuste correspondiente hasta la fecha pactada de entrega o evidencia de la entrega, lo que ocurra primero.
DÉCIMA SEGUNDA.- IMPUESTOS.
El Impuesto al Valor Agregado será trasladado en los términos de la ley de la materia.
NOTA: En licitaciones públicas bajo la cobertura de tratados (diferenciada 1), EL PROVEEDOR, persona física o moral consorciada o de nacionalidad mexicana, deberá entregar a LA COMISIÓN, factura expedida por empresario establecido e inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes,
la cual deberá reunir los requisitos que señala el Código Fiscal de la Federación, Artículo 29 A, señalando fecha y número de pedimento de importación.
En el caso de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de los tratados, (diferenciada 2), el proveedor deberá entregar a Comisión Federal de Electricidad, el original del pedimento de importación (copia para el importador), documento que deberá indicar como importador a la Comisión Federal de Electricidad, a efecto de iniciar el trámite del reembolso del monto del IVA consignado en la oferta.
Cada una de las partes del presente Contrato convienen en cubrir los impuestos que les correspondan de conformidad con la legislación aplicable, en la inteligencia de que LA COMISIÓN realizará las retenciones que procedan cuando así lo requiera la legislación fiscal aplicable.
DÉCIMA TERCERA.- ANTICIPO. NO APLICA
LA COMISIÓN otorgará a EL PROVEEDOR un anticipo del (por ciento) % del monto total del Contrato. EL PROVEEDOR deberá entregar para su revisión y, en su caso aceptación, la garantía correspondiente, dentro de los (numero y letra) días naturales siguientes de la formalización del Contrato. La revisión y, en su caso, aceptación de la garantía deberá realizarse en un plazo máximo de (numero y letra) días naturales.
Una vez aceptada la garantía del anticipo y presentada la factura correspondiente, el anticipo será entregado a los (numero y letra) días naturales posteriores a la aceptación de la factura.
NOTA: En caso de que la contratación derive de un procedimiento de licitación pública o de invitación a cuando menos tres personas, los párrafos anteriores deberán corresponder a lo establecido en la convocatoria.
En el plazo programado para la entrega de los bienes está considerado el tiempo de la entrega del anticipo. No obstante, los días en que se exceda LA COMISIÓN de los plazos citados para revisar la fianza o pagar el anticipo serán computados para prorrogar la fecha de entrega de los bienes.
Nota: En caso de pagos parciales, el anticipo será amortizado en forma proporcional en cada uno de ellos.
NOTA: En caso de que no se prevea otorgar anticipo se deberá eliminar la cláusula de anticipo y adecuar el orden consecutivo de las cláusulas.
DÉCIMA CUARTA.- PLAZO Y CONDICIONES DE PAGO.
EL PROVEEDOR, una vez cumplida la obligación consignada en la Cláusula Primera y recibidos o aceptados los bienes por LA COMISIÓN, para el efecto de obtener el pago del precio pactado,
presentará la factura que ampare la operación correspondiente, acompañada de la documentación que de manera fehaciente acredite dicho cumplimiento.
NOTA: En el caso de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de los tratados, diferenciada 1, el proveedor deberá acompañar a la factura que presente para trámite de pago, entre otros documentos, el pedimento de importación, que señale como importador a la Comisión Federal de Electricidad.
En el caso de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de los tratados diferenciada 2, el proveedor deberá de presentar la factura que satisfaga los requisitos consignados en el Artículos 146 de la Ley Aduanera y 29 A del Código Fiscal de la Federación.
NOTA: Para el caso de contrataciones que contemplen financiamiento, el pago de sujetará a los términos de pago y financiamiento que emita la Gerencia de Créditos de la Dirección de Finanzas.
Por su parte, LA COMISION cubrirá el precio convenido a los 20 días naturales posteriores a la presentación de la factura.
El pago será en (moneda nacional, moneda nacional al tipo de cambio vigente para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la republica mexicana, publicadas por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, en la fecha en que se haga el pago o moneda extranjera).
EL PROVEEDOR deberá presentar de lunes a miércoles en un horario de (indicar horario), las facturas para su revisión y trámite de pago en (señalar lugar de pago).
En el caso de que las facturas entregadas por EL PROVEEDOR para su pago, presenten errores o deficiencias, LA COMISION dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito a EL PROVEEDOR las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir del citado escrito y hasta que EL PROVEEDOR presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Preferentemente los pagos a EL PROVEEDOR se realizarán vía transferencia electrónica de fondos o depósitos en cuentas de cheques, de ser el caso EL PROVEEDOR deberá indicar a LA COMISION, el número de cuenta bancaria, CLABE (SWIFT), o cualquier otro requisito necesario para realizar el pago por ese conducto
NOTA: En caso de que el proveedor sea extranjero y de que en el suministro de bienes se incluyan servicios se deben agregar los dos párrafos siguientes:
En virtud de que en los bienes consignados en la Cláusula Primera de este Contrato se incluyen servicios que serán realizados en México por EL PROVEEDOR extranjero y causan el Impuesto Sobre la Renta
aplicable en el país, LA COMISIÓN retendrá el porcentaje que prevé la Ley para efectuar el entero correspondiente, proporcionándole a EL PROVEEDOR el comprobante respectivo, salvo que EL PROVEEDOR junto con su factura presente un escrito de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, donde se le exima de dicha retención en el presente Contrato.
En estos supuestos, en la factura que expida EL PROVEEDOR desglosará el importe de tales servicios así como el monto del impuesto para efectos de retención y entero a la autoridad fiscal mexicana.
Por su parte, EL PROVEEDOR acepta que LA COMISIÓN cubra el precio convenido, deduciendo del importe de la facturación las cantidades que procedan a cargo del mismo: (Se señalará, en su caso, si se efectuarán pagos progresivos o la condición de pronto pago).
El PROVEEDOR podrá solicitar a LA COMISIÓN la condición de pronto pago, misma que operará en caso de existir disponibilidad presupuestaria y calendarios autorizados, cuando EL PROVEEDOR acepte el descuento en el precio de los bienes por el adelanto en el pago con relación a la fecha pactada. Se cubrirá el importe de los bienes, previa solicitud por escrito de EL PROVEEDOR, una vez que se realice la entrega de los mismos a entera satisfacción de LA COMISIÓN y que presente el documento o la factura correspondiente en el que se refleje el descuento por el pronto pago o aceptará en su caso el descuento que determine el área de finanzas a su solicitud con la recepción del pago y el documento que indique la forma de determinarlo.
En el supuesto de que EL PROVEEDOR reciba pagos en exceso, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas de más, así como los intereses correspondientes de conformidad con lo establecido en el Artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, es decir, conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de los créditos fiscales. Y se computarán por días naturales desde la fecha de su entrega hasta en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de LA COMISIÓN.
DECIMA QUINTA.- LUGAR DE PAGO.
LA COMISIÓN pagará a EL PROVEEDOR, las facturas por los bienes entregados, en: (señalar el domicilio donde se efectuará el pago). (sólo aplica si no se realiza mediante transferencia electrónica)
DECIMA SEXTA.- TRANSFERENCIA DE DERECHOS DE COBRO.
NOTA: En caso de procedimientos de carácter nacional deberá agregarse el párrafo siguiente:
Tratándose del Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, LA COMISIÓN otorga su conformidad para que EL PROVEEDOR pueda transferir su derecho de cobro a favor de cualquier intermediario financiero mediante operaciones de factoraje o descuento electrónico en cadenas productivas.
EL PROVEEDOR podrá transferir los derechos de cobro, debiendo cumplir para ello con las siguientes condiciones:
I. Solicitud por escrito al área de finanzas, en el que se exprese su intención de transferir todos o parte de sus derechos de cobro. La solicitud que aquí se menciona deberá darse cuando menos con cinco días hábiles de anticipación, especificando claramente los derechos que serán materia de la futura transferencia.
En esta solicitud deberá declarar EL PROVEEDOR, que no ha celebrado con anterioridad otra transferencia de derechos o acto jurídico que se traduzca en transferencia a favor de terceros de dichos derechos de cobro. De existir una transferencia anterior, deberá expresarlo así y aportar todos los datos y documentos que permitan su plena identificación.
II. Conformidad previa, expresa y por escrito de LA COMISIÓN respecto de la solicitud del punto anterior.
III. Notificación, preferentemente a través xx xxxxxxxx x xxxxxxx público, de la constitución de la transferencia de derechos celebrada, en la que se indique claramente el número, fecha y objeto del Contrato fuente, las facturas y, en su caso, contra-recibos materia de la transferencia, con el desglose de la transferencia, así como el importe y la fecha de cada uno de ellos, el importe total de la transferencia, con el desglose correspondiente y cualquier otro dato o documento indispensable que se requiera a juicio de LA COMISIÓN para que quede plenamente identificado el crédito cedido.
IV. En caso de que no se opte por la notificación a través xx xxxxxxxx x xxxxxxx público, ésta deberá hacerse en forma fehaciente con el acuse de recibo correspondiente por LA COMISIÓN, a fin de que quede constancia indubitable de que se cumplió con el requisito que establece la ley, sin perjuicio de que se satisfagan los demás requisitos señalados en el párrafo anterior.
V. La notificación o en su caso el aviso de la transferencia sobre los derechos de cobro, deberá ser hecha a LA COMISIÓN dentro de los cinco días hábiles siguientes a la celebración del Contrato respectivo o entre las partes que celebren el Contrato o acto jurídico cuyo objeto sea transferir a favor de una de ellas el cobro de las facturas y/o contra-recibos materia del Contrato.
VI. Proporcionar cualquier otro dato o documento que LA COMISIÓN estime necesario.
LA COMISIÓN tendrá facultad para rescindir de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial el Contrato, cuando una vez notificada la transferencia de derechos o el acto jurídico de que se trate, los derechos de crédito que comprenda sean cobrados por el cedente o cualquier otra persona distinta del nuevo titular del derecho.
LA COMISIÓN también podrá rescindir de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial el presente Contrato, cuando después de ser cobradas las facturas o contra-recibos, éstas se hagan figurar por EL PROVEEDOR en un contrato de transferencia de crédito o de constitución de garantía prendaria, de fideicomiso en garantía o en cualquier otro acto jurídico que tenga como consecuencia conferir a un tercero los derechos de EL PROVEEDOR, a los créditos generados conforme a este Contrato, con preferencia sobre dichos créditos.
VII. Queda expresamente convenido y así lo admite EL PROVEEDOR, que LA COMISIÓN no asume ninguna responsabilidad frente a terceros por el incumplimiento del Contrato, convenio o acto jurídico a través del cual EL PROVEEDOR sea sustituido en los créditos que surgieren a su favor, conforme a lo estipulado en el presente instrumento.
VIII. LA COMISIÓN y EL PROVEEDOR convienen en que en caso de rescisión de este Contrato, los créditos a favor de terceros tendrán la siguiente prelación u orden de preferencia en su pago:
a. Créditos a favor de los trabajadores de EL PROVEEDOR.
b. Créditos fiscales en los términos del Código Fiscal de la Federación.
c. Créditos a favor de LA COMISIÓN teniendo preferencia dentro de éstos los que resulten de falta de amortización del o de los anticipos que se le hayan otorgado a cuenta de este Contrato.
d. Otros créditos a favor de terceros distintos a los referidos en los puntos anteriores.
DECIMA SÉPTIMA.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. DIVISIBLE
El PROVEEDOR se obliga mediante (ejem: fianza otorgada por institución de fianzas autorizada por la SHCP en los términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianza, carta de crédito ) a garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de este Contrato, en especial la de entregar los bienes adquiridos de acuerdo a la calidad requerida por LA COMISIÓN, así como responder por su correcta operación y funcionamiento (defectos y vicios ocultos) durante un período de (numero y letra ) meses a partir de su entrega, atendiendo para esto el modelo de póliza que LA COMISIÓN entregó a EL PROVEEDOR en la convocatoria a la licitación o invitación a cuando menos tres personas (ajustar texto de acuerdo al tipo de adjudicación y garantía convenida ).
La garantía corresponderá a un (_20) % del valor total del contrato sin incluir el IVA.
En caso de que durante el plazo de calidad garantizado los bienes resulten impropios para el uso que se destinen o que disminuyan de tal modo dicho uso, LA COMISIÓN, a su elección, podrá exigir a EL PROVEEDOR su reparación, si ésta resulta factible, en cuyo caso EL PROVEEDOR cubrirá todos los gastos que se originen, o bien, LA COMISIÓN ejercerá cualquiera de las acciones que el Código Civil Federal prevé.
DÉCIMA OCTAVA.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. (CONTRATOS EN DONDE SE EXENTE DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO) (NO APLICA).
Este Contrato se exceptúa de la garantía de cumplimiento, con fundamento en el articulo 48, párrafo segundo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no obstante, EL PROVEEDOR se obliga a responder por la correcta operación y funcionamiento de los bienes (defectos y vicios ocultos), durante un periodo de (numero y letra) meses a partir de su entrega.
En caso de que los bienes cuenten con póliza de garantía del fabricante, planta, comercializador o equivalente, EL PROVEEDOR se obliga a extenderla a favor de LA COMISIÓN a la entrega programada de los bienes.
En caso de que durante el plazo de calidad garantizado los bienes resulten impropios para el uso que se destinen o que disminuyan de tal modo dicho uso, LA COMISIÓN, a su elección, podrá exigir a EL PROVEEDOR su reparación o reposición o, rescindir administrativamente el contrato.
su reparación, si ésta resulta factible, en cuyo caso EL PROVEEDOR cubrirá todos los gastos que se originen, o bien, LA COMISIÓN ejercerá cualquiera de las acciones que el Código Civil Federal prevé.
DECIMA NOVENA.- NOTIFICACIONES.
Para todos los efectos derivados del presente Contrato, en especial para oír y recibir notificaciones, mismas que sólo surtirán efectos si se realizan por escrito, las partes convienen en señalar como sus domicilios, los siguientes:
EL PROVEEDOR: (indicar domicilio).
LA COMISIÓN: (indicar domicilio).
Las notificaciones de carácter legal o relativo a procedimientos judiciales se sujetarán a los ordenamientos jurídicos aplicables.
VIGÉSIMA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.
LA COMISIÓN podrá dar por terminado anticipadamente este Contrato, por razones de interés general o bien cuando se extinga la necesidad de requerir los bienes y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se causaría daño al Estado, o cuando se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al Contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública. En estos casos se reembolsará a EL PROVEEDOR los gastos no recuperables como se dispone el Artículo 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 66 de su Reglamento.
En este supuesto, LA COMISIÓN notificará a EL PROVEEDOR mediante escrito las razones o las causas justificadas que den origen a la terminación anticipada del contrato.
VIGÉSIMA PRIMERA.- RESCISIÓN.
LA COMISIÓN podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el presente Contrato cuando
EL PROVEEDOR incumpla con las obligaciones a su cargo.
La rescisión se sujetará al procedimiento previsto en el artículo 54, fracciones I y II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Cuando LA COMISIÓN determine rescindir el Contrato, dicha rescisión operará de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial, bastando para ello que se cumpla el procedimiento mencionado en el párrafo anterior, en tanto que si es EL PROVEEDOR quien decide rescindirlo, será necesario que acuda ante la autoridad judicial y obtenga la declaración correspondiente.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- PENAS CONVENCIONALES. (CONTRATOS DE BIENES DE ALTA ROTACIÓN) NO APLICA
El PROVEEDOR pacta con LA COMISIÓN, que en caso de entregarle los bienes fuera de los plazos establecidos en la Cláusula Segunda, pagará por el atraso en que incurra, una pena convencional que no podrá exceder del monto de la garantía de cumplimiento a que se refiere la cláusula Decimosexta de este Contrato.
Para el efecto de la aplicación de la pena, se conviene en un porcentaje de penalización diario del 0.5 % (punto cinco por ciento), que se multiplicará por el número de días de atraso y el resultado se multiplicará a su vez, por el valor de los bienes entregados con atraso, aceptando EL PROVEEDOR, de dar lugar a este supuesto, se deduzca del importe de la factura que presente para su cobro, el monto de la penalización.
De acuerdo a la siguiente fórmula: fórmula: (pd) x (nda) x (vbepa) = pca donde
pd: (0,5%) penalización diaria nda: numero de días de atraso
vbea: valor del bien entregado con atraso
pca: pena convencional aplicable
El monto máximo a penalizar será del 10% por tratarse de bienes de alta rotación
NOTA: Cuando el cumplimiento se garantice a través de carta de crédito se deberá agregar el párrafo siguiente.
En caso de que EL PROVEEDOR no liquide a LA COMISIÓN el importe que resultare por concepto xx xxxx convencional, dentro de los 5 (cinco) días naturales siguientes a la fecha en que se le requiera el pago, se procederá a efectuar la reclamación respectiva ante el banco emisor de la carta de crédito.
NOTA: Cuando los bienes requieran pruebas de laboratorio se deberá agregar el párrafo siguiente
En virtud de que los bienes adquiridos están sujetos a pruebas de laboratorio, expresamente se conviene que los días empleados por LA COMISIÓN para llevar a cabo las pruebas respectivas, no se considerarán para efectos de cómputo del plazo de entrega, inclusive el día de la presentación de la solicitud de aviso de prueba ante el LAPEM, hasta la fecha de su autorización si el bien es aprobado.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- PENAS CONVENCIONALES. (CONTRATOS DE BIENES DE PROYECTO ESPECÍFICO)
El PROVEEDOR pacta con LA COMISIÓN, que en caso de entregarle los bienes fuera de los plazos establecidos en la Cláusula Tercera, pagará por el atraso en que incurra, una pena convencional que no podrá exceder del monto de la garantía de cumplimiento que otorgue.
Para el efecto de la aplicación de la pena, se conviene en un porcentaje de penalización diario del 0.5 % (punto cinco por ciento), que se multiplicará por el número de días de atraso y el resultado se multiplicará a su vez, por el valor total del contrato, aceptando EL PROVEEDOR, de dar lugar a este supuesto, se deduzca del importe de la factura que presente para su cobro, el monto de la penalización.
De acuerdo a la siguiente formula:
fórmula: (pd) x (nda) x (vtc) = pca donde:
pd: (0,5%) penalización diaria nda: numero de días de atraso vtc: valor total del contrato
pca: pena convencional aplicable
El monto máximo a penalizar será del 20% por tratarse de bienes de proyecto específico.
NOTA: Cuando el cumplimiento se garantice a través de carta de crédito se deberá agregar el párrafo siguiente.
En caso de que EL PROVEEDOR no liquide a LA COMISIÓN el importe que resultare por concepto xx xxxx convencional, dentro de los cinco días naturales siguientes a la fecha en que se le requiera el pago, se procederá a efectuar la reclamación respectiva ante el banco emisor de la carta de crédito.
NOTA: Cuando los bienes requieran pruebas de laboratorio se deberá agregar el párrafo siguiente:
- En virtud de que los bienes adquiridos están sujetos a pruebas de laboratorio, expresamente se conviene que los días empleados por LA COMISIÓN para llevar a cabo las pruebas respectivas, no se considerarán para efectos de cómputo del plazo de entrega, inclusive el día de la presentación de la solicitud de aviso de prueba ante LAPEM, hasta la fecha de su autorización si el bien es aprobado.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- PENAS CONVENCIONALES. (CONTRATOS EN DONDE SE EXENTE DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO) NO APLICA
El PROVEEDOR pacta con LA COMISIÓN, que en caso de entregarle los bienes fuera de los plazos establecidos en la Cláusula Tercera, pagará por el atraso en que incurra, una pena convencional que no podrá exceder del 20 % (veinte por ciento) del valor total del Contrato.
Para el efecto de la aplicación de la pena, se conviene en un porcentaje de penalización diario del 0.5 % (punto cinco por ciento), que se multiplicará por el número de días de atraso y el resultado se multiplicará a su vez, por el valor de los bienes entregados con atraso, aceptando EL PROVEEDOR, de dar lugar a este supuesto, se deduzca del importe de la factura que presente para su cobro, el monto de la penalización.
De acuerdo a la siguiente formula:
fórmula: (pd) x (nda) x (vbea) = pca donde:
pd: (0,5%) penalización diaria nda: numero de días de atraso
vbea: valor del bien entregado con atraso pca: pena convencional aplicable
NOTA: Cuando los bienes requieran pruebas de laboratorio se deberá agregar el párrafo siguiente:
-En virtud de que los bienes adquiridos están sujetos a pruebas de laboratorio, expresamente se conviene que los días empleados por LA COMISIÓN para llevar a cabo las pruebas respectivas, no se considerarán para efectos de cómputo del plazo de entrega, inclusive el día de la presentación de la solicitud de aviso de prueba ante el LAPEM, hasta la fecha de su autorización si el bien es aprobado.
VIGESIMA TERCERA.- DEDUCCIONES.
En caso del incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir EL PROVEEDOR respecto a las partidas o conceptos que integran el presente instrumento, LA COMISIÓN podrá efectuar deducciones al pago hasta por el (indicar porcentaje ) % (con letra ) del importe del contrato; límite a partir del cual LA COMISIÓN podrá iniciar el procedimiento de rescisión.
Las deducciones consistirán en:
VIGESIMA TERCERA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO.
Las partes de conformidad a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, podrán modificar de común acuerdo este contrato.
VIGESIMA CUARTA.- REPRESENTANTES DE LAS PARTES.
EL PROVEEDOR se obliga a designar por escrito y a establecer un representante una vez formalizado el presente Contrato, el cual deberá tener poder para cumplir con los términos y condiciones pactados en el Contrato, en todo lo relacionado con la adquisición de los bienes. LA COMISIÓN se reserva el derecho de su aceptación, o en su caso la solicitud de su sustitución, el cual podrá ejercer en cualquier tiempo.
LA COMISIÓN en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 55-A del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, designa como responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del Contrato a (anotar nombre y cargo del representante ), quien tendrá las facultades y obligaciones que señala el precepto indicado.