CONTRATO: CO-___/__ CONCURSO PÚBLICO: CP __/___ CONTRATO DE “DISEÑO DEL MANTENIMIENTO PERIODICO DE LA RUTA CA08W, TRAMO: CA01W (EL POLIEDRO) – SONSONATE” NOSOTROS: Por una parte MANUEL ORLANDO QUINTEROS AGUILAR conocido por GERSON MARTINEZ, mayor de...
CONTRATO: CO-___/__
CONCURSO PÚBLICO: CP __/___
CONTRATO DE “DISEÑO DEL MANTENIMIENTO PERIODICO DE LA RUTA CA08W,
TRAMO: CA01W (EL POLIEDRO) – SONSONATE”
NOSOTROS: Por una parte XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX conocido
por XXXXXX XXXXXXXX, mayor de edad, Empleado, del domicilio de Santa Tecla,
Departamento de La Libertad, actuando en nombre y representación del FONDO
DE CONSERVACIÓN VIAL, en calidad de Presidente del Consejo Directivo de dicho
Fondo, a quien en lo sucesivo se denominará “El FOVIAL”; y por la otra parte
_____________, mayor de edad, --------, del domicilio de ------, departamento de --------
-, actuando en nombre y en representación de la Sociedad Anónima del domicilio
de ------- que gira con la denominación social de -------, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
CAPITAL VARIABLE, que se abrevia ------, S.A. DE C.V., en calidad de -------------
de la expresada Sociedad, en lo sucesivo denominada “El consultor”, celebramos el
presente contrato de “DISEÑO DEL MANTENIMIENTO PERIODICO DE LA RUTA
CA08W, TRAMO: CA01W (EL POLIEDRO) – SONSONATE””, de conformidad a
acuerdo adoptado por el Consejo Directivo FOVIAL en el Punto ------ de la sesión
ordinaria ----/dos mil ----, de fecha -------, y bajo las estipulaciones, términos y condiciones
siguientes:
CLAUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del presente contrato es regular las relaciones, derechos y obligaciones de las
partes contratantes, a efecto de que el consultor efectúe a la entera satisfacción
del FOVIAL los servicios que por medio de este contrato le han sido adjudicados para
realizar y por el precio estipulado en la Cláusula Tercera del presente contrato: Monto del
Contrato y Forma de Pago, cuyo detalle se encuentra en los documentos
contractuales del proyecto “DISEÑO DEL MANTENIMIENTO PERIODICO DE LA
RUTA CA08W, TRAMO: CA01W (EL POLIEDRO) – SONSONATE””, desarrollándolo de
la manera estipulada en la respectiva Oferta Técnica-Económica del consultor, y en
las Bases de Concurso Público respectivas.
CLAUSULA SEGUNDA: INICIO DEL PLAZO DE EJECUCIÓN.
El consultor iniciará el diseño objeto del contrato en la fecha que se establezca en la
Orden de Inicio emitida por el FOVIAL.
CLAUSULA TERCERA: MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO.
Por los servicios contratados el FOVIAL pagará al consultor la suma de -------------
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($ -------), incluido el Impuesto a
la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios.
El monto del contrato será pagado al consultor de la manera establecida en los
documentos
contractuales, deduciendo la retención para la amortización del anticipo, y en su
caso, las multas correspondientes, y toda otra suma cuyo pago sea a cargo del
consultor de conformidad a los documentos contractuales.
CLAUSULA CUARTA: ANTICIPO.
Si el consultor lo solicita y el FOVIAL estima que es conveniente, éste podrá concederle
un anticipo, por un máximo del treinta por ciento (30%) del valor total del contrato. En
caso de ser procedente, el FOVIAL entregará el anticipo al consultor, toda vez que éste
haya presentado la solicitud dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la Orden
de inicio, acompañada de los documentos requeridos en las Condiciones Generales de
las Bases de Concurso.
