Contract
III
OTRAS RESOLUCIONES
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
RESOLUCIÓN de 16 de febrero de 2017, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Acuerdo entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Comunidad Autónoma de Extremadura para fijar las condiciones de la adquisición de vacunas de calendario y otras.
(2017060266)
Habiéndose firmado el día 28 de septiembre de 2016, el Acuerdo entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Comunidad Autónoma de Extremadura para fijar las condiciones de la adquisición de vacunas de calendario y otras, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.º del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUEL VO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo que figura como Anexo de la presente resolución.
Mérida, 16 de febrero de 2017.
La Secretaria General,
PD La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación
(Resolución de 11/09/2015, DOE n.º 180, de 17 de septiembre),
M.ª XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX
ACUERDO ENTRE EL MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA PARA FIJAR LAS CONDICIONES DE LA ADQUISICIÓN DE VACUNAS DE CALENDARIO Y OTRAS
28 de septiembre de 2016.
REUNIDOS
Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Ministra de Empleo y Seguridad Social en funciones que asume el despacho ordinario de los asuntos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, cargo que ostenta en virtud del Real Decreto 323/2016, de 10 xx xxxxxx, actuando en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 xx xxxxx, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
Xxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Blanca, en su calidad de Consejero de Sanidad y Políticas Sociales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por Decreto del Presidente 22/2015, de 19 xx xxxxx (DOE n.º 129, de 7 de julio), actuando en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud de la delegación otorgada por Decreto del presidente 34/2015, de 5 xx xxxxxx, por el que se delega en el titular de la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales la firma de Convenios de Colaboración con el Estado que suscriba la Comu- nidad Autónoma de Extremadura, en el ámbito de las competencias que dicho departamento tiene atribuidas y autorizado para la firma del presente convenio por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el 6 de septiembre de 2016.
Las partes se reconocen mutuamente en la calidad con la que cada uno interviene, así como la capacidad legal suficiente para el otorgamiento de este Acuerdo y, al efecto,
EXPONEN:
1. Que la Constitución Española, en su artículo 43, reconoce el derecho a la protección de la salud.
2. Que la Ley 14/1986, de 25 xx xxxxx, General de Sanidad, en su artículo 6 establece que las actuaciones de las Administraciones Públicas estarán orientadas a, entre otras, la promo- ción de la salud, a promover el interés individual, familiar y social por la salud mediante la adecuada educación sanitaria de la población y a garantizar que cuantas acciones sanita- rias se desarrollen estén orientadas a la prevención de enfermedades y no sólo a la cura- ción de las mismas.
3. Que, para afrontar de manera adecuada la sostenibilidad de la calidad del Sistema Nacio- nal de Salud, el Pleno del Consejo Interterritorial de 18 xx xxxxx de 2010 consideró nece- sario trabajar con medidas de refuerzo de la calidad, la equidad y la cohesión junto con otras de contención y de ahorro a corto y medio plazo.
4. Que el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), incorpora en el punto
segundo de su disposición adicional vigésimo octava un procedimiento de compras agre- gadas para el conjunto del Sistema Nacional de Salud.
5. Que el Real Decreto Ley 16/2012, de 20 xx xxxxx, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus pres- taciones, encomienda al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud fomentar las actuaciones conjuntas de los servicios de salud de las comunidades autónomas para la adquisición de cualquier producto que por sus características sea susceptible de un meca- nismo de compra conjunta y centralizado.
6. Que la Comisión de Salud Pública del Sistema Nacional de Salud reunida el 21 xx xxxxx de 2016 acordó tramitar un Acuerdo Marco para la selección de suministradores de vacunas de calendario y otras al que se han adherido las Ciudades de Ceuta y Melilla y las siguien- tes comunidades autónomas: Aragón, Principado xx Xxxxxxxx, Baleares-Xxxxx Balears, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla La Mancha, Cataluña, Comunidad Valenciana- Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, Navarra y La Rioja. Además por parte de la Administración General del Estado, participarán el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Interior y el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas con el objeti- vo de reducir el coste del programa de vacunaciones en España.
7. Que las partes coinciden en la conveniencia de aunar esfuerzos e impulsar, desde el ámbi- to de competencias del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, aquellas iniciativas no sólo dirigidas a mejorar las condiciones de vida y de salud de los ciudadanos sino también aquellas actuaciones que son necesarias para cumplir los objetivos de esta- bilidad presupuestaria.
El Acuerdo que hoy se suscribe lleva a efecto la voluntad de las Administraciones intervi- nientes de posibilitar el objetivo último que es coadyuvar a la reducción del déficit con medidas concretas de contención del gasto y ahorro en costes de adquisición y, en conse- cuencia, las partes intervinientes proceden a la formalización del presente Acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS:
Primera. Objeto del Acuerdo.
El presente acuerdo tiene como objeto articular el modo en que se formalizará la vinculación voluntaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura, al Acuerdo Marco que se tramitará desde el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad con diferentes Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla y determinados órganos de contratación de la Administración General del Estado.
El régimen jurídico del Acuerdo Marco al que hace referencia el anterior párrafo, será el regu- lado en los artículos 196 a 198, así como en la disposición adicional vigésimo octava del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP). Este Acuerdo Xxxxx tendrá como finalidad
la selección de suministradores, la fijación de precios máximos y el establecimiento de las bases que regirán los contratos derivados de suministros de las vacunas.
Segunda. Contenido del Acuerdo.
La Comunidad Autónoma de Extremadura acuerda con el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad que éste asuma la tramitación del procedimiento para fijar las condicio- nes a que habrán de ajustarse los contratos de suministro de las vacunas de calendario y otras relacionadas en el Anexo I.
Para llevar a cabo dicho objetivo el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, con la conformidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ha elaborado los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que se acompañan como Anexo II a este Acuerdo (previos a su aprobación por el órgano de contratación) con el fin de tramitar el procedimiento por el que se seleccionará a los suministradores de vacunas y se fijarán los precios máximos de las mismas, todo ello de acuerdo con los principios de publici- dad, concurrencia y una eficiente utilización de los fondos públicos.
Posteriormente, de acuerdo con sus necesidades, el órgano de contratación competente de la Comunidad Autónoma de Extremadura, formalizará los correspondientes contratos específi- cos de suministro de vacunas de calendario y otras, de acuerdo con lo estipulado en los Plie- gos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que rigen la contratación del Acuerdo Marco.
Tercera. Compromisos de las partes.
a) El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad se compromete a:
1.º Actuar como órgano de contratación en la celebración del Acuerdo Marco, por el que se fijarán los precios máximos de las vacunas, la selección de los suministradores y el establecimiento de las bases que rigen los contratos basados en el Acuerdo Marco.
2.º Tramitar, en los términos acordados con la Comunidad Autónoma de Extremadura, la gestión del procedimiento de contratación del Acuerdo Marco, de acuerdo con las normas de procedimiento establecidas en el Libro II, y en el Capítulo I del Título I del Libro III del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprue- ba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
3.º A publicar en el “Perfil del Contratante del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad” toda la información relativa al Acuerdo Marco.
b) La Comunidad Autónoma de Extremadura se compromete a:
1.º Adquirir las unidades estimadas de vacunas que figuran en el ANEXO I, según sus necesidades, exclusivamente a las empresas suministradoras previamente selecciona- das en el Acuerdo Marco, de conformidad con los términos fijados en el mismo, y a suscribir los correspondientes contratos administrativos de suministro de vacunas.
2.º Adquirir las citadas vacunas conforme al procedimiento establecido en el artículo
198.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y cumpliendo lo dispuesto en los pliegos que rigen el Acuerdo Marco.
3.º A efectos de cálculo y con el fin de buscar la alternativa más eficiente se entenderá que la oferta económica de licitación es el precio neto unitario que incluye todos los descuentos a aplicar.
4.º Comunicar al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, para cada uno de los lotes, el número de vacunas adquirido a cada uno de los empresarios adjudicata- xxxx del acuerdo marco, desglosando el precio unitario por dosis y los impuestos y gastos conexos.
Cuarta. Obligaciones Económicas.
El presente Acuerdo no conlleva ningún compromiso de gasto, si bien existirán posteriormen- te obligaciones económicas derivadas de los contratos específicos que se formalicen por los diferentes órganos de contratación.
Quinta. Duración del Acuerdo.
La duración del presente Acuerdo será coincidente con la duración del Acuerdo Marco, tres años con posibilidad de prórroga de un año por mutuo acuerdo de las partes.
Sexta Resolución.
Si una de las partes incumpliera cualquiera de sus obligaciones, la otra parte podrá requerirla para que, en el plazo de siete días naturales, corrija el citado incumplimiento. Transcurrido este plazo, la parte cumplidora podrá resolver el Acuerdo y reclamar los daños y perjuicios producidos.
Séptima Causas de extinción.
El presente Acuerdo se extinguirá por las causas siguientes:
1. Por el trascurso del plazo de vigencia prevista en el mismo.
2. Por resolución, en los términos previstos en la cláusula sexta de este acuerdo.
3. Por la imposibilidad material de ejecutar sus prestaciones.
4. Por la ejecución total de las prestaciones contempladas en el mismo.
5. Por el mutuo disenso de las partes.
En caso de extinción por estas causas, o cualesquiera otras que determinen la imposibilidad de ejecutar el presente Acuerdo en sus propios términos, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad propondrá las condiciones para la finalización de las actuaciones deriva- das del presente Acuerdo que se hallen en ejecución.
Octava. Resolución de conflictos.
Las partes se comprometen a resolver pacíficamente cualquier conflicto que pudiera surgir en la interpretación y ejecución del presente Acuerdo.
Y en prueba de conformidad, se firma por duplicado ejemplar de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
POR EL MINISTERIO DE SANIDAD EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA,
P.A. EL CONSEJERO DE SANIDAD Y POLÍTICAS SOCIALES
(Decreto del Presidente 34/2015, de 5 xx xxxxxx),
D.ª. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx X. Xxxx X.ª. Vergeles Blanca
ANEXO I
NÚMERO DE DOSIS ESTIMADAS
ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE | Año 2017 | Año 2018 | Año 2019 | Total |
Extremadura | 186.470 | 179.970 | 174.970 | 541.410 |
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