PRE-BASES DE LICITACIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE GESTIÓN Y OPERACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DE TRANSMISIÓN PARA LA INTERCONEXIÓN ENTRE EL SISTEMA INTERCONECTADO NACIONAL (SIN) Y EL SISTEMA ELÉCTRICO DE BAJA CALIFORNIA (BC)
PROSPECTO INFORMATIVO DE LA TRANSACCIÓN
PRE-BASES DE LICITACIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE GESTIÓN Y OPERACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DE TRANSMISIÓN PARA LA INTERCONEXIÓN ENTRE EL SISTEMA INTERCONECTADO NACIONAL (SIN) Y EL SISTEMA ELÉCTRICO DE BAJA CALIFORNIA (BC)
DICIEMBRE 2017
INDICE
1. DESCRIPCION DEL PROYECTO 3
2. XXXXX XXXXXXXX 8
3. DESCRIPCION DE LA TRANSACCIÓN 11
3.1 Aspectos Generales 11
3.2 Esquema de la Transacción y Actores 12
3.3 Régimen Económico 18
3.4 Matriz de Riesgos 23
3.5 Mecanismo de Licitación 24
1. DESCRIPCION DEL PROYECTO
1.1 Antecedentes.
El Sistema Eléctrico Nacional (SEN), se compone por cuatro sistemas eléctricos:
(i) Sistema Interconectado Nacional (SIN), que constituye la gran red eléctrica del país desde las ciudades de Puerto Peñasco hasta Cancún; (ii) el Sistema Eléctrico Baja California (BC), que se encuentra aislado eléctricamente del SIN e interconectado síncronamente al sistema eléctrico del oeste de los Estados Unidos de América (EUA); (iii) Sistema Eléctrico Baja California Sur (BCS), aislado eléctricamente de los sistemas SIN y BC; (iv) finalmente, el Sistema Eléctrico Mulegé (SEM), aislado eléctricamente de los sistemas SIN, BC y BCS.
SIN
BCS
SEM
BC
En la figura 1. se muestran los cuatro sistemas eléctricos descritos:
Figura 1. Diagrama geográfico de los sistemas eléctricos que forman el SEN
Asimismo, el SEN está organizado en nueve regiones de control denominas Gerencia de Control Regional (GCR) cuyas sedes se ubican en las Ciudades de
México (GCR Central), Puebla (GCR Oriental), Guadalajara (GCR Occidental), Mérida (GCR Peninsular), Hermosillo (GCR Noroeste), Xxxxx Xxxxxxx (GCR Norte), Monterrey (GCR Noreste), Mexicali (GCR Baja California) y la Subgerencia de Control La Paz, así como la Subgerencia de Control xxxx Xxxxxxx para el Sistema Mulegé.
El Centro Nacional en la Ciudad de México, coordina el Mercado Eléctrico Mayorista y la operación segura y confiable del SEN, con un Centro Nacional de respaldo en la Ciudad de Puebla.
A continuación se describen las GCR que están en el ámbito del Proyecto:
Gerencia de Control Regional Baja California
La Gerencia de Control Regional Baja California (GCRBC) administra los sistemas de BC, BCS y SEM. Los tres sistemas no se han interconectado al SIN y actualmente operan en forma aislada entre ellos.
La GCRBC es miembro del Western Electric Coordinating Council (WECC) y opera en forma permanentemente conectada con el sistema eléctrico del oeste de los EUA, por tanto, se obliga a cumplir los lineamientos establecidos entre los miembros, entre los más lineamientos de mayor importancia se encuentran los relacionados al cumplimiento de margen de reserva.
En los últimos años, se ha tenido la necesidad de recurrir a la compra de energía proveniente de EUA para satisfacer la demanda interna durante el periodo xx xxxxxx, ya que no se cuenta con suficiencia de los recursos de generación instalados en la GCRBC para satisfacer la demanda máxima durante el periodo de punta xx xxxxxx y cumplir con los lineamientos operativos del WECC y se ha recurrido a la compra de capacidad e importación de energía durante este periodo.
Gerencia de Control Regional Noroeste
La Gerencia de Control Regional Noroeste proporciona el suministro de energía eléctrica a los estados de Sonora y Sinaloa. Su sistema eléctrico se caracteriza por poseer una estructura longitudinal, con corredores en niveles de tensión de 400 y 230 kV. Actualmente, sólo los corredores Mazatlán-Culiacán y Culiacán-Los Mochis operan en 400 kV. La mayor parte del suministro hacia la carga se efectúa a través de bancos de transformación 230/115 kV.
En 2016, la capacidad de generación instalada de 3,814 MW, de los cuales 941 MW corresponden a unidades hidroeléctricas, 2,052 MW a termoeléctricas convencionales, 735 MW a Ciclos Combinados y 86 MW a unidades turbogas. El
55% se ubicó en el estado de Sonora, donde se tiene la mayor parte de la generación base, y la capacidad restante en Sinaloa, donde predominan las centrales hidroeléctricas.
Para solventar el déficit de generación y mantener el suministro de energía eléctrica, ha sido evidente el uso de los enlaces de interconexión con las áreas vecinas, principalmente con el área Occidental.
1.2 Objetivos y resultados esperados del Proyecto.
En el pasado, las necesidades de inversión en la red de transmisión eran impulsadas por el aumento de la demanda en una región, la ubicación de una Central Eléctrica planeada por la empresa verticalmente integrada y por último los requerimientos de confiabilidad a solicitud del operador de la red eléctrica.
En el marco de la reforma energética, la creación de un Mercado Eléctrico Mayorista tiene el objetivo de reducir los costos de producción para beneficio de los usuarios finales, tomando en cuenta, que los costos de inversión en la red de transmisión siguen siendo un porcentaje relativamente pequeño comparado con los costos generales de la inversión en el sector eléctrico.
Uno de los objetivos del gobierno federal, es desarrollar la infraestructura necesaria en el país para garantizar en el corto y mediano plazo, el suministro de energía eléctrica de los sistemas aislados en la península de Baja California, los cuales operan en forma aislada del resto del país.
La integración xx xxxxxxx de energía renovable, en especial eólica y solar, requiere de la expansión de la red de transmisión desde un punto de vista anticipatorio. El determinar las opciones de expansión de la red de transmisión para un gran número de proyectos de generación renovable intermitente y generación convencional en zonas con alto potencial de ambos recursos de fuente primaria de energía en las mismas zonas geográficas, dentro de un Mercado Eléctrico, se convierte en un gran reto, en especial cuando los tiempos de entrada en operación para los proyectos son diferentes.
1.3 Descripción del Proyecto.
El proyecto considera la interconexión del sistema eléctrico de BC con el SIN mediante un enlace en corriente directa entre las SE Cucapah en la zona Mexicali de la GCRBC y Seri en la xxxx Xxxxxxxxxx de la GCRNO en el SIN.
A continuación se presenta las ubicaciones de las SE de Cucapah y Seri.
SE Cucapah en el municipio de Mexicali en el estado de Baja California con ubicación en el punto 32°30'54.49"N, 115°26'42.47"O.
SE Seri en el municipio xx Xxxxxxxxxx en el estado de Sonora con ubicación en el punto 28°55'42.65"N, 110°56'56.45"O.
El proyecto considera una interconexión en corriente directa de punto a punto que operará en forma bipolar con una capacidad de 1,500 MW, en un nivel de tensión de ±500 kV, que se conectará de la SE Cucapah en Mexicali, en la GCRBC a la SE Seri en Hermosillo de la GCRNO, con una longitud estimada de 700 km.
El proyecto considera la construcción de dos estaciones convertidoras, con tecnología HVDC VSC adyacentes a las SE Cucapah y Seri respectivamente con la siguiente descripción:
Seri Estación Convertidora HVDC-VSC: Estación convertidora bipolar de 1,500 MW con tensión de transmisión en corriente directa de 500 kV, nivel de tensión en CA primaria de 400 kV y tensión secundaria conforme a diseño de fabricante. La estación considera todos los requerimientos de transformación, compensación reactiva y lo que se requiera para su óptima operación.
Cucapah Estación Convertidora HVDC-VSC. Estación convertidora bipolar de 1,500 MW con tensión de transmisión en corriente directa de 500 kV, nivel de tensión en CA primaria de 400 kV y tensión secundaria conforme a diseño de fabricante. La estación considera todos los requerimientos de transformación, compensación reactiva y lo que se requiera para su óptima operación.
En la figura 2 se presenta un diagrama simplificado del proyecto.
Figura 2. Diagrama simplificado del proyecto de Interconexión BC-SIN (Ubicación ilustrativa).
2. XXXXX XXXXXXXX
La Reforma Energética1, plasmada en la modificación a los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos creó un nuevo modelo de la industria eléctrica, cuyos objetivos principales son, entre otros, reducir los costos del servicio, garantizar la transparencia, promover la inversión e impulsar energías limpias, contar con múltiples generadores, acceso universal y una operación eficiente de las redes de transmisión y distribución.
Dicha Reforma Constitucional, estableció entre otros aspectos, que el sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, actividades en las que no se otorgarán concesiones, manteniendo siempre el Gobierno Federal la propiedad y el control sobre los organismos y empresas productivas del Estado.
El artículo Undécimo transitorio de la Reforma Constitucional, dispuso que el Congreso de la Unión adecuara el marco jurídico para regular las modalidades de contratación para que los particulares, por cuenta de la Nación, lleven a cabo, entre otros, el financiamiento, instalación, mantenimiento, gestión, operación y ampliación de la infraestructura para prestar el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica.
Bajo este marco Constitucional, el Congreso de la Unión expidió la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), que constituye la ley especial de la materia, cuerpo legal que en conjunto con su Reglamento, las Bases xxx Xxxxxxx Eléctrico y las diversas Resoluciones y Acuerdos que han emitido los diferentes actores en representación del Estado, constituyen el cimiento del nuevo modelo de gestión en el sub-sector eléctrico.
El nuevo modelo previsto en la reforma energética contempla como actores principales a la Secretaría de Energía (SENER) quien asume la facultad de establecer la Política Energética; la Comisión Reguladora de Energía (CRE) quien asume el papel de Regulador; el Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) que se transforma en un organismo público descentralizado encargado
1 Decreto publicado el 20 de diciembre de 2013 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Energía. En particular su artículo 27, párrafo sexto indica: “...Corresponde exclusivamente a la Nación la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, así́ como el servicio publico de transmisión y distribución de energía eléctrica; en estas actividades no se otorgarán concesiones, sin perjuicio de que el Estado pueda celebrar contratos con particulares en los términos que establezcan las leyes, mismas que determinarán la forma en que los particulares podrán participar en las demás actividades de la industria eléctrica.”
de la operación xxx xxxxxxx eléctrico y del control operativo del Sistema Eléctrico Nacional; y la Comisión Federal de Electricidad (CFE), como Empresa Productiva del Estado.
Asimismo, de acuerdo con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, le corresponde a la Secretaría de Energía establecer la política energética del país, realizar proyectos, y ejercer los derechos de la Nación respecto del aprovechamiento de los bienes y recursos naturales que se requieran para generar, transmitir, distribuir, comercializar y abastecer energía eléctrica. Además, de acuerdo con la Ley de la Industria Eléctrica, la SENER está facultada para instruir a los transportistas la ejecución de los proyectos de ampliación y modernización de la Red Nacional de Transmisión y celebrar los contratos necesarios para prestar el Servicio Público de Transmisión de energía eléctrica.
La CRE, como regulador del subsector, cuenta con facultades para establecer las condiciones para la prestación del Servicio Público de Transmisión y llevar a cabo la regulación tarifaria a que se sujetará la transmisión.
El Estado ejercerá el control operativo del Sistema Eléctrico Nacional a través del CENACE, quien emitirá las instrucciones conforme a las cuales deben ser operadas las redes de transmisión, sujetándose a las condiciones generales para la prestación del Servicio Público de Transmisión que expida la CRE que tendrán por objeto determinar los derechos y obligaciones del prestador del servicio y del usuario; la CRE también debe expedir las metodologías para determinar el cálculo de las tarifas reguladas para los servicios de transmisión.
Asimismo, el CENACE está facultado para celebrar los contratos que requiera la operación xxx xxxxxxx eléctrico mayorista y tiene la facultad de facturar, procesar o cobrar los servicios de transmisión.
Un aspecto importante que contempla el nuevo modelo de gestión previsto para el sub-sector eléctrico es la participación del sector privado en las diferentes actividades de la industria eléctrica. En el caso específico de la transmisión, el marco jurídico establece que el Estado, a través de la Secretaría o los Transportistas puede celebrar contratos con particulares para que lleven a cabo por cuenta de la Nación, entre otros, el financiamiento, instalación, mantenimiento, gestión, operación y ampliación de la infraestructura necesaria para prestar el Servicio Público de Transmisión, donde el Estado será responsable de la prestación del Servicio Público de Transmisión, siendo los particulares con quienes el Estado contrate, solidariamente responsables en la prestación del servicio, en el ámbito del objeto de su participación.
En este contexto, el desarrollo del modelo propuesto para la estructuración de
proyectos de participación privada para el desarrollo de la infraestructura necesaria para la transmisión eléctrica está fundado estrictamente en las disposiciones que conforman el marco legal y regulatorio aplicable y se basa en la evidencia detectada de modelos probados en el ámbito internacional donde estos proyectos son pagados por los usuarios xxx xxxxxxx eléctrico.
3. DESCRIPCION DE LA TRANSACCIÓN
3.1 Aspectos Generales
El modelo de participación público-privada propuesto para implementar el Proyecto corresponde al modelo conocido internacionalmente como DFBOT (Design, Finance, Build, Operate and Transfer), mediante el cual un Contratista privado diseña, financia, construye y opera por un plazo preestablecido la infraestructura descrita en el punto 1 anterior, para que el Estado, representado por SENER, pueda prestar el Servicio Público de Transmisión entre las subestaciones eléctricas SERI, en el Estado de Sonora y CUCAPAH, en el Estado de Baja California.
En términos generales el modelo se puede resumir en las siguientes características principales:
El Contrato se adjudica mediante licitación pública internacional convocada por XXXXX.
El Contratista privado adjudicatario diseña, financia y construye las obras de la Línea de Transmisión, las pone en servicio, y realiza las actividades relacionadas con su operación y mantenimiento que se establezcan en el Contrato.
La estructura del modelo prevé la existencia de un fideicomiso privado, donde el Contratista será fideicomitente y el Estado será fideicomisario. En el patrimonio del fideicomiso estarán afectos la totalidad de los flujos de recursos relacionados con el Proyecto, con el objeto de que el fideicomiso sirva también como mecanismo de garantía de pago a los financistas y proveedores. También se afectarán los activos físicos necesarios para la prestación de los servicios, por lo que no podrán dedicarse a ningún otro fin que no sea el cumplimiento de los fines fiduciarios que estarán ligados al cumplimiento del contrato entre la SENER y el Contratista.
En el contexto anterior, el activo principal del Contratista es el derecho a percibir ingresos futuros pagados por los participantes xxx Xxxxxxx Eléctrico a través del CENACE, que le permitan cubrir sus costos de inversión y operacionales.
Los participantes xxx Xxxxxxx Eléctrico pagarán, a través de una tarifa regulada, aprobada por la CRE, la nueva infraestructura de transmisión SERI-CUCAPAH que se integrará a la Red Nacional de Transmisión.
El Contratista asume la totalidad de los riesgos del Proyecto en la etapa previa a su entrada en operación.
Es obligación del Contratista la obtención de los derechos de vía necesarios para el desarrollo de el Proyecto.
Para el diseño de la infraestructura de transmisión, la Contratante define las especificaciones mínimas de diseño, y funcionalidad, con base en la normativa aprobada por la CRE.
Una vez construido el Proyecto y habilitado para proveer el servicio de transmisión, el Contratista, recibe el ingreso anual requerido solicitado en su propuesta económica con el que estima cubrir sus costos operacionales, pagar el servicio de la deuda a sus financistas y recuperar su capital invertido. El ingreso anual requerido es pagado con periodicidad mensual por el Centro Nacional de Control de Energía (CENACE), de acuerdo a los ingresos que recaude este organismo de los Participantes xxx Xxxxxxx Eléctrico, en virtud del Convenio CENACE-Contratista que forma parte del Contrato. En el punto xx se describe el proceso de pago al Contratista.
El ingreso anual requerido estará eventualmente sujeto a deducciones en función del cumplimiento de indicadores de servicio que se establecerán en el Contrato. En el punto xx se describen preliminarmente los conceptos que estarán sujeto a indicadores de servicio.
Cumplido el plazo del Contrato, los activos que están en el patrimonio del Fideicomiso pueden ser transferidos a la Contratante o a quien ella decida, o bien permanecer en el patrimonio del Fideicomiso y el Estado licitar, por un nuevo periodo, un nuevo Contrato para la modernización, operación y mantenimiento de la infraestructura de transmisión que permanece en el patrimonio del Fideicomiso.
3.2 Esquema de la Transacción y Actores
En la figura siguiente se muestra el esquema general de la transacción, en la cual se identifican a los actores públicos y privados que participan en ella, así como las relaciones contractuales entre los diferentes actores.
Esquema General de la Transacción
SENER
CRE
Regula las condiciones técnicas y económicas para el SPT
Regula las Tarifas Generales de uso de la RNT
Dividendos
CONTRATISTA
Sociedad de Propósito Exclusivo
Crea
vehículo Remanente de
operación
CENACE
PROMOTORES/ ACCIONISTAS PRIVADOS
Aporta Capital
Pago anual constante para cubrir costos de Inversión y O&M
Aporta
FINANCISTAS Deuda
FIDEICOMISO PRIVADO
Activo-Pasivo Flujos, Garantías
Pago de tarifas por el uso de la RNT
Servicio Deuda
Contrato de Contrato
ingeniería y operación y
construcción mantenimiento
PARTICIPANTES DEL MEM
generadores, suministradores o usuarios calificados
ANEXO al Contrato Convenio para la Operación Técnica y Comercial de la Transmisión
Contrato de Gestión y Operación de la Infraestructura necesaria para el SPT
CONSTRUCTOR INFRAESTRUCTURA
OPERADOR MANTENIMIENTO INFRAESTRUCTURA
CAPEX OPEX
De la figura anterior, se identifican los siguientes actores públicos y privados que participan en la transacción:
Secretaría de Energía (SENER)
De acuerdo con el artículo 30 de la LIE, la Secretaría de Energía (SENER) o un Transportista (CFE) pueden celebrar contrato con un privado para que este último lleve a cabo por cuenta de la Nación, entre otros, el diseño, financiamiento, instalación, mantenimiento, gestión, operación y ampliación de la infraestructura necesaria para prestar el Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica.
En virtud de lo anterior, el modelo propuesto contempla que la SENER suscriba un contrato de largo plazo con un Contratista, que corresponderá a una Sociedad de Propósito Exclusivo, para el diseño, financiamiento, construcción, gestión y operación de la infraestructura de transmisión eléctrica que conecta el Sistema Interconectado Nacional (SIN) Con El Sistema Eléctrico Baja California (BC), En Corriente Directa de Alto Voltaje (HVDC), en un nivel de Tensión De +/- 500 Kv.
En virtud de este Contrato, SENER define las necesidades de capacidad y requerimientos mínimos de diseño, construcción y operación de la línea de transmisión eléctrica, y el Contratista es el responsable del diseño, proyecto ejecutivo de la línea, de su construcción, operación y mantenimiento durante la vigencia del Contrato.
En este Contrato, se adhiere el Convenio Contratista-CENACE, que comenzaría a regir una vez que el Proyecto comienza a operar y es el que regula la prestación del servicio de transmisión y el Ingreso Requerido a que tiene derecho el Contratista.
En virtud de este Contrato, el Contratista es responsable solidario con el Estado, en el ámbito del Contrato, para la prestación del servicio de transmisión, teniendo que cumplir la regulación establecida por la CRE y CENACE, misma que formará parte del Contrato.
Centro Nacional de Control de Energía (CENACE)
El CENACE desempeña un papel fundamental en la transacción, ya que de acuerdo con la LIE (Artículo 100), es este actor el que tiene la facultad de facturar y cobrar los servicios de transmisión a los participantes xxx Xxxxxxx Eléctrico de acuerdo con las Tarifas Reguladas que apruebe la CRE, por lo que en términos prácticos, una vez que el Proyecto entra en servicio, la regulación que regirá para el Contratista, durante la etapa de operación, estará establecida mayoritariamente en el Convenio con el CENACE.
Asimismo, la LIE (artículo 38) establece que el Contratista celebrará con el CENACE el convenio que regirá la prestación y facturación de los servicios de transmisión, con base en modelos de contrato propuestos por el CENACE y autorizados por la CRE.
En este contexto, el Contratista, en el marco del contrato con SENER, suscribirá un convenio con el CENACE2, cuyo objeto será regir la prestación y facturación del Servicio Público de Transmisión, estableciendo las acciones de coordinación necesarias entre el CENACE y el Contratista, para la operación técnica y comercial de dicho servicio, bajo criterios de eficiencia, Calidad, Confiabilidad, Continuidad, seguridad, economía y sustentabilidad del SEN, garantizando el acceso abierto efectivo y no indebidamente discriminatorio a la RNT.
Asimismo, el marco legal le da las facultades al CENACE para administrar el
2 Ya existe un Convenio Tipo aprobado por la CRE, el cual eventualmente será necesario modificar/ampliar para incorporar elementos que permitan dar certeza a los financistas e inversionistas del Contratista.
riesgo de Ingresos, ya que cobrará a los usuarios xxx xxxxxxx eléctrico una tarifa por kilowatt/hora extraído o inyectado en la RNT, y realizará un pago fijo al Contratista.
Un aspecto importante para la bancabilidad de la Transacción, es que el CENACE cuenta con herramientas adecuadas para la gestión y administración del riesgo de ingresos, entre los cuales se cuenta un Fondo de Capital de Trabajo3 y garantías solicitadas a los Participantes xxx Xxxxxxx.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA (CRE)
La Comisión Reguladora de Energía (CRE), en su papel de autoridad reguladora del sector de energía, tiene como objetivo regular las condiciones generales establecidas en el contrato para la prestación del servicio de transmisión y autorizar el ingreso requerido necesario para cubrir la inversión y costos operacionales del Proyecto, así como autorizar el aumento de la tarifa a los usuarios de la RNT para incorporar este ingreso requerido.
En este contexto, para dar certidumbre a los financistas e inversionistas del Contratista que desarrollará el Proyecto, la CRE emitirá un dictamen reconociendo al adjudicatario de la licitación y el derecho que tiene al Ingreso Anual Requerido.
PARTICIPANTES XXX XXXXXXX ELÉCTRICO
Los participantes xxx Xxxxxxx Eléctrico Mayorista, son los que hacen uso de la RNT y están compuesto por las Generadoras que inyectan energía a la RNT y por los Usuarios Calificados y Suministradores, que retiran energía de esta red.
Estos actores pagan al CENACE la tarifa regulada autorizada por la CRE por el uso de la RNT, que incluirá el incremento para permitir el pago del Ingreso anual Requerido por el Contratista del Proyecto.
Asimismo, las Bases xxx Xxxxxxx Eléctrico establecen claramente las garantías que debe solicitar el CENACE a estos Usuarios para que honren sus compromisos
3 Las Bases xxx Xxxxxxx Eléctrico (Base 17), establece que El CENACE cubrirá́ las obligaciones de pago a otros Participantes xxx Xxxxxxx, Transportistas, Distribuidores y al propio CENACE asociadas con la factura correspondiente utilizando recursos del Fondo de Capital de Trabajo, el cual se conforma con el capital de trabajo neto del ciclo de pago semanal de CENACE.
Adicionalmente El CENACE solicita garantías de cumplimiento a los Participantes xxx Xxxxxxx, las que puede hacer efectivas hasta cubrir los pagos no realizados y transferir los recursos correspondientes al Fondo de Capital de Trabajo.
Si por cualquier razón el valor de las garantías de cumplimiento resulta insuficiente para liquidar la factura correspondiente y los intereses generados, el CENACE realizará el cobro de los recursos faltantes por la vía que corresponda y, una vez obtenidos estos recursos junto con el reembolso de los gastos y costos adicionales en que haya incurrido para obtenerlos, transferirá́ los mismos al Fondo de Capital de Trabajo.
de pago en relación al uso de la RNT. CONTRATISTA
El Contratista corresponde a la Sociedad de Propósito Exclusivo con la que la SENER firmará el Contrato de Gestión y Operación de la Infraestructura de Transmisión Eléctrica..
Esta Sociedad de Propósito Exclusivo estará constituida por el Grupo Adjudicatario del Proyecto, el cual se adjudicó la licitación por haber solicitado el menor Pago Contractual Anual Constante, durante el periodo de operación del Contrato.
En virtud de este contrato, el Contratista tiene la obligación de diseñar y realizar el Proyecto Ejecutivo de esta línea, así como construir, operar y mantener la infraestructura durante la vigencia del Contrato, con base en requerimientos mínimos de capacidad y diseño de la línea de transmisión, establecidas por la SENER en el Contrato.
Una vez construida y puesta en servicio la infraestructura de transmisión eléctrica, el Contratista, en virtud del Convenio con CENACE que forma parte del Contrato, tiene el derecho a recibir pagos de parte de CENACE, con base en el cumplimiento de indicadores de servicio.
FIDEICOMISO
El Contratista constituirá en calidad de fideicomitente un fideicomiso privado cuyos lineamientos se incluirán en las bases de licitación del Contrato. En este fideicomiso estarán afectos la totalidad de los flujos de recursos relacionados con el Proyecto, así como los activos físicos necesarios para la prestación de los servicios, por lo que dichos activos no podrán dedicarse a ningún otro fin que no sea el cumplimiento de los fines fiduciarios que estarán ligados al cumplimiento del Contrato.
Este fideicomiso puede tener una duración mayor al plazo del Contrato y al término de este último, los activos fideicomitidos pueden ser transferidos al Estado, o bien permanecer en el patrimonio del Fideicomiso y el Estado licitar por un nuevo periodo un Contrato para la modernización, operación y mantenimiento de la infraestructura de transmisión que permanece en el patrimonio del Fideicomiso.
PROMOTORES/ACCIONISTAS
Los promotores del Proyecto que participan en la licitación y luego, en el evento de adjudicársela, deberán constituir una Sociedad de Propósito Exclusivo (SPV) que se convertirá en la Contratista para el desarrollo del Proyecto.
Estos actores son los que aportan el capital necesario para el desarrollo del proyecto, el cual se considera será del orden de un 20% como capital social mínimo de la SPV.
Los accionistas del Contratista serán los que tomen la mayoría de los riesgos en la etapa de construcción, previo a adquirir el derecho a recibir pagos por parte del CENACE.
Por el riesgo asumido, estos accionistas cobrarán un premio por riesgo que se reflejará en la tasa de rentabilidad que le exigirán al capital aportado a la Sociedad de Propósito Exclusivo.
FINANCISTAS
Corresponde a los actores que financian el mayor porcentaje de las inversiones requeridas por el Proyecto, el cual se estima del orden del 80%.
En una primera etapa, y considerando el financiamiento en otros sectores de infraestructura pública en México, se prevé que los financistas corresponderán a bancos comerciales y banca de desarrollo local, sin perjuicio que en la fase de estructuración explorará la posibilidad de incorporar desde el origen del Proyecto a financistas institucionales (Compañías de Seguros y AFORES).
CONSTRUCTOR DE LA INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO
Corresponde al actor que realizará el proyecto ejecutivo, las obras civiles, estructuras y provisión de equipamiento, para lo cual suscribirá un contrato de construcción con el Contratista (EPC), el cual se propone sea a suma alzada, traspasándole el Contratista en esta etapa la mayoría de los riesgos al constructor.
OPERADOR TÉCNICO
Corresponde al actor que será responsable de la operación y mantenimiento de la infraestructura y equipamiento de las líneas de transmisión, para lo cual suscribirá contrato de operación y mantenimiento con el Contratista, traspasándosele el Contratista en esta etapa la mayoría de los riesgos a este Operador Técnico, que básicamente corresponden a riesgo de desempeño que pueden tener un impacto
en el pago que realice el CENACE.
3.3 Régimen Económico
Los principales elementos del régimen económico del Contrato son:
(i) Plazo
El plazo del Contrato será de 30 años, contabilizado desde su firma.
(ii) Obligaciones principales del Contratista
a) En la etapa previa a la prestación del servicio de transmisión:
Constituir un fideicomiso, donde el Contratista será fideicomitente y la SENER será fideicomisario, y en el cual estarán fideicomitidos la totalidad de los flujos de recursos relacionados con el Proyecto, y los activos físicos necesarios para la prestación de los servicios.
Elaborar el Proyecto Ejecutivo a partir de la propuesta técnica presentada.
Obtener todos los permisos necesarios para el desarrollo del proyecto.
Obtener la servidumbre de los predios necesarios para el emplazamiento de la línea de transmisión.
Financiar y construir la línea de transmisión hasta su completa terminación para dejarla habilitada para proveer el servicio de transmisión.
b) En la etapa de prestación del servicio de transmisión
Realizar todas las actividades de mantenimiento rutinario y periódico de la infraestructura y equipamiento de la línea de transmisión, para cumplir con los indicadores de servicios previstos en el contrato.
Medir las inyecciones y retiros de energía eléctrica entre la subestación SERI y la subestación CUCAPAH .
Cumplir con los requerimientos de información y medición establecidos en el Contrato.
Poner a disposición del CENACE todos los elementos de la infraestructura de transmisión SERI-CUCAPAH, para que sean operados dentro de los límites establecidos por este Organismo.
Notificar al CENACE las condiciones de emergencia de los elementos de la infraestructura de transmisión SERI-CUCAPAH.
Determinar y reportar al CENACE los cambios en las capacidades y los límites operativos de los elementos de la infraestructura de Transmisión SERI-CUCAPAH.
Cubrir el importe de los daños a que se refiere el artículo 67 del Reglamento de la LIE de conformidad con lo que se establezca en las Condiciones Generales para la Prestación del Servicio de Transmisión4, que formará parte del Convenio con CENACE.
Cubrir los importes por indemnizaciones que el CENACE haya realizado a los Usuarios Calificados Participantes xxx Xxxxxxx bajo los supuestos del articulo 73 del Reglamento de la LIE, de conformidad con lo que se establezca en las Condiciones Generales para la Prestación del Servicio de Transmisión.
c) En las dos etapas anteriores:
Contratar los seguros estipulados en el Contrato.
Otorgar y mantener vigentes las garantías requeridas en el Contrato
Mantener un mínimo de capital social sin derecho a retiro.
(iii) Derechos del Contratista
El Contratista tendrá derecho, una vez que la línea de transmisión de su responsabilidad esté habilitada para operar, a recibir de parte del CENACE el Pago Contractual Anual Constante solicitado en su Propuesta Económica, a través de pagos mensuales durante todo el plazo establecido en el Contrato para la prestación del servicio de transmisión.
4 En estas Condiciones Generales se establecerá la manera en que los reembolsos por suspensiones indebidas del servicio o por los daños y perjuicios causados a los Usuarios Finales por responsabilidad del Contratista, serán pagados a los primeros con cargo a este últimoeros con cargo a este último.
El Mecanismo de Pago previsto en el Contrato establece que el Contratista recibirá pagos mensuales contantes equivalentes a un doceavo del Pago Contractual Anual Constante solicitado en su Propuesta Económica, de acuerdo al siguiente procedimiento:
a) Previo a la puesta en servicio del proyecto, el Contratista deberá aportar a una cuenta del Fideicomiso, denominada Cuenta de Pago del Ingreso Requerido, un monto equivalente a n pagos mensuales5, para constituir un Fondo Inicial de Estabilización del Ingreso.
b) Una vez que se comience la etapa de puesta en servicio del Proyecto, el CENACE depositará semanalmente en la Cuenta de Pago del Ingreso Requerido del Fideicomiso, el ingreso que haya obtenido de los participantes xxx xxxxxxx producto de multiplicar la demanda de energía inyectada/retirada de ese periodo por la(s) tarifa(s) definida(s) para cubrir el Ingreso Requerido solicitado por el Contratista en su Propuesta Económica.
c) Mensualmente se pagará de esta cuenta de el Fideicomiso, un doceavo del Pago Contractual Anual solicitado por el Licitante, menos las eventuales deducciones que pudieron haber por incumplimiento de los estándares de servicio definidos.
d) Si en algún mes se da la condición que el Fondo Inicial de Estabilización del Ingreso es menor a un monto equivalente a m pagos mensuales6, la SENER gestionará ante la CRE un aumento tarifario de modo de recuperar el valor inicial de este fondo.
e) Los Pagos mensuales estarán afectos a deducciones de acuerdo al nivel de cumplimiento de los estándares de servicio que se establezcan en el Contrato.
Para calificar el desempeño del servicio y definir los descuentos al pago mensual, asociados a una calificación deficiente, se medirán índices de desempeño.
Cada índice tendrá asociado un porcentaje de descuento sobre el pago mensual y tal descuento procederá sólo si el índice correspondiente resulta inferior a un umbral mínimo aceptable.
Con todo el descuento máximo a realizar, no sobrepasará el 20% del pago mensual.
5 Valor a ser definido en el Contrato
6 Valor a ser definido en el Contrato
Preliminarmente se considera que los índices midan desempeño para los estados de operación normal de la linea, así calificados por el CENACE, en los siguientes conceptos:
Disponibilidad de los equipos de la línea de transmisión
Continuidad del servicio de transmisión
Cantidad de Energía Suministrada
Nivel de pérdida de Transmisión de Energía
Disponibilidad de los enlaces de comunicación, equipos de comunicación, protección y telemetría.
f) El Pago Contractual Anual solicitado por el Contratista estará sujeto a reajuste anual en función del aumento del INPC de México.
(iv) Término del Contrato
El contrato podrá terminar por cualquiera de las siguientes causales:
a) Por cumplimiento del plazo
El Contrato se extinguirá al cumplirse el plazo establecido. Al término del Contrato, el Contratista entregará a la Contratante la totalidad de la infraestructura y equipamiento de la línea de transmisión inventariada en el Contrato, de acuerdo a procedimiento que se defina para la reversión de los bienes.
En este caso el Contratista no tendrá derecho a indemnización ni compensación alguna por la terminación del Contrato.
b) Por mutuo acuerdo entre las Partes
Las Partes pueden poner término al Contrato de común acuerdo en cualquier momento dentro del plazo de vigencia de éste, y en las condiciones que estimen convenientes, siempre y cuando se atengan a lo previsto en el Contrato y las leyes aplicables.
c) Por decisión unilateral de la Contratante
La Contratante tendrá la facultad de poner término anticipado al Contrato en forma unilateral, por razones de interés general o por causas justificadas de conformidad con el contrato y las leyes aplicables, para lo cual deberá notificar por escrito y con la debida anticipación al Contratista y a los Financistas de éste.
Esta facultad está restringida solo durante la etapa de explotación de los servicios.
En el caso que la Contratante ponga término anticipado al Contrato por decisión unilateral, compensará al Contratista de modo que éste pueda cumplir con sus compromisos con la operadora, los financistas y pueda recuperar su capital con un rendimiento predefinido en el Contrato.
d) Por Fuerza Mayor
En el evento de un caso de Fuerza Mayor, y que las partes o un tercero haya determinado que no se puede cumplir con las obligaciones del Contrato en un plazo preestablecido contado a partir de ocurrida la Fuerza Mayor, entonces, se procederá al término del Contrato, activándose los seguros correspondientes cuyas indemnizaciones se utilizarán parcial o totalmente según corresponda, para resarcir al Contratista.
e) Por incumplimiento grave del Contratista
El Contrato terminará anticipadamente en caso que el Contratista incurra en incumplimiento grave de sus obligaciones contractuales, y no se haya ejercido por parte de los Financistas el derecho a intervención.
En el caso que la Contratante ponga término anticipado al Contrato por incumplimiento grave del Contratista, compensará directamente a los financistas, en relación al servicio de la deuda remanente al momento del término del contrato o bien licitará nuevamente el proyecto con la obligación de pagar los créditos insolutos originales. En este caso el Contratista perderá el capital invertido, en concepto xx xxxx por la terminación del Contrato.
f) Por incumplimiento grave del ESTADO
En caso que el Estado (SENER o el CENACE) incurra en incumplimiento grave de sus obligaciones contractuales, el Contratista podrá rescindir el Contrato y exigir a la Contratante el pago de indemnizaciones para cumplir con sus compromisos con la operadora, los financistas y pueda recuperar su capital.
3.4 Matriz de Riesgos
En la tabla siguiente se muestra la matriz con los principales riesgos identificados para el Proyecto y su asignación.
Matriz de Riesgos Proyectos de Transmisión
Etapa | Riesgo / Impacto | Medida de Mitigación | Asignación |
Previa a la Construcción | Sobrecostos y/o sobreplazos por imprevistos durante el desarrollo del Proyecto Ejecutivo de la Linea de Transmisión. | Licitante demuestra capacidad técnica y experiencia en desarrollo de proyectos de transmisión Licitante entrega Propuesta Técnica para el desarrollo del proyecto que demuestra viabilidad del proyecto presentado. | Contratista |
Sobrecostos y/o sobreplazos por imprevistos con autorizaciones para el desarrollo del proyecto. | Licitante demuestra capacidad técnica y experiencia en desarrollo de proyectos de transmisión | Contratista | |
Sobrecostos y/o sobreplazos por imprevistos en la obtención del Derecho de Vía por donde será trazada la línea de transmisión. | Licitante entrega propuesta técnica para el desarrollo del proyecto que demuestra viabilidad del proyecto presentado. La LIE, en su artículo 42, establece que el SPT se considera de interés social y orden público, por lo que tiene preferencia sobre cualquier otra actividad que implique el aprovechamiento de la superficie y del subsuelo de los terrenos afectos a aquéllas. Para todos los efectos legales, el SPT es de utilidad pública y están sujetos a servidumbre legal los predios necesarios para la instalación de la RNT. | Contratista | |
Construcción | Sobrecostos y/o sobreplazos por eventos que impactan las cantidades de obra y/o el proceso constructivo y/o los precios de los diferentes items. | Licitante demuestra capacidad técnica y experiencia en desarrollo de proyectos de transmisión Licitante entrega Propuesta Técnica para el desarrollo del proyecto que demuestra viabilidad del proyecto presentado. | Contratista |
Sobrecosto y sobreplazo por imprevistos en el entorno medio ambiental | Licitante entrega Propuesta Técnica para el desarrollo del proyecto que demuestra viabilidad del proyecto presentado. | Contratista | |
Explotación | Menores ingresos por incumplimiento de pago de los Participantes xxx Xxxxxxx | CENACE cuenta con garantías para administrar riesgo de incumplimiento de pago por parte de los Participantes xxx Xxxxxxx. | CENACE |
Menores ingresos por imprevistos en la demanda | CENACE cuenta con herramientas para administrar riesgo de ingresos establecidas en las Bases xxx Xxxxxxx Eléctrico. | CENACE | |
Menores Ingresos y/o mayores costos de O&M por mal desempeño en la provisión del servicio. | Contratista tiene capacidad técnica y experiencia en desarrollo de proyectos de transmisión | Contratista |
Etapa | Riesgo / Impacto | Medida de Mitigación | Asignación |
Financiamien to | Mayores Costos por variaciones en la tasa de financiamiento | Contratista tiene capacidad técnica y experiencia en desarrollo y financiamiento de proyectos de infraestructura. | Contratista |
Fuerza Mayor | Imposibilidad de cumplir sus obligaciones o el objeto del contrato | Seguros | Contratista |
3.5 Mecanismo de Licitación
El mecanismo de licitación permitirá la participación de las personas xxxxxxx individuales o consorcios que hayan cumplido los requisitos de Precalificación establecidos en las Bases de Licitación.
El proceso considera que primero se evalúen las propuestas técnicas presentadas por los Precalificados, y luego se abran los sobres de propuesta económica a aquellos Licitantes cuyas propuestas técnicas hayan sido declaradas técnicamente solventes.
En la propuesta técnica se evaluarán los siguientes aspectos:
Memoria Técnica del Proyecto que debe incluir, entre otros aspectos:
Descripción General del Proyecto
Descripción de las características físicas de la trayectoria
Descripción de cruces con servicios federales y/o estatales
Descripción y especificaciones técnicas de obras civiles y electromecánicas.
Diseño esquemático y especificaciones técnicas de estaciones convertidoras
Análisis de la propiedad de la franja para el potencial trazado y estrategia para obtener Derecho de Vía y plazos estimados.
Estrategia constructiva, procedimientos y plazos de ingeniería y obras
Análisis de Impacto Ambiental, Social y Arqueológico respaldado por las instituciones correspondientes, incluyendo en su caso la necesidad de efectuar consultas previas.
Plano Digital contenido en un Sistema de Información Geográfico con las características generales del trazado con coordenadas de cada torre y punto de inicio y fin.
Planos digitales de sectores críticos identificados, contenidos en un Sistema de Información Geográfico.
Memoria con la estrategia de operación del servicio que incluya
Modelo de Gestión para la Prestación del Servicio
Estructura Organizacional
Descripción de Procesos y controles de calidad
Descripción y credenciales del equipo de trabajo que confeccionó la propuesta técnica
De la evaluación de las propuestas técnicas se definen aquellas ofertas que califican para la apertura de las propuestas económicas. Solo se abrirán los sobres de propuesta económica a aquellos Licitantes cuya propuesta haya sido declarada técnicamente solvente.
Respecto a la propuesta económica, la Resolución Nº 009-2016 de la CRE, establece que la variable de licitación sea el Pago Contractual Anual Constante necesario para cubrir todos los costos relacionados con el proyecto, solicitado por los licitantes, por lo que la adjudicación sería al Licitante, que habiendo superado la calificación técnica y económica, solicite el menor Pago Contractual Anual Constante.