ANEXO I
ANEXO I
CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE “STREET STUNTS BODY EXTREME A CORUÑA 2018” ORGANIZADO POR EL CONSORCIO DE TURISMO Y CONGRESOS DE A CORUÑA POR PROCEDIMIENTO DE NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD NO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA, TRAMITACION URGENTE
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS
1. PODER ADJUDICADOR
PODER ADJUDICADOR CONTRATANTE: CONSORCIO DE TURISMO Y CONGRESOS DE A CORUÑA (EN ADELANTE EL CONSORCIO)
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: PRESIDENCIA
DIRECCIÓN DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: C/ Sol – Xxxxxxxx Xxx x/x 00000
(X Xxxxxx)
DIRECCCIONES DE CORREO ELECTRÓNICO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES:
RESPONSABLE DEL CONTRATO:
ÁREA DE PROMOCIÓN. Xxxxx Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxx
EXISTENCIA DE CONSULTA PRELIMINAR AL MERCADO: NO
2. OBJETO DEL CONTRATO
EL SERVICIO CONTRATADO INCLUIRÁ TANTO LA ORGANIZACIÓN DE TODAS LAS DISCIPLINAS DEPORTIVAS INCLUIDAS EN EL EVENTO SINO EL MANTENIMIENTO Y REVISIÓN DE TODAS LAS INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS PRESTADOS DURANTE LOS DÍAS DE DURACIÓN DEL EVENTO. DEL
MISMO MODO, LA EMPRESA ADJUDICATARIA DEBERÁ REALIZAR EL MONTAJE Y DESMONTAJE EN LOS DÍAS PREVIOS Y POSTERIORES A LA CELEBRACIÓN DEL EVENTO, SIGUIENDO LAS INDICACIONES Y PLAZOS MARCADOS POR LA ORGANIZACIÓN.
NECESIDADES DE PRODUCCION: LAS SEÑALADAS EN EL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS.
CÓDIGOS CPC | CÓDIGO CPV | DESCRIPCION |
96411 | 92621000-0 | SERVICIOS XX XXXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXX |
00000 | 92622000-7 | SERVICIOS DE ORGANIZACION DE ESPECTACULOS DEPORTIVOS |
CÓDIGO CNAE: 7790
LOTES: NO
SE CONSIDERAN LAS UTES LICITADORES: NO
3. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y FORMA DE TRAMITACIÓN
CONTRATO NO SUJETO A REGULACION ARMONIZADA
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION: NEGOCIACION SIN PUBLICIDAD POR RAZON DE EXCLUSIVIDAD
SUPUESTO DE APLICACIÓN: ART. 168 DE LA LCSP 2017
SUBASTA ELECTRONICA: NO
TRAMITACION: URGENTE
4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, PRECIO DEL CONTRATO Y TIPO DE LICITACION
PRESUPUESTO (IVA EXCLUIDO): 120.000,00 €
IVA: [21%] 25.200,00 €
PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA INCLUIDO): 145.200,00 €
EL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN SE DESGLOSA EN:
- COSTES DIRECTOS: 145.200,00 €
- COSTES INDIRECTOS: NO PROCEDEN
- COSTES SALARIALES: NO PROCEDEN
- OTROS EVENTUALES GASTOS: NO PROCEDEN
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 432.227.99
ANUALIDAD: 2018
FINANCIACIÓN (PREVISIÓN): [SÍ]
− FONDOS PROPIOS: SI
− OTROS AGENTES: PREVISION DE LA COLABORACIÓN DE LA EXCMA. DIPUTACION DE A CORUÑA EN LA FINANCIACION DE LAS ACTIVIDADES (PENDIENTE DE FORMALIZACION).
SISTEMA DE DETERMINACIÓN DEL PRECIO:
El precio se ha determinado globalmente en función de la previsión de necesidades de servicios a tener en cuenta para el correcto desarrollo de la actividad.
POSIBILIDAD DE INCREMENTAR EL NÚMERO DE UNIDADES HASTA EL 10
% DEL PRECIO DEL CONTRATO: NO
TIPO DE LICITACION: A LA BAJA SOBRE EL PRESUPUESTO BASE DE LICITACION
5. VALOR ESTIMADO
− VALOR ESTIMADO (IVA EXCLUIDO): 120.000,00 €
− MÉTODO DE CÁLCULO APLICADO PARA CALCULAR EL VALOR ESTIMADO: NO PROCEDE
− TIPO DE LICITACIÓN, EXCLUIDO IVA: 120.000,00 €
− MODIFICACIÓN HASTA EL 10% DEL TIPO DE LICITACIÓN (IVA EXCLUIDO): 120.000,00 €
− TOTAL VALOR ESTIMADO: 120.000,00 €
6. SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA
ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA: PROCEDE
ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA:
Artículo 87.1 (apartados a y b) de la LCSP
“a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. El volumen de negocios mínimo anual exigido no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato, excepto en casos debidamente justificados como los relacionados con los riesgos especiales vinculados a la naturaleza de las obras, los servicios o los suministros….”
“b) En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.”
ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL:
Artículo 90.1 (apartados: a, b, g, h, i) de la LCSP
a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad.
g) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.
h) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.
i) Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar.
7. CLASIFICACIÓN: NO SE EXIGE
8. GARANTÍAS
PROVISIONAL: NO
DEFINITIVA: SÍ (5% del precio final ofertado, XXX excluido)
COMPLEMENTARIA: NO
ACREDITACION POR MEDIOS ELECTRONICOS, INFORMATICOS O TELEMATICOS: NO
RETENCION SOBRE EL PRECIO: NO
CANCELACION PARCIAL: NO
9. NEGOCIACION. CRITERIOS DE ADJUDICACION Y DE DESEMPATE
NEGOCIACION. ASPECTOS OBJETO DE NEGOCIACION:
Serán objeto de negociación los aspectos económicos y técnicos de la ejecución propuesta de la prestación de los servicios objeto del contrato, siempre que se respeten las condiciones
mínimas de las disciplinas y competiciones a que se refiere el apartado xxxxxxx xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
REQUISITOS MINIMOS DE LA PRESTACION QUE NO SERÁN OBJETO DE NEGOCIACIÓN:
SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL PUNTO 3 XXX XXXXXX TÉCNICO (REQUISITOS PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS)
“3.1 Descripción de los trabajos a realizar y características técnicas.
El evento STREET STUNTS BODY EXTREME X XXXXXX 0000 deberá contar con las siguientes disciplinas y competiciones:
• Street Stunts Style: Campeonato del Mundo y Campeonato Amateur
• Street Stunts Speed Contest: Campeonato del Mundo y Campeonato Amateur
• Slackline: Prueba del Campeonato del Mundo (ISI)
• Street Workout: Campeonato España y Campeonato Amateur
• Escalada Boulder: Open Nacional
• Tricking: Campeonato Europeo
• Psicoblock: Campeonato Internacional
• Street Pole: Campeonato de España
Teniendo en cuenta los precedentes de popularidad de las anteriores ediciones del STREET STUNTS, este año se añadirá 1 disciplina nueva, - PSICOBLOCK - un campeonato con los 16 mejores escaladores del mundo, escalando una pared de más de 14 metros de altura sobre el mar.
Del resto de las disciplinas se organizarán 3 campeonatos mundiales, un campeonato Europeo, dos campeonatos de España y una prueba del campeonato del mundo.
Además, cada disciplina deberá contar con una competición amateur paralela que dará la oportunidad a los clasificados a participar con los profesionales.
El espacio mínimo a utilizar son 25.000m2 la cual deberá contar con la siguiente infraestructura:
− 7 escenarios para las distintas disciplinas
− colocación de una pared para la realización del PSICOBLOCK
− participación de un mínimo de 300 Participantes a nivel nacional e internacional
− Gestión de los premios
− zona expositora y zona gastronómica con oferta de foodtrucks
− Exhibiciones
− Organización de master clases gratuitas
− Organización de talleres de Iniciación a todas las disciplinas
− Atracciones
− Animaciones
− Zona de Parkour Infantil
− Música en Vivo
ESPACIOS:
− Paneles de gran formato señalizando tanto las zonas de exhibiciones y campeonatos como el resto de la programación tanto infantil como de los escenarios.
− Cerramientos, contenedores, aseos, franja marítima y almacén
− Señalética con dirección y ubicaciones, llamadas medio ambiente, puntos de información
Para evitar paredes y espacios vacíos de contenido, sí los hubiera, el licitador deberá incluir en la propuesta técnica diferentes soluciones para la decoración de los elementos verticales y horizontales mediante gráficos, iconos, imágenes u otros elementos acordes a la imagen y estética del evento.
El adjudicatario deberá llevar a cabo el suministro, producción, montaje y desmontaje, de las infraestructuras, equipamientos técnicos, dotaciones y gestiones anteriormente detalladas.
Las acometidas y todas las instalaciones deberán estar colocadas de forma que su impacto visual sea nulo. En caso de necesidad, deberán ir debidamente disimuladas en función del espacio.
El adjudicatario se hará cargo del mantenimiento técnico de dichas infraestructuras y equipamientos durante el tiempo de ejecución del contrato, de su posible reposición y reparación, así como de todos los gastos correspondientes a transporte, montaje, desmontaje, y de todo el personal técnico necesario.
4. SUMINISTROS
La empresa adjudicataria será responsable de los suministros de electricidad y agua, y deberá tenerlos en cuenta para una correcta coordinación en el diseño de los espacios y suministro de infraestructuras, en beneficio de uno buen desarrollo del Festival.
A) ASEOS
La empresa adjudicataria será la responsable de la instalación acorde con la normativa aplicable de cuantos aseos químicos sean precisos, respetando la proporcionalidad correspondiente de aseos adaptados para uso por personas con movilidad reducida.
Los aseos deberán disponer de punto de luz y todas sus instalaciones correspondientes.
B) RECOGIDA DE RESIDUOS Y LIMPIEZA
El Consorcio se encargará de reforzar al evento con los contenedores necesarios en colaboración con los servicios municipales. La empresa adjudicataria será la responsable de definir su distribución en islas de reciclaje suficientes para facilitar el depósito de residuos por el público asistente.
El Consorcio, a través del servicio municipal, reforzará durante los días del Festival el vaciado de dichos contenedores.
Por su parte, la empresa adjudicataria dotará al evento con cubos para uso directo del público asistente, especialmente en las zonas de degustación, foodtrucks, espacios de actividades, visiblemente señalizados, repartidos en número suficiente y contemplando los distintos tipos de residuos. Deberán respetar la estética del evento.
Paralelamente, la adjudicataria será responsable de un servicio de limpieza continuado propio para el evento.
El licitador deberá incluir en su propuesta, número de cubos y distribución en el Festival, así como la dotación de medios humanos destinados a la limpieza.
5. MEDIOS HUMANOS
La empresa adjudicataria deberá dotar y responsabilizarse de todos los medios humanos necesarios para el correcto desarrollo de los servicios requeridos en la presente licitación.
Será la responsable de las gestiones de contratación, coordinación, desplazamientos y pago del personal. Como mínimo:
− Equipo de trabajo permanente que garantice el buen funcionamiento de toda la infraestructura y servicios incluidos en el Pliego, con un interlocutor válido (Coordinador Técnico).
− Personal para la limpieza, recogida continua de los desechables, vaciado de cubos, espacios de competición, gastronomía y actividades, escenarios, aseos etc..
− Personal necesario para el traslado de materiales, montaje y desmontaje del espacio.
− Personal para la vigilancia y seguridad durante el montaje y desmontaje
Dicho personal dependerá exclusivamente de la empresa adjudicataria, que asumirá sobre el mismo todos los derechos y deberes. En ningún caso existirá vinculación laboral alguna entre el personal y el Consorcio.
6. PERMISOS Y SEGUROS
La adjudicataria será la responsable de la contratación de las pólizas de seguro y permisos necesarios para el buen desarrollo del evento.
La empresa adjudicataria deberá disponer de un seguro de responsabilidad civil que cubra todos los daños y perjuicios que puedan derivarse del normal funcionamiento de todas las actividades, y que incluirá, necesariamente, las labores de montaje, desmontaje y retirada de todos los elementos instalados.
Igualmente, la empresa adjudicataria deberá cumplir y aplicar el Plan de Seguridad del Evento en colaboración con los servicios municipales.
Deberá dotar al evento de los elementos de extinción de incendios/extintores en los diferentes puntos de venta y espacios del evento, en número suficiente y de acuerdo con las recomendaciones del Plan de Seguridad.”
