PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE UN VEHÍCULO POLIVALENTE CON MANIPULADOR TELESCÓPICO Y MECANISMO QUE PERMITA EL INTERCAMBIO DEL TERMINAL, PARA EL SERVICIO MUNICIPAL DE OBRAS Y MANTENIMIENTO POR...
Expediente nº: Procedimiento:
Asunto:
GEX 1258/2017
Suministro por Procedimiento Abierto, Oferta Económicamente más Ventajosa, varios Criterios de Adjudicación
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE UN VEHÍCULO POLIVALENTE CON MANIPULADOR TELESCÓPICO Y MECANISMO QUE PERMITA EL INTERCAMBIO DEL TERMINAL, PARA EL SERVICIO MUNICIPAL DE OBRAS Y MANTENIMIENTO POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN ORDINARIA
Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx · Teléfono 000 000 000 · Fax 000 000 000 · xxxxxxxx@xxxx-xxxxxxxxxxx.xxx
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto.
El objeto del contrato es el SUMINISTRO DE UN VEHÍCULO POLIVALENTE CON MANIPULADOR TELESCÓPICO Y MECANISMO QUE PERMITA EL INTERCAMBIO DEL TERMINAL CON DESTINO AL SERVICIO MUNICIPAL DE OBRAS Y MANTENIMIENTO con las
características descritas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y resto de documentación técnica que figura en el expediente, la cual tendrá carácter contractual.
La codificación CPV del contrato de suministro es: 34137000-6 – Vehículos usados para el transporte de mercancías.
CLÁUSULA SEGUNDA. Necesidad a satisfacer por el contrato.
Según la documentación obrante en el expediente, la necesidad que se desea satisfacer con este contrato de suministro es la sustitución del equipo que en la actualidad se utiliza para estos menesteres, el cual está totalmente amortizado, ha finalizado su vida útil y resulta costoso su mantenimiento, sustituyéndolo por una nueva maquinaria que aporte además, beneficios derivados del avance tecnológico y la versatilidad del manipulador telescópico.
CLÁUSULA TERCERA. Régimen Jurídico y Calificación del contrato.
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El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de suministro tal y como establece el artículo 9 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y se rige por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011 (en adelante, TRLCSP), de 14 de noviembre; el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público; el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001 (en adelante, RGLCAP), de 12 de octubre; y con carácter supletorio, por las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas del derecho privado.
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Firmado por El Sr. Alcalde, X. XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX el 25/4/2017
Además, tienen carácter contractual los siguientes documentos:
• El Pliego de Prescripciones Técnicas.
• El documento en el que se formalice el contrato.
Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx · Teléfono 000 000 000 · Fax 000 000 000 · xxxxxxxx@xxxx-xxxxxxxxxxx.xxx
CLÁUSULA CUARTA. Procedimiento de Selección y Adjudicación.
La forma de adjudicación de este contrato de suministro será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato, de acuerdo con el artículo 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa deberá de atenderse a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 00 xx xxxxxxxxx x xxx xx xxxxxxxx xxxxxx xx xxxx Pliego.
CLÁUSULA QUINTA. Perfil del Contratante.
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web:
xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxx/xxxxxx_xxx_xxxxxxxxxxx.
CLÁUSULA SEXTA. Importe del Contrato
El importe del presente contrato asciende a la cuantía de TREINTA Y CINCO MIL EUROS (35.000,00 €) y SIETE MIL TRESCIENTOS DIEZ EUROS (7.310,00 €) de IVA, haciendo un total de CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS DIEZ EUROS (42.310,00 €).
El valor estimado del contrato asciende a la cuantía de TREINTA Y CINCO MIL EUROS (35.000,00 €) (IVA excluido), teniendo en cuenta las posibles modificaciones del mismo.
El importe se abonará con cargo a la aplicación 1532.62300 PAVIMENTACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS-MAQUINARIA del vigente Presupuesto Municipal aprobado para el ejercicio 2017; existiendo crédito suficiente hasta el importe aprobado por el Ayuntamiento A NIVEL DE VINCULACIÓN PRESUPUESTARIA, quedando acreditada la plena disponibilidad de las aportaciones que permiten financiar el contrato mediante la emisión de Retención de Crédito y Certificado de Retención de la Secretaría.
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Los importes ofertados por los licitadores no podrán, en ningún caso, superar el valor estimado del contrato (IVA excluido). Serán descartadas aquellas proposiciones que superen dicho importe.
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Firmado por El Sr. Alcalde, X. XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX el 25/4/2017
CLÁUSULA SÉPTIMA. Duración del Contrato
El suministro del vehículo objeto de este procedimiento deberá entregarse en el ejercicio 2017, dentro del plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente a la firma del contrato.
Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx · Teléfono 000 000 000 · Fax 000 000 000 · xxxxxxxx@xxxx-xxxxxxxxxxx.xxx
CLÁUSULA OCTAVA. Condiciones de Aptitud para Contratar.
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que cumplan los siguientes requisitos:
• Tener plena capacidad de obrar.
• Que sus fines, objeto o ámbito de actividad, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales (en el caso de personas jurídicas), tengan relación directa con el objeto del contrato.
• Que no estén incursos en alguna de las prohibiciones para contratar contenidas en el Art. 60 del TRLCSP.
• Que acrediten su solvencia:
➢ Económico-financiera: mediante la acreditación de disponer de un volumen global anual de negocios (facturación) de sus tres (3) últimos ejercicios disponibles superior en media anual a 50.000 €.
➢ Técnico-profesional: mediante la presentación de descripción, fotografías y catálogos detallados del producto a suministrar.
CLÁUSULA NOVENA. Presentación de Proposiciones y Documentación Administrativa
A) Lugares de Presentación.
Las proposiciones se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx, en horario de atención al público, dentro del plazo de QUINCE DÍAS NATURALES contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Perfil de contratante.
Las proposiciones serán secretas y se presentarán en sobre cerrado, estampillando sobre él el sello del Registro de Entrada, entregando al interesado un resguardo con el nombre de licitador, el objeto del contrato y el día y hora de presentación.
De igual modo, las proposiciones podrán presentarse, por correo, por tele-fax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
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Firmado por El Sr. Alcalde, X. XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX el 25/4/2017
Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx · Teléfono 000 000 000 · Fax 000 000 000 · xxxxxxxx@xxxx-xxxxxxxxxxx.xxx
La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. No serán admitidas las ofertas cuyo envío se realice a un número de fax o dirección distinta a la indicada, ni aquellas cuyo justificante se remita con posterioridad a las 14:00 horas del último día de presentación de las ofertas.
Sin la concurrencia de ambos requisitos (justificación de la fecha de imposición y envío por alguno de los medios descritos anteriormente), no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio.
En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de los establecido en los artículos 147 y 148 del TRLCSP. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx.
B) Forma de Presentación de las Proposiciones.
Cada proposición estará compuesta por tres sobres cerrados y numerados (que deberán estar incluidos obligatoriamente en el sobre cerrado presentado en el registro) que especificarán los siguientes datos:
• «PROPOSICIÓN LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE UN VEHÍCULO POLIVALENTE CON MANIPULADOR TELESCÓPICO CON DESTINO AL SERVICIO MUNICIPAL DE OBRAS Y MANTENIMIENTO»
• Nombre del licitador y DNI/CIF
• Domicilio o forma de contacto preferida a efectos de notificaciones
• Teléfono, fax y correo electrónico, en su caso.
• Nombre y apellidos de quien firme la proposición, así como el carácter en que lo hace (en nombre propio, como Administrador Xxxxx, Apoderado, representante legal, …)
• Firma del licitador.
La denominación de los sobres es la siguiente:
➢ Sobre «A»: Documentación Administrativa.
➢ Sobre «B»: Documentación Cuantificable de Forma Automática y Oferta Económica.
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Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
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Firmado por El Sr. Alcalde, X. XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX el 25/4/2017
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx · Teléfono 000 000 000 · Fax 000 000 000 · xxxxxxxx@xxxx-xxxxxxxxxxx.xxx
• Declaración Responsable del licitador indicativa del cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración (Anexo I). En este caso, el licitado a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, con carácter previo a dicha adjudicación, la posesión y validez de los documentos exigidos en este pliego.
En todo caso, el órgano de contratación podrá recabar, en cualquier momento anterior a la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación acreditativa de las condiciones establecidas para ser adjudicatario.
El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de aptitud, capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
• En caso de compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresas, se deberá aportar, además, un documento (público o privado) en el que las empresas licitadoras se comprometan a su constitución en el caso de resultar adjudicatarias. Este documento deberá ir firmado por el representante de cada una de las empresas se consignará expresamente la personan a quien designan representante de la UTE ante la Administración a los efectos referidos a el contrato que motiva este pliego.
SOBRE «B» CRITERIOS DE VALORACIÓN EVALUABLES AUTOMÁTICAMENTE Y
PROPOSICIÓN ECONÓMICA.
a) Proposición económica: Se presentará conforme al modelo expuesto en el Anexo II.
b) Documentos relativos a los criterios de valoración, distintos del precio, que se deban cuantificar de forma automática: Se realizará una descripción de las mejoras técnicas que se proponen, que únicamente podrán ser las funcionalidades técnicas que mejoren las prestaciones del vehículo establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y mejoras del vehículo, según las descripciones del Apartado B de la siguiente cláusula.
CLÁUSULA DÉCIMA. Criterios de Adjudicación
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios de adjudicación.
A) Oferta Económica (Hasta 70 puntos):
A la oferta que presente el menor precio se le darán 70 puntos y, a partir de dicho valor se aplicará la siguiente fórmula para determinar proporcionalmente el resto de puntuaciones:
Valoración Oferta X= Importe MENOROferta×70
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Importe Oferta X
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Firmado por El Sr. Alcalde, X. XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX el 25/4/2017
B) Otras Mejoras susceptibles de valoración automática (Hasta 30 puntos):
◦ Mejoras del Vehículo: Hasta 5 puntos:
Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx · Teléfono 000 000 000 · Fax 000 000 000 · xxxxxxxx@xxxx-xxxxxxxxxxx.xxx
Atendiendo a los mínimos descritos en el Pliego de prescripciones técnicas, se otorgarán cinco puntos a aquel vehículo que facilite las siguientes mejoras:
▪ Cabina Cerrada: 3 puntos.
▪ Enganche para remolque: 2 puntos.
▪ Aire Acondicionado: 1 puntos.
◦ Plazo de entrega: Hasta 4 puntos:
El plazo máximo de entrega del bien objeto de esta contratación es de DOS (2) meses, según lo dispuesto en la Cláusula Séptima. Quedando a salvo este periodo, se otorgará una única puntuación por la mejora en el plazo de entrega del bien al Ayuntamiento en base a los siguientes tramos:
➢ Por entrega en un máximo de 6 semanas: 1 puntos.
➢ Por entrega en un máximo de 5 semanas: 2 puntos.
➢ Por entrega en un máximo de 4 semanas: 3 puntos.
➢ Por entrega en un máximo de 3 semanas: 4 puntos.
◦ Periodo de garantía de Piezas y Mano de Obra: Hasta 4 puntos:
Según el Pliego de Prescripciones Técnicas, el periodo mínimo de garantía por defectos técnicos, mecánicos y cinemáticos será de VEINTICUATRO (24) meses a contar a partir del Acta de Recepción del vehículo, siendo por cuenta del adjudicatario reparaciones que precise no derivadas del mantenimiento o el desgaste de piezas.
Quedando a salvo este periodo, se otorgará una única puntuación por la ampliación del periodo de garantía de Piezas y Mano de Obra del vehículo en base a los siguientes tramos:
➢ Ampliación de 12 meses adicionales: 1 puntos.
➢ Ampliación de 18 meses adicionales: 2 puntos.
➢ Ampliación de 24 meses adicionales: 3 puntos.
➢ Ampliación de 30 meses adicionales: 4 puntos.
◦ Periodo de Mantenimiento Integral: Hasta 3 puntos:
Por la cobertura del mantenimiento integral del vehículo, incluyendo repuestos, piezas desgastadas, mano de obra, lubricantes, etc, salvo neumáticos y consumo de combustible, se otorgará una única puntuación en base a los siguientes tramos:
➢ Mantenimiento Integral por 6 meses: 1 puntos.
➢ Mantenimiento Integral por 12 meses: 2 puntos.
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➢ Mantenimiento Integral por 18 meses: 3 puntos.
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Firmado por El Sr. Alcalde, X. XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX el 25/4/2017
◦ Vehículo de Sustitución: 2 puntos.
Por la cobertura de los periodos en los que el vehículo deba estar en el Taller, siempre que éste sea el indicado por el proveedor, durante el tiempo imprescindible para la realización de las operaciones de mantenimiento y reparación del vehículo.
Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx · Teléfono 000 000 000 · Fax 000 000 000 · xxxxxxxx@xxxx-xxxxxxxxxxx.xxx
◦ Terminales de Manipulador: Hasta 12 puntos.
El vehículo deberá incorporar obligatoriamente un terminal tipo Balde o Cuchara. En caso de aportar terminales adicionales, se otorgarán los siguientes puntos para los siguientes terminales:
➢ Cesta para elevación de Personas: 4 puntos.
➢ Horquilla para Palets: 4 puntos.
➢ Barredora con recogedor: 4 puntos.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Confidencialidad.
Sin perjuicio de las disposiciones del TRLCSP relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que se debe suministrar a candidatos y licitadores, éstos podrán designar como confidencial parte de la información facilitada por ellos al formular las ofertas, en especial la referida a secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las mismas.
El órgano de contratación no podrá divulgar esta información sin su consentimiento.
De igual forma, el contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato y que haya sido así designada por el Ayuntamiento.
CLÁUSULA DUODÉCIMA. Mesa de Contratación
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros:
• Presidente - Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx.
• Vocal 1 - Xx xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx (Secretaria-Interventora de la Corporación).
• Vocal 2 – Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx (Concejal de Servicios Municipales).
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• Vocal 3 – Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx xxx Xxxxx (Oficial de Mantenimiento).
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• Vocal 4 – Concejal PP.
• Vocal 5 – Concejal IU.
• Vocal 6 – Concejal VEM
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• Secretario – Xxxxxxx X. de las Xxxxx Xxxxx.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA. Prerrogativas de la Administración
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA. Apertura de Proposiciones
La Mesa de Contratación se constituirá el xxxxxxx xxxxxx hábil tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, a las 11:00 horas y procederá a la apertura de los Sobres «A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos.
Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.
Posteriormente, se convocará a los licitadores para la apertura y examen de los sobres «B». Tras la lectura de dichas proposiciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración de las mismas con arreglo a los criterios y a las ponderaciones establecidas en este Pliego.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA. Requerimiento de Documentación
A la vista de la valoración de los criterios de ponderación es automática (Sobre «B»), la Mesa de Contratación propondrá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa.
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El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos a que hace referencia el artículo 146.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social; de disponer de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del TRLCSP; y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
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El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de la finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
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CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA. Garantía Definitiva
El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de la garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Secretaría del Ayuntamiento.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en la Secretaría del Ayuntamiento.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en la Secretaría.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 TRLCSP, y transcurridos los 24 meses de garantía inicial desde la entrega del suministro, se procederá, sin más demora, a su devolución o cancelación una vez depuradas las responsabilidades a que se refiere el citado artículo 100.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉPTIMA. Adjudicación del Contrato
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los CINCO días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
• En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
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• Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
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En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de la selección de la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
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En la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización.
CLÁUSULA DECIMO OCTAVA. Formalización del Contrato
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los QUINCE días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
CLÁUSULA DECIMO NOVENA. Derechos y Obligaciones del Adjudicatario
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
• La Administración tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido.
• El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos.
• Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación hasta el límite máximo de 300 euros de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.
CLÁUSULA VIGÉSIMA. Plazo de Garantía
Se establece un plazo de garantía de VEINTICUATRO (24) meses, a contar desde la fecha de entrega de los bienes, si durante el mismo se acredita la existencia de vicios o defectos en el suministro, la Administración tendrá derecho a reclamar la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente.
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Si la Administración estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes no son aptos para el fin pretendido como consecuencia de los vicios o defectos observados e imputables al empresario, y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
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Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.
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CLÁUSULA VIGÉSIMO PRIMERA. Ejecución del Contrato
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva.
La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración.
CLÁUSULA VIGÉSIMO SEGUNDA. Facturas
Conforme a la Disposición Adicional Trigésimo Tercera del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el contratista tendrá obligación de presentar la factura que haya expedido por los servicios prestados ante el correspondiente registro administrativo a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma.
En la factura se incluirán, además de los datos y requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, los siguientes extremos previstos en el apartado segundo de la citada Disposición Adicional Trigésimo Tercera, así como en la normativa sobre facturación electrónica:
a) Que el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local.
b) Que el órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública es la Intervención.
c) Que el destinatario es Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx.
d) Que el código DIR3 es L01140673.
e) Que la oficina contable es INTERVENCIÓN.
f) Que el órgano gestor es ALCALDÍA.
g) Que la unidad tramitadora es INTERVENCIÓN.
CLÁUSULA VIGÉSIMO TERCERA. Penalidades por Incumplimiento
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias de 50 €.
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Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
Código seguro de verificación (CSV):
721D 0326 7509 566A 687C
721D03267509566A687C
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico.
Firmado por El Sr. Alcalde, X. XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX el 25/4/2017
CLÁUSULA VIGÉSIMO CUARTA. Resolución del Contrato
Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx · Teléfono 000 000 000 · Fax 000 000 000 · xxxxxxxx@xxxx-xxxxxxxxxxx.xxx
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 223 y 299 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
CLÁUSULA VIGÉSIMO SEXTA. Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga al Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo xx Xxxxxxx será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes referidas al presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
En Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx, a la fecha consignada en el pie de firma digital
EL ALCALDE
pie_firma_corto_dipu_01
Firmado: Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx
Código seguro de verificación (CSV):
721D 0326 7509 566A 687C
721D03267509566A687C
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Firmado por El Sr. Alcalde, X. XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX el 25/4/2017
ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. , con DNI /
Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx · Teléfono 000 000 000 · Fax 000 000 000 · xxxxxxxx@xxxx-xxxxxxxxxxx.xxx
en nombre propio.
en representación de la empresa
con NIF / y domicilio a efectos de notificaciones en
de ( ),
Estando interesado en participar en el procedimiento para la adjudicación del “CONTRATO DE SUMINISTRO DE UN VEHÍCULO POLIVALENTE CON MANIPULADOR TELESCÓPICO CON DESTINO AL SERVICIO MUNICIPAL DE OBRAS Y MANTENIMIENTO POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN ORDINARIA” del Ayuntamiento de
Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx.
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
PRIMERO. Que reúne las condiciones establecidas legalmente para contratar con el Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx.
SEGUNDO. Que reúne los requisitos de solvencia económico-financiera y técnica o profesional establecidas en los pliegos.
TERCERO. Que, en relación con el objeto de contrato, cumple con todos los requisitos previos exigidos por el apartado primero del artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público para ser adjudicatario del mimos y, en concreto:
• Que posee personalidad jurídica y, en su caso, representación.
• Que, en su caso, está debidamente clasificada la empresa o que cuenta con los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica.
• Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
• Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxxx para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional que pudiera corresponder al licitador.
• Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es
.
CUARTO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado tercero de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
En , a de de 20 .
pie_firma_corto_dipu_01
Firmado:
Código seguro de verificación (CSV):
721D 0326 7509 566A 687C
721D03267509566A687C
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Firmado por El Sr. Alcalde, X. XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX el 25/4/2017
ANEXO II
OFERTA ECONOMICA
«D. , con DNI /
Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx · Teléfono 000 000 000 · Fax 000 000 000 · xxxxxxxx@xxxx-xxxxxxxxxxx.xxx
en nombre propio.
en representación de la empresa
con NIF / y domicilio a efectos de notificaciones en
de ( ),
Estando interesado en participar en el procedimiento para la adjudicación del “CONTRATO DE SUMINISTRO DE UN VEHÍCULO POLIVALENTE CON MANIPULADOR TELESCÓPICO CON DESTINO AL SERVICIO MUNICIPAL DE OBRAS Y MANTENIMIENTO POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN ORDINARIA” del Ayuntamiento de
Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx, anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxx n.º , de fecha , y en el Perfil del Contratante,
HAGO CONSTAR
• Que conozco el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el Pliego de Prescripciones Técnicas y el resto de documentación que sirve de base al presente contrato, lo acepto íntegramente y acato en su totalidad al tomar parte en la licitación.
• Que me comprometo a llevar a cabo el suministro objeto de este contrato por la cifra total (IVA incluido) de (en letra) euros, según el siguiente desglose:
Xxxxxxx Xxxx: euros
IVA (21 %): euros
TOTAL: euros
• Que la empresa a la que represento cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidas para su apertura, instalación y funcionamiento.
En , a de de 20 .
EL LICITADOR
pie_firma_corto_dipu_01
Firmado:
Código seguro de verificación (CSV):
721D 0326 7509 566A 687C
721D03267509566A687C
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Firmado por El Sr. Alcalde, X. XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX el 25/4/2017
ANEXO III
MEJORAS
«D. , con DNI /
Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx · Teléfono 000 000 000 · Fax 000 000 000 · xxxxxxxx@xxxx-xxxxxxxxxxx.xxx
en nombre propio.
en representación de la empresa
con NIF / y domicilio a efectos de notificaciones en
de ( ),
Estando interesado en participar en el procedimiento para la adjudicación del “CONTRATO DE SUMINISTRO DE UN VEHÍCULO BASCULANTE POLIVALENTE TIPO DUMPER PARA EL SERVICIO MUNICIPAL DE OBRAS Y MANTENIMIENTO POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, VARIOS CRITERIOS
DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN ORDINARIA” del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx, anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxx n.º , de fecha , y en el Perfil del Contratante,
OFERTO LAS SIGUIENTES MEJORAS
1. Mejoras del Vehículo:
Cabina Cerrada: ⎕
Enganche para remolque: ⎕
Aire Acondicionado: ⎕
2. Plazo de entrega: (en semanas)
3. Periodo de garantía de Piezas y Mano de Obra:
Mínimo 24 meses: 0 Puntos. Ampliación: ( en meses)
4. Periodo de Mantenimiento Integral: (en meses)
5. Vehículo de Sustitución: Si ⎕ No ⎕
6. Terminales de Manipulador: Hasta 12 puntos.
Obligatario: Terminal tipo Cucharón: 0 Puntos Cesta para elevación de Personas: ⎕
Horquilla para Palets: ⎕
Barredora con recogedor: ⎕
En , a de de 20 .
EL LICITADOR
pie_firma_corto_dipu_01
Firmado:
Código seguro de verificación (CSV):
721D 0326 7509 566A 687C
721D03267509566A687C
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Firmado por El Sr. Alcalde, X. XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX el 25/4/2017