Contract
Partes De Un Contrato Internacional. El contrato de compraventa internacional se basa en el acuerdo entre dos partes (importador y exportador) domiciliados en dos países distintos que se comprometen al intercambio de una mercancía por el pago de un precio.En este contrato deben constar datos como el precio, la cantidad, incoterms (términos o reglas comerciales de uso habitual en el comercio exterior, publicados por la CCI y que establecen la distribución de riesgos, obligaciones y costes entre el exportador e importador en una compraventa internacional), la calidad, las especificaciones técnicas, el puerto de destino, etc.Contrato de compraventa internacionalEl contrato de compraventa internacional es cada vez más común ya que la compraventa internacional se ha convertido en un habitual en las empresas, puesto que es la forma que tienen de internacionalizarse y operar por todo el mundo.Este tipo de contrato está regulado por la Convención de las Naciones Unidas que tuvo lugar en Viena el 11 xx xxxxx de 1980. Este convenio, pactado por 75 países, específica que no es aplicable en mercancías para uso personal, es decir, familiar o doméstico, así como tampoco para compraventas realizadas en subastas. Además de la Convención de Viena, el marco regulatorio del contrato de compraventa internacional viene configurado por los Principios del Derecho Europeo de la Contratación y los Principios de los Contratos Comerciales Internacionales.En cuanto a la descripción de la mercancía que se lleva a cabo en el contrato de compraventa internacional, cuanto más detallada menor serán los problemas existentes a la hora de recibir la mercancía el comprador. Se debe incluir la cantidad y la calidad del producto, así como si contiene algo especial, la manera en la que se va a entregar y la presentación de la mercancía.En cuanto a las obligaciones que se deben tener en cuenta por parte tanto del vendedor (la empresa que exporta) como el comprador (la empresa que importa) son las siguientes:Las obligaciones del vendedor o exportador son: en primer lugar, la entrega de la mercancía; después transferir la propiedad; hacer entrega de los documentos relacionados con la mercancía tal y como se han establecido en el contrato de compraventa internacional y en la convención de Viena; el transporte si así se ha acordado en el contrato; y la identificación de las mercancías. Por su parte, las obligaciones del comprador o importador son: lo primero el pago de la mercancía y después el recibimiento de la misma. En el caso que el comprador no cumpla con sus obligaciones el vendedor deberá exigir al comprador el cumplimiento de las obligaciones, declarar terminado el contrato o exigir una indemnización por daños y perjuicios por incumplimiento del contrato.En definitiva, es conveniente ser consciente de todos los elementos fundamentales que han de ser acordados entre las dos partes (comprador y vendedor) en una compraventa internacional. La elaboración de un buen contrato de compraventa internacional de forma completa evitará la responsabilización innecesaria de algunos riesgos imprevistos y facilitará el desarrollo de la actividad internacional de la empresa. (Ninguna valoración todavía) En esencia, el contrato de compra venta sigue siendo un acuerdo o convenio entre dos o más partes, por medio del cual se establece un vínculo que genera derechos y obligaciones en forma recíproca, debe cumplir las características generales de los contratos de compra venta, es decir, que sea; principal, consensual, bilateral, oneroso, conmutativo y cuyo elemento indispensable para que se perfeccione será el consentimiento, en donde el vendedor se obliga a entregar la cosa y el comprador a pagar el precio fijado. ¿Qué es un contrato de compra venta internacional? Es un contrato que cumple en términos generales con las mismas características del contrato de compra venta, pero es el instrumento jurídico con el cual se concretan los convenios y acuerdos de compra venta de mercadería a nivel internacional, el marco legal que lo rige dependerá de cuales sean los actores que intervengan y establezcan los convenios o acuerdos, si son los Estados o si son empresas (multinacionales, Trasnacionales, etc). Para el caso, que quienes participen en la negociación sean los Estados, los contratos serán tutelados por lo establecido en la Convención sobre compra venta Internacional de Mercaderías hecha en Viena el 11 xx xxxxx de 1980, suscrita y ratificada por España y promulgada en el Boletín Oficial del Estado el 30 de enero de 1991. Adicionalmente asume en sus contrataciones internacionales, los acuerdos dispuestos por la OMC (Organización Mundial del Comercio), que es el organismo que se ocupa de emitir las normas que rigen el comercio internacional entre los países. La convención de Viena, cubre todos los contratos que se suscriben entre partes que se encuentren establecidas en distintos Estados y que se hayan adherido a la misma, allí no se define el contrato de compra venta internacional como tal, pero reitera, que es un contrato consensual, bilateral, oneroso y conmutativo en el cual una de las partes se obliga a entregar la cosa vendida y traspasar su propiedad y la otra parte se compromete a pagar por ellos un precio en dinero. ¿Cuál es el formato de un contrato de compra venta Internacional? El objeto del contrato de compra venta internacional es la mercadería, estos son bienes muebles de licito comercio que se intercambian. Debido a la evolución y el auge que éste ha tenido, los contratos internacionales de compra venta son cada vez más específicos, adaptándose al tipo de mercadería y las condiciones especiales en que se dan los convenios, a pesar de ello, permanecen algunas cláusulas generales que deben mantenerse y son recomendables para este tipo de contrato, estas son; Plena identificación de las partes; Nombres, domicilios, DNI personas naturales o CIF, cuando sean personas jurídicas. Capacidad legal y cualidad con la cual intervienen las partes en la contratación, se deben presentar los documentos que muestren el poder de representación en caso de personas jurídicas. Duración del contrato; para el caso en que se inicie una relación comercial a mediano o largo plazo, se debe especificar siempre la fecha de inicio y el final del contrato. Indique el precio, la divisa, la forma de pago y el plazo. Si se trata de un documento cambiario (letra de cambio o pagaré) revise que cumpla los requisitos del mismo para que pueda optar al procedimiento cambiario en su caso. Causales de extinción del contrato: Dentro de las clausulas se definen las causas por las cuales puede finalizar el contrato, ya sea por expiración del plazo establecido, por incumplimiento del contrato, extinción del preaviso convenido o cambios en alguna de las sociedades mercantiles que intervienen en el contrato, entre otras razones que se encuentren fundamentadas. Se debe dejar constancia en forma expresa el Tribunal competente o establecer las cláusulas de sometimiento a arbitraje: En caso de presentar inconvenientes que lleven a una disputa, es necesario tener claro que Tribunal solucionará el litigio y eventualmente, será ventajoso someterse a un arbitraje, en este caso se debe especificar (tipo de arbitraje y Tribunal arbitral competente). Garantías del cumplimiento: En el contrato se debe señalar el modo de asegurar el cumplimiento bien sea con garantías personales (como el aval o la fianza) o con garantías reales (como la hipoteca o la prenda) o fijando cláusulas penales. Legislación aplicable: en este punto se sugiere a las empresas españolas que elijan las leyes de España. Derogación de pactos anteriores: si existen contratos o convenios anteriores debe establecerse si queda derogado a partir de la firma del nuevo contrato. Mecanismos de revisión: Ya que se trata de comercio de Mercaderías, se deben establecer sistemas de revisión de precios, tomando como base para ello, los índices como el IPC o cotizaciones de monedas o materias primas internacionales. Cláusulas de confidencialidad. Pago de gastos e impuestos. Tomando en cuenta los riesgos que acarrea el tipo de comercio y que los traslados de las mismas se dan generalmente en largos trayectos, es importante prever a través de cláusulas adicionales los casos de fuerza mayor y todo lo relacionado a permisos y autorizaciones, así mismo la calidad, cantidad, especificaciones técnicas de la mercancía, forma de revisión de la calidad. Siempre los contratos se adaptaran a cada caso particular, sin embargo, deben definirse claramente los puntos mencionados. 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