CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES AMABLE 086 DE 2017
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES AMABLE 086 DE 2017
CONTRATANTE: AMABLE Empresa Industrial y Comercial del Estado.
NIT 900.333.837-1
CONTRATISTA: XXXXXX DE LA SANTÍSIMA TRINIDAD ROMÁFERNANDEZ
Cédula 51.571.139 de Bogotá
Entre los suscritos a saber: AMABLE Empresa industrial y Comercial del Estado del orden Municipal de Armenia, identificada con NIT N° 900.333.837-1, domiciliada en Armenia, en la Xxxxxxx 00 # 00-00 xxxx 0x xxx Xxxxxx Administrativo Municipal y representada legalmente por el doctor XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX, mayor y vecino del municipio de Armenia Q., identificado con la cédula de ciudadanía N° 19.191.754 de la Dorada Caldas, en su calidad de Gerente de la entidad, debidamente facultado para celebrar contratos con base en lo señalado en el artículo 11 numeral 3 literal c) de la ley 80 de 1993, en concordancia con los artículos 4 y 7 del acuerdo No. 004 xx xxxxx 24 de 2016 “estatutos de la Empresa Industrial y Comercial del Estado AMABLE”, quien en adelante se denominará EL CONTRATANTE de una parte, y de la otra, XXXXXX DE LA SANTÍSIMA XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX, mayor de edad, abogada titulada en ejercicio, identificada con C.C. N° 51571139 de Bogotá, hábil para contratar, con domicilio en la Xxxxx 0 Xx. 00-00 xxxxxxxxxxx 000 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx, quien en adelante para efectos de este contrato se llamará LA CONTRATISTA, celebramos el presente contrato de prestación de servicios profesionales ordenado en el fallo 00021 de 2016 del juzgado tercero civil del circuito de Armenia, contenido en las cláusulas que a continuación se señalan, previas las siguientes consideraciones: 1) Que la orden judicial contenida en el fallo 00021 de octubre de 2016 proferida por el juez tercero civil del circuito de armenia, dispuso la vinculación la profesional XXXXXX DE LA SANTISIMA XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX, en similares
condiciones a las ostentadas con la entidad como salvaguardia provisional en el proceso judicial conocido por el juzgado, ordenando que dentro de los cuatro meses posteriores al fallo de la acción de tutela la accionante interpusiera la demanda correspondiente, lo cual se realizó en el tiempo y al momento la entidad se encuentra en plazo de contestación de la demanda. 2) Que la entidad en cumplimiento del fallo judicial, procedió a realizar los estudios previos y agotar la etapa precontractual, en cumplimiento de las condiciones xx xxx para la celebración de contratos de prestación de servicios profesionales. 3) Que conforme al literal h) del numeral 4, del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, procede la contratación directa para la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, (. ).
4) Que conforme al artículo .2.1.2.1.4.9 del decreto 1082 de 2015, para la prestación de servicios profesionales, la entidad estatal podrá contratar directamente con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato y que haya demostrado la idoneidad y experiencia directamente relacionada con el área de que se trate, sin que sea necesario que se haya obtenido previamente varias ofertas, de lo cual el ordenador del gasto deberá dejar constancia escrita. 5) Que la entidad debe vincular a la profesional en derecho que actuó como demandante en el proceso juridicial de tutela con radicado número 630014003004-2016-00464-00 interpuesta en contra de la entidad, fallada en a favor de ésta y posteriormente demandante del proceso administrativo el cual se encuetra en etapa de contestación. 7) Que en cumplimiento de lo previsto
en los numerales 7 y 12 del Artículo 25 de la Ley 80 de 1993, se realizaron los estudios previos, en los cuales se analizó la obligatoriedad de celebrar este contrato. 8) Que el contrato que se adelanta, obedece al cumplimiento de la orden judicial emanada del fallo #00021 emitido por el Juzgado Tercero Civil del Circuito.
9) Que en virtud de lo anterior se invitó a la profesional XXXXXX DE LA SANTÍSIMA XXXXXXXX XXXXXXXXX a presentar oferta para la prestación del servicio profesional. 10) Que una vez presentada la oferta y verificados los documentos aportados por la proponente se evidenció que cuenta con la idoneidad y experiencia suficientes para desarrollar el objeto del contrato en los términos ordenados por el juzgado tercero civil del circuito de Armenia, razón por la cual es pertinente suscribir el presente contrato que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA. OBJETO: PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES ESPECIALIZADOS JURÍDICOS EN EL PROCESO DE ADQUISICIÓN DE PREDIOS Y MEJORAS NECESARIAS PARA LA HABILITACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO EN LA IMPLEMENTACIÓN DEL SETP DE ARMENIA. SEGUNDA. OBLIGACIONES DE LAS PARTES: A.DEL CONTRATISTA: 1) Realizar el estudio y revisión jurídica de los títulos y documentos requeridos para llevar a cabo la adquisición de los derechos de dominio, posesión y servidumbres de los predios y/o mejoras a intervenir para el desarrollo de los proyectos viales y demás proyectos constructivos del Sistema Estratégico de Transporte Público.2)Impulsar y llevar a cabo el trámite legal según la normatividad vigente para que la empresa cumpla con los requisitos del proceso de expropiación y de adquisición de predios y/o mejoras. 3) Prestar apoyo jurídico en las negociaciones con las personas propietarias o poseedoras de cuyos predios y/o mejoras serán intervenidos para el desarrollo del proyecto SETP. 4) Proyectar y elaborar las diferentes minutas de los contratos de compraventa y de las escrituras públicas de los predios a adquirir. 5) Apoyar las jornadas de socialización del procedimiento de afectación de predios entre las personas que verán posiblemente intervenidas sus propiedades en el desarrollo del proyecto del Sistema Estratégico de Transporte Público. 6) Aplicar la políticas de reasentamiento adoptadas por la entidad, conforme lo dispuesto por el Ministerio de Transporte y el BID. 7) Guardar estricta confidencialidad respecto de la información que conozca o llegue a conocer respecto del trámite de adquisición predial en la ejecución del contrato. 8) Acudir ante la Oficina de Instrumentos Públicos y el Instituto Geográfico Xxxxxxx Xxxxxxx para consultar documentos catastrales. 9) Resolver las diferentes peticiones que la ciudadanía realice sobre las situaciones inherentes al proceso de adquisición de bienes inmuebles para la implementación del SETP.10) Proyectar para la firma del respectivo funcionario los documentos, oficios, notificaciones, respuestas derechos de petición y actos administrativos que se expidan en el proceso de adquisición de predios y/o mejoras. 11) Verificar la inexistencia de afectaciones de cualquier índole en los predios preseleccionados por el área técnica para la ejecución de obras. 12) Elevar el acta de las reuniones del comité de reasentamientos y adquisición predial.13) Procurar la comunicación suficiente y efectiva con la entidad encargada de realizar los avalúos comerciales de los bienes y/o mejoras que se requieran para el proyecto, para establecer el avance y entrega oportuna de los avalúos. 14) Revisar con el personal técnico del proyecto SETP el contenido de los avalúos y su correspondencia frente a la legislación que regula la materia. 15) Proyectar las comunicaciones necesarias para que sean corregidos los avalúos que presenten inconsistencias.16) Agotar el procedimiento legal de notificación de ofertas de compra y avalúos prediales. 17) Constatar la declaratoria de bien de utilidad pública en los predios a adquirir. 18) Ajustar los procesos de adquisición predial a la
metodología BID según los requerimientos de dicha entidad. 19) Participar en la definición y contenido de los actos administrativos que regulan las compensaciones a los particulares expropiados. 20) Participar activamente en los procesos jurídicos del equipo de adquisición predial. 21) Elaborar los oficios mediante los cuales se haga entrega formal de los predios adquiridos al municipio. 22) Diligenciar las actas de entrega anticipada de predios. 23) Tramitar la solicitud de disponibilidad y registro presupuestal en cada proceso de adquisición predial conforme el monto del avalúo respectivo. 24) Asistir dentro y fuera de la ciudad de Armenia a las reuniones del Comité técnico de Aprobación a las que sea convocada por la gerencia o a los talleres que realice la nación para recibir y entregar información relativa a la implementación del Sistema Estratégico de Transporte Público en donde sea requerida su participación. 25) Cuando con causa o con ocasión de las obligaciones contractuales, la contratista requiera desplazarse fuera de la ciudad de Armenia, deberá suministrar copia de la convocatoria y certificación de asistencia a la reunión o actividad del SETP, dentro de los tres (3) días siguientes al desplazamiento, para el reconocimiento y pago de los gastos del mismo.26) Presentar informes donde relacione las actividades desarrolladas durante el período ejecutado en desarrollo del objeto contractual. 27) Afiliarse al sistema de seguridad social integral, y mantener los pagos al día durante la ejecución del contrato de prestación de servicios. 28) Xxxxxxx y asumir el compromiso de aplicar en todos sus comportamientos el Código de Ética adoptado por Xxxxxx E.I.C.E.
29) Conocer e implementar los procesos que le sean aplicables al Sistema de Gestión de Calidad. B. DEL CONTRATANTE: 1) Realizar el pago oportunamente y en el término estipulado en el contrato. 2) Realizar el seguimiento al cumplimiento del objeto del contrato a través del funcionario encargado de ejercer las labores de interventoría, vigilancia y control. 3) Exigir y verificar, por intermedio del funcionario designado para ejercer la vigilancia y control de la ejecución del contrato, el cumplimiento de las obligaciones del contratista frente al pago de los aportes al sistema de seguridad social en salud, pensión y riesgos profesionales, así como de los aportes parafiscales (en caso de estar obligado a ello). 4) Suministrar tiquetes aéreos al contratista cuando se requiera su presencia en otra ciudad para discusión de temas jurídicos prediales relativos al SETP. 5) Reconocer y sufragar gastos de viaje al contratista cuando requiera desplazarse fuera de la ciudad de Armenia, con causa o con ocasión de sus obligaciones contractuales, conforme a las tarifas autorizadas por ingreso mensualizado. TERCERA. VALOR Y FORMA DE PAGO: El valor del presente contrato asciende a la suma xx XXXX MILLONES CIENTO OCHENTA MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS ($10.180.494) incluido impuestos, los cuales se cancelarán mediante tres pagos de TRES MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($3.393.498.oo) cada una incluidos impuestos, equivalente a 4.6 SMLMV, previa entrega a satisfacción del informe de actividades del contratista aprobado por el interventor designado para ejercer la vigilancia y control del contrato. Cada pago se realizará dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la aprobación del informe respectivo mediante transferencia bancaria a la cuenta informada para tal efecto por el contratista. PARÁGRAFO: Xxxxxx realizará en cada pago parcial los descuentos correspondientes a los tributos que cause este contrato. CUARTA. PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo de ejecución del presente contrato se estipuló por el término de noventa (90) días, contados a partir de la fecha de suscripción del presente contrato, previa expedición del registro presupuestal. QUINTA. CAPACIDAD TÉCNICA Y CONTRACTUAL: LA CONTRATISTA declara que tiene la capacidad legal para
contratar con AMABLE E.I.C.E., de conformidad con la Ley 80 de 1993 artículo 6°. Así mismo, que tiene la idoneidad y la experiencia suficiente para cumplir las obligaciones contempladas en el presente contrato. SEXTA: TERMINACIÓN, MODIFICACIÓN E INTERPRETACIÓN UNILATERALES: En el presente contrato se entienden incluidos los principios de terminación, modificación e interpretación unilaterales en los términos de los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993. PARAGRAFO: Son causales de terminación: 1. El agotamiento del plazo de ejecución contractual. 2. La incapacidad medica que expida el cuerpo médico competente respecto de la profesional contratista, que le impida prestar sus servicios profesionales. 3. Disposiciones judiciales debidamente ejecutoriadas. SEPTIMA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: La contratista declara bajo la gravedad del juramento que no se encuentra incursa en ninguna causal de inhabilidad e incompatibilidad de las señaladas en los artículos 8, 9 y concordantes de la Ley 80/93, así como en la contemplada en el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 y artículos 1, 2, 3 y 4 de la Ley 1474 de 2011. OCTAVA. PRESTACIONES SOCIALES: El presente contrato no causa prestaciones sociales a cargo de la entidad contratante, de conformidad con el artículo 32 numeral 3 de la ley 80/93. La contratista es responsable de cumplir con sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y acreditar sus aportes ante la entidad. NOVENA. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN: La contratista no podrá ceder ni subcontratar sin previa autorización escrita del Contratante (artículo 41 Ley 80/93). DÉCIMA. MULTAS: AMABLE E.I.C.E. podrá imponer a la contratista multas sucesivas diarias del uno por mil del valor total del contrato, por cada día xx xxxx, deficiencias o incumplimiento de las obligaciones que adquiere con este contrato. DÉCIMOPRIMERA: PERFECCIONAMIENTO Y REQUISITOS PARA LA
