LICITACION PRIVADA Nº 380-0036-LPR18 PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PARA EL SERVICIO DE ALQUILER DE TRAILERS INDICE
Corresponde al Expediente N° 22700-18297/18
LICITACION PRIVADA Nº 380-0036-LPR18
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PARA EL SERVICIO DE ALQUILER DE TRAILERS
INDICE
1. Procedimiento de contratación alcanzado.
2. Objeto.
3. Monto estimado de la contratación, moneda de cotización y moneda de pago.
4. Plazo de mantenimiento de oferta.
5. Competencia Judicial.
6. Descarga del Pliegos de Bases y Condiciones – Domicilios y Notificaciones.
7. Consultas – Aclaraciones – Impugnaciones a los Pliegos de Bases y Condiciones.
8. Ofertas - Fecha y hora límite para su presentación – Apertura.
9. Contenido de la oferta.
10. Presentación de la oferta.
11. Condiciones y plazo de prestación.
12. Garantía de mantenimiento de oferta.
13. Acta de apertura.
14. Empate de ofertas.
15. Mejora de oferta.
16. Información Complementaria. Muestras.
17. Dictamen de Preadjudicación.
18. Impugnación de la Preadjudicación
19. Modalidad de adjudicación - Adjudicación.
20. Perfeccionamiento del contrato.
21. Garantía de cumplimiento de contrato.
22. Modificaciones al contrato.
23. Facturas y pago.
24. Exigencias sobre personal.
25. Obligaciones legales – Personal propio.
26. Caso Fortuito. Fuerza Mayor.
27 Incumplimientos – Sanciones.
28. Convenio de confidencialidad.
29. Instancias competentes.
30. Obligaciones Fiscales del Oferente.
31. Consultas Técnicas y Administrativas.
ESPECIFICACIONES TECNICAS BASICAS ANEXO I - DENUNCIA DE DOMICILIO
XXXXX XX - DECLARACION JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR XXXXX XXX - DECLARACION JURADA DE ACEPTACION DE CONDICIONES
XXXXX XX - DECLARACION JURADA DE NO UTILIZACION DE MANO DE OBRA INFANTIL
ANEXO V - DECLARACION JURADA DE COMPETENCIA JUDICIAL.
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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PARA EL SERVICIO DE ALQUILER DE TRAILERS.
ARTICULO 1º. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION ALCANZADO
El presente llamado se convoca en los términos del Régimen de Compras y Contrataciones vigente para el Sistema de Compras Electrónicas de la Provincia de Buenos Aires, en adelante “PBAC”, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10° y concordantes de la Ley N° 13.981, y del Anexo I del Decreto N° 1.300/16, Resolución N° 711/16 de la Contaduría Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx que aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios, Resolución Conjunta N° 20/17 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y N° 92/17 del Contador General de la Provincia de Buenos Aires, Resolución N° 2017-5-E-GDEBA-CGP y el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas Básicas, que rigen para el procedimiento encuadrado en el artículo 17 de la Ley N°13.981, regulado por el artículo 17, inciso 1º del Anexo I del Decreto Nº1.300/16, Licitación Privada N° 380-0036- LPR18 -, Expediente Nº 22700-18297/18.
ARTICULO 2º. OBJETO
La presente tiene por objeto contratar el servicio de alquiler de trailers con destino a cubrir las necesidades operativas de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, conforme las condiciones del presente Pliego de Bases y Condiciones y las Especificaciones Técnicas Básicas, detallados a continuación:
Renglón | Cantidad | Unidad | Descripción |
1 | 17 | Mes | SERVICIO MENSUAL DE ALQUILER DE TRAILER En un todo de acuerdo a las Especificaciones Técnicas Básicas. Ubicación: Xxxx Xxxxxxxx Xx 000 km 168,5. Mano a Xxx xxx Xxxxx -Tandil |
Renglón | Cantidad | Unidad | Descripción |
2 | 17 | Mes | SERVICIO MENSUAL DE ALQUILER DE TRAILER En un todo de acuerdo a las Especificaciones Técnicas Básicas. Ubicación: Xxxx Xxxxxxxx Xx 0 xx 000,0. Xxxx x Xxxxx Xxxxxx - Xxx Xxxxxx. |
3 | 17 | Mes | SERVICIO MENSUAL DE ALQUILER DE TRAILER En un todo de acuerdo a las Especificaciones Técnicas Básicas. Ubicación: Cruce de Rutas Nacional N° 226 y Provincial N° 65 -Mano x Xxxxxxx - Xxxxxxx. |
4 | 17 | Mes | SERVICIO MENSUAL DE ALQUILER DE TRAILER En un todo de acuerdo a las Especificaciones Técnicas Básicas. Ubicación: Xxxx Xxxxxxxxxx Xx 0 xx 000 - Xxxx x Xxx xxx Xxxxx, en el xxxxxxx central - Xxxxx, Xxx xxx Xxxxx. |
5 | 17 | Mes | SERVICIO MENSUAL DE ALQUILER DE TRAILER En un todo de acuerdo a las Especificaciones Técnicas Básicas. Ubicación: Xxxx Xxxxxxxxxx Xx 00 x Xx. Xxxxxxxxxxxxxx- Sobre la rotonda. Mano a Quequén - Quequén. |
6 | 17 | Mes | SERVICIO MENSUAL DE ALQUILER DE TRAILER En un todo de acuerdo a las Especificaciones Técnicas Básicas. Ubicación: Xxxx Xxxxxxxx Xx 000 xx 00,0 -Antes del puesto de peaje. Mano a Xxx xxx Xxxxx - Balcarce. |
7 | 17 | Mes | SERVICIO MENSUAL DE ALQUILER DE TRAILER En un todo de acuerdo a las Especificaciones Técnicas Básicas. Ubicación: Xxxx Xxxxxxxx Xx 0 xx 000. Mano a Junín - Junín. |
8 | 17 | Mes | SERVICIO MENSUAL DE ALQUILER DE TRAILER En un todo de acuerdo a las Especificaciones Técnicas Básicas. Ubicación: Xxxx Xxxxxxxx Xx 0 Xx 000,0. Mano a Bahía Blanca- Tres Arroyos. |
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Renglón | Cantidad | Unidad | Descripción |
9 | 17 | Mes | SERVICIO MENSUAL DE ALQUILER DE TRAILER En un todo de acuerdo a las Especificaciones Técnicas Básicas Ubicación: Autopista Cañuelas Ezeiza. Peaje Xxxxxxx Xxxxxx. Xxxx Xxxxxxxx Xx000. Mano a CABA. – Xxxxxxx Xxxxxx |
10 | 17 | Mes | SERVICIO MENSUAL DE ALQUILER DE TRAILER En un todo de acuerdo a las Especificaciones Técnicas Básicas. Ubicación: Xxxxxxxxx Xx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx. Peaje Xxxxxx, Mano a La Plata- Hudson. |
11 | 17 | Mes | SERVICIO MENSUAL DE ALQUILER DE TRAILER En un todo de acuerdo a las Especificaciones Técnicas Básicas. Ubicación: Xxxxxxxxx Xx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx. Peaje Xxxxxx Mano x XXXX- Xxxxxx |
12 | 17 | Mes | SERVICIO MENSUAL DE ALQUILER DE TRAILER En un todo de acuerdo a las Especificaciones Técnicas Básicas. Ubicación: Rotonda El Vapor. Ruta Provincial N° 4 y Av. Espora (Camino de Cintura)- Burzaco |
13 | 17 | Mes | SERVICIO MENSUAL DE ALQUILER DE TRAILER En un todo de acuerdo a las Especificaciones Técnicas Básicas. Ubicación: Camino del Buen Ayre, Peaje Xxxx Xxxx Xxxxxx. Mano a CABA- Xxxx Xxxx Xxxxxx. |
14 | 17 | Mes | SERVICIO MENSUAL DE ALQUILER DE TRAILER En un todo de acuerdo a las Especificaciones Técnicas Básicas. Ubicación: Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx x Xxxx Xxxxxxxx Xx X000.Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Mano a Ezeiza- Tapiales. |
Renglón | Cantidad | Unidad | Descripción |
15 | 6 | Mes | SERVICIO MENSUAL DE ALQUILER DE TRAILER Cuatro (4) trailers. En un todo de acuerdo a las Especificaciones Técnicas Básicas. Ubicación: Deposito de ARBA – xxxxx 00 xxxxx 0 xxx x 00 – Xx Xxxxx. Nota: el oferente deberá consignar como precio unitario el costo mensual de alquiler por cuatro (4) trailers |
ARTICULO 3º. MONTO ESTIMADO DE LA CONTRATACION, MONEDA DE COTIZACION Y MONEDA DE PAGO
El presupuesto oficial de la presente contratación asciende a la suma de pesos dos millones novecientos cincuenta mil trescientos noventa y nueve ($2.950.399). El pago se efectuará en moneda de curso legal.
ARTICULO 4º. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Los oferentes deben mantener y garantizar los términos de su oferta por el plazo de treinta
(30) días hábiles, contados a partir de la fecha del acto de apertura.
Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no mantener su oferta con una antelación mínima xx xxxx (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial.
ARTICULO 5º. COMPETENCIA JUDICIAL
Ante cualquier cuestión judicial que pudiera suscitarse en torno al presente procedimiento de selección y perfeccionamiento del contrato conforme Ley N° 13.981, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo de la Provincia de Buenos Aires del Departamento Judicial de La Plata renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción (artículo 6º xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales).
ARTICULO 6º. DESCARGA XXX XXXXXX DE BASES Y CONDICIONES – DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES
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El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas Básicas se encuentran a disposición de los interesados para su consulta en forma gratuita en el portal xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx. Para participar de un proceso de compra, es necesario ingresar con el usuario y contraseña asignados, buscar el proceso de compra y realizar la acción de “descargar el pliego”. Podrán descargar el Pliego quienes hubieren cumplido con el procedimiento de registración, autenticación y autorización como usuario externo de PBAC. Los avisos, citaciones, notificaciones, intimaciones, así como cualquier tipo de comunicaciones que efectúe la Autoridad Administrativa en el marco de la Ley N° 13.981, serán practicados digitalmente en el domicilio electrónico establecido en el Registro de Proveedores y Licitadores conforme lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley N° 13.981 y Decreto Reglamentario N° 1.300/16, Resoluciones Nº 711/16 y Nº 713/16 de Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 7º. CONSULTAS - ACLARACIONES - IMPUGNACIONES A LOS PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES
Quienes hubieren descargado el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas conforme a las pautas establecidas en el artículo 6° del presente podrán formular consultas de los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas Básicas a través del PBAC hasta tres (3) días hábiles previos a la fecha establecida para la apertura de las ofertas, sin computar el día de la apertura.
El Comitente podrá elaborar aclaraciones o modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares de oficio o como respuesta a consultas de los potenciales oferentes por medio de circulares que serán comunicadas al domicilio electrónico constituido por los interesados y publicada en los siguientes sitios web xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx, xxxx://xxx.xxx.xxx.xxx.xx/, xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxx y xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxx/xxxxxxxxxxx.xxx.
Las impugnaciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares serán recepcionadas por escrito ante el Departamento Gestión de Adquisiciones y Contrataciones, sito en xxxxx 00 x/ 0 x 0, 0x xxxx, xxxxxxxx “X”, xxxxxxx 000, xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx, días hábiles, en el horario de 8:00 a 16:00 horas, hasta tres (3) días hábiles previos a la fecha establecida para la apertura de ofertas, debiendo acreditar la constitución de la garantía de impugnación por el
dos por ciento (2%) del presupuesto oficial indicado en el artículo 3º del presente Pliego de Bases y Condiciones de acuerdo a lo establecido en el artículo 19, apartado 1º, inciso d) del Anexo I del Decreto Nº1.300/16. Sólo tienen derecho a impugnar el pliego quienes hayan descargado el Pliego desde PBAC.
La garantía deberá constituirse mediante póliza de seguros de caución, emitida por las compañías autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del organismo contratante y contendrán el sometimiento a la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de La Plata.
Los importes correspondientes a las garantías de impugnación serán reintegrados al impugnante si la misma fuera resuelta favorablemente.
ARTICULO 8º. OFERTAS – FECHA Y HORA LÍMITE PARA SU PRESENTACIÓN - APERTURA
El presente llamado se publicará y comunicará de acuerdo con lo establecido en los artículos 15 y 16 de la Ley N° 13.981 y Decreto Reglamentario N° 1.300/16.
A tal efecto, se deja constancia que la apertura de ofertas se realizará electrónicamente mediante el PBAC, el día 20 de julio de 2018 a las 11:00 horas.
ARTICULO 9º. CONTENIDO DE LA OFERTA
El contenido de la oferta deberá acreditar por si sólo el cumplimiento de los requisitos formales detallados a continuación:
Requisitos administrativos:
1) La indicación de los domicilios real, legal que se fije en la Provincia de Buenos Aires y electrónico del oferente. Este último será el provisto por el Registro de Proveedores de la Provincia, de acuerdo a lo establecido en la Resolución N° 263/16 y N° 713/16 de Contaduría General de la Provincia y la indicación de un número telefónico de contacto. Requiere documentación electrónica. Ver Anexo I “Denuncia de Domicilio”.
2) Acreditar su inscripción o haber dado inicio al trámite de inscripción en el Registro de Proveedores y Licitadores. Específicamente, deberá acreditar inscripción en dicho Registro en el Rubro: 78 Servicios de Transporte, almacenaje y correo, Subrubro: 140.000 Operaciones de Transporte. Requiere documentación electrónica. Generar archivo en formato PDF denominado “Credencial Registro de Proveedores PBA”.
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3) Declaración jurada de aptitud para contratar. Requiere documentación electrónica. Ver Anexo II “Declaración Jurada de Aptitud Para Contratar” (artículo 9° xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales).
4) Declaración Jurada donde el oferente declara conocer todos y cada uno de los aspectos y las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas Básicas. Requiere documentación electrónica. Ver Anexo III “DDJJ aceptación de condiciones”.
5) Declaración jurada que indique que la firma no utiliza ni utilizará mano de obra infantil en ninguno de sus procesos, de conformidad con las normas legales vigentes. Requiere documentación electrónica. Ver Anexo IV “Declaración Jurada de no Utilización de Mano de Obra Infantil”;
6) Declaración del número de cuenta corriente o caja de ahorro, en moneda nacional, operativa en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, de la cual fuera titular, indicando el número de sucursal. Requiere documentación electrónica. Generar archivo en formato PDF denominado “Número de Cuenta Bancaria”;
7) Declaración Jurada donde el oferente manifiesta que ante cualquier cuestión judicial que pudiera suscitarse en torno al presente procedimiento de selección y perfeccionamiento del contrato, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo de la Provincia de Buenos Aires del Departamento Judicial de La Plata, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción (artículo 6º xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales). Requiere documentación electrónica. Ver Anexo V “DDJJ competencia judicial”.
8) El oferente no deberá poseer deuda bajo ningún concepto ante el Fisco de la Provincia de Buenos Aires al momento de la apertura de la oferta (Certificado de Cumplimiento Fiscal – A404W-). Artículo 30 del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. No requiere documentación electrónica.
9) El oferente no deberá poseer deuda bajo ningún concepto ante el Fisco Nacional al momento de la adjudicación (Certificado Fiscal para Contratar ante AFIP). Artículo 30 del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. No requiere documentación electrónica.
10) En caso de corresponder, Certificado MIPyME de Micro, Pequeña y Mediana Empresa emitido por autoridad competente vigente a la fecha de apertura de ofertas. Requiere documentación electrónica. Generar archivo en formato PDF denominado “Certificado MIPyME”.
11) Deberá presentar garantía de mantenimiento de oferta, según lo establecido en el artículo 12 de este Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Requisitos económicos:
1) La oferta económica por cada uno de los renglones detallados en el artículo 2° del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, la que debe consignar el precio unitario, el total por renglón y el total general. Se debe consignar el precio neto, es decir, con sus descuentos e incluyendo impuestos.
Requisitos técnicos:
1) Descripción de los bienes ofrecidos, de acuerdo a los requisitos establecidos en las Especificaciones Técnicas. Generar archivo en formato PDF denominado “Descripción”.
ARTICULO 10. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA.
Quienes hubieren descargado el Pliego de Bases y Condiciones Particulares conforme a las pautas establecidas en el artículo 6° del presente podrán formular las ofertas correspondientes. La presentación de la oferta se hará a través de los formularios electrónicos disponibles en PBAC cumpliendo todos los requerimientos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, de Condiciones Particulares y en las Especificaciones Técnicas Básicas y sus Anexos, adjuntando todos y cada uno de los documentos solicitados en ellos en soporte electrónico. Asimismo, los documentos deberán ingresarse en el sistema PBAC en formato PDF, no pudiendo superar cada uno los 20 MB.
Los documentos que por sus características deban ser presentados en soporte papel serán individualizados en la oferta y entregados ante el Departamento Gestión de Adquisiciones y Contrataciones, sito en xxxxx 00 x/ 0 x 0, 0x xxxx, xxxxxxxx “X”, xxxxxxx 000, xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx, días hábiles, en el horario de 8:00 a 16:00 horas, desde la fecha de publicación en el portal xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx, hasta la fecha y hora establecida para la apertura de ofertas. Toda documentación que se acompañe y que sea requerida en los pliegos, deberá encontrarse redactada en idioma castellano o en su defecto deberá acompañar la traducción realizada por un traductor oficial.
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A fin de garantizar su validez, la oferta electrónicamente cargada deberá ser confirmada por el oferente, lo cual podrá realizarlo únicamente a través de un usuario habilitado para ello, conforme lo normado en el artículo 3° del Anexo Único de la Resolución Conjunta N° 20/17 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y N° 92/17 del Contador General de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 11. CONDICIONES Y PLAZO DE PRESTACION.
El lugar de entrega será en los lugares detallados en el artículo 2° del presente Pliego. Los gastos de traslados, flete y descarga correrán por cuenta del Adjudicatario.
El adjudicatario deberá imprimir y aplicar la gráfica autoadhesiva a los lados de las unidades (anterior, posterior y laterales), para lo que Departamento de Diseño de ARBA otorgará la gráfica con la imagen institucional, conforme las características técnicas de los trailers.
Asimismo, las unidades podrán ser trasladas por parte de la Agencia de Recaudación durante la vigencia del contrato dentro del ámbito de la provincia de Buenos Aires, restituyéndose a su destino original para su retiro por parte del proveedor al finalizar el contrato.
El cocontratante deberá llevar un registro mensual de la prestación del servicio, que deberá presentar al final de cada mes en la Gerencia de Planificación y Acciones Territoriales de Arba, quien estará a cargo de su certificación.
Quedan a cargo de la Agencia de Recaudación, los gastos que demande el mantenimiento de las unidades, excepto cuando se trate de cuestiones estructurales. Las unidades, con todos sus accesorios, serán reintegradas al vencimiento contractual, en buen estado de conservación, lo cual implica contemplar el desgaste propio del bien conforme su uso y destino.
Asimismo, se determina que el plazo de prestación será para los renglones 1 a 14 desde el 1 xx xxxxxx de 2018 o fecha posterior hasta el 31 de diciembre de 2019, y para el renglón 15 desde el 1 xx xxxxxx de 2018 o fecha posterior por el término de seis (6) meses.
El plazo para la instalación/ entrega de las oficinas es de treinta (30) días desde la recepción de la orden de compra.
ARTICULO 12. GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA.
De corresponder, los oferentes deberán presentar e individualizar la garantía de mantenimiento de oferta en el formulario electrónico de PBAC. El original de instrumento deberá ser presentado ante el Departamento Gestión de Adquisiciones y Contrataciones, sito en xxxxx 00 x/ 0 x 0, 0x xxxx, xxxxxxxx “X”, xxxxxxx 000, xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx, dentro del plazo de veinticuatro (24) horas computado a partir del acto de apertura, en sobre cerrado que indique los datos de la contratación. La fecha de emisión del instrumento de garantía no podrá exceder del día y hora de apertura de ofertas.
El monto de la garantía de mantenimiento de oferta deberá ser equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta, de conformidad con lo prescripto en el artículo 19 de la Ley N° 13.981, artículo 19 apartado 1 a) del Anexo I del Decreto Reglamentario N° 1.300/16 y artículo 19 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, con la excepción prevista en su apartado 3°.
La falta de presentación de la garantía producirá la desestimación de la oferta sin más trámite.
La garantía de mantenimiento de oferta se deberá constituir en las formas y condiciones detalladas en el artículo 19 del Anexo I del Decreto Nº 1.300/16.
ARTICULO 13. ACTA DE APERTURA
El acto de apertura de ofertas se efectuará a través del PBAC, liberándose las ofertas en el día y hora establecidos en el presente pliego, formulándose electrónicamente el Acta pertinente con los siguientes requisitos:
a) Xxxxx, hora, e identificación de la contratación;
b) Número de orden asignado a cada oferta;
c) Monto de cada oferta y sus variantes;
d) Nombre del oferente y número de C.U.I.T.;
e) Xxxxx y forma de la garantía cuando corresponda su presentación. Ninguna oferta puede ser desestimada en el acta de apertura.
ARTICULO 14. EMPATE DE OFERTAS
En caso de paridad de ofertas, se solicitará a través de PBAC, a los respectivos proponentes que, y dentro del término de tres (3) días, formulen una mejora de precios.
El silencio del oferente se entiende como mantenimiento de la propuesta sin modificación.
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Si el importe de los renglones igualados no excede de 5 UC, se procede directamente a adjudicar por sorteo público de las ofertas empatadas – artículo 20, apartado 3º, del Anexo I del Decreto Nº 1.300/16.
ARTICULO 15. MEJORA DE OFERTA
Cuando la Comisión Asesora de Preadjudicación estime que el precio de la mejor oferta presentada resulte excesivo con relación al monto estimado de la contratación, podrá solicitar, por PBAC una mejora en el precio de la oferta, a los fines de conseguir la más conveniente a los intereses de la Provincia. Ante la negativa del oferente de mejorar el precio, dicha Comisión en su caso, aconsejará proseguir con la adjudicación o declarar la inconveniencia de todas las propuestas, exponiendo los fundamentos en su dictamen.
ARTICULO 16. INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA. MUESTRAS.
Para la evaluación de las ofertas, el organismo podrá requerir de los oferentes, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas. Dicho requerimiento se efectuará por PBAC.
La repartición, de acuerdo a lo detallado en las Especificaciones Técnicas Básicas, se reserva el derecho de solicitar muestras y toda información adicional que considere necesaria de los insumos cotizados por los Oferentes para su evaluación.
ARTÍCULO 17. DICTAMEN DE PREADJUDICACIÓN.
Las ofertas serán analizadas por una Comisión de Preadjudicación.
La Comisión de Preadjudicación evaluará en cada oferta el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente y los establecidos en los Pliegos
La Comisión de Preadjudicación evaluará en cada oferta el cum de Bases y Condiciones Generales, Particulares y Especificaciones Técnicas, la aptitud de los oferentes para contratar, los aspectos formales, legales, económicos, forma de cotización y técnicos de cada oferta.
El cuadro comparativo de precios será confeccionado automáticamente por PBAC tomando la información que surja de la cotización de las ofertas presentadas en el sistema.
En el Acta que se emita como consecuencia de su dictamen, se indicará si hay ofertas inadmisibles, explicando los motivos y disposiciones aplicables, siguiendo igual procedimiento en caso de ofertas manifiestamente inconvenientes. Se dejará constancia de la evaluación de las observaciones que se hayan efectuado y se consignarán los fundamentos normativos de la recomendación aconsejada en el dictamen.
La Comisión emitirá su dictamen mediante PBAC dentro de cinco (5) días hábiles contados desde la fecha de apertura de las propuestas indicando el orden de mérito de las ofertas que hayan sido aceptadas en el proceso de selección en forma fundada.
Dicho plazo se suspenderá por el requerimiento de informes técnicos o por la intimación a subsanar defectos formales, cursada a los oferentes. La Comisión deberá intimar al oferente, bajo apercibimiento de desestimar la oferta, a subsanar deficiencias insustanciales de su oferta dentro del término que se fije en la intimación.
Es condición que al momento de la preadjudicación el oferente se encuentre inscripto en el Registro de Proveedores y Licitadores.
El dictamen de evaluación de las ofertas se notificará a todos los oferentes por avisos mediante mensajería de PBAC, en el domicilio electrónico declarado por los proveedores de acuerdo a los términos y condiciones establecidos en la Xxxxxxxxxx Xx 000/00 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
ARTÍCULO 18. IMPUGNACIÓN DE LA PREADJUDICACIÓN.
El dictamen de preadjudicación se notifica electrónicamente a los oferentes haciéndoles saber el derecho a tomar vista de las actuaciones y a formular impugnaciones dentro del plazo de tres (3) días hábiles desde la notificación.
Los interesados podrán impugnarlo mediante PBAC dentro de los plazos establecidos en el párrafo anterior, debiendo previamente, presentar en forma física la garantía de impugnación ante la Comisión Asesora de Preadjudicación, sito en xxxxx 00 x/ 0 x 0, 0x xxxx, xxxxxxxx “X”, xxxxxxx 000, xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx, días hábiles, en el horario de 8:00 a 16:00 horas.
La garantía deberá constituirse por el tres por ciento (3%) del monto de la oferta del renglón impugnado, si el Dictamen de Preadjudicación no aconsejare la aceptación de ninguna oferta, el importe de la garantía se calculará sobre la base del monto ofertado por el
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impugnante por el renglón cuestionado, conforme lo establecido en el artículo 19, apartado 1, inciso f) del Anexo I del Decreto Nº 1300/16.
La garantía deberá constituirse mediante póliza de seguros de caución, emitida por las compañías autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del organismo contratante y contendrán la cláusula de liso, llano y principal pagador y el sometimiento a la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de La Plata.
Las impugnaciones serán resueltas en el mismo acto administrativo de adjudicación, previa vista y nuevo Dictamen de Preadjudicación, el que no se sustanciará.
Los importes correspondientes a las garantías de impugnación serán reintegrados al impugnante si la impugnación es resuelta favorablemente.
ARTICULO 19. MODALIDAD DE ADJUDICACION - ADJUDICACION
La adjudicación será efectuada por renglón, según lo dispuesto por el artículo 21 del Anexo I del Decreto Nº1.300/16 y los artículos 22 y 23 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales.
ARTICULO 20. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la notificación de la orden de compra al adjudicatario o del instrumento que la sustituya, ello de acuerdo con los lineamientos vertidos en el artículo 23 de la Ley N° 13.981 y Decreto Reglamentario N° 1300/16.
ARTICULO 21. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Los oferentes deberán constituir una garantía de cumplimiento de contrato, la que no podrá ser inferior al diez (10%) del valor total adjudicado, la misma deberá presentarse en el Departamento Órdenes de Compra y Facturación, sito en xxxxx 00 x/ 0 x 0, 0x xxxx, corredor “X”, xxxxxxx 000, xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación, ello de acuerdo a lo establecido en el artículo 19, apartado 1º, inciso b) del Anexo I del Decreto Nº 1300/16.
La garantía deberá constituirse mediante póliza de seguros de caución, emitida por las compañías autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del organismo contratante.
Dicha póliza deberá mantener plena vigencia durante todo el plazo del Contrato y determinando que la Provincia de Buenos Aires, en la persona de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, será el asegurado secundario (coasegurado) y contendrán el sometimiento a la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de La Plata.
ARTICULO 22. MODIFICACIONES AL CONTRATO
Conforme lo establecido en el artículo 26 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, el renglón 15, en virtud de la necesidad adicional que pueda surgir de acuerdo al desarrollo de las tareas simultáneas de adecuación de las oficinas correspondientes a los Punto ARBA, podrá ser aumentado en hasta un ciento por ciento (100%) y prorrogarse por igual período. La decisión de aumentar o disminuir en hasta un veinte por ciento (20%) cualquiera de los renglones será notificada antes de la finalización del plazo de ejecución contractual.
El aumento o disminución superior al veinte por ciento (20%) deberá contar con la previa conformidad del cocontratante, quien deberá manifestarse dentro de los cinco (5) días de notificada la solicitud. Vencido dicho plazo sin que medie respuesta se entenderá que la misma no ha sido aceptada, no generando al proveedor ningún tipo de responsabilidad ni resultando pasible de ninguna penalidad.
La decisión de prorrogar la prestación del renglón 15, ya sea que incluya o no un aumento o disminución en la cantidad o nivel de prestación contratado, deberá notificarse antes de la finalización del contrato.
En cualquier caso, la notificación de la nueva orden de compra se producirá en un plazo no mayor a quince (15) días corridos computados desde el vencimiento del plazo de ejecución contractual, previa renovación de la garantía de cumplimiento de contrato. Los efectos de la nueva orden de compra se retrotraerán a la fecha de efectiva vigencia de la modificación.
Vencido el plazo indicado, se requiere nueva conformidad del cocontratante.
ARTICULO 23. FACTURAS Y PAGO
Las facturas serán presentadas en original por mes calendario vencido y deberán presentarse acompañadas de los remitos respectivos, en el Departamento Órdenes de Compra y Facturación de la Gerencia de Adquisiciones y Contrataciones y cumplir con las exigencias previstas en la normativa fiscal, tanto Nacional como Provincial. El pago se
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efectuará conforme lo estipulado en el artículo 31 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales.
ARTICULO 24. EXIGENCIAS SOBRE PERSONAL
El personal que afecte el Adjudicatario a sus tareas deberá cumplir las siguientes exigencias:
1. No ser agentes al servicio del Estado Nacional, Provincial ni Municipal.
2. Contar con dieciocho (18) años de edad cumplidos como mínimo.
3. Contar con libreta sanitaria que estará obligado a presentar en toda ocasión que la repartición contratante se lo solicite.
4. Contar con uniforme completo de uso obligatorio y con tarjeta de identificación numerada con nombre y apellido o razón social del prestador, foto 4 x 4 y nombre y apellido del operario, que deberá exhibir permanentemente sobre el lado izquierdo del pecho. El uniforme deberá ser provisto por la Empresa contratista, responderá a un mismo color, tipo y modelo, las tarjetas de identificación se ajustarán a las mismas instrucciones.
5. Observar las normas de buena conducta y aseo pertinente, estando prohibido circular por las áreas que no tengan asignadas para la prestación del servicio.
6. Evitar su relación con el personal de la administración, salvo los casos que así lo exijan razones de trabajo.
ARTICULO 25. OBLIGACIONES LEGALES - PERSONAL PROPIO
1. Pagar en término sueldos y jornales y toda retribución que le corresponda, en término xx Xxx.
2. Contar con los seguros xx Xxx (ART, Seguro de Vida Obligatorio y Seguro de Responsabilidad Civil).
3. Cumplir todas las obligaciones laborales y previsionales que la legislación vigente establezca o que se dicten en el futuro.
4. Cumplir las disposiciones de la Ley N° 19.587 y sus decretos reglamentarios, como así mismo toda otra normativa que la amplíe o reemplace, respecto de las normas de higiene y seguridad laboral.
5. Utilizar las normas técnicas, sanitarias, precautorias y de tutela del trabajador en cuanto a las condiciones ambientales, integridad psicofísica y prevención de los riesgos laborales.
6. Contar con la certificación de los exámenes preocupacionales correspondientes a cada uno de los empleados dependientes de la empresa que figuren en la nómina de servicios (artículo 5° inciso o) de la Ley Nº 19.587 - Xxxxxxxx Xx 000/00 x Xx 0000/00).
0. Xx Xxxxxxxxx se reserva el derecho de verificar cuando lo considere oportuno, y a través de la Contaduría General de la Provincia y del Ministerio de Trabajo, el cumplimiento de las leyes laborales, previsionales y sociales, pudiendo requerir al Adjudicatario la documentación necesaria para tal fin.
ARTICULO 26. CASO FORTUITO. FUERZA MAYOR.
El cocontratante tendrá la obligación de cumplir las prestaciones por sí en todas las circunstancias, salvo caso fortuito o fuerza mayor, no imputables a él, de tal gravedad que tornen imposible la ejecución del contrato. El caso fortuito o fuerza mayor deberá ser puesto en conocimiento a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires dentro de los diez (10) días hábiles de producido. Si el vencimiento fijado para el cumplimiento de la obligación fuera inferior a dicho plazo, la comunicación deberá efectuarse antes de las veinticuatro (24) horas del vencimiento.
La documentación probatoria de los hechos que se aleguen deberá presentarse a la autoridad citada dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que se puso en conocimiento la existencia del caso fortuito o fuerza mayor. Cuando el impedimento le conste, la Autoridad Administrativa, podrá eximir al proveedor de la obligación de cumplir las prestaciones. Transcurridos los plazos mencionados caducará todo derecho al respecto. Todo conforme artículo 8 inciso c) del Anexo I del Decreto N° 1300/16.
ARTICULO 27. INCUMPLIMIENTOS - SANCIONES
Cuando el Adjudicatario cumpliere parcialmente o dejare de cumplir con el servicio contratado o el mismo no resultare satisfactorio a solo juicio del Comitente, hecho que deberá resultar acreditado mediante inspecciones y notificaciones fehacientes de los incumplimientos, con detalle de los mismos al Adjudicatario, éste será pasible de las sanciones previstas en el artículo 24 del Anexo I del Decreto N°1.300/16, conforme lo indicado en el artículo 36 de las Condiciones Generales.
Corresponde al Expediente N° 22700-18297/18
ARTICULO 28. CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD
El Adjudicatario y la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (LAS PARTES) se comprometen a preservar la confidencialidad de los datos y/o información propiedad de la otra parte que tome conocimiento por el cumplimiento de la presente Contratación, como así también se obligan al cumplimiento del deber de confidencialidad por parte de sus empleados o terceros subcontratados, cuando el Comitente hubiera autorizado la misma. LAS PARTES se obligan a no retener, copiar o de cualquier manera reproducir, en forma total o parcial, la información a la que tuviera acceso o que la otra PARTE le hubiera entregado. LAS PARTES también se obligan a que terceros contratados para cualquier servicio respeten esta cláusula de confidencialidad. La Agencia podrá controlar a la otra permanentemente o en cualquier momento para prevenir la utilización impropia o no autorizada de la información. El deber de confidencialidad subsistirá aún después de finalizado el contrato.
La presentación de la oferta implica el conocimiento y aceptación, en todos sus términos y condiciones, del presente artículo.
ARTICULO 29. INSTANCIAS COMPETENTES
Las instancias administrativas o técnicas competentes del Organismo Contratante, con la intervención de Contaduría General de la Provincia y de los Órganos de Asesoramiento y Control cuando corresponda según la materia, serán quienes se expedirán respecto de la interpretación de las presentes Bases de la Contratación y demás documentación que, posteriormente, integre el contrato.
Serán también quienes intervendrán en todas las cuestiones que las Bases de la Contratación prevén, autorizan, reservan o imponen al Comitente.
En particular, la Gerencia de Planificación de Acciones Territoriales será responsable de actuar como contraparte de la relación contractual y tendrá a su cargo la verificación del cumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones que las Bases de la Contratación establecen.
ARTICULO 30. OBLIGACIONES FISCALES DEL OFERENTE
Los oferentes al momento de la apertura de ofertas, no deberán poseer deuda alguna con el Fisco de la Provincia de Buenos Aires, como constancia de lo cual esta Agencia de Recaudación emitirá el correspondiente Certificado de Cumplimiento Fiscal (A404-W), en virtud de lo dispuesto por el artículo 37 de la Ley N° 11.904 (texto ordenado por Ley N° 14.333) y la Resolución Normativa N° 50/11 de este organismo.
Asimismo se verificará mediante la emisión del Certificado Fiscal para Contratar -según lo dispuesto por la Resolución General de AFIP N° 4164/17- que los mismos no poseen deuda bajo ningún concepto con el Fisco Nacional, requisito que podrá ser regularizado con carácter previo a la adjudicación.
ARTICULO 31. CONSULTAS TECNICAS Y ADMINISTRATIVAS
Para consultas técnicas referente a la utilización del sistema PBAC comunicarse al (0000) 000-0000 / 000-0000 / 000-0000 o enviar un correo a xxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xxx.xx, para consultas administrativas, enviar un correo a xxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx o comunicarse al teléfono (0000) 000-0000, en días hábiles, en el horario de 8:00 a 16:00 hs.