CONTRATO DE ADHESION QUE REGULA EL USO DE LA TARJETA PERSONAL INTERNACIONAL AMERICAN EXPRESS
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CONTRATO DE ADHESION QUE REGULA EL USO DE LA TARJETA PERSONAL INTERNACIONAL AMERICAN EXPRESS
PRIMERA.- INTRODUCCION
Este Contrato junto con la carátula respectiva conforman el Contrato que regula el uso de su Cuenta de La Tarjeta Personal American Express. Este Contrato reemplaza cualquier otro Contrato relacionado con la Cuenta de La Tarjeta.
Usted o el Tarjetahabiente significa la persona que presentó la solicitud para la Cuenta de La Tarjeta. Nosotros o Amer can Express Company (México).
S.A. de C V. significa American Express. La Tarjeta significa cualquier Tarjeta o medio de pago que Nosotros emitamos para que pueda hacer uso de la Cuenta de La Tarjeta. Cargo significa cualquier transacc ón que Usted realice con La Tarjeta o que de cualquier otra forma se cargue a La Tarjeta incluyendo Cargos por disposición de efectivo, compras, comisiones, cuotas, intereses, impuestos y cualquier otra cantidad que Usted este de acuerdo en pagarnos o sea responsable del pago de conformidad con el presente Contrato Este Contrato únicamente podrá celebrarse con personas mayores de edad, por lo que esta prohibido la celebración del mismo con personas menores de edad en términos de la legislación aplicable.
Al firmar este Contrato, Usted reconoce y acepta sujetarse a los Términos y Condiciones que regulan el uso de La Tarjeta Personal Amer can Express. las cuales de forma enunciativa mas no limitativa son las siguientes: La Tarjeta Amer can Express«: The Gold Card ® American Express, The Platinum Card American Express� The Centurion Card de American Express� The Gold Business Card® American Express, La Tarjeta American Express® Aeroméxico, The Gold Card American Express® Aeroméxico,The Platinum Card American Express® Aeroméxico, The Gold Card American Express® lnterjet
y The Platinum Card Amer can Express® lnterjet, de la cual Usted sea T tular.
Le solicitarnos que lea en forma completa este Contrato y que lo conserve para su referencia Al firmar este Contrato, Usted acepta los Términos y Condiciones del mismo, y recibirá un ejemplar en el momento en que le sea enviada La Tarjeta.
Usted nos podrá solicitar que emitamos una o varias Tarjetas con cargo a su Cuenta en favor de determinadas personas, y si Nosotros emitimos tales Tarjetas dichas personas serán denominados Tarjetahabientes Suplementarios a su Cuenta de La Tarjeta, quedando obligados a utilizar esta en los Términos y Condiciones aquí estipulados. no obstante lo anterior Usted será responsable solidario del pago de los Cargos que realicen los Tarjetahabientes Sup ementarios.
Usted y los Tarjetahabientes Suplementar os son las únicas personas que pueden utilizar La Tarjeta, ya que esta no es endosable ni transferible. Por tal motivo, al recibir La Tarjeta. esta deberá ser firmada de inmediato por Usted y por los Tarjetahabientes Suplementarios.
SEGUNDA.- EMISORA DE LA TARJETA
La emisora de La Tarjeta es American Express Company (Méx co), S.A. de C V , una sociedad mercantil debidamente constituida y existente bajo las leyes de la república mexicana (de aquí en adelante "American Express' o "Nosotros"), con domicilio social en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxx xx xxx Xxxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxx, Ciudad de México, bajo el Registro Federal de Contribuyentes número AEC-810901-298, y página de Internet www amer canexpress xxx.xx.
TERCERA.- PARTES DEL CONTRATO
Este Contrato crea una relación jurídica entre Usted y Nosotros por virtud de la cual se obliga a pagar el importe de todos los Cargos que se carguen en la Cuenta de La Tarjeta
CUARTA.- OBJETO DEL CONTRATO
De conformidad con las dispos ciones legales aplicables, Usted podrá hacer uso de La Tarjeta para la compra de bienes y/o servicios en Establecimientos Afiliados, y Nosotros le prestaremos el servicio de pagar por su cuenta el monto de los bienes y/o servicios que Usted adquiera con La Tarjeta, cuyo monto deberá ser pagado por Usted a Nosotros de conformidad con los Términos y Condiciones de este Contrato.
QUINTA.- USO DE LA TARJETA/CÓDIGOS
Para prevenir un mal uso de La Tarjeta, deberá asegurar que tanto Usted como los Tarjetahabientes Suplementarios realicen lo siguiente:
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• Firmar La Tarjeta inmediatamente al recibirla en el reverso de la misma
• Conserve en lugar seguro La Tarjeta en cualquier momento
• Revise frecuentemente que tiene La Tarjeta bajo su poses ón
• No permita que otra persona utilice La Tarjeta
• Asegure que La Tarjeta le sea devuelta cuando efectúe un Cargo
• Nunca dar detalles de La Tarjeta a personas no autor zadas. con excepción de que la utilice bajo los términos de este Contrato
Para proteger su Número de Identificación Personal (NIP), códigos de acceso a nuestro centro telefónico, códigos de acceso o "passwords" a nuestra página de Internet, o cualquier otro código que Usted utilice en su Cuenta de La Tarjeta (Códigos), deberá asegurar que tanto Usted como los Tarjetahabientes Suplementar os realicen lo siguiente:
• Memorice su Código
• Destruya inmediatamente cualquier comunicac ón que contenga informac ón de sus Códigos
• No conserve ningún registro de sus Códigos con La Tarjeta o cerca de sus números de Cuenta
• No proporcione los Códigos a ninguna persona
• Si Usted selecc ona un Código, no escoja algún Código que se pueda asociar fácilmente con su nombre, fecha de nacimiento o teléfono
• Tenga cuidado para prevenir que ninguna persona vea su Código al utilizarlo para disponer de efectivo en Cajeros Automáticos o en cualquier otro sistema o equipo electrónico
Usted y los Tarjetahabientes Suplementarios reconocen y aceptan el carácter personal e intransferible de Las Tarjetas, así como la confidencialidad del Número de Identificación Personal "NIP'; obligándose a firmar de inmediato Las Tarjetas para prevenir el mal uso de las mismas.
Por lo tanto, es de su exclusiva responsabilidad cualquier quebranto que pudieren sufrir como consecuencia del uso indebido que se llegare a hacer de Las Tarjetas o del "NIP''.
Tanto Usted como los Tarjetahabientes Suplementarios deberán documentar los Cargos que realicen mediante el uso de La Tarjeta mediante la suscripción de pagarés o notas de cargo, documentos incondicionales de pago a la vista o cualesquiera otro que para tal efecto se utilicen internacionalmente y que llegare a corresponder en cada ocasión, según fuere requer do en los Establecimientos, salvo que se realicen a través de Cajeros Automáticos u otros equipos o sistemas automatizados autorizados. Usted en este acto nos faculta para destruir los pagarés y/o las notas de cargo suscritas, una vez que hayamos contabilizado el o los Cargos correspondientes.
Lo anterior no será aplicable al Programa "Firma en Expediente� por el cual Usted queda autorizado a hacer Cargos por teléfono, por correo o por Internet sin tener que firmar las notas de cargo. Cada vez que Usted haga Cargos bajo el programa "Firma en Exped ente'; el Establecim ento insertará las palabras "Signature on F le" o "Firma en Expediente; en la línea reservada para la firma en las notas de cargo. En estos supuestos, Usted deberá autorizar en forma previa al Establecimiento por escr to o a través de medios electrónicos que realice Cargos a La Tarjeta mediante este Programa. Usted acepta y conviene en pagar todos los Cargos relacionados y hechos a través de este Programa en los mismos términos pactados en este Contrato para cualquier Cargo.
Asimismo, tratándose de operaciones en las que Usted no presente La Tarjeta cuando realice otro tipo de operaciones por teléfono o a través de Internet. se entenderá que la operación fue solicitada por Usted, cuando los bienes o servic os adquiridos se entreguen o presten, según corresponda, en el domicilio que Usted tenga registrado con Nosotros
En caso de que los servicios no se entreguen o presten conforme al párrafo anterior Nosotrospodemos convenir con el Establecimiento los procedimientos para verificar que la persona que solicitó la operación es el Tarjetahabiente Básico.
Nosotros estamos facultados para descontar ceder, negociar o de cualquier otra forma traspasar los pagarés y/o las notas de cargo u otros documentos relacionados con los Cargos, endosándolos en propiedad o en procuración, a favor de terceras personas.
SEXTA.- USOS PERMITIDOS DE LA TARJETA
Usted podrá utilizar La Tarjeta sujeto a las restricciones que se establecen en el presente Contrato, la cual podrá ser utilizada para la compra de bienes y/o servicios en los Establecimientos Afiliados a American Express (en lo sucesivo, los "Establecimientos"). A continuación se establecen algunos ejemplos:
• Utilizar La Tarjeta para la compra de bienes y servicios en Establecimientos al presentar la misma y firmar las notas de cargo o los códigos correspondientes; y
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• Utilizar La Tarjeta para la compra de bienes y servicios solicitados a un Establecim ento por teléfono, Internet o correo.
Si Nosotros lo autorizamos, Usted también podrá ut lizar La Tarjeta para dispos ción de efectivo en cajeros automáticos que acepten La Tarjeta.
En caso de que sea permitido por el Establecimiento, Usted podrá devolver al Establecimiento los bienes y servicios adquiridos con La Tarjeta y recibir un crédito a su Cuenta, de conform dad con el procedimiento que cada Establecimiento defina.
La Tarjeta sólo podrá utilizarse una vez que Usted solicite su activación mediante los procedimientos de activación que le indiquemos al momento de su entrega respectiva. No procederá la realización de Cargos hasta que La Tarjeta haya sido activada.
Si Usted utiliza La Tarjeta para adquirir algún seguro, Usted tiene el derecho de autorizarnos a que paguemos las primas del seguro por Usted, y Nosotros cargaremos dichos montos a la Cuenta de La Tarjeta. Usted deberá informar a la Aseguradora correspondiente por escrito, si desea cancelar o no renovar la póliza de seguro. En caso de que dichos Cargos se carguen en forma automática a La Tarjeta. Usted puede solicitarnos en cualquier momento la cancelación de los servicios de Cargo Automático del pago del seguro a la Cuenta de La Tarjeta, sin responsabilidad alguna para Nosotros, de conform dad con lo establecido en la Cláusula Vigésima Sexta del presente Contrato.
Nosotros pagaremos a los Establecimientos por cuenta de Usted, ya sea directamente o a través de instituciones emisoras de tarjetas de crédito pertenecientes a los sistemas nacionales o mundiales con los que celebremos convenios al efecto, según el caso, el importe que proceda por los bienes o servicios proporcionados a Usted por dichos Establecimientos, incluyendo impuestos, propinas y gastos diversos.
SÉPTIMA.- USOS NO PERMITIDOS DE LA TARJETA
Usted se abstendrá de realizar lo siguiente:
• Proporcionar La Tarjeta o su núnero de Cuenta a terceras personas o permitirles que utilicen La Tarjeta o su Cuenta para la realización de Cargos, identificación o para cualquier otro propósito:
• Devolver bienes y servicios adquiridos con La Tarjeta para obtener un reembolso en efectivo;
• Utilizar La Tarjeta para obtener efectivo por parte de un Establecimiento;
• Obtener un crédito en La Tarjeta, con excepción del reembolso de bienes y servicios previamente adquiridos con la misma;
• Utilizar La Tarjeta si Usted se encuentra involucrado en un proceso de concurso o en estado de insolvencia o si Usted no tiene los fondos suficientes para pagar su próximo Estado de Cuenta;
• Utilizar La Tarjeta si la encuentra en forma posterior al aviso de pérdida o robo de la misma;
• Utilizar La Tarjeta si la misma ha sido suspendida o cancelada o en forma posterior a la fecha de vigencia que se establece en el anverso de La Tarjeta;
• Utilizar La Tarjeta para propósitos ilícitos, incluyendo para la compra de bienes y servicios prohibidos por la legislación mexicana o en cualquier otro país en donde La Tarjeta sea utilizada.
Es responsabil dad de Usted y de los Tarjetahab entes Suplementar os que La Tarjeta no sea utilizada para los fines antes mencionados. Asimismo Usted será responsable de cualquier uso no permitido de La Tarjeta aun en el supuesto de que Nosotros no prevengamos o suspendamos el uso prohibido.
OCTAVA.- SIN LIMITE PRE-ESTABLECIDO DE CARGOS
La Cuenta de La Tarjeta no tiene un Límite Pre establecido de Cargos. Cada Cargo es aprobado con base en el uso de La Tarjeta y su historial de pagos en todas las Cuentas que tenga establecidas con Nosotros, así como con nuestras empresas subsidiarias y filiales y/o licenc atarias, su historial creditic o con otras instituciones financieras y sus recursos e ingresos personales que sean de nuestro conocimiento. A efecto de acreditar lo anter or
American Express podrá solicitarle en cualquier momento información correspondiente a la actualización de sus ingresos.
NOVENA.- CARGOS A LA TARJETA
El concepto Cargos se emplea para denominar a todas aquellas cantidades reflejadas en el Estado de Cuenta de La Tarjeta, incluyendo de manera enunciativa mas no limitativa las siguientes:
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a. El importe de los pagarés. notas de cargo o cualesquiera otros documentos que se hubieren suscr to o generado de conformidad con lo dispuesto en este Contrato, en relación con la adquis ción por cualquier medio (telefónicamente, correo e Internet) de bienes y/o servic os en los Establecimientos, incluyendo los Cargos que se realicen en Establecimientos bajo el programa de Mensualidades sin Intereses;
b El importe de las disposiciones en efectivo, así como los Cargos y comisiones aplicables por dichas disposiciones, ya sea en nuestras oficinas, en las de nuestros corresponsales o a través de los cajeros automáticos que tengamos establecidos, o en operación en sucursales de otras Instituciones con las que Nosotros tengamos celebrados convenio;
c. El importe de pagos rechazados o devueltos por Nosotros por cualquier causa, debiendo ser cubiertos en forma íntegra en la fecha límite de pago;
d. El importe de los Cargos que procedan de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula Vigésima del presente Contrato;
e. El importe de las comisiones aplicables que se describen en la Cláusula Décima y en la Carátula del presente Contrato
DECIMA.· COMISIONES APLICABLES
El concepto, per odicidad y método de cálculo de las comisiones aplicables por el uso de La Tarjeta se establecen a continuación, cuyos montos y porcentajes se establecen en la Carátula del presente Contrato:
• • • • •
1. CUOTA ANUAL DE LA TARJETA
2. CUOTA ANUAL MEMBRESÍA COMPARTIDA
(Tarjeta Básica y hasta 3 Tarjetas Adicionales)
3. CUOTA ANUAL MEMBRESÍA COMPARTIDA
(Tarjeta Básica y hasta 5 Tarjetas Adicionales)
4. COMISIÓN POR DISPOSICIÓN DE EFECTIVO EN CAJEROS AUTOMÁTICOS
5. COMISIÓN POR CHEQUES DEVUELTOS
6. COMISIÓN POR LA CONVERSIÓN DE CARGOS DE DÓLARES AMERICANOS A MONEDA NACIONAL
ANUAL
ANUAL
ANUAL
POR EVENTO
POR EVENTO
POR EVENTO
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DÓLARES AMERICANOS FACTURADOS EN MONEDA NACIONAL
DÓLARES AMERICANOS FACTURADOS EN MONEDA NACIONAL
DÓLARES AMERICANOS FACTURADOS EN MONEDA NACIONAL
10% POR DISPOSICIÓN EN EFECTIVO EN MÉXICO Y 6% EN EL EXTRANJERO
20% SOBRE EL MONTO DEL CHEQUE O DEL PAGO ELECTRÓNICO DEVUELTO
2.n%
Usted reconoce y acepta que Xxxxxxxx, de conformidad con las disposiciones aplicables, le hemos informado en forma previa a la firma de este Contrato, el monto de las comisiones vigentes por los conceptos mencionados en la Carátula del presente Contrato.
Nosotros le comunicaremos a través de los siguiente medios: mediante notificación por escrito, a través de un mensaje en su Estado de Cuenta, por medios electrónicos o por medio de nuestra página de Internet, los incrementos al importe de las Comisiones, así como las nuevas Comisiones que se pretendan cobrar por lo menos con treinta días naturales de anticipación a la fecha prevista para que estas surtan efectos.
Sin perjuicio de lo anterior, Usted tendrá derecho a dar por terminado el presente Contrato en caso de no estar de acuerdo con los nuevos montos, sin que Nosotros podamos cobrarle cantidad adicional alguna por este hecho, con excepción de los adeudos que ya se hubieren generado a la fecha en que Usted solicite dar por terminado el servicio. Lo anterior de conformidad con lo establecido en la Cláusula Trigésima Quinta del presente Contrato.
DECIMA PRIMERA.· TARJETAHABIENTES SUPLEMENTARIOS
En caso de que Usted nos lo solicite, podemos emitir Tarjetas Suplementar as a su Cuenta a las personas que designe ("Tarjetahabientes Suplementar os"). Para tal efecto, Nosotros le daremos a conocer los Términos y las Condiciones aplicables para la emisión de d xxxx Tarjetas Suplementar as Nosotros tenemos el derecho de limitar el número de Tarjetas Suplementarias emitidas a su Cuenta en caso de que no se cumplan los requisitos credit c os que tengamos establecidos para tales efectos. Nosotros generalmente no proporcionamos copia del Contrato, Estados de Cuenta. notificaciones y otras comunicaciones a los Tarjetahabientes Suplementar os
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Usted se obliga y es responsable de asegurarse que los Tarjetahabientes Suplementarios lean, entiendan y cumplan con los términos de este Contrato, incluyendo la Carátula, así como cualesquier notificaciones y comunicaciones que le enviemos a Usted. Las Tarjetas Suplementarias pueden ser canceladas en cualquier momento, tanto por Usted como por Nosotros. Usted será responsable solidario en términos de las disposiciones legales vigentes y aplicables de pagar los Cargos que realicen los Tarjetahabientes Suplementar os.
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DECIMA SEGUNDA.- DISPOSICION DE EFECTIVO
En caso de que Nosotros permitamos que Usted disponga de efectivo con La Tarjeta, se estará comprometiendo a lo s guiente:
• Usted deberá solicitar un NIP para acceder a los cajeros automáticos;
• Los límites y restricciones para la disposición de efectivo con cargo a La Tarjeta le podrán ser informados a través de cualquiera de los siguientes medios:
Estados de Cuenta, boletines informativos, folletos o a través de nuestra página de Internet;
• Las instituciones financ eras operadoras de los cajeros automáticos tamb én podrán imponer sus propios límites y restricciones para la disposición de efect vo, los cuales le serán informados a través de los propios cajeros automáticos;
• Nos reservamos el derecho de suspender en cualquier momento el servicio de disposición de efectivo, aun en los casos en que su Cuenta de La Tarjeta
no se encuentre en atraso, previa not ficación a Usted;
• Las comis ones por dispos ción de efectivo se establecen en la Cláusula Décima y en la Carátula del presente Contrato;
• Usted deberá cumplir con cualesquier otros Términos y Condiciones que le proporcionemos por escrito.
DECIMA TERCERA.- CUOTAS ANUALES
Usted se obliga a pagarnos las Cuotas Anuales derivadas del uso de La Tarjeta Bás ca y de Las Tarjetas Suplementarias cuya periodicidad y método de cálculo se establecen en la Cláusula Décima y en la Carátula del presente Contrato.
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DECIMA CUARTA.- RENOVACION Y REEMPLAZO DE LAS TARJETAS
La Tarjeta será válida dentro del per odo de validez que aparece grabado en la misma. Usted nos autoriza a enviarle, así como a todos los Tarjetahabientes Suplementar os la renovación o reemplazo de La Tarjeta en forma previa a que expire la vigencia de la misma. Usted deberá destruir La Tarjeta que haya expirado cortándola por la mitad El presente Contrato, así como sus modificaciones o adiciones. aplicará en sus Términos y Condiciones para cualqu er renovación o reemplazo de Las Tarjetas que em tamos. Asimismo, renovaremos anualmente la cuota por el uso de La Tarjeta a las tarifas que se encuentren v gentes y que le sean notificadas en forma previa.
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DECIMA QUINTA.- TERMINACION DEL CONTRATO POR PARTE DE AMERICAN EXPRESS
Nosotros podemos terminar el Contrato o bloquear el uso de La Tarjeta en cualquier momento. Podemos hacer lo anterior ya sea que Usted haya incumplido o no el Contrato. Si cancelamos La Tarjeta y Usted no ha incumplido el Contrato, le reembolsaremos la parte proporcional de la Cuota Anual y
Usted podrá hacer el pago de los Cargos pendientes en la fecha límite de pago establecida en el Estado de Cuenta. Nosotros le informaremos de nuestra decisión de cancelar el Contrato o bloquear La Tarjeta, en un plazo no mayor de cinco días naturales posteriores a la fecha en que se haya llevado a cabo la cancelación o bloqueo.
En caso de que cancelemos La Tarjeta o la dejemos expirar al no renovarla o bien, si La Tarjeta deja de tener validez por cualquier otra razón, Usted queda obligado a devolver La Tarjeta a Nosotros o al apoderado que designemos, o a cualquier Establecimiento, cuando así se le requ era. quedando
también obligado a pagar todos los Cargos relacionados con dicha Tarjeta a más tardar en la fecha límite de pago establecida en el Estado de Cuenta.
En el caso de cancelación de una Tarjeta Suplementar a, será obligación mancomunada y solidar a de Usted y del Tarjetahabiente Suplementario
el devolvernos La Tarjeta y el pagar todos los Cargos relacionados con la misma. Usted no deberá usar La Tarjeta con anterioridad a su vigencia ni tampoco con posterioridad a su expiración o cancelación.
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DECIMA SEXTA.- AUTORIZACION DE CARGOS
Podremos solicitar que determinados Cargos sean aprobados en forma prev a por Nosotros antes de que sean aceptados por los Establecimientos. Nosotros podemos negar la solicitud de autorizac ón de un Cargo con base en nuestras políticas crediticias que tengamos establecidas, aun si la Cuenta de La Tarjeta no se encuentra en atraso.
En determinados casos, los Establecimientos pueden solicitar la autorización de Cargos en forma anticipada, el monto de la autorizac ón será registrado como un Cargo regular Por ejemplo. en los casos xx xxxxx de automóviles, el Establecimiento podrá solicitar en forma anticipada el Cargo totalaproximado de la renta de un auto, lo que significa que el monto de dicho Cargo será considerado en su Cuenta.
DE,CIMA SE, PTIMA.- LA TARJETA ES DE NUESTRA PROPIEDAD
No obstante de que Usted y los Tarjetahabientes Suplementarios pueden utilizar La Tarjeta para la compra de bienes y/o servicios, La Tarjeta es y será de nuestra propiedad en todo momento. Nosotros podemos requer rle que nos entregue La Tarjeta en cualquier momento, así como terceras personas en nuestra representación, incluyendo los Establecimientos. Asimismo, podremos informar a los Establecimientos que La Tarjeta ya no es válida
DECIMA OCTAVA.- ESTADO DE CUENTA
Nosotros enviaremos mensualmente a Usted un Estado de Cuenta, el cual incluirá información importante acerca de la Cuenta de La Tarjeta indicando, cuando menos, el periodo de facturación de los Cargos, el saldo a pagar a la fecha xx xxxxx de la Tarjeta, la fecha límite de pago, una descripción de las cantidades cargadas o abonadas en el periódo de facturación, incluyendo información de cada Cargo realizado. su monto, fecha, indicación del Establecimiento en donde se realizó el Cargo, moneda en que se denominó la operación y cada comisión cobrada. En el Estado de Cuenta se distinguirán los consumos y disposiciones de efectivo, realizados dentro de territor o nacional, así como aquellos efectuados en el extranjero.
Nosotros le enviaremos por correo o por algún otro medio de envío dichos Estados de Cuenta dentro de los cinco días siguientes a la fecha xx xxxxx. Sin embargo, Xxxxx acepta no recibir dicho Estado de Cuenta en los meses en los que su Cuenta de la Tarjeta no muestre movimiento alguno.
Asimismo, podemos acordar que Usted consulte el Estado de Cuenta en nuestra página de Internet www americanexpress xxx.xx, para lo cual deberá solicitar su inscr pción a los servicios en línea que ofrecemos a través de nuestra página de Internet siguiendo las instrucciones que se establecen en la
misma Asimismo, Usted está de acuerdo en crear una identificación de usuario, así como una clave de acceso o "password" para poder consultar su Estado de Cuenta de forma segura. Nosotros le enviaremos dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha xx xxxxx de La Tarjeta, a través de la dirección
de correo electrónico que nos indique, un av so informándole que su Estado de Cuenta se encuentra disponible en nuestra página de Internet en donde podrá consultarlo cuantas veces lo considere necesar o para poder realizar el pago de La Tarjeta en la fecha límite de pago
En caso de que Usted este de acuerdo en consultar su Estado de Cuenta a través de nuestra página de Internet, nos da su autorización para que ya no se lo enviemos a través de correo, mensajería o por algún otro med o de envío. En caso de que no se hayan registrado movimientos en la Cuenta durante el plazo de seis meses, Nosotros podemos suspender el envío de los Estados de Cuenta, pero en todo caso, le enviaremos cuando menos una vez al año el Estado de Cuenta a través de los medios que hayamos pactado.
Nosotros le informaremos en el Estado de Cuenta la fecha límite de pago de la Cuenta, misma que no podrá variar sin prev o aviso por escrito con treinta días de anticipación. En los casos en que la fecha de pago sea un día inhábil, Usted podrá realizar el pago de los Cargos el día hábil inmediato posterior, sin cargo alguno.
Nosotros enviaremos los Estados de Cuenta únicamente a Usted, por lo que Usted se obliga a pagarnos todos los Cargos que aparezcan reflejados en el Estado de Cuenta respecto a la Tarjeta Básica y Las Tarjetas Suplementarias. Sólo en el evento de que los Tarjetahabientes Suplementar os continúen utilizando Las Tarjetas Suplementarias con posterior dad al fallecim ento del Tarjetahabiente Básico, Nosotros le podemos exigir a cada uno de los Tarjetahabientes Suplementar os el pago de los Cargos realizados con Las Tarjetas Suplementarias.
DÉCIMA NOVENA.- PAGOS DE LA TARJETA
Todos los Cargos son exig bles desde la fecha en que emitamos el Estado de Cuenta, y deberán ser pagados a más tardar en la fecha límite de pago identificada como Fecha límite de Pago en el propio Estado de Cuenta, con la única excepción de los Cargos autor zados por Nosotros para pago diferido.
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Todos los pagos a efectuarse en cumplimiento de este Contrato deberán ser hechos en efectivo sólo en Moneda Nacional. con cheque u otro instrumento aceptable por Xxxxxxxx, a la orden de "American Express Company (México), S.A. de C V " o a la orden de cualquier otra persona que le indiquemos oportunamente.
los pagos se tendrán por realizados en la fecha en que Xxxxxxxx recibamos efectivamente el pago, por lo que todos los títulos de créd to se recibirán salvo buen cobro. Todos los pagos se apl carán s guiendo sin excepción el s guiente orden: Cargos por Intereses Ordinarios, Cargo por Pena por Pago Tardío, impuestos, saldos vencidos, Cargos por disposición en efectivo y cambio de cheques personales, Cargos por servicio, cuotas de membresía y renovación. comisiones por cobranza de cheques librados sobre bancos, mensualidades en planes de pago diferido, comisiones, y cualesquiera otros Cargos realizados con la Tarjeta.
En caso de que la Cuenta de la Tarjeta tenga saldo a favor por concepto de los pagos realizados o por un crédito aplicado a la Tarjeta, la misma no generará intereses en favor de Usted.
En caso de que los cheques que Usted nos presente para cubrir el pago de sus adeudos sean devueltos por el banco librado, por causas imputables a Usted, tendremos el derecho de cargar por concepto de penalidad un porcentaje equivalente al 20% del monto total del cheque devuelto, de conformidad con el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
VIGESIMA.- PAGOS ATRASADOS
En el caso de que Nosotros no recibamos el total del pago de los Cargos realizados por Usted a más tardar en la Fecha límite de Pago establecida en su Estado de Cuenta en que mensualmente dichos Cargos aparezcan, los Cargos en cuestión serán automáticamente considerados por Nosotros en atraso. En este caso, quedamos expresamente autorizados por Usted para cargar en la Cuenta de la Tarjeta, en los términos del artículo 68 y demás relativos de la ley Federal de Protecc ón al Consumidor y 363 del Código de Comercio vigente y demás relativos, lo siguiente:
a) Si Usted no nos paga el saldo total del Estado de Cuenta a más tardar en la Fecha límite de Pago, aplicaremos al siguiente día hábil un Cargo por Pago Tardío sobre el saldo insoluto de los Cargos realizados en el periodo de facturación del mes en cuestión. D cho Cargo se establece en la Carátula del presente Contrato.
b) Posteriormente, se aplicarán Cargos por concepto de Intereses Ordinarios sobre saldos insolutos. los cuales serán calculados con base en la tasa ordinaria anual máxima que se establece en la Carátula del presente Contrato, para Cargos realizados en Moneda Nacional, así como para los Cargos realizados en Moneda Extranjera que se facturen en Moneda Nacional. Dichos Cargos se calculan con base en un porcentaje diario, cuya metodología de cálculo se establece en la Carátula del presente Contrato los Cargos por concepto de Intereses Ordinar os se seguirán causando hasta la fecha en que Usted nos liquide la totalidad de los Cargos, y se computarán únicamente hasta 150 días de atraso, por lo que no se generarán Cargos por concepto de Intereses Moratorios en forma posterior a los 150 días de atraso.
Los Cargos por concepto de Intereses Ordinarios podrán variar de acuerdo con la última cotización de la Tasa de Interés lnterbancaria de Equilibrio a plazo de 28 días ("TIIE") que publique Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, en la Fecha xx Xxxxx de la Cuenta de la Tarjeta.
En el evento de que la TIIE dejare de existir, la tasa de referencia aplicable para determinar los Cargos por concepto de intereses será la cotización que estime el Banco de Méx co para el costo de captación promedio ("CCP"), y en caso de que el CCP dejare de existir, entonces la tasa de referencia aplicable será la cotización de la tasa de rendimiento en colocación primar a de los certificados de la Tesorería de la Federación ("CETES"} a 28 días.
c) A los Cargos mencionados en los incisos a) y b) anteriores se les adicionará el Impuesto al Valor Agregado.
d) Cualquier cambio en la aplicación de los Cargos a que hace referencia esta Cláusula le será notificado a Usted con 30 días naturales de anticipación a la fecha en que entren en v gor dichos cambios. El uso de la Tarjeta por parte de Usted después de la fecha señalada por Nosotros para la entrada en v gor de dichos cambios, será su manifestación expresa de la aceptación de d cho cambio.
e) En caso de cualquier controvers a o disputa podemos aceptar pagos atrasados y pagos parciales hechos en efect vo. cheques u otra forma de pago que sea aceptable para Nosotros. sin perder por ello los derechos que tenemos por virtud del presente Contrato o conforme a la ley En el caso de que aceptemos dichos pagos. ello no significa que convengamos modificar este Contrato en manera alguna, por lo que tampoco implica una pérdida o renuncia a nuestros derechos a reclamar el saldo, salvo en los casos en que celebremos un Convenio por escrito con Usted.
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VIGESIMA PRIMERA.- CARGOS REALIZADOS EN MONEDA NACIONAL
Todos los Cargos que Usted contraiga en Moneda Nacional serán facturados y cobrados por Nosotros en esa misma moneda.
VIGESIMA SEGUNDA.- CARGOS REALIZADOS EN MONEDA EXTRANJERA FACTURADOS EN MONEDA NACIONAL
Las Cargos que Usted realice fuera del territorio nacional se documentarán en la Moneda Extranjera que corresponda, y serán convertidos a Moneda Nacional de conformidad con el siguiente procedimiento de conversión:
a) Si Usted realiza un Cargo en Moneda Extranjera distinta xxx Xxxxx Americano, dicho Cargo será convertido a Dólares Americanos La conversión a Dólares Americanos se llevará a cabo en la fecha en que el Cargo sea procesado por American Express, que podrá ser en un día distinto a la fecha de realización del Cargo, ya que esto depende de la fecha en que el Cargo sea presentado a Nosotros por los Establecimientos.
b) A menos de que sea necesario utilizar un tipo de cambio de acuerdo con las leyes apl cables, Usted reconoce y acepta que para la convers ón de dichos Cargos, el sistema de tesorería de American Express utilizará tipos de cambio interbancarios que podrá elegir entre diferentes fuentes de la industria el día hábil anterior a la fecha en que el Cargo sea procesado. Si los Cargos son convertidos por terceras personas en forma previa a la presentación de los mismos a Nosotros, la conversión realizada por dichas terceras personas se llevará a cabo al tipo de cambio determinado por ellos.
c) Los Cargos realizados en Dólares Americanos o una vez que los Cargos en Moneda Extranjera hayan sido convert dos a Dólares Americanos de conformidad con los incisos anteriores. serán convertidos y facturados a la Cuenta de La Tarjeta en Moneda Nacional. El tipo de cambio que se utilice para calcular la equivalencia del peso en relación con los Dólares Xxxx xxxxx será el tipo de cambio que el Banco de México determine el día de la presentación de los documentos de cobro respectivos, de conformidad con lo señalado en las "Disposiciones aplicables a la determinación del tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en Moneda Extranjera pagaderas en la república mexicana·: y dé a conocer en su página electrón ca en la red mundial Internet en la misma fecha. A dicho tipo de cambio se le adicionará una comisión por la conversión de los Cargos a Moneda Nacional, la cual se establece en la Cláusula Décima del presente Contrato.
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VIGESIMA TERCERA.- DOMICILIACION DE PAGOS DE LA TARJETA
En términos de las disposiciones legales aplicables, Usted tendrá la facultad de autorizarnos para que los pagos que le corresponda realizar en cada fecha lím te de pago sean cargados en forma automática o cada vez que Usted nos lo solicite, ya sea en su totalidad o por el importe que nos indique, a las cuentas de cheques o de inversión que Usted tenga establecidas con cualesquier otra institución de crédito. Para tal efecto, Usted nos deberá proporcionar la información que le solicitemos de su cuenta de cheques o de inversión para poder debitar los pagos de la misma.
Dicha autorización podrá otorgarse en forma verbal, por escrito o a través del uso de medios electrónicos, y Nosotros estamos facultados para conservar la misma en nuestros registros. archivos y sistemas.
En caso de que la autorización que Usted nos proporc one se efectúe en forma verbal a través del uso de medios electrónicos (ej.: teléfono), Usted en este acto nos faculta para que grabemos la llamada telefónica y la conservemos en los medios mencionados en el párrafo anterior durante el plazo que establezcan las disposiciones legales aplicables.
En caso de que la cuenta de cheques o de inversión que Usted nos proporcione no tenga fondos suficientes para cubrir el monto del saldo que Usted nos haya indicado, Usted quedará obligado a realizar los pagos correspondientes a través de otros medios de pago, y en caso xx xxxx, se aplicará
lo dispuesto en la Cláusula Vigésima del presente Contrato.
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VIGESIMA CUARTA.- ACREDITACION DE PAGOS DE LA TARJETA
Los pagos se acreditarán en la Cuenta de La Tarjeta de la siguiente forma:
a) En caso de que los pagos se realicen en efectivo, cheques de viajero. cheque de American Express Bank (México), S.A., en oficinas propias
xx Xxxx can Express Company (México), S.A. de CV, o en sucursales de American Express Bank (México), S.A., los pagos se acreditarán en la Cuenta de La Tarjeta el mismo día en que se realicen, en caso de que sea un día hábil bancario.
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b) En caso de que los pagos se realicen en cheques a cargo de otro banco en las oficinas propias de American Express Company (México), S.A. de C.V , o en sucursales de American Express Bank (México), S.A., los pagos se acreditarán en la Cuenta de a Tarjeta a más tardar el día hábil siguiente, si el pago se recibe antes de las 16:00 horas, y si se recibe después de las 16:00 horas a más tardar el segundo día hábil bancario siguiente.
c) En caso de que los pagos se realicen en efectivo, cheque de American Express Bank (México), S.A., o cheques de cualquier otro banco o en centros de pago autorizados por Nosotros para recibir pagos, tales como bancos, tiendas departamentales u otros comercios autorizados por Nosotros, mismos que le serán notificados previamente, los pagos se acreditarán en la Cuenta de La Tarjeta a más tardar el segundo día hábil bancar o s guiente de haberse realizado
No obstante lo anterior, Xxxxxxxx respetaremos en todo momento la fecha en que se realizó el pago, es decir el pago se tendrá por realizado y se tendrá por aplicado en el Estado de Cuenta en la fecha en que se realice el mismo. Los cheques se recibirán salvo buen cobro. Una vez que se acredite el pago en la Cuenta de La Tarjeta en términos de los incisos a), b) y c) anteriores, se confirmará dicha aplicación permitiendo el uso regular de la Cuenta.
Usted manif esta que todos los pagos que nos realice en los términos del presente Contrato serán efectuados con recursos de procedencia lícita.
VIGÉSIMA QUINTA.- BENEFICIOS Y SERVICIOS
Nos reservamos el derecho de adicionar, modif car o cancelar cualquier beneficio o servicio ofrecido en forma conjunta con La Tarjeta en cualquier momento, previa notificación a Usted, con treinta días naturales de anticipación. Una vez realizada la notificación de las adiciones, modificaciones o cancelaciones de los beneficios o servicios de La Tarjeta, si Usted continúa utilizando la misma se entenderá como una aceptación tácita de las adiciones, modificaciones o cancelaciones mencionadas. En dichos supuestos, tenemos la facultad de sustituirle el plástico de La Tarjeta y lo anterior no constituirá una terminación o novación del presente Contrato, el cual continuará vigente en todos sus términos y condiciones.
En caso de que así lo establezcamos, y que pongamos a su disposición los servicios de cajeros automáticos, Usted podrá realizar disposiciones en efectivo con cargo a La Tarjeta a través de los cajeros automáticos donde Nosotros tengamos instalado y en operación este servicio.
Usted acepta que el valor probatorio del comprobante que expida el cajero automático, en el caso de disposiciones en efectivo, tendrá pleno valor y fuerza legal para acreditar tanto la operación realizada, así como el importe de la misma. Las disposiciones en efectivo con cargo a La Tarjeta serán totalmente válidas sin quesea necesario que Usted suscriba documento alguno.
Asimismo Nosotros podremos proporcionarle a través de nuestra página de Internet o medios electrónicos los servicios que de forma enunciativa mas no limitativa se mencionan a continuación o cualquier otro servicio que lleguemos a implementar en un futuro:
(i) consulta de saldos y movimientos (hasta de los 6 meses anteriores a la consulta);
(ii) activación de La Tarjeta;
(iii) inscripción para consultar sus saldos y movimientos a través de nuestra página de Internet sin necesidad de recibir el Estado de Cuenta en papel (Programa "Paperless"};
(iv) actualización de su información personal (teléfono, domicilio, etc.);
(v) inscripción al servicio de "Alerts" para que a través de un correo electrónico o mensaje telefónico a su celular reciba información relativa a La Tarjeta como saldo fecha límite de pago, entre otros;
(vi) inscripción al programa de recompensas denominado Membership Rewards with PAYBACK<I> y solic tud de intercambio de los Puntos acumulados en dicho Programa por las recompensas que se ofrecen
(vii) consulta de saldo en Puntos del Programa Membership Rewards with PAYBACK®.
Para poder utilizar los servicios mencionados a través de nuestra página de Internet o medios electrónicos, Usted deberá contar con un nombre de usuario y/o una clave o contraseña de acceso que Usted mismo deberá crear a través del medio electrónico que corresponda la primera vez que lo utilice. Usted podrá modif car en cualquier momento su clave o contraseña de acceso a través del medio que se encuentre utilizando. En caso de que no utilice su clave o contraseña de a:ceso en un periodo de 3 (tres) años, la misma le será bloqueada y deberá solicitar una nueva clave o contraseña en caso de que requiera volver a utilizarla.
Usted es responsable del uso de los mismos y de guardar la confidencialidad de su nombre de usuario y claves o contraseñas de acceso, ya que son personales e intransferibles. Nuestra responsabilidad respecto al uso de medios electrónicos se establece en la Cláusula Vigésima Octava.
Los servicios ofrecidos no implican la realización de ninguna operación, en caso de que se realice alguna de éstas se le proporcionará un número de folio que quedará registrado en nuestros sistemas como comprobante de dicha operación.
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Los términos y condiciones de los servicios mencionados en esta Cláusula se establecerán en forma clara en nuestra página de Internet, o bien en los medios electrónicos en donde prestamos el servicio En virtud de lo anterior, será necesario que Usted los acepte en forma previa a la utilización de dichos servicios. Para tal efecto, en nuestra página de Internet se establecerá un recuadro para que Usted acepte los Términos y Condiciones de los servicios que le proporcionaremos a través de dicho medio
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VIGESIMA SEXTA.- CARGOS AUTOMATICOS DE BIENES Y/O SERVICIOS
Usted y los Tarjetahabientes Suplementarios pueden autorizar a los Establecimientos a que carguen en forma automática a su Cuenta Cargos recurrentes o Automáticos en forma periódica por la compra de bienes y servicios ("Cargos Automáticos").
A continuación le informamos algunos puntos importantes que Usted deberá conocer en relación con Cargos Automáticos y su Cuenta de La Tarjeta.
Reemplazo de La Tarjeta o cancelación de La Tarjeta
Nosotros podremos emitir un reemplazo de La Tarjeta si la misma se encuentra extraviada, robada, dañada, cancelada, renovada, o bien intercambiada por un diferente producto (Tarjeta reemplazada). Asimismo, La Tarjeta podrá ser cancelada, o bien no se podrán autorizar nuevamente Cargos Automáticos sin que hayamos emitido un reemplazo de La Tarjeta (Tarjeta cancelada).
Con el propósito de evitar una posible suspensión de los Cargos Automáticos y de la entrega o prestación de los bienes y servicios por parte de los Establecimientos, en los casos de una Tarjeta reemplazada o cancelada, es siempre su responsabilidad informar a los Establecimientos de la nueva información acerca de su Tarjeta reemplazada, o bien establecer un nuevo método de pago.
Usted y los Tarjetahabientes Suplementarios convienen en ser responsables de los Cargos Automáticos que se continúen cargando a una Cuenta de La Tarjeta que fue reemplazada o cancelada
Los Cargos Automáticos podrán ser automáticamente cargados a una Tarjeta reemplazada previa notificac ón a Usted. Nosotros podemos proporcionar en forma eventual información sobre Las Tarjetas reemplazadas a los Establecimientos para facilitar los Cargos Automáticos
Cancelación de Cargos Automáticos
En caso de que Usted desee cancelar el serv cio de domiciliación de bienes y/o servicios que se cargan en forma automática a La Tarjeta nos deberá dar aviso ind cándonos su solicitud de cancelar los Cargos Automáticos a La Tarjeta, y Nosotros tendremos un plazo máximo de tres días hábiles para procesar su solicitud de cancelación, en el entendido de que Nosotros no asumiremos ninguna responsabilidad con motivo de dicha cancelación.
Usted podrá realizar la solicitud de cancelación de Cargos Automáticos a través de nuestra área de atención telefónica de servicio a clientes, o bien a través de nuestras oficinas de atención al público. Nosotros le daremos un número de folio o cancelación para que pueda dar seguimiento a la misma
No autorización de Cargos Automáticos
Si se cancela la Cuenta de La Tarjeta o su Cuenta se encuentra en atraso en sus pagos por más de treinta días, o bien por haber excedido el acumulado de sus Cargos, Nosotros dejaremos de autorizar los Cargos Automáticos que se carguen a la Cuenta de La Tarjeta previa notificación.
Servicios de inscripción a Cargos Automáticos
Nosotros podremos ofrecerle la inscripción al programa de Cargos Automáticos de algunos Establecimientos participantes en este programa En estos casos, Usted continuará siendo responsable de establecer un método de pago alterno hasta el momento en que se comiencen a cargos los Cargos Automáticos a su Cuenta de La Tarjeta. Nosotros no seremos responsables por ninguna falla en el proceso de inscripción al programa de Cargos Automáticos si el Establecim ento incumple en hacer los Cargos correspondientes a su Cuenta de La Tarjeta.
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VIGESIMA SEPTIMA.- PROCEDIMIENTO DE ACLARACIONES SOBRE EL ESTADO DE CUENTA/PROBLEMAS CON BIENES Y/O SERVICIOS
Durante un plazo de 90 (noventa) días naturales siguientes a la fecha xx xxxxx de la Cuenta, Usted lo podrá objetar, manifestando por escrito sus objeciones u observac ones que crea convenientes, conviniéndose que en caso de que no reciba el Estado de Cuenta, deberá solicitarlo en un plazo de 10 (diez) días naturales posteriores a la fecha xx xxxxx. para poderlo objetar válidamente en el término antes mencionado. Se presumirá que Usted recib ó el Estado de Cuenta si no lo reclama a Nosotros.
El procedimiento de aclaraciones se sujetará a lo siguiente:
l. La solicitud de aclaración que Usted realice podrá presentarse en nuestras oficinas, o bien en nuestra Unidad Especializada, mediante escrito o correo electrónico. Nosotros acusaremos de recibo dicha solicitud.
11. Usted tendrá el derecho de no realizar el pago cuya aclaración solicita, así como el de cualquier otra cantidad relacionada con dicho pago, hasta en tanto se resuelva la aclaración.
111. Nosotros tendremos un plazo máximo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales contados a partir de la fecha de recepción dela solicitud de aclaración para entregarle el dictamen correspondiente por escrito y suscrito por una persona facultada, anexando copia simple del documento o evidencia considerada para la emisión de dicho d ctamen, así como un informe detallado en el que se respondan todos los hechos contenidos en su solicitud. En el caso de reclamaciones relativas a operaciones realizadas en el extranjero, el plazo previsto en este párrafo será hasta de 180 (ciento ochenta) días naturales.
El dictamen se podrá proporcionar por medios electrón cos.
IV Si conforme al dictamen resulta procedente el cobro del monto respectivo, Usted deberá hacer el pago de a cantidad a su cargo. Nosotros no le cobraremos una comisión por concepto de reclamación improcedente
V. Asimismo, contaremos con un plazo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales contados a partir de la fecha de entrega del dictamen mencionado
en el numeral anterior para poner a disposición de Usted en nuestras oficinas, o bien en nuestra Unidad Especializada, el expediente generado con motivo de la solicitud de aclaración que corresponda. En caso de que la solicitud de aclaración sea procedente y como consecuencia se haya realizado un crédito definitivo a la Cuenta de La Tarjeta, Nosotros no tenemos obligación de poner a disposición de Usted el expediente a que hace referencia este inciso.
VI. Nosotros podremos notificarle el estado que guarda la solic tud de aclaración por escrito. teléfono o cualquier otro medio electrónico.
VII. Transcurrido el plazo de 90 (noventa) días naturales mencionado en el primer párrafo de la presente Cláusula sin que Usted haya realizado objeciones u observaciones a su Estado de Cuenta. así como en el supuesto de que Usted haya girado instrucciones para que no se le enviara dicho Estado de Cuenta, los asientos y conceptos que figuren en nuestra contabilidad harán prueba plena en contra de Usted salvo prueba en contrario en ju cio, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
VIII. En caso de que la objeción o reclamación presentada por Usted sea procedente una vez concluido el proceso de invest gación respectivo que llevemos a cabo ante el Establecimiento, aplicaremos de forma inmediata un crédito definitivo en su Estado de Cuenta, ya sea por el monto total o parcial del Cargo objetado o reclamado, según sea el caso.
IX. Todas las reclamaciones podrán presentarse en la Unidad Especializada de Atención de Usuarios, localizada en Xxxx xx Xxxxxxxxxxx Xx 000, Xxxxxxx
Xxxxxx xx xxx Xxxxxxxx X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, teléfono 000 000 0000, página de Internet: xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. Asimismo. Usted podrá acudir a la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), teléfono 000 000 0000, página de Internet: www.profeco xxx.xx.
Usted reconoce y acepta que no tendremos responsabilidad ni obligación por: las comun caciones, actos u omisiones de los Establecimientos incluyendo su negativa a aceptar La Tarjeta. así como por los defectos, calidad, peso, cantidad o cualquier otro aspecto relativo a la entrega o prestación de los bienes y/o servicios que se adquieran u obtengan mediante el uso de La Tarjeta. En caso de reclamaciones, Usted las deberá hacer directamente al Establecimiento sin que por ello se altere su obligación de pago inmediato a Nosotros de los Cargos reclamados.
Usted está de acuerdo en no recibir los originales o copias de las notas de cargo junto con su Estado de Cuenta, ya que acepta que el mismo es comprobante suficiente de la exactitud de los Cargos facturados, salvo prueba en contrario Por lo tanto, Usted nos autoriza a destruir las notas de cargo y demás documentos relacionados, así como a microfilmarlas y/o d g talizarlas una vez que los Cargos hayan s do facturados en su Estado de Cuenta.
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VIGESIMA OCTAVA.- UTILIZACION DE MEDIOS ELECTRONICOS
En términos de las disposiciones legales aplicables Nosotros podemos utilizar equipos o sistemas electrónicos y/o automatizados para la prestación de nuestros servicios. en cuyo caso, Usted reconoce y acepta que los equipos o sistemas electrónicos y/o automatizados que se utilicen como medios de identificación de Usted, o como constancias de las instrucciones recibidas o los serv cios prestados, producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos con firma autógrafa, y en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio. Las grabaciones, cintas magnéticas y cualquier otro documento que resulten del uso de los medios electrónicos acred tarán la creación, transmisión, modificación o extinción de los derechos y obligaciones de las partes.
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VIGESIMA NOVENA.- PRIVACIDAD DE LA INFORMACION
A. Información crediticia:
Al firmar con su firma autógrafa la solicitud y la Carátula del presente Contrato, Usted autoriza que Nosotros o nuestras empresas subsidiar as y filiales y/o licenciatarias efectuemos cualesquier investigación crediticia sobre Usted que consideremos necesaria, incluyendo la facultad de solicitar
a Sociedades de Información Crediticia debidamente autorizadas informes o reportes con respecto a su historial crediticio. Asimismo, nformación relativa a su Cuenta podrá ser proporcionada por Nosotros a Sociedades de Información Crediticia, Instituciones Bancarias u otras Sociedades Crediticias.
Asimismo, Usted está de acuerdo en que Nosotros podemos intercambiar cualquier información que recibamos acerca de Usted con nuestras empresas subsidiarias y filiales y/o licenciatarias, incluyendo cualquier información crediticia o cualquier otra información que obtengamos de su solicitud de La Tarjeta, o de los informes o reportes de Sociedades de Información Crediticia.
B. Autorización para ftnes publicitarios:
Usted tendrá el derecho de autor zarnos a través de la Carátula que forma parte del presente Contrato, que podamos utilizar la información que nos proporciona en la solicitud de La Tarjeta, con la finalidad de que Nosotros o nuestras empresas subsidiarias y filiales y/o l cenciatarias realicen actividades publicitarias sobre sus servicios y/o productos.
Asimismo, podemos utilizar dicha información para que los Establecimientos Afiliados puedan realizar promociones u ofertas que Usted podrá recibir a través de correo, telefónicamente o por medios electrónicos (ej.: Internet). No obstante lo anterior, Xxxxx tiene la elección y el derecho en cualquier momento, de prohibirnos que proporcionemos sus datos personales a dichas terceras personas, para lo cual, le solicitamos comunicarse y manifestar su petición a nuestra Area de Servicio a Clientes en los teléfonos y horarios espec ficados en el folleto explicativo de La Tarjeta.
C. Protección y custodia de la información:
Nosotros contamos con la infraestructura tecnológica, material y humana que nos permite asegurar que la información de nuestros clientes sea procesada en forma rápida, precisa y completa. Asimismo, custodiaremos la información acerca de Usted solamente durante el tiempo que sea apropiado para las propuestas arriba mencionadas o según sea requerido por la legislac ón aplicable
Si Usted cree que cualquier informac ón que tengamos de Usted o cualquier información que proporcionemos a las Sociedades de Información Crediticia es incorrecta, le agradeceremos que nos lo informe por escrito de inmed ato. Toda la información que encontremos incorrecta o imprecisa será corregida en forma oportuna.
El acceso a la información de nuestros clientes está limitada a aquellos que específicamente la necesitan para realizar o conducir sus responsabilidades de negocio.
Nosotros podemos monitorear llamadas telefónicas realizadas entre Usted o Tarjetahabientes Suplementar os y Nosotros, con la finalidad de asegurar la calidad de nuestro servicio al cliente. Usted podrá o no ser avisado por parte de Nosotros del monitoreo al momento de la llamada telefónica.
D. Aviso de Privacidad:
Nosotros cumpliremos en todo momento en nuestro carácter de ent dad Responsable con nuestras obligaciones der vadas de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Part culares, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 5 de julio de 2010. Asimismo, Usted y los Tarjetahabientes Suplementar os podrán consultar en cualquier momento nuestro Aviso de Privacidad en nuestra página de Internet www amer xxxxxxxxxx.xxx.xx. Su pr vacidad y confianza son muy importantes para Nosotros. Por ello, queremos asegurarnos de que Usted conozca cómo salvaguardamos la integr dad, pr vacidad y protección de sus datos personales, así como de los Tarjetahabientes Suplementarios, en apego a la Ley en cuestión.
Para Nosotros, es necesar a la recopilación de ciertos datos personales tanto de Usted como de los Tarjetahabientes Suplementarios para llevar a cabo las actividades intrínsecas a nuestros servicios, por lo que tenemos la obligación legal y social de cumplir con las medidas legales y de seguridad suficientes para proteger aquellos datos personales que haya recabado para las finalidades establecidas en nuestro Aviso de Privacidad.
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TRIGESIMA.- RENUNCIA
El hecho de que no ejerzamos alguno de nuestros derechos derivados del presente Contrato o la renuncia a nuestros derechos en ocasiones aisladas, no implica ni constituye una renuncia al ejercicio de nuestros derechos para otras ocasiones.
TRIGÉSIMA PRIMERA.- MAL USO, PÉRDIDA O ROBO DE LA TARJETA
Usted y los Tarjetahabientes Suplementarios se obligan a no permitir que una tercera persona use La Tarjeta para propósito alguno Nosotros podemos requerir a Usted el pago de todos los Cargos efectuados con La Tarjeta, independientemente de que hayan sido hechos por personas autorizadas o no, o por haber perdido posesión física de La Tarjeta.
En los casos de pérdida, extravío o robo de La Tarjeta, o bien en los casos que no haya recibido un reemplazo de La Tarjeta o sospecha que la misma está siendo utilizada en forma ilícita, Usted deberá comunicarlo inmediatamente por teléfono con el fin de que podamos proceder a bloquear La Tarjeta. Para Cargos que Usted no reconozca y en el entendido que ha cumplido con todas las Cláusulas de este Contrato y además que Usted no ha contribuido
en forma alguna a que La Tarjeta sea utilizada en forma indebida, Usted no será responsable de los Cargos no reconocidos a partir de que recibamos
el aviso de pérdida, extravío o robo de La Tarjeta.
Usted será responsable por cualquier Cargo que terceras personas pudieran hacer por el uso ilegal de La Tarjeta, hasta el momento en que Usted nos comunique y recibamos el aviso correspondiente de pérdida, extravío o robo de La Tarjeta.
Usted nos autoriza expresamente o a nuestro representante legal para que investigue con las más amplias facultades, incluyendo la delegación o sust tución del mandato, todo lo relativo al uso indebido o fraudulento de La Tarjeta, y Usted acepta prestarnos toda la colaboración que pueda ser requerida para estos fines. incluyendo comparecer a declaraciones de carácter judicial, proporcionarnos copia de documentos oficiales o denuncias ante el Ministerio Público o Policía Judicial, en caso de que Nosotros se lo solicitemos.
TRIGÉSIMA SEGUNDA.- SEGUROS
Usted contará con un seguro sin costo que lo protege en los siguientes casos y condiciones:
a) Protección contra robo o extravío de La Tarjeta. En estos casos Usted estará protegido a partir del momento mismo en que nos notifique o reporte la pérdida o el robo de La Tarjeta. El tiempo máximo para realizar el reporte es de 90 días
b) Protección en caso de fallecimiento del Tarjetahabiente Básico. Los herederos o causahabientes del Tarjetahabiente Básico quedarán liberados de la obligación del pago del saldo que quede pendiente de cubrirse al momento del fallecimiento del Tarjetahabiente Básico, hasta por un monto máximo de $1,000,000.00 M.N., siempre y cuando los interesados acred ten fehacientemente el hecho del fallecimiento. Esta protección no aplica en casos de fallecimiento de Tarjetahabientes Suplementarios, ya que se ent ende que el Tarj etahabiente Básico es el obligado principal, y es quien asume en forma solidaria y mancomunada las obl gaciones de los Tarjetahabientes Suplementar os.
TRIGÉSIMA TERCERA.- PAGOS DIFERIDOS DE AMERICAN EXPRESS
Podremos ofrecerle la opción de pagar en forma diferida o a plazos los Cargos incurridos en Moneda Nacional en ciertos Establecim entos dentro de México. así como Cargos incurridos en moneda extranjera en ciertos Establecimientos en el extranjero, lo que en su caso informaremos a Usted previamente a través de diversos medios de comunicación. El Costo Anual Total para fines informativos y comparación de Pagos Diferidos de American Express se establece en la Carátula del presente Contrato.
El plazo o plazos para el pago de los Cargos d fer dos serán fijados por Nosotros, y se los daremos a conocer a Usted previamente a través de diversos med os de comun cac ón. Usted acepta pagar la suma pr ncipal de un Cargo diferido mediante pagos mensuales iguales y proporcionales a la suma principal, más intereses ordinarios sobre el saldo insoluto del Cargo por concepto de financiamiento, los cuales serán variables dependiendo del plazo que Usted elija para diferir sus pagos. Asimismo, le informaremos previamente os intereses aplicables al plan de pagos difer dos que Usted el ja al hacer sus compras de bienes y/o servicios. Usted podrá solicitar directamente a los Establecimientos o a Nosotros, ya sea por teléfono o a través de nuestra página de Internet, pagar en forma diferida o a plazos los Cargos en que incurra
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Los intereses empezarán a devengarse desde la fecha en que Nosotros recibamos el Cargo del Establecimiento. Toda modificación de las tasas de intereses o a los plazos para diferir el pago surtirá efectos y será aplicable sobre la suma principal insoluta del Cargo cuando se emita el Estado de Cuenta de Usted en el mes siguiente a aquél en que el cambio fue anunciado por Nosotros. Usted podrá elegir el pago total por adelantado en cualquier plan diferido. En el caso de que Usted escoja el pago por adelantado total de cualquier plan diferido, deberá darnos previo aviso de su deseo de pagar por adelantado, con objeto de que se ajusten los intereses en la forma correspondiente. Si Usted no nos informa de la suma que está pagando por adelantado, y que la misma se debe considerar como pago adelantado de un Cargo diferido específico, registraremos dichos pagos como un abono a la Cuenta de La Tarjeta y continuaremos tratando el Cargo diferido en su totalidad como si no se hubiera realizado pago alguno por adelantado Nosotros no asumiremos responsabilidad alguna ni reconoceremos otros plazos para el pago diferido, más que aquéllos que le notifiquemos a Usted de vez en cuando. En caso de que Usted no efectúe algún pago diferido a su vencimiento, tenemos la facultad de dar por vencido anticipadamente el plan de pago difer do y exigir el pago inmediato del saldo diferido pendiente de amortizar así como cualesquiera otros Cargos pendientes de pago.
Nosotros nos reservamos el derecho de autorizar los Cargos que podrán diferirse de acuerdo con Pagos Diferidos de American Express. Asimismo, existen ciertos Cargos que no podrán diferirse como Cargos realizados para la compra de automóviles, motocicletas o cualquier otro medio de transporte, Cargos realizados en restaurantes y bares, Cargos realizados para tiempos compartidos, disposiciones de efectivo, Cargos Automáticos, Cuotas Anuales, Cargo por pago Tardío y Cargo por Intereses Ordinarios Para mayor información ingrese a www americanexpress xxx.xx/xxxxxxxxxxx
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TRIGESIMA CUARTA.· PROCEDIMIENTO PARA LA MODIFICACION DEL CONTRATO
Nos reservamos el derecho de mod ficar parcial o totalmente el presente Contrato en cualqu er momento. Cualquier modificación le será notificada a Usted previo aviso por escrito dado con treinta días naturales de anticipac ón a que entren en vigor, ya sea a través de un envío de correo directo, Estado de Cuenta o medios electrónicos. Por lo que Usted otorga su consentimiento para que le informemos de las modificaciones al presente Contrato a través de dichos medios con la ant cipación menc onada.
En el evento de que Usted no este de acuerdo con las modificaciones realizadas, podrá solicitar la terminación del Contrato dentro de los sesenta días poster ores al aviso señalado en el párrafo anterior sin responsabilidad alguna a su cargo, y bajo las cond ciones anter ores a la modificación, debiendo cubrir en su caso, el total de los adeudos que se generen hasta el término de la operación o servicio, para que la Cuenta se pueda dar por cancelada.
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TRIGESIMA QUINTA.- VIGENCIA DEL CONTRATO Y PROCEDIMIENTO PARA LA TERMINACION DEL MISMO
El presente Contrato tendrá una vigencia indefinida y el mismo podrá terminarse en los términos y condiciones de la presente Cláusula.
Usted podrá solicitar en un per odo de 10 {diez) días hábiles posteriores a la firma del Contrato, la cancelación del mismo sin responsabilidad alguna para Usted, en cuyo caso no le cobraremos comisión alguna, siempre y cuando Usted no haya utilizado La Tarjeta
Usted podrá solicitar en cualquier momento la terminación del presente Contrato bastando para ello la presentación de una solicitud por escrito en cualquiera de nuestras sucursales, o bien mediante vía telefónica, vía fax o a través de medios electrón cos.
En cualquier caso, Xxxxxxxx le proporcionaremos a Usted un acuse de recibo, clave de confirmación o número de folio, previa identificación de Usted. Nosotros debemos cerciorarnos de la autenticidad y verac dad de su identidad mediante la confirmación de sus datos personalmente con Xxxxx, ya sea vía telefónica o por cualqu er otro medio. Asimismo, no podrá realizar disposiciones a partir de la fecha en que nos notifique su intención de terminar el presente Contrato.
En caso de que Usted solicite la terminación del contrato, Xxxxxxxx realizaremos en forma inmediata las siguientes acc ones:
X. Xxxxxxxx en forma inmediata La Tarjeta en la fecha de presentación de la solicitud de terminación del Contrato, por lo que el uso de La Tarjeta quedará bloqueada. Usted deberá interrumpir en forma inmediata el uso de La Tarjeta partiéndola por la mitad y devolviéndola a Nosotros, o bien deberá manifestar por escrito y bajo protesta de decir verdad que ya no cuenta con La Tarjeta;
2. Rechazar cualquier Cargo que pretenda efectuarse con La Tarjeta con posterioridad a la solicitud de terminación del Contrato, en consecuencia, no se podrán realizar Cargos adicionales a partir del momento en que se realice la cancelación, excepto los ya generados;
3. Cancelar, sin responsabilidad alguna de nuestra parte, los servicios de domiciliación o de Cargos Automáticos en la fecha de solicitud de la terminación, con independencia de quien conserve la autorización de los Cargos correspondientes; y
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4. Nos abstendremos de condicionar la terminación del contrato a la devolución del contrato que obre en su poder, así como de cobrarle alguna comisión o penalización por la terminación del mismo.
E contrato se dará por terminado al día hábil s guiente de su solicitud, salvo que existan adeudos pendientes de pago, en cuyo caso, la terminación del contrato se verificará una vez realizado en su totalidad el pago correspondiente Para tales efectos, Nosotros le informaremos en un plazo de l (un) día hábil siguiente contado a partir de su solicitud, el monto total del saldo adeudado. Asimismo, Xxxxxxxx pondremos a su dispos ción dentro de los 5 (cinco) días háb les siguientes a su solicitud dicho dato, en la sucursal elegida por Usted y una vez liquidados los adeudos se dará por terminado el Contrato.
En la fecha en que se cancele la Cuenta, Xxxxxxxx le entregaremos cualquier saldo que tenga a su favor deduciendo las com siones y cualquier otra cantidad que resulte a su cargo. Una vez realizado en su totalidad el pago, Xxxxxxxx pondremos a su disposición hasta en diez días hábiles a partir de que se hubiera realizado el pago, el Estado de Cuenta o un documento que dé constancia de la terminación contractual, así como el finiquito correspondiente de sus derechos y obligaciones en relación con el presente Contrato. Asimismo, reportaremos a las sociedades de información crediticia que la Cuenta de La Tarjeta está cerrada sin adeudo alguno.
En tanto no sea liquidada la totalidad de los adeudos, la terminación del contrato no surtirá efectos, y Nosotros no podremos realizar Cargos adicionales, con excepción de los cargos ya generados pero no reflejados en su estado de cuenta, así como los cargos por intereses ordinarios que se generen hasta el momento en que Usted liquide el saldo total. Usted conservará la misma fecha de pago y condiciones que tenía previamente a la solicitud de terminación.
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TRIGESIMA SEXTA.- CESION DEL CONTRATO
Tenemos la facultad de ceder, transm tir o vender nuestros derechos y obligaciones derivados del presente Contrato en cualquier momento, a cualquiera de nuestras empresas filiales y subsid ar as o a cualquier otra institución financiera o con fines u objetos similares a los nuestros. previa notificación a Usted. En dichos supuestos tenemos autorización de Usted de proporcionar información suya, así como de los Tarjetahabientes Suplementarios a nuestras empresas filiales y subsidiarias o a cualquier otra institución financiera o con fines u objetos similares a los nuestros.
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TRIGESIMA SEPTIMA.- INC UMPLIMIENTO
Nosotros podemos considerar que su Cuenta se encuentra en incumplimiento en el evento de que Usted incumpla con sus obligaciones contractuales, tales como incumplir los pagos correspondientes a la Cuenta de La Tarjeta, o en términos generales incumplir con las disposiciones de este Contrato.
Nosotros podemos considerar también un incumplimiento si Usted nos proporcionó informac ón falsa o incorrecta al momento de solicitar La Tarjeta o en cualquier momento durante la vigencia del Contrato, Usted incumple con cualesquier otro Contrato que tenga celebrado con Nosotros o con cualquiera de nuestras compañías filiales o subsid ar as, o se han iniciado procedimientos de concurso en contra de Usted, o b en tenemos información suficiente de que su situación financiera no es estable.
En dichos supuestos, Nosotros podemos terminar el presente Contrato en forma inmediata y cancelar la Cuenta de La Tarjeta
Asimismo, en caso de incumplimiento de nuestra parte a las obligaciones derivadas del presente Contrato, Usted podrá solicitar la terminación del mismo de conformidad con lo estipulado en la Cláusula Trigésima Cuarta.
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TRIGESIMA OCTAVA.- COMUNICACIONES POR ESCRITO Y MEDIOS ELECTRONICOS
Todas las comunicaciones sobre beneficios. mod ficaciones al Contrato, así como cualquier notificación que realicemos durante la vigencia del presente Contrato, incluyendo el Estado de Cuenta (en su conjunto "comunicaciones"), serán enviadas a Usted por escrito a la dirección que tengamos registrada en nuestros sistemas.
No obstante lo anterior, le podemos dar la opción de que Usted reciba las comunicaciones en medios electrónicos en sustituc ón del correo o por escrito. Si Usted se inscribe a nuestro sistema de comunicaciones por medios electrónicos, Usted está de acuerdo en recibir por medios electrónicos cualesquier comun cación de nuestros productos y servicios, y dicha comunicación se tendría por enviada y recibida como si fuera por escrito.
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Si Usted se inscribe en los servicios de medios electrónicos de American Express ("Servicios en Línea"), Usted acepta que le enviemos por medios electrónicos cualquier comunicación (incluyendo modificaciones al Contrato), por cualquier medio electrónico permitido, incluyendo a través de e-mail, o bien incluyendo dichos camb os en nuestra página de Internet mediante "links'; que sean proporcionados en su Estado de Cuenta o en cualquier otra comunicación, por lo que Usted se obliga a consultar su Estado de Cuenta, así como otras comunicaciones que le enviemos por medios electrónicos. Todas las comunicaciones que le env emos por correo en forma escrita se tendrán por recibidas a los 10 días naturales siguientes del envío correspondiente. Las comunicac ones que enviemos por medios electrónicos, incluyendo el Estado de Cuenta. se tendrán por recibidas el mismo día en que le enviemos la comunicación vía e-mail, a la dirección de correo electrónico que tenemos registrada.
Usted se obliga a notificarnos inmediatamente cualquier cambio de domicilio o cualquier información relacionada con el mismo, ya sea para fines de envíos de correo por escr to o por medios electrónicos a través de e-mail, incluyendo los cambios de Tar etahabientes Suplementarios. En caso de que nos sea imposible enviarle información, o bien que nos sea devuelto el correo por no tener actualizada su Información, Nosotros podemos suspender el envío de cualquier comunicación hasta que tengamos actualizada su información. Por lo anterior no seremos responsables de cualquier falla en el envío de cualquier comunicac ón, ya sea por escrito o a través de med os electrónicos si la información que tenemos de Usted en nuestros sistemas se encuentra incorrecta.
Asimismo, Usted deberá proporcionarnos información actualizada de carácter personal, con la finalidad de tener actualizado nuestros sistemas, y en caso de que le solicitemos información adicional sobre sus ingresos y finanzas personales, Usted nos la deberá proporcionar o bien cuando sea requerida en cumplimiento a disposiciones legales aplicables.
TRIGE,XXXX XXXXXX.- CESIO,
N DE DISPUTAS Y RECLAMACIONES
En caso de que le otorguemos un crédito a su Cuenta de La Tarjeta en relación con una disputa o reclamación de un Cargo realizado ante un Establecimiento, Usted en forma automática está de acuerdo en cedernos los derechos derivados de dicha disputa o reclamación que Usted pudiera tener en contra de algún Establecimiento por un monto igual al crédito efectuado. Una vez que realicemos el crédito a la Cuenta de La Tarjeta. Usted se obliga a no realizar reclamación alguna de reembolso ante el Establecimiento correspondiente. Asimismo, Usted se obliga a cooperar con Nosotros en caso de que sea nuestra intención recuperar ante el Establecimiento el monto acred tado a su Cuenta. incluyendo cualquier información o documentación que podamos necesitar El hecho de que le otorguemos un crédito a su Cuenta por una ocasión. no significa que tengamos la obligación de realizarlo en otras ocasiones.
CUADRAGE,SIMA.· LEYES APLICABLES,JURISDICCIO, N Y COMPETENCIA
El presente Contrato será regido por las leyes de la república mexicana. Para cualquier controversia o disputa que surja con motivo de la interpretación, cumplim ento y ejecución del presente Contrato, las partes se someten a la jurisdicc ón y competencia de los tribunales competentes de la Ciudad de México. Usted renunc a expresamente desde este momento al fuero que por razón de su domicilio u otra causa pudiera corresponderle ahora o en el futuro en los términos del artículo 1093 del Código de Comercio, y para el caso de demanda judicial en los términos del artículo 1051 del citado ordenamiento legal.
Asim smo, nos sometemos por el presente Contrato a la competencia de la Procuraduría Federal del Consumidor, en la vía administrativa de conformidad con el artículo 86 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Este Contrato fue inscrito en el Registro Público de Contratos de Adhesión que lleva la Procuraduría Federal del Consumidor, a los 19 días del mes de julio de 2011, bajo el número 6172-2011.
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