MINUTA DEL CONTRATO A SUSCRIBIR (POR CADA MACRO REGIÓN)
ANEXO No. 14.
MINUTA DEL CONTRATO A SUSCRIBIR (POR CADA MACRO REGIÓN)
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No 2014,
CELEBRADO ENTRE LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Y LA UNIVERSIDAD .
Entre los suscritos, XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, mayor de edad, vecino y residente en la ciudad de Bogotá, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.434.850 de Bogotá D.C, designado como Comisionado mediante Decreto 4556 del 6 de Diciembre de 2010, posesionado según Acta No. 189 del 07 de diciembre de 2010, designado como Presidente de la CNSC, conforme a lo aprobado en sesión ordinaria de los Comisionados celebrada el 05 de diciembre de 2013, como consta en el Acta No. 1004 de la misma fecha, debidamente facultado para suscribir convenios y contratos y ejercer la ordenación del gasto, quien actúa en nombre de LA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL-CNSC, ente
autónomo del orden nacional, creado por el artículo 130 de la Constitución Política, y conformada por la Ley 909 de 2004, que para efectos del presente acto se denominará LA COMISIÓN, de una parte, y por la otra, UNIVERSIDAD
, identificada con el NIT No. , representada legalmente por , identificado con la cédula de ciudadanía No. de , según consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por el Ministerio de Educación Nacional, quien en adelante y para los efectos de este contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de prestación de servicios, previas las siguientes consideraciones: 1) Que, la Comisión Nacional del Servicio Civil, creada por la Constitución Política de Colombia y conformada por la Ley 909 de 2004, es un organismo autónomo de carácter permanente de nivel nacional, independiente de las ramas y órganos del poder Público, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio. 2) Que, el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son xx xxxxxxx, salvo las excepciones allí previstas, y el ingreso a los cargos xx xxxxxxx así como el ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes. 3) Que, por su parte, el artículo 130 de la Constitución Política dispone: “Habrá una Comisión Nacional del Servicio Civil responsable de la administración y vigilancia de las carreras de los servidores públicos, excepción hecha de las que tengan carácter especial”. 4) Que, así mismo, el numeral 1° del artículo 4º de la Ley 909 de 2004 y la Sentencia C– 1230 de 2005 proferida por la Corte Constitucional, determinan que la CNSC es el organismo encargado de la administración y vigilancia del Sistema General xx Xxxxxxx Administrativa, de los Sistemas Específicos xx Xxxxxxx Administrativa y aquellos denominados especiales de carácter legal, con excepción de los
ANEXO No. 14.
MINUTA DEL CONTRATO A SUSCRIBIR (POR CADA MACRO REGIÓN)
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No 2014,
CELEBRADO ENTRE LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Y LA UNIVERSIDAD .
denominados especiales de origen constitucional. 5) Que, de acuerdo con lo señalado por el literal i) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004, el art. 30 concordante de la misma norma y el Decreto Ley 760 de 2005 artículo 3°, la CNSC tiene como función, entre otras, efectuar las convocatorias a concurso, para el ingreso a empleos Público xx xxxxxxx, de acuerdo con los términos que establezcan la Ley y el reglamento. 6) Que, en este orden de ideas, el artículo 3° del Decreto Ley 760 de 2005, en concordancia con el artículo 30 de la Ley 909 de 2004, establece que los Concurso o procesos de selección serán adelantados por la Comisión Nacional del Servicio Civil, a través de contratos o convenios interadministrativos, suscritos con universidades públicas o privadas, instituciones universitarias o instituciones de educación superior, acreditadas para tal fin. 7) Que, como se aprecia claramente, la necesidad de contratar este servicio deviene del cumplimiento de un deber legal, que estriba en que los procesos de acceso a los empleos Público xx xxxxxxx deben hacerse mediante Concurso Público Abierto de Méritos, facultando a las universidades o instituciones de educación superior acreditadas por la CNSC para efectuar dicho concurso, siendo ambos requisitos indispensables para la validez de éste. 8) Que, la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, a través del Despacho del Comisionado Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, estructuró las Convocatorias 136 a 249 de 2012, 253 y 254 de 2013, dentro del proceso de selección para la provisión de empleos vacantes del sistema específico xx xxxxxxx docente en instituciones educativas que atienden población mayoritaria, afrocolombiana negra, raizal y palenquera. 9) En virtud del inciso segundo del artículo 3° del Decreto Ley 760 de 2005, la CNSC suscribió el Contrato Interadministrativo No. 165 de 2013, en “el cual el ICFES se compromete para con la CNSC, a adelantar las acciones y operaciones requeridas para el registro, citación, impresión, empaque, distribución, aplicación, procesamiento, publicación de resultados y atención de las reclamaciones, del servicio contratado, en el marco del concurso abierto de méritos adelantado por la CNSC para proveer los empleos vacantes de directivos docentes y docentes de preescolar, básica y media y orientadores, en establecimientos educativos oficiales que prestan servicio a población mayoritaria, y los empleos vacantes de etnoeducadores directivos docentes y docentes que prestan sus servicios a población afrocolombiana negra, raizal y palenquera en establecimientos educativos oficiales”. 10) Que, en concordancia con lo anterior, en los Acuerdos mediante los cuales la Comisión convocó a concurso abierto para proveer los empleos vacantes de docentes y directivos docentes, estipuló que de considerarlo procedente, suscribirá contrato(s) con universidad(es) o institución(es) de educación superior
ANEXO No. 14.
MINUTA DEL CONTRATO A SUSCRIBIR (POR CADA MACRO REGIÓN)
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No 2014,
CELEBRADO ENTRE LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Y LA UNIVERSIDAD .
acreditada(s) para realizar procesos de selección, con el fin de adelantar la etapa de Verificación de Requisitos Mínimos y las dos (2) pruebas finales del proceso de selección: Valoración de Antecedentes y de Entrevista, pruebas éstas que tienen un carácter clasificatorio. Se resalta que, según lo establecido en los acuerdos de convocatoria, el aspirante que no cumpla con los requisitos mínimos será excluido del concurso y, por ende, no podrá aplicar a las pruebas de valoración de antecedentes y de entrevista, aun habiendo aprobado las pruebas de carácter eliminatorio, aplicadas en la primera fase del proceso. 11) En sesión xx Xxxx Plena de la CNSC celebrada el 27 de febrero de 2014, según consta en el acta 018, se aprobó el trámite contractual para la contratación de la(s) universidad(es) o institución (es) de educación superior, acreditadas por la CNSC para desarrollar de manera integral los procesos de verificación de requisitos mínimos, valoración de antecedentes y entrevista a los aspirantes de las Convocatorias 136 a 249 de 2012, 253 y 254 de 2013 para la provisión de empleos de directivos docentes y docentes, en instituciones educativas que atienden población mayoritaria y afrocolombiana negra, raizal y palenquera. Para efectos de lo anterior, se estructuró la planeación de la ejecución del proceso, soportada en la distribución de las entidades territoriales certificadas que conforman la oferta publica, en 5 macro regiones que se especifican a continuación, con los respectivos aspirantes habilitados para continuar en la segunda fase:
MACRO REGIÓN 1
ENTIDAD TERRITORIAL | POBLACIÓN | DIRECTIVOS DOCENTES | DOCENTES | TOTAL VACANTES | TOTAL INSCRITOS | ||
VACANTES | INSCRITOS | VACANTES | INSCRITOS | ||||
DISTRITO XX XXXXXXXXXXXX | AFROS | 37 | 114 | 325 | 965 | 362 | 1079 |
MUNICIPIO DE CARTAGO | AFROS | 0 | 0 | 4 | 2 | 4 | 2 |
MAYORITARIOS | 7 | 16 | 44 | 96 | 51 | 112 | |
GOBERNACIÓN DEL CAUCA | AFROS | 32 | 90 | 473 | 1163 | 505 | 1253 |
MAYORITARIOS | 48 | 44 | 000 | 000 | 000 | 891 | |
MUNICIPIO DE GUADALAJARA XX XXXX | AFROS | 0 | 0 | 1 | 6 | 1 | 6 |
MAYORITARIOS | 3 | 16 | 32 | 71 | 35 | 87 |
ANEXO No. 14.
MINUTA DEL CONTRATO A SUSCRIBIR (POR CADA MACRO REGIÓN)
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No 2014,
CELEBRADO ENTRE LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Y LA UNIVERSIDAD .
ENTIDAD TERRITORIAL | POBLACIÓN | DIRECTIVOS DOCENTES | DOCENTES | TOTAL VACANTES | TOTAL INSCRITOS | ||
VACANTES | INSCRITOS | VACANTES | INSCRITOS | ||||
MUNICIPIO DE IBAGUÉ | MAYORITARIOS | 20 | 177 | 34 | 349 | 54 | 526 |
MUNICIPIO XX XXXXXXX | MAYORITARIOS | 8 | 18 | 44 | 143 | 52 | 161 |
MUNICIPIO DE JAMUNDI | AFROS | 15 | 58 | 54 | 174 | 69 | 232 |
GOBERNACIÓN XX XXXXXX | AFROS | 23 | 46 | 000 | 000 | 000 | 524 |
MAYORITARIOS | 31 | 50 | 82 | 238 | 113 | 288 | |
MUNICIPIO XX XXXXXXX | AFROS | 0 | 0 | 17 | 43 | 17 | 43 |
MAYORITARIOS | 5 | 39 | 69 | 276 | 74 | 315 | |
MUNICIPIO DE POPAYÁN | MAYORITARIOS | 20 | 76 | 31 | 410 | 51 | 486 |
GOBERNACIÓN DEL PUTUMAYO | AFROS | 0 | 0 | 17 | 18 | 17 | 18 |
MAYORITARIOS | 33 | 27 | 394 | 234 | 427 | 261 | |
MUNICIPIO DE SAN XXXX XX XXXXX | MAYORITARIOS | 6 | 59 | 42 | 656 | 48 | 715 |
MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI | AFROS | 4 | 12 | 46 | 146 | 50 | 158 |
MAYORITARIOS | 56 | 238 | 71 | 1030 | 127 | 1268 | |
GOBERNACIÓN DEL TOLIMA | MAYORITARIOS | 75 | 91 | 940 | 1174 | 1015 | 1265 |
MUNICIPIO DE TULUÁ | AFROS | 0 | 0 | 12 | 8 | 12 | 8 |
MAYORITARIOS | 10 | 24 | 116 | 266 | 126 | 290 | |
MUNICIPIO DE SAN XXXXXX DE TUMACO | AFROS | 88 | 194 | 972 | 1365 | 1060 | 0000 |
XXXXXXXXXXX XX XXXXX XXX XXXXX | AFROS | 0 | 0 | 33 | 71 | 33 | 71 |
MAYORITARIOS | 65 | 132 | 243 | 787 | 308 | 919 | |
TOTALES | 586 | 1521 | 4954 | 11016 | 5540 | 12537 |
ANEXO No. 14.
MINUTA DEL CONTRATO A SUSCRIBIR (POR CADA MACRO REGIÓN)
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No 2014,
CELEBRADO ENTRE LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Y LA UNIVERSIDAD .
