ABIERTO SÚPER-SIMPLIFICADO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MEDIACIÓN DE SEGUROS PRIVADOS PARA CIC biomaGUNE MEDIANTE PROCEDIMIENTO
ABIERTO SÚPER-SIMPLIFICADO
I. DISPOSICIONES GENERALES
1. OBJETO DEL CONTRATO
1.1. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato y factores a tener en cuenta: El presente contrato tiene por objeto la prestación a la Asociación Centro de Investigación Cooperativa en Biomateriales (en adelante, CIC biomaGUNE) de los servicios de mediación en operaciones de seguro, en cualquiera de sus fases, preparatoria y de seguimiento, así como la posterior asistencia al tomador de los seguros, los asegurados y a los beneficiarios, según las necesidades que se planteen, debiendo el adjudicatario asumir la asistencia y asesoramiento en los siniestros que permanezcan abiertos en el momento de la adjudicación.
Dichos servicios se prestarán por un Corredor de Seguros o Correduría de Seguros, de acuerdo con lo previsto en la Ley 26/2006, de 17 de julio, reguladora de la actividad de mediación de seguros y reaseguros privados, conforme a las especificaciones recogidas en las prescripciones técnicas particulares.
1.2. División por lotes:
Teniendo en cuenta las distintas pólizas de seguros contratadas por CIC biomaGUNE sobre las que han de realizarse los servicios de mediación, y la especificidad de las mismas, se distribuye el objeto del presente contrato a los efectos de la licitación en los siguientes lotes:
a) LOTE 1: Servicios de mediación para la Póliza Multirriesgo Empresarial.
b) LOTE 2: Servicios de mediación para la Póliza Responsabilidad Civil de la Actividad.
c) LOTE 3: Servicios de mediación para la Póliza de Seguro de Accidentes Colectivo y Asistencia sanitaria.
d) LOTE 4: Póliza de Seguro de Responsabilidad Medioambiental
e) LOTE 5: Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil de Administradores y Directivos
Los licitadores tendrán que presentar oferta para la totalidad de los lotes. En el caso de que en un lote existan varias pólizas a mediar deberá presentarse obligatoriamente oferta a todas ellas.
1.3. CPV: 66518100-5 "Servicios de corretaje de seguros".
66519310-7 "Servicios de asesoramiento en materia de seguros".
1.4. Expediente Nº: 2018.01.SERV - Servicios de mediación de seguros privados en CIC biomaGUNE
2. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO
El presente contrato se califica como contrato privado. El contrato se regirá por lo establecido en este pliego así como en el Pliego de Prescripciones Técnicas, que tienen carácter contractual.
Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por (i) la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP), (ii) el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público (iii) y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre (RGLCAP), en cuanto no se oponga a lo establecido en la LCSP. Supletoriamente, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo si fueran de aplicación o, en su caso, las de derecho privado.
3. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y PRECIO DEL CONTRATO
3.1. El valor estimado para la duración completa del contrato, incluidas las posibles prórrogas y modificaciones que, en su caso, pudieran acordarse, y para la totalidad de los servicios incluidos en este documento es el establecido en el apartado 3 del Anexo I.
3.2. El presupuesto base de licitación para la vigencia inicial del contrato es el establecido en el apartado 3 del Anexo I. Serán excluidas aquellas ofertas que superen el presupuesto base de licitación.
3.3. El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo, e incluirá, como partida independiente el IVA.
3.4. En dichos importes se incluyen todos los factores de valoración y gastos que para la correcta y total ejecución del contrato deben tenerse en cuenta, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
4. PLAZO DE VIGENCIA
El plazo de vigencia del contrato será el indicado en el apartado 8 del Anexo I.
5. PERFIL DEL CONTRATANTE
El acceso al perfil de contratante del órgano de contratación se efectuará a través de la siguiente página web:
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx/x00-xxxx/xx
En el perfil del contratante se publicarán los datos e informaciones que correspondan de conformidad con lo establecido en el art. 63 de la LCSP.
II. LICITACIÓN
6. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
6.1. El contrato se adjudicará por procedimiento abierto súper-simplificado mediante una pluralidad de criterios, según resulta de lo especificado en el apartado 5 del Anexo I, en virtud de los artículos de la LCSP que resulten de aplicación.