Para amortizar el anticipo otorgado, de cada pago que deba hacerse al consultor se
retendrá un porcentaje a ser determinado por el FOVIAL, hasta que éste quede
cancelado. En todo caso el monto total del anticipo deberá ser amortizado antes del
último pago. Para la devolución del anticipo, en el supuesto de la extinción del
contrato, el saldo por amortizar si lo hubiere, se reintegrará a FOVIAL, en el plazo de
quince (15) días posteriores a la fecha del requerimiento efectuado por la Institución
CLAUSULA QUINTA: PLAZO.
El consultor se obliga a realizar los trabajos de acuerdo a lo establecido en la cláusula
primera de este contrato en el plazo de DOSCIENTOS CUARENTA DÍAS CALENDARIO
contados a partir de la fecha establecida en la orden de inicio.
CLAUSULA SEXTA: CESION Y TRANSFERENCIA DEL CONTRATO.
El consultor no podrá ceder, transferir o, de cualquier forma, disponer, en todo o en parte,
el presente contrato, a favor de ninguna persona natural o jurídica, nacional o extranjera.
CLAUSULA SEPTIMA: SANCIONES Y PENALIDADES.
Si el consultor no cumpliere o se retrasare en el cumplimiento de alguna o
algunas de las obligaciones establecidas en el presente contrato y en los demás
documentos contractuales, el FOVIAL podrá aplicarle las sanciones establecidas en
la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública. En el caso de
las multas éstas se descontarán de los pagos correspondientes.
Si durante la ejecución del contrato se comprobare por la Dirección General de Inspección
de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, incumplimiento por parte del
consultor a la normativa que prohíbe el trabajo infantil y de protección de la
persona adolescente trabajadora; se deberá tramitar el procedimiento sancionatorio que
dispone el Art. 160 de la LACAP para determinar el cometimiento o no durante la
ejecución del contrato de la conducta tipificada como causal de inhabilitación en el Art.
158 romano V) literal b) de la LACAP, relativa a la invocación de hechos falsos para
obtener la adjudicación de la contratación. Se entenderá por comprobado el
incumplimiento a la normativa por parte de la Dirección General de Inspección de
Trabajo, si durante el trámite de re inspección se determina que hubo subsanación
por haber cometido una infracción, o por el contrario si se remitiere a
procedimiento sancionatorio, y en éste último caso deberá finalizar el procedimiento
para conocer la resolución final.
CLAUSULA OCTAVA: FINANCIAMIENTO.
El FOVIAL hace constar que existe disponibilidad presupuestaria para este
Proyecto en el presente ejercicio fiscal.
CLAUSULA NOVENA: SOMETIMIENTOS, DOMICILIO ESPECIAL Y COMPETENCIA.
El FOVIAL y el consultor se someten a las leyes de la República de El Xxxxxxxx y en
especial a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, su
reglamento y a la Ley del Fondo de Conservación Vial. En caso de acción judicial,
señalan como domicilio especial el de la ciudad de San Xxxxxxxx, a la competencia de
cuyos tribunales ordinarios se someten, asimismo el consultor autoriza al FOVIAL
para que nombre el depositario de los bienes que se le embarguen, a quien libera de
la obligación de rendir fianza.
CLAUSULA DECIMA: DOCUMENTOS CONTRACTUALES.
Ambas partes contratantes acordamos y hacemos constar que los documentos
contractuales, además del presente contrato, están formados por: Los Términos de
Referencia que contienen: Instrucciones a los Ofertantes, Condiciones Particulares del
Proyecto, Condiciones Generales de Contratación, Condiciones Técnicas, Modelos de
Contrato y fianzas, Manual de Seguridad Vial e Imagen Institucional en Zonas de Trabajo
del FOVIAL, Hoja de Evaluación de desempeño, Evaluación de Empresas, Anexos;
Adendas de las mismas, si las hubiese; El Acta de apertura de ofertas; Las
Ofertas Técnica y Económica revisadas, corregidas y aceptadas por el FOVIAL y sus
documentos; Las garantías; La resolución de adjudicación; La Orden de Inicio; El
Programa físico y financiero del proyecto; Las notas aclaratorias previas a la firma del
contrato; y las resoluciones modificativas, en su caso.
Todos los mencionados documentos contractuales forman parte integrante del
presente contrato, por lo que nos sometemos expresamente a las obligaciones,
condiciones y estipulaciones contenidas en todos ellos.
En todo lo que no estuviere regulado por la Ley de Adquisiciones y
Contrataciones de la Administración Pública, su reglamento y en la Ley del Fondo
de Conservación Vial, nos sometemos al Derecho Común.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA: GARANTIAS.
El consultor se obliga a rendir a favor del FOVIAL las garantías establecidas en
los documentos contractuales, en los plazos, por los montos y con los requisitos
establecidos en dichos documentos, aceptando las consecuencias que en los
mismos se establece para la falta de presentación o presentación tardías de las
expresadas garantías.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
Si después de practicada la liquidación del presente contrato se comprobare vicios
ocultos, imputables al consultor, se deberán ejercer las acciones legales
correspondientes, para el resarcimiento de los daños y perjuicios causados.
CLAUSULA DECIMA TERCERA: ADMINISTRADOR DE CONTRATO.
Ambas partes aceptamos que los Administradores de Contrato nombrados por el
Consejo Directivo, es el Ingeniero Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, quien tendrá las
responsabilidades y atribuciones descritas en el Artículo 82 Bis de la Ley de Adquisiciones
y Contrataciones de la Administración Pública y en las establecidas en Condiciones
Generales de las Bases de Concurso.
En fe de lo cual firmamos el presente contrato en duplicado en Antiguo Cuscatlán, a los --
-días del mes de ---- de dos mil ----.
MODELO DE GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Yo,_____________________, mayor de edad, ___________________________ del domicilio de,_____________________actuando en nombre y en representación de ______________________, en mi calidad de ____________________________ por medio del presente instrumento OTORGO: Que la sociedad que represento ___________________________________que en lo sucesivo se llamará “LA FIADORA”, de conformidad a las condiciones establecidas en los documentos de la invitación a participar del Proyecto “Nombre del Proyecto ”, Proceso No. FOVIAL ________, propiedad del Fondo de Conservación Vial, se constituye garante de la sociedad ________________________, al otorgar a favor del Fondo de Conservación Vial la presente GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA por la cantidad de ______________________ Dólares de los Estados Unidos de América (US $ ), para asegurar de forma solidaria, incondicional e irrevocable que dicha sociedad en el caso que se le adjudique la realización de los trabajos comprendidos en el proyecto citado, celebrará el contrato respectivo conforme a las Bases de Concurso, planos, especificaciones y demás condiciones contenidas en los documentos contractuales; Esta garantía será exigible y quedará a favor del Fondo de Conservación Vial como daños liquidados si el ofertante a quien se le ha adjudicado el contrato incumple con cualquiera de las siguientes obligaciones a su cargo dentro de los plazos establecidos: a) no concurriere a suscribir el contrato; b) no presentase los documentos estipulados en los requisitos de contratación de las condiciones generales; c) no presentase la Garantía de Cumplimiento de Contrato; d) no acepta el precio de oferta corregido, resultante de la evaluación de su oferta económica; o, e) retirase su oferta injustificadamente. Esta Garantía se hará efectiva por el simple requerimiento del Fondo de Conservación Vial a la fiadora, acompañado de la declaratoria escrita de incumplimiento por parte de ______________.La fiadora se obliga a pagar al Fondo de Conservación Vial el monto de la garantía en concepto de daños liquidados, dentro de los diez días hábiles siguientes al requerimiento hecho por el Fondo de Conservación Vial. La vigencia de la presente garantía será de días calendario contados a partir de [________]. La fiadora renuncia al derecho de apelar de cualquier providencia que se dicte en el juicio correspondiente, al derecho de exigir garantía al depositario de los bienes embargados, que será designado por el Fondo de Conservación Vial, relevando a quien se nombre de la obligación de rendir garantía, siendo por cuenta de la fiadora las costas procesales, aunque conforme a las reglas generales no fuere condenado a ellas. En fe de todo lo anterior, _______________________________________emite la presente Garantía de Mantenimiento de Oferta, en la ciudad de , a los ____ días del mes de _____________ de __. NOTAS: 1. De conformidad a lo establecido en el Art. 32 de la LACAP, la compañía que emita la garantía deberá estar autorizada por la Superintendencia del Sistema Financiero, y ser aceptada por el FOVIAL.
2. La garantía deberá ser redactada exactamente de conformidad a este modelo.
3. La garantía deberá constar en una sola póliza y ser autenticada por un notario.
4. La garantía deberá cumplir con los demás requisitos aplicables establecidos en estas Bases
MODELO DE GARANTÍA DE BUENA INVERSIÓN DE ANTICIPO Yo, ______________________, mayor de edad, ____________________, domicilio ________, actuando en nombre y representación de “______________“, que se abrevia ____________, en mi calidad de Apoderado(a) ___________, por medio del presente instrumento OTORGO: Que la sociedad que represento __________________, que en lo sucesivo se llamará “la fiadora”, se constituye FIADORA Y PRINCIPAL PAGADORA a favor del FONDO DE CONSERVACIÓN VIAL, por la cantidad de __________________, para responder en forma solidaria, incondicional e irrevocable por la DEVOLUCIÓN DE ANTICIPO que debe hacer la sociedad _______________, así como garantizar que el anticipo efectivamente se aplique a la dotación y ejecución inicial de la obra, con relación al CONTRATO: _________, de fecha ____________, suscrito por el Licenciado ___________ , actuando en nombre y representación del Fondo de Conservación Vial, en su calidad de Presidente del Consejo Directivo de dicho fondo, y por otra parte __________________, actuando en nombre y representación de la sociedad ______________ , en su calidad de ___________ de la expresada sociedad, relativo al “ (Nombre del Contrato) _______________. La presente GARANTÍA DE BUENA INVERSIÓN DE ANTICIPO estará vigente por el plazo de _____________ contados a partir del día _____ del año _______, o hasta que la sociedad ______________, haya amortizado mediante los abonos establecidos en los documentos contractuales respectivos, el valor total del anticipo recibido de parte del FONDO DE CONSERVACIÓN VIAL. Esta garantía será de ejecución inmediata y se hará efectiva por el simple requerimiento del FONDO DE CONSERVACIÓN VIAL a la fiadora, acompañada de la declaratoria escrita emitida por dicho Fondo de incumplimiento por parte de la sociedad _____________. La fiadora se obliga a asumir plenamente las responsabilidades de este contrato, esto es, a hacer efectiva la fianza pagando al FONDO DE CONSERVACIÓN VIAL el monto de la garantía dentro de los diez días hábiles siguientes al requerimiento hecho por el FONDO DE CONSERVACIÓN VIAL. La garantía se constituye en cumplimiento de los artículos treinta y uno y treinta y cuatro de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública y a la cláusula DECIMA PRIMERA del contrato mencionado. Para los efectos legales de esta obligación, la fiadora señala como domicilio especial la ciudad de San Xxxxxxxx, a cuyos tribunales se somete y renuncia al derecho de excusión de bienes, de apelar de cualquier providencia que se dicte en él o los juicios correspondientes, al derecho de exigir garantía al depositario de los bienes embargados, que será designado por el Fondo de Conservación Vial, relevando a quien se nombre de la obligación de rendir garantía, siendo por cuenta de la fiadora las costas procesales, aunque conforme a las reglas generales no fuere condenada a ellas. En fe de todo lo anterior, la fiadora, emite la presente Garantía de Buena Inversión de Anticipo, en la ciudad de _________, a los __________ días del mes de ________ del año dos mil ____. NOTAS: 1. De conformidad a lo establecido en el Art. 32 de la LACAP, la compañía que emita la garantía deberá estar autorizada por la Superintendencia del Sistema Financiero, y ser aceptada por el FOVIAL.
2. La garantía deberá ser redactada exactamente de conformidad a este modelo.
3. La garantía deberá constar en una sola póliza y ser autenticada por un notario.
4. La garantía deberá cumplir con los demás requisitos aplicables establecidos en estas Bases
MODELO DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Yo, ______________________, mayor de edad, (cargo en la empresa), (domicilio), actuando en nombre y representación de “___________________”, que se abrevia _______________, en mi calidad de ___________, por medio del presente instrumento OTORGO: Que la sociedad que represento _______________, que en lo sucesivo se llamará “la fiadora”, se constituye FIADORA Y PRINCIPAL PAGADORA a favor del FONDO DE CONSERVACIÓN VIAL, por la cantidad de ___________________ , para responder en forma solidaria, incondicional e irrevocable por el EXACTO CUMPLIMIENTO por parte de la sociedad ____________________ de las obligaciones contenidas en los documentos contractuales, incluidos el contrato mismo, relacionados al CONTRATO: FOVIAL _________, de fecha _________________, suscrito por el Licenciado _________ , actuando en nombre y representación del Fondo de Conservación Vial, en su calidad de Presidente del Consejo Directivo de dicho fondo, y por otra parte ___________________ actuando en nombre y representación de la Sociedad ______________________, en su calidad de ______________________ de la expresada sociedad, relativo al (Nombre del Proyecto________________________. La presente GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO estará vigente por el plazo de ________________ contados a partir del día _________________, continuando su vigencia hasta la recepción final de las obras objeto del contrato y sus prorrogas si las hubiere, sin necesidad de emitir otra póliza, salvo que el Fondo de Conservación Vial o los documentos contractuales lo requiera, cada vez que el mencionado contrato fuera prorrogado, y en todo caso caducará hasta el día en que la sociedad ________________ haya cumplido por completo las obligaciones a su cargo contenidas en el contrato expresado y demás documentos contractuales. Vencido el plazo y de no haber reclamo alguno por la omisión o incorrecta ejecución del contrato citado o del incumplimiento de las obligaciones de los documentos contractuales por parte de la Sociedad _______________________, quedará extinguida la responsabilidad de la fiadora y cancelada la presente. Esta garantía será de ejecución inmediata y se hará efectiva por el simple requerimiento del FONDO DE CONSERVACIÓN VIAL a la fiadora, acompañado de la declaratoria escrita emitida por dicho Fondo de incumplimiento por parte de la Sociedad ___________________. La fiadora se obliga a asumir plenamente las responsabilidades de este contrato, esto es, a hacer efectiva la fianza pagando al FONDO DE CONSERVACIÓN VIAL el monto de la garantía dentro de los diez días hábiles siguientes al requerimiento hecho por el FONDO DE CONSERVACIÓN VIAL. La garantía se constituye en cumplimiento de los artículos treinta y uno y treinta y cinco de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública y a la Cláusula DECIMA PRIMERA del contrato mencionado. Para los efectos legales de esta obligación, la fiadora señala como domicilio especial la ciudad de San Salvador, a cuyos tribunales se somete y renuncia al derecho de excusión de bienes, de apelar de cualquier providencia que se dicte en él o los juicios correspondientes, al derecho de exigir garantía al depositario de los bienes embargados, que será designado por el Fondo de Conservación Vial, relevando a quien se nombre de la obligación de rendir garantía, siendo por cuenta de la fiadora las costas procesales, aunque conforme a las reglas generales no fuere condenada a ellas. En fe de todo lo anterior, la fiadora, emite la presente Garantía de Cumplimiento de Contrato, en la ciudad de ________________, a los ________ días del mes de ________ del año dos mil ___. NOTAS: 1. De conformidad a lo establecido en el Art. 32 de la LACAP, la compañía que emita la garantía deberá estar autorizada por la Superintendencia del Sistema Financiero, y ser aceptada por el FOVIAL.
