INSTITUTO COLOMBIANO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TÉCNICOS EN EL EXTERIOR “MARIANO OSPINA PÉREZ” – ICETEX-
INSTITUTO COLOMBIANO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TÉCNICOS EN EL EXTERIOR “XXXXXXX XXXXXX XXXXX” – ICETEX-
PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES
SELECCIÓN PÚBLICA No.008 DE 2015
Contratar el programa de seguros del ICETEX de conformidad con las especificaciones técnicas establecidas en el Anexo Técnico No. 01 – CONDICIONES TÉCNICAS BÁSICAS OBLIGATORIAS HABILITANTES
BOGOTÁ D. C., SEPTIEMBRE DE 2015
RECOMENDACIONES INICIALES
1. Lea cuidadosamente el contenido de este documento.
2. Verifique que no esté incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad general ni especial o prohibición para contratar.
3. Cerciórese de que cumple las condiciones y reúne los requisitos aquí señalados.
4. Tenga en cuenta que el documento oficial xxx xxxxxx de condiciones del presente proceso de selección, es el que reposa en la Secretaría General del ICETEX, el cual coincide perfectamente con el publicado en la página web de la entidad xxx.xxxxxx.xxx.xx.
5. Proceda a reunir toda la información y documentación exigida y verifique la vigencia de aquella que la requiera.
6. Siga las instrucciones que se imparten en este pliego de condiciones para la elaboración de su propuesta.
7. Revise la póliza de garantía de seriedad de su ofrecimiento y verifique que:
o Sea otorgada a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TÉCNICOS EN EL EXTERIOR “XXXXXXX XXXXXX XXXXX” -ICETEX-.
o En ella debe figurar la razón social completa del tomador.
o El valor asegurado debe corresponder al fijado en este pliego de condiciones.
o El objeto y el número de la misma, debe coincidir con el de la propuesta que presenta.
o Debe venir suscrita por el TOMADOR- AFIANZADO.
o Debe ser expedida en formato “ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS”.
8. Identifique su propuesta, tanto el original como las copias, en la forma indicada en este pliego de condiciones.
9. Tenga presente la fecha y hora prevista para el cierre del presente proceso, EN NINGÚN CASO SE RECIBIRÁN PROPUESTAS FUERA DEL TIEMPO PREVISTO.
10. Toda consulta deberá formularse por escrito; no se atenderán consultas personales ni telefónicas. Ningún convenio verbal con personal del ICETEX, antes o después de la firma del contrato, podrá afectar o modificar ninguno de los términos y obligaciones aquí estipuladas.
11. Los proponentes por la sola presentación de su propuesta, autorizan al ICETEX para verificar toda la información que en ella suministren.
12. Cuando se presente falta de veracidad e inexactitud en la información suministrada por el proponente o en la de uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal, corroborada por EL ICETEX, la entidad podrá rechazar la propuesta y/o dar aviso a las autoridades competentes.
13. Las comunicaciones podrán ser enviadas por los proponentes a la dirección electrónica: xxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx; o por escrito a la Xxxxxxx 0 Xx 00 – 32 primer piso, Oficina de Correspondencia del ICETEX.
14. Suministre toda la información requerida por EL ICETEX.
15. La presentación de la propuesta, por parte del proponente, constituye evidencia que estudió completamente el presente pliego de condiciones y demás documentos; que recibió las aclaraciones necesarias a las inquietudes o dudas previamente consultadas y que ha aceptado que este pliego de condiciones es completo y adecuado para identificar el alcance de la Selección Publica N°008-2015, y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del contrato que se celebrará.
16. Asegúrese de no estar reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República ni tener antecedentes Disciplinarios en la Procuraduría General de la Nación.
17. Asegúrese de estar al día en los pagos de sus aportes al sistema general de seguridad social integral, así como en el pago de multas por cualquier concepto (Ministerio de Protección Social) ya que EL ICETEX se reserva el derecho de verificar la información suministrada.
18. El uso del logotipo de la Entidad es privativo de la misma, por lo tanto le sugerimos abstenerse de presentar ofertas con papel que lo contenga.
19. Revise y tenga presente las causales de rechazo de la propuesta.
DESCRIPCION DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN DE LOS SEGUROS CONTENIDOS EN LOS GRUPOS 1, 2, 3 Y 4
RAMO | FECHA DE VENCIMIENTO |
Seguro de Todo Riesgo Daños Materiales | 08/03/2014 A LAS 00:00 hasta 30/11/2015 |
Seguro de Automóviles | 08/03/2014 A LAS 00:00 hasta 30/11/2015 |
Seguro de Daños Corporales Causados a las Personas en Accidentes de Tránsito – SOAT | VARIAS |
Seguro de Transporte de Valores | 08/03/2014 A LAS 00:00 hasta 30/11/2015 |
1. Antecedentes Contrataciones Programa De Seguros
PERÍODO | 2012-2014 | 2014-2015 | |||
MODALIDAD DE CONTRATACIÓN | Contratación Directa | Selección Pública | |||
No. PROCESO | 001 de 2012 | 001 de 2014 | |||
OBJETO DEL CONTRATO | Contratar el programa de seguros que ampare los bienes e intereses patrimoniales del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el exterior – ICETEX y los cuales sea o llegare a ser responsable. | Contratar el programa de seguros que ampare los bienes e intereses patrimoniales del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el exterior – ICETEX y los cuales sea o llegare a ser responsable. | |||
PLAZO DEL CONTRATO | Trece (13) meses contados desde la fecha de vencimiento de cada una de las pólizas de seguro, objeto de la presente contratación. Para el Grupo 3 SOAT la vigencia a adjudicar es de un año contado a partir de la fecha de finalización de la vigencia de las pólizas actuales. | Las pólizas de seguros tendrán una vigencia técnica mínima de trece (13) meses más la vigencia adicional ofrecida por el proponente favorecido por Grupo, contados a partir de las siguientes fechas para cada uno de los seguros a contratar: | |||
RAMO | FECHA DE VENCIMIENTO | ||||
Seguro de Todo Riesgo Daños Materiales | 17/12/2012 hasta 08/03/2014 A LAS 00:00 | ||||
Seguro de Automóviles | 17/12/2012 hasta 08/03/2014 A LAS 00:00 | ||||
Seguro de Daños Corporales Causados a las Personas en Accidentes de Tránsito – SOAT | VARIAS | ||||
Seguro de Transporte de Valores | 17/12/2012 hasta 08/03/2014 A |
LAS 00:00 | Seguro de Manejo | 08/03/2014 A | ||||||
Global para Entidades | LAS 00:00 hasta | |||||||
Seguro de Manejo | 17/12/2012 hasta | Oficiales | 30/11/2015 | |||||
Global para | 08/03/2014 A | |||||||
Entidades Oficiales | LAS 00:00 | Seguro de | 08/03/2014 A | |||||
Responsabilidad Civil | LAS 00:00 hasta | |||||||
Seguro de | 17/12/2012 hasta | Extracontractual | 30/11/2015 | |||||
Responsabilidad Civil | 08/03/2014 A | |||||||
Extracontractual | LAS 00:00 | Seguro de | 08/03/2014 A | |||||
Responsabilidad Civil | LAS 00:00 hasta | |||||||
Seguro de | 17/12/2012 hasta | para Servidores | 30/11/2015 | |||||
Responsabilidad Civil | 08/03/2014 A | Públicos | ||||||
para Servidores | LAS 00:00 | |||||||
Públicos | Seguro de Infidelidad y Riesgos Financieros | 01/03/2014 A LAS 00:00 hasta | ||||||
Seguro de Infidelidad | 17/12/2012 hasta | 30/11/2015 | ||||||
y Riesgos | 01/03/2014 A | |||||||
Financieros | LAS 00:00 |
VALOR DEL CONTRATO | GRUPO 1 (TRDM, Automóviles, Transporte de Valores, Manejo Global, Responsabilidad Civil Extracontractual, IRF): $ 380.831.561 | GRUPO 1 (TRDM, Automóviles, Transporte Valores, Manejo Global, RCE): $158.320.048 |
VALOR DEL CONTRATO | GRUPO 2 (Responsabilidad Civil Servidores Públicos): $115.173.698 | GRUPO 2 (RC Servidores Públicos): $177.347.137 |
VALOR DEL CONTRATO | GRUPO 3 (SOAT): $ 3.059.000 | GRUPO 3 (SOAT): $3.800.000 |
VALOR DEL CONTRATO | NA | GRUPO 4 (IRF): $511.824.958 |
VALOR TOTAL DEL CONTRATO | $499.064.259 | $851.292.143 |
CONTRATISTA | GRUPO 1,2,3 SEGUROS COLPATRIA | GRUPO 1: UNION TEMPORAL ALLIANZ MAPFRE GRUPO 2: SEGUROS COLPATRIA GRUPO 3: SEGUROS COLPATRIA GRUPO 4: UNION TEMPORAL ALLIANZ MAPFRE |
2. Análisis del Sector: Se encuentra en el Anexo No.13- ANÁLISIS DEL SECTOR
3. Descripción de la Necesidad:
En Colombia, las entidades del orden Nacional dentro de sus obligaciones tienen la de velar por la conservación de la integridad del patrimonio del Estado representado en los bienes e intereses respecto de los cuales, las Entidades Públicas son titulares o por los cuales sea o llegare a ser legalmente responsable.
Los bienes e intereses patrimoniales, se encuentran expuestos a una gran cantidad de riesgos, que en el evento de realizarse, producirían un detrimento al patrimonio de la Entidad, por lo que las Entidades del Estado deben asegurarlos a través de la celebración de contratos de seguros. Sobre estos aspectos, la ley Colombiana señala que:
“Es deber de todo servidor público vigilar y salvaguardar los bienes y valores que le han sido encomendados”. (Ley 734 de 2002, Art. 34, Numeral 21).
En virtud de lo anterior, el legislador ha desarrollado una serie de condiciones jurídicas que influyen en la contratación de seguros por parte de las Entidades Públicas, entre ellas, el Icetex, así:
Las Entidades Estatales por mandamiento legal, están obligadas al aseguramiento de los bienes conforme se establece en el artículo 107 de la Ley 42 de 1993, en donde se señala que “los órganos de control fiscal verificarán que los bienes del Estado estén debidamente amparados por una póliza de seguros o un fondo especial creado para tal fin, pudiendo establecer responsabilidad fiscal a los tomadores, cuando las circunstancias lo ameriten”. Así mismo el artículo 62 de la Ley 45 de 1990 señala que "Todos los seguros requeridos para una adecuada protección de los intereses patrimoniales de las entidades públicas y de los bienes pertenecientes a las mismas o de las cuales sean legalmente responsables, se contratarán con cualquiera de las compañías de seguros legalmente autorizadas para funcionar en el país…”. Igualmente el numeral 3 del artículo 48 de la Ley 734 de 2002 (Código Disciplinario Único) señala que constituye una falta gravísima “Dar lugar a que por culpa gravísima se extravíen, pierda o dañen bienes del Estado o a cargo del mismo, o de empresas o instituciones en que este tenga parte o bienes de particulares cuya administración o custodia se le haya confiado por razón de sus funciones, en cuantía igual o superior a quinientos
(500) salarios mínimos legales mensuales”.
Por otra parte existen normas especiales que regulan la contratación de determinados seguros:
• Manejo Global: Amparar a la Entidad contra los riesgos que impliquen menoscabo de sus fondos y bienes, causados por los empleados en ejercicio de sus cargos o sus reemplazos, por actos que se tipifiquen como delitos contra la administración pública o fallos con responsabilidad fiscal, de acuerdo con la resolución 014249 del 15/05/1992, aprobada por la Contraloría General de la República.
• Responsabilidad Civil Servidores Públicos: En cuanto al seguro de responsabilidad civil para servidores públicos, mediante el cual se ampara la responsabilidad de los mismos por actos o hechos no dolosos ocurridos en ejercicio de sus funciones, y los gastos de defensa en materia disciplinaria, penal y fiscal en que deban incurrir (estos últimos gastos excepcionalmente los podrán pagar las entidades, siempre y cuando exista decisión definitiva que exonere de toda responsabilidad y no sea condenada la contraparte a las costas del proceso), a continuación se exponen los criterios particulares que justifican su contratación:
Frente al seguro de Responsabilidad Civil Servidores Públicos, es importante tener en cuenta los siguientes aspectos:
“Razón de ser del seguro de Responsabilidad Civil para Servidores Públicos: Por disposición constitucional, el Estado debe responder por los daños antijurídicos que le sean imputables causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas.
La responsabilidad forma parte esencial del estado de derecho, como instrumento coercible destinado a mantener el imperio de la ética administrativa y a garantizar la efectividad de los derechos y obligaciones de los asociados y de las entidades públicas, las cuales responden por infringir la constitución y las leyes y por omisión o extralimitación de sus funciones.1
El citado precepto está consagrado en el artículo 6 de la Constitución Nacional y de él se derivan diferentes clases de responsabilidad, a saber:
⮚ RESPONSABILIDAD PENAL
En cuanto a la responsabilidad penal está claramente dispuesto por el legislador que la culpabilidad del agente puede ser a título de dolo, culpa o preterintencional. En el primer escenario, nos enfrentamos a un hecho u omisión respecto del cual el servidor público (para el caso que nos ocupa) conoce de su acción dañina y quiere su realización o la prevé como posible, según definición legal de la culpabilidad a título de dolo.2 Por el contrario, en el caso de culpabilidad a título de culpa, se hace referencia a “infracción al deber objetivo de cuidado y el agente debió haberlo previsto por ser previsible o habiéndolo previsto (el agente) confió en poder evitarlo”.3
⮚ RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA:
A este respecto existen diversos pronunciamientos doctrinales y jurisprudenciales (Sentencia C – 95/98 de la Corte Constitucional) sobre la naturaleza de este tipo de control, ejercido por el Ministerio Público, en cabeza de la Procuraduría General de la Nación y del Defensor del Pueblo. La administración goza de poder disciplinario para someter a sus servidores a obtener de ellos la obediencia disciplina, moralidad y eficiencia necesarias, así como los demás requerimientos que impone la respectiva investidura pública.4 La citada providencia señala, además, que el Derecho Administrativo Disciplinario está conformado por “un conjunto de normas y principios jurídicos que permiten imponer sanciones a los Servidores Públicos cuando estos violan sus deberes y obligaciones.” Se trata de una función de control de acciones u omisiones que por esencia difiere del campo penal.
La sentencia citada señala a este respecto: “Las faltas disciplinarias son definidas anticipadamente y por vía general en la legislación y corresponden a descripciones abstractas de comportamientos que, sean o no delitos, enturbian, entorpecen o desvirtúan la buena marcha de la función pública en cualquiera de sus formas”. Finalmente, en cuanto a la conducta de los servidores públicos señala la citada jurisprudencia: “(...) por lo que atañe al campo disciplinario aplicable al servidor público –como también ocurre en el terreno penal– se es responsable tanto por actuar de una determinada manera no querida por el legislador (conducta positiva) como por dejar de hacer algo que debería
1 Sala de Consulta y Servicio Civil. Radicado 732 de 1995
2 Código Penal, artículo 22.
3 Ibíd., artículo 23
4 Sentencia C – 95/98 de la Corte Constitucional, en acción pública de inconstitucionalidad contra el inciso 1º. del artículo 113 de la ley 200 de 1995
hacerse según los mandatos de la ley (conducta negativa u omisión) siempre y cuando se establezca la culpabilidad del sujeto”.
Respecto de la imposición de sanciones disciplinarias, la ley es clara al establecer los más obvios principios del debido proceso, y fundamentalmente, la imposibilidad para sancionar a un funcionario sin haber demostrado previamente que la conducta ha sido cometida a título de dolo o de culpa.5 Lo anterior guarda clara relación con la consagración constitucional de la proscripción de cualquier tipo de responsabilidad objetiva.
⮚ RESPONSABILIDAD FISCAL O PATRIMONIAL
“La responsabilidad fiscal se deduce del ejercicio del control fiscal, entendido éste como una gestión pública mediante la cual se vigila la labor fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes del Estado”6
La ley que regula la Responsabilidad Fiscal es la 1474 de 2011, Estatuto Anticorrupción en su artículo 97 y subsiguientes.
En el artículo 118 de este ordenamiento se realiza el estudio de graduación de la culpa de cara a la existencia de la Responsabilidad Fiscal.
En este caso, si la investigación conduce a un juicio y este culmina mediante providencia que condena al funcionario, entonces dicha condena, en su parte resolutiva, debe expresar el monto del detrimento patrimonial causado. Ese monto constituye el alcance de la responsabilidad para el funcionario.
Fundamento legal de la contratación por parte de la Entidad, del seguro de Responsabilidad Civil Servidores Públicos:
Lo consideró lo previsto en el Artículo 51 de la Ley 1737 de 2014, por medio de la cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal correspondiente al año 2015, que en su inciso tercero, estableció:
“…También podrán contratar un seguro de responsabilidad civil para servidores públicos, mediante el cual se ampare la responsabilidad de los mismos por actos o hechos no dolosos ocurridos en ejercicio de sus funciones, y los gastos de defensa en materia disciplinaria, penal y fiscal que deban realizar; estos últimos gastos los podrán pagar las entidades, siempre y cuando exista decisión definitiva que exonere de toda responsabilidad y no sea condenada la contraparte a las costas del proceso.
Esta disposición será aplicable a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y a las Sociedades de
Economía Mixta asimiladas a estas…” (el subrayado y negrilla fuera de texto)
5 Ley 734 de 2002, artículo 14. “En materia disciplinaria queda proscrita toda forma de responsabilidad objetiva, las
faltas solo son sancionables a título de dolo o culpa”.
6 Sala de Consulta y Servicio Civil. Radicado 732 de 1995
Ahora bien, la finalidad de las pólizas de Servidores Públicos, es principalmente la protección del patrimonio del Estado, entendido este como los activos y pasivos, que representen un valor pecuniario en cabeza de la entidad, es decir sus bienes e intereses.
En este orden de ideas, es legalmente viable y necesario además, contratar una póliza de responsabilidad civil de servidores públicos, toda vez que, cuando el servidor público incurre en determinada responsabilidad fiscal, que deriva en un detrimento del patrimonio del Estado, la póliza entra a resarcir dichos perjuicios a la entidad beneficiaria y el Servidor Público que tenga a su cargo el manejo de dichos bienes, estaría dando cumplimiento a la norma antes transcrita. En este orden de ideas, si la entidad se ve afectada en su patrimonio por la ocurrencia de este tipo de conductas, y no existe una póliza de seguro que ampare dichos riesgos, resultaría aplicable la sanción consagrada en el artículo 110 de la ley 42 de 1993.
Al respecto, en sentencia C-735 de 2003 de la Corte Constitucional, la Contraloría General de la República interviene con el fin de aclarar, entre otros asuntos el siguiente: “las entidades estatales deben velar porque sus bienes en general, estén protegidos contra hechos futuros e inciertos que puedan causarle perjuicio o detrimento al funcionario público. En este sentido, los órganos de control fiscal, deben verificar que los bienes públicos, se encuentren asegurados adecuadamente, es decir, que estos tengan la cobertura suficiente, con el fin de que el erario público esté cubierto contra cualquier desmedro, que el hecho de un tercero o uno de sus funcionarios pueda ocasionarle, de manera tal que sea resarcido de los daños ocasionados por la ocurrencia del siniestro o riesgo asegurado”.
Por su parte, el artículo 44 de la ley 610 de 2000 al permitir que se vincule a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, ratifica la necesidad de la contratación del seguro que nos ocupa.
Adicionalmente existen otros motivos por los cuales la Entidad debe contratar este seguro en particular, así:
1. La Ley 998 de 2005 en su artículo 53, señaló expresamente la posibilidad de contratar la póliza de Responsabilidad Civil para Servidores Públicos, con los recursos del Estado.
2. Si bien la entidad no es asegurada (no puede serlo porque en la mayoría de los casos las reclamaciones se van a presentar precisamente en contra del funcionario asegurado), no es menos cierto que la primerísima beneficiaria con la obtención del seguro va a ser aquella, ya que, ante una reclamación, el patrimonio del funcionario puede ser insuficiente y, en ocasiones, irrisorio para cubrir los perjuicios causados a la entidad como consecuencia de las faltas de gestión o de los actos culposos respecto de los cuales se le imputa una responsabilidad.
3. Cuando se hace un nombramiento de un empleado público o contratación de un trabajador oficial, en algunos casos se verifica su nivel de solvencia económica o el monto de su patrimonio; sin embargo, esta verificación siempre se hace con el fin de evitar un enriquecimiento ilícito o a xxxxx de la entidad, mas no para garantizar que la entidad quedará totalmente indemne en el evento de una responsabilidad del funcionario que le genere un detrimento patrimonial. Esta garantía la logra la entidad mediante la contratación del seguro de servidores públicos.
Lo anterior cobra especial importancia en el caso de los juicios de responsabilidad fiscal, iniciados o seguidos por la Contraloría General de la República o sus dependencias. El fundamento de estas acciones es la presunción de la existencia de un detrimento patrimonial causado a la entidad estatal como consecuencia xx xxxxxx en la prestación del servicio por parte del servidor público.
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En estos casos el funcionario que ha actuado de buena fe, pero que por alguna circunstancia de falta de diligencia o cuidado genere una pérdida patrimonial para la entidad, cuenta con una cobertura de seguro suministrada por la misma entidad en la cual el beneficio es mutuo.
4. Desde el punto de vista práctico, es importante anotar que en nuestro medio se está llegando a los niveles de otras legislaciones en las que las personas que van a ocupar un cargo de naturaleza directiva en alguna institución –ya sea como funcionarios administrativos o como miembros de un consejo o junta directiva– con anterioridad a la aceptación del cargo, exigen la existencia de una adecuada cobertura de seguros de la entidad.
Lo anterior supone que si la entidad cuenta con el seguro tiene más posibilidad para que personal idóneo y calificado acceda a la misma.
5. Adicionalmente, dado que los funcionarios públicos son responsables tanto por acción o por omisión, las altas responsabilidades a cargo de los mismos pueden generar que se abstengan de tomar decisiones trascendentales por el riesgo que se corre. La contratación del seguro permite al funcionario la toma de decisiones con mayor tranquilidad.
DESCRIPCION DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN DEL SEGURO CONTENIDO EN EL GRUPO 5
1. Antecedentes Contrataciones Programa De Seguros
PERÍODO | 2013/2014 | 2014/2015 | |||||
MODALIDAD CONTRATACIÓN | DE | Contratación Directa | Invitación por lista corta | ||||
No. PROCESO | NA | 03 de 2014 | |||||
OBJETO | DEL | Contratar un seguro que ampare a los | Contratar el | seguro | de salud | para | |
CONTRATO | extranjeros beneficiaros del Icetex en todo | extranjeros beneficiarios del Icetex dentro | |||||
el territorio nacional, desde el momento en | del programa | de | reciprocidad | para | |||
que ingresan al país y hasta la fecha de | extranjeros en Colombia | ||||||
salida hacia su país de origen, frente a | |||||||
todos los riesgos y eventos cubiertos en la | |||||||
póliza | |||||||
PLAZO | DEL | Un año contado a partir de las 24:00 horas | La póliza de seguros tendrán una vigencia | ||||
CONTRATO | del 15/06/2012 y hasta las 24:00 horas del 15/06/2013. Prórroga desde las 24:00 | técnica de un año, término que se contará a partir de las 00:00 horas del 19 xx xxxxx | |||||
horas del 15/06/2013 hasta las 24:00 horas | del 2014 y hasta las 24:00 pm del día 18 | ||||||
del 15/07/2013 y prórroga mensual hasta | xx xxxxx de 2015. | ||||||
agotar el presupuesto disponible a favor de la entidad. | |||||||
RAMO | FECHA VENCIMIENTO | DE | |||||
Hospitalización y | 19/04/2014 A LAS |
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Cirugía | 00:00 hasta 30/11/2015 | ||||
RAMO | FECHA DE VENCIMIENTO | ||||
Hospitalización y Cirugía | 15/06/2014 24 horas hasta 19/04/2014 a las 24 horas | ||||
VALOR DEL CONTRATO | GRUPO UNICO HOSPITALIZACION Y CIRUGIA : $291.200.000 | GRUPO UNICO HOSPITALIZACION Y CIRUGIA : $453.750.000 | |||
CONTRATISTA | LIBERTY SEGUROS | LIBERTY SEGUROS |
2. Análisis del Sector: Se encuentra en el Anexo No.13- ANÁLISIS DEL SECTOR
3. Descripción de la Necesidad:
El ICETEX, a través de la oficina de Relaciones Internacionales, ha contribuido a la internacionalización de la educación en Colombia generando opciones de intercambio académico para colombianos que desean adelantar estudios en diferentes áreas y niveles del conocimiento en el exterior, así como para extranjeros que ven en el sistema educativo de nuestro país una oportunidad para continuar con su formación profesional, de investigación, transferencia de conocimientos y lingüística en las diferentes instituciones de educación superior de Colombia.
En este orden de ideas, para el período comprendido entre el 2010 y el 2013, se han amparado 511 ciudadanos extranjeros, quienes han recibido cobertura a nivel nacional de la póliza de seguro de salud; para el 2014 al primer semestre del año 2015 han estado amparados aproximadamente 390 beneficiarios de los programas de reciprocidad para extranjeros en Colombia.
Es importante señalar que para la vigencia requerida para esta contratación, se tiene un estimado promedio de doscientos (200) beneficiarios extranjeros por año.
Igualmente, de conformidad con lo establecido en los Numerales 3 y 5 del Artículo 5 de los Estatutos de la Entidad, corresponde al ICETEX promover y gestionar la cooperación internacional tendiente a buscar mayores y mejores oportunidades de formación del recurso humano en el país o en el exterior, de acuerdo con las políticas del Gobierno Nacional y así mismo canalizar, fomentar, promover y tramitar oficialmente las solicitudes de asistencia técnica y cooperación internacional relacionadas con becas de estudio y entrenamiento en el exterior que deseen presentar los organismos públicos nacionales ante los gobiernos extranjeros y los organismos internacionales.
En desarrollo de la cooperación internacional, se establecen actividades conjuntas en los diferentes campos, que permiten a la comunidad internacional trabajar por un desarrollo equitativo y promover el bienestar para todos.
El ICETEX, desde sus inicios promueve, apoya y desarrolla un importante proceso de cooperación internacional, el cual ha contribuido a la formación, capacitación y especialización del recurso humano a través de sus programas y servicios.
Nuestro Instituto ha sido uno de los pioneros en el desarrollo de las relaciones internacionales en el país y uno de los impulsores de la cooperación internacional desde y hacia Colombia, en la ejecución de convenios, acuerdos, cartas de intención y diversos instrumentos internacionales, que han permitido que un significativo número de colombianos se haya beneficiado con las becas ofrecidas por Gobiernos y organismos internacionales y que ciudadanos provenientes de países cooperantes, hayan recibido apoyo para la realización de programas de posgrado en prestigiosos centros docentes colombianos.
En ese sentido, el ICETEX bajo la facultad que le confiere la Ley 30 de 1992, canaliza la cooperación de becas académicas ofrecidas por 58 países a través de convenios suscritos con Colombia. Así mismo, se han suscrito 143 convenios o acuerdos con instituciones de educación superior extranjeras en áreas prioritarias para el desarrollo de nuestro país, contribuyendo con la formación académica, lingüística y de investigación xxx xxxxxxx humano en el exterior.
Gracias a esta cooperación, en los últimos tres años se han beneficiado con becas para programas de idiomas, pregrado, posgrado e investigación, en el exterior 2.583 ciudadanos colombianos.
Sobre bases de reciprocidad y como contribución del ICETEX a las políticas del Gobierno Nacional en materia de cooperación internacional, se han desarrollado diferentes programas de movilidad académica para ciudadanos extranjeros en Colombia, con los cuales se apoyan los procesos de internacionalización de las instituciones de educación y se fortalecen los programas académicos de investigación, culturales y lingüísticos.
Considerando lo expuesto, se puede concluir que a través de la cooperación académica internacional, el ICETEX debe trasladar el riesgo mediante una póliza de seguros que ampare la salud de los beneficiarios del programa de reciprocidad para extranjeros en Colombia durante su estancia en el país.
En consecuencia, la necesidad que se pretende satisfacer es la contratación de la póliza de salud, de transporte y repatriación para los beneficiarios del Programa de Becas de Intercambio Educativo, reglamentado por el Acuerdo No. 075 de 2013.
CONVOCATORIA A VEEDURÍAS CIUDADANAS
Se convoca a todas la Veedurías Ciudadanas establecidas de conformidad con la Ley, a participar en el presente proceso de Selección Pública, a partir de esta convocatoria y durante las etapas precontractual, contractual y postcontractual, realizando las recomendaciones escritas que consideren necesarias, e interviniendo en las audiencias que se convoquen durante el proceso, caso en el cual se les suministrará toda la información y documentación que soliciten, publicada en la página Web del ICETEX xxx.xxxxxx.xxx.xx.
El costo de las copias y las peticiones presentadas seguirán las reglas previstas en el Artículo 29 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y la Resolución interna de la Entidad No. 0971 del 6 de diciembre de 2011
PROGRAMA PRESIDENCIAL “LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN”
En caso de conocerse situaciones de corrupción en el desarrollo de este proceso de selección, se debe reportar el hecho al Programa Presidencial “lucha contra la corrupción” a través de los números telefónicos: (0) 0000000, (0) 0000000, (0) 0000000, (0) 0000000; vía fax al número telefónico (0) 0000000; la línea transparente del programa, a los números telefónicos: 018000913040 o (0)0000000; en el correo electrónico: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; al sitio de denuncias del programa, en el Portal de Internet: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; correspondencia o personalmente, en la Xxxxxxx 0 Xx. 00 – 00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx X.X.
El proponente deberá diligenciar el Formato No. 7- PACTO DE INTEGRIDAD el cual hace parte de los documentos jurídicos habilitantes.
CAPITULO I
ASPECTOS GENERALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
1.1. OBJETO DE LA SELECCIÓN PÚBLICA
Contratar el programa de seguros del ICETEX de conformidad con las especificaciones técnicas establecidas en el Anexo Técnico No. 01 – CONDICIONES TÉCNICAS BÁSICAS OBLIGATORIAS HABILITANTES
1.2 ALCANCE DEL OBJETO
El programa de seguros del ICETEX comprende los siguientes grupos:
GRUPO7 | PÓLIZAS |
1 | Seguro de Todo Riesgo Daños Materiales Seguro de Automóviles Seguros de Responsabilidad Civil Extra contractual Seguros de Manejo Global para Entidades Oficiales Seguros de Transporte de Valores |
2 | Seguros de Responsabilidad Civil Servidores Públicos |
3 | Seguro Obligatorio en Accidentes de Tránsito SOAT |
4 | Infidelidad y Riesgos Financieros |
5 | Seguro de Hospitalización y Cirugía Becarios |
A continuación se presenta una descripción de los seguros que se pretenden contratar, así:
7 Las pólizas de seguros relacionadas en los grupos 1, 2, 3 y 4, tienen como finalidad la protección de los bienes e intereses patrimoniales de su propiedad y de aquellos por los cuales son legalmente responsable el INSTITUTO COLOMBIANO DE CREDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TECNICOS EN EL EXTERIOR “XXXXXXX XXXXXX
XXXXX” - ICETEX en el territorio nacional; así como de aquellos por los que llegaren a ser legalmente responsables
La póliza contenida en el grupo No. 5 tiene por objeto otorgar en todo el territorio nacional, una póliza de salud con cubrimiento total de riesgos de enfermedad, accidentes y repatriación en caso de invalidez y muerte, a los beneficiarios del programa de Reciprocidad para Extranjeros en Colombia liderado por el ICETEX, desde el momento que ingresan al país y hasta la fecha de su salida
GRUPO No. 1
a) Seguro de Todo Riesgo Daños Materiales:
Ampara las pérdidas o daños materiales que sufran los bienes de propiedad del INSTITUTO COLOMBIANO DE CREDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TECNICOS EN EL EXTERIOR “XXXXXXX XXXXXX XXXXX” xxxx su
responsabilidad, tenencia y/o control, y en general los recibidos a cualquier título y/o por los que tenga algún interés asegurable, ubicados a nivel nacional.
Los amparos incluyen los siguientes bienes como son, edificios, muebles y enseres, maquinaria, equipos eléctricos y electrónicos, equipos de laboratorio, los cuales están expuestos a riesgos de daños y/o pérdidas, que pueden afectar gravemente el patrimonio, tal es el caso de un evento de los denominados catastróficos (Terremoto o cualquier otra convulsión de la naturaleza); lo cual justifica plenamente la necesidad que se pretende satisfacer con la contratación de este seguro.
b) Seguro de Automóviles:
Ampara los daños y/o pérdidas que sufran los vehículos de propiedad o por los que sea legalmente responsable
INSTITUTO COLOMBIANO DE CREDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TECNICOS EN EL EXTERIOR
“XXXXXXX XXXXXX XXXXX” - ICETEX o aquellos daños a bienes o lesiones o muerte a terceros que causen.
La entidad cuenta actualmente con siete (7) vehículos, cuya operación de los mismos genera exposición a riesgos de daños y pérdida, así como la posibilidad de causar perjuicios a terceros, ya sea por daños a bienes, lesiones o muerte de personas; lo cual afectaría el patrimonio de la Entidad y el servicio para el cual se encuentran destinados tales vehículos, razones que justifican la necesidad de la contratación de este seguro.
c) Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual:
Ampara los perjuicios patrimoniales que sufra el INSTITUTO COLOMBIANO DE CREDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TECNICOS EN EL EXTERIOR “XXXXXXX XXXXXX XXXXX” - ICETEX, así como los extra
patrimoniales xxx xxxxxxx como consecuencia de la responsabilidad civil extracontractual originada dentro o fuera de sus instalaciones, en el
INSTITUTO COLOMBIANO DE CREDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TECNICOS EN EL EXTERIOR
“XXXXXXX XXXXXX XXXXX” – ICETEX por su actividad y operaciones que desarrolla, está expuesta al riesgo de causar perjuicios a terceros, los cuales debe trasladar a la aseguradora mediante esta póliza, motivo que genera la necesidad de su contratación.
d) Seguro de Manejo Global Sector Oficial:
Ampara los riesgos que impliquen menoscabo de los fondos o bienes de propiedad, bajo tenencia, control y/o responsabilidad del INSTITUTO COLOMBIANO DE CREDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TECNICOS EN EL
EXTERIOR “XXXXXXX XXXXXX XXXXX” – ICETEX, causados por acciones y omisiones de sus servidores, que incurran en delitos contra la administración pública o en alcances por incumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, incluyendo el costo de la rendición de cuentas en caso de abandono del cargo o fallecimiento
del empleado. La contratación de esta póliza se encuentra debidamente justificada, en la obligación que tiene el
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“XXXXXXX XXXXXX XXXXX” - ICETEX de conformidad con lo previsto por la Resolución No. 014249 del 15 xx xxxx de 1992, expedida por la Contraloría General de la República, por medio de la cual se adoptó y reglamento este seguro, cuyo objetivo está dirigido a garantizar el manejo de fondos y bienes por parte de los servidores públicos.
e) Seguro de Transporte de Valores:
Amparar las pérdidas y los daños materiales del INSTITUTO COLOMBIANO DE CREDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TECNICOS EN EL EXTERIOR “XXXXXXX XXXXXX XXXXX” - ICETEX causados como
consecuencia de los eventos que constituyen los amparos mencionados, por el transporte de dineros en efectivo, títulos valores, cheques, y cualquier otro documento de propiedad del asegurado que pueda ser convertido fácilmente en dinero en efectivo, incluyendo las movilizaciones de dinero en efectivo realizadas por los funcionarios delegados del manejo xx xxxxx menores y demás títulos valores, por los cuales del INSTITUTO COLOMBIANO DE CREDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TECNICOS EN EL EXTERIOR “XXXXXXX XXXXXX
XXXXX” - ICETEX, sea o deba ser legalmente responsable.
GRUPO No. 2
a) Responsabilidad Civil Servidores Públicos
Por disposición constitucional, el Estado debe responder por los daños antijurídicos que le sean imputables causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas )
La responsabilidad forma parte esencial del estado de derecho, como instrumento coercible destinado a mantener el imperio de la ética administrativa y a garantizar la efectividad de los derechos y obligaciones de los asociados y de las entidades públicas, las cuales responden por infringir la constitución y las leyes y por omisión o extralimitación de sus funciones.
El objetivo del seguro de servidores públicos es proteger la integridad patrimonial de la Entidad contra el detrimento que pueda llegar a sufrir por los actos incorrectos culposos de sus funcionarios, quienes al obrar de buena fe o, por lo menos, sin incurrir en conductas deshonestas, malintencionadas o dolosas, generen una responsabilidad y sean objeto de una investigación, proceso o acusación, en cualquiera de los campos citados.
Adicionalmente, la cobertura se extiende a cubrir los costos de defensa y honorarios de abogado de dicho funcionario, nuevamente en el entendido de que el servidor público llegare a ser eximido de cualquier responsabilidad o, a lo sumo, llegare a ser condenado por culpa y no por dolo.
GRUPO No. 3
a) Seguros Obligatorio de Accidentes de Tránsito
El ICETEX cuenta actualmente bajo su propiedad con siete (7) vehículos los cuales por disposición legal debe asegurar.
GRUPO No. 4
a) Seguro de Infidelidad y Riesgos Financieros.
Amparar bajo las condiciones de la Póliza de Infidelidad de Riesgos Financieros – I.R.F., las perdidas, daños y gastos en que tenga que incurrir el INSTITUTO COLOMBIANO DE CREDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TECNICOS EN EL EXTERIOR “XXXXXXX XXXXXX XXXXX” - ICETEX a consecuencia de los riesgos a que está expuesto en el giro de su actividad, causados por empleados, terceros o en complicidad con éstos.
GRUPO No. 5
a) Seguro Hospitalización y Cirugiá para Becarios
Otorgar una póliza de salud con cubrimiento en el territorio nacional para los beneficiarios del programa de Reciprocidad para Extranjeros en Colombia liderado por el ICETEX, desde el momento que ingresan al país y hasta la fecha de su salida, los cuales son para la vigencia a contratar de aproximadamente 200 becarios.
1.3 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
El presente proceso de Selección Pública se regirá por la Constitución Política, especialmente por lo consagrado en sus Artículos 209 y 267, por el Artículo 8° de la Ley 1002 de 2005, por los Artículos 13 y 15 de la Ley 1150 de 2007, por el Artículo 37 del Acuerdo de Junta Directiva del ICETEX No. 030 del 17 de septiembre de 2013 – Manual de Contratación del ICETEX, modificado por el Acuerdo de Junta Directiva No. 019 de 2014, la Ley 1474 de 2011, el Decreto 019 de 2012 – Decreto Anti trámite, el régimen de inhabilidades e incompatibilidades establecido en la Constitución Política y en la Ley, en especial lo consagrado en el artículo 8º y 9º de la Ley 80 de 1993; el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 que adicionó el literal j) al Numeral 1° y un inciso al Parágrafo 1° del Artículo 8 de la Ley 80 de 1993, el Numeral 4º del artículo 38 de la Ley 734 de 2002, los artículos 1,2, 3, 4 y 90 de la Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción), así como las demás disposiciones legales vigentes en materia civil y comercial que le sean aplicables.
1.4 PRESUPUESTO OFICIAL Y DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
El presupuesto oficial asignado para esta contratación es hasta por la suma de MIL NOVECIENTOS VEINTITRÉS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS MONEDA
CORRIENTE ($1.923.292.979) incluido el impuesto al valor agregado IVA, discriminado con base en el esquema presentado con las primas por grupo así:
GRUPO No | XXXXX QUE CONFORMAN EL GRUPO | VALOR PRESUPUESTO DOS AÑOS INCLUIDO IVA |
1 | Todo Riesgo Daños Materiales | $200.149.777 |
Automóviles | ||
Transporte de Valores | ||
Manejo Global para Entidades Oficiales |
Responsabilidad Civil Extracontractual | ||
2 | Responsabilidad Civil para Servidores Públicos | $234.892.803 |
3 | Seguro de Daños Corporales Causados a las Personas en Accidentes de Tránsito SOAT | $4.685.289 |
4 | Infidelidad y Riesgos Financieros | $873.601.633 |
5 | Hospitalización y Cirugía Becarios | $ 607.633.600 |
Nota: No obstante la anterior discriminación de las primas por grupo, se aclara que queda un remanente por la suma de dos millones trescientos veintinueve mil ochocientos setenta y siete pesos M/cte. ($2.329.877), el cual está destinado para pagar primas correspondientes a inclusiones y/o actualizaciones de activos de la póliza todo riesgo daños materiales que hace parte del Grupo 1 durante los dos años de vigencia de las pólizas de seguros.
Para respaldar presupuestalmente la contratación, la Entidad cuenta con los siguientes certificados de disponibilidad presupuestal:
• Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. CDP-EF-2015-399, Rubro G31100200400911 SEGUROS GENERALES Concepto Código Rubro: Contratar los Seguros requeridos para la adecuada protección de los bienes e intereses patrimoniales y por aquellos legalmente responsable al Icetex, expedido por el Coordinador del Grupo de Presupuesto del ICETEX del 20 xx Xxxxxx de 2015
• Certificado de Disponibilidad Presupuestal XXX XX-0000-000, Xxxxx G331620001002001 RECIPROCIDAD EXTRANJEROS EN COLOMBIA Concepto Código Rubro: Póliza de Salud, expedido por el Coordinador del Grupo de Presupuesto del ICETEX del 30 de Julio de 2015
1.5 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
EL INSTITUTO COLOMBIANO DE CREDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TECNICOS EN EL EXTERIOR
“XXXXXXX XXXXXX XXXXX” - ICETEX requiere contratar las pólizas relacionados en el numeral 1.2 Alcance del Objeto del presente pliego de condiciones, por un término de 24 meses contados a partir de:
XXXXX | XXXXXXXX A PARTIR DE: |
GRUPO No 1 | |
TODO RIESGO DAÑOS MATERIALES | 01 de diciembre de 2015 a las 00:00 |
AUTOMOVILES | 01 de diciembre de 2015 a las 00:00 |
MANEJO ENTIDADES OFICIALES | 01 de diciembre de 2015 a las 00:00 |
RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL | 01 de diciembre de 2015 a las 00:00 |
TRANSPORTE DE VALORES | 01 de diciembre de 2015 a las 00:00 |
GRUPO No 2 | |
RESPONSABILIDAD CIVIL SERVIDORES PÚBLICOS | 01 de diciembre de 2015 a las 00:00 |
GRUPO No 3 |
SEGURO OBLIGATORIO EN ACCIDENTES DE TRANSITO SOAT | VARIOS |
GRUPO No 4 | |
INFIDELIDAD Y RIESGOS FINANCIEROS | 01 de diciembre de 2015a las 00:00 |
GRUPO No 5 | |
HOSPITALIZACION Y CIRUGIA | 01 de diciembre de 2015 a las 00:00 |
1.6 FORMA DE PAGO
EL ICETEX cancelará el valor de las primas una vez las pólizas se encuentren recibidas a satisfacción mediante certificación suscrita por el Supervisor del contrato y dentro del plazo ofrecido por el contratista en su propuesta para el pago de la primas, plazo que en todo caso será hasta el 31 de diciembre de 2015, contados a partir del momento en que se radiquen las pólizas o cuenta de cobro previa presentación de la factura correspondiente y de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución y presentación del certificado del representante legal o revisor fiscal en el que conste estar al día en el pago de los aportes al sistema de seguridad social integral, ICBF, SENA y Cajas de Compensación.
FORMA DE PAGOS GRUPOS Nos. 1, 2, 4 y 5: El ICETEX pagará el valor de las primas correspondientes a los dos
(2) años de la vigencia de las pólizas, dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la entrega de cada una de las pólizas, previa revisión y certificación por parte xxx Xxxxxxxx de Seguros donde conste que la Compañía Aseguradora cumplió a cabalidad con todas y cada una de las obligaciones y condiciones contratadas; y la entrega de los documentos que la Entidad exige para el pago de las primas.
FORMA DE PAGO GRUPO No. 3: Para el grupo 3 la Entidad efectuará el pago de las pólizas conforme vayan siendo expedidas de acuerdo a los vencimientos de las actuales.
• Si las pólizas no han sido correctamente elaboradas, el término para el pago sólo empezará a contarse desde la fecha en que se presenten en debida forma.
• Las demoras en el pago originadas por la presentación incorrecta de los documentos requeridos serán responsabilidad del contratista y no tendrá por ello derecho al pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza
Nota: Por otra parte, y con la finalidad de mitigar el riesgo, en lo relacionado con el pago en los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral, aportes parafiscales y Cajas de Compensación Familiar, el Interventor de la orden de servicio solicitará en cada pago al Contratista, copia de los recibos de pagos o una certificación del representante legal o revisor fiscal, según el caso, que se encuentra al día con las respectivas obligaciones mencionadas.
El contratista deberá acompañar el acta de recibo a satisfacción suscrita por el Supervisor del contrato.
El pago de las primas requiere previamente la certificación de recibo a satisfacción del objeto del contrato suscrita por parte de la supervisión del contrato, certificación expedida por el Representante Legal o Revisor Fiscal, según el caso, en la que acredite estar al día en los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios xxx
XXXX, ICBF y Cajas de Compensación Familiar y parafiscales, de conformidad con lo señalado en el literal c) y parágrafo del artículo 46 del Acuerdo de Junta Directiva del ICETEX N°030 del 17 de septiembre de 2013.
Los pagos se harán mediante transferencia electrónica a la cuenta que el CONTRATISTA determine para tal fin
1.7 ENTIDAD CONTRATANTE
La Entidad contratante es el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior “Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx” - ICETEX, entidad financiera de naturaleza especial, vinculada al Ministerio de Educación Nacional, creada por el Decreto Ley N°2586 de 1950, reorganizada por el Decreto Ley N°3155 de 1968 y transformada mediante la Ley 1002 de 2005 y el Decreto 380 de 2007.
1.8 DOCUMENTOS DE LA SELECCIÓN PÚBLICA
• Estudio Previo.
• Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. CDP-EF-2015-399
• Certificado de Disponibilidad Presupuestal No CDP EF-2015-362
• Proyecto xx Xxxxxx de condiciones de la selección pública del Contratista.
• Observaciones al Proyecto xx Xxxxxx de Condiciones (si la hubiere).
• Respuesta a las observaciones sobre el Proyecto de los Pliego de Condiciones (si la hubiere).
• Acto de apertura del proceso de selección.
• Publicación xxx xxxxxx de condiciones en la página Web del ICETEX xxx.xxxxxx.xxx.xx y en el portal Colombia Compra Eficiente xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
• Pliego de Condiciones Definitivo.
• Acta de Audiencia de Aclaraciones y/o definición de riesgos
• Observaciones al xx Xxxxxx de Condiciones (si la hubiere).
• Consolidado de observaciones al pliego de condiciones.
Publicación de la respuesta a las observaciones en la página Web del ICETEX xxx.xxxxxx.xxx.xx y en el portal Colombia Compra Eficiente xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx .Adendas (si las hubiere).
• Publicación de los adendas en la página Web del ICETEX xxx.xxxxxx.xxx.xx (si las hubiere).
• Acta de cierre del plazo para presentar propuestas y apertura de las mismas.
• Informe de evaluación.
• Observaciones al informe de evaluación (si las hubiere).
• Consolidado de observaciones a los informes de evaluación (si las hubiere).
• Informe final y decisión de adjudicación.
• Acto administrativo que contiene la decisión de la adjudicación o de Declaratoria de Desierto.
• Contrato.
• Adiciones, prorrogas y modificaciones de los contratos.
1.9 CONSULTA DEL PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES
Cualquier persona podrá consultar el proyecto xx xxxxxx de condiciones, de manera gratuita, en la página Web del ICETEX, xxx.xxxxxx.xxx.xx y en el portal Colombia Compra Eficiente xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
No son admitidas las consultas telefónicas, ni personales, ni tendrá fuerza vinculante para El ICETEX cualquier pronunciamiento verbal.
Los interesados podrán presentar observaciones al proyecto xx xxxxxx de condiciones a través de los medios establecidos en el proyecto de pliegos de condiciones, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su publicación.
1.10 PLIEGO DEFINITIVO
Cualquier persona podrá consultar el pliego de condiciones, de manera gratuita, en la página Web del ICETEX xxx.xxxxxx.xxx.xx y en el portal Colombia Compra Eficiente xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
No son admitidas las consultas telefónicas, ni personales, ni tendrá fuerza vinculante para El ICETEX cualquier pronunciamiento verbal.
Los interesados podrán presentar observaciones al pliego de condiciones a través de los medios establecidos en el pliego de condiciones, hasta cinco (5) días calendario antes de la fecha señalada para la recepción de las propuestas.
El ICETEX dará contestación a las observaciones recibidas mediante publicación en su página Web. Las áreas o dependencias técnicas que se requieran según cada caso, serán las encargadas de sustentar las correspondientes respuestas a las observaciones formuladas por los interesados en el proceso contractual.
El ICETEX podrá modificar los pliegos de condiciones mediante adenda publicada en su página Web y en el Portal Colombia Compra Eficiente xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, hasta tres (3) días anteriores al cierre del proceso en días hábiles y horarios laborales, de acuerdo con lo establecido en el parágrafo del Artículo 32 del Acuerdo 030 de 2013 “Manual de Contratación del ICETEX”, modificado por el Acuerdo 019 del 19 xx xxxxx de 2014.
De conformidad con el Parágrafo del artículo 32 del Acuerdo 030 del 17 de septiembre de 2013, modificado por el artículo 3 del Acuerdo 019 del 19 xx xxxxx de 2014, el ICETEX podrá modificar mediante Adendas el Cronograma del Proceso con posterioridad al cierre del mismo y hasta la adjudicación del proceso.
1.11 ACTO DE APERTURA
El proceso de selección pública del contratista iniciará con la publicación del Acto de Apertura en la página Web y en el Portal Colombia Compra Eficiente xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
1.12 CONTENIDO E INTERPRETACIÓN XXX XXXXXX DE CONDICIONES
En el proyecto xx xxxxxx de condiciones, en el pliego de condiciones, sus anexos y adendas, se describen detallada y claramente, el objeto a contratar los requerimientos para la presentación de la propuesta, los aspectos técnicos, económicos, financieros y de capacidad jurídica y de organización exigidos, los fundamentos del proceso de selección, su modalidad, términos, procedimientos y demás reglas objetivas que gobiernan la presentación de las propuestas y su evaluación y ponderación, así como las de adjudicación del contrato; las razones y causas para el rechazo de las propuestas o la declaratoria de desierta del proceso, las condiciones de celebración del contrato,
disponibilidad presupuestal, forma de pago, mecanismos de cobertura de riesgos y en general todos los asuntos relativos al proceso que estima que el proponente debe tener en cuenta para elaborar y presentar su propuesta. Todos estos factores deben ser interpretados como un todo y sus disposiciones no deben ser entendidas de manera separada, por lo tanto, el pliego de condiciones es un todo con los anexos, formatos y adendas. Todas las deducciones, errores y omisiones que con base en sus propias interpretaciones, conclusiones o análisis, efectúe el proponente, son de su exclusiva responsabilidad.
El detalle y la descripción del objeto, sus características y condiciones técnicas deberán analizarse por los proponentes en el documento que como anexo técnico se acompaña al pliego de condiciones y que hace parte integral del mismo.
El orden de los capítulos y cláusulas de este Pliego de Condiciones, tampoco debe ser interpretado como un grado de prelación entre los mismos y los títulos utilizados en el sirven sólo para identificar textos, y no afectarán la interpretación de los mismos.
Con la presentación de la propuesta, el proponente manifiesta que estudió el proyecto xx xxxxxx de condiciones, el pliego de condiciones, sus anexos, formatos, adendas, comunicaciones y todos los documentos del proceso de selección, que obtuvo las aclaraciones solicitadas, que conoce la naturaleza de los servicios objeto de la convocatoria, sus costos y tiempo de ejecución, que formuló su propuesta de manera libre, seria, precisa y coherente, y que además, se acoge a lo establecido en el Manual de Contratación del ICETEX, y demás normas aplicables.
1.13 CORRESPONDENCIA
Para efectos de la radicación de cualquier documento o comunicación dirigida al ICETEX en desarrollo del presente proceso, los proponentes deberán radicar su propuesta, en sobre sellado debidamente foliado en el punto de radicación de correspondencia ubicado en la Xxxxxxx 0x Xx. 00 – 00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx X.X. Se radicará indicando fecha y hora de presentación. La verificación de la fecha y hora de entrega de las propuestas se hará a través del sistema de gestión documental MERCURIO, en el cual queda registrada de manera automática la fecha y hora de recibo de toda la correspondencia que se recibe de manera personal en la Sede Principal del ICETEX, ubicado en la Xxxxxxx 0 Xx. 00 – 00 Xxxx 0x, xx xx xxxxxx xx Xxxxxx, que atiende en jornada continua de las 8:00 horas a 17:00 horas - de lunes a viernes, excepto festivos.
Toda comunicación o solicitud referente al presente proceso deberá formularse por escrito y radicarse en la Oficina de Correspondencia del ICETEX, o por medios electrónicos de acuerdo con lo indicado en el siguiente numeral, debidamente identificada con el nombre, número correspondiente de la Selección Pública del Contratista; cualquier tipo de comunicación entre los proponentes y EL ICETEX se canalizará a través de la Secretaría General; así mismo las solicitudes se responderán mediante comunicación escrita o documento publicado en la página web xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx y en el portal Colombia Compra Eficiente xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
1.14 COMUNICACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS
El ICETEX, en cumplimiento de lo previsto en el Artículo 58 del Acuerdo N°030 del 17 de septiembre de 2013, aprobado por la Junta Directiva del ICETEX y con el fin de facilitar la comunicación interactiva con los proponentes durante el desarrollo del presente proceso de selección, ha dispuesto la dirección electrónica
xxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx a través de la cual los proponentes podrán enviar sus observaciones o solicitudes de aclaraciones en el horario de las 8:00 horas a 17:00 horas - de lunes a viernes, excepto festivos. De igual forma se podrán consultar todos los actos de la administración relacionados con el proceso en la Secretaría General en el horario de las 8:00 horas a 17:00 horas - de lunes a viernes, excepto festivos, así como en la página Web de la Entidad xxx.xxxxxx.xxx.xx, en donde estará disponible toda la información del proceso para los proponentes, con el fin de garantizar la transparencia del mismo.
1.15 INTERMEDIARIO DE SEGUROS
El ICETEX informa que a través de proceso de convocatoria pública mediante contratación directa, designó y contrató como intermediario de seguros a la DELIMA XXXXX S.A. CORREDORES DE SEGUROS quienes trabajarán en el manejo del programa de seguros aquí seleccionado. Los proponentes se comprometen a aceptar al intermediario de seguros seleccionado por la Entidad.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1341 del Código de Comercio, el corredor tendrá derecho al pago de comisiones por parte del asegurador, las cuales corresponden a la remuneración por su labor, las mismas deberán corresponder a los porcentajes normales xxx xxxxxxx asegurador en el ramo a contratar.
1.16 CRONOGRAMA DE LA SELECCIÓN PÚBLICA
Ver Anexo No.14 (Cronograma del proceso).
CAPÍTULO II
ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN, ALCANCES DE LA APERTURA Y PUBLICACIÓN XXX XXXXXX
2.1. PUBLICACIÓN DEL PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES
El proyecto xx xxxxxx de condiciones será publicado, y podrá ser consultado gratuitamente, en la página Web xxx.xxxxxx.xxx.xx y en el portal Colombia Compra Eficiente xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, a partir de la fecha que se señala en el cronograma del proceso. Anexo N°14 (Cronograma del proceso).
Así mismo se encontrará disponible, de manera física, en la Secretaría General del ICETEX ubicada en la Xxxxxxx 0x Xx. 00 – 00 Xxxx 0x xx xx xxxxxx xx Xxxxxx, donde podrá ser consultado personalmente en el horario de 8:00 horas a 17:00 horas - de lunes a viernes, excepto los días festivos.
No son admitidas las consultas telefónicas y no tendrá fuerza vinculante para la entidad cualquier pronunciamiento verbal por parte de funcionarios de la misma.
2.2. ACTO DE APERTURA
El proceso de selección pública del contratista iniciará con la publicación del Acto de Apertura en la página Web y en el Portal Colombia Compra Eficiente xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
2.3. PUBLICACIÓN PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO
El pliego de condiciones definitivo será publicado, y podrá ser consultado gratuitamente, en la página Web xxx.xxxxxx.xxx.xx y en el portal Colombia Compra Eficiente xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, a partir de la fecha que se señala en el cronograma del proceso. Anexo N°14 (Cronograma del proceso).
Así mismo se encontrará disponible, de manera física, en la Secretaría General del ICETEX ubicada en la Xxxxxxx 0 Xx. 00 – 00 Xxxx 0x xx xx xxxxxx xx Xxxxxx, donde podrá ser consultado personalmente en el horario de 8:00 horas a 17:00 horas - de lunes a viernes, excepto los días festivos.
No son admitidas las consultas telefónicas y no tendrá fuerza vinculante para la entidad cualquier pronunciamiento verbal por parte de funcionarios de la misma.
2.4. OBSERVACIONES AL PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES
Los interesados podrán presentar observaciones al proyecto xx xxxxxx de condiciones a través de los medios establecidos en dicho proyecto de pliegos de condiciones, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su publicación.
Estas observaciones deberán enviarse al correo electrónico xxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx. EL ICETEX, recibirá las observaciones y acogerá en el pliego definitivo las que considere pertinentes y las que acepta.
Las solicitudes de modificación por parte de los interesados serán analizadas siempre y cuando:
• Hayan sido radicadas en EL ICETEX dentro del horario de atención al público o remitidas al correo electrónico xxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx, desde la fecha de publicación xxx xxxxxx de condiciones y en plazo establecido en el cronograma para el efecto.
• Se indique claramente el numeral del proyecto xxx xxxxxx de condiciones, que se solicita modificar y el fundamento de la solicitud.
• Se señale claramente el nombre y la condición en la que actúa y su dirección física y electrónica.
En ningún caso habrá aclaraciones, ni comunicaciones verbales con los proponentes que puedan afectar los términos y condiciones de este pliego y sus adendas.
Corresponde a todos los interesados en el presente proceso de selección informarse de todas las modificaciones y hacer seguimiento al proceso por los medios electrónicos mencionados.
El ICETEX no asume responsabilidad alguna por la forma o medio electrónico que utilicen los proponentes para enviar sus observaciones al proyecto xx xxxxxx de condiciones y demás documentos publicados por la entidad.
2.5. OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO
Cualquier persona podrá presentar observaciones al pliego de condiciones definitivo, hasta cinco (5) días calendario anteriores a la fecha señalada en el cronograma para el cierre y recepción de propuestas.
Estas observaciones deberán enviarse al correo electrónico xxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx. EL ICETEX dará las correspondientes respuestas, en la fecha establecida en el cronograma del proceso.
Las solicitudes de modificación por parte de los interesados serán procedentes siempre y cuando:
• Hayan sido radicadas en El ICETEX dentro del horario de atención al público o remitidas al correo electrónico xxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx, desde la fecha de publicación xxx xxxxxx de condiciones y hasta cinco (5) días calendario antes de la fecha señalada en el cronograma para el cierre del plazo de recepción de las propuestas.
• Se indique claramente el numeral xxx xxxxxx de condiciones, que se solicita modificar y el fundamento de la solicitud.
• Se señale claramente el nombre y cédula de ciudadanía de la persona interesada, la condición en la que actúa y su dirección física y electrónica.
En ningún caso habrá aclaraciones ni comunicaciones verbales con los proponentes que puedan afectar los términos y condiciones de este pliego y sus adendas.
Corresponde a todos los interesados en el presente proceso de selección informarse de todas las modificaciones y hacer seguimiento al proceso por los medios electrónicos mencionados.
El ICETEX no asume responsabilidad alguna por la forma o medio electrónico que utilicen los proponentes para enviar sus observaciones al pliego de condiciones y demás documentos publicados por la entidad.
El ICETEX podrá utilizar cualquiera de los medios virtuales o físicos que estén a su alcance, para notificar las respuestas a las observaciones y a las solicitudes de aclaración xxx xxxxxx de condiciones, así como los demás documentos publicados por la Entidad.
2.6. RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES AL PLIEGO DEFINITIVO Y ADENDAS
EL ICETEX responderá dentro del término señalado en el cronograma, y dando cumplimiento al principio de economía y celeridad previsto en el Artículo 209 de la Constitución Política, las solicitudes de aclaración y/o modificación que cumplan con los siguientes requisitos:
• Que con ellas no se presenten alternativas o excepciones que condicionen la adjudicación.
• Que hayan sido radicadas en ICETEX, dentro del horario de atención al público o remitidas al correo electrónico xxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx de acuerdo al cronograma establecido en el presente pliego de condiciones.
• Que se indique claramente el numeral xxx Xxxxxx de Condiciones, que se pretende sea aclarado o modificado y la fundamentación de la solicitud de aclaración.
• Que se indique claramente el nombre y condiciones actúa frente al interesado y su dirección física y electrónica.
El ICETEX no asume responsabilidad alguna por la forma o medio electrónico que utilicen los Oferentes para enviar sus observaciones, preguntas, solicitudes de aclaración o comentarios al pliego de condiciones y al informe de evaluación.
El ICETEX podrá utilizar cualquiera de los medios virtuales o físicos para notificar la respuesta a las observaciones y a las solicitudes de aclaración al Pliego de Condiciones, así como a las observaciones presentadas al informe de evaluación.
Si con ocasión de las observaciones efectuadas por los interesados al Pliego de Condiciones se evidencia la necesidad de modificar alguna(s) de las condiciones o especificaciones señaladas, ICETEX modificará el pliego mediante Adenda, las cuales se expedirán hasta tres (3) días hábiles anteriores a la fecha prevista para el cierre del proceso de selección, la publicación de éstas adendas se realizará en días hábiles y horarios laborales, dando aplicación a lo previsto en el parágrafo del Artículo 32 del Acuerdo 030 de 2013 “Manual de Contratación del ICETEX”.
La fecha y hora de recepción en ICETEX de correos electrónicos enviados por interesados o Proponentes, serán las registradas en el servidor de ICETEX o del portal (según el caso) en el momento de ingreso de cada correo electrónico; serán tenidos en cuenta todos correos que lleguen siempre y cuando se encuentren dentro del horario de atención al usuario de ICETEX.
En consecuencia, será responsabilidad de los Proponentes e interesados el adoptar las medidas pertinentes para que los correos electrónicos que envíen, sean recibidos en ICETEX dentro los plazos y hora límite establecida en este Pliego de Condiciones.
De conformidad con el Parágrafo del artículo 32 del Acuerdo 030 del 17 de septiembre de 2013, modificado por el artículo 3 del Acuerdo 019 del 19 xx xxxxx de 2014, el ICETEX podrá modificar mediante Adendas el Cronograma del Proceso con posterioridad al cierre del mismo y hasta la adjudicación del proceso.
2.7. AUDIENCIA DE RIESGOS Y/O ACLARACIÓN XXX XXXXXX
En la fecha señalada en el cronograma del proceso (Anexo No. 14), se realizará una audiencia pública en el Auditorio del 2º piso del Edificio del ICETEX, ubicado la Xxxxxxx 0 Xx00 – 00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx X.X., con el fin de precisar el alcance de los riesgos y/o aclaración al pliego, en la cual se absolverán y aclararán las inquietudes e interrogantes de los proponentes; dependiendo de la complejidad de las mismas serán atendidas en el término que el ICETEX estime conveniente. De tal audiencia se elaborará y suscribirá el acta respectiva.
2.8. PLAZO PARA LA ENTREGA DE LAS PROPUESTAS
El plazo para la entrega de propuestas es aquel comprendido entre la fecha señalada para la apertura del presente proceso de selección y la fecha establecida en el cronograma para el cierre de la misma, señalado en el Anexo No.14 (Cronograma del proceso).
Este plazo podrá ser prorrogado hasta por la mitad del término fijado inicialmente, ya sea cuando lo estime conveniente la Entidad, o cuando lo soliciten los interesados en el proceso y EL ICETEX así lo apruebe, en aras de garantizar una suficiente participación de proponentes.
2.9. CIERRE DEL PROCESO Y ENTREGA DE PROPUESTAS
Las personas interesadas en participar en el presente proceso de selección podrán presentar propuestas hasta el día y hora señalados en el Anexo No. 14 (Cronograma del proceso), radicándolas por escrito en la ventanilla de correspondencia del ICETEX ubicada en el Xxxxxxx 0 Xx. 00 – 00 Xxxx 0x, xx xx xxxxxx xx Xxxxxx X.X.
La verificación de la fecha y hora de entrega de las propuestas se hará a través del sistema de gestión documental MERCURIO, en el cual queda registrada de manera automática la fecha y hora de recibo de toda la correspondencia que se recibe de manera personal en la Sede Principal del ICETEX.
2.9.1. Acta de Cierre
Vencido el plazo señalado en el inciso anterior, se trasladarán las propuestas recibidas a la Sala de Juntas de la Secretaría General del ICETEX, en donde se levantará un acta suscrita por los funcionarios asistentes, en la que constará el nombre de los oferentes, el valor de la propuesta, el número de folios de la propuesta y se verificará que las propuestas cumplan con los requisitos exigidos en el presente Capítulo xxx xxxxxx de condiciones y se consignarán las observaciones correspondientes.
Las propuestas presentadas después de la fecha y hora establecida para el cierre del presente proceso de selección no serán tenidas en cuenta para el proceso de evaluación.
2.9.2. Hora Legal
La Hora Legal de la República de Colombia es la señalada por la división de Meteorología de la Superintendencia de Industria y Comercio, link xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xxx.xx/ de acuerdo con lo establecido en el Numeral 5 del Artículo 20 del Decreto 2153 de 1992 y en la Directiva No. 0013 de 2005 de la Procuraduría General de la Nación "la Superintendencia de Industria y Comercio, mantiene, coordina y da la hora legal Colombiana”.
Se entenderán presentadas dentro del término aquí previsto, todas las propuestas que se entreguen oportunamente, en la fecha y lugar indicados en este Pliego de Condiciones.
En ningún caso ICETEX se hará responsable del retardo de los Proponentes en la entrega de sus propuestas, por lo que resulta de su exclusiva responsabilidad el prever el cumplimiento del horario y sitio establecido.
2.10. RETIRO DE PROPUESTAS
El Proponente podrá solicitar el retiro de su propuesta mediante escrito dirigido a ICETEX en la ciudad de Bogotá D.C., hasta la fecha prevista para el cierre del Proceso de Selección. En tal caso, en la diligencia de cierre del proceso y apertura de propuestas, no se abrirán los sobres que contengan el original y las copias de la propuesta del Proponente que solicitó el retiro y se dejará constancia de esta devolución en el acta de cierre y recibo de propuestas.
2.11. SUSPENSIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El Proceso de Selección podrá ser suspendido por ICETEX cuando a juicio de éste se presenten circunstancias de interés público o general que requieran analizarse y que puedan afectar la culminación del proceso, esto de
conformidad con lo establecido en el Artículo 43° del Manual de Contratación de ICETEX (Acuerdo de Junta Directiva del ICETEX N°030 del 17 de septiembre de 2013).
2.12. PRÓRROGA DEL PLAZO DEL PROCESO DE SELECCIÓN PÚBLICA DEL CONTRATISTA
El plazo del Proceso de Selección, entendido como el término que debe transcurrir entre el primer día de publicación del Acto de Apertura y la publicación xxx Xxxxxx de Condiciones y hasta la fecha prevista para la entrega de las propuestas indicada en este pliego, podrá prorrogarse por ICETEX antes del vencimiento del mismo.
Cualquier prórroga del plazo de cierre del Proceso de Selección por un término no superior a la mitad del inicialmente fijado, será comunicado a los interesados por medio de adendas que harán parte del presente pliego de Condiciones, que se podrán expedir hasta tres (3) días hábiles anteriores a la fecha prevista para el cierre del Proceso de Selección y serán publicadas en días hábiles y horarios laborales, en consonancia con lo previsto en el Artículo 89 de la Ley 1474 de 2011 y el Manual de Contratación del ICETEX.
2.13 VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Comité Evaluador
Las propuestas serán estudiadas y analizadas por un Comité Evaluador del ICETEX y recomendará al ordenador del gasto, adjudicar o declarar desierto el presente proceso, de conformidad con lo previsto en los artículos 19 y siguientes del Manual de Contratación de ICETEX (Acuerdo de Junta Directiva del ICETEX N°030 del 17 de septiembre de 2013).
El Comité Evaluador designado en el Acuerdo No.30 de 2013 (Manual de Contratación) por el ICETEX verificará y/o evaluará las propuestas, según lo previsto en el presente pliego de Condiciones y teniendo en cuenta los criterios de capacidad jurídica, experiencia, capacidad técnica, económica y capacidad financiera de los Proponentes.
El Comité Evaluador deliberará con la asistencia de todos sus miembros. Las decisiones serán tomadas por mayoría, y constarán en un acta que deberá ser aprobada y firmada por todos los miembros del Comité al finalizar la sesión correspondiente. Una vez verificados los aspectos habilitantes, se procederá a la ponderación del ofrecimiento más favorable para la Entidad, de acuerdo con lo contemplado en el numeral denominado “Evaluación de las Propuestas” del presente pliego de Condiciones.
El Comité Evaluador presentará a la Secretaria General el acta para que, una vez haya sido objeto de examen conjunto por ésta y por el Comité Evaluador, se elabore el informe de evaluación, que será publicado en la página Web de la Entidad xxx.xxxxxx.xxx.xx y en el portal Colombia Compra Eficiente xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, por un término de tres (3) días hábiles para que los Proponentes durante dicho plazo presenten observaciones por escrito a la Secretaría General del ICETEX con copia estricta al correo electrónico xxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx.
En todo momento y en caso de incongruencia o duda prevalecerán los términos y plazos establecidos en el CRONOGRAMA de los pliegos de condiciones.
2.13.1 Aclaraciones a las propuestas presentadas
El Comité Evaluador podrá solicitar por escrito al Proponente hasta el momento de la adjudicación, las aclaraciones y explicaciones que estime pertinentes sobre los puntos dudosos o confusos de las propuestas, sin que por ello pueda el Proponente adicionar, modificar, completar o mejorar su propuesta, ni el ICETEX hacer variación alguna de los términos de la misma o violar los principios fundamentales que rigen el presente Proceso de Selección.
El ICETEX tomará de las aclaraciones de los Proponentes únicamente los aspectos que satisfagan su interés de aclaración.
Las solicitudes de aclaración y las respuestas correspondientes se harán por escrito y/o al correo electrónico xxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx., estas últimas dentro del plazo estipulado en el cronograma estipulado en el pliego, so pena que su incumplimiento por parte del Proponente requerido, generen el rechazo de la propuesta.
2.13.2 PUBLICACIÓN DEL INFORME DE EVALUACIÓN
La Secretaría General de ICETEX publicará el informe de evaluación en la página Web de la Entidad xxx.xxxxxx.xxx.xx y en el portal Colombia Compra Eficiente xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, por el término señalado en el CRONOGRAMA para que los Oferentes, dentro del mismo, presenten las observaciones por escrito.
2.13.3. OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN
Los Proponentes, cuyas propuestas hayan sido objeto de observaciones, podrán contestar tales observaciones en un plazo de dos (2) días calendario contado a partir de la publicación en la página Web de ICETEX y/o en el portal Colombia Compra Eficiente xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, de la respectiva observación. Los Proponentes no podrán adicionar ni modificar sus propuestas.
Contestadas las observaciones y con base en el informe del Comité Evaluador, la entidad, producirá un informe final, en el cual se recomendará al Representante Legal de la Entidad, la adjudicación o no del contrato.
2.13.4. LISTA DE ELEGIBLES
Una vez efectuada la calificación y determinados los puntajes, el ICETEX, conformará un orden de elegibilidad, ordenando de mayor a menor.
2.13.5 ADJUDICACIÓN
Una vez concluya el proceso de evaluación, se ordenarán los puntajes de mayor a menor y se le adjudicará el contrato al Proponente que tenga el mayor puntaje.
La adjudicación del Proceso de Selección se realizará de conformidad con lo establecido en el Artículo 37° del Manual de Contratación de ICETEX (Acuerdo de Junta Directiva del ICETEX N° 030 del 17 de septiembre de 2013).
Con base en el informe de evaluación, el Representante Legal de la Entidad, o su delegado, comunicará al Proponente seleccionado la adjudicación del contrato.
En todo momento y en caso de incongruencia o duda prevalecerán los términos y plazos establecidos en el CRONOGRAMA de los pliegos de condiciones.
2.13.6. Efectos de la Adjudicación
La adjudicación obliga tanto a ICETEX como al Adjudicatario. No obstante, si dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del contrato y su suscripción sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad, o si se demuestra que la adjudicación se obtuvo por medios ilegales, ICETEX podrá revocar su decisión de adjudicación y podrá adjudicar el contrato al Proponente calificado en segundo lugar si lo hubiere.
2.13.7. Suscripción del Contrato
Una vez comunicada la adjudicación, el Proponente favorecido deberá suscribir el respectivo contrato en la sede principal de ICETEX en la ciudad de Bogotá D.C., dentro del término establecido en el cronograma.
2.13.8. Renuencia del proponente favorecido a la suscripción del contrato
En caso que el proponente seleccionado se negare a suscribir el contrato, se procederá a hacer efectiva la garantía de seriedad de la propuesta, sin perjuicio de las acciones legales conducentes al reconocimiento de los perjuicios causados y no cubiertos por la garantía, y se adjudicará el contrato al proponente calificado en segundo lugar, si lo hubiere.
2.13.9. Legalización del Contrato
Dentro del plazo señalado por el ICETEX, deberán entregarse en la sede principal del ICETEX en la ciudad de Bogotá D.C., los documentos relativos a la legalización del contrato. Dentro de este término, el proponente adjudicado debe constituir la garantía y los impuestos a que hubiere lugar.
2.14. ACTO DE DECLARATORIA DE DESIERTA
En caso que no sea posible la adjudicación, ICETEX declarará desierto el presente Proceso de Selección por los motivos o causas que impidan la selección objetiva de la propuesta más favorable para la Entidad, ya sea porque las propuestas no cumplan con las condiciones señaladas en este Pliego de Condiciones para ser objeto de adjudicación, porque no se presenten propuestas, o por cualquier otra causa que impida su escogencia, mediante acto administrativo debidamente motivado en el que se señalarán, en forma expresa y detallada, las razones que han conducido a esa decisión y lo notificará a todos los Proponentes. Contra dicho acto procede únicamente el recurso de reposición.
En el evento de declaratoria de proceso desierto, y si persiste para ICETEX la necesidad de contratar el servicio objeto del presente proceso, se adelantará dicha contratación conforme lo dispuesto en el parágrafo 3º del Artículo 37 del Manual de Contratación de ICETEX.
2.15. DEVOLUCIÓN DE LAS PROPUESTAS
Una vez finalizado el Proceso de Selección, los Proponentes no favorecidos con la adjudicación del contrato podrán acercarse al ICETEX, para reclamar las copias 1 y 2 de sus propuestas, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que se expida el acto de adjudicación del proceso. Si no se acercaren a reclamar las copias de sus propuestas dentro del plazo señalado, ICETEX procederá al archivo de la propuesta original y a la destrucción de las copias.
2.16. DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
Al Adjudicatario del contrato no se le devolverá la Garantía de Seriedad de la Propuesta, sino hasta tanto éste haya cumplido a cabalidad con los requisitos previos de perfeccionamiento y legalización del contrato celebrado, siempre que haya sido aprobado las Garantías exigidas para el contrato. A los demás Proponentes, se les devolverá después del perfeccionamiento del contrato celebrado con el(los) Adjudicatarios del proceso de selección. ICETEX pondrá a disposición de los demás Proponentes la Garantía de Seriedad de la Propuesta a partir de los diez (10) días hábiles siguientes a la adjudicación, previa solicitud de los proponentes interesados en su devolución.
En el evento que se declare desierto el Proceso de Selección, ICETEX pondrá a disposición de los Proponentes la Garantía de Seriedad de la Propuesta, a partir de los diez (10) días hábiles siguientes a tal declaratoria.
CAPÍTULO III
REQUISITOS MÍNIMOS DE PARTICIPACIÓN
Los requisitos mínimos de participación de carácter jurídico, financiero y técnico, determinaran si los proponentes son hábiles o no hábiles para efecto de ser evaluada y calificada la propuesta.
Para presentar propuesta el proponente deberá cumplir previamente con los siguientes requisitos mínimos:
3.1 REQUISITOS MINIMOS DE ORDEN LEGAL:
CAPACIDAD JURÍDICA:
Los proponentes invitados deben cumplir con los siguientes requisitos de orden jurídico:
a. Presentar la propuesta debidamente suscrita por el proponente (persona natural), el representante legal (persona jurídica), persona designada para representarlo (consorcio o unión temporal), o apoderado, según el caso, dentro del plazo establecido para el cierre del proceso. En el evento de suscribirse la propuesta mediante apoderado, debe anexarse el poder debidamente conferido ante notario público o autoridad judicial competente. El poder para presentar la propuesta también podrá incluir la facultad, en caso de ser beneficiario de la adjudicación, para suscribir el contrato respectivo. En caso contrario, señalar que el apoderado solo tiene la facultad para presentar la oferta y señalar en forma expresa el nombre del Representante Legal que tiene la facultad de suscribir el contrato.
b. El representante legal debe encontrarse debidamente facultado para representar legalmente a la sociedad y para celebrar todos los actos y contratos que se relacionen con el objeto de la misma.
c. No deben estar incursos en las causales de inhabilidad, incompatibilidad o prohibiciones para contratar, establecidas en la Constitución Política y en la Ley.
d. Las personas jurídicas deben estar constituidas legalmente, registradas en la Cámara de Comercio y su objeto social debe acreditar actividades y servicios directamente relacionados con el objeto del presente proceso de contratación. En el caso de uniones temporales, sus miembros deberán acreditar que dentro de su objeto social se encuentra comprendida la actividad que se comprometen a desarrollar en el Acuerdo de conformación correspondiente, y en todo caso, que todos sus integrantes acrediten actividades y servicios directamente relacionados con el objeto del presente proceso de contratación
El proponente deberá acreditar con los certificados de Existencia y Representación Legal expedidos por la Cámara de Comercio y de la Superintendencia Financiera, expedidos con fecha no superior a treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha de cierre de la Selección, los siguientes aspectos:
a) Que el proponente es una sociedad que ha sido legalmente constituida como tal, que el objeto social corresponda al objeto de la presente Selección y duración de la sociedad la cual no podrá ser inferior al plazo del contrato y dos años más.
b) Quien ejerce la representación legal y sus facultades.
e. Las personas naturales, que por disposición legal deban inscribirse en el Registro Mercantil, deben allegar certificado de inscripción de éste, expedido por la Cámara de Comercio dentro de los quince (15) días hábiles anteriores al cierre del presente proceso, en donde conste la determinación de su actividad.
f. Si el proponente es persona jurídica que legalmente no está obligada a registrarse en la Cámara de Comercio, debe allegar el documento legal idóneo que acredite su existencia y representación o reconocimiento de personería jurídica.
g. Los proponentes deben estar inscritos en el Registro Único de Proponentes.
h. Garantizar la seriedad del ofrecimiento, a través de los mecanismos de cobertura del riesgo indicados en el presente documento.
i. No ser responsable fiscal ni tener antecedentes disciplinarios que lo inhabiliten para contratar. Para el efecto la entidad verificará si el proponente o cualquiera de los integrantes del consorcio o unión temporal se encuentran señalados en el último boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República y en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad "SIRI" de la Procuraduría General de la Nación.
j. Acreditar, con la certificación respectiva, estar dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de presentación de la oferta, x xxx y salvo con el pago de obligaciones asumidas por concepto de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los parafiscales, propios xxx Xxxx, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda.
k. El ICETEX se reserva el derecho de verificar si el proponente se encuentra reportado en el último boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República o si aparece como inhabilitado para contratar en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad "SIRI" de la Entidad o se encuentre reportado en listas de control para el lavado de activos y financiación del terrorismo.
l. Propuestas Conjuntas (Consorcios o Uniones Temporales o cualquier otra forma de participación)
La participación conjunta bajo la modalidad del consorcio o de la unión temporal, se debe acreditar con el respectivo documento de conformación. Para el momento de presentación de la oferta el proponente debe indicar en la carta de presentación de la misma, el nombre del consorcio o la unión temporal y cuáles son sus integrantes. Todos y de cada uno de sus integrantes deberán acreditar la experiencia mínima requerida establecida en el numeral 3.3 del presente Pliego de Condiciones
Se entenderá por propuesta conjunta, una propuesta presentada en Consorcio o Unión Temporal o cualquier otra modalidad de asociación permitida por la Ley Colombiana.
En tal caso se tendrá como proponente, para todos los efectos, el grupo conformado por la pluralidad de personas naturales y/o jurídicas que acrediten los requisitos establecidos en el presente pliego de condiciones, y, además cumplir con todos los requisitos generales que para dichas formas de participación conjunta se señalan en este documento:
• Nombres y domicilio de los constituyentes;
• Indicar si su participación es a título de Consorcio, de Unión Temporal o de cualquier tipo de asociación legalmente permitida y en caso de Unión Temporal, señalar los términos y extensión de su participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán en el documento de constitución ser modificados sin el consentimiento previo del ICETEX, de acuerdo con lo establecido en la ley.
• Acreditar la existencia del consorcio, de la unión temporal o cualquier otra modalidad de asociación legal, y específicamente la circunstancia de tratarse de uno u otro, lo cual deberá declararse de manera expresa en el acuerdo de asociación correspondiente, señalando las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos, los términos, actividades, condiciones y participación porcentual de los miembros del consorcio o de la unión temporal en la propuesta y en la ejecución de las obligaciones atribuidas al contratista por el contrato ofrecido, y la forma de la facturación.
• Los integrantes de los consorcios o uniones temporales o cualquier otra modalidad de asociación legal, también deberán permanecer en consorcio, unidos temporalmente o asociados, durante el término de vigencia del contrato y dos (2) años más. Por tanto, deberá indicarse en la propuesta que durante este término no será disuelta ni liquidada ninguna de estas formas de asociación, ni habrá cesión del contrato entre quienes integran el Consorcio o la Unión Temporal o la sociedad.
• Acreditar la existencia, representación legal, capacidad legal, y capacidad jurídica de las personas jurídicas consorciadas, en unión temporal o asociada y la capacidad de sus representantes para la constitución del consorcio, unión temporal o sociedad, así como para la presentación de la propuesta y la celebración y ejecución del contrato. La designación de un representante que deberá estar facultado para actuar en
nombre y representación del consorcio, unión temporal o sociedad y de un suplente para remplazarlo en sus ausencias; acompañando el documento que los constituya como tal, con la firma autorizada de cada uno de sus integrantes.
• Los requisitos relacionados con la existencia, representación legal y duración del Consorcio o de la Unión Temporal, deberán acreditarse mediante la presentación del documento consorcial o de constitución de la unión temporal o documento que haga sus veces, en la que se consignen los acuerdos, los términos de la participación y la información requerida.
• Los requisitos relacionados con que el objeto social guarde relación con el objeto del presente proceso de contratación, la existencia, representación y capacidad jurídica de cada uno de los integrantes del consorcio, unión temporal o sociedad, respecto de las personas jurídicas o naturales que se asocien para la presentación de la propuesta, deberán acreditarse por todos sus integrantes
• Los miembros del consorcio responderán solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y, en consecuencia, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en el desarrollo de la propuesta y del contrato, afectarán a todos los miembros que la conforman.
• Los integrantes de la Unión Temporal responderán por el cumplimiento de la ejecución del objeto contractual y de su propuesta, pero las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato, se impondrán de acuerdo con la participación en la actividad incumplida.
Indistintamente de la denominación que se le otorgue a la modalidad mediante la cual se presentará la propuesta, los proponentes aceptarán sin condicionamiento alguno la xxxxxxxx de una obligación solidaria e indivisible en relación con la presentación de la misma, la suscripción y legalización del contrato así como de su cumplimiento, liquidación y garantía y en general, para todos los efectos que del contrato se deriven. Existe responsabilidad solidaria e indivisible tanto en la fase precontractual como en la contractual y pos contractual y para la existencia de esta, basta que la propuesta se presente en forma conjunta, en consorcio, en unión temporal o cualquier tipo de asociación legalmente permitida.
DOCUMENTOS JURÍDICOS QUE DEBE CONTENER LA PROPUESTA
Con la finalidad de acreditar los requisitos de orden legal, la propuesta debe contener los documentos y la información que a continuación se reseñan:
1. OFERTA DEBIDAMENTE FIRMADA
Requisito que se cumple con la firma de la carta de presentación de la oferta por parte de la persona legalmente facultada, la cual debe allegarse con la propuesta que se presenta.
Debe ser firmada por el proponente: persona natural, representante legal para personas jurídicas, persona designada para representarlo en caso de consorcio o unión temporal, o apoderado debidamente constituido, evento en el cual se debe anexar el poder autenticado donde se especifique si se otorga poder para presentar la oferta, o para presentar ésta, participar en todo el proceso de selección. El poder para presentar la propuesta también podrá incluir la facultad, en caso de ser beneficiario de la adjudicación, para suscribir el contrato respectivo. En caso contrario,
señalar que el apoderado solo tiene la facultad para presentar la oferta y señalar en forma expresa el nombre del Representante Legal que se reserva la facultad de suscribir el contrato.
En este evento el poder deberá ser anexado con esas formalidades junto con la carta de presentación de la propuesta.
Antecediendo a la firma, se debe indicar en forma clara el nombre de la persona que suscribe la oferta.
Junto con la carta de presentación, el proponente debe aportar fotocopia de la cédula de ciudadanía de quien suscribe la oferta.
La carta de presentación se deberá diligenciar de conformidad con el formato Carta de presentación (FORMATO No.1).
2. DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL
Si la oferta es presentada por un Consorcio o una Unión Temporal, en la carta de presentación se debe indicar el nombre del consorcio o unión temporal y además el nombre de los integrantes del mismo. En el documento de conformación del Consorcio o Unión Temporal se debe:
a- Indicar en forma expresa si su participación es a título de CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL.
b- Designar la persona, que para todos los efectos representará el consorcio o la unión temporal.
c- Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del consorcio o la unión temporal y sus respectivas responsabilidades.
d- En el caso de la UNIÓN TEMPORAL, señalar en forma clara y precisa, los términos y extensión de la participación en la propuesta y en su ejecución y las obligaciones y responsabilidades de cada uno en la ejecución del contrato (ACTIVIDADES), los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la Entidad contratante.
e- Señalar la duración del mismo que no deberá ser inferior a la del contrato y dos (2) años más.
f- En atención a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 3050 de 1997, los integrantes del Consorcio o Unión Temporal en el documento de constitución deben manifestar para efectos del pago en relación con la facturación:
√ Si la va a efectuar en representación del consorcio o la unión temporal uno de sus integrantes, caso en el cual se debe informar el número del NIT de quien factura.
√ Si la va realizar el consorcio o unión temporal con su propio XXX, hecho que se debe indicar en el documento de conformación. Además se debe señalar el porcentaje o valor del contrato que corresponda a cada uno de los integrantes, el nombre o razón social y el NIT de cada uno de ellos. En este caso para efectos de la inscripción en el Registro Único Tributario deberán tener en cuenta lo dispuesto en el Decreto 2645 de 2011.
El impuesto sobre las ventas discriminado en la factura que expida el Consorcio o Unión Temporal, deberá ser distribuido a cada uno de sus miembros de acuerdo con su participación en las actividades gravadas que dieron lugar al impuesto, para efectos de ser declarado.
En cualquiera de las alternativas anteriores, las facturas deberán cumplir los requisitos establecidos en las disposiciones legales.
g- Suscribir por todos sus integrantes y el representante del mismo.
h. Todos sus integrantes deberán acreditar la experiencia mínima requerida en el presente documento.
3. Certificados De Existencia Y Representación Legal, Expedidos Por La Cámara De Comercio y Por La Superintendencia Financiera De Colombia y/o el Ente Que Haga Sus Veces
El proponente deberá acreditar con los certificados de Existencia y Representación Legal expedidos por la Cámara de Comercio y de la Superintendencia Financiera, expedidos con fecha no superior a treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha de cierre de la Selección, los siguientes aspectos:
a) Que el proponente es una sociedad que ha sido legalmente constituida como tal, que el objeto social corresponda al objeto de la presente Selección y duración de la sociedad la cual no podrá ser inferior al plazo del contrato y dos años más.
b) Quien ejerce la representación legal y sus facultades.
Para tal efecto se solicita indicar si las facultades del representante legal son suficientes para la presentación de la oferta, en razón a lo dispuesto en un artículo específico de los estatutos sociales, en tal caso indicar qué artículo, o en razón a una autorización impartida por el órgano social competente, en tal caso indicar qué órgano social y el número del Acta de la reunión a través de la cual se impartió la autorización.
Cuando el monto de la propuesta fuere superior al límite autorizado al Representante Legal, el oferente deberá anexar, desde el momento de la presentación de su oferta, la correspondiente autorización impartida por la Junta de Socios, o el estamento de la sociedad que tenga esa función y que lo faculte específicamente para presentar la propuesta en este proceso de selección y celebrar el contrato respectivo, en caso de resultar seleccionado
En el evento que del contenido del Certificado expedido por la Superintendencia Financiera de Colombia y la Cámara de Comercio, se haga la remisión a los estatutos de la Sociedad para establecer las facultades del Representante Legal, el oferente deberá anexar copia de la parte pertinente de dichos estatutos, y si de éstos se desprende que hay limitación para presentar la propuesta en cuanto a su monto, se deberá igualmente adjuntar desde el momento de la presentación de la oferta, la autorización específica para participar en este proceso de selección y suscribir el contrato ICETEX, en caso de resultar seleccionado.
Si la propuesta se presenta a nombre de una Sucursal, se deberán anexar los Certificados de Existencia y Representación Legal expedidos por la Cámara de Comercio tanto de la Sucursal como de la Casa Principal.
c) Que la sociedad proponente está autorizada por la Superintendencia Financiera para operar en Colombia los xxxxx de seguros correspondientes a las pólizas para las cuales presenta oferta.
Las personas jurídicas integrantes de un Consorcio o Unión Temporal deberán acreditar individualmente los requisitos de que trata este numeral.
4. Certificado de inscripción en el Registro Único de Proponentes RUP, expedido por la Cámara de Comercio de la jurisdicción donde tenga el asiento principal de sus negocios (personas naturales) o el domicilio principal (personas jurídicas).
Los interesados en participar en este proceso, deberán estar inscritos en el Registro Único de Proponentes.
Los proponentes deben allegar el certificado de inscripción en el RUP, expedido por respectiva la Cámara de Comercio dentro de los treinta (30) días calendario antes de la fecha de presentación de la propuesta.
Este certificado deberá estar vigente y en firme para dicha fecha, pero en todo caso deberá estar en firme a la fecha de adjudicación del proceso.
En este documento se hará LA VERIFICACIÓN SOBRE LA EXISTENCIA DE MULTAS Y SANCIONES DE LOS PROPONENTES.
5. CERTIFICACIÓN EXPEDIDA SOBRE PAGO DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES
Acreditar, con la certificación respectiva, estar dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de presentación de la oferta, x xxx y salvo con el pago de obligaciones asumidas por concepto de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios xxx Xxxx, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda. Dicha certificación deberá encontrarse suscrita por la persona natural o su contador, o por el revisor fiscal o representante legal de la persona jurídica, según sea el caso.
En caso de ofertas conjuntas, cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal debe allegar este documento.
6. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 del Manual de Contratación de la entidad, los oferentes deberán otorgar como mecanismo de cobertura, una póliza de seguros expedida en formato único a favor de entidades estatales, la cual debe constituirse por la suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto del grupo para el cual para el cual el proponente presente oferta. Las cifras del valor de la póliza deben expresarse en pesos, sin utilizar decimales, para lo cual se aproximará al múltiplo de mil inmediato, teniendo en cuenta reducir al valor inferior si el decimal es de 1 a 49 y aproximar al siguiente superior, si el decimal es de 50 a 99.
Dicha garantía debe estar constituida a favor deL ICETEX, con una vigencia mínima aproximada de tres (3) meses contados a partir de la fecha de presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual; debe estar referida al presente proceso de contratación y encontrarse firmada por quien emite dicha garantía.
Si la oferta se presenta en forma conjunta, es decir, bajo la modalidad de CONSORCIO O UNION TEMPORAL, la garantía la seriedad de la propuesta deberá ser otorgada por todos los integrantes del proponente plural.
Si el proponente es persona natural y tiene establecimiento de comercio, el tomador debe ser la persona natural y no su establecimiento de comercio.
En caso que la fecha de cierre de la selección se amplíe, debe tenerse en cuenta la nueva fecha para efecto de la vigencia de la garantía.
La garantía de seriedad de la oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos:
• La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado.
• La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de tres meses.
• La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato.
• El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas.
Cuando la garantía de seriedad que presente el proponente presente incorrección en el nombre del beneficiario, tomador, vigencia, monto asegurado, no estar referida al presente proceso de selección o no allegarse las condiciones generales en caso de póliza de seguros, el ICETEX solicitará al proponente los documentos e información del caso, para lo cual el oferente cuenta con el plazo establecido en el cronograma del proceso para anexarlo.
7. Fotocopia en tamaño igual al original del Registro Único Tributario, vigente a la fecha de presentación de la oferta.
8. Hoja de Vida del Departamento Administrativo de la Función Pública para persona jurídica, debidamente diligenciada (El formato se debe bajar de la página web xxx.xxxx.xxx.xx.).
9. Certificado de antecedentes disciplinarios vigente del representante legal y de la empresa no mayor a tres
(3) meses, expedido por la Procuraduría General de la Nación.
10. Certificado de Antecedentes de Responsabilidad Fiscal vigente del representante legal y de la empresa no mayor a tres (3) meses, expedido por la Contraloría General de la República
11. Certificación Bancaria donde conste el número y tipo de cuenta de ahorros o corriente a donde se le vayan a efectuar el desembolso de los dineros.
12. Certificar bajo la gravedad de juramento que se entenderá prestado con la presentación de la oferta, que el proponente no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad previstas en los artículos 8º y 9º de la Ley 80 de 1993, el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 que adicionó el literal j) al numeral 1° y un inciso al parágrafo 1° del artículo 8º de la Ley 80 de 1993, los artículos 1º, 2º y 90 de la Ley 1474 de 2011, y en los eventos de prohibición para contratar, en especial que se encuentra x xxx y salvo con el Tesoro Nacional.
13. Diligenciar y suscribir por el oferente, el FORMATO No. 7 PACTO DE INTEGRIDAD
Nota: El ICETEX verificará y aplicará las políticas y controles relacionados con el Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, establecidas por la Entidad. Igualmente, El ICETEX se reserva el derecho de verificar si el proponente o cualquiera de los integrantes del consorcio o unión temporal, se encuentra (n) reportado (s) en el último boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República o si aparece como inhabilitado para contratar en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad "SIRI" de la Entidad.
En caso que el proponente o alguno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, se encuentre relacionado en el boletín o se encuentre inhabilitado, no podrá contratar con el ICETEX, salvo que acredite que tiene un acuerdo de pago vigente y que está cumpliendo con el mismo o que se encuentra habilitado para contratar.
Cualquier aclaración adicional que sea requerida por el proponente a fin de presentar propuesta acorde con las necesidades de la Entidad, podrá ser remitida a través del correo electrónico: xxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx antes del plazo previsto para presentar propuesta.
3.2 REQUISITOS Y DOCUMENTOS HABILITANTES DE CARÁCTER FINANCIERO
I. Documentos
i. Estados Financieros Básicos
El proponente deberá presentar los estados financieros básicos a diciembre 31 de 2014, estos deben estar debidamente certificados y dictaminados, e incluirse sus respectivas notas.
Los estados financieros básicos son el Balance General, el Estado de Resultados, el Estado de Cambios en el Patrimonio y el Estado de flujo de efectivo. Los Balances deberán venir debidamente clasificados (Activo y Pasivo Corriente, a largo plazo, y Fijo y Patrimonio) y los Estados de Resultados (Ingresos Operacionales, no Operacionales, Costos, Gastos Operacionales y no operacionales, Utilidades y provisiones de Impuestos) según sus estructuras. Así mismo, deberán presentarse debidamente firmados por el representante legal, el contador y el revisor fiscal, en caso de que lo hubiere. Adicionalmente, cada uno de los proponentes deberá diligenciar el Formato No.5 (RESUMEN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS 1 y 2 A 31 DE DICIEMBRE DE 2014).
En el evento que los proponentes se encuentren exentos o excluidos de la elaboración de alguno de los estados financieros básicos, deberán adjuntar copia de la norma que los ampara para tal situación.
Si el proponente dentro del proceso se presenta como sucursal de sociedad extranjera, deberá presentar sus estados financieros de acuerdo a la normatividad aplicable en Colombia y lo previsto en este numeral de
DOCUMENTOS DE ORDEN FINANCIERO de este pliego de condiciones, en caso que se presente como sociedad extranjera sin domicilio o sucursal en el país, sus estados financieros se deberán presentar de acuerdo con la normatividad aplicable en su país de origen, atendiendo en todo caso la formalidad que deben tener los documentos expedidos en el extranjero y que se pretendan hacer valer en territorio colombiano, tal y como se prevé en el numeral de DOCUMENTOS FINANCIEROS PROPONENTE EXTRANJERO SIN DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA
de este pliego de condiciones.
ii. Tarjetas Profesionales
Junto con la propuesta se debe presentar fotocopia nítida, por ambas caras, de la(s) tarjeta(s) profesional(es), de quien(es) firma(n) los estados financieros (Contador y/o Revisor Fiscal), donde se aprecie(n) claramente la(s) firma(s) de dicho(os) profesional(es).
iii. Certificados de Antecedentes Disciplinarios
Junto con la propuesta se debe presentar fotocopia nítida de los respectivos certificados de antecedentes disciplinarios, expedidos por la Junta Central de Contadores con una vigencia no mayor a tres (3) meses, del contador y/o Revisor Fiscal.
iv. Certificación de los Estados Financieros
Los Estados Financieros deben venir certificados por el representante legal y contador. La certificación consiste en declarar que se han verificado previamente las afirmaciones contenidas en ellos y que las mismas se han tomado fielmente de los libros (Ley 222/95 artículo 37).
v. Declaración Tributaria del Impuesto xx Xxxxx y Complementarios
El proponente que esté obligado a ello, deberá presentar la declaración tributaria del impuesto xx xxxxx del año 2014, para lo cual se mantendrá la respectiva reserva.
II. Otros Aspectos Financieros
En propuestas conjuntas (consorcios o uniones temporales), cada uno de sus integrantes debe aportar en forma individual cada uno de los documentos financieros requeridos.
Los estados financieros deben conservar uniformidad en el registro de las operaciones, con el fin de permitir la transparencia de la información contable y por consiguiente, su claridad, confiabilidad y comparabilidad (Decreto 2650/93 artículo 3º).
El ICETEX podrá realizar los cruces de información con las entidades encargadas del control jurídico y/o financiero de los proponentes. Si existieren inconsistencias entre los documentos que soportan la propuesta y las verificaciones realizadas, la propuesta será rechazada.
La verificación de los requisitos financieros se realizará una vez revisado el cumplimiento de la presentación de todos los documentos financieros requeridos. Se estudiarán y analizarán los requisitos financieros y documentos financieros exigidos en este Pliego de Condiciones, verificando su estricto cumplimiento.
III. Parámetros Financieros Exigidos
El proponente deberá acreditar los siguientes indicadores financieros tal y como se indica en el siguiente cuadro a Diciembre 31 de 2014, así:
Indicador | Fórmula | Margen Requerido |
Índice de Liquidez | Activo corriente dividido pasivo corriente | Mayor o igual a 1,3 veces |
Índice de endeudamiento | (Pasivo Total – Reservas Técnicas / Activo Total) X 100 | Este deberá ser menor o igual al 50% |
Patrimonio Adecuado | Patrimonio Técnico – Patrimonio Adecuado | Positivo |
NOTA 1: En el caso de Consorcios y/o Uniones Temporales, para la verificación de sus indicadores financieros se consolidarán los estados financieros, ponderando de acuerdo con el porcentaje de participación de cada integrante, previamente establecido en el documento del Consorcio o de la Unión Temporal, con los cuales se determinarán los factores de verificación y se ubicarán en el rango respectivo.
NOTA 2: Para la determinación de los indicadores financieros en el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, se sumaran las variables, que se utilizan para el cálculo de dichos indicadores, correspondientes a cada uno de sus integrantes y sobre los totales se obtendrá el índice del Consorcio o Unión Temporal.
3.3 REQUISITOS MÍNIMOS DE ORDEN TÉCNICO:
a) HABILITANTES TECNICOS: El proponente para resultar habilitado TÉCNICAMENTE para presentar propuesta deberá acreditar la siguiente experiencia:
I. Certificaciones De Experiencia:
i. Certificación xx xxxxxx:
Con el fin de verificar si el proponente cuenta con la experiencia para desarrollar el objeto de la presente contratación, los proponentes deberán presentar hasta tres (3) certificaciones suscritas por el representante legal de cada uno de sus clientes, cuya sumatoria de los montos de las primas deben ser iguales o superiores a los valores relacionados a continuación:
GRUPO No | XXXXX QUE CONFORMAN EL GRUPO | VALOR PRIMAS INCLUIDO IVA |
1 | Todo Riesgo Daños Materiales | $400.000.000 |
Automóviles | ||
Transporte de Valores |
Manejo Global para Entidades Oficiales | ||
Responsabilidad Civil Extracontractual | ||
2 | Responsabilidad Civil para Servidores Públicos | $130.000.000 |
3 | Seguro de Daños Corporales Causados a las Personas en Accidentes de Tránsito SOAT | $2.000.000 |
4 | Infidelidad y Riesgos Financieros | $500.000.000 |
5 | Hospitalización y Cirugía Becarios | $ 302.000.000 |
Nota 1: Para el Grupo No 1 los proponentes deberán acreditar por lo menos experiencia en tres (3) de los xxxxx que conforman dicho grupo.
Nota 2: Para el Grupo No 2 No se permite la certificación de pólizas de Directores y Administradores.
Nota 3: No se Aceptan Certificaciones de Grupo Vida para el Grupo No. 5
Nota 4: En caso de Consorcios o Uniones Temporales, la experiencia específica en primas deberá ser acreditada como mínimo, por uno de los integrantes que conforman el Consorcio o Unión Temporal.
Las certificaciones deberán cumplir con los siguientes requisitos:
• Razón social de los clientes.
• Vigencia de las pólizas certificadas.
• Que se trate de pólizas o certificaciones de contratos de seguros suscritos, iniciados, ejecutados y/o en ejecución desde el 1 de enero de 2010 hasta la fecha de cierre del presente proceso, para lo cual en la certificación se debe indicar la fecha de suscripción, iniciación y/o ejecución del contrato y la de terminación.
• En caso de tratarse de pólizas en las cuales el proponente participe en Unión temporal o Consorcio, deberá indicar el valor de la prima e I.V.A. correspondiente a su participación o si se indica la prima total, deberá señalar el porcentaje de participación respectivo. De lo contrario, no se tomará en cuenta la certificación.
• Que se mencione el valor de las primas incluidas el IVA y objeto.
• Si la certificación incluye varios contratos adicionales o prórrogas a un contrato principal se contará como una sola certificación.
• Si la certificación incluye varios contratos principales suscritos con la misma entidad se contará cada contrato por separado, es decir que cada contrato constituirá una certificación Contratos ejecutados 100%
• El proponente deberá aportar los datos de las personas con quienes se podrá verificar la información consignada en la relación suscrita por el representante legal
ii. Certificación en el pago de siniestros:
El proponente deberá allegar para cada uno de los grupos para los cuales presente oferta, dos certificaciones firmadas por el representante legal de sus clientes donde acredite experiencia en la atención de siniestros ocurridos y pagados desde el 1 de enero de 2010 hasta la fecha de cierre del proceso; y cuya sumatoria de los montos de las primas deben ser iguales o superiores a los valores relacionados a continuación:
.
GRUPO No | XXXXX QUE CONFORMAN EL GRUPO | VALOR PAGADO POR SINIESTROS |
1 | Todo Riesgo Daños Materiales | $200.000.000 |
Automóviles | ||
Transporte de Valores | ||
Manejo Global para Entidades Oficiales | ||
Responsabilidad Civil Extracontractual | ||
2 | Responsabilidad Civil para Servidores Públicos | $100.000.000 |
4 | Infidelidad y Riesgos Financieros | $200.000.000 |
5 | Hospitalización y Cirugía Becarios | $ 50.000.000 |
La certificación deberá indicar, para ser considerada como válida, la fecha de ocurrencia del siniestro, el valor pagado y la fecha de pago. Solamente se tendrán en cuenta, las de aquellos xxxxx (pólizas) que conforman el respectivo grupo para el cual el proponente haya presentado oferta.
NOTA 1: Se permite la certificación de pólizas de Directores y Administradores con anexo de perdida fiscal para acreditar experiencia en atención de siniestros del grupo No. 2.
NOTA 2: En caso de Consorcios o Uniones Temporales, la experiencia específica siniestros deberá ser acreditada como mínimo, por uno de los integrantes que conforman el Consorcio o Unión Temporal.
II. Condiciones Técnicas Básicas Obligatorias Habilitantes
Las especificaciones técnicas del presente proceso de selección se denominan CONDICIONES TECNICAS BASICAS OBLIGATORIAS HABILITANTES, que son las condiciones mínimas que exige el ICETEX para la presentación de sus propuestas, las mismas no deben ser adjuntadas a la propuesta, por lo tanto no se tendrán en cuenta ni serán objeto de calificación. Las condiciones técnicas básicas obligatorias habilitantes se encuentran consignadas en el ANEXO TECNICO No. 1 – CONDICIONES TÉCNICAS BÁSICAS OBLIGATORIAS
HABILITANTES las cuales no podrán ser objeto de modificación.
Para el cumplimiento de este requisito habilitante, el proponente deberá suscribir la carta de aceptación de las condiciones técnicas básicas obligatorias habilitantes, la cual se encuentra contenida en el Formato No. 2 – ACEPTACIÓN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS HABILITANTES.
3.4 REQUISITOS DE ORDEN ECONÓMICO
El Proponente, deberá presentar su propuesta económica, teniendo en cuenta las especificaciones técnicas establecidas en el presente documento.
El valor total de la propuesta no podrá ser superior al cien (100%) por ciento del presupuesto oficial que contempla este proceso de selección, so pena de rechazo de la propuesta.
Si existiere discrepancia entre cifras y textos, se dará prelación a los textos.
El valor del presente contrato comprende todos los costos directos e indirectos derivados de su ejecución; incluye entre otros los gastos directos e indirectos, de administración, impuestos a cargo del contratista, las deducciones a que haya lugar y en general, todo costo en que incurra el contratista para la ejecución del objeto del contrato; por consiguiente, el ICETEX no reconocerá valor alguno por reajustes efectuados por el contratista por concepto de costos, gastos, actividades adicionales que aquel requiera para ejecutar el contrato y que fueron previsibles al momento de presentación de su oferta. Se entenderá que todos los impuestos y deducciones generales del contrato corren por cuenta del contratista.
La propuesta económica del Proponente debe incluir el IVA e indicarlo claramente. Si no se indica en la propuesta este valor, el ICETEX lo entenderá incluido dentro del valor total de la oferta y así lo aceptará el Proponente. Si el proponente por alguna circunstancia legal no es responsable del IVA, así deberá determinarlo explícitamente en su propuesta económica.
El ICETEX no reconocerá ningún reajuste de precios durante la vigencia del contrato. Los errores y omisiones de estos precios, serán responsabilidad exclusiva del Proponente.
La propuesta económica debe expresarse en pesos, en Moneda Legal Colombiana. El valor total de la propuesta no podrá ser superior al cien (100%) del valor proyectado para la vigencia 2015 so pena de rechazo de la propuesta.
EL ICETEX no reconocerá ningún ajuste de precios durante la vigencia del contrato, los errores y omisiones de estos precios, serán responsabilidad exclusiva del proponente. Para lo cual, el oferente debe considerar todas las variaciones y variables para estimar el valor de la oferta económica, teniendo en cuenta el presupuesto oficial estimado y el valor de cada una de las vigencias fiscales que lo componen.
El Proponente que no presente oferta económica para la totalidad de los xxxxx que constituyan el grupo contemplado, incurrirá en causal de rechazo.
Los precios de la propuesta se mantendrán durante el plazo de ejecución del contrato.
3.5 Validez de la propuesta económica
Sesenta (60) días contados a partir de la fecha de cierre del plazo para la presentación de las propuestas y la apertura de las mismas, incluidas las prórrogas si las hubiere.
CAPITULO IV
ESPECIFICACIONES DEL BIEN OBRA O SERVICIO REQUERIDO
El INSTITUTO COLOMBIANO DE CREDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TECNICOS EN EL EXTERIOR
“XXXXXXX XXXXXX XXXXX”- requiere transferir los riesgos asegurables a los que se encuentra expuesta, mediante la constitución de las pólizas de seguros que son objeto del proceso de contratación que desarrollará y cuyas condiciones técnicas y económicas de los seguros se encuentran establecidas en el ANEXO TÉCNICO No.1 - CONDICIONES TÉCNICAS BÁSICAS OBLIGATORIAS HABILITANTES DE LOS SEGUROS A CONTRATAR.
CAPÍTULO V
5. DE LAS PROPUESTAS
5.1 PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
El proponente deberá elaborar la propuesta por su cuenta y riesgo, de acuerdo con lo solicitado en el presente pliego de condiciones y las modificaciones producidas por adenda, en caso que la hubiere, e incluir dentro de la propuesta toda la información exigida, allegando los documentos requeridos. La propuesta junto con los ajustes que se puedan presentar por solicitud del ICETEX, formarán parte integral del contrato.
El proponente debe tener en cuenta todos los costos en que incurrirá para alcanzar la realización del objeto del contrato derivado del presente proceso. Los costos para la preparación y presentación de la propuesta correrán por cuenta exclusiva del proponente y a riesgo de éste, razón por la cual EL ICETEX no reconocerá suma alguna, ni efectuará rembolso de ninguna naturaleza por tal concepto.
Las propuestas deberán venir escritas a máquina o en computador, foliadas en orden consecutivo ascendente y con un índice, donde se relacione el contenido total de la propuesta. Las propuestas no deben presentar enmendaduras o tachaduras en ninguno de sus folios, ya que, de presentarse, pueden ser descalificadas del proceso. Las propuestas deberán entregarse en el lugar y hasta el día fijado para el cierre del proceso.
Cada proponente deberá presentar única y exclusivamente una propuesta, la cual deberá comprender la totalidad del objeto del proceso de selección y ajustarse en todo a los requisitos, especificaciones y condiciones previstas en el pliego de condiciones.
|
El proponente deberá allegar toda la documentación exigida en los mismos y en sus anexos o formatos debidamente diligenciados, en el mismo orden en que fueron solicitados.
Las enmiendas de la propuesta deberán ser convalidadas con la firma al pie de la misma, de quien suscribe la carta de presentación de la propuesta. Sin este requisito, las enmiendas no se considerarán válidas.
Por el hecho de presentar la propuesta, el proponente acepta las condiciones y especificaciones xxx Xxxxxx de Condiciones y de sus anexos o formatos, al igual que de cualquier modificación que realice EL ICETEX durante el proceso.
En la propuesta no se deben colocar, pegar, recortar o sobreponer elementos como propaganda, cintas, fotos o autoadhesivos que alteren o impidan conocer su información original.
Los Proponentes presentarán las propuestas en sobres cerrados que incluirán un original y dos (2) copias de la misma.
La información contenida en las copias de las propuestas, debe coincidir en su totalidad con el original de la propuesta.
En caso de presentarse alguna diferencia entre el original de la propuesta y las copias, prevalecerá la información consignada en el original, y entre éste último y las contenidas en los CD´ prevalecerá el texto impreso.
Si se presenta alguna discrepancia entre las cantidades expresadas en letras y números, prevalecerán las cantidades expresadas en letras.
Los documentos deberán venir debidamente foliados en orden ascendente y en carpetas argolladas.
Todos los formatos que en el pliego de condiciones se indiquen deben estar diligenciados en su totalidad, pudiendo ser requeridos por EL ICETEX cuando se hayan omitido los que sirvan para verificar las condiciones del proponente o soporten el contenido de la propuesta, pero no cuando constituyan factores de escogencia, o se relacionen con la falta de capacidad para presentar la propuesta, casos en los cuales tales omisiones no podrán ser subsanadas.
Todas las propuestas deberán presentarse personalmente, no se aceptarán propuestas enviadas por correo ordinario o certificado, ni fax; la información contenida en las copias debe coincidir en su totalidad con el original de la propuesta y en caso de presentarse alguna diferencia prevalecerá la información consignada en el original. Si se presenta alguna discrepancia entre las cantidades expresadas en letra y números, prevalecerán las cantidades expresadas en letras.
En acatamiento a la Ley 14ª de 1979 (Defensa del Idioma) y de su Decreto Reglamentario 2744 de 1980, todos los documentos de la propuesta, correspondencia y los documentos intercambiados entre los proponentes y EL ICETEX, deberán estar escritos en idioma castellano. No se aceptan en otro idioma.
Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma castellano, deberán presentarse acompañados de la respectiva traducción, pero deberán presentarse consularizados o apostillados, según el caso. Los documentos expedidos en el extranjero deben estar sujetos a lo dispuesto en las normas legales vigentes del Código General del Proceso y/o Convenio de la Haya según el país de origen. El proponente que ofrezca personal con títulos académicos otorgados en el exterior, deberá acreditar o certificar en su propuesta que los mismos cumplen con la normatividad vigente y aplicable.
El valor de la propuesta económica debe presentarse en moneda legal colombiana para efectos de dar claridad en la comparación de las propuestas.
No habrá exenciones en la responsabilidad de los datos, informes, documentos y resultados que se suministren tanto en el proceso de selección como en el desarrollo del contrato producto del mismo.
Los sobres deberán estar dirigidos de la siguiente manera, especificando en cada uno si es Original o Copia y contener la siguiente información, así:
INSTITUTO COLOMBIANO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TÉCNICOS EN EL EXTERIOR “XXXXXXX XXXXXX XXXXX” – ICETEX-
Selección Publica del Contratista No. 008 - 2015 Propuesta para contratar: (objeto).
Proponente: (Diligenciar el espacio).
Dirección, Ciudad, Teléfono, Fax, correo electrónico: (Diligenciar el espacio). Contenido Sobre: (original y/o copia).
5.2 Disposiciones Especiales sobre el esquema de presentación de las ofertas
X. Xxxxxxx de Presentación de las Ofertas:
INSTITUTO COLOMBIANO DE CREDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TECNICOS EN EL EXTERIOR “XXXXXXX
XXXXXX XXXXX” - ICETEX requiere la presentación de propuestas, de acuerdo con el siguiente esquema:
GRUPO | POLIZA |
1 | Seguro de Todo Riesgo Daños Materiales Seguro de Automóviles Seguros de Responsabilidad Civil Extra contractual Seguros de Manejo Global para Entidades oficiales Seguros de Transporte de Valores |
2 | Seguros de Responsabilidad Civil Servidores Públicos |
3 | Seguro Obligatorio en Accidentes de Tránsito SOAT |
4 | Infidelidad y Riesgos Financieros |
5 | Seguro de Hospitalización y Cirugía Becarios |
▪ Nota 1: Los proponentes podrán presentar propuesta para todos los grupos del presente proceso de selección.
▪
▪ Nota 2: El proponente que se presente para el GRUPO 1 y tenga registrado y comercialice el ramo de Responsabilidad Civil Servidores Públicos OBLIGATORIAMENTE deberá presentar propuesta para el Grupo 2.
▪
▪ Sin embargo, el proponente que desee presentar propuesta para el Grupo 2 podrá hacerlo sin necesidad de presentar propuesta al Grupo 1.
▪
▪
▪ Nota 3: El INSTITUTO COLOMBIANO DE CREDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TECNICOS EN EL EXTERIOR “XXXXXXX XXXXXX XXXXX” - ICETEX se reserva el derecho de incluir o excluir en la cobertura de las pólizas, aquellos bienes que hayan sido retirados del servicio y/o adquiridos.
▪ Nota 4: NO SE ACEPTAN propuestas bajo la modalidad de coaseguro.
▪ Nota 5: Propuesta total: se tendrá como tal, la que se refiere a los cinco (5) grupos objeto del presente proceso de selección pública del contratista.
▪ Nota 6: Propuesta parcial: se tendrá como tal, la que presente ofrecimiento para uno (1) de los cinco (5) grupos del presente proceso de selección pública del contratista., es de aclarar que la propuesta presentada para el (los) grupos que están conformados por más de una póliza, debe contener ofrecimiento para la totalidad de las mismas, la presentación de oferta sin la totalidad de los xxxxx contenidos dentro grupo es causal de rechazo de la propuesta
B ADJUDICACIÓN:
La adjudicación se realizará por Grupos de acuerdo con las propuestas que reciba y la(s) que resulte(s) más favorable a los fines de esta contratación y necesidad a satisfacer con este proceso, en estricto apego al deber de selección objetiva.
Para la participación en cada uno de los grupos, la sociedad proponente deberá estar autorizada por la Superintendencia Financiera para operar en Colombia los xxxxx de seguros correspondientes a las pólizas para las cuales presenta oferta.
5.3 EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Presentada la propuesta, y una vez finalizado el plazo previsto para su presentación, ésta es irrevocable. Por ello, una vez transcurrido dicho término, el proponente no podrá retirar ni modificar los efectos ni el alcance de la propuesta, so pena de indemnizar los perjuicios que su revocación le cause a EL ICETEX, aparte de la efectividad de la garantía de seriedad de la propuesta, salvo por la causal de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente.
La presentación de la propuesta por parte del proponente constituye evidencia de que estudió completamente las especificaciones, formularios y demás documentos que se le entregaron; que recibió las aclaraciones necesarias por parte de EL ICETEX sobre inquietudes o dudas previamente consultadas, y que ha aceptado que este pliego de condiciones es completo, compatible, entendible y adecuado para identificar el objeto del proceso de selección y del contrato que de la propuesta se derive; que ha aceptado los compromisos de confidencialidad y de integridad y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para fijar el valor, plazo y demás aspectos de su propuesta.
5.4 VIGENCIA Y ALCANCE DE LA PROPUESTA
Las propuestas deberán tener una validez mínima de sesenta (60) días, contados a partir de la fecha de cierre del proceso de selección o de sus prórrogas si las hubiere.
Durante este período el proponente no podrá retirar su propuesta ni modificar los términos o condiciones de la misma.
5.5 INFORMACIÓN INEXACTA
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 83 de la Constitución Política, EL ICETEX presume que toda la información que el proponente xxxxxxx a este proceso es veraz, y corresponde a la realidad.
En caso de que compruebe que la información suministrada o los documentos aportados no coinciden con la realidad o son contradictorios, será causal de rechazo. Las razones serán expuestas en el informe de evaluación.
El ICETEX podrá designar funcionarios con el fin de verificar la información que los proponentes han consignado en sus propuestas.
5.6 INFORMACIÓN CONFIDENCIAL
Los proponentes deberán indicar en su propuesta cuáles de los documentos aportados son de carácter reservado e invocar la norma que ampare dicha reserva, para así dar cumplimiento a lo establecido a la Ley 57 de 1985. Si el proponente no hace pronunciamiento expreso amparado en la Ley se entenderá que toda la propuesta es pública. En todo caso, el ICETEX se reserva el derecho de revelar dicha información a sus funcionarios o asesores, con el fin de evaluar la propuesta.
5.7 REGLAS DE SUBSANABILIDAD
En este proceso de selección primará lo sustancial sobre lo formal y por lo tanto, no se rechazará una propuesta por la ausencia de requisitos formales o por la falta de documentos que verifiquen las condiciones del proponente o soporten el contenido de la propuesta, y que NO constituyan factores de escogencia. En estos casos se solicitará aclaración al proponente.
Los requisitos o documentos subsanables podrán ser solicitados por el ICETEX en condiciones de igualdad para todos los proponentes hasta la adjudicación, y deberán ser subsanados dentro del plazo señalado por el ICETEX, en todo caso no se permitirá que se subsanen asuntos relacionados con la falta de capacidad jurídica para presentar la propuesta, ni que se modifique, adicione o mejore el contenido o alcance de la propuesta.
Para efectos de subsanar la no presentación de alguno de los documentos exigidos, o precisar la información sobre los presentados, siempre que sean subsanables, el proponente tendrá el término que señale el ICETEX, contado a partir de la fecha de la comunicación enviada por el ICETEX vía correo electrónico o fax indicados en la propuesta, debiendo presentar dentro de aquel, debidamente subsanado, el documento solicitado, so pena que su incumplimiento genere el rechazo de la propuesta.
5.8 PROHIBICIÓN DE PRESENTAR PROPUESTAS ALTERNATIVAS O PARCIALES
No se aceptarán propuestas alternativas ni parciales, en caso de que se presenten serán rechazadas.
5.9 IMPUESTOS Y DEDUCCIONES
Serán por cuenta del PROPONENTE todos los gastos, impuestos, tasas y contribuciones nacionales, departamentales y municipales, en que incurra o deba incurrir para la presentación de la oferta, así como el valor de la prima de la garantía de seriedad de la misma y sus modificaciones.
5.10 RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
Serán causales de rechazo de las propuestas, las siguientes:
• Presentación de dos o más propuestas por el mismo proponente, bajo el mismo nombre o con nombres diferentes, por si o por interpuesta persona (en Consorcio, Unión Temporal o individualmente).
• Encontrarse el proponente individual o los integrantes de las propuestas conjuntas (Unión Temporal o Consorcios) incursos en alguna de las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades de que trata el artículo 8 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007, Artículos 0, 0, 0, 0, 0, 00 de la Ley 1474 de 2011, y demás normas que rigen la materia o presentarse conflicto de interés.
• No conformar el Consorcio o Unión Temporal con anterioridad a la presentación de la propuesta
• El Proponente que no presente oferta económica para la totalidad de los xxxxx contemplados en cada grupo, Propuesta Económica (Formato No.4 -RESUMEN ECONOMICO DE LA PROPUESTA), o cuando la propuesta sea por la totalidad de los grupos y no se incluyan todos los xxxxx señalados en el Pliego de Condiciones, o cuando habiéndose incluido no se le asigne valor, o no se cotice a totalidad de los xxxxx incluidos en la Propuesta Económica, o cuando el mismo sea modificado o alterado.
• Cuando los valores de la propuesta económica superen el presupuesto oficial para cada grupo estimado o supere el presupuesto oficial total señalado en el numeral 1.4 Presupuesto Oficial y Disponibilidad Presupuestal.
• Cuando la propuesta sea reciba con posterioridad a la fecha y hora fijada para el cierre del proceso.
• Cuando la propuesta, o alguna autorización requerida para presentarla, o para suscribir el contrato se presente en forma subordinada al cumplimiento de cualquier condición o modalidad que represente un condicionamiento de la misma, para la adjudicación del proceso de selección o a cualquier condición distinta de la aceptación de la oferta o de las establecidas en las reglas de participación.
• Cuando la persona jurídica proponente individual o integrante del proponente plural se encuentre en causal de disolución o liquidación
• Cuando el oferente de manera definitiva no cumpla con los requisitos habilitantes dentro del término adicional concedido para aportar los documentos y subsanar requisitos, siempre que fueren subsanables. Cuando el proponente habiendo sido requerido por EL ICETEX, no xxxxxxx dentro del plazo que se le indique, los documentos, información o aclaraciones solicitadas. En ningún caso podrá subsanarse la falta de capacidad para presentar la propuesta.
• Cuando se presenten propuestas parciales o alternativas, o condicionadas.
• Cuando se compruebe que al proponente o a uno de los integrantes de las diversas formas de asociación que presente propuesta se le declaró la caducidad administrativa de algún contrato celebrado con anterioridad, mediante acto administrativo en firme, durante los últimos cinco (5) años anteriores a la fecha prevista para el cierre del plazo de presentación de las propuestas.
• Cuando EL ICETEX establezca por cualquier medio que el proponente se encuentra incluido en listas de control para el lavado de activos y financiación del terrorismo, acorde con el sistema SARLAFT y las políticas aprobadas por Junta Directiva del ICETEX.
• Cuando el proponente o los integrantes de consorcios o uniones temporales, estén registrados en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de La República vigente a la fecha de cierre del presente proceso de selección.
• Cuando el término de duración o vigencia de la sociedad, consorcio y/o unión temporal sea inferior al término de duración establecido en el pliego.
• Las demás causales indicadas dentro xxx xxxxxx de condiciones.
CAPITULO VI
6. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
6.1. COMITÉ EVALUADOR Y PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN
De conformidad con lo señalado en el Artículo 19 del Acuerdo No. 030 del 17 de septiembre de 2013 - Manual de Contratación del ICETEX, las propuestas serán evaluadas por un Comité evaluador, quienes analizarán las propuestas con arreglo a los principios señalados en el Artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y los criterios establecidos en el presente pliego de condiciones.
El Comité Evaluador podrá solicitar a cada proponente las aclaraciones que considere necesarias. Las aclaraciones que rinda el proponente no podrán modificar la propuesta presentada.
El Comité deliberará con la asistencia de todos sus miembros. Las decisiones serán tomadas de manera unánime, y constarán en un acta que deberá ser aprobada al finalizar la sesión correspondiente.
El Comité Evaluador presentará a la Secretaría General el informe de evaluación de los aspectos jurídicos, financieros, técnicos y económicos de las propuestas presentadas, el cual será publicado en la página web del ICETEX xxx.xxxxxx.xxx.xx, por un término de tres (3) días hábiles, de acuerdo con las fechas señaladas en el cronograma del presente proceso de selección (ver Anexo No. 14), para que los oferentes, durante dicho término, presenten sus observaciones por escrito en la Secretaría General del ICETEX, ubicada en la Xxxxxxx 0 Xx. 00 – 00 Xxxx 0x, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx X.X.
El ICETEX expedirá el informe final, que incluirá un pronunciamiento sobre las observaciones planteadas a las propuestas y las respuestas a ellas y la decisión sobre la adjudicación o no del proceso de selección.
6.2. VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS HABILITANTES
Esta verificación tiene por objeto estudiar, analizar y comprobar que los oferentes cumplan con los requisitos mínimos de participación establecidos, así como con la presentación de los documentos de orden legal, financiero y técnico establecidos en el Capítulo III del presente pliego de condiciones.
Esta verificación no tendrá puntaje pues se trata de requisitos de participación que habilitan o descalifican a los oferentes.
Todos y cada uno de los documentos exigidos en este pliego de condiciones son obligatorios para los proponentes y para cada una de las firmas que conforman la Unión Temporal o el Consorcio, en caso de propuestas conjuntas.
Serán hábiles las propuestas que cumplan con la totalidad de los requisitos y documentos jurídicos, técnicos y financieros mínimos de participación señalados en el presente pliego de condiciones.
6.3. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Una vez el Comité Evaluador verifique el cumplimiento de los requisitos jurídicos, técnicos y financieros habilitantes procederá a la evaluación de las propuestas que cumplan con la totalidad de exigencias establecidas en el presente pliego de condiciones y asignará el puntaje que corresponda a cada propuesta habilitada, de acuerdo con lo señalado en el presente numeral y de acuerdo con la siguiente ponderación:
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Los criterios de calificación son los siguientes:
REQUISITOS CALIFICABLES
ICETEX con la asesoría de los Corredores de Xxxxxxx, efectuará los estudios del caso y el análisis comparativo entre las propuestas presentadas por los proponentes que hayan cumplido con los requisitos habilitantes, para adjudicar el Programa de Seguros por grupos al (los) oferente(s) cuya propuesta sea la más favorable para la entidad y se ajuste a las condiciones solicitadas.
La evaluación se realizará sobre un puntaje total, por grupo, de 1.000 puntos, de la siguiente manera:
GRUPO No. 1
FACTORES OBJETO DE PUNTAJE | PUNTAJE |
1.Factor Técnico – Calidad | 600 |
2. Factor Económico | 300 |
3. Apoyo a la Industria Nacional | 100 |
TOTAL PUNTAJE | 1000 |
La calificación de las ofertas para el GRUPO 1 se hará sobre la base de 1000 puntos; no obstante, cada póliza tendrá calificación individual independiente de 1000 puntos pero se aplicará una ponderación de conformidad con el Cuadro No. 1.
CUADRO No.1.
XXXXX / PÓLIZAS | PORCENTAJE |
Póliza de Todo Riesgo Daños Materiales | 51% |
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Póliza de Manejo Global para Entidades Oficiales | 19% |
Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual | 15% |
Póliza de Automóviles | 10% |
Póliza de Transporte de Valores | 5 |
GRUPO No. 2
FACTORES OBJETO DE PUNTAJE | PUNTAJE |
1. Factor Técnico – Calidad | 600 |
2. Factor Económico | 300 |
3. Apoyo a la Industria Nacional | 100 |
TOTAL PUNTAJE | 1000 |
El GRUPO 2 se califica sobre la base de 1000 puntos de manera independiente y la póliza tiene una ponderación del 100%, así: .
XXXXX / PÓLIZAS | PORCENTAJE |
Póliza de Responsabilidad Civil Para Servidores Públicos | 100% |
GRUPO No. 3
FACTORES OBJETO DE PUNTAJE | PUNTAJE |
1. Factor Económico | 900 |
2. Apoyo a la Industria Nacional | 100 |
TOTAL PUNTAJE | 1000 |
El GRUPO 3 se califica sobre la base de 1000 puntos de manera independiente y la póliza tiene una ponderación del 100%, así:
XXXXX / PÓLIZAS | PORCENTAJE |
Pólizas de Seguros Obligatorios SOAT | 100% |
GRUPO No. 4.
FACTORES OBJETO DE PUNTAJE | PUNTAJE |
1. Factor Técnico – Calidad | 600 |
2. Factor Económico | 300 |
3. Apoyo a la Industria Nacional | 100 |
TOTAL PUNTAJE | 1000 |
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El GRUPO 4 se califica sobre la base de 1000 puntos de manera independiente y la póliza tiene una ponderación del 100%, así:
XXXXX / PÓLIZAS | PORCENTAJE |
Infidelidad y Riesgos Financieros | 100% |
GRUPO No. 5
FACTORES OBJETO DE PUNTAJE | PUNTAJE |
1. Factor Técnico – Calidad | 600 |
2. Factor Económico | 300 |
3. Apoyo a la Industria Nacional | 100 |
TOTAL PUNTAJE | 1000 |
El GRUPO 5 se califica sobre la base de 1000 puntos de manera independiente y la póliza tiene una ponderación del 100%, así:
XXXXX / PÓLIZAS | PORCENTAJE |
Pólizas de Hospitalización y Cirugía Becarios | 100% |
CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS (PÓLIZAS QUE CONTEMPLAN DEDUCIBLES)
I. De Conformidad con las pólizas que conforman el programa de seguros del ICETEX, las siguientes pólizas contemplan deducibles:
o Todo Riesgo Daño Material bienes Propios
o R C Extracontractual
o Manejo Global Entidades Estatales
o Infidelidad y Riesgos Financieros
o Hospitalización y Cirugía Becarios
II. Las ofertas se calificarán de acuerdo con los siguientes criterios:
FACTORES OBJETO DE PUNTAJE | PUNTAJE |
FACTOR TÉCNICO – CALIDAD | 600 |
Coberturas y Condiciones complementarias de las Pólizas | 400 |
Deducibles | 200 |
FACTOR ECONÓMICO | 300 |
Menor Precio | 300 |
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL | 100 |
TOTAL PUNTAJE | 1000 |
III. Sobre el Factor Técnico - Calidad (600 PUNTOS)
• Coberturas y condiciones complementarias calificables no obligatorias de las pólizas (400 puntos):
Se otorgará el máximo puntaje al proponente que otorgue en las mismas condiciones la totalidad de los amparos, condiciones y cláusulas mencionados en las coberturas y condiciones complementarias modificables no obligatorias, según puntaje individual que se asigna a cada una de ellas contenidas en el ANEXO No 8 Propuesta Técnica – Coberturas y Cláusulas Complementarias Opcionales Calificables
El proponente que no otorgue y/o modifique y/o condicione en detrimento de la Entidad, las coberturas y condiciones complementarias modificables no obligatorias, obtendrá cero (0) puntos en cada una de ellas, salvo en aquellas cláusulas en donde se otorga la calificación de forma proporcional aplicando regla de tres simple según los límites ofrecidos por el proponente.
• Deducibles (200 puntos):
Se otorgará el puntaje señalado en el Anexo No 9 PROPUESTA TECNICA DE DEDUCIBLES
Para aquellas pólizas, en las que el proponente no señale la aplicación de deducible alguno, tanto en porcentaje como en monto mínimo, se entenderá que ofreció 0% y $0.00 respectivamente y obtendrá el mayor puntaje por el deducible a calificar
En caso de una pérdida amparada bajo el respectivo contrato de seguros, deberán ser expresados en salarios mínimos legales vigentes y/o porcentajes y deberán ser aplicados únicamente sobre el valor de la pérdida.
En caso que el proponente contemple deducibles superiores a los que son objeto de evaluación la oferta será rechazada.
IV. Sobre el Factor Económico (300 Puntos)
El proponente deberá presentar propuesta económica de acuerdo con el formato establecido en el Formato No. 4 Resumen económico de la propuesta. La propuesta que ofrezca el MENOR PRECIO (Prima) obtendrá una calificación de TRESCIENTOS (300) PUNTOS, las demás se calificarán de manera proporcional inferior. Para determinar la proporcionalidad dentro de este criterio se utilizará la siguiente fórmula:
Menor Prima Ofrecida
------------------------------------------------- X 300=Puntaje de Calificación
Prima Ofrecida por la Oferta evaluada
NOTA: La prima ofrecida por ramo(póliza) no podrá ser inferior al 80% del presupuesto oficial estimado por Grupo, en el evento que la prima ofrecida por ramo (póliza) sea inferior al 80% del presupuesto oficial por Grupo, la misma para efectos de la evaluación será ajustada al 80% del presupuesto oficial por Grupo.
V. Sobre el Apoyo a la Industria Nacional (100 Puntos)
Dando aplicabilidad al artículo 2 de la Ley 816 de 2003, se asignarán hasta un máximo de 100 puntos al proponente que cuente con el mayor porcentaje de personal nacional (Colombiano) de la siguiente manera:
Característica | Máximo puntaje Ofrecido |
100% del personal del equipo Colombiano | 100 |
Si el personal Colombiano es mayor o igual que 50%, pero menor que e 100% | 50 |
Personal del equipo es Colombiano < 50% | 0 |
Para efectos de certificar lo anterior el proponente debe diligenciar el FORMATO No. 3 – APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL.
SI NO DILIGENCIA ESTE FORMATO, NO SE ASIGNA PUNTAJE POR ESTE FACTOR.
CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS (PÓLIZAS QUE NO CONTEMPLAN DEDUCIBLES)
I. De Conformidad con las pólizas que conforman el programa de seguros del Icetex, las siguientes pólizas contemplan deducibles:
• AUTOMOVILES
• RC SERVIDORES PUBLICOS
• TRANSPORTE DE VALORES
II. Las ofertas se calificarán de acuerdo con los siguientes criterios:
FACTORES OBJETO DE PUNTAJE | PUNTAJE |
FACTOR TÉCNICO – CALIDAD | 600 |
Coberturas y Condiciones complementarias de las Pólizas | 600 |
FACTOR ECONÓMICO | 300 |
Menor Precio Prima | 300 |
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL | 100 |
TOTAL PUNTAJE | 1000 |
III. Sobre el Factor Técnico - Calidad (600 PUNTOS)
• Coberturas y condiciones complementarias calificables no obligatorias de las pólizas
Se otorgará el máximo puntaje al proponente que otorgue en las mismas condiciones la totalidad de los amparos, condiciones y cláusulas mencionados en las coberturas y condiciones complementarias modificables no obligatorias, según puntaje individual que se asigna a cada una de ellas contenidas en el Anexo No. 8. Propuesta técnica - Coberturas y Cláusulas Complementarias Opcionales Calificables
El proponente que no otorgue y/o modifique y/o condicione en detrimento de la Entidad, las coberturas y condiciones complementarias modificables no obligatorias, obtendrá cero (0) puntos en cada una de ellas, salvo en aquellas cláusulas en donde se otorga la calificación de forma proporcional aplicando regla de tres simple según los límites ofrecidos por el proponente.
VI. Sobre el Factor Económico (300 Puntos)
El proponente deberá presentar propuesta económica de acuerdo con el formato establecido en el Formato No. 4 – resumen económico de la propuesta. La propuesta que ofrezca el MENOR PRECIO (Prima) obtendrá una calificación de TRESCIENTOS (300) PUNTOS, las demás se calificarán de manera proporcional inferior. Para determinar la proporcionalidad dentro de este criterio se utilizará la siguiente fórmula:
Menor Prima Ofrecida
------------------------------------------------- X 300=Puntaje de Calificación
Prima Ofrecida por la Oferta evaluada
VII. Sobre el Apoyo a la Industria Nacional (100 Puntos)
Dando aplicabilidad al artículo 2 de la Ley 816 de 2003, se asignarán hasta un máximo de 100 puntos al proponente que cuente con el mayor porcentaje de personal nacional (Colombiano) de la siguiente manera:
Característica | Máximo puntaje Ofrecido |
100% del personal del equipo Colombiano | 100 |
Si el personal Colombiano es mayor o igual que 50%, pero menor que el 100% | 50 |
Personal del equipo es Colombiano < 50% | 0 |
Para efectos de certificar lo anterior el proponente debe diligenciar el formato No. 3 – APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL.
SI NO DILIGENCIA ESTE FORMATO, NO SE ASIGNA PUNTAJE POR ESTE FACTOR.
CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS DEL GRUPO No. 3
I. Las ofertas se calificarán de acuerdo con los siguientes criterios:
FACTORES OBJETO DE PUNTAJE | PUNTAJE |
FACTOR ECONÓMICO | 900 |
Propuesta Económica MENOR PRECIO | 900 |
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL | 100 |
TOTAL PUNTAJE | 1000 |
En todo caso, la Entidad se reserva la posibilidad de contratar estos seguros a través de los Acuerdos Marco de Precios administrados por el portal web Colombia Compra Eficiente.
II. Sobre el Factor Económico (900 Puntos)
La ponderación sólo se hará para el menor precio por ser un seguro legalmente establecido el cual no puede calificar coberturas adicionales.
El proponente deberá presentar propuesta económica de acuerdo con el formato establecido en el Formato No. 4. Resumen económico de la propuesta
La propuesta que ofrezca el MENOR PRECIO (Prima) obtendrá una calificación de NOVECIENTOS (900) PUNTOS, las demás se calificarán de manera proporcional inferior
Para determinar la proporcionalidad dentro de este criterio se utilizará la siguiente fórmula: Menor Prima Ofrecida
------------------------------------------------- X 900=Puntaje de Calificación
Prima Ofrecida por la Oferta evaluada
III. Sobre el Apoyo a la Industria Nacional (100 puntos)
Dando aplicabilidad al artículo 2 de la Ley 816 de 2003, se asignarán hasta un máximo de 100 puntos al proponente que cuente con el mayor porcentaje de personal nacional (Colombiano) de la siguiente manera:
Característica | Máximo puntaje Ofrecido |
100% del personal del equipo Colombiano | 100 |
Si el personal Colombiano es mayor o igual que 50%, pero menor que el 100% | 50 |
Personal del equipo es Colombiano < 50% | 0 |
Para efectos de certificar lo anterior el proponente debe diligenciar el formato No. 3 – APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL.
SI NO DILIGENCIA EL ANEXO, NO SE ASIGNA PUNTAJE POR ESTE FACTOR
CRITERIOS DE DESEMPATE
Acorde con lo establecido en Titulo IV, Capitulo II del decreto 0734 de 2012, y el Artículo 24 de la Ley 361 de 1997, la entidad en caso que se presente igualdad en el puntaje total de las ofertas evaluadas, aplicará los siguientes criterios de desempate.
Si dos (2) o más proponentes obtuvieren igual puntaje total en cualquiera de los Grupos de Pólizas objeto de la presente Licitación, y éste fuere el mayor de la evaluación final de (los) Grupo(s), se adjudicará al proponente que:
i) Tenga mayor puntaje en el Factor Coberturas y Condiciones complementarias de la evaluación técnica; si persiste el empate,
(ii) Tenga mayor puntaje en el factor de deducibles; En caso de persistir el empate,
(iii) Tenga mayor puntaje en el factor económico; y si en dicho factor también hubieren obtenido igual calificación,(iv) Se preferirá la oferta que de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
(v) Si continua el empate y entre los empatados se encuentren Se preferirá a aquel proponente que tenga dentro de su nómina personal discapacitado;.
• En caso de que se presente igualdad en el puntaje total de las ofertas evaluadas, se desempatarán las mismas, adjudicando el contrato al proponente singular que acredite tener vinculados laboralmente por lo menos CINCO empleados en las condiciones de discapacidad y el cumplimiento de los presupuestos contenidos en la Ley 361 de 1997, debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona, que hayan sido contratados con por lo menos un año de anterioridad y que certifique adicionalmente que mantendrá dicho personal por un lapso igual al de la contratación.
• En caso de que no proceda la hipótesis anterior, y entre los proponentes se encuentren proponentes singulares o plurales conformados por Consorcios, Uniones Temporales promesas de Sociedad futura, conformados con al menos un integrante que acrediten las circunstancias establecidas en la Ley 361 de 1997 referidas en el numeral anterior, será preferido frente a los demás.
(vi) Como última opción, en caso de seguir el empate, se utilizará el sorteo mediante balota.
Si continua el empate se dirimirá mediante sorteo por el sistema de balotas que se realizará en el lugar que designe la Entidad en la ciudad de Bogotá.
Procedimiento del sorteo:
El primer sorteo se realizará para definir el orden mediante el cual los proponentes seleccionarán las balotas que diriman el empate.
a. Revisión estado balotas, se pondrá en evidencia, a viva voz, la numeración de las balotas la cual debe guardar relación directa con la cantidad de proponentes habilitados para el desempate.
b. Se depositan las balotas previamente revisadas, una a una, en sobre no traslucido.
c. Indicación a los proponentes de la oportunidad que tendrán para escoger la balota.
d. Cada proponente selecciona en su oportunidad una balota, el número que esta refleje, le dará el orden en que podrá seleccionar la balota que dirima el empate.
Realizado el primer sorteo, y definido el orden de selección; los proponentes procederán a escoger la balota que dirima el empate, en el orden que se haya determinado.
1. Se adjudicará el proceso de selección al proponente que saque la balota con el mayor número, o bien la balota de diferente color a las demás.
El resultado será aceptado de antemano por los proponentes involucrados en el empate sin lugar a reclamación alguna.
CAPÍTULO VII
7. ANÁLISIS DE RIESGOS
El precio del contrato y utilidad para el CONTRATISTA que resulte adjudicado en el proceso de selección, se concreta en sus propios cálculos y estimaciones, y en la dimensión que él haga del alcance de su oferta, especialmente lo relacionado a la aplicación de los recursos humanos, técnicos y económicos para optimizar y ofrecer un precio por sus servicios y productos a entregar.
Tales estimaciones y cálculos deben considerar el contexto antes descrito, y todos los fenómenos, actividades y buenas prácticas, que sus conocimientos sobre la actividad y su estado actual indiquen que, en forma responsable y cuidadosa, deben ser observados. Estas pueden hacer variar la intensidad de los riesgos aquí estudiados, dado que al hacer sus ofrecimientos el contratista puede exacerbar, aumentar o disminuir las estimaciones de riesgo. Igualmente debe considerar la condición de ejecución por etapas y los términos en que se encuentran establecidas las causales de terminación anticipada indicadas en las reglas de participación incluida lo estipulado en la cláusula resolutoria. De esta forma, queda claro que los valores que se registran en las reglas de participación y los riesgos señalados, no constituyen una garantía que esté extendiendo la entidad contratante, para el cálculo de los ingresos y utilidad esperada del futuro contratista.
Debe tenerse en cuenta que los eventos de fuerza mayor, caso fortuito y eventos imprevisibles, en cuanto a las cargas de este contrato tendrán un tratamiento especial, en la medida que sea factible hacerlo, mediante la obligación de suscribir pólizas de daños reales y patrimoniales.
CAPÍTULO VIII
ASPECTOS GENERALES DEL CONTRATO
8.1. TIPO DE CONTRATO
Contrato de Seguros
8.2 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
8.2.1. Obligaciones Generales:
x. Xxxxxxx al ICETEX, en los plazos establecidos, los documentos requeridos para la cumplida iniciación del contrato.
b. Ejecutar con plena autonomía técnica y administrativa el objeto contractual.
d. Sin perjuicio de la autonomía técnica y administrativa, atender las instrucciones y lineamientos que durante el desarrollo del contrato se le impartan por parte del Icetex.
e. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones.
f. Constituir la garantía única de conformidad con lo establecido en el contrato.
g. Corregir de forma inmediata cualquier falla o error que se cometa en la ejecución del objeto contractual.
h. Encontrarse x xxx y salvo por el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a Caja de Compensación Familiar, al ICETEX, cuando a ello haya lugar, mediante certificación a la fecha, expedida por el Revisor Fiscal o el Representante Legal – de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la ley 789 de 2002.
i. Guardar absoluta reserva y confidencialidad de la información que llegare a conocer del ICETEX con ocasión de la ejecución del presente contrato.
j. Elaborar y suscribir las actas y demás documentos que se produzcan durante la ejecución del contrato, así como la de liquidación por mutuo acuerdo del contrato, en caso de solicitud de adición, prórroga, cesión o cualquier modificación del contrato, solicitar el trámite respectivo con mínimo treinta (30) días de anticipación a la fecha de vencimiento del contrato para el caso de las adiciones, o a la fecha en la cual se pretende suscribir el documento para el caso de las modificaciones.
k. Las demás requeridas para el adecuado cumplimiento del objeto.
8.2.2. Obligaciones Específicas:
Con el fin de buscar la adecuada y oportuna prestación del servicio, el contratista debe cumplir con las siguientes obligaciones:
• Ejecutar el objeto del presente contrato en los plazos establecidos, bajo las condiciones técnicas y económicas estipuladas en las cláusulas correspondientes y de acuerdo con las especificaciones de servicio definidas.
• Responder a las consultas efectuadas por EL INSTITUTO COLOMBIANO DE CREDITO EDUCACTIVO Y ESTUDIOS TECNICOS EN EL EXTERIOR “XXXXXXX XXXXXX XXXXX” y/o su Corredor de Seguros, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha del recibo de la solicitud.
• Entregar dentro de los TRES (3) días hábiles siguientes a la adjudicación las pólizas de seguros expedidas para revisión y aprobación del intermediario de seguros y/o carta de cobertura.- El asegurador deberá
realizar un (1) programa de capacitación, relativo a los seguros objeto del contrato, el cual debe ser ejecutado dentro de los tres meses siguientes al inicio de vigencia.
• El contratista debe indicar el procedimiento y los documentos requeridos para la póliza, con los cuales la Entidad Asegurada acreditará la demostración de la ocurrencia y cuantía de los siniestros que sean presentados.
• La Compañía Aseguradora se obliga a suministrar una vez solicitado por el ICETEX la estadística de siniestralidad presentada, por la pólizas objeto de contratación bajo este proceso, la cual debe contener como mínimo la siguiente información: Número de radicación de siniestro, Fecha de aviso, Ramo, Fecha de ocurrencia del siniestro, Ciudad en la que ocurrió el siniestro, Amparo afectado, Bienes afectados, Funcionario de la entidad que reporta el reclamo, Valor estimado de la reclamación, Valor indemnizado, Fecha de pago y Breve descripción del estado en que se encuentra la reclamación a la fecha del reporte.
• Dar cumplimiento a las obligaciones con los sistemas de seguridad social, salud y pensiones y prestar los documentos respectivos que así lo acrediten, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1703 de 2002, Decreto 510 de 05 xx xxxxx de 2003, la ley 789 de 2002, Ley 828 de 2003 y demás que las adicionen, complementen o modifiquen.
• Si durante la ejecución del contrato se llegaren a presentar mejores condiciones en el mercado asegurador, EL ASEGURADOR acepta que tales modificaciones se podrán incorporar por mutuo acuerdo en la(s) póliza(s).
• EL ASEGURADOR acepta que LA ENTIDAD podrá incluir o excluir bienes, aumentar o disminuir valores asegurados o efectuar cualquier otra modificación que considere necesaria para el correcto aseguramiento de sus bienes, con el cobro o devolución de la prima respectiva.
• EL ASEGURADOR acepta que si dentro de la vigencia de las pólizas se presentan modificaciones en las condiciones legalmente aprobadas que representen un beneficio a favor del ICETEX, tales modificaciones se considerarán automáticamente incorporadas en el contrato y en las pólizas, siempre y cuando no impliquen incremento en los costos de las primas inicialmente pactadas.
• Utilizar personal idóneo, debidamente capacitado y directamente empleado por EL ASEGURADOR para dar cumplimiento al objeto contractual.
• Responder y emitir la liquidación de las reclamaciones efectuadas dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, una vez legalizado en su totalidad los soportes requeridos y documentos pertinentes para la demostración del siniestro (Modo – Tiempo – Lugar y cuantía).
• El asegurador deberá inscribir el SOAT en el RUN el mismo día de inicio de la vigencia de cada seguro expedido; por lo que para que deberá adjuntar para el pago de la prima correspondiente, documento donde conste dicha inscripción.
• Acatar las órdenes que durante el desarrollo del contrato se le impartan por parte de LA ENTIDAD, sin perjuicio de su autonomía técnica y administrativa.
• Presentar los informes de actividades por escrito y en medio magnético, que sean requeridos en el desarrollo del contrato, en los plazos y condiciones señalados por EL ICETEX y los demás que sean solicitados por el supervisor del Contrato.
• Presentar la factura junto con el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral en Salud y Pensión, Riesgos Laborales, SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, del personal a su cargo, de conformidad con la normatividad aplicable a la materia y los demás requisitos exigidos para los pagos del contrato.
• Corregir de forma inmediata cualquier falla o error que se cometa en la ejecución del objeto del contrato.
• Asumir o pagar según corresponda, todos los impuestos, tasas y contribuciones que se generen en razón del desarrollo y ejecución del contrato.
• Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y en trabamientos que afecten el objeto del Contrato.
• Mantener la reserva profesional sobre la información que le sea suministrada para la ejecución de este contrato, sin ningún tipo de derecho sobre la misma.
• Acatar las instrucciones que para el desarrollo del contrato le imparta el Supervisor y/x xxxxxxxx de seguros.
• Reportar de manera inmediata cualquier novedad o anomalía, al Supervisor del contrato y/x xxxxxxxx de seguros, según corresponda.
• Guardar total reserva de la información que obtenga del ICETEX en desarrollo del objeto contractual, ya que es de propiedad de la Entidad, salvo requerimiento de autoridad competente y en general dar cumplimiento a la Ley 1581 de 2012 y la reglamentación vigente.
• Poner a disposición del ICETEX la información técnica, contable y financiera relacionada con el contrato y demás consultas que la misma requiera.
• Suscribir oportunamente el acta liquidación del contrato.
• Realizar Termografías del edificio principal ubicado en la Xxxxxxx 0 Xx 00 -00, una capacitación de manejo preventivo a los conductores de los vehículos de la entidad
• Realizar una capacitación de seguros para el grupo que designe el ICETEX en los tres primeros meses de iniciada la vigencia
• Cumplir las demás obligaciones que se requieran para la debida y oportuna ejecución del contrato.
8.3 OBLIGACIONES DEL ICETEX
En desarrollo del objeto del contrato, el ICETEX se obliga especialmente a lo siguiente:
• Pagar las primas en los plazos ofrecidos por el ASEGURADOR, previo cumplimiento de los requisitos exigidos.
• Cumplir y hacer cumplir las condiciones pactadas en el contrato y en los documentos que de él forman parte
• Suministrar la información de los bienes e intereses asegurables para cada póliza.
• Prestar la mayor colaboración para el desarrollo del objeto contractual.
8.4 GARANTÍAS DEL CONTRATO
EL CONTRATISTA deberá constituir dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al perfeccionamiento del contrato, una garantía expedida en el formato “GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO” en favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TÉCNICOS EN EL EXTERIOR “XXXXXXX XXXXXX XXXXX” -ICETEX.
NIT. 899.999.035-7 FORMATO ENTIDADES PÚBLICAS con una compañía de seguros, establecida en el país y cuya póliza matriz esté aprobada por la Superintendencia Financiera de Colombia, que ampare los siguientes riesgos:
- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO: El ASEGURADOR presentará garantía que ampare el cumplimiento de la obligaciones contractuales el pago de multas y la cláusula penal pecuniaria, por una suma equivalente al 20% del valor del contrato y con una vigencia equivalente al término de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más.
El Contratista debe mantener vigente la garantía única y ajustarla siempre que se produzca alguna modificación en el plazo y/o valor del contrato o en el evento en que se produzca la suspensión temporal del mismo. Igualmente el contratista deberá notificar a la compañía aseguradora de cualquier modificación del contrato, así esta no conlleve cambio del plazo o el valor del mismo y deberá allegar el certificado de notificación de la modificación a la entidad como constancia de realización de la misma.
La garantía única de cumplimiento expedida a favor de EL ICETEX no podrá expirar por falta de pago de la prima ni puede ser revocada unilateralmente.
8.4 CLÁUSULA PENAL MORATORIA En caso de retardo o incumplimiento parcial del contrato por parte del CONTRATISTA, éste pagará a título xx xxxx una suma equivalente al 0.01% del valor del respectivo contrato, por cada día de retraso en el cumplimiento del cronograma inicialmente aprobado por parte del supervisor y/o interventor del contrato, sin que el monto total exceda xxx xxxx por ciento (10%) del valor del contrato. El procedimiento para la imposición de las multas será el establecido en el artículo 52 del Acuerdo de Junta Directiva del ICETEX No. 030 del 17 de septiembre de 2013 y por el Artículo 86 de la Ley 1474 de 2011
8.5 CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA En caso de incumplimiento definitivo EL CONTRATISTA cancelará al ICETEX a título de estimación anticipada de perjuicios una suma equivalente al 20% del valor del contrato.
8.5 SUPERVISIÓN O INTERVENTORÍA
La supervisión del contrato la ejercerá por parte del ICETEX:
1. Coordinador del Grupo de Administración de Recursos Físicos, para los grupos Nos. 1, 2, 3 y 4
2. Jefe de la Oficina de Relaciones Internacionales, para el grupo No. 5.
• Funciones de la Supervisión o Interventoría
Serán funciones de la Supervisión o Interventoría para la vigilancia del contrato objeto de la presente Invitación por Lista Corta, las señaladas en los artículos 50 y 51 del Manual de Contratación del ICETEX (Acuerdo de Junta Directiva del ICETEX No. 030 del 17 de septiembre de 2013).
8.6 IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES
EL PROPONENTE seleccionado deberá cancelar los impuestos, tasas y contribuciones nacionales, departamentales y municipales, que se generen de la ejecución del contrato.
8.7 MODIFICACIONES AL CONTRATO
El ICETEX podrá acordar con EL PROPONENTE seleccionado las modificaciones que estime convenientes y necesarias mientras se trate de elementos accidentales del contrato. Las modificaciones deberán justificarse en forma expresa y previa.
El contrato podrá ser objeto de adiciones que no superen el cincuenta por ciento (50%) del valor del contrato.
Cuando la modificación o adición implique un costo adicional, el ICETEX apropiará los recursos necesarios antes de la suscripción del documento respectivo.
8.8 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
El contrato será objeto de liquidación. En el acta de liquidación constará el porcentaje del objeto contractual ejecutado, el cumplimiento de las obligaciones a cargo de las partes, y los saldos a favor de las partes si los hubiere. También se determinarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y, si es del caso, se declararán x xxx y salvo. Si no se logra un acuerdo en relación con la liquidación, el ICETEX podrá efectuar una constancia de terminación y liquidación unilateral del contrato.
8.9 EXCLUSIÓN LABORAL
El contrato no generará ninguna vinculación laboral entre EL ICETEX y EL CONTRATISTA ni entre el ICETEX y los dependientes del CONTRATISTA. En consecuencia, ni EL CONTRATISTA ni sus dependientes tendrán derecho laboral alguno ni podrán reclamar prestación social alguna al ICETEX. Por lo tanto, el ICETEX sólo contrae la obligación de pagar el precio convenido, ya que son a cargo del CONTRATISTA todos los gastos que ocasione el cumplimiento de las obligaciones que por el contrato adquiere, incluyendo el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones a sus trabajadores.
8.10 CESIÓN DEL CONTRATO
EL CONTRATISTA no podrá ceder los derechos y obligaciones que se deriven del contrato, salvo autorización expresa y escrita del ICETEX.
8.11 GASTOS DEL CONTRATO
Todos los gastos que ocasione el cumplimiento del contrato, serán por cuenta del CONTRATISTA. El ICETEX podrá entonces rechazar los servicios que no reúnan la calidad requerida en el contrato.
8.12 SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO
Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, se podrá de común acuerdo entre las partes, suspender temporalmente la ejecución del contrato mediante la suscripción de un acta donde conste tal evento, sin que para los efectos del plazo extintivo se compute el tiempo de la suspensión.
8.13 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES
Los conflictos que se presenten durante la ejecución del objeto contractual, se solucionarán mediante los mecanismos de arreglo directo y conciliación. En caso de que estos mecanismos llegaren a fracasar, se acudirá a la jurisdicción competente.
8.14 INDEMNIDAD
EL CONTRATISTA se obliga a mantener indemne al ICETEX, por cualquier situación o hecho que se derive de la celebración, ejecución, desarrollo, terminación y/o finalización de este contrato o cualquier negocio o negocios jurídicos específicos que se deriven de él o por reclamaciones de terceros o usuarios y/o clientes del ICETEX, y por tanto EL CONTRATISTA se obliga a asumir la defensa del ICETEX y las sanciones, sentencias, conciliaciones, costas de la misma, incluidos los honorarios de abogados, así como las indemnizaciones a las que hubiera lugar. Presentada una reclamación judicial o extrajudicial, EL ICETEX notificará al CONTRATISTA, quien asumirá de inmediato la defensa.
8.15 CONFIDENCIALIDAD
EL CONTRATISTA, con la suscripción del contrato, se compromete a guardar estricta reserva y secreto en relación a la información confidencial que se suministre con ocasión de este contrato o durante su ejecución y hasta su liquidación. En tal sentido, deberá entenderse por "información confidencial" toda la información que EL ICETEX, le suministre, en desarrollo del objeto contractual.
PARÁGRAFO PRIMERO: Que no podrá ser considerada como confidencial la información que sea susceptible de ser conocida mediante la utilización xx xxxxxxx regulares y legales de información ni la información que sea de público conocimiento.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Que de no ser así, se presume que toda información intercambiada entre las partes es confidencial, y debe adecuarse a lo establecido en el presente contrato, salvo que el ICETEX, exprese lo contrario.
PARÁGRAFO TERCERO: Que de conformidad con lo señalado en esta Cláusula, la información confidencial que sea recibida por el CONTRATISTA, será exclusiva y únicamente utilizada para los fines para los cuales fue suministrada y no podrá ser revelada a terceros salvo autorización expresa de la parte que suministró la información.
El proponente adjudicatario deberá diligenciar un ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD él cual se adjunta modelo con el ANEXO No. 15 MODELO ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD.
CAPITULO IX. ANEXOS Y FORMATOS
ANEXOS TECNICOS: Corresponden a documentos que obran como material informativo y los cuales servirán de base a los proponentes para la elaboración de la propuesta:
▪ Anexo No. 1: Condiciones Técnicas Básicas Obligatorias Habilitantes de los seguros a contratar.
▪ Anexo No. 2. Relación de Bienes y Valores Asegurados.
▪ Anexo No. 3. Relación de Vehículos – Seguro de Automóviles
▪ Anexo No. 4. Formulario de Información – Seguro de R. C. Servidores Públicos
▪ Anexo No. 5. Formulario de Información – de Internet Bancario
▪ Anexo No. 6. Formulario de Información – Seguro de Infidelidad y Riesgos Financieros
▪ Anexo No. 7. Formulario de Información – Seguro de Responsabilidad Civil Profesional
▪ Anexo No. 8 Propuesta Técnica – Coberturas y Cláusulas Complementarias Opcionales Calificables
▪ Anexo No. 9. Propuesta Técnica deducibles
▪ Anexo No. 10. Matriz de Riesgos
▪ Anexo No. 11. Estadística de Siniestralidad
▪ Anexo No.12. Formulario de Información – Balances Generales 2014 y 2013
▪ Anexo No.13 Análisis del Sector
▪ Anexo No 14. Cronograma de la selección Publica
▪ Anexo No.15 Modelo acuerdo de Confidencialidad
NOTA: Los Anexos No. 4,5,6 y 7, Son formularios de carácter confidencial y para tener acceso a estos formularios los proponentes interesados deberán diligenciar el Formato No.6 el cual deberán ser entregados antes de la fecha de cierre del proceso al grupo de administración de recursos físicos del ICETEX y le será entregado un CD con los anexos solicitados dependiendo del grupo a ofertar.
FORMATOS: Corresponden a documentos que deben diligenciar los proponentes para la acreditación de los requisitos y condiciones a presentar con la oferta, según las exigencias establecidas en el pliego y los cuales se anexan en digital y se relacionan a continuación:
▪ Formato No. 1. Carta de Presentación
▪ Formato No. 2 Aceptación de Especificaciones Técnicas Habilitantes.
▪ Formato No. 3 Apoyo a La Industria Nacional
▪ Formato No. 4. Resumen económico de la propuesta
▪ Formato No. 5. Resumen Estados Financieros
▪ Formato No. 6 Formato de Confidencialidad
▪ Formato No. 7 Pacto de Integridad Dado en Bogotá D. C.,
ORIGINAL FIRMADO
CAMPO XXXXX XXXX PERILLA
Secretario General (E) ICETEX
ORIGINAL FIRMADO
VoBo: XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, XXXXXX XXXXX, Xxxxxxxx Xxxxxxx del ICETEX
Revisó Aspectos Técnicos: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx/ Coordinadora Grupo Recursos Físicos
Revisó Aspectos Jurídicos: Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx– Coordinadora Grupo de Contratación Proyectó: Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx – Abogado Secretaría General