Contract
Article 1. Aplicabilidad de estas condiciones
1.1 Estas condiciones son aplicables a todas las ofertas y acuerdos en las que Global Port Equipment provee al cliente bienes y/o servicios de cualquier naturaleza y bajo cualquier nombre.
1.2 En caso de conflicto entre el contenido del acuerdo firmado entre Global Port Equipment y el cliente y los presentes Términos y Condiciones, prevalecerán las estipulaciones del acuerdo.
Article 2. Ofertas
2.1 Todas las ofertas, consejos o información de cualquier otra índole no estarán sujetos a ningún compromiso, a no ser que Global Port Equipment haya dispuesto por escrito lo contrario.
2.2 Global Port Equipment garantiza la exactitud y la integridad de la información facilitada por él o en nombre de él en la que Global Port Equipment basa su oferta.
2.3 Los precios especificados en la oferta están basados en entrega xxxxxx fábrica, “ex works”, de acuerdo con los términos “Incoterms 2010”. En los precios no están incluidos el IVA ni el embalaje.
Article 3. Precio y pago
3.1 A todos los precios hay que aplicar el IVA como también otras tasas impuestas por parte de las autoridades. Salvo pacto en contrario, todos los precios son siempre en euros. Así mismo el cliente debe abonar todos los pagos en euros. Los pagos se efectuarán ingresando el importe en la cuenta bancaria de Global Port Equipment, a no ser que se acuerde otro modo de pago. Los pagos se abonarán dentro del plazo de catorce (14) días posteriores a la fecha de factura, a no ser que ambas partes lleguen a otro tipo de acuerdo.
3.2 Global Port Equipment está autorizado para exigir al cliente lo que, a su juicio, considere una suficiente garantía de pago. Así mismo Global Port Equipment está autorizado a exigir un pago anticipado. En caso de que el cliente no cumpliera con los requisitos anteriormente mencionados dentro del plazo estipulado, el cliente automáticamente incurrirá en xxxx. En este caso Global Port Equipment tendrá el derecho a disolver el acuerdo y reclamar daños y perjuicios.
3.3 El cliente no tiene derecho a ningún tipo de compensación, excepto en caso de quiebra de Global Port Equipment o si es de aplicación a Global Port Equipment el programa judicial de saneamiento de deudas.
3.4 La total reclamación de pago será exigible de inmediato en caso de que:
a. se haya infringido algún término de pago;
b. el cliente haya incurrido en quiebra o solicite suspensión de pagos;
c. las mercancías o créditos del cliente hayan sido embargados;
d. el cliente, siendo persona física, haya solicitado ser admitido en el programa judicial de saneamiento de deudas, haya sido sometido a tutela o haya fallecido.
3.5 En caso de que el cliente no abone los importes debidos o no los abone en el término acordado, deberá el uno por ciento (1%) de interés al mes sobre el importe descubierto, sin que sea necesaria la intimación o requerimiento formal. En caso de que el cliente después de una intimación o requerimiento formal permanezca moroso, Global Port Equipment podrá delegar la reclamación en cuyo caso el cliente estará obligado a satisfacer todos los gastos judiciales y extrajudiciales, incluidos todos los gastos generados por expertos externos, aparte del total del importe debido.
3.6 Global Port Equipment podrá repercutir en el cliente cualquier subida de los factores determinantes en el precio que surjan después de la firma del acuerdo en caso de que no se haya
Article 4. Plazo de entrega
4.1 Todos los plazos (de entrega) y fechas (de entrega) mencionados y acordados por Global Port Equipment han sido fijados según su xxxx saber y entender en base a la información de la que disponía Global Port Equipment a la hora de formalizar el contrato y tendrán únicamente un carácter indicativo, serán consideradas como fechas previstas y no vincularán a Global Port Equipment. Global Port Equipment se esfuerza dentro de lo razonable por cumplir al máximo los plazos (de entrega) límites y fechas (de entrega) límites. Global Port Equipment no está vinculado al plazo (de entrega) o la fecha (de entrega), sean límites o no, que ya no se puedan cumplir por circunstancias que van más allá de su control, surgidas después de la firma del acuerdo. Global Port Equipment tampoco está vinculado al plazo (de entrega) o a la fecha (de entrega), sean límites o no, en caso de que ambas partes acuerden una modificación del contenido o del volumen del acuerdo o una modificación en la manera de ejecutar el acuerdo. En caso de que sea inminente el incumplimiento de cualquier plazo, Global Port Equipment consultará con el cliente para tratar las consecuencias del incumplimiento respecto al desarrollo de la planificación.
Article 5. Transferencia de riesgo
5.1 La entrega se realizará xxxxxx fábrica, “ex works”, en el significado de las definiciones de los términos “Incoterms 2010”, a no ser que ambas partes acuerden lo contrario.
5.2 Independientemente de lo establecido en el anterior párrafo Global Port Equipment y el cliente podrán acordar que Global Port Equipment se encargue del transporte. También en este caso cargará el cliente con el riesgo del almacenamiento, la carga, el transporte y la descarga. El cliente podrá asegurarse contra estos riesgos.
5.3 En caso de un intercambio y que el cliente, a la espera de la entrega de un bien, continúe usando el bien, objeto del intercambio, el cliente seguirá cargando con el riesgo del bien objeto de intercambio hasta el momento en que lo entregue a Global Port Equipment.
Article 6. Fuerza mayor
6.1 Global Port Equipment no estará obligado a cumplir con ninguna obligación, incluida cualquier obligación de garantía acordada por ambas partes, en caso de que, como consecuencia de una fuerza mayor, este hecho impida su cumplimiento. Por fuerza mayor se entiende también: (i) el incumplimiento o el cumplimiento fuera de plazo de las obligaciones por parte de los proveedores de Global Port Equipment, (ii) condiciones meteorológicas, (iii) guerra, incendio, pérdida o robo, (iv) medidas administrativas, (v) fallos en el suministro eléctrico, (vi) fallos en el acceso a internet, en las facilidades de la red informática o de
telecomunicaciones, (vii) bloqueos, (viii) huelgas o interrupciones en el trabajo, (ix) restricciones a la importación o al comercio, (x) problemas generales de transporte y (xi) la indisponibilidad de uno o más empleados.
6.2 En caso de que una situación de fuerza mayor durase más de 6 meses, cada una de las partes tendrá el derecho a resolver el contrato por escrito. Se hará una liquidación proporcional por todo lo que ya se hubiera realizado en base al contrato, sin que las partes queden sujetas a nada más.
Article 7. Responsabilidad e indemnización
7.1 La responsabilidad total de Global Port Equipment debido a un incumplimiento culposo del acuerdo, o por cualquier otro concepto, incluido explícitamente también todo fallo en el cumplimiento de una obligación de garantía acordada con el cliente, está limitada a la indemnización de los daños directos hasta un importe máximo del precio pactado para ese mismo acuerdo (IVA no incluido). Sin embargo, la responsabilidad total de Global Port Equipment para los daños directos, por cualquier concepto, en ningún caso superará el importe asegurado por Global Port Equipment de un máximo de 500.000,00 € (quinientos mil euros).
7.2 La responsabilidad de Global Port Equipment por daños causados por muerte, lesiones o por daños materiales a bienes no superará nunca la cantidad de 1.250.000,00 € (un millón doscientos cincuenta mil euros).
7.3 Estarán excluidos de la responsabilidad de Global Port Equipment los daños indirectos, daños causados por el manejo de los bienes, daños consecuenciales, beneficios dejados de obtener, ahorros perdidos, pérdida de fondo de comercio, daños causados por interrupción del negocio, daños como consecuencia de reclamaciones de clientes del cliente, daños relacionados con el uso de bienes, materiales o software de terceros prescritos a Global Port Equipment por el cliente y daños relacionados con la contratación de proveedores prescritos a Global Port Equipment por el cliente. Así mismo Global Port Equipment queda excluido de responsabilidad ocasionada por daños, destrucción o pérdida de datos o documentos.
7.4 A no ser que el incumplimiento por parte de Global Port Equipment suceda de forma continuada existirá la responsabilidad del proveedor debido a un incumplimiento culposo de un acuerdo solamente si el cliente exige por escrito y sin dilación el cumplimiento, estableciendo un plazo razonable para reparar el fallo. Esta notificación deberá contener una descripción lo más completa y detallada posible del incumplimiento para que Global Port Equipment pueda responder adecuadamente.
7.5 La condición para que exista cualquier derecho a indemnización será siempre que el cliente notifique por escrito los daños en el menor tiempo posible, aunque, como muy tarde, dentro de los tres días siguientes a que se hubiesen producido los daños. Cualquier demanda de indemnización contra Global Port Equipment dejará de tener validez una vez que hayan transcurrido 24 meses después de que se haya producido la demanda.
7.6 El cliente libera a Global Port Equipment de todas las reclamaciones de terceros por responsabilidad del producto como consecuencia de un defecto en un producto o sistema que haya sido entregado por el cliente a un tercero y que incluya equipamiento, software u otros materiales suministrados por Global Port Equipment, a no ser que, y en la medida que el cliente demuestre que el daño ha sido causado por este equipamiento, software u otros materiales.
7.7 Lo estipulado en este artículo así como todas las demás restricciones y exclusiones de responsabilidad mencionadas en estos Términos y Condiciones extiende su validez en beneficio
de todas las personas (jurídicas) contratadas por Global Port Equipment para la ejecución de este acuerdo.
Article 8. Bienes cuya entrega haya sido denegada
8.1 En caso de que algunos bienes cuya entrega haya sido denegada vencido el plazo de entrega, estos quedarán a disposición de Global Port Equipment siempre que se haya efectuado el pago del importe total. Los bienes cuya entrega haya sido denegada serán almacenados por cuenta y riesgo del cliente. Los bienes cuya entrega haya sido denegada y cuyo importe no haya sido abonado en su totalidad quedarán a libre disposición de Global Port Equipment después de transcurrido un plazo de 30 días. En este caso los posibles pagos parciales o efectuados inicialmente no serán reembolsados.
Article 9. Reserva de dominio y derecho de prenda
9.1 Una vez efectuada la entrega, Global Port Equipment mantendrá su condición de propietario del bien entregado siempre que el cliente:
a. incumpla las obligaciones derivadas de este acuerdo u otros acuerdos firmados con Global Port Equipment o con personas físicas asociadas;
b. deje de pagar por trabajos realizados o todavía a realizar derivados de este tipo de acuerdos;
c. no haya satisfecho las reclamaciones que se deriven del incumplimiento de los acuerdos arriba mencionados, como daños, sanciones, intereses y gastos.
9.2 Mientras los bienes entregados sean objeto de reserva de dominio, el comprador no los podrá gravar fuera de las actividades ordinarias de la empresa.
9.3 Después de que Global Port Equipment invoque su reserva de dominio, podrá recuperar los bienes entregados. El cliente permitirá a Global Port Equipment el acceso al lugar en que se encuentran estos bienes.
9.4 En caso de que Global Port Equipment no pueda invocar su reserva de dominio por confusión, deformación o accesión de los bienes entregados, el cliente estará obligado a dar en prenda los bienes nuevamente formados.
Article 10. Derecho aplicable y tribunal competente
10.1 Los acuerdos entre Global Port Equipment y el cliente se regirán por el derecho holandés. Estará excluida la aplicación de la Convención de Viena de 1980 sobre compraventa internacional, así como también cualquier otra regulación internacional de la que esté permitida su exclusión.
10.2 El tribunal holandés en el distrito judicial de Ámsterdam será quien tenga la competencia para conocer cualquier conflicto entre las partes.