2. La garantía deberá ser redactada exactamente de conformidad a este modelo.
3. La garantía deberá constar en una sola póliza y ser autenticada por un notario.
4. La garantía deberá cumplir con los demás requisitos aplicables establecidos en estas Bases
GARANTÍA DE BUEN DISEÑO Yo, _______________, mayor de edad, _____________, del domicilio de , actuando en nombre y representación de ________________, que se abrevia _________, en mi calidad de _______________ , por el presente documento OTORGO: Que la sociedad que represento ___________________, que en lo sucesivo se llamará “LA FIADORA”, se constituye fiadora y principal pagadora a favor del FONDO DE CONSERVACIÓN VIAL, por la cantidad de _________________________________, para responder en forma solidaria, incondicional e irrevocable por la calidad del diseño efectuada por la sociedad _______________________ en el Concurso Público ________ ejecutado en virtud del contrato: FOVIAL ____________ de fecha __________, suscrito por el Licenciado __________ , actuando en nombre y representación del Fondo de Conservación Vial, en su calidad de Presidente del Consejo Directivo de dicho fondo, y ______________________, actuando en nombre y representación de la sociedad ___________________________, en su calidad de ______________________. La presente GARANTÍA DE BUEN DISEÑO estará vigente por el plazo de __________, contados a partir del día __________, y garantizará la responsabilidad del consultor, en cuanto al correcto diseño de la obra, y su obligación de evacuar, por escrito y de manera completa y detallada, cualquier consulta relativa al trabajo elaborado por el consultor que le sea requerido por el Fondo de Conservación Vial, dentro del plazo que este último le señale. Vencido el plazo y de no haber reclamo alguno durante la vigencia, quedará extinguida la responsabilidad de la fiadora y cancelada la presente. Esta garantía será de ejecución inmediata y se hará efectiva por el simple requerimiento del FONDO DE CONSERVACIÓN VIAL a la fiadora, acompañada de la declaratoria escrita emitida por dicho Fondo de la existencia xx xxxxxx en el diseño, las actividades del consultor o de atraso o negativa en evacuar las consultas realizadas. La fiadora se obliga a asumir plenamente las responsabilidades de este contrato, esto es, a hacerla efectiva la fianza pagando al FONDO DE CONSERVACIÓN VIAL el monto de la garantía dentro de los diez días hábiles siguientes al requerimiento hecho por el FONDO DE CONSERVACIÓN VIAL. La garantía se constituye en cumplimiento al artículo treinta y uno y treinta y siete de la ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública y a la CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA del contrato. Para los efectos legales de esta obligación la fiadora señala como domicilio especial la ciudad de San Salvador a cuyos tribunales se somete y renuncia al derecho de excusión de bienes, de apelar cualquier providencia que se dicte en él o los juicios correspondientes, al derecho de exigir garantía al depositario de los bienes embargados, que será designado por el Fondo de Conservación Vial, relevando a quien se nombre de la obligación de rendir garantía, siendo por cuenta de la fiadora las costas procesales, aunque conforme a las reglas generales no fuere condenada a ellas. En fe de todo lo anterior la fiadora emite la presente Garantía de Buen Diseño, en la ciudad de ____________, a los _________ días del mes de _______ del año dos mil ____. 1. De conformidad a lo establecido en el Art. 32 de la LACAP, la compañía que emita la garantía deberá estar autorizada por la Superintendencia del Sistema Financiero, y ser aceptada por el FOVIAL. 2. La garantía deberá ser redactada exactamente de conformidad a este modelo. 3 La garantía deberá constar en una sola póliza y ser autenticada por un notario. 4. La garantía deberá cumplir con los demás requisitos aplicables establecidos en estas Bases.