Contract
1. APLICACIÓN
1.1. Yunex S.A.S., en adelante denominada YUNEX, hace todos sus pedidos y expide sus órdenes de compra con sujeción estricta a las presentes Condiciones Generales de Compra. Las condiciones aquí establecidas se entienden incorporadas a toda “Orden de Compra” emitida por YUNEX y obligan plenamente al Proveedor que acepte dicha orden.
1.2. Para que cualquier modificación o condicionamiento a las presentes Condiciones Generales de Compra tenga validez, la misma habrá de ser aceptada expresamente por escrito por XXXXX. En virtud de lo anterior, las cláusulas o condiciones que figuren impresas o manuscritas en las ofertas, cotizaciones, cartas, correos electrónicos u otros documentos emitidos por el proveedor y que contravengan expresa o implícitamente las presentes Condiciones, se tendrán por no escritas y no aceptadas por YUNEX.
1.3. Las cláusulas particulares prevalecerán sobre estas Condiciones Generales de Compra únicamente en el supuesto de revestir forma escrita y estar suscritas por todas las partes contratantes. En todo caso se mantendrá la parte de este Clausulado General que no haya sido expresamente derogado por una cláusula particular. Las desviaciones, modificaciones o adiciones a la orden mediante la confirmación de la misma sólo formarán parte del contrato si son confirmadas por YUNEX por escrito. En particular, YUNEX sólo estará obligado por los términos y condiciones generales del Proveedor en la medida en que sean consistentes con estos Términos y Condiciones de Compra o YUNEX los haya aceptado por escrito. La aceptación de entregas o servicios así como de pagos no constituyen consentimiento.
2. ALCANCE DE ESTAS CONDICIONES
2.1. El negocio jurídico se entiende perfeccionado con el envío de la Orden de Compra al Proveedor. YUNEX podrá revocar la orden si el Proveedor no la ha aceptado por escrito dentro de las dos semanas siguientes a su recepción (confirmación de la orden).
2.2. La descripción y condiciones técnicas de los materiales, elementos, productos, equipos, mercancías, bienes y/o servicios, el valor, la forma de pago, cantidades, el plazo y el lugar de entrega de la compra, están estipulados en la Orden de Compra que emita YUNEX.
2.3. YUNEX efectuará el pago de los bienes o servicios objeto de la Orden de Compra, siempre que el proveedor haya cumplido la Orden de Compra, incluidas estas Condiciones Generales, a satisfacción de YUNEX.
2.4. Todos los costos, gastos y riesgos del transporte, cargue, descargue y embalaje de los bienes estipulados en la Orden de Compra hasta el lugar de destino determinado en la misma, estarán a cargo del proveedor.
2.5. La entrega de los bienes y/o servicios y la transferencia del riesgo hacia YUNEX, solo ocurrirán cuando YUNEX y el proveedor suscriban el acta de recibo a satisfacción definitiva de la Orden de Compra. Lo anterior sin perjuicio que el proveedor esté obligado a cumplir con la garantía de calidad durante el término de vigencia de esta.
2.6. YUNEX únicamente responderá por el daño emergente, derivado de las acciones u omisiones que le sean directamente imputables. Adicionalmente, la responsabilidad de YUNEX en ningún evento excederá el cien por ciento del valor de la Orden de Compra.
2.7. El cumplimiento de la Orden de Compra por parte de YUNEX está sujeto a que no haya impedimentos por disposiciones legales nacionales e internacionales, especialmente en lo que se refiere a disposiciones de control de exportación.
2.8. A menos que así esté pactado o que XXXXX lo autorice expresamente por escrito, no se aceptarán entregas parciales el proveedor.
2.9. Ante el incumplimiento por parte del proveedor de cualquiera de las estipulaciones de la Orden de Compra o de las presentes Condiciones Generales, YUNEX se reserva el derecho de retener los pagos adeudados al Proveedor, recibir o no la mercancía o recibir parte de ella.
2.10. El proveedor designará a quien actuará como su representante o interlocutor frente a YUNEX en el desarrollo de la Orden de Compra. Todos los documentos que suscriba el representante o interlocutor designado por el proveedor se tendrán como si hubiesen sido emitidos por el proveedor y le obligan legalmente.
2.11. En todos aquellos casos en que el bien y/o servicio encomendado al Proveedor tenga como destinatario final un cliente de YUNEX (en adelante, el Cliente Final) y YUNEX haya revelado esta situación al Proveedor antes de la emisión de la Orden de Compra, el proveedor garantizará que conoce y entiende las obligaciones, riesgos y responsabilidades que YUNEX asume frente al Cliente Final respecto de los bienes y/o servicios contratados al Proveedor. En consecuencia, el proveedor se obliga a cumplirle a YUNEX las
mismas obligaciones que YUNEX debe cumplir con su Cliente Final en todos y cada uno de los aspectos relacionados con los bienes y/o servicios que hacen parte del alcance de la Orden de Compra, lo cual incluye sin limitarse, todo lo relacionado con plazos de entrega, especificaciones técnicas, funcionamiento, garantías, sanciones por incumplimiento y aspectos operacionales.
2.12. El Proveedor deberá prestar los servicios con el máximo cuidado, teniendo en cuenta el estado actual de la ciencia y la tecnología, para lograr el mejor resultado posible. El Proveedor deberá cumplir con las especificaciones de YUNEX y notificará a YUNEX sin demora indebida si, en opinión del Proveedor, son posibles cambios en los servicios contractuales que conduzcan a una mejora.
2.13. El Proveedor tendrá libertad en la prestación de sus servicios y en la asignación del tiempo de trabajo. El Proveedor sólo prestará los servicios contractuales en las instalaciones de YUNEX en la medida en que sea absolutamente necesario para la correcta ejecución de la orden y así se haya acordado previamente por escrito. En este caso, YUNEX pondrá a disposición del Proveedor locales adecuados.
2.14. Si las partes acuerdan que el Proveedor encargará el transporte de entregas que contengan mercancías peligrosas por cuenta de YUNEX, el Proveedor estará obligado a proporcionar al transportador designado por YUNEX los datos sobre mercancías peligrosas requeridos de conformidad con las disposiciones legales cuando se realiza la orden de transporte. En estos casos, el Proveedor también será responsable del embalaje, etiquetado, marcado, etc. del modo o modos de transporte utilizados de conformidad con la ley.
2.15. Siempre que aplique la “orden de compra” emitida por Yunex declará el termino INCOTERMS® en su ultima versión que definirá el traspaso de responsabilidad de la mercancía del proveedor hacia Yunex. Regulación internacional lanzada por la Camara de comercio Internación (ICC).
3. RECHAZO DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS
3.1. El proveedor está obligado a suministrar bienes o servicios de calidad, a garantizar la calidad de los materiales empleados para la ejecución de la Orden de Compra, así como, deberá conocer, cumplir y firmar el documento “ Código de conducta de Yunex” definido por YUNEX.
3.2. Los insumos, elementos, procesos, productos y/o servicios, deben cumplir las condiciones técnicas de suministro, planos, normas y en general, los requisitos definidos por YUNEX para la ejecución de la Orden de Compra. En caso de que el proveedor incumpla alguno de estos requisitos, YUNEX podrá emitir una No Conformidad, por lo cual el proveedor está obligado a iniciar acciones correctivas inmediatas, así como, deberá dar respuesta por escrito, en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles de recibida la No Conformidad, informando las acciones correctivas implementadas, el análisis de causas y plan de acción derivados del incumplimiento tal como se define en el “Manual de Gestión integral de proveedores y contratistas”. En los casos en que YUNEX haya incurrido en costos no planificados por la ocurrencia del incumplimiento, estos Costos de No Conformidad deberán ser asumidos por el proveedor.
3.3. En el evento que YUNEX rechace, formule observaciones y/o emita No Conformidades a los productos entregados o a los servicios suministrados, el proveedor deberá ejecutar nuevamente las actividades o entregar los productos, incorporando o resolviendo las fallas dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al informe de las observaciones realizadas por YUNEX. Este plazo no podrá entenderse como un plazo xx xxxxxx o prórroga para el cumplimiento de las obligaciones en xxxx.
3.4. Si finalizado el plazo anterior, el proveedor se abstiene de resolver satisfactoriamente las observaciones efectuadas por YUNEX, YUNEX podrá imponer las sanciones previstas en estas Condiciones Generales de Compra.
4. IMPUESTOS
Todo tributo directo o indirecto del orden nacional, departamental, distrital o municipal que se cause durante el plazo de vigencia y ejecución de la Orden de Compra, previsto o no por el proveedor, será por cuenta y riesgo exclusivo del proveedor y no causará reembolso alguno por YUNEX. Igualmente, el proveedor atenderá toda nueva disposición y/o cualquier modificación que dentro del régimen legal tributario se produzca.
5. DOMICILIO CONTRACTUAL
Para todos los asuntos extrajudiciales, las partes señalan como domicilio la ciudad de Bogotá D.C. Para los demás, la competencia se determinará de conformidad con la ley vigente.
6. RETENCIÓN EN GARANTÍA
Solo aplicará cuando sea acordado desde la Orden de Compra y/ó contrato y siempre y cuando en el contrato quede estipulado por su valor y duración, el proveedor consiente que YUNEX retenga un importe correspondiente al cinco por ciento (5%) del valor de cada factura o cuenta de cobro a que tenga derecho el proveedor bajo la Orden de Compra. Este valor será retenido por YUNEX en garantía del cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Orden de Compra. Por consiguiente, la totalidad de las sumas retenidas únicamente será pagada al Proveedor dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha en que YUNEX y el proveedor suscriban conjuntamente el acta de recibo a satisfacción definitiva de la Orden de Compra, sin que haya lugar al pago de intereses o de indexación de ningún tipo a favor del proveedor.
7. FACTURACIÓN DE LAS COMPRAS
7.1. Todas las facturas deben indicar el número de la Orden de Compra y el número de la Entrada de Servicios (100*) o la Entrada de la Recepción de la Mercadería (500*), en el campo referencia y deberán cumplir los requisitos estipulados en el Código de Comercio, en el Estatuto Tributario Colombiano y los requisitos definidos por YUNEX respecto a la radicación de facturas, que se informa una vez se emite la OC hacia el proveedor. En caso de no reunirse los requisitos de las normas mencionadas, YUNEX devolverá la factura y se abstendrá de hacer el pago hasta tanto se cumpla con tales disposiciones.
El proveedor deberá radicar las facturas según las fechas e instrucciones informadas en él comunicado formal que envie Yunex Traffic via correo electrónico.
7.2. Las facturas electrónicas, cuentas de cobros o documentos equivalentes deben ser enviadas al siguiente correo electrónico corporativo: xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxx.xxx@xxxxxxxxxxxx.xxx
7.3. Para que el proveedor pueda emitir la factura correspondiente a YUNEX, esta debe incluir el número de Entrada de Servicios/Mercancía que permita su radicación asociada a su orden de compra. Para emitir este número se requiere que el proveedor proporcione a YUNEX los siguientes soportes:
a. Documento soporte de entrega de la mercancía o servicio debidamente firmada por el funcionario de YUNEX encargado de la recepción de los materiales o servicios, indicando el número de la Orden de Compra correspondiente.
b. Documento firmado por el representante legal del proveedor, o por su revisor fiscal cuando por ley esté obligado a tener este último, que acredite el cumplimiento de las obligaciones del proveedor para con los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones, aportes a las Cajas de Compensación Familiar, ICBF, SENA y demás parafiscales, durante los seis (6) meses anteriores a la fecha de facturación o durante el tiempo de vigencia de la Orden de Compra De acuerdo a su aplicación o condiciones pactadas en su contrato
c. Pólizas de seguros actualizadas, garantías bancarias cuando sean aplicables.
d. El proveedor tendrá un plazo máximo para radicar su factura una vez realizada la entrega del bien, o prestación del servicio no mayor a 60 días calendario. Una vez transcurrido este plazo no se aceptarán cobros posteriores.
PARÁGRAFO 1.- Los pagos de las órdenes de compra que expida YUNEX se realizarán los días diez (10) y veinticinco (25) de cada mes o el día hábil siguiente, en pesos colombianos (COP) incluyendo el 100% del valor del IVA correspondiente, previa presentación de la factura correctamente elaborada.
PARÁGRAFO 2.- La fecha de pago se efectuará de acuerdo con las condiciones acordadas durante el periodo de negociación tomando como base la fecha de la radicación de la factura por el proveedor y su debida aceptación por parte de YUNEX. En todo caso, la oportunidad en los pagos depende única y exclusivamente del proveedor. YUNEX efectuará el pago a través de transferencia electrónica, únicamente a una cuenta de ahorros o corriente a nombre del proveedor sobre tipo de cuenta (ahorros, corriente), número de cuenta e información tributaria. A todos los pagos pactados se les efectuarán las retenciones xx xxx vigentes, aplicable a este tipo de negocios jurídicos en el momento del pago.
PARÁGRAFO 3.- En caso de que YUNEX pague al Proveedor sumas de dinero no debidas en virtud de la Orden de Compra, el proveedor se obliga a inmediatamente avisar a YUNEX acerca de dicho pago de lo no debido y a
reembolsar a YUNEX los valores correspondientes dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que tuvo lugar el pago de lo no debido. Transcurrido este plazo sin que el proveedor hubiera hecho el reembolso a YUNEX, el proveedor será considerado un poseedor de mala fe con respecto a las sumas no debidas y deberá pagar a YUNEX intereses xx xxxx a la tasa máxima legal por cada día en que se demore en hacer el reembolso, sin perjuicio del derecho de YUNEX a iniciar las acciones legales a que haya lugar.
PARÁGRAFO 4.- Los pagos no podrán ser considerados como una aceptación parcial o definitiva de los bienes o servicios que hacen parte del alcance de la Orden de Compra, ni como una renuncia de los derechos de YUNEX bajo estas Condiciones Generales de Compra.
PARÁGRAFO 5.- Con todo y sin limitar las facultades que al respecto se confieren al PROVEEDOR por la legislación vigente, éste se compromete a informar a Yunex con al menos 30 días de antelación respecto al vencimiento de su factura de cualquier cesión, indicando las empresas de factoring con las que pretende operar y deberá enviar la documentación solicitada por Yunex para la creación como proveedor y verificación de información en el sistema de Yunex para el respectivo pago. En caso de no cumplimirse con informar a Xxxxx y entrega de documentación oportunamente se mantendrán las condiciones de pago pactadas inicialmente. El proveedor velará porque las facturas que ceda se encuentren aceptadas en todo sentido por YUNEX. YUNEX no pagará al PROVEEDOR ni a terceros cesionarios montos que correspondan a facturas que no hayan sido aceptadas por YUNEX conforme a la normativa aplicable. La no realización de lo indicado precedentemente en este párrafo será considerada como un incumplimiento contractual grave. En caso de que él PROVEEDOR reciba el pago de una factura que haya cedido por parte de YUNEX, deberá restituir el dinero en cuestión a ésta última en no más de 5 días hábiles. En caso de no devolver el dinero en ese plazo, pagará una multa equivalente al 100% del valor del monto que se deba restituir por cada día de atraso, sin perjuicio de todos los demás derechos que a YUNEX correspondan por el asunto.
8. GARANTÍAS Y SEGUROS
El proveedor acepta incorporarse al Programa de Mitigación de Riesgos de Negocio adoptado por YUNEX, en virtud del cual YUNEX se constituirá como tomador y asegurado y beneficiario, las pólizas descritas a continuación, a través de una Compañía de Seguros legalmente establecida en Colombia, a efectos de constituir el proveedor como afianzado:
Amparos | Suma asegurada* | Cobertura de la póliza |
Seriedad de la oferta | 10% | Tiempo de vigencia de la oferta que Yunex exija al proveedor. |
Cumplimiento del contrato | 20% | Durante el término del contrato hasta su liquidación. |
Buen manejo del anticipo | 100% del valor del anticipo | Durante el término del contrato hasta su liquidación. |
Estabilidad de obra | 30% | Durante cinco años contados a partir del acta de recibo a satisfacción de la obra. |
Calidad de servicio y/o correcto funcionamiento de los equipos | 20% | Se acordará entre las partes. El término será contado a partir del acta de recibo a satisfacción de los equipos o servicios. |
Provisión de repuestos | 10% | Se acordará entre las partes. |
Pago de salarios y prestaciones sociales | 10% | Durante el término del contrato y tres años a la terminación de este. |
Responsabilidad civil y daños a terceros | 10% | -Valor asegurado: 30% del valor del contrato. Sin que este valor sea inferior a $300.000.000. -Vigencia de la póliza: Igual al plazo de ejecución del contrato. -Subamparos: *Gastos médicos al 20% del PLO. *Contratistas. y subcontratistas: 100% PLO. *Vehículos: 100% PLO. *Patronal: 50% PLO. * Cruzada: 50% PLO. |
El proveedor entregará a la Compañía de Seguros elegida, los documentos e información requeridos para la expedición de las pólizas ó garantía bancaríadentro de los tres (3) días calendario contados a partir de la fecha de expedición de la Orden de Compra o contrato. Las pólizas ó garantias a expedir serán descritas en la cabecera de la Orden de compra de acuerdo con tipo y alcance de la misma.
PARAGRAFO 1.- En atención a la obligación del proveedor de presentar los documentos que sean requeridos para la constitución de la póliza, éste se hará responsable civil y penalmente por la veracidad de los mismos y se obligará a indemnizar a YUNEX por cualquier perjuicio que se pueda derivar de la presentación de los mismos, en especial, por el incumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del contrato de seguro, incluidas pero sin limitarse a las objeciones que la Compañía de Seguros pueda alegar por la reticencia o inexactitud en la declaración del estado real del riesgo, así como cualquier otra que le corresponda.
PARAGRAFO 2.- La contratación de las pólizas ó garantía a la que se refiere la presente cláusula por parte de YUNEX no exonera al Proveedor de su obligación de indemnizar a éste por todos los perjuicios derivados del incumplimiento de la Orden de Compra que no fuesen cubiertos por las pólizas mencionadas o en exceso de estas.
PARÁGRAFO 3.- El proveedor exigirá a sus subcontratistas las mismas coberturas constituidas para YUNEX bajo el presente programa. El proveedor será el único responsable por deficiencias en la cobertura de los seguros. Todos y cada uno de los deducibles en las pólizas de seguro serán asumidos por el proveedor bajo su exclusiva responsabilidad y riesgo.
PARÁGRAFO 4.- El proveedor se compromete a pagar oportunamente por su propia cuenta y riesgo, el monto total de las primas que se causen con ocasión de la expedición de las pólizas, así como las que se causen posteriormente con motivo de modificaciones, renovaciones, prórrogas o cualquier otro anexo que deba expedirse con fundamento en cambios, ajustes o modificaciones a la póliza. Dicho pago deberá hacerse por parte del proveedor a favor de la Compañía de Seguros en un solo contado, lo anterior en consideración a que la xxxx en el pago de la prima genera la terminación automática del Contrato de Seguro. El proveedor deberá entregar a YUNEX el recibo de caja o comprobante de pago emitido por la Compañía de Seguros que expida las pólizas a más tardar dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha de la firma del Contrato o expedición de la Orden de Compra correspondiente, o de la modificación a la misma, si este fuera el caso.
PARÁGRAFO 5.- En el evento que por cualquier causa el proveedor no pueda incorporarse al Programa de Mitigación de Riesgos de Negocio de YUNEX, el proveedor se obliga y se compromete a tomar y constituir a favor de YUNEX, por conducto de una Compañía de Seguros legalmente establecida en Colombia y aceptable para YUNEX, una póliza con los mismos amparos, vigencias, condiciones generales y valores asegurados aludidos en la presente cláusula, en la que YUNEX figure como beneficiario y el proveedor ostente la calidad de tomador y garantizado. ÉL PROVEEDOR deberá adjuntar a dicha póliza el recibo oficial de pago.
En este evento, las siguientes cláusulas se deberán incluir en la carátula de las pólizas:
♦ No aplicación de cláusula de proporcionalidad.
♦ No terminación del contrato de seguro por mora en el pago de la prima.
♦ La Compañía de Seguros no podrá modificar los términos o revocar las pólizas contratadas sin el previo consentimiento de YUNEX dado por escrito con treinta días (30) de antelación a la fecha de modificación o revocación.
PARÁGRAFO 6.- El proveedor deberá contratar y mantener vigente las pólizas por el término de duración de la Orden de Compra o el contrato más el tiempo adicional que se declaré según aplique. En caso de que el proveedor
no presente estas, XXXXX tendrá la facultad de contratarlas con cargo al Proveedor o de terminar unilateralmente de pleno derecho la Orden de Compra por culpa del proveedor.
PARÁGRAFO 7.- El proveedor renuncia a la facultad de revocación unilateral de las pólizas que contrate en cumplimiento de la Orden de Compra.
9. OBLIGACIONES EN MATERIA LABORAL, DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MEDIO AMBIENTE Y CALIDAD
El proveedor se obliga a cumplir las siguientes obligaciones en Materia Laboral y de Seguridad Social ,, sin perjuicio de todas las demás obligaciones que esté obligado a cumplir bajo la normatividad aplicable, pactos o convenciones colectivos, a las cuales esté sujeto:
a. Cumplir con sus obligaciones para con el sistema de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, ICBF, SENA u otros, en relación con los trabajadores, personal y/o dependientes vinculados para la ejecución de la Orden de Compra o que participen en la ejecución de esta.
b. Conocer, cumplir y hacer cumplir a sus proveedores y subcontratistas, todas las disposiciones legales vigentes aplicables en materia de Medio Ambiente, Seguridad y Salud en el Trabajo y otros aplicables a la actividad económica.
c. Conocer, cumplir y hacer cumplir a sus proveedores y contratistas, todos los requerimientos y lineamientos en materia de Gestión Ambiental y de Seguridad y Salud en el Trabajo, establecidos tanto en el documento “Manual EHS de Contratistas y Proveedores” de YUNEX y sus anexos, así como en los lineamientos del Cliente Final, si aplica, de acuerdo con el alcance de los suministros o las actividades a desarrollar.
d. Contar con una calificación mayor o igual al 61% de la evaluación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo certificado por la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) a la cual se encuentre afiliado.
e. Garantizar que cuenta con un responsable del Sistema de Gestión de la empresa de acuerdo con los requisitos normativos en Riesgos Laborales y Medio Ambiente.
f. Designar a quien actuará como su representante o interlocutor frente a YUNEX en el desarrollo de la Orden de Compra para todos los temas relacionados con la Gestión Ambiental y de Seguridad y Salud en el trabajo.
g. YUNEX se reserva el derecho de solicitar al Proveedor en cualquier momento el reemplazo de los trabajadores y/o dependientes del proveedor que no estén adecuadamente entrenados o capacitados, y el proveedor se compromete a reemplazarlos en cuanto YUNEX así se lo solicite por escrito.
h. El personal, trabajadores y/o dependientes del proveedor no tiene ni adquirirá vínculo laboral alguno con YUNEX por razón de su participación en la ejecución de la Orden de Compra. Toda la responsabilidad derivada de los contratos de trabajo será exclusivamente del proveedor, el cual en todos los casos deberá mantenerme indemne a YUNEX frente a cualquier reclamación, multa, sanción, queja o demanda presentada por el personal, trabajadores o dependientes del proveedor.
i. El proveedor autoriza a YUNEX para que de los saldos a favor del proveedor, YUNEX retenga y pague las sumas a que hubiera lugar para atender cualquiera de sus obligaciones laborales y parafiscales (salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones, aportes a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, ICBF, SENA u otros) que no haya satisfecho debida y oportunamente en relación con los trabajadores que ocupe en la ejecución de la Orden de Compra. Dicha autorización comporta una subrogación anticipada a favor de YUNEX de los dineros en cuestión, a efectos de que pueda disponer de los mismos. Sobre el valor de las acreencias que cancele YUNEX, se le cargará al Proveedor un diez por ciento (10%) a favor de YUNEX por conceptos de gastos de administración.
j. Cumplir la normatividad laboral aplicable en materia de turnos de trabajo y descaso de su personal. En ese sentido, a solicitud de YUNEX, el proveedor informará la duración de los turnos de trabajo y de descanso de todo el personal.
k. YUNEX se reservará el derecho de realizar auditorías al Proveedor con el fin de verificar el cumplimiento de las normas y derechos laborales, constitucionales y legales de los trabajadores, para lo cual podrá solicitar al Proveedor toda la documentación necesaria que respalde el cumplimiento de tales obligaciones.
l. Los trabajadores y/o dependientes del proveedor que desarrollen actividades, bajo el marco de la ejecución de la Orden de Compra, dentro de las instalaciones de YUNEX o en general, dentro de toda obra, instalación del cliente y/o sitio de proyecto/servicio, deben cumplir con la normativa legal vigente en riesgos laborales,
ambientales, así como las definidas por XXXXX según lo descrito en el “Manual EHS de Contratistas y Proveedores”
m. El proveedor será el único responsable de la Gestión Ambiental en sus procesos, incluyendo el manejo y disposición final de los residuos sólidos y/o líquidos que se generen durante la ejecución de la Orden de Compra, de conformidad con la legislación vigente.
n. En caso de que se origine algún impacto ambiental por el transporte, manejo y/o disposición de residuos, el proveedor será el único responsable de los daños y perjuicios que se generen por la mitigación del impacto ambiental correspondiente, debiendo, en todo caso, mantener indemne a YUNEX de cualquier reclamación o demanda de terceros.
o. Durante la ejecución del contrato, el proveedor se compromete a mantener las instalaciones donde se realicen los trabajos en completo orden y aseo, obligándose, además, a separar sus residuos en la fuente.
p. El proveedor debe desarrollar las medidas necesarias para impedir la producción, utilización, importación y exportación de las sustancias prohibidas por su toxicidad inmediata o crónica y su peligro al medio ambiente, salud humana, flora y fauna, listadas en el Convenio de Estocolmo. Como medida complementaria YUNEX ha desarrollado un listado de sustancias para ser evitadas por sus proveedores y los límites de concentración permisibles de las mismas (Ver “Manual EHS de Contratistas y Proveedores”). En caso de requerirse el uso de alguna de las sustancias contempladas en el listado ubicado en el link: xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx/xxxx, el proveedorel proveedor está en la obligación de declarar el uso, manejo y disposición de las sustancias o materias primas catalogadas como peligrosas en el link: xxxxx://xxxxxxxxxxxxx.xxx ademas cumplir con la normatividad nacional vigente.El proveedor está obligado a mantener un sistema de gestión de calidad (p.ej., de conformidad con la DIN EN ISO 9001).
10. SANCIONES Y PENALIDADES
10.1. En caso xx xxxx o de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo del proveedor, YUNEX podrá, por cada situación o hecho constitutivo de incumplimiento o por cada día en que tal incumplimiento se prolongue, cobrar multas sucesivas equivalentes al cero punto cinco por ciento (0,5%) del valor de la Orden de Compra, sin que el total de multas impuestas exceda el quince por ciento (15%) del valor de la Orden de Compra incumplida.
10.2. En caso de que se alcance el límite de multas establecido en la Cláusula 10.1 anterior, YUNEX podrá adicionalmente imponer y cobrar al Proveedor una penalidad en dinero equivalente al quince por ciento (15%) del valor de la Orden de Compra incumplida.
PARÁGRAFO 1.- Por el pago de las sanciones aquí pactadas, no se entenderán extinguidas las obligaciones emanadas de la Orden de Compra. Adicionalmente, YUNEX podrá exigir a la vez al Proveedor el pago de las sanciones (multas y/o penalidad) y la indemnización de perjuicios correspondiente.
PARÁGRAFO 2.- El valor de las multas y de la penalidad podrá ser tomado y/o compensado directamente por YUNEX del valor adeudado al Proveedor si lo hubiere, o de las garantías constituidas, así como de la retención en garantía. Si esto no fuere posible se cobrarán por vía ejecutiva, para lo cual constituye título ejecutivo el presente documento y la Orden de Compra correspondiente.
PARÁGRAFO 3.- El proveedor renuncia desde ahora expresamente a las formalidades del requerimiento judicial para ser constituido en xxxx por incumplimiento de las obligaciones que contrae con la Orden de Compra y de los documentos que la integran.
PARÁGRAFO 4.- Previo a la imposición de las multas y penalidades, se seguirá el siguiente procedimiento:
1. YUNEX informará al Proveedor sobre la procedencia de una multa x xxxx pecuniaria, así como su cuantía.
2. El proveedor podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, aclarar o controvertir la procedencia o la cuantía de la multa o penalidad, acompañando para el efecto los documentos que soporten su posición.
3. YUNEX decidirá, previa consideración de la respuesta dada por el proveedor sobre la procedencia de la multa o penalidad.
11. INDEMNIDAD DE YUNEX
El proveedor garantiza a YUNEX total indemnidad en relación con los actos u omisiones del proveedor o su
personal, trabajadores, subcontratistas y/o dependientes durante la ejecución de sus actividades. El proveedor
ejecutará todas las acciones que crea pertinentes para ejecutar la Orden de Compra, bajo su exclusiva responsabilidad y riesgo. El proveedor se obliga a rembolsar de inmediato a YUNEX cualquier suma de dinero que ésta se viere obligada a pagar por tales motivos. El proveedor responderá por cualquier daño personal, material, patrimonial o extrapatrimonial que llegaren a causar su personal, trabajadores, subcontratistas y/o dependientes a terceros o a YUNEX durante la ejecución de la Orden de Compra y que por cualquier motivo hayan reclamado dichos terceros a YUNEX bien sea durante la ejecución de la Orden de Compra y/o después del acta de recibo a satisfacción definitiva de la Orden de Compra. Igualmente, el proveedor responderá ante YUNEX por el uso legal de la propiedad intelectual (derechos de autor y propiedad industrial) de los bienes que venda, suministre o utilice, así como de los servicios que preste a YUNEX.
12. TERMINACIÓN
La Orden de Compra quedará terminada de pleno derecho y sin necesidad de intervención judicial por las siguientes causas:
a. La muerte del proveedor si es persona natural o la disolución de la sociedad cuando sea el proveedorpersona jurídica.
b. La incapacidad financiera del proveedor que se presume cuando es declarado en quiebra, o incumplemasivamente sus obligaciones laborales o incurre en cesación parcial o total de pagos a sus acreedores.
c. Cuando el proveedor incumpla las condiciones estipuladas en estas Condiciones Generales de Compra o en la Orden de Compra, o sea incompetente para desarrollarlas.
d. Cuando el proveedor incurra en acciones u omisiones que deterioren o afecten la confianza en él depositada o el buen nombre de YUNEX, con motivo de la ejecución de sus actividades.
e. En caso de que YUNEX detecte cualquier anomalía o irregularidad en la ejecución de la Orden de Compra.
f. En cualquier momento, cuando el proveedor incumpla las normas del Código de Conducta paraProveedores de YUNEX.
g. Cuando existan obstáculos derivados de prescripciones nacionales o internacionales del derecho de comercio exterior, embargos (y/o otras sanciones) que impidan el cumplimiento por parte del proveedor, tales como cuando el proveedor se encuentre reportado en la lista de sancionados “Sanctioned PartiesScreening” (Lista Xxxxxxx) u otras listas de naturaleza similar.
h. Por no cumplir el proveedor con las disposiciones laborales o de seguridad social, o con normas reglamentarias de las mismas.
i. En cualquier momento, mediante una comunicación escrita dirigida por YUNEX al Proveedor con mínimotreinta (30) días calendario de anticipación, sin lugar al pago de indemnización alguna. En todo caso, YUNEX pagará al Proveedor el valor de los bienes entregados y/o servicios prestados a satisfacción, hastala fecha en que sea efectiva la terminación.
j. También podrán el proveedor y YUNEX convenir por mutuo acuerdo la terminación de la Orden de Compra.
13. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
El proveedor no podrá ceder total o parcialmente la Orden de Compra ni subcontratar la ejecución de una o varias de las actividades a su cargo, salvo que YUNEX lo autorice previamente de manera expresa y por escrito.
PARAGRAFO. - La Orden de Compra emitida por YUNEX podrá ser cedida libremente por YUNEX a cualquier sociedad que tenga la condición de filial, subordinada o subsidiaria de YUNEX GmbH (Alemania), sin que paraello se requiera autorización previa por parte del proveedor.
14. AUDITORÍA
El proveedor se obliga a guardar, conservar y poner a disposición de YUNEX, todos los comprobantes, registros, libros y correspondencia relacionados con la ejecución de la Orden de Compra, durante el plazo de ejecución de esta y cinco (5) años más. Durante dicho plazo, XXXXX queda expresamente facultada para solicitar y revisar sus libros de contabilidad, correspondencia, registros, y demás documentos relacionados con la Orden de Compra emitida, con el propósito de verificar la exactitud de las cuentas y transacciones relativas a la misma.
15. ÉTICA Y RESPONSABILIDAD CORPORATIVA DEL PROVEEDOR
15.1. Las partes contratantes declaran que en la ejecución de la Orden de Compra ejercerán todos los controles necesarios para dar cumplimiento a las normas y principios de la buena fe contractual, la sana competencia y la ética empresarial. Igualmente, el proveedor declara conocer y se obliga a cumplir la normativa legal y corporativa contra el terrorismo y las normas del Código de Conducta para Proveedores de YUNEX, las cuales forman parte integral de las presentes Condiciones Generales de Compra. El Proveedor se asegurará de que sólo se despliegue para la prestación de los servicios contractuales personal que no esté incluido en las listas de sanciones pertinentes. Esto se aplica en particular a la "Lista Consolidada de Sanciones Financieras" (CFSL) de la Unión Europea, las listas publicadas por el Departamento de Comercio de los EE.UU. (Oficina de Industria y Seguridad B.I.S.) y el Departamento xxx Xxxxxx de los EE.UU. (Oficina de Control de Activos Extranjeros OFAC ).
15.2. En caso de que YUNEX lo requiera (esto no llegará a ser más de una vez al año), el proveedor deberá enviar a YUNEX: (i) una auto revisión en el formato suministrado por XXXXX, o en su defecto, (ii) un reporte escrito aprobado por YUNEX describiendo las acciones tomadas o a tomar que aseguren el fiel cumplimiento del Código de Conducta para Proveedores de YUNEX.
15.3. Representantes de YUNEX o terceros autorizados por XXXXX y con el consentimiento del proveedor, estarán autorizados (mas no obligados) a realizar inspecciones que constaten que el proveedor cumple con el Código de Conducta para Proveedores de YUNEX.
15.4. Las inspecciones podrán tener lugar una vez recibida la respectiva notificación escrita por parte de YUNEX y durante los horarios normales de trabajo.
15.5. Las inspecciones siempre estarán amparadas en la ley de protección de la información y no interferirán en las labores cotidianas del negocio del proveedor, así como no violentará y mantendrá el espíritu de confidencialidad. El proveedor deberá cooperar de la mejor manera, con las inspecciones.
15.6. En caso de que el proveedor incumpla con el Código de Conducta para Proveedores de YUNEX o se niegue a la inspección descrita en esta cláusula y si luego de notificar al Proveedor y otorgarle la oportunidad de enmendar la situación, este se negare, YUNEX podrá dar por terminada unilateralmente la Orden de Compra que se encuentre en ejecución, sin lugar al pago de indemnización alguna. Los incumplimientos pueden ser -sin ser los únicos-, trabajo de menores, corrupción y daño al medio ambiente. La oportunidad de enmendar no deberá recaer en violación de los derechos y principios, así como no deberá considerar el trabajo de menores y/o la violación al Código de Conducta para Proveedores de YUNEX y la protección del medio ambiente.
16. CONFIDENCIALIDAD
El proveedor se obliga a que la información que le sea entregada o revelada por XXXXX para la ejecución de la Orden de Compra será manejada como confidencial y sólo podrá ser utilizada para la ejecución de la Orden de Compra respectiva. La violación de la confidencialidad o el uso indebido de la información causará el derecho a favor de YUNEX de reclamar todos los perjuicios a que haya lugar y de aplicar las sanciones correspondientes en contra del proveedor, sin perjuicio del derecho de YUNEX de acudir también ante el juez competente para solicitar las medidas cautelares que resulten pertinentes. No se considerará violación de la confidencialidad cuando la información deba ser entregada a autoridad competente por solicitud de esta, o cuando sea de conocimiento público por causas no imputables a la parte receptora de la información. El proveedor no adquiere derechos de propiedad o disposición respecto de la información revelada por YUNEX.
17. CONTROL DE EXPORTACIONES
17.1. Para todos los suministros a ser despachados, o los servicios a ser prestados, a YUNEX, en el marco de este contrato, el proveedor deberá dar cumplimiento a todas las regulaciones relativas al control de exportaciones, aduaneras y de comercio exterior aplicables (en adelante, las “Regulaciones de Comercio Exterior”) sean nacionales y/o internacionales. Asimismo, se compromete a gestionar y obtener a su cargo, todas las licencias de exportación o importación que puedan ser necesarias, salvo que según las Regulaciones de Comercio Exterior este trámite corresponda ser gestionado por el Comprador u otra parte involucrada.
17.2. El proveedor enviará a YUNEX en forma inmediata, no pudiendo superar un plazo de 10 días desde la fecha de despacho, toda la información documentada que necesita el Comprador para el cumplimiento de las Regulaciones de Comercio Exterior en caso de importación o exportación, así como también en el caso
de reventa al extranjero del material o del servicio. En todos los casos, el proveedor deberá informar para cada Suministro o Servicio, lo siguiente: (a) el número ECCN (Export Control Classification Number) según el listado del US Commerce Control List (CCL), en caso de que el producto o servicio esté afectado por la regulaciones de exportación de los Estados Unidos; (b) si resulta aplicable, el número de licencia de exportación que aplica; (c) el número estadístico aduanero según el Harmonized System Code (HS) vigente para las estadísticas de Comercio exterior; (d) el país de origen; (e) a solicitud del Comprador, la Declaración del proveedor referente al origen preferencial (en caso de proveedor europeo) o Certificado de Origen (en caso de proveedor no europeo, MERCOSUR o ALADI (Información de Control de Exportación y Comercio Exterior)).
17.3. En el caso de haber cambios o modificaciones en el país de origen o en las características de los productos o de las Regulaciones de Comercio Exterior, el proveedor deberá enviar por escrito al Comprador la información actualizada de Control de Exportación y Comercio Exterior lo antes posible, no pudiendo superar un plazo de 10 días desde la fecha de despacho. El proveedor asumirá todos los gastos adicionales y daños y perjuicios ocasionados al Comprador por causa de errores o del envío de información errónea respecto a las Regulaciones de Comercio Exterior.
17.4. YUNEX no estará obligada a cumplir el presente contrato en caso de existir cualquier impedimento derivado de regulaciones nacionales y/o internacionales de comercio exterior y/o aduaneras o cualquier embargo internacional u otras sanciones.
17.5. Siempre que la “orden de compra” implique proceso de aduanas para Yunex, el proveedor deberá notificar con al menos 10 días antes del despacho (país de origen) la documentación que acompañará la mercancía en su tránsito internacional para revisión y aprobación. Dicha documentación será base para gestión de aduanas en el país destino según apliquen condiciones INCOTERMS® .
18. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
En el caso de presentarse diferencias, conflictos o disputas relacionados con la interpretación, ejecución, cumplimiento o terminación de la Orden de Compra que no pudieren arreglarse directamente entre las partes en un plazo no mayor a treinta días calendario, estas serán sometidas a la decisión de la justicia ordinaria.
19. INCUMPLIMIENTO EN GESTIÓN AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
19.1. Las obligaciones en materia de gestión ambiental, seguridad y salud en el trabajo serán asumidas exclusivamente por el proveedor contratado debiendo, en todo caso, mantener indemne a YUNEX de cualquier reclamación o demanda de terceros.
19.2. En caso de incumplimiento con las obligaciones en materia de Gestión Ambiental y de Seguridad y Salud en el Trabajo establecidas en este documento, el proveedor debe indemnizar todos los daños que cause su incumplimiento y deberá mantener indemne a YUNEX por todo concepto, incluyendo, pero no limitándose, a multas y/o sanciones de clientes finales o terceros por incumplimiento de estas obligaciones.
19.3. Adicionalmente, YUNEX podrá aplicar las sanciones establecidas en el “Manual EHS de Contratistas y Proveedores” y sus anexos.
19.4. En casos de terminación anticipada o suspensión por incumplimiento de obligaciones en materia de Gestión Ambiental y de Seguridad y Salud en el Trabajo, YUNEX podrá descontar los perjuicios y el valor en los que incurra para la culminación del alcance contratado o la ejecución por un tercero de las actividades suspendidas.
19.5. El proveedor se obliga durante la ejecución de la Orden de Compra a mantener el cumplimiento de los requisitos de Gestión Ambiental y de Seguridad y Salud en el Trabajo declarados al momento de su evaluación, en la presentación de su Oferta o la expedición de la Orden de Compra. En caso de no mantener su cumplimiento, YUNEX podrá, a su entera discreción, otorgar un tiempo de subsanación o dar por terminada la Orden de Compra, sin indemnización alguna. Para la aplicación de dichas alternativas bastará la comunicación de YUNEX.
19.6. Producto de la ejecución de la Orden de Compra y/o de las auditorías realizadas, YUNEX podrá calificar o evaluar el desempeño del proveedor en materia de Gestión Ambiental y de Seguridad y Salud en el Trabajo, conforme a lo descrito en el “Manual EHS de Contratistas y Proveedores” y sus anexos. El proveedor acepta que dichos resultados podrán ser tenidos en cuenta para la evaluación y calificación de futuros negocios jurídicos o para la terminación o aplicación de las acciones previstas en el presente documento. Si la auditoría fue causada por un incidente grave o deficiencias continuas o repetidas, como se define en
“Manual EHS de Contratistas y Proveedores” y sus anexos, los costos que se incurran para la ejecución de la auditoría correrán a cargo del proveedor.
20. SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
20.1. El proveedor deberá tener un marco de seguridad de la información propio que incluya, pero no limitado a, políticas de seguridad de la información, estándares y procesos, así como la gobernanza respectiva en línea con las Buenas Prácticas de Seguridad para proteger la confidencialidad, integridad y disponibilidad de contenido.
20.2. El proveedor deberá asegurarse de que su personal conozca y cumpla con su política, sus estándares y sus procesos de seguridad de la información, incluso mediante entrenamientos regulares obligatorios; garantizando así la idoneidad y competencias para el manejo de la información de YUNEX.
20.3. El proveedor deberá asegurarse de que cualquier información confidencial que sea compartida entre las partes estará protegida en alineación con los niveles de protección más fuertes basados en su política de seguridad de la información y las buenas prácticas de seguridad. Asimismo, deberá asegurar que el contenido no se pierda, destruya o altere y no sea accedido, ni se divulgue a otras personas no autorizadas mientras esté bajo su control o de cualquiera de sus subcontratistas.
20.4. El proveedor designará contactos competentes para YUNEX con respecto a la privacidad de los datos (si corresponde) y la seguridad de la información.
20.5. A petición de YUNEX, el proveedor deberá contribuir en las reuniones pertinentes ad hoc de Information Security (ISEC) o de forma periódica, según lo acordado entre ambas partes.
20.6. El proveedor deberá asegurarse de que el intercambio de información se dé con base en el nivel de protección que corresponda según sus Buenas Prácticas de Xxxxxxxxx y sólo se presente si su contenido es relevante para el objeto y ejecución del contrato.
20.7. El proveedor deberá borrar cualquier contenido de YUNEX tan pronto como ya no sea necesario su almacenamiento en relación con el objeto y ejecución del presente contrato, tanto de sistemas de tecnologías de la información (computadores, bases de datos, etc) y/o medios extraíbles (CD’s, DVD’s, memorias USB y discos) y/o documentos físicos destruidos de forma apropiada mediante destructoras de papel (trozos pequeños).
20.8. El proveedor deberá implementar tecnologías y procedimientos para minimizar el riesgo de acceso no autorizado a sistemas de IT relacionados con el objeto y ejecución del contrato de acuerdo con las Buenas Prácticas de Seguridad, teniendo en cuenta el concepto de autorización y siguiendo los principios de segregación de funciones, necesidad de conocimiento y menor privilegio. Asimismo, tendrá que deshabilitar los accesos a las personas que ya no estén autorizadas para acceder a la información de YUNEX y revisar y verificar regularmente los privilegios de acceso para todo su personal relevante.
20.9. El proveedor se compromete a cifrar la información transmitida y almacenada para la ejecución del contrato de acuerdo con las Buenas Prácticas de Seguridad, cuyos certificados criptográficos sólo se aceptarán xx xxxxxxx confiables.
20.10. El proveedor se compromete a minimizar y mitigar los riesgos en los sistemas de IT tales como virus, software malicioso, entre otros; mediante la instalación de programas de software licenciados que cuenten con soporte del fabricante permanentemente actualizados, sistemas de antivirus, contraseñas fuertes, detección y remediación de vulnerabilidades de seguridad en los sistemas de IT y eliminación de cualquier medida que ponga en riesgo la seguridad de la información.
20.11. El proveedor deberá monitorear y documentar, por los medios apropiados, su propio cumplimiento y el de sus subcontratistas con las obligaciones de seguridad de la información y protección de datos, las excepciones y los incidentes de seguridad en relación con el objeto del contrato.
20.12. El proveedor deberá garantizar que los eventos de seguridad se registren alineados con las Buenas Prácticas de Seguridad y que serán revisados o monitoreados de manera periódica por el proveedor, para identificar acciones inusuales y de seguridad de la información por los usuarios, administradores o cuentas técnicas.
20.13. El proveedor deberá establecer procesos y procedimientos de gestión de incidentes para tomar todas las medidas razonables necesarias para detectar, investigar y remediar cualquier Incidente de Seguridad, incluido el desastre. El proveedor notificará a YUNEX de inmediato, y en ninguna circunstancia en un tiempo superior a dos días, en caso de que descubra o razonablemente sospeche que ha ocurrido un Incidente de Seguridad. El proveedor deberá proporcionar a YUNEX información sobre los detalles del incidente de seguridad y sobre cualquier medida que pueda implementar YUNEX para mitigar los efectos que el
incidente de seguridad pueda tener en el contenido, interfaces de infraestructura, sistemas subsiguientes y aplicaciones (como medida provisional hasta que se solucione la causa raíz). En caso de cualquier Incidente de Seguridad que pueda afectar a YUNEX, el proveedor deberá remediar dichos incidentes inmediatamente. El derecho de YUNEX a reclamar daños y perjuicios no se verá afectado. El proveedor cooperará plenamente con YUNEX en la investigación de un incidente de seguridad y, a su propio costo, asistirá y cooperará con YUNEX en relación con las notificaciones o divulgaciones legalmente requeridas a las personas afectadas y/o autoridades gubernamentales.
20.14. El proveedor autoriza a YUNEX para realizar auditorías (por sí mismo o contratando un tercero independiente) de la siguiente naturaleza: a) Regulares: no más de una vez por año calendario. b) Basadas en incidentes, en caso de violaciones de seguridad o sospecha razonable de los requerimientos de ISEC x xx xxx. Dichas auditorías pueden incluir solicitar información escrita, confirmaciones y documentación o realizar visitas en sitio a los centros de datos donde se almacena y procesa el contenido y entrevistas en sitio con empleados del proveedor que operan en la ejecución y objeto del contrato. El proveedor deberá soportar de manera integral a YUNEX al respecto, en particular acompañando las medidas de auditoría en sitio y proporcionando declaraciones propias y certificados de terceros.
20.15. El proveedor debe remediar todos los hallazgos de auditoría en un tiempo razonable y en relación con su gravedad según lo establecido en los informes relacionados y sin costo alguno para YUNEX. Asimismo, deberá proporcionar una hoja xx xxxx que describa el calendario de remediación oportuna después del conocimiento de los hallazgos.
20.16. El proveedor utilizará para todo sistema de TI relevante para la ejecución del contrato monitoreo de la disponibilidad, así como soluciones de respaldo y recuperación y plan de recuperación de desastres de TI definido, documentado y regularmente probado de acuerdo con las Buena Prácticas de Seguridad. El proveedor debe tener y probar regularmente un plan de continuidad de negocio para garantizar los requisitos de disponibilidad de los bienes y/ o servicios en caso de un incidente de seguridad.
20.17. El proveedor deberá almacenar la información y contenidos y ejecutar el contrato sólo desde instalaciones (por ejemplo, centros de datos, centros de operaciones, fábricas) que protejan su confidencialidad, integridad y disponibilidad de acuerdo con las Buenas Prácticas de Seguridad. Esto incluye, entre otros, mecanismos adecuados de control de acceso físico, así como medidas de protección contra amenazas ambientales (por ejemplo, agua, fuego, vandalismo).
20.18. En caso de incumplimiento de los requerimientos de ISEC por parte del proveedor, YUNEX podrá notificar por escrito de manera predeterminada. Si el proveedor no ha podido remediar dicho incumplimiento dentro de los 30 días posteriores a la fecha de notificación, YUNEX puede terminar el contrato con efecto inmediato.
20.19. El proveedor deberá transferir al propietario de la información de YUNEX o a un tercero designado por YUNEX todos los contenidos relevantes en un formato acordado, siempre y cuando la relación comercial se disuelva. Todo el contenido de YUNEX (incluidas las copias y los borradores) que residan en los sistemas del proveedor o sus subcontratistas deberán ser eliminados en su totalidad y permanentemente una vez que haya sido validado por XXXXX como transferido satisfactoriamente (con su confirmación). Además, el proveedor devolverá una vez completada la cooperación (a menos que se acuerde lo contrario) todos los activos proporcionados por YUNEX para el objeto y ejecución del contrato.
21. LICENCIA DE USO DEL SOFTWARE
21.1. En el evento que los productos vendidos por el proveedor incorporen algún tipo de software, el proveedor le otorgará a YUNEX una licencia libre de regalías, perpetua y sublicenciable para usar dicho software en relación con los productos que YUNEX ha adquirido y con el fin de operar y mantener los mismos. YUNEX.
21.2. No se requerirá el consentimiento del proveedor para llevar a cabo la copia de seguridad (Backup) del software o con fines de archivo.
21.3. En caso de que los productos contengan software de código abierto, YUNEX podrá usar el software de código abierto de acuerdo con las condiciones de licenciamiento descritas en la documentación del producto. En el evento de conflicto entre las condiciones de licenciamiento del proveedor y las condiciones de licenciamiento del software de código abierto, las condiciones de licenciamiento del software de código abierto prevalecerán con respecto a las porciones o partes del software que sean de código abierto.
21.4. El Proveedor informará a YUNEX por escrito a tiempo, a más tardar al confirmar la orden, si las licencias de código abierto utilizadas por el Proveedor están sujetas al efecto copyleft que puede afectar a los productos de YUNEX si se utilizan según lo previsto. Este será el caso si las condiciones de licencia de los componentes de código abierto utilizados por el Proveedor requieren que los productos o trabajos de YUNEX derivados de ellos solo puedan distribuirse bajo las condiciones de la licencia de código abierto, p.ej. con divulgación de los textos originales. Si este es el caso, XXXXX tendrá derecho a revocar la orden dentro de las dos semanas siguientes a la recepción de la información completa.
21.5. Los resultados de los servicios prestados individualmente a YUNEX (en adelante, "Resultados") pasarán a ser propiedad de YUNEX en el momento de su creación, es decir, en su respectivo estado de procesamiento. El Proveedor mantendrá los resultados en custodia segura para YUNEX hasta su entrega. En la medida en que los Resultados estén protegidos por derechos de autor u otros derechos intransferibles y YUNEX no pueda convertirse en propietario de estos derechos por razones legales, el Proveedor otorgará a YUNEX el derecho exclusivo, transferible, sublicenciable, mundial, ilimitado en términos de contenido y tiempo, de utilizar, reproducir, modificar y, también en una forma procesada por él, hacer públicamente accesibles, publicar o explotar los Resultados por sí mismo o a través de terceros.
21.6. En la medida en que YUNEX y/o un tercero que tenga una relación contractual con YUNEX requiera métodos, procedimientos, herramientas de gestión, conceptos, ideas y otros conocimientos ("Know-How previo") desarrollados o adquiridos por el Proveedor para poder utilizar los resultados, el Proveedor por el presente concede a YUNEX el derecho de uso no exclusivo, transferible, ilimitado, mundial, ilimitado y gratuito sobre el Know-How Previo, que también incluye el derecho a sublicencia.
21.7. Si los resultados contienen invenciones, ideas o manifestaciones (diseños) protegibles, YUNEX tendrá derecho a solicitar derechos de propiedad industrial en cualquier país a su propia discreción y bajo su propio nombre, a mantener dichos derechos o a cancelarlos en cualquier tiempo. En la medida necesaria, el Proveedor ayudará a YUNEX a presentar la solicitud; el Proveedor se abstendrá de realizar cualquier acto que pueda obstaculizar la aplicación y explotación eficiente de los derechos por parte de YUNEX . Los derechos de propiedad que surjan de dichas aplicaciones pertenecerán a YUNEX.
21.8. A menos que se acuerde lo contrario en casos individuales, el Proveedor se abstendrá de ser nombrado autor en el marco de los resultados obtenidos.
21.9. El Proveedor se compromete a garantizar que cualquier invención o idea que surja en el curso de la prestación de los servicios será transferida a YUNEX sin costo alguno para YUNEX.
21.10. El Proveedor garantizará mediante contrato en relación con sus empleados, autónomos o terceros, en la medida en que haga uso de ellos en la prestación de servicios, que los derechos establecidos en las Cláusulas 21.5, 21.6 y 21.7 pertenezcan exclusivamente y por tiempo ilimitado a YUNEX y no se vean afectados por la terminación de los contratos entre el Proveedor y los terceros. De lo contrario, el Proveedor compensará a YUNEX por todos los daños y gastos que se deriven de los mismos, incluidos los costos de defensa legal razonable, e indemnizará a YUNEX en esta medida contra reclamaciones de terceros, a menos que el Proveedor no sea responsable de ello.
21.11. Si el Proveedor crea o adapta software para YUNEX, el Proveedor deberá entregar a YUNEX todos los documentos asociados, así como el código fuente y objeto.
21.12. El Proveedor, a petición de YUNEX apoyará al Comprador en la instalación del software creado/adaptado y le realizará mantenimiento al software. En la medida en que dichos servicios de soporte y mantenimiento no estén cubiertos por el contrato, YUNEX y el Proveedor acordarán la remuneración adecuada;
21.13. El Proveedor está obligado a utilizar métodos de desarrollo de software seguros y formatos de codificación que correspondan al estado del arte (p.ej., el estándar OWASP);
21.14. YUNEX tendrá derecho a inspeccionar el cumplimiento de las obligaciones en las locaciones pertinentes del Proveedor una vez al año sin dar motivos y, en caso de sospecha razonable de incumplimiento de estos Términos y Condiciones de Compra, en cualquier momento después del aviso previo razonable.
22. GARANTIA DE CALIDAD DE BIENES Y/O SERVICIOS
22.1. La garantía de calidad los bienes adquiridos y/o servicios encomendados por la Orden de Compra iniciará a partir de la firma del acta de recibo a satisfacción definitiva del alcance de la Orden de Compra.
22.2. Salvo que YUNEX acepte explícitamente pactar algo distinto con el proveedor, este garantizará hasta por dos (2) años el buen funcionamiento de los equipos vendidos y hasta por un (1) año la buena calidad de los servicios prestados. En ese sentido, YUNEX podrá reclamar al vendedor por cualquier defecto de funcionamiento que se presente durante el término de la garantía. El proveedor deberá indemnizar los perjuicios causados por cualquier defecto de funcionamiento que sea reclamado por YUNEX y que haya surgido durante el término de la garantía.
22.3. La garanta de calidad consistirá en responder por el buen estado del bien y/o la correcta prestación de los servicios y la conformidad de estos con las condiciones de idoneidad, calidad y seguridad legalmente exigibles o las acordadas con YUNEX, o las fijadas por el Cliente Final de YUNEX en aquellos casos en que YUNEX haya dado a conocer esas condiciones al Proveedor antes de la emisión de la Orden de Compra.
22.4. Además de la indemnización a que haya lugar, corresponden a la garantía de calidad las siguientes obligaciones a cargo del proveedor:
22.5. Reparación totalmente gratuita de los defectos del bien, así como su transporte, de ser necesario, y el suministro oportuno de los repuestos. Si el bien no admite reparación, se procederá a su reposición o a la devolución del dinero.
a. En caso de repetirse la falla y atendiendo a la naturaleza del bien y a las características del defecto, a elección de YUNEX, se procederá a una nueva reparación, la devolución total o parcial del precio pagado o al cambio parcial o total del bien por otro de la misma especie, similares características o especificaciones técnicas, las cuales en ningún caso podrán ser inferiores a las del producto que dio lugar a la garantía.
b. En los casos de prestación de servicios, cuando haya incumplimiento se procederá, a elección de YUNEX, a la prestación del servicio en las condiciones en que fue contratado o a la devolución del precio pagado.
c. Suministrar las instrucciones para la instalación, mantenimiento y utilización de los productos de acuerdo con la naturaleza de estos.
d. Disponer de asistencia técnica para la instalación, mantenimiento de los productos y su utilización, de acuerdo con la naturaleza de estos. La asistencia técnica podrá tener un costo adicional que se pactará con YUNEX.
e. Contar con disponibilidad de repuestos, partes, insumos, y mano de obra capacitada, durante un plazo mínimo de tres (3) años después de vencida la garantía de calidad.
f. Asegurar que el ciclo de vida del producto vendido a YUNEX sea de al menos cinco (5) años en el mercado y que, por tanto, no será descontinuado por el proveedor antes de ese plazo.
g. En los casos de prestación de servicios que suponen la entrega de un bien, repararlo, sustituirlo por otro de las mismas características, o pagar su equivalente en dinero en caso de destrucción parcial o total causada con ocasión del servicio defectuoso por parte del proveedor.
23. ESTIPULACIONES VARIAS
23.1. Para todo efecto contractual entre las partes, el contrato celebrado se someterá a la ley y tribunales del país del domicilio de YUNEX. Quedará excluida la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, adoptada el 11 xx xxxxx de 1980.
23.2. La información contenida en estas Condiciones Generales de Compra, en la Orden de Compra y demás documentos que YUNEX entregue al Proveedor para la ejecución de esta, es confidencial y de propiedad de YUNEX. De la entrega de la información no puede derivarse, ni constituirse o suponerse la transferencia, sin limitación, de patentes, derechos de autor, marcas registradas, licencias u otro derecho de propiedad
intelectual, excepto por el derecho de utilizar dicha información de conformidad con los estrictos términos de la Orden de Compra.
23.3. En el supuesto que un tercero interponga un reclamo o demanda contra el proveedor por una supuesta infracción de derechos de propiedad intelectual en relación con la Orden de Compra, deberá informar inmediatamente a YUNEX sobre la existencia de este reclamo o demanda, así como de su estrategia de defensa. En todo caso, el proveedor deberá mantener indemne a YUNEX.
23.4. Los títulos de las cláusulas y las secciones de estas Condiciones Generales de Compra se incluyen con fines de referencia y de conveniencia, pero de ninguna manera limitan, definen o describen el alcance y la intención del presente documento. Las palabras técnicas o científicas que no se encuentren definidas expresamente en estas Condiciones Generales de Compra tendrán los significados que les correspondan según la técnica o ciencia respectiva y las demás palabras se entenderán en su sentido natural y obvio, según el uso general de las mismas.
23.5. Las demoras u omisiones de YUNEX en el ejercicio de cualesquiera derechos contemplados en su favor no se considerarán ni se interpretarán como renuncias o dispensas en el ejercicio de los derechos que el contrato o las leyes aplicables le confieren.
23.6. Si cualquier disposición de estas Condiciones Generales de Compra fuese prohibida, resultare nula, ineficaz o no pudiere hacerse exigible de conformidad con las leyes aplicables al contrato, las demás estipulaciones de estas Condiciones Generales de Compra le sobrevivirán con sus plenos efectos vinculantes y obligatorios para las partes, a menos que la disposición prohibida, nula, ineficaz o inexigible fuese esencial al contrato, de manera que la interpretación o cumplimiento del mismo en ausencia de tal disposición no fuese posible.
23.7. YUNEX tiene derecho a cambiar los requerimientos de los servicios contractuales, así como las demás condiciones contractuales de acuerdo con el siguiente proceso de solicitud de cambio.
23.8. YUNEX deberá notificar al Proveedor sus deseos de modificar y/o complementar el contrato por escrito o en forma de texto ("Solicitud de Cambio").
23.9. El Proveedor informará a YUNEX por escrito o en forma de texto a más tardar siete días hábiles después de recibir la Solicitud de Cambio si la solicitud de cambio afecta y cómo la solicitud de cambio afecta el cronograma acordado respectivamente, la remuneración y/o otras condiciones contractuales y presentará una oferta a YUNEX para la implementación de la Solicitud de Cambio. Si la implementación de la Solicitud de Cambio conlleva cambios en la remuneración o en el cronograma, estos se determinarán sobre la base de cálculo original. La obligación de presentar una oferta no existe si la Solicitud de Cambio no es razonable para el Proveedor.
23.10. Si YUNEX acepta la oferta por escrito o en forma de texto, la Solicitud de Cambio pasará a formar parte del contrato y lo modificará y/o complementará, p.ej. en cuanto a los servicios a prestar, el horario y la retribución.
23.11. Si el Proveedor considera que los requerimientos de YUNEX u otras circunstancias de las cuales YUNEX es responsable conducirán a un aumento en la cantidad de trabajo y/o tendrán un efecto en los plazos acordados y/o la remuneración, o si el Proveedor considera necesarios o convenientes cambios en los servicios contractuales y/o otras condiciones contractuales, el Proveedor deberá notificarlo a YUNEX por escrito o por correo electrónico sin demora. En este caso se aplicarán las cláusulas 23.9 y 23.10, según las cuales la oferta deberá presentarse al mismo tiempo que la notificación.
23.12. Los gastos adicionales solo se reembolsarán y la remuneración adicional solo se pagará si el pago se ha acordado expresamente por escrito o en forma de texto de acuerdo con la Cláusula 23.9. El Proveedor sólo podrá invocar el aplazamiento de las fechas acordadas por impedimento si ha notificado debidamente a YUNEX a tiempo de conformidad con la Cláusula 23.12.
23.13. Una vez recibidos los suministros en el lugar de destino acordado, XXXXX comprobará sin demora indebida si corresponden a la cantidad y tipo solicitados, si existen daños de transporte reconocibles externamente o defectos reconocibles externamente.
23.14. Si XXXXX descubre un defecto durante las inspecciones antes mencionadas o posteriormente, deberá notificarlo al Proveedor.
23.15. Las reclamaciones podrán presentarse en el plazo de un mes desde la entrega o, si los defectos sólo se advierten durante el procesamiento o uso, desde su descubrimiento.
23.16. YUNEX no estará obligado a realizar más controles y notificaciones frente al Proveedor además de los mencionados anteriormente.
23.17. El trabajo estará sujeto a la prueba de aceptación después del suministro por parte del Proveedor. Una vez finalizada la prueba de aceptación, XXXXX declarará la aceptación de la prestación por escrito o en forma de texto, siempre que la prestación esté libre de defectos materiales. Se excluye la aceptación por parte del YUNEX mediante el uso.
23.18. El Proveedor deberá entregar todos los documentos y demás soportes que haya recibido o creado en relación con el pedido, incluidas las copias, a más tardar inmediatamente después de la aceptación o entrega de los resultados o, si la aceptación o entrega no es posible debido a la naturaleza de los resultados, después de la prestación de los servicios acordados.
23.19. Las herramientas, patrones, muestras, modelos, perfiles, dibujos, hojas de especificaciones estándar, plantillas de impresión y materiales proporcionados por el Comprador o fabricados para el Comprador, así como los artículos fabricados posteriormente, no podrán transmitirse a terceros ni utilizarse para fines distintos de los fines contractuales sin el consentimiento por escrito del Comprador. Estarán protegidos contra inspecciones o usos no autorizados. Sujeto a derechos adicionales, el Comprador podrá exigir la devolución de estos materiales si el Proveedor incumple estas obligaciones.
23.20. El Proveedor tratará los resultados, así como el conocimiento y la experiencia, los documentos, las tareas, las transacciones comerciales u otra información obtenida de y sobre YUNEX en el curso de la prestación de los suministros y servicios como confidenciales frente a terceros - incluso más allá de la vigencia del contrato - siempre y cuando no hayan llegado a ser legalmente conocidos o YUNEX haya dado su consentimiento por escrito a su divulgación en casos individuales. El Proveedor utilizará esta información exclusivamente para los fines necesarios para la prestación de los servicios. El Proveedor sólo pondrá información a disposición de aquellos empleados que la requieran para el desempeño de sus funciones y se asegurará de que estos empleados también estén sujetos al deber de tratar esta información de forma confidencial. En la medida en que YUNEX haya aceptado la transferencia de pedidos a terceros, éstos deberán obligarse en consecuencia por escrito.
23.21. El Proveedor impondrá la obligación correspondiente a esta cláusula a aquellos terceros que utilice en la prestación de los servicios de conformidad con estos términos y condiciones.