Contract
TITULO: BASES DEL CONCURSO DE PROYECTOS PARA CONTRATAR LA REDACCIÓN DE LOS PROYECTOS DE OBRA, INSTALACIONES Y ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD CORRESPONDIENTE A LAS OBRAS DE REHABILITACIÓN DE LAS SECCIONES CUARTA IZQUIERDA Y SÉPTIMA DERECHA DEL CEMENTERIO GENERAL DE VALÈNCIA.
INDICE
I.- DISPOSICIONES GENERALES 1.- OBJETO DEL CONTRATO.
2.- ORGANO DE CONTRATACIÓN.
3.- RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN.
4.- PARTICIPANTES EN EL CONCURSO.
5.- PREMIOS.
6.- EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO.
7.- CONTRATACIÓN POSTERIOR DEL PROYECTO Y DIRECCIÓN DE OBRAS.
II.- FASE DE SELECCIÓN DE LOS GANADORES. 8.- FASE DEL CONCURSO Y PLAZO.
9.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS CONCURSANTES.
10.-ANONIMATO DE LAS PROPUESTAS.
11.- XXX XXXXXX.
12.- VALORACIÓN DE LAS PROPUESTAS. III.- CONDICIONES DE CONTRATACIÓN.
13.- ADJUDICACIÓN DE LOS PREMIOS.
14.- DOCUMENTACIÓN DE ESTAR AL CORRIENTE EN LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL.
15.- DERECHO DE INFORMACIÓN DE LOS CONCURSANTES.
16.- DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL.
17.- CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS.
18.- EXPOSICIÓN Y PUBLICACIÓN.
19.- ABONO DE LOS PREMIOS.
20.- DISPOSICIÓN FINAL.
ANEXO 1.- DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN DE CONCURSANTES
ANEXO 2.- DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA PARTICIPAR EN EL “CONCURSO DE PROYECTOS CON REDACCIÓN DE PROYECTO BÁSICO PARA LAS OBRAS DE REHABILITACIÓN DE LAS SECCIONES CUARTA IZQUIERDA Y SÉPTIMA DERECHA DEL CEMENTERIO GENERAL DE VALÈNCIA” DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VALÈNCIA,
1.- OBJETO DEL CONTRATO.-
Es objeto de las presentes bases determinar las condiciones que regirán en el concurso de proyectos con intervención xx xxxxxx, con un proyecto básico de las obras, según la vigente Ley de Ordenación de la Edificación, Ley 38/1999, de 5 de noviembre, y Código Técnico de la Edificación, Real Decreto 314/2006, de 17 xx xxxxx, para la ejecución de distintas actuaciones de rehabilitación de los espacios físicos de la Sección 4ª izquierda (cementerio Civil) y Sección 7ª derecha. Los proyectos que se presenten contendrán un presupuesto final de contratación de las obras por un importe total de Ciento Diez Mil Euros (110.000 €), I.V.A. incluido.
Dicho objeto corresponde al código CPV: 71244200-6 Servicios de Arquitectura y Servicios anexos y 71315100-0 Servicio de consultoría en construcción de edificios. Asimismo, la Categoría del contrato se encuadra dentro de la número 12 “Servicios de arquitectura e ingeniería”, de conformidad al Anexo II del TRLCSP, Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector público.)
Así, la naturaleza y extensión de las necesidades que se pretenden satisfacer con el contrato que regulan las presentes bases, es redactar los proyectos para la ejecución de las obras de rehabilitación, tanto en lo que concierne al Cementerio Civil, Sección 4ª izquierda como en el ámbito físico de la Sección 7ª derecha del Cementerio General.
2.1).- En relación al CEMENTERIO CIVIL ESTADO ACTUAL
El antiguo Cementerio Civil fue inaugurado en agosto de 1892, siendo independiente en su origen del resto del Cementerio General de Valencia. Allí se inhumaron todo tipo de librepensadores, laicos y extranjeros. También se encuentran tumbas hebreas.
Después de la guerra civil este cementerio formó parte de una sección más del “General”, comunicándolo con otras secciones y abriéndose tres puertas más de acceso. Aquí se hallan enterrados personajes ilustres como Xxxxxx Xxxxxx y varios miembros de su familia, el periodista Azzati, el escritor Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxx, esposa de Xxxxx Xxxxxxxx…y familias como Xxxxxxxxx, Saludes, etc.
Llaman la atención las tumbas de difuntos hebreos y también aquellas que no disponen de lápida, simplemente tapadas por la hiedra que las cubre. (xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxxx-xxxxx-xxxxxxxxxx-xxxxxxx-xxxxxxxx/)
El cementerio civil cuenta con un paseo central arbolado, fundamentalmente compuesto por casuarinas, y una pradera lateral enmarcada por naranjos amargos.
