ÍNDICE
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN EL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL RELATIVO A UN SERVICIO BANCARIO MEDIANTE LA INSTALACION, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DE UN CAJERO AUTOMÁTICO PARA TARJETAS SERVIRED EN EL HOSPITAL UNIVERSITARIO XXXXX Y CAJAL DE MADRID, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO MEDIANTE CONCURSO (Expte: SG-0-0006-2007)
ÍNDICE
CAPÍTULO PRIMERO.- DISPOSICIONES GENERALES
Cláusula 1. Régimen jurídico… Pág. 4
Cláusula 2. Capacidad para contratar……………………………………………Pág. 4 Sección primera. Del contrato
Cláusula 3. Objeto del contrato………………………………………………….Pág. 5 Cláusula 4. Presupuesto base de licitación y precio del contrato………………..Xxx. 5 Cláusula 5. Canon de explotación……………………………………………….Pág. 5 Cláusula 6. Procedimiento y forma de adjudicación…………………………….Pág. 6 Cláusula 7. Criterios objetivos de adjudicación…………………………………Pág. 6 Cláusula 8. Efectos de la propuesta de adjudicación…………………………….Pág. 6 Cláusula 9. Adjudicación del contrato…………………………………………...Pág. 6
Cláusula 10. Perfección y formalización del contrato…………………………...Pág. 7 Cláusula 11. Riesgo y xxxxxxx…………………………………………………...Pág. 8
Cláusula 12. Cesión del contrato………………………………………………...Pág. 8
Cláusula 13. Resolución del contrato……………………………………………Pág. 8 Sección tercera. De las proposiciones
Cláusula 14. Presentación de proposiciones…………………………………….Pág. 9 Cláusula 15. Forma y contenido de las proposiciones…………………………..Xxx. 9 Cláusula 16 Calificación de la documentación presentada, valoración de los criterios de selección y apertura de proposiciones……………………………………………Pág.15
CAPÍTULO II.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección primera. Del cumplimiento del contrato
Cláusula 17. Programa de trabajo………………………………………………..Pág. 16 Cláusula 18. Dirección de los trabajos..................................................................Pág. 16
Cláusula 19. Responsabilidad del contratista por daños y perjuicios…………....Pág. 17 Sección segunda. Del plazo de ejecución
Cláusula 20. Plazo de ejecución… Pág. 17
Cláusula 21. Prórroga del contrato…………………………………………..Pág. 17 Cláusula 22. Cumplimiento del plazo y penalidades por demora…………...Pág. 17
Sección tercera. De la modificación y suspensión del contrato.
Cláusula 23. Modificación del contrato……………………………………..Pág. 18 Cláusula 24. Suspensión del contrato…........................................................ Pág. 18
CAPÍTULO III.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Sección primera. De las exigencias al contratista
Cláusula 25. Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista…….Pág. 18 Sección segunda. De las disposiciones laborales y sociales
Cláusula 26. Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores minusválidos………………………………………….Pág. 19
Cláusula 27. Obligaciones laborales y sociales……………………………...Pág. 20 Cláusula 28. Información sobre obligaciones laborales y sociales………….Pág. 20
Sección tercera. De los seguros y de las obligaciones y responsabilidades del contratista en el supuesto de elaboración del proyecto
Cláusula 29. Seguros…………………………………………………………Pág.20 CAPÍTULO IV.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Sección primera. De la terminación de los trabajos/servicios
Cláusula 30. Realización de los servicios……………………………………Pág. 20 Cláusula 31. Recepción y liquidación……………………………………….Pág. 21
Sección segunda. Prerrogativas de la Administración y Tribunales competentes Cláusula 32. Prerrogativas de la Administración y Tribunales competentes..Pág. 22 ANEXO I - CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO…………………….Pág. 23 ANEXO II - MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA………………Pág. 26
ANEXO III.- MODELO DE GARANTIA MEDIANTE VALORES ANOTADOS
(con inscripción)…………………………………………………………….Pág. 27
ANEXO IV MODELO DE GARANTÍA MEDIANTE PIGNORACIÓN DE PARTICIPACIONES DE FONDOS DE INVERSIÓN… Pág. 28
ANEXO V MODELO DE AVAL…………………………………………..Pág. 29 ANEXO VI MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN. Pág. 30
ANEXO VII MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSOS EN PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN, DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE QUE NO EXISTEN DEUDAS EN PERÍODO EJECUTIVO CON LA COMUNIDAD DE MADRID
………………………………………………………………………………….Pág. 31 ANEXO VIII MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A LAS EMPRESAS QUE ESTÉN OBLIGADAS A TENER EN SU PLANTILLA
TRABAJADORES MINUSVÁLIDOS…………………………………………Pág.32
XXXXX XX DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO DE LICITADORES DE LA COMUNIDAD DE MADRID (DECLARACIÓN DE PRESENTACIÓN OBLIGATORIA EN CADA LICITACIÓN JUNTO CON LA CERTIFICACIÓN DE INSCRIPCIÓN REGISTRAL)
..............................................................................................................................Pág. 33
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN EL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL RELATIVO A UN SERVICIO BANCARIO MEDIANTE LA INSTALACION, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DE UN CAJERO AUTOMÁTICO PARA TARJETAS SERVIRED EN EL HOSPITAL UNIVERSITARIO XXXXX Y CAJAL DE MADRID, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO MEDIANTE CONCURSO (Expte: SG-0-0006-2007)
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Cláusula 1. Régimen jurídico.
El presente contrato tiene carácter administrativo especial (Art. 5.2 b) de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, (LCAP), por lo que según dispone el art. 7 de la citada Ley se regirá, en todo caso, por sus propias normas con carácter preferente.
Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en su correspondiente de prescripciones técnicas particulares.
Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de Contratos de las Administraciones Públicas: Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, (LCAP), y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre (RGLCAP), y por el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Estudios y Servicios Técnicos, aprobado por Orden de 8 xx xxxxx de 1972, en cuanto no se oponga a lo establecido en la LCAP y en el RGLCAP, por las Leyes aprobadas por la Asamblea de Madrid y por el Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 xx xxxxx, (RGCPCM) y sus normas complementarias. Supletoriamente, se aplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.
Cláusula 2. Capacidad para contratar.
Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el artículo 20 de la LCAP, en la Ley 14/1995, de 21 xx xxxxx, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora
de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, que con arreglo a lo establecido en la LCAP sea exigible, de conformidad con lo indicado en el apartado 10 del Anexo I al presente pliego, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15.3 de la LCAP.
Además, las empresas adjudicatarias deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato y disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Las empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir además, los requisitos establecidos en el artículo 23 de la LCAP.
Sección primera. Del contrato
Cláusula 3. Objeto del contrato.
El objeto del contrato al que se refiere el presente pliego es la ejecución de los servicios descritos en el apartado 1 del Anexo I al mismo y definido en el pliego de prescripciones técnicas particulares, en el que se especifican las necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato y los factores de todo orden a tener en cuenta.
Tanto el pliego de prescripciones técnicas particulares como el pliego de cláusulas administrativas particulares revisten carácter contractual, por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad por el adjudicatario, en el mismo acto de formalización del contrato
Cláusula 4. Presupuesto base de licitación y precio del contrato.
El presupuesto base de licitación asciende a la cantidad expresada en el apartado 3 del Anexo I al presente pliego, presentado como un Canon mínimo de licitación por la explotación y utilización del espacio cedido por el Hospital Universitario Xxxxx y Cajal. Su cálculo incluye todos los factores de valoración y gastos que, según los documentos contractuales y la legislación vigente son de cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier índole, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Las proposiciones presentadas que no superen la cuantía mínima del canon base de licitación serán automáticamente desechadas. El precio del contrato será aquél al que ascienda la adjudicación, que en ningún caso será inferior a la cuantía mínima del presupuesto base de licitación.
Cláusula 5. Canon de explotación.
El adjudicatario deberá abonar al Hospital Xxxxx x Xxxxx un canon anual, por la explotación del Servicio Bancario mediante Cajero, cuya cuantía deberá proponer el propio oferente en la proposición económica, y que en ningún caso será inferior a SEIS MIL EUROS (6.000,00 euros) impuestos excluidos.
Dicho canon deberá ser abonado al Hospital a lo largo del año en períodos mensuales, debiendo realizar el abono dentro de los diez primeros días naturales.
El cómputo del pago del canon empezará a regir desde el día de inicio del plazo de ejecución del contrato.
El canon por explotación será actualizado cada doce meses conforme a la variación del Índice de Precios al Consumo General del ejercicio inmediatamente anterior, publicado por el Instituto Nacional de Estadística.
Cláusula 6. Procedimiento y forma de adjudicación.
El contrato se adjudicará por procedimiento abierto mediante concurso, en aplicación de los artículos 73.2, 74.3, 85 (b) y 208 de la LCAP, conforme a los términos y requisitos establecidos en dicho texto legal.
Cláusula 7. Criterios objetivos de adjudicación.
Los criterios objetivos que han de servir de base para la adjudicación del concurso, son los establecidos, por orden decreciente de importancia y con su correspondiente ponderación, en el apartado 15 del Anexo I al presente pliego.
Cláusula 8. Efectos de la propuesta de adjudicación.
La propuesta de adjudicación de la mesa de contratación no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto, que no los adquirirá, respecto a la Administración, mientras no se le haya adjudicado el contrato por acuerdo del órgano de contratación.
Cláusula 9. Adjudicación del contrato.
El órgano de contratación tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato al licitador que, en su conjunto, haga la proposición más ventajosa, mediante la aplicación de los criterios objetivos establecidos en el apartado 15 del Anexo I al presente pliego, sin atender exclusivamente al valor económico de la misma, o declarar desierto el concurso, motivando en todo caso su resolución con referencia a los criterios indicados.
El empresario propuesto como adjudicatario, deberá acreditar ante el órgano de contratación hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, a cuyo efecto se le otorgará un plazo de cinco días hábiles. Dicha acreditación se efectuará de acuerdo con lo siguiente:
Obligaciones tributarias:
a) Original o copia compulsada del alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados e) y f) de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Las agrupaciones y uniones temporales de empresas deberán acreditar el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma.
b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP.
Además, el empresario propuesto como adjudicatario, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, no deberá tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuviesen debidamente garantizadas. El certificado que acredite la inexistencia de deudas se aportará de oficio por la Administración Autonómica.
Obligaciones con la Seguridad Social:
Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP.
El contrato se adjudicará en el plazo máximo de tres meses, a contar desde la apertura de las proposiciones.
Cláusula 10. Perfección y formalización del contrato.
El contrato se perfeccionará mediante la adjudicación realizada por el órgano de contratación formalizándose en documento administrativo dentro del plazo de treinta días a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación del mismo, debiendo el adjudicatario acreditar ante el órgano de contratación y previamente a dicha formalización, el pago del anuncio o anuncios de licitación y, en su caso, la suscripción de las pólizas que se indican en el apartado 13 del Anexo I al presente pliego.
El contrato podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el contratista, corriendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso, el contratista deberá entregar a la Administración una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de un mes desde su formalización.
Cláusula 11. Xxxxxx y xxxxxxx.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, según lo dispuesto en el artículo 98 de la LCAP.
Cláusula 12. Cesión del contrato.
Los derechos y obligaciones dimanantes del presente contrato podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que se cumplan los supuestos y los requisitos establecidos en el artículo 114 de la LCAP.
Cláusula 13. Resolución del contrato.
Son causas de resolución del contrato las recogidas en los artículos 111 y 214 de la LCAP, así como las siguientes:
- La pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con la Administración.
- La obstrucción a las facultades de dirección e inspección de la Administración
- Las reiteradas deficiencias en la prestación del servicio, en especial el plan de limpieza
- El impago del canon
La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación de oficio o a instancia del contratista, en su caso, mediante procedimiento tramitado en la forma reglamentariamente establecida por el artículo 109 del RGLCAP
En los casos de resolución por incumplimiento culpable del contratista, le será incautada la maquinaria y deberá, además, indemnizar a la Administración los daños y perjuicios ocasionados. La determinación de los daños y perjuicios que deba indemnizar el contratista se llevará a cabo por el órgano de contratación en decisión motivada previa audiencia del mismo, atendiendo, entre otros factores los mayores gastos que ocasione a la Administración y los perjuicios para los usuarios.
Para la aplicación de las causas de resolución se estará a lo dispuesto en los artículos 112 de la LCAP y 110 de su Reglamento y para sus efectos a lo dispuesto en los artículos 113 y 215 de la LCAP.
Sección segunda. De las proposiciones
Cláusula 14. Presentación de proposiciones.
Las proposiciones se presentarán en la forma, plazo y lugar indicados en el anuncio de licitación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 80 del RGLCAP.
Cada empresario no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La contravención de estas prohibiciones dará lugar a la inadmisión de todas las proposiciones por él suscritas.
La presentación de proposiciones supone, por parte del empresario, la aceptación incondicional del clausulado de este pliego y del de prescripciones técnicas que rigen el presente contrato, sin salvedad alguna.
En lo que concierne a las variantes, se estará a lo dispuesto en el apartado 12 del Anexo I al presente pliego.
Cláusula 15. Forma y contenido de las proposiciones.
Las proposiciones constarán de TRES (3) SOBRES, cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos el número de referencia y la denominación del contrato al que licitan, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF o CIF. En su interior se hará constar una relación numérica de los documentos que contienen. Los sobres se dividen de la siguiente forma:
A) SOBRE Nº 1 "DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA" que incluirá, preceptivamente, los siguientes documentos:
1.- Capacidad de obrar.
1.1.- Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial, así como el Código de Identificación Fiscal (CIF), todo ello en original o copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello. Estos documentos deberán recoger el exacto régimen jurídico del licitador en el momento de la presentación de la proposición.
1.2.- Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, la capacidad de obrar se acreditará mediante su inscripción en un registro profesional o comercial, cuando
este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo, o la presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo I del RGLCAP, para los contratos de consultoría y asistencia y de los de servicios.
1.3.- Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, informe de la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
Igualmente deberán acompañar informe de la Misión Diplomática Permanente de España o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Economía sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, siempre que se trate de contratos de cuantía igual o superior a la prevista en los artículos 203.2 o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo
23.1 de la LCAP.
1.4.- Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida de forma oficial al castellano.
2.- Bastanteo de poderes.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar también poder acreditativo de su representación declarado bastante por un Letrado de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, todo ello en original o copia compulsada. Igualmente deberá presentar fotocopia compulsada del D.N.I. de la persona a cuyo favor se otorgó el apoderamiento o representación. Si el documento acreditativo de la representación contuviese delegación permanente de facultades, deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil.
Se significa que, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, Texto Refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, la solicitud de bastanteo se encuentra sujeta a tasa, debiendo autoliquidarse por el interesado en el momento de su formulación, requisito sin el cual no se iniciará la actuación administrativa, según lo establecido en la Orden 98/2002, de 29 de enero, de la Consejería de Presidencia, por la que se aprueban las normas de gestión, liquidación y recaudación de la tasa por bastanteo de documentos.
3.- Declaraciones relativas a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración, de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de que no existen deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid.
Declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo VII al presente pliego, de que el empresario, si se tratare de persona física, o la empresa, sus administradores y representantes, si se tratare de persona jurídica, así como el firmante de la proposición, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas
en el artículo 20 de la LCAP, en los términos y condiciones previstas en el mismo, en la Ley 14/1995, de 21 xx xxxxx, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid. Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como de no tener deudas en período ejecutivo de pago, salvo que estuvieran garantizadas, con la Comunidad de Madrid.
4.- Declaración relativa a las empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores minusválidos.
Declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo VIII al presente pliego, por la que, de resultar adjudicatario, asume, conforme con lo señalado en la cláusula 33 del presente pliego “Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores minusválidos”, la obligación de tener empleados, durante la vigencia del contrato, trabajadores minusválidos en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista esté sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 38.1, de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración Social de Minusválidos, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el R D 364/2005, de 8 xx xxxxx. En esta declaración se hará constar, además, que asume igualmente la obligación de acreditar ante el órgano de contratación cuando le fuese requerido durante la vigencia del contrato, o, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva, el cumplimiento de la obligación anteriormente referida.
5.- Acreditación de la finalidad de la empresa y de su organización.
Los licitadores deberán presentar la documentación que acredite debidamente que la finalidad o actividad de la persona física o jurídica tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales. Igualmente deberán acreditar que disponen de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
6.- Solvencia económica, financiera y técnica o profesional.1
Para los contratos de servicios de presupuesto igual o superior a 120.202,42 euros, los licitadores deberán presentar:
1 De conformidad con la Comunicación interpretativa de la Comisión Europea de 4 de julio de 2001, e Informe 5/2002, de 00 xx xxxxxxxxxx, xx xx XXXX xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx, para la acreditación de la solvencia técnica podrá tomarse en consideración que los licitadores dispongan de un sistema de gestión y auditoría medioambiental siempre que los elementos del mismo puedan considerarse equivalentes a uno o varios de los medios de acreditación de la capacidad técnica. Esta acreditación podrá realizarse mediante certificación de inscripción en el sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), certificado ISO 14001 o cualquier otro justificante
la documentación acreditativa de su solvencia económica y financiera y técnica o profesional en la forma establecida en los artículos 16 y 19 de la LCAP, o de las que, dentro de las previstas en dichos artículos, se exija por el órgano de contratación en el apartado 10 del Anexo I al presente pliego, todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 26.2 de la LCAP.
Para las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea, los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en los términos y por los medios que se especifiquen en el anuncio de licitación y que se relacionan en el apartado 10 del Anexo I al presente pliego.
El órgano de contratación respetará en todo caso el carácter confidencial de los datos facilitados por los empresarios.
7.- Uniones temporales de empresarios.
Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión temporal frente a la Administración deberán presentar, todos y cada uno de los empresarios, los documentos exigidos en la presente cláusula, además de un escrito de compromiso en el que se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos; la xxxxxxxx del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión.
Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma. En caso de exigirse clasificación, el régimen de acumulación de las mismas será el establecido en los artículos 51 y 52 del RGLCAP.
Para los casos en los que concurran en la unión empresarios nacionales, extranjeros no comunitarios o extranjeros comunitarios, los dos primeros deberán acreditar su solvencia económica y financiera y técnica o profesional.
En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresarios, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el CIF asignado a dicha unión, antes de la formalización del contrato. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
8.- Jurisdicción de empresas extranjeras.
Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo
directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
9.- Registro de Licitadores.
El certificado de inscripción en el Registro de Licitadores de la Comunidad de Madrid eximirá a los licitadores inscritos de la presentación en las convocatorias de contratación, de la documentación relativa a la capacidad de obrar, bastanteo del poder, de las declaraciones de no encontrarse incurso en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración, de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de no tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid y , en su caso, de la certificación acreditativa de encontrarse clasificados para los tipos de contratos a los que pretendan concurrir y de la declaración relativa el compromiso de tener contratados trabajadores minusválidos.
No será preciso que los empresarios aporten el certificado de inscripción, sustituyéndose su presentación por el acceso de los órganos y mesas de contratación al mismo por medios telemáticos, según lo dispuesto en los artículos 4 y 5 de la Orden de 19 de enero de 2007, de la Consejería de Hacienda, sobre la presentación telemática de solicitudes en los procedimientos del Registro de Licitadores de la Comunidad de Madrid, la consulta en Internet de los datos registrados y el acceso por medios electrónicos a los certificados de inscripción.
El empresario deberá presentar en la licitación una declaración responsable sobre la vigencia de los datos anotados en el Registro de Licitadores, según el modelo que figura como anexo IX al presente pliego. Si se hubiese producido alteración de los datos registrales se hará mención expresa en la citada declaración, uniendo la documentación correspondiente.
10.- Documentación relativa a la preferencia en la adjudicación.
A efectos de la preferencia en la adjudicación, según lo previsto en la cláusula 10 del presente pliego, “Adjudicación del contrato”, podrá presentarse en este sobre la siguiente documentación: contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores minusválidos.
11.- Empresas pertenecientes a un mismo grupo.
Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio y que presenten distintas
proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición.
También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran.
B) SOBRE Nº 2 " PROPOSICIÓN ECONÓMICA".
La proposición económica se presentará redactada conforme a los modelos fijados en los Anexos II y II BIS al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta.
Asimismo la proposición económica deberá recoger lo siguiente:
• Importe del Canon anual ofertado, conforme a lo establecido en la cláusula 5ª del presente pliego.
En caso de discrepancia entre el importe expresado en letra y el expresado en cifra, prevalecerá la cantidad que se consigne en letra, salvo que de los documentos que componen la proposición se desprenda otra cosa. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido.
A todos los efectos se entenderá que las ofertas de los licitadores comprenden el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido, salvo indicación expresa en contrario.
Asimismo será obligación del adjudicatario el abono de impuestos, arbitrios y tasas de cualquier clase que sean, tanto del Estado, como de la Comunidad Autónoma o Municipio, a que dé lugar la explotación del Servicio.
C) SOBRE Nº 3 “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA”.
En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el apartado 16 del Anexo I al presente pliego, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de
adjudicación del concurso especificados en el apartado 15 del mismo Xxxxx X, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar.
Cláusula 16. Calificación de la documentación presentada, valoración de los criterios de selección y apertura de proposiciones.
Constituida la mesa a los efectos de calificación de la documentación, si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, mediante telefax, correo electrónico o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndose un plazo no superior a cinco días naturales para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios.
La documentación de contenido técnico, será evaluada por el servicio administrativo competente en función del objeto del contrato.
Una vez calificada la documentación y realizadas, si procede, las actuaciones indicadas, la Mesa procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección que se establecen en el apartado 10 del Anexo I al presente pliego, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. Estas circunstancias se pondrán en conocimiento de los licitadores en el acto público de apertura de las proposiciones económicas.
Seguidamente, la Mesa abrirá el sobre nº 2 “Proposición económica”, de las empresas admitidas, dando lectura a las proposiciones y posteriormente, una vez emitidos, en su caso, los informes solicitados, las elevará con el acta y la propuesta que estime pertinente, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en el apartado 15 del Anexo I, al órgano de contratación.
Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si éstos no retiran su documentación en los tres meses siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, la Administración no estará obligada a seguirla custodiando, a excepción de los documentos justificativos de la garantía provisional, que se conservarán para su entrega a los interesados.
CAPÍTULO II
EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección primera. Del cumplimiento del contrato
Cláusula 17. Programa de trabajo.
El contratista, en el plazo de un mes, contado desde la formalización del contrato, habrá de someter a la aprobación del órgano de contratación correspondiente, el programa para su instalación, de acuerdo con lo propuesto en la Memoria Técnica, en el que consten las tareas que considere necesario realizar para atender el contenido del servicio proponiendo, en su caso, los plazos parciales correspondientes a cada tarea. A estos efectos, se utilizarán como unidades de tiempo la semana y el mes, salvo indicación en contrario xxx xxxxxx de prescripciones técnicas. El programa de trabajo respetará todas las fechas o plazos de entrega fijados en el contrato, y contendrá todos los datos exigidos en aquel pliego, o, de no especificarse en el mismo, los previstos en la cláusula 24 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Estudios y Servicios Técnicos aprobados por Orden de 8 xx xxxxx de 1972.
El órgano de contratación resolverá sobre el mismo, pudiendo imponer al programa de trabajo presentado la introducción de modificaciones, ampliaciones y el grado de definición que estime necesario para el cumplimiento del contrato.
Cláusula 18. Dirección de los trabajos.
La realización de los trabajos comprendidos en el servicio a prestar, deberán contar con la conformidad del representante que designe el órgano de contratación.
Son funciones del representante del órgano de contratación:
a) Interpretar el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás condiciones técnicas establecidas en el contrato o en disposiciones oficiales.
b) Exigir la existencia de los medios y organización necesarios para la elaboración de los trabajos/prestación de los servicios en cada una de sus fases.
c) Dar las órdenes oportunas para lograr los objetivos del contrato.
d) Proponer las modificaciones que convenga introducir para el buen desarrollo de los trabajos/servicios.
e) Tramitar cuantas incidencias surjan durante el desarrollo de los trabajos/servicios.
f) Convocar cuantas reuniones estime pertinentes para el buen desarrollo de los trabajos/servicios y su supervisión, a la que estará obligada a asistir la representación de la empresa adjudicataria, asistida de aquellos facultativos, técnicos, letrados o especialistas de la misma que tengan alguna intervención en la ejecución del trabajo/servicio.
Cláusula 19. Responsabilidad del contratista por daños y perjuicios.
El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes. En todo caso, será de aplicación lo preceptuado en el artículo 97 de la LCAP.
Sección segunda. Del plazo de ejecución
Cláusula 20. Plazo de ejecución.
El plazo total de los servicios a que se refiere este pliego serán los que figuran en el apartado 4 del Anexo I o el que se determine en la adjudicación del contrato.
Si por alguna circunstancia en el momento de finalización del plazo de ejecución, incluidas las posibles prórrogas contratadas, no hubiera llegado a adjudicarse el expediente de contratación promovido por la Administración a efectos de la continuidad del contrato, el adjudicatario tendrá la obligación de continuar prestando servicio hasta que se disponga de un nuevo contratista, sin que por ello se pueda considerar que se ha procedido a la prórroga tácita del contrato.
Cláusula 21. Prórroga del contrato.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula anterior, el contrato podrá prorrogarse de forma expresa y por mutuo acuerdo de las partes antes de su finalización, sin que el plazo total del contrato, pueda exceder de cuatro años.
Cláusula 22. Cumplimiento del plazo y penalidades por demora.
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo.
Si los servicios del contrato sufrieren un retraso en su ejecución, y siempre que el mismo no fuere imputable al contratista y éste ofreciera cumplir sus compromisos, se concederá por el órgano de contratación un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor, regulándose su petición por lo establecido en el artículo 100 del RGLCAP.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, para lo que se estará al apartado 4 del Anexo I al presente pliego, la Administración podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 95 de la LCAP.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo de 5% del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejercicio la imposición de nuevas penalidades. En este último supuesto, el órgano de contratación concederá la ampliación del plazo que estime necesaria para la terminación del contrato.
La Administración, en caso de incumplimiento de la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato por parte del contratista, podrá optar por la resolución del contrato.
Sección tercera. De la modificación y suspensión del contrato
Cláusula 23. Modificación del contrato.
El órgano de contratación podrá acordar, una vez perfeccionado el contrato y por razones de interés público, modificaciones en el mismo cuando sean consecuencia de necesidades nuevas o de causas imprevistas, justificándolo debidamente en el expediente. Cuando las modificaciones supongan la ejecución de trabajos no valorables por aplicación del sistema establecido en el contrato, se observará lo dispuesto en el artículo 146.2 de la LCAP.
En lo concerniente a su régimen se estará a lo dispuesto en los artículos 59, 101 y 212 de la LCAP.
Cláusula 24. Suspensión del contrato.
La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 99.5 de la LCAP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 102 de la LCAP, así como en los preceptos concordantes de su Reglamento.
CAPÍTULO III
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Sección primera. De las exigencias al contratista
Cláusula 25. Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista.
Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios Oficiales, o en cualquier medio de comunicación, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a la ejecución del contrato. Asimismo, vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo.
El importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato, tanto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, como, en su caso, en el Boletín Oficial del Estado o en otros medios de difusión, se encuentra especificado en el apartado 14 del Anexo I al presente pliego.
Asimismo, vendrá obligado a la suscripción, a su cargo, de las pólizas de seguros que estime convenientes el órgano de contratación, según lo establecido en el apartado 13 del Anexo I al presente pliego.
Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido o, en su caso, el impuesto que por la realización de la actividad pudiera corresponder sin que por tanto, puedan ser éstos repercutidos como partida independiente.
Sección segunda. De las disposiciones laborales y sociales
Cláusula 26. Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores minusválidos.
El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores minusválidos en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración Social de Minusválidos, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el R.D. 364/2005, de 8 xx xxxxx.
La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 20 “Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego, sobre nº 1 “Documentación administrativa”, apartado 4 “Declaración relativa a las empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores minusválidos”.
El contratista queda obligado igualmente a acreditar ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva, el cumplimiento de la referida obligación. La acreditación del cumplimiento de la referida obligación se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores minusválidos.
Cláusula 27. Obligaciones laborales y sociales.
El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales y en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las que se promulguen durante la ejecución del contrato.
Cláusula 28. Información sobre obligaciones laborales y sociales.
Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en:
Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 0, xxxxxxx 0x x 0x, 00000 Xxxxxx, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00
En el modelo de proposición económica que figura como Xxxxx XX al presente pliego se hará manifestación expresa que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones.
Sección tercera. De los seguros.
Cláusula 29. Seguros.
El contratista, estará obligado a suscribir, con compañías aseguradoras debidamente autorizada, una póliza de seguros de responsabilidad civil que garantice los daños ocasionados tanto a terceros como a al propio Centro sanitario por hechos derivados de la prestación del servicio contratado, tal y como se indica en el apartado 13 del Anexo I al presente pliego.
CAPÍTULO IV
EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Sección primera. De la terminación de los trabajos/servicios
Cláusula 30. Realización de los servicios.
El contratista deberá realizar el servicio dentro del plazo estipulado, efectuándose por el representante del órgano de contratación, un seguimiento del cumplimiento de las prescripciones técnicas del contrato.
En el caso de que estimase incumplidas las prescripciones técnicas del contrato, dará por escrito al contratista las instrucciones precisas y detalladas con el fin de remediar las faltas o
defectos observados, haciendo constar en dicho escrito el plazo que para ello fije y las observaciones que estime oportunas.
Si existiese reclamación por parte del contratista respecto de las observaciones formuladas por el representante del órgano de contratación, éste la elevará, con su informe, al órgano de contratación, que resolverá sobre el particular.
Si el contratista no reclamase por escrito respecto a las observaciones del representante del órgano de contratación se entenderá que se encuentra conforme con las mismas y obligado a corregir o remediar los defectos observados.
Cláusula 31. Recepción y liquidación.
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo, y a satisfacción de la Administración, la totalidad de su objeto.
Hasta que tenga lugar la recepción, el adjudicatario responderá de la correcta realización de la prestación objeto del contrato y de los defectos que en ella hubiera, sin que sea eximente ni otorgue derecho alguno la circunstancia de que los representantes de la Administración los hayan examinado o reconocido durante su elaboración, o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales.
Si la prestación del contratista no reuniere las condiciones necesarias para proceder a su recepción, se dictarán por escrito las instrucciones oportunas para que subsane los defectos observados y cumpla sus obligaciones en el plazo que para ello se fije, no procediendo la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. El incumplimiento de las instrucciones sin motivo justificado será causa de resolución, con los efectos que legalmente procedan.
Dentro del plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultante.
Si se produjese demora en el pago del saldo de liquidación, el contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la ley por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales
Sección segunda. Prerrogativas de la Administración y Tribunales competentes
Cláusula 32. Prerrogativas de la Administración y Tribunales competentes.
De acuerdo con lo establecido en la cláusula primera xxx xxxxxx, este contrato tiene carácter administrativo especial. El órgano de contratación tiene la facultad de resolver cuantas cuestiones se susciten durante la vigencia del mismo sobre su interpretación, modificación, efectos y extinción, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en la ley.
Las resoluciones que dicte el órgano de contratación en el ejercicio de sus prerrogativas serán inmediatamente ejecutivas, poniendo fin a la vía administrativa. Contra éstas, podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de notificación de la resolución o ser impugnado directamente ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
CONFORME
EL ADJUDICATARIO, FECHA Y FIRMA
POR LA ADMINISTRACIÓN, FECHA Y FIRMA
ANEXO I
CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
TITULO: Servicio Bancario mediante instalación, explotación y mantenimiento de un cajero automático para tarjetas Servired en el Hospital Universitario Xxxxx y Cajal.( Exp.SG-0-0006-2007)
1.- Definición del objeto del contrato:
Servicio Bancario mediante la instalación, explotación y mantenimiento de un cajero automático para tarjetas Servired en el Hospital Universitario Xxxxx y Cajal.
División en lotes: NO PROCEDE Código CPA: 65.23.10
Categoría del contrato (artículo 206 de la LCAP): 6, b)
2.- Órgano contratante.
Gerente de Atención Especializada del Área IV (Hospital Xxxxx y Cajal), de conformidad con lo establecido en la Resolución de 11 de enero de 2007, del Director General del Instituto Madrileño de la Salud, de delegación de competencias en materia de contratación y gestión presupuestaria en los Gerentes de Atención Especializada, Atención Primaria y Servicio de Urgencias Médicas de Madrid (B.O.C.M. nº 15 de 18 de enero de 2007).
3.- Presupuesto base de licitación y crédito en que se ampara.
Tipo de presupuesto: Cuantía mínima estimada
Canon mínimo de explotación: 6.000,00 euros anuales. Aportación de la Comunidad de Madrid: No procede
4.- Plazo de ejecución.
Doce meses (12 meses).
5.- Plazo de garantía.
No procede
6.- Procedimiento y forma de adjudicación.
Tramitación: Ordinaria Procedimiento: abierto Forma: concurso
7.- Garantía provisional
Procede: No (Art. 35.1 LCAP)
8.- Garantía definitiva.
800 euros
9.- Revisión del canon.
Procede: SI en el supuesto de prórroga.
Método o sistema para la aplicación del índice de revisión: A partir del mes decimotercero de ejecución del contrato, se realizará la revisión del importe del canon convenido conforme a la variación del Índice de Precios al Consumo General del ejercicio inmediatamente anterior, publicado por el Instituto Nacional de Estadística.
10.- Solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Acreditación de la solvencia económica y financiera:
- Artículo 16 apartado/s: Declaración relativa a la cifra de negocios global y de los servicios realizados por la empresa en el transcurso de la última anualidad
Criterios de selección: no procede.
Acreditación de la solvencia técnica o profesional:
- Artículo 19 apartado/s: Relación de los principales servicios similares gestionados realizados en el último año, que incluyan fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos.
11.- Régimen de pago del canon.
- Mensual, entre los días 1 y 10 de cada mes.
12.- Admisibilidad de variantes.
No procede.
13.- Pólizas de seguros.
Procede: SI
El adjudicatario presentará un certificado emitido por una entidad aseguradora debidamente autorizada, que acredite la contratación de una póliza de seguros de responsabilidad civil que garantice los daños ocasionados tanto a terceros como al propio Centro sanitario por hechos derivados de la prestación del servicio contratado.
La citada póliza deberá mantenerse en vigor durante el periodo de ejecución del contrato, lo que acreditará ante la Administración cuando ésta se lo requiera.
Momento de entrega de las pólizas: Con la formalización del contrato.
14.- Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación.
El importe estimado de publicación del anuncio de licitación es de 800 euros
15.- Criterios objetivos de adjudicación del concurso.
A) IMPORTE DEL CANON… 70 Puntos.
La metodología de valoración de la oferta económica (precio) se realizará según la siguiente formula:
OFERTA PRESENTADA
70 X MEJOR OFERTA VALORADA
B) MEMORIA PRESTACIÓN DEL SERVICIO E INSTALACIÓN… 30 Puntos.
TOTAL PUNTUACIÓN CRITERIOS DE VALORACIÓN 100 Puntos.
16.- Documentación técnica a presentar en relación con los criterios objetivos de adjudicación del concurso.
• Memoria de ejecución del servicio que se propone.
• Modelo y características xxx xxxxxx. (Adjuntar fotos o folleto informativo)
• Plan de limpieza de la instalación.
• Referencia de otras explotaciones y servicios gestionados de similares características a las que son objeto de este contrato.
POR LA ADMINISTRACIÓN,
CONFORME: FECHA Y FIRMA
EL ADJUDICATARIO FECHA Y FIRMA
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. /Dña..................................................................., con DNI número. en
nombre (propio) o (de la empresa que representa). con
CIF/NIF............................. y domicilio
fiscal………………………………………………….…en............................calle.....................
..............................................................número. enterado del anuncio publicado en
el (XXX, BOCM, DOUE)¹ ............. del día................. de.............. de............. y de las
condiciones, requisitos y obligaciones sobre protección y condiciones de trabajo que se exigen para la adjudicación del contrato de ejecución de los trabajos /servicios de
..................................................................................................................................se
compromete a tomar a su cargo la ejecución de las mismas, con estricta sujeción a los expresados requisitos, condiciones y obligaciones por un precio de
............................................................................ (en letra y número), IVA incluido, en el plazo
total² de 12 meses, todo ello de acuerdo con lo establecido en los pliegos de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente.
Fecha y firma del licitador.
DIRIGIDO AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN CORRESPONDIENTE
1 Se indicará exclusivamente la fecha del Boletín en el que haya aparecido el anuncio.
1 En aquellos concursos en los que no sea posible la variación del plazo de ejecución, deberá suprimirse la referencia que al mismo se hace en el modelo.
MODELO DE GARANTÍA MEDIANTE VALORES ANOTADOS
(CON INSCRIPCIÓN)
Don (nombre y apellidos), en representación de, NIF, con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad
PIGNORA a favor de: (órgano administrativo, organismo autónomo o entidad de derecho público) los siguientes valores representados mediante anotaciones en cuenta, de los cuales es titular el pignorante y que se identifican como sigue:
Número valores | Emisión (entidad emisora), clase de valor y fecha de emisión | Código valor | Referencia del Registro | Valor nominal unitario | Valor de realización de los valores a la fecha de inscripción |
En virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía), para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado, con indicación de las posibles prórrogas previstas en el contrato), contraídas por (contratista o persona física o jurídica garantizada) NIF, con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad, por la cantidad de: (en letra y en cifra).
Este contrato se otorga de conformidad y con plena sujeción a lo dispuesto en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
(Nombre o razón social del pignorante) (Firma/s). Con mi intervención, el Notario (firma).
Don..., con DNI..., en representación de..... (Entidad adherida encargada del registro contable), certifica la inscripción de la prenda,
(Firma)
ANEXO IV
MODELO DE GARANTÍA MEDIANTE PIGNORACIÓN DE PARTICIPACIONES DE FONDOS DE INVERSIÓN
Don (nombre y apellidos), en representación de, NIF, con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad.
PIGNORA a favor de: (órgano administrativo, organismo autónomo o entidad de derecho público) las siguientes participaciones, de las cuales es titular el pignorante y que se identifican como sigue:
Número de participación | Identificación del fondo de inversión, nombre y número de registro administrativo de la CNMV | Entidad gestora | Entidad depositaria | Valor liquidativo a la fecha de inscripción | Valor total |
En virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía), para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado, con indicación de las posibles prórrogas previstas en el contrato), contraídas por (contratista o persona física o jurídica garantizada) NIF, con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad, por la cantidad de: (en letra y en cifra).
Este contrato se otorga de conformidad y con plena sujeción a lo dispuesto en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos. La entidad gestora del fondo se compromete a mantener la prenda sobre las participaciones señaladas, no reembolsando, en ningún caso, al partícipe el valor de las participaciones mientras subsista la prenda, así como a proceder al reembolso de las participaciones a favor de la Comunidad de Madrid a primer requerimiento de ésta.
(Nombre o razón social del pignorante) (Firma/s). Con mi intervención, el Notario (firma).
Don..., con DNI..., en representación de (entidad gestora del fondo), certifica la constitución de la prenda sobre las participaciones indicadas.
(Firma)
ANEXO V
MODELO DE AVAL
La entidad…………………….(razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), CIF…………………., con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en
…………………………., en la calle/plaza/avenida………………………, CP , y en su nombre
(nombre y apellidos de los apoderados)… , con poderes suficientes
para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento
AVALA
A (nombre y apellidos o razón social del avalado)… ,
NIF/CIF………………………….., en virtud de lo dispuesto por (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía)…………………………………para responder de las obligaciones siguientes (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado, con indicación de las posibles prórrogas previstas en el contrato) , ante (órgano administrativo, Organismo Autónomo, o
Ente Público)……………………………… por importe de (en letra y en cifra) euros.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el art. 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Comunidad de Madrid, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
El presente aval estará en vigor hasta que (indicación del órgano de contratación)……………………….. o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria.
El presente aval ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro Especial de Avales con número…………………….
………………………………………….(Xxxxx y fecha)
…………………………….(Razón social de la entidad)
..…………………………….(Firma de los apoderados)
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR EL DE HACIENDA DE LA COMUNIDAD DE MADRID | SERVICIO | JURÍDICO EN LA | CONSEJERÍA |
PROVINCIA | FECHA | CÓDIGO |
ANEXO VI
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
Certificado número…………………………..
La entidad aseguradora (1)… en adelante asegurador, con domicilio (a efectos de
notificaciones y requerimientos) en ………………., calle……..………………, y CIF… debidamente
representado por X. (2)…………………..........................., con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento
ASEGURA
A (3) ………………………..………………......, NIF/CIF… , en concepto de tomador de seguro,
ante (4)… , en adelante asegurado, hasta el
importe de (5)………………...…………………………………, (en cifra y letra)… Euros, en los términos y
condiciones establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato (6)… , en concepto
de garantía (7) , para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se
puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el art. 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Comunidad de Madrid, en los términos establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y normas de desarrollo.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que (8)… , o quien en su nombre sea habilitado
legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria.
En………………………., a……………………de……………….de………..
Firma:
Asegurador
CÓDIGO
FECHA
PROVINCIA
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR EL SERVICIO XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXX.
Instrucciones para la cumplimentación del modelo:
(1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.
(2) Nombre y apellidos del apoderado/s
(3) Nombre y apellidos/razón social del tomador del seguro.
(4) Órgano de contratación.
(5) Importe por el que se constituye el seguro.
(6) Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase,…..) el contrato en virtud del cual se presta la caución, con indicación de las posibles prórrogas previstas en el contrato.
(7) Expresar la modalidad de seguro de que se trata: provisional, definitiva, etc. Caución.
(8) Autoridad a cuya disposición se constituye la garantía.
ANEXO VII
DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSOS EN PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN, DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE NO TENER DEUDAS EN PERÍODO EJECUTIVO CON LA COMUNIDAD DE MADRID.
D./Dña …………………………………………………….., con DNI/NIE …………..………
en nombre propio o en representación de la empresa ,
con CIF nº ….….………, en calidad de ………………………...…………………......……….
DECLARA:
I.- Que la citada sociedad, sus administradores y representantes legales, así como el firmante, no se hallan comprendidos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 20 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, en los términos y condiciones previstos en el mismo, en la Ley 14/1995, de 21 xx xxxxx, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
II.- Que la citada entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no tiene deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid y, si las tiene, están garantizadas.
En ………………………………, a …….. de …………………….. de ……
Fdo.:
Nota: Esta declaración responsable deberá ser suscrita por el órgano de dirección o representación competente de la empresa o sociedad, salvo que ésta opte por otro de los medios previstos en el artículo 21.5 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx.
ANEXO VIII
DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL COMPROMISO DE TENER CONTRATADOS TRABAJADORES MINUSVÁLIDOS
D./Dña……………… , en nombre propio o en representación de la empresa con
C.I.F. nº ….………………, en calidad de …………………..…………………………...……
DECLARA:
Que, de resultar adjudicatario del contrato, y durante la vigencia del mismo, asume la obligación de tener empleados trabajadores minusválidos en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si ésta alcanza un número de 50 ó más trabajadores, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración Social de Minusválidos, o la de adoptar las medidas alternativas establecidas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx.
Asimismo, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando sea requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato o, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva.
En .............................,a ....... de ....................de 2.......
Firmado:
Nota: Indíquese la representación que ostenta el declarante en la empresa
ANEXO IX
MODELO DE AUTORIZACIÓN DE ACCESO Y DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO DE LICITADORES 1
D./D.ª .................................................................... en calidad de 2 ..........................................
con DNI / NIE n.º: ..........................................., en nombre propio o en representación de la empresa ................................................................., con C.I.F:.........................., inscrita en el
Registro de Licitadores de 3……………………….……………….………, con el n.º ......., al objeto de participar en la contratación denominada …......................…………………….
…………………………………………. convocada por 4 .................................................., de acuerdo con lo establecido en el artículo 72 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, bajo su personal responsabilidad,
AUTORIZA el acceso a la información contenida en el Registro de Licitadores, y DECLARA:5
A) Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores no han sido alterados en ninguna de sus circunstancias y que se corresponden con el certificado del Registro.
B) Que de los datos de esta empresa anotados en el Registro de Licitadores han sufrido variación los que a continuación se indican, según se acredita mediante los documentos que se adjuntan, manteniéndose los demás datos sin ninguna alteración respecto del contenido del Certificado del Registro.
Datos que han sufrido variación:
Documentación justificativa que se adjunta:
En ................................., a ....... de .......................... de 200...
Fdo:
1 Esta declaración es de presentación obligatoria en cada licitación.
2 Indíquese la representación que ostenta el declarante en la empresa. 3 Indíquese la Administración correspondiente
4 Indíquese órgano, unidad o ente que tramita el expediente de contratación.
5 Las opciones A) y B) son incompatibles entre sí, señale solamente la que corresponda.