Contract
Resolución de 05/04/2018, de la Dirección General de Programas de Empleo, por la que se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2018, para la concesión de las ayudas en virtud del Decreto 35/2016, de 27 de julio, por el que se regulan los incentivos destinados a fomentar la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo de Castilla-La Mancha
OBJETO: Favorecer, a través de la contratación indefinida, la integración laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo ordinario y fomentar la estabilidad en el empleo.
Facilitar la adaptación a puestos de trabajo de personas con discapacidad
BENEFICIARIOS: Empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas que incorporen trabajadores como socios trabajadores o de trabajo en el régimen de la SS propio de los trabajadores por cuenta ajena, las Comunidades de Bienes, las Sociedades Civiles, las Uniones Temporales de empresa y las Entidades sin ánimo de lucro que realicen contrataciones de trabajadores con discapacidad en las condiciones establecidas en el Decreto.
AYUDAS:
LINEA1 PARA LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA Y TRANSFORMACIÓN DE CONTRATOS DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
a) Subvenciones a las Contrataciones Iniciales Indefinidas de personas con discapacidad, que cumplan los requisitos previstos en el Decreto (35/2016, de 27 de julio)
a.1). Los trabajadores con discapacidad objeto de la contratación por la que se solicita la subvención, deberán haber permanecido inscritos como demandantes de empleo, no ocupados, en la correspondiente Oficina de Xxxxxx xx Xxxxxxxx-La Mancha hasta el día anterior a la fecha de alta del trabajador en la Seguridad Social.
a.2). La entidad, con anterioridad a la contratación, deberá solicitar el trabajador con discapacidad en la correspondiente Oficina de Xxxxxx xx Xxxxxxxx-La Mancha, con el documento de oferta de empleo, y describirá de forma detallada el puesto que se pretende cubrir, sus características técnicas, así como la capacidad que debe tener el trabajador para cubrir dicho puesto.
a.3). El contrato se formalizará por escrito, en modelo oficial y se comunicará a los Servicios Públicos de Empleo a través de la aplicación Contrat@.
b) Subvenciones a las transformaciones en Indefinidos de Contratos Temporales de Fomento de Empleo de personas discapacitadas, efectuadas al amparo de lo dispuesto en la Ley 43/2006, de 29 de Diciembre, así como la transformación en Indefinidos de los Contratos Formativos celebrados con trabajadores que, en el momento de la transformación, ostenten la condición de persona con discapacidad, siempre que cumplan los requisitos previstos en el decreto.
b1). La transformación de los contratos deberá realizarse durante la vigencia de los mismos o sus prórrogas.
b2) En el caso de transformación de los contratos a tiempo completo, la jornada del nuevo contrato indefinido será también a tiempo completo.
b3). En el caso de transformación a tiempo parcial de los contratos, la jornada del nuevo contrato indefinido deberá ser igual o superior a la del contrato que se transforma.
b4) El contrato se formalizará por escrito, en modelo oficial y se comunicará a los Servicios Públicos de Empleo a través de la aplicación Contrat@.
La ayuda consistirá en una subvención de 4000€ por cada contrato a Tiempo Completo. Se podrá incrementar con las ayudas adicionales:
1.- 1300€ si es varón o 2000€ si es mujer siempre que la Oficina de Empleo participe en la intermediación y que el Contrato Indefinido que realice la Entidad Beneficiaria sea el primer contrato indefinido que formaliza
2.- 2200€ si es varón o 2800€ si es mujer, siempre que la contratación se realice con una persona con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual, con un grado igual o superior al 33%. Se realice con personas con discapacidad física o sensorial, con un grado igual o superior al 65%. Se realice con persona con discapacidad con edad igual o superior a 45 años.
LINEA 2 PARA LA ADAPTACIÓN A PUESTOS DE TRABAJO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Se podrá subvencionar la contratación de personas con discapacidad, mediante la modalidad de contrato indefinido, temporal de fomento del empleo para personas con discapacidad, o siempre que su duración sea igual o superior a 12 meses en contratos formativos y en contratos de duración determinada de los contemplados en el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, con ayudas destinadas a la adaptación de los puestos de trabajo o dotación de equipos de protección personal necesarios para evitar accidentes laborales o para eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo a la persona con discapacidad contratada. Estas ayudas serán compatibles con las establecidas para la Línea I.
El Servicio de Empleo correspondiente de la Dirección Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, solicitará a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, el informe favorable sobre la necesidad de adaptación o de medios especiales de protección personal.
Si la empresa no solicitase la subvención para la adaptación de puesto de trabajo, podrá hacerlo el trabajador con discapacidad.
La ayuda consistirá en una subvención, como máximo, de 901,52€ por contrato
PLAZO: Desde el 13 xx Xxxxx de 2018 a 15 de Noviembre de 2018
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica. xxxxx://xxx.xxxx.xx/
En los supuestos regulados en la Línea II, cuando sea el propio trabajador quien presente la solicitud, podrá realizarlo también en el registro de la Consejería competente en materia de empleo, en sus Direcciones Provinciales o en cualquiera de los registros y por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o normativa que las sustituyan.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES: Serán subvencionables en el ejercicio 2018 las acciones comprendidas dentro de las Líneas I y II reguladas en el Decreto 35/2016, de 27 de Julio, que se lleven a cabo en el período comprendido entre el día 1 de Noviembre de 2017 y el 31 de Octubre de 2018, ambos inclusive.