6.2. Los criterios que servirán de base para la adjudicación del contrato serán los previstos en el apartado 7 del Anexo I del presente pliego.
7. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL EMPRESARIO PARA CONTRATAR
Se exime a los licitadores de la acreditación de solvencia económica y financiera y técnica o profesional.
8. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Las proposiciones se presentarán en la forma, plazo y lugar indicados en el anuncio de licitación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 80 del RGLCAP.
En el perfil de contratante de xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx/x00-xxxx/xx CIC biomaGUNE se ofrecerá la información relativa a la convocatoria de licitación de este
contrato, incluyendo los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescricpciones técnicas, así como la documentación complementaria, en su caso.
Cada empresario no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes o mejoras, cuando así esté previsto. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La contravención de estas prohibiciones dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas.
La presentación de proposiciones supone, por parte del empresario, la aceptación La presentación de proposiciones supone, por parte del empresario, la aceptación incondicional del PCAP y del PPT que rigen el presente contrato.
La contravención de cualquiera de las prohibiciones anteriores dará lugar a la inadmisión de todas las proposiciones suscritas por el empresario.
9. FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
Las proposiciones se presentarán en un ÚNICO SOBRE, cerrado y firmado por el licitador o persona que lo represente, debiendo figurar en el exterior el número de referencia y la denominación del contrato al que licitan así como el lote concreto, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF o CIF, dirección completa, número de teléfono, fax, correo electrónico y persona de contacto.
En el interior del sobre se hará constar una relación numérica de los documentos que contienen.
En el caso de que el empresario envíe su proposición por correo postal, deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar a CIC biomaGUNE la remisión de la oferta mediante telefax o correo electrónico en el mismo día a la siguiente dirección: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xx
El anuncio mediante correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la trasmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario.
Sin la concurrencia de ambos requisitos, la documentación no será admitida si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
El sobre contendrá la siguiente documentación:
La proposición económica y otros criterios evaluables de fórmula automática, redactada conforme al modelo fijado en el Anexo II al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que CIC biomaGUNE estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto máximo de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por el órgano de contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido.
En el caso de que el órgano de contratación estimase que la oferta no pueda ser cumplida como consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionados, la oferta será desechada, en su caso, tras el cumplimiento de los trámites legalmente establecidos.
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal se seguirá el procedimiento establecido en el artículo 149 de la LCSP.
En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
En el SOBRE deberá incluirse un soporte duradero, entendiendo por tal cualquier soporte que permita al órgano de contratación guardar y archivar la información durante la licitación. A estos efectos se consideran soportes duraderos: las memorias USB, las tarjetas de memoria y los discos duros de ordenador, no así el CD o DVD.
El soporte duradero deberá contener una copia electrónica de la proposición económica y otros criterios evaluables de fórmula automática que ha sido presentada en formato papel.
En caso de que haya contradicción entre la oferta presentada en papel y en cualquier otro soporte duradero, prevalecerá lo consignado en papel, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, el órgano de contratación adopte otra postura.
10. CONFIDENCIALIDAD DE LAS PROPOSICIONES Y NOTIFICACIONES POR CORREO ELECTRÓNICO
Las empresas licitadoras, si procede, tendrán que indicar, mediante una declaración complementaria a entregar en el sobre, qué documentos y datos presentados son, según su parecer, confidenciales, tal como se señala en el artículo 133 de la LCSP. El modelo de
declaración se adjunta como Xxxxx XXX al presente pliego. El deber de confidencialidad no podrá extenderse a todo el contenido de la oferta del adjudicatario.
Asimismo, las empresas licitadoras podrán incluir en el sobre la autorización que se adjunta como Anexo IV para recibir notificaciones por correo electrónico.
11. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA, VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, el órgano de contratación lo comunicará a los interesados, mediante telefax, correo electrónico o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndose un plazo no superior a tres (3) días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios.
A la vista de las ofertas presentadas y de las valoraciones realizadas de conformidad con los criterios de adjudicación establecidos en el apartado 7 del Anexo I, el órgano de contratación determinará el licitador que haya presentado la mejor relación calidad-precio.
El contrato se formalizará mediante la firma de aceptación por el contratista de la resolución de adjudicación.
La adjudicación se notificará a los licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante de CIC biomaGUNE.
III. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
12. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo, a lo establecido en el presente pliego y en el pliego de prescripciones técnicas, y de acuerdo con las instrucciones que, para su interpretación, diera CIC biomaGUNE al contratista.
El adjudicatario se obligará a prestar el servicio objeto del contrato al precio ofertado.
El contratista quedará sujeto a las medidas de seguridad que se apliquen en CIC biomaGUNE.
CIC biomaGUNE será del todo ajeno a las relaciones de cualquier índole que existan entre el adjudicatario y el personal con el que cuente aquél para la ejecución del contrato. El contrato no supondrá, en ningún caso, la existencia de relación laboral entre CIC biomaGUNE y el personal del adjudicatario.
El contratista estará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de salud laboral.
La empresa contratista está obligada a guardar sigilo respecto de los datos y antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, tanto durante la vigencia del contrato como después de su terminación.
13. PLAZO DE VIGENCIA Y PRÓRROGA DEL CONTRATO
El contrato estará vigente durante el plazo establecido en el apartado 8 del Anexo I de este pliego.
El cómputo del plazo para la ejecución del contrato se iniciará el día que se indique o el siguiente al de la formalización de aquél.
El contrato podrá ser prorrogado antes de finalizar su vigencia, si así se indica en el apartado 8 del Anexo I al presente pliego.
La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario.
14. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El órgano de contratación podrá acordar, una vez perfeccionado el contrato, modificaciones en él cuando sean consecuencia de causas imprevistas, justificándolo debidamente en el expediente. Estas modificaciones no podrán afectar a las condiciones esenciales del contrato. Las modificaciones acordadas por las causas señaladas en los apartados anteriores serán obligatorias para la empresa contratista que no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna aun cuando supongan una supresión o reducción de algunas de las prestaciones objeto del contrato.
15. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
Lo referente a cesión y subcontratación se regulará según lo establecido en el apartado 10 del Anexo II.
16. PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES CONTRACTUALES
Salvo que expresamente se hubieren establecido otras penalidades distintas en el apartado 9 del Anexo I del presente pliego, CIC biomaGUNE podrá imponer las siguientes penalidades al contratista:
Penalidades por cumplimiento defectuoso
En el caso de cumplimiento defectuoso de las prestaciones objeto del contrato se aplicarán, con independencia de la obligación que legalmente incumbe al contratista en cuanto a la reparación o subsanación tales defectos, las penalidades proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10% del presupuesto del contrato.
Penalidades por demora
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, CIC biomaGUNE podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, CIC biomaGUNE estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
El importe de las penalidades se hará efectivo, en primer lugar, sobre la garantía, y si la misma resulta insuficiente, se irán haciendo deducciones de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista.
La aplicación y pago de penalidades no excluye la indemnización por daños y perjuicios a que puede tener derecho CIC biomaGUNE originada por la demora del contratista.
17. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN
Condiciones laborales
a) La empresa contratista respecto al personal que emplee en la realización del trabajo adjudicado, está obligada al exacto cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de Seguridad Social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales y, con respecto a estas últimas, de formación social, comprometiéndose a que por
parte de la empresa subcontratista –en su caso– se cumpla la legislación vigente en materia laboral respecto a sus trabajadores/as.
b) La empresa contratista está obligada a que el trabajo, tanto en su empresa como con las empresas que subcontrate, en su caso, se desempeñe en condiciones dignas, siéndoles de aplicación a las personas trabajadoras el convenio del sector que forman parte, especialmente en cuanto a subrogación del personal se refiere.
c) La empresa contratista reconoce expresamente tener el conocimiento, la capacidad, los recursos y medios necesarios para cumplir y hacer cumplir todas las disposiciones y normas que resulten de aplicación para la ejecución del Contrato en materia de Higiene, Seguridad y Medio Ambiente, manteniendo indemne a CIC biomaGUNE, frente a cualquier reclamación derivada de incidentes acaecidos en relación con tales materias con ocasión de la ejecución del Contrato.
d) La empresa contratista debe proveer a todo su personal con los equipos de protección personal homologados que sean de aplicación según el plan de prevención de riesgos laborales derivado del análisis de riesgos realizado para los trabajos objeto del Contrato, asegurándose de que tal personal ha recibido la formación necesaria en el uso de tales equipos.
e) La empresa contratista deberá, a requerimiento de CIC biomaGUNE, presentar toda la documentación que acredite el cumplimiento de aquellas obligaciones que deban o puedan estar documentadas.
f) Corresponderán al contratista, y serán de su cargo, todos los costes en que incurra para la ejecución del contrato.
Obligaciones de la empresa contratista en relación al personal adscrito a la prestación del servicio
1. El personal adscrito a la prestación del servicio dependerá exclusivamente de la empresa contratista, única que ostentará los derechos y obligaciones inherentes a su condición de empleadora.
2. Corresponderá exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en los pliegos (en los casos en que se establezcan requisitos específicos de titulación y experiencia) formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de la “entidad contratante” del cumplimiento de aquellos requisitos.
3. La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a
no alterar el buen funcionamiento del servicio (cuando existan razones que justifiquen esta exigencia), informando en todo momento a la «entidad contratante».
4. La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a toda empresa. En particular asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones del personal en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre las partes empleada y empleadora.
5. La empresa contratista velará especialmente porque el personal adscrito a la ejecución del contrato desarrolle su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato.
Condiciones en materia de medio ambiente.
La empresa contratista evitará que sus operaciones o las de sus Subcontratistas tengan un impacto negativo sobre el medio natural o sobre la vida animal y vegetal, y tomará las medidas necesarias para anular o reducir al mínimo cualquier incidencia que pudiera surgir durante tales operaciones.
Condiciones sociales de igualdad de mujeres y hombres.
La empresa contratista deberá cumplir los principios y obligaciones establecidos en la Ley 4/2005, de 18 de febrero, del Parlamento Xxxxx, para la igualdad de Mujeres y Hombres; y en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
La empresa contratista garantizará que en toda documentación, publicidad, imagen o materiales se emplee un uso no sexista del lenguaje, evitara cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y se fomentará una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.
IV. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
18. ABONO DEL PRECIO
El contratista tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos establecidos en el contrato, con arreglo al precio convenido. En el apartado 11 del Anexo I del presente pliego se estipula la forma y condiciones de pago para este contrato.
19. REVISIÓN DE PRECIOS
En la revisión de precios se estará a lo especificado en el apartado 12 del Anexo I del presente pliego.
20. OBLIGACIONES, GASTOS E IMPUESTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA
El contratista vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA, el impuesto que por la realización de la actividad pudiera corresponder y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante su vigencia, sin que por tanto puedan ser éstos repercutidos como partida independiente.
El contratista deberá respetar, durante el plazo indicado en el apartado 13 del Anexo I al presente pliego, el carácter confidencial de la información a que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, la cual se especifica, en su caso, en el mismo apartado, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.
21. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR DAÑOS Y PERJUICIOS
El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios, directos o indirectos que se causen a CIC biomaGUNE y a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución de este contrato.
El contratista deberá tener suscritos los seguros obligatorios, así como un seguro de responsabilidad civil que cubra las eventuales responsabilidades que se deriven de la ejecución del contrato. En concreto, el contratista deberá tener suscrita una póliza de Responsabilidad Civil Profesional con cobertura suficiente, a criterio de CIC biomaGUNE, para atender todos los posibles riesgos derivados de la ejecución del contrato y deberá mantener en vigor dicha póliza durante la vigencia del presente contrato.
En caso de que la cobertura de la póliza contratada no fuera suficiente para satisfacer los daños ocasionados, y en caso de que CIC biomaGUNE resultara asimismo condenada a indemnizar dichos daños, el contratista se obliga a restituir a CIC biomaGUNE la indemnización abonada y éste podrá deducir el importe de dicha indemnización de cualquier cantidad que CIC biomaGUNE adeude por cualquier concepto al contratista.
CIC biomaGUNE podrá solicitar en todo momento que el contratista acredite documentalmente la contratación, el pago, el contenido y la vigencia de los citados seguros.
V. CONCLUSIÓN DEL CONTRATO
22. TERMINACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se extinguirá por su conclusión o cumplimiento o por su resolución. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando, transcurrido su plazo de vigencia más las prórrogas, en su caso acordadas, aquél haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de CIC biomaGUNE, la totalidad de su objeto.
23. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Son causas de resolución del contrato las establecidas en este Pliego:
- La falta de cumplimiento en tiempo y forma por parte del adjudicatario de los requerimientos que hubieran sido notificados por CIC biomaGUNE.
- No prestar el servicio conforme a lo requerido en este pliego y en el de prescripciones técnicas.
- El incumplimiento de las limitaciones establecidas en materia de subcontratación, sin perjuicio de las penalidades que, en su caso, se pudieran imponer.
- El incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución.
- El incumplimiento de la obligación del contratista de respetar el carácter confidencial de los datos que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
- El incumplimiento por el adjudicatario de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
- El resto de causas legalmente establecidas que resulten de aplicación.
En los casos de resolución por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar a CIC biomaGUNE los daños y perjuicios ocasionados.
VI. JURISDICCIÓN COMPETENTE
El presente contrato tiene carácter privado. No obstante, será el orden jurisdiccional contencioso-administrativo el competente para resolver las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este contrato. Corresponderá al orden
jurisdiccional civil las cuestiones que se planteen con relación a la ejecución, efectos y extinción del contrato, sometiéndose las partes, con expresa renuncia a cualquier fuero que pudiera corresponderles, a los Juzgados y Tribunales de Donostia-San Xxxxxxxxx.
En el caso de interposición de recurso especial en materia de contratación previsto en el artículo 47 de la LCSP, entenderá de tales recursos el Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la Comunidad Autónoma de Euskadi creado por la Ley 5/2010, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2011.
ANEXO I CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
TÍTULO: CONTRATO DE SERVICIO DE MEDIACIÓN DE SEGUROS PRIVADOS PARA CIC biomaGUNE MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO SÚPER-SIMPLIFICADO
1.- Definición del objeto del contrato
El presente contrato tiene por objeto la prestación a la Asociación Centro de Investigación Cooperativa en Biomateriales (en adelante, CIC biomaGUNE) de los servicios de mediación en operaciones de seguro, en cualquiera de sus fases, preparatoria y de seguimiento, así como la posterior asistencia al tomador de los seguros, los asegurados y a los beneficiarios, según las necesidades que se planteen, debiendo el adjudicatario asumir la asistencia y asesoramiento en los siniestros que permanezcan abiertos en el momento de la adjudicación.
Dichos servicios se prestarán por un Corredor de Seguros o Correduría de Seguros, de acuerdo con lo previsto en la Ley 26/2006, de 17 de julio, reguladora de la actividad de mediación de seguros y reaseguros privados, conforme a las especificaciones recogidas en las prescripciones técnicas particulares.
CPV: 66518100-5 "Servicios de corretaje de seguros".
66519310-7 "Servicios de asesoramiento en materia de seguros".
Expediente Nº: 2018/01/SERV - Servicios de mediación de seguros.
2.- Dirección del Órgano contratante
CIC biomaGUNE
Parque Tecnológico de San Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx 000, xxxxxxxx X
00000 Xxx Xxxxxxxxx
3.- Valor estimado del contrato. Presupuesto base de licitación y Precio del contrato.
3.1. El valor estimado del contrato, calculado conforme al artículo 101 de la LCSP, es de 4.249,42 € euros (IVA excluido), teniendo en cuenta la duración inicial del contrato y las posibles prórrogas.
El valor estimado de este contrato se ha calculado considerando el importe anual de gasto en primas de seguro durante la anualiad 2017 que se detalla a continuación por xxxxx, encontrándose incluído en este importe la cuantía de los honorarios que percibió la correduría adjudicataria.
Prima Neta | Tributos y Consorcios | ||
LOTE 1 | Póliza Multirriesgo Empresarial. | 10.855,84 € | 9.091,58 € |
LOTE 2 | Póliza Responsabilidad Civil de la Actividad. | 5.424,99 € | 373,64 € |
LOTE 3 | Póliza de Seguro de Accidentes Colectivo y Asistencia sanitaria. | 3.132,05 € | 213,45 € |
LOTE 4 | Póliza de Seguro de Responsabilidad Medioambiental | 1.696,40 € | 104,33 € |
LOTE 5 | Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil de Administradores y Directivos | 1.417,64 € | 119,08 € |
22.526,92 € | 9.902,08 € | ||
32.429,00 € |
3.2. El presupuesto máximo de licitación (IVA excluido) para la totalidad de los lotes es de 4.249,42 €. No se establece un importe máximo por lote, pudiendo el licitador adaptar el presupuesto máximo de licitación de la licitación según lo considere para los distintos lotes siguientes:
LOTE 1 | Póliza Multirriesgo Empresarial. |
LOTE 2 | Póliza Responsabilidad Civil de la Actividad. |
LOTE 3 | Póliza de Seguro de Accidentes Colectivo y Asistencia sanitaria. |
LOTE 4 | Póliza de Seguro de Responsabilidad Medioambiental |
LOTE 5 | Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil de Administradores y Directivos |
Todas aquellas ofertas que presenten precio superior al precio de referencia marcado para cada uno de los lotes serán desechadas.
3.3. El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo, e incluirá, como partida independiente, el Impuesto sobre el Valor Añadido.
3.4. En dicho importe se incluyen todos los factores de valoración y gastos que para la correcta y total ejecución del contrato deban tenerse en cuenta, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
4.- Contrato sujeto a regulación armonizada: No
5.- Procedimiento de adjudicación
El procedimiento de adjudicación se realizará mediante tramitación ordinaria por procedimiento abierto súper-simplificado y mediante la aplicación de los criterios de adjudicación establecidos en el apartado 8 de este Anexo.
6.- Documentación a presentar en relación con los criterios de adjudicación del contrato
Los licitadores deberán aportar los documentos que acrediten los siguientes puntos:
Proposición económica y otros criterios evaluables de forma automática
Se incluirá la siguiente documentación, según modelo del Anexo II:
Precio total, IVA excluido.
Aplicativo informático on line.
Envío de documentación (facturas….) vía telemática.
7.- Criterios de adjudicación
Proposición económica y otros criterios evaluables de fórmula automática (100 puntos)
ITEM | Valor máximo |
1. Precio total | 80 puntos |
2. Aplicativo informático on line | 10 puntos |
3. Envío de documentación (facturas….) vía telemática | 10 puntos |
1. La mayor puntuación de 80 puntos se asignará a la mayor baja ofertada, que no se considere desproporcionada, expresada en porcentaje, respecto al precio de licitación del servicio.
El resto de ofertas se valorarán aplicando la siguiente fórmula: PUNTOS= 80 x BO/BMO
Siendo:
BO: Baja ofertada analizada
BMO: Mejor Baja económica presentada
* Si el precio ofertado por el licitador no mejora el presupuesto base/máximo de licitación, porque lo iguala (no hay bajada), la puntuación será de 0.
2. Aplicativo informático on line
Los licitadores que posibiliten el acceso y la visualización online desde el propio CIC biomaGUNE a la información referente a las pólizas y recibos contratados y gestionados a través de la correduría, incluida la gestión de siniestros, mediante la correspondiente aplicación informática, sin coste adicional alguno para CIC biomaGUNE, obtentrán una puntuación de 10 puntos.
3. Envío de documentación (facturas…) por vía telemática.
Los licitadores que den la posibilidad de acceder a las facturas y demás documentación vía web o email obtendrán 10 puntos.
8.- Plazo de vigencia
El plazo de vigencia del contrato será de UN (1) año. El contrato entrará en vigor a partir del 1 xx xxxxx de 2018.
9.- Penalidades
No proceden otras distintas a las indicadas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
10.- Cesión y subcontratación
No procede.
11.- Régimen de pagos y facturación
Por los servicios prestados el adjudicatario remitirá facturas mensuales a la dirección de correo electrónico xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xx.
La factura se emitirá a nombre de:
Asociación Centro de Investigación Cooperativa en Biomateriales – CIC biomaGUNE Parque Científico y Tecnológico de Gipuzkoa
Xxxxx Xxxxxxx 000
00000 Xxxxxxxx-Xxx Xxxxxxxxx (Xxxxxxxx) CIF: X00000000
En todo caso, las facturas tienen que respetar la normativa vigente recogida en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
Se abonarán mediante transferencia bancaria en el plazo máximo de 60 días naturales siguientes a la recepción de la factura (días de pago 10 y 26 de cada mes).
12.- Revisión de precios
Atendidas las características del contrato, no se contempla la revisión de precios.
13.- Información sobre el contrato cuyo carácter confidencial debe respetar el contratista
El adjudicatario queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato, especialmente los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que figura en este documento, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación.
Plazo durante el cual deberá mantener el deber de respetar el carácter confidencial de la información: 5 años.
14.- Garantía
No se establece.
ANEXO II
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA
D./Xx................................................................, con DNI número en
nombre (propio) o actuando en representación de (empresa que representa...................................................................con CIF/NIF con
domicilio social en........................................................... al objeto de participar en la licitación para la adjudicación del contrato de servicios de mediación de seguros privados, convocado por CIC biomaGUNE, manifiesta lo siguiente:
I.- Que declara conocer las condiciones, requisitos y obligaciones establecidos en los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas, cuyo contenido conoce y acepta plenamente.
II.- Que hace constar expresamente que en el cálculo de la oferta se han considerado todos los elementos necesarios para el cumplimiento del contrato, de acuerdo con lo previsto en los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas.
Asimismo, en las cantidades ofertadas se incluyen todos los posibles gastos así como cualquier impuesto, tasa o gravamen que sea de aplicación al presente contrato, excluido el Impuesto del Valor añadido que se reflejará como partida independiente.
III.- Que, se compromete, en nombre propio o de la empresa que representa, a ejecutar la prestación a la que licita, con estricta sujeción a los requisitos y condiciones exigidas, por un importe total (IVA EXCLUIDO) de:
Lote nº 1: Póliza Multirriesgo Empresarial € (en letra y número)
Lote nº 2: Póliza Responsabilidad Civil de la Actividad € (en letra y número)
Lote nº 3: Póliza de Seguro de Accidentes Colectivo: € (en letra y número)
Lote nº 4: Póliza de Seguro de Responsabilidad Medioambiental: ………………. € (en letra y número)
Lote nº 5: Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil de Administradores y Directivos:
………………. € (en letra y número)
Que el licitador presenta oferta para la totalidad de los lotes incluidos en el contrato.
IV.- Que tiene habilitado un aplicativo informático on line para que desde el propio CIC biomaGUNE puedan visualizar la información referente a las pólizas y recibos contratados y gestionados a través de la correduría, incluida la gestión de siniestros: Sí/No
V.- Que el seguimiento de la documentación (facturas….) puede realizarse de forma telemática, vía web o email: Sí/No
En ……………, a …… de de 20…
(Lugar, fecha y firma del licitador) Fdo.
ANEXO III
DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD DE LOS DATOS Y/O DOCUMENTOS PRESENTADOS
D./Xx................................................................, con DNI número en
nombre (propio) o actuando en representación de (empresa que representa...................................................................con CIF/NIF con
domicilio social en........................................................... al objeto de participar en la licitación para la adjudicación del contrato de servicios de mediación de seguros privados, convocado por CIC biomaGUNE, manifiesta lo siguiente:
DECLARO
Que los documentos y datos presentados en el Sobre 1 que considera de carácter confidencial son los que a continuación se relacionan:
- ……………………………..
- ………………………….
- …………………………..
En ……………, a …… de de 20…
(Lugar, fecha y firma del licitador)
ANEXO IV
AUTORIZACIÓN PARA EFECTUAR NOTIFICACIÓNES POR CORREO ELECTRÓNICO
D./Xx................................................................, con DNI número en
nombre (propio) o actuando en representación de (empresa que representa...................................................................con CIF/NIF con
domicilio social en........................................................... al objeto de participar en la licitación para la adjudicación del contrato de servicios de mediación de seguros privados, convocado por CIC biomaGUNE, manifiesta lo siguiente:
AUTORIZA a CIC biomaGUNE a efectuar las notificaciones y comunicaciones que se deriven de este expediente a la siguiente dirección de correo electrónico: ……………………………………….
En ……………, a …… de de 20…
(Lugar, fecha y firma del licitador)
Fdo.: