ADMINISTRACIÓN LOCAL
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AYUNTAMIENTOS
AYUNTAMIENTO XX XXXXX DE HECHO
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ANUNCIO
BASES PARA LA CONTRATACIÓN DE MONITOR DEPORTIVO
Mediante Resolución de Alcaldía núm. 459 de 28 de diciembre de 2023, se han aprobado las bases y la convocatoria para la contratación de monitor/a deportivo/a del Ayuntamiento xxx Xxxxx de Hecho, del tenor literal siguiente:
BASES QUE REGIRÁN EN LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL, MEDIANTE CONTRATO DE INTERINIDAD O SUSTITUCIÓN HASTA COBERTURA REGLAMENTARIA DEL PUESTO, DE UN MONITOR DEPORTIVO ENCARGADO DE LA GESTIÓN DEPORTIVA MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXX DE HECHO.
1. NÚMERO. DENOMINACIÓN Y CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO
El objeto de las presentes bases es la contratación, mediante contrato de interinidad o sustitución hasta su cobertura reglamentaria, del puesto de MONITOR DEPORTIVO Y ENCARGADO DE LA GESTION DEPORTIVA MUNICIPAL, de una persona trabajadora para cubrir necesidades inaplazables en la prestación de los siguientes servicios públicos esenciales y prioritarios:
Monitor deportivo del Gimnasio Municipal y cualesquiera otras actividades Deportivas impulsadas por este Ayuntamiento.
El puesto se encuadra en el Grupo C1 nivel 16 de acuerdo con el Convenio Colectivo vigente de Comarca de La Jacetania, al que se acoge este Ayuntamiento.
2. NATURALEZA Y PLAZO DEL CONTRATO
El contrato laboral será de interinidad o sustitución hasta su cobertura reglamentaria, al amparo de lo dispuesto en la Disposición Adicional cuarta del Real Decreto Legislativo 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación xxx xxxxxxx de trabajo.
El candidato que resulte seleccionado será contratado en régimen laboral, mediante contrato de interinidad o sustitución hasta su cobertura reglamentaria, y en régimen de dedicación a jornada completa, con un período de prueba de dos meses.
3. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
Para tomar parte en las pruebas de selección, será necesario, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 de la ley 7 / 2007, de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público:
A) Ser español/a o nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea o nacional de
B) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
C) Tener capacidad funcional para el desempeño de las tareas. No parecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
D) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
E) Estar en posesión del título xx Xxxxxxxxx o Título de Monitor Deportivo o equivalente.
F) Estar en posesión de carnet de conducir tipo B.
G) Acreditación de la superación de uno o más cursos relacionados con la materia objeto del contrato superiores a 30 horas, excluidos todos aquellos que no tengan una relación directa con el objeto de la actividad profesional.
H) Relación de documentos que se acompañan a la instancia según modelo Xxxxx XX.
4. SOLICITUDES, PLAZO Y DOCUMENTACIÓN
El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales desde la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxx
Las instancias solicitando tomar parte en la selección se dirigirán a la Señora Alcaldesa del Ayuntamiento xx Xxxxx de Hecho, según el modelo que se adjunta a las presentes Bases (Anexo I).
Las instancias se presentarán directamente en el Registro General del Ayuntamiento o en cualquiera de las formas previstas en el art. 38. 4º de la ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A la instancia se acompañará la siguiente documentación:
A. Fotocopia del documento nacional de identidad.
B. Fotocopia del título requerido.
C. Informe de vida laboral expedido por la Tesorería de la Seguridad Social.
D. Copia del carnet de conducir. Tipo B.
E. Acreditación de la experiencia en puestos similares mediante certificación o informe de la Administración o Empresa con expresión de los periodos trabajados y funciones relacionadas con la que es objeto de esta convocatoria.
F. Certificado negativo expedido por el ministerio de justicia de delitos de naturaleza sexual.
G. Documentación acreditativa de la formación alegada a efectos de cómputo en el baremo.
Asimismo, para su valoración deberá aportarse una memoria de la actividad a realizar, con un contenido máximo de cinco folios por una cara, conteniendo una propuesta de actuación en las funciones a realizar.
Dicha memoria será valorada por el Tribunal atendiendo a su idoneidad a la función a desarrollar, conocimiento de las necesidades de los usuarios receptores del servicio y propuestas para su atención, así como elementos de disminución de costes y generación de nuevas actividades que mejoren la oferta a desarrollar.
Se valorará la capacidad de redacción y las futuras competencias de la persona en relación a la creatividad, la correcta organización de las actividades y la funcionalidad de las mismas, teniendo en cuenta el tipo de servicio deportivo que oferta el Ayuntamiento xxx Xxxxx de Hecho y su heterodoxia, tanto en tipo de usuarios como en edad de los mismos.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación, mediante escrito motivado dentro del plazo de presentación de instancias establecido en las presentes bases.
5. ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES
Una vez presentada la instancia se instará la subsanación de esta si se aprecia la falta de documentos exigidos en estas bases para su aportación en el plazo máximo al de la finalización del plazo de presentación de instancias. No se admitirán documentos presentados fuera del plazo de presentación de instancias.
Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos.
La resolución se notificará a los interesados, así como aquellos excluidos por no cumplir los requisitos exigidos u otras causas. En la misma resolución se indicará la composición del Tribunal que tendrá una composición exclusivamente técnica.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán excluidos de la realización de pruebas.
