Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE GESTION DE SERVICIOS PUBLICOS DENOMINADO “GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS INERTES, DE ESCOMBROS Y RESTOS DE OBRAS DEL CONSORCIO PARA LA GESTION DE SERVICIOS DE RECOGIDA DE ESCOMBROS Y RESTOS DE OBRA, SERVICIO DE LIMPIEZA DE REDES DE SANEAMIENTO Y SERVICIO DE HIDATIDOSIS DE LAS COMARCAS XX XXXXXXX Y XXXXXXXXX.
1. OBJETO XXX XXXXXX.
El objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas es definir las características técnicas que como mínimo deberá reunir la gestión de escombros y restos de obras en el ámbito del Consorcio, en aplicación del marco legal vigente en materia de residuos.
El servicio de gestión contempla las siguientes operaciones y actividades a llevar a cabo por el periodo de concesión administrativa para el conjunto del territorio del Consorcio:
- Adquisición y/o mantenimiento de los equipos y maquinaria para una unidad móvil de reciclaje de RCD.
- Adquisición y/o mantenimiento de los contenedores (incluso para muebles y enseres domésticos y para neumáticos) y vehículos para el transporte de la planta móvil de reciclaje y la recogida de los RCD domiciliarios en los puntos limpios municipales.
- Admisión y caracterización de los RCD generados en el territorio del Consorcio.
- Clasificación, separación y tratamiento de residuos especiales.
- Clasificación y separación de residuos valorizables.
- Reciclaje de materiales de origen pétreo para su utilización como árido reciclado o producto secundario en la construcción.
- Comercialización de subproductos y productos reciclados.
- Eliminación del rechazo inerte en vertedero de residuos inertes.
El territorio del Consorcio está compuesto por la suma de los términos municipales de los siguientes municipios, cuya población y producción estimada de residuos se hace constar:
MUNICIPIO | POBLACION | PRODUCCION ESTIMADA DE RESIDUOS (TN/AÑO) | |
TORRENUEVA | 2.979 | 1.340,55 | |
XXXXXXXX | 000 | 000,0 | |
XXXXXXXXX XXXXXXXX | DE | 2.209 | 994,05 |
ALMURADIEL | 976 | 439,2 | |
MORAL DE CVA. | 5.276 | 2.374,2 | |
VALDEPEÑAS | 28.570 | 12.856,5 | |
XXXXXXX XXXXXXXXX | XX | 0.000 | 0.000,00 |
XXXXX XXXX MUDELA | DE | 4,740 | 2.133 |
XXXX XXX XXXXXXX | 2.879 | 1.295,55 | |
FUENLLANA | 270 | 121,5 | |
COZAR | 1.265 | 569,25 | |
TOTAL | 54.363 | 24.463,35 |
2. INSTALACIONES Y EQUIPOS QUE APORTA EL CONSORCIO.
Se adscriben a la explotación del servicio de gestión integral de residuos de escombros y restos de obra del Consorcio las siguientes instalaciones y equipos aportados por el Consorcio:
2.1 Centro de Tratamiento de Residuos Inertes, de Escombros y Restos de Obra xx Xxxxxxxxxx.
El Centro de ubica en Valdepeñas, acompañándose en el Anexo I la descripción catastral de los terrenos correspondientes.-
Básicamente el Centro consta de los elementos que a continuación se enumeran:
- Área de Vertido: Está compuesta por un área de vertido acondicionada adecuadamente, una red de recogida de efluentes y una balsa de captación de efluentes, así como una red de recogida de pluviales.
- Área de Servicios: Está compuesta por los edificios necesarios para el correcto funcionamiento del vertedero, siendo éstos el edificio de control y la nave garaje-taller.
- Maquinaria: Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxx modelo: 953D.
2.2 Centros de Recogida o Puntos Limpios.
Los Centros de Recogida o Puntos Limpios se ubican en las proximidades de los municipios consorciados, salvo Valdepeñas en el que se ubica el Centro de Tratamiento, recogiéndose en el Anexo nº.II la relación detallada de la situación y dotación de los mismos.
2.3 Campaña de publicidad.
El Consorcio pondrá a disposición del adjudicatario de la gestión del servicio una campaña de publicidad por un importe aproximado de 120.000,00 € más I.V.A.
3. LEGISLACION APLICABLE.
Las ofertas que se presenten, habrán de tener en cuenta lo dispuesto en la siguiente legislación vigente:
- Ley 7/1985, de 2 xx Xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
- Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.
- Ley 10/1998, de 21 xx Xxxxx, de Residuos.
- Real Decreto 1481/2001, de 27 de Diciembre, por el que se regula la Eliminación de Residuos mediante Depósito en Vertedero.
- Decreto 189/2005, de 13 de Diciembre de 2005, por el que se aprueba el Plan de Castilla-La Mancha de Gestión
de Residuos de Construcción y Demolición (DOCM 16 de Diciembre).
- Real Decreto 9/2005, de 14 de Enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados (BOE nº.15 de 18 de Enero de 2005).
- Decisión 2003/33/CE, del Consejo, de 19 de Diciembre de 2002, por la que se establecen los criterios y procedimiento de admisión de residuos en los vertederos con arreglo al Artº.16 y el Anexo II de la Directiva 1999/31/CEE.
- Ley 16/2002, de 1 de Julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.
- Orden MAM/304/2002, de 8 de Febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos.
- Resolución de 14 xx Xxxxx de 2001, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se dispone la publicación del acuerdo de Consejo de Ministros, de 1 xx Xxxxx de 2001, por el que se aprueba el Plan Nacional de Residuos de Construcción y Demolición 2001-2006 (BOE nº.166 de 00 xx Xxxxx xx 0000).- Xxxxxxxxxx xx xxxxxxx (XXX xx.000 de 7 xx Xxxxxx de 2001).
- Decisión de la Comisión 2000/738/CE, de 17 de Noviembre.
- Directiva 1999/31/CE, de 26 xx Xxxxx de 1999, relativa al vertido de residuos.
- Real Decreto 2200/1995, de 28 de Diciembre, sobre el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial.
- Ley 31/2995, de 8 de Noviembre, sobre prevención de riesgos laborales.
- Reglamento CEE nº.259/93 del Consejo, de 1 de Febrero, relativo a la vigilancia y el control de los traslados de residuos.
- Sección 3.a del Capítulo II del Título III del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986 de 11 xx Xxxxx, y modificado por Real
Decreto 1315/1992 de 30 de Octubre, Sección 2.a “control de aguas y gestión de lixiviados.
- Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 xx Xxxxx, de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 xx Xxxx.
4. CONDICIONES GENERALES DEL CONCURSO.
4.1 Alcance de los trabajos.
Los concursantes deberán presentar un estudio de viabilidad que refleje las inversiones a realizar, el sistema tarifario previsto que cubra tanto los costes de explotación como la amortización de las inversiones a realizar, la creación de puestos de trabajo, los ingresos y gastos previstos de la explotación, un plan de amortización, la rentabilidad prevista para el periodo estimado por el concursante en un máximo de 10 años y la obligación de abonar un canon sobre los beneficios obtenidos que deberá revertir en el Consorcio como contraprestación por la gestión administrativa que realizarán para el control de los flujos de residuos.- El citado canon ascenderá como mínimo a la cantidad de 80.000,00 €, con incrementos anuales acumulativos a partir del 1 de Enero de 2010 según el I.P.C. General, Interanual, al 31 de Diciembre del año inmediato anterior, siempre que dicho I.P.C. sea positivo.
4.2 Financiación.
La empresa adjudicataria financiará todas las inversiones necesarias para la puesta en marcha del servicio, proyectos, estudios, visados, licencias, maquinaria y equipos etc., reflejados en su estudio de viabilidad y de acuerdo con la propuesta presentada; asumiendo todos los gastos de explotación necesarios para el funcionamiento de las instalaciones durante el periodo de concesión.
El Consorcio aprobará el sistema tarifario propuesto por la empresa concursante que deberá cubrir todos los gastos de explotación de las instalaciones, incluidos gastos generales, beneficio industrial y la amortización de las inversiones realizadas.- Dichas tarifas que se expresarán en Euros/Tm o Euros/M3, se referirá a cada tipo particular de RCD que formen parte del objeto de este Pliego.
El sistema tarifario propuesto por la empresa concursante deberá tener en cuenta las posibles variantes siguientes:
- En el Centro de Tratamiento xx Xxxxxxxxxx, el depósito de residuos por particulares será abonado directamente a la empresa adjudicataria.
- El traslado y tratamiento de residuos de los Puntos Limpios al Centro de Tratamiento podrá ser abonado por los Ayuntamientos correspondientes.
Valor máximo de tarifas:
- Residuos inertes limpios: 5 €/Tm densidad mayor de 1,20.
- Residuos inertes mixtos: 11 €/Tm densidad entre 0,90 y 1,20.