MACRO REGIÓN 2
ENTIDAD TERRITORIAL | POBLACIÓN | DIRECTIVOS DOCENTES | DOCENTES | TOTAL VACANTES | TOTAL INSCRITOS | ||
VACANTES | INSCRITOS | VACANTES | INSCRITOS | ||||
GOBERNACIÓN DE ANTIOQUIA | AFROS | 8 | 16 | 252 | 378 | 260 | 394 |
MAYORITARIOS | 195 | 322 | 3011 | 3543 | 3206 | 3865 | |
XXXXXXXXX XX XXXXXXXX | XXXXX | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | |
XXXXXXXXXXXX | 20 | 12 | 136 | 49 | 156 | 61 | |
MUNICIPIO DE ARMENIA | MAYORITARIOS | 10 | 67 | 77 | 377 | 87 | 444 |
MUNICIPIO XX XXXXX | MAYORITARIOS | 28 | 44 | 177 | 294 | 205 | 338 |
GOBERNACIÓN XX XXXXXX | AFROS | 1 | 5 | 36 | 57 | 37 | 62 |
MAYORITARIOS | 56 | 85 | 277 | 576 | 333 | 661 | |
GOBERNACIÓN DE CHOCÓ | AFROS | 19 | 71 | 000 | 000 | 000 | 906 |
MUNICIPIO DE DOSQUEBRADAS | MAYORITARIOS | 8 | 43 | 77 | 335 | 85 | 378 |
MUNICIPIO DE ENVIGADO | MAYORITARIOS | 6 | 26 | 42 | 65 | 48 | 91 |
MUNICIPIO DE ITAGUI | MAYORITARIOS | 19 | 26 | 105 | 148 | 124 | 174 |
MUNICIPIO DE MANIZALES | MAYORITARIOS | 8 | 48 | 119 | 643 | 127 | 691 |
MUNICIPIO DE MEDELLÍN | MAYORITARIOS | 39 | 217 | 589 | 2377 | 628 | 2594 |
MUNICIPIO XX XXXXXXX | AFROS | 0 | 0 | 5 | 11 | 5 | 11 |
MAYORITARIOS | 9 | 45 | 55 | 340 | 64 | 385 | |
GOBERNACIÓN DEL QUINDÍO | MAYORITARIOS | 16 | 55 | 32 | 101 | 48 | 156 |
MUNICIPIO DE QUIBDÓ | AFROS | 9 | 35 | 100 | 344 | 109 | 379 |
MUNICIPIO DE RIONEGRO | MAYORITARIOS | 3 | 6 | 41 | 40 | 44 | 46 |
GOBERNACIÓN DE RISARALDA | AFROS | 3 | 8 | 7 | 22 | 10 | 30 |
ANEXO No. 14.
MINUTA DEL CONTRATO A SUSCRIBIR (POR CADA MACRO REGIÓN)
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No 2014,
CELEBRADO ENTRE LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Y LA UNIVERSIDAD .
ENTIDAD TERRITORIAL | POBLACIÓN | DIRECTIVOS DOCENTES | DOCENTES | TOTAL VACANTES | TOTAL INSCRITOS | ||
VACANTES | INSCRITOS | VACANTES | INSCRITOS | ||||
MAYORITARIOS | 23 | 35 | 136 | 238 | 159 | 273 | |
MUNICIPIO DE SABANETA | MAYORITARIOS | 0 | 0 | 3 | 1 | 3 | 1 |
MUNICIPIO DE TURBO | MAYORITARIOS | 19 | 9 | 263 | 32 | 282 | 41 |
TOTALES | 499 | 1175 | 5902 | 10813 | 6401 | 11988 |
MACRO REGIÓN 3
ENTIDAD TERRITORIAL | POBLACIÓN | DIRECTIVOS DOCENTES | DOCENTES | TOTAL VACANTES | TOTAL INSCRITOS | ||
VACANTES | INSCRITOS | VACANTES | INSCRITOS | ||||
GOBERNACIÓN DE ARAUCA | MAYORITARIOS | 36 | 25 | 188 | 121 | 224 | 146 |
MUNICIPIO DE BARRANCABERMEJA | MAYORITARIOS | 9 | 32 | 87 | 142 | 96 | 174 |
GOBERNACIÓN DE BOYACÁ | MAYORITARIOS | 105 | 336 | 527 | 1080 | 632 | 1416 |
MUNICIPIO DE BUCARAMANGA | MAYORITARIOS | 11 | 131 | 194 | 1319 | 205 | 1450 |
GOBERNACIÓN DE CASANARE | MAYORITARIOS | 42 | 37 | 534 | 205 | 576 | 242 |
MUNICIPIO DE DUITAMA | MAYORITARIOS | 2 | 28 | 36 | 210 | 38 | 238 |
GOBERNACIÓN DEL META | MAYORITARIOS | 52 | 59 | 907 | 412 | 959 | 471 |
GOBERNACIÓN DE NORTE XX XXXXXXXXX | MAYORITARIOS | 18 | 40 | 127 | 472 | 145 | 512 |
MUNICIPIO DE PIEDECUESTA | MAYORITARIOS | 4 | 16 | 2 | 8 | 6 | 24 |
MUNICIPIO DE SAN XXXX XX XXXXXX | MAYORITARIOS | 27 | 124 | 54 | 293 | 81 | 417 |
MUNICIPIO DE SAN XXXX XX XXXXX | MAYORITARIOS | 2 | 4 | 17 | 24 | 19 | 28 |
GOBERNACIÓN XX XXXXXXXXX | MAYORITARIOS | 43 | 141 | 556 | 1135 | 599 | 1276 |
MUNICIPIO XX XXXXXXXX | MAYORITARIOS | 1 | 6 | 13 | 49 | 14 | 55 |
ANEXO No. 14.
MINUTA DEL CONTRATO A SUSCRIBIR (POR CADA MACRO REGIÓN)
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No 2014,
CELEBRADO ENTRE LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Y LA UNIVERSIDAD .
ENTIDAD TERRITORIAL | POBLACIÓN | DIRECTIVOS DOCENTES | DOCENTES | TOTAL VACANTES | TOTAL INSCRITOS | ||
VACANTES | INSCRITOS | VACANTES | INSCRITOS | ||||
MUNICIPIO DE TUNJA | MAYORITARIOS | 3 | 27 | 77 | 381 | 80 | 408 |
MUNICIPIO XX XXXXXXXXXXXXX | MAYORITARIOS | 57 | 166 | 408 | 662 | 465 | 828 |
MUNICIPIO DE YOPAL | MAYORITARIOS | 8 | 18 | 93 | 98 | 101 | 116 |
MUNICIPIO DE FLORIDABLANCA | MAYORITARIOS | 3 | 21 | 2 | 14 | 5 | 35 |
TOTALES | 423 | 1211 | 3822 | 6625 | 4245 | 7836 |
MACRO REGIÓN 4
ENTIDAD TERRITORIAL | POBLACIÓN | DIRECTIVOS DOCENTES | DOCENTES | TOTAL VACANTES | TOTAL INSCRITOS | ||
VACANTES | INSCRITOS | VACANTES | INSCRITOS | ||||
GOBERNACIÓN DE AMAZONAS | MAYORITARIOS | 10 | 7 | 18 | 16 | 28 | 23 |
DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ | MAYORITARIOS | 70 | 932 | 1051 | 8814 | 1121 | 9746 |
GOBERNACIÓN DE CAQUETÁ | MAYORITARIOS | 63 | 33 | 744 | 241 | 807 | 274 |
MUNICIPIO XX XXXX | MAYORITARIOS | 1 | 6 | 29 | 106 | 30 | 112 |
GOBERNACIÓN DE CUNDINAMARCA | MAYORITARIOS | 20 | 93 | 698 | 1847 | 718 | 1940 |
MUNICIPIO DE FACATATIVÁ | MAYORITARIOS | 2 | 11 | 22 | 32 | 24 | 43 |
MUNICIPIO XX XXXXXXXXX | MAYORITARIOS | 9 | 33 | 57 | 99 | 66 | 132 |
MUNICIPIO DE FUSAGASUGÁ | MAYORITARIOS | 1 | 5 | 13 | 49 | 14 | 54 |
MUNICIPIO XX XXXXXXXX | MAYORITARIOS | 0 | 0 | 15 | 40 | 15 | 40 |
XXXXXXXXXXX XXX XXXXXXX | XXXXXXXXXXXX | 0 | 0 | 00 | 00 | 00 | 00 |
XXXXXXXXXXX XXX XXXXXXXX | MAYORITARIOS | 21 | 15 | 116 | 17 | 137 | 32 |
GOBERNACIÓN DEL HUILA | MAYORITARIOS | 49 | 94 | 801 | 1111 | 850 | 1205 |
ANEXO No. 14.
MINUTA DEL CONTRATO A SUSCRIBIR (POR CADA MACRO REGIÓN)
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No 2014,
CELEBRADO ENTRE LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Y LA UNIVERSIDAD .
ENTIDAD TERRITORIAL | POBLACIÓN | DIRECTIVOS DOCENTES | DOCENTES | TOTAL VACANTES | TOTAL INSCRITOS | ||
VACANTES | INSCRITOS | VACANTES | INSCRITOS | ||||
MUNICIPIO XX XXXXXXXX | MAYORITARIOS | 3 | 19 | 37 | 71 | 40 | 90 |
MUNICIPIO XX XXXXX | MAYORITARIOS | 6 | 27 | 119 | 368 | 125 | 395 |
MUNICIPIO DE PITALITO | MAYORITARIOS | 1 | 8 | 137 | 203 | 138 | 211 |
MUNICIPIO XX XXXXXX | MAYORITARIOS | 5 | 12 | 000 | 000 | 000 | 168 |
GOBERNACIÓN DEL VICHADA | MAYORITARIOS | 14 | 2 | 99 | 5 | 113 | 7 |
MUNICIPIO DE ZIPAQUIRÁ | MAYORITARIOS | 1 | 9 | 24 | 51 | 25 | 60 |
TOTALES | 279 | 1306 | 4143 | 13236 | 4422 | 14542 |
MACRO REGIÓN 5
ENTIDAD TERRITORIAL | POBLACIÓN | DIRECTIVOS DOCENTES | DOCENTES | TOTAL VACANTES | TOTAL INSCRITOS | ||
VACANTES | INSCRITOS | VACANTES | INSCRITOS | ||||
GOBERNACIÓN DEL ATLÁNTICO | AFROS | 1 | 2 | 12 | 18 | 13 | 20 |
MAYORITARIOS | 57 | 104 | 199 | 790 | 256 | 894 | |
DISTRITO DE BARRANQUILLA | AFROS | 2 | 10 | 5 | 23 | 7 | 33 |
MAYORITARIOS | 8 | 82 | 106 | 797 | 114 | 879 | |
GOBERNACIÓN XX XXXXXXX | AFROS | 0 | 0 | 8 | 10 | 8 | 10 |
MAYORITARIOS | 73 | 40 | 323 | 297 | 396 | 337 | |
DISTRITO XX XXXXXXXXX | AFROS | 14 | 39 | 222 | 564 | 236 | 603 |
MAYORITARIOS | 20 | 145 | 59 | 400 | 79 | 545 | |
GOBERNACIÓN XXX XXXXX | AFROS | 5 | 11 | 37 | 80 | 42 | 91 |
MAYORITARIOS | 38 | 29 | 270 | 294 | 308 | 323 |
ANEXO No. 14.
MINUTA DEL CONTRATO A SUSCRIBIR (POR CADA MACRO REGIÓN)
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No 2014,
CELEBRADO ENTRE LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Y LA UNIVERSIDAD .
ENTIDAD TERRITORIAL | POBLACIÓN | DIRECTIVOS DOCENTES | DOCENTES | TOTAL VACANTES | TOTAL INSCRITOS | ||
VACANTES | INSCRITOS | VACANTES | INSCRITOS | ||||
MUNICIPIO DE CIÉNAGA | MAYORITARIOS | 21 | 13 | 77 | 146 | 98 | 159 |
GOBERNACIÓN XX XXXXXXX | AFROS | 12 | 44 | 69 | 134 | 81 | 178 |
MAYORITARIOS | 45 | 112 | 133 | 390 | 178 | 502 | |
GOBERNACIÓN DE LA GUAJIRA | MAYORITARIOS | 26 | 20 | 267 | 233 | 293 | 253 |
MUNICIPIO DE MAGANGUÉ | MAYORITARIOS | 3 | 6 | 24 | 19 | 27 | 25 |
GOBERNACIÓN XXX XXXXXXXXX | AFROS | 14 | 37 | 31 | 70 | 45 | 107 |
MAYORITARIOS | 59 | 47 | 128 | 153 | 187 | 200 | |
MUNICIPIO DE MAICAO | MAYORITARIOS | 5 | 12 | 77 | 31 | 82 | 43 |
MUNICIPIO DE MALAMBO | MAYORITARIOS | 13 | 11 | 53 | 50 | 66 | 61 |
MUNICIPIO DE MONTERIA | MAYORITARIOS | 21 | 130 | 234 | 952 | 255 | 1082 |
MUNICIPIO DE RIOHACHA | MAYORITARIOS | 10 | 8 | 67 | 42 | 77 | 50 |
MUNICIPIO XX XXXXXXX | MAYORITARIOS | 2 | 6 | 35 | 150 | 37 | 156 |
MUNICIPIO DE SANTA XXXX XX XXXXXX | AFROS | 0 | 0 | 1 | 1 | 0 | |
MAYORITARIOS | 8 | 24 | 45 | 36 | 53 | 60 | |
DISTRITO TURÍSTICO, CULTURAL E HISTORICO DE SANTA XXXXX | MAYORITARIOS | 7 | 52 | 48 | 334 | 55 | 386 |
GOBERNACIÓN ARCHIPIÉLAGO DE SAN XXXXXX, PROVIDENCIA Y SANTA XXXXXXXX | AFROS | 7 | 30 | 68 | 143 | 75 | 173 |
MUNICIPIO DE SINCELEJO | MAYORITARIOS | 4 | 39 | 21 | 146 | 25 | 185 |
MUNICIPIO DE SOLEDAD | MAYORITARIOS | 17 | 46 | 90 | 189 | 107 | 235 |
GOBERNACIÓN XX XXXXX | AFROS | 6 | 27 | 63 | 157 | 69 | 184 |
MAYORITARIOS | 31 | 52 | 186 | 335 | 217 | 387 |
ANEXO No. 14.
MINUTA DEL CONTRATO A SUSCRIBIR (POR CADA MACRO REGIÓN)
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No 2014,
CELEBRADO ENTRE LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Y LA UNIVERSIDAD .
ENTIDAD TERRITORIAL | POBLACIÓN | DIRECTIVOS DOCENTES | DOCENTES | TOTAL VACANTES | TOTAL INSCRITOS | ||
VACANTES | INSCRITOS | VACANTES | INSCRITOS | ||||
MUNICIPIO DE VALLEDUPAR | AFROS | 1 | 2 | 53 | 104 | 54 | 106 |
MAYORITARIOS | 4 | 25 | 97 | 266 | 101 | 291 | |
TOTALES | 534 | 1205 | 3108 | 7353 | 3642 | 8558 |
12) Que, con base en el análisis de datos históricos de las Convocatorias adelantadas por la CNSC, el siguiente es el estimado de aspirantes que se espera participen en el Concurso - Curso Abierto de Méritos:
Población | Número de aspirantes | Estimado de aspirantes que enviarán documentos para verificación de requisitos mínimos y para valoración de antecedentes | Estimado de aspirantes a los que se les aplicará prueba de valoración de antecedentes | Estimado de aspirantes a los que se les aplicará prueba de entrevista | |
MACROREGIÓN 1 | AFROS | 4.953 | 4.359 | 4.272 | 4.272 |
MAYORITARIA | 7.584 | 6.674 | 6.541 | 6.541 | |
Total Macro región 1 | 12.537 | 11.033 | 10.813 | 10.813 | |
MACROREGIÓN 2 | AFROS | 1.789 | 1.574 | 1.543 | 1.543 |
MAYORITARIA | 10.199 | 8.975 | 8.796 | 8.796 | |
Total Macro región 2 | 11.988 | 10.549 | 10.339 | 10.339 | |
MACROREGIÓN 3 | AFROS | 0 | 0 | 0 | 0 |
MAYORITARIA | 7.836 | 6.896 | 6.758 | 6.758 | |
Total Macro región 3 | 7.836 | 6.896 | 6.758 | 6.758 | |
MACROREGIÓN 4 | AFROS | 0 | 0 | 0 | 0 |
MAYORITARIA | 14.542 | 12.797 | 12.541 | 12.541 | |
Total Macro región 4 | 14.542 | 12.797 | 12.541 | 12.541 | |
MACROREGIÓN 5 | AFROS | 1.505 | 1.324 | 1.298 | 1.298 |
MAYORITARIA | 7.053 | 6.207 | 6.083 | 6.083 |
ANEXO No. 14.
MINUTA DEL CONTRATO A SUSCRIBIR (POR CADA MACRO REGIÓN)
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No 2014,
CELEBRADO ENTRE LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Y LA UNIVERSIDAD .
Total Macro región 5 | 8.558 | 7.531 | 7.381 | 7.381 |
13) Que, en cumplimiento de lo anterior, se adelantó el Proceso de Licitación Pública No. CNSC – LP 004 de 2014, cuyo objeto fue: “Desarrollar la etapa de verificación de requisitos mínimos, las pruebas de valoración de antecedentes y entrevista, y la consolidación de resultados, a los aspirantes habilitados en el marco de las convocatorias 136 a 249 de 2012, 253 y 254 de 2013, dentro del proceso de selección para la provisión de empleos vacantes del sistema específico xx xxxxxxx docente en instituciones educativas que atienden población mayoritaria y afrocolombiana negra, raizal y palenquera”. 14) Que, el de
de 2014, fueron publicados el estudio previo, el proyecto xx xxxxxx de condiciones y los anexos de éste. 15) Que, el de de 2014 se dio apertura al proceso CNSC – LP – 004 de 2014 por medio de Resolución No. , cuyo objeto es “Desarrollar la etapa de verificación de requisitos mínimos, las pruebas de valoración de antecedentes y entrevista, y la consolidación de resultados, a los aspirantes habilitados en el marco de las convocatorias 136 a 249 de 2012, 253 y 254 de 2013, dentro del proceso de selección para la provisión de empleos vacantes del sistema específico xx xxxxxxx docente en instituciones educativas que atienden población mayoritaria y afrocolombiana negra, raizal y palenquera.”, en la misma fecha se procedió a publicar el correspondiente Pliego de Condiciones Definitivo. 16) Que, mediante Resolución No. expedida por la CNSC el de de 2014, se designó el Comité Asesor y Evaluador para la Licitación Pública CNSC-LP 004 de 2014. 17) Que, el de de 2014, a las se llevó a cabo la Audiencia de Riesgos Previsibles de la Licitación Pública CNSC – LP – 004 de 2014. 18) Que, durante la etapa pertinente, se presentaron observaciones y solicitudes de aclaración al pliego definitivo de condiciones del proceso, por parte de los interesados , las cuales fueron respondidas mediante documento publicado en el Secop el de de 2014. 19) Que, el de de 2014 a las , se llevó a cabo el cierre del proceso CNSC – LP – 004 de 2014, presentándose propuestas por parte
ANEXO No. 14.
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de la .
20) Que, efectuado el análisis jurídico, financiero y técnico a las propuestas presentadas, el día de de 2014 se publicó INFORME DE EVALUACIÓN, que contó con traslado los días al de de 2014, donde se puso en conocimiento de los oferentes el siguiente resultado:
INFORME DE EVALUACIÓN | |||||||||
21) Que, dentro del período de traslado del informe de evaluación se presentaron observaciones al mismo, por parte de los . 22) Que, en lo que respecta a las observaciones presentadas en forma oportuna por los Proponentes: , el comité evaluador efectuó un análisis minucioso a cada una de las observaciones formuladas, encontrando que , tal cual como puede observarse en el Informe de respuesta a observaciones, anexo a la presente Resolución de Adjudicación, suscrito por los miembros del Comité Evaluador. 23) Que, en virtud a lo normado en el Manual de Contratación de la entidad y atendiendo que el presupuesto del presente proceso supera los 1500 SMLMV, se hace necesario presentar la recomendación de adjudicación a la Sala Plena de Comisionados del presente proceso, para la correspondiente autorización al Presidente para adjudicar y suscribir el contrato respectivo, por parte de la COMISIÓN. 24) Que, los miembros del Comité Evaluador, dejaron a consideración de la Sala Plena de la COMISIÓN, la recomendación de adjudicación del proceso de selección, identificado como, LICITACIÓN PÚBLICA CNSC – LP – 004 de 2014 al proponente UNIVERSIDAD , identificada con NIT: , para el cumplimiento del objeto contractual “Desarrollar la etapa de verificación de requisitos mínimos, pruebas de valoración de antecedentes y entrevista y consolidación de la información, a los aspirantes habilitados en el marco de las Convocatorias 136 a 249 de 2012, 253 y 254 de 2013, dentro del proceso de selección para la provisión de empleos vacantes del sistema específico xx xxxxxxx
ANEXO No. 14.
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docente en instituciones educativas que atienden población mayoritaria, afrocolombiana negra, raizal y palenquera”, por haber dado cumplimiento a los requisitos mínimos habilitantes en materia Jurídica, Financiera y Técnica, señalados en el Pliego de Condiciones del proceso y por haber obtenido el mayor puntaje dentro de la evaluación técnica y económica, dentro de los oferentes
habilitados, dado que obtuvo un puntaje de puntos sobre 1000 puntos
posibles, por valor de -
PESOS ( $
X.XXX.XXX.XXX) M/CTE. 25) Que, la Sala Plena de la Comisión en sesión de fecha de de 2014 según consta en el acta No. de dicha fecha, acogió el informe de evaluación presentado por el comité evaluador y autorizó al Presidente de la Comisión, conforme a los lineamientos dados en el Manual de Contratación para adjudicar y celebrar el contrato con la Universidad
. 26) Que, el día de de 2014 se llevó a cabo audiencia pública de adjudicación, la cual fue presidida por el Presidente Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx. 27) Que, en mérito de lo expuesto, el Presidente de la Comisión Nacional del Servicio Civil, acogiendo la recomendación del Comité Evaluador, y de la Sala Plena de la Comisión, según consta en el Acta No. del de de 2014, adjudicó el presente contrato mediante la Resolución No. de fecha . 28) Que, el presente contrato se regirá por la Ley 80 de 1993, La Ley 1150 de 2007, el Decreto 1510 de 2013, el Manual de Contratación de la CNSC, el pliego de Condiciones, sus anexos, el Estudio Previo y todos los documentos del proceso y las demás disposiciones que regulan la materia y las estipulaciones contenidas en las siguientes cláusulas: PRIMERA - OBJETO: Desarrollar la etapa de verificación de requisitos mínimos, las pruebas de valoración de antecedentes y entrevista, y la consolidación de resultados, a los aspirantes habilitados en el marco de las convocatorias 136 a 249 de 2012, 253 y 254 de 2013, dentro del proceso de selección para la provisión de empleos vacantes del sistema específico xx xxxxxxx docente en instituciones educativas que atienden población mayoritaria y afrocolombiana negra, raizal y palenquera. SEGUNDA.-VALOR ESTIMADO: Para todos los efectos legales y fiscales el valor de este contrato es por la suma de
($X.XXX.XXX.XXX) M/CTE.
Incluidos todos los impuestos y costos directos e indirectos, según la propuesta económica presentada por EL CONTRATISTA. PARAGRAFO 1: El valor de cada uno de los contratos se ajustará en los casos previstos por la ley, pero
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especialmente cuando el número estimado de aspirantes por cada macro región a los que se les aplicará las pruebas de valoración de antecedentes y entrevista, sea inferior o superior al diez por ciento (10%) del total de aspirantes estimados históricamente. TERCERA - APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: El valor de este contrato se cancelará con recursos provenientes del presupuesto asignado al rubro
con respaldo en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. de 2014. CUARTA - FORMA DE PAGO: La CNSC pagará al Contratista el valor del contrato, un porcentaje del total presupuestado para cada proceso, así: Un primer pago del 30 % del valor de cada contrato, a la entrega a la CNSC del informe de la etapa de recepción de documentos, verificación de requisitos mínimos y la publicación de resultados de dicha verificación. Un segundo pago del 30 % del valor de cada contrato, una vez respondidas las reclamaciones de la etapa de verificación de requisitos mínimos, realizada la valoración de antecedentes, entregado a la CNSC el informe correspondiente, y publicados los resultados de la valoración de antecedentes y atendidas las reclamaciones por esta prueba. Un tercero pago del 30 % del valor de cada contrato, una vez realizada la prueba de entrevista y entregados a la CNSC los resultados de las mismas, publicados los resultados de la prueba de entrevista y respondidas las reclamaciones de esta prueba y entregado el informe correspondiente. Un cuarto pago del 10 % del valor de cada contrato, correspondiente a la entrega del informe final de las actividades de cada contrato, en medio físico y magnético, así como la entrega de los archivos magnéticos de la información producto de la aplicación de las pruebas de análisis de antecedentes y entrevista y demás requerida por la supervisión de cada contrato. PARÁGRAFO PRIMERO: Los pagos se efectuarán por la CNSC previa presentación, por parte de cada CONTRATISTA, de la factura correspondiente que debe contener los requisitos establecidos en el Estatuto Tributario y demás normas que lo modifiquen, adicionen o aclaren y certificación expedida por el supervisor de cada contrato en la que conste el cumplimiento o recibo a satisfacción de las obligaciones, servicios o productos señalados y sus precedentes, conforme a lo dispuesto en el ANEXO 1 - ESPECIFICACIONES Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS y en el ANEXO 11. PLAN DE TRABAJO Y
CRONOGRAMA, y acredite encontrarse al día en el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios xxx XXXX, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, CREE o las normas que lo modifiquen o adicionen de conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, el artículo 23 de la Ley 1150
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de 2007 y el Decreto 1510 de 2013. PARÁGRAFO SEGUNDO: Los pagos que la CNSC se compromete a efectuar, estarán sujetos al PAC (Programa Anual Mensualizado de Caja), de acuerdo con las normas legales vigentes, comprometiéndose a incluir las partidas necesarias en éste. QUINTA - PLAZO: El plazo de ejecución del contrato a celebrar será de cinco (5) meses, sin que supere el treinta y uno (31) de diciembre de 2014, contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previa aprobación de las garantías por la CNSC y la acreditación por el Contratista de encontrarse al día con sus obligaciones relativas al Sistema Integral de Seguridad Social, así como los propios xxx XXXX, ICBF y Cajas de Compensación, según corresponda, incluido el pago del CREE si ello les aplica, de conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la Ley 1607 de 2012, el Decreto 1828 de 2012 o aquellas que la modifiquen o adicionen y a lo establecido en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. La vigencia del contrato será por el período de ejecución del contrato más ocho (8) meses más, contados a partir del vencimiento del plazo de ejecución. SEXTA- DOMICILIO CONTRACTUAL Y LUGAR DE EJECUCIÓN. El Contrato, tendrá como domicilio contractual la Ciudad de Bogotá D.C. y se ejecutará en todo el Territorio Nacional. Para efectos de la aplicación de la prueba de entrevista el contratista debe garantizar los sitios de aplicación que a continuación se detallan por cada macro región (Dependiendo de la Macro Región adjudicada):
MACRO REGIÓN 1
MAYORITARIA | AFROS |
MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI | MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI |
DISTRITO XX XXXXXXXXXXXX | MUNICIPIO DE SAN XXXXXX DE TUMACO |
MUNICIPIO DE SAN XXXX XX XXXXX | MUNICIPIO DE SAN XXXX XX XXXXX |
MUNICIPIO DE IBAGUÉ | MUNICIPIO DE POPAYÁN |
MUNICIPIO DE POPAYÁN | |
MUNICIPIO DE GUADALAJARA XX XXXX | |
MUNICIPIO DE MOCÓA |
MACRO REGIÓN 2
MAYORITARIA | AFROS |
MUNICIPIO DE MEDELLÍN | MUNICIPIO DE MEDELLÍN |
MUNICIPIO DE MANIZALES | MUNICIPIO DE MANIZALES |
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MUNICIPIO DE ARMENIA | MUNICIPIO DE QUIBDÓ |
MUNICIPIO XX XXXXXXX | |
MUNICIPIO DE APARTADÓ |
MACRO REGIÓN 3
MAYORITARIA |
MUNICIPIO DE BUCARAMANGA |
MUNICIPIO XX XXXXXXXXXXXXX |
MUNICIPIO DE SAN XXXX XX XXXXXX |
MUNICIPIO DE TUNJA |
GOBERNACIÓN DE ARAUCA |
MUNICIPIO DE YOPAL |
MACRO REGIÓN 4
MAYORITARIA |
DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ |
MUNICIPIO XX XXXXX |
MUNICIPIO XX XXXXXXXXX |
PUERTO XXXXXXX |
XXXXXXX |
PUERTO XXXXXXX |
SAN XXXX DE GUAVIARE |
MACRO REGIÓN 5
MAYORITARIA | AFROS |
DISTRITO XX XXXXXXXXX | DISTRITO XX XXXXXXXXX |
MUNICIPIO DE MONTERIA | MUNICIPIO DE MONTERIA |
DISTRITO DE BARRANQUILLA | DISTRITO DE BARRANQUILLA |
MUNICIPIO DE VALLEDUPAR | MUNICIPIO DE VALLEDUPAR |
DISTRITO TURÍSTICO, CULTURAL E HISTORICO DE SANTA XXXXX | DISTRITO TURÍSTICO, CULTURAL E HISTORICO DE SANTA XXXXX |
MUNICIPIO DE SINCELEJO | MUNICIPIO DE SINCELEJO |
MUNICIPIO DE RIOHACHA | GOBERNACIÓN ARCHIPIÉLAGO DE SAN XXXXXX, PROVIDENCIA Y SANTA XXXXXXXX |
En las macro regiones con los dos tipos de población, se requieren dos sitios de aplicación diferente, cuando el número de participantes de la población afrocolombiana negra, raizal y palenquera supere los 50 participantes. SÉPTIMA - OBLIGACIONES
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DEL CONTRATISTA: En desarrollo del presente contrato EL CONTRATISTA se obliga para con LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL a cumplir con las especificaciones técnicas contenidas, así: Obligaciones del CONTRATISTA. 1. Cumplir dentro de los términos dispuestos por la CNSC, con las exigencias para el perfeccionamiento y legalización del contrato, y hacer entrega de los documentos que así lo demuestren en la Oficina Asesora Jurídica de la CNSC. 2. Ajustar el Plan de Trabajo y Cronograma de ejecución del contrato, ANEXO No. 11, presentado con la oferta, a los requerimientos definidos por la CNSC, para garantizar la completa y oportuna ejecución de todas y cada una de las obligaciones contractuales. El Plan de Trabajo definitivo deberá ser concertado y aprobado por la CNSC, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de iniciado el contrato. 3. Dar estricto cumplimiento a las disposiciones legales contenidas en la Ley 909 de 2004 y en sus decretos reglamentarios, en todo aquello que no esté contemplado en aquella; y en los reglamentos, directrices, circulares, protocolos y procedimientos que expida o establezca la CNSC; y adoptar las medidas necesarias para cumplir con las modificaciones que disponga la misma, en desarrollo del Concurso Abierto de Méritos, en forma oportuna y eficaz. 4. Garantizar estricta confidencialidad, seguridad, inviolabilidad e imposibilidad de filtración de la información, fuga o salida del material de las pruebas propias del Concurso Abierto de Méritos, de los documentos que alleguen los aspirantes para acreditar estudios y experiencia. De no cumplirse estrictamente esta obligación, deberá responder contractual, civil y penalmente por los perjuicios que se causen por acción u omisión a la CNSC, a las Entidades territoriales Certificadas en Educación o a los aspirantes. La CNSC podrá realizar, en cualquier momento, visitas a las instalaciones en donde se llevará a cabo la verificación de requisitos mínimos, las pruebas de valoración de antecedentes y de entrevista, la operación de los sistemas de información para el manejo de la información del Concurso, así como a los sitios en donde se desarrollarán los demás procesos inherentes a la ejecución del contrato, mientras se desarrolla el mismo. Lo anterior con el objeto de establecer que se cumple con el protocolo de seguridad y que efectivamente se garanticen las condiciones de seguridad, confiabilidad y reserva de la información. 5. Efectuar la Cesión de Derechos de Autor a la CNSC, de conformidad con lo establecido en la Ley 23 de 1982, de tal manera que la propiedad material, posesión y explotación patrimonial del material producido con ocasión de la ejecución de cada contrato, serán de propiedad exclusiva de la CNSC, entre otros, el Manual Técnico de Pruebas; de los
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proyectos, estudios e investigaciones; escritos, diseños, gráficas, películas, cintas magnéticas, programas de computador, bases de datos; especificaciones, protocolos, manuales, guías e instructivos; estudios técnicos, informes, materiales, archivos, y demás que se produzcan con la ejecución del Contrato; por tanto, el CONTRATISTA no podrá usarlos o disponer de ellos. Para todos los efectos legales, se aplicará la Ley 23 de 1982, la Ley 44 de 1993, la Decisión Andina 351 y demás normas conexas y complementarias, en tanto que se mantendrá en el CONTRATISTA la Propiedad Moral e Intelectual, respecto de aquellos productos que con anterioridad a la presentación de la propuesta, tengan derechos de autor debidamente registrados. 6. Dar toda la publicidad y reconocimiento verbal y escrito a la CNSC, en la ejecución del contrato como Entidad responsable, conforme a la ley, de la administración y vigilancia de los procesos de selección del personal xx xxxxxxx administrativa y por actuar el CONTRATISTA en calidad de delegado de ésta; en consecuencia, toda la documentación, difusión de información, formatos, vallas, comunicados y demás productos del Concurso Público Abierto de Méritos que sean utilizados por la Universidad Pública o Privada o Institución de Educación Superior en la ejecución de cada contrato, deberá tener el logotipo de la CNSC con el nombre de la Entidad, en un tamaño que corresponda al 70% para ésta y el 30% para la Universidad o Institución de Educación Superior. 7. Permitir, facilitar, disponer y atender con prontitud los requerimientos de información, las recomendaciones y solicitudes que en forma ordinaria o extraordinaria haga quien ejerza la supervisión del contrato, así como realizar presentaciones presenciales directamente ante la CNSC en la ciudad de Bogotá D.C., cuando ésta lo solicite, acerca de la planeación y de la ejecución del contrato en sus diferentes etapas y actividades. 8. Mantener copias de seguridad, periódicas y disponibles, de la información, de los archivos, documentos y bases de datos de cada proceso de información y, sin excepción, deberá generar dos (2) copias de seguridad con el propósito de garantizar que la información tenga un respaldo en caso de pérdida, daño o siniestro, incluyendo los resultados de la verificación de requisitos mínimos y de las pruebas de valoración de antecedentes.
9. Realizar un análisis técnico del Concurso Público Abierto de Méritos, que contenga, entre otros, lo relativo a la participación de aspirantes, género, edades, oferta de perfiles y áreas, un análisis de los resultados de la prueba de valoración de antecedentes, el comportamiento respecto de las pruebas aplicadas, las debilidades, fortalezas, riesgos y amenazas del proceso de selección, con las recomendaciones o mejoras que se puedan introducir para futuros concursos para
ANEXO No. 14.
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provisión de empleos xx xxxxxxx. 10. Presentar los informes parciales que se le soliciten y con el cumplimiento de las exigencias requeridas por la CNSC, así como el informe final de la ejecución del contrato, acompañado de todos los archivos físicos, magnéticos, bases de datos y productos que se originen en desarrollo del contrato, debidamente organizados, clasificados, rotulados y compilados, conforme se disponga por la supervisión del contrato, entre ellos: a. Protocolo para la prueba de entrevistas (población mayoritaria y afrocolombiana negra, raizal y palenquera). b. Informe de las pruebas aplicadas. c. Informe de los resultados parciales y consolidados de cada una de las pruebas aplicadas. d. Archivos magnéticos que contengan la acreditación de la formación académica y la experiencia de los aspirantes con su correspondiente análisis de verificación de cumplimiento de requisitos mínimos y de la prueba de valoración de antecedentes de cada aspirante. e. Archivo de todas y cada una de las reclamaciones, derechos de petición y acciones judiciales y de las respuestas suministradas a los mismos. f. Consolidación de la información de cada una de las pruebas de valoración de antecedentes y entrevista. g. Análisis técnico del Concurso Público Abierto de Méritos - Componente de Investigación y Análisis. h. Demás documentos, productos, archivos, bases de datos que se produzcan en desarrollo del Concurso Público Abierto de Méritos. x. Xxxxxxxxxx de la devolución de los Sistemas de Información que la CNSC le entregue para la automatización de la información de la Convocatoria y del Concurso. j. Copia de los documentos que soporten los trámites efectuados para la Cesión de Derechos de Autor a la CNSC, de conformidad con lo establecido en la Ley 23 de 1982, a favor de la CNSC con los radicados correspondientes, en los que se verifique el cumplimiento de dicha obligación. 11. Ejecutar idónea y eficazmente el objeto del contrato y las obligaciones inherentes y asociadas para el efecto, conforme a lo establecido en el Pliego de Condiciones y en la propuesta oficialmente aceptada. 12. Mantener en forma permanente altos niveles de eficiencia técnica y profesional para cumplir sus obligaciones contractuales y ejercer permanentemente autocontrol a las actividades, procesos, procedimientos y productos que se deban ejecutar y realizar para el efecto. 13. Obrar con lealtad en todo el proceso contractual y post contractual. 14. Acreditar ante la CNSC que se encuentra al día en el pago de aportes relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, de sus empleados o trabajadores, así como los propios xxx XXXX, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, y Cajas de Compensación Familiar, el pago del CREE si ello les aplica, de conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la Ley 1607 de 2012, el
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Decreto 1828 de 2012 o aquellas que la modifiquen o adicionen y a lo establecido en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. Del Recurso Humano. 15. Disponer xxx xxxxxxx humano idóneo, necesario y suficiente para garantizar el cumplimiento eficaz y oportuno de todas y cada una de las obligaciones contractuales con altos estándares de calidad, seguridad y confiabilidad en la ejecución del contrato. 16. Disponer para la ejecución del contrato, con la debida oportunidad, del Equipo Mínimo de Trabajo conformado por personal calificado e idóneo que se señala en el numeral 5.1.3.1 del presente documento, que acredite las calidades de formación académica y experiencia exigidas y garantice calidad y cumplimiento en la ejecución de todas y cada una de las obligaciones contractuales. En caso de reemplazo de alguno de los integrantes del equipo de trabajo, por cualquier causa, el personal designado en remplazo deberá acreditar iguales o superiores condiciones de estudio y experiencia al que sustituye y requerirá de la aprobación previa de la CNSC. Entiéndase por Equipo Mínimo de Trabajo, el personal imprescindible requerido para la ejecución del contrato. En consecuencia, el CONTRATISTA deberá prever y contar con la totalidad xxx xxxxxxx humano que requiera para cumplir íntegramente con las obligaciones contractuales en condiciones de calidad y oportunidad. El CONTRATISTA tiene la obligación de mantener, como equipo mínimo, el ofertado y que le valió su adjudicación tanto en cantidad como en calidad de miembros pudiendo ser comprobados en cualquier momento por la CNSC. La CNSC podrá exigir en cualquier momento la comprobación de los contratos legalmente suscritos, mediante los cuales se vincula por parte del CONTRATISTA al personal necesario para el cumplimiento de esta obligación. 17. Disponer de los profesionales especializados que realizarán el diseño, construcción y validación de los casos objeto de la presentación de la prueba de entrevista, para los diferentes tipos de población a atender. 18. Disponer xxx xxxxxxx humano idóneo, suficiente y necesario para la realización de la verificación del cumplimiento de requisitos mínimos exigidos, así como para la prueba de valoración de antecedentes. 19. Disponer xxx xxxxxxx humano idóneo, suficiente, necesario y requerido para la aplicación de la prueba de entrevista de acuerdo a los diferentes tipos de población. 20. Disponer xxx xxxxxxx humano idóneo para atender y adoptar las medidas técnicas, operativas y administrativas inmediatas a que haya lugar, en caso de presentarse alguna falla, circunstancia o hecho que pueda afectar la operación de los sistemas de información o plataforma informática dispuesta para el manejo y automatización de la información de la Convocatoria. 21. Ejercer control permanente tendiente a
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evitar que el personal que disponga el CONTRATISTA para la ejecución del contrato tenga algún tipo de conflicto de intereses para desarrollar sus labores y para ejercer sus responsabilidades, las cuales deben estar guiadas única y exclusivamente por cánones de calidad, transparencia, imparcialidad y objetividad. En caso de llegar a presentarse conflicto de intereses por alguna de tales personas, entre otros, como el de aspirar el trabajador o sus familiares hasta el 4º grado de consanguinidad, 2º de afinidad, 1º civil, a un empleo de los convocados, se deberá proceder de inmediato a su retiro y a su sustitución conforme a lo previsto en los pliegos de condiciones. 22. Realizar la capacitación y el entrenamiento a los miembros que conforman el Equipo Mínimo de Trabajo y demás personas responsables de ejecutar las diferentes actividades del contrato, que garantice la coherencia metodológica, técnica, jurídica y operativa en el cumplimiento de sus obligaciones. 23. Ejercer control permanente respecto de la calidad y oportunidad en el desarrollo de las responsabilidades, actividades y productos de cada persona natural o jurídica vinculada a la ejecución del contrato.
24. Asumir por su cuenta y riesgo todos los salarios y prestaciones sociales u honorarios de los empleados o subcontratistas que disponga para la ejecución del contrato y realizar el pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social y parafiscales y demás conceptos de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. El contrato resultante de este proceso de contratación no genera relación laboral entre la CNSC y el adjudicatario, como tampoco con las entidades territoriales certificadas en educación. 25. Para las macro regiones con población Afrocolombiana Negra, Raizal y Palenquera, los perfiles considerados para los jurados entrevistadores son: Experiencia en Educación, Pedagogía, en Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizal y Palenqueras. Requisitos Del Perfil: Formación: Profesional en las áreas de la Educación, Ciencias sociales y Humanas con postgrado a nivel de especialización, Maestría y/o doctorado en educación, en áreas afines. Experiencia. En etnoeducación y/o procesos organizativos y/o investigación en las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras; o en temas relacionados con la educación en los campos de docencia, pedagogía, administración educativa, en programas etnoeducativos, en el diseño, análisis, seguimiento de proyectos etnoeducativos en educación básica, media y educación superior. La experiencia anteriormente relacionada debe ser mínimo 5 años. De la Infraestructura Física, Técnica, Tecnológica y de Comunicaciones. 26. Disponer, de la infraestructura física, técnica, tecnológica y de comunicaciones, necesaria, segura, adecuada, idónea y
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oportuna, para el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones y actividades inherentes al objeto contractual. El CONTRATISTA debe contar, en las sedes donde se realizarán las pruebas, con personal idóneo dotado de elementos y equipos de cómputo, con conexión a internet, y los demás necesarios para el proceso, con el fin de atender las situaciones que se presenten y las solicitudes de los aspirantes. 27. Disponer y garantizar que las instalaciones físicas en donde se ejecutarán los diferentes procesos, servicios, actividades, administración y manejo de archivos y bases de datos y operación de los sistemas de información, cuenten con las seguridades suficientes y necesarias que garanticen la custodia y reserva de la información o procesos que se desarrollen, que impidan el acceso de personal ajeno a las mismas y que puedan poner en riesgo la información del proceso de selección que se adelantará, en el marco del Concurso Público Abierto de Méritos. 28. Disponer de la infraestructura tecnológica (Hardware y Software) y de conexión a internet - con la capacidad y seguridades suficientes para la operación adecuada y oportuna de los diferentes Sistemas de Información y sus niveles de servicio conforme a lo exigido en el ANEXO 9. ACUERDO DE NIVELES DE SERVICIO DEL SISTEMA DE COMUNICACIONES, DE LA CAPACIDAD COMPUTACIONAL, DE CARÁCTER PROCEDIMIENTAL Y ASOCIADOS A DISPONIBILIDAD DE CENTRO DE
DATOS O PLATAFORMA, para la automatización de la información del proceso de selección, con capacidad para atender la demanda que genera la cantidad de empleos vacantes y una cantidad estimada de aspirantes que entregan documentos para soportar el cumplimiento de requisitos mínimos y para la prueba de Valoración de Antecedentes, soportados en la distribución establecida por macro región y referenciada en el cuadro No. 7 de los Estudios Previos. El proponente deberá presentar con su propuesta, debidamente suscrita por el representante legal, el ANEXO 9 citado, mediante el cual garantiza disponer de las condiciones y niveles de servicio exigidas para la debida ejecución del contrato.
29. Concertar y suscribir con la CNSC, dentro de los cinco (5) días hábiles a partir del día de inicio de ejecución del contrato, un Plan de Trabajo para la Verificación de la Capacidad de la Infraestructura Tecnológica (comunicaciones y computacional), y dar estricto cumplimiento al mismo, conforme a los Acuerdos de Niveles de Servicio contenidos en el ANEXO 9 citado, y a las exigencias de la CNSC para la eficaz automatización de la información en las diferentes actividades del proceso de selección. 30. Adecuar y dar uso a los Sistemas de Información que la CNSC le entregue, y a ser instalados en su plataforma
ANEXO No. 14.
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tecnológica (Hardware) para el manejo y alojamiento de la información del proceso de selección, de acuerdo con las funcionalidades y niveles de servicio con que éstos cuentan, debiendo disponer tanto de todas las seguridades que garanticen el adecuado manejo de la información, como del personal usuario idóneo para el efecto. 31. Adecuar y dar uso a los Sistemas de Información que le serán entregados por la CNSC, para el manejo único y exclusivo de la información del proceso de selección debiendo desinstalarlos de su hardware y devolverlos a la CNSC a la finalización del contrato; estará totalmente prohibido hacer reproducciones de los aplicativos, registrarlos como de su propiedad o de terceros, enajenarlos, cederlos o darle cualquier otro tipo de utilidad. Cualquier hecho contrario a lo dispuesto en la presente obligación dará lugar a que la CNSC de inicio a las acciones legales correspondientes. 32. Garantizar que el acceso o modificación de información del proceso de selección, se produzca única y exclusivamente a través de los sistemas de información dispuestos para el efecto, de acuerdo con sus funcionalidades, impidiendo cualquier otro tipo de acceso, modificación o retiro de información. 33. Disponer de espacios, salones e instalaciones, en condiciones físicas y ambientales adecuadas, en los sitios donde se aplicarán las pruebas, que brinden homogeneidad para la aplicación de la prueba de entrevista, que tendrá grabación de audio, establecida en la estructura de la Convocatoria. 34. Hacer entrega a la CNSC del documento que contenga la descripción de las condiciones físicas y ambientales de los lugares, sitios de ejecución y/o salones que se dispondrán para la aplicación de la prueba de entrevista, a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del término para la consecución de los mismos. 35. Disponer del software necesario para la parametrización de los sitios de aplicación de las pruebas y para la citación a la realización de las mismas. 36. Disponer del software o Sistema de Información necesario para la realización del procesamiento e interpretación de las pruebas y para el análisis estadístico de las mismas, en las condiciones que garanticen generación de productos e informes técnicos conforme a lo que se disponga en el Manual Técnico de Pruebas. 37. Disponer de un plan de contingencia en caso xx xxxxxx o inconvenientes con la operación de los Sistemas de Información para la parametrización de los sitios de aplicación de la entrevista, y para el procesamiento, interpretación y estadísticas de las pruebas. 38. Disponer de un Call Center en forma permanente con la antelación que se disponga por la CNSC, al inicio de la etapa de cargue de documentos, para atender a los usuarios e interesados, garantizando que el
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talento humano dispuesto para el efecto conozca íntegramente los procedimientos, términos y demás aspectos del Concurso Público Abierto de Méritos. De las Pruebas del Concurso Público Abierto de Méritos. 39. Hacer entrega oficial a la CNSC, dentro del término previsto en el Plan de Trabajo y cronograma de ejecución del contrato, de la calificación y el procesamiento de las pruebas a efecto que la misma imparta su aprobación. 40. Garantizar que el contenido de los Manuales, Protocolos y documentos técnicos cumplan con los más altos estándares de calidad e integralidad y que sean implementados y utilizados para los efectos correspondientes. 41. Diseñar y construir los documentos técnicos, formatos y protocolos para verificación de requisitos mínimos, para la prueba de valoración de antecedentes y la prueba de entrevista, conforme se señala en el ANEXO 1 - ESPECIFICACIONES Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS. 42. Realizar la planeación para cada una de las pruebas a aplicar, previendo todas y cada una de las acciones a ejecutar de forma rigurosa, antes, durante y después de la aplicación de las mismas, de manera que se garantice, en forma estricta, lo dispuesto en las reglamentaciones, instrucciones o disposiciones que imparta la CNSC, las cuales harán parte de la planeación general del proceso y de la ejecución del contrato. Las planeaciones individuales deberán ser entregadas a la CNSC conforme se acuerde con el Supervisor del contrato. 43. Hacer la publicación de la información necesaria y oportuna que deban conocer los aspirantes en desarrollo del Concurso, de las citaciones a las pruebas a aplicar conforme a lo dispuesto en los reglamentos del Concurso y a las normas legales aplicables. 44. Realizar la aplicación de las pruebas del Concurso, atendiendo lo dispuesto en los reglamentos y disposiciones de la CNSC y de conformidad con lo previsto en el Manual de Pruebas. 45. Verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos para el desempeño del empleo vacante al que concursa cada aspirante, conforme a lo dispuesto en la Oferta Pública de Empleos - OPEC. En caso que el aspirante no cumpla con los requisitos mínimos, al momento de la publicación de los resultados, el CONTRATISTA deberá señalar en forma clara y precisa las razones por las cuales el aspirante no cumple con los mismos. 46. Realizar la prueba de Valoración de Antecedentes (formación académica y experiencia adicional a la mínima exigida), en los términos de los acuerdos de las convocatorias 136 a 249 de 2012, 253 y 254 de 2013, a cada uno de los aspirantes habilitados en la segunda fase del proceso de selección. 47. Realizar la calificación, el procesamiento y el análisis estadístico de las pruebas a través de los sistemas de
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información de los que debe disponer el CONTRATISTA para el efecto, conforme se establezca en el Manual de Pruebas y generar los resultados, reportes e informes correspondientes en los términos dispuestos en la reglamentación que expida la CNSC. 48. Elaborar la parametrización para la citación a la prueba de Entrevista, indicando el sitio, salón, fecha, hora y demás aspectos de cada aspirante, a través del aplicativo del que debe disponer el CONTRATISTA para el efecto. La parametrización señalada deberá ser entregada a la CNSC con antelación no menor a 10 días hábiles a la aplicación de la prueba, según la fecha dispuesta en el cronograma de la convocatoria. Igualmente deberá proceder a la citación correspondiente, en las fechas establecidas en los reglamentos del Concurso. 49. Construir el número de casos adecuados y concertados con la CNSC, universidades públicas o privadas, instituciones universitarias o instituciones de educación superior y el Ministerio de Educación Nacional, que permita apreciar las competencias ocupacionales de los aspirantes para desempeñar los empleos convocados. Se deberá valorar el conocimiento del contexto educativo, el manejo práctico de situaciones educativas y la actitud frente al medio en el que ejercerá el cargo. Para los cargos de director rural, coordinador o rector en los establecimientos educativos estatales, adicionalmente la entrevista deberá valorar en los aspirantes aspectos fundamentales como el dominio y habilidades sobre planeación y visión organizacional, gestión académica, gestión de personal y de recursos, evaluación institucional, seguimiento y control, compromiso institucional, trabajo en equipo, mediación de conflictos, relaciones interpersonales, toma de decisiones y liderazgo. Para las macro regiones con población Afrocolombiana Negra, Raizal y Palenquera, la metodología central para las entrevistas consiste en el análisis de casos referentes a situaciones educativas del contexto de la etnoeducación, de los establecimientos y las generalidades que deben contener los proyectos etnoeducativos de las instituciones que atienden población afrocolombiana negra, raizal y palenquera y la actitud frente al medio en el que ejercerá el empleo al que aspira; teniendo en cuenta que como prueba situacional permite simular, total x xxxxxxxxxxxx. 00. Para las macro regiones con población Afrocolombiana Negra, Raizal y Palenquera, se deberán contratar dos
(2) entrevistadores para docentes y tres (3) entrevistadores para directivos docentes cuyos currículos serán propuestos por la Comisión Pedagógica Nacional. En el caso particular de San Xxxxxxx de Palenque, San Xxxxxx, Providencia y Santa Xxxxxxxx, los Jurados además del perfil requerido deberán acreditar conocimiento en la Lengua Nativa respectiva. 51. Implementar estrategias y
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mecanismos de verificación de la identidad de los aspirantes al momento de la presentación de la prueba, a fin de evitar fraudes y suplantaciones. 52. Realizar los backups necesarios de las pruebas, así como de los resultados, del procesamiento, de la interpretación y de las estadísticas de las mismas, y demás información y bases de datos que se generen en desarrollo de estas. 53. Publicar a través del sistema de Información que determine la CNSC correspondiente a este proceso, los resultados obtenidos en las respectivas pruebas por cada uno de los aspirantes, en la oportunidad y fechas dispuestas por la CNSC. 54. Hacer entrega a la CNSC de los resultados finales de los procesos adelantados y las pruebas aplicadas en el Concurso en la fecha prevista en el Plan de Trabajo y Cronograma de ejecución del contrato y realizar la publicación correspondiente en los términos establecidos por la CNSC. 55. Atender, resolver y responder de fondo, dentro de los términos legales, las reclamaciones, derechos de petición, acciones judiciales y llevar a cabo las actuaciones administrativas a que haya lugar en ejercicio de la delegación conferida con la suscripción del contrato, durante toda la vigencia del contrato y con ocasión de los procesos adelantados y de la aplicación de las pruebas, de sus resultados y en general, con ocasión del Concurso. Atender durante toda la vigencia del contrato todos los requerimientos, solicitudes y aclaraciones que como consecuencia de la ejecución del mismo y del Concurso Público Abierto de Méritos, se lleguen a presentar o se requieran por la CNSC, por cualquier autoridad oficial o ciudadano, para lo cual deberá garantizar el recurso humano que requiera para dar cumplimiento a esta obligación contractual. 56. Garantizar que los coordinadores y profesionales del equipo mínimo conozcan de manera precisa las normas legales y reglamentarias, la jurisprudencia, los conceptos y la doctrina que ha expedido la CNSC en materia xx xxxxxxx administrativa en asuntos propios de los Concursos Públicos Abiertos de Méritos, así como los términos y las disposiciones contenidas en las reglamentaciones que la misma expida para el Concurso, que le permitan cumplir a cabalidad con las diferentes obligaciones contractuales. 57. Establecer controles que garanticen que las decisiones que se adopten y las respuestas que se suministren con ocasión de reclamaciones, derechos de petición y acciones judiciales, se produzcan conforme a las normas legales y reglamentarias que rigen la carrera administrativa y a lo dispuesto en los reglamentos expedidos por la CNSC; que estén soportados en las pruebas documentales correspondientes a cada caso en particular, que se emitan dentro de los términos y oportunidades previstas en la ley y, en todo caso, que gocen de calidad en su contenido, sindéresis, objetividad, responsabilidad y legalidad. 58.
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Dar estricto cumplimiento a las sentencias y órdenes judiciales que se produzcan en desarrollo del proceso de selección, en los términos allí dispuestos y tomar todas las medidas necesarias para el efecto, sin que esto implique costos adicionales para la CNSC. 59. Llevar las estadísticas de las reclamaciones, derechos de petición y acciones judiciales, identificando tipos o asuntos objeto de las mismas y un archivo magnético por temas de las preguntas y respuestas suministradas. Los archivos de las reclamaciones, de los derechos de petición y las acciones judiciales deberán mantenerse debidamente organizados, clasificados y rotulados para su permanente y fácil consulta. 60. Todos los informes, reportes e información que se deban presentar a la CNSC, en desarrollo del contrato deberán cumplir con las mejores condiciones de calidad, orden, organización y presentación en su contenido y de ser solicitados ajustes o correcciones por parte de la CNSC, estos deberán realizarse en el término que la misma disponga. La CNSC podrá exigir la rendición de informes presenciales y presentaciones sobre la planeación, avance y estado de las diferentes etapas y actividades del contrato y, en todo caso, cuando lo considere necesario para supervisar el adecuado desarrollo del mismo. Cuando la Universidad seleccionada cuente con Sede en un lugar distinto a la ciudad de Bogotá, estará a su cargo cualquier costo que implique su desplazamiento al domicilio de la CNSC, para atender los requerimientos que le exija la supervisión del contrato. PARÁGRAFO. En todo caso y no obstante las obligaciones descritas anteriormente, el CONTRATISTA se obliga a ejecutar todas las actividades inherentes y asociadas para el logro de los resultados, de los productos y servicios que correspondan para el adecuado y efectivo cumplimiento del contrato y sus alcances. OCTAVA - OBLIGACIONES DE LA CNSC: Además de las obligaciones propias del ejercicio de la supervisión de la ejecución del contrato, conforme a las normas legales y a lo señalado en el presente documento, son obligaciones de la CNSC, las siguientes: 1. Aprobar la garantía de cumplimiento de las obligaciones contractuales que constituya el CONTRATISTA. 2. Aprobar el Plan de Trabajo y el Cronograma para la ejecución del contrato una vez se ajuste a las necesidades y exigencias de la CNSC, sin perjuicio que pueda solicitar modificaciones cuando lo estime necesario. 3. Concertar y suscribir con el CONTRATISTA el Plan de Trabajo para la Verificación de la Capacidad de la Infraestructura Tecnológica para exigir el cumplimiento de los Acuerdos de Niveles de Servicio de que trata el ANEXO 9 - ACUERDO DE NIVELES DE SERVICIO DEL SISTEMA DE COMUNICACIONES, DE LA CAPACIDAD COMPUTACIONAL, DE CARÁCTER PROCEDIMIENTAL Y ASOCIADOS A DISPONIBILIDAD CENTRO
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DE DATOS O PLATAFORMA. 4. Hacer entrega de los sistemas de información como herramienta tecnológica para el manejo de la información de la Convocatoria y del Concurso Público Abierto de Méritos con los correspondientes manuales del usuario y dictar una capacitación a los coordinadores y al ingeniero de sistemas que hagan parte del Equipo de Trabajo del CONTRATISTA, en las fechas previstas en el Plan de Trabajo y Cronograma de ejecución del contrato. 5. Los sistemas de Información o plataforma informática que se entregarán al CONTRATISTA serán: a. Registro de documentos de estudio y experiencia de aspirantes. Lenguaje de programación: Visual Basic 2005. Base de Datos: MS SQL server. Sistema operativo: Windows server. b. Verificación de Requisitos Mínimos. Lenguaje de programación: Visual Basic 2005. Base de Datos: MS SQL server. Sistema operativo: Windows server. c. Valoración de Antecedentes. Lenguaje de programación: Visual Basic 2005. Base de Datos: MS SQL server. Sistema operativo: Windows server. d. Citación a entrevista. Lenguaje de programación: JAVA. Base de Datos: MS SQL server. Sistema operativo: Windows server. e. Publicación de resultados de la etapa de verificación de requisitos mínimos y pruebas aplicadas. Lenguaje de programación: Visual Basic 2005. Base de Datos: MS SQL server. Sistema operativo: Windows server.
f. Reclamaciones y respuesta a reclamaciones. Lenguaje de programación: JAVA. Base de Datos: MS SQL server. Sistema operativo: Windows server. No hacen parte de los Sistemas de Información a entregar por la CNSC al CONTRATISTA, los que se le exigen en las obligaciones a cargo del mismo. 6. Realizar en cualquier momento visitas a las instalaciones en donde se llevará a cabo el proceso de la verificación de cumplimiento de requisitos mínimos, para la aplicación las pruebas de valoración de antecedentes y de la entrevista y, en general, en donde se desarrollen los demás procesos y actividades propios de la ejecución del contrato, para establecer que efectivamente garanticen seguridad, confiabilidad y reserva de la información. 6. Exigir al CONTRATISTA la comprobación de los contratos legalmente suscritos con los miembros del Equipo Mínimo de Trabajo, que permitan establecer su vinculación a la ejecución del contrato y el cumplimiento de las exigencias previstas para cada uno. 7. Exigir al CONTRATISTA la ejecución idónea del objeto del contrato, conforme a lo previsto en los pliegos de condiciones y en la propuesta. 8. Brindar la orientación requerida por el CONTRATISTA para la ejecución del contrato. 9. Revisar y aprobar los resultados de los procesos y pruebas del Concurso Público de Méritos, cuando así se disponga por la misma CNSC, previa la entrega oficial de los mismos por el
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CONTRATISTA en la oportunidad dispuesta. 10. Revisar los documentos e informes que deba presentar el CONTRATISTA en la Ciudad de Bogotá D.C, durante la ejecución del contrato y requerirle, cuando lo considere pertinente, la rendición de informes presenciales y presentaciones sobre la planeación, avance y estado de las diferentes etapas y actividades del contrato. 11. Exigir la entrega de los archivos de todos los documentos físicos en medio magnético de manera organizada, clasificada y rotulada y la devolución de los Sistemas de Información que le sean entregados como herramienta tecnológica para el Concurso Público Abierto de Méritos. 12. Ejercer la supervisión del contrato conforme a las normas legales. 13. Suscribir las actas necesarias durante la ejecución del contrato. 14. Liquidar el contrato. 15. Todas las demás que surjan durante la ejecución del contrato. NOVENA: CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder el presente contrato ni los derechos económicos de esté, a persona alguna, natural o jurídica sin autorización previa, expresa y escrita de LA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL. UNDÉCIMA - SUPERVISIÓN Y CONTROL DE LA
EJECUCIÓN DEL CONTRATO: La supervisión y control del presente contrato será ejercida por quien designe el Presidente de la Comisión Nacional del Servicio Civil, previa concertación con el Comisionado responsable de la Convocatoria, que en ejercicio de la supervisión asignada evaluará los servicios prestados y expedirá cuando así proceda, las certificaciones de cumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA y autorizará los pagos respectivos. Sin embargo, en cualquier momento y sin que se requiera de modificación de este contrato, el Presidente de LA COMISIÓN podrá cambiar la supervisión del mismo, mediante comunicación escrita. Copia de esta comunicación se remitirá al área jurídica. La supervisión deberá ejercer el control y seguimiento de la ejecución contractual, conforme a las funciones y deberes estipulados en el Manual de Contratación y Supervisión de LA COMISIÓN, dentro de las principales actividades que debe ejercer la supervisión del contrato, se encuentran: a) Impartir por escrito las instrucciones, solicitudes y requerimientos a EL CONTRATISTA para exigir la ejecución idónea y oportuna del objeto del contrato. b) Revisar los informes presentados por EL CONTRATISTA, y con base en estos, expedir la certificación de cumplimiento y/o recibido a satisfacción, para los correspondientes pagos. c) Verificar que EL CONTRATISTA se encuentre al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios xxx Xxxx, ICBF y Cajas de Compensación
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Familiar, cuando corresponda, para la realización de cada pago derivado del contrato. d) Informar al área jurídica las circunstancias que se consideren puedan alterar el equilibrio económico y financiero del contrato proponiendo las medidas para su restablecimiento, a fin de que se estudie la situación, se determine la viabilidad jurídica y se adopten los mecanismos tendientes a actualizar o revisar los precios, en caso de ser procedentes. e) Requerir a EL CONTRATISTA para efectuar la liquidación bilateral del contrato y elaborar el proyecto de acta de liquidación del contrato. f) Verificar que las garantías del contrato, permanezcan vigentes durante la ejecución del mismo, teniendo en cuenta la fecha del acta de inicio y las adiciones, prórrogas y/o suspensiones del plazo pactadas, y la vigencia de las pólizas, afectadas inclusive para el caso de aquellas relacionadas con la terminación de la ejecución del contrato, como las pólizas de calidad, estabilidad etc. g) Suscribir el acta de inicio dentro del término estipulado en el contrato y remitir a la dependencia correspondiente. h) Realizar la vigilancia, seguimiento y control del contrato desde el punto de vista administrativo, financiero y contable, técnico y jurídico desde su inicio y hasta su finalización, incluyendo la etapa de liquidación. i) Verificar que se hayan cumplido todos los requisitos para el perfeccionamiento y ejecución del contrato, y con posterioridad informar al contratista sobre la materialización del principio de solidaridad, una vez se encuentre el contrato en la etapa de vigencia del mismo. j) Exigir al contratista el cumplimiento del cronograma de actividades y establecer junto con el contratista, los diferentes productos contractuales, de acuerdo con el cronograma del contrato y de acuerdo a los compromisos de ejecución, en caso de incumplimiento de los mismos, deberá el Supervisor informar inmediatamente al Ordenador del gasto con el respectivo concepto de recomendación, para proceder a la eventual posibilidad de imponer multas, o si es pertinente la declaratoria de incumplimiento y su consecuencial manifestación de caducidad y pago de la cláusula penal. k) Atender y responder oportunamente todos los requerimientos que realice el contratista dentro de la ejecución del contrato, para evitar la ocurrencia del silencio administrativo positivo o negativo. l) Verificar que las peticiones del contratista se encuentren sustentadas en debida forma. m) Proyectar y tramitar la correspondencia que sea necesaria para la correcta ejecución del contrato. n) Verificar que el contratista cumpla con el objeto del contrato dentro del término estipulado. o) Verificar que en el desarrollo del contrato se cumplan las disposiciones legales y en particular las
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reglamentaciones relacionadas con la actividad contratada. p) Informar a la Oficina Asesora Jurídica, acerca del incumplimiento de las obligaciones contractuales por parte del contratista, con el fin que se inicien las acciones legales correspondientes. q) Abstenerse de permitir la ejecución del contrato, cuyo plazo haya vencido y cuya prórroga o adición no haya sido firmada por el ordenador del Gasto y el contratista. El Supervisor no podrá autorizar a mutuo propio, situaciones de ejecución contractual, que requieran de la aprobación del ordenador del gasto o que modifiquen el contrato suscrito. r) Evaluar de manera preliminar las solicitudes que haga el contratista, en relación con las ampliaciones de plazo, cuantía y reconocimiento del equilibrio contractual, y remitirlas a la Oficina Asesora Jurídica, con su concepto técnico y viabilidad y para posterior aprobación del ordenador del gasto. s) Realizar los trámites para la expedición del certificado de disponibilidad presupuestal o vigencias futuras, para adicionar un contrato en valor. t) Informar el recibo a satisfacción del objeto contratado, como requisito previo para efectuar los pagos parciales y finales al contratista, una vez se cumplan los requisitos relacionados con el pago oportuno y pertinente, de los aportes a seguridad social y los demás contemplados por la Ley y el contrato, se reciba el respectivo Informe de Ejecución parcial y/o final, respetando siempre el Derecho de turno. u) Elaborar los informes, evaluaciones y anexar oportunamente los documentos y pruebas que permitan a la Oficina Asesora Jurídica, tener suficientes elementos de juicio para imponer requerimientos, multas, caducidad y demás actuaciones de orden sancionatorio. v) Elaborar los informes, evaluaciones y anexar oportunamente los documentos que permitan a la Oficina Asesora Jurídica, tener suficientes elementos de juicio para imponer con su acompañamiento y recomendación, en calidad de garante de la ejecución contractual como Supervisor, requerimientos, multas, caducidad y demás actuaciones de orden sancionatorio. w) Durante la ejecución del Contrato, administrar la carpeta contractual y ser responsable de la conservación documental de la misma, de manera inmediata a la emisión del respectivo archivo del proceso, incluyendo informes de ejecución, copia de cuentas, recibos a satisfacción, pagos de seguridad social, correos electrónicos, correspondencia de entrada y salida del proceso, requerimientos y respuestas, informes parciales de ejecución, informes requeridos, actas, informes de visitas, solicitudes del contratista y demás respuestas, y todos los demás documentos pertinentes del proceso contractual. x) Tramitar hasta su finalización la correspondencia que le ha sido
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asignada, realizando los registros correspondientes en el Sistema de Gestión Documental Oficial. y) El Supervisor deberá informar al Ordenador del Gasto, la interrupción temporal o definitiva, de su actividad de supervisión, en virtud a las diferentes circunstancias o situaciones administrativas que puedan presentarse y que afecten su actividad de verificación, sean estas: licencias, incapacidades, vacaciones, renuncias o cualquier otro tipo de interrupción o terminación de la relación legal y reglamentaria, para que el Ordenador proceda a establecer las medidas pertinentes, para garantizar el cambio inmediato del Supervisor. z) Finalizado el Plazo del Contrato, entregar en medio magnético o físico el soporte de las actividades realizadas, de acuerdo a los lineamientos de la CNSC. aa) Las demás labores y gestiones necesarias para el debido desarrollo del objeto contractual. DUODÉCIMA - MULTAS: En virtud de lo establecido en el artículo 40 de la Ley 80 de 1993, y el artículo 17 de la ley 1150 de 2007, las partes acuerdan, que en caso xx xxxx o retardo en el cumplimiento de cualesquiera de las obligaciones señaladas en el contrato adjudicado a cargo de los Contratistas, y como apremio para que las atiendan oportunamente, la entidad podrá imponerles mediante Resolución motivada, multas equivalentes al uno por ciento (1%) del valor total del contrato por cada día de atraso o retardo en el cumplimiento de sus obligaciones, previo requerimiento al Contratista incumplido, sin que el valor total de ellas pueda llegar a exceder el diez por ciento (10%) del mismo. Los Contratistas autorizan desde ya, para que en caso de que la entidad le imponga multas, el valor de las mismas se descuente de los saldos a su favor o se ordene hacerlo efectivo con cargo a la póliza de cumplimiento por él constituida. Lo anterior, salvo que los Contratistas demuestren que su tardanza x xxxx obedeció a hechos constitutivos de caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados. DÉCIMA TERCERA.- DERECHOS DE AUTOR: De conformidad con lo establecido en el Artículo 20 de la Ley 23 de 1.982, todos los derechos patrimoniales de autor de los proyectos, estudios e investigaciones que se realicen dentro del marco de este Contrato, entre otros, los escritos, diseños, gráficas, películas, cintas magnéticas, programas de computador, bases de datos, especificaciones, protocolos, manuales e instructivos, estudios técnicos, informes, materiales y demás documentos que se produzcan relacionados con el objeto del Contrato, serán de propiedad de LA COMISIÓN que podrá usarlos o disponer de ellos sin limitación temporal alguna, espacial o de modalidad. Para todos los efectos legales, se aplicará la Ley 23 de 1982, la Ley 44
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de 1993, la Decisión Andina 351 y demás normas conexas y complementarias. PARÁGRAFO PRIMERO: La titularidad de todos los derechos patrimoniales de autor sobre todos los trabajos realizados y creados con anterioridad por EL CONTRATISTA, pero que sean utilizados y aportados para desarrollar y cumplir con los asuntos encomendados en este Contrato, serán de propiedad de LA COMISIÓN en virtud de cesión que EL CONTRATISTA hace de tales derechos. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL CONTRATISTA mantendrá la propiedad moral e intelectual de los bienes producidos. PARÁGRAFO TERCERO: En el evento que EL CONTRATISTA utilice o subcontrate a terceros, se compromete a que la titularidad de los derechos patrimoniales creados por ellos, son legal y válidamente transferidos al CONTRATISTA quien a su vez los transfiere, en virtud de la Ley y en desarrollo del presente Contrato, a LA COMISIÓN. Una vez firmado el presente contrato, se entiende materializada la presente transferencia de derechos. PARÁGRAFO CUARTO: EL CONTRATISTA se compromete a que todos los trabajos intelectuales desarrollados sean originales y realizados sin violar o usurpar derechos de autor a terceros, y que no han sido cedidos con antelación y que sobre ellos no pesa gravamen alguno ni limitación en su uso o utilización. PARÁGRAFO QUINTO: En caso de presentarse cualquier reclamación o acción por parte de un tercero, en cuanto a los derechos de autor sobre las obras y trabajos realizados, EL CONTRATISTA asumirá toda responsabilidad y saldrá en defensa de los derechos que fueron transmitidos, comprometiéndose con LA COMISIÓN a defender, de acuerdo con éste, por todos los medios judiciales y extrajudiciales, la integridad de sus derechos de autor sobre las obras desarrolladas. DÉCIMA CUARTA - CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: Si los Contratistas no dieren cumplimiento en forma total o parcial al objeto o a las obligaciones emanadas del contrato suscrito, pagarán a la entidad el veinte por ciento (20%) del valor total del mismo, como estimación anticipada de perjuicios sin que lo anterior sea óbice para que se declare la caducidad del contrato, y se impongan las multas a que haya lugar. La entidad podrá hacer efectivo el valor de la cláusula penal descontándola de las sumas que se les adeude a los Contratistas, en desarrollo de los contratos. La Entidad podrá acudir, en todo caso, ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo para reclamar por el mayor perjuicio ocasionado por el incumplimiento. DÉCIMA QUINTA - INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERAL: Al
presente contrato se entienden incluidas las cláusulas establecidas en los artículos
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15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993. DÉCIMA SEXTA- CADUCIDAD: LA
COMISION declarará la caducidad administrativa de este contrato, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 80 de 1.993. PARAGRAFO: La Resolución que declare la caducidad dará por terminado el contrato y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre.
DÉCIMA SÉPTIMA - GARANTÍAS: Con el fin de amparar los perjuicios de naturaleza contractual, derivados del incumplimiento del contrato, como requisito para la ejecución contractual, el contratista deberá constituir garantía única que podrá consistir en: Póliza expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, cuya póliza matriz esté debidamente aprobada por la Superintendencia Financiera, fiducia mercantil en garantía, garantía bancaria a primer requerimiento, endoso en garantía de títulos valores o depósito de dinero en garantía con los siguientes amparos: 1. Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato estatal: Por valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, y con una vigencia igual al plazo de ejecución y ocho (8) meses más o hasta la fecha de liquidación del Contrato si está por cualquier circunstancia es posterior, contados a partir de la suscripción de la póliza. El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la CNSC de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria pactadas en el contrato. En virtud de lo señalado en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, la Garantía de cumplimiento cubrirá los perjuicios causados a la CNSC como consecuencia de la conducta dolosa o culposa o de la responsabilidad imputable a los particulares, derivados de un proceso de responsabilidad fiscal, siempre y cuando esos perjuicios deriven del cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato amparado por la Garantía. Este amparo cubre el riesgo de incumplimiento generado por la violación al compromiso de confidencialidad adquirido por el contratista mediante la firma del Contrato, así: Será causal de incumplimiento de la calidad del servicio cualquier violación sobre la confidencialidad de las pruebas, documentos, datos o informaciones que
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se tenga con ocasión del Contrato y que de forma parcial o total se presente por alguna de las partes o cualquiera de sus funcionarios o contratistas. 2. Calidad del servicio: Por valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, y con una vigencia igual al plazo de ejecución y ocho (8) meses más, contados a partir de la suscripción de la póliza. Cubre a la CNSC de los perjuicios imputables al contratista y que se deriven de la mala calidad del servicio prestado.
3. Calidad de los bienes: Por valor equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato, y con una vigencia igual al plazo de ejecución y ocho (8) meses más, contados a partir de la suscripción de la póliza. 4. Salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: Por valor equivalente al cinco por ciento (5%) y deberá extenderse por el plazo del contrato y tres (3) años más, contados a partir de la suscripción de la póliza. Cubrirá a la CNSC de los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado el Contratista garantizado, derivadas de la contratación del personal utilizado para la ejecución del contrato amparado. 5. Amparo autónomo contenido en la póliza anexa - Póliza de Responsabilidad Extracontractual-: De conformidad con lo establecido en el Artículo 126 del Decreto 1510 de 2013, por la naturaleza del objeto a contratar, el contratista, debe otorgar una póliza de seguros de responsabilidad civil extracontractual que proteja a la CNSC de las eventuales reclamaciones de terceros que puedan surgir de las actuaciones, hechos u omisiones del contratista. Esta póliza debe cubrir igualmente los perjuicios derivados de los daños que sus subcontratistas puedan causar a terceros con ocasión de la ejecución de los contratos, o en su defecto, que acredite que el subcontratista cuenta con un seguro de responsabilidad civil extracontractual propio para el mismo objeto. La póliza se otorgará por XXXXXXX (XXX) SMLMV, con una vigencia igual a todo el periodo de ejecución del contrato y ocho (8) meses más, en razón a la vigencia del contrato, contados a partir de la suscripción de la póliza. PARÁGRAFO: El Contratista deberá restablecer el valor de la garantía cuando éste se haya visto reducido por razón de las reclamaciones efectuadas por la entidad contratante. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o se adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el Contratista deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso, de conformidad con lo establecido en el decreto 1510 de 2013. DÉCIMA OCTAVA -PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LA CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA: EL CONTRATISTA deberá cumplir con los requisitos
ANEXO No. 14.
MINUTA DEL CONTRATO A SUSCRIBIR (POR CADA MACRO REGIÓN)
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No 2014,
CELEBRADO ENTRE LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Y LA UNIVERSIDAD .
señalados en la cláusula décima séptima, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del contrato y los documentos resultantes, deberán entregarse en forma conjunta dentro de este plazo en el ÁREA ASESORA JURÍDICA para el trámite correspondiente. DÉCIMA NOVENA- INDEMNIDAD: De conformidad con lo establecido en el Manual de Contratación de la CNSC, EL CONTRATISTA se obliga a mantener libre a LA COMISIÓN de cualquier daño o perjuicio originado, en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes. VIGÉSIMA - PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con el acuerdo de voluntades y la firma de las partes, y para la ejecución se requiere la aprobación de la garantía y el registro presupuestal. VIGÉSIMA PRIMERA - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El Representante Legal del CONTRATISTA declara bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la firma del presente contrato, que ni él, ni la sociedad que representa, se hallan incursos en ninguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad y prohibiciones para contratar, al tenor de lo consagrado en la Ley 80 de 1993 y demás disposiciones vigentes sobre la materia. VIGÉSIMA SEGUNDA - INTEGRALIDAD: Hace parte integral de este contrato, el estudio previo, el pliego de condiciones, adendas, anexos técnicos y demás documentos integrales del proceso de licitación pública CNSC-LP-004 de 2014. VIGÉSIMA TERCERA- DOMICILIO: Para los efectos legales del presente contrato, las partes acuerdan como domicilio la ciudad de Bogotá, D. C.
Para constancia se firma el presente documento en la ciudad de Bogotá D.C. a los
POR LA COMISIÓN
XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX
Presidente
Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC
ANEXO No. 14.
MINUTA DEL CONTRATO A SUSCRIBIR (POR CADA MACRO REGIÓN)
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No 2014,
CELEBRADO ENTRE LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Y LA UNIVERSIDAD .
POR EL CONTRATISTA
Representante legal UNIVERSIDAD
C.C No. de
Aprobó: Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Revisó: Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx