PLIEGO REGULADOR QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL PROYECTO PARA LA REFORMA DE LAS INSTALACIONES CENTRALIZADAS DE CALEFACCION Y PRODUCCIÓN DE A.C.S. CON CAMBIO DE COMBUSTIBLE A GAS NATURAL EN LA ESCUELA INFANTIL AMALUR DE VILLAVA- ATARRABIA (NAVARRA) .
PLIEGO REGULADOR QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL PROYECTO PARA LA REFORMA DE LAS INSTALACIONES CENTRALIZADAS DE CALEFACCION Y PRODUCCIÓN DE A.C.S. CON CAMBIO DE COMBUSTIBLE A GAS NATURAL EN LA ESCUELA INFANTIL AMALUR DE VILLAVA-ATARRABIA (NAVARRA) .
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
Es objeto del presente Pliego el establecimiento de las estipulaciones económico-administrativas y técnicas que han de regir la contratación y ejecución en Villava Atarrabia (Navarra) de la obra contenida en el PROYECTO PARA LA REFORMA DE LAS INSTALACIONES CENTRALIZADAS DE CALEFACCION Y PRODUCCIÓN DE
A.C.S. CON CAMBIO DE COMBUSTIBLE A GAS NATURAL EN LA ESCUELA INFANTIL AMALUR DE VILLAVA-ATARRABIA (NAVARRA) .
La instalación incluye la ejecución de todas las obras auxiliares o de instalación de cualquier tipo (eléctrica, agua, desagües, etc.). Asimismo incluye la obligación de efectuar todas las pruebas pertinentes para la comprobación del buen funcionamiento y estado de las instalaciones y aparatos, en presencia del Servicio destinatario, así como la obligación de instruir al usuario en el funcionamiento y utilización del equipamiento, destinando para ello el tiempo que sea necesario y entregándose los catálogos y manuales de uso que sean necesarios en idioma castellano.
Visto el objeto del contrato así como las prestaciones del contrato de obras previstas en el Anexo I de la Ley Xxxxx 2/2018, de Contratos Públicos, (LFCP) el mismo se encuentra en el código CPV es: 45,33 Instalaciones de fontanería: aparatos y conducciones de calefacción, ventilación refrigeración o aire y otros.
Como documentación de carácter contractual que ha de regir el contrato ha de contarse con la siguiente:
1.- Pliego Regulador.
2.-Anejo Proyecto técnico de ejecución de obras. redactado por el Ingeniero Técnico Industrial Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx.
3.- Contrato que en su día se formalice.
2.- NATURALEZA Y PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN.
El contrato es de naturaleza administrativa y de obras.
La tramitación de este expediente de contratación se llevará a cabo mediante procedimiento ordinario en su modalidad de abierto, siendo su importe inferior al umbral comunitario.
3.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y UNIDAD GESTORA DEL CONTRATO.
El órgano de contratación del presente contrato de obras es la Alcaldía xx Xxxxxxx.
La unidad gestora del contrato es la Secretaría municipal.
4.- VALOR ESTIMADO E IMPORTE DEL CONTRATO
El valor estimado del contrato presupuesto total de licitación (incluye seguridad y salud laboral) sumatorio de los presupuestos de ejecución por contrata de la obra y resto de gastos y beneficio industrial incluidos, y
atendiendo al condicionado técnico y proyecto presentado por la dirección facultativa, para la que se convoca la presente licitación asciende a un máximo de CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO EUROS Y DOCE CENTIMOS ( 56.995,12 €) , IVA excluido.
La oferta económica que realicen los licitadores incluirá todos los costes necesarios para la buena ejecución de las obras conforme al proyecto y, en su caso, el coste de todos los medios adicionales que la adjudicataria incluya en su oferta.
Para la adjudicación del presente contrato será necesario que exista el crédito preciso para atender a las obligaciones económicas que se deriven del cumplimiento del contrato
Serán desestimadas las proposiciones económicas que superen dicho presupuesto.
5.- PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución del total de la obra se fija en un máximo de TRES MESES, contándose el mismo a partir del día siguiente a la realización de la comprobación del replanteo.
6.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no estén incursas en ninguna de las causas de exclusión para contratar establecidas en los artículos 22 a 26 de la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx de Contratos
Públicos (LFCP). Si se trata de personas jurídicas, su finalidad o actividad deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales y disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato
Igualmente podrán contratar licitadores que participen conjuntamente en las condiciones que se especifican en los apartados siguientes. Las empresas que presenten oferta conjunta de licitación no podrán presentar proposiciones individuales.
7.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
El escrito de solicitud contendrá la identificación dla licitadora que se presente, firma del apoderado, haciendo constar expresamente una dirección postal, teléfono, fax y dirección de correo electrónico a efectos de comunicaciones.
El plazo de presentación de proposiciones finaliza el CINCO DE NOVIEMBRE DE 2018.
Los licitadores deberán presentar sus proposiciones en el Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxxxx-Atarrabia, Xxxxx Xxxxx 00 (horario de 8:30 a 14:30 horas), bien en persona o por correo. Cuando la documentación se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día.
Las ofertas de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el pliego regulador y su presentación supondrá la aceptación incondicionada por la
licitadora del contenido de la totalidad de dichas cláusulas, así como del proyecto, sin salvedad o reserva alguna.
Las ofertas serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter.
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes o mejoras en los términos contemplados.
Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
Quien licite queda informado, según lo establecido en la Ley 15/1999 Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, por parte del Ayuntamiento xx Xxxxxxx-Atarrabia, de que mantendrá sus datos personales en los ficheros bajo su responsabilidad con la finalidad de tramitar la documentación requerida a efectos de participar en el presente procedimiento. La finalidad del tratamiento de los datos de los proveedores ya contratados será la gestión administrativa, fiscal y contable de la relación comercial entre ambas partes. Los interesados podrán ejercitar sus derechos de acceso, cancelación y rectificación en los términos establecidos en la legislación vigente, dirigiéndose a la Secretaría del AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX-ATARRABIA, Xxx. Xxxxxxxxxxxx x/x xx Xxxxxxx-Xxxxxxxxx, X.X. 00000 (Xxxxxxx).
Las proposiciones se presentarán en sobre único, debiendo estar cerrado y firmado por la licitadora y que contendrá la siguiente leyenda: “OBRA DE DE REFORMA DE LAS INSTALACIONES CENTRALIZADAS DE
CALEFACCION Y PRODUCCIÓN DE A.C.S. CON CAMBIO DE COMBUSTIBLE A GAS NATURAL EN LA ESCUELA INFANTIL AMALUR DE VILLAVA-ATARRABIA (NAVARRA)” en el que se
incluirán otros tres, debiendo estar todos ellos cerrados y firmados por la licitadora o su representante, identificados como "Sobre n° 1: Documentación administrativa", "Sobre n° 2: Propuesta Técnica.
Criterios Cualitativos" y "Sobre n° 3: Propuesta Económica. Criterios Cuantitativos", y contendrán los siguientes documentos:
SOBRE NÚMERO 1. "DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA".
Se incluirán necesariamente los siguientes documentos:
Identificación dla licitadora o licitadores, que se presentan, pudiendo ser personas físicas, participaciones conjuntas, personas jurídicas, uniones temporales de empresarios, etc... con indicación de la participación de cada uno de ellos y designación de la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración. Así mismo se presentará una dirección de correo electrónico dla licitadora, conforme al modelo señalado en el Anexo I.
Así mismo en ese sobre se incluirá conforme al modelo señalado en el
Anexo II.
Declaración responsable dla licitadora o, en su caso, de su representante, de que:
a) Reúne los requisitos de capacidad jurídica y de obrar y, en su caso, que el firmante ostenta la debida representación.
b) Reúne los requisitos exigidos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
c) No está incurso en causa de prohibición de contratar. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
d) Reúne el resto de requisitos legales para la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, así como aquellos otros establecidos en los pliegos de contratación.
e) Se somete a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias con renuncia, al fuero jurisdiccional que pudiera corresponderle, en el caso de empresas extranjeras.
f) Cuenta con el compromiso por escrito de otras entidades respecto de la adscripción de sus medios o la disposición de sus recursos, en su caso.
g) Se compromete, para el caso de resultar adjudicatario y antes de la firma del contrato, a suscribir y presentar ante el órgano de contratación del concurso, las pólizas de seguros legalmente exigibles para la adecuada y suficiente cobertura de los riesgos propios de este contrato.
− En este sobre se incluirá detallada la Plantilla de personal, clasificada por grupos y categorías, que quedará afecta al contrato.
SOBRE NÚMERO 2 "PROPUESTA TÉCNICA. CRITERIOS CUALITATIVOS”.
Este sobre contendrá la propuesta técnica: La licitadora deberá ajustarse a la solución técnica indicada en el proyecto.
Deberá contener los siguientes documentos:
1. Plan de ejecución de obra.
Se deberá aportar un planning que recoja: Planificación detallada de los trabajos a realizar.
Indicación del/de los camino/s crítico/s.
Justificación del total económico acumulado de unidades de obra e indicación del personal y los medios a emplear en cada período y para cada tipo de trabajo.
El plan de ejecución se realizará con arreglo a la valoración del presupuesto reflejado en el proyecto, y nunca, según el presupuesto ofertado en la licitación, que sólo debe estar reflejado en el contenido del sobre n° 3.
2. Análisis de la implantación de la obra.
Estudio técnico de la obra y planificación de la misma, incidiendo en la problemática de ejecución e indicando las medidas previstas para su resolución (, seguridad, puesta en marchas y pruebas de las instalaciones).
Se deberá incluir expresamente las medidas previstas para mitigar las molestias a las personas usuarias.
Así mismo se deberá informar acerca de la organización de todo el proceso de ejecución y asignación de recursos de personal con expresión de su titulación, experiencia y dedicación, Materiales y maquinaria que se destinarán a la obra, valorándose en función de la documentación presentada.
3 .Aspectos y medioambientales sociales de la oferta.
En este apartado se detallarán los aspectos de la oferta que puedan ser valorados atendiendo a lo dispuesto en el presente pliego como criterios sociales. En particular, se aludirá a los siguientes extremos:
Porcentaje respecto del precio de adjudicación que se subcontratará con centros de inserción socio-laboral y/o centros especiales de empleo.
En su caso, compromiso de realización de, al menos, 8,00 horas de acciones de sensibilización y formación a la plantilla que ejecutará el
contrato acerca de los derechos en materia de igualdad y conciliación reconocidos en la normativa vigente y convenio correspondiente.
En su caso, compromisos asumidos en cuanto a la reutilización y reciclaje de los productos utilizados, y el correcto tratamiento de residuos con la participación de gestores autorizados.
SOBRE NÚMERO 3. CRITERIOS CUANTITATIVO. OFERTA ECONÓMICA, GARANTIA ADICIONAL
El sobre nº 3 Contendrá la oferta económica redactada de conformidad con el Xxxxx XXX. No serán admitidas las proposiciones cuyo importe sea superior al presupuesto aprobado. Se utilizarán como máximo dos decimales.
La proposición deberá estar firmada por la licitadora o persona que lo represente. En el caso de licitadores en participación conjunta irá firmada por todos y cada uno de sus componentes o por su representante.
La oferta económica deberá ser adecuada para que el adjudicatario haga frente al coste derivado de la aplicación del convenio sectorial que corresponda, sin que en ningún caso los precios/hora de los salarios contemplados puedan ser inferiores a los precios/hora del convenio más los costes de Seguridad Social.
Así mimo el sobre nº 3 contendrá el anexo IV relativo a la garantía adicional ofrecida por la licitadora
10.- MESA DE CONTRATACIÓN Y APERTURA DE LAS PROPOSICIONES .
La Mesa de Contratación, que realizará la apertura de las proposiciones y las demás funciones encomendadas por la Ley, estará constituida por las siguientes personas:
Presidente: El Alcalde del Ayuntamiento xx Xxxxxxx-Atarrabia.
Vocales:
X Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx-Xxxxxxxxx.
Xxxx Xxxxx Xxxxxx Concejala del Ayuntamiento xx Xxxxxxx-Atarrabia.
Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Concejala del. Ayuntamiento xx Xxxxxxx-Atarrabia.
Xxx Xxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx- Xxxxxxxxx.
Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Concejala del. Ayuntamiento xx Xxxxxxx- Atarrabia.
Xxx Xxxx Xx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Asesor Municipal
Xxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx. Interventor Municipal
Secretario: Xxx Xx Xxxxxx Xxx Xxxx Secretario Municipal.
La Mesa de Contratación, en acto privado, calificará previamente la documentación administrativa presentada en tiempo y forma por los licitadores en el sobre n° 1, con el fin de comprobar que reúnen las condiciones para ser admitidos.
La Mesa podrá conceder un plazo no inferior a cinco días naturales para subsanar los defectos o completar dicha documentación.
Calificada la documentación administrativa, la Mesa de Contratación procederá a la apertura del Sobre n° 2, "Propuesta técnica", de las empresas admitidas y a su valoración conforme a los criterios de adjudicación debidamente ponderados según los criterios que se señalan.
En el Portal de Contratación xx Xxxxxxx se anunciará con al menos 72 horas de antelación el lugar, fecha y hora de la apertura pública de las ofertas económicas.
La Mesa de Contratación en dicho acto público comunicará el resultado de la calificación de la documentación presentada por los licitadores, indicando los licitadores admitidos, los inadmitidos y las causas de la inadmisión, y la valoración efectuada de las propuestas técnicas. Seguidamente se abrirán las ofertas económicas, dándose lectura de las mismas.
La Mesa de Contratación dará comunicación al licitador a favor del cual recaiga la propuesta de adjudicación.
11.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
La adjudicación se realizará a favor de la oferta que presente mejor relación
calidad-precio, de conformidad con el artículo 64 de la LFC, entendiendo como tal la oferta que mayor puntuación obtenga una vez aplicados los criterios de adjudicación siguientes:
BAREMO: Total 100 puntos.
a) Precio: De 0 a 60 puntos.
La oferta económica se valorará aplicando un descenso proporcional en función del sistema de inversa proporcional, otorgando a la oferta más económica la máxima puntuación, 60 puntos, y de acuerdo a la siguiente fórmula:
El criterio de valoración es una simple regla de tres con productos paralelos.
Importe Puntuación
A (más barato) 60 B (oferta) X
Por tanto, la puntuación se asignará con esta fórmula: X= (60 xA)/B.
No se admitirán las ofertas económicas de cuantía superior al importe de licitación.
Se utilizarán como máximo dos decimales
Se aplicará respecto de las mismas lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley Xxxxx 2/2018 de Contratos Públicos. Se entenderá que una oferta incurre en presunción de baja desproporcionada cuando sea un 30 por 100 inferior al presupuesto de licitación.
En el caso de que se presentara una propuesta económica que, de acuerdo con lo dicho en esta cláusula, se pudiera considerar anormalmente baja, la Mesa de Contratación iniciará un procedimiento para su determinación dando audiencia por plazo de cinco días a las personas licitadoras afectadas.
En el caso de que se concluya que la oferta se puede cumplir, se elevará propuesta de adjudicación a esta oferta y se supeditará la adjudicación a que, de conformidad con el artículo 230.2 de la Ley Xxxxx 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local xx Xxxxxxx, según la redacción dada a esta norma por la Ley Xxxxx 1/2007, la persona licitadora en el plazo de los quince días siguientes a la notificación de la adjudicación presente una fianza por un importe del 50 por 100 del precio de adjudicación, sin perjuicio de su devolución o cancelación parcial antes de la recepción del contrato, previo informe de la unidad gestora del contrato, con el límite del 25 por 100 del precio de adjudicación.
b) Valor técnico de la oferta, de 0 a 20 puntos.
Estudio técnico de la obra y planificación de la misma, incidiendo en la problemática de ejecución e indicando las medidas previstas para su resolución (tráfico y viales, construcciones próximas, zanjas, seguridad, puesta en marchas y pruebas de las instalaciones).
Se deberá incluir expresamente las medidas previstas para mitigar las molestias a las personas usuarias
Así mismo se deberá informar acerca de la organización de todo el proceso de ejecución y asignación de recursos de personal cualificado con expresión de su titulación, experiencia y dedicación que vaya a realizar la obra. Se valorará especialmente la designación de Jefe de obra, Encargado de obra, Oficiales, especialistas, etc. Se incluirá currículum profesional del personal asignado, Materiales y maquinaria que se destinarán a la obra, valorándose en función de la documentación presentada.
c) Criterios sociales: Hasta 10 puntos.
Se valorará con hasta 10 puntos a los licitadores que se comprometan a subcontratar un porcentaje del precio de adjudicación del contrato a través de Centros de Inserción Sociolaboral y/o Centros Especiales de Empleo. Se asignarán 2,5 puntos al licitante que ofrezca la subcontratación en, al menos, un 5 por 100 del precio de adjudicación; 5 puntos al licitante que ofrezca subcontratación por, al menos, un 10 por 100 del precio de adjudicación; y 10 puntos al licitante que ofrezca subcontratar, al menos, un 15 por 100 del precio de adjudicación. No se efectuará prorrateo de porcentajes superiores o inferiores a los aquí indicados
En este apartado los licitantes formularán su oferta en términos porcentuales, evitando en todo momento la cuantificación exacta de las cantidades a subcontratar.
d) . Plazo de garantía (de 0 a 5 ptos).
Se valorará de acuerdo a: Cuatro años 1 punto Cinco años: 2 puntos Seis años: 3 puntos
Siete años: 4 puntos Ocho años: 5 puntos
El aumento del plazo de garantía conllevará la retención del aval definitivo durante la totalidad del periodo ofertado
d) Criterios de igualdad de género. Hasta 5 puntos.
Se valorará con 5 puntos la incorporación por parte de las empresas concurrentes del compromiso de realización de al menos 8,00 horas de acciones de sensibilización y formación a la plantilla que ejecutará el contrato acerca de los derechos en materia de igualdad y de conciliación reconocidos en la normativa vigente y convenio correspondiente.
12.- APORTACION DE LA DOCUMENTACION PARA ACREDITAR LA CAPACIDAD Y LA SOLVENCIA POR EL ADJUDICATARIO
En el plazo máximo de 7 días naturales desde la comunicación por parte de la Mesa de Contratación a la persona física o jurídica que vaya a ser propuesta como adjudicataria, presentará la siguiente documentación:
1. Documento o documentos que acrediten la personalidad dla licitadora y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes en:
1.1.- Documento Nacional de Identidad (o documento que lo sustituya reglamentariamente) en el caso de personas físicas o empresarios individuales. 1.2.- Si la licitadora es persona jurídica, escritura de constitución o de modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos
o acto fundacional en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
En el caso de sociedades mercantiles, cooperativas y sociedades laborales que se encuentren inscritas en el Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, regulado por el Decreto Xxxxx 236/2007, de 5 de noviembre, la aportación de la copia del certificado de inscripción en dicho Registro obtenida electrónicamente a través de Internet, junto con una declaración responsable de su vigencia, eximirá al licitador de aportar la documentación relativa a su personalidad y representación.
1.3.- Cuando la oferta se presente por licitadores que participen conjuntamente, cada uno de ellos acreditará su personalidad y capacidad de obrar, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben, la participación de cada uno de ellos y designar la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración. El citado documento deberá estar firmado por cada uno de los licitadores agrupados o por sus respectivos representantes.
La responsabilidad será siempre solidaria, e indivisible el conjunto de obligaciones dimanantes del contrato.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán poder bastante al efecto. Igualmente, el representante aportará el Documento Nacional de Identidad o el que reglamentariamente le sustituya.
Número de Identificación Fiscal de la entidad. Si la oferta se presenta por empresarios que participen conjuntamente, el N.I.F. será aportado por cada una de las entidades reunidas.
Declaración responsable dla licitadora en la que haga constar que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones de seguridad, salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales impuestas por las disposiciones
vigentes.
En el caso de ofertas presentadas por uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto o por licitadores que participen conjuntamente, cada uno de los integrantes de la agrupación deberá presentar la declaración señalada.
Certificados positivos expedidos por las Haciendas que correspondan (Hacienda Xxxxx xx Xxxxxxx y/o Hacienda Estatal y/o Haciendas Forales) y por la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativos, respectivamente, de que la licitadora se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
En el caso de ofertas presentadas por uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto o por licitadores que participen conjuntamente, cada uno de los integrantes de la agrupación deberá presentar los certificados señalados.
Si la licitadora ha ofertado subcontratar con Centros Especiales de Empleo o Centros de Inserción Social parte de las prestaciones objeto del contrato, deberá aportar una relación exhaustiva de los subcontratistas y un documento original que demuestre la existencia de un compromiso formal con tales empresas especificando la parte del contrato que va a ser objeto de subcontratación con cada empresa.
Documentación acreditativa de tener contratado un seguro de Responsabilidad Civil, que cubra todos los riesgos derivados del proceso de construcción, en el que figuren como asegurados la adjudicataria, los subcontratistas, la Administración de la Comunidad Xxxxx y su personal, así como aquellas otras personas que intervengan en la ejecución de las obras, con un límite mínimo de indemnización por valor igual al presupuesto de licitación.
Documentación acreditativa de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas a fecha de la formalización del contrato.
Documentación acreditativa de la solvencia económica y técnica y profesional
exigida en el presente pliego.
La falta de aportación de la documentación en dicho plazo supondrá la exclusión dla licitadora del procedimiento, con el abono por parte de éste de una penalidad equivalente al 5% del importe estimado del contrato e indemnización complementaria de daños y perjuicios en todo lo que exceda dicho porcentaje.
13.- PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
La Mesa de Contratación una vez que haya comprobado que la documentación presentada es correcta, elevará al órgano de contratación una propuesta de adjudicación a favor dla licitadora, que en su conjunto, haya presentado la oferta más ventajosa. La propuesta señalará las puntuaciones que en aplicación de los criterios de adjudicación se realicen de cada proposición admitida.
14.- ADJUDICACIÓN
El órgano de contratación en el plazo máximo de un mes a partir del acto de apertura pública del precio ofertado, dictará resolución motivada adjudicando el contrato a la oferta más ventajosa o declarando desierta la adjudicación por motivos de interés público.
La eficacia del acto de adjudicación quedará suspendida durante el plazo de 10 días naturales contados desde la fecha de remisión de la notificación de la adjudicación.
15.- GARANTIAS
Con carácter previo a la formalización del contrato, el adjudicatario, depositará a favor del el 4% del precio de adjudicación (IVA excluido), en metálico o con aval bancario quedando retenido en concepto de garantía, según lo establecido en el artículo 70 LFCP.
La garantía señalada responderá de la buena ejecución del contrato y no será cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
16.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se formalizará en documentación administrativa, en el plazo máximo de 15 días naturales contados desde la finalización del plazo de suspensión de 10 días naturales dispuesto en el artículo 101-2-a) LFCP.
Si el contrato no se formalizase en plazo por causas imputables al contratista, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato, previa audiencia del interesado, con abono por parte de éste de una penalidad equivalente al 5% del importe estimado del contrato e indemnización complementaria de daños y perjuicios en todo lo que exceda dicho porcentaje, o bien conceder un nuevo plazo improrrogable.
17.- INFORMACION DE OBRA
La señalización de las obras deberán cumplir lo dispuesto en la ordenanza municipal reguladora del uso y fomento del euskera de Villava-Atarrabia, y en particular, deberán expresarse tanto en euskera como en castellano.
18.- PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.
Una vez vencido el plazo xx xxxx días de suspensión y antes de la formalización del contrato, la adjudicataria presentará el plan de seguridad y salud en el trabajo, que será aprobado por el órgano de contratación.
19.- INICIO DE OBRA Y COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO
Las obras se iniciarán al día siguiente de la comprobación del replanteo.
La comprobación del replanteo se realizará una vez transcurrido el plazo de suspensión establecido en la LFCP, pudiendo realizarse antes de la formalización del contrato, siempre previa constitución de las garantías correspondientes.
Dicha comprobación del replanteo se realizará entre los servicios técnicos de la Administración y la adjudicataria, y el resultado se formalizará en un acta.
20.- PAGO DEL PRECIO Y EXPEDICIÓN DE CERTIFICACIONES .
La adjudicataria tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos establecidos en los artículos 152 y siguientes de la LFCP, y en el presente Pliego.
La Administración expedirá mensualmente, en los diez días siguientes del periodo que corresponda, las certificaciones de obra que correspondan a la obra ejecutada, según el procedimiento establecido en el artículo 168 LFCP. Los abonos de estas certificaciones tienen el concepto de pagos a cuenta, a expensas del resultado de la certificación final.
La adjudicataria tendrá también derecho a percibir abonos a cuenta sobre su importe por las operaciones preparatorias realizadas como instalaciones y acopio de materiales o equipos de maquinaria pesada adscritos a la obra, debiendo asegurar los referidos pagos mediante la prestación de garantía que determine el Ayuntamiento.
21.- REVISION DE PRECIOS.
Según lo establecido en el artículo 109 LFCP, la adjudicataria no tendrá derecho a revisión de precios, al tratarse de una obra de duración inferior a un año.
22.- IMPUESTOS, SEGUROS Y GASTOS.
Serán de cuenta la adjudicataria todos los gastos y sanciones que se originen con motivo de la ejecución del contrato, tales como impuestos, arbitrios municipales y acometidas de tuberías y cables o cualquier otro que se establezca o se halle establecido, así como todas las obligaciones sociales y de prevención de riesgos laborales.
A todos los efectos, se entenderá que las ofertas comprenderán no sólo el precio de la contrata sino también el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) que en su caso deba de ser abonado por la adjudicataria
Será también de cuenta de la adjudicataria la realización de todos los trámites necesarios para la obtención de permisos y licencias de acometidas y voladuras y puesta en marcha de las instalaciones, así como el abono de los tributos, derechos, tasas y arbitrios derivados de los mismos, y cualesquiera otros conceptos exigidos por la correcta ejecución de las obras y la puesta en marcha de las instalaciones dejando las mismas en óptimas condiciones, finalizando los trabajos y cumplimentado la documentación necesaria para que los suministros sean contratables.
Serán de cuenta de la adjudicataria los gastos originados por la realización de acometidas de servicios generales destinados a la ejecución de la obra (agua, corriente eléctrica, etc.), así como la limpieza completa del edificio (cristales, aseos, sanitarios, pavimentos, zócalos, polvo...) de tal forma que quede en condiciones de utilización inmediata por las personas usuarias.
La adjudicataria está obligada a la reparación de los desperfectos originados por la ejecución de la obra, tales como deterioro de pavimentos por el paso de vehículos, rotura de ornamentaciones, deterioro de señalizaciones, urbanización jardines, etc.
23.- CONDICIONES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
23.1.- La ejecución de las obras objeto de este contrato se realizará con sujeción a lo dispuesto en el proyecto de ejecución en su conjunto (memoria, planos y esquemas, pliego de condiciones técnicas, presupuesto y estudio de seguridad y salud), así como a lo dispuesto en este pliego regulador, el pliego de prescripciones técnicas particulares que lo acompaña y la oferta de la adjudicataria.
De manera particular, se tendrá en cuenta el plan de ejecución de la obra que forme parte de la oferta del adjudicatario. El jefe de obra, el encargado de la obra y la dirección técnica y facultativa de la misma llevarán a cabo las reuniones de información y coordinación que sean necesarias para llevar a efecto dicho plan. De tales reuniones y de las decisiones y medidas adoptadas en las mismas se dará cuenta detallada al técnico municipal encargado de la relación con el adjudicatario. El técnico municipal encargado de la relación del Ayuntamiento con el adjudicatario y dirección de obra a estos efectos será el ingeniero asesor municipal Sr. Xxxx Xxxxxx, redactor del proyecto,
La alteración de aspectos sustanciales de dicho plan de obra deberá dar lugar a un informe por parte la adjudicataria en el que se detallen los siguientes extremos:
1º.- Causas de la modificación.
2º.- Aspectos del plan de obras a modificar. 3º.- Nuevas medidas a adoptar.
4º.- Incidencia que la modificación pueda tener tanto en el desarrollo de la obra, como en el plazo de duración del contrato y el coste económico del mismo.
23.2.- El personal que utilice la entidad adjudicataria en la ejecución del presente contrato no adquirirá relación laboral alguna con el Ayuntamiento xx Xxxxxxx-Atarrabia, por entenderse que el mismo depende única y exclusivamente de la adjudicataria.
En consecuencia, la entidad adjudicataria deberá cumplir en relación con su personal las obligaciones en materia Laboral, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la adjudicataria, o la infracción de las disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico por ella designado, no implicarán responsabilidad alguna para el Ayuntamiento xx Xxxxxxx-Atarrabia.
23.3.- Al amparo de lo dispuesto en el artículo 66 LFCP, se establecen como condiciones de carácter específicamente social las siguientes:
1ª.- El contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio colectivo sectorial del ámbito más inferior existente en el sector en el que se encuadre la actividad de la empresa contratista.
2ª.- La oferta económica deberá ser adecuada para que el adjudicatario haga frente al coste derivado de la aplicación del convenio sectorial que corresponda, sin que en ningún caso los precios/hora de los salarios
contemplados puedan ser inferiores a los precios/hora del convenio más los costes de Seguridad Social.
El cumplimiento de las condiciones 1ª y 2ª de carácter social deberá ser justificado a requerimiento del Ayuntamiento. En caso de incumplimiento por parte la adjudicataria, el órgano de contratación podrá optar por:
a) Resolver el contrato e inhabilitar al contratista para contratar con las entidades sometidas a la presente ley xxxxx por un periodo de 5 años.
b) Continuar con la ejecución del contrato por el mismo contratista con la imposición de una penalidad del 35 por ciento del precio del contrato.
En el supuesto de que opte por la resolución del contrato, la Administración correspondiente podrá adjudicar lo que reste del contrato a la empresa que en la licitación quedó en segundo lugar, y, en caso de renuncia de esta, a quienes la siguieron en el orden de clasificación.
3ª.- Igualdad entre mujeres y hombres. En esta materia deberán guardarse las siguientes condiciones:
-Si la empresa contratista cuenta con más de 250 personas trabajadoras deberá acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan de Igualdad previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
-En toda la documentación, publicidad, imagen o material que se genere con motivo de la ejecución del contrato, la empresa o entidad adjudicataria deberá emplear un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.
4ª.- Discapacidad.- Si la empresa contratista cuenta con 50 o más personas trabajadoras en el total de su plantilla, deberá acreditar que está compuesta al menos por un 2% de personas con discapacidad igual o superior al 33%.
5ª.- Contratación de trabajadores con dificultades de acceso al mercado laboral.- Se establece como condición especial de ejecución de carácter social en materia de promoción de empleo la obligación por parte del adjudicatario de contratar a trabajadores con dificultades de acceso al mercado laboral.
Dicho compromiso supondrá la necesidad de que dichas personas constituyan, al menos el 20 por 100 de las nuevas contrataciones que resulten necesarias para la ejecución del contrato, cumpliendo dicho requisito una de las dos primeras que sea necesario contratar. Y a partir de la tercera, una de cada cinco nuevas contrataciones.
El porcentaje señalado se considerará sobre el número total de horas de trabajo anuales de todas las personas trabajadoras que vayan a emplearse en la ejecución del contrato.
La contratación deberá gestionarse a través del Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx.
El cumplimiento de las presentes condiciones 3ª, 4ª y 5ª de carácter social deberá ser justificado a requerimiento del Ayuntamiento. En caso de ausencia de justificación, o una vez comprobado que no se ha dado cumplimiento cabal y exacto de las mismas, el órgano de contratación podrá optar por:
a) Resolver el contrato por incumplimiento culpable la adjudicataria con inhabilitación para licitar durante el plazo de dos años en cualquier procedimiento de licitación convocado al amparo de esta ley xxxxx.
b) Continuar la ejecución del contrato con la imposición de una penalidad equivalente al 20 por ciento del precio del contrato.
24.- JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE COMPROMISOS Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN.
24.1.- Cumplimiento de compromisos.
El Ayuntamiento podrá recabar del adjudicatario cuanta documentación y datos considere convenientes para comprobar el cumplimiento de los compromisos formulados en su oferta. Podrá igualmente realizar actuaciones de inspección a los mismos efectos.
Para la comprobación del compromiso de subcontratación con centros de inserción y especiales de empleo el adjudicatario deberá justificar documentalmente ante el Ayuntamiento la condición tales centros. Se aportará con la oferta una relación exhaustiva de los subcontratistas y un documento original que demuestre la existencia de un compromiso formal con las empresas a subcontratar. Deberá igualmente aportarse el documento contractual suscrito con tales centros, en el que se especificarán de forma expresa las partidas correspondientes del proyecto que son objeto de subcontratación. Una vez efectuados los trabajos subcontratados, deberán aportarse las facturas emitidas por dichos centros.
Para la justificación del cumplimiento de los aspectos medioambientales de la oferta se presentarán albaranes de entrega de mercancías reciclables a los gestores autorizados, sin perjuicio de las comprobaciones que pueda llevar a cabo el Ayuntamiento a pie de obra o en el lugar en el que se lleven a cabo los procesos de preparación o reciclado o tratamiento de residuos.
El compromiso de impartición de, al menos, 8,00 horas de acciones de sensibilización y formación a la plantilla que ejecute el contrato sobre los derechos en materia de igualdad y conciliación, se justificará mediante
declaración responsable de la empresa en tal sentido. En dicha declaración se hará mención expresa del número de asistentes a las acciones, así como a las circunstancias de tiempo y lugar y personal que las haya impartido.
Una vez finalizadas las actuaciones presentadas en la declaración responsable sobre los criterios de adjudicación sociales en materia de igualdad y antes de realizar la última certificación de la obra, la empresa adjudicataria deberá remitir a la unidad gestora documento acreditativo sobre las actuaciones desarrolladas, que deberá incluir memoria descriptiva de dichas actuaciones, la relación del personal participante acreditado mediante las correspondientes firmas y relación de la persona o equipo responsable de su ejecución, acreditado mediante la(s) correspondiente(s) firma(s).
24.2.- Cumplimiento de condiciones de ejecución.
Cuando la empresa adjudicataria cuente con más de 250 personas trabajadoras, en un plazo de 10 días hábiles tras la firma del contrato, deberá remitir a la unidad gestora documento certificativo del número de personas que compone la plantilla de la empresa, y deberá además remitir documentación acreditativa del diseño y aplicación efectiva del Plan de Igualdad previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
En toda la documentación que se genere como consecuencia de la ejecución del contrato, la empresa adjudicataria deberá utilizar un lenguaje no sexista en la documentación y materiales, así como emplear una imagen con valores de igualdad entre mujeres y hombres, roles de género no estereotipados y corresponsabilidad en los cuidados.
Para garantizar un uso no sexista del lenguaje la empresa adjudicataria deberá contar con el visto bueno de la unidad gestora, antes de realizar la difusión de la documentación, publicidad, imagen o material que se haya generado durante la ejecución del contrato para su difusión externa. Para ello la adjudicataria facilitará copias o fotografías de lo señalado anteriormente.
En caso de que la entidad adjudicataria haya presentado declaración responsable sobre los criterios de adjudicación sociales en materia de igualdad y haya recibido puntuación por ella, deberá informar por escrito al personal afectado, antes del inicio de la ejecución del contrato, de las actuaciones a desarrollar. En el plazo de 10 días hábiles tras la firma del contrato, deberá remitir a la unidad gestora documento acreditativo de dicha comunicación.
La empresa contratista que cuente con 50 ó más personas trabajadoras en el total de su plantilla, deberá acreditar documentalmente, en el plazo xx xxxx días desde la notificación de la adjudicación, que da cumplimiento del artículo 42 “Cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad”, establecida por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de
derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
La contratación de trabajadores con dificultades de acceso al mercado laboral se justificará mediante la presentación de contratos laborales y documentos TC1 de liquidación a la Seguridad Social en tanto dure la ejecución de las obras.
25. CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS.
La adjudicataria está obligada a cumplir el contrato dentro del plazo ofertado para la realización del mismo.
Cuando por causas imputables al contratista el plazo hubiera quedado incumplido, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato o exigir su cumplimiento otorgando una prórroga con la imposición de las penalidades que se establecen en el artículo 147 LFCP.
Además de las penalidades recogidas en la Ley Xxxxx de Contratos Públicos, la adjudicataria asumirá todos los gastos ocasionados por incumplimiento del plazo del contrato en concepto de indemnización por los perjuicios ocasionados.
El adjudicatario de la obra deberá comunicar tanto a la dirección de obra como al Ayuntamiento xx Xxxxxxx-Atarrabia cualquier circunstancia prevista o sobrevenida que pudiera incidir en la ampliación del plazo de la obra. Tales circunstancias y, en su caso, la correspondiente solicitud de ampliación del plazo, deberán ponerse en conocimiento del Ayuntamiento y de la dirección de las obras con la mayor rapidez posible desde su producción, a fin de que el órgano competente pueda adoptar la decisión que considere más fundada.
26.-ASISTENCIA A LA ADMISNTRACIÓN.
Dentro de las obligaciones que contrae la contratista, el mismo deberá prestar durante al menos un año, a contar desde la entrega de la obra un servicio de mantenimiento de la caldera e instalaciones ejecutadas.
Así mismo la contratista inmediatamente antes de la entrega de la obra deberá realizar un cursillo de formaciónpor el tiempo necesario u de al menos de 2 horas de duración para el manejo de las instalaciones y equipos al personal que designe el ayuntamiento impartidos por personal designado por el adjudicatario que cuente con formación y titulación suficiente a criterio del ayuntamiento.
Así mismo hará entrega de los manuales de funcionamiento de las instalaciones redactados en castellano.
27.- LEGISLACIÓN VIGENTE.
La ejecución de las obras objeto de este contrato está sometida a lo dispuesto en la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx de Contratos Públicos, la Ley 38/1999 de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, y la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción, así como las disposiciones legales que las desarrollan.
La adjudicataria estará obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, subcontratación, de seguridad social y de seguridad y salud en el trabajo, según se describe en el proyecto de seguridad que se adjunta.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte la adjudicataria o la infracción de las disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él no implicará responsabilidad alguna para el Ayuntamiento xx Xxxxxxx-Atarrabia
La adjudicataria deberá velar por el cumplimiento de las disposiciones vigentes sobre seguridad e higiene en el trabajo y designará el personal técnico de seguridad que asume las obligaciones correspondientes a cada centro de trabajo.
Los licitadores aceptan dar transparencia institucional a todos los datos derivados de los procesos de licitación, adjudicación y ejecución hasta su finalización.
28.- MODIFICACIONES DE CONTRATO.
Las posibles modificaciones del contrato se regirán por lo establecido en los artículos 114, 115, 143 y 144 LFCP.
29.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DEL CONTRATO.
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero de acuerdo con lo establecido en el artículo 108 LFCP.
En el supuesto contemplado en la letra a) del apartado 1 del mencionado artículo 108, la cesión deberá cumplir, además, los siguientes requisitos:
Que el órgano de contratación autorice previamente y de modo expreso la cesión.
Que el cedente tenga ejecutado al menos un 20 por 100 del importe del contrato.
Que el cesionario tenga capacidad para contratar con la Administración y disponga, al menos, de igual solvencia económica y financiera, técnica o profesional que el cedente así como no estar incurso en causa de prohibición para contratar.
Formalización de la cesión entre la adjudicataria y el cesionario. Formalización del contrato entre la Administración y el cesionario.
En cualquier caso el cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones del cedente desde la adjudicación del contrato.
La subcontratación del contrato se realizará, en su caso, de acuerdo a lo establecido en la LFCP,
30.- RECEPCIÓN, LIQUIDACIÓN FINAL Y PLAZO DE GARANTÍA.
Dentro de los 15 días siguientes a la fecha de finalización de las obras, tendrá lugar la recepción de las mismas según lo dispuesto en el artículo 172 LFCP La liquidación final de las obras se realizará pasado el plazo de garantía, según la forma establecida en el artículo 172 LFCP.
31.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Las causas de resolución de los contratos serán las generales señaladas en el artículo 160 LFCP, además de las específicas del artículo 175 y 203.
32.- RECURSOS Y RECLAMACIONES.
La presente contratación es de naturaleza administrativa, por lo que cuantas incidencias se deriven del cumplimiento de las obligaciones y de la interpretación de estas disposiciones, serán resueltas en primer término por el órgano de contratación, contra cuyas resoluciones podrán interponerse, en el plazo de un mes, recurso de reposición ante el propio Ayuntamiento, de alzada ante el Tribunal Administrativo xx Xxxxxxx, y contencioso- administrativo ante la jurisdicción de dicho orden en el plazo de dos meses.
Sin perjuicio de lo anterior, los actos de trámite o definitivos dictados en la presente licitación podrán ser objeto de reclamación ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la ley Xxxxx de Contratos Públicos, para lo que es requisito imprescindible que los licitadores faciliten un correo electrónico para la realización de notificaciones a través de medios telemáticos.
33.- PLAZO DE EJECUCIÓN.
El plazo de ejecución de la totalidad de las obras es de TRES MESES
, contados a partir de la firma del acta de replanteo que deberá efectuarse dentro de los 30 días naturales siguientes a la firma del contrato.
Si la adjudicataria no termine los trabajos en los plazos establecidos en el presente pliego, o en el ofertado si fuere inferior, se le impondrá una penalidad diaria en la proporción de 0,40 euros por cada 1.000 euros del importe de adjudicación según el artículo 147 de la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos
34.- PENALIDADES.
34.1.- Aplicación de penalidades.
Si la adjudicataria no cumple con algunas de las condiciones y requisitos señalados en el presente Pliego o en la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos, el Ayuntamiento, previa audiencia del interesado, podrá imponer las penalidades que se señalan en los apartados siguientes, de acuerdo con las diferentes causas que los hayan motivado.
34.2.- Actuaciones constitutivas de imposición de penalidades.
A efectos contractuales se considerará actuación constitutiva de imposición de penalidad (incumplimiento) toda acción u omisión la adjudicataria que suponga un quebranto de las exigencias especificadas en el Pliego o en la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
Se clasificará tal actuación (incumplimiento) atendiendo a su trascendencia, proporcionalidad e intencionalidad en: leve, grave o muy grave, de acuerdo con los siguientes criterios:
- Leve: Se considerarán leves, aquellas que afectando desfavorablemente al funcionamiento y eficiencia del contrato, no sean debidas a actuación realizada maliciosamente, ni lleven unido peligros a personas, animales o cosas, ni reduzca la vida económica de los trabajos realizados, ni causen molestias a las personas usuarias. Entre otras serán las siguientes:
La falta de detección del estado deficiente de los elementos constructivos y/o instalaciones afectadas.
El incumplimiento de las visitas periódicas con los Técnicos.
Incumplimiento de las órdenes recibidas por parte de la unidad gestora del contrato en las cuestiones relativas a la ejecución del mismo
Incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales incluidos en la oferta.
La inobservancia de la mecánica operativa inicial y normal en los trabajos.
La mala calidad en la realización de los trabajos y los remates siempre que no afecten a la seguridad de las personas y las cosas.
El retraso o interrupción de los trabajos, siempre que sea imputable al adjudicatario, por un tiempo superior al especificado.
Originar molestias innecesarias a las personas usuarias.
La no retirada inmediata de escombros o materiales sobrantes una vez acabada la obra.
- Grave: Son clasificadas como graves aquellas que como consecuencia de realización deficiente de las inspecciones o de los distintos trabajos exigidos o de las prestaciones y exigencias contractuales, puedan influir negativamente en la vida económica de los trabajos realizados o causar molestias y peligros a las personas usuarias, o causen un grave perjuicio al control o a la inspección municipal de los trabajos contratados.
La existencia de tres incumplimientos leves durante la ejecución del contrato. La reiteración de cualquier incumplimiento leve.
La falsedad en los informes.
La actitud deliberada de permitir el deterioro de un elemento o instalación. La inobservancia de medidas de seguridad y salud en los trabajos.
La no prestación de alguna de las operaciones o servicios contratados. La inclusión en la certificación, de trabajos no ejecutados.
La reiterada mala calidad de ejecución.
Incumplimiento parcial de la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato.
Incumplimiento de los criterios sociales y medioambientales presentados.
- Muy grave:
La existencia de tres incumplimientos graves durante la ejecución del contrato.
La reiteración de cualquier incumplimiento grave.
El incumplimiento de normativa en materia de igualdad entre hombres y mujeres
El fraude económico al Ayuntamiento, mediante certificación o facturas no acordes con la realidad, o a través de cualquier medio, sin que sea necesaria la existencia de dolo.
Actuaciones o dictámenes maliciosos o engañosos.
Presentación a la documentación de la convocatoria informes falsos relacionados con los criterios sociales o medioambientales de adjudicación o ejecución.
Infracción de las condiciones establecidas para la subcontratación. El abandono de la obra.
La clasificación de los distintos tipos de actuaciones será efectuada por el Ayuntamiento de acuerdo con el espíritu y clasificación anteriormente expuesta.
El incumplimiento de las obligaciones contractuales por parte la adjudicataria, dará lugar a la incoación del oportuno expediente, en el que se dará audiencia al mismo con carácter previo a su resolución por el Órgano de Contratación, pudiéndose imponer las penalizaciones que a continuación se determinan, que serán deducidas de la siguiente certificación que se expida en la ejecución del contrato.
34.3.- Cuantía de las penalidades.
Incumplimientos leves, desde el 0,5% hasta el 1% del importe de adjudicación.
Incumplimientos graves, desde el 1% hasta el 5% del importe de adjudicación.
Incumplimientos muy graves, desde el 5% hasta el 10% del importe de adjudicación. Esta penalidad será desde el 10% al 20% del importe del contrato y llevará aparejada prohibición de contratar durante cinco años en caso de incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato previstas en el artículo 66 xx Xxx Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx de Contratos Públicos.
ANEXO I
MODELO DE IDENTIFICACIÓN DE LICITADOR O LICITADORES Y DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES
Don
DNI/NIF con domicilio a efectos de notificación en
C.P ,localidad
, teléfonos , en nombre propio o en representación de (táchese lo que no proceda) la sociedad
CIF EXPONE:
Que la dirección de correo electrónico a efectos de notificaciones es la siguiente:
Cuando la oferta se presente por licitadores que participen conjuntamente, señalar lo que proceda en cada caso:
- Se presentan en uniones de empresarios constituidos temporalmente al efecto.
- Se presentan en participación conjunta. En este caso, indicar la participación de cada uno de ellos.
Nombre de la Empresa Participación Nombre de la Empresa Participación
En , a de
de 2018.
(Lugar, fecha y firma de la entidad licitadora).
ANEXO II
MODELO DE DECLARACIÓN DE CUMPLIMIENTO CONDICIONES PARA CONTRATAR Y DE NO ESTAR INCURSO EN CAUSA DE PROHIBICIÓN DE CONTRATAR
Don DNI/NIF
con a efectos de notificación en C. P
domicilio , teléfonos , en nombre de………………………
CIF……………………………….
Manifesta que desea participar en el procedimiento ordianrio abiero para la ejecucón de las OBRAS DE REFORMA DE LAS INSTALACIONES CENTRALIZADAS DE CALEFACCION Y PRODUCCIÓN DE A.C.S. CON CAMBIO DE COMBUSTIBLE A GAS NATURAL EN LA ESCUELA INFANTIL AMALUR DE VILLAVA-ATARRABIA (NAVARRA) .
Declara bajo su responsabilidad que :
a) Reúne los requisitos de capacidad jurídica y de obrar y, en su caso, que el firmante ostenta la debida representación.
b) Reúne los requisitos exigidos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
c) No está incurso en causa de prohibición de contratar. manifestando hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
d) Reúne el resto de requisitos legales para la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, así como aquellos otros establecidos en los pliegos de contratación.
e) Se somete a la jurisdicción de los juzgados y tribunales xx Xxxxxxxx de cualquier orden, para todas las incidencias con renuncia, al fuero jurisdiccional que pudiera corresponderle, en el caso de empresas extranjeras.
f) Cuenta con el compromiso por escrito de otras entidades respecto de la adscripción de sus medios o la disposición de sus recursos, en su caso.
g) Que empleo a: (márquese con una X el renglón que corresponda). Menos de 50 trabajadores y trabajadoras.
50 ó más trabajadores y trabajadoras.
h) Cumplo con la obligación de que, entre ellas/os, al menos el 2% sean personas con discapacidad, establecida por la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de integración social de minusválidos/as.
i) Se compromete, para el caso de resultar adjudicatario y antes de la firma del contrato, a suscribir y presentar ante el órgano de contratación del concurso, las pólizas de seguros legalmente exigibles para la adecuada y suficiente cobertura de los riesgos propios de este contrato.
En ……………………………., a de de 2018.
( Lugar, fecha y firma de la entidad licitadora).
ANEXO III ( Sobre 3)
“ CONTRATACIÓN OBRA DE REFORMA DE LAS INSTALACIONES CENTRALIZADAS DE CALEFACCION Y PRODUCCIÓN DE A.C.S. CON CAMBIO DE COMBUSTIBLE A GAS NATURAL EN LA ESCUELA INFANTIL AMALUR DE VILLAVA-ATARRABIA (NAVARRA) .”
D./Dña....................................................................., con D.N.I. nº ,
con domicilio
en ,
C.P ,
localidad………................................., teléfono ,
telefax ,
en nombre propio o en representación de (según xxxxxxx), ,
con N.I.F …………………. y domicilio en
………………........................................, Y CORREO ELECTRÓNICO A EFECTOS DE
NOTIFICACIONES…………………………………………………………
……………
enterado del procedimiento tramitado para adjudicar el contrato de obras de: “REFORMA DE LAS INSTALACIONES CENTRALIZADAS DE CALEFACCION Y PRODUCCIÓN DE A.C.S. CON CAMBIO DE COMBUSTIBLE A GAS NATURAL EN LA ESCUELA INFANTIL AMALUR DE VILLAVA-ATARRABIA (NAVARRA) .
DECLARO:
Que conozco y acepto el Pliego Regulador y el Pliego de Prescripciones Técnico que han de regir el contrato señalado.
Que me comprometo / Que la entidad por mi representada se compromete (según proceda) al cumplimiento del contrato por el precio de…………………………………………………………………………….
Euros (……………………..……,,,€,)(señalar el importe en letra y en número) IVA excluido.
PRESUPUESTO MÁXIMO DE EJECUCIÓN POR CONTRATA 56,995,12 euros €, (IVA EXCLUIDO)
Serán desestimadas las ofertas económicas que superen este presupuesto de licitación.
En ……………………………., a de de 2018.
Lugar, fecha y firma de la entidad licitadora).
ANEXO IV (sobre 3)
“ CONTRATACIÓN OBRA DE REFORMA DE LAS INSTALACIONES CENTRALIZADAS DE CALEFACCION Y PRODUCCIÓN DE A.C.S. CON CAMBIO DE COMBUSTIBLE A GAS NATURAL EN LA ESCUELA INFANTIL AMALUR DE VILLAVA-ATARRABIA (NAVARRA) .”
D./Dña....................................................................., con D.N.I. nº ,
con domicilio
en ,
C.P ,
localidad………................................., teléfono ,
telefax ,
en nombre propio o en representación de (según xxxxxxx), ,
con N.I.F …………………. y domicilio en
………………........................................, Y CORREO ELECTRÓNICO A EFECTOS DE
NOTIFICACIONES…………………………………………………………
……………
enterado del procedimiento tramitado para adjudicar el contrato de obras de: “REFORMA DE LAS INSTALACIONES CENTRALIZADAS DE CALEFACCION Y PRODUCCIÓN DE A.C.S. CON CAMBIO DE COMBUSTIBLE A GAS NATURAL EN LA ESCUELA INFANTIL AMALUR DE VILLAVA-ATARRABIA (NAVARRA) .
DECLARO:
Que conozco y acepto el Pliego Regulador y el Pliego de Prescripciones Técnico que han de regir el contrato señalado.
Que me comprometo / Que la entidad por mi representada se compromete (según proceda) al cumplimiento del contrato OFRECIENDO UN PLAZO DE GARANTIA ADICIONAL DE LA CALDERA EQUIPOS E INSTALACIONES EJECUTADAS EN LA ESCUELA INFANTIL DE
…………………AÑO (S).
En ……………………………., a de de 2018.
Lugar, fecha y firma de la entidad licitadora).