Contract
STH/CT/79/2018
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL ESTADO LIBRE Y XXXXXXXX XX XXXXXXX, A TRAVÉS DE LA OFICIALÍA MAYOR, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL TITULAR PROF. XXXXXXXXXX XXXX XXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL ARRENDADOR”, ASISTIDO POR LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE LA SECRETARÍA DE TURISMO, L.E. XXX XXXXX XXXXXX XXXXXX, Y POR LA OTRA PARTE CREATIVIDAD Y ESPECTÁCULOS S.A. DE C.V., REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SUS APODERADOS
, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL ARRENDATARIO”, Y CUANDO ACTUEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, EL CUAL SE SUSCRIBE AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
I.- De “El Arrendador”:
I.1.-Que se encuentra legalmente constituida como una Sociedad Anónima, bajo las leyes mexicanas, como lo acredita con la Escritura Pública No.
.
I.2.-Que tiene como objeto social entre otros, el arrendamiento, servicio, compra, venta, fabricación, distribución, importación y exportación de toda clase de equipo electrónico y mobiliario y sus refacciones, destinado a la realización de eventos educacionales o comerciales, mostradores, exposiciones, convenciones y todo acto relacionado con ese fin; y la construcción, fabricación, arrendamiento y compraventa de toda clase de toda clase de bienes muebles e inmuebles.
I.3.- Que sus apoderados cuentan con las facultades necesarias para obligar a su representada en los términos del presente instrumento y las ejercen de manera mancomunada, acreditando su personalidad mediante la Escritura Pública No. 46,672 (cuarenta y seis mil seiscientos setenta y dos), de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xxxxxx xxxx xx xx xxx Xxxxxxx Público Titular xxxxxx 000 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Lic. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, en el protocolo de la Notaría Número 212, por convenio de sociedad con su Titular, Lic. Xxxxxxxxx X. Xxxxxx Xxxxx, mismas que a la fecha no le han sido limitadas ni modificadas en forma alguna.
I.4.- Que se encuentra inscrita ante el Servicio de Administración Tributaria con el Registro Federal de Contribuyentes: , Régimen general xx xxx de personas xxxxxxx.
I.5.- Que cuenta con la capacidad económica, legal y humana para obligarse en los términos del presente contrato.
I.6.-Que señala como domicilio legal y para los efectos legales del presente instrumento, el ubicado en Xxxxxxx xxx Xxxxxxxxxx Xx. 000, Acceso 4, Caballerizas 6D-103, Colonia Xxxxx xx Xxxxxx, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
II.- De “El Arrendatario”:
II.I.-Que de conformidad con los artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 1° de la Constitución Política del Estado xx Xxxxxxx, es parte integrante de la Federación.
II.2.-Que según lo previsto en los artículos 61 de la Constitución Política del Estado xx Xxxxxxx y 2 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado, el ejercicio del Poder Ejecutivo se deposita en el Gobernador Constitucional del Estado xx Xxxxxxx.
II.3.-Que de conformidad con el artículo 3 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado xx Xxxxxxx, el poder Ejecutivo para el despacho de los asuntos que le competen, se auxiliara de las dependencias de la Administración Pública Centralizada que establece la ley.
II.4.- Que cuenta con Registro Federal de Contribuyentes: GEH-690116-NV7.
II.5.-Que la Oficialía Mayor es una Dependencia del Poder Ejecutivo Estatal, de conformidad con el artículo 13, fracción XVIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado xx Xxxxxxx y su titular, el Prof. Xxxxxxxxxx Xxxx Xxxxxx, se encuentra facultado para suscribir el presente contrato de conformidad con el artículo 37 Quáter, fracción III de la referida ley y con el nombramiento emitido por el Lic. Xxxx Xxxxx Xxxxxxx, Gobernador Constitucional del Estado xx Xxxxxxx, de fecha 02 de enero de 2017, como titular de dicha Dependencia.
II.6.-Que de conformidad a lo establecido en los artículos 1, 5, 6, 7, 18, 25, 26, 33, 53, 55, 57, 60, 66, 67, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico del Estado xx Xxxxxxx, se cumple con todo lo estipulado para la celebración del presente contrato.
II.7.-Que cuenta con la suficiencia presupuestal para cumplir con las obligaciones que se desprenden del presente instrumento, debidamente autorizada mediante el oficio No. SFP- CPF-0163/2018, de fecha 15 enero del año en curso, mismo que emite la Secretaría de Finanzas Públicas, por lo que es posible la contratación del arrendamiento objeto de este contrato a favor de El Arrendador mediante la modalidad de adjudicación directa, en términos del Dictamen de Excepción a la Licitación Pública contenido en el Acta No. Setenta y Cuatro de la Sesión Ordinaria de fecha 00 xx xxxxxxx xx 0000 xxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxx, Arrendamientos y Servicios de Sector Público del Poder Ejecutivo del Estado xx Xxxxxxx.
II.8.- Que la Directora General de Administración de la Secretaría de Turismo tiene facultades para celebrar el presente contrato en términos de lo establecido por el artículo 13 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo. Siendo la Dirección General de Promoción, Mercadotecnia y Comercialización el área solicitante en este acto jurídico.
II.9.- Que para los fines y efectos legales del presente instrumento, señala como su domicilio, el ubicado en Xxxxxxx de Gobierno, 1er Piso, Xxxxx Xxxxxx X/X, Xxx. Xxxxxx, X.X.00000, Xxxxxxx xx Xxxx, Xxxxxxx.
III.- De “Las Partes”
ÚNICA.- Que se reconocen mutuamente la personalidad con la que comparecen a la celebración del presente contrato, por lo que, en este acto las partes convienen que es su libre voluntad celebrarlo, y que, no habiendo vicios en el consentimiento, lo signan al tenor de las siguientes:
X X X X X X X X X
XXXXXXX.- XX XXXXXX. “EL ARRENDADOR” otorga en arrendamiento a “EL ARRENDATARIO”, dos espacios de exposición (2 suites de negocios) en el Mazatlán International Center, ubicado en Xxxxxxx xxx Xxxxxx Xx. 0000, Xxxxxxxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx,
X.X. 00000, Mazatlán, Sinaloa, para el montaje y desmontaje de stands turísticos para promocionar y difundir los destinos y atractivos turísticos del Estado xx Xxxxxxx, en el evento del 43 Tianguis Turístico México 2018. Con un precio fijo, por un costo total de$170,428.16 (CIENTO SETENTA MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO PESOS 16/100 M.N.), cantidad que no incluye el Impuesto al Valor Agregado.
SEGUNDA.- CONTRAPRESTACIÓN. “EL ARRENDATARIO” pagará por concepto xx xxxxx de los espacios de exposición (suites de negocios) ubicados en el inmueble descrito en la cláusula que antecede a “EL ARRENDADOR”, la cantidad de $197,696.67 (CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS 67/100 N.M.) con I.V.A. incluido, en una sola exhibición y se efectuará a través de la Dirección General de Egresos de la Secretaría de Finanzas Públicas del Estado xx Xxxxxxx, a los treinta (30) días hábiles posteriores de la entrega del comprobante fiscal digital y a plena satisfacción de dicha dependencia.
“El Arrendador” expedirá la factura fiscalmente requisitada, a nombre del Gobierno del Estado xx Xxxxxxx, con Registro Federal de Contribuyentes GEH-690116-NV7, con domicilio en Xxxxx Xxxxxx x/x. xxx. xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, de la ciudad de Xxxxxxx xx Xxxx, Estado xx Xxxxxxx.
TERCERA.- VIGENCIA. La vigencia del presente instrumento jurídico será del 14 al 19 xx xxxxx 2018.
CUARTA.- IMPUESTOS. “Las Partes” se obligan a pagar los impuestos que se causen con motivo del cumplimiento de este contrato, conforme a los artículos 2 fracción I y 6 párrafo segundo del Código Fiscal de la Federación y las leyes mexicanas les sean aplicables a cada una de ellas.
QUINTA.- SUPERVISIÓN. “El Arrendatario” a través de la Ing. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Directora General de Promoción, Mercadotecnia y Comercialización de la Secretaría de Turismo, supervisará y vigilará el cumplimiento del objeto de este contrato, así como dar a “El Arrendador” las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con la entrega.
SEXTA.- PENALIZACIÓN POR INCUMPLIMIENTO. En el caso de que “El Arrendador” incumpla con las obligaciones derivadas del contrato por causas imputables a él o se atrase en la fecha de la entrega de los espacios del inmuebles arrendado, “El Arrendatario” podrá aplicar una pena convencional equivalente al 10% (diez por ciento) aplicable sobre el monto del arrendamiento objeto del presente contrato no entregados a tiempo, la cual se cubrirá diariamente hasta el momento en que los espacios sean efectivamente entregados.
Para determinar la aplicación de la sanción, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o fuerza mayor, “El Arrendador” no incurrirá en incumplimiento en el caso de que no hiciera la entrega de los espacios arrendados objeto del presente contrato, por no contar con la autorización que, en su caso, deba dar “El Arrendatario”.
El pago del arrendamiento quedará condicionado proporcionalmente al pago que “El Arrendador” debe efectuar por penas convencionales a las que se haga acreedor, en el entendido de que si “El Arrendatario” decide rescindir administrativamente el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones para hacer efectiva la garantía de cumplimiento.
Si persiste el incumplimiento por parte de “El Arrendador”, o bien una vez que se hubiere agotado el monto límite de aplicación xx xxxxx convencionales, “El Arrendatario” podrá iniciar el procedimiento de rescisión del presente instrumento, conforme a lo previsto en la cláusula séptima del presente contrato.
SÉPTIMA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA Y RESCISIÓN. En el supuesto de que existan causas que impidan la celebración del evento denominado 43 Tianguis Turístico México 2018, “Las Partes” podrán exigir el cumplimiento o la rescisión de los servicios materia del presente contrato. La cancelación o suspensión del arrendamiento objeto de este contrato, deberá hacerse mediante acuerdo por escrito y signado de ambas partes.
“El Arrendatario” podrá rescindir el presente acuerdo de voluntades sin necesidad de declaración judicial; siempre y cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a) Por incumplimiento de “El Arrendador” de cualquier obligación contraída en este contrato.
b) Si “El Arrendador” suspende injustificadamente el evento del 43 Tianguis Turístico México 2018.
“El Arrendador” reintegrará, en su caso, las cantidades que haya recibido de “El Arrendatario” y que no hayan sido amortizadas según lo establecido en el presente contrato hasta el momento de la notificación respectiva y la pondrá a disposición de ésta mediante transferencia a la cuenta que previamente indique por escrito.
OCTAVA.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. “El Arrendador” se obliga a constituir y mantener vigente una fianza en favor de “El Arrendatario”, para garantizar el adecuado cumplimiento de las obligaciones contraídas en este contrato, al siguiente tenor:
Fianza de cumplimiento. Por la cual “El Arrendador” garantiza el adecuado cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato, equivalente al 10% del importe total de la operación materia del presente contrato sin considerar el impuesto al valor agregado (I.V.A.).
NOVENA.- PÓLIZA DE FIANZA. La fianza citada en la cláusula que antecede deberá cumplir las formas y términos previstos por la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y demás disposiciones legales aplicables.
Los requisitos y condiciones que deberán contener, entre otros, la póliza de fianza, será los siguientes:
I.- Que sea expedidas a favor de la Secretaría de Finanzas Públicas del Poder Ejecutivo del Estado xx Xxxxxxx.
II.- Que la fianza se otorgue atendiendo a las obligaciones establecidas en este contrato.
III.- Que garantice la entrega de dos espacios de exposición (2 suites de negocios) en el Mazatlán International Center de acuerdo con las estipulaciones establecidas en este instrumento contractual.
IV.- Que en caso de existir inconformidad por parte de “El Arrendatario” respecto a los bienes o su colocación, “El Arrendador” se obligue a responder tanto de las deficiencias en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, como de la responsabilidad civil determinada por las leyes de la materia, obligándose a que la fianza permanezca vigente hasta que se subsanen las causas que motivaron la inconformidad.
V.- Que para ser cancelada la fianza sea requisito indispensable la conformidad expresa y por escrito de “El Arrendatario”.
VI.- Que la institución afianzadora acepte expresa e indudablemente, lo establecido en los artículos 95 y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas en vigor, con relación al procedimiento de ejecución de la garantía.
DÉCIMA.- GARANTÍA DE CALIDAD.- “El Arrendador” garantiza a “El Arrendatario” las óptimas condiciones de los espacios arrendador, así como sus instalaciones y servicios l, obligándose a realizar todas las reparaciones necesarias por fallas o deficiencias, sin costo alguno para “El Arrendatario”.
DÉCIMA PRIMERA.- CONFIDENCIALIDAD. “El Arrendador” se compromete a guardar absoluta confidencialidad respecto del objeto materia de este contrato y, por ende, a no divulgar ni dar a conocer a terceros distintos de “El Arrendatario”, la documentación o información relacionada con el objeto del presente contrato, así como de los resultados finales que se generen con motivo del mismo.
DÉCIMA SEGUNDA.- RELACIONES LABORALES. “El Arrendador”, como patrón del personal que llegara a ocupar con motivo del objeto de este contrato, conviene en asumir todas las obligaciones derivadas de las disposiciones legales en materia laboral, de seguridad social, fiscal y demás aplicables y a responder de cualquier controversia o litigio que sus trabajadores presenten en contra de “El Arrendatario”, ya que éste no es ni será considerado como patrón sustituto o beneficiario.
DÉCIMA TERCERA.- MODIFICACIONES. “Las Partes” podrán acordar modificaciones al presente contrato, mediante convenio modificatorio por escrito debidamente firmado por las partes.
Cualquier modificación a los compromisos establecidos en este contrato que se lleve a cabo sin cumplir con las formalidades previstas en esta cláusula, no surtirá efectos entre las partes y se considerará incumplimiento.
DÉCIMA CUARTA.- JURISDICCIÓN. “Las Partes” se obligan a sujetarse estrictamente para el cumplimiento del presente contrato en todas y cada una de las cláusulas del mismo por lo establecido en el Código Civil así como en el Código de Procedimientos Civiles, ambos para el Estado xx Xxxxxxx, para su interpretación, por lo que de manera expresa y voluntaria se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales del Distrito Judicial xx Xxxxxxx, Hidalgo, renunciando a cualquier otro que por razón de su domicilio les pudiera corresponder.
XXXXXX XXXXXX.- CONSENTIMIENTO.- “Las Partes”, manifiestan que en la celebración del presente contrato, han emitido libremente su voluntad, sin que haya mediado dolo, violencia, lesión o mala fe que lo invalide.
Leído por las partes, enterados de su contenido y alcance legal, lo firman de conformidad al margen y al calce por triplicado en la ciudad de Xxxxxxx xx Xxxx, Hidalgo, el día 13 xx xxxxx de dos mil dieciocho.
Por “El Arrendatario”.
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Prof. Xxxxxxxxxx Xxxx Xxxxxx L.E. Xxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx
Oficial Mayor del Poder Ejecutivo del Estado. Directora General de Administración
Secretaria de Turismo.
Por “El Arrendador”. Por el Área Solicitante.
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Ing. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx
Apoderado Legal de Creatividad y Directora General de Promoción,
Espectáculos, S.A. de C.V. Mercadotecnia y Comercialización
Apoderado Legal de Creatividad y
Espectáculos, S.A. de C.V.