ARTICULACIONES DE LA NEGOCIACION:
− ESTABLECIMIENTO DE FASES: NO
− NUMERO DE FASES Y CRITERIOS DE ADJUDICACION A TENER EN CUENTA: FASE ÚNICA
− NUMERO DE OFERTAS A PRESENTAR: INICIAL Y FINAL
− PLAZO PARA LA PRESENTACION DE LA OFERTA FINAL: 8 DIAS NATURALES
CRITERIOS VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES (100%): PRECIO
FASES:
− FASE UNICA
− UMBRAL DE PUNTUACION MINIMA DE CADA FASE: NO SE EXIGE
ORGANO DE VALORACION: AREA DE PROMOCION DEL CONSORCIO
CRITERIOS DE DESEMPATE:
− MEJOR OFERTA ECONOMICA
OFERTAS ANORMALES: CRITERIOS DE LA LCSP Y REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATOS
ADMISION DE CERTIFICADOS ELECTRONICOS, INFORMATICOS O TELEMATICOS SOBRE DOCUMENTACION A PRESENTAR PARA LA ADJUDICACION: NO
10. VARIANTES Y MEJORAS
VARIANTES: SON POSIBLES EN LA OFERTA DEFINITIVA TRAS LA NEGOCIACIÓN Y SEGÚN ESTA.
MEJORAS: SOBRE LAS PRESTACIONES BÁSICAS OBLIGATORIAS CONTENIDAS EN EL PLIEGO TÉCNICO.
11. PRESENTACION PROPOSICIONES
Nº MAXIMO DE EMPRESAS A LAS QUE SE INVITARÁ A NEGOCIAR: 1 (EXCLUSIVIDAD)
Nº MINIMO DE EMPRESAS A LAS QUE SE INVITARÁ A NEGOCIAR: 1
PLAZO PARA PRESENTACION DE SOLICITUDES DE PARTICIPACION: 5 DIAS NATURALES A CONTAR DESDE EL SIGUIENTE AL ENVIO DE LAS INVITACIONES
CONTENIDO DE LAS SOLICITUDES DE PARTICIPACION: VER MODELO ANEXO II (PROPOSICION ECONOMICA)
PLAZO PARA LA PRESENTACION DE PROPOSICIONES: 8 DIAS NATURALES DESDE LA ACEPTACION DE LA INVITACION A PARTICIPAR.
PRESENTACION ELECTRONICA: NO
DIRECCION ELECTRONICA PARA RECEPCION DE OFERTAS: NO
PLAZO DE ADJUDICACION: 15 DIAS DESDE LA APERTURA DE PROPOSICIONES
CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES:
1.- SOBRE A
TÍTULO: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS ASPECTOS ECONÓMICOS Y TÉCNICOS OBJETO DE NEGOCIACIÓN
2.- SOBRE B
TÍTULO: REFERENCIAS TÉCNICAS
CUANDO CONFORME AL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEBAN INCLUIRSE OTROS DOCUMENTOS EN ORDEN A PERMITIR VERIFICAR QUE LAS PROPOSICIONES CUMPLEN.
12. INFORMACION ADICIONAL
PLAZO DE SOLICITUD DE INFORMACION ADICIONAL: 5 DIAS NATURALES
RESPUESTAS CARÁCTER VINCULANTE: SI
13. INFORMACION DEL CONTRATO CON CARÁCTER CONFIDENCIAL:
NO PROCEDE
14. ACREDITACION DE OTRAS CIRCUNSTANCIAS DISTINTAS A LAS CONTEMPLADAS EN EL DEUC
NO PROCEDE
15. COMPENSACION A LICITADORES EN CASO DE RENUNCIA O DESESTIMIENTO
1% DEL TIPO DE LICITACION
16. GASTOS DE PUBLICIDAD Y OTROS GASTOS
NO PROCEDE
17. OBLIGACION DE SUBROGACIÓN EN RELACIONES LABORALES EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ART. 130 DE LA LCSP 2017
NO PROCEDE
18. COMPROMISO DE ADSCRIPCION DE MEDIOS
- COMPROMISO DE ADSCRIPCION: SI
- DERECHOS Y OBLIGACIONES ESPECÍFICAS. TRANSFERENCIA DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL O INDUSTRIAL: SI
19. TITULACIONES EXIGIDAS
NO PROCEDE
20. INFORMACION SOBRE OBLIGACIONES RELATIVAS A LA FISCALIDAD, PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE, EMPLEO, CONDICIONES LABORALES Y DE CONTRATAR UN PORCENTAJE DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
ORGANISMOS: NO PROCEDE
OBLIGACION DE CUMPLIR LAS CONDICIONES SALARIALES DEL CONVENIO SECTORIAL PROCEDENTE: SI
21. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN
NO PROCEDE
22. PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN O ENTREGA
LA EMPRESA ADJUDICATARIA DEBERÁ TENER LA TOTALIDAD DEL MONTAJE EN PERFECTO FUNCIONAMIENTO, EL DÍA 00 XX XXXXX XX 0000, X XXX 10.00 HORAS. TODOS LOS ELEMENTOS INSTALADOS POR LA EMPRESA ADJUDICATARIA DEBERÁN ESTAR LISTOS Y LIMPIOS EN ESE MOMENTO.
− PROGRAMA DE TRABAJO : SI
− POSIBILIDAD DE PRÓRROGA : NO
− PLAZO PARA LA RECEPCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO: EL DÍA 00 XX XXXXX XX 0000, X XXX 01.00 HORAS
− LUGAR DE EJECUCION – ENTREGA: EXPLANADA DEL PARROTE
23. RÉGIMEN DE ABONO DEL PRECIO
CERTIFICACIONES: NO
RÉGIMEN DE ABONO:
− PERIODICIDAD DEL PAGO: POR LA TOTALIDAD DEL IMPORTE A LA FINALIZACION DE LA PRESTACION DEL SERVICIOS
− ABONOS A CUENTA:
- GARANTIAS: AVAL
- CONDICIONES: VER CLAUSULA 29 XXX XXXXXX ADMINISTRATIVO
− DATOS DE FACTURACIÓN:
ENTIDAD CONTRATANTE: CONSORCIO DE TURISMO Y CONGRESOS DE A CORUÑA
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: PRESIDENCIA
ÓRGANO ADMINISTRATIVO CON COMPETENCIAS EN MATERIA DE CONTABILIDAD: ADMINISTRACION
DESTINATARIO DEL CONTRATO: CONSORCIO DE TURISMO Y CONGRESOS DE A CORUÑA. C.I.F.: Q 6550029 J
REGISTRO ADMINISTRATIVO A EFECTOS DE REMISIÓN A LA UNIDAD RESPONSABLE DE SU TRAMITACIÓN: REGISTRO GENERAL DEL CONSORCIO (CALLE SOL – XXXXXXXX XXX X/X) 00000 X XXXXXX
PARA PRESENTACIÓN DE FACTURAS: REGISTRO GENERAL DEL CONSORCIO (CALLE SOL – XXXXXXXX XXX X/X) 00000 X XXXXXX
24. REVISION DE PRECIOS
NO PROCEDE
25. POLIZAS DE SEGUROS EXIGIBLES
PROCEDE: SI
− RIESGO ASEGURADO: RESPONSABILIDAD CIVIL
− IMPORTE: 3.000.000,00 €
MOMENTO DE ENTREGA DE LAS PÓLIZAS: PREVIA A LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
26. PLAZO DE GARANTÍA
NO PROCEDE
27. SUBCONTRATACIÓN
NO PROCEDE.
OBLIGACION DE INDICAR EN LA OFERTA LA PARTE QUE PRETENDA SUBCONTRATARSE: NO PROCEDE
POSIBILIDAD DE PAGOS DIRECTOS A SUBCONTRATISTAS Y CONDICIONES:
NO PROCEDE
28. CESIÓN DEL CONTRATO
NO PROCEDE
MODIFICACIONES PREVISTAS: SI
ALCANCE, LÍMITE, CONDICIONES Y PROCEDIMIENTO QUE HAYA QUE SEGUIRSE PARA REALIZAR LA MODIFICACIÓN:
− ALCANCE Y CONDICIONES:
LAS PRESTACIONES QUE RESULTEN IMPRESCINDIBLES PARA LA CORRECTA EJECUCIÓN DEL CONTRATO UNA VEZ INICIADO EL MONTAJE DE LAS INSTALACIONES POR IMPREVISTOS EN EL MISMO O QUE SE SUSCITEN CON ESTE CARÁCTER DURANTE LOS DÍAS DEL EVENTO.
− PROCEDIMIENTO:
− INFORME DEL RESPONSABLE DEL CONTRATO
− RESOLUCIÓN DE INICIO DE PRESIDENCIA
− INFORME DE FISCALIZACIÓN
− RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA AUTORIZANDO EL GASTO Y APROBANDO LA MODIFICACIÓN.
− CONSTITUCIÓN DE FIANZA COMPLEMENTARIA POR EL 5% DEL IMPORTE DE LA MODIFICACIÓN APROBADA.
− FORMALIZACIÓN COMO ADENDA AL CONTRATO.
LA VARIACIÓN EN EL NÚMERO DE UNIDADES REALMENTE EJECUTADAS SOBRE LAS PREVISTAS EN EL CONTRATO, SIEMPRE QUE NO REPRESENTEN UN INCREMENTO DEL GASTO SUPERIOR AL 10 % POR CIENTO DEL PRECIO DEL CONTRATO SE CONSIDERA MODIFICACIÓN: NO
29. PENALIDADES
A) POR DEMORA: (artículo 193 de la LCSP)
1. El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva.
2. La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración.
3. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido.
El órgano de contratación podrá acordar la inclusión en el pliego de cláusulas administrativas particulares de unas penalidades distintas a las enumeradas en el párrafo anterior cuando, atendiendo a las especiales características del contrato, se considere necesario para su correcta ejecución y así se justifique en el expediente.
4. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, IVA excluido, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
5. La Administración tendrá las mismas facultades a que se refieren los apartados anteriores respecto al incumplimiento por parte del contratista de los plazos parciales, cuando se hubiese previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares o cuando
la demora en el cumplimiento de aquellos haga presumir razonablemente la imposibilidad de cumplir el plazo total.
B) POR INCUMPLIMIENTO PARCIAL O CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO: B.1) POR CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO:
PROCEDE: [SI]
PREVIO INFORME TECNICO CON AUDIENCIA DEL CONTRATISTA
B.2) POR INCUMPLIMIENTO DE LOS COMPROMISOS DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES:
PROCEDE: [SI]
(Artículo 192.2 LCSP)
“Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por su resolución o por la imposición de las penalidades que, para tales supuestos, se determinen en el pliego de cláusulas administrativas particulares o en el documento descriptivo.”
Referido al importe de adjudicación (precio del contrato):
Hasta el 3% Leve Hasta el 5% Grave Hasta el 10% Muy Grave
B.3) POR INCUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN:
PROCEDE: [SI]
(Artículo 192.1 de la LCSP)
“Los pliegos o el documento descriptivo podrán prever penalidades para el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del mismo o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos o de las condiciones especiales de ejecución del contrato que se hubiesen establecido conforme al apartado 2 del artículo 76 y al apartado 1 del artículo 202. Estas penalidades deberán ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento y las cuantías de cada una de ellas no podrán ser superiores al 10 por ciento del precio del contrato, IVA excluido, ni el total de las mismas superar el 50 por cien del precio del contrato.”
Referido al importe de adjudicación (precio del contrato):
Hasta el 3% Leve Hasta el 5% Grave Hasta el 10% Muy Grave
C) POR INCUMPLIMIENTO DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN: PROCEDE: [SI]
ID APARTADO B.3)
D) POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES EN MATERIA MEDIOAMBIENTAL, SOCIAL O LABORAL:
PROCEDE: [SI]
(Artículo 201 LCSP)
“Los órganos de contratación tomarán las medidas pertinentes para garantizar que en la ejecución de los contratos los contratistas cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el anexo V.
Lo indicado en el párrafo anterior se establece sin perjuicio de la potestad de los órganos de contratación de tomar las oportunas medidas para comprobar, durante el procedimiento de licitación, que los candidatos y licitadores cumplen las obligaciones a que se refiere el citado párrafo.
El incumplimiento de las obligaciones referidas en el primer párrafo y, en especial, los incumplimientos o los retrasos reiterados en el pago de los salarios o la aplicación de condiciones salariales inferiores a las derivadas de los convenios colectivos que sea grave y dolosa, dará lugar a la imposición de las penalidades a que se refiere el artículo 192.”
Referido al importe de adjudicación (precio del contrato):
Hasta el 3% Leve Hasta el 5% Grave Hasta el 10% Muy Grave
30. SUSPENSION DEL CONTRATO
DAÑOS Y PERJUICIOS A ABONAR AL CONTRATISTA DIFERENTES A LO ESTABLECIDO EN EL 210 DE LA LCSP
NO PROCEDE
31. OBLIGACIONES ESENCIALES CUYO INCUMPLIMIENTO ES CAUSA DE RESOLUCIÓN
INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE PAGO A SUBCONTRATISTAS O SUMINISTRADORES
NO PROCEDE
32.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO:
CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO: VER CLÁUSULA 50 XXX XXXXXX
ADMINISTRATIVO
A Coruña, 7 xx xxxxx de 2018
X. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx Presidente
Consorcio de Turismo y Congresos de A Coruña