EXPOSICION DE MOTIVOS
“POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA LA CELEBRACIÓN DE UN CONTRATO DE COMODATO”
EXPOSICION DE MOTIVOS
La POLICÍA NACIONAL, con Nit. 800141397-5, Representada en este acto, por el
DIRECTOR MAYOR GENERAL XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, identificado
con la cédula de ciudadanía No 19.349.674 expedida en Bogotá D.C. en su calidad de Director General de la Policía Nacional, Nombrado mediante Decreto No 1689 del 15 xx Xxxx de 2007, posesionado según Acta No 0061-07 del 16 xx Xxxx de 2007.
Conforme a lo establecido en la Ley 136 de 1994, corresponde al Concejo Municipal propender por el desarrollo de la comunidad, por la protección y ejecución de los postulados y garantías constitucionales.
Teniendo en cuenta que la Policía Nacional en el marco de Gestión Humana, requiere mejorar la calidad de vida del personal de la Institución como elemento satisfactorio y motivador que fortalezca las competencias requeridas en el servicio; con el fin de alcanzar desempeños policiales exitosos, orientados al cumplimiento de la misión institucional.
La Dirección de Bienestar Social fue creada mediante Ley 352 de 1997, con el objeto de desarrollar los programas de educación, recreación y vivienda fiscal para el personal de la Policía Nacional y sus beneficiarios, para ello brindar condiciones de tranquilidad y bienestar al personal de la fuerza pública, con el propósito de aportar el logro del Imperativo Estratégico de la Dirección General de la Policía Nacional No 5 “Gestión Humana y Calidad de Vida Óptima”, de igual forma los comandantes de Departamento y Área Metropolitana deberán propender por mantener lugares e instalaciones que permitan a los policía vivir dignamente.
Según Acuerdo Municipal No 013 del quince (15) de Febrero de mil novecientos ochenta y cinco (1.985), se autorizo al Señor Alcalde Municipal para que entregara en calidad de Comodato, por el termino de noventa y nueve años 99 años, al Ministerio de Defensa Nacional - Policía Nacional, el lote de terreno ubicado en la Xxxxxxx 00 Xx 00-00, distinguido Catastralmente con el Número 010101710001000, con el fin de de que estos construyeran un cuartel para el personal de Agentes de la Policía Nacional División Santander, dicho acuerdo no fue protocolizado.
Teniendo en cuenta estas consideraciones, se requiere autorizar al señor Alcalde Municipal para que entregue a título de comodato, a la POLICÍA NACIONAL, por el término de cinco (05) años, el bien inmueble ubicado en la Xxxxx 00 Xx 00-00 xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, que se destinara para el funcionamiento del Casino de Oficiales de la Policía Nacional.
Cordialmente,
XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX
Alcalde de Bucaramanga (E)
Reviso Aspectos Técnicos y Administrativos: XXXXXXX XXXXX XXXXX
Directora Defensoría del Espacio Público
XXXXXX XXXXXXXX XXXXX
Técnico Operativo
Reviso Aspectos Jurídicos: XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX Jefe Oficina Asesora Jurídica (E)
“POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA LA CELEBRACIÓN DE UN CONTRATO DE COMODATO”
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA
En uso de sus facultades y atribuciones Constitucionales y Legales en especial las conferidas en los Artículos 313 de la Constitución Política, Articulo 38 de la Ley 9 de 1989 y el Articulo 32 de la Ley 136 de 1994.
CONSIDERANDO
a. Que corresponde al Cabildo Municipal propender por el desarrollo de la comunidad y por la protección y ejecución de los postulados Constitucionales.
b. Que es deber del Concejo Municipal velar y propender por mejorar la calidad de vida de los ciudadanos residentes en el Municipio de Bucaramanga.
c. Que de acuerdo al artículo 31 de la Ley 62 de 1993, dispone que: “Las autoridades Municipales podrán contribuir a la adquisición de equipos, dotaciones, mejoramiento de instalaciones, vivienda fiscal, apoyo logístico y de bienestar de la Policía Nacional de Colombia. También podrán celebrar convenios con la Nación para mejorar la seguridad pública sin perjuicio de las obligaciones que corresponda a aquella”
d. Que el Acuerdo Municipal 035 de 2002 dio funciones específicas al Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público sobre los bienes inmuebles de propiedad del Municipio del Bucaramanga.
e. Según Acuerdo Municipal No 013 del quince (15) de Febrero de mil novecientos ochenta y cinco (1.985), se autorizo al Señor Alcalde Municipal para que entregara en calidad de Comodato, por el termino de noventa y nueve años (99), al Ministerio de Defensa Nacional - Policía Nacional, el lote de terreno ubicado en la Xxxxxxx 00 Xx 00-00, distinguido Catastralmente con el Número 010101710001000, con el fin de de que estos construyeran un cuartel para el personal de Agentes de la Policía Nacional División Santander.
f. Que el Acuerdo Municipal No 013 del quince (15) de Febrero de mil novecientos ochenta y cinco (1985) nunca fue protocolizado.
g. Que de conformidad con el artículo 38 de la Ley 9 de 1.989, “Las entidades públicas no podrán dar en comodato sus inmuebles sino únicamente a otras entidades públicas, sindicatos, cooperativas, asociaciones y fundaciones que no repartan utilidades entre sus asociados o fundadores ni adjudiquen sus activos en el momento de su liquidación a los mismos, juntas de acción comunal, fondos de empleados y las demás que puedan asimilarse a las anteriores, y por un término máximo de cinco (5) años, renovables…”
ACUERDA
ARTICULO PRIMERO: Autorizar al Alcalde de Bucaramanga para que entregue a titulo de Comodato, por el término de cinco (5) años, a la POLICÍA NACIONAL, con Nit. 800141397-5, Representada por el Brigadier General XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, identificado con la cédula de ciudadanía No 19.349.674 expedida en Bogotá D.C. en su calidad de Director General de la Policía Nacional, Nombrado mediante Decreto No 1689 del 15 xx Xxxx de 2007, posesionado según Acta No 0061-07 del 16 xx Xxxx de 2007, el inmueble con las edificaciones allí construidas, ubicado en la Xxxxx 00 Xx 00-00 xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, que se destinara para el funcionamiento del Casino de Oficiales de la Policía Nacional, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria No 300-301861 y Numero Predial 010101710001000, el cual cuenta con un área de 1.036.00 metros cuadrados; predio que fue adquirido por el Municipio de Bucaramanga, mediante Resolución No 026 del 23 de Noviembre de 2005, expedida por el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público; y cuyos linderos son: POR EL NORTE: En distancia aproximada de 12.50 metros con el predio 010101710009000, en distancia aproximada de 17.50 metros con el predio 010101710012000; POR EL ORIENTE: Con la Carrera 12 en una distancia aproximada de 36.00 metros; POR EL SUR: Con la Calle 41 en una distancia aproximada de 28.50 metros; POR EL OCCIDENTE: En una distancia aproximada de 13.00 metros con el predio 010101710003000, en una distancia aproximada de
23.30 metros con el predio 010101710009000.
ARTICULO SEGUNDO: El área de terreno y las edificaciones allí construidas, que por medio de este instrumento se otorga en comodato a la POLICÍA NACIONAL, debe destinarse para el funcionamiento exclusivo del Casino de Oficiales de la Policía Nacional.
ARTÍCULO TERCERO: Los gastos de funcionamiento tales como: Pago de servicios públicos, pago de materiales, mano de obra, remodelación, entendiéndose estas como reparaciones locativas y los demás a que haya lugar para el debido mantenimiento del inmueble, estarán a cargo de la POLICÍA NACIONAL.
ARTICULO CUARTO: Las mejoras y reparaciones locativas entendiéndose estas como mantenimiento, pago de materiales, mano de obra, remodelación que se ejecute sobre el inmueble objeto del Comodato en el transcurso del mismo serán propiedad del Municipio de Bucaramanga, quedando la POLICÍA NACIONAL, obligado a realizar por su cuenta y riesgo todas aquellas necesarias para la conservación del inmueble. Salvo lo requeridos por casos de siniestros naturales o agotamiento de su estructura física.
ARTICULO QUINTO: En caso de incumplimiento de sus obligaciones o en el evento que la POLICÍA NACIONAL, cambie de nombre, desaparezca, sea intervenida legalmente en cualquier forma, o cambie la destinación del inmueble, así como el vencimiento del contrato de Comodato, el Municipio recobrará plenamente el uso y goce del predio incluidas las mejoras y reformas o construcciones ejecutadas por el Comodatario, sin que por estas debe reconocer valor alguno ni indemnización a favor de la POLICÍA NACIONAL.
ARTICULO SEXTO: Para la Legalización del Contrato de Comodato, es requisito su protocolización a través de Escritura Pública y correspondiente Registro en la Oficina de Instrumentos Públicos, cumpliendo los parámetros señalados por la Ley, siendo de cargo de la POLICÍA NACIONAL todos los gastos a que haya lugar para dicho efecto.
ARTICULO SEPTIMO: Una vez se legalice la correspondiente Escritura Pública, la POLICÍA NACIONAL, deberá constituir en una Compañía de Seguros legalmente autorizada en el País, una garantía que ampare el bien objeto del contrato contra todo riesgo, por el valor de reposición del bien y por un término igual a la duración del Comodato.
ARTÍCULO OCTAVO: El comodatario será responsable de todos los gravámenes que se causen con cargo al inmueble objeto del comodato y hasta por el último día en que haya perfeccionado el mismo.
ARTICULO NOVENO: El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.
Cordialmente,
XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX
Alcalde de Bucaramanga (E)
Reviso Aspectos Técnicos y Administrativos: XXXXXXX XXXXX XXXXX
Directora Defensoría del Espacio Público
XXXXXX XXXXXXXX XXXXX
Técnico Operativo
Reviso Aspectos Jurídicos: XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX Jefe Oficina Asesora Jurídica (E)