EJECUCIÓN: El presente contrato se entiende perfeccionado una vez suscrito y queda legalizado una vez expedido el correspondiente registro presupuestal. DÉCIMASEGUNDA CONTROL Y VIGILANCIA Y/O SUPERVISION: El
seguimiento de este contrato lo ejercerá quién designe la Gerencia de la Empresa, la cual tendrá las siguientes funciones: a) Verificar el cumplimiento de las obligaciones, b) Verificar la afiliación al sistema de seguridad social y el correcto cumplimiento de los aportes en salud, pensión y riesgos profesionales, c) Certificar el cumplimiento a satisfacción de las obligaciones, para cada uno de los pagos. d) Enviar a Amable E.I.C.E. Copias de los aportes al sistema de seguridad social, informes de actividades y demás actas que surjan en cumplimiento del objeto del contrato. DECIMOTERCERA. DOMICILIO Y LEYES: Para todos los efectos legales el domicilio es la ciudad de Armenia Quindío. Este contrato se rige por las normas civiles, la ley 80 de 1993 así como por la Ley 1150 de 2007 y el decreto 1082 de 2015. DECIMOCUARTA: IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL. El presente
contrato se pagará con base en la disponibilidad presupuestal No. 207 del 02 de octubre de 2017, correspondiente al rubro Predios - Apoyo Jurídico y Técnico - Nro. 23010402. DECIMOQUINTA: CADUCIDAD: En caso de incumplimiento del contratista que pueda afectar de manera grave y directa la ejecución del contrato y se evidencie que pueda conducir a su paralización, AMABLE E.I.C.E. podrá declarar la caducidad del mismo, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 18 de la ley 80 de 1993. DECIMOSEXTA: AUTONOMÍA TÉCNICA YADMINISTRATIVA: La CONTRATISTA actúa con autonomía administrativa y financiera en el cumplimiento de sus obligaciones y, en consecuencia, no contrae relación laboral alguna con AMABLE E.I.C.E. DECIMOSEPTIMA: PENAL PECUNIARIA: El incumplimiento parcial o total del contratista de las obligaciones emanadas de este contrato, tiene como sanción una pena pecuniaria equivalente al
diez por ciento (10%) del valor total del contrato. DECIMOCTAVA: AFILIACION A SEGURIDAD SOCIAL. Será responsabilidad del contratista afiliarse a salud y pensión, como lo estipula la ley 797 de 2002 y sus Decretos Reglamentarios. Será afiliada por la entidad al sistema de riesgos laborales, pero en todo caso, la contratista asumirá el pago de sus aportes en los términos xx xxx. DECIMONOVENA: LIQUIDACIÓN: De conformidad con lo establecido en el artículo 217 del Decreto 019 de 2012, no es obligatoria la liquidación de este contrato. VIGESIMA. CLAUSULA DE INDEMNIDAD: La contratista se obliga a mantener indemne a AMABLE E.I.C.E. de cualquier reclamación proveniente de terceros que tengan como causa las actuaciones de la contratista con ocasión de la ejecución de este contrato. En constancia se firma el presente contrato en Armenia Quindío, a los tres (3) días del mes de octubre de 2017.
XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX
Gerente
XXXXXX DE LA SANTÍSIMA XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX
Contratista
Contrato de prestación de servicios Profesionales No. 086 de 2017. Proyectó y Xxxxxxx: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx