PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL CONTRATO DE SERVICIOS, A ADJUDICAR POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO MEDIANTE PLURALIDAD DE CRITERIOS PARA LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS CONSISTENTES EN: “REDACCIÓN DE PROYECTO Y DIRECCIÓN...
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL CONTRATO DE SERVICIOS, A ADJUDICAR POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO MEDIANTE PLURALIDAD DE CRITERIOS PARA LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS CONSISTENTES EN: “REDACCIÓN DE PROYECTO Y DIRECCIÓN FACULTATIVA DE LAS OBRAS DE ADECUACIÓN DE LA URBANIZACIÓN DEL ÁREA TECNOLÓGICA DEL SUR‐TECNOGETAFE, EN GETAFE (MADRID)”
EXPEDIENTE (PAS‐2017‐01)
ABRIL 2017
PPTP‐ REDACCION DE PROYECTO
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA, A ADJUDICAR POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO CON PLURALIDAD DE CRITERIOS, PARA LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS CONSISTENTES EN: “REDACCIÓN DE PROYECTO DE LAS OBRAS DE ADECUACIÓN DE LA URBANIZACIÓN DEL ÁREA TECNOLÓGICA DEL SUR‐TECNOGETAFE, EN GETAFE, (MADRID)”
ÍNDICE
1. OBJETO XXX XXXXXX
2. ANTECEDENTES
3. DEFINICIÓN GENERAL DEL TRABAJO
3.1 Objeto y Alcance del Proyecto de Urbanización y Conexiones Exteriores
3.2 Ámbito
3.3 Descripción de los Trabajos
3.4 Trabajos Previos
3.5 Trabajos de Definición
3.6 Trabajos Finales
3.7 Documentos a presentar por el Consultor
3.8 Proyectos Parciales
4. REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS
4.1 Condiciones Generales
4.2 Definiciones
4.3 Documentos Contractuales
4.4 Coordinación con otros Organismos
4.5 Presentación de los Trabajos
5. DESARROLLO DE LOS TRABAJOS. PLAN DE ETAPAS
6. PROCEDIMIENTO
7. PLAZO DE REDACCIÓN
8. PERSONAL Y MEDIOS
9. PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS 10.PERMISOS, LICENCIAS Y VISADOS 11.VALORACIÓN DE LOS TRABAJOS
12.TRABAJOS DEFECTUOSOS O MAL EJECUTADOS
13.DOCUMENTOS A DISPOSICIÓN XXX XXXXXXXXX XXXXX 0: PRESENTACIÓN DE LOS TRABAJOS
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA, A ADJUDICAR POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO CON PLURALIDAD DE CRITERIOS, PARA LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS CONSISTENTES EN: “REDACCIÓN DE PROYECTO DE LAS OBRAS DE ADECUACIÓN DE LA URBANIZACIÓN DEL ÁREA TECNOLÓGICA DEL SUR‐ TECNOGETAFE, EN GETAFE, (MADRID)”
1. OBJETO XXX XXXXXX
El objeto del presente documento es establecer las condiciones y criterios de carácter técnico que han de regir para el concurso, adjudicación y posterior desarrollo de la Asistencia Técnica para la realización del Proyecto de Adecuación de la Urbanización del Área Tecnológica del Sur‐ TECNOGETAFE, en Getafe (Madrid).
2. ANTECEDENTES
Aprobación por la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Getafe el 26 xx xxxxx de 2003 del Proyecto de Urbanización del Plan Especial “Parque Equipado Getafe Sur” del XXX Xxxxxx Xxxxxxx promovido por el Consorcio Urbanístico Área Tecnológica del Sur‐TECNOGETAFE".
3. DEFINICIÓN GENERAL DEL TRABAJO
3.1 Objeto y Alcance del Proyecto de adecuación de la Urbanización
El Proyecto de adecuación de la Urbanización deberá ajustarse a lo preceptuado en el planeamiento del ámbito a ejecutar.
Definirá una separata de construcción del Proyecto de Urbanización del Área Tecnológica del Sur de Noviembre de 2006, aprobado definitivamente por el Ayuntamiento de Getafe el 5 de julio de 2011, y en donde se incluirán los accesos rodados y las redes de servicios a las parcelas 1.1 /1.2 / 1.12 /
1.13 / 1.28 / 1.29 y 1.30. Adaptándose las redes de servicios, si fuera necesario, a las Normativas vigentes de las distintas compañías.
Definirá todas las obras de reparación descritas en el informe nº 2 del Canal xx Xxxxxx XX de las redes de saneamiento de pluviales y fecales del Sector, con el fin de obtener la conformidad técnica de las mismas por el Canal xx Xxxxxx XX.
Definirá mediante un nuevo inventario a realizar por el Consultor, todas las obras de reparación de la urbanización relativas a pavimentación, alumbrado público, señalización, jardinería y riego que actualizan el inventario realizado por el Ayuntamiento de Getafe en 2013.
Dado que en los procesos de información pública del Proyecto de Ejecución, éste podrá sufrir modificaciones, el CONSULTOR vendrá obligado a tener en cuenta dichas modificaciones a instancias de la PROPIEDAD.
3.2 Ámbito
El ámbito de la actuación queda definido por el Plan Especial del Área Tecnológica del Sur en Getafe, (Madrid).
3.3 Descripción de los Trabajos a realizar
Los trabajos a realizar por el Adjudicatario consistirán en el estudio y realización del proyecto de construcción:
Adecuación de la urbanización del Área Tecnológica del Sur‐TECNOGETAFE, en Getafe, (Madrid).
El grado y definición del Proyecto será el correspondiente a un "Proyecto Constructivo" de modo que permita la posterior contratación y ejecución de las obras que comprende.
3.4 Trabajos Previos
A.) Cartografía, Topografía y Revisión de Saneamiento: Cartografía, Topografía:
Será por cuenta del adjudicatario la obtención de la cartografía necesaria para la redacción del Proyecto, no obstante LA PROPIEDAD pondrá a disposición del CONSULTOR la cartografía correspondiente a la zona de proyecto ejecutado mediante levantamiento taquimétrico, y facilitará el acceso a otros organismos oficiales, para recabar información complementaria.
El adjudicatario deberá realizar todos los trabajos de revisión topográfica necesarios, a partir de la información suministrada, para la redacción del Proyecto. Su amplitud y definición se establecerá de acuerdo con el criterio del Director del Proyecto, no obstante el CONSULTOR propondrá al mismo un plan de trabajos de topografía que incluirá con carácter no restrictivo:
1. Levantamiento a escala 1/500 de las zonas que vayan a emplazarse obras de fábrica, estructuras o elementos constructivos que necesiten un grado de detalle elevado para su diseño.
2. Levantamiento de perfiles longitudinales y perfiles transversales en las conexiones con vías existentes a los efectos de las instalaciones y enlaces.
3. Levantamiento de los perfiles longitudinales o transversales que se considere oportuno tras la revisión de la cartografía.
4. Fijación de los servicios afectados para su estudio.
En cualquier caso, el adjudicatario deberá comprobar la calidad de la cartografía suministrada y completará a su xxxxx ésta con la extensión, precisión, y detalle requeridos en el Proyecto.
Igualmente, materializará una red de bases que sirvan para el replanteo de todas y cada una de las partes que componen el Proyecto.
Será facilitado al Adjudicatario el Inventario de Arbolado Urbano del sector actualmente en redacción.
Revisión de Saneamiento:
El CONSORCIO pone a disposición del Consultor el informe nº 2 de reparaciones de redes de saneamiento del Canal xx Xxxxxx XX así como todas las cintas de TV de revisión de la instalación, corriendo a cargo del Consultor la actualización de la misma para proceder al dimensionado de las reparaciones a realizar.
B.) Geología y Geotecnia: NO DE APLICACIÓN A ESTE PROYECTO
El CONSULTOR, previo estudio de la información bibliografía disponible en el Instituto Tecnológico Geominero de España y de la documentación aportada por el CONSORCIO, propondrá, valorará y elevará a el CONSORCIO la propuesta de realización a cargo de la Propiedad del estudio geotécnico que considere necesario para la redacción de los proyectos constructivos. La propuesta la pormenorizará dentro de la Documentación Técnica a presentar.
C.) Servicios Afectados:
El CONSULTOR realizará un inventario exhaustivo de las instalaciones, servicios públicos y privados e infraestructuras existentes afectadas temporal o permanentemente en el ámbito del Proyecto.
A tal fin, recabará información de los Organismos y Empresas suministradoras de servicios, complementando la información suministrada por LA PROPIEDAD y comprobará en campo la situación precisa de las diferentes afecciones.
La información obtenida por el CONSULTOR se deberá recoger adecuadamente en el Proyecto, y servirá de base para la realización de las correspondientes soluciones temporales o definitivas de forma que quede perfectamente definida en Proyecto la ejecución de las obras.
3.5 Trabajos de Definición
Completadas las actividades de recopilación y revisión de datos básicos, el CONSULTOR procederá al desarrollo de los Proyectos, realizando los trabajos de cálculo y diseño que permitan definir todas las obras de infraestructura con el grado de detalle necesario para hacer posible la ejecución de las obras objeto del presente Xxxxxx.
3.6 Trabajos Finales
En esta etapa se realizará la supervisión general de todos los trabajos elaborados en las fases anteriores y se redactarán:
Los Proyectos con los documentos anejos a la Memoria, Pliego de Prescripciones y Presupuesto, todo ello siguiendo las directrices marcadas por el Director del Proyecto, a cuya aprobación se deberán someter los documentos finales.
Una vez aceptados por la PROPIEDAD, el CONSULTOR tiene que realizar y satisfacer cuantas gestiones sean precisas para obtener la conformidad de los organismos competentes y empresas suministradoras, con respecto a los proyectos. Obtenidas todas las conformidades a los Proyectos y la preceptiva aprobación municipal, se considerarán finalizados los trabajos objeto de este Pliego.
En los apartados siguientes se describe el alcance de las principales actividades incluidas en esta fase:
A) Planes de Obra
Se estudiarán con todo detalle las actividades, necesarias para la total ejecución de las obras, estableciéndose el orden de prelación o simultaneidad que las relaciona de acuerdo a las instrucciones del Director de Proyecto, que establecerá los planes generales y prioridades.
Tornando como base las condiciones del Proyecto, se fijarán los recursos de materiales y medios auxiliares necesarios, así como los de mano de obra y maquinaria y sus rendimientos.
Se establecerá con todo detalle los diagramas de Pert y Xxxxx de tiempos y recursos teniendo en cuenta las condiciones climáticas, estacionales u otras, que durante la ejecución de las obras puedan presentarse.
De este modo, se habrá llegado a obtener unos plazos razonables y coordinados para la ejecución de las distintas obras y fases, y sus plazos totales.
Asimismo, se establecerá una metodología para el seguimiento de la obra en la que se definirán los ensayos a realizar, el control de la obra, y cuantas actuaciones deban llevarse a cabo para conseguir una obra correcta en calidad, plazos y precios, en relación con lo definido en el proyecto constructivo.
B) Estudios de seguridad y salud
El CONSULTOR elaborará los Proyectos de Seguridad y Salud en el que, de acuerdo a la legislación vigente, se indicarán las normas que deberán seguirse durante la ejecución de las distintas unidades de obra, definiendo aquellos elementos de seguridad que deban utilizarse expresamente, tales como: vallados, balizas, etc., y valorando el coste de los mismos mediante los correspondientes cuadros de precios y presupuestos.
Igualmente, los Proyectos describirán la metodología a seguir en obra para el correcto cumplimiento de las normas de seguridad, indicando la organización y los medios necesarios
para su desarrollo e incluyendo un Programa de Inspección con sus correspondientes listados de puntos a comprobar.
El CONSULTOR establecerá en los Proyectos las medidas a adoptar para que durante la ejecución se produzca el mínimo impacto ambiental en el entorno y en la propia obra (ruidos, polvo, etc.).
C) Pliegos de Condiciones
El CONSULTOR redactará los Pliegos de Prescripciones Técnicas Particulares y Generales que regularán la ejecución de las obras.
D) Presupuestos
El CONSULTOR redactará los Presupuestos del Proyecto sobre la base de las mediciones de las diferentes unidades de obra y los cuadros de precios calculados, que deberán ser justificados en un documento específico, anejo a la Memoria.
El documento Presupuesto estará constituido por los capítulos siguientes:
Mediciones
Cuadro de Precios Núm. 1 (unitarios)
Cuadro de Precios Núm. 2 (descompuestos)
Presupuestos Parciales
Presupuesto General
Las mediciones se constituirán en apartados coincidentes con los que se prevean en los presupuestos parciales y las unidades de obra medidas se identificarán con el mismo nombre que figure en los cuadros de precios.
Los cuadros de precios contendrán los contractuales de ejecución material de la unidad a que se refieren.
La aplicación de los precios unitarios de ejecución material a las unidades medidas dará lugar a los presupuestos parciales, los cuales conformarán el presupuesto de Ejecución Material del cual se deducirá el Presupuesto General de ejecución por contrata.
E) Redacción de los Proyectos Constructivos
Los Proyectos deberán quedar totalmente definidos en todos sus aspectos y contener todos los documentos necesarios para poder llevar a cabo la contratación y ejecución de las obras, de forma que se garantice su construcción y funcionamiento.
En esta etapa se realizará la supervisión general de todos los trabajos elaborados en las fases anteriores y se redactarán los documentos anejos a la Memoria, Pliego de Prescripciones y Presupuesto, todo ello siguiendo las directrices marcadas por el Director del Proyecto, a cuya aprobación se deberá someter los documentos finales.
Una vez aceptados por LA PROPIEDAD, el CONSULTOR tiene que realizar y satisfacer cuantas gestiones sean precisas para obtener la conformidad de los organismos competentes y compañías suministradoras, con respecto a los proyectos. Obtenidas todas las conformidades a los Proyectos incluida la Aprobación Municipal, se considerarán finalizados los trabajos objeto de este Pliego.
3.7 Documentos a presentar por el CONSULTOR
Los Proyectos Constructivos, formalmente, deberán contener los documentos que a continuación se detallan y ordenados en la forma que se describe:
DOCUMENTO N° 1 Memoria y Anejos
La Memoria del Proyecto contendrá toda la documentación necesaria para una descripción concisa y completa del mismo. Debiendo estructurarse en los siguientes apartados:
1. Antecedentes y objeto del Proyecto.
2. Estado actual (descripción del estado del terreno, servicios, accesos, etc).
3. Situación urbanística del suelo e implicaciones de tipo territorial.
4. Descripción de las obras.
5. Justificación de las soluciones adoptadas, criterios de cálculo utilizados y normativa aplicable.
6. Resumen de presupuestos.
7. Afecciones, si procedieran (expropiaciones, ocupaciones temporales, servidumbres, etc.).
8. Contratación y ejecución de las obras.
Clasificación del tipo de obra según el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Clasificación del contratista, si hubiere lugar a ello.
Revisión de precios, si hubiere lugar.
Programación de los trabajos de la obra.
Plazos de ejecución y garantía.
9. Índice de los documentos que integran el Proyecto.
10. Conclusiones.
El conjunto de apartados, antes descritos, comprenderá junto con los anejos a la memoria todo el conjunto de información necesaria para la correcta comprensión del Proyecto, de las necesidades por éste cubiertas y de todos los factores que han concluido a la solución adoptada.
Los anejos a la memoria comprenderán todos los aspectos complementarios, no esenciales, de la información aportada en la memoria. El CONSULTOR aportará los que considere adecuados, previa consulta al Director de los trabajos, tanto en número como en contenido y orden, debiendo figurar al menos:
AA‐1 Cartografía, topografía y replanteo. AA‐2 Geología y Geotécnica.
AA‐3 Cálculos justificativos de las estructuras, pavimentaciones, saneamiento, cimentaciones, abastecimiento de agua, instalaciones de todo tipo, alumbrado, electricidad, etc.
AA‐4 Características generales de las obras proyectadas por unidades de obra más significativas.
AA‐5 Justificación de precios. AA‐6 Plan de Obra.
AA‐7 Anejo fotográfico del estado actual.
AA‐8 Estudio de Gestión de Residuos (Real Decreto 10512008) de 13 de febrero por el que se regula la Producción y Gestión de los Residuos de Construcción y Demolición RCD.
DOCUMENTO N° 2 Planos
En este apartado se incluirán las representaciones gráficas que permitan interpretar y verificar la realización material de las obras. Los Planos y gráficos de información que el CONSULTOR considere necesarios para la justificación de la propuesta se incluirán en la Memoria o en sus anejos correspondientes.
El número de planos, su escala y contenido serán los que el CONSULTOR considere necesarios para una completa definición de las obras incluidas en el Proyecto, si bien, el Director del mismo
podrá solicitar planos o documentación gráfica complementaria de aquellos aspectos, que a su juicio, estuviesen insuficientemente tratados.
Como criterio general, habrán de recogerse en los planos todas las obras proyectadas utilizando para ello representaciones en escalas diversas que se consideren oportunas en cada caso.
Se presentarán planos de perfiles longitudinales y secciones de todas las obras cuya definición los requiera (viales).
Los planos de estructuras tendrán que representar en detalle suficiente sus estribos, aletas, pilas, cimentaciones, muros, etc. mediante plantas, alzados, secciones y detalles.
DOCUMENTO N° 3
Pliego de Prescripciones Técnicas
Se dividirán en dos grandes capítulos:
Capítulo I: Pliego de "Prescripciones Técnicas Generales"
Dado el tipo de obra de la que se trata se remitirá de forma expresa a las Ordenanzas Municipales Reguladoras de los Proyectos de Urbanización en el Término Municipal de Meco así como a las Ordenanzas incluidas en el documento de aprobación definitiva de la Modificación del Plan General para las condiciones que deben cumplir los materiales y las unidades de obra; o bien cualquier otro documento (D.G. de Arquitectura y Vivienda, PG3 del MOPU, etc.) que reúna características adecuadas al proyecto de que se trata, previa aprobación del director de los trabajos. El PPTG así definido, se complementará con aquellos que el CONSULTOR estime oportuno.
Capítulo II: Pliego de "Prescripciones Técnicas Particulares"
Este documento definirá el modo preciso y concreto las obras cuya ejecución debe regular, las características exigibles a los materiales, los detalles de la ejecución y el programa de pruebas a que haya que someterse la obra y, la forma de medir y abonar las distintas unidades de obra.
Su carácter contractual, su importancia básica en la ejecución de las obras y en la relación entre la Propiedad y el Contratista, justificará que sea redactado por el Proyectista con la máxima claridad y detalle, previendo razonablemente todas las incidencias que puedan presentarse en el desarrollo de los trabajos.
El PPTP constará como mínimo de los siguientes apartados:
A) Definición y alcance xxx Xxxxxx: Objeto xxx Xxxxxx.
Objeto xxx Xxxxxx.
Documentos que definen las obras y su descripción breve y concreta.
Compatibilidad y prelación entre dichos documentos.
Representantes de la Propiedad y la Contrata.
Disposiciones a tener en cuenta: se mencionarán todas aquellas disposiciones, reglamentos, normas, instrucciones y pliegos de tipo técnico que guarden relación con las obras o sus instalaciones y trabajos.
B) Materiales, dispositivos e instalaciones y sus características.
Todos los materiales, dispositivos e instalaciones y equipos, quedarán perfectamente definidos en sus características intrínsecas o en las condiciones funcionales o resistentes.
En cuanto a materiales se procurará determinados mediante lo establecido en las Normas, Instrucciones, etc., antes citadas.
Se podrá señalar la procedencia de los medios a utilizar dejando libertad de criterio al Director de Obra, para poder sustituirlos por otros de características similares acordes a su destino.
Siempre que exista normalización en la denominación y ensayos de los materiales, se prescribirá ésta, señalando la identificación de dicha norma.
Aquellos ensayos que no estén incluidos específicamente en ninguna norma vigente, se detallarán en todo su proceso.
No podrá hacerse mención expresa a marcas comerciales.
En lo referente a la mención expresa a marcas comerciales sólo se admitirá en la forma que refleja el artículo 52.2 del T.R.L.C.A.P.
C) Ejecución y control de las obras.
En el Pliego se indicará que las obras se ejecutarán con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en el contrato y el proyecto que sirve de base.
Las prescripciones relativas a la ejecución de las obras se ordenarán en lo posible siguiendo el orden real de ejecución de las mismas. Se iniciarán con los trabajos de replanteo y operaciones previas, terminándose con las propias de trabajos especiales y específicos de la obra. Se detallarán, con mayor rigor, los procedimientos de ejecución de las partidas de
mayor importancia presupuestaria o de mayor dificultado especialización, haciendo expresión de las tolerancias permitidas en la fase de ejecución.
En cualquier caso se describirán todas las unidades de obra, de forma exhaustiva, por referencia al pliego de PPTG o de forma específica si la unidad no está comprendida en el mismo.
D) Medición, valoración y abono.
En las obras lineales en que se admita el abono por secciones medias se especificará el gálibo medio de abono, compensado sobre anchos inevitables.
En cualquier unidad en que se prevean circunstancias anormales o eventuales se especificarán los conceptos que quedan o no incluidos en el abono correspondiente.
D) Disposiciones generales. Se incluirán al menos:
Instalaciones auxiliares, su función y medios de mantenimiento.
Condiciones particulares a exigir en lo que respecta al estudio de seguridad e higiene en el trabajo, según legislación vigente.
Revisión de precios, aplicable a la obra de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.
Señalización de la obra, de acuerdo con la normativa del municipio donde se desarrolla o con la del Excmo. Ayuntamiento de Madrid caso de no existir.
Recepciones: Se especificarán las características de las recepciones, detallando las pruebas y ensayos que procede realizar previamente a las mismas.
Plazo de ejecución y garantía.
Se explicitará que se considerará incluido en el precio del contrato un 2% del mismo destinado a ensayos, controles y análisis de materiales y unidades de obra, cantidad que será detraída de todas y cada una de las certificaciones de obra por dicho concepto.
DOCUMENTO N° 4
Presupuestos
Los presupuestos se presentarán por duplicado. Deberán contener:
1. Mediciones y cubicaciones de todas las unidades de obra que tengan un reflejo directo o indirecto en el presupuesto. Se dispondrán de forma lógica y ordenada. Deberá ser:
Suficientemente explicativo para conocer los criterios adoptados y para su posterior valoración.
Indicar aquellas partidas que por estar incluidas en otra unidad no proceda su abono, así como descuento de partes ya ejecutadas.
2. Cuadros de precios:
El Cuadro de Precios n° 1 que describirá las distintas unidades de obra y su importe en letra y número siendo aplicable a unidades de obra completamente terminadas.
El Cuadro de Precios n° 2 que representará las mismas unidades de obra que el cuadro n° 1 descompuestas en las diferentes etapas del proceso constructivo en que se puedan encontrar.
3. Valoraciones parciales:
Se recogerán aquellas unidades de obra que exigen una valoración individualizada, bien por ser un elemento repetitivo o por su singularidad.
4. Presupuesto General:
Estará compuesto por tantos presupuestos parciales como obras independientes o diferenciadas existan en el proyecto así como el obtenido a partir del Estudio de Seguridad y Salud. Dichas obras serán definidas por la PROPIEDAD al CONSULTOR con la antelación suficiente a la entrega del trabajo.
Cada presupuesto parcial estará formado por capítulos globales representativos de las diversas fases de la obra.
Presupuesto de Ejecución Material estará compuesto por:
El Presupuesto de Ejecución Material estará compuesto por la suma de los presupuestos parciales:
‐Presupuesto parcial n° 1 E.
‐Presupuesto parcial n° 2 E.
‐Presupuesto parcial n° N E.
Presupuesto de Ejecución por Contrata estará compuesto por la suma de los siguientes conceptos:
‐Presupuesto de ejecución material E.
‐Gastos generales de estructura: 13% Gastos Generales y Fiscales E.
‐6% Beneficio Industrial E.
‐Presupuesto de Seguridad y Salud E.
Presupuesto Total estará compuesto por la suma de los siguientes conceptos:
‐Presupuesto de Ejecución por Contrata E.
‐16% IVA E.
Las mediciones deberán ser concomitantes con cada uno de los presupuestos parciales, de forma que siempre puedan correlacionarse.
Los cuadros de precios n° 1 y n° 2 y la justificación de precios deberán numerarse y ordenarse de la misma manera, debiendo utilizarse, dentro de los posible, dicha ordenación para la medición y el presupuesto.
Si lo estima conveniente la Dirección del Proyecto y con objeto de poder utilizarlo, en caso necesario, en el transcurso del proyecto, se ejecutará un presupuesto general por partidas independientes incluidas en cada presupuesto parcial.
De los documentos anteriormente reseñados, la Memoria, el Pliego de Condiciones, el cuadro de precios n° 1, el cuadro de precios n° 2, el Presupuesto de Ejecución por Contrata y todos y cada uno de los planos deberán ser firmados (con pie de firma) por los autores del proyecto con inclusión de lugar y fecha en el que se procede a la firma
ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD
Como documento independiente dentro del proyecto, se incluirá el Estudio de Seguridad y Salud según lo dispuesto en el artículo 5 del R.D. 1627/1997.
El contenido de dicho estudio se ajustará a lo marcado en los Artículos 5 y 6 del referido Decreto. En el caso de existir más de un proyectista, el CONSULTOR previa aprobación de la PROPIEDAD designará un Coordinador de Seguridad y Salud en la fase de proyecto que será el representante en materia de Seguridad y Salud del CONSULTOR.
PLAN DE CONTROL DE CALIDAD
Como documento independiente se presentarán los correspondientes Planes de Control de Calidad, tanto del Proyecto de Urbanización como de los Proyectos de Conexiones Exteriores.
3.9. Proyectos Parciales
3.9.1. Proyectos de Suministro de Servicios
Con objeto de poder ser tramitadas de forma independiente ante las diferentes empresas suministradoras y organismos centrales o autonómicos, el CONSULTOR deberá aportar tres ejemplares de cada una de las separatas siguientes, completándolos con el capítulo de Seguridad y Salud si fuera necesario y visándolos en el colegio profesional que se considere conveniente:
Proyecto de abastecimiento de agua potable y riego.
Proyecto de distribución de gas.
Proyecto de canalizaciones de telecomunicaciones al menos para dos operadores.
Proyecto de distribución de energía eléctrica.
Proyecto de soterramiento de líneas eléctricas
Proyecto o proyectos de conexiones exteriores.
Proyecto o proyectos de enlaces exteriores viarios.
Dichas separatas deberán ser producidas con los mismos criterios del proyecto general y en particular sus presupuestos desglosados en los mismos presupuestos parciales que el presupuesto general.
4. REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS
4.1. Condiciones Generales
El CONSULTOR realizará la totalidad de los trabajos de producción: cálculos, mecanografía, delineación, encuadernación, etc., tanto de los documentos por él redactados, como de los preparados directamente por la PROPIEDAD sin intervención del CONSULTOR, que estén estrictamente relacionados con el presente trabajo.
La PROPIEDAD facilitará al CONSULTOR cuanta información disponga relacionada con el objeto de este Contrato. El CONSULTOR deberá realizar las comprobaciones y trabajos necesarios para la definición topográfica y cartográfica del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en el capítulo 3.6.
4.2. Definiciones
En el texto del presente pliego los términos que se relacionan a continuación se entenderán con el significado que respectivamente se indica:
a) Por el Contrato se designará el contrato de estudios y servicios técnicos a que se refiere el presente Xxxxxx.
b) Por los Trabajos, o indistintamente, por el Proyecto, se designará el conjunto de actividades que deben realizarse en cumplimiento del contrato por parte del CONSULTOR, así como, indistintamente, los soportes materiales en que se concretasen.
c) Por el CONSULTOR se entiende la parte contratante obligada a ejecutar el Proyecto.
d) Por el Director del Proyecto el representante de la PROPIEDAD cuyas funciones se detallan en este Pliego.
e) Por el Jefe del Proyecto el delegado del CONSULTOR cuyas funciones se detallan en el Pliego.
f) Por el Programa del Trabajo se designará el documento resultante de detallar el Plan de Trabajo, una vez adjudicado el contrato.
g) Por Normas de Procedimiento se designará a las normas que se estableciese el Director del Proyecto para reglamentar procedimientos auxiliares en el desarrollo del contrato.
h) Por PROPIEDAD se entiende al Consorcio Urbanístico Área Tecnológica del Sur‐TECNOGETAFE, entidad que contrata los trabajos de referencia.
4.2.1. Función del Director del Proyecto
El Director del Proyecto será designado por la PROPIEDAD y su nombre comunicado por el CONSULTOR antes de transcurridos 10 días, contados a partir de la fecha de adjudicación de los trabajos, ejercerá las siguientes funciones:
Dirigir y supervisar la realización y desarrollo de los trabajos.
Determinar y hacer cumplir las Normas de Procedimiento.
Proponer el abono de los trabajos realizados de acuerdo con el programa previsto y con el contrato.
Decidir la aceptación de las modificaciones propuestas por el Jefe del Proyecto en el desarrollo de los trabajos.
4.2.2. Funciones del Jefe de Proyecto
El Jefe de Proyecto será la persona que el CONSULTOR designe y acepte la PROPIEDAD, ejercerá las siguientes funciones:
Organizar la ejecución de Proyecto y poner en práctica las órdenes del Director del Proyecto.
Ostentar la representación del Equipo Técnico contratado en sus relaciones con la PROPIEDAD, en lo referente a la ejecución de los trabajos.
Observar y hacer observar las Normas de Procedimiento.
Proponer al Director del Proyecto las modificaciones en el contenido y realización de los trabajos necesarios para el desarrollo de los mismos.
4.2.3. Normas de Procedimiento
Las Normas de Procedimiento reglamentarán las siguientes cuestiones:
Reuniones de trabajo del Director del Proyecto con el Equipo Técnico contratado.
Las formas y normas de presentación de las relaciones valoradas justificativas de las certificaciones mediante las cuales se abonarán los trabajos.
Los informes del Jefe del Proyecto sobre la marcha de los trabajos.
Aquellos aspectos de carácter auxiliar no previstos expresamente en los documentos contractuales que fuera conveniente reglamentar.
4.3. Documentos Contractuales
Además del propio Contrato, y xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares que regularán las condiciones económicas y administrativas establecidas libremente entre las partes firmantes, el presente Xxxxxx regirá para todos los requerimientos de tipo técnico a los que deben ajustarse los trabajos así como a su forma de ejecución.
4.4. Coordinación con otros Organismos
El Director de Proyecto realizará las gestiones necesarias para permitir el acceso del Equipo Técnico del CONSULTOR a los datos y a la documentación relacionados con el Proyecto, que sean propiedad del AYUNTAMIENTO DE GETAFE, COMUNIDAD DE MADRID y cualquier otro Organismo Oficial, o entidad de derecho privado así como para la organización de reuniones con dichos Organismos, a propuesta del Jefe del Proyecto y en los casos en que lo estime necesario.
Asimismo, facilitará las credenciales pertinentes al Equipo CONSULTOR, necesarias en el desarrollo de los trabajos.
4.5. Presentación de los Trabajos
Los trabajos se presentarán en un conjunto de documentos acordes con la estructuración de actividades reseñadas y organizados de modo que reflejen cada una de las mismas de forma autoexplicativa.
Se entregarán, de todos los planos y croquis de los documentos, original ó copia reproducible, así como, seis copias de todos los documentos con planos‐papel en DIN A‐3 y copias en soporte magnético según se detalla en el Anexo III "Presentación en soporte informático del presente Pliego".
Tanto las carátulas de los planos como la presentación y encuadernación ele los trabajos requerirán la aceptación previa del Director de los trabajos. Las copias de textos y planos, así como la encuadernación, serán de calidad suficiente, a juicio del Director de los trabajos.
5. DESARROLLO DE LOS TRABAJOS. PLAN DE ETAPAS
Los trabajos para la redacción del proyecto de ejecución, objeto de esta Asistencia Técnica, se desarrollarán metodológicamente en diversas etapas que se enumeran a continuación y que se constituyen en entregas parciales:
‐ DOS (2) MESES para la Redacción del Proyecto de Adecuación de la Urbanización.
6. PROCEDIMIENTO
A efectos de procedimiento se establecen los siguientes principios: Seguimiento
El seguimiento de los Proyectos de Ejecución se realizará por representantes a designar por parte de la PROPIEDAD, que asumirán la Dirección y/o Coordinación de los mismos, procediendo, en su caso, a la recepción y aprobación de las entregas parciales y final.
A efectos de este seguimiento, cabe resaltar que el equipo redactor ele los proyectos asume todas las responsabilidades técnicas, legales, etc., que correspondan en la legislación vigente, sin que al
Director/Coordinador de las mismas le incumba responsabilidad directa o subsidiaria en referencia a los proyectos o cálculos que realice el adjudicatario en competencia de su profesión.
Facturación
Se establecen "hitos" de facturación correspondientes al proyecto, de acuerdo con lo indicado en el Pliego de Condiciones Particulares.
Liquidación
La Liquidación de los trabajos se llevará acabo una vez finalice la totalidad de los trbajos objeto de la licitación es decir una vez finalizada la labor de Dirección de Obra.
Condiciones de Pago
La PROPIEDAD hará efectivo el pago al CONSULTOR una vez se haya producido el hito de facturación previsto en el Pliego de Condiciones Particulares, en los 30 días siguientes a la aprobación de la factura y el informe justificativo de la misma. Esta aprobación tendrá lugar dentro de los 30 días siguientes a su presentación en el registro de entrada de la PROPIEDAD.
7. PLAZO DE REDACCIÓN
El Plazo de redacción estimado para los Proyectos de Urbanización objeto de este Pliego es, de DOS
(2) MESES, no pudiendo ser modificado en la oferta a presentar, debiendo entregarse los trabajos en las siguientes fases:
‐ DOS MESES (2) Redacción del Proyecto de Adecuación de la Urbanización.
La fecha de iniciación de los trabajos y, consiguientemente, la fecha a partir de la cual se contarán los plazos parciales y totales de los trabajos, será la del día siguiente al de la recepción de la carta de adjudicación del presente contrato. El calendario se referirá asimismo a ese origen de tiempos y se formulará en tiempos semanales.
Cualquier modificación en los plazos de entregas parciales o finales deberá ser aprobada por el Director de Proyecto.
Durante la realización de las distintas fases, el CONSULTOR deberá facilitar al Director del Proyecto cualquier información solicitada por éste y acorde con el estado de desarrollo del trabajo, con un plazo máximo entre solicitud y entrega de 5 días hábiles.
8. PERSONAL Y MEDIOS
En su oferta, el CONSULTOR propondrá los efectivos, instalaciones, equipos y medios que ofrecen utilizar en el desarrollo de los trabajos.
En cualquier caso al frente del equipo CONSULTOR estará un Titulado Superior, Ingeniero o Arquitecto.
9. PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS
Todos los estudios y documentos elaborados en la ejecución del presente contrato serán propiedad, en cualquiera de sus fases, del Consorcio Urbanístico Área Tecnológica del Sur‐TECNOGETAFE, el cual podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos parcial o totalmente, en la medida en que crea conveniente, sin que pueda oponerse a ello el CONSULTOR alegando sus derechos de autor.
El CONSULTOR no podrá utilizar para sí ni proporcionar a terceros datos de los trabajos contratados o publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización escrita del Director de Proyecto.
El CONSULTOR deberá facilitar al Director de Proyecto, cuando éste lo requiera, todos los datos, cálculos, proceso y material bibliográfico que no constando en los documentos de proyecto, hubiesen sido empleados en la elaboración del mismo, salvo aquellos cuyo carácter reservado se haya hecho constar en la oferta y recogido en el documento de formalización del Contrato.
10. PERMISOS, LICENCIAS Y VISADOS
Será de la incumbencia del CONSULTOR la obtención de todos los permisos y licencias, oficiales y particulares, que se requieran para la ejecución de los trabajos encomendados, así como, el abono de los impuestos, cánones, derechos de visado en los Colegios Profesionales que fueran necesarios, compensaciones y demás indemnizaciones a que hubiere lugar para la realización y aprobación del Proyecto de Urbanización con sus proyectos independientes y los proyectos de conexiones exteriores.
El adjudicatario garantizará la viabilidad técnica y administrativa de todas las propuestas incluidas en su proyecto, a través de sus contactos con los organismos implicados, de acuerdo con lo recogido en el apartado 4.4 de este Pliego.
11. VALORACIÓN DE LOS TRABAJOS
Los precios ofertados por el CONSULTOR incluirán todos los gastos de personal, así como toda clase de gastos de funcionamiento necesarios para llevar a cabo el trabajo en las condiciones de calidad adecuadas.
Son pues, de cuenta directa del CONSULTOR, todos los devengos de personal, incluidos Seguros Sociales, Impuestos y horas extraordinarias posibles que regulan las disposiciones vigentes en el momento actual o a las que se aprueben durante el periodo de vigencia del presente Contrato.
12. TRABAJOS DEFECTUOSOS O MAL EJECUTADOS
Hasta que finalice el periodo de garantía, el CONSULTOR responderá por sí mismo de la correcta realización de los trabajos contratados y de los defectos que en ellos hubiere, sin que sea eximente ni le dé derecho alguno la circunstancia de que los representantes de la PROPIEDAD los hayan examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales.
13. DOCUMENTOS A DISPOSICIÓN DEL CONSULTOR
Relación de Documentos disposición del Consultor:
1. Planos de Liquidación de la Urbanización del Área Tecnológica del Sur. De julio de 2004
2. Proyecto de Urbanización del Área Tecnológica del Sur, de noviembre de 2006
3. Informe nº 2 Estado de las Redes de Saneamiento realizado por el Canal xx Xxxxxx XX.
4. Informe del estado de la urbanización realizado por los servicios técnicos del Ayuntamiento de Getafe.
Madrid, abril de 2017
ANEXO N° 1
PRESENTACIÓN DE LOS TRABAJOS
El CONSORCIO suministrará al CONSULTOR al inicio de los trabajos la cartografía de la zona, en formato de AutoCAD*.DWG y en su formato de archivo de intercambio *.DXF, correspondientes a la versión 2015 o posterior de dicho programa.
El CONSULTOR, a la finalización de los trabajos, entregará TRES ejemplares debidamente encuadernados, de todos los trabajos objeto xxx XXXXXX DECONDICIONES.
Se incluirán dos CD‐ROM con todo el proyecto en formato PDF partido en sus capítulos así como dos CD‐ ROM con todo el proyecto en formato abierto (doc, dwg, etc)
En cada CD‐ROM, se cumplirán los siguientes requisitos:
1. Se incluirá un archivo de texto con carácter de índice (formato Microsoft® Word), donde se detallará la composición de cada CD‐ROM entregado.
Entre otros contendrá:
1.1 Árbol de directorios y subdirectorios del proyecto, plan o estudio.
1.2 Nombre, composición y extensión de los archivos.
Todos los archivos, se incluirán en su formato original (*.dwg, *.doc, etc.) y nunca en formatos de archivo comprimido (*.arj, *.zip, o similares).
2. Se estructurará el CD‐ROM de una forma similar a la siguiente: Cada Proyecto específico contendrá la documentación:
2.1 Memoria
2.2 Planos
2.3 Pliegos
2.4 Mediciones y Presupuesto Su contenido será:
2.1 Memoria
Antecedentes
Datos xx xxxxxxx y condiciones del proyecto
Estudios previos y gestiones realizadas
Descripción de la solución aportada
Cuadro de superficies
Sistema constructivo, materiales e instalaciones
Lista de documentos del proyecto de construcción
Anejo
Normativa técnica de aplicación en los proyectos y en la ejecución de la obra.
Plan de obra.
Cálculo de estructuras.
Instalaciones mecánicas.
Instalaciones eléctricas.
Cumplimiento de la normativa sobre supresión xx xxxxxxxx arquitectónicas.
Justificación de precios.
Calidades de los materiales
Estudio de Gestión de Residuos (Real Decreto 105/2008) de 13 de febrero por el que se regula
la Producción y Gestión de los Residuos de Construcción y Demolición RCD.
2.2 Planos
Estructura.
Arquitectura.
Instalaciones de electricidad y comunicaciones.
Instalaciones mecánicas.
2.3 Pliego de prescripciones técnicas particulares Generalidades
Pliego de prescripciones técnicas particulares de estructuras.
Pliego de prescripciones técnicas particulares de edificación.
Pliego de prescripciones técnicas particulares de instalaciones mecánicas.
Pliego de prescripciones técnicas particulares de instalaciones eléctricas.
Pliego de prescripciones técnicas particulares de electrificación.
Pliego de prescripciones técnicas particulares de seguridad, comunicaciones y control.
2.4 Mediciones y presupuesto
Mediciones.
Cuadro de precios.
Presupuestos parciales.
Resumen de presupuesto.
3. Formatos de archivos admitidos:
Dibujos de proyectos: AutoCAD® (Versión 2015 o posterior)
Archivos de texto: Microsoft® Word (Versión 2013)
Hojas de cálculo: Microsoft® Excel (Versión 2013)
Bases de datos: Microsoft® Access (Versión 2013)
Mediciones y Presupuestos: Presto® 2016 y archivo FIEBDC
Fotografías Formato JPEG
Copia de todo el Proyecto: Formato de Adobe Acrobat PDF
PPTP‐ DIRECCION FACULTATIVA
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORIA Y ASISTENCIA, A ADJUDICAR POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO CON PLURALIDAD DE CRITERIOS, PARA LA REALIZACION DE LOS TRABAJOS CONSISTENTES EN: “DIRECCIÓN FACULTATIVA DE LAS OBRAS DE ADECUACION DE LA URBANIZACION DEL ÁREA TECNOLOGICA DEL SUR‐TECNOGETAFE, EN GETAFE, (MADRID)”.
ÍNDICE
PRESCRIPCIÓN 1ª. OBJETO DE LAS PRESENTES PRESCRIPCIONES
1.1.‐ Objeto de las Prescripciones.
1.2.‐ Definiciones.
1.3.‐ Documentos Contractuales.
1.4.‐ Dirección de los trabajos.
PRESCRIPCIÓN 2ª. FACULTADES DEL CONSULTOR
PRESCRIPCIÓN 3ª. DEFINICIÓN GENERAL DEL TRABAJO
3.1.‐ Antecedentes.
3.2.‐ Objetivos y Alcance del Trabajo.
3.2.1‐ Dirección facultativa.
3.2.2‐ Equipo de apoyo a la Dirección de las obras.
3.2.3‐ Controles a realizar.
3.2.4‐ Variaciones del proyecto.
3.2.5‐ Redacción de Informes Ocasionales. 3.2.6‐ Redacción de Informes Mensuales. 3.2.7‐ Servicios afectados.
3.2.8‐ Relaciones con otros Organismos y Administraciones.
3.3.‐ Ejecución del control.
3.4.‐ Responsabilidad del Consultor.
3.5.‐ Confidencialidad.
PRESCRIPCIÓN 4ª. PERSONAL Y MEDIOS
PRESCRIPCIÓN 5ª. VALORACIÓN DE LOS TRABAJOS PRESCRIPCIÓN 6ª. JORNADA DE TRABAJO DEL CONSULTOR PRESCRIPCIÓN 7ª. COORDINACIÓN CON OTROS ORGANISMOS
PRESCRIPCIÓN 8ª. CALENDARIO Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL TRABAJO
PRESCRIPCIÓN 9ª. CONDICIONES GENERALES
9.1.‐ Inspección de los trabajos.
9.2.‐ Permisos, Licencias y Visados.
PRESCRIPCIÓN 10ª. TRABAJOS DEFECTUOSOS O MAL EJECUTADOS
PRESCRIPCIÓN 11ª. DOCUMENTOS A DISPOSICIÓN DEL CONSULTOR
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA, A ADJUDICAR POR EL PROCEDIMIENTO GENERAL CON PLURALIDAD DE CRITERIOS, PARA LA REALIZACION DE LOS TRABAJOS CONSISTENTES EN: DIRECCIÓN FACULTATIVA DE LAS OBRAS DE ADECUACION DE LA URBANIZACION DEL ÁREA TECNOLOGICA DEL SUR‐ TECNOGETAFE, EN GETAFE, (MADRID).
PRESCRIPCIÓN 1ª‐OBJETO DE LAS PRESENTES PRESCRIPCIONES
1.1.‐ Objeto de las Prescripciones
El objeto del presente documento es establecer las condiciones de carácter técnico que han de regir para la contratación de los Servicios de Consultoría y Asistencia Técnica para la realización de los trabajos referenciados.
1.2.‐ Definiciones
En el texto del presente pliego los términos que se relacionan a continuación se entenderán con el significado que respectivamente se indica:
a) Por el Contrato se designará el contrato de estudios y servicios técnicos a que se refiere el presente Xxxxxx.
b) Por los Trabajos, se designará el conjunto de actividades que deben realizarse en cumplimiento del contrato por parte del Contratista, así como, indistintamente, los soportes materiales en que se concretasen.
c) Por el Consultor se entiende la parte contratante obligada a ejecutar el objeto del Contrato.
d) Por el Jefe del Proyecto el Delegado del CONSULTOR cuyas funciones se detallan en el Pliego.
e) Por el Programa del Trabajo se designará al documento resultante de detallar el Plan de Trabajo, una vez adjudicado el contrato.
f) Por Normas de Procedimiento se designará a las normas que estableciese el Consorcio para reglamentar procedimientos auxiliares en el desarrollo del contrato.
g) Por Propiedad se entiende a la Entidad que contrata los trabajos de referencia.
1.3.‐ Documentos Contractuales
Además del propio Contrato, y xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares que regularán las condiciones económicas y administrativas establecidas libremente entre las partes firmantes, el presente Xxxxxx regirá para todos los requerimientos de tipo técnico a los que deben ajustarse los trabajos, así como a su forma de ejecución.
1.4.‐ Dirección de los trabajos
El Consorcio Urbanístico designará al Coordinador de los trabajos de Consultoría y Asistencia, objeto de este Xxxxxx, en quien delegará las atribuciones que crea oportunas y que serán especificadas para conocimiento del CONSULTOR.
El Consorcio desempeñará funciones directoras o inspectoras, técnicas, administrativas y económicas, estableciendo los criterios y líneas generales de la actuación del CONSULTOR, a fin de que los trabajos sirvan de la mejor forma a los intereses y objetivos perseguidos.
En particular el Consorcio determinará:
Los plazos para la ejecución de los diversos trabajos comprendidos en el Contrato que no estén definidos ya en este Pliego, así como las fechas para la ejecución de trabajos que deben ser realizados en días determinados, e incluso, las horas de realización cuando sea necesario.
Los criterios y metodología para la ejecución de los trabajos, después de estudiadas las propuestas que en este sentido haga el CONSULTOR, pero sin tener que atenerse necesariamente a ellas.
Las prioridades de actuación en cada momento del personal integrante de la Consultoría y Asistencia.
Los medios tanto humanos como materiales, necesarios para llevar a cabo la correcta prestación de los servicios contratados.
Cualquier otra cuestión que sea consecuencia de su labor de dirección del presente Contrato y que a su juicio sea necesaria para el cumplimiento de sus fines.
PRESCRIPCIÓN 2ª‐FACULTADES DEL CONSULTOR
A efectos del Contrato objeto de este Pliego, el CONSULTOR tiene el carácter de Dirección Facultativa de la obra y colaborador del Consorcio.
Será continuo el contacto del CONSULTOR con el Consorcio Urbanístico a través de las personas por él designadas, a las que mantendrá siempre informadas de cuantas incidencias surjan y de las que recabará siempre las instrucciones oportunas.
El Consorcio determinará por escrito, comunicándolo al CONSULTOR y al Contratista de las obras, las atribuciones y funciones que delega en cada persona del mismo y/o del CONSULTOR.
El CONSULTOR dará cuenta inmediatamente al Consorcio de todas las órdenes y comunicaciones que, en uso de sus facultades, dé al Contratista.
PRESCRIPCIÓN 3ª‐DEFINICIÓN GENERAL DEL TRABAJO
3.1.‐ Antecedentes
La presente contratación tiene por objeto: La Consultoría y Asistencia para la Redacción de Proyecto y Dirección Facultativa de las Obras:
REDACCION DE PROYECTO Y DIRECCIÓN FACULTATIVA DE LAS OBRAS DE ADECUACION DE LA URBANIZACION DEL ÁREA TECNOLÓGICA DEL SUR‐TECNOGETAFE, EN GETAFE, (MADRID).
3.2.‐ Objetivos y Alcance del Trabajo 3.2.1‐ Dirección Facultativa
El equipo humano que constituya la Dirección Facultativa tendrá las funciones específicas de su profesión y estará compuesto con carácter mínimo por:
Director Facultativo.
Titulado Superior con facultades suficientes, con experiencia mínima de 7 años, en obras de urbanización y Dirección de obras de Carreteras.
Desempeñará la Dirección Facultativa de la obra, actuando, además, como Delegado del CONSULTOR y coordinará y supervisará las labores del equipo de trabajo, de acuerdo con el Consorcio, a fin de que los trabajos sirvan de la mejor forma a los intereses y objetivos perseguidos por la misma.
Informará al Consorcio y, en su caso, presentará para su aprobación por el mismo, el Plan de residuos de construcción y demolición que se vayan a producir en la obra y que el Contratista de las obras está obligado a someter a criterio de la Dirección Facultativa, antes del inicio de las obras.
Hará entrega al Contratista de un Plan de Aseguramiento de Calidad (en adelante PAC) o de un Plan de Puntos de Inspección (en adelante, PPI), comunicándolo a su vez al Consorcio para la obtención de su visto bueno. Dicho PAC o PPI deberá contener suficientemente especificados los tipos, alcances y volúmenes de los lotes y ensayos a realizar, indicando el número total de lotes y ensayos así como el volumen porcentual que representan sobre cada una de las unidades de ejecución de las obras.
Su presencia en obra será la requerida por el desarrollo de los trabajos en todo momento, siendo obligatoria en todo caso su asistencia a las reuniones semanales de obra, así como a las reuniones relacionadas con las necesidades del trabajo ante los Organismos Oficiales y Compañías suministradoras de servicios.
Inspeccionará las obras con objeto de detectar cualquier problemática referente a ritmos de avance, procesos constructivos, calidades, etc. y en general todos aquellos aspectos que afectan a la seguridad y calidad de la obra.
Será responsable de la toma de datos de campo necesarios para realizar el adecuado control de la obra.
De cada visita redactará un acta, que se entregará al Consorcio, y que servirá de base para la confección del informe mensual. Será el responsable de la comprobación de las mediciones y la aprobación de las certificaciones presentadas por el Contratista de las obras.
Director de Ejecución.
Titulado Superior o Titulado de Grado Medio con facultades suficientes y con experiencia mínima de 5 años, en obras de urbanización y de carreteras. Colaborará con el Director Facultativo en la dirección de la obra, y en ausencia de aquel, le representará a todos los efectos.
Coordinará, junto con el Técnico Coordinador de la Seguridad y Salud de las obras, las medidas de seguridad del contratista, supervisando el plan de seguridad. Supervisará el cumplimiento del Plan de Control de Calidad establecido para la obra y se responsabilizará de los controles geométricos, cuantitativos y cualitativos de la obra, así como de la vigilancia de la misma.
Su presencia en obra será la necesaria y requerida para el cumplimiento de sus funciones, con un mínimo de asistencia de tres jornadas por semana, además de la obligatoria a la reunión semanal de obra o a cualquier otra que el Consorcio le demande.
3.2.2‐ Equipo de apoyo a la Dirección de las obras
El equipo del CONSULTOR deberá contar al menos con el personal responsable siguiente:
Coordinador de Seguridad y Salud
Titulado Superior o Titulado de Grado Medio con facultades suficientes y con experiencia mínima de 5 años como Coordinador de Seguridad y Salud en obras de construcción, su afección a la obra será temporal durante el periodo que determine el desarrollo de sus competencias. Estas funciones no se desempeñarán ni por el D. Facultativo no por el D. de Ejecución.
Ingeniero Técnico de Topografía.
Será responsable de las comprobaciones y replanteo de topografía de la obra y de las mediciones junto con el Ayudante de Obra. Responsable del equipo de topografía, que debe contar con los medios humanos y materiales precisos, su afección a la obra será temporal durante el periodo que determine el Director Facultativo.
Oficina Técnica
El CONSULTOR dispondrá de una Oficina Técnica de apoyo y contará con cuantos especialistas asesores sean necesarios para el normal desarrollo de su trabajo en cuanto Dirección Facultativa, incluyendo consultas, modificaciones de proyecto, variaciones, recálculos y nuevos cálculos que surjan durante el trabajo.
3.2.3‐ Controles a realizar
Los tipos de control a realizar por parte del equipo del CONSULTOR serán los siguientes:
Control geométrico de las obras, el cual consiste en garantizar que las mismas responden en su geometría, forma y dimensiones al proyecto aprobado y a las modificaciones autorizadas.
Se incluye en este apartado todos los replanteos y comprobaciones cuya ejecución corresponda al Consorcio Urbanístico de acuerdo con el Contrato de las Obras, y los relacionados con los procedimientos de transmisión de parcelas a terceros (Actas de Entrega, Fichas de servicios de parcelas, etc.).
Control cuantitativo, consistente en la medición de las diversas unidades de obra, comprobando que la misma corresponde a lo previsto en el Proyecto de las Obras y a las modificaciones autorizadas, en especial a aquellas partes y unidades que por quedar ocultas son de difícil comprobación posterior. En concreto son responsabilidad del CONSULTOR:
Medición de las obras.
Aprobación de Certificaciones mensuales.
Estudio económico de alternativas a las unidades de obra.
Estudio de las variaciones, y sus causas, de las unidades previstas.
Control cualitativo, el cual consiste en garantizar que los materiales, puesta en obra, y unidades de obra terminadas se ajusten a las Prescripciones del Proyecto de las Obras y a las modificaciones aprobadas. Este apartado incluirá el seguimiento del Plan de Calidad, y la interpretación sobre los resultados obtenidos en los ensayos realizados por el Control de Xxxxxxx, que será contratado directamente por el Consorcio Urbanístico, una vez elegido el laboratorio de Control de entre la terna, propuesta por el Contratista a la Dirección Facultativa, de empresas autorizadas para la realización del Control de Calidad en obra, siendo indispensable que dicha autorización sea extensiva a todos los tipos de ensayos que contemple el PAC o el PPI redactados por el CONSULTOR .
Control de las medidas de seguridad, a realizar en estrecha colaboración con el técnico Coordinador de la Seguridad y Salud de la obra, mediante el seguimiento del Plan aprobado por Xxxxxxxxx, redactado por el Contratista de las obras e informado, antes del inicio de las mismas, por el citado Coordinador.
En los informes mensuales de obligada realización por el CONSULTOR, deberá incluirse los partes diarios de incidencias producidas y las condiciones de seguridad de la obra.
Control de seguimiento arqueológico, a realizar durante el transcurso del desarrollo de la obra si se detecta algún tipo de bien arqueológico o de los referenciados en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 10/1998. El CONSULTOR está obligado a comunicarlo al Consorcio, debiendo ordenar al Contratista de las obras que proceda a protegerlo, ya que deberá ser comunicado a la Dirección General de Patrimonio Histórico o en su caso al Ayuntamiento en el plazo de 48 horas. El CONSULTOR está obligado a hacer preservar los bienes protegidos del Sector 1 “Ensanche” no pudiendo intervenir en ellos sin consentimiento previo del Consorcio.
Control de los elementos protegidos, definidos en el Proyecto de Urbanización o que relacionados con los mismos pudieran surgir, impidiendo que se actué libremente sobre ellos sin conocimiento y autorización previa por el Consorcio.
3.2.4‐ Variaciones del proyecto
Será obligación del CONSULTOR la revisión detallada del Proyecto, debiendo informar a la PROPIEDAD de la correcta viabilidad técnica del mismo antes del comienzo de la ejecución de las obras, de acuerdo a los procedimientos del CONSULTOR. Asimismo, será responsabilidad del CONSULTOR dar el visto bueno al Programa de Obra presentado por el Contratista de las obras, proponiendo las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento del plazo propuesto de obra.
Una vez firmada el Acta de Viabilidad de las Obras, y comenzado el proceso de ejecución, corresponderá al CONSULTOR la interpretación técnica del proyecto y la facultad de dictar las ordenes para su desarrollo, siendo obligación del mismo la realización de los estudios, informes, cálculos, planos, etc. que sean necesarios en las variaciones que se produzcan durante el desarrollo de la obra, así como comprobar e informar cuando así lo requiera el Consorcio aquéllos que proponga el Contratista de la obra.
Cuando la Dirección Facultativa de la obra considere necesaria una modificación del proyecto, recabará del Consorcio autorización para iniciar el expediente, que se sustanciará con las siguientes actuaciones:
a) Propuesta técnica motivada del Director Facultativo de la obra, donde figurará el importe aproximado de la modificación, así como la descripción básica de las obras a realizar.
b) Redacción de la modificación del proyecto una vez otorgada la conformidad de la modificación por el Órgano de Contratación.
c) Aprobación técnica del proyecto.
d) Audiencia del Contratista, por plazo mínimo de tres días.
e) Aprobación del proyecto modificado por el Consorcio, así como de los gastos asociados precisos.
La tramitación de un proyecto modificado podrá suponer o no, la suspensión temporal total o parcial de la ejecución de las obras, a juicio de la Dirección Facultativa con el visto bueno del Consorcio.
No obstante, podrán introducirse variaciones sin necesidad de previa aprobación cuando éstas consistan en la alteración en el número de unidades realmente ejecutadas sobre las previstas en las mediciones del proyecto, siempre que no representen un incremento del gasto superior al 10 por ciento del precio primitivo del contrato, Impuesto sobre el Valor Añadido excluido. Las variaciones mencionadas en este apartado, respetando el límite establecido, podrán incorporarse a las relaciones valoradas mensuales y abonarse en la certificación mensual correspondiente o realizarse con cargo a la certificación final.
Para todo lo anterior, deberá disponer del personal y los medios adecuados, incluyendo los informáticos que se precisen para su adecuada realización.
3.2.5‐ Redacción de Informes Ocasionales
Se emitirán todos aquellos que derivados del contrato de Consultoría y Asistencia, reflejen actuaciones del Equipo a pie de obra, sobre temas que en estos momentos no se puedan prever:
Informes sobre propuestas de modificaciones.
Informes ante problemas o incidencias especiales.
Informes sobre falta de calidad en materiales.
Informes de los análisis de datos del Control de Calidad.
3.2.6‐ Redacción de Informes Mensuales
Con independencia de la inclusión de un resumen de los informes ocasionales producidos en el mes, con esta periodicidad se redactará un informe donde se resuman los aspectos más importantes del análisis de la marcha de los trabajos.
En dicho informe se resumirán los datos de inspección y control realizados sistemáticamente, con los comentarios correspondientes a su explicación y conclusiones. Deberá incluirse un apartado específico sobre las medidas de seguridad y las incidencias producidas, y se deberán prever las medidas correctoras.
Con carácter no limitativo, dichos informes deberán contener los siguientes aspectos:
Descripción del desarrollo de las obras, diferenciando:
Situación general a origen.
Actividades realizadas en el mes, haciendo referencia a las notificaciones más relevantes de la Propiedad, Dirección Facultativa y la Contrata, así como las incidencias más significativas.
Planos de ejecución y desarrollo del avance en planta.
Plan de obras con diagrama xx xxxxxx y avance desde origen. Revisión de desviaciones. Propuesta de cronogramas revisados.
Evolución de mediciones y presupuesto, comparando el del proyecto de licitación, proyecto adjudicado, proyecto modificado, actualización mensual y certificación a origen. Justificación de desviaciones.
Documentación fotográfica relevante de la obra con comentarios a la misma. Como anexo al informe anterior se recogerán:
Informes de calidad comentados.
Cuadros cuantitativos: personal, maquinaria, tiempos.
3.2.7‐ Servicios afectados
El CONSULTOR estará obligado a la investigación de todos los servicios que puedan afectar al desarrollo de la obra, así como a analizar y proponer los desvíos correspondientes para lo cual, si fuera preciso, habrá de tomar contacto con las compañías responsables de los mismos.
Una vez comenzadas las obras, el Contratista que está obligado a comunicar los posibles cortes de suministro a realizar para las nuevas acometidas con una antelación no inferior a siete (7) días, aportará a la Dirección de obra la programación completa de los mismos, indicando día previsto, hora de inicio y hora de finalización así como usuarios afectados para poder proceder a su comunicación.
La Dirección Facultativa será responsable de autorizar el plan de actuación, que al respecto el Contratista le proponga, vigilando posteriormente el cumplimiento del mismo.
Al final de la obra habrá de elaborar los correspondientes planos donde se reflejen con el suficiente grado de detalle la situación final y definitiva de los citados servicios.
3.2.8‐ Relaciones con otros Organismos y Administraciones
El Consorcio Urbanístico, podrá solicitar del Consultor la colaboración en la tramitación de los permisos, licencias y autorizaciones precisas para el desarrollo de la obra, así como hacerse cargo de las relaciones con otros Organismos y Administraciones relacionadas con la misma.
3.3.‐ Ejecución del control
El control y dirección se ejercerá por el CONSULTOR con los medios humanos y materiales adecuados a tal fin, para lo cual estará organizado con:
Dirección Facultativa
Oficina Técnica de Apoyo.
Grupo de control geométrico y cuantitativo.
Grupo de control cualitativo y vigilancia de obra.
Medios de transporte.
Instalaciones.
Salvo que en casos especiales el Consorcio Urbanístico disponga otra cosa, el trabajo se llevará a cabo de acuerdo con las prescripciones técnicas del proyecto de las obras y sus modificaciones autorizadas.
3.4.‐ Responsabilidad del Consultor
El CONSULTOR responderá en primer lugar de la idoneidad de los medios humanos y de las instalaciones, equipos y material destinado a la ejecución de los trabajos.
Asimismo será responsable:
De controlar que el Libro de Subcontrataciones de la empresa contratista de las obras, es llevado por la misma, en orden y al día.
De la definición del proyecto, cuando así se lo solicitara el Contratista de las obras; debiendo contestar en el plazo de quince (15) días como máximo a dicha solicitud
De la preparación de todos los documentos (modificaciones, liquidación, revisiones de precios, certificaciones mensuales, etc., necesarios para el funcionamiento de la obra).
De la exactitud de las operaciones topográficas, mediciones, planos y demás documentos que haya de preparar y de presentar.
Del honesto comportamiento de su personal en las relaciones de todo tipo y muy especialmente con el Contratista.
De todos aquellos encargos relacionados con la obra que reciba por delegación del Consorcio Urbanístico.
De la redacción y firma, conjuntamente con la PROPIEDAD y el Contratista, de las Actas de viabilidad, inicio y replanteo de las obras.
Del control de las evoluciones de la obra, ordenando la realización de ensayos y el análisis de los materiales y/o unidades de obra que, aún no estando inicialmente previstos en el PAC, considere necesarios.
Del seguimiento de los plazos parciales, acumulados y totales de los diferentes tajos de obra.
Seguimiento del diario de incidencias
Contraste y comprobación de los replanteos en obra, ordenando realizar los replanteos parciales que estime convenientes y necesarios; levantando acta por cuadruplicado ejemplar con los planos correspondientes.
Acta de Recepción de las obras.
En la fecha prevista de finalización de las obras, que el Contratista habrá tenido que comunicar al Consorcio con un mes de antelación; la Dirección Facultativa comprobará que aquellas están en condiciones de ser recibidas, emitiendo en ese caso, el correspondiente Certificado Final de Obra y comunicándoselo al Consorcio.
Dentro del mes siguiente a la finalización de las obras, se procederá, mediante acto formal, a la recepción de las mismas.
Comprobación y aceptación de los planos y mediciones finales de obra entregados por el Contratista.
Recibidas las obras, se procederá seguidamente a su medición general con asistencia del Contratista, formulándose por la Dirección Facultativa, en el plazo de un mes desde la recepción, la medición de las realmente ejecutadas de acuerdo con el proyecto y a redactar la certificación final de liquidación, que deberá ser aprobada por el Consorcio dentro del plazo de tres meses contados a partir de la recepción y que será abonada, en su caso, al Contratista dentro del plazo de sesenta días a partir de su expedición a cuenta de la liquidación del contrato.
Simultáneamente a la Liquidación, el Contratista entregará al CONSORCIO Urbanístico, un Proyecto de Liquidación de las obras donde se refleje el estado real de las mismas y constará de Memoria, Planos y Presupuestos, debiendo tener el Visto Bueno de la Dirección de la Obra.
En la Memoria deben figurar todos los antecedentes de las obras y las modificaciones incluidas en el transcurso de las mismas que deberán figurar asimismo en los Planos. En el Presupuesto figurarán las mediciones reales de obra y los precios reales aplicados.
Los planos finales de obra, mediciones y presupuesto final, que componen el proyecto de liquidación se entregarán en soporte informático, de la siguiente manera:
Memoria en formato Microsoft WORD.
Planos: AUTOCAD.
Mediciones y Presupuesto: Microsoft EXCEL y PRESTO o formato de intercambio de archivos de mediciones.
3.5.‐ Confidencialidad
El CONSULTOR deberá respetar, durante el plazo establecido en el artículo 124 de la LCSP, 5 años, el carácter confidencial de la información a que tenga acceso con ocasión de la ejecución del Contrato de Dirección Facultativa de las obras.
PRESCRIPCIÓN 4ª‐PERSONAL Y MEDIOS
En su oferta el CONSULTOR propondrá los efectivos, instalaciones, equipos y medios que ofrecen utilizar en el desarrollo de los trabajos.
En cualquier caso al frente de la Dirección Facultativa estará un Titulado Superior con facultades suficientes, auxiliado al menos por un Titulado Superior o Titulado de Grado Medio con facultades, igualmente suficientes.
El CONSULTOR dispondrá de los medios de transporte necesarios para el adecuado desplazamiento de los equipos y funcionamiento de los servicios en general.
PRESCRIPCIÓN 5ª‐VALORACIÓN DE LOS TRABAJOS
Los precios ofertados por el CONSULTOR incluirán todos los gastos de personal, traslados, seguros, dietas, alquiler, adquisición y amortización de instalaciones, equipo y vestuario, así como toda clase de gastos de funcionamiento necesarios para llevar a cabo el trabajo en las condiciones de calidad y seguridad adecuadas.
Se entiende que el encargo se refiere a la misión completa, esto es, los trabajos durarán el plazo que dure la ejecución de las obras, hasta la Recepción provisional y la Liquidación provisional de las mismas, sin incremento del presupuesto de adjudicación, independientemente del plazo final de las Obras.
En su oferta, el CONSULTOR deberá especificar claramente qué se incluye en cada precio y sus condiciones de aplicación, las cuales podrán ser modificadas por la PROPIEDAD previamente, quedando en todo caso incorporadas al CONTRATO.
Liquidación
Una vez presentada la liquidación de las obras EL CONSULTOR, el Director/Coordinador de los Proyectos, si estima que se han cumplido todas las prescripciones técnicas, emitirá informe favorable y propondrá al Órgano de Contratación dar conformidad a los mismos. La liquidación del contrato tendrá lugar dentro del plazo de 30 días de la fecha en la que el Órgano de Contratación preste conformidad a los trabajos.
PRESCRIPCIÓN 6ª‐JORNADA DE TRABAJO DEL CONSULTOR
El personal exigible, y en función de su categoría, estará capacitado para realizar como mínimo lo indicado en este Pliego y en la legislación laboral vigente.
El periodo o duración de trabajo diario será el correspondiente a la Legislación Laboral vigente, Convenios Laborales que afecten y a las modificaciones legalmente aprobadas que sean de aplicación.
El CONSULTOR deberá ejercer sus funciones de dirección, inspección y vigilancia siempre que haya algún trabajo de las obras en ejecución a cuyo fin deberá tomar las precauciones laborales y legales precisas. En estos supuestos, los cambios experimentados no serán computables a efectos de abono, considerándose incluidos en los ofertados.
Son pues, de cuenta directa del CONSULTOR, todos los devengos de personal, incluidos Seguros Sociales, Impuestos y horas extraordinarias posibles que regulan las disposiciones vigentes en el momento actual o a las que se aprueben durante el periodo de vigencia del presente Contrato.
PRESCRIPCIÓN 7ª‐COORDINACIÓN CON OTROS ORGANISMOS
El Consorcio realizará las gestiones necesarias para permitir el acceso del Equipo Técnico del CONSULTOR a los datos y a la documentación relacionados con el Proyecto, que sean propiedad de la DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS, CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO, AYUNTAMIENTO DE GETAFE, COMUNIDAD DE MADRID, ADIF, COMPAÑÍAS SUMINISTRADORAS DE SERVICIOS y
cualquier otro Organismo Oficial, o entidad de derecho privado así como para la organización de reuniones con dichos Organismos, a propuesta del CONSULTOR en los casos en que lo estime necesario.
Asimismo, facilitará las credenciales pertinentes al Equipo CONSULTOR, necesarias en el desarrollo de los trabajos.
PRESCRIPCIÓN 8ª‐CALENDARIO Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL TRABAJO
Los trabajos serán realizados de acuerdo con el calendario del Plan de Control y Dirección, y de acuerdo con los programas previstos para la ejecución de las obras.
El CONSULTOR se ajustará flexiblemente al programa de trabajo de las obras o modificaciones que vaya exigiendo la buena marcha de aquéllas.
La fecha de iniciación de los trabajos y, consiguientemente, la fecha a partir de la cual se contarán los plazos parciales y totales de los trabajos, será la del día siguiente de la firma del contrato. El calendario se referirá asimismo a ese origen de tiempos.
El plazo para la ejecución de los trabajos será, inicialmente de 6 meses, y en todo caso, el de duración de las obras, a los que habrán de añadirse los meses de la fase de medición y liquidación de las mismas, previstos, inicialmente, en dos (2) meses.
Durante el plazo para la realización de la medición final y la liquidación, el CONSULTOR deberá poner cuantos medios precise para conseguirlo, y sin que tenga derecho a percibir ninguna cantidad suplementaria si el plazo fuera rebasado.
PRESCRIPCIÓN 9ª‐CONDICIONES GENERALES
9.1.‐ Inspección de los trabajos
El Consorcio, o persona en quien delegue tendrá en todo momento libre acceso a las oficinas de obra del CONSULTOR, para mejor inspeccionar y dirigir la marcha de los trabajos o para recoger datos con vistas al cumplimiento del Contrato.
El Consorcio Urbanístico, podrá exigir al CONSULTOR, en cualquier momento y tantas veces como sea necesario, el cambio de las personas que éste tenga adscritas al cumplimiento del Contrato, si lo considera oportuno para la buena marcha del mismo.
9.2.‐ Permisos, Licencias y Visados
Será de la incumbencia del CONSULTOR la obtención de todos los permisos y licencias, oficiales y particulares, que se requieran para la ejecución de los trabajos encomendados, así como, el abono de los impuestos, cánones, seguros de responsabilidad civil, tanto para los técnicos adscritos a la obra por el CONSULTOR, como por los técnicos del Consorcio Urbanístico designados al efecto. Asimismo, serán de cuenta del CONSULTOR las compensaciones y demás indemnizaciones a que hubiere lugar para la realización del trabajo.
PRESCRIPCIÓN 10ª‐TRABAJOS DEFECTUOSOS O MAL EJECUTADOS
Hasta que finalice el periodo de garantía, el CONSULTOR responderá por sí mismo de la correcta realización de los trabajos contratados y de los defectos que en ellos hubiere, sin que sea eximente ni le dé derecho alguno la circunstancia de que los representantes de la Propiedad los hayan examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales.
PRESCRIPCIÓN 11ª‐DOCUMENTOS A DISPOSICIÓN DEL CONSULTOR
El CONSULTOR dispondrá, para su consulta:
Relación de Documentos disposición del Consultor:
3. Planos de Liquidación de la Urbanización del Área Tecnológica del Sur. De julio de 2004
4. Proyecto de Urbanización del Área Tecnológica del Sur, de noviembre de 2006
3. Informe nº 2 Estado de las Redes de Saneamiento realizado por el Canal xx Xxxxxx XX.
4. Informe del estado de la urbanización realizado por los servicios técnicos del Ayuntamiento de Getafe.
Una vez se produzca la adjudicación y firma del Contrato de Dirección Facultativa de las obras de urbanización; podrá disponer, también, xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares que ha regido la licitación de las obras de urbanización y del Contrato suscrito con el Contratista adjudicatario de las mismas.
Madrid, abril de 2017