- Residuos inertes sucios: 19 €/Tm densidad inferior a 0,50.
4.3 Alcance de la concesión.
El presente concurso contempla la puesta en marcha y explotación de las infraestructuras puestas a disposición del adjudicatario, durante un periodo de tiempo inicial máximo de 10 años.
4.4 Permisos y licencias.
La empresa adjudicataria deberá tramitar ante la Administración competente todos los permisos y licencias necesarios para la puesta en funcionamiento del servicio.
4.5 Plazo de ejecución.
La adquisición de maquinaria y equipos y puesta en marcha de todo el servicio será de 3 meses a partir de la firma del correspondiente contrato.
4.6 Explotación del servicio de gestión de RCD.
4.6.1 Condiciones generales.
El adjudicatario asumirá la explotación de las instalaciones previstas en este Pliego, conforme a lo establecido en el Real Decreto 1481/2001, de 27 de Diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero y lo especificado en los Artículos siguientes:
El adjudicatario estará obligado a tratar los residuos de escombros y restos de obra recibidos en todas las instalaciones, durante 6 días a la semana, con el horario más adecuado para el tratamiento de todos los residuos recibidos diariamente en las mismas.
Son trabajos de operación, mantenimiento y conservación, aquellos tendentes a la utilización de las instalaciones de acuerdo con las normas técnicas que impliquen un correcto funcionamiento de las mismas.
Las obligaciones del adjudicatario de la explotación en este sentido son las siguientes:
1. Utilizar la maquinaria y las instalaciones de acuerdo con los manuales de operación que suministre el fabricante y/o instalador de la maquinaria e instalaciones; y siempre de acuerdo con las normas técnicas y de seguridad oficiales.
2. Realizar los trabajos de mantenimiento preventivo general periódico, así como la conservación de todas y de cada uno de los elementos de que se componen las instalaciones, a fin de que se encuentren siempre en óptimas condiciones de operatividad, seguridad y salubridad, aplicando los manuales de conservación y mantenimiento suministrados.
3. Establecer para el mantenimiento general periódico un programa, en el que queden detalladas todas las operaciones de mantenimiento preventivo.- La realización de los trabajos se reflejará en los informes
correspondientes que se entregará al Consorcio con la periodicidad adecuada.
4. Detallar el número de paros técnicos programados y su duración, los cuales se realizarán en el día de la semana que no estén en funcionamiento las instalaciones, o en horarios en que estén paradas las mismas.
5. El adjudicatario de la explotación podrá hacer, a su cargo, las modificaciones y mejoras técnicas que sean necesarias siempre que le sean autorizadas por escrito por parte del Consorcio.
6. El funcionamiento de las instalaciones será inspeccionado periódicamente por el personal designado por el Consorcio, debiendo el adjudicatario de la explotación facilitar estas labores de inspección, permitir el acceso a las instalaciones, proporcionar los datos requeridos y realizar las pruebas de control que se le demanden.
7. El adjudicatario de la explotación presentará mensualmente un informe técnico en el que exponga el funcionamiento, durante ese periodo, de las instalaciones de tratamiento.
8. El Jefe del Centro de Tratamiento xx Xxxxxxxxxx dispondrá de un diario de explotación, en el que se anotarán todas las incidencias técnicas, así como las operaciones realizadas, residuos tratados, averías, mantenimiento, consumos, rendimientos de las instalaciones.
9. cuando el mantenimiento requiera el paro del tratamiento de residuos en las instalaciones éstos no podrán ser superiores a 2 días de trabajo y habrán de comunicarse con una antelación de 15 días al Consorcio.- Estos paros no podrán ser superiores en ningún caso a 20 días al año.
10. El adjudicatario será responsable de cualquier daño o perjuicio a terceros derivado del funcionamiento de las instalaciones de tratamiento de residuos de escombros y restos de obra, a cuyo fin deberá concertar una póliza de seguros que cubra todos los riesgos de daños a edificios, instalaciones, personal, debiendo presentar
al Consorcio la correspondiente acreditación.- En dicha póliza deberá incluirse los riesgos de incendios y accidentes medioambientales.
4.6.2. Condiciones del personal.
En la oferta se detallará la cantidad de personal a emplear en la explotación de todas las instalaciones, el puesto de trabajo de cada uno de ellos y el tipo de contrato.- Se definirán las funciones a desarrollar en cada puestos de trabajo y la categoría profesional de cada persona que lo ocupe.- Deberá presentarse declaración por parte del licitador en la que se compromete a realizar la contratación de todos su personal ajustándose a la legislación vigente, que deberá justificar en su momento.- El Consorcio no tendrá ningún tipo de relació laboral con el personal adscrito al servicio, siendo el adjudicatario el único responsable de cumplir la vigente legislación social, laboral y de seguridad y salud de sus trabajadores.
4.6.3. Maquinaria y mobiliario.
En el momento de iniciarse la explotación el adjudicatario deberá aportar a las instalaciones, aparte de la ya aportada por el Consorcio, lo siguiente:
a) La maquinaria móvil necesaria para realizar los trabajos de explotación del Centro de Tratamiento y de los Centros de Recogida o Puntos Limpios.
b) Los medios de transporte necesarios para realizar las operaciones de transferencia de residuos recuperados y seleccionados como no admisibles en vertederos de inertes desde cada una de las instalaciones hasta el Centro de Tratamiento y Eliminación.
c) Los medios de transporte necesarios para trasladar los rechazos necesarios en el Centro de Tratamiento hasta su correspondiente vertedero.
d) Las máquinas necesarias para la manipulación de los residuos de escombros y restos de obra del Centro de Tratamiento y Centros de Recogida o Puntos Limpios.
e) El mobiliario apropiado a las funciones a que se dedican cada uno de los locales, así como en el taller
de reparación.- También deberá incluir el material de oficina apropiado para el trabajo correspondiente.
4.7. Reglamento de explotación.
El adjudicatario redactará un Reglamento de Explotación del Centro de Tratamiento que contendrá las características adaptadas al proceso industrial, que será aprobado por el Consorcio.
Este Reglamento incluirá, como mínimo los siguientes epígrafes:
a) Características de la explotación.
b) Conservación general y limpieza.
c) Manipulación de los residuos.
d) Régimen de inspecciones y controles sistemáticos.
e) Normativa para la introducción de modificaciones.
f) Medidas para reparar averías.
g) Mantenimiento preventivo general periódico.
h) Daños y perjuicios a terceros.
i) Sanciones.
j) Medidas antiparasitarias contra roedores, aves, insectos, etc.
k) Medidas de caracterización, control y correctoras medioambientales.
l) Normas de seguridad y salud laboral.
m) Funciones del personal.
n) Horario de funcionamiento.
4.8. Plan de Comunicación Ambiental.
El adjudicatario propondrá al Consorcio, cuyo Consorcio lo costeará hasta un máximo de 120.000,00 € más I.V.A., un Plan de Comunicación Ambiental con los siguientes objetivos:
- Concienciar a la sociedad de la necesidad de reciclar y eliminar los residuos de escombros y restos de obra con las suficientes garantías medioambientales.
- Habitual a los usuarios de áridos a la utilización de áridos reciclados.
- Concienciar a los productores de escombros de los beneficios económicos y ambientales de la recuperación “in situ” de residuos de obra así como de la minimización de la producción de los mismos.
Dicho Plan se llevará a cabo a través de las siguientes acciones:
a) Acciones informativas:
- Notas de información en medios de comunicación.
- Actos de inauguración de instalaciones.
- Participación en ferias de muestras.
- Visitas organizadas para público.
- Charlas informativas.
- Otros.
b) Cursos:
- Cursos y seminarios de reciclaje dirigidos a los diferentes sectores productivos y población.
- Otros.
c) Elementos publicitarios:
- Logotipo.
- Carta de información general destinada a todos los públicos sobre el plan de residuos de construcción y demolición.
- Trípticos de divulgación sobre las instalaciones.
- Dossier de información técnica para constructores y administración.
- Video sobre el reciclaje de escombros.
- Carteles.
- Paneles informativos.
- Otros.
5. CRITERIOS DE ADJUDICACION.
Los criterios de valoración de las proposiciones presentadas se ordenan según el siguiente Baremo:
1. Oferta económica: De 0 a 40 puntos.
2. Oferta técnica de la prestación del servicio: De 0 a 40 puntos.
3. Instrumentos para el control de flujos de RCD: De 0 a 10 puntos.
4. Mejoras propuestas: De 0 a 10 puntos.
5.1 Oferta económica.
En la oferta económica se tendrán en cuenta por separado los tres valores económicos de referencia: La inversión total prevista, las tarifas de recepción de los residuos en las instalaciones del servicio y el canon de la concesión:
a) La inversión prevista en la oferta económica se valorará de 0 a 10 puntos.- Se asignará la puntuación máxima a la oferta con la inversión más alta, y el resto de las ofertas se puntuarán en proporción inversa a aquella según la fórmula P=PM x O/OMB, donde P es la puntuación de cada oferta PM es la puntuación máxima, O es la oferta a puntuar y OMB la cantidad de la oferta más alta.
b) El precio medio de las tarifas, se valorará de 0 a 30 puntos.- Se asignará la puntuación máxima a la oferta más baja, y el resto de las ofertas se puntuarán en proporción inversa a aquella según la fórmula P=PM x OMB/O, donde P es la puntuación de cada oferta, PM es la puntuación máxima, OMB la cantidad de la oferta más baja y O es la oferta a puntuar.
c) El canon de la concesión se valorará de 0 a 20 puntos.- Se asignará la puntuación máxima a la oferta con el canon superior, y el resto de las ofertas se puntuarán en proporción inversa a aquella según la fórmula P=PM x O/OMB, donde P es la puntuación de cada oferta PM es la puntuación máxima, O es la oferta a puntuar y OMB la cantidad de la oferta más alta.
5.2 Oferta técnica del servicio.
Se analizará el contenido, calidad técnica y coherencia de la oferta presentada, valorando:
- Justificación de tarifas ofertas y estudio económico de explotación, calificándose de 0 a 15 puntos.
- Justificación de la tecnología utilizada y de los porcentajes de reciclaje y valoración del proceso de gestión, calificándose de 0 a 15 puntos.
- Justificación de los sistemas de control de la producción y comercialización de áridos reciclados, calificándose de 0 a 10 puntos.
a) Justificación de tarifas y estudio económico presentado.
Se valorará de 0 a 3,25 puntos cada uno de los 4 documentos requeridos en el “Programa Económico y Financiero” (Cuenta de Explotación, Balances, Flujo de Caja, estudio de Rentabilidad).
Se valorará con 0 puntos: No presentación del documento. 3,25 puntos: Presentación del documento completo.
Resto de – 0,325 puntos, hasta un máximo de 2 puntos por documento, por cada error, incongruencia o falta que pueda tener repercusión significativa en la previsión de costes o ingresos y, en definitiva, en la justificación de la oferta de tarifas,
b) Justificación de la tecnología utilizada y de los porcentajes de reciclaje obtenidos.
Se valorará con 15 puntos la presentación detallada y justificada de una completa descripción de los procesos y tratados a los que serán sometidos los RCD, presentando un completo balance de materiales, con los rendimientos de cada equipo o etapa del tratamiento de los residuos, para el conjunto de las instalaciones de gestión de RCD, que garantice un nivel de reciclaje y valorización del 60% en peso de los RCD admitidos.
Se restarán 2 puntos por cada fase o proceso que no justifique los rendimientos o resultados, o que éstos resulten incongruentes con los objetivos descritos o recursos asignados en el proyecto.
c) Justificación de los sistemas de control de producción.
Se valorará con 5 puntos el compromiso de implantación de un sistema de control de la producción de áridos reciclados para el conjunto de la producción dentro del primer año de funcionamiento de las mismas.- El sistema debe ser el Marcado CE, equivalente o similar.
Se valorará con 5 puntos el compromiso de implantación de un sistema de control de la calidad medioambiental de las instalaciones.- El sistema de calidad puede ser el de tipo ISO, EMAS o Sello AENOR Medioambiente Servicios para Centros de Eliminación y Valoración de RCD.
5.3 Control de flujos de RCD.
Se valorarán hasta 10 puntos las medidas y recursos aportados por la empresa para garantizar y facilitar el control de flujos de RCD, especialmente a través de procedimientos de colaboración con las Administraciones Locales y las empresas del sector:
- Disponer de un sistema informatizado de registro de origen y tipología de las cargas de residuos y de asignación de tratamientos en la instalación, que permita mantener la trazabilidad del residuo.- Valorado con 2 puntos.
- Disponer de un sistema informatizado de emisión de certificados de gestión de RCD procedente de una obra determinada, relacionado con la gestión de cargas admitidas.- Valorado con 2 puntos.
- Disponer de personal específico de apoyo a los Ayuntamientos en el cálculo de las fianzas municipales para producción de RCD y en la implantación de los procedimientos de control de la producción y gestión de RCD.- Valorado hasta un máximo de 4 puntos.
- Disponer de un programa detallado de información y comunicación mensual a los Ayuntamientos de los resultados de la gestión y de un programa de
divulgación al sector de la construcción y a la población, con dotación económica asignada: Valorado con 2 puntos.
5.4 Mejoras al Pliego.
Se valorará la ejecución de las siguientes mejoras, en proporción directa a su presupuesto de ejecución:
- Municipio de CALZADA DE CVA.: Acondicionamiento con riego asfáltico del camino que da acceso a la Escombrera.
- Municipio de SANTA XXXX DE MUDELA: Ejecución xx xxxxxxx perimetral del Vertedero y construcción de una caseta para el vigilante.
- Municipio de XXXX XXX XXXXXXX: Dotación de báscula y reparación de accesos a la Escombrera.
6. DOCUMENTACION ESPECIFICA.
El licitador deberá presentar una propuesta técnica de manera que defina suficiente e inequívocamente la forma en que se propone llevar a cabo la gestión del servicio, de forma que se garanticen las condiciones mínimas en las que se debe realizar el mismo en el ámbito territorial del Consorcio.
El licitador deberá presentar con su oferta los documentos que se indican a continuación cuyo contenido mínimo está fijado por el presente Pliego.- Los documentos de licitación serán vinculantes para que el concursante resulte finalmente adjudicatario.
En el caso de que durante el examen de los documentos se detecten contradicciones en los mismos que dificulten la interpretación de la oferta concreta realizada se resolverán de la siguiente manera:
- En los aspectos técnicos, en el sentido que el órgano de contratación estime más conveniente para el correcto cumplimiento de las funciones que el concesionario asume para prestar el servicio público.
- En el caso que la duda verse sobre aspectos económicos de la oferta se resolverá siempre en el sentido que resulte menos oneroso para la Administración y el usuario del servicio público.
La documentación que debe prestar el licitador se presentará obligatoriamente estructurada en tres tomos con la siguiente distribución:
Tomo 1: Proyecto de Explotación.
- Estudio de la cantidad y composición de residuos de construcción y demolición que se prevé admitir.
- Residuos admisibles y no admisibles.
- Medios materiales, humanos y técnicos asignados.
- Manual de explotación.
- Plan de control de calidad.
- Plan de mantenimiento y reposición.
- Plan de seguridad y salud.
- Plan de emergencias y contingencias.
- Plan de sellado y seguimiento post-clausura.
- Presupuesto estimativo de explotación.
- Tabla resumen (se justificarán en los distintos tomos a presentar) de todos los apartados que se puntúan en los criterios de adjudicación.
Tomo 2: Programa Económico-Financiero.
- Introducción.
- Cuenta de resultados previsionales.
- Balances previsionales.
- Flujo de caja previsional.
- Estudio de rentabilidad.
Tomo 3: Plan de Comercialización de Aridos Reciclados.
- Memoria.
- Política de precios.
- Relación de medios materiales y personales.
ANEXO I
BIENES ADSCRITOS A LA PRESTACION DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE ESCOMBROS Y RESTOS DE OBRA DEL CONSORCIO.
- Ayuntamiento de TORRENUEVA: Parcelas 2, 3 y 757 del Polígono 14 del Catastro de Rústica.
- Ayuntamiento xx XXXXXXXX: Parcela 3 del Xxxxxxxx 00 xxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx.
- Xxxxxxxxxxxx xx XXXXXXXXX XX XXXXXXXX: Parcela 62 del Polígono 13 del Catastro de Rústica.
- Ayuntamiento de ALMURADIEL: Parcelas 12 y 105 del Polígono 28 del Catastro de Rústica.
- Ayuntamiento de XXXXXXX XX XXXXXXXXX: parcela 34 del Polígono 66 del Catastro de Rústica.
- Ayuntamiento de MORAL XX XXXXXXXXX: Parcela 214 del Polígono 13 del Catastro de Rústica.
- Ayuntamiento de SANTA XXXX DE MUDELA: Parcelas 63 y 64 del Polígono 46 del Catastro de Rústica.
- Ayuntamiento de XXXX XXX XXXXXXX: Parcela 93 del Xxxxxxxx 000 xxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx.
- Xxxxxxxxxxxx xx XXXXXXXXX: Xxxxxxx 000 xxx Xxxxxxxx 0 xxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx.
- Xxxxxxxxxxxx xx XXXXX: Xxxxxxx 0 xxx Xxxxxxxx 00 xxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx.
- Xxxxxxxxxxxx xx XXXXXXXXXX: Parcelas 127, 128, 129,
130, 131, 132, 137, 142, 145, 146, 148, 282, 283, 285,
288, 325, 330, 6, 7, 8 y 9 del Polígono 30 del Catastro de Rústica.