PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR PARA LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO , DEL CONTRATO PRIVADO PARA LA GESTIÓN, ORGANIZACIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS FESTEJOS TAURINOS A CELEBRAR CON MOTIVO DE LAS FIESTAS PATRONALES DE NTRA....
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR PARA LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO , DEL CONTRATO PRIVADO PARA LA GESTIÓN, ORGANIZACIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS FESTEJOS TAURINOS A CELEBRAR CON MOTIVO DE LAS FIESTAS PATRONALES DE NTRA. XXX. XXX XXXXXXX DE 2012, EN BOADILLA DEL MONTE
1ª.- OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del contrato es la Gestión, Organización y Ejecución de los Festejos Taurinos a celebrar en Boadilla del Monte con motivo de las Fiestas Patronales de Ntra. Xxx. xxx Xxxxxxx los días 6, 7 y 8 de octubre de 2012.
No obstante lo dispuesto anteriormente, podrán ser alteradas las fechas, en función de lo que acuerde en su día la Concejalía de Fiestas u órgano competente.
El adjudicatario, por su propia y única cuenta, se compromete a cumplir estrictamente todas y cada una de las obligaciones recogidas en las Prescripciones Técnicas y Administrativas del presente Pliego, con expreso acatamiento de las disposiciones en vigor, sobre contratación y demás preceptos de pertinente aplicación al caso.
2ª NECESIDADES ADMINISTRATIVAS
La fiesta de los toros se configura como una manifestación de interés público, con gran arraigo popular y profundas raíces históricas. Estos elementos justifican la realización de la Xxxxx Xxxxxxx de Boadilla del Monte. El Ayuntamiento de Boadilla del Monte pretende con la contratación del servicio objeto del presente pliego mantener y potenciar esta tradición.
3ª. DESIGNACION DE RESPONSABLE DEL CONTROL DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Para el control de la ejecución del contrato exclusivamente de la parte técnica de infraestructuras se designará al Técnico firmante del presente pliego.
4ª.- DESARROLLO DEL SERVICIO. DURACIÓN
El desarrollo del servicio se llevará a cabo desde la fecha de la firma hasta el total cumplimiento de la organización de los festejos taurinos (encierros, corrida de toros, gran prix).
El contrato tendrá una duración de UN AÑO, a contar a partir del día siguiente al de la firma del contrato (Fiestas Patronales Ntra. Xxxxxx xxx Xxxxxxx 2012).
Expirado el periodo de vigencia, el presente contrato se prorrogará por un período de UN AÑO (Fiestas Patronales Xxxx. Xxxxxx xxx Xxxxxxx 0000), hasta un máximo de DOS AÑOS (incluido periodo inicial y prórrogas). Dicha prórroga se efectuará expresamente a petición del adjudicatario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 23.2 del TRLCSP, y previo acuerdo del órgano de contratación adoptado al efecto. La petición del adjudicatario deberá producirse con cuatro meses de antelación al vencimiento del período prevista.
5ª.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS.
Los festejos a celebrar serán, al menos, lo siguientes:
a) El sábado 6 de octubre de 2012, una corrida de 6 toros, más dos sobreros, de una contrastada ganadería.
b) El domingo 7 de octubre de 2012, un gran prix sin vaquillas, que contará con supervisores, monitores, speaker y animación, además de equipo de sonido y los elementos necesarios para la organización (hinchables, equipamientos, premios…)
Además se celebrarán por la mañana tres encierros de las siguientes características:
a) 6, 7 y 8 de octubre: se soltarán en la manga del encierro 3 novillos, de uno en uno o todos a la vez. Finalizado el encierro se podrán soltar dentro de la plaza estos novillos, de uno en uno, para recreo de los aficionados locales a criterio de la Concejalía de Festejos.
El número de la parada de bueyes no será inferior a tres para la celebración de los encierros (y la suelta de reses si fuera necesario), debiendo sustituir el adjudicatario aquéllos, que a juicio de la Presidencia del Festejo, no se consideren aptos para participar en las sucesivas sueltas o en el festejo del día siguiente.
La hora de celebración de los encierros será a las 10:00 h., la de suelta de reses a las 10:45 h., y la de los de por la tarde (corrida y gran prix) será a las 16:30 h.
No se aceptarán variantes o alternativas a las indicadas en la presente cláusula.
Consideraciones generales:
Todos los festejos o actos taurinos que se contratan, sujetos al presente Xxxxxx,
cumplirán en todo momento con las normas recogidas en el Reglamento Taurino
vigente y demás normativa de aplicación, comprometiéndose el empresario a su estricta ejecución y cumplimiento.
6ª.- SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
1.- La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
c) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
2.- Si, por una razón justificada, el empresario no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado por el órgano de contratación.
7ª.- SOLVENCIA TÉCNICA
La Solvencia Técnica podrá acreditarse, según el objeto del contrato, por los medios siguientes:
a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
b) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para
la ejecución de los trabajos o prestaciones, particularmente características de la plaza de toros portátil, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
En particular la solvencia técnica se acreditará de la forma que sigue:
a) Relación de ganaderías con los que haya trabajado los últimos 3 años.
b) Relación de los servicios análogos al objeto del contrato realizados en los 3 últimos años, o de la presente temporada, que incluya importe y fechas. En este sentido se deberá aportar acreditación de haber celebrado, como mínimo 6 corridas y/o novilladas en plazas de 1ª, 2ª y/o de 3ª categoría, en las temporadas 2009, 2010 y 2012.
c) Documento que acredite la profesionalidad de los empresarios y del personal de dirección de la empresa, y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.
d) Una declaración del material, instalaciones y equipo técnico de que disponga el empresario para la realización del contrato, particularmente características de la plaza de toros portátil.
A este respecto, y englobando también el anterior apartado (d), se considerarán los medios materiales y personales previstos en el presente Pliego como una obligación esencial que debe cumplir el adjudicatario. Su incumplimiento podrá llevará consigo la imposición de penalidades, de acuerdo con la legislación vigente, e incluso constituir causa de resolución del contrato.
8ª.- EL CONTRATISTA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
El contrato se otorgará con una sola persona o entidad, salvo lo dispuesto en el art. 59 del T.R.L.C.S.P. El adjudicatario del contrato será el organizador de los Festejos Taurinos reflejados en el presente Xxxxxx. En todos los permisos, licencias seguros, garantías, contratos, o cualquier otro documento necesario para la realización de los Festejos Taurinos, el adjudicatario del contrato aparecerá como organizador de los mismos. En ningún caso, aparecerá el Ayuntamiento de Boadilla del Monte como organizador.
El adjudicatario deberá atenerse a las obligaciones descritas en la normativa vigente autonómica y estatal en materia de espectáculos taurinos, y con los requisitos en ella establecidos.
Serán obligaciones del contratista:
8.1. EL GANADO
a) Adquisición del ganado (toros, novillos, becerros, reses mansas…) que procederán de ganaderías de prestigio, propuestas por el adjudicatario, a las que el Ayuntamiento de
Boadilla del Monte tendrá que dar previamente su visto bueno. En último caso será el Ayuntamiento de Boadilla del Monte quien definitivamente tendrá la potestad de elegir las reses concretas, previo desplazamiento a los lugares donde pastan, para su reseña y compromiso en firme.
b) Categoría del ganado. Tanto los novillos como los toros para los Festejos deberán ser de 1ª categoría.
c) El ganado elegido finalmente, con el visto bueno del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, tal como se ha estipulado, permanecerá, al menos, una semana antes del momento en que se hayan de lidiar, en lugar adecuado a disposición de este Ayuntamiento.
d) El ganado seleccionado no podrá ser sustituido en ningún caso sin la autorización expresa del Concejal de Festejos, salvo invalidez o muerte de las reses seleccionadas.
e) Las reses deberán cumplir las condiciones indispensables conforme a lo establecido en las normas legales vigentes para esta clase de plazas, siendo el adjudicatario responsable de incumplimiento en cualquier caso.
f) Dichos toros y novillos serán comprados por el adjudicatario, quedando, no obstante, a disposición del Ayuntamiento de Boadilla del Monte para cuando el mismo determine.
g) Será por cuenta del adjudicatario la manutención de todo el ganado.
8.2.- CONTRATACIÓN DE TOREROS, DIRECTOR XX XXXXX, DIRECTOR TÉCNICO, PICADORES, BANDERILLEROS, ETC.
a) Toreros. Será por cuenta del adjudicatario la contratación de los toreros con sus correspondientes cuadrillas, con la supervisión o visto bueno del Ayuntamiento de Boadilla del Monte. Tendrán suficiente categoría como para dar prestigio a la Feria. Serán elegidos por el adjudicatario, con la aprobación expresa del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, siendo dos de ellos del grupo A y uno del grupo B, en la temporada de 2011; si durante la temporada 2012 destacase algún torero se podrá proponer, al igual que algún torero local.
b) Pagos al personal. El adjudicatario se hará cargo del pago de todos los toreros, así como banderilleros, picadores y resto de gastos que puedan suscitarse con motivo de los festejos, incluidos el pago a todo el personal especializado necesario, debiendo, a petición del Ayuntamiento, acreditar de modo fehaciente estos pagos, así como los respectivos contratos y el alta en la Seguridad Social.
c) Será por cuenta del adjudicatario la contratación de un Director xx Xxxxx y Director Técnico en los actos taurinos que reglamentariamente lo requieran; así como pastores, en el número exigido por la legislación vigente en el momento de su celebración, que tendrán que estar presentes en todos los encierros y sueltas de novillos.
d) Y en general, la contratación de cualquier otro personal (porteros, taquilleros, personal de arrastre, cabestrero, personal de toriles, matarifes –quienes aportarán el esterilizador de los cuchillos, así como todo el material necesario y obligatorio para ejercer su cometido-, médicos, cirujanos, veterinarios, vigilantes, alguacilillos, etc), material o ganado necesario para el desarrollo de los festejos taurinos que se describen en este Pliego.
e) El personal empleado del adjudicatario no será, por ningún concepto, dependiente de cualquier Administración Pública.
f) Contratación. El adjudicatario adscribirá al contrato el personal necesario para la correcta ejecución de los trabajos contratados, el cual dependerá exclusivamente de aquél, no existiendo entre este personal y el Ayuntamiento ninguna relación jurídica, laboral o de cualquier otra índole, ni durante el plazo de vigencia del contrato ni al término del mismo, siendo de cuenta de la empresa adjudicataria todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que nacieran con ocasión del contrato.
El contratista deberá cumplir, como empresario, con todas las obligaciones establecidas por la normativa vigente en cada momento en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales.
En ningún caso, el Ayuntamiento de Boadilla del Monte aparecerá como empresario o contratista, ni les dará de alta en la Seguridad Social.
A efectos de la exoneración al Ayuntamiento de todo tipo de responsabilidades tanto solidarias como subsidiarias que se pudieran derivar por el incumplimiento por parte de la empresa adjudicataria de sus obligaciones en materia de personal dispuestas por la normativa vigente, se establece lo siguiente:
Será requisito indispensable para la adjudicación y para el inicio del contrato, que conste en el expediente de contratación certificación de estar al corriente el adjudicatario en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Serán causas de resolución del contrato, con incautación de la garantía definitiva, en su caso, e indemnización de daños y perjuicios, las siguientes:
1) El incumplimiento por parte del adjudicatario de la normativa vigente en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales.
2) El incumplimiento del adjudicatario de sus obligaciones y compromisos como empresario con respecto a su personal, en particular, el abono de salarios.
3) El incumplimiento de los medios materiales y personales previstos en el presente Xxxxxx como una obligación esencial.
El Ayuntamiento estará facultado para la retención del pago del precio del contrato con el objeto de afrontar posibles responsabilidades derivadas de los incumplimientos del mismo laborales y de Seguridad Social.
g) Seguridad e higiene en el trabajo. El adjudicatario estará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en cada momento, en materia laboral, riesgos laborales e higiene en el trabajo.
8.3.- LA PLAZA DE TOROS
a) Será por cuenta del adjudicatario la instalación, montaje y desmontaje de una plaza portátil reglamentaria, en perfecto estado de conservación, limpieza y pintura, propiedad del adjudicatario, o arrendada por su cuenta, junto con todos los elementos necesarios para la realización de espectáculos taurinos, ajustado todo ello a las disposiciones del vigente Reglamento Taurino y demás normativa de aplicación. El adjudicatario deberá reparar todos los desperfectos que durante los días de celebración de los Festejos Taurinos se pudieran producir en la plaza de toros, corriendo con los gastos que las reparaciones supongan. Todo el personal de servicio de la plaza deberá estar perfectamente identificado o uniformado.
La plaza tendrá al menos las siguientes características: 1.- Capacidad para más de 3.000 personas.
2.- Dispondrá xx xxxxxxxx.
3.- Puerta de toriles xx xxxxx hoja, puerta de enfermería, y al menos 4 burladeros xx xxxxxxxx, exteriores y 4 interiores.
4.- Deberá contar, al menos, con 2 servicios higiénicos para el público en su interior, y 1 más en su exterior, cuyo coste e instalación correrá por cuenta del adjudicatario.
5.- Acceso y localidades para personas con movilidad física.
6.- Al menos 6 chiqueros, corrales de recepción y desembarcadero.
b) Fecha de instalación. La plaza se instalará por exclusiva cuenta del adjudicatario en la ubicación que el Ayuntamiento determine, llevando a cabo su montaje de forma que esté terminada la instalación, lo más tarde cuatro días naturales antes del inicio del primer festejo.
En caso de que no lo estuviera, el Ayuntamiento de Boadilla del Monte podrá sancionar a la empresa con multa del 3% del precio de adjudicación, por cada día de retraso. Si superase los cuatro días de retraso la sanción que se establece es: multa de entre 20.000 a 30.000 €.
El órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del contrato o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
Igualmente el adjudicatario deberá desmontar la plaza inmediatamente después de terminados los festejos, salvo orden en contra del Ayuntamiento. El Ayuntamiento podrá disponer gratuitamente de la plaza, una vez montada, en aquellos días en que no se celebren espectáculos taurinos y hasta siete días más tarde de finalizados los mismos.
c) Documentación técnica de la Plaza de toros y montaje. Una vez instalada la Plaza de Toros deberá poner en disposición del Ayuntamiento de Boadilla del Monte la siguiente documentación:
• Certificado de Arquitecto o Arquitecto Técnico, visado por el correspondiente Colegio Profesional, en el que conste que la plaza cuenta con las condiciones de seguridad exigidas en el reglamento de Espectáculos Taurinos.
• Este certificado se ampliará también a la supervisión y montaje de las talanqueras del encierro y corral de suelta.
• Certificado del Servicio veterinario competente, en el que se haga constar que los corrales, chiqueros, cuadras, desolladeros y demás instalaciones relacionadas con el ganado, reúnen las condiciones higiénico-sanitarias exigidas.
8.4.- GRAN PRIX
a) Será por cuenta del adjudicatario la organización de un Gran Prix en la que participarán equipos integrados por representantes de las peñas.
b) Para ello deberán aportar todo el personal (monitores, speaker, supervisores…), vaquillas, elementos de juego, vallado, equipamientos de los equipos, equipo de sonido, animación etc. preciso.
c) La duración no será inferior a 100 minutos.
8.5.- ENCIERROS Y SUELTA DE RESES
a) Será por cuenta del adjudicatario el transporte, instalación y desmontaje xxx xxxxxx de suelta y talanqueras que el Ayuntamiento pondrá a disposición, así como las certificaciones técnicas de corrales, xxxxx xx xxxxx x xxxxxxxx xxx xxxxxxx.
b) Deberá aportar el personal necesario para la correcta realización del punto anterior (instaladores y Director Técnico), así como pastores, Director xx Xxxxx y Ayudante etc, para los encierros y posterior suelta de reses.
c) También deberá contratar una charanga para realizar una “xxxxx xxxxxxxx” por las calles del municipio una hora antes al comienzo de los encierros y amenizar la suelta de reses, los 3 días del encierro.
8.6.- PAGOS, SOLICITUDES DE PERMISOS Y CONTRATACIÓN DE SEGUROS.
a) Será por cuenta del adjudicatario el pago de toda clase de impuestos, permisos y garantías necesarios para la autorización de la corrida, encierros y suelta de reses, y demás actuaciones objeto de contratación, incluidas certificaciones de todas clases, visados de contratos, honorarios médicos, enfermería, veterinarios, permisos de sanidad,
I.A.E. Sociedad General de Autores (SGAE), Asociaciones, mozos xx xxxxxxx, banderilleros, servicios de plaza, aparejador, alguacilillos, mulillas, seguros, etc., seguridad social de todo el personal empleado, incluidos los toreros y rejoneadores y sus cuadrillas. Realizará todas las gestiones necesarias para la obtención de los citados permisos, los cuales deberán estar a su nombre como organizador que es de los Festejos. En ningún caso aparecerá el Ayuntamiento de Boadilla del Monte como organizador de los Festejos taurinos, ni siquiera como solicitante de los permisos. En este sentido, el Ayuntamiento de Boadilla del Monte no aparecerá como empresa que dé de alta en la Seguridad Social al personal objeto de la ejecución del presente pliego.
b) Correrá con los gastos de matadero para el desolladero de las reses o de lo que corresponda hacer con ellas de acuerdo a la legislación vigente en el momento de celebración de los festejos. El adjudicatario estará obligado al transporte de las reses una vez muertas, así como al cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente sobre el destino final de los cadáveres de los animales, incluida la incineración, en su caso.
c) El adjudicatario abonará el pago derivado del anuncio de licitación y de la formalización del contrato.
d) El Ayuntamiento de Boadilla del Monte, por tanto, quedará exento de todos los pagos y gastos que puedan ocasionar estos festejos.
e) Todos los permisos, junto con los correspondientes justificantes, estarán a disposición del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, al menos, cinco días antes del inicio de los festejos taurinos.
f) El adjudicatario deberá contratar un Equipo Veterinario de acuerdo con la legislación vigente y pagar sus honorarios.
8.7.- CABALLOS, MULAS DE ARRASTRE, ETC.
El adjudicatario proporcionará los caballos y monturas para picadores, las mulas de arrastre perfectamente engalanadas y los caballos y uniformes de los alguacilillos.
8.8.- PLAN DE COMUNICACIÓN Y DIFUSIÓN
Será por cuenta del adjudicatario la elaboración y venta todas las localidades de los festejos taurinos objeto del presente contrato. Así mismo, correrá por cuenta del adjudicatario la elaboración y difusión del programa de los festejos y carteles anunciadores de las reses y diestros por orden xx xxxxx, así como de la recuperación de los encierros y del gran prix. El adjudicatario correrá, por tanto, con los gastos de imprenta ocasionados por estos conceptos, así como los relativos a su distribución. También podrá realizar flyers con descuento en el precio de las entradas o cuantas acciones promocionales estime oportuno, previa aprobación de la Concejalía de Festejos.
A estos efectos el adjudicatario distribuirá a su cargo, con 15 días de antelación, carteles (2.000 de al menos 45 x 70cm y 300 de al menos 95 x 195cm) en establecimientos y espacios reservados para tal fin en Boadilla del Monte, comprometiéndose a distribuir otros
5.000 carteles y/o dípticos, como mínimo, por el entorno de nuestro municipio, con el fin de dar la máxima publicidad y difusión a la Xxxxx Xxxxxxx de Boadilla del Monte.
También el adjudicatario contratará la inserción de un “banner” publicitario o anuncio en las 2 principales webs taurinas y 2 principales revistas de información taurina nacional.
El adjudicatario organizará un evento de presentación de los festejos taurinos, para prensa y aficionados, así como la organización de una tertulia taurina previa a la celebración de la corrida de toros. También organizará al menos un concurso de pintura, fotografía y/o relato de temática taurina.
8.9.- CONTRATACIÓN Y PAGO DEL EQUIPO MÉDICO, XXXXXXXXXX, UVI MÓVIL Y AMBULANCIAS.
Será por cuenta del adjudicatario la contratación y pago del Equipo Médico, quirófanos, UVI móvil y ambulancias que deban prestar servicio en los festejos que comprende este Pliego, así como todos los gastos ocasionados por los servicios médicos necesarios en todos los festejos en la plaza de toros y los encierros incluido U.V.I. o traslado a hospital o clínica
El Equipo Médico, ambulancias, quirófanos y UVI móvil deberán estar en el lugar de celebración de los festejos al menos dos horas antes de la hora de comienzo del espectáculo.
Cada encierro contará con el número de ambulancias, con su personal correspondiente y con todas las medidas de seguridad exigidas en la reglamentación que regula este tipo de espectáculos.
8.10.- PASES E INVITACIONES
Con diez días de antelación al inicio del primer festejo taurino, el adjudicatario entregará a la Concejalía de Fiestas, de cada uno de los festejos taurinos que se celebren:
a. 100 invitaciones de protocolo más el palco de honor, más 10 pases gratuitos para el callejón.
El adjudicatario facilitará la entrada de forma gratuita a todos los medios de comunicación acreditados por el Ayuntamiento.
El adjudicatario abonará los impuestos legales correspondientes a todas las localidades reseñadas en este apartado.
8.11.- SUSPENSIONES.
a) Devolución del taquillaje. El adjudicatario se compromete a la devolución del taquillaje en caso de suspensión de algún festejo, en un plazo no superior a 5 días contados desde la fecha de suspensión. En ningún caso se aplazará el mismo, salvo expresa autorización del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
b) Minoración del precio final por suspensión. En caso de suspensión total, por causa de fuerza mayor, de alguno de los festejos objeto de este pliego, el precio final de adjudicación quedará minorado en la siguiente proporción:
1. Por suspensión de la Corrida de Toros, en un 15 % del precio de adjudicación.
2. Por suspensión del Gran Prix, en un 3% del precio de adjudicación.
3. Por suspensión de cada encierro, en un 0,5% del precio de adjudicación.
Para el caso de suspensión total, deberá considerarse lo dispuesto con carácter general en el artículo 59 del RD 500/90 de 20 xx xxxxx, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988 de 28 de Diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales en materia de Presupuestos: “Previamente al reconocimiento de las obligaciones habrá de acreditarse documentalmente ante el órgano competente la realización de la prestación o el derecho del acreedor de conformidad con los acuerdos que en su día autorizaron y comprometieron el gasto.
8.12.- SEGUROS
El adjudicatario suscribirá a su cargo y con antelación suficiente a la solicitud de autorización a la Comunidad de Madrid, un Seguro de Responsabilidad Civil y un Seguro de Accidentes, para todos los actos taurinos reflejados en este pliego, de cuyas pólizas deberá facilitar copia a la Concejalía de Festejos y al responsable del contrato en su caso, antes del inicio de los festejos taurinos. Los seguros deberán estar a su nombre, como organizador que es
de los Festejos. En ningún caso aparecerá el Ayuntamiento de Boadilla del Monte como organizador de los festejos taurinos, ni como tomador de los seguros.
El Seguro de Responsabilidad Civil tendrá una cuantía mínima asegurada de 3.000.000,00 € por siniestro y cubrirá los daños a los espectadores, terceras personas y a los bienes que puedan derivar de la celebración de los espectáculos.
El Seguro de Accidentes cubrirá a los participantes, colaboradores voluntarios y demás intervinientes, y tendrá una cuantía mínima de:
a) Suelta de Reses:
60.101,21 Euros por muerte o invalidez y 15.025,30 Euros por asistencia sanitaria y hospitalaria.
b) Encierros:
90.151,82 € por muerte o invalidez y 15.025,30 € por gastos de asistencia sanitaria y hospitalaria.
8.13.- OTRAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
1. Banda de Música, de al menos 10 componentes, para la corrida de toros.
2. Cargas y descargas de material y ganado.
3. Traslado de las reses muertas desde la plaza al desolladero.
4. Las banderillas y demás utensilios necesarios para la xxxxx.
5. Vigilancia permanente de la plaza, los corrales, chiqueros y matadero desde la llegada de las primeras reses hasta la finalización total de todos Festejos Taurinos. Este servicio se encargará, además de vigilar las instalaciones anteriormente citadas, de controlar el acceso a los chiqueros durante los festejos. Sólo podrán acceder a los mismos el personal que tanto la empresa adjudicataria como el Ayuntamiento de Boadilla del Monte determinen. A tal efecto el adjudicatario elaborará unos pases individuales y nominativos que servirán para identificar a las personas que acceden a estas instalaciones. El adjudicatario deberá facilitar al Ayuntamiento 10 pases para cada encierro y 10 pases para cada festejo.
6. El adjudicatario o representante de la empresa deberá estar presente en la plaza de toros dos horas antes de la celebración de los espectáculos. Así mismo, deberá estar presente durante la celebración de todos los espectáculos.
7. El adjudicatario deberá encargarse del mantenimiento y limpieza de la plaza.
8. El adjudicatario deberá correr con los gastos que se ocasionen con motivo de la celebración de festejos nocturnos, tales como certificados técnicos (iluminación, etc.), o cualquier otro documento que fuera necesario.
9. El adjudicatario no permitirá la exhibición de objetos o símbolos, manifestaciones verbales, escritas o mediante cualquier medio de expresión o comunicación, que
inciten a la violencia, el racismo, la xenofobia o cualquier otra forma de discriminación que atenten contra la dignidad humana.
9ª.- OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO.-
1. Riego y xxxxxxxxx xxx xxxxx en los festejos.
2. Xxxxxxxx para acondicionar el ruedo.
3. Arena para el ruedo.
4. El servicio de seguridad policial de la Plaza únicamente durante el desarrollo de los festejos.
5. Acometida de luz, instalación de luminarias si fueran necesarias y consumo eléctrico.
6. Acometida de agua.
7. Vallas.
8. Local para desollar a las reses próximo a la plaza de toros.
10ª.- PRECIOS, VENTA DE LOCALIDADES E INGRESOS DEL ADJUDICATARIO.-
10.1.- LOCALIDADES. PRECIOS DE LAS LOCALIDADES.
La gestión de las entradas (edición y venta) será por cuenta del contratista. A este respecto el contratista numerará las entradas del 1 hasta el aforo total de la plaza, no pudiendo, en ningún caso, venderse más entradas que localidades tenga la plaza.
a) Los precios de las entradas para cada festejo serán propuestos por el adjudicatario. La recaudación será íntegra para el adjudicatario.
No obstante, el precio máximo de las entradas no podrá exceder de:
• Corrida: 25 Euros
• Gran Prix: 10 Euros
Los encierros y suelta de reses serán gratuitos.
b) Descuentos:
Se establecerán los siguientes descuentos para la corrida de toros y gran prix:
• Peñas de la localidad: en cada evento taurino: al menos un 20% sobre su precio.
• Jubilados, niños (hasta 14 años), y familias numerosas: en la corrida de toros y gran prix al menos un 40% sobre su precio de venta.
A los citados efectos las personas jubiladas o familias numerosas deberán presentar, en el momento de adquirir la entrada y a la hora de acceder a la plaza, el correspondiente carnet de jubilado o de familia numerosa respectivamente.
10.2 VENTA DE LOCALIDADES:
a) Local de venta de localidades. El Ayuntamiento de Boadilla del Monte facilitará al adjudicatario un local adecuado para la venta anticipada de localidades.
b) Los impuestos derivados de la venta de localidades correrá por cuenta del adjudicatario, incluidas las invitaciones de protocolo que se consignan en el presente Pliego de Condiciones.
c) Período de venta de localidades: La venta de las localidades de todos los festejos taurinos deberá realizarse con 10 días de antelación al inicio de la Feria, así como durante la misma.
10.3. OTROS INGRESOS
Será también para el adjudicatario la totalidad de aquellos importes que se recauden como consecuencia de cualquier otra actividad relacionada con los festejos taurinos, tales como la venta de bebidas en la plaza (con las restricciones que la ley vigente señala en esta materia), publicidad, venta de la carne de las reses, etc.
En el caso de retransmisiones televisivas o radiofónicas, éstas deberán estar autorizadas previamente por el Ayuntamiento de Boadilla del Monte, quien determinará las condiciones de dichas retransmisiones. Así mismo, el Ayuntamiento de Boadilla del Monte percibirá el 20% de los derechos de retransmisión. Será responsabilidad del adjudicatario la relación contractual y el cumplimiento de los requerimientos técnicos que se precisen con la cadena de radio o de televisión, así como los costes que pueda generar dicho contrato.
11.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN. DURACIÓN. REVISIÓN DE PRECIOS. FORMA DE PAGO.
11.1. Precio.
El precio que la Administración deberá pagar al contratista será como máximo de
93.000 Euros más 16.740 Euros en concepto de IVA.
11.2. Revisión de precios.
Para el caso de prórroga, la revisión anual del precio de adjudicación se realizará en función del Índice de Precios al Consumo interanual, según los datos que facilite el Instituto Nacional de Estadística u organismo similar que pueda sustituirle en el futuro, tomando cada año como referencia el mes de formalización del contrato, teniéndose en cuenta lo dispuesto en los artículos 89 y 90.3 del TRLCSP.
11.3. Forma de pago.
El Contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los trabajos que realmente ejecute, con sujeción al contrato formalizado, a las órdenes dadas por escrito por la administración, atendiendo a las instrucciones que a este respecto se dicten por el Ayuntamiento.
El pago se efectuará de uno del siguiente modo:
• El 100% del importe total del precio de adjudicación, una vez comprobada la perfecta ejecución del contrato, sin que se deriven responsabilidades sobre el mismo
El pago se efectuará contra la presentación previa de la correspondiente factura. Por ningún motivo, ni aún por demora en el pago podría el contratista interrumpir el cumplimiento del contrato, aún cuando no se hubiese efectuado el pago de las anteriores.
12ª.-GARANTÍA DEFINITIVA
El licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa del contrato deberá constituir una garantía del 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
13ª.- PENALIDADES ADMINISTRATIVAS.
13.1 Sanciones: En relación con las penalidades administrativas, sin perjuicio de las que se establecen en el T.R.L.C.S.P, y de los casos en que proceda la rescisión del contrato, o cualquier otro acuerdo o sanción resolutoria del mismo, se establecen las siguientes sanciones:
a) Por la venta de más localidades que las que tenga el aforo de la plaza.
Sanción: Imposición de multa de 50.000 Euros.
El órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del contrato o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
b) La no celebración o suspensión de algún espectáculo por no contar con la autorizaciones pertinentes cuando se deba a motivo imputable exclusivamente al contratista. En este caso, el Ayuntamiento de Boadilla del Monte no tendrá obligación alguna a indemnizar por ningún concepto al contratista.
Sanción: Imposición de multa de 50.000 Euros.
El órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del contrato o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
c) Realizar los festejos taurinos sin haber obtenido previamente la autorización pertinente.
Sanción: Imposición de multa de 40.000 Euros.
El órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del contrato o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
d) No contratar los seguros en las coberturas y cuantías exigidas.
Sanción: Imposición de multa de 30.000 Euros.
El órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del contrato o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
e) El incumplimiento de los plazos para la instalación de la plaza de toros. Sanción: el 3% del precio de adjudicación por cada día de retraso.
Si superase los cuatro días de retraso la sanción que se establece es: Imposición de multa de entre 20.000 € y 30.000 €.
El órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del contrato o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
f) Fraudes en la prestación del servicio (instalaciones de peor calidad, cambiar las ganaderías, etc).
Sanción: Imposición de multa de multa de 12.000 Euros por cada fraude cometido.
El órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del contrato o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
g) Realizar actos que incurran en falsedad documental.
Sanción: Imposición de multa de 15.000 Euros.
El órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del contrato o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
h) Por la exhibición de objetos o símbolos, manifestaciones verbales, escritas o mediante cualquier medio de expresión o comunicación, que inciten a la violencia, el racismo, la xenofobia o cualquier otra forma de discriminación que atenten contra la dignidad humana, que se realicen en la Plaza de Toros, o en cualquier
medio que el adjudicatario utilice para publicitar la Xxxxx Xxxxxxx de Boadilla del Monte (incluidas las entradas).
Sanción: Imposición de multa de entre 12.000 € y 15.000 €.
El órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del contrato o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
i) Incumplimiento del cartel propuesto: El incumplimiento del cartel propuesto por el adjudicatario que en su momento hubiera sido aceptado por el Ayuntamiento de Boadilla del Monte, acarreará una sanción económica al adjudicatario, respondiendo a estos efectos la fianza depositada y del precio del contrato, de la que se detraerán las cantidades pertinentes, que se cifran en 12.000 Euros por cada torero que no actuase o no compareciere, de 6.000 Euros por cada novillero que no actuase o no compareciere, 1.000 Euros por cada recortador que no actuase o compareciera, tras haber sido incluidos en el cartel. Estas sanciones no serán aplicables si la modificación del cartel propuesto se produjera por causa de fuerza mayor, una vez comprobada y verificada por el Ayuntamiento.
j) En la contratación de todo el personal necesario para la ejecución del presente contrato el Ayuntamiento de Boadilla del Monte no aparecerá como empresario o contratista, ni les dará de alta en la Seguridad Social.
Si el adjudicatario vulnerase esta obligación podrá ser sancionado con: Imposición de multa de 6.000 €
El órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del contrato o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
k) El incumplimiento por parte del adjudicatario de la normativa vigente en materia laboral, de Seguridad Social, de prevención de riesgos laborales y de salud laboral . Sanción: Imposición de multa de entre 4.000 € y 6.000 €. Además de esta sanción económica el Ayuntamiento estará facultado para la retención del pago del precio del contrato con el objeto de afrontar posibles responsabilidades derivadas de los incumplimientos del mismo.
El órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del contrato o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
l) El incumplimiento del adjudicatario de sus obligaciones y compromisos como empresario con respecto a su personal, en particular, el abono de salarios.
Sanción: Imposición de multa de entre 601 € y 3.000 € Además de esta sanción económica el Ayuntamiento estará facultado para la retención del pago del precio del contrato con el objeto de afrontar posibles responsabilidades derivadas de los incumplimientos del mismo.
El órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del contrato o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
m) Xxxxxx en la ejecución del contrato: Cuando el contratista adjudicatario, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total o de los parciales.
Sanción: la imposición de las penalidades en la proporción de 1 % del precio de adjudicación del contrato por cada 15 minutos de retraso.
El órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del contrato o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
n) La desobediencia reiterada respecto a las órdenes del Ayuntamiento, relativas al orden y forma de prestación del servicio.
Sanción: entre 601 euros y 3.000 euros.
ñ) Los actos u omisiones que dificulten o imposibiliten al Ayuntamiento fiscalizar o inspeccionar la contrata.
Sanción: entre 601 euros y 3.000 euros.
o) Cuando el adjudicatario o representante de la empresa no esté localizable al menos dos horas antes del inicio de los espectáculos:
Sanción: entre 601 euros y 3.000 euros.
p) La incorrección o descortesía con el público.
Sanción: entre 300€ y 600 €
q) Descuidar las tareas de mantenimiento y limpieza de la plaza de toros Sanción: entre 300 € y 600 €
Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, le será incautada la garantía y deberá, además, indemnizar a la Administración los daños y perjuicios ocasionados, en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
Para el resto de incumplimientos no recogidos anteriormente, el Ayuntamiento de Boadilla del Monte podrá imponer sanciones al contratista de entre 600 € a 3.000 € por cada infracción.
Para el caso de que siguiendo el criterio técnico no se opte por la imposición de las penalidades descritas en dicha Cláusula, se estará a lo dispuesto en el artículo 212 del TRLCSP.
Las penalizaciones se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiese designado, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de las mencionadas certificaciones.
14ª.- CRITERIOS DE VALORACIÓN
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá únicamente al criterio precio.
La proposición económica correspondiente a las ofertas presentadas, se evaluarán con un máximo de 100 puntos.
Se puntuará con la máxima puntuación a la empresa que mejor oferta realice respecto del precio tipo de licitación, con cero puntos a la oferta tipo, y el resto proporcionalmente en el intervalo.
En cualquier caso, se considerará oferta desproporcionada en relación a la oferta económica cualquier oferta que señale un importe inferior en diez puntos porcentuales a la media de las ofertas presentadas.
En caso de empate, entre varias empresas, en cuanto a la proposición más ventajosa, se resolverá dicho empate mediante sorteo.
15ª.- NORMATIVA DE APLICACIÓN
Será de aplicación la siguiente normativa taurina:
- Ley 10/1991, de 4 xx xxxxx, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos.
- Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de Espectáculos Taurinos.
- Real Decreto 1649/1997, de 31 de octubre, por el que se regulan las instalaciones sanitarias y los servicios médico-quirúrgicos en los espectáculos taurinos.
- Decreto 112/1996, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares en la Comunidad de Madrid.
- Decreto 102/1997, de 31 de julio, por el que se modifica y da nueva redacción a algunos artículos del Reglamento de espectáculos taurinos populares.
- Cuantas otras disposiciones estatales o de la Comunidad de Madrid que sean aplicables a este tipo de espectáculos.
16ª.- RIESGO Y XXXXXXX
El contrato se entiende aceptado por el adjudicatario a “riesgo y xxxxxxx”.
En Boadilla del Monte, a 15 xx xxxxx de 2012 ARQUITECTO TÉCNICO MUNICIPAL
Fdo.: Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx
VºBº
CONCEJAL DELEGADO DE MEDIO AMBIENTE, SERVICIOS A LA CIUDAD Y FESTEJOS
Fdo.- Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx