CONVOCATORIA AL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO LA-008VST979-E29-2022
CONVOCATORIA AL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA
NÚMERO LA-008VST979-E29-2022
2° PROCEDIMEINTO DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO CON REFACCIONAMIENTO A 6 CODIFICADORES DE IMPRESIÓN DE LA GERENCIA ESTATAL TLAXCALA.
1.- Datos de la Entidad Convocante.
LICONSA S.A. de C.V., Gerencia Estatal Tlaxcala en lo sucesivo “LA CONVOCANTE” ubicada en el kilómetro 6.5 Xxxxxxxxx x Xxx Xxxxxx Xxx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxx. X.X. Xxxxxxx Mil Setecientos Treinta (90730), teléfonos 00-000-000-00-00 al 04.
2.- Medio y Carácter de la Licitación.
En cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 24, 25, 26 fracción I, 26 Bis fracción II, 28 fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en lo sucesivo “LA LEY”, y los artículos 35 y 39 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en lo sucesivo “EL REGLAMENTO”, así como en el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisición, Arrendamientos, y Servicios del Sector Publico, así como las demás disposiciones legales aplicables en la materia, “LA CONVOCANTE” celebra el procedimiento de Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-008VST979-E29-2022.
La presente Licitación es Electrónica y su difusión se efectuará a título informativo únicamente por lo que lo CUALQUIER PERSONA INTERESADA EN PARTICIPAR, en lo sucesivo “LOS LICITANTES”, podrán participar presentando sus proposiciones y documentación complementaria a través del medio remoto de comunicación electrónica, conforme al Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet, en lo sucesivo el “ACUERDO”. de conformidad a lo siguiente:
2.1.- Para el presente procedimiento de Licitación, no se aceptarán proposiciones enviadas a través de servicio postal o de mensajería.
2.2.- Los recursos destinados para la contratación corresponden al programa de gasto corriente de “LA CONVOCANTE” para el ejercicio fiscal 2022, se cuenta con la disponibilidad presupuestaria necesaria para la contratación motivo de la presente Licitación en el ejercicio 2022, de conformidad con la requisición No. 1381 debidamente codificada y autorizada, y respaldada con el oficio número 500.-1961-2021 de fecha 16 de diciembre de 2021, emitido por la Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y del oficio número LICONSA-UAF-GCP-B.138-2021 de fecha 17 de diciembre de 2021, emitido por la Gerencia de Control Presupuestal de la Unidad de Administración y Finanzas de “LA CONVOCANTE”.
2.3.- Los LICITANTES” invitados, deberán enviar sus proposiciones en idioma español.
2.4.- Este procedimiento de contratación, se realizará conforme a lo establecido en el Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones. y a las disposiciones específicas de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
3.- OBJETO Y ALCANCE DE LA Licitación.
La presente convocatoria tiene por objeto la Contratación del servicio con refaccionamiento a 6 codificadores de impresión de la Gerencia Estatal Tlaxcala; en lo sucesivo “LOS SERVICIOS”.
Conforme a las cantidades, especificaciones, condiciones, requerimientos técnicos y fecha de entrega que se detallan en el Anexo VII de esta convocatoria.
Partida No. | Descripción | Unidad de medida | No. de servicios |
1 | CONTRATACIÓN DEL SERVICIO CON REFACCIONAMIENTO A 6 CODIFICADORES DE IMPRESIÓN DE LA GERENCIA ESTATAL TLAXCALA | SERVICIO (LOTE) | 1 |
Los “LICITANTES” deberán presentar una sola propuesta técnica y económica, debiendo cotizar invariablemente la partida completa.
La descripción completa con las especificaciones técnicas, características y requerimientos de “LOS SERVICIOS” solicitados, se proporcionan en forma detallada en el Anexo VII de la presente convocatoria a la Licitación, el cual forma parte integral de ésta.
“LOS LICITANTES”, para la presentación de sus proposiciones, deberán ajustarse estrictamente a los requisitos y especificaciones previstos en esta convocatoria a la Licitación y a los que se deriven de la Junta de Aclaraciones.
“LA CONVOCANTE”, a través del Coordinador del Departamento de Mantenimiento el Ing. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, como área requirente y administrador del contrato, y el C. Xxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Jefe del Departamento de Producción verificaran que la entrega de “LOS SERVICIOS”, objeto de la presente Licitación, cumpla con las características y especificaciones solicitadas en el Anexo VII de la presente convocatoria a la Licitación, con el propósito de otorgar la debida aceptación de “LOS SERVICIOS”, para lo cual, el licitante deberá manifestar su aceptación de que hasta en tanto ello no se cumpla, “LOS SERVICIOS” no se tendrán por recibidos o aceptados, de conformidad con el Artículo 84 último párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público en lo sucesivo “EL REGLAMENTO”.
3.1.- Lugar y Condiciones para la Entrega de “LOS SERVICIOS”:
La adjudicación se realizará por partida completa al licitante que cumpla con los requisitos establecidos, y sus propuestas sean solventes técnicamente para “LA CONVOCANTE”, así mismo presenten el precio más bajo por partida, de acuerdo a lo solicitado en el Anexo VII de la presente convocatoria a la Licitación.
Únicamente podrán participar personas de nacionalidad mexicana, de conformidad con los artículos 28 fracción I de “LA LEY” y 35 de “EL REGLAMENTO”.
“LOS SERVICIOS” se formalizarán a través de un contrato en términos de lo dispuesto por el Artículo 45 de “LA LEY” y 81 de “EL REGLAMENTO”.
“LOS SERVICIOS” se entregarán en la Gerencia Estatal Tlaxcala, ubicada en el kilómetro 6.5 Xxxxxxxxx x Xxx Xxxxxx Xxx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxx. X.X. Xxxxxxx Mil
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Setecientos Treinta (90730), y deberá iniciar a partir del 28 de septiembre y concluirá el 8 de noviembre de 2022, y se llevarán a cabo cumpliendo estrictamente con las especificaciones técnicas y demás condiciones y características establecidas en el Anexo VII de esta convocatoria.
“LA CONVOCANTE”, a través del C. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Subgerente de Producción y Mantenimiento, por conducto del Coordinador del Departamento de Mantenimiento, el Ing. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, serán los responsables de verificar que “LOS SERVICIOS” se entreguen cumpliendo con las condiciones, especificaciones y características técnicas establecidas en esta Convocatoria, el contrato y en su caso, serán los responsables de calcular y solicitar la aplicación de la pena convencional y/o deducciones al pago a que haya lugar. El licitante que resulte adjudicado aceptará que, en tanto esto no se cumpla, no se tendrán por realizados. Así como de llevar a cabo el procedimiento de recisión a la que haya lugar.
“EL LICITANTE” que resulte adjudicado, no podrá solicitar el diferimiento de la fecha indicada para la entrega de “LOS SERVICIOS”.
Será total responsabilidad de “EL LICITANTE” que resulte adjudicado del contrato que “LOS SERVICIOS” sean entregados a satisfacción de “LA CONVOCANTE”, en el tiempo y forma determinados, por lo que deberán tomar las precauciones necesarias para evitar retrasos e incumplimiento y en consecuencia la aplicación de la pena convencional y/o deducciones al pago establecidas en el numeral 4.3 y el Anexo VII de esta convocatoria
3.2.-PRECIOS, IMPUESTOS Y CONDICIONES DE PAGO.
El precio de “LOS SERVICIOS” motivo de esta Licitación deberá presentarse en pesos mexicanos, unitarios y totales, en congruencia con las condiciones de esta convocatoria y sus anexos, indicando además la suma total de la propuesta, señalando el I.V.A. por separado, el precio será fijo hasta el total cumplimiento del contrato correspondiente, incluyendo todos los gastos, impuestos y derechos que se tengan que erogar para la entrega oportuna de “LOS SERVICIOS”.
“LA CONVOCANTE” no otorgará anticipo alguno a “EL PROVEEDOR” por la entrega de “LOS SERVICIOS”.
LUGAR Y FORMA DE PAGO
“LA CONVOCANTE” se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR” “LOS SERVICIOS”, veinte días naturales posteriores a la presentación de las facturas y será liquidado mediante cheque nominativo o transferencia electrónica (cumpliendo con los requisitos establecidos por el Departamento de Cuentas por Pagar) a favor de “EL PROVEEDOR”, por lo que este se compromete a presentar para su revisión las facturas correspondientes y deberán presentar el folio fiscal del CFDI (Código Fiscal Digital por Internet) en formato XML en forma electrónica, en una unidad de almacenamiento USB, en formato PDF, las cuales deberán contener el desglose de “LOS SERVICIOS”, así como el número de contrato, ajustándose a los precios establecidos en el mismo y la determinación, en su caso, de la pena convencional y deducciones al pago aplicables.
Los días para la presentación de facturas a revisión serán los viernes de 09:00 a 14:00 horas; si estos días fueran inhábiles se tomará a revisión al siguiente día hábil, en el Departamento de
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Contabilidad de “LA CONVOCANTE”, ubicada en el kilómetro 6.5 Xxxxxxxxx x Xxx Xxxxxx Xxx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxx. X.X. Xxxxxxx Mil Setecientos Treinta (90730). Las facturas deberán coincidir en descripción y precio con los indicados en el contrato respectivo.
Las facturas deberán ser requisitadas en términos del Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A, y el pago se hará a nombre de “EL PROVEEDOR”, conforme a las Leyes y disposiciones monetarias y fiscales que se encuentren vigentes en ese momento, a través de cheque nominativo en la Caja General de “LA CONVOCANTE” ubicada en kilómetro 6.5 Xxxxxxxxx x Xxx Xxxxxx Xxx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxx. X.X. Xxxxxxx Mil Setecientos Treinta (90730), o a través de transferencia electrónica en la cuenta bancaria de “EL PROVEEDOR”, en caso que la factura entregada por el proveedor para su revisión, presente errores o deficiencias, LICONSA dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a los de su recepción, indicará por escrito al proveedor las deficiencias que deberá corregir. El período que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el proveedor presente las correcciones no se computará para efectos de los Artículos 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Los días de pago serán exclusivamente los viernes, en pagos mediante cheque nominativo éstos se harán en la Caja General de “LA CONVOCANTE” de las 09:00 a las 14:00 horas; en pagos mediante transferencia bancaria electrónica el horario es de 13:00 a 15:00 horas. En caso de que el día de pago fuera inhábil, el pago respectivo se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LA CONVOCANTE” un incumplimiento en el plazo convenido.
En caso de elegir como medio de pago la transferencia electrónica, deberá adjuntar a su factura, escrito en hoja membretada, firmada por “EL PROVEEDOR” o su apoderado, en el que se indique el nombre de la institución bancaria, número de cuenta y número de CLABE; este escrito deberá estar validado por la institución bancaria respectiva y ser presentado en el Departamento de Contabilidad de “LA CONVOCANTE”
Los impuestos serán pagados por “LA CONVOCANTE” en términos de la legislación aplicable, y deberán indicarse al final de cada una de las facturas, por separado de los demás importes.
“LA CONVOCANTE” y “EL PROVEEDOR” acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se entreguen durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de “LA LEY”, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
“EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos en los términos ya acordados y de conformidad en su caso, por lo preceptuado por los artículos 89 y 90 de “EL REGLAMENTO”, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LA CONVOCANTE”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LA CONVOCANTE“.
El pago de “LOS SERVICIOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxx convencional y/o deducciones al pago, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de
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dicha penalización ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, por lo que en caso de rescisión la garantía se hará efectiva en forma proporcional a lo incumplido.
En el caso que durante la vigencia del contrato no se haya hecho el descuento en las facturas pendientes de pago de las penalizaciones y/o deducciones al pago establecidas, “EL PROVEEDOR” acepta que se le hagan todos los descuentos pendientes de aplicar en la última factura que presente para pago.
“LA CONVOCANTE” otorgará su consentimiento para que el “LICITANTE” que resulte adjudicado, ceda sus derechos de cobro y esté en posibilidad de realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios financieros y no tendrá inconveniente en caso de que el “LICITANTE” adjudicado que se encuentre clasificado como micro, pequeña o mediana empresa, acceda y utilice los beneficios del factoraje y descuento electrónico de documentos por cobrar del “Programa xx Xxxxxxx Productivas de NAFIN, S.N.C.”.
Esta es la liga para poderse afiliar: xxxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxxx- productivas/.
En el supuesto de que durante la vigencia del contrato no se haya hecho el descuento a las facturas pendientes de pago de las penalizaciones y/o deducciones económicas que alude el numeral 4.3 de esta convocatoria, el “LICITANTE” que resulte adjudicado acepta que se hagan todos los descuentos pendientes de aplicar en la última factura que se presente para pago.
Los pagos quedarán condicionados, proporcionalmente al pago que el proveedor deba efectuar por concepto de las penas convencionales a las que se haya hecho acreedor.
3.3.- GARANTÍA DE “LOS SERVICIOS”
Los “LICITANTES” deberán manifestar en su propuesta técnica, que “LOS SERVICIOS” que ofrecen a “LA CONVOCANTE” cumplen estrictamente con las condiciones, requerimientos técnicos y especificaciones que se establecen en esta convocatoria y sus anexos.
“LOS LICITANTES” deberán presentar junto con su propuesta técnica, un escrito mediante el cual garanticen la calidad de “LOS SERVICIOS”, indicando lo siguiente:
Que cuenta con la infraestructura necesaria, recursos técnicos, humanos y experiencia, así como el equipo suficiente, a fin de garantizar que “LOS SERVICIOS” objeto de esta Licitación, serán proporcionados con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal efecto, comprometiéndose a desarrollarlos a satisfacción de “LA CONVOCANTE” , durante la vigencia del contrato que se derive de este procedimiento.
Que el “LICITANTE” se obliga ante “LA CONVOCANTE” a responder por los defectos en la calidad y/o deficiencia de “LOS SERVICIOS”, así como de cualquier otra responsabilidad en que incurra, en los términos señalados en esta convocatoria, en el contrato que se celebre derivado de este procedimiento y en la legislación aplicable, así mismo, manifiesta que cuenta con los recursos humanos para la entrega de “LOS SERVICIOS” los cuales serán contratados bajo su total responsabilidad.
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3.4.-Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.
Para dar cumplimiento a lo establecido al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, el “LICITANTE” adjudicado deberá previamente a la firma del contrato respectivo, presentar ante “LA CONVOCANTE”, la “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales” vigente y en sentido positivo, en la forma y términos previstos en la regla 2.1.31. de la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio fiscal 2022 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre del 2021, expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) o bien generarlo a través de la aplicación en línea que para estos efectos le proporcione el SAT., preferentemente dentro de los 3 (tres) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del fallo.
Conforme a lo solicitado en el ACUERDO ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR, y su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social”, publicado el 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, el licitante deberá presentar la “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en Materia de Seguridad Social” en sentido positivo, y deberán contar una vigencia de 30 días naturales contados a partir del día de su emisión, expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Conforme a lo solicitado en el ACUERDO del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores por el que se emiten las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, publicado el 28 xx xxxxx de 2017, en el Diario Oficial de la Federación, el licitante deberá presentar la “Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de amortizaciones” indicando que se encuentra “Sin adeudo o con garantía” o “Con adeudo pero con convenio celebrado” y deberá contar una vigencia de 30 días naturales contados a partir del día de su emisión, expedida por el INFONAVIT.
4.- Del Contrato.
El contrato será fijo, por lo que se formalizará en términos de lo dispuesto por el Artículo 45 de “LA LEY” y 81 de “EL REGLAMENTO.
Para efectos de lo establecido en el artículo 45 penúltimo párrafo de “LA LEY” y el artículo 81 fracción IV de “EL REGLAMENTO” la convocatoria a la Licitación, el contrato y sus anexos son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y obligaciones. Las estipulaciones que se establezcan en el contrato no deberán modificar las condiciones previstas en la convocatoria de la Licitación, sus anexos y las juntas de aclaraciones; en caso de discrepancia, prevalecerá lo estipulado en éstas.
El “LICITANTE” adjudicado deberá presentarse a firmar el contrato correspondiente, en el Departamento de Adquisiciones y Servicios Generales, ubicada kilómetro 6.5 Xxxxxxxxx x Xxx Xxxxxx Xxx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxx. X.X. Xxxxxxx Mil Setecientos Treinta (90730) en días hábiles y en horario de 9:00 a 16:00 horas dentro de los 15 (quince) días naturales posteriores a la comunicación del fallo. Para ello y dentro de este plazo el “LICITANTE” ganador deberá comunicarse al teléfono 00 000 00 000 00 al 04 ext. 103 o 123, a fin de coordinar la fecha y hora en que deberá presentarse para la formalización del documento contractual.
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De conformidad con lo establecido en el artículo 46 de “LA LEY”, si el “LICITANTE” adjudicado no firma el contrato por causas imputables a él mismo, dentro del plazo a que se refiere el párrafo anterior, “La Convocante” podrá, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato al “LICITANTE” que haya presentado la siguiente proposición solvente más baja y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre que la diferencia en precio con respecto a la propuesta que inicialmente hubiere resultado ganadora, no sea superior al 10% (diez por ciento).
Lo anterior, independientemente de la aplicación de las sanciones establecidas el “LICITANTE” adjudicado que no firme el contrato, “LA CONVOCANTE” procederá a notificar a la Secretaria de la Función Pública, tal y como lo señala el artículo 60 de “LA LEY”.
El licitante adjudicado, no podrá por ningún motivo, subcontratar o ceder total o parcialmente a terceros los derechos y obligaciones derivados del contrato objeto de la presente Licitación, al amparo de lo señalado por el Artículo 46 último párrafo de “LA LEY”, salvo los derechos de cobro, previo consentimiento expreso y por escrito de “LA CONVOCANTE”.
– Documentos que el Licitante Adjudicado deberá presentar , previo a la firma del
Contrato
El “LICITANTE” adjudicado para efectos de elaboración del contrato deberá entregar forzosamente copia fotostática y presentar original o copia certificada de la siguiente documentación, a más tardar a las 12:00 horas del día hábil siguiente a la fecha en que se emita el fallo:
a) Acta constitutiva y sus reformas, en la que conste que se constituyó conforme a las Leyes Mexicanas y que tiene su domicilio en el Territorio Nacional. (en caso de personas xxxxxxx). En caso de Personas Físicas deberá presentar copia simple de Acta de Nacimiento.
b) Cédula de Identificación Fiscal.
c) Poder otorgado ante Fedatario Público a su representante legal, (pudiendo ser un poder especial para efectos de procedimientos de esta naturaleza, o bien poder para actos de administración y/o poder para actos de dominio).
d) Identificación oficial vigente con fotografía y firma del representante legal.
e) Comprobante de Domicilio con una vigencia no mayor a 30 (treinta) días.
f) Cuando el monto del contrato exceda los $300,000.00 M.N. (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) sin incluir el I.V.A., deberá presentar la “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales” vigente y en sentido positivo, expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
g) “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en Materia de Seguridad Social” en sentido positivo, y deberán contar una vigencia de 30 días naturales contados a partir del día de su emisión, expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social.
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h) Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos (INFONAVIT), indicando que se encuentra “Sin adeudo o con garantía” o “Con adeudo pero con convenio celebrado” y deberá contar una vigencia de 30 días naturales contados a partir del día de su emisión, expedida por el INFONAVIT.
i) Las MIPYMES deberán presentar copia simple de la declaración donde manifieste a que rango pertenece.
En el Anexo VIII se incluye el Modelo de Contrato de CompraNet al que para la presente Licitación se sujetarán las partes, mismo que contiene los requisitos establecidos en el artículo 45 de “LA LEY”.
4.1.- Adjudicación del Contrato.
Con base en los artículos 36 y 36 bis de “LA LEY” y 51 de “EL REGLAMENTO” el contrato se adjudicará al “LICITANTE” cuya propuesta resulte solvente al cumplir con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos por “LA CONVOCANTE”, en cuanto a, especificaciones y requerimientos técnicos de “LOS SERVICIOS”, vigencia y las demás condiciones contenidas en esta convocatoria y sus anexos, y su precio sea el más bajo en comparación con las demás propuestas solventes o, al no existir tales, su precio resulte conveniente con base en la investigación xx xxxxxxx realizada por el área requirente de “LA CONVOCANTE”; en el entendido de que ninguna de las condiciones establecidas en esta convocatoria, así como en las proposiciones presentadas por los “LICITANTES” serán negociables por ningún concepto.
En el caso de que se obtuviera un empate entre dos o más “LICITANTES”, de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 36 Bis de “La Ley” y el 54 de “El Reglamento”, se deberá adjudicar el contrato en primer término a las micro empresas, posteriormente se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa.
De subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados en el párrafo anterior, o de no haber empresas de este sector y el empate se diera entre “LICITANTES” que no tienen el carácter de MIPYMES, se realizará la adjudicación del contrato a favor del “LICITANTE” que resulte adjudicado del sorteo por insaculación que realice “LA CONVOCANTE”, el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada “LICITANTE” empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del “LICITANTE” adjudicado y posteriormente las demás boletas de los “LICITANTES” que resultaron empatados en la partida, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Si hubiera más partidas empatadas se llevará a cabo un sorteo por cada una de ellas, hasta concluir con la última que estuviera en ese supuesto.
Cuando “LA CONVOCANTE” requiera llevar a cabo el sorteo por insaculación, se invitará al Órgano Interno de Control para que en su presencia se lleve a cabo dicho sorteo; se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma en el acta respectiva de los “LICITANTES” o invitados invalide el acto de conformidad con lo señalado en el artículo 54 de “EL REGLAMENTO”.
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4.2.-De la Garantía de Cumplimiento
Conforme a lo señalado en el artículo 48 de “LA LEY”, salvo que la entrega de la totalidad de “LOS SERVICIOS” adjudicados se concluyan durante los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del contrato correspondiente, “EL LICITANTE” que resulte adjudicado deberá entregar a “LA CONVOCANTE, antes de cualquier pago derivado del contrato de que se trata, en un término no mayor de 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del contrato, fianza expedida por institución autorizada para ello, a favor de “LA CONVOCANTE”, que garantice el total cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato, por un importe equivalente a 10% (diez por ciento) del monto total del mismo sin incluir el I.V.A. Esta fianza se mantendrá en vigor hasta que el “LICITANTE” adjudicado cumpla con todas y cada una de las obligaciones por él contraídas.
I. En apego a lo establecido por el artículo 103 fracción I de “EL REGLAMENTO”, dicha fianza deberá prever como mínimo, las siguientes declaraciones:
a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato;
b) Que para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales;
c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y,
d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
II. En caso de otorgamiento de prórrogas o esperas, “EL LICITANTE” para el cumplimiento de sus obligaciones, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo del contrato, se deberá realizar la modificación correspondiente a la fianza.
Las modificaciones a las fianzas deberán formalizarse con la participación que corresponda a la afianzadora, en términos de las disposiciones aplicables.
En tanto el “LICITANTE” adjudicado no exhiba la fianza a que se refiere este punto, deberá cumplir con todas las obligaciones derivadas del contrato adjudicado, sin embargo no estará en posibilidades de exigir los derechos a su favor, pudiendo “LA CONVOCANTE”, en su caso, proceder a la rescisión del contrato, sin responsabilidad alguna para ella, sin necesidad de acudir a los tribunales competentes, exigir el cumplimiento forzoso y el pago de los daños y perjuicios, sin que medie resolución judicial.
La fianza será exigible, aun cuando exista algún medio impugnativo en el que se reclame la invalidez de la rescisión que en su caso se haya decretado por incumplimiento del “LICITANTE”, sin embargo, este no estará en posibilidades de exigir los derechos a su favor.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 91 de “EL REGLAMENTO”, en los casos a que se refieren los párrafos primero y tercero del artículo 52 de “LA LEY”, cuando “LA CONVOCANTE” convenga el incremento del monto del PEDIDO o de la cantidad de bienes o servicios, el “LICITANTE” adjudicado deberá entregar la modificación respectiva de la garantía de cumplimiento por dicho incremento.
4.3.-Pena Convencional y Deducciones al Pago.
PENA CONVENCIONAL
Con fundamento en el artículo 53 de Ia Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público sin perjuicio de que se pueda hacer efectiva Ia garantía de cumplimiento del contrato, por atraso en el cumplimiento de Ias fechas pactadas para Ia entrega de los servicios, se aplicará al “PROVEEDOR” una pena convencional equivalente al .5% (punto cinco por ciento) por cada día hábil de atraso en el cumplimiento de Ias fechas pactadas para la entrega del servicio con refaccionamiento a “CODIFICADORES DE IMPRESIÓN”, calculada sobre el importe total de “LOS SERVICIOS” que no sean entregados en tiempo de acuerdo a lo establecido en el contrato correspondiente, hasta un máximo del 10 % (diez por ciento) del importe total del contrato, y serán determinadas en función de los servicios que se hayan entregado con atraso, y se aplicara sobre los montos que deben pagarse por cada factura, en cuyo caso, “LA CONVOCANTE” podrá optar por Ia rescisión, sin responsabilidad alguna para ella sin necesidad de acudir a los tribunales competentes, o exigir el cumplimiento forzoso y el pago de los daños y perjuicios, sin que medie resolución judicial.
El lng. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Subgerente de Operaciones, será el responsable de informar al Departamento de Contabilidad de “LA CONVOCANTE” de los atrasos en el incumplimiento de las fechas pactadas establecidos en el contrato correspondiente para Ia entrega de los servicios, para que aplique Ias penas convencionales correspondientes.
El pago de “LOS SERVICIOS” quedará condicionado proporcionalmente al pago que el prestador deba efectuar por concepto xx xxxx convencional, en el entendido de que, en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato.
Será total responsabilidad del proveedor que el servicio con refaccionamiento a “CODIFICADORES DE IMPRESIÓN”, se realice oportunamente y a entera satisfacción de “LICONSA”, por lo que se deberán tomar las precauciones necesarias para evitar retrasos e incumplimiento y en consecuencia la aplicación de la penalización establecida
DEDUCCIONES AL PAGO
a) Deducciones al pago de “LOS SERVICIOS” con motivo del incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir el proveedor respecto a los conceptos que integran el contrato. En tal virtud, se entenderá como obligación principal del contrato, “LOS SERVICIOS” de acuerdo con las condiciones, especificaciones y requerimientos técnicos señalados en el Anexo VII y en el contenido de la presente convocatoria objeto material de este procedimiento de contratación. Por lo que se considerará como “LOS SERVICIOS”
entregados adecuadamente, cuando estos se realicen conforme a lo establecido en esta convocatoria. Así mismo, se entenderá como bienes no proporcionados adecuadamente, la falta parcial o total de cualquiera de los elementos señalados.
Si por cualquier causa no se hubiera realizado algún descuento por concepto de penalizaciones y/o deducciones al pago, “EL LICITANTE” acepta que dichos descuentos se realicen en el último pago a que diera lugar el contrato respectivo.
La notificación y cálculo de la pena convencional y/o deducciones al pago correspondientes, lo realizará la “LA CONVOCANTE o quien este designe.
Será total responsabilidad de “EL LICITANTE” que la entrega de “LOS SERVICIOS” se lleve a cabo oportunamente y a entera satisfacción de “LA CONVOCANTE”, por lo que se deberán tomar las precauciones necesarias para evitar retrasos e incumplimiento y en consecuencia la aplicación de la pena convencional o deducciones al pago establecidas.
4.4.-Causales de Rescisión y Terminación Anticipada del Contrato
– Rescisión del Contrato.
“LA CONVOCANTE”, con fundamento en el artículo 54 de “LA LEY” y 98 de “EL REGLAMENTO”, podrá en cualquier momento iniciar el procedimiento de rescisión administrativa del contrato adjudicado, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del “LICITANTE” que se estipulen en ese documento, así como por la contravención a las disposiciones, lineamientos, convocatoria, procedimientos y requisitos que establece dicha Ley y demás normatividad aplicable en la materia. o en alguno de los siguientes casos.
a) Por el incumplimiento del “LICITANTE” adjudicado en la entrega de la garantía, en el plazo establecido en el Artículo 48, último párrafo de “LA LEY”.
b) Si el “LICITANTE” adjudicado es declarado en estado de quiebra o suspensión de pagos por autoridades competentes.
c) Por el incumplimiento del “LICITANTE” adjudicado en la entrega de “LOS BIENES” en el plazo establecido en la presente Convocatoria.
d) Cuando el “LICITANTE” adjudicado incurra en incumplimiento de sus obligaciones, sin responsabilidad alguna para “LA CONVOCANTE”, sin necesidad de acudir a los tribunales competentes, o podrá exigir el cumplimiento forzoso y el pago de los daños y perjuicios, sin que medie resolución judicial.
El procedimiento de rescisión por incumplimiento a las obligaciones establecidas en el contrato respectivo, se llevará a cabo en los términos señalados en el artículo 54 de “LA LEY”.
En caso de rescisión, la aplicación de la garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas.
En caso de rescisión, no procederá el cobro de las penalizaciones.
Sin perjuicio de lo anterior, “LA CONVOCANTE” podrá aplicar al “EL LICITANTE” la pena convencional conforme a lo pactado en esta convocatoria y el contrato correspondiente que proceda y en su caso, hacer efectiva la garantía otorgada para el cumplimiento del mismo, en forma proporcional al incumplimiento y sin contabilizar la pena convencional aplicada.
“LA CONVOCANTE”, tendrá derecho a su elección, a rescindir administrativamente el contrato sin responsabilidad alguna para ella, sin necesidad de acudir a los Tribunales competentes, o exigir el cumplimiento forzoso y el pago de los daños y perjuicios, sin que medie resolución judicial.
– Terminación Anticipada del Contrato.
“LA CONVOCANTE”, con fundamento en lo establecido por el artículo 54 Bis de “La Ley”, podrá dar por terminado anticipadamente el contrato correspondiente, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir “LOS SERVICIOS” originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a “LA CONVOCANTE”, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la “SFP”. En estos supuestos “LA CONVOCANTE” reembolsará al “LICITANTE” adjudicado los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato correspondiente.
Cuando la terminación anticipada afecte en forma parcial las obligaciones pactadas en el contrato, es decir, respecto de alguno(s) de los conceptos que lo integran, se celebrará convenio modificatorio.
4.5.- Modificaciones al Contrato.
Cualquier modificación al contrato deberá formalizarse por escrito, en cuyo caso “EL LICITANTE” que resulte adjudicatario del mismo deberá entregar el endoso correspondiente a la garantía de cumplimiento.
Las modificaciones al contrato no podrán ser superiores al 20% en monto, volumen y/o vigencia, conforme a lo previsto en los artículos 52 de “LA LEY” y 91 de “EL REGLAMENTO”.
El contrato podrá ser modificado a efecto de diferir las fechas para la entrega de “LOS SERVICIOS” cuando así lo determine “LA CONVOCANTE”, siempre y cuando se compruebe que existen condiciones derivadas de caso fortuito o fuerza mayor que impiden la ejecución en las fechas pactadas.
4.6.- Juicios, Reclamaciones o Controversias, Relación Laboral, Civil y Fiscal.
“LOS LICITANTES” y “LA CONVOCANTE” reconocen y aceptan que las únicas relaciones jurídicas existentes entre ellas son las derivadas del contrato que lleguen a formalizar, razón por la cual el personal que intervenga en el desarrollo del mismo será contratado por exclusiva cuenta del “LICITANTE” ganador, quien será el responsable ante dicho personal de todas y cada una de sus obligaciones que como patrón establece la Ley Federal del Trabajo y demás leyes y reglamentos aplicables. “LOS LICITANTES” convienen por lo mismo en responder de todas las reclamaciones
que sus trabajadores, empleados y demás personal que contraten para la entrega de LOS SERVICIOS objeto del contrato, presentasen en contra de “LA CONVOCANTE” en relación con dichos bienes; por lo que expresamente las partes reconocen que no existe ningún tipo de subordinación entre ellas.
Para la celebración del contrato cada una de las partes tiene contratados y, cuando lo estime adecuado, contratará a los trabajadores que requiera, siempre a su cargo y bajo su propia responsabilidad (en lo sucesivo, el “Personal”), y en ningún momento existirá relación laboral entre éstos y la otra parte, en la inteligencia de que cada una de las partes contrata al “Personal” para sí y no en calidad de intermediarios y, por lo tanto, cada parte será responsable y a su cargo y por su cuenta exclusiva el pago de salarios, sueldos, bonos, primas de vacaciones, aguinaldos, indemnizaciones por riesgos profesionales y cualquier otra obligación o prestación en favor del Personal derivadas de la Ley Federal del Trabajo, la Ley del Seguro Social, la Ley del Instituto Nacional del Fondo de la Vivienda para los Trabajadores, el Sistema de Ahorro para el Retiro o de cualquier otra índole.
“LA CONVOCANTE” y “EL LICITANTE” expresamente convienen que sacarán en paz y a salvo a la otra por cualquier reclamación, demanda, juicio, procesos o procedimientos u obligaciones que surjan o sean resultado de obligaciones pendientes que cada una tenga para con cualquier empleado asignado a la otra parte, por lo que no podrá designarse a la contraparte como patrón sustituto.
El contrato no pretende y nada de lo incluido en el mismo deberá interpretarse en el sentido de que se crea una relación de mandante y mandatario, comitente y comisionista, patrón/patrón sustituto y empleado, socio y asociado entre “LA CONVOCANTE” y “EL LICITANTE”. Ninguna de las partes estará facultada para representar y obligar a la otra de manera alguna, y cada una de las partes será responsable exclusivamente de sus propios actos.
5.- Forma y Términos que Regirán los Diversos Actos del Procedimiento.
Calendario de Eventos
Artículo 32. El plazo para la presentación y apertura de proposiciones de las licitaciones internacionales no podrá ser inferior a veinte días naturales, contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en CompraNet.
En licitaciones nacionales, el plazo para la presentación y apertura de proposiciones será, cuando menos, de quince días naturales contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria.
Cuando no puedan observarse los plazos indicados en este artículo porque existan razones justificadas debidamente acreditadas en el expediente por el área solicitante de los bienes o servicios, el titular del área responsable de la contratación podrá reducir los plazos a no menos xx xxxx días naturales, contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que ello no tenga por objeto limitar el número de participantes.
Fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Federación | Obtención de Convocatoria |
8 de septiembre de 2022 | xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/ xxxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxx |
Junta de Aclaraciones:
DÍA: | 14 | MES: | Septiembre | AÑO: | 2022 | HORA: | 11:00 |
LUGAR: | A través del Sistema Electrónico de contrataciones CompraNet. |
Solicitud de Aclaración: Sobre las respuestas otorgadas
DÍA: | 19 | MES: | Septiembre | AÑO: | 2022 | HORA: | 11:00 |
LUGAR: | A través del Sistema Electrónico de contrataciones CompraNet. |
Acto de Apertura de Proposiciones:
DÍA: | 23 | MES: | Septiembre | AÑO: | 2022 | HORA: | 11:00 |
LUGAR: | A través del Sistema Electrónico de contrataciones CompraNet. |
Acto de Notificación de Fallo:
DÍA: | 27 | MES: | Septiembre | AÑO: | 2022 | HORA: | 11:00 |
LUGAR: | A través del Sistema Electrónico de contrataciones CompraNet. |
Fecha de Formalización del Contrato:
DÍA: | El contrato se firmará dentro de los 15 días naturales siguientes a la Notificación del Fallo de la presente Licitación. |
LUGAR: | Departamento de Adquisiciones y Servicios Generales de “LA CONVOCANTE” ubicado en el kilómetro 6.5 Xxxxxxxxx x Xxx Xxxxxx Xxx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxx. X.X. Xxxxxxx Mil Setecientos Treinta (90730) |
5.1.- Consulta, Difusión y Disponibilidad de la Convocatoria del Procedimiento.
La convocatoria de este procedimiento no tendrá costo para los participantes y su difusión se efectuará únicamente a título informativo en las páginas de Internet de CompraNet xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx y de “LA CONVOCANTE” xxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxx, de conformidad con lo establecido en la fracción I del artículo 43 de “LA LEY” y cuarto párrafo del artículo 77 de “EL REGLAMENTO”.
Conforme al artículo 42 penúltimo párrafo de “EL REGLAMENTO”, se pondrá a disposición para consulta de los “LICITANTES” un ejemplar impreso en la Gerencia Estatal Tlaxcala, ubicada en el domicilio de “LA CONVOCANTE” hasta el día 14 de septiembre de 2022 en días hábiles, con horario de 9:00 a 16:00 horas.
La presente convocatoria contiene entre otros aspectos, las especificaciones, condiciones y requerimientos técnicos, para participar en el procedimiento de contratación en cuestión, mismas a las que se sujetará el criterio de evaluación seleccionado para adjudicar el contrato al “LICITANTE” que sus proposiciones resulten en conjunto solventes técnica y económicamente.
De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 26 Bis Fracción II de “LA LEY”, el carácter de la Licitación será electrónico, por lo cual los la o las juntas de aclaraciones, el acto de presentación y apertura de proposiciones y el acto de fallo, sólo se realizarán a través de CompraNet, sin la presencia de los “LICITANTES” en dichos actos.
No podrán participar las personas físicas x xxxxxxx inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública, de ahora en adelante “SFP”, en los términos de “LA LEY”.
5.2.-Junta de Aclaraciones a la Convocatoria de este Procedimiento.
El acto de la junta de aclaraciones a la presente convocatoria, se celebrará el día 14 de septiembre del 2022 a las 11:00 horas, dicho evento se realizará en la plataforma de CompraNet.
De conformidad con los Artículos 33-Bis antepenúltimo párrafo de “LA LEY” y 45 de “EL REGLAMENTO”, las solicitudes de aclaración y el escrito en el que “LOS LICITANTES” expresen su interés en participar en este procedimiento y que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la presente convocatoria, deberán presentar de forma escaneada un escrito en hoja membretada con las solicitudes de aclaración, las cuales deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la convocatoria, indicando el numeral o punto específico con el cual se relaciona, (el cual deberá estar firmado por la persona facultada para ello) y deberán enviarse a través de “CompraNet” (en formato PDF y Word, libre de virus conforme al “ACUERDO”), a más tardar 24 horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones, a efecto de que “LA CONVOCANTE” este en posibilidad de analizarlas y hacer las correspondientes aclaraciones; sin embargo, las solicitudes de aclaración que sean recibidas con posterioridad al plazo señalado en este párrafo, no serán contestadas por “LA CONVOCANTE” por resultar extemporáneas; en caso de que algún “LICITANTE” envíe nuevas solicitudes de aclaración en la junta correspondiente “LA CONVOCANTE” las recibirá, pero no les dará respuesta, las solicitudes que no cumplan con los requisitos señalados podrán ser desechadas por la entidad convocante, conforme al artículo 45
del “EL REGLAMENTO”, a elección de “LOS LICITANTES” podrá utilizarse el formato del Anexo I.
La junta de aclaraciones será para despejar las dudas que existan en la convocatoria y sus anexos, en ningún caso podrán consistir en la sustitución de “LOS SERVICIOS” convocados originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características artículo 33 de “LA LEY”.
“LOS LICITANTES” que envíen sus preguntas en tiempo y forma podrán realizar solicitudes de aclaración sobre las respuestas remitidas en un plazo de 6 (seis) horas, que se computarán a partir de que sea publicada el Acta con las respuestas otorgadas, las respuestas a dicha solicitudes de aclaración se publicarán a las 11:00 horas del día 19 de septiembre del 2022, esto con fundamento en el segundo párrafo del artículo 46 Fracción II de “EL REGLAMENTO”.
Cualquier punto señalado en la presente convocatoria respecto del cual no sea solicitada aclaración por parte de los “LICITANTES”, se considerará como plenamente entendido y aceptado, debiéndose cumplir en los términos de la presente convocatoria.
Con fundamento en el artículo 37 Bis de “LA LEY” el acta de la junta de aclaraciones se difundirá en “CompraNet” en la dirección electrónica: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/ para efectos de notificación de “LOS LICITANTES” y se fijará un ejemplar de la misma en un lugar visible, en las instalaciones de “LA CONVOCANTE”, ubicada en el kilómetro 6.5 Xxxxxxxxx x Xxx Xxxxxx Xxx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxx. X.X. Xxxxxxx Mil Setecientos Treinta (90730), por un término de cinco (5) días hábiles.
Cualquier modificación a la convocatoria de la Licitación y sus anexos, derivada del resultado de la junta de aclaraciones, será considerada como parte integrante de la propia convocatoria y deberá tomarse en cuenta por los “LICITANTES” en la elaboración de sus proposiciones.
5.3.-Acto de Apertura de Proposiciones.
El Acto de Apertura de Proposiciones se llevará a cabo a través del Sistema electrónico de contrataciones CompraNet, el 23 de septiembre a las 11:00 horas tiempo límite para el envío de sus propuestas, siendo éste el único registro válido para los efectos de la presente Licitación.
De conformidad con lo indicado en la fracción II del artículo 43 de “LA LEY”, la revisión de la documentación legal y administrativa, así como la apertura de proposiciones se llevará a cabo SIN LA PRESENCIA de los “LICITANTES”
El acto apertura de proposiciones se llevará a cabo, conforme a lo siguiente:
“LOS LICITANTES”, deberán contar con el certificado digital vigente.
“LOS LICITANTES”, enviarán su propuesta técnica y económica y documentación adicional por “CompraNet” conforme al “ACUERDO”.
Deberá ser elaboradas en formatos PDF (versión 4 o superior), HTML o en su caso, utilizar archivos de imagen tipo JPG o GIF, en WinZip, según se requiera.
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Deben identificarse cada una de las páginas que integran la propuesta, con el registro federal de contribuyentes “RFC”, número de Licitación y número de página y folio (ejemplo 1 de 100, 2 de 100), dicha identificación debe reflejarse, en su caso, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de apertura de proposiciones.
En sustitución de la firma autógrafa, se emplearán los medios de identificación electrónica que para tal fin debe certificar previamente la Secretaría de Hacienda y Crédito Público “SHCP”. (Deberá incluir el archivo pdf.p7m que se genera al firmar de manera electrónica las proposiciones).
El programa informático que la “SHCP” les proporcione, una vez concluido el proceso de certificación de su medio de identificación electrónica, generará los archivos que mediante el uso de tecnologías resguarden la confidencialidad de la información, de tal forma que sea inviolable.
“LOS LICITANTES” admitirán que se tendrán por no presentadas las proposiciones y la demás documentación requerida por “LA CONVOCANTE”, cuando los archivos que la contengan presenten virus informáticos o no puedan abrirse, por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipos de cómputo.
ATENCIÓN: La plataforma CompraNet, no permite visualizar otro tipo de documentos firmados electrónicamente adicionales al resumen de las propuestas que el mismo sistema proporciona a los licitantes, por lo que estas deberán ser el único conjunto de documentos que el licitante firme y adjunte a la proposición.
Desarrollo de la Apertura de Proposiciones.
Conforme a lo establecido en el Art. 35 de la “LA LEY” el procedimiento será el siguiente:
El servidor público que presida el Acto de apertura de proposiciones, verificará que existan proposiciones depositadas en CompraNet, para dar inicio a la apertura de las propuestas recibidas de acuerdo a lo establecido en el Artículo 47 de “EL REGLAMENTO”.
“LA CONVOCANTE” procederá a la apertura de los archivos que fueron enviados a través de CompraNet, haciéndose constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido e imprimirá los documentos contenidos en las proposiciones mismas que serán rubricadas en todas sus hojas por el presidente del evento y por los servidores públicos que designe “LA CONVOCANTE” y por el representante del OIC que acuda.
Recibidas las proposiciones en la fecha y hora establecidas en esta convocatoria, no podrán dejarse sin efecto, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento, hasta su conclusión.
En el supuesto de que en el acto de apertura de proposiciones por causas no imputables a la “SHCP” o a “LA CONVOCANTE”, no sea posible abrir los sobres que contengan las proposiciones enviadas por el sistema CompraNet, el acto se reanudará a partir de que se corrijan las condiciones que dieron origen a la interrupción.
Lo anterior será aplicable una vez que “LA CONVOCANTE” haya intentado abrir los archivos más de una vez y se haya entablado comunicación con el personal que administra el sistema “CompraNet” en la “SHCP”. En términos de lo dispuesto en el artículo 47 de “EL REGLAMENTO”, el Presidente del evento tomará las decisiones que correspondan para continuar con este acto.
En caso de que se confirme que el archivo contiene algún virus informático, la proposición será desechada de conformidad con el “ACUERDO”.
Si derivado del caso fortuito o fuerza mayor, no fuera posible realizar el acto de apertura de proposiciones en la fecha señalada en esta convocatoria, el mismo se celebrará el día que indique “LA CONVOCANTE”, dentro de los plazos previstos en el artículo 32 de “LA LEY”, lo cual se dará a conocer a los presentes en el acto y por medio del sistema CompraNet.
Se levantará acta de la celebración del acto apertura de proposiciones en la que se hará constar el importe de cada una de ellas y se señalará fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la presente convocatoria.
Al finalizar dicha acta, se difundirá en CompraNet y se fijará un ejemplar del acta en algún lugar visible, en la Gerencia Estatal Tlaxcala, ubicada en el kilómetro 6.5 Xxxxxxxxx x Xxx Xxxxxx Xxx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxx. X.X. Xxxxxxx Mil Setecientos Treinta (90730), por un término no menor de cinco días hábiles. Asimismo se difundirá un ejemplar en “CompraNet” en la dirección electrónica: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/ para efectos de notificación de los “LICITANTES” que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.
5.4.-Documentación Legal y Administrativa que Deben Exhibir “LOS LICITANTES”.
La documentación que a continuación se describe, misma que se elaborará en papel membretado del licitante y deberá estar debidamente FIRMADA AUTÓGRAFAMENTE por la persona facultada para ello en la última hoja de cada uno de los documentos que forman parte de la proposición y foliados, con fundamento en el Artículo 50 primer párrafo de “EL REGLAMENTO” deberá enviarse de forma escaneada con FIRMA DIGITAL.
5.4.1 Con fundamento en el artículo 48 fracción V de “EL REGLAMENTO” el “LICITANTE” deberá enviar escaneo del escrito en el que el firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada y suscribir las proposiciones correspondientes. Mismo que contendrá los datos siguientes: a) Del “LICITANTE”: Registro Federal de Contribuyentes, nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx así como el nombre de los socios, y b) Del representante legal del “LICITANTE”: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas. |
“LOS LICITANTES” podrán optar por enviar, en lugar del escrito a que se ha hecho referencia, el formato Anexo II (Manifestación de Identidad y Facultades) junto con la documentación legal, debidamente requisitada (Incluir copia de documento constitutivo del proveedor). |
5.4.2 Escaneo de identificación oficial vigente del “LICITANTE” y en caso de personas xxxxxxx de su apoderado, con fotografía y firma (credencial para votar, pasaporte o Cartilla del Servicio Militar Nacional). Adverso y reverso. |
5.4.3 Declaración de integridad, escaneado del escrito firmado de manera autógrafa por el “LICITANTE”, o en su caso por el apoderado, bajo protesta de decir verdad, en el que manifieste que por sí mismo o por interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos de “LA CONVOCANTE”, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás “LICITANTES”, de acuerdo a lo indicado en el artículo 29 fracción IX de “LA LEY” y el artículo 39 fracción VI inciso f) de “EL REGLAMENTO”. Anexo IX. |
5.4.4 Con fundamento en el artículo 29 fracción VIII de “LA LEY”, el “LICITANTE” deberá enviar de forma escaneada la manifestación por escrito firmada de manera autógrafa por sí mismo, o en su caso por el apoderado, bajo protesta de decir verdad, de que ni él ni su representada se encuentran en ninguno de los supuestos que señalan los artículos 50 y 60 de “LA LEY”. Anexo VI |
5.4.5 Con fundamento en el Artículo 46 último párrafo de “LA LEY”, el “LICITANTE” deberá enviar de forma escaneada la manifestación en papel membretado de la empresa y firmado por el Representante Legal, que contenga la manifestación que los derechos y obligaciones derivados de la presente convocatoria a la Licitación, no podrán ser transferidos por el “LICITANTE” adjudicado a favor de cualquier otra persona física o moral en forma parcial ni total, salvo los derechos de cobro previa autorización expresa y por escrito de “LA CONVOCANTE”. |
5.4.6 Escaneo de la Cédula de Identidad Fiscal, de la persona física o moral del “LICITANTE”. |
5.4.7 Con fundamento en el artículo 34 de “EL REGLAMENTO”, deberá enviar mediante documento escaneado la declaración del “LICITANTE” en la cual manifieste la estratificación a la que pertenece dentro de las MIPYMES, de acuerdo al Anexo III. (En el caso de que el “LICITANTE”, no se encuentre dentro de este rubro, deberá presentar escrito donde manifieste no encontrarse en dicho supuesto). Anexo III |
5.4.8 Escaneo del oficio en el que el “LICITANTE” manifieste bajo protesta de decir verdad que es de nacionalidad mexicana, conforme a lo señalado en el artículo 35 de “EL REGLAMENTO”. |
5.4.9 Escaneo del Registro Patronal ante el I.M.S.S. |
5.4.10 En su caso, “LOS LICITANTES” que decidan agruparse para presentar una proposición conjunta, deberán enviar escaneo del convenio celebrado en los términos del artículo 44 fracción II de “EL REGLAMENTO”; así como presentar en forma individual los escritos señalados en el artículo 48 fracción VIII de “EL REGLAMENTO”, en caso contrario adjuntar documento que indique que no participan con propuesta conjunta. |
5.4.11 “EL LICITANTE” deberá presentar escaneo del documento “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales” vigente y en sentido positivo, expedida por el Servicio de |
Administración Tributaria (SAT), requisito sin el cual no podrá formalizarse el contrato correspondiente. Numeral 3.4 |
5.4.12 “EL LICITANTE” deberá presentar escaneo del documento “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en materia de Seguridad Social”, con una antigüedad menor a 30 días naturales, conforme a lo establecido en el ACUERDO ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único, Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, o bien carta manifestando que no cuenta con trabajadores directos para la entrega de “LOS SERVICIOS”. Numeral 3.4 |
5.4.13 “EL LICITANTE” deberá presentar escaneo del documento Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos (INFONAVIT), con una antigüedad menor a 30 días naturales, conforme al ACUERDO del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores por el que se emiten las Reglas para la obtención de la “Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos”, publicado el 28 xx xxxxx de 2017, en el Diario Oficial de la Federación, o bien carta manifestando que no cuenta con trabajadores directos para la entrega de “LOS SERVICIOS”. Numeral 3.4 |
5.4.14 Escrito en hoja membretada en el que “EL LICITANTE” manifieste que cuenta con la Firma Electrónica Vigente. |
5.4.15 Escaneo del escrito en el que “EL LICITANTE” manifieste bajo protesta de decir verdad, que no existe conflicto de interés. Anexo XI. |
5.5.- Contenido de la Propuesta Técnica.
5.5.1 La propuesta técnica deberá identificarse como tal, incluyendo en la parte superior de la primera hoja la leyenda “PROPUESTA TÉCNICA”, debiendo integrarse con toda la información y documentación técnica requerida por “LA CONVOCANTE”, en congruencia con esta convocatoria y toda la información indicada en el Anexo VII de la misma, así como las especificaciones, condiciones y requerimientos técnicos de “LOS SERVICIOS” que ofrece a la “LA CONVOCANTE” considerando las precisiones que, en su caso, deriven de la junta de aclaraciones. Se presentará propuesta por partidas conforme a lo indicado en el numeral 3 y el Anexo VII de esta convocatoria, para la entrega de “LOS SERVICIOS”. |
5.5.2 “El Licitante” presentará en forma escaneada currículum que avale la experiencia en “LOS SERVICIOS” objeto de esta convocatoria. |
5.5.3 El “LICITANTE” enviara Escaneo de la manifestación en papel membretado de la empresa firmado por el representante legal en el cual se garantice el cumplimiento de la entrega de “LOS SERVICIOS " bajo las características técnicas y especificaciones de entrega de “LOS SERVICIOS” establecidas por “LA CONVOCATORIA”. Anexo VII. |
5.5.4 El “LICITANTE” presentará en forma escaneada escrito debidamente firmado por el representante legal, en donde manifieste que en caso de resultar ganador será el único responsable de la correcta entrega de “LOS SERVICIOS” descritos en el numeral 3 de esta convocatoria y responderá de los daños y perjuicios que se pudieran generar por la demora en la entrega de “LOS SERVICIOS”, conforme a lo señalado en el numeral 3.1 de esta convocatoria |
y que en caso de resultar ganador se compromete con “LA CONVOCANTE” a entregar “LOS SERVICIOS” en las fechas y condiciones pactadas |
5.5.5 “LOS LICITANTES” deberán presentar en forma escaneada junto con su propuesta técnica, un escrito mediante el cual garanticen la calidad de “LOS SERVICIOS” , indicando lo siguiente: Que cuenta con la infraestructura necesaria, recursos técnicos y humanos, así como el equipo suficiente, a fin de garantizar que “LOS SERVICIOS” objeto de esta Licitación, serán proporcionados con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal efecto, comprometiéndose a entregarlos a satisfacción de “LA CONVOCANTE”. Que el “LICITANTE” se obliga ante “LA CONVOCANTE” a responder por los defectos en la calidad y/o deficiencia de “LOS SERVICIOS”, así como de cualquier otra responsabilidad en que incurra, en los términos señalados en esta convocatoria, en el contrato que se celebre derivado de este procedimiento y en la legislación aplicable, así mismo, manifiesta que cuenta con los recursos humanos para la correcta entrega de “LOS SERVICIOS” los cuales serán entregados bajo su total responsabilidad. |
5.5.6 Manifestación por escrito mediante el que se comprometen en caso de ser ganadores del procedimiento de contratación a mantener afiliados a la Seguridad Social a las personas que proporcionan los servicios. |
5.5.7 Ficha técnica de las refacciones a utilizar y su hoja de seguridad de los productos químicos correspondiente si lo requieren. |
Posterior al acto de presentación y apertura de proposiciones, las proposiciones técnicas se entregarán al área requirente para su evaluación cualitativa y verificación del cumplimiento de los requisitos solicitados.
5.6.- CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA...
5.6.2 Indicar si participa con Propuesta Conjunta.
5.6.1 Escaneo de la propuesta económica, por medio del cual “LOS LICITANTES” presentarán la cotización de “LOS SERVICIOS” requeridos por “LA CONVOCANTE”, deberá ser elaborado en papel membretado del “LICITANTE” y firmado por su Representante Legal, y contener además lo siguiente: deberá identificarse como tal, incluyendo en la parte superior de la primera hoja la leyenda “PROPUESTA ECONÓMICA”, indicando el importe total de la propuesta, en pesos mexicanos, señalando el I.V.A. por separado, en congruencia con las condiciones de esta convocatoria y sus anexos, deberá contener además todos los gastos, impuestos y derechos que sea necesario erogar para la entrega oportuna de “LOS SERVICIOS”, indicando la forma de pago, de conformidad con los requisitos y condiciones establecidos por en esta convocatoria, su modelo de contrato y sus anexos. En la propuesta económica se deberá indicar que ésta tiene una vigencia mínima de 40 (cuarenta) días naturales posteriores a la fecha de presentación de propuestas, expresarse en moneda nacional (peso mexicano), que los precios señalados en ella serán fijos hasta el total cumplimiento del contrato respectivo, y que el precio ofertado ya considera todos los costos hasta la conclusión total de la prestación del servicio. Asimismo, deberá indicar que las condiciones de pago serán crédito de veinte (20) días naturales posteriores a la presentación para revisión de las facturas correspondientes.
5.7.- Criterios Específicos para Evaluar Proposiciones y Adjudicar el Contrato.
Una vez recibida la documentación, en términos de lo establecido en el artículo 36 de “LA LEY”, “LA CONVOCANTE” efectuará la evaluación cuantitativa y cualitativa de las proposiciones, para lo cual revisará y analizará la documentación legal, administrativa, técnica y económica, presentada por cada uno de “LOS LICITANTES” que cumplan con lo solicitado en esta convocatoria.
Para la evaluación de las proposiciones, se establece como criterio de evaluación binario (cumple, no cumple), de conformidad a los artículos 36 segundo párrafo y 36 Bis de “LA LEY” y 51 “DEL REGLAMENTO” mediante el cual se adjudica a quien cumpla los requisitos establecidos por la convocante y oferte el precio más bajo por la partida completa, En este supuesto, la convocante evaluará al menos las dos proposiciones cuyo precio resulte ser más bajo; de no resultar éstas solventes, se evaluarán las que les sigan en precio.
“LA CONVOCANTE”, realizará la evaluación de los requisitos legales y administrativos, verificando que cumplan con lo solicitado en esta convocatoria, o en su caso señalar aquellos incumplimientos, en dicha evaluación.
Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la Licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento por sí mismo o deficiencia en su contenido no afecte la solvencia de las proposiciones, no será objeto de evaluación y se tendrán por no establecidas; La inobservancia por parte de “LOS LICITANTES” respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones.
Entre los requisitos cuyo incumplimiento no afecta la solvencia de la proposición, se considerarán: el proponer un plazo de entrega menor al solicitado, en cuyo caso, de resultar adjudicado y de convenir a la convocante pudiera aceptarse; el omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia propuesta técnica o económica; el no observar los formatos establecidos, si se proporciona de manera clara la información requerida; y el no observar requisitos que carezcan de fundamento legal o cualquier otro que no tenga por objeto determinar objetivamente la solvencia de la proposición presentada. En ningún caso la convocante o los licitantes podrán suplir o corregir las deficiencias de las proposiciones presentadas.
Criterios de Evaluación de la Propuesta Técnica.
A través de la propuesta técnica presentada por “LOS LICITANTES” se verificará que “LOS SERVICIOS” propuestos cumplan con las especificaciones, condiciones y requerimientos técnicos solicitados en el Anexo VII de esta convocatoria, la evaluación será realizada por personal adscrito al Departamento de Mantenimiento
La evaluación permitirá verificar y/o asegurar la confiabilidad de las propuestas técnicas de los participantes, así como que las características técnicas ofrecidas cumplan con los requerimientos solicitados por “LA CONVOCANTE”.
Que la propuesta técnica contenga la información indicada en el numeral 5.5 y los requerimientos del Anexo VII de esta convocatoria.
El incumplimiento de alguno de los requisitos antes citados o en las especificaciones técnicas del Anexo VII, será motivo para que la propuesta sea desechada.
En ningún caso “LA CONVOCANTE” o los “LICITANTES” podrán suplir o corregir las deficiencias de la propuesta presentada.
En los casos en que las propuestas por sí o como resultado de tachaduras o enmendaduras, presenten información que cause confusión o cree una situación de incertidumbre o inconsistencia, respecto del cumplimiento de la entrega de “LOS SERVICIOS” o presente contradicción entre los diversos documentos de la oferta, serán consideradas insolventes y serán desechadas.
Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la Licitación,, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento por sí mismo o deficiencia en su contenido no afecte la solvencia de las proposiciones, no será objeto de evaluación y se tendrán por no establecidas; La inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones.
Los “LICITANTES” deben demostrar a través de la documentación y la información presentada en su propuesta técnica, que cuentan con la capacidad técnica, administrativa y legal para atender los requerimientos solicitados en esta Licitación, conforme a sus Anexos.
Criterios de Evaluación de la Propuesta Económica.
“LA CONVOCANTE”, efectuará el análisis, revisión y cotejo de la documentación económica presentada por cada uno de “LOS LICITANTES” y efectuará la evaluación cuantitativa y cualitativa de sus propuestas económicas de conformidad con los términos y condiciones de esta convocatoria.
“LA CONVOCANTE”, realizará la evaluación de la propuesta económica respecto de su solvencia, la cual cotejará con la propuesta técnica, a fin de verificar que la propuesta económica sea congruente con la propuesta técnica presentada, en caso de existir discrepancia entre ambos documentos, la propuesta será considerada insolvente y será desechada.
En caso de que sólo sea aceptada una proposición solvente, se tomarán en cuenta los resultados de la investigación xx xxxxxxx realizada por “LA CONVOCANTE”, para constatar que, los precios ofertados no sean mayores a los existentes en el mercado o no resulten inconvenientes para “LA CONVOCANTE”, de conformidad a lo señalado en el Artículo 36 Bis fracción II de “LA LEY”.
Cuando se presente un error de cálculo en las propuestas presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de “LA CONVOCANTE”, cuando la corrección no implique la modificación del precio unitario, en caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados estos podrán corregirse, en términos de lo señalado por el artículo 55 de “EL REGLAMENTO”.
5.8.-Causas de Desechamiento de las Proposiciones Presentadas por “LOS LICITANTES”.
Será motivo de desechamiento de las proposiciones presentadas por los “LOS LICITANTES”:
a) La omisión del envío dentro de su proposición de cualquiera de los requisitos administrativos y legales establecidos en el numeral 5.4 de esta Convocatoria.
b) La omisión de los requisitos que afectan la solvencia de las proposiciones, establecidos en el numeral 5.5 de la presente Convocatoria.
c) Condicionar la proposición o establecer condiciones adicionales a las establecidas en esta Convocatoria.
d) Será causa de desechamiento la contravención de las condiciones establecidas en esta Convocatoria y sus Anexos.
e) Será causa de desechamiento que las proposiciones no se envíen debidamente foliadas,
de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de “EL REGLAMENTO”.
f) La comprobación de que algún “LICITANTE” ha acordado con uno o más “LICITANTES”, elevar los precios de “LOS SERVICIOS” objeto de esta Licitación, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás “LICITANTES”.
g) Cuando los conceptos cotizados no correspondan al total de los conceptos solicitados por
“LA CONVOCANTE”.
h) Cuando el “LICITANTE” presente cualquiera de los documentos legales, técnicos y económicos fuera de los términos establecidos en esta convocatoria.
i) Cuando cualquiera de los documentos de la proposición, se presenten sin la firma autógrafa o la firma electrónica (archivo pdf.p7m) y/o sin el nombre del representante legal, en donde lo indiquen los formatos establecidos por “LA CONVOCANTE” en el presente procedimiento.
j) Cuando alguno de los documentos de las propuestas técnicas y económicas se envíen con xxxxxxxxxx y enmendaduras
k) Si se contraviene cualquier disposición de “LA LEY”, o “EL REGLAMENTO” o de las demás disposiciones vigentes en la materia. .
l) Cuando los precios propuestos por los “LICITANTES” no fueran aceptables por “LA CONVOCANTE”.
m) Si el precio indicado en la propuesta no se considera conveniente para “LA CONVOCANTE”, conforme a la investigación de precios realizada por el Departamento de Adquisiciones y Servicios Generales.
Circunstancias que, en su caso, “LA CONVOCANTE” comunicará a “LOS LICITANTES”, por escrito debidamente fundado y motivado.
5.9.- CAUSAS QUE DETERMINAN DECLARAR DESIERTA LA Licitación,.
a) No se reúnan tres propuestas, o no se cuente con un mínimo de 1 (UNA) susceptibles de analizarse técnicamente de conformidad, a lo establecido en los artículos 43 fracción III segundo párrafo de “LA LEY”, 77 y 78 de “EL REGLAMENTO”.
b) Ninguna de las proposiciones enviadas reúna los requisitos establecidos en esta convocatoria.
c) Cuando el importe de la propuesta solvente más baja sea superior al monto del presupuesto autorizado a “LA CONVOCANTE” para “LOS SERVICIOS” objeto de la presente Licitación,, y no sea posible obtener la reasignación de recursos en términos de lo señalado por el artículo 56 de “EL REGLAMENTO”, ni efectuar las reducciones indicadas en dicho precepto.
d) Cuando los precios de las propuestas presentadas, conforme a la investigación de precios, no fueren convenientes para “LA CONVOCANTE”.
En caso de que no se presenten el mínimo de proposiciones señalado en el párrafo anterior, se podrá optar por declarar desierta la licitación, o bien, continuar con el procedimiento y evaluar las proposiciones presentadas. En caso de que sólo se haya presentado una propuesta, la convocante podrá adjudicarle el contrato si considera que reúne las condiciones requeridas, o bien proceder a la adjudicación directa conforme al último párrafo de este artículo.
En el supuesto que la presente Licitación, haya sido declarada desierta, se podrá optar por la adjudicación directa de conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 38 y 41 fracción VII de “La Ley”.
5.10.- CANCELACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN.
Con fundamento en el artículo 38 de “LA LEY”, “LA CONVOCANTE” podrá cancelar esta Licitación,, partidas o conceptos incluidos en éstas, cuando se presente caso fortuito; fuerza mayor; existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad para adjudicar “LOS SERVICIOS”, y que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a “LA CONVOCANTE”.
La determinación de dar por cancelada la Licitación, o conceptos, deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los “LICITANTES”, y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo podrán interponer la inconformidad en términos del Título Sexto, Capítulo Primero de esta “LA LEY”.
5.11.- FALLO.
COMUNICACIÓN DEL FALLO.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 37 de “LA LEY” el fallo de este procedimiento de Licitación, se dará a conocer a través de “CompraNet”, el 27 de septiembre a las 11:00 horas, levantándose el acta respectiva; enviándoles un aviso a “LOS LICITANTES” que ya se encuentra disponible en la página.
Asimismo, se fijará un ejemplar del acta en algún lugar visible de la Gerencia Estatal Tlaxcala ubicada en kilómetro 6.5 Xxxxxxxxx x Xxx Xxxxxx Xxx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxx.
X.X. Xxxxxxx Mil Setecientos Treinta (90730), por un término de 5 (cinco) días hábiles posteriores a la celebración del acto, en horario comprendido de las 09:00 a las 16:30 horas.
Efectos del Fallo.
Conforme a lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 46 de “La Ley” con la notificación del fallo serán exigibles los derechos y obligaciones establecidos en el modelo de contrato adjunto a esta convocatoria sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo en la fecha y términos señalados en el fallo.
Contra el fallo no procederá recurso alguno; sin embargo será potestativo para el licitante presentar inconformidad en términos de lo establecido Título Sexto, Capítulo Primero de “La Ley”.
De conformidad con lo señalado en el penúltimo párrafo del artículo 37 de “La Ley” cuando se advierta en el fallo la existencia de un error aritmético, mecanográfico o de cualquier otra naturaleza, que no afecte el resultado de la evaluación realizada por “LA CONVOCANTE”, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a su notificación y siempre que no se haya firmado el contrato, el titular del área responsable del procedimiento de contratación procederá a su corrección, con la intervención de su superior jerárquico, aclarando o rectificando el mismo, mediante el acta administrativa correspondiente, en la que se harán constar los motivos que lo originaron y las razones que sustentan su enmienda, hecho que se notificará a los “LICITANTES” que hubieren participado en el procedimiento de contratación, remitiendo copia de la misma al Órgano Interno de Control en “LA CONVOCANTE” dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la fecha de su firma.
Si el error cometido en el fallo no fuera susceptible de corrección conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior, se dará vista de inmediato al Órgano Interno de Control en “LA CONVOCANTE”, a efecto de que, previa intervención de oficio, se emitan las directrices para su reposición.
6.-Inconformidades.
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de “LA LEY”, “LOS LICITANTES” podrán presentar inconformidades por escrito, en las oficinas de la Secretaría de la Función Pública (SFP), sita en Xx. xx xxx Xxxxxxxxxxx Xxx xxxxxx 0000, xxxxxx xxxx xxx xxx, xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, C.P. 01020, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, Ciudad de México o ante el Órgano Interno de Control de “LA CONVOCANTE” ubicado en el tercer piso de Xxxxxxx Xxxxxx número 1, Fraccionamiento Xxxxx xx Xxxxxx, Código Postal 53390, Naucalpan de Juárez, Estado de México, dentro de los seis días hábiles siguientes en que ocurra el acto impugnado.
Dicha inconformidad podrá presentarse a través del sistema CompraNet en la dirección electrónica xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
7.- ANEXOS.
I. Formato de participación a la junta de aclaraciones.
II. Manifestación de identidad y facultades.
III. Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de adquisición para dar cumplimiento a lo dispuesto en los lineamientos para fomentar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas en los procedimientos de adquisición y arrendamiento de bienes muebles, así como la contratación de servicios que realicen las dependencias y entidades de la administración pública federal.
IV. Relación de documentación requerida para participar en el acto de apertura de
PROPOSICIONES.
V. Modelo de la propuesta económica.
VI. Formato de presentación de carta de manifestación del art. 50 y 60.
VII. Especificaciones, condiciones y requerimientos técnicos.
VIII. Modelo de contrato de CompraNet.
IX. Modelo de la póliza de fianza para garantizar, ante la administración pública federal, el cumplimiento del contrato de: adquisiciones, arrendamientos, servicios, obra pública o servicios relacionados con la misma. (entidades).
X. Declaración de integridad.
XI. Manifestación bajo protesta de decir verdad de no existir conflicto de interés.
ANEXO I
FORMATO DE PARTICIPACIÓN A LA JUNTA DE ACLARACIONES
De conformidad con lo previsto por el artículo 33 Bis de La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por mi propio derecho (o en representación) de: manifiesto mi interés de participar en el procedimiento de Licitación, a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica No. convocada por “LA CONVOCANTE”, para la contratación abierta de los servicios de:
, para lo cual proporciono mis datos generales (o los de mi representado)
DATOS GENERALES
Nombre de la persona física o moral:
Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio:
Calle y Número:
Colonia:
Delegación o Municipio:
Código Postal:
Entidad Federativa:
Teléfonos:
Fax:
Correo Electrónico:
I. Del licitante: Registro Federal de Contribuyentes; nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además, descripción del objeto social de la empresa; identificando los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, y de haberlas, sus reformas y modificaciones, así como nombre de los socios que aparezcan en éstas, y
II. Del representante del licitante: Datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas
Firma
Nombre y Firma del Representante Legal.
ANEXO I
NOMBRE DE LA EMPRESA
SOLICITUD DE ACLARACIÓN A LA CONVOCATORIA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA No.
PREGUNTAS
NOMBRE DE LA EMPRESA.
TÉCNICA O ADMINISTRATIVA
NUMERAL DE LA CONVOCATORIA A QUE SE REFIERE:
PREGUNTA No.:
PREGUNTA No.:
PREGUNTA No.:
PREGUNTA No.:
PREGUNTA No.:
PREGUNTA No.:
PREGUNTA No.:
Firma
Nombre y Firma del Representante Legal.
MANIFESTACIÓN DE IDENTIDAD Y FACULTADES.
Xx, (nombre del apoderado) _, manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados así como que cuento con facultades suficientes para comprometerme por mi o por mi representada, a través de la propuesta en el presente procedimiento . , a nombre y representación de: _ (nombre de la persona física o moral).
Clave del Registro Federal de Contribuyentes:
Domicilio: Calle y Número:
Colonia: Delegación o Municipio:
Código Postal: Entidad Federativa:
Teléfonos: Fax:
Correo electrónico:
No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha:
Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público o Fedatario que las protocolizó:
Relación de Socios: Apellido Paterno:
Apellido Materno:
Nombre( s )
Descripción del objeto social (para personas físicas, actividad comercial o profesional:
Reformas o modificaciones al acta constitutiva:
Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público o Fedatario que las protocolizó:
ANEXAR COPIA (S) DE ACTA CONSTITUTIVA SEÑALADA (S)
Nombre y domicilio del apoderado:
Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta:
Escritura pública número:
Fecha:
Nombre, número, y circunscripción xxx Xxxxxxx o Fedatario Público que la protocolizó:
Lugar y fecha Protesto lo necesario.
Notas:
(Firma autógrafa del apoderado)_
1.- El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido, preferentemente, en el orden indicado.
2.- El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar abreviaturas, principalmente en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral.
3.- De igual forma, tratándose de personas físicas podrá ser adecuado a lo conducente.
ANEXO III
FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LOS LINEAMIENTOS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN Y ARRENDAMIENTOS DE BIENES MUEBLES, ASÍ COMO LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS QUE REALICEN LAS DEPENDENCIA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA FEDERAL.
de de (1)
(2)
P r e s e n t e.
Me refiero al procedimiento de (3) No. (4) en el que mi representada, la empresa (5) , participa a través de la presente proposición.
Al respecto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que mi representada está constituida conforme a las leyes mexicanas, con Registro Federal de Contribuyentes (6) , y asimismo que considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado de (7) , con base en lo cual se estatifica como una empresa
(8) .
De igual forma, declaro que la presente manifestación la hago teniendo pleno conocimiento de que la omisión, simulación o presentación de información falsa, son infracciones previstas por el artículo 8 fracciones IV y VIII, sancionables en términos de lo dispuesto por el artículo 27, ambos de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, y demás disposiciones aplicables.
A T E N T A M E N T E
(9)
FO-CON-14
ANEXO III
Información de referencia para la determinación del tipo de empresa:
FO-CON-14 Estratificación de las Micro, Pequeña o Mediana Empresa (Mipymes)
Descripción
Formato para que los licitantes manifiesten, bajo protesta de decir verdad, la estratificación que les corresponde como Mipymes, de conformidad con el Acuerdo de Estratificación de las Mipymes, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009.
Instructivo de llenado
Llenar los campos conforme aplique tomando en cuenta los rangos previstos en el Acuerdo antes mencionado.
1. Señalar la fecha de suscripción del documento.
2. Anotar el nombre de la convocante.
3. Precisar el procedimiento de contratación de que se trate (licitación pública o invitación a cuando menos tres personas).
4. Indicar el número de procedimiento de contratación asignado por CompraNet.
5. Anotar el nombre, razón social o denominación del licitante.
6. Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante.
7. Señalar el número que resulte de la aplicación de la expresión: Tope Máximo Combinado
= (Trabajadores) x10% + (Ventas anuales en millones de pesos) x 90%. Para tales efectos puede utilizar la calculadora MIPYME disponible en la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx
Para el concepto “Trabajadores”, utilizar el total de los trabajadores con los que cuenta la empresa a la fecha de la emisión de la manifestación.
Para el concepto “ventas anuales”, utilizar los datos conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales, expresados en millones de pesos.
8. Señalar el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme al resultado de la operación señalada en el numeral anterior.
9. Anotar el nombre y firma del apoderado o representante legal del licitante.
ANEXO IV
RELACIÓN DE DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA PARTICIPAR EN EL ACTO DE APERTURA DE PROPOSICIONES.
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA No. LA-008VST979-E29-2022.
NOMBRE DEL LICITANTE
5.4.- Documentación Legal y Administrativa requerida: | ||||
5.4.1 Con fundamento en el artículo 48 fracción V de “EL REGLAMENTO” el “LICITANTE” deberá enviar escaneo del escrito en el que el firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada y suscribir las proposiciones correspondientes. Mismo que contendrá los datos siguientes: a) Del “LICITANTE”: Registro Federal de Contribuyentes, nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx así como el nombre de los socios, y b) Del representante legal del “LICITANTE”: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas. “LOS LICITANTES” podrán optar por enviar, en lugar del escrito a que se ha hecho referencia, el formato Anexo II (Manifestación de Identidad y Facultades) junto con la documentación legal, debidamente requisitada (Incluir copia de documento constitutivo del proveedor). | SI ( | ) | No ( | ) |
5.4.2 Escaneo de identificación oficial vigente del “LICITANTE” y en caso de personas xxxxxxx de su apoderado, con fotografía y firma (credencial para votar, pasaporte o Cartilla del Servicio Militar Nacional). Adverso y reverso. | SI ( | ) | No ( | ) |
5.4.3 Declaración de integridad, escaneado del escrito firmado de manera autógrafa por el “LICITANTE”, o en su caso por el apoderado, bajo protesta de decir verdad, en el que manifieste que por sí mismo o por interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos de “LA CONVOCANTE”, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás “LICITANTES”, de acuerdo a lo indicado en el artículo 29 fracción IX de “LA LEY” y el artículo 39 fracción VI inciso f) de “EL REGLAMENTO”. Anexo IX. | SI ( | ) | No ( | ) |
5.4.4 Con fundamento en el artículo 29 fracción VIII de “LA LEY”, el “LICITANTE” deberá enviar de forma escaneada la manifestación por escrito firmada de manera autógrafa por sí mismo, o en su caso por el apoderado, bajo protesta de decir verdad, de que ni él ni su representada se encuentran en ninguno de los supuestos que señalan los artículos 50 y 60 de “LA LEY”. Anexo VI | SI ( | ) | No ( | ) |
5.4.5 Con fundamento en el Artículo 46 último párrafo de “LA LEY”, el “LICITANTE” deberá enviar de forma escaneada la manifestación en papel membretado de la empresa y firmado por el Representante Legal, que contenga la manifestación que los derechos y obligaciones derivados de la presente convocatoria a la Licitación,, no podrán ser transferidos por el “LICITANTE” adjudicado a favor de cualquier otra persona física o moral en forma parcial ni total, salvo los derechos de cobro previa autorización expresa y por escrito de “LA CONVOCANTE”. | SI ( | ) | No ( | ) |
5.4.6 Escaneo de la Cédula de Identidad Fiscal, de la persona física o moral del “LICITANTE”. | SI ( | ) | No ( | ) |
5.4.7 Con fundamento en el artículo 34 de “EL REGLAMENTO”, deberá enviar mediante documento escaneado la declaración del “LICITANTE” en la cual manifieste la estratificación a la que pertenece dentro de las MIPYMES, de acuerdo al Anexo III. (En el caso de que el “LICITANTE”, no se encuentre dentro de este rubro, deberá presentar escrito donde manifieste no encontrarse en dicho supuesto). Anexo III | SI ( | ) | No ( | ) |
5.4.8 Escaneo del oficio en el que el “LICITANTE” manifieste bajo protesta de decir verdad que es de nacionalidad mexicana, conforme a lo señalado en el artículo 35 de “EL REGLAMENTO”. | SI ( | ) | No ( | ) |
5.4.9 Escaneo del Registro Patronal ante el I.M.S.S. | SI ( | ) | No ( | ) |
5.4.10 En su caso, “LOS LICITANTES” que decidan agruparse para presentar una proposición conjunta, deberán enviar escaneo del convenio celebrado en los términos del artículo 44 fracción II de “EL REGLAMENTO”; así como presentar en forma individual los escritos señalados en el artículo 48 fracción VIII de “EL REGLAMENTO”, en caso contrario adjuntar documento que indique que no participan con propuesta conjunta. | SI ( | ) | No ( | ) |
5.4.11 “EL LICITANTE” deberá presentar escaneo del documento “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales” vigente y en sentido positivo, expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), requisito sin el cual no podrá formalizarse el contrato correspondiente. Numeral 3.4 | SI ( | ) | No ( | ) |
5.4.12 “EL LICITANTE” deberá presentar escaneo del documento “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en materia de Seguridad Social”, con una antigüedad menor a 30 días naturales, conforme a lo establecido en el ACUERDO ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único, Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, o bien carta manifestando que no cuenta con trabajadores directos para la prestación del servicio. Numeral 3.4. | SI ( | ) | No ( | ) |
5.4.13 EL LICITANTE” deberá presentar escaneo del documento Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos (INFONAVIT), con una antigüedad menor a 30 días naturales, conforme al ACUERDO del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores por el que se emiten las Reglas para la obtención de la “Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos”, publicado el 28 xx xxxxx de 2017, en el Diario Oficial de la Federación, o bien carta manifestando que no cuenta con trabajadores directos para la entrega de “LOS SERVICIOS”. Numeral 3.4 | SI ( | ) | No ( | ) |
5.4.14 Escrito en hoja membretada en el que “EL LICITANTE” manifieste que cuenta con la Firma Electrónica Vigente. | SI ( | ) | No ( | ) | |
5.4.15 Escaneo del escrito en el que “EL LICITANTE” manifieste bajo protesta de decir verdad, que no existe conflicto de interés. Anexo XI. | SI ( | ) | No ( | ) |
5.5.- Contenido de la Propuesta Técnica. | ||||
5.5.1 La propuesta técnica deberá identificarse como tal, incluyendo en la parte superior de la primera hoja la leyenda “PROPUESTA TÉCNICA”, debiendo integrarse con toda la información y documentación técnica requerida por “LA CONVOCANTE”, en congruencia con esta convocatoria y toda la información indicada en el Anexo VII de la misma, así como las especificaciones, condiciones y requerimientos técnicos de “LOS SERVICIOS” que ofrece a la “LA CONVOCANTE” considerando las precisiones que, en su caso, deriven de la junta de aclaraciones. Se presentará propuesta por total de partidas conforme a lo indicado en el numeral 3 y el Anexo VII de esta convocatoria, para la entrega de “LOS SERVICIOS”. | SI ( | ) | No ( | ) |
5.5.2 “El Licitante” presentará en forma escaneada currículum que avale la experiencia en “LOS SERVICIOS” objeto de esta convocatoria. | SI ( | ) | No ( | ) |
5.5.3 El “LICITANTE” enviara Escaneo de la manifestación en papel membretado de la empresa firmado por el representante legal en el cual se garantice el cumplimiento de la entrega de “LOS SERVICIOS " bajo las características técnicas y especificaciones de entrega de “LOS SERVICIOS” establecidas por “LA CONVOCATORIA”. Anexo VII. | SI ( | ) | No ( | ) |
5.5.4 El “LICITANTE” presentará en forma escaneada escrito debidamente firmado por el representante legal, en donde manifieste que en caso de resultar ganador será el único responsable de la correcta entrega de “LOS SERVICIOS” descritos en el numeral 3 de esta convocatoria y responderá de los daños y perjuicios que se pudieran generar por la demora en la entrega de “LOS SERVICIOS”, conforme a lo señalado en el numeral 3.1 de esta convocatoria y que en caso de resultar ganador se compromete con “LA CONVOCANTE” a entregar “LOS SERVICIOS” en las fechas y condiciones pactadas | SI ( | ) | No ( | ) |
5.5.5. “LOS LICITANTES” deberán presentar en forma escaneada junto con su propuesta técnica, un escrito mediante el cual garanticen la calidad de “LOS SERVICIOS”, indicando lo siguiente: Que cuenta con la infraestructura necesaria, recursos técnicos y humanos, así como el equipo suficiente, a fin de garantizar que “LOS SERVICIOS” objeto de esta Licitación,, serán proporcionados con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal efecto, comprometiéndose a desarrollarlos a satisfacción de “LA CONVOCANTE”. Que el “LICITANTE” se obliga ante “LA CONVOCANTE” a responder por los defectos en la calidad y/o deficiencia de “LOS SERVICIOS”, así como de | SI ( | ) | No ( | ) |
cualquier otra responsabilidad en que incurra, en los términos señalados en esta convocatoria, en el contrato que se celebre derivado de este procedimiento y en la legislación aplicable, así mismo, manifiesta que cuenta con los recursos humanos para la oportuna entrega de “LOS SERVICIOS” los cuales serán contratados bajo su total responsabilidad. | ||||||
5.5.6 Manifestación por escrito mediante el que se comprometen en caso de ser ganadores del procedimiento de contratación a mantener afiliados a la Seguridad Social a las personas que proporcionan los servicios. | SI ( | ) | No ( | ) | ||
5.5.7 Ficha técnica de las refacciones a utilizar y su hoja de seguridad de los productos químicos correspondiente si lo requieren. | SI ( | ) | No ( | ) |
5.6.1 Escaneo de la propuesta económica, por medio del cual “LOS LICITANTES” presentarán la cotización de “LOS SERVICIOS” requeridos por “LA CONVOCANTE”, deberá ser elaborado en papel membretado del “LICITANTE” y firmado por su Representante Legal, y contener además lo siguiente: deberá identificarse como tal, incluyendo en la parte superior de la primera hoja la leyenda “PROPUESTA ECONÓMICA”, indicando el importe total de la propuesta, en pesos mexicanos, señalando el I.V.A., por separado, en congruencia con las condiciones de esta convocatoria y sus anexos, deberá contener además todos los gastos, impuestos y derechos que sea necesario erogar para la prestación oportuna de “LOS SERVICIOS”, indicando la forma de pago, de conformidad con los requisitos y condiciones establecidos por en esta convocatoria, su modelo de contrato y sus anexos. En la propuesta económica se deberá indicar que ésta tiene una vigencia mínima de 40 (cuarenta) días naturales posteriores a la fecha de presentación de propuestas, expresarse en moneda nacional (peso mexicano), que los precios señalados en ella serán fijos hasta el total cumplimiento del contrato respectivo, y que el precio ofertado ya considera todos los costos hasta la conclusión total de la prestación del servicio. Asimismo, deberá indicar que las condiciones de pago serán a veinte (20) días naturales posteriores a la presentación para revisión de las facturas correspondientes | SI ( | ) | No ( | ) | ||
5.6.2 Indicar si participa con Propuesta Conjunta. | SI ( | ) | No ( | ) |
5.6.- Contenido de la Propuesta Económica.
Tetlatlahuca, Tlaxcala a xx de xxx de 2022.
Nombre de la Persona Física o Moral licitante:
Nombre y firma autógrafa del apoderado:
ANEXO V
MODELO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
NOMBRE DEL PARTICIPANTE : DOMICILIO: CIUDAD: R.F.C. TELÉFONO
YO
REPRESENTANTE LEGAL DE
Manifiesto que la propuesta económica para la contratación de
, conforme a las características y especificaciones técnicas establecidas en al Anexo VII de la convocatoria del Procedimiento de Licitación Público Nacional Electrónica No es la siguiente:
PARTIDA | DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD | PRECIO UNITARIO | IMPORTE TOTAL POR PARTIDA |
SUBTOTAL | |||||
I.V.A. | |||||
TOTAL |
Precios: Fijos hasta el total cumplimiento del contrato.
Vigencia de Cotización: 40 días naturales posteriores a la fecha de presentación de propuestas. Forma de Pago: Veinte días naturales posteriores a la presentación de las facturas a revisión que cubran los requisitos establecidos en la legislación aplicable.
Tiempo de entrega: A más tardar 10 DÍAS NATURALES después de firmado el contrato
,a de del
Firma
Nombre y Firma del Representante Legal.
ANEXO VI
FORMATO DE PRESENTACIÓN DE CARTA DE MANIFESTACIÓN DEL ART. 50 Y 60.
, a, .
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA No.
LICONSA, S.A. DE C.V. PRESENTE.
(NOMBRE) EN MI CARÁCTER DE (CARGO) Y CON LAS FACULTADES DE REPRESENTACIÓN DE (NOMBRE DE LA EMPRESA) QUE TENGO CONFERIDAS, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE EL SUSCRITO, MI REPRESENTADA O LOS SOCIOS QUE LA CONFORMAN, NO SE ENCUENTRAN UBICADOS EN CUALQUIERA DE LOS SUPUESTOS QUE INDICAN LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
ATENTAMENTE
(FIRMA Y NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL)
ANEXO VII
ESPECIFICACIONES, CONDICIONES Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
El servicio con refaccionamiento de los codificadores de impresión es necesario ya que, estos se encuentran sometidos a trabajo continuo, mismos que se encuentran instalados dentro de las máquinas envasadoras IS-6, expuestos a la humedad del área por la lubricación de las cadenas de los transportadores de canastillas y generada por la limpieza de las máquinas envasadoras, la cual se realiza con vapor y con detergentes químicos para la limpieza. Por lo anterior citados dispositivos electrónicos presentan fallas y corrosión, asimismo, por el desgaste de los componentes de los codificadores tales como: bandas de tracción, cabezales de impresión, válvulas solenoides, etc., se suscitan paros no programados para su reparación.
De no atender el requerimiento expuesto se corre el riesgo de incumplir las normas de la correcta identificación del producto elaborado en este Centro de Trabajo con respecto a la trazabilidad e identificación de caducidad del producto, haciéndonos acreedores a una sanción por parte de la secretaría de Fomento Industrial (SECOFI)
Partida | Concepto | Unidad de medida | Cantidad |
1 | Contratación del servicio con refaccionamiento a 6 codificadores de impresión de la Gerencia Estatal Tlaxcala | SERVICIO (LOTE) | 1 |
II. Lugar de la prestación del servicio:
El Servicio con refaccionamiento a codificadores de impresión de la Gerencia Estatal Tlaxcala deberá realizarse en un lote con 6 (seis) exhibiciones para 6 (seis) equipos codificadores, se comenzara el servicio a más tardar 7 días después de dar el fallo ganador con una duración de 30 días hábiles; además el proveedor entregará al área usuaria el reporte por escrito y fotográfico, incluyendo las recomendaciones correspondientes. El servicio se aplicará en las instalaciones de “LICONSA S.A. de C.V.”, Gerencia Estatal Tlaxcala, ubicada en kilómetro 6.5 Xxxxxxxxx x Xxx Xxxxxx Xxx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxx. X.X. Xxxxxxx Mil Setecientos Treinta (90730), tomando en consideración las especificaciones, características y demás condiciones establecidas en el anexo.
III.- Cargo de la persona responsable de verificar el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el proveedor, comisionado por la Subgerente de Producción y Mantenimiento.
El C. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Subgerente de Producción y Mantenimiento, por conducto del Coordinador del Departamento de Mantenimiento, el Ing. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx y del C. Xxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Jefe del Departamento de Producción, serán los responsables de la supervisión de los servicios.
IV.- Lugar y forma de pago.
El lugar de pago será veinte días naturales posteriores a la presentación de las facturas, en la caja general de la Gerencia Estatal Tlaxcala ubicada en el Kilómetro 6.5 Xxxxxxxxx x Xxx Xxxxxx Xxx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxx. X.X. Xxxxxxx Mil Setecientos Treinta 90730, deberá ingresar la factura al área de contabilidad para su revisión a más tardar el día 30 de cada mes para la expedición del contra recibo, y el pago se realizara dentro de los 20 días naturales posteriores
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a la presentación de la factura, por medio de cheque o mediante depósito bancario, una vez entregado los servicios.
V.- Obligaciones del personal del proveedor en caso de prestación de servicios:
El proveedor deberá garantizar que los servicios con refaccionamiento para codificadores de impresión de la Gerencia Estatal Tlaxcala, cumplen con efectividad el servicio requerido, por lo que será total responsabilidad del proveedor adjudicado que el servicio mencionado sea recibido a entera satisfacción de “Liconsa”(área usuaria), asimismo, deberá tomar las precauciones necesarias para evitar las penalizaciones establecidas; al momento de la prestación del servicio, el proveedor y el personal asignado por la convocante, verificaran finalmente la calidad del servicio prestado.
El proveedor deberá anexar la ficha técnica de las refacciones a utilizar y su hoja de seguridad de los productos químicos correspondiente si lo requieren.
El personal de la empresa prestadora del servicio que efectué el servicio deberá contar con la capacitación, equipo de seguridad y protección necesario para evitar cualquier accidente.
En el caso de que “Liconsa” haya verificado y supervisado que el servicio a los codificadores de la Gerencia Estatal Tlaxcala no reúne las condiciones mínimas de calidad o no cumple con la efectividad solicitadas en el anexo; “Liconsa”, no recibirá los mismos, dando el aviso correspondiente al proveedor, para que se proceda con las adecuaciones correspondientes, sin exceder el plazo contratado.
El proveedor no podrá solicitar el diferimiento de la fecha indicada para dar inicio al servicio con refaccionamiento de “CODIFICADORES DE IMPRESIÓN”.
ANEXOS.
DESCRIPCIÓN GENERAL DEL SERVICIO:
Servicio técnico a los cabezales y controles de impresión térmica, servicio a las pantallas LCD touchscreen, mantenimiento preventivo a los motores paso a paso, cambio de bandas y electroválvulas y refaccionamiento de las piezas en mal estado, dañadas o faltantes.
Pruebas de funcionamiento ajustes y puesta en marcha.
Entrega del reporte del servicio con evidencia fotográfica por escrito, así como la garantía del servicio mínima de 6 meses.
Fianza
EL PROVEEDOR concesionado, deberá presentar una garantía de cumplimiento, a través de una fianza que ampare el 10% del total del contrato celebrado, a más tardar 10 días después de haber firmado el contrato.
VI.- Monto del contrato.
N.)
El monto total será de $195,158.00 (ciento noventa y cinco mil ciento cincuenta y ocho pesos 00/100 M.
VII.- Vigencia del contrato.
El contrato iniciara el 00 xx xxxxxxxxxx x xxxxxxxxx xx 0 xx xxxxxxxxx xx 0000.
VIII.- Pena convencional.
Con fundamento en el artículo 53 de Ia Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público sin perjuicio de que se pueda hacer efectiva Ia garantía de cumplimiento del contrato, por atraso en el cumplimiento de Ias fechas pactadas para Ia entrega de los servicios, se aplicará al “PROVEEDOR” una pena convencional equivalente al .5% (punto cinco por ciento) por cada día hábil de atraso en el cumplimiento de Ias fechas pactadas para la entrega del servicio con refaccionamiento a “CODIFICADORES DE IMPRESIÓN”, calculada sobre el importe total de “LOS SERVICIOS” que no sean entregados en tiempo de acuerdo a lo establecido en el contrato correspondiente, hasta un máximo del 10 % (diez por ciento) del importe total del contrato, y serán determinadas en función de los servicios que se hayan entregado con atraso, y se aplicara sobre los montos que deben pagarse por cada factura, en cuyo caso, “LA CONVOCANTE” podrá optar por Ia rescisión, sin responsabilidad alguna para ella sin necesidad de acudir a los tribunales competentes, o exigir el cumplimiento forzoso y el pago de los daños y perjuicios, sin que medie resolución judicial.
El lng. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Subgerente de Operaciones, será el responsable de informar al Departamento de Contabilidad de “LA CONVOCANTE” de los atrasos en el incumplimiento de las fechas pactadas establecidos en el contrato correspondiente para Ia entrega de los servicios, para que aplique Ias penas convencionales correspondientes.
El pago de “LOS SERVICIOS” quedará condicionado proporcionalmente al pago que el prestador deba efectuar por concepto xx xxxx convencional, en el entendido de que, en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato.
Será total responsabilidad del proveedor que el servicio con refaccionamiento a “CODIFICADORES DE IMPRESIÓN”, se realice oportunamente y a entera satisfacción de “LICONSA”, por lo que se deberán tomar las precauciones necesarias para evitar retrasos e incumplimiento y en consecuencia la aplicación de la penalización establecida.
Deducciones
Deducciones al pago de “LOS SERVICIOS” con motivo del incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir el proveedor respecto a los conceptos que integran el contrato será del 0.05% (punto cero cinco por ciento). En tal virtud, se entenderá como obligación principal del contrato, “LOS SERVICIOS” de acuerdo con las condiciones, especificaciones y requerimientos técnicos señalados en el Anexo VII y en el contenido de la presente convocatoria objeto material de este procedimiento de contratación. Por lo que se considerará como “LOS SERVICIOS” entregados adecuadamente, cuando estos se realicen conforme a lo establecido en esta convocatoria. Así mismo, se entenderá como servicios no proporcionados adecuadamente, la falta parcial o total de cualquiera de los elementos señalados
IX. Garantía de cumplimiento del servicio:
Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud de la contratación del servicio, "EL PROVEEDOR" se obliga ante "LICONSA" a presentar en las oficinas de la Gerencia Estatal Tlaxcala, dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato correspondiente, cualquier de los siguientes garantías: cheque certificado o fianza, dichas garantías deberán ser emitidas por instituciones facultadas para ello por el importe correspondiente al 10% antes del Impuesto al Valor Agregado de la cantidad de la propuesta del PROVEEDOR a quien se le asigne el contrato. Una vez concluido el servicio y de entrega a entera satisfacción por el personal de la Gerencia Estatal Tlaxcala se debe entregar por escrito la garantía del servicio mínima de 6 meses.
X.- Nombre del servidor público encargado de la administración y vigilancia del cumplimiento del instrumento a celebrar.
El C. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx en su carácter de Subgerente de Producción y Mantenimiento conjuntamente con el Ing. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Coordinador del Departamento de Mantenimiento y el C. Xxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Jefe del Departamento de Producción, serán los responsables de la Administración y Vigilancia del Instrumento a celebrar, con el fin de supervisar el servicio con refaccionamiento a “CODIFICADORES DE IMPRESIÓN” de la Gerencia Estatal Tlaxcala para el correcto funcionamiento de los equipos a entera satisfacción.
ANEXO VIII
MODELO DE CONTRATO DE COMPRANET
CONTRATO 1 (ABIERTO O CERRADO) 2PARA LA ADQUISICIÓN DE (O PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE O ARRENDAMENTO DE) 3 ($DESCRIPCIÓNCATEGORIA), QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA 4 (NOMBRE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD), REPRESENTADA POR 5 (NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD), EN SU CARÁCTER DE 6 (SEÑALAR CARGO DEL REPRESENTANTE), EN ADELANTE “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” Y, POR LA OTRA, 7 (RAZON SOCIAL DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL), EN LO SUCESIVO “EL PROVEEDOR”, Solo si el proveedor es persona moral 8REPRESENTADA POR NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA PERSONA
MORAL), EN SU CARÁCTER DE _(señalar el carácter del representante de la empresa)_, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
9 (Es la parte del contrato que se refiere a los hechos, sucesos, programas, mandatos, entre otros que dan origen a la adquisición de los bienes o contratación de los servicios y que para fines de cumplimiento de las funciones sustantivas deben atender las dependencias y entidades, (enumerar tantas como sean necesarias).
deberá .
Que para dar cumplimiento a lo señalado en el artículo de los Lineamiento que regulan la operación del Programa “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”,
instruyó .
Mediante oficio N° , el Titular de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”,
DECLARACIONES
Cada una de las partes dan a conocer información sobre sí misma, entre otra la siguiente: señalar su naturaleza y personalidad jurídica, objeto social o jurídico, el nombre y cargo de los representantes legales y la forma en que acreditan su personalidad, información adicional esta contendrá todas las declaraciones que, además de las anteriores, deseen hacer las partes, y domicilio legal, en el caso de la dependencia o entidad, la suficiencia presupuestal con la cual pagará las obligaciones contractuales; el nombre del procedimiento de contratación realizado para adjudicar el contrato y su fundamento
I. “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” declara que:
I.1 10 Es una “XXXXXXXXXXX X XXXXXXX” xx xx Xxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, de conformidad con (ordenamiento jurídico en los que se regule su existencia, cuya competencia y atribuciones se señalan en (ordenamiento jurídico en los que se regulen sus atribuciones y competencias) ,
I.2 11Conforme a lo dispuesto por (ordenamiento jurídico en los que se regulen sus facultades), el C. 12 (NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD), 13 (SEÑALAR CARGO DEL REPRESENTANTE), con R.F.C 14 (Colocar RFC) es el servidor público que tiene conferidas las facultades legales para celebrar el presente contrato, quien podrá ser sustituido en cualquier momento en su cargo o funciones, sin que ello implique la necesidad de elaborar convenio modificatorio.
I.3 15 De conformidad con (ordenamiento jurídico en los que se regulen sus facultades) suscribe el presente instrumento el C. 16 (NOMBRE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), 17 (SEÑALAR CARGO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), con R.F.C 18 Colocar RFC), facultado para administrar el cumplimiento de las obligaciones que deriven del objeto del presente contrato, quien podrá ser sustituido en cualquier momento en su cargo o funciones, bastando para tales efectos un comunicado por escrito y firmado por el servidor público facultado para ello, dirigido al representante de “EL PROVEEDOR” para los efectos del presente contrato, encargados del cumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente instrumento jurídico.
En caso de requerir que el instrumento jurídico sea firmado por más servidores públicos, se deberá agregar la siguiente declaración tantas veces firmantes sean añadidos.
I.X 19 De conformidad con (ordenamiento jurídico en los que se regulen sus facultades) suscribe el presente instrumento el C. 20 (NOMBRE DEL FIRMANTE X), 21 (SEÑALAR CARGO DEL FIRMANTE X), R.F.C 22 (Colocar RFC DEL FIRMANTE X) 23, facultado para (colocar facultades y participación en el contrato) .
(COLOCAR
I.4 La adjudicación del presente contrato se realizó mediante el procedimiento de 24 (TIPO DE PROCEDIMIENTO) 25 (COLOCAR MEDIO DEL PROCEDIMIENTO) de carácter 26
EL CARÁCTER DEL PROCEDIMIENTO), realizado al amparo de lo establecido en los artículos
134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 27 (FUNDAMENTO) de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “LAASSP”, y los correlativos de su Reglamento.
Cuando la proposición ganadora haya sido presentada en forma conjunta por varias personas, se estará a lo dispuesto por el artículo 44 del Reglamento de la “LAASSP”
I.5 “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” cuenta con recursos suficientes y con autorización para ejercerlos en el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente contrato, como se desprende del reporte general de suficiencia presupuestaria número 28 (NUMERO DE SUFICIENCIA PRESUPUESTARIA)_ con folio de autorización 29 (FOLIO AUTORIZACIÓN SP)
30, de fecha de de , emitido por la .
I.6 Para efectos fiscales las Autoridades Hacendarias le han asignado el Registro Federal de Contribuyentes N° 31 (RFC DEPENDENCIA O ENTIDAD).
Tiene establecido su domicilio en mismo que
I.7 32
señala para los fines y efectos legales del presente contrato.
II. “EL PROVEEDOR” declara que:
II.1 Es una persona 33 (FISICA O MORAL) 34 legalmente constituida mediante (Describir aquellos instrumentos públicos que le dan origen y en su caso los documentos de las modificaciones que se hubieran realizado), denominada 35 (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL), cuyo objeto social es, entre otros, 36_(OBJETO SOCIAL).
II.2 37La o el C. (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL), en su carácter de ,
cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente contrato y obligar a su representada en los términos, lo cual acredita mediante , mismo que bajo protesta de decir verdad manifiesta que no le han sido limitado ni revocado
en forma alguna.
II.3 Ha considerado todos y cada uno de los factores que intervienen en el presente contrato, manifestando reunir las condiciones técnicas, jurídicas y económicas, así como la organización y elementos necesarios para su cumplimiento.
II.4 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que ni él ni ninguno de los socios o accionistas desempeñan un empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni se encuentran inhabilitados para ello, o en su caso que, a pesar de desempeñarlo, con la formalización del presente contrato no se actualiza un conflicto de interés, en términos del artículo 49, fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas lo cual se constató por el Órgano Interno de Control en “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, en concordancia con los artículos 50, fracción II de la “LAASSP” y 88, fracción I de su Reglamento; así como que “EL PROVEEDOR” no se encuentra en alguno de los supuestos del artículo 50 y penúltimo y antepenúltimo párrafos del artículo 60 de la “LAASSP”.
II.5 Bajo protesta de decir verdad, declara que conoce y se obliga a cumplir con el Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo en materia de erradicación del Trabajo Infantil, del artículo 123 Constitucional, apartado A) en todas sus fracciones y de la Ley Federal del Trabajo en su artículo 22, manifestando que ni en sus registros, ni en su nómina tiene empleados menores de quince años y que en caso de llegar a tener a menores de dieciocho años que se encuentren dentro de los supuestos de edad permitida para laborar le serán respetados todos los derechos que se establecen en el marco normativo transcrito.
II.6 Cuenta con su Registro Federal de Contribuyentes 38 (RFC PROVEEDOR).
II.7 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta estar al corriente en los pagos que se derivan de sus obligaciones fiscales, en específico de las previstas en el artículo 32-D del Código Fiscal Federal vigente, así como de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social, ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y el Instituto Mexicano del Seguro Social; lo que acredita con las Opiniones de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales y en materia de Seguridad Social en sentido positivo, emitidas por el SAT e IMSS respectivamente, así como con la Constancia de Situación Fiscal en materia de Aportaciones Patronales y Entero de Descuentos, sin adeudo emitida por el INFONAVIT, las cuales se encuentran vigentes y obran en el expediente respectivo.
II.8 Señala como su domicilio para todos los efectos legales el ubicado en 39 (DOMICILIO FISCAL PROVEEDOR).
III. De “LAS PARTES”:
III.1 Que es su voluntad celebrar el presente contrato y sujetarse a sus términos y condiciones, para lo cual se reconocen ampliamente las facultades y capacidades necesarias, mismas que no les han sido revocadas o limitadas en forma alguna, por lo que de común acuerdo se obligan de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
Establecen el objeto del contrato, así como los derechos y obligaciones que tendrán cada una de las partes como consecuencia de la suscripción del mismo, esta parte contiene una a una y debidamente numeradas, las distintas obligaciones y derechos de las partes y en las que se detalla, entre otros aspectos lo siguiente:
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO.
“EL PROVEEDOR” acepta y se obliga a proporcionar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” la adquisición de (o la prestación del servicio de o arrendamiento de) 3 (OBJETO DEL CONTRATO SELECCIONADO), al amparo del procedimiento de contratación señalado en el punto 40 I.4 de las declaraciones de este instrumento jurídico.
Si la categoría es arrendamiento
41Si se trata de arrendamiento de bienes, indicar si éste es con opción a compra
SEGUNDA. DE LOS MONTOS Y PRECIOS
(EN CASO DE SER CERRADO): (en caso que en detalle de $Categoría a contratar haya seleccionado NO, no se muestra esta línea y la tabla El(los) precio(s) unitario(s) del presente contrato, expresado(s) en moneda nacional es (son):
42_(COLOCAR TABLA PRECIO UNITARIO)_
El monto total del mismo es por la cantidad de 43_(MONTO TOTAL DEL CONTRATO sin impuestos) en moneda nacional antes de impuestos y 44 (MONTO TOTAL DEL CONTRATO sin impuestos)_ en moneda nacional después de impuestos.
El precio unitario es considerado fijo y en moneda nacional (pesos mexicanos) hasta que concluya la relación contractual que se formaliza, incluyendo “EL PROVEEDOR” todos los conceptos y costos involucrados en la adquisición del (o prestación del servicio de) 3 (OBJETO DEL CONTRATO SELECCIONADO), por lo que “EL PROVEEDOR” no podrá agregar ningún costo extra y los precios serán inalterables durante la vigencia del presente contrato.
(EN CASO DE XXXXXXXXXX) De acuerdo a la plurianualidad del presente contrato, se pagara a
“EL PROVEEDOR” los siguientes montos en cada ejercicio fiscal.
Ejercicio Fiscal | Porcentaje | Monto |
45(COLOCAR EJERCICIO FISCAL) | 46 (% CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL) | 47 | (MONTO TOTAL DEL | |
CONTRATO con impuestos * % CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL) | ||||
Se agregarán tantos se hayan programado |
(EN CASO DE SER ABIERTO): (en caso que se haya seleccionado monto total o en detalle de
$Categoría a contratar haya seleccionado NO, no se muestra esta línea y la tabla El(los) precio(s) unitario(s) del presente contrato, expresado(s) en moneda nacional es (son):
48_(COLOCAR TABLA PRECIO UNITARIO)_
El(los) precio(s) unitario(s) del presente contrato es por la cantidad de 49_(PRECIO UNITARIO)_ en moneda nacional antes de impuestos, el monto total mínimo del mismo es por la cantidad de 50_(MONTO MÍNIMO TOTAL DEL CONTRATO)_ en moneda nacional antes de impuestos y el monto total máximo del mismo es por la cantidad de 51_(MONTO MÁXIMO TOTAL DEL CONTRATO)_ en moneda nacional antes de impuestos.
El precio unitario es considerado fijo y en moneda nacional (pesos mexicanos) hasta que concluya la relación contractual que se formaliza, incluyendo “EL PROVEEDOR” todos los conceptos y costos involucrados en la adquisición del (o prestación del servicio de) 3 (OBJETO DEL CONTRATO SELECCIONADO), por lo que “EL PROVEEDOR” no podrá agregar ningún costo extra y los precios serán inalterables durante la vigencia del presente contrato.
(EN CASO DE XXXXXXXXXX) De acuerdo a la plurianualidad del presente contrato, se considerarán los montos mínimos y máximos a pagar a “EL PROVEEDOR” en cada ejercicio fiscal.
Ejercicio Fiscal | Porcentaje | Monto mínimo | Monto máximo |
52(COLOCAR EJERCICIO FISCAL) | 53(% CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL) | 54(MONTO MÍNIMO * % CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL) | 55(MONTO MÁXIMO * % CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL) |
Se agregarán tantos se hayan programado |
Si la categoría es arrendamiento
56 Para el caso de servicios o arrendamiento indicar si el pago será por mensualidades vencidas
TERCERA. FORMA Y LUGAR DE PAGO (ODCS y RICG)
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR” la cantidad señalada en la cláusula segunda de este instrumento jurídico, en moneda nacional, en un plazo máximo de 20 días naturales siguientes, a partir de la fecha en que sea entregado y aceptado el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, con
la aprobación (firma) del Administrador del presente contrato mencionado en la Declaración I.3; a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF).
El cómputo del plazo para realizar el pago se contabilizará a partir del día hábil siguiente de la recepción de los bienes y del CFDI o factura electrónica, esto considerando que no existan aclaraciones al importe o a los bienes facturados, para lo cual es necesario que el CFDI o factura electrónica que se presente reúna los requisitos fiscales que establece la legislación en la materia, el desglose de los bienes entregados y los precios unitarios; asimismo, deberá acompañarse con la documentación completa y debidamente requisitada.
De conformidad con el artículo 90 del Reglamento de la “LAASSP”, en caso de que el CFDI o factura electrónica entregado presenten errores, el Administrador del presente contrato mencionado en la Declaración I.3, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes de su recepción, indicará a “EL PROVEEDOR” las deficiencias que deberá corregir; por lo que, el procedimiento de pago reiniciará en el momento en que “EL PROVEEDOR” presente el CFDI o factura electrónica corregido.
El tiempo que “EL PROVEEDOR” utilice para la corrección de la documentación entregada, no se computará para efectos de pago, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la “LAASSP”.
57 El CFDI o factura electrónica deberá ser presentada (señalar la forma y el medio mediante el cual se presentará)
El CFDI o factura electrónica se deberá presentar desglosando el IVA cuando aplique.
“EL PROVEEDOR” manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación, supervisión y aceptación de los bienes o prestación de los servicios, no se tendrán como recibidos o aceptados por el Administrador del presente contrato mencionado en la Declaración I.3,
Para efectos de trámite de pago, conforme a lo establecido en el SIAFF, “EL PROVEEDOR” deberá ser titular de una cuenta de cheques vigente y para tal efecto proporciona la CLABE 58
“ ”, en la que se efectuará la transferencia electrónica de pago,
,
, del banco 59 60 a nombre de
debiendo anexar:
1. Constancia de la institución financiera sobre la existencia de la cuenta de cheques abierta a nombre del beneficiario que incluya:
Nombre del beneficiario (conforme al timbre fiscal);
Registro Federal de Contribuyentes;
Domicilio fiscal: calle, N° exterior, N° interior, colonia, código postal, alcaldía y entidad federativa;
Nombre(s) del(los) banco(s); y
Número de la cuenta con once dígitos, así como la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) con 18 dígitos, que permita realizar transferencias electrónicas de fondo, a través del Sistema de Pago.
2. Copia de estado de cuenta reciente, con no más de dos meses de antigüedad.
61El pago de los bienes entregados o prestación de los servicios o arrendamiento recibidos, quedará condicionado proporcionalmente al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales.
En caso de pago en moneda extranjera, indicar la fuente oficial que se tomará para llevar a cabo la conversión y la tasa de cambio o la fecha a considerar para hacerlo.
El pago será efectuado mediante transferencia bancaria a la cuenta que “EL PROVEEDOR”
proporcione.
Para el caso de que se presenten pagos en exceso, se estará a lo dispuesto por el artículo 51 párrafo tercero, de la “LAASSP”.
(EN CASO DE EXISTIR ANTICIPOS) 62 Se otorgarán a “EL PROVEEDOR” los siguientes anticipos, con la previa autorización del (SERVIDOR PUBLICO CON FACTULTADES PARA AUTORIZAR ANTICIPO) de conformidad con el (ordenamiento jurídico en los que se regulen sus facultades) .
ANTICIPO (PORCENTAJE DEL MONTO TOAL) | FECHA A OTORGAR ANTICIPO |
63 (COLOCAR EL % DE ANTICIPO) | 64 (FECHA EN QUE SE PAGARÁ ANTICIPO) |
Se agregarán tantos se hayan programado |
65 Asimismo se estipula que la amortización de los anticipos atrás descritos se llevará a cabo
(señalar la forma en que se llevará a cabo su amortización.)
CUARTA. VIGENCIA
El contrato comprenderá una vigencia considerada a partir de 66COLOCAR FECHA DE INICIO) y hasta el 67 (COLOCAR FECHA DE TERMINO DEL CONTRATO) sin perjuicio de su posible terminación anticipada, en los términos establecidos en su clausulado.
QUINTA. MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
“LAS PARTES” están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “LAASSP”, siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, “EL PROVEEDOR” deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato.
Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los
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bienes o prestación de los servicios o arrendamiento. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, no se requerirá de la solicitud de “EL PROVEEDOR”.
SEXTA. GARANTÍAS DE LOS BIENES O PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS O ARRENDAMIENTO Y ANTICIPOS
“EL PROVEEDOR” se obliga a otorgar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, las siguientes garantías:
(EN CASO SELECCIONAR GARANTÍA SOBRE EL BIEN O SERVICIO Y VICIOS OCULTOS)
a. Garantía de los bienes.- “EL PROVEEDOR” se obliga con “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” a entregar junto con los bienes objeto de este contrato, prestación del servicio o arrendamiento, una garantía de fabricación por 68 (COLOCAR NUMERO DE MESES) meses, contra vicios ocultos, defectos de fabricación o cualquier daño que presenten, firmada por el representante legal de “El proveedor”.
(EN CASO SELECCIONAR GARANTÍA DE ANTICIPO)
b. Garantía de los anticipos recibidos. - “EL PROVEEDOR” entregará a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, a más tardar el 69 (COLOCAR FECHA DE ENTREGA DE GARANTÍA DE ANTICIPOS) previamente a la entrega del anticipo una garantía constituida por la totalidad del monto de los anticipos recibidos.
El otorgamiento de anticipos, deberá garantizarse en los términos del artículo 48 de la “LAASSP” y primer párrafo del artículo 81 de su Reglamento. Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permitan, la entrega de la garantía de anticipos se realice de manera electrónica
La póliza de garantía de anticipo será devuelta a “EL PROVEEDOR” una vez que el “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” entregue a “EL PROVEEDOR”, autorización por escrito de que demuestre haber cumplido con la totalidad de las obligaciones adquiridas en el presente contrato, para lo cual “EL PROVEEDOR”, deberá solicitar por escrito a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” una vez concluida la verificación de cumplimiento o terminación del contrato la liberación de la fianza a efecto de que “EL PROVEEDOR” ” pueda solicitar a la afianzadora la cancelación o liberación de la fianza.
En caso de que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” requiera hacer efectivo un importe parcial de la póliza de garantía de fianza de anticipo, “EL PROVEEDOR” se obliga a presentar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” otra póliza nueva de fianza o un endoso a la misma, amparando el importe restante de la obligación total requerida.
SÉPTIMA. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
(EN CASO NO SELECCIONAR GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO)
70 Ingresar excepción de la garantía de cumplimiento
(EN CASO SI SELECCIONAR GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO)
Conforme a los artículos 48 fracción II, y 49 fracción I, de la “LAASSP”, 85 fracción III, y 103 de su Reglamento; 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, 48 fracción II, de la Ley de
70.1 Tesorería de la Federación, 70 de su Reglamento, las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015, “EL PROVEEDOR” se obliga a constituir una garantía indivisible por el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones derivadas de este contrato, mediante fianza expedida por compañía afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, a favor de la
70.1 Tesorería de la Federación, por un importe equivalente al 71 (COLOCAR NÚMERO DE % DE GARANTÏA DE CUMPLIMIENTO) _ 72 ((COLOCAR EN LETRA NUMERO DE GARANTÏA)) del monto total del contrato, sin incluir el IVA. Dicha fianza deberá ser entregada a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, a más tardar dentro de los 10 días naturales posteriores a la firma del contrato.
Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permitan, la entrega de la garantía de cumplimiento se realice de manera electrónica.
73 La fianza deberá presentarse en (Determinar lugar y forma), en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos:
Expedirse a favor de la 70.1 Tesorería de la Federación y señalar su domicilio;
La indicación del importe total garantizado con número y letra;
La referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato y anexos respectivo), así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma, así como la especificación de las obligaciones garantizadas;
El señalamiento de la denominación o nombre de “EL PROVEEDOR” y de la institución afianzadora, así como sus domicilios correspondientes;
La condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, y continuará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se dicte resolución definitiva por la autoridad competente, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos garantizados;
La indicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de los intereses que en su caso se generen en los términos previstos en el artículo 283 del propio ordenamiento;
La indicación de que la cancelación de la póliza de fianza procederá una vez que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” otorgue el documento en el que se señale la extinción de derechos y obligaciones, previo otorgamiento del finiquito correspondiente, o en caso de existir saldos a cargo de “EL PROVEEDOR”, la liquidación debida;
Para efectos de la garantía señalada en esta cláusula, se deberá considerar la indivisibilidad de ésta, por lo que en caso de incumplimiento del contrato se hará efectiva por el monto total de la garantía de cumplimiento;
Para acreditar a la institución afianzadora el incumplimiento de la obligación garantizada, tendrá que cumplirse con los requisitos establecidos en las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las dependencias y entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 08 de septiembre de 2015; y
El momento de inicio de la fianza y, en su caso, su vigencia.
Considerando los requisitos anteriores, dentro de la fianza, se deberán incluir las declaraciones siguientes en forma expresa:
“Esta garantía estará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato.
“La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.”;
“La cancelación de la fianza no procederá sino en virtud de manifestación previa de manera expresa y por escrito de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.”; y
“La afianzadora acepta expresamente tener garantizado el contrato a que esta póliza se refiere, aún en el caso de que se otorgue prórroga o espera al deudor principal o fiado por parte de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” para el cumplimiento total de las obligaciones que se garantizaran, por lo que la afianzadora renuncia expresamente al derecho que le otorga el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.”
De no cumplir con dicha entrega, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá rescindir el contrato y remitir el asunto al Órgano Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60 fracción III de la “LAASSP”.
La garantía de cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad de “EL PROVEEDOR”, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente instrumento jurídico, y de ninguna manera impedirá que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la garantía de cumplimiento.
En caso de incremento al monto del presente instrumento jurídico o modificación al plazo, “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” dentro de los diez días naturales siguientes a la formalización del mismo, de conformidad con el último párrafo del artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la garantía otorgada inicialmente.
“EL PROVEEDOR” acepta expresamente que la garantía expedida para garantizar el cumplimiento se hará efectiva independientemente de que se interponga cualquier otro tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o judicial, así como que permanecerá vigente durante la substanciación de los juicios o recursos legales que se interponga con relación a dicho contrato, hasta que sea pronunciada resolución definitiva que cause ejecutoria por la autoridad competente.
El trámite de liberación de garantía, se realizará inmediato a que se extienda la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales por parte de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81, fracción VIII del Reglamento de la “LAASSP”.
Considerando que la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, cuando aplique se haya previsto un plazo menor a diez días naturales, se exceptúa el cumplimiento de la garantía, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 último párrafo de la "LAASSP", en concordancia con lo señalado en el tercer párrafo del artículo 86 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
Para este caso, el monto máximo de las penas convencionales por atraso que se puede aplicar, será del veinte por ciento del monto de los bienes entregados fuera de la fecha convenida, de conformidad con lo establecido en el tercer párrafo del artículo 96 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
OCTAVA. OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”
a) 74 Entregar los bienes y prestar los servicios en las fechas o plazos y lugares específicos conforme a lo requerido en el presente contrato y anexos respectivos, para el caso de arrendamiento conceder el uso y goce de los bienes, expresando que se encuentran en óptimas condiciones de funcionamiento, mismos que serán instalados y puestos en operación.
b) 75Para el caso de arrendamiento correrá bajo su cargo los costos xx xxxxx, transporte, seguro y de cualquier otro derecho que se genere, hasta el lugar de entrega de los bienes, así como el costo de su traslado de regreso al término del contrato.
c) Cumplir con las especificaciones técnicas y de calidad y demás condiciones establecidas en el contrato respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
d) En bienes de procedencia extranjera, asumirá la responsabilidad de efectuar los trámites de importación y pagar los impuestos y derechos que se generen.
e) Xxxxxx su responsabilidad ante cualquier situación que pudiera generarse con motivo del presente contrato.
f) No difundir a terceros sin autorización expresa de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” la información que le sea proporcionada, inclusive después de la rescisión o terminación del presente instrumento, sin perjuicio de las sanciones administrativas, civiles y penales a que haya lugar.
g) Proporcionar la información que le sea requerida por parte de la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del Reglamento de la “LAASSP”.
NOVENA. OBLIGACIONES DE “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”
a) Otorgar todas las facilidades necesarias, a efecto de que “EL PROVEEDOR” lleve a cabo en los términos convenidos.
b) Sufragar el pago correspondiente en tiempo y forma, por el suministro de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento.
c) Extender a “EL PROVEEDOR”, en caso de que lo requiera, por conducto del Administrador del Contrato, la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales inmediatamente que se cumplan éstas a satisfacción expresa de dicho servidor público para que se dé trámite a la cancelación de la garantía de cumplimiento del presente contrato.
d) 76 Para el caso de arrendamiento se compromete a mantener en custodia los bienes, dado que no son de su propiedad, no podrá traspasarlos, subarrendarlos o transmitir la posesión de los mismos bajo ningún concepto, ni cambiarlos de domicilio, salvo autorización por escrito por parte del “PROVEEDOR”
DÉCIMA. LUGAR, PLAZOS Y CONDICIONES DE ENTREGA DE LOS BIENES PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS O ARRENDAMIENTO
77 La entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento. será conforme a los plazos, condiciones y entregables establecidos por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” en el
_(establecer el documento o anexo donde se encuentran dichos plazos, domicilios, condiciones y entregables o en su defecto redactarlos)_.
78 La entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento., se realizará en los domicilios señalados en el _(establecer el documento o anexo donde se encuentran dichos plazos, domicilios, condiciones y entregables o en su defecto redactarlos)_.y en las fechas establecidas en el mismo; los bienes serán recibidos previa revisión por parte del personal designado por _(colocar si es el administrador o el supervisor del contrato)_ ; la inspección de los bienes consistirá en la verificación del bien, la cantidad, condiciones, especificaciones técnicas y de calidad.
79 Durante la recepción, los bienes estarán sujetos a una verificación visual aleatoria. En los casos en que se detecten defectos o discrepancias en la entrega o incumplimiento en las especificaciones técnicas de los bienes, “EL PROVEEDOR” contará con un _(colocar plazo para reposición de bienes)_, para la reposición de éstos, contadas a partir del momento de la devolución y/o la notificación por correo electrónico y/o escrito, sin costo adicional para “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
80 Señalar si existirá el otorgamiento de prórrogas para el cumplimiento de las obligaciones contractuales y los requisitos que deberán observarse, así como el servidor público facultado para el otorgamiento de la misma.
DÉCIMA PRIMERA. LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS
El señalamiento de las licencias, autorizaciones y permisos que conforme a otras disposiciones sea necesario contar para la adquisición o arrendamiento de bienes y prestación de los servicios correspondientes, cuando sean del conocimiento de la “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”
DÉCIMA SEGUNDA. SEGUROS
Los seguros que, en su caso, deben otorgarse, indicando los bienes que ampararían y la cobertura de la póliza correspondiente;
DÉCIMA TERCERA. TRANSPORTE
81 “EL PROVEEDOR” se obliga a efectuar el transporte de los bienes objeto del presente contrato, o en su caso los insumos necesarios para la prestación del servicio o arrendamiento, desde su lugar de origen, hasta las instalaciones referidas en el _(establecer el documento o anexo donde se encuentran dichos plazos, domicilios, condiciones y entregables o en su defecto redactarlos)_.del presente contrato.
DÉCIMA CUARTA. DEVOLUCIÓN.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” procederá a la devolución del total de las entregas de los bienes a “EL PROVEEDOR”, cuando con posterioridad a la entrega de los bienes corregidos, se detecte que existen defectos, o cuando éstos no hayan sido repuestos. “EL PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo de los daños y/o perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se generen.
DÉCIMA QUINTA. CALIDAD
“EL PROVEEDOR” deberá contar con la infraestructura necesaria, personal técnico especializado en el ramo, herramientas, técnicas y equipos adecuados para proporcionar los bienes o la prestación de los servicios o arrendamiento requeridos, a fin de garantizar que el objeto de este contrato sea proporcionado con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal efecto, comprometiéndose a realizarlo a satisfacción de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” y con estricto apego a lo establecido en las cláusulas del presente instrumento jurídico y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” no estará obligada a recibir los bienes o aceptación de los servicios o arrendamiento cuando éstos no cumplan con los requisitos establecidos en el párrafo anterior.
DÉCIMA SEXTA. DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS
“EL PROVEEDOR” queda obligado ante “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” a responder de los defectos y vicios ocultos derivados de las obligaciones del presente contrato, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en este instrumento jurídico y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, y/o en la legislación aplicable en la materia.
Para los efectos de la presente cláusula, se entiende por vicios ocultos los defectos que existan en los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, que los hagan impropios para los usos a que se le destine o que disminuyan de tal modo este uso, que de haberlo conocido “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” no lo hubiere adquirido o los hubiere adquirido a un precio menor.
DÉCIMA SÉPTIMA. RESPONSABILIDAD
“EL PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo de los daños y/o perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte lleguen a causar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, con motivo de las obligaciones pactadas, o bien por los defectos o vicios ocultos en los bienes entregados o prestación de los servicios, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la “LAASSP”.
Para el caso de arrendamiento
82 “EL PROVEEDOR” será directamente responsable de los daños y perjuicios que se causen a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” y/o terceros con motivo de negligencia, impericia, dolo o mala fe, o por mal uso que haga de las instalaciones de la “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, incluyendo el mantenimiento y estará obligado a resarcir los importes que esta determine al respecto.
DÉCIMA OCTAVA. IMPUESTOS Y DERECHOS
Los impuestos, derechos y gastos que procedan con motivo de la adquisición de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, objeto del presente contrato, serán pagados por “EL PROVEEDOR”, mismos que no serán repercutidos a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” sólo cubrirá, cuando aplique, lo correspondiente al IVA, en los términos de la normatividad aplicable y de conformidad con las disposiciones fiscales vigentes.
DÉCIMA NOVENA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES
“EL PROVEEDOR” no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” deslindando a ésta de toda responsabilidad.
VIGÉSIMA. DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS
“EL PROVEEDOR” asume la responsabilidad total en caso de que, al suministrar los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, objeto del presente contrato, infrinja patentes, marcas o viole otros registros de derechos de propiedad industrial a nivel nacional e internacional, por lo que, se obliga a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que pudiera causar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” o a terceros.
En tal virtud, “EL PROVEEDOR” manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor ni en la Ley de la Propiedad Industrial.
En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de ésta será la de dar aviso en el domicilio previsto en el apartado de Declaraciones de este instrumento a “EL PROVEEDOR”, para que éste, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de cualquier controversia, liberándole de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole.
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En caso de que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” tuviese que erogar recursos por cualquiera de estos conceptos, “EL PROVEEDOR” se obliga a reembolsar de manera inmediata los recursos erogados por aquella.
VIGÉSIMA PRIMERA. CONFIDENCIALIDAD
“LAS PARTES” están conformes en que la información que se derive de la celebración del presente instrumento jurídico, así como toda aquella información que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” entregue a “EL PROVEEDOR” tendrá el carácter de confidencial, por lo que este se compromete, de forma directa o a través de interpósita persona, a no proporcionarla o divulgarla por escrito, verbalmente o por cualquier otro medio a terceros, inclusive después de la terminación de este contrato.
La información contenida en el presente contrato es pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70 fracción XXVIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 68 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; sin embargo la información que proporcione “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” a “EL PROVEEDOR” para el cumplimiento del objeto materia del mismo, será considerada como confidencial en términos de los artículos 116 y 113, respectivamente, de los citados ordenamientos jurídicos, por lo que “EL PROVEEDOR” se compromete a recibir, proteger y guardar la información confidencial proporcionada por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” con el mismo empeño y cuidado que tiene respecto de su propia información confidencial, así como hacer cumplir a todos y cada uno de los usuarios autorizados a los que les entregue o permita acceso a la información confidencial, en los términos de este instrumento.
“EL PROVEEDOR” se compromete a que la información considerada como confidencial no será utilizada para fines diversos a los autorizados con el presente contrato especifico; asimismo, dicha información no podrá ser copiada o duplicada total o parcialmente en ninguna forma o por ningún medio, ni podrá ser divulgada a terceros que no sean usuarios autorizados. De esta forma, “EL PROVEEDOR” se obliga a no divulgar o publicar informes, datos y resultados obtenidos objeto del presente instrumento, toda vez que son propiedad de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
Cuando de las causas descritas en las cláusulas de RESCISIÓN y TERMINACIÓN ANTICIPADA, del presente contrato, concluya la vigencia del mismo, subsistirá la obligación de confidencialidad sobre los bienes establecidos en este instrumento legal.
En caso de incumplimiento a lo establecido en esta cláusula, “EL PROVEEDOR” tiene conocimiento en que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá ejecutar o tramitar las sanciones establecidas en la “LAASSP” y su Reglamento, así como presentar las denuncias correspondientes de conformidad con lo dispuesto por el Libro Segundo, Título Noveno, Capítulos I y II del Código Penal Federal y demás normatividad aplicable.
De igual forma, “EL PROVEEDOR” se compromete a no alterar la información confidencial, a llevar un control de su personal y hacer de su conocimiento las sanciones que se aplicarán en caso de incumplir con lo dispuesto en esta cláusula, por lo que, en su caso, se obliga a notificar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” cuando se realicen actos que se consideren como ilícitos,
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debiendo dar inicio a las acciones legales correspondientes y sacar en paz y a salvo a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de cualquier proceso legal.
“EL PROVEEDOR” se obliga a poner en conocimiento de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” cualquier hecho o circunstancia que en razón de los bienes prestados sea de su conocimiento y que pueda beneficiar o evitar un perjuicio a la misma.
Asimismo, “EL PROVEEDOR” no podrá, con motivo del suministro de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento que realice a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, utilizar la información a que tenga acceso, para asesorar, patrocinar o constituirse en consultor de cualquier persona que tenga relaciones directas o indirectas con el objeto de las actividades que lleve a cabo.
VIGÉSIMA SEGUNDA. ADMINISTRACIÓN, VERIFICACIÓN, SUPERVISIÓN Y ACEPTACIÓN DE LOS BIENES O SERVICIOS O ARRENDAMIENTO
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” designa como responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del presente contrato al C. 18 (COLOCAR NOMBRE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), 19 (COLOCAR CARGO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), con el objeto de
verificar el óptimo cumplimiento del mismo, por lo que indicará a “EL PROVEEDOR” las observaciones que se estimen pertinentes, quedando éste obligado a corregir las anomalías que le sean indicadas, así como deficiencias en la entrega de los bienes o prestación de los servicios o de su personal.
Asimismo, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” sólo aceptará los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento materia del presente contrato y autorizará el pago de los mismos previa verificación de las especificaciones requeridas, de conformidad con lo especificado en el presente contrato y sus correspondientes anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta.
Los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento serán recibidos previa revisión del administrador del contrato; la inspección de los bienes consistirá en la verificación del cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en el contrato y en su caso en los anexos respectivos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta.
En tal virtud, “EL PROVEEDOR” manifiesta expresamente su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla de conformidad con lo establecido en el párrafo anterior, los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, no se tendrán por aceptados por parte de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, a través administrador del contrato o a través del personal que para tal efecto designe, podrá rechazar los bienes si no reúnen las especificaciones y alcances establecidos en este contrato y en su Anexo técnico, obligándose “EL PROVEEDOR” en este supuesto a entregarlos nuevamente bajo su exclusiva responsabilidad y sin costo adicional para “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”
VIGÉSIMA TERCERA. DEDUCCIONES
En caso de que “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y
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sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 83 (COLOCAR PORCENTAJE DE DEDUCTIVA) % sobre el monto de los bienes proporcionados en forma parcial o deficientemente (o los días de atraso en el inicio de la prestación del servicio o del arrendamiento), los montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que “EL PROVEEDOR” presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago.
En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y cuando “EL PROVEEDOR” no realice el pago de la misma y para el caso de que la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción correspondiente, “EL PROVEEDOR” realizará el pago de la deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la Tesorería de la Federación.
Lo anterior, en el entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el IVA.
La notificación y cálculo de las deducciones correspondientes las realizará el administrador del contrato de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
Cuando el monto total de aplicación de deducciones alcance el 20% (veinte por ciento) del monto total del contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión.
VIGÉSIMA CUARTA. PENAS CONVENCIONALES
En caso de que “EL PROVEEDOR” presente atraso en el cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones pactadas para la adquisición de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, objeto del presente contrato, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, por conducto del administrador del contrato podrá aplicar una pena convencional equivalente al 84 (COLOCAR PORCENTAJE XX XXXX CONVENCIONAL)_%_, 85por cada (colcar periodicidad xx xxxx) de atraso sobre el monto de los bienes no proporcionados o atraso en el inicio de la prestación de los servicios o arrendamiento oportunamente, de conformidad con el presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta.
Por lo anterior, el pago de la adquisición o prestación de los servicios o arrendamiento quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que si el contrato es rescindido en términos de lo previsto en la CLÁUSULA DE RESCISIÓN, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato.
El pago de la pena deberá efectuarse a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la Tesorería de la Federación, sin que la acumulación de esta pena exceda el equivalente al monto total de la garantía de cumplimiento del contrato y se aplicará sobre el monto proporcional sin incluir el IVA.
Cuando la suma de las penas convencionales exceda el monto total de la garantía de cumplimiento del presente contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión del mismo, en los términos del artículo 54 de la “LAASSP”.
Independientemente de la aplicación de la pena convencional a que hace referencia el párrafo que antecede, se aplicarán además cualquiera otra que la “LAASSP” establezca.
Esta pena convencional no descarta que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” en cualquier momento posterior al incumplimiento determine procedente la rescisión del contrato, considerando la gravedad de los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
En caso que sea necesario llevar a cabo la rescisión administrativa del contrato, la aplicación de la garantía de cumplimiento será por el monto total de las obligaciones garantizadas.
La penalización tendrá como objeto resarcir los daños y perjuicios ocasionados a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” por el atraso en el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el presente contrato.
La notificación y cálculo de la pena convencional, corresponde al administrador o el supervisor del contrato de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
VIGÉSIMA QUINTA. SANCIONES ADMINISTRATIVAS
Cuando “EL PROVEEDOR” incumpla con sus obligaciones contractuales por causas imputables a éste, y como consecuencia, cause daños y/o perjuicios graves a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, o bien, proporcione información falsa, actúe con dolo o mala fe en la celebración del presente contrato o durante la vigencia del mismo, por determinación de la Secretaría de la Función Pública, se podrá hacer acreedor a las sanciones establecidas en la “LAASSP”, en los términos de los artículos 59, 60 y 61 de dicho ordenamiento legal y 109 al 115 de su Reglamento.
VIGÉSIMA SEXTA. SANCIONES APLICABLES Y TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, de conformidad con lo establecido en los artículos 53, 53 Bis, 54 y 54 Bis de la “LAASSP”, y 86 segundo xxxxxxx, 00 xx 000 y 102 de su Reglamento, aplicará sanciones, o en su caso, llevará a cabo la cancelación de partidas total o parcialmente o la rescisión administrativa del contrato.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. RELACIÓN LABORAL
“EL PROVEEDOR” reconoce y acepta ser el único patrón del personal que ocupe con motivo del suministro objeto de este contrato, así como el responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social. Asimismo, “EL PROVEEDOR” conviene en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o en contra de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, en relación con el suministro materia de este contrato.
VIGÉSIMA OCTAVA. EXCLUSIÓN LABORAL
“LAS PARTES” convienen en que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” no adquiere ninguna obligación de carácter laboral con “EL PROVEEDOR” ni con los elementos que éste utilice para el suministro de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento objeto del presente contrato, por lo cual no se le podrá considerar como patrón ni como un sustituto. En particular el personal se entenderá relacionado exclusivamente con la o las personas que lo emplearon y por ende cada una de ellas asumirá su responsabilidad por dicho concepto.
Igualmente, y para este efecto y cualquiera no previsto, “EL PROVEEDOR” exime expresamente a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de cualquier responsabilidad laboral, civil, penal, de seguridad social o de otra especie que, en su caso, pudiera llegar a generarse; sin embargo, si “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” tuviera que realizar alguna erogación por alguno de los conceptos que anteceden, “EL PROVEEDOR” se obliga a realizar el reembolso e indemnización correspondiente.
Por lo anterior, “LAS PARTES” reconocen expresamente en este acto que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” no tiene nexo laboral alguno con “EL PROVEEDOR”, por lo que éste último libera a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de toda responsabilidad relativa a cualquier accidente o enfermedad que pudiera sufrir o contraer cualquiera de sus trabajadores durante el desarrollo de sus labores o como consecuencia de ellos, así como de cualquier responsabilidad que resulte de la aplicación de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y/o cualquier otra aplicable, derivada de la entrega de los bienes o prestación de los servicios materia de este contrato.
VIGÉSIMA NOVENA. SUSPENSIÓN DEL SUMINISTRO DE LOS BIENES O PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS O ARRENDAMIENTO.
Cuando en la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, se presente caso fortuito o de fuerza mayor, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” bajo su responsabilidad, podrá de resultar aplicable conforme a la normatividad en la materia, suspender el suministro de los bienes o la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente recibidos por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, a solicitud escrita de “EL PROVEEDOR”, cubrirá los gastos no recuperables, durante el tiempo que dure esta suspensión, para lo cual “EL PROVEEDOR” deberá presentar dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes de la notificación del término de la suspensión, la factura y documentación de los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD-” pagará los gastos no recuperables, en moneda nacional (pesos mexicanos), dentro de los 45 (cuarenta y cinco) días naturales posteriores a la presentación de la solicitud debidamente fundada y documentada de “EL PROVEEDOR”, así como del CFDI o factura electrónica respectiva y documentación soporte.
En caso de que “EL PROVEEDOR” no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago, la fecha de pago se recorrerá el mismo número de días que dure el retraso.
El plazo de suspensión será fijado por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, a cuyo término en su caso, podrá iniciarse la terminación anticipada del presente contrato, o bien, podrá continuar produciendo todos los efectos legales, una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión.
TRIGÉSIMA. RESCISIÓN
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el presente contrato y hacer efectiva la fianza de cumplimiento, cuando “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de sus obligaciones contractuales, sin necesidad de acudir a los tribunales competentes en la materia, por lo que, de manera enunciativa, más no limitativa, se entenderá por incumplimiento:
a) Si incurre en responsabilidad por errores u omisiones en su actuación;
b) Si incurre en negligencia en el suministro de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento objeto del presente contrato, sin justificación para “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”;
c) Si transfiere en todo o en parte las obligaciones que deriven del presente contrato a un tercero ajeno a la relación contractual;
d) Si cede los derechos de cobro derivados del contrato, sin contar con la conformidad previa y por escrito de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”;
e) Si suspende total o parcialmente y sin causa justificada la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento. del presente contrato o no les otorga la debida atención conforme a las instrucciones de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”;
f) Si no suministra los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento en tiempo y forma conforme a lo establecido en el presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
g) Si no proporciona a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” o a las dependencias que tengan facultades, los datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión del suministro de los bienes objeto o prestación de los servicios o arrendamiento del presente contrato;
h) Si cambia de nacionalidad e invoca la protección de su gobierno contra reclamaciones y órdenes de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”;
i) Si es declarado en concurso mercantil por autoridad competente o por cualquier otra causa distinta o análoga que afecte su patrimonio;
j) Si no acepta pagar penalizaciones o no repara los daños o pérdidas, por argumentar que no le son directamente imputables, sino a uno de sus asociados o filiales o a cualquier otra causa que no sea de fuerza mayor o caso fortuito;
k) Si no entrega dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del presente contrato, la garantía de cumplimiento del mismo;
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l) Si la suma de las penas convencionales excede el monto total de la garantía de cumplimiento del contrato y/o de las deducciones alcanzan el 20% (veinte por ciento) del monto total de este instrumento jurídico;
m)Si “EL PROVEEDOR” no suministra los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento objeto de este contrato de acuerdo con las normas, la calidad, eficiencia y especificaciones requeridas por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” conforme a las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
n) Si divulga, transfiere o utiliza la información que conozca en el desarrollo del cumplimiento del objeto del presente contrato, sin contar con la autorización de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” en los términos de lo dispuesto en la cláusula DÉCIMA NOVENA del presente instrumento jurídico;
o) Si se comprueba la falsedad de alguna manifestación contenida en el apartado de sus declaraciones del presente contrato;
p) Cuando “EL PROVEEDOR” y/o su personal, impidan el desempeño normal de labores de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, durante el suministro de los bienes, por causas distintas a la naturaleza del objeto del mismo;
q) Cuando exista conocimiento y se corrobore mediante resolución definitiva de autoridad competente que “EL PROVEEDOR” incurrió en violaciones en materia penal, civil, fiscal, mercantil o administrativa que redunde en perjuicio de los intereses de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” en cuanto al cumplimiento oportuno y eficaz en la entrega de los bienes objeto o prestación de los servicios del presente contrato; y
r) En general, incurra en incumplimiento total o parcial de las obligaciones que se estipulen en el presente contrato o de las disposiciones de la “LAASSP” y su Reglamento.
Para el caso de optar por la rescisión del contrato, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” comunicará por escrito a “EL PROVEEDOR” el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte en su caso las pruebas que estime pertinentes.
Transcurrido dicho término “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, en un plazo de 15 (quince) días hábiles siguientes, tomando en consideración los argumentos y pruebas que hubiere hecho “EL PROVEEDOR”, determinará de manera fundada y motivada dar o no por rescindido el contrato, y comunicará a “EL PROVEEDOR” dicha determinación dentro del citado plazo.
Cuando se rescinda el contrato, se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” por concepto del contrato hasta el momento de rescisión.
Iniciado un procedimiento de conciliación “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá suspender el trámite del procedimiento de rescisión.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato se entregaran los bienes o prestación de los servicios, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de que continúa vigente la necesidad de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del mismo pudiera ocasionar algún daño o
afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” elaborará un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes.
Al no dar por rescindido el contrato, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” establecerá con “EL PROVEEDOR” otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento. El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la “LAASSP”.
Cuando se presente cualquiera de los casos mencionados, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” quedará expresamente facultada para optar por exigir el cumplimiento del contrato, aplicando las penas convencionales y/o rescindirlo, siendo esta situación una facultad potestativa.
Si se llevara a cabo la rescisión del contrato, y en el caso de que a “EL PROVEEDOR” se le hubieran entregado pagos progresivos, éste deberá de reintegrarlos más los intereses correspondientes, conforme a lo indicado en el artículo 51 párrafo cuarto, de la “LAASSP”.
Los intereses se calcularán sobre el monto de los pagos progresivos efectuados y se computarán por días naturales desde la fecha de su entrega hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
“EL PROVEEDOR” será responsable por los daños y perjuicios que le cause a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
TRIGÉSIMA PRIMERA. TERMINACIÓN ANTICIPADA
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato, cuando concurran razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato con motivo de una resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública, lo que bastará sea comunicado a “EL PROVEEDOR” con 30 (treinta) días naturales anteriores al hecho. En este caso, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” a solicitud escrita de “EL PROVEEDOR” cubrirá los gastos no recuperables, siempre que estos sean razonables estén debidamente comprobados y relacionados directamente con el contrato.
TRIGÉSIMA SEGUNDA. DISCREPANCIAS
“LAS PARTES” convienen que, en caso de discrepancia entre la solicitud de cotización, la propuesta económica de “EL PROVEEDOR” y el presente contrato, prevalecerá lo establecido en la solicitud de cotización respectiva, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81 fracción IV, del Reglamento de la “LAASSP”.
TRIGÉSIMA TERCERA. CONCILIACIÓN.
“LAS PARTES” acuerdan que para el caso de que se presenten desavenencias derivadas de la ejecución y cumplimiento del presente contrato se someterán al procedimiento de conciliación establecido en los artículos 77, 78, 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 126 al 136 de su Reglamento y al Decreto por el que se establecen las acciones administrativas que deberá implementar la Administración Pública Federal para llevar a cabo la conciliación o la celebración de convenios o acuerdos previstos en las leyes respectivas como medios alternativos de solución de controversias, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 xx xxxxx de 2016.
La solicitud de conciliación se presentará mediante escrito, el cual contendrá los requisitos contenidos en el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, además, hará referencia al número de contrato, al servidor público encargado de su administración, objeto, vigencia y monto del contrato, señalando, en su caso, sobre la existencia de convenios modificatorios, debiendo adjuntar copia de los instrumentos consensuales debidamente suscritos.
TRIGÉSIMA CUARTA. DOMICILIOS
“LAS PARTES” señalan como sus domicilios legales para todos los efectos a que haya lugar y que se relacionan en el presente contrato, los que se indican en el apartado de Declaraciones, por lo que cualquier notificación judicial o extrajudicial, emplazamiento, requerimiento o diligencia que en dichos domicilios se practique, será enteramente válida, al tenor de lo dispuesto en el Título Tercero del Código Civil Federal y sus correlativos en los Estados de la República Mexicana.
TRIGÉSIMA QUINTA. LEGISLACIÓN APLICABLE
“LAS PARTES” se obligan a sujetarse estrictamente para el suministro de bienes o prestación de los servicios o arrendamiento objeto del presente contrato a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento; al Código Civil Federal; la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; al Código Federal de Procedimientos Civiles; a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, el Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones y a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
TRIGÉSIMA SEXTA. JURISDICCIÓN
“LAS PARTES” convienen que, para la interpretación y cumplimiento de este contrato, así como para lo no previsto en el mismo, se someterán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales en la Ciudad de México, renunciando expresamente al fuero que pudiera corresponderles en razón de su domicilio actual o futuro.
FIRMANTES O SUSCRIPCIÓN.
En esta parte se formaliza el documento suscribiéndolo, señalando en forma clara el lugar y la fecha en que se suscribe, el nombre, cargo y firma de las partes y representantes, tiene relación con lo establecido en el proemio, en las declaraciones en los puntos I.2 y II.2.
Las facultades de los servidores públicos comúnmente se enuncian o describen en la normatividad interna de cada dependencia o entidad como puede ser, estatuto orgánico, reglamento interno, manual de organización, manual de procedimientos, POBALINES, entre otros.
Por lo anteriormente expuesto, tanto “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” como “EL PROVEEDOR”, declaran estar conformes y bien enterados de las consecuencias, valor y alcance legal de todas y cada una de las estipulaciones que el presente instrumento jurídico contiene, por lo que lo ratifican y firman electrónicamente en las fechas especificadas en cada firma electrónica.
POR:
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”
NOMBRE | CARGO | R.F.C. |
12 (NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD | 13 (CARGO DEL REPRESENTANTE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD | 14 (R.F.C. DEL REPRESENTANTE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD |
16 (NOMBRE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO) | 17 (CARGO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO) | 18 (R.F.C. DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO) |
20 (NOMBRE DEL FIRMANTE X) | 21 (CARGO DEL FIRMANTE X) | 22 (R.F.C. FIRMANTE X) |
POR:
“EL PROVEEDOR”
NOMBRE | R.F.C. |
35 (RAZÓN SOCIAL DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL) | 38 (R.F.C. DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL) |
ANEXO IX
MODELO DE LA PÓLIZA DE FIANZA PARA GARANTIZAR, ANTE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE: ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS, OBRA PÚBLICA O SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA. (ENTIDADES).
(Afianzadora o Aseguradora)
Denominación social: . en lo sucesivo (la "Afianzadora" o la "Aseguradora")
Domicilio: .
Autorización del Gobierno Federal para operar: (Número de oficio y fecha)
Beneficiaria:
(Nombre de la Entidad paraestatal), en lo sucesivo "la Beneficiaria".
Domicilio: .
El medio electrónico, por el cual se pueda enviar la fianza a "la Contratante" y a "la Beneficiaria":
.
Fiado (s): (En caso de proposición conjunta, el nombre y datos de cada uno de ellos)
Nombre o denominación social: . RFC: .
Domicilio: . (El mismo que aparezca en el contrato principal)
Datos de la póliza:
Número: . (Número asignado por la "Afianzadora" o la "Aseguradora")
Monto Afianzado: . (Con letra y número, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado).
Moneda: .
Fecha de expedición: _ .
Obligación garantizada: El cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato en los términos de la Cláusula PRIMERA de la presente póliza de fianza.
Naturaleza de las Obligaciones: (Divisible o Indivisible, de conformidad con lo estipulado en el contrato).
Si es Divisible aplicará el siguiente texto: La obligación garantizada será divisible, por lo que, en caso de presentarse algún incumplimiento, se hará efectiva solo en la proporción correspondiente al incumplimiento de la obligación principal.
Si es Indivisible aplicará el siguiente texto: La obligación garantizada será indivisible y en caso de presentarse algún incumplimiento se hará efectiva por el monto total de las obligaciones garantizadas.
Datos del contrato o pedido, en lo sucesivo el "Contrato": Número asignado por "la Contratante": . Objeto: .
Monto del Contrato: (Con número y letra, sin el Impuesto al Valor Agregado)
Moneda: .
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Fecha de suscripción: _ .
Tipo: (Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios, Obra Pública o servicios relacionados con la misma).
Obligación contractual para la garantía de cumplimiento: (Divisible o Indivisible, de conformidad con lo estipulado en el contrato)
Procedimiento al que se sujetará la presente póliza de fianza para hacerla efectiva: El previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
Competencia y Jurisdicción: Para todo lo relacionado con la presente póliza, el fiado, el fiador y cualesquier otro obligado, así como "la Beneficiaria", se someterán a la jurisdicción y competencia de los tribunales federales de (precisar el lugar), renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio o por cualquier otra causa.
La presente fianza se expide de conformidad con lo dispuesto por los artículos 48, fracción II y último párrafo, y artículo 49, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 103 de su Reglamento.
La presente fianza se expide de conformidad con lo dispuesto por los artículos 48, fracción II y 49, fracción II, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y artículo 98 de su Reglamento.
Validación de la fianza en el portal de internet, dirección electrónica xxx.xxxx.xxx.xx (Nombre del representante de la Afianzadora o Aseguradora)
CLÁUSULAS GENERALES A QUE SE SUJETARÁ LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA PARA
GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIO, OBRA PÚBLICA O SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA.
PRIMERA. - OBLIGACIÓN GARANTIZADA.
Esta póliza de fianza garantiza el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el "Contrato" a que se refiere esta póliza y en sus convenios modificatorios que se hayan realizado o a los anexos del mismo, cuando no rebasen el porcentaje de ampliación indicado en la cláusula siguiente, aún y cuando parte de las obligaciones se subcontraten.
SEGUNDA. - MONTO AFIANZADO.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora"), se compromete a pagar a la Beneficiaria, hasta el monto de esta póliza, que es (con número y letra sin incluir el Impuesto al Valor Agregado) que representa el % (señalar el porcentaje con letra) del valor del "Contrato".
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") reconoce que el monto garantizado por la fianza de cumplimiento se puede modificar en el caso de que se formalice uno o varios convenios modificatorios de ampliación del monto del "Contrato" indicado en la carátula de esta póliza, siempre y cuando no se rebase el % de dicho monto. Previa notificación del fiado y cumplimiento de los requisitos legales, (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") emitirá el documento modificatorio correspondiente o endoso para el solo efecto de hacer constar la referida ampliación, sin que se entienda que la obligación sea novada.
En el supuesto de que el porcentaje de aumento al "Contrato" en monto fuera superior a los indicados, (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") se reserva el derecho de emitir los endosos subsecuentes, por la diferencia entre ambos montos sin embargo, previa solicitud del fiado, (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") podrá garantizar dicha diferencia y emitirá el documento modificatorio correspondiente.
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(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") acepta expresamente que en caso de requerimiento, se compromete a pagar el monto total afianzado, siempre y cuando en el Contrato se haya estipulado que la obligación garantizada es indivisible; de estipularse que es divisible, (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") pagará de forma proporcional el monto de la o las obligaciones incumplidas.
TERCERA. - INDEMNIZACIÓN POR XXXX.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora"), se obliga a pagar la indemnización por xxxx que en su caso proceda de conformidad con el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
CUARTA. - VIGENCIA.
La fianza permanecerá vigente hasta que se dé cumplimiento a la o las obligaciones que garantice en los términos del "Contrato" y continuará vigente en caso de que "la Contratante" otorgue prórroga o espera al cumplimiento del "Contrato", en los términos de la siguiente cláusula.
Asimismo, esta fianza permanecerá vigente durante la substanciación de todos los recursos legales, arbitrajes o juicios que se interpongan con origen en la obligación garantizada hasta que se pronuncie resolución definitiva de autoridad o tribunal competente que haya causado ejecutoria.
De esta forma la vigencia de la fianza no podrá acotarse en razón del plazo establecido para cumplir la o las obligaciones contractuales.
QUINTA. - PRÓRROGAS, ESPERAS O AMPLIACIÓN AL PLAZO DEL CONTRATO.
En caso de que se prorrogue el plazo originalmente señalado o conceder esperas o convenios de ampliación de plazo para el cumplimiento del contrato garantizado y sus anexos, el fiado dará aviso a (la "Afianzadora" o la "Aseguradora"), la cual deberá emitir los documentos modificatorios o endosos correspondientes.
(La "Afianzadora o la "Aseguradora") acepta expresamente garantizar la obligación a que esta póliza se refiere, aún en el caso de que se otorgue prórroga, espera o ampliación al fiado por parte de la "Contratante" para el cumplimiento total de las obligaciones que se garantizan, por lo que no se actualiza el supuesto de extinción de fianza previsto en el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, sin que se entienda novada la obligación.
SEXTA. - SUPUESTOS DE SUSPENSIÓN.
(Sólo incluir para el caso de póliza en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios)
Para garantizar el cumplimiento del "Contrato", cuando concurran los supuestos de suspensión en los términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, "la Contratante" deberá emitir el o las actas circunstanciadas y, en su caso, las constancias a que haya lugar. En estos supuestos, a petición del fiado, (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") otorgará el o los endosos conducentes, conforme a lo estatuido en el artículo 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, para lo cual bastará que el fiado exhiba a (la "Afianzadora o a la Aseguradora") dichos documentos expedidos por "la Contratante".
El aplazamiento derivado de la interposición de recursos administrativos y medios de defensa legales, no modifica o altera el plazo de ejecución inicialmente pactado, por lo que subsistirán
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inalterados los términos y condiciones originalmente previstos, entendiendo que los endosos que emita (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") por cualquiera de los supuestos referidos, formarán parte en su conjunto, solidaria e inseparable de la póliza inicial.
SEXTA. - SUPUESTOS DE SUSPENSIÓN.
(Sólo incluir para el caso de póliza en materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas)
Para garantizar el cumplimiento del contrato, en caso de suspensión de los trabajos por cualquier causa justificada en los términos de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, "la Contratante" deberá emitir el o las actas circunstanciadas y, en su caso, las constancias a que haya lugar. En estos supuestos, a petición del fiado, (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") otorgará el o los endosos conducentes, conforme a lo estatuido en el artículo 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, para lo cual bastará que el fiado exhiba a (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") dichos documentos expedidos por "la Contratante".
El aplazamiento derivado de la interposición de los recursos administrativos y medios de defensa legales, no modifica o altera el plazo de ejecución inicialmente pactado, por lo que subsistirán inalterados los términos y condiciones originalmente previstos, entendiendo que los endosos que emita (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") por cualquiera de los supuestos referidos, formarán parte en su conjunto, solidaria e inseparable a la póliza inicial.
SÉPTIMA. - SUBJUDICIDAD.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") realizará el pago de la cantidad reclamada, bajo los términos estipulados en esta póliza de fianza, y, en su caso, la indemnización por xxxx de acuerdo a lo establecido en el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre subjúdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, administrativa o tribunal arbitral, salvo que el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ante dichas instancias.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") deberá comunicar a "la Beneficiaria" de la garantía, el otorgamiento de la suspensión al fiado, acompañándole las constancias respectivas que así lo acrediten, a fin de que se encuentre en la posibilidad de abstenerse del cobro de la fianza hasta en tanto se dicte sentencia firme.
OCTAVA. - COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS.
El coafianzamiento o yuxtaposición de garantías, no implicará novación de las obligaciones asumidas por (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") por lo que subsistirá su responsabilidad exclusivamente en la medida y condiciones en que la asumió en la presente póliza de fianza y en sus documentos modificatorios.
NOVENA. - CANCELACIÓN DE LA FIANZA.
(Sólo incluir para el caso de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios)
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") quedará liberada de su obligación fiadora siempre y cuando "la Contratante" le comunique por escrito, por conducto del servidor público facultado para ello, su conformidad para cancelar la presente garantía.
El fiado podrá solicitar la cancelación de la fianza para lo cual deberá presentar a (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") la constancia de cumplimiento total de las obligaciones
contractuales. Cuando el fiado solicite dicha cancelación derivado del pago realizado por saldos a su cargo o por el incumplimiento de obligaciones, deberá presentar el recibo de pago correspondiente.
Esta fianza se cancelará cuando habiéndose cumplido la totalidad de las obligaciones estipuladas en el "Contrato", "la Contratante" haya calificado o revisado y aceptado la garantía exhibida por el fiado para responder por los defectos, vicios ocultos de los bienes entregados y por el correcto funcionamiento de los mismos o por la calidad de los servicios prestados por el fiado, respecto del "Contrato" especificado en la carátula de la presente póliza y sus respectivos convenios modificatorios.
NOVENA. - CANCELACIÓN DE LA FIANZA.
(Sólo incluir para el caso de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas)
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") quedará liberada de su obligación fiadora siempre y cuando "la Contratante" le comunique por escrito, por conducto del servidor público facultado para ello, su conformidad para cancelar la presente garantía por haberse cumplido con las obligaciones a cargo del fiado y aceptado la garantía por defectos o vicios ocultos, acompañando al mismo el acta administrativa de extinción de derechos y obligaciones o, en su caso, el finiquito, y en el supuesto de existir saldos a cargo del fiado, la liquidación correspondiente.
El fiado podrá solicitar la cancelación de la fianza para lo cual deberá presentar a (la "Afianzadora" o la "Aseguradora) el acta administrativa de extinción de derechos y obligaciones o, en su caso, el finiquito, y en el supuesto de existir saldos a cargo del fiado, la liquidación correspondiente. Cuando el fiado solicite la cancelación derivado del pago realizado por saldos a su cargo o por el incumplimiento de obligaciones, deberá presentar el recibo de pago correspondiente.
DÉCIMA. - PROCEDIMIENTOS.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") acepta expresamente someterse al procedimiento previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para hacer efectiva la fianza.
DÉCIMA PRIMERA. -RECLAMACIÓN
"La Beneficiaria" podrá presentar la reclamación a que se refiere el artículo 279, xx Xxx de Instituciones de Seguros y de Fianzas en cualquier oficina, o sucursal de la Institución y ante cualquier apoderado o representante de la misma.
DÉCIMA SEGUNDA. - DISPOSICIONES APLICABLES.
Será aplicable a esta póliza, en lo no previsto por la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas la legislación mercantil y a falta de disposición expresa el Código Civil Federal.
DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD
(XXXX MEMBRETADA DEL LICITANTE).
CIUDAD DE MÉXICO A, .
LICITACIÓN No.
LICONSA, S.A. DE C.V. PRESENTE.
(NOMBRE) EN MI CARÁCTER DE (CARGO) Y CON LAS FACULTADES DE REPRESENTACIÓN DE (NOMBRE DE LA EMPRESA) QUE TENGO CONFERIDAS, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE POR MI MISMO O A TRAVÉS DE INTERPÓSITA PERSONA, ME ABSTENDRÉ DE ADOPTAR CONDUCTAS, PARA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE “LA CONVOCANTE”, INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE LAS PROPOSICIONES, EL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO U OTROS ASPECTOS QUE OTORGUEN CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS CON RELACIÓN A LOS DEMÁS PARTICIPANTES.
ATENTAMENTE
(FIRMA Y NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL)
MANIFESTACIÓN BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE NO EXISTIR CONFLICTO DE INTERÉS
(NOMBRE) , en mi carácter de (Representante Legal, Administrador, Socio Accionista, titular mancomunado) de (NOMBRE DE LA EMPRESA) bajo protesta de decir verdad manifiesto: Que no desempeño empleo, cargo o comisión en el Servicio Público, por lo que no actualizo conflicto de interés alguno.
En consecuencia, solicito que previamente a la formalización del acto contractual respectivo, vinculado con la presente manifestación, se haga del conocimiento del Órgano Interno de Control en Liconsa, S.A. de C.V.
ATENTAMENTE