APRUEBA BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA "SERVICIO DE MUDANZA PARA VECINOS DE LO BARNECHEA” ID 2735-41-LE22
APRUEBA BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA "SERVICIO DE MUDANZA PARA VECINOS DE LO BARNECHEA” ID 2735-41-LE22
DECRETO XXX Xx0000/0000 XX XXXXXXXXX, 11-05-2022
VISTO: La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; los artículos 9, 19 y 25 del Reglamento de Compras contenido en el Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones; el artículo 63 letra i) y j) de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; y
TENIENDO PRESENTE:
a) Que, mediante Solicitud de Compra N° 055492, la Dirección de Desarrollo Comunitario, requirió la contratación de Servicios de Mudanza para la población vulnerable y de menores ingresos de la comuna de Lo Barnechea
b) Que, mediante Decreto DDC N° 077 de fecha 29 de diciembre 2021, se aprobó el Programa Municipal de “Apoyo Habitacional”.
c) Que, mediante Decreto DAL N°171 del 18 de febrero de 2019, se aprobaron las Bases Administrativas Generales para la contratación y compra pública de la Municipalidad de Lo Barnechea.
d) Que, existe disponibilidad presupuestaria, de acuerdo con lo señalado en el certificado de disponibilidad presupuestaria N° 05/186, de 00 xx xxxxxxx xx 0000, xxx xxxxxxxxxxx xxxxxxxxx xxxxxxx.
D E C R E T O:
1. APRUÉBANSE las bases administrativas especiales, bases técnicas y anexos que regirán la Licitación Pública denominada “SERVICIO DE MUDANZA PARA VECINOS DE LO BARNECHEA” ID 2735-41-LE22, cuyo contenido es el siguiente:
BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES
“SERVICIO DE MUDANZA PARA VECINOS DE LO BARNECHEA” ID 2735-41-LE22
1. OBJETO DE LA LICITACIÓN
Las presentes Bases Administrativas Especiales establecen las disposiciones, condiciones, procedimientos, términos y normas que regularán la Licitación Pública denominada “SERVICIO DE MUDANZA PARA VECINOS DE LO BARNECHEA” cuyo objetivo es proveer de servicios de mudanzas para la población más vulnerable y de menores ingresos de la comuna de Lo Barnechea, en el marco de la ejecución del Programa Municipal de “Apoyo Habitacional” aprobado por Decreto DDC N° 077 de fecha 29 de diciembre 2021.
La presente licitación será, a precios unitarios y en pesos chilenos.
La presente licitación se regulará por lo dispuesto en las Bases Administrativas Generales, aprobadas por Decreto DAL N° 171 de 18 de febrero de 2019, en todo lo que no se encuentre regulado por las presentes bases.
2. DE LAS GARANTÍAS REQUERIDAS
Los oferentes que deseen participar del presente proceso concursal deberán presentar las siguientes garantías:
2.1 Garantía de Seriedad de la Oferta
Los oferentes deberán presentar una garantía de seriedad de la oferta, consistente en un documento pagadero a la vista, a primer requerimiento e irrevocable, con las siguientes condiciones:
BENEFICIARIO | Municipalidad de Lo Barnechea |
RUT | 00.000.000-0 |
VIGENCIA | 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000 |
XXXXX | $500.000 (quinientos mil pesos chilenos). |
GLOSA | “Para garantizar la seriedad de la oferta en la Licitación Pública ID 2735-41-LE22” |
Serán rechazadas de plano todas aquellas propuestas que no presenten la garantía de seriedad de la oferta.
En caso de extenderse el plazo de cierre de recepción de las ofertas, las garantías presentadas con anterioridad a la extensión del cierre y de acuerdo con los plazos establecidos en la apertura primitiva serán válidas para el proceso sin perjuicio de requerirse su prórroga si fuese necesario. En caso de no prorrogarse, se entenderá que el oferente se desiste de su oferta.
La caución con firma electrónica avanzada podrá ser ingresada al portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx. En este caso no se requerirá la entrega física en la Municipalidad. La garantía de seriedad de la oferta que no tenga firma electrónica o que, teniendo dicha firma, se opte por su entrega física, esto deberá hacerlo en la Oficina de Partes de la Municipalidad de Lo Barnechea, en el Edificio del Centro Cívico ubicado en Xxxxxxx Xx Xxxxx 00.000, xxxxxx xx Xx Xxxxxxxxx. El horario de atención es de lunes a jueves de 8:30 a 17:30 hrs. y el viernes de 8:30 a 16:30 hrs. La entrega física se debe realizar indicando claramente la individualización del oferente y el ID de la licitación.
La restitución de la garantía de seriedad de la oferta se realizará al oferente adjudicado una vez que hubiere entregado la garantía de fiel cumplimiento de contrato y este mismo se hubiere suscrito. En el caso de las garantías presentadas por aquellos proponentes declarados inadmisibles y/o no adjudicados, estas serán restituidas de acuerdo con lo señalado en los numerales 8.1.5 y 8.1.6 de las Bases Administrativas Generales, aprobadas por Decreto DAL N° 171 del 18 de febrero de 2019. Respecto a los demás requisitos y condiciones de esta garantía, remitirse al numeral 8.1 de las Bases Administrativas Generales.
2.2 Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
De conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, resulta necesario exigir al adjudicatario presentar una garantía de fiel cumplimiento del contrato, debido a la necesidad de asegurar el cumplimiento oportuno y completo de lo requerido en las presentes bases de licitación.
De esta manera, el oferente a quien se adjudique la presente licitación deberá presentar una garantía de fiel cumplimiento de contrato, consistente en un documento pagadero a la vista, a primer requerimiento e irrevocable, con las condiciones que a continuación se indican, a efecto de caucionar el fiel cumplimiento del contrato:
BENEFICIARIO | Municipalidad de Lo Barnechea |
RUT | 00.000.000-0 |
VIGENCIA MÍNIMA | 90 días corridos posteriores al término del contrato. |
MONTO | 10% del presupuesto máximo disponible. |
GLOSA | “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la Licitación Pública ID 2735-41-LE22” |
Además, deberá cumplir con los requisitos exigidos en el numeral 9.2 de las Bases Administrativas Generales, aprobadas por Decreto DAL N° 171 de 18 de febrero de 2019, no podrá tener cláusulas de exclusión de pago de multas y deberá considerar una cláusula que prohíba la modificación o el término sin el consentimiento escrito del Municipio.
La caución deberá ser entregada, a más tardar, dentro de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación a través del portal xx Xxxxxxx Público. La garantía de fiel cumplimiento de contrato que no tenga firma electrónica o que, teniendo dicha firma, se opte por su entrega física, esto deberá hacerlo en la Oficina de Partes de la Municipalidad de Lo Barnechea, en el Edificio del Centro Cívico ubicado en Xxxxxxx Xx Xxxxx 00.000, xxxxxx xx Xx Xxxxxxxxx. El horario de atención es de lunes a jueves de 8:30 a 17:30 hrs. y los viernes de 8:30 a 16:30 hrs. La entrega física se debe realizar indicando claramente la individualización del oferente y el ID de la licitación.
2.3 Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual
El proveedor adjudicado deberá entregar una póliza de responsabilidad civil extracontractual, a nombre de la Municipalidad de Lo Barnechea, por un monto de 500 UF (quinientas unidades de fomento), para responder a terceros por los daños que pudieran producirse con motivo de la ejecución del contrato, a lo menos, 90 días corridos posteriores al término del contrato, contados desde la suscripción del acta de inicio de los servicios y hasta el término de los servicios.
La póliza se deberá entregar en la Oficina de Partes, junto con la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, con las siguientes condiciones:
BENEFICIARIO | Municipalidad de Lo Barnechea |
RUT | 00.000.000-0 |
VIGENCIA MÍNIMA | 90 días corridos posteriores al término del contrato. |
MONTO | 500 UF. |
La póliza deberá poner a cubierto a la Municipalidad de Lo Barnechea, por daños o accidentes, en bienes y personas, que se produzcan con motivo de la ejecución del servicio de mudanza, y deberá ser pagadero en su totalidad al contado.
A su vez, deberá contar con cláusula de renovación automática y no podrá contener cláusulas de término unilateral sin el consentimiento escrito del Municipio. El contratista se obliga a renovar la póliza tantas veces sea necesario a fin de que ésta se encuentre vigente durante el período del contrato.
Las primas e impuestos de este seguro serán de cargo del contratista y es responsable de notificar a las aseguradoras de los cambios de naturaleza, alcance y reprogramación de las obras. El contratista deberá cerciorarse, en todo momento, de la adecuación de los seguros en los términos del contrato.
3. CRONOGRAMA DE LA LICITACIÓN
ACTIVIDAD | FECHA Y HORA |
Publicación Licitación | 12/05/2022 18:30 horas |
Inicio de Preguntas | 12/05/2022 18:31 horas |
Final de Preguntas | 17/05/2022 16:00 horas |
Publicación de respuestas y aclaraciones | 20/05/2022 22:30 horas |
Cierre de Recepción de Ofertas | 25/05/2022 15:30 horas |
Acto de Apertura Electrónica | 25/05/2022 15:31 horas |
Publicación de la Adjudicación | 29/07/2022 19:30 horas |
Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo antes señalado, el Municipio informará en el Portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
4. DE LA VIGENCIA DE LAS OFERTAS
Las ofertas tendrán una vigencia mínima de 120 días corridos, a contar del acto de apertura de éstas. Si dentro de este plazo, no se puede efectuar la adjudicación, la Municipalidad se reserva el derecho de extender el plazo de vigencia y solicitará a los proponentes prorrogar sus ofertas. Si alguno de los proponentes no lo hiciere, dicha oferta no será considerada en la evaluación, de acuerdo con lo establecido en el Decreto DAL Nº 171 de 18 de febrero de 2019.
5. ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA
Cada proponente que desee participar en este proceso licitatorio deberá ingresar en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx de acuerdo con las instrucciones de uso del portal, que puede revisar en xxxxx://xxxxx.xx/xXX-xxXXxXX, los documentos que a continuación se indican. Los oferentes que no presenten uno o más de los documentos calificados como esenciales en el punto siguiente, no serán considerados en la evaluación de la presente licitación.
De conformidad con lo establecido en el artículo 17 letra c) de la Ley 19.880, la Comisión Evaluadora verificará de oficio la información que haya sido generada por el municipio, no siendo necesario acompañar dicha información.
Solo se considerarán aquellos documentos que:
a) Se encuentren legibles, completos, y debidamente suscritos, cuando corresponda.
b) Hayan sido extendidos a nombre del oferente.
c) Puedan ser verificados en cuanto a su autenticidad.
d) Xxxxxx relación con el presente proceso concursal.
5.1. Documentos Administrativos
a) Anexo N° 1 “Declaración Jurada Simple de no encontrarse inhabilitado para ofertar y/o suscribir contrato con la Municipalidad de Lo Barnechea”. La individualización del oferente debe corresponder a la razón social (ESENCIAL). Esta declaración podrá ser reemplazada por la declaración jurada con firma electrónica simple del Portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx
b) Anexo Nº 2 “Identificación de Unión Temporal de Proveedores (UTP)”. Este anexo sólo debe ser adjunto a la oferta por los proponentes que se constituyan como Unión Temporal de Proveedores.
c) Garantía de Seriedad de la Oferta (ESENCIAL).
5.2. Documento Económico
Anexo N° 3 “Oferta Económica” (ESENCIAL)
El oferente deberá ofertar todos los ítems del Anexo N°3, aquellas propuestas que no oferten todos los valores requeridos serán declaradas inadmisibles.
Aquellas propuestas que superen el presupuesto máximo disponible para cada línea para esta contratación, según lo establecido en el numeral 9.1 de estas Bases Administrativas Especiales serán declaradas inadmisibles, no continuando en el proceso concursal. Para estos efectos se utilizará la siguiente fórmula:
(valor por Camión ¾ o de 20 pies cerrado con una tripulación de un chofer y dos peonetas + valor por un xxxxxxxxx xx xxxxxxxx xxxxxx xx xx xxxxxx xxxxxxxxxxxxx x 163 + Valor Vehículo liviano tipo camioneta con una tripulación de un chofer y un peoneta) x 30=
Nota: El proponente debe considerar, en su oferta, todos los costos asociados al traslado, esto es, la tripulación señalada para cada tipo de camión, camión con rampla, carros o yeguas, peajes, contemplando todo lo necesario para la carga y descarga, ordenamiento de la carga desde y hacia la vivienda en un único viaje.
5.3. Documentos Técnicos
Anexo N.º 4 “Materias de Alto Impacto Social”.
Serán rechazadas de plano las propuestas de los oferentes que no acompañen documentos señalados como ESENCIALES, por lo tanto, no serán evaluadas. Con todo, aquellas propuestas técnicas que no acrediten la totalidad de los requerimientos solicitados serán rechazadas y declaradas inadmisibles.
En caso de que alguno de los oferentes no acompañe la totalidad de los documentos requeridos, calificados como no esenciales, la Comisión Evaluadora podrá ejercer la facultad contemplada en el artículo 40 inciso segundo del Decreto Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886.
Si la Comisión Evaluadora hiciera uso de esta facultad a través del foro inverso, pero el oferente no diere respuesta y/o no acompañare la documentación solicitada, la oferta será evaluada sin esos documentos solicitados. Esta facultad no se podrá ejercer con los documentos que son considerados esenciales por estas bases administrativas especiales.
6. DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN
La Comisión Evaluadora estará compuesta por:
a) Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, o en su ausencia, Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, ambos funcionarios de la Dirección de Desarrollo Comunitario.
b) Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, o en su ausencia, Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, ambos funcionarios del Departamento de Licitaciones de la Dirección de Compras y Gestión de Contratos.
c) Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, o en su ausencia, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, ambos funcionarios de la Dirección de Asesoría Jurídica.
7. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Las ofertas presentadas por cada uno de los proponentes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:
Nº | CRITERIO | PONDERADOR |
1 | Materias de Alto Impacto Social (MA) | 8% |
2 | Cumplimiento de los Requisitos (CR) | 2% |
3 | Oferta Económica (OE) | 90% |
7.1 Materias de Alto Impacto Social (MA) 8%
Para obtener puntaje en este factor, el oferente deberá acompañar el Anexo N° 4 “Materias de Alto Impacto Social” y adjuntar los medios de verificación que se indican a continuación, para acreditar el cumplimiento de uno o más de los ítems indicados en la siguiente tabla.
ÍTEM | MEDIO DE VERIFICACIÓN |
El oferente es una persona natural de sexo femenino o es una microempresa liderada por mujer/es. | Sello Empresa Mujer. |
La empresa fomenta prácticas empresariales ambientalmente sustentables. | Certificado de Acuerdo de Producción Limpia (APL) o Reporte de Sostenibilidad GRI |
La empresa mantiene un plan de manejo ambiental. | Certificado ISO 14001 vigente (o norma chilena equivalente). |
La empresa mantiene un Sistema de Gestión Energética. | Certificado ISO 50001 vigente (o norma chilena equivalente), o Sello de eficiencia energética del Ministerio de Energía. |
La empresa fomenta prácticas de reciclaje de productos. | Acuerdos de reciclaje de desechos electrónicos, papel, vidrio y/o similar con al menos 6 meses de antigüedad; o certificado de la empresa recolectora de al menos 1 entrega realizada por el proveedor en los últimos 12 meses. |
Solo se considerará la información declarada en el Anexo N°4, que se encuentre acreditada debidamente por los documentos indicados como medios de verificación.
El puntaje se otorgará de acuerdo con la cantidad de ítems que declare y acredite la oferta respectiva, según la asignación siguiente:
PUNTAJE
CONTIENE
4 o más ítems | 1000 puntos |
3 ítems | 750 puntos |
2 ítems | 500 puntos |
1 ítem | 250 puntos |
No informa | 0 puntos |
Se entenderá que el oferente que no presente el Anexo Nº4 no cuenta con materias de alto impacto social, por lo que se evaluará con 0 puntos.