6. SISTEMA DE SELECCIÓN: PRUEBAS Y CALIFICACIÓN
Méritos computables. 1.- Experiencia:
Puntuación máxima: 10 puntos.
0,25 por mes trabajado en puestos de trabajo relacionados con la gestión o actividad deportiva y debidamente acreditados mediante informe de vida laboral o certificación emitida por el órgano responsable.(Máximo 5 puntos)
0,15 por mes trabajado en puestos de trabajo relacionados con la actividad deportiva con niños y debidamente acreditados mediante informe de vida laboral o certificación emitida por el órgano responsable.(Máximo 2,5 puntos)
0,15 por mes trabajado en puestos de trabajo relacionados con la actividad deportiva en el ámbito de la geriatría y debidamente acreditados mediante informe de vida laboral o certificación emitida por el órgano responsable.(Máximo 2,5 puntos)
2.- Formación: se valorarán los cursos de 100 horas mínimo Puntuación máxima: 10 puntos.
Cursos de Pilates: 2,5 puntos.
Curso de monitor de ocio y tiempo libre: 1,5 puntos. Curso de Natación y socorrismo: 1 punto.
Curso nutrición deportiva: 1,5 puntos.
Otros cursos relacionados con el puesto: 0,5 punto por curso (máximo 2 puntos).
3.- Proyecto de Actividades:
Puntuación máxima: 4 puntos.
7. TRIBUNAL CALIFICADOR
Para calificar la documentación y evaluar la capacidad y los méritos de los candidatos se constituirá un Tribunal colegiado, de conformidad con el artículo 247 de la Ley 7/1999, de 9 xx xxxxx, de Administración Local xx Xxxxxx y cuya composición, se ajustará a lo establecido en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx y de acuerdo con las exigencias de imparcialidad, independencia y profesionalidad, cuyo párrafo 2, prohíbe al personal de elección o designación política, a los funcionarios interinos y al personal eventual formar parte de los órganos de selección, por lo tanto el Órgano tendrá exclusivamente un carácter técnico y profesional y estará formado por personal fijo o funcionario xx xxxxxxx que será designado, titulares y suplentes, por resolución de la Alcaldía–Presidencia:
PRESIDENTE: Un empleado público de cualquier Administración Pública perteneciente al Grupo C1 con desempeño de función equivalente o relación con el puesto.
VOCALES: 2 empleados públicos de cualquier Administración Pública perteneciente al Grupo C1, preferentemente con desempeño de función equivalente o relacionado con el puesto; uno de los cuales actuará como Secretario.
El Tribunal no podrá actuar ni constituirse sin la presencia, al menos, de dos de sus miembros siendo en todo caso imprescindible la asistencia del Presidente y del Secretario o de quienes legalmente les sustituyan.
Se faculta al tribunal para la resolución de cuantas cuestiones procedimentales u otras no previstas en estas bases se planteen durante el desarrollo del proceso de selección.
El Presidente del Tribunal coordinará la realización de las pruebas y dirimirá los posibles empates en las votaciones con voto de calidad.
La calificación final vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas por los candidatos. Si se da algún caso de empate tras las sumas de las calificaciones obtenidas por los candidatos, se podrá establecer otra prueba adicional de contenido práctico relacionada igualmente con los cometidos del puesto a desempeñar.
8. PROPUESTA DE CONTRATACIÓN.
Obtenida la calificación final, el Tribunal publicará en el tablón de Edictos de la Corporación la relación de aspirantes por orden decreciente de puntuación.
Seguidamente elevará dicha relación junto con el acta de la sesión, al Alcalde–Presidente que efectuará el nombramiento.
9. JORNADA DE TRABAJO
El régimen del contrato será a jornada completa.
El horario y distribución de la jornada se realizará por la Alcaldía, respetando en todo caso la normativa vigente de conformidad con el Convenio Colectivo de Comarca La Jacetania.
10. SALARIO
El importe mensual de las retribuciones brutas ascenderá a la cantidad estipulada en el citado Convenio.
A dicho salario bruto se practicarán las deducciones que legalmente correspondan al trabajador.
11. CONTRATO
El contrato se someterá al régimen de contratación laboral y tendrá un periodo de prueba de dos meses a contar del siguiente al de la fecha de su formalización en los términos previstos en la normativa laboral para el periodo de prueba.
12. RECURSOS
Estas Bases y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
ANEXO I MODELO DE INSTANCIA
D/Xx ................................................................. con D.N.I nº................
vecino/a de
................, edad .................., con domicilio en ................ teléfono de contacto. y
dirección de email ................
EXPONE:
Que está interesado/a en participar en el proceso selectivo convocado por el Ayuntamiento xx XXXXX DE HECHO para la contratación laboral, mediante contrato de interinidad o sustitución hasta cobertura reglamentaria del puesto, de UNA PLAZA DE MONITOR/A DEPORTIVO/A y acepto/a las bases que rigen dicha convocatoria.
Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria. Que acompaña a esta instancia la documentación exigida por la convocatoria. Que en vista de lo expuesto,
SOLICITA:
Ser admitido/a como aspirante en el citado procedimiento selectivo. Xxxxx de Hecho a
( firma )
ANEXO II
RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE SE ACOMPAÑAN A LA INSTANCIA
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Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxx. Asimismo, se publicarán en la sede electrónica de este Ayuntamiento
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxxxx o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Huesca, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Xxxxx de Hecho, 22 de diciembre de 2023. La Alcaldesa, Xxxxx Xxxx Xxxxxx.