PROPUESTA DE TRABAJO
Se plantea la intervención desde dos puntos de vista:
1.- Mejora estética y paisajística de la sección en general
2.- Realizar una propuesta de puesta en valor histórico de la fosa común existente (pradera)
En su consecuencia, las actuaciones planteadas deben ceñirse a estrictos criterios de sostenibilidad y bajo mantenimiento.
2.2.)- En relación a la SECCION 7ª DERECHA - ESTADO ACTUAL
La sección se estructura en un patio central, compuesto de cuatro cuadros con pradera, y de dos paseos arbolados Norte-sur y este-oeste que confluyen en una pequeña rotonda central con un monolito con el escudo heráldico del Ayuntamiento de València.
En la actualidad la pradera presenta un buen estado de conservación, así como los cipreses y melias existentes; sin embargo, se encuentran varias unidades de xxxxxx muy envejecidas, con severos problemas de cavidades que ponen en peligro su supervivencia a medio plazo.
Los cuadros cuentan con algunas lápidas, la mayoría deterioradas, y están delimitados por una acequia perimetral.
PROPUESTA DE TRABAJO
Se plantea la intervención desde dos puntos de vista:
1.- Mejora estética y paisajística de la sección, resolviendo problemas de accesibilidad 2.- Realizar una propuesta de puesta en valor histórico de las fosas comunes existentes (pradera de los cuadros) y del monolito.
En su consecuencia, las actuaciones planteadas deben ceñirse a criterios de sostenibilidad y bajo mantenimiento.
2.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.-
Por Delegación de atribuciones de la Junta de Gobierno Local, de fecha 3 de julio de
2.015 (Acuerdo Número 76, apartado primero, punto IX.1), corresponde a Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx (novena xxxxxxxx xx xxxxxxx coordinadora general del Área de Medio Ambiente y Cambio Climático, delegada de Cementerios), la facultad de actuar como órgano de contratación, incluso para la aprobación del gasto, en los contratos menores sujetos a la normativa contractual del sector público, en las materias de los Servicios y Dependencias municipales integrados en sus Delegaciones.
En el presente caso se trata de un concurso de proyectos con intervención xx xxxxxx para la posterior adjudicación de un contrato menor de redacción de proyectos de obra.
3.- RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN.-
La presente contratación tiene carácter administrativo, y se regirá en todo lo no previsto especialmente en las presentes bases y en el pliego de prescripciones técnicas (Anexo 3), por lo dispuesto en el Libro III, Título I, Capítulo I, Sección 6ª “normas especiales aplicables a los concursos de proyectos”, artículos 184 al 188, ambos inclusive, y artículo 323 en cuanto a los jurados del concurso del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en adelante TRLCSP, así como, a la legislación supletoria que le fuere de aplicación, igualmente en cuanto no se opongan al citado TRLCSP.
Asimismo, supletoriamente serán de aplicación las disposiciones reguladoras de la contratación de servicios.
El concurso de desarrollará con intervención xx Xxxxxx integrado por personas físicas independientes de los participantes, adoptando éste sus decisiones o dictámenes de manera imparcial, sobre la base de la documentación aportada por los interesados y el proyecto básico que le sea presentado de manera anónima y atendiendo únicamente a los criterios establecidos en las presentes bases.
La adjudicación del contrato al ganador del concurso de proyectos, se realizará mediante contrato menor de conformidad con lo establecido en el artículo 111 y 138.3 del citado texto legal.
Las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados de lo Contencioso- Administrativo de la Ciudad de Valencia, para resolver los litigios que puedan originarse con motivo del cumplimiento del presente contrato.
4.- PARTICIPANTES EN EL CONCURSO.
Podrán concurrir al concurso los arquitectos, españoles o no, que se encuentren facultados legalmente para ejercer la profesión en el territorio español, y que no se encuentren incursos en ninguna causa de incompatibilidad para la redacción de este proyecto ni para contratar con las Administraciones Públicas.
Podrán participar individualmente, o asociados en U.T.E., o formando equipos multidisciplinares, en este último supuesto, bajo cualquier forma societaria de carácter civil o mercantil, debiendo ser un profesional con la titulación de arquitecto el director del equipo o el encargado de dirigir los trabajos.
Los concursantes adjudicatarios deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato y disponer de una organización con el personal y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Los concursantes aportarán Currículum del personal participante en el concurso, comprensivo de titulaciones académicas y profesionales de los componentes del equipo redactor o certificado de colegiación en el Colegio Profesional de Arquitectos correspondiente.
No podrán participar las personas físicas, jurídicas o entidades que, cumpliendo los requisitos específicos de participación establecidos, estén incursas en alguna de las causas de prohibición para obtener tal condición, de conformidad a lo establecido en el artículo 60 del TRLCSP). A tal efecto, los participantes deberán presentar una declaración responsable de no encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el citado artículo, tal y como se recoge en el anexo 2.
De acuerdo con las características del presente contrato los licitadores deberán acreditar SOLVENCIA TÉCNICA. La misma se acreditará por los siguientes medios:
• Currículum del personal que va a gestionar el contrato. Se aportará titulaciones académicas y profesionales de los componentes del equipo redactor o certificado de colegiación en el Colegio Profesional de Arquitectos correspondiente.
5.- PREMIO.
De conformidad con lo dispuesto en estas bases y en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el premio consistirá en la adjudicación del contrato para la redacción del correspondiente proyecto de obras, cuyo precio se fija en 12.100 € (I.V.A. incluido).
Los honorarios profesionales devengados son de 10.000,00 € y el I.V.A. correspondiente (21 %) asciende a un total de 2.100,00 €.
A todos los efectos se entenderá que el precio comprende no solo el del objeto del contrato, sino todos los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos y en especial el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.). El citado importe estará sujeto a la normativa fiscal vigente en el momento de su entrega.
Al respecto, se han estimado los honorarios totales del facultativo, UTE o empresa adjudicataria, de acuerdo con las siguientes cantidades:
REDACCIÓN DEL PROYECTO:
Proyecto básico y de ejecución de las obras
(incluye proyectos de instalaciones y estudio de seguridad y salud)……… TOTAL 10.000 €
I.V.A. (21%) 2.100 €
TOTAL HONORARIOS FACULTATIVOS (INCLUIDO I.V.A.) 12.100 €
En el precio se incluyen las pruebas, ensayos y medios auxiliares que la normativa establezca.
Asimismo, el adjudicatario seleccionado será invitado en la propuesta de contratación menor de los servicios de coordinación y seguridad y salud que a tal fin se disponga para la ejecución de las obras de referencia.
6.- EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO.
La Aplicación presupuestaria FK890-16400-63200, “Construcción de Nichos y Reforma de Cementerios”, se adecua debidamente al objeto contractual de rehabilitación en dos Secciones tan significativas del Cementerio General, (4ª izquierda y 7ª derecha), con un valor histórico y patrimonial muy relevante. En función del presente concurso de proyectos, la anualidad en que se distribuye corresponde exclusivamente al ejercicio 2016.
7.- CONTRATACIÓN POSTERIOR DEL PROYECTO .
La obtención del Primer premio supone la adjudicación al ganador del proyecto de ejecución de las obras objeto del presente concurso El adjudicatario podrá rechazar el encargo o adjudicación del contrato, en cuyo caso, no tendrá premio económico ni indemnización alguna, debiendo ceder al Ayuntamiento la propiedad intelectual de los trabajos que podrán ser utilizados para la redacción del proyecto por otros profesionales.
El Ayuntamiento podrá exigir al adjudicatario las variaciones al proyecto que hubieran sido sugeridas por el Jurado o las variaciones de detalle y programáticas que pudieran ser precisas en función de las necesidades y objetivos que en el momento de la
contratación, a juicio del órgano de contratación, se requieran por razones técnicas, económicas o de otro tipo, siempre que tales variaciones no alteren sustancialmente la idea ganadora.
La no aceptación por el adjudicatario de las variaciones establecidas por el Ayuntamiento dará lugar al desistimiento del contrato del adjudicatario, sin derecho a indemnización alguna.
La contratación de la redacción del Proyecto objeto del premio se formalizará, por el Ayuntamiento en un plazo de quince días, contados a partir de la adjudicación del concurso de proyectos. El ganador del concurso y adjudicatario posterior del contrato de redacción de proyecto, no podrá ceder ni subcontratar tales trabajos de redacción del citado proyecto.
De no llevarse a cabo la contratación por causas sobrevenidas, ya sean de naturaleza económica, la adaptación de planeamiento u otras que imposibiliten seguir adelante con el mismo a juicio del órgano de contratación, no darán derecho al ganador del concurso a percibir cantidad adicional alguna en concepto de lucro cesante.
II.- FASE DE SELECCIÓN DE LOS GANADORES. 8.- FASE DEL CONCURSO Y PLAZO.
8.1- ANUNCIOS:
El concurso de proyectos será anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia, y la página Web del Ayuntamiento de Valencia, Perfil de Contratante, cuya dirección es xxx.xxxxxxxx.xx donde se podrá consultar las bases y demás información, de conformidad al artículo 142 del TRLCSP.
8.2.- EXPOSICIÓN DEL EXPEDIENTE:
Durante el plazo de presentación de los proyectos, el expediente, con todos los documentos que lo integran, podrá ser examinado en el Servicio de Cementerios , en días hábiles (de lunes a viernes) de 9 a 14 horas. Servicio de Cementerios Tfnos. 96.3.52.54.78 – Ext. 2566, 2502, 2807 y 2808 Dirección : XXXX XXXX XX XXXXXXXXX - X/X - (XXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XX XX V-30) AUTOBÚS : XXXXX 00 XX XX X.X.X. X.X. - 00000 – VALÈNCIA –
8.3.- PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LOS PROYECTOS.
Los proyectos se presentarán en el citado Servicio de Cementerios de esas dependencias municipales durante los VEINTE DIAS NATURALES siguientes a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de València.
No se admitirán solicitudes presentadas en otro lugar, salvo lo dispuesto en el artículo 80 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas con referencia a su envío por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío y comunicar en el mismo día al Servicio de Cementerios, por fax o telegrama, la remisión de la proposición.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la solicitud en el caso que fuera recibida fuera del plazo fijado en el anuncio de participación. (Fax del Servicio de Cementerios número 00.000.00.00). No obstante, transcurridos diez días naturales desde la terminación del plazo, no será admitida ninguna solicitud enviada por correo. Para el caso de que el último día de presentación coincida en sábado, dicho plazo se entenderá que finaliza el primer día hábil siguiente.
Cada concursante podrá presentar sólo una solicitud en relación al objeto del concurso. Tampoco podrá suscribir ninguna solicitud en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal, con la consecuencia de la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas.
9.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS CONCURSANTES. PRESENTACIÓN FORMAL DE LOS PROYECTOS.
Los participantes presentarán un ÚNICO PAQUETE O CAJA, identificado con su lema, en el que se incluirán los dos sobres siguientes:
SOBRE Nº 1. “SOBRE DE IDENTIFICACIÓN”:
Este sobre de tamaño DIN A4 se presentará cerrado y en su exterior y de forma visible vendrá indicado el lema.
En el exterior del sobre se indicará también, de forma clara, si, en el caso de no resultar premiado, el concursante prefiere permanecer en el anonimato tanto en la exposición pública de los trabajos presentados como en su posible publicación.
Este sobre contendrá un escrito identificando a los concursantes y sus datos a efectos de notificaciones, según el modelo que se incluye en el anexo I de este pliego.
SOBRE Nº 2. “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA”: Cuyo contenido será el siguiente:
El proyecto básico, que no contendrá más identificación que el lema, excluyéndose en el caso de que tanto la memoria, como los planos u otros documentos estén identificados con nombres y apellidos, razón social o cualquier otro dato que no garantice el anonimato, contendrá:
- Memoria.
- Presupuesto estimado por capítulos.
- Carpeta resumen de presentación en formato A-4 (máximo 30 hojas) con extracto de los datos anteriores, planos esquemáticos de zonificaciones y usos y dibujos, perspectivas e imágenes de las actuaciones propuestas en relación con su contexto.
- La documentación se presentará en soporte papel e informático (extensión dwg y pdf).
Asimismo, se presentarán cuatro paneles tamaño DIN-A1, maquetados en horizontal y montados en tableros ligeros de cartón pluma. Se incluirán todos los planos necesarios con vistas y figuraciones, para la adecuada definición de la propuesta.
Para que el Jurado pueda contar con una información común mínima, que facilite su comprensión de la solución presentada y la comprobación del cumplimiento de los requisitos técnicos indicados, se establece que en los paneles de libre composición los
planos se representen a escala definida y de uso común. Se admitirán infografías, perspectivas o cualquier otra expresión gráfica que permita la comprensión integral de su propuesta.
Dichos paneles, podrán ser expuestos por el Ayuntamiento, finalizado el plazo de presentación de propuestas, manteniendo estrictamente el anonimato de los concursantes.
EXCLUSIONES: Será excluida del concurso cualquier propuesta presentada fuera de plazo o que no garantice el anonimato y, asimismo, aquellas en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias, según el criterio inapelable xxx Xxxxxx:
- Incumplimiento de alguna de las bases del presente documento.
- Insuficiente documentación técnica, contradicciones esenciales, inexactitudes o aspectos incomprensibles de la propuesta
- Quebrantamiento del anonimato, bien por haber desvelado el lema por cualquier medio, bien por presentar elementos gráficos identificativos de la identidad del autor de la propuesta.
10.-ANONIMATO DE LAS PROPUESTAS.
Los trabajos se presentarán bajo lema, que deberá figurar en todos los documentos, de tal manera que éstos se mantengan anónimos. Se adjuntará a los documentos un sobre sellado con el lema en su exterior, el cual contendrá escrito con los datos de los concursantes.
Para garantizar el anonimato, las propuestas se presentarán en un único paquete o caja en cuyo exterior constará el lema.
Dentro del paquete o caja se incluirá un sobre con los datos de identificación, y otro sobre con la documentación técnica, según se describe en la anterior base 9ª.
En el exterior de los dos sobres sólo pueden constar dichos datos (“SOBRE DE IDENTIFICACIÓN”, y “SOBRE DE DOCUMENTACIÓN TÉCNICA”) y el lema.
Cualquier otro dato que figure bien en el paquete o caja o bien en los sobres será objeto de exclusión.
En el supuesto de presentación de propuestas por correo, el anonimato deberá quedar garantizado, de manera que no aparezcan datos de la persona o empresa que realiza el envío. En caso contrario será rechazada la proposición.
El Servicio de Cementerios abrirá las cajas o paquetes y entregará los sobres conteniendo la identificación de los concursantes que vaya recibiendo hasta la fecha de finalización del plazo de presentación al Xxxxxxxxxx xxx Xxxxxx, quien se encargará de velar por su custodia garantizando el anonimato.
11.- XXX XXXXXX.
COMPOSICIÓN XXX XXXXXX QUE EFECTUARÁ LA VALORACIÓN DE LOS TRABAJOS, OBRAS, ETC. OBJETO DE CONVOCATORIA. LAS DECISIONES XXX XXXXXX DEBERÁN CONSTAR EN ACTA.
El jurado estará presidido por la Concejala Delegada de Cementerios y estará integrada por los siguientes vocales:
- El Titular de la Asesoría Jurídica Municipal.
- El Interventor General de la Administración Municipal
- El Secretario de Área II de la Administración Municipal.
- El Jefe del Servicio de Cementerios, con titulación de doctor Ingeniero de Caminos.
- La Arqueóloga del Servicio de Patrimonio Histórico y Artístico, Xx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
- La Jefa del Servicio de Servicios Centrales Técnicos, con titulación de Arquitecta.
- El Asesor del Gabinete de Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxx Xxxxxx, con titulación de Arquitecto.
- Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, con titulación de Arquitecto.
Actuará como Secretario el Jefe de la Sección Administrativa de Cementerios.
FUNCIONAMIENTO:
Los vocales podrán delegar su asistencia en otro vocal suplente, siempre con la misma cualificación profesional.
El jurado se entenderá constituido válidamente con la asistencia del Presidente, el Secretario y al menos seis vocales, quórum que deberá mantenerse durante toda la sesión.
Los acuerdos se adoptarán preferiblemente de forma consensuada por unanimidad de los miembros presentes, y en su defecto, por mayoría simple de los asistentes.
Se estará a lo dispuesto en los artículos 188, 320 y 323 del TRLCSP y supletoriamente a lo establecido en las normas relativas al funcionamiento de los órganos colegiados previstas en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
12.- VALORACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
Cada miembro xxx xxxxxx dispondrá de los siguientes elementos de valoración:
Calidad arquitectónica, conceptual y formal de la propuesta, con una funcionalidad de los espacios resultantes, cumpliendo la normativa aplicable sobre accesibilidad y seguridad de las personas,
hasta un máximo de 40 puntos.
Originalidad e innovación de la propuesta, adecuación de la misma a las exigencias tratamiento e integración del entorno, estableciendo un interés arquitectónico, en
referencia a la ordenación espacial, la simplicidad de circulaciones y la adecuada elección de materiales,
hasta un máximo de 40 puntos.
Optimización del mantenimiento y conservación, estableciendo el diseño de las instalaciones para obtener una adecuada iluminación, climatización y ahorro energético, hasta un máximo de 20 puntos.
El concurso podrá declararse desierto en los siguientes supuestos :
- Por incumplir las condiciones técnicas y urbanísticas previstas en el vigente Plan General de Ordenación Urbana, de fecha 30 de diciembre de 1988 y demás normativa de desarrollo, incluida la normativa sectorial de Cementerios.
- Por ser inviable técnicamente o no ser posible su ejecución con la financiación prevista para el desarrollo de la obra.
- Ninguno de los proyectos presentados reúna las condiciones mínimas o los objetivos previstos con la tramitación del presente concurso.
Dichos elementos serán utilizados internamente por cada miembro xxx xxxxxx y servirán para conformar el fallo, mediante la emisión de votos.
III.- CONDICIONES DE CONTRATACIÓN.
13.- ADJUDICACIÓN DEL PREMIO (FALLO DEL CONCURSO).
Una vez cumplido el plazo de presentación de los proyectos, se reunirá el Jurado, en el plazo xx xxxx días hábiles para levantar Acta de Admisión de los mismos, enumerando, en su caso, las propuestas rechazadas y las razones de su exclusión.
El Acta de admisión acreditará, asimismo, el desconocimiento por parte xxx Xxxxxx de la autoría de las propuestas admitidas.
El Jurado colegiadamente expondrá, y así quedará recogido en el acta, los motivos por los cuales considera que la propuesta seleccionada merecedora del Premio, y el orden de interés de las restantes propuestas, que será confidencial y exclusivamente a los efectos establecidos en las presentes Bases. También se recogerá en acta el devenir de la discusión, con indicación de los descartes sucesivos que se hayan ido produciendo. Se podrán emitir votos particulares si así lo desease cualquier miembro xxx Xxxxxx.
En tanto no se produzca el fallo, los miembros xxx Xxxxxx guardarán secreto de las deliberaciones y se abstendrán de revelar fuera de sus sesiones las informaciones a las que hayan tenido acceso en el ejercicio de su función.
La convocatoria podrá declararse desierta si ninguna proposición resulta admisible de acuerdo con los criterios que figuran en las presentes bases.
Conocido el dictamen xxx Xxxxxx y teniendo en cuenta de contenido de la clasificación y del acta que al efecto se extienda, el órgano de contratación procederá a la adjudicación del contrato menor de servicios, que deberá ser motivada si no se ajusta a la propuesta realizada por el Jurado.
El Ayuntamiento de Valencia podrá exigir al ganador del concurso que incluya en el desarrollo del proyecto las sugerencias que puedan aparecer como resultado del examen y la resolución xxx Xxxxxx, y aquellas modificaciones que estime oportuno la Corporación y que pueda señalar con posterioridad, siempre que no alteren la naturaleza del proyecto ganador.
Asimismo, adjudicatario del contrato está obligado al cumplimiento de las siguientes obligaciones:
- Las tareas a desarrollar serán las propias de los profesionales competentes en cada una de las prestaciones incluidas en el marco del presente contrato y de la normativa legal complementaria, así como de la prevista en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
- El adjudicatario será responsable de los defectos que en la prestación contratada puedan advertirse. Se verá obligado a subsanar todas aquellas deficiencias, insuficiencias técnicas, errores materiales, omisiones o infracciones de preceptos legales o reglamentarios que le sean imputables a criterio de la Administración contratante, o que sean consideradas por ésta como mal realizadas o susceptibles de ser mejoradas. En caso de incumplimiento por parte del contratista de esta obligación, no serán certificados dichos trabajos hasta su correcta realización y aprobación.
- El adjudicatario se compromete a presentar 2 copias visadas de los proyectos, tanto en formato digital como en papel, debiendo aportar otros 2 adicionales, a su xxxxx, si así se solicita por los Servicios Municipales.
No se incrementarán los pagos por la realización de pruebas, ensayos, extracción de muestras y la utilización de medios auxiliares (andamiajes, operarios, estudio geotécnico, etc.) que se consideren necesarias para la redacción del proyecto.
14.- OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL.
Una vez seleccionado el proyecto, se verificará vía telemática de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria que el ganador del concurso se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y, asimismo, se comprobará que se halla al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, a cuyo efecto se solicitarán los informes técnicos pertinentes.
Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. También deberán presentar certificación, expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce últimos meses y deberá presentarse traducida fehacientemente
15.- DERECHO DE INFORMACIÓN DE LOS CONCURSANTES.
15.1.- PUBLICIDAD DEL FALLO.-
Una vez producido el fallo, la apertura de los sobres con la documentación relativa a la identidad de los concursantes correspondiente a los trabajos premiados tendrá lugar en acto público, cuya fecha se comunicará a través de la Web municipal.
Los resultados del concurso se publicarán en el perfil del contratante de esta Administración, en la forma prevista en el artículo 154.1 en relación con el artículo
138.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
15.2.- RESOLUCIÓN Y DEVOLUCIÓN DE LOS TRABAJOS
Todos los concursantes tienen derecho a examinar los trabajos completos admitidos durante el período de un mes desde la entrega del premio. En caso de acordarse la exposición pública de los trabajos, se entenderá que este derecho quedará cumplido por la apertura al público de dicha exposición.
Transcurrido ese plazo o la exposición pública que en su momento se acuerde, los concursantes tendrán derecho a retirar los trabajos admitidos durante el plazo de un mes, a partir del cual la entidad convocante podrá proceder a la destrucción de los mismos.
16.- DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL.
Los autores conservarán la propiedad intelectual de los trabajos presentados, no pudiendo ninguno de ellos, ni siquiera los premiados, ser empleados para otros fines ni como material para la redacción de otros proyectos por arquitectos diferentes de los respectivos autores.
Los concursantes cederán al Ayuntamiento de Valencia los derechos de explotación, reproducción, exposición y publicación y demás que correspondan al objeto del concurso, de conformidad con la legislación de propiedad intelectual y demás normas aplicables a la profesión de arquitecto. En todo caso, permanecerán en anonimato aquellos concursantes no premiados que lo hubiesen solicitado.
17.- CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS.
Los participantes en el presente concurso deberán respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión del concurso en general. No podrá, sin previa autorización escrita del Ayuntamiento publicar noticias, dibujos y/o fotografías de las obras objeto del concurso, ni autorizar a terceros su publicación. El incumplimiento de las obligaciones reseñadas se establece expresamente como causa de resolución del contrato.
En materia de Protección de datos de carácter personal se estará a lo dispuesto en el artículo 140 y la Disposición Adicional Vigésima Sexta del TRLCSP y disposiciones concordantes.
18.- EXPOSICIÓN Y PUBLICACIÓN.
Una vez resuelto el concurso, todos los trabajos presentados y admitidos podrán ser expuestos al público, y retenidos a tal fin hasta la finalización de la exposición. Dicha exposición será anunciada en la Web municipal.
También podrán ser objeto de una publicación en la que se harán constar los nombres de los autores, a excepción de aquellos que hayan expresado su deseo de permanecer en el anonimato en el caso de no resultar premiados.
19.- ABONO DEL PREMIO.
Una vez aprobado el proyecto presentado por el adjudicatario, el abono de los trabajos se efectuará mediante una única factura, por un importe de 12.100 EUROS (I.V.A. incluido). La factura será conformada por el Jefe de Servicio de Cementerios.
20.- DISPOSICIÓN FINAL. GARANTÍAS DE LA CONTRATACIÓN.
Garantía provisional: De acuerdo con lo establecido en el artículo 103 del TRLCSP, no será necesaria la constitución de garantía provisional.
Garantía definitiva: No procede.
València, Marzo de 2016
- ANEXO I -
DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN DE CONCURSANTES
El trabajo presentado bajo el lema .......................................................................
… al CONCURSO DE PROYECTOS, CON REDACCIÓN DE PROYECTO BÁSICO PARA LAS OBRAS DE REHABILITACIÓN DE LAS SECCIONES CUARTA IZQUIERDA Y SÉPTIMA DERECHA DEL CEMENTERIO GENERAL DE VALÈNCIA” DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE
VALÈNCIA, ha sido realizado por el siguiente equipo:
AUTORES DE LA PROPUESTA:
Don/Doña .........................., con DNI o pasaporte ..................... y domicilio en
..................., CP .............., Calle /Plaza .................................., teléfono fijo ,
teléfono móvil....................., Fax ..................... y correo electrónico
........................................... .
... o bien:
Sociedad: …………....................., con C.I.F. .................., representada por Don/Doña
.........................., con DNI o pasaporte ....................., y domicilio en ..................., CP
.............., Calle /Plaza .................................., teléfono fijo , teléfono móvil
....................., Fax ..................... y correo electrónico Siendo
Director del proyecto por parte de la citada empresa Don/Doña ........................., con
DNI o pasaporte ...................... .
Xxxxx, fecha y firma de todos los autores de la propuesta.
ANEXO II
DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA PARTICIPAR EN EL CONCURSO DE PROYECTOS, CON REDACCIÓN DE PROYECTO BÁSICO PARA LAS OBRAS DE REHABILITACIÓN DE LAS SECCIONES CUARTA IZQUIERDA Y SÉPTIMA DERECHA DEL CEMENTERIO GENERAL DE VALÈNCIA” DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VALÈNCIA,
D./Xx ……………………….. con N.I.F. en nombre propio o en representación de , C.I.F., declara que:
- No se halla comprendido/a o que la empresa a la que representa, sus administradores y representantes no se hallan comprendidos en ninguna de las causas de prohibición e incompatibilidad para contratar reguladas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
- Los poderes aportados se encuentran vigentes en la actualidad.
- Se encuentra dado/a de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, declarando asimismo la vigencia del alta.
- Se halla al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y con el Ayuntamiento y de las cuotas de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, comprometiéndose en caso de resultar adjudicataria provisional del contrato, a aportar la documentación acreditativa del cumplimiento de tales circunstancias en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la adjudicación provisional en los términos establecidos en el artículo 151 del TRLCSP.
- A los efectos de acreditar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Seguridad Social se autoriza al Ayuntamiento a solicitar estos datos de forma telemática a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social.
La autorización se otorga exclusivamente a los efectos de la adjudicación del presente contrato y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 95.1. K) de la Ley 58/2003, General Tributaria, que permite, previa autorización del interesado, la cesión de los datos tributarios que precisen las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones, así como lo previsto en el artículo 14.2.b) del Real Decreto 209/2003, sobre la obtención de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social.
La autorización comporta el conocimiento y aceptación de las condiciones que rigen la cesión de datos conforme a las previsiones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento de Medidas de Seguridad de Ficheros Automatizados que contengan datos de Carácter Personal, aprobado por el Real Decreto 944/1999, de 11 xx xxxxx.
Xxxxx, fecha y firma del licitador o de su representante y sello de la empresa.
-ANEXO III –
ZONA DE ACTUACIÓN
(SECCIÓN 4ª IZQUIERDA CEMENTERIO CIVIL
Y SECCIÓ 7ª DERECHA CEMENTERIO GENERAL)
6ª Izquierda
3ª Izquierda
1ª Izquierda
1ª Derecha
4ª Izquierda
M
M
J
L
R
J
L
R
C
A
C
I
K
I
K
H
H
G
G
F
F
A
B
B
CIVIL
Bajo arco
131 a 245
A
A
LOCALIZACIÓN
1. CEMENTERIO CIVIL
ESTADO ACTUAL
El antiguo cementerio civil fue inaugurado en agosto de 1892, siendo independiente en su origen del resto del Cementerio General de Valencia. Allí se inhumaron todo tipo de librepensadores, laicos y extranjeros. También se encuentran tumbas hebreas.
Después de la guerra civil este cementerio formó parte de una sección más del “General”, comunicándolo con otras secciones y abriéndose tres puertas más de acceso. Aquí se hallan enterrados personajes ilustres como Xxxxxx Xxxxxx y varios miembros de su familia, el periodista Azzati, el escritor XxxxxxxxxXxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxx, esposa de Xxxxx Xxxxxxxx…y familias como Xxxxxxxxx, Saludes, etc.
Llaman la atención las tumbas de difuntos hebreos y también aquellas que no disponen de lápida, simplemente tapadas por la hiedra que las cubre. (xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxxx-xxxxx-xxxxxxxxxx-xxxxxxx- valencia/)
El cementerio civil cuenta con un paseo central arbolado, fundamentalmente compuesto por casuarinas, y una pradera lateral enmarcada por naranjos amargos.
PROPUESTA DE TRABAJO
Se plantea la intervención desde dos puntos de vista:
• Mejora estética y paisajística de la sección
• Realizar una propuesta de puesta en valor histórico de la fosa común existente (pradera)
Las actuaciones planteadas deben ceñirse a criterios de sostenibilidad y bajo mantenimiento.
2. SECCION 7ª DERECHA
ESTADO ACTUAL
La sección se estructura en un patio central, compuesto de cuatro cuadros con pradera, y de dos paseos arbolados Norte-sur y este-oeste que confluyen en una pequeña rotonda central con un monolito con el escudo del Ayuntamiento de Valencia.
En la actualidad la pradera presenta un buen estado de conservación, así como los cipreses y melias existentes; sin embargo, se encuentran varias unidades de xxxxxx muy envejecidas, con severos problemas de cavidades que ponen en peligro su superviciencia a medio plazo.
Los cuadros cuentan con algunas lápidas, la mayoría deterioradas, y están delimitados por una acequia perimetral.
PROPUESTA DE TRABAJO
Se plantea la intervención desde dos puntos de vista:
• Mejora estética y paisajística de la sección, resolviendo problemas de accesibilidad
• Realizar una propuesta de puesta en valor histórico de las fosas comunes existentes (pradera de los cuadros) y del monolito.
Las actuaciones planteadas deben ceñirse a criterios de sostenibilidad y bajo mantenimiento.