Contract
La Junta Directiva del FONDO DE EMPLEADOS PARA EL BIENESTAR SOCIAL DE LOS SERVIDORES Y EXSERVIDORES PUBLICOS DEL ICBF Y EMPLEADOS DE
FONBIENESTAR "FONBIENESTAR", en uso de sus atribuciones legales y en especial la conferida en el Artículo 71 numeral 9 del Estatuto vigente y,
C O N S I D E R A N D O:
Que se hace necesario reglamentar el manual y las políticas del sistema de administración de riesgo de liquidez (SARL)" de tal manera que atienda las nuevas exigencias normativas y para el control del comportamiento de la liquidez en Fonbienestar.
ACUERDA
Reglamentar el manual y las políticas del sistema de administración de riesgo de liquidez (SARL)" bajo las siguientes condiciones y características:
OBJETIVO
El objetivo de este documento es definir las etapas, elementos, órganos de control, infraestructura tecnológica y divulgación de la información relativas a la Gestión del Riesgo de Liquidez con el fin de adoptar decisiones oportunas para la adecuada mitigación de este riesgo.
ARTICULO 1. FORMALIZACIÓN Y MARCO LEGAL.
Con este manual se da cumplimiento a la circular expedida por la Superintendencia de la Economía Solidaria en la Circular Básica Contable y Financiera de 2020 en su capítulo III del título IV y Circulares modificatorias.
ARTICULO 2. CONSIDERACIONES GENERALES.
El SARL es el Sistema de Administración de Riesgo de Liquidez que deben implementar las organizaciones solidarias vigiladas por la Superintendencia de Economía Solidaria de Colombia, con el propósito de, identificar, medir, controlar y monitorear el riesgo de liquidez al cual se encuentran expuestas en el desarrollo de sus actividades.
El riesgo de liquidez se puede materializar por la incapacidad de mantener un equilibrio permanente en el tiempo entre los flujos financieros positivos como negativos; desde el punto de vista de los activos por la incapacidad que pueden presentar las organizaciones solidarias para convertir rápidamente un activo en efectivo sin generar pérdidas de capital o intereses por penalidad propias de los instrumentos y/o activos de inversión, o desde el punto de vista
del pasivo se puede materializar por la incapacidad de financiar el crecimiento de sus operaciones y/o actividades y hacer frente a sus obligaciones de pago en la fecha y forma
contractualmente establecida, a un costo razonable y sin afectar su reputación en el mercado.
EL SARL que diseñen las organizaciones solidarias debe atender la naturaleza, características, estructura organizacional, su tamaño y la complejidad de sus operaciones.
El SARL se instrumenta a través de las etapas y elementos establecidos en el presente manual, teniendo en cuenta los lineamientos mínimos que fija la Superintendencia a las organizaciones vigiladas y en nuestro caso como Fondo de Empleados para administrar en forma adecuada su riesgo de liquidez, así como calcular el monto de activos líquidos disponibles que deben mantener para prevenirlo, junto con el monto de activos necesarios para el normal funcionamiento de Fonbienestar.
El SARL es un sistema dinámico que obliga a evaluar periódicamente la pertinencia de las etapas y elementos que lo conforman, para de esta forma hacer los ajustes que se requieran para su correcto, efectivo y eficiente funcionamiento.
Por parte del Comité se programarán los planes de capacitación sobre el Sistema de Administración del Riesgo de Liquidez (SARL), el cual será dirigido a todas las áreas y colaboradores de la Fonbienestar.
De otra parte, Fonbienestar tendrá en cuenta las posiciones de balance y fuera de él, para evitar posibles pérdidas en sus estados financieros y reconocerá la interacción que tiene con los demás riesgos definidos en el SIAR.
ARTICULO 3. DEFINICIONES.
- Riesgo de Liquidez: Se entenderá como Riesgo de Liquidez la contingencia de que una organización solidaria incurra en pérdidas excesivas por la enajenación de activos a descuentos inusuales y significativos, con el fin de disponer rápidamente de los recursos necesarios para cumplir con sus obligaciones contractuales.
El riesgo de liquidez es en sí mismo un riesgo de segundo orden o residual, dado que los eventos de riesgos que afectan la liquidez, específicamente el flujo de caja y el colchón de activos líquidos, son eventos asociados al riesgo de crédito, incluyendo riesgo de contraparte, al riesgo xx xxxxxxx, riesgo operacional siempre que este genere perdida financiera, riesgo reputacional, entre otros, en los casos que estos generen perdida.
La inadecuada gestión de los otros riesgos puede conllevar a generar riesgo de liquidez. De ahí la importancia de diseñar un SARL que integre el riesgo de liquidez con la gestión de los otros riesgos que, directa o indirectamente, afectan la estrategia de gestión del riesgo de liquidez de Fonbienestar.
- Riesgo de contraparte: Corresponde a la posibilidad de que una organización incurra en pérdidas y disminuya el valor de sus activos como consecuencia del incumplimiento de una contraparte, eventos en los cuales deberá atender el incumplimiento con sus propios recursos o materializar una pérdida en su balance. El riesgo de contraparte es un acápite del riesgo de crédito.
- Sistema de Administración de Riesgo de Liquidez (SARL): Es el conjunto de etapas y elementos tales como políticas, procedimientos, documentación, estructura
- organizacional, órganos de control, infraestructura tecnológica, divulgación de información y capacitación, mediante los cuales las organizaciones solidarias objeto de esta normatividad identifican, miden, controlan y monitorean el riesgo de liquidez.
- Partes Relacionadas: Son las personas naturales o jurídicas, que tienen con la organización solidaria, vínculos de administración, o de propiedad directa e indirecta.
- Plan de Contingencia de Liquidez: Es la compilación de estrategias, políticas, procedimientos y planes de acción para responder a crisis de liquidez que afectan la capacidad de una organización para atender sus requerimientos de liquidez de manera oportuna; contempla además los procedimientos para la comunicación a nivel interno de la organización, partes relacionadas, mercado y la Superintendencia.
- Fondo de Liquidez: Corresponde a un monto equivalente al 10% de los depósitos que las cooperativas de ahorro y crédito, las secciones de ahorro y crédito de las cooperativas multiactivas, los fondos de empleados y las asociaciones mutuales deben mantener como fondo de liquidez.
Adicionalmente, debe tenerse en cuenta lo previsto en el parágrafo 1 del artículo
2.11.7.2.1 del Decreto 1068 de 2015, modificado por el Decreto 704 de 2019 donde se establece que, sobre los depósitos de ahorro permanente, el monto mínimo a mantener como fondo de liquidez será del 2% del saldo de estos depósitos, siempre y cuando el estatuto de estas organizaciones prevea que tales depósitos pueden ser retirados únicamente al momento de la desvinculación definitiva del asociado.
- Apetito de riesgo: Es el nivel de exposición al riesgo que una organización solidaria está dispuesta a asumir en el desarrollo de sus actividades, con el propósito de alcanzar sus objetivos estratégicos y cumplir con su plan de negocios.
- Colchón de Activos líquidos: Es el conjunto de activos líquidos que las organizaciones solidarias deben disponer, en todo momento, que permita la venta o pignoración de estos en periodos de tensión, para garantizar un periodo de supervivencia mínimo, mientras la organización solidaria adopta medidas correctivas necesarias para recuperar sus niveles de liquidez operativa. El monto del colchón de liquidez será proporcional al nivel de exposición al riesgo de liquidez definido por la organización solidaria.
ARTICULO 4. ETAPAS DEL SISTEMA ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO DE LIQUIDEZ (SARL).
Con el fin de mitigar el Riesgo de Liquidez, entendido como la contingencia de no poder cumplir de manera oportuna las obligaciones de pago en las fechas correspondientes, debido a la insuficiencia de recursos líquidos o a la necesidad de asumir costos inusuales de fondeo, el Fondo de Empleados adopta metodologías para identificar, medir, controlar y monitorear el Riesgo de Liquidez al que está expuesta.
Según esto, la gestión del Riesgo de Liquidez debe partir del conocimiento claro de los mercados a los cuales se orienta la entidad, junto con los productos y posiciones que asume, por cuanto estos elementos marcan su nivel de riesgo en el manejo de los recursos financieros.
La identificación requiere de un claro entendimiento xxx xxxxxxx objetivo y de los productos que ofrece el Fondo bajo el enfoque de intermediación financiera. De la misma manera, el desarrollo de nuevos productos desarrollados deberá sufrir un análisis de identificación del Riesgo de Liquidez, determinando el perfil de riesgo y cuantificando el impacto que estos tienen en el nivel de exposición al Riesgo de Liquidez.
4.1. Identificación Riesgo de Liquidez.
Ante la posibilidad de incurrir en perdidas, el Fondo identifica el Riesgo de Liquidez al que está expuesto en función de las posiciones asumidas y de los productos y mercados atendidos. El nivel de exposición al Riesgo de Liquidez será identificado y medido, mediante la inclusión de un mapa de riesgos en el que se incorpora la identificación de los factores de riesgo y los eventos que se pueden presentar, lo anterior permitiendo conocer el riesgo inherente de Fonbienestar, producto de su actividad como Fondo de Empleados.
El respectivo mapa de riesgo será anexo al presente manual.
Los siguientes principios se tendrán en cuenta dentro del respectivo proceso de identificación:
a. Los factores y eventos que generan riesgo de liquidez, serán evaluados como mínimo una vez al año.
b. Previamente a la creación de nuevos productos o líneas de negocio, se analizarán los factores y eventos de riesgo de liquidez para determinar su perfil de riesgo y cuantificar el impacto que estos tienen en el nivel de exposición al riesgo de liquidez del fondo.
c. Fonbienestar identificará todos los posibles eventos de riesgos que puedan afectar su liquidez, es decir, que pueden afectar las entradas y salidas de efectivo al igual que el nivel de sus activos líquidos, asociados al fondo de liquidez y a la posición adicional que tengan en portafolios de inversión. Lo anterior teniendo en cuenta que algunos eventos de riesgo están asociados a los generados por riesgo xx xxxxxxx, crédito, operativo, reputacional, concentración, entre otros, que pueden tener impacto en la liquidez del fondo.
La metodología y los parámetros de identificación y actualización de los eventos de riesgos es la siguiente:
x. Xxxxxxx de Riesgo.
Las fuentes de riesgo definidas son:
Riesgo / Fuente |
Crédito |
Operativo |
Mercado |
SARLAFT |
Liquidez |
Reputacional |
Estratégico |
Emisor |
b. Impacto.
El impacto hace referencia al grado de afectación del riesgo al fondo, siendo los siguientes:
Impacto | Vr Numérico | Descripción |
Catastrófico | 5 | Impacta trascendentalmente la liquidez de la entidad, puede conllevar a que la entidad no pueda continuar |
Mayor | 4 | Impacto medio alto en la liquidez de la entidad, es desastroso pero la entidad podría continuar |
Moderado | 3 | Impacto medio en la liquidez de la entidad, los controles pueden mitigar para que los asociados no se afecten y la entidad pueda continuar en marcha |
Menor | 2 | Impacto medio bajo en la liquidez de la entidad, las acciones mitigan las consecuencias del riesgo |
Insignificante | 1 | Impacto inapreciable |
c. Probabilidad de Ocurrencia.
La probabilidad de ocurrencia hace referencia a la posibilidad de que el evento de riesgo se presente:
Probabilidad | Vr Numérico | Descripción (número de veces en el último año) |
Muy Frecuente | 5 | Sucede permanentemente y de manera reiterada. (Como mínimo una vez al mes) |
Frecuente | 4 | Sucede de manera reiterada. (Como mínimo una vez cada 2 meses) |
Moderadamente Frecuente | 3 | Sucede de manera moderada. (Como mínimo una vez cada seis meses) |
Poco frecuente | 2 | Sucede de manera poco reiterada. (Como máximo una vez al año) |
Muy poco frecuente | 1 | Sucede de manera moderada. (No se ha presentado en el último año) |
x. Xxxx de Riesgo.
Al hacer la multiplicación de la probabilidad de ocurrencia con el impacto, se genera una matriz de 5 x 5, en la cual se pueden mapear los diferentes riesgos. Se contará con dos matrices o mapas de riesgo así:
Riesgo Inherente:
Hace referencia al riesgo puro, al riesgo sin controles o actividades de mitigación. Es decir, el riesgo propio de la actividad.
Riesgo Residual:
Hace referencia resultante después de aplicar los respectivos controles o actividades de mitigación de cada evento de riesgo. El riesgo residual deberá ser coherente con el apetito al riesgo.
Los siguientes son ejemplos de medición de la identificación del riesgo inherente y del riesgo residual.
RIESGO INHERENTE
Matriz de Calor - Riesgo de Liquidez Fecha de Actualización:
PROBABILIDAD
5
4 | |||||
3 | 2 | 1 | |||
2 | 6 | 1 | |||
1 | 2 | 5 | |||
1 | 2 | 3 | 4 | 5 |
Un mapa o matriz de riesgo residual superior al nivel definido como riesgo aceptable de acuerdo con el apetito al riesgo, requiere de nuevas medidas de mitigación.
La Junta Directiva es la responsable de aprobar los mapas de riesgo y puede manifestar si existe la necesidad de aplicar nuevos controles o actividades de mitigación, así mismo debe instruir al respecto al comité de riesgos.
Los mapas de riesgo de liquidez de Fonbienestar hacen parte integral del presente manual y son un anexo al mismo.
El desarrollo de ciertas prácticas inadecuadas puede generar comportamientos adversos que retardan o aceleran los ingresos o salidas de activos y pasivos entre los cuales se puede considerar los siguientes riesgos identificados:
ID | Riesgo/Fuente | Tipo de factor de Riesgo | Evento de Riesgo |
1 | Crédito | Interno | Posible incumplimiento total o parcial de los deudores |
2 | Crédito | Interno | Alta concentración en la cartera de crédito |
3 | Emisor | Interno | Alta Concentración por emisor del portafolio de inversión o de los excedentes de liquidez |
4 | Liquidez | Interno | Retiro masivo de asociados y/o ahorros. (Alta Volatilidad de aportes y ahorros) |
5 | Liquidez | Interno | Alta Concentración de aportes y ahorros en pocos asociados. |
6 | Liquidez | Interno | Falta de acceso x xxxxxxx de fondeo. |
7 | Liquidez | Interno | Insuficiencia de activos líquidos de alta calidad. |
8 | Liquidez | Interno | Estructura inadecuada de los plazos del portafolio de inversión y las operaciones pasivas. |
9 | Mercado | Externo | Aumento generalizado en las tasas de interés. |
10 | Reputacional | Externo | Afectación del buen nombre de la organización |
11 | Liquidez | Externo | Aumento generalizado de la inflación |
12 | Liquidez | Externo | Aumento generalizado en el desempleo en Colombia |
13 | Estratégico | Interno | Incumplimiento de las metas comerciales |
14 | Liquidez | Interno | Aumento generalizado en la demanda de créditos superando las metas comerciales. |
15 | Liquidez | Externo | Disminución de la Cartera por migración a otras entidades. |
16 | Operativo | Interno | Error en la medición y evaluación del riesgo de liquidez |
17 | Operativo | Interno | Perdidas de efectivo por errores de los sistemas de información - alteración cifras Cartera o de ahorros individuales |
18 | Operativo | Externo | Perdida de recursos por fraude en las cuentas bancarias o desembolsos y pagos a terceros. |
Cualquier producto de colocación o de fondeo que se pretenda incluir en el portafolio de productos, el responsable de su implementación debe presentar a consideración los datos estadísticos y proyectados de dicho producto.
4.2. Medición del Riesgo de Liquidez.
Adicionalmente a los riesgos identificados e incluidos en el numeral anterior por medio de la respectiva matriz de riesgo de liquidez, el Fondo de Empleados deberá establecer su grado de exposición al Riesgo de Liquidez mediante las metodologías establecidas en los anexos 2 y 3 del capítulo III de la Circular Básica Contable y Financiera de la SES. Estas metodologías permiten el análisis de la maduración de las posiciones activas, pasivas y fuera de balance.
Para tal efecto, se deberá distribuir los saldos registrados en los estados financieros con cierre a la fecha de evaluación, de acuerdo con sus vencimientos contractuales o esperados, según lo establezcan dichas metodologías.
Con base en las proyecciones realizadas, Fonbienestar cuantifica el nivel de exposición de riesgo de liquidez. Para este cálculo, se tienen en consideración los siguientes principios:
a. La cuantificación del nivel de exposición de riesgo de liquidez se hace con una periodicidad diaria, en función de la liquidez operativa requerida con la validación diaria del flujo de caja del fondo, esta labor se hace desde la tesorería.
b. Fonbienestar, a partir de sus indicadores de exposición al riesgo de liquidez ha definido su nivel de apetito al riesgo.
c. Cuantificar el nivel mínimo de activos líquidos requeridos en diferentes escenarios de exposición de liquidez, incluido un escenario de máximo nivel de exposición de liquidez.
d. Generar señales de alerta temprana y límites encaminados a controlar la materialización de eventos adversos xxx xxxxxxx (materialización de situaciones que afectan el nivel de liquidez), en materia de liquidez.
e. Fonbienestar, ha definido sus inversiones como de corto plazo con el fin de mitigar el riesgo de liquidez xx xxxxxxx, como se puede ver en el respectivo acuerdo de inversión. Entendido este riesgo como: la posibilidad de vender posiciones activas con un castigo significativo en el precio. Esto corresponde a la interacción con riesgo xx xxxxxxx, y a la necesidad por una eventual venta de inversiones.
4.2.1. Modelos de Medición del Riesgo de Liquidez.
4.2.1.1. Brecha de Liquidez (Anexo 3 Capítulo III Título IV de las CBCF).
La brecha de liquidez del fondo se calculará a través del modelo estándar contenido en el anexo 3 del capítulo III del título IV de la Circular Básica Contable y Financiera de la Superintendencia de la Economía Solidaria.
Valor en riesgo de liquidez
Cuando la brecha de liquidez acumulada para el plazo de tres meses sea negativa, ésta se denominará valor en riesgo por liquidez.
Exposición Significativa
El Fondo no podrá presentar en dos evaluaciones consecutivas el valor en riesgo por liquidez mayor en términos absolutos al de los activos líquidos netos, madurados en las bandas de tiempo superiores a tres (3) meses. El Fondo deberá utilizar los mecanismos para restablecer la liquidez previstos en este manual, e informar a la Superintendencia de la Economía Solidaria en los términos indicados en la Circular Básica Contable y Financiera.
4.2.1.2. Índice de Riesgo de Liquidez IRL (Anexo 2 Capítulo III Título IV de las CBCF.
El Indicador de Riesgo de liquidez del fondo se calculará a través del modelo estándar contenido en el anexo 2 del capítulo III del título IV de la Circular Básica Contable y Financiera de la Superintendencia de la Economía Solidaria.
El indicador de riesgo de Liquidez IRL, pretende reflejar el grado en que los activos líquidos ajustados por riesgo xx xxxxxxx (ALN) y los ingresos cubren las salidas proyectadas.
La estimación de este Indicador corresponde al cociente entre los activos líquidos ajustados por riesgo xx xxxxxxx (ALN), sumando las entradas netas de efectivo sobre
el valor absoluto de las salidas netas de efectivo acumuladas hasta la respectiva banda de tiempo, como se ilustra a continuación.
• La fórmula para el modelo básico se presenta a continuación:
𝐼𝑅𝐿
𝐵𝑎𝑛𝑑𝑎 𝑡
= 𝐴𝐿𝑁 + 𝐼𝑁𝐺𝑅𝐸𝑆𝑂 𝐴𝐶𝑈𝑀𝑈𝐿𝐴𝐷𝑂𝐵𝐴𝑁𝐷𝐴 𝑇
𝐺𝐴𝑆𝑇𝑂𝑆 𝐴𝐶𝑈𝑀𝑈𝐿𝐴𝐷𝑂𝑆𝐵𝐴𝑁𝐷𝐴 𝑇
• La fórmula para el modelo ajustado se presenta a continuación:
𝐼𝑅𝐿
𝐵𝑎𝑛𝑑𝑎 𝑡
= (𝐴𝐿𝑁 − FONDO DE LIQUIDEZ) + 𝐼𝑁𝐺𝑅𝐸𝑆𝑂 𝐴𝐶𝑈𝑀𝑈𝐿𝐴𝐷𝑂𝐵𝐴𝑁𝐷𝐴 𝑇
𝐺𝐴𝑆𝑇𝑂𝑆 𝐴𝐶𝑈𝑀𝑈𝐿𝐴𝐷𝑂𝑆𝐵𝐴𝑁𝐷𝐴 𝑇
Dónde:
𝐴𝐿𝑁: son los activos líquidos ajustados por riesgo xx xxxxxxx (ALN).
𝐼𝑁𝐺𝑅𝐸𝑆𝑂 𝐴𝐶𝑈𝑀𝑈𝐿𝐴𝐷𝑂𝐵𝐴𝑁𝐷𝐴 𝑇: Entradas netas de efectivo para cada banda acumulada.
𝐺𝐴𝑆𝑇𝑂𝑆 𝐴𝐶𝑈𝑀𝑈𝐿𝐴𝐷𝑂𝑆𝐵𝐴𝑁𝐷𝐴 𝑇: Salidas netas de efectivo para cada banda acumulada.
FONDO DE LIQUIDEZ: Activos que constituyen el fondo de liquidez.
El IRL no puede ser inferior al 100%
ARTICULO 5. CONTROL.
El SARL debe permitirle a Fonbienestar establecer actividades encaminadas a vigilar el comportamiento del nivel de exposición de Riesgo de Liquidez. Dentro de la definición e implementación de las actividades de control, la organización debe tener en consideración los siguientes lineamientos:
a) Las actividades de control deben ser aprobadas y verificadas por la Junta Directiva, adicionalmente estas actividades deben ser comunicadas a toda la organización.
b) Las actividades de control deben guardar proporción con el volumen y la complejidad de las operaciones desarrolladas por la organización.
c) Las actividades de control deben dar cumplimiento a los límites generales y especiales establecidos por la organización solidaria sobre los productos, líneas de negocio y diferentes posiciones activas y pasivas.
d) Las actividades de control deben considerar la estrategia de la organización solidaria, las prácticas generales de sus transacciones y las condiciones xxx xxxxxxx.
e) Las actividades de verificar el cumplimiento de la estrategia y las políticas comerciales definidas por la organización y que estas hayan sido definidas constantemente con la estrategia de gestión de Riesgo de Liquidez.
f) Las actividades definidas para el control del Riesgo de Liquidez deben ser parte fundamental del sistema de control interno.
g) Los resultados de estas revisiones deben estar disponibles para la Superintendencia de la Economía Solidaria, que podrá solicitarlos cuando lo considere pertinente.
h) i. Las actividades o mecanismos de control sobre el cumplimiento de los límites de riesgo de liquidez deben ser llevadas a cabo por un área funcional diferente a las áreas de negociación en la tesorería, de contar con ella, y de las áreas de captaciones y colocaciones de la organización solidaria.
5.1. Límites
Para controlar el nivel de exposición al Riesgo de Liquidez se establecen los siguientes límites:
5.1.1.1. Límite mínimo de Activos Líquidos de alta calidad
- Mantener como mínimo el 70% de los activos líquidos totales en activos de alta calidad. Definidos estos como:
o Títulos xx xxxxx fija (Cdt’s, bonos) en emisores con calificación entre AA+ y AAA.
o Títulos xx xxxxx fija emitidos o garantizados por la nación.
o Inversiones en Fondos de Inversión Colectiva clasificados como xx Xxxxxxx Monetario.
5.1.1.2. Límite de liquidez por horizontes de tiempo
Buscando liquidez en las diferentes bandas de tiempo, se promoverá que los plazos de los pasivos de fondeo se distribuyan en forma proporcional a través del tiempo, en la medida en que las condiciones xxx xxxxxxx lo permitan se propenderá porque no más de veinticinco por ciento (25%) de estos vencimientos tengan lugar en un mismo mes.
5.1.1.3. Límite de IRL
- Mantener un IRL Básico, superior al 150% para el nodo de 30 días y de 120% en el nodo de 90 días.
- Mantener un IRL Ajustado superior al 120%, para el nodo de 30 días y de 100% en el nodo de 90 días.
Lo anterior sin perjuicio de los límites legales del 100% para el IRL básico.
5.1.1.4. Límite máximo de liquidez.
- El valor de los activos líquidos no podrá ser superior al 40% del valor del Activo Total.
ARTICULO 6. Monitoreo para la prevención del Riesgo de Liquidez.
El SARL de Fonbienestar permitirá que se pueda monitorear el cumplimiento a los límites de exposición al riesgo de liquidez por medio del monitoreo o seguimiento de indicadores y en
general de la situación de liquidez del fondo, la cual se evaluará en el respectivo comité de administración de riesgo de liquidez.
Con el fin de anticipar posibles descalces de fondeo en las diferentes bandas de tiempo y a posibles variaciones negativas en el valor de los flujos de caja de sus activos, pasivos y posiciones fuera de balance, se establecerán indicadores de alerta temprana sobre los siguientes eventos:
• Aumento en los índices de morosidad de la cartera de créditos del Fondo o del sector, pudiendo significar un cambio en las condiciones económicas generales que pueda llevar a los deudores a un mayor incumplimiento en el pago de sus obligaciones.
• Rápido aumento en el ritmo de crecimiento de las colocaciones de crédito en comparación con el ritmo de apalancamiento. (Hay que definir el indicador)
• Alto nivel de concentración de vencimiento de los fondeos, en determinados momentos de tiempo.
• Deterioro significativo de los excedentes, de la calidad de los activos y en general de la condición financiera del Fondo de empleados.
• Grado de correspondencia de las inversiones con los montos, el volumen y plazos de vencimiento de las operaciones pasivas. (Reservas, fondos con destinación).
• El crecimiento de la concentración en activos.
• La disminución en la calificación crediticia.
• El aumento de los costos de fondeo.
• Contrapartes que comiencen a requerir garantías adicionales o que se resistan a entrar en nuevas transacciones con la entidad.
• Dificultad para acceder x xxxxxxx de financiamiento.
Las alertas tempranas en caso de materializarse serán presentadas mediante reportes gerenciales a la Junta Directiva para su conocimiento y tomar decisiones que anticipen posibles riesgos futuros de liquidez.
Finalmente, independientemente que se presenten o no, debe llevarse a la Junta Directiva un informe de niveles de riesgo, así como la situación frente a los límites existentes.
ARTICULO 7. ELEMENTOS DE LA GESTIÓN DEL RIESGO DE LIQUIDEZ.
7.1. Políticas generales
FONBIENESTAR desarrollará todas sus fuentes de financiamiento a través de estrategias comerciales en las adjudicaciones de crédito eligiendo especialmente por plazos y modalidades de tasas, aquellas que cubren de mejor forma la diferencia entre activos y pasivos, así como las fuentes de fondeo con las cuales están representadas en el apalancamiento financiero a través de créditos bancarios en el mediano y largo plazo, la captación de recursos mediante la vinculación y profundización de los asociados a través de la estrategia de captación y su comercialización con el asociado y los recursos de cartera de crédito.
La estabilidad y el tamaño del patrimonio se constituye en una palanca financiera, fundamental para soportar la relación entre los activos y los pasivos, al mantener unos recursos permanentes que soportan las colocaciones de largo plazo.
Con el fin de mitigar el Riesgo de Liquidez entendido como la contingencia de no poder cumplir de manera oportuna las obligaciones de pago en las fechas correspondientes, debido a las insuficiencias de recursos líquidos o a la necesidad de asumir costos inusuales de fondeo, el Fondo de Empleados adopta metodologías para identificar, medir, controlar y monitores el Riesgo de Liquidez al que está expuesto.
Así mismo, con el propósito de diversificar las fuentes de fondeo, los recursos de liquidez y potenciar la dinámica de las colocaciones considera oportuno buscar apalancamiento financiero con bancos y entidades financieras en función al patrimonio técnico, buscando beneficios que le permitan mejorar los niveles de liquidez, las duraciones y la estructura de balance, así como la diversificación del fondeo mediante fuentes alternativas.
7.1.1. Políticas en materia de límites.
Los parámetros a tener en cuenta en la fijación de límites serán los siguientes:
1. Cumplimiento pleno y oportuno de las obligaciones de pago en las fechas correspondientes, garantizando la suficiencia de activos líquidos disponibles para ello sin necesidad de asumir costos inusuales de fondeo.
2. Disposición permanente de un “colchón” de activos líquidos suficientes para atender los posibles faltantes de liquidez. Aún en el caso estresado que se presenten ciertos retrasos x xxxxx en el recaudo de los activos y simultáneamente, ninguna o una baja renovación de los pasivos con vencimiento contractual y no haya nueva captaciones y colocaciones.
3. Concentración por asociados y por plazos, volatilidad de los ahorros comportamiento de los depósitos, nivel de morosidad, políticas de colocación.
4. Situación actual xxx xxxxxxx, en caso de que esta variable constituya un parámetro para efectuar el análisis.
5. Ajuste adecuado del sistema a las características, necesidades y volumen de las operaciones del Fondo de empleados.
7.1.2 Políticas en materia de mitigación de Riesgo de Liquidez y planes de contingencia.
Para soportar las contingencias provenientes de las variaciones de las variables macroeconómicas y su impacto sobre la estructura de balance del Fondo de Empleados, se adoptan estrategias consistentes en mantener actualizados cupos de endeudamiento con entidades bancarias y apropiar un colchón de liquidez para soportar los retiros probables de los asociados.
El Fondo considera y prevé escenarios potenciales, ante los cuales evalúa su capacidad de generación de recursos líquidos que le permitan atender una crisis, dada por la materialización de eventos adversos en materia de liquidez.
Para fines de contingencia se establece la posibilidad de adelantar ventas de cartera al mercado con lo cual se mitiga el Riesgo de Liquidez accediendo a recursos xxx xxxxxxx financiero.
El plan de Contingencia de Liquidez será parte integral del presente manual y se relaciona en el anexo 01, de acuerdo con lo establecido en el anexo 4 del Capítulo III del título IV de la CBCF.
7.1.3 Política de los negocios estratégicos de la tesorería
El Fondo de Empleados tendrá como política de inversión conservar el capital invertido y obtener rendimientos consecuentes al movimiento xxx xxxxxxx, en plazos acordé a las necesidades de los recursos para el giro de su objeto principal de intermediación manteniendo un portafolio de inversión de riesgo moderado, con una capacidad razonable de exposición al riesgo de pérdidas y una capacidad alta de conservación de capital.
Ante excedentes de liquidez, se asumirá o adoptará una posición conservadora mediante la inversión en alternativas de bajo riesgo con tasa fija y variable.
7.2. Procedimiento.
Fonbienestar cuenta con procedimientos para la adecuada implementación y funcionamiento del SARL, los cuales deben cumplir, como mínimo, con los siguientes requisitos:
a) Detallar la implementación de las diferentes etapas y elementos del SARL.
b) Generar informes internos y externos.
c) Especificar explícitamente que las actividades de control del cumplimiento de los límites de Riesgo de Liquidez sean llevadas a cabo por un área funcional diferente a las áreas encargadas de las captaciones y colocaciones del fondo.
d) Contemplar las acciones a seguir en caso de incumplimiento en los límites fijados y los casos en los cuales se deben solicitar autorizaciones especiales.
e) Detallar el análisis que se debe realizar en término de la exposición de Riesgo de Liquidez, cuando se pretenda operará nuevos mercados y/o productos de captación, colocación o tesorería.
f) Detallar en los procedimientos claramente las funciones, responsabilidades y atribuciones específicas para cada uno de los funcionarios de los diferentes órganos de dirección, administración y control y en general de todos los involucrados en la administración del riesgo.
7.2.1 Proceso administrar recursos monetarios y gestión contable.
Las actividades relacionadas con la administración del Riesgo de Liquidez a cargo de estas dependencias son las siguientes:
• Aplicar las herramientas y parámetros establecidos con el fin de medir la situación de liquidez del Fondo de empleados y el riesgo de no poder cumplir con los pagos y obligaciones de corto plazo, informando ambas cosas.
• Estar atento a identificar nuevas fuentes de riesgo.
• Suministrar mensualmente la información proyectada y real de los flujos de ingreso y de egreso, derivados de las posiciones activas y pasivas, dentro y fuera del balance, según la metodología de riesgo definida, discriminando las fuentes de riesgo identificadas.
• Presentar los informes y planes de acción de cualquier sobrepasó a los límites establecidos. Esto se ha definido como el procedimiento a aplicar en caso de sobrepasar los límites, pues será la Junta Directiva quién apruebe los planes de acción.
• Conocer y participar en el diseño e implementación de los planes de fondeo de contingencia.
ARTICULO 8. Documentos
RIESGO | CLASE | NOMBRE | OBJETIVO | PERIODICIDAD |
Liquidez | Externo | Formato 29 | Informe de Brechas de Liquidez – Anexo 3 Capítulo II del título IV de la CBCF. | Mensual |
Liquidez | Externo | Formato 137 | Informe IRL – Anexo 2 Capítulo II del título IV de la CBCF. | Mensual |
Liquidez | Interno | Informe Flujo de caja | Informar sobre la acumulación neta de activos líquidos su cumplimiento y eficacia. | Mensual |
Liquidez | Interno | Reporte de Riesgo de Liquidez | Informar sobre el comportamiento de liquidez y operaciones fuera de límites aceptables | Mensual |
Liquidez | Interno | Reporte medición del Riesgo de Liquidez | Reportar los resultados de la medición del Riesgo de Liquidez efectuada a la Superintendencia | Mensual |
ARTICULO 9. Estructura Organizacional
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9.1. Junta Directiva
La gestión de Riesgo de Liquidez contempla las siguientes funciones para la Junta Directiva:
• Definir y aprobar las políticas de la entidad en materia de administración de Riesgo de Liquidez.
• Aprobar los lineamientos que en materia de ética deben observarse en relación con el SARL., así como el sistema de control interno y la estructura organizacional y tecnológica del mismo.
• Aprobar el marco general de actuación de la entidad en los casos en que se excedan los límites de exposición al Riesgo de Liquidez, así como los planes de contingencia a adoptar en caso de presentarse escenarios extremos.
• Realizar el nombramiento del Comité de Liquidez, definir sus funciones y aprobar su reglamento.
• Pronunciarse, cuando existan situaciones anormales sobre los informes que le presente el área de administración de riesgo respecto del nivel de Riesgo de Liquidez de la entidad.
El Comité de Riesgo de Liquidez seguirá los lineamientos de conducta y ética establecidos, en especial aquellos que se refieren a las disposiciones sobre confidencialidad, manejo de la información y conflictos de interés.
En el evento de que se encuentre frente a una situación generadora de conflicto de interés, se recomienda comunicarles a sus asociados interesados los hechos que generaron su presencia, para así mantener la transparencia de las operaciones.
Se deberá evitar la generación de situaciones de conflictos de interés absteniéndose de realizar cualquier operación utilizando información privilegiada de suministrar a un tercero la información que no tenga derecho a recibirla o de aconsejar la realización de una operación con base en información privilegiada.
Del mismo modo, el Fondo se abstendrá de realizar operaciones que se encuentren expresamente prohibidas o que impliquen conflictos de interés, cuando el conflicto no pueda superarse.
La información que se asigne a cada persona como directivo, administrador o colaborador, no debe ser proporcionada a personas externas, ni a empleados que no la requieran dadas sus funciones, sin que medie la autorización necesaria. Así mismo, no debe ser utilizada para beneficio personal ni de nadie diferente al Fondo de Empleados. Los directivos, administradores y colaboradores del Fondo deben proteger la información que les ha sido dada a conocer por sus asociados y aquella propia de carácter reservado, salvo los casos en que las autoridades la requieran.
9.1.2. Representante Legal
La gestión del Riesgo de Liquidez contempla las siguientes funciones para el representante legal:
• Establecer y garantizar el efectivo cumplimiento de las políticas definidas por la Junta Directiva.
• Mantener informada a la Junta Directiva acerca del cumplimiento de las funciones de la gestión de Riesgo de Liquidez.
• Rendir informe a la Junta Directiva sobre los informes que presentan el revisor fiscal y el área o unidad de gestión de riesgo sobre el grado de exposición al Riesgo de Liquidez y los resultados en materia de liquidez de las distintas actividades desarrolladas por la entidad, cuando se presenten situaciones anormales en materia de dicho riesgo o existan graves incumplimientos a las instrucciones del SARL.
• Velar porque se dé cumplimiento a los lineamientos establecidos en materia de conflictos de interés y uso de información privilegiada que tengan relación con el Riesgo de Liquidez.
• Informar de manera oportuna a los organismos de control y vigilancia del Estado cualquier situación excepcional que se presente o prevea que pueda presentarse en el ámbito de la administración del Riesgo de Liquidez y de las causas que la originan y de las medidas que se propone poner en marcha para corregir o enfrentar dicha situación, si procede.
9.1.3. Comité de Riesgo de Liquidez
FONBIENESTAR cuenta con un comité de Riesgo de Liquidez cuyo objetivo es identificar, medir, controlar y monitorear la gestión del Riesgo de Liquidez.
Tiene las siguientes funciones:
• Diseñar y adoptar la metodología para identificar, medir, controlar y monitorear el Riesgo de Liquidez a que se expone el Fondo.
• Actualizar el manual de procedimientos de SARL, así como cerciorarse de su difusión, operatividad y actualización.
• Velar por que los reportes relacionados con el Riesgo de Liquidez que se deben remitir a la Superintendencia de economía solidaria se ajustan en el contenido, calidad de la información, generación, transmisión y validación a los requerimientos establecidos en las normas respectivas.
• Evaluar los límites de exposición al Riesgo de Liquidez por bandas de tiempo, plazos de vencimiento, tipos de productos y operaciones según establezca la entidad y presentar las observaciones o recomendaciones que considere pertinentes.
ARTICULO 10. PRINCIPIOS DE CONFIDENCIALIDAD.
No revelar información de la entidad a personas que no pertenezcan a ella, o que perteneciendo no la requieran dadas sus funciones o no tengan autorización para conocerla.
No utilizar la información privilegiada a la que han tenido acceso en beneficio propio directo, indirecto o de terceras personas o en perjuicio de terceros.
Abstenerse de suministrar información a terceros sobre los datos personales de los asociados y aquellos asuntos sujetos a reserva.
Mantener la reserva de la información en los sitios de trabajo, en el hogar, en compromisos sociales y en lugares públicos, evitando hacer comentarios que puedan perjudicar los intereses de sus directivos, administradores, empleados o de sus asociados.
Mantener en reserva y bajo su responsabilidad todas las claves y/o códigos de acceso a los sistemas que le sean asignados.
Abstenerse de abrir correspondencia confidencial que no esté dirigida a ellos.
Informar los hechos delictivos a las autoridades judiciales y suministrar la información que sea requerida por las correspondientes autoridades.
En todo caso no se debe informar al asociado acerca de las investigaciones en curso.
Los colaboradores del Fondo no podrán dar a conocer a las personas que hayan efectuado o intenten efectuar operaciones sospechosas que han comunicado a la UIAF o la entidad
que corresponda información sobre las mismas y deberá guardar reserva sobre dicha información.
ARTICULO 11. VENTA DE CARTERA DE CRÉDITOS
FONBIENESTAR adopta la venta de cartera de crédito como una herramienta de participación del sistema financiero en caso de que se presenten problemas de liquidez como parte de su
plan de contingencia, logrando un mecanismo para obtener fondeo de recursos. Con este mecanismo busca realizar operaciones de venta en firme cartera de crédito a personas jurídicas.
Los créditos incorporados en la Negociación deben estar clasificados como de consumo que instrumenten cartera vigente y que se encuentren al día en sus pagos.
ARTICULO 12. GESTIÓN Y APROBACIÓN DE CUPOS DE OBLIGACIONES FINANCIERAS
Se mantiene flujo suficiente de recursos con entidades financieras que le aseguran la liquidez para el cumplimiento de las obligaciones con terceros, los cuales se traducen en cupos de crédito que proveen de liquidez de manera rápida.
La periodicidad con que deben actualizar los cupos de crédito otorgados por los establecimientos financieros dependerá del periodo de vigencia de estos e igualmente estará a cargo de la Junta Directiva y la Gerencia.
ARTICULO 12. RETIROS MASIVOS DE ASOCIADOS
Cuando existan retiros masivos de asociados, el Fondo podrá devolver aportes solamente sin afectar el monto mínimo irreducible. Esto con el fin de no descapitalizarse o liquidar la organización solidaria y de no comprometer su viabilidad de acuerdo con lo establecido en la circular básica contable y financiera # 004 de 2008 de la Superintendencia de la Economía Solidaria.
ARTICULO 13. ÓRGANOS DE CONTROL
Se establece instancias responsables de efectuar una revisión y evaluación del SARL las cuales informan oportunamente los resultados a la Junta Directiva.
Sin perjuicio de las funciones asignadas en otras disposiciones, el Revisor Fiscal debe verificar el cumplimiento de lo dispuesto en el manual e incluir el pronunciamiento expreso y detallado sobre el SARL dentro del dictamen sobre los estados financieros.
ARTICULO 14. INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA
FONBIENESTAR cuenta con una plataforma tecnológica y sistemas necesarios para garantizar el funcionamiento efectivo, eficiente y oportuno de la gestión de Riesgo de Liquidez.
Así mismo cuenta con procesos que permiten realizar un control adecuado del cumplimiento de las políticas y límites establecidos en conjunto con un plan de conservación, custodia y seguridad de la información documental.
Al igual se cuenta con un conjunto de herramientas en el aplicativo Software Danger, ORACLE Web diseñado para la identificación, documentación, medición y control de los riesgos SIAR de tal forma que le permitan a Fonbienestar mitigar su impacto y/o tomar ventaja de las oportunidades que representan.
ARTICULO 15. REPORTES
Como resultado del monitoreo del Riesgo de Liquidez se implementaron reportes para la administración del Riesgo de Liquidez sobre el cumplimiento de las políticas, límites y nivel de exposición de tal riesgo.
RIESGO | CLASE | NOMBRE | OBJETIVO | PERIODICIDAD |
Liquidez | Interno | Informe Flujo de caja | Informar sobre la acumulación neta de activos líquidos su cumplimiento y eficacia. | Mensual |
Liquidez | Interno | Reporte de Riesgo de Liquidez | Informar sobre el comportamiento de liquidez y operaciones fuera de límites aceptables | Mensual |
Liquidez | Externo | Reporte medición del Riesgo de Liquidez | Reportar los resultados de la medición del Riesgo de Liquidez efectuada a la Superintendencia | Mensual |
15.1. Reportes externos.
FONBIENESTAR reportara a la Superintendencia de Economía Solidaria, y de acuerdo con las fechas estipuladas para su nivel de supervisión, los resultados de la medición de Riesgo de Liquidez en los formatos que se adopten para este propósito.
15.2. Revelación contable
El área de contabilidad realizará un informe del registro contable y financiero de todas las operaciones que afecten la posición de liquidez de la entidad.
Se deben presentar en las revelaciones que acompaña a los estados financieros un resumen de su situación en materia de Riesgo de Liquidez, deberá contener información cualitativa y cuantitativa sobre la naturaleza y el monto de los flujos esperados para las bandas de tiempo definidas.
ARTICULO 16. DE LAS MODIFICACIONES AL PRESENTE ACUERDO. Cualquier
modificación al presente Acuerdo deberá ser aprobada por la Junta Directiva de FONBIENESTAR, en los términos establecidos estatutariamente como válidos para la toma de decisiones.
ARTICULO 17: ANEXOS DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGO DE LIQUIDEZ (SARL)
• ANEXO 1. PLAN DE CONTINGENCIA DE LIQUIDEZ
• ANEXO 2. MODELOS NORMATIVOS DE MEDICION DEL RIESGO DE LIQUIDEZ.
• ANEXO 3. MATRIZ DE RIESGO DE LIQUIDEZ.
ARTÍCULO 18. DE LA DIVULGACIÓN. El presente Acuerdo en el cual se crea y reglamenta el manual y las políticas del sistema de administración de riesgo de liquidez (SARL), como sus posteriores adiciones o modificaciones, deberá ser de conocimiento de los asociados a través de los medios con que cuente FONBIENESTAR.
ARTÍCULO 19. VIGENCIA: El presente Acuerdo rige a partir del día 21 de octubre de 2022.
A P R O B A C I Ó N
El contenido del presente Acuerdo “Por Medio Del Cual Se Crea Y Reglamenta El Manual Y Las Políticas Del Sistema De Administración De Riesgo De Liquidez (SARL)” fue revisado, ajustado y aprobado por la Junta Directiva de FONBIENESTAR, en reunión ordinaria llevada a cabo los días 21 y 22 de octubre de 2022, tal como se hace constar en el Acta No. 566-2022.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
XXXXX XXXXXXXX VALENCIA
Secretario Junta
Dado en Bogotá a los veintiún (21) días del mes de octubre de 2022.
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX
Presidenta Junta Directiva