CONTRATO DE LIMPIEZA DE LAS INSTALACIONES DEL PALACIO MUNICIPAL DE DEPORTES Y ESTADIO NUEVO LOS CARMENES DE GRANADA EVENTOS GLOBALES S.A. (GEGSA)
Expte.: 09/2010
CONTRATO DE LIMPIEZA DE LAS INSTALACIONES DEL PALACIO MUNICIPAL DE DEPORTES Y ESTADIO NUEVO LOS CARMENES DE GRANADA EVENTOS GLOBALES S.A. (GEGSA)
PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES
CLÁUSULA 1.- ENTIDAD CONVOCANTE
La presente licitación se convoca por la entidad municipal GRANADA EVENTOS GLOBALES S.A. (GEGSA) con CIF X-00000000 y con sede social en el Estadio Nuevo Los Cármenes, X/ Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx x/x, 00000 Xxxxxxx.
CLÁUSULA 2.-OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
El presente Xxxxxx tiene por objeto establecer las condiciones que regirán en la adjudicación del contrato del servicio de Limpieza de las instalaciones Xxxxxxx Municipal de Deportes y del estadio de fútbol Nuevo Los Cármenes, sin perjuicio de otras instalaciones cuya gestión se encomiende a GEGSA.
GRANADA EVENTOS GLOBALES, S.A. (GEGSA) está sujeta a las disposiciones de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de 2007, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP) así como a las Instrucciones Internas de Contratación (IIC) que están a disposición de los licitadores en el Perfil del Contratante de la entidad en ésta página web xxx.xxxxx.xx
En lo que se refiere a las fases de ejecución y extinción del contrato, éste queda sujeto al derecho privado, rigiéndose por este pliego, por el contrato y documentación anexada, y en todo lo no previsto, por la legislación civil y mercantil aplicable. El contrato tiene la consideración de contrato privado.
Para resolver cualquier discrepancia que pudiese surgir en la interpretación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato, las partes se someterán a la jurisdicción y competencia de los juzgados y tribunales de la ciudad de Granada con renuncia de cualquier otro fuero que pudiese corresponderles.
El presente Pliego de Cláusulas Particulares, sus anexos y el Pliego de Prescripciones Técnicas revestirán carácter contractual. El contrato se ajustará al contenido del presente pliego, cuyas cláusulas se consideran parte integrante del respectivo contrato.
La presentación de proposiciones implica la aceptación incondicionada por los licitadores del contenido del presente pliego y de la totalidad de la documentación que conforma la presente licitación, sin ninguna salvedad o reserva.
CLÁUSULA 3.-LICITADORES
Cada licitador no podrá presentar más de una propuesta para participar en el concurso. Tampoco podrá formalizar ninguna propuesta en participación conjunta con otros licitadores si ya lo ha hecho individualmente. La infracción de estas normas dará lugar a la inadmisión de todas las solicitudes por él suscritas.
No podrán concurrir las empresas que se encuentren incursas en algunas de las prohibiciones para contratar con las Administraciones (art. 49 LCSP) o afectadas por alguna causa de incompatibilidad establecida por la Ley.
CLÁUSULA 4.-PLAZO DE LA PRESTACIÓN
El plazo de prestación del servicio se establece en 5 años, a partir de la fecha de la firma del correspondiente contrato.
Este contrato podrá prorrogarse por un período máximo de dos años mediante vencimientos anuales. En este caso la prórroga será acordada por el Órgano de Contratación y será obligatoria para el adjudicatario, de acuerdo con lo previsto en el art. 23 de la LCSP.
CLÁUSULA 5.-REVISIÓN DE PRECIOS
Los precios que resulten de la presente adjudicación serán actualizados anualmente según Índice de Precios al Consumo (IPC) correspondiente a los doce meses inmediatamente anteriores.
CLÁUSULA 6.- PRESUPUESTO Y PRECIO DEL CONTRATO
El presupuesto de licitación es de 12,50/hora. Este es el precio máximo que pueden ofertar las empresas y en el que se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. El precio del contrato, a satisfacer al adjudicatario, será el que resulte de la adjudicación del mismo e incluirá, como partida independiente, el Impuesto sobre el Valor Añadido. En el precio del contrato se considerarán incluidos el resto de tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego. El importe de adjudicación en ningún caso superará al presupuesto de licitación.
CLÁUSULA 7.-EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN, PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y DOCUMENTACIÓN QUE SE FACILITARÁ A LOS LICITADORES
La contratación del servicio de Limpieza de las instalaciones adscritas a GEGSA se adjudicará por el procedimiento negociado sin publicidad, de acuerdo con la LCSP y las instrucciones de contratación de GEGSA, lo que dispone el presente pliego y el Pliego de Prescripciones Técnicas.
La adjudicación del contrato se realizará a la oferta más ventajosa en su conjunto, de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos en el presente pliego.
DOCUMENTACIÓN QUE SE FACILITARÁ A LOS LICITADORES: Desde el día de la
publicación del anuncio de licitación en el Perfil del Contratante, las empresas interesadas podrán obtener la documentación en las oficinas de GEGSA, Estadio Nuevo Los Cármenes 3ª Planta, C/ Pintor Xxxxxx Xxxxxxxxx s/n.:
-Este Pliego de Cláusulas Particulares.-Pliego de Prescripciones Técnicas.
Forma: La documentación se presentará en tres sobres cerrados en la sede
CLÁUSULA 8.-PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES: NORMAS GENERALES
1. Se presentarán en la sede social de GEGSA, X/ Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx x/x, Xxxxxxx Xxxxx Xxx Xxxxxxxx, 0x Xxxxxx 00000, Xxxxxxx.
2. Plazo: Las proposiciones se presentarán en sobre cerrado en el lugar y plazo señalado en el anuncio de licitación, o por medio del Servicio de Correos, con los requisitos y justificación exigidos en la LCSP, todo ello dentro del plazo de admisión establecido en el citado anuncio.
Todos los plazos se entenderán referidos a días naturales. En el supuesto de que el día de terminación del plazo fuera sábado o festivo, se entenderá prorrogado hasta el siguiente hábil.
Este plazo podrá ser prorrogado por GEGSA en el caso de concurrir circunstancias de carácter excepcional.
Una vez presentada la documentación, ésta no podrá ser retirada o modificada bajo ningún pretexto.
CLÁUSULA 9.-DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES
La presentación de proposiciones supone por parte del licitador la aceptación incondicional de las cláusulas de los pliegos (que se unirán al futuro contrato y que incluyen los pactos y condiciones definidoras de los derechos y obligaciones que asumirán los contratantes) y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar.
Las proposiciones se referirán al conjunto de servicios del presente pliego y no se admitirán ofertas parciales.
Las proposiciones constarán de tres sobres, cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, denominados Sobre 1 (Documentación administrativa, Sobre 2 (Propuesta técnica y mejoras), Sobre 3 (Propuesta económica), en los que figurará en su exterior, en forma visible y sin que sea precisa la apertura de los sobres para su lectura, lo siguiente:
Sobre 1: Documentación administrativa
Objeto del contrato: Empresa Licitadora: Fecha y firma:
Sobre 2: Propuesta técnica y mejoras
Objeto del contrato: Empresa Licitadora: Fecha y firma:
Sobre 3: Propuesta económica
Objeto del contrato: Empresa Licitadora: Fecha y firma:
Cada uno de los sobres contendrá la siguiente documentación:
09.1 Sobre 1: Documentación administrativa
09.1.1 Documentación acreditativa de la personalidad y capacidad del licitador
Están facultados para contratar con GEGSA las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar de acuerdo con lo que establece el artículo 43 LCSP, que no estén incluidas en ninguna de las prohibiciones para contratar recogidas en el art. 49 de la referida Ley y que acrediten la suficiente solvencia económica, financiera y técnica o profesional de acuerdo con los requisitos que se establecen en el presente pliego.
a) Para las personas físicas (empresarios individuales y profesionales), será obligatoria la presentación de la fotocopia legitimada notarialmente o debidamente compulsada del DNI o del documento que legalmente le sustituya.
b) Para las personas jurídicas será obligatoria la presentación del CIF y de la escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.
Las personas jurídicas sólo podrán ser objeto de adjudicación del contrato cuando sus prestaciones estén comprendidas dentro de las finalidades, objeto o ámbito de actividad que, de acuerdo con sus estatutos o reglas fundacionales les sean propias.
c) Si los que comparecen o firman proposiciones lo hacen en representación de otro, deberá presentarse documento de apoderamiento, previamente bastanteado, junto con la fotocopia legitimada notarialmente o debidamente compulsada del DNI o del documento que legalmente le sustituya.
d) La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea, o firmantes del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo, se ha de acreditar mediante la inscripción en los registros procedentes de acuerdo con la legislación del estado donde están establecidas, mediante la presentación de una declaración jurada, o de una certificación con los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
e) La capacidad de obrar de las empresas extranjeras no comprendidas en el apartado anterior se ha de acreditar mediante el Informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el estado correspondiente o de la Oficina Consular en el ámbito territorial, de la cual, radica el domicilio de la empresa, en los términos que dispone el apartado tercero del art. 61.2 de la LCST.
09.1.2 Compromiso de constitución, en su caso, de Unión Temporal de Empresas o de Profesionales.
GEGSA puede contratar con uniones de empresarios o agrupaciones que se constituyen temporalmente al efecto. Esta participación se instrumentalizará, en la fase de licitación, mediante la aportación de un documento privado en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, indicando los nombres y circunstancias de los que la constituyen, la participación de cada uno de ellos y designando un representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados en otros aspectos, asumiendo el compromiso de constituirse formalmente en el caso de resultar adjudicatarios. No será necesaria la formalización en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. Estos empresarios quedarán obligados solidariamente ante GEGSA.
09.1.3 Solvencia económica y financiera y técnica, acreditada por:
a) La acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica de la empresa licitadora se realizará mediante la aportación de la siguiente calificación definitiva:
Grupo (U) Subgrupo (1) Categoría (A)
b) La solvencia económica y financiera complementaria se podrá acreditar mediante informe de las instituciones financieras o el justificante de la existencia de un seguro de indemnización de riesgos profesionales.
Si por razones justificadas un empresario no puede facilitar las referencias solicitadas podrá acreditar su solvencia económica y financiera mediante cualquier otra documentación considerada como suficiente por GEGSA.
09.1.4. Declaración responsable y documentación adicional.
a) Declaración de no encontrarse incursos en alguna de las circunstancias señaladas en el art. 49 LCSP sobre prohibición para contratar con la Administración.
Los licitadores deberán presentar declaración de este carácter, haciendo constar que no se hallan comprendidos en ninguna de las circunstancias de incapacidad o prohibición para contratar.
La administración contratante podrá comprobar en cualquier momento la veracidad y exactitud de esta declaración, estimándose su falsedad como causa de resolución del contrato.
b) Certificación acreditativa de estar al corriente de las cotizaciones a la Seguridad Social y obligaciones tributarias, tanto del Estado, Comunidad Autónoma como Ayuntamiento de Granada.
Las empresas licitadoras deberán aportar declaración responsable de hallarse al corriente en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias.
La justificación acreditativa de los requisitos se exigirá antes de la adjudicación a quien resulte adjudicatario del contrato, a cuyo efecto se le concederá un plazo de cinco días hábiles para que aporte la citada documentación.
Cuando se trate de empresas pertenecientes a un Estado miembro de la Unión Europea y esta posibilidad este prevista en la legislación del Estado respectivo, esta certificación se podrá también sustituir por una declaración responsable otorgada ante una autoridad judicial.
La declaración responsable podrá presentarse conforme al modelo que se adjunta como Xxxxx XX.
09.2 Sobre 2: Propuesta Técnica y Mejoras
09.2.1. Propuesta técnica y profesional se acreditará mediante la presentación de una memoria de los servicios y trabajos realizados en los últimos tres años; así como una propuesta para la correcta aplicación del contrato. Asimismo, se deberá presentar una declaración de los recursos y equipo técnico de que se dispone.
09.2.2. Mejoras adicionales a la prestación del servicio.
09.3 Sobre 3: Oferta Económica
Proposición económica, formulada conforme al modelo que se adjunta como Anexo I.
En el precio propuesto estará desglosado del Impuesto sobre el Valor Añadido vigente, cualquier variación del tipo de IVA será aplicable a partir de su vigencia.
La proposición económica se presentará en caracteres claros o escrita a máquina, y no se aceptarán aquellas que contengan omisiones, errores, enmiendas o tachaduras que impidan conocer claramente el contenido de la oferta.
No se admiten ofertas variantes.
CLÁUSULA 10. -MODIFICACIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE EMPRESAS LICITADORAS
Si durante la tramitación del procedimiento y antes de la adjudicación se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una empresa licitadora o candidata por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquiriente del patrimonio, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia y clasificación en las condiciones exigidas en el presente pliego para poder participar en el procedimiento de adjudicación.
CLÁUSULA 11.-APERTURA Y EXAMEN DE OFERTAS
Finalizado el plazo establecido en el presente pliego en el anuncio para la presentación de ofertas, se procederá a la apertura del Sobre 1) de las ofertas recibidas dentro del plazo, al efecto de verificar que contengan la documentación acreditativa de la capacidad y solvencia para contratar y la aportación de la documentación exigida y de calificar la validez formal de la misma.
Seguidamente, y si es preciso, se comunicará a los licitadores (verbalmente o por medio alternativo que garantice la notificación) la existencia de defectos u omisiones subsanables, fijándose un plazo para que los licitadores puedan presentar la oportuna corrección. Este plazo no podrá ser nunca superior a tres días hábiles a contar desde la fecha de la referida comunicación.
No se considerará defecto subsanable la falta de presentación de la garantía ni la presentación de la misma por un medio diferente previsto en este pliego. Se considerarán no subsanables los defectos consistentes en la falta de los requisitos exigidos, y subsanables aquellos que hagan referencia a la mera falta de acreditación de los mismos.
Procederá la no admisión y exclusión del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que tengan defectos no subsanables o no hayan corregido los defectos en el plazo otorgado.
Además, se podrá solicitar del licitador aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios, lo que habrá de ser cumplimentado en el plazo de 3 días naturales.
Las proposiciones que correspondan a empresarios excluidos de la licitación quedarán fuera del procedimiento de adjudicación y los sobres que las contengan no serán abiertos.
Una vez abiertas las propuestas económicas (sobre 3), y comprobada la documentación incorporada por cada una de ellas, se indicará aquellas ofertas que han sido excluidas por no ajustarse a las bases explicitadas en este pliego.
1. Una vez revisada la documentación y verificada que la documentación administrativa presentada es válida o contiene defectos que se consideran subsanables y la económica, se podrá proceder, a la apertura de las propuestas técnicas presentadas por los empresarios admitidos a la licitación y contenidas en los respectivos sobres (Sobre 2).
2. Teniendo en cuenta, lo dicho anteriormente, se podrá solicitar informes que estime oportunos, y se procederá a realizar la propuesta de adjudicación.
CLÁUSULA 12.-ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
1. El órgano de contratación adjudicará el contrato mediante resolución motivada, que notificará a todos los candidatos o licitadores y se publicará en el Perfil del Contratante de la entidad. La adjudicación se habrá de producir en el plazo máximo de un mes a contar desde el siguiente de la apertura de las proposiciones. En este plazo el adjudicatario deberá presentar la documentación siguiente:
a) Alta del Impuesto de Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente y último recibo, siempre que sean actividades sujetas y no exentas del mencionado Impuesto.
b) Certificado específico de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias expedido por la Administración Tributaria.
c) Certificado positivo, emitido por el órgano competente, de encontrase al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
d) Certificado positivo emitido por el Ayuntamiento de Granada, acreditativo de la inexistencia de deudas con esta administración.
e) Garantía definitiva.
f) Documentos acreditativos de su aptitud para contratar.
2. En el supuesto de que no se aporte esta documentación, se dejará sin efecto la adjudicación y el órgano de contratación podrá optar entre una nueva puja o proceder adjudicar provisionalmente el contrato al siguiente licitador.
3. Las proposiciones presentadas, tanto las declaraciones admitidas como las excluidas sin abrir serán archivadas. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que hayan sido interpuestos, la documentación presentada quedará a disposición de los interesados.
El órgano de contratación de la entidad resolverá motivadamente sobre la adjudicación, adjudicando el contrato a la propuesta más ventajosa en su conjunto.
CLÁUSULA 13.-CRITERIOS DE VALORACIÓN
La adjudicación recaerá en la empresa licitadora que, en su conjunto, haga la proposición más ventajosa, teniendo en cuenta los siguientes criterios de adjudicación, y siendo la máxima valoración total de 100 puntos: 1. Mejor oferta económica para la prestación del servicio | Hasta un máximo de 50 puntos |
2. Propuesta Técnica. Memoria sobre la ejecución del contrato. | Hasta un máximo de 30 puntos |
3. Mejoras | Hasta un máximo de 20 puntos |
1. Propuesta Económica: Hasta un máximo de 50 puntos
A la mejor oferta se le asignará 50 puntos, al resto de forma proporcional.
2. Propuesta Técnica. Memoria sobre la ejecución del contrato: Hasta un máximo de 30 puntos.
La puntuación se asignará teniendo en cuenta el grado de cumplimiento de las características básicas solicitadas, las tecnologías propuestas en su memoria descriptiva, de acuerdo con el siguiente desglose: Valoración de la memoria hasta 20. Recurso materiales y personales de que se dispone asta 10 puntos .
3. Propuestas de Mejoras para la elaboración del Plan: Hasta un máximo de 20 puntos.
Mejoras adicionales hasta 20 puntos.
Se dará la máxima puntuación al licitador que oferte las mejoras más ventajosas, y al resto proporcionalmente.
CLÁUSULA 14.-GARANTÍA DEFINITIVA
El adjudicatario del concurso deberá constituir garantía definitiva de 6000 euros, en el plazo de 10 días desde que se le notifique la adjudicación del concurso y antes de la formalización del Contrato.
La devolución o cancelación de la garantía definitiva se realizará, una vez producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato, o resuelto éste por causas no imputables al contratista.
CLÁUSULA 15.-FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
1. Con la adjudicación del contrato éste quedará perfeccionado.
2. Una vez adjudicado, se procederá a notificar a todos los licitadores, y se publicará en el Perfil del Contratante.
3. El contrato se deberá formalizar por escrito, mediante documento privado firmado por las partes, en el término máximo de 30 días a contar desde la fecha de notificación.
4. En caso de que el contrato sea adjudicado a una unión de empresas, en cualquier régimen jurídico éstas habrán de acreditar su constitución en escritura pública dentro del plazo otorgado para la formalización del contrato y el CIF asignado a la unión y la representación, si procede.
5. La empresa adjudicataria no podrá ceder los derechos y obligaciones que se deriven del contrato y para poder subcontratar con terceros tendrá que contar con la autorización expresa y escrita de GEGSA. A los efectos del cumplimiento de las obligaciones dimanantes del contrato, se reputará a la empresa adjudicataria como única contratista, aunque se produzca la subcontratación consentida a que se refiere el párrafo anterior.
6. Póliza de Seguros. El adjudicatario queda obligado a suscribir con una compañía solvente una póliza de seguro que cubra cualquier responsabilidad civil por siniestro.
CLÁUSULA 16.-PROTECCIÓN DE DATOS
1. Incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, en el que se regula el derecho de información en los datos de carácter personal, y de acuerdo con su reglamento desarrollado, aprobado mediante R.D. 1720/2007 de 21 de diciembre, se deja constancia de los siguientes extremos:
a) La documentación requerida para licitar en el presente procedimiento que contenga datos de carácter personal, es necesaria para la participación en el mismo.
b) En relación con la documentación presentada por los licitadores que contenga datos de carácter personal de personas físicas (trabajadores, personal técnico, colaboradores, etc.), el licitador garantiza que ha obtenido previamente el consentimiento de las personas afectadas para facilitar la referida información a GEGSA, con la finalidad de licitar en el presente procedimiento.
c) La presentación de la oferta y la documentación solicitada implica que el licitador autoriza a GEGSA a tratar la referida documentación e información en el caso de que resulte adjudicatario en el marco de la adjudicación del contrato.
2. El contratista se obliga al cumplimiento de todo lo que establece la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y su Reglamento.
CLÁUSULA 17.-CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario no podrá utilizar para sí, ni proporcionar dato alguno de los trabajos contratados, ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos. Asimismo, deberá guardar reserva absoluta de la información obtenida en el desarrollo de los trabajos, salvo que medie autorización de GEGSA. En todo caso, los adjudicatarios serán responsables de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación; la cual será causa de resolución del mismo, con incautación de la garantía definitiva e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan de la cuantía de la misma.
CLÁUSULA 18.-RECLAMACIONES
Las reclamaciones a que pueda dar lugar este procedimiento serán resueltas por el órgano de contratación de GEGSA, sin perjuicio de las acciones civiles que los interesados puedan interponer tras la finalización del procedimiento de contratación, sometiéndose expresamente a los Juzgados y Tribunales de Granada.
EL DIRECTOR GERENTE DE GEGSA
Fdo.: Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxx Xxxxxx
ANEXO I
MODELO DE PROPOSICIÓN
D./ Xx. ................................................................................................................., con
domicilio en .................................................................................................., con NIF nº
.............................................., en nombre (propio o de la empresa que representa) y de la que se indica domicilio social en
........................................................................................................................... y CIF
................................. , visto el anuncio de licitación convocado por la Sociedad municipal Granada Eventos Globales, S.A. para la “Contratación del servicio de limpieza para las instalaciones Estadio Nuevo Los Cármenes y Xxxxxxx de Deportes” mediante concurso por procedimiento negociado sin publicidad, y enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación, se compromete en nombre (propio o de la empresa que representa) a efectuarlo con sujeción a las Bases de este concurso, por la cantidad de: Precio de la oferta (IVA excluido): _
Precio del IVA en la oferta:
(expresar claramente en letra y cifra la cantidad que se propone)
.....................................,.......... de de 2010.
(Fecha y firma del proponente)
ANEXO II
DECLARACIÓN RESPONSABLE
El abajo firmante D./Xx. En representación de
Declara:
1. Que ni la empresa (en adelante el licitador), ni sus administradores y/o representante se encuentran incursos en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 49 de la CSP.
2. Que el licitador se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y Comunidad Autónoma de Andalucía.
3. Que el licitador se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Granada.
4. Que el licitador se encuentra al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
5. Que el licitador acepta que la documentación solicitada en el presente pliego tiene carácter contractual.
Y a los efectos oportunos, se firma la presente
..................... de de 2010.
Firma:
CONTRATO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LAS INSTALACIONES XXXXXXX MUNICIPAL DE DEPORTES Y ESTADIO NUEVO LOS CARMENES ADSCRITAS A GEGSA
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS
1. Objeto del concurso.
El objeto del presente Pliego es la prestación del Servicio de Limpieza de las instalaciones adscritas a GEGSA (Estadio Nuevo Los Cármenes, Xxxxxxx Municipal de Deportes) y cualquier otra instalación que se adscribiera para su gestión por GEGSA.
2. Obligaciones generales del adjudicatario.
El licitador que resulte adjudicatario quedará obligado a efectuar todas las labores que se requieran, relacionadas con el objeto del presente contrato, de forma que quede siempre asegurada la perfecta utilización de todo el recinto, siguiendo las instrucciones que, al efecto, le sean cursadas por la Dirección de la instalación. El precio objeto de licitación incluirá celulosas, papel secamanos, jabón y todo el material de limpieza necesario para el óptimo funcionamiento del servicio.
3. Obligaciones especificas del adjudicatario
El adjudicatario realizará las funciones derivadas de las obligaciones reseñadas en la cláusula anterior, en base a los horarios y funciones que mas adelante se hacen constar, debiendo mantener el número suficiente de personas que permitan el correcto funcionamiento de las instalaciones, sin que se vulnere la normativa laboral y el Convenio Colectivo vigente.
Se exigirá a la empresa adjudicataria la necesidad de nombrar un Coordinador que será el interlocutor válido entre GEGSA y la empresa adjudicataria.
Todo el personal deberá estar dado de alta en la Seguridad Social, cumplirá la legislación vigente en materia laboral y presentará a la Dirección de la instalación cuantos documentos le sean requeridos en esta materia.
El personal que trabaje en la instalación deberá ir perfectamente aseado y uniformado y deberá contar con los medios de protección necesarios para el perfecto desarrollo de los trabajos que le sean encomendados.
4. Funciones del personal.
El servicio por parte de la empresa que resulte adjudicataria se prestará en el Xxxxxxx Municipal de Deportes y en el Estadio Nuevo Los Cármenes, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula primera.
4.1 Limpieza.
La responsabilidad principal de estos puestos, será la de efectuar todas las tareas de limpieza necesarias para poder ofrecer a los usuarios los diversos espacios de la instalación en perfectas condiciones higiénicas y de uso.
Los niveles de exigencia y distribución temporal en la ejecución de los trabajos de limpieza, tanto ordinarios como extraordinarios, serán los establecidos por la Dirección de la instalación. Dadas las especiales características de los trabajos a realizar, será el personal de limpieza el que deba realizar exclusivamente las labores específicas de este cometido. Los horarios a cubrir serán los que la instalación permanezca abierta, con carácter general, el horario normalizado será de 7 a 23,30 horas. No obstante, la Dirección tendrá la facultad de modificarlos, aumentando o reduciendo el personal en días o periodos de mayor o menor actividad, siempre comunicándolo a la empresa adjudicataria con la debida antelación.
4.2 Niveles de limpieza
- Limpieza de polvo en: despachos, oficinas, pasillos, etc… Mesas, sillas, puertas, ficheros, estanterías, etc…, huellas en mobiliario
- Vaciado y limpieza de: ceniceros, papeleras, escrupulosa limpieza en cuartos de aseo, servicios y vestuarios, para el mantenimiento de los mismos en perfectas condiciones higiénicas y sanitarias. Limpiezas de tiros de escaleras, pasamanos y ascensores.
- Suelos: barrido y fregado de suelos xx xxxxxx, terrazo, cerámica, sintéticos y otros.
- Limpieza en general: cepillado de butacas, sillas, sillones, etc., espejos (fregar y secar), dorados (pomos en puertas y metales en general).
- Limpieza utilizando cepillos o aspiradores de polvo en: paredes, techos, persianas, cortinas.
- Limpieza de aparatos de telefonía y puntos de luz.
- Limpieza tanto interior como exterior de: tubos fluorescentes, lámparas y apliques.
- Cristales de interior, cristales de exteriores (ventanas y puertas)
- Decapado y abrillantado de suelos, decapado de suelos encerados.
- Limpieza y conservación de suelos de pistas deportivas
- limpieza y conservación de los distintos pavimentos exteriores: adoquines, asfalto, slurry, etc…
No obstante, se incluirá en estos trabajos cualquier modificación indicada por el Jefe de Mantenimiento o la Dirección de la Instalación, siempre dentro del horario regular de limpieza.
6. Material necesario para la prestación del servicio.
Las máquinas y materiales necesarios para la prestación del servicio son los que vienen detallados en el Anexo I .
7. Exceso o defecto del marco del servicio.
La Dirección de la instalación, caso de que las necesidades de funcionamiento así lo requieran, podrá ordenar la realización de trabajos complementarios, accesorios que resulten necesarios.
En este caso, las órdenes vincularán al adjudicatario, sin que pueda negarse a su cumplimiento.
8. Plantilla.
El adjudicatario se compromete a disponer de la plantilla necesaria para la prestación del servicio de acuerdo con las condiciones establecidas en los presentes Pliegos de Cláusulas Particulares y de Prescripciones Técnicas.
9. Dirección.
Todos los trabajos de dirección, control y seguimiento de las labores objeto de la contrata se atribuyen a la Dirección de la instalación, quien podrá adoptar las medidas pertinentes que resulten necesarias con vistas a la correcta utilización de las instalaciones, aún cuando ello conlleve modificaciones de los horarios y obligaciones específicas señaladas en el presente pliego y se comunique con la suficiente antelación (siempre que ello sea posible).
10. Responsabilidades.
La empresa adjudicataria asumirá la total responsabilidad por cuantos daños, desperfectos o deterioros sean causados en las propias instalaciones, o en el material almacenado anexo, como consecuencia de culpa o negligencia, por parte del personal de su plantilla, así como los ocasionados a terceras personas.
Una vez cuantificados dichos daños, y previo informe del Director del Pabellón, GEGSA se resarcirá de su importe, con cargo a la fianza definitiva constituida al efecto.
Para responder de esta obligación la empresa adjudicataria deberá suscribir la correspondiente póliza aseguradora de los posibles riesgos. Igualmente debe tener a todo su personal informado y formado en materia de prevención de riesgos laborales, para lo cual emitirá certificado a GEGSA de lo expuesto.
12. Faltas y sanciones.
Las infracciones cometidas por el adjudicatario, así como su desobediencia a las instrucciones y órdenes, que le sean cursadas por la Dirección de la instalación, facultará a GEGSA para la imposición de sanciones, previa instrucción del oportuno expediente, en el que preceptivamente se dará audiencia al adjudicatario para que se formulen las alegaciones que estimen pertinentes en su defensa.
En caso de manifiesta reincidencia, o si la infracción pusiera en peligro la buena prestación del servicio, GEGSA podrá resolver el contrato suscrito con el adjudicatario.
13. Condición subrogatoria.
La empresa que resulte adjudicataria deberá absorber a las dos limpiadoras (cuya información consta en las oficinas de GEGSA), del personal contratado por la empresa que actualmente desempeña sus funciones en GEGSA, para la prestación del servicio objeto del contrato en régimen laboral y condiciones de trabajo no inferiores a las que vienen disfrutando.
EL JEFE DE MANTENIMIENTO
Fdo.: Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx
ANEXO I
MATERIALES Y MAQUINARIA NECESARIA PARA LIMPIEZA
Relación de maquinaria mínima, que la empresa adjudicataria deberá aportar para ejecutar los trabajos de limpieza:
Permanente.-
- Fregadora automática a baterías de gran rendimiento. Anchura de trabajo 100 cm.
Xxxxxxxxx de batería 480 A/ hora.
- Xxx xxxxxxxxx a baterías. Anchura de trabajo 100 cm, capacidad de baterías 260 A/hora.
- Tres aspiradoras de polvo tipo NILFISK GS-80 o similar.
- Un aspirador de polvo tipo NILFISK GS-82 o similar.
- Pequeños útiles formados por cubos tanque dobles, cubos tanque, sencillos, carritos, mopas, fregonas etc…, en número y cantidad suficientes.
Ocasional.-
- Una máquina abrillantadora industrial, para ejecutar al menos en una o varias fases, como mínimo 1000m2 de abrillantado semestral.
- Máquina elevapersonas o andamios homologados para trabajos de limpieza de elementos en altura: lámparas, cristales, techos, etc…