CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL
Ciudad y fecha del contrato: Medellín, Arrendador: Arrendatario: Coarrendatario.
Objeto: Conceder el goce de un inmueble que consta de
: Dirección:
Canon: . Pesos ($ ) moneda corriente, mensuales, pagaderos dentro de los 5 primeros días de cada período mensual al arrendador o a su orden en la cuenta de ahorros Bancolombia N° 61460455021 a nombre de Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx.
Deposito: el arrendatario consigna previamente a la ejecución del contrato el
valor de MIL PESOS ($ .oo)ml que
cubrirán posibles deudas al final del contrato, que serán devueltos por parte del arrendador una vez se encuentre x xxx y salvo con todas las obligaciones contenidas en este contrato.
Aumento: 10% del precio cada AÑO Término: UN (1) AÑO
Fecha de iniciación:
Fecha de terminación: renovable automáticamente salvo incumplimiento del contrato.
Servicios de: AGUA, LUZ Y GAS que correrá por cuenta del arrendatario.
Además de las anteriores estipulaciones, el ARRENDADOR y el ARRENDATARIO convienen las siguientes: PRIMERA. Pago.— Oportunidad y sitio. El arrendatario se obliga a pagar el precio dentro de los plazos previstos, en el mismo local o cuenta que por escrito le comunique la arrendadora SEGUNDA. Destinación.—El arrendatario se compromete a utilizar el inmueble objeto de este contrato para
.
TERCERA. Subarriendo y cesión.—El ARRENDATARIO no podrá
subarrendar el inmueble ni ceder el contrato sino de conformidad con los términos del artículo 523 del Código de Comercio. CUARTA. Lesión de los derechos del arrendador.—(2) Para los efectos del cambio de destinación del inmueble y del subarriendo, son lesivos de los derechos del arrendador: Subarrendar el inmueble a cualquier título b) Usar el bien arrendado destinándolo a actividades diferentes. QUINTA. Reparaciones.—El arrendatario se obliga a efectuar las reparaciones locativas y aquellas que sean necesarias por hechos de él o de sus dependientes u actividad comercial. SEXTA. Inspección.—El arrendatario permitirá en cualquier tiempo las visitas que el arrendador o sus representantes tengan a bien realizar para constatar el estado y conservación del inmueble u otras circunstancias que sean de su interés. SÉPTIMA. Seguros.—El arrendatario pagará la diferencia de valor que resulte en el seguro de incendio del local si la tasa se modifica por causa de la destinación dada al inmueble N/A. OCTAVA. Restitución.—El arrendatario restituirá el inmueble al arrendador a la terminación del contrato en el mismo estado en que lo recibe, salvo el deterioro natural. NOVENA. Entrega.—El término del presente contrato es de 3 meses por lo cual el arrendatario se obliga a entregar al arrendador el inmueble el día , o en sus prorrogas junto con los elementos que lo integran, los que se detallarán en escrito separado firmado por los contratantes, el cual se considera parte integrante de este contrato. DÉCIMA. Incumplimiento.—El incumplimiento o violación de cualesquiera de las obligaciones del arrendatario dará derecho al arrendador para dar por terminado el contrato y exigir la entrega inmediata del inmueble sin necesidad del desahucio ni de los requerimientos previstos en la ley. El arrendatario renuncia a oponerse a la cesación del arriendo mediante la caución establecida en el artículo 2035 del Código Civil. DÉCIMO PRIMERA. Cláusula penal.— El incumplimiento por parte del arrendatario de cualesquiera de las obligaciones de este contrato lo constituirá en deudor del arrendador por la suma de TRES CANONES DE ARRENDAMIENTO VIGENTE a título xx xxxx, sin menoscabo del cobro de la renta y de los perjuicios que pudieren ocasionarse como consecuencia del incumplimiento. DÉCIMO SEGUNDA. Terminación y prórroga del contrato.—Este contrato termina por el vencimiento del término estipulado. Los contratantes podrán prorrogarlo automáticamente salvo preaviso por lo menos con TRES MESES de antelación a su vencimiento. Lo anterior sin perjuicio del derecho de renovación consagrado en el artículo 518 del Código de Comercio (6). DÉCIMO TERCERA. Impuestos y derechos.—Los impuestos y derechos que cause este contrato estarán a cargo de ambas partes.
Cláusulas adicionales: el propietario o el arrendador no reconocerá prima
alguna a la terminación del contrato.
El arrendador advierte al arrendatario que el inmueble se encuentra acogido por el régimen de propiedad horizontal, que de solicitarlo le será facilitado y asumirá la responsabilidad por cualquier actividad que perjudique la buena convivencia dentro del edificio y con la vecindad. También se le advierte que sus actividades deberán operar dentro de los límites de la ley, por lo que su violación en el ejerció de la actividad dará lugar a terminación unilateral del contrato.
En constancia se firma en 2 Ejemplares en la ciudad y fecha arriba mencionadas.
Arrendador:
HORIZONTE VERTICAL
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxx:
C.C.
Dir. Notificación: Tel.
Coarrendatario:
C.C. C.C.
Dir. Notificación: Dir. Notificacion:
Tel. tel.