𝑀𝐴 = 𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙 ∗ 0,08
7.2 Cumplimiento de los Requisitos (CR) 2%
Se evaluará con 1000 puntos aquellas ofertas presenten la totalidad de los documentos solicitados, en tiempo y forma.
Se evaluará con 0 punto aquellas ofertas que no presenten los documentos en las instancias antes mencionadas, es decir, en aquellos casos en que la Comisión Evaluadora haya ejercido la facultad contemplada en el artículo 40 del Decreto Nº250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº19.886, esto es, solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales siempre y cuando ello no le confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. Esto también se aplica en caso de solicitar certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar su oferta.
El puntaje se aplicará de acuerdo con la siguiente fórmula:
𝐶𝑅 = 𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑥 0,02
7.3 Oferta Económica (OE) 90%
Para el criterio de evaluación económica se evaluará el valor total (impuestos incluidos) ofertado en el Anexo N° 3 “Oferta Económica”, el que se obtendrá de la sumatoria de los productos obtenidos entre los valores ofertados y los ponderadores que se indican en la tabla inserta a continuación.
N ° | SUBCRITERIO | PONDERADOR |
1 | Precio Unitario por Kilómetro recorrido al interior en la RM. | 10% |
2 | Precio Unitario por Kilómetro recorrido fuera de la RM | 10% |
3 | Valor por Camión ¾ o de 20 pies cerrado con una tripulación de un chofer y dos peonetas. | 30% |
4 | Valor Camión con contenedor cerrado (tráiler cerrado) o de 40 pies con una tripulación de un chofer y dos peonetas | 10% |
5 | Valor Camión open top (contenedor abierto) de 20 pies con una tripulación de un chofer y dos peonetas | 10% |
6 | Valor Camión open top (contenedor abierto) de 40 pies con una tripulación de un chofer y dos peonetas. | 15% |
7 | Valor Vehículo liviano tipo camioneta con una tripulación de un chofer y un peoneta. | 10% |
N ° | SUBCRITERIO | PONDERADOR |
8 | Valor Peoneta adicional | 5% |
Así el proveedor que presente la oferta de menor valor total será evaluado con el puntaje máximo de 1000 puntos, mientras que las ofertas restantes obtendrán un puntaje, de acuerdo con la siguiente formula:
( )
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 =
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑎 𝑒𝑣𝑎𝑙𝑢𝑎𝑟
∗ 1000
𝑂𝐸 = 𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 ∗ 0,90
7.4 Resumen fórmula de evaluación
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙 = 𝑀𝐴 + 𝐶𝑅 + 𝑂𝐸
7.5 Criterios de desempate
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “OFERTA ECONÓMICA”.
Si, aplicando la fórmula anterior, persiste el empate, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “MATERIAS DE ALTO IMPACTO SOCIAL”.
Si, aplicando la fórmula anterior, persiste el empate, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS”.
De persistir el empate, se aplicará un criterio cronológico, prefiriéndose la primera oferta ingresada al portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, y si se mantuviera el empate, se realizará vía sorteo ante Ministro de Fe.
8. DE LA ADJUDICACIÓN
La adjudicación de la licitación se hará mediante el respectivo acto administrativo municipal, y se publicará en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx en la fecha indicada en el calendario de la licitación, entendiéndose notificada a todos los interesados, transcurridas 24 horas desde su publicación en el referido Portal.
Si la publicación de la adjudicación no se realizare dentro del término señalado en el punto 3, precedente, se informará a través del Portal las razones que justifican tal incumplimiento debiendo indicar el nuevo plazo para cumplir dicho trámite, conforme lo señala el artículo 41 inciso 2° del Reglamento de la Ley N° 19.886.
En el evento que el adjudicatario rechazare la adjudicación, no suscribiere el contrato o no cumpliese con las condiciones o requisitos establecidos en las bases para la suscripción del mismo, la Municipalidad podrá junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje de acuerdo con el listado de readjudicación propuesto en la respectiva Acta de Evaluación, en un plazo no superior a 60 días corridos desde la publicación de la adjudicación original.
9. DE LA CONTRATACIÓN
Las disposiciones y cláusulas generales de toda licitación y contrato de suministro de bienes y servicios se encuentran contenidas en las Bases Administrativas Generales, aprobadas por Decreto DAL N° 171 de 18 de febrero de 2019. Sin perjuicio de lo anterior, los elementos variables de la licitación y del contrato se tratan en el presente numeral.
9.1 Antecedentes de la contratación
FUENTE DE FINANCIAMIENTO | Municipal | ||
PLAZO MÁXIMO DE PAGO | 30 días desde la recepción conforme de la factura. | ||
PRESUPUESTO MÁXIMO DISPONIBLE | $30.000.000, impuestos incluidos | ||
OPCIONES DE PAGO | Transferencia Electrónica o vale vista virtual | ||
NOMBRE DE RESPONSABLE DE PAGO | Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx | ||
E-MAIL DE RESPONSABLE DE PAGO | |||
NOMBRE DE CONTRATO | RESPONSABLE | DE | Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx |
E-MAIL DE CONTRATO | RESPONSABLE | DE | |
PROHIBICIÓN DE SUBCONTRATACIÓN | Sí | ||
MODALIDAD DE ADJUDICACIÓN | A precios unitarios | ||
REQUIERE CONTRATO | SUSCRIPCIÓN | DE | No |
REQUIERE GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA | Sí | ||
REQUIERE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO | Sí | ||
PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL | Sí |
9.2 Requisitos para contratar
De acuerdo con lo señalado precedentemente la presente contratación se formalizará por medio del envío de la orden de compra y su aceptación por el proveedor adjudicado. La orden de compra se entenderá rechazada transcurridas 48 horas desde su envío, sin necesidad de una solicitud posterior por parte de esta Municipalidad, sin perjuicio de lo cual el adjudicatario deberá estarse a lo dispuesto en el punto 6 de las Bases Administrativas Generales, aprobadas por Decreto DAL N° 171 de 18 de febrero de 2019.
El adjudicatario tendrá un plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación, para hacer la presentación al ITS del contrato, de la siguiente documentación requerida para la formalización de la contratación:
a) La garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 2.2 de las bases administrativas especiales.
b) La póliza de responsabilidad civil de acuerdo con lo señalado en el numeral 2.3 de las bases administrativas especiales.
En caso de que no presente la garantía y/o la póliza de responsabilidad civil, la adjudicación podrá ser dejada sin efecto y se readjudicará al oferente que haya resultado como segundo mejor evaluado, de acuerdo con el acta de la respectiva comisión de evaluación.
9.3 Prohibición de cesión del contrato
El proveedor que resulte adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación y del contrato que en definitiva se suscriba.
9.4 Vigencia y plazo de la contratación
La vigencia del contrato iniciará con la aceptación de la orden de compra, la que hará, junto con el Decreto que adjudica, las veces de contrato, y se extenderá hasta su finiquito.
El plazo de ejecución del contrato comenzará con la suscripción del acta de inicio de servicios, y su duración será de 12 meses contados desde la fecha señalada o hasta que se agoten los recursos, lo que ocurra primero.
9.5 Renovación del contrato
El plazo de ejecución del contrato podrá ser renovado hasta por 12 meses, previo informe fundado de la Unidad Técnica emitido con a lo menos 15 días corridos de anticipación a la fecha de término del mismo, en que sugiera la necesidad de la renovación, la que deberá basarse en el beneficio económico en base a un comparativo xx xxxxxxx a la fecha de renovación y en uno o más de los siguientes criterios:
a) Satisfacción de los servicios prestados por el contratista.
b) Conducta en el cumplimiento de los servicios o trabajos realizados por el contratista.
En caso de renovación, la Municipalidad emitirá una nueva orden de compra, por el monto total de la renovación, la cual deberá ser aceptada en un plazo de 48 horas desde enviada esta al adjudicatario. Además, el proveedor deberá extender la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato o bien, entregar una nueva, por un monto equivalente al 10% del monto del contrato para la renovación, a fin de garantizar el fiel cumplimiento de ésta y dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 68 del Reglamento de Compras. Con respecto de la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil el oferente deberá extenderla o entregar una nueva por un monto de 500 UF con una vigencia de 90 días corridos posteriores al término de la contratación.
Para estos efectos, el contratista contará con un plazo de 10 días hábiles desde la notificación del acto administrativo que autorice la renovación, para entregar las nuevas garantías. En caso de que el proveedor no extendiere la garantía o no presente una nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato y la póliza de responsabilidad civil extracontractual, podrá dejar sin efecto la renovación.
Sin perjuicio de lo anterior, el contrato podrá terminar anticipadamente, de acuerdo con lo señalado en el numeral 20.10 de las Bases Administrativas Generales, aprobadas por Decreto DAL N°171 del 18 de febrero de 2019, que rigen la presente licitación.
9.6 Modificación del Contrato
Las partes, de común acuerdo, podrán modificar el contrato de adquisición de servicios de mudanzas, aumentando o disminuyendo los servicios, hasta en un 30% del presupuesto máximo disponible total. Sin embargo, no podrán alterarse la naturaleza del objeto de la licitación.
En caso de aumento, la garantía de fiel cumplimiento de contrato deberá también aumentarse en proporción al plazo y monto de la modificación que se suscriba.
Con todo, las eventuales modificaciones que se pacten no producirán efecto alguno sino desde la total tramitación del acto administrativo que apruebe el anexo de contrato, salvo que por necesidades
del servicio deban ejecutarse desde el acto administrativo que da lugar al proceso modificatorio. La base de cálculo para los aumentos o disminuciones de contrato será aquella ofertada por el contratista en el Anexo N°3.
9.7 Recepción conforme del servicio
La recepción conforme del servicio será realizada por el Inspector Técnico de Servicio (ITS) mensualmente, quien deberá verificar que se hayan prestado los servicios de conformidad con lo establecido en las presentes bases.
Una vez verificada la recepción conforme, el ITS deberá generar la Hoja de Entrada de Servicio HES) y adjuntar en el sistema de gestión documental todos los antecedentes que den cuenta de la prestación del servicio y solicitar al proveedor lo siguiente:
1) Proceder a aceptar la orden de compra emitida por la Municipalidad a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, en caso de que la misma no se encuentre en dicho estado.
2) Acompañar cualquier otro antecedente que el ITS considere relevante para cursar el pago, previo a la solicitud de la facturación.
9.8 Forma de pago
La Municipalidad de lo Barnechea pagará en pesos chilenos mensualmente los servicios, de acuerdo a la cantidad y tipos de servicios entregados, y en base a los desplazamientos requeridos, en pesos previa recepción conforme de los servicios.
Una vez autorizada la Hoja de Entrada de Servicio (HES) de las solicitudes realizadas por parte del Municipio, el proveedor procederá a la emisión de la factura conforme al Reglamento de Facturación y Pago a Proveedores de la Municipalidad de Lo Barnechea, el que se encontrará disponible en xxx.xxxxxxxxxxx.xx, y, conjuntamente, deberá ingresarla este último por el sistema “Mis Pagos” del portal xx Xxxxxxx Público y remitirla al correo electrónico que indica las presentes bases respecto del responsable del contrato.
El Municipio iniciará el proceso de pago con la recepción de la factura con acuse de recibo electrónico de conformidad a lo establecido en la Ley Nº19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia del DTE (Documento Tributario Electrónico). En caso de existir multas ejecutoriadas pendientes de pago, estas podrán ser descontadas del mismo.
El Municipio no se obligará al pago íntegro del DTE (Documento Tributario Electrónico) a la empresa de factoring en caso de que existieran multas pendientes de cumplimiento por parte del proveedor.
9.9 Multas
La Municipalidad de Xx Xxxxxxxxx podrá cursar multa de acuerdo con el siguiente detalle:
Nº | CAUSAL | SANCIÓN |
1 | Retraso en la llegada al lugar de origen de los servicios de mudanza, según lo señalado en el numeral 3 de las bases técnicas. | 0,5 UTM por hora con un máximo de 2 horas de retraso, de lo contrario aplicará la multa N°2. |
2 | Incumplimiento en la de entrega del servicio de mudanza requerido por el ITS en su orden de servicio. | 5 UTM por evento con un tope máximo de 3 ocasiones. |
3 | No contar con el personal y/o los implementos necesarios para la adecuada ejecución de los servicios. | 5 UTM por evento |
4 | No entregar el presupuesto del servicio en los plazos establecidos en el numeral 3 de las bases técnicas. | 1 UTM por día corrido con un tope máximo de 10 días corridos. |
El monto máximo de multas que podrá cursar la Municipalidad de Lo Barnechea al oferente que se adjudique la presente licitación, asciende al 10% del presupuesto máximo disponible.
El procedimiento de aplicación de multas se regirá por lo dispuesto en el numeral 20.9 del Decreto DAL Nº 171 de 00 xx xxxxxxx 0000, xx xx Xxxxxxxxxxxxx xx Xx Xxxxxxxxx.
9.10 Término Anticipado del contrato
La Municipalidad podrá poner término anticipado, sin forma de juicio y sin derecho a indemnización alguna en los siguientes casos:
a) Acumular el tope de multas ejecutoriadas ascendentes al 10% del presupuesto máximo disponible por los 12 meses del contrato.
b) Si, a juicio del ITS, no se están ejecutando los servicios de acuerdo con el contrato o, en forma reiterada no cumple con las obligaciones estipuladas, lo que en todo caso deberá contar con informe fundado.
c) Si no se concurre a realizar el servicio de traslado en 3 ocasiones seguidas sin reemplazo de éste por parte del contratista, de acuerdo al servicio pactado.
d) Ejecución total del presupuesto antes de la fecha estipulada del término de contrato.
e) De mutuo acuerdo entre las partes.
El procedimiento de término anticipado se regirá por el numeral 20.10 del Decreto DAL Nº 171 de 00 xx xxxxxxx 0000, xx xx Xxxxxxxxxxxxx xx Xx Xxxxxxxxx.
9.11 Liquidación y Finiquito Contractual
La liquidación deberá ser formulada por el Municipio una vez obtenido el informe final del ITS, y habiéndose cumplido el plazo de ejecución establecido en el punto 9.4 de las presentes Bases Administrativas, salvo que se haya renovado el contrato.
El procedimiento para la liquidación y finiquito contractual del contrato será el establecido en el numeral 20.11 de las Bases Administrativas Generales, aprobadas por el Decreto DAL N°171 del 18 de febrero de 2018.
BASES TÉCNICAS
“SERVICIO DE MUDANZA PARA VECINOS DE LO BARNECHEA” ID 2735-41-LE22
1. GENERALIDADES
La Municipalidad de Lo Barnechea requiere contratar servicios de mudanzas para beneficiarios que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica y/o social, residentes de la comuna. Las presentes bases establecen las exigencias mínimas requeridas para la prestación del servicio de mudanza conforme al Programa de “Apoyo para necesidades habitacionales de los vecinos de la comuna de Lo Barnechea”, del Departamento de Vivienda, a través de su Dirección de Desarrollo Comunitario.
Sólo para efectos de cálculo del oferente, la Unidad Requirente estima que durante la vigencia del contrato se requerirán aproximadamente 30 servicios de mudanza, número que en ningún caso será vinculante para el Municipio toda vez que el servicio se requerirá en la medida de las necesidades de los beneficiarios, durante la vigencia de la contratación.
La contratación será a precios unitarios por traslado, en una combinación entre el monto cobrado por kilómetro de viaje y volumen en metros cúbicos de la carga, por lo que la municipalidad podrá solicitar la cantidad necesaria para cubrir la demanda mensual que presenten los beneficiarios de la comuna.
El transportista, deberá dar cumplimiento de la normativa legal y Reglamentaria, emitida por el Ministerio de Obras Públicas, de Transportes y Telecomunicaciones, del Ministerio del Trabajo, del Servicios de Impuestos internos y de cualquier otro organismo público, que regula o norma el funcionamiento de las empresas de transporte, del servicio requerido y protección de los trabajadores.
2. ESPECIFICACIONES DE LOS SERVICIOS
La ejecución del contrato y la prestación de los servicios de fletes, se regirán por el cumplimiento de los siguientes procedimientos, normas y condiciones técnicas de aplicación general:
2.1. Carga a transportar
Los servicios entregados por el transportista serán integrales, con la mudanza puerta a puerta en los domicilios de origen y destino, Iugares y/o direcciones que se coordinen previamente y deben ser ejecutada por personal idóneo. Es decir, el servicio se iniciará con el proceso de carga en el lugar de origen, traslado y entrega en dirección de destino junto con la descarga del camión.
El tipo de carga a considerar es el traslado de enseres, materiales de construcción, mediaguas desarmadas, animales domésticos, etc.
2.2. Jornada
Se desarrollará en jornada diurna en horario que se definirá de común acuerdo con los beneficiarios y el ITS, duración conforme a tiempos de recorrido de acuerdo a kilómetros desplazados, quedan en acuerdo de acta de servicios, no excediendo considerablemente los tiempos de traslados. El transportista deberá respetar el límite legal de horas de conducción, según lo señalado por la ley, por consiguiente, deberá consignar en una bitácora de viaje, los tiempos de traslados.
2.3. Documentación de vehículos y personal de la empresa.
Los siguientes antecedentes deberán ser entregados por el proveedor, una vez adjudicado el proceso:
a) Certificado de iniciación de actividades emitido por el Servicio de Impuestos Internos.
b) Licencia de Conducir vigente de el o los transportistas, acorde al vehículo utilizado para la realización del traslado.
c) Permiso de circulación, revisión técnica, certificado de emanación de gases y seguro obligatorio de accidentes personales vigentes. Además, deben presentar el padrón o certificado de anotaciones vigentes del vehículo, el que debe estar acorde a la razón social de la empresa contratista.
d) En caso de presentar un vehículo en leasing o arriendo, deberá adjuntar los documentos que demuestren esa condición y que dispondrá de esos vehículos para la ejecución durante todo el periodo del contrato.
e) La empresa contratista debe tramitar los permisos y/o autorizaciones correspondientes para la correcta ejecución del servicio, en caso de ser necesario.
f) Bitácora de Viaje digital o física, para registro de traslados.
El oferente deberá presentar los antecedentes mencionados en un plazo máximo de 3 días hábiles desde notificada la adjudicación. El ITS del contrato en caso de discrepancias o que detecte la falta de antecedentes, solicitará a través de correo electrónico, en un plazo máximo de 5 días hábiles desde realizada la solicitud, la presentación de lo faltante. De no ser presentados los documentos, se dejará sin efecto la contratación y se procederá a readjudicar al segundo oferente que lo sigue en puntaje.
2.4. Transporte y equipamiento requerido.
El oferente deberá disponer de los vehículos adecuados según la capacidad de carga requerida para el traslado de los enseres. Por otra parte, el adjudicatario deberá considerar el equipo y las herramientas necesarias para acceder a lugares en los cuales el vehículo no puede acceder, tales como camioneta o vehículo menor, carros de carga o yeguas; a fin de realizar la carga-descarga y traslados de los objetos desde y hacia las viviendas de los beneficiarios.
Se debe considerar que el lugar de origen a indicar dentro de la comuna de Lo Barnechea podrá ser de difícil acceso, lo que eventualmente podría requerir un vehículo de menor tamaño para trasladar las pertenencias al vehículo destinado para realizar el traslado. Los tipos de vehículos que podrían ser requeridos para efectuar estos servicios son:
1) Camión ¾ o de 20 pies cerrado, dependiendo del tipo de enseres a trasladar.
2) Camión con contenedor cerrado (tráiler cerrado) o de 40 pies, que permita el traslado de grandes volúmenes de carga sin exposición a situaciones climatológicas que pudieran estropear la carga.
3) Camión open top (contenedor abierto) de 20 o 40 pies, para los posibles traslados de material ligero de viviendas.
4) Vehículo liviano tipo camioneta para traslado o alcance de elementos de menor tamaño.
Cada servicio de traslado deberá considerar como mínimo un camión de un volumen desde a lo menos 20 pies de carga y una tripulación de al menos un chofer y dos peonetas, por cada tipo de camión.
Se considerará que para efectuar la carga y/o descarga del/los vehículo/s, éstos deben poderse situar como máximo a una distancia de 25 metros desde el domicilio. Si el servicio no pudiera realizarse de manera expedita, dados por ejemplos los casos de estrechez de la calle o avenidas, dificultades de estacionamiento, o prohibición de éste, etc., el ITS podrá considerar el incremento de mano de obra o el uso de medios adicionales de transporte (camionetas u otros elementos aún más
xxxxxxx), los cuales serán informados en el “Acta de solicitud de servicios” al Contratista, quien deberá proveer dichos servicios adicionales.
Será responsabilidad del proveedor verificar que el volumen de la carga y que el terreno o lugar geográfico donde se origina el traslado, en relación a sus características y dimensiones, están en concordancia con el tipo de transporte que desea utilizar para cada servicio.
2.5. Lugar de realización
El oferente deberá cargar, trasladar y descargar los objetos de los beneficiarios desde la comuna de Lo Barnechea hacia cualquier otra ciudad, lo que será informado de manera oportuna por el ITS, considerando la totalidad del territorio nacional, comprendiendo las regiones entre Arica a Punta Arenas.
2.6. Peonetas adicionales
El oferente deberá proporcionar peonetas adicionales en el caso de ser requeridos por el ITS en el en la orden de trabajo, considerando el valor ofertado en el Anexo N°3. En caso de no existir discrepancias, esta solicitud será formalizada a través del “Acta de solicitud del servicio”. Si el proveedor no respetase el valor ofertado en el mencionado anexo, será considerado como un incumplimiento de las condiciones, y será multado según lo establecido en el numeral 9.9 de las bases administrativas.
3. SOLICITUD Y RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS
Los servicios serán solicitados por el ITS del contrato por medio de correo electrónico con al menos con 5 días hábiles de anticipación a la prestación del servicio. En aquella solicitud, el ITS incorporará un “Acta de solicitud del servicio” la que detallará lo siguiente:
a) Fecha de realización de la mudanza
b) Hora de inicio de la mudanza
c) Lugar de origen
d) Destino final del traslado
e) Kilómetros totales
f) M3 trasladados
g) “Declaración de Carga”, detallando cada objeto a trasladar, siendo obligación del contratista verificar en terreno la información entregada con la finalidad de otorgar óptimas condiciones del servicio.
h) Cantidad de peonetas estimados.
i) Valorización del servicio de acuerdo a los montos ofertados en el Anexo N°3.
j) Salvoconducto o Declaración Jurada tramitada, según lo requerido en la Ley N°20.277 de 15 de noviembre 2007.
Junto con el “Acta de solicitud de servicios”, el ITS del contrato, entregará al contratista un inventario de todos los muebles y enseres del beneficiario del servicio, comprendidos en la carga, y el estado en que estos se encuentran al momento de la carga al vehículo, a efecto de poder hacer efectiva la responsabilidad del contratista por eventuales daños o pérdidas durante la ejecución del servicio.
Recibida el “acta de solicitud de servicio” junto con el inventario, el Contratista deberá realizar una visita a terreno al lugar de la carga, y contará con un plazo de 3 días corridos desde que recepcionó el “acta de solicitud de servicio”, para entregar un “presupuesto de servicio”, el que deberá indicar al menos:
a) Vehículo que utilizará para el traslado;
b) Los kilómetros que comprende el traslado desde el lugar de origen al de destino de la mudanza, distinguiendo el número de kilómetros dentro de la región metropolitana y fuera de ésta, valorizados según los precios ofertados en el Anexo N°3.
c) Eventualmente, los incrementos en la cantidad de peonetas o medios de transportes adicionales, debido al volumen y condiciones geográficas de la carga de muebles y enseres, debidamente justificados.
d) Tiempo de duración del servicio de mudanza.
El ITS, podrá objetar el presupuesto entregado por el Contratista, quien deberá ajustar el presupuesto al “Acta de Solicitud de Servicios” en el plazo de 1 día corrido desde recibidas las objeciones por parte del ITS. En caso de no llegar a acuerdo, el servicio deberá efectuarse en los términos indicados por el ITS en el “Acta de Solicitud de Servicios”
El ITS verificará que los servicios correspondan a lo requerido y ofertado, verificando su documentación y equipamiento.
El contratista será el responsable de la correcta ejecución de la totalidad de los servicios, para lo cual deberá considerar lo necesario para esta labor, como por ejemplo peonetas, carros de carga, yeguas, permisos, autorizaciones, entre otros.
La reposición de los objetos perdidos o gravemente dañados será de cargo y costo del proveedor, sin perjuicio del uso de la póliza de responsabilidad civil que deberá mantener vigente durante todo el contrato.
Por otra parte, en caso de que forzosamente el contratista deba modificar la ruta por razones externas al servicio, el ITS del contrato podrá aceptar un margen de diferencia o desvío en el kilometraje de hasta un 10% respecto del kilometraje inicial informado.
Cualquier caso en el que este margen sea superior a lo dispuesto, la diferencia será de cargo del Contratista. Lo mismo en caso de producirse retrasos en la llegada al lugar de origen del servicio, el cual en ningún caso podrá ser superior a 1 hora. En caso de superar dicho plazo de retraso, esto deberá ser informado oportunamente al ITS del contrato con los medios de verificación pertinentes, con la finalidad de revisar la pertinencia de este mismo en la prestación de los servicios. En caso de no ser aceptada la justificación, se procederá con la aplicación de la respectiva multa.
La demostración de los servicios es la siguiente:
ITS va a terreno y realiza el listado de enseres a trasladar, lugar de inicio y lugar de destino del traslado y emite "Acta de Solicitud de Servicios".
El contratista en terreno revisa el "Acta de Solicitud de Servicios", confirmando el tipo de servicio, herramientas, transporte a utilizar y kilometraje a recorrer.
El ITS revisa que los costos del servicio y la información proporcionada por el Contratista sea la correcta, y se procede a aprobar el"presupuesto de servicio"
Ilustración 1 Flujo del Servicio
4. MODIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS
El proveedor deberá realizar los servicios requeridos durante todo el plazo de ejecución del contrato. Si, por razones debidamente fundadas, existe imposibilidad para el oferente de realizar los servicios, deberá comunicarlo en un plazo máximo de 48 horas previas a la realización del servicio al ITS del
contrato, vía correo electrónico y presentar una alternativa al servicio original, manteniendo el precio de los servicios adjudicados en la presente licitación.
Asimismo, cualquier modificación en las condiciones de traslado deberá ser comunicada oportunamente al ITS para su aprobación. Si la modificación no es aprobada, el proveedor deberá garantizar hasta el término del servicio, conforme a las condiciones previamente señaladas en el “Acta de solicitud del servicio”.
En todos los casos, el ITS lo autorizará sólo si considera que lo reemplazado realmente cumple con las especificaciones del servicio adjudicado en la licitación.
5. RESPECTO DE COMPLICACIONES ASOCIADAS AL SERVICIO.
Si existiera alguna complicación durante la ejecución del servicio, respecto de posibles hurtos, pérdidas o daños a los enseres que requieren del traslado, el proveedor deberá considerar que son de su cargo la mitigación de posibles externalidades negativas, quedando exenta la Municipalidad de cualquier pago o devolución de los enseres extraviados o siniestrados al beneficiario.
6. INSPECCIÓN TÉCNICA DEL SERVICIO
Toda comunicación será por medio de correo electrónico donde quede constancia escrita, de manera de contar con un canal único de información para agilizar la relación y la coordinación del ITS y el proveedor.
Para lo anterior, el contratista deberá informar al ITS al inicio del contrato el correo electrónico que utilizará para efectuar las comunicaciones.
En caso de urgencias, el proveedor deberá disponer de un contacto telefónico para comunicar algún imprevisto en la ruta. Dicho imprevisto deberá ser obligatoriamente respaldado con el medio de verificación escrito dentro de las 24 horas siguientes a la prestación del servicio, para que cuente como informado.
ANEXO Nº1
“DECLARACIÓN DE NO ENCONTRARSE INHABILITADO PARA SUSCRIBIR CONTRATOS CON LA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA Y DECLARACIÓN RELACIÓN CON PEP” LICITACIÓN PÚBLICA
“SERVICIO DE MUDANZA PARA VECINOS DE LO BARNECHEA” ID 2735-41-LE22
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
Yo RUT N° ,
correo electrónico , en mi calidad de Representante Legal de la empresa , RUT N° , ambos domiciliado en , declaro que no me encuentro afecto a ninguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4 de la Ley Nº 19.886 y que cumplo con lo dispuesto en el numeral 6.1 del Manual de Prevención del Delito de la Municipalidad de Lo Barnechea aprobado mediante Decreto DAL N° 1301 de 18 de noviembre de 2021.
*La individualización de la empresa debe corresponder a la razón social.
“Texto modificado y actualizado del art. 4º, Ley 19.886
Artículo 4º.- Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común, Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.(Ley 20238, art. Único Nº1 a) D.O. 19.01.2008)En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. (Ley 20.238, art. Único Nº1 b) D.O. 19.01.2008)
Si la empresa prestadora del servicio subcontratare parcialmente algunas labores del mismo, la empresa subcontratista deberá igualmente cumplir con los requisitos señalados en este artículo.
Cada entidad licitante podrá establecer, respecto del adjudicatario, en las respectivas bases de licitación, la obligación de otorgar y constituir, al momento de la adjudicación, mandato con poder suficiente o la constitución de sociedad de nacionalidad chilena o agencia de la extranjera, según corresponda, con la cual se celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato en los términos establecidos en esta ley.
El inciso anterior sólo se aplicará respecto de contratos cuyo objeto sea la adquisición de bienes o la prestación de servicios que el adjudicatario se obligue a entregar o prestar de manera sucesiva en el tiempo.
Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. (Ley 20088, artículo 13, D.O 05.01.2006)
Las mismas prohibiciones del inciso anterior se aplicarán a ambas Cámaras del Congreso Nacional, a la Corporación Administrativa del Poder Judicial y a las Municipalidades y sus Corporaciones, respecto de los Parlamentarios, los integrantes del Escalafón Primario del Poder Judicial y los Alcaldes y Concejales, según sea el caso.
Los contratos celebrados con infracción a lo dispuesto en el inciso anterior serán nulos y los funcionarios que hayan participado en su celebración incurrirán en la contravención al principio de probidad administrativa descrito en el numeral 6 del inciso segundo del artículo 62 de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que les corresponda.
Sin embargo, cuando circunstancias excepcionales lo hagan necesario, los órganos y empresas referidos en el inciso cuarto podrán celebrar dichos contratos, siempre que se ajusten a condiciones de equidad similares a las que habitualmente prevalecen en el mercado. La aprobación del contrato deberá hacerse por resolución fundada, que se comunicará al superior jerárquico del suscriptor, a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Diputados. En el caso del Congreso Nacional la comunicación se dirigirá a la Comisión de Ética del Senado o a la Comisión de Conducta de la Cámara de Diputados, según corresponda y, en el caso del Poder Judicial, a su Comisión de Ética.
Texto Numeral 6.1 del Manual de Prevención del Delito de la Municipalidad de Lo Barnechea aprobado mediante Decreto DAL N° 1301 de 18 de noviembre de 2021.
“La Municipalidad de Lo Barnechea cuenta con un Sistema de Integridad o Modelo de Prevención de Delitos para la gestión, control y prevención de hechos constitutivos de delitos de corrupción, lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Atendido lo anterior, el oferente declara expresamente que ha tomado conocimiento de las disposiciones de la Ley N°20.393 sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos que indica, publicada en el Diario Oficial del día 02 de diciembre de 2009, por lo que garantiza a la Municipalidad de Lo Barnechea, que adoptará las medidas de prevención de delitos que resulten necesarias y suficientes para dar cumplimiento a los más altos estándares de probidad, buenas prácticas, y respeto a la moral y el orden público, durante toda la vigencia de la relación contractual, obligándose, además, a no incurrir o desarrollar, en caso alguno, a través de cualquiera de sus dueños, directores, administradores, representantes, agentes o dependientes en general, ningún tipo de actividad o conducta que pudiere afectar el cumplimiento de tal ley y/o el Sistema de Integridad de la Municipalidad de Lo Barnechea.
El oferente declara que a la fecha del presente instrumento ha dado estricto cumplimiento a la Ley Nº20.393 y que no se encuentra con prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con organismos del Estado por estar dando cumplimiento a una sentencia por los delitos referidos en la citada Ley.
El oferente se obliga a no ofrecer ni consentir en otorgar a un funcionario o colaborador de la Municipalidad de Lo Barnechea un beneficio económico o de otra naturaleza, en provecho de éste o de un tercero, para que realice ciertas acciones o incurra en las omisiones establecidas en los artículos 250 y 250 bis en relación con los artículos 248, 248 bis y 249 del Código Penal, para ayudar a obtener o retener un negocio, ejercer influencia u otro modo de beneficiar impropiamente las actividades comerciales y/o intereses personales, incluyendo los resultados de un proceso de licitación, judicial o administrativo en curso. El oferente se obliga a no realizar ni consentir que se realicen por sus representantes o subordinados actos para formalizar flujos financieros informales de procedencia ilícita, en particular, respecto de los delitos xx xxxxxx de activos sancionados por el artículo 27 de la Ley N°19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero y sanciona al que de cualquier forma oculte o disimule el origen ilícito de determinados bienes a sabiendas de que provienen, directa o indirectamente, de la perpetración de alguno de los delitos contemplados en dicho artículo.
Asimismo, el oferente se obliga a abstenerse por cualquier medio, directa o indirectamente, a solicitar, recaudar o proveer fondos con la finalidad de que se utilicen en la comisión de delitos terroristas (artículo 8 de la Ley N°18.314 sobre Conductas Terroristas).
El oferente declara que, si incurriera en incumplimiento de alguna de las declaraciones transcritas, o si la Municipalidad de Lo Barnechea tiene conocimiento de que dicha empresa ha incurrido en alguna de dichas conductas con ocasión de los servicios brindados en nombre y/o beneficio de la Municipalidad de Lo Barnechea, ésta podrá terminar inmediatamente su relación contractual con el oferente, sin necesidad de declaración judicial previa y sin posterior indemnización
Asimismo, el oferente en la presente licitación pública declara bajo juramento:
1) Conocer y aceptar las Bases Administrativas Generales y Base Técnicas elaboradas para la licitación pública mencionada precedentemente.
2) Conocer los documentos anexos, legislación aplicable y en general todos los documentos que forman parte de esta licitación.
3) Xxxxx estudiado los antecedentes y haber verificado su concordancia entre sí.
4) Autorizar a la Municipalidad de Lo Barnechea para requerir de los organismos oficiales, compañías de seguros, bancos, fabricantes de equipos o cualquier otra persona, firma o compañía, la información que solicite que diga relación con la presente licitación.
5) Estar conforme con las condiciones generales de la licitación.
6) Que se obliga a mantener vigente su oferta durante un periodo de 120 días corridos, contados desde la fecha de la apertura de la propuesta.
7) Haber verificado la exactitud de los antecedentes proporcionados.
8) Que, considerando lo expuesto en el punto 1.5 de la Instrucción Xxxxxxx Xx00 xx 0000, xxx Xxxxxxx para la Transparencia, informa que los socios o accionistas principales de la persona jurídica oferente, esto es, aquellos que individualmente sean dueños de a lo menos el 10% de los derechos sociales, corresponden a los siguientes:
i. ii.
iii.
iv. v.
9) Que, el representante legal del oferente de esta licitación declara ser / no ser
cónyuge o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad (abuelo(a), padre, madre, hijo(a), hermano(a), xxxxx(a)), ni haber celebrado pacto de actuación conjunta mediante el cual tengan poder de voto suficiente para influir en sociedades constituidas en Chile, con ninguna de las Personas Políticamente Expuestas (PEP) que a continuación se indican, sea que actualmente desempeñen o hayan desempeñado uno o más de los siguientes cargos en el último año:
1) Presidente de la República.
2) Senadores, Diputados y Alcaldes.
3) Ministros de la Corte Suprema y Cortes de Apelaciones.
4) Ministros de Estado, Subsecretarios, Intendentes, Gobernadores, Secretarios Regionales Ministeriales, Embajadores, Jefes Superiores de Servicio, tanto centralizados como descentralizados y el directivo superior inmediato que deba subrogar a cada uno de ellos.
5) Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas, Director General Carabineros, Director General de Investigaciones, y el oficial superior inmediato que deba subrogar a cada uno de ellos.
6) Fiscal Nacional del Ministerio Público y Fiscales Regionales.
7) Contralor Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx.
0) Xxxxxxxxxx xxx Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxx.
9) Consejeros del Consejo de Defensa del Estado.
10) Ministros del Tribunal Constitucional.
11) Ministros del Tribunal de la Libre Competencia
12) Integrantes titulares y suplentes del Tribunal de Contratación Pública
13) Consejeros del Consejo de Alta Dirección Pública
14) Los directores y ejecutivos principales de empresas públicas, según lo definido por la Ley Nº 18.045.
15) Directores de sociedades anónimas nombrados por el Estado o sus organismos.
16) Miembros de las directivas de los partidos políticos.
FIRMA DEL OFERENTE
O DE SU(S) REPRESENTANTE(S) LEGAL(ES)
ANEXO Nº 2
CONSTITUCIÓN DE UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP) ENTRE
XXXX Y XXXX
LICITACIÓN PÚBLICA
“SERVICIO DE MUDANZA PARA VECINOS DE LO BARNECHEA”
ID 2735-41-LE22
Comparecencia personas naturales1 Comparecencia personas jurídicas2
Los comparecientes, todos mayores de edad, exponen:
PRIMERO: CONSTITUCIÓN: Los comparecientes con ocasión del proceso de licitación “SERVICIO DE MUDANZA PARA VECINOS DE LO BARNECHEA” ID 2735-41-LE22, publicado por la
Municipalidad de Lo Barnechea, por este acto acuerdan constituir y formalizar una UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES, en adelante “UTP”, según los términos dispuestos en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios; para los efectos de la presentación conjunta de una propuesta, la celebración del contrato una vez adjudicada la Unión, si procediere, y la posterior ejecución de la prestación en los términos descritos en las bases de la licitación y demás documentos aplicables.
SEGUNDO: SOLIDARIDAD: Las partes comparecientes, pactan en este acto solidaridad respecto de todas las obligaciones que deriven de la oferta que presenten, en las bases de la licitación que regulan el proceso singularizado en la cláusula primera, y del contrato que se suscriban en atención al mismo. En virtud de dicha solidaridad, la Municipalidad de Lo Barnechea podrá exigir a cualquiera de los integrantes de la UTP que por este acto se constituye, indistintamente, el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, cualquiera sea su naturaleza. De igual forma, el pago efectuado por la Municipalidad de Lo Barnechea a cualquiera de los integrantes de la Unión que por este acto se constituye, será válido y extinguirá la deuda respecto de los demás integrantes de la UTP. Serán aplicables a este pacto las disposiciones del Título IX “De las Obligaciones Solidarias, del Libro Cuarto “De las Obligaciones en General y de los Contratos” del Código Civil.
Se deja expresa constancia que cada uno de los miembros de la unión de proveedores sean ellos personas naturales o jurídicas mantendrán su autonomía jurídica y económica.
TERCERO: OBJETO Y ALCANCE: El objeto de la presente Unión Temporal consiste en la presentación conjunta a la Municipalidad de Lo Barnechea, de una propuesta para el proceso de licitación singularizado en la cláusula primera de este acto, como, asimismo, asumir la obligación conjunta del cumplimiento de la contratación, el que será ejecutado de conformidad a las bases de licitación que regulan el proceso y al contrato que se suscriba para ello.
Los comparecientes se encargarán de elaborar la propuesta solicitada, como también de suministrar el mutuo apoyo técnico, logístico y administrativo que se requiera para dicha presentación.
Además, y en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo sesenta y siete bis del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre contratos
1 Comparecencia de personas naturales, se deberá identificar claramente a los oferentes que participarán de la Unión Temporal de Proveedores con señalamiento expreso de: su nombre completo, su nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, número de cédula nacional de identidad y, domicilio.
2 Comparecencia de personas jurídicas, se deberá identificar claramente a los oferentes que participarán de la Unión Temporal de Proveedores con señalamiento expreso de: nombre de la sociedad u otra, número de rol único tributario, nombre (s) del representante legal, su nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, número de cédula nacional de identidad, y domicilio común con la sociedad.
administrativos de suministro y prestación de servicios, al momento de presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma, debiendo tener presente que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas y la suscripción de contratos afectan a cada integrante de la UTP.
CUARTO: VIGENCIA: La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores que se constituye por este acto, inicia a contar de esta fecha y su validez será hasta la total liquidación del contrato, incluyendo la renovación del mismo, en caso de existir, la cual solo podrá realizarse por una vez.
Con todo, la vigencia de la presente UTP deberá considerar el tiempo necesario para atender la solución de las garantías prestadas en el referido proceso de licitación.
QUINTO: DOMICILIO: Los miembros de la Unión Temporal de Proveedores fijan como domicilio, el
ubicado en 3.
SEXTO: REPRESENTANTE O APODERADO COMÚN DE LA UNIÓN TEMPORAL DE
PROVEEDORES: La presente UTP designa en este acto, como Representante o Apoderado común de
ésta, a don(ña) 4, el (la) cual está facultado (a) para5:
a) , b) (….). En caso de ausencia e impedimento temporal del representante recién designado, se nombra como suplente del Representante o Apoderado
común de ésta UTP, a don(ña)6 con las mismas facultades.
SÉPTIMA: PERSONERÍAS: La personería de don(ña)
8, consta en escritura pública de fecha
10 Notario Público11 de la
12,
7 para actuar en representación de la
9, otorgada ante don(ña)
La personería de don(ña) para actuar en representación de la , consta en escritura pública de fecha otorgada ante don(ña)
Notario Público de la , que no se inserta por ser conocida de las partes y xxx xxxxxxx que autoriza.
En comprobante previa lectura firman los comparecientes.
Santiago, de de 2022
3 Informar domicilio común de la unión temporal de proveedores, con señalamiento de dirección, comuna y Región.
4 Se deberá identificar claramente al representante o apoderado común con poderes suficientes para representar a la unión temporal de proveedores, con señalamiento expreso de: su nombre completo, su nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, y número de cédula nacional de identidad, y domicilio.
5 Incorporar las facultades que se entregan al representante o apoderado común, las que en todo caso deberán considerar las de suscribir en nombre de la UTP las declaraciones a que aluden los anexos de las bases de licitación, presentar en nombre de la UTP la oferta técnica y económica para participar en el proceso señalado en la cláusula primera del acuerdo, suscribir el contrato que derive la licitación indicada en la cláusula primera, representar a la UTP ante la entidad licitante, gestionar el envío de las facturas para el pago respectivo y suscribir en representación de la UTP las modificaciones de contrato que sean necesarias previo consentimiento de las personas naturales o jurídicas que integran la UTP.
6 Se deberá identificar claramente al representante o apoderado común que representará al titular, el cual deberá tener las mismas facultades, con señalamiento expreso de: su nombre completo, su nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, y número de cédula nacional de identidad, y domicilio.
7 Nombre del representante legal o administrador de la persona jurídica que forma parte de la unión temporal de proveedores.
8 Nombre de la persona natural o jurídica que forma parte de la unión temporal de proveedores.
9 Incorporar fecha de la escritura pública donde consten los poderes.
10 Incorporar nombre del o la Notario Público que otorgó la escritura.
11 Notario Público y se no se ha constituido por Escritura Pública, deberá indicar quien lo autoriza.
12 Incorporar N° y Ciudad de la Notaría que otorgó la escritura.
OFERTA ECONÓMICA
LICITACIÓN PÚBLICA
“SERVICIO DE MUDANZA PARA VECINOS DE LO BARNECHEA” ID 2735-41-LE22
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL | |
RUT |
1. Tipo de Servicio
Valor por tipo de vehículo | Valor Impuestos Incluidos |
Valor por 1 Camión ¾ o de 20 pies cerrado con una tripulación de un chofer y dos peonetas, para 1 servicio de mudanza. | $ |
Valor 1 Camión con contenedor cerrado (tráiler cerrado) o de 40 pies, con una tripulación de un chofer y dos peonetas, para 1 servicio de mudanza. | $ |
Valor 1 Camión open top (contenedor abierto) de 20 pies con una tripulación de un chofer y dos peonetas, para 1 servicio de mudanza. | $ |
Valor 1 Camión open top (contenedor abierto) de 40 pies con una tripulación de un chofer y dos peonetas, para 1 servicio de mudanza. | $ |
Valor por 1 Vehículo liviano tipo camioneta con una tripulación de un chofer y un peoneta, para 1 servicio de mudanza. | $ |
Valor por 1 peoneta adicional, para 1 servicio de mudanza. | $ |
2. Valores por kilómetro recorrido
Valor Kilómetro por ZONA | VALOR POR KILÓMETRO (IMPUESTOS INCLUIDOS) |
Valor por un xxxxxxxxx xx xxxxxxxx xxxxxx xx xx xxxxxx xxxxxxxxxxxxx, para 1 servicio de mudanza | $ |
Valor por un xxxxxxxxx xx xxxxxxxx xxxxx xx xx xxxxxx xxxxxxxxxxxxx, para 1 servicio de mudanza | $ |
(**) El valor de los traslados, será considerado respecto al destino final de la carga, es decir, si un traslado es fuera de la Región Metropolitana, serán considerados únicamente el valor por xxxxxxxxx xx xxxxxxxx xxxxx xx xx xxxxxx xxxxxxxxxxxxx para todo el tramo.
(**¨) En ninguna circunstancia ni los funcionarios ni los vecinos podrán generar labores de carga y descarga de los vehículos.
ANEXO Nº 4
MATERIAS DE ALTO IMPACTO SOCIAL
LICITACIÓN PÚBLICA
“SERVICIO DE MUDANZA PARA VECINOS DE LO BARNECHEA” ID 2735-41-LE22
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL | |
RUT |
MARCAR CON UNA X | ÍTEM | MEDIO DE VERIFICACIÓN |
El oferente es una persona natural de sexo femenino o es una microempresa liderada por mujer/es. | ||
La empresa fomenta prácticas empresariales ambientalmente sustentables. | ||
La empresa mantiene un plan de manejo ambiental. | ||
La empresa mantiene un Sistema de Gestión Energética. | ||
La empresa fomenta prácticas de reciclaje de productos. |
2. LLÁMASE A PROPUESTA PÚBLICA, en conformidad a las Bases Administrativas Generales, aprobadas por Decreto Alcaldicio N° 171, de 18 de febrero de 2019, en conjunto con las presentes Bases Administrativas Especiales, las que se aprueban en el presente acto.
3. INSTRÚYASE a la Dirección de Compras Públicas y Gestión de Contratos para que publique el presente Decreto en cumplimiento del artículo 57, letra b), números 1 y 2 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
4. INSTRÚYASE a los miembros de la Comisión Evaluadora como sujetos pasivos, según lo establecido en el artículo 4 de la Ley N°20.730, sobre Regulación de la Actividad de Lobby, y conforme lo establecido en la Ley N°20.285, sobre Acceso a la Información Pública, en la plataforma virtual correspondiente, dado el carácter que adquieren derivado del numeral anterior, adjuntar los antecedentes que determine la ley, incluyendo la copia del presente acto administrativo.
5. PUBLÍQUESE, en la plataforma establecida por la Ley Nº 20.730 los miembros de la comisión evaluadora designados en el numeral 5 de las Bases Administrativas Especiales, en calidad de sujetos pasivos transitorios de conformidad a lo dispuesto en el literal e) del artículo 4 del Decreto Nº 00 xx 0000, xxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxx.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE
XXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXXXX XXXX XXXXXX SECRETARIO MUNICIPAL ALCALDE
MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA
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