Contract
OBJETO: SUMINISTRO DE PELÍCULAS DE ALTA CALIDAD ORTOCROMÁTICA PARA EL SERVICIO DE IMAGENOLOGÍA DEL HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN XXXXXX DEL MUNICIPIO DE ZARZAL, XXXXX DEL CAUCA.
C.D.P. 089 DEL 15 DE ENERO DE 2016.
CONTRATANTE: ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN XXXXXX
DIRECCIÓN: XXXXX 0 Xx. 0-00
NIT: 891.900.441 – 1
REPRESENTANTE LEGAL: XXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX
CEDULA CIUDADANIA: 66.679.780 DE ZARZAL VALLE CONTRATISTA: INVERSIONES AJOVECO S.A.
NIT: 860.010.268 -1
REPRESENTANTE LEGAL
SUB GERENTE: XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX CEDULA CIUDADANIA: 39’682.307 DE BOGOTA D.C
DURACIÓN: DESDE LA FIRMA DEL ACTA DE INICIO HASTA EL TREINTA (30) XX XXXXX DE 2016.
VALOR TOTAL: QUINCE MILLONES DE PESOS ($ 15’000.000)
FORMA DE PAGO: MENSUAL CIUDAD Y FECHA
DE CELEBRACIÓN: XXXXXX - XXXXX, FEBRERO 01 DE 2016.
Entre los suscritos a saber: XX XXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XXX XXXXXX, XXXXXXX XXXXXX XXX XXXXXX con Nit. 891.900.441 - 1, domiciliado en la Xxxxx 0 Xx. 0 - 00 xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx xxx Xxxxx, representado legalmente por la doctora XXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, mayor de edad vecina de este municipio, identificada con la Cédula de Ciudadanía No. 66.679.780 expedida en Xxxxxx Xxxxx, quien para los efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATANTE, y por la otra parte, la señora XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, mayor de edad, identificada con la cédula de ciudadanía número 38’682.307 de Bogotá D.C, actuando, en su calidad de Representante Legal como Subgerente de la empresa, INVERSIONES AJOVECO S.A. identificada con número de Identificación Tributaria 000.000.000-1 y quien para efecto del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, han convenido celebrar el presente contrato de “SUMINISTRO DE PELÍCULAS DE ALTA CALIDAD ORTOCROMÁTICA PARA EL SERVICIO DE IMAGENOLOGÍA XXX XXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XXX
XXXXXX XXX XXXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX XXX XXXXX previas las siguientes CONSIDERACIONES: 1) Que el Hospital Departamental San Xxxxxx de Zarzal Valle, requiere del suministro de películas de alta calidad ortocromática para el servicio de
imagenología del Hospital Departamental San Xxxxxx, para prestar con normalidad y oportunidad los servicios de ayuda diagnostica rayos X ofrecidos por la E.S.E. a todos sus usuarios, en el desarrollo de su objeto misional 2) Que para ello, el estatuto de contratación del Hospital Departamental San Xxxxxx E.S.E. Acuerdo de Junta Directiva Nº 011 del 30 xx xxxx de 2014 habilita al Hospital Departamental San Xxxxxx a contratar con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, naturaleza y cuantía del mismo, EL PROPONENTE a escoger debe ser seleccionado mediante la modalidad de contratación directa de mínima cuantía, toda vez que se trata de un contrato que no supera los 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes establecidos en el manual de Contratación; 3) Que se adelantó los estudios y documentos previos pertinentes para el presente contrato. 4) Que en el estudio en mención se evidencia y soporta el requerimiento de contratar el suministro con una empresa para desarrollar el objeto contractual pues dichos elementos a adquirir son fundamentales para una óptima prestación de servicios, máxime teniendo en cuenta la naturaleza del Hospital de mediana complejidad y su objeto social. 5) Que de acuerdo con lo anterior, la Gerente del Hospital Departamental San Xxxxxx E.S.E, con fundamento en el Estatuto Contractual y Manual de Contratación según Resolución 383 del 19 xx Xxxxxx del 2014, suscribió el contrato para el SUMINISTRO DE PELÍCULAS DE ALTA CALIDAD ORTOCROMÁTICA PARA EL SERVICIO DE IMAGENOLOGÍA DEL HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN
XXXXXX DEL MUNICIPIO DE ZARZAL, XXXXX DEL CAUCA, el cual en su ejecución y cumplimiento se regirá por las cláusulas que a continuación se indiquen y en cuanto guardaren silencio por las normas laborales, administrativas, civiles, comerciales aplicables al objeto del mismo, así: PRIMERA - OBJETO DEL CONTRATO: SUMINISTRO DE PELÍCULAS DE ALTA CALIDAD ORTOCROMÁTICA PARA EL SERVICIO DE IMAGENOLOGÍA DEL HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN XXXXXX
E.S.E. SEGUNDA. FORMA DE ENTREGA: EL CONTRATISTA se compromete a prestar el Suministro de películas de alta calidad ortocromática para el servicio de imagenología, previa solicitud formal hecha por EL CONTRATANTE así:
MARCA | REFERENCIA | PRESENTACIÓN | CANTIDAD | VR UNITARIO | VR UNITARIO IVA INCLUIDO |
FUJI | 8X10 | 100 hojas | 1 | 77.560 | 89.970 |
FUJI | 10X12 | 100 hojas | 1 | 116.620 | 135.279 |
FUJI | 11X14 | 100 hojas | 1 | 149.450 | 173.362 |
FUJI | 14X14 | 100 hojas | 1 | 190.960 | 221.514 |
FUJI | 14X17 | 100 hojas | 1 | 231.700 | 268.772 |
FUJI | MAMO | 100 HOJAS | 1 | 123.680 | 143.469 |
FUJI | Revelador | 10 gl | 1 | 184.860 | 214.438 |
FUJI | Fijador | 10 gl | 1 | 96.570 | 112.021 |
TERCERA. PRECIOS Y CONDICIONES DE VENTA. Su cuantía se determina en la suma de QUINCE MILLONES DE PESOS ($ 15’000.000) Mcte. CUARTA – FORMA DE
PAGO: EL CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA, el valor del suministro contratado a los sesenta (60) días posteriores a la fecha de presentación y aprobación de la factura por parte del supervisor del contrato. QUINTA - PLAZO DEL CONTRATO: El presente contrato tendrá una vigencia contada a partir de la firma del acta de inicio y hasta el treinta
(30) xx Xxxxx de 2016, tiempo durante el cual EL CONTRATISTA garantiza al CONTRATANTE, las condiciones comerciales pactadas en este Contrato. SEXTA. GARANTÍA ÚNICA: El CONTRATISTA se obliga a constituir a favor de la E.S.E. HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN XXXXXX, la garantía única de cumplimiento otorgada a través de una compañía de seguros o entidad bancaria cuya póliza matriz esté debidamente autorizada por la Superintendencia Bancaria y mediante la cual se ampare
los siguientes riesgos: 1. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: Para precaver los perjuicios que se deriven del incumplimiento de las obligaciones contractuales incluidas las multas y la cláusula penal que se pacten. Su cuantía será igual al 20% del valor del contrato y su vigencia será igual a la del plazo total del contrato y seis (6) meses más
2. CALIDAD DE LOS BIENES SUMINISTRADOS: Cubrirá a nombre del Hospital Departamental “San Xxxxxx” de Zarzal los perjuicios imputables al contratista, derivados de: 1) La mala calidad o deficiencias técnicas de los bienes suministrados, de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas en el contrato, o 2) Por el incumplimiento de los parámetros o normas técnicas establecidas para el respectivo bien por parte del Ministerio de Salud y Protección Social o la autoridad respectiva. Su cuantía será igual al Veinticinco por ciento 25% el valor del contrato y su vigencia se otorgará por todo el periodo de ejecución del contrato y un año más. SEPTIMA. TERMINACION DEL CONTRATO: El presente Contrato podrá terminarse en cualquier momento, sin previo aviso, por las siguientes causales: a) Por incumplimiento de las obligaciones establecidas en este contrato o en la Ley. b) Por apertura de concordato o por declaración de quiebra de una de las partes. c) Por mutuo acuerdo. d) Por cesión de este Contrato por parte del CONTRATANTE sin autorización escrita del CONTRATISTA. e) Por las demás causales legales. OCTAVA - VIGENCIA: para todos los efectos legales se considera que éste contrato tiene plena vigencia a partir del perfeccionamiento. NOVENA - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA declara bajo la gravedad de juramento que se entiende prestado con la firma del presente contrato que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad contenidas en las normas vigentes y que no ha sido objeto de declaratoria de caducidad en otros contratos, ni responsable fiscal en los últimos cinco (05) años. DECIMA - PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato se perfecciona con la firma de las partes y el registro presupuestal; para su ejecución se requiere: a) Aprobación de las pólizas, DECIMA PRIMERA - OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. 1.- EL CONTRATISTA se obliga para con la ENTIDAD CONTRATANTE:
a) Atender con diligencia y en un término de dos días hábiles, las solicitudes de las películas de alta calidad ortocromática por parte del supervisor o delegado por el Hospital.
B) Revisar la calidad del material entregado al Hospital. C) Asesorar al personal del Hospital sobre la utilización, manejo y características de las películas. D) Entregar las películas ortocromáticas directamente en el Hospital de acuerdo a las solicitudes del supervisor del contrato. PARAGRAFO PRIMERO: En caso de no cumplir estas condiciones a satisfacción de la ENTIDAD CONTRATANTE, EL CONTRATISTA se obliga a REEMPLAZAR SIN COSTO ALGUNO PARA LA ENTIDAD CONTRATANTE, si esta así lo requiere, cualquiera de los bienes cuya falla sea imputable a mala calidad de estos. DÉCIMA SEGUNDA - OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: En desarrollo de este contrato, EL CONTRATANTE se obliga a: A). Efectuar los pagos conforme a lo establecido en este contrato. B) Facilitar el acceso al contratista al sitio de entrega. C) Prestar colaboración para la debida ejecución del contrato. DECIMA TERCERA - APROPIACION PRESUPUESTAL - DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL: El valor del presente contrato se cancelará con cargo a la apropiación presupuestal 4020100005 Material para Rayos X según Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 089 del 15 de Enero de 2016, siendo parte integral de este Contrato. DÉCIMA CUARTA - CONTROL EN LA EJECUCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO - SUPERVISION: Se designa como SUPERVISOR para este contrato a la Subgerente Administrativa de la E.S.E, quien ejercerá el seguimiento, supervisión y control del objeto contratado, cuyas funciones específicas además de las ordinarias, serán las siguientes: a) Verificar que el Contratista cumpla con la actividad o servicio para el cual fue contratado, conforme a la propuesta u oferta presentada y la cual hace parte integral del contrato; b) Comunicar al contratista las falencias que se detecten en la ejecución del objeto contratado, para que sean subsanadas por parte del Contratista, de ser procedente su ejecución o se ejerzan las acciones legales por parte de la empresa de detectarse un incumplimiento en la ejecución del objeto contractual; c) Elaborar las actas de iniciación, y de liquidación del contrato,
para suscribir con el contratista; y d) Certificar que el CONTRATISTA cumplió a satisfacción con sus obligaciones, condición previa para la correspondiente ordenación del pago. DÉCIMA QUINTA - LIQUIDACIÓN: El presente contrato se liquidará de mutuo acuerdo entre las partes al cumplimiento de su objeto, cuando exista una causal para la terminación, o a más tardar dentro de los cuatro (4) meses siguientes, contados a partir de la extinción de la vigencia del contrato o de la expedición del acto administrativo que ordene su terminación. También en esta etapa las partes podrán acordar los ajustes, revisiones, y reconocimientos a que haya lugar, y se establecerá los saldos pendientes a cobrar si los hubiere, esto con el fin de poder declararse x xxx y salvo. En el evento de no lograrse la liquidación de mutuo acuerdo, en los términos previstos en el presente contrato, LA EMPRESA podrá liquidar de manera unilateral el contrato en un término dos meses contados a partir de la fecha de terminación de mutuo acuerdo. DECIMA SEXTA - MECANISMOS DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: Las partes
contratantes dirimirán las controversias contractuales que se susciten durante la ejecución del contrato, agotando el siguiente procedimiento: a) Se recurrirá primero al arreglo directo (transacción), cuya etapa no podrá ser superior a quince (15) días hábiles; y b) Si fracasa la etapa anterior se recurrirá a la conciliación prejudicial; de no lograrse el cometido la parte que se considere afectada queda en libertad de acudir a la jurisdicción competente. XXXXXX XXXXXXX – DOCUMENTOS: Hacen parte integral del presente contrato los siguientes documentos: 1) Propuesta presentada por el CONTRATISTA. 2) Certificado de Existencia y Representación 3) RUT. 4), 5) Pólizas requeridas en la Cláusula Séptima. 6). Registro Presupuestal.7) Aprobación de Polizas.8) Acta de Inicio. CLAUSULA OCTAVA – DIRECCION NOTIFICACIONES: DEL CONTRATANTE: En xx
xxxxx 0 xx. 0-00, xxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. DEL CONTRATISTA: Xxxxx 00 X Xx 00-00 Xxxxxxx xx Xxxxxx. DÉCIMA OCTAVA - DOMICILIO Y LEYES Para todos los efectos, las partes declaran su domicilio contractual, la ciudad de Zarzal Valle; las normas aplicables a esta contratación son civiles y comerciales aplicables en materia de contratación a la Empresa Social del Estado.
Se firma por quienes en esta contratación intervienen, hoy Primero (01) de Febrero del año Dos Mil Dieciseis (2016), en la Gerencia del Hospital Departamental San Xxxxxx de Zarzal Valle.
CONTRATANTE CONTRATISTA
ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL FIRMADO
XXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX X.
Gerente Subgerente - Representante
Hospital Dptal San Xxxxxx ESE INVERSIONES AJOVECO S.A.
Reviso: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx - Asesor Aprobó: Xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx - Gerente