Contract
ASPAYM-MURCIA justificará debidamente la ayuda percibida mediante este Convenio, y deberá hacerlo den- tro de los tres meses siguientes a la finalización del plazo de ejecución del proyecto.
Para su justificación ASPAYM-MURCIA deberá pre- sentar:
1. Memoria de las inversiones realizadas y activida- des desarrolladas, con indicación de los objetivos y su gra- do de cumplimiento.
2. Justificación económica de la inversión realizada, que estará compuesta de:
* Relación de facturas con indicación de fecha de factura, importe de la misma y la forma de pago.
* Facturas originales o fotocopias compulsadas.
* Documentación acreditativa de los pagos habidos en el desarrollo de las acciones sujetas a este Convenio, correspondientes a las facturas presentadas. A este res- pecto, se entenderán acreditados aquellos gastos realiza- dos que efectivamente hayan sido pagados con anteriori- dad a la fecha de justificación, conforme al artículo 31.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subven- ciones.
El incumplimiento de la obligación de justificación conllevará el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la aportación de la Comunidad Autónoma de con- formidad con el artículo 32 de la Ley 7/2005, de 18 de no- viembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
Séptima.- Efectividad y duración.
El presente Convenio será efectivo desde la fecha de su firma, y extenderá su vigencia hasta el 30 de diciembre de 2008.
Octava.- Finalización del Convenio.
El presente Xxxxxxxx podrá extinguirse por las cau- sas generales admitidas en derecho y, en particular, por las siguientes:
* Por expiración de su vigencia.
* Por voluntad de todas las partes manifiesta por escrito.
* Por resolución fundada en grave incumplimiento de las obligaciones derivadas del Convenio por cualquiera de las partes.
En cualquier caso, su resolución anticipada no afec- tará a las actividades en curso.
Novena.- Sujeción a la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
El presente Xxxxxxxx tiene carácter administrativo, por lo que cualquier cuestión litigiosa que pudiera surgir entre las partes en cuanto a su interpretación y cumpli- miento, podrá ser sustanciado, en última instancia, ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
El desarrollo de los compromisos que figuran en el presente acuerdo se regirán por el principio de buena fe y,
en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio, por triplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Por la Consejería de Economía, Empresa e Innovación, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx.—Por ASPAYM- MURCIA, el Presidente de la Junta Directiva de ASPAYM- XXXXXX, Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx.
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Consejería de Economía, Empresa e Innovación
17324 Convenio de Colaboración suscrito entre la Consejería de Economía, Empresa e Innovación, el Consejo Superior de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de España, Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación xx Xxxxxx y Cámara Oficial de Comercio e Industria xx Xxxxx, para desarrollo del Programa Nexopyme en el ejercicio 2007, autorizado por el Consejo de Gobierno en sesión de 26 de octubre de 2007.
Visto el Convenio de colaboración suscrito en- tre la Consejería de Economía, Empresa e Innovación de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, el Consejo Superior de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de España, Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación xx Xxxxxx y Cámara Oficial de Comercio e Industria xx Xxxxx, para desarrollo del Programa Nexopyme en el ejercicio 2007, de con- formidad con la autorización otorgada por el Consejo de Gobierno en sesión de 26 de octubre de 2007 y tenien- do en cuenta que tanto el objeto del Convenio como las obligaciones establecidas en el mismo regulan un marco de colaboración que concierne al interés público de esta Consejería, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Regional 56/1.996, de 24 de julio, sobre tramitación de los convenios en el ámbito de la Adminis- tración Regional
Resuelvo
Publicar en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx, el Convenio de Colaboración suscrito entre la Consejería de Economía, Empresa e Innovación, el Consejo Superior de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de España, Cámara Oficial de Comercio, Industria y Nave- gación xx Xxxxxx y Cámara Oficial de Comercio e Industria xx Xxxxx, para desarrollo del Programa Nexopyme en el ejercicio 2007 , autorizado por el Consejo de Gobierno en sesión de 26 de octubre de 2007.
Murcia, 17 de diciembre de 2007.—El Secretario General, Xxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx.
En Murcia, 19 de noviembre de 2007
Reunidos
De una parte
De una parte, la Excelentísima Xxx. xxxx Xxxxxxxxxx Gar- cía Xxxxxxxx, en su calidad de Consejera de Economía, Empre- sa e Innovación de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, en la representación que ostenta y especialmente facul- tado para este acto en virtud de autorización por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 26 de octubre de 2007.
Y de otra
El Ilmo. Sr. D. Xxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxx Xxxxxxxx, en su calidad de Presidente de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación xx Xxxxxx, en virtud de nombra- miento efectuado por el Pleno de esa Corporación en su sesión de 29 xx xxxxx de 2006.
El Ilmo. Sr. X. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, en su calidad de Presidente de la Cámara Oficial de Comercio e Industria xx Xxxxx, en virtud de nombramiento efectuado por el Pleno de esa Corporación en su sesión de 3 xx xxxxx de 2006.
Y el .Sr. X. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx-Xxxxx, en su calidad de Director General del Consejo Superior de Cá- maras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de España, en virtud de nombramiento efectuado por el Pleno de esta Corporación en su sesión de 18 xx xxxxx de 1990 y por Acuerdo del Comité Ejecutivo de esta Corporación en la sesión celebrada el 15 de julio de 2005.
Intervienen
Todos en el ejercicio de sus respectivos cargos, reco- nociéndose legitimidad y capacidad suficiente para la sus- cripción del presente convenio y a tal efecto
Manifiestan
Primero.- La Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx tiene atribuida la competencia exclusiva en materia de fomento del desarrollo económico de la Región, dentro de los objetivos marcados por la política nacional, de con- formidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.11) del Esta- tuto de Autonomía de la Región xx Xxxxxx.
Por su parte, la Consejería de Economía, Empresa e Innovación de la Región xx Xxxxxx (en adelante CONSE- XXXXX), conforme al Decreto del Presidente de la Comu- nidad Autónoma número 24/2007, de 2 de julio, de reor- ganización de la Administración Regional, tiene entre sus fines el fomento y desarrollo de actuaciones orientadas a la incorporación de las empresas de la Región a la Socie- dad de la Información.
Segundo.- El Consejo Superior de Cámaras Oficia- les de Comercio, Industria y Navegación de España (en adelante, el CONSEJO SUPERIOR), conforme a lo que dispone la Ley 3/1993, de 22 xx xxxxx, Básica de las Cá- maras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación, es una Corporación de Derecho Público, con personalidad ju- rídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, como organismo de representación, relación y coordinación de todas las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de España.
Tercero.- La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación xx Xxxxxx y la de Comercio e Industria xx Xxxxx (en adelante, LAS CÁMARAS), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 9/ 2003, de 23 de diciembre, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de la Región xx Xxxxxx, son corporaciones de Derecho Público con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, que se configuran como entidades consultivas y de colabora- ción con las administraciones públicas, y especialmente con la Administración Regional que las tutela, sin menos- cabo de los intereses privados que persiguen.
Cuarto.- El Consejo Superior y las Cámaras, en el marco de las funciones de carácter público-administrativo contempladas en el artículo 2.1 de la Ley 3/1993, de 22 xx xxxxx, están desarrollando una estrategia global de ac- tuación en la Sociedad de la Información al servicio de las empresas, en cuyo ámbito se están implantando proyectos diversos de difusión de las nuevas tecnologías a las Py- mes, servicios avanzados a las empresas, etc.
Dentro de esa estrategia, el Consejo Superior pre- sentó al Ministerio de Economía y Hacienda, en su condi- ción de Autoridad de Gestión de los Fondos Comunitarios, el Programa NEXOPYME para su inclusión en el Progra- ma Operativo “Mejora de la Competitividad y Desarrollo del Tejido Productivo 2000-2006” cofinanciado por el FEDER de la Unión Europea (en adelante, el Programa Operati- vo) con aplicación en las zonas de Objetivo 1 de España, excepto la Comunidad Autónoma de Cantabria, y en cuyo esquema de actuación figuran como organismos ejecuto- res las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Nave- gación de dichas Comunidades Autónomas Objetivo 1 así como la sociedad Camerpyme S.A., como soporte técnico principal.
El Programa NEXOPYME fue incorporado al citado Programa Operativo, cuya versión inicial fue aprobada por la Comisión en la Decisión C(2001)227 de 15 de febrero de 2001, y modificada por la asignación de la reserva de eficacia, debido a que el Programa Operativo se consideró eficaz por Decisión de la Comisión C(2004) 5339 de 17 de diciembre de 2004, iniciándose en el mes xx xxxxx de 2004 la fecha de elegibilidad de las acciones programadas.
El Programa NEXOPYME tiene como objetivo la con- tribución a la mejora de la competitividad de las pymes, mi- cropymes y autónomos de las regiones Objetivo 1 FEDER a través de la integración operativa de las tecnologías de la información y la comunicación en sus procesos de ne- gocio. El Programa pone una gama amplia de servicios a disposición de los beneficiarios, les dota de la infraestruc- tura básica para que puedan usarlos y dinamiza y asesora el uso a través de una red de gestores locales durante un período de un año para cada beneficiario.
Quinto.- El Consejo Superior figura en el Programa Operativo como Organismo Beneficiario Final, actuando también como Organismo Intermedio, bajo la responsabili- dad de la Autoridad de Gestión y de Pago, desempeñando en su nombre, en relación con los organismos o empresas
que realicen las operaciones cofinanciadas, y asumiendo, entre otras obligaciones, las de recibir las justificaciones de gastos, presentar las certificaciones de gasto y solicitud de la ayuda FEDER, abonar las ayudas FEDER y coordi- nar y atender las visitas de control.
SEXTO.- El Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, en su sesión de 15 de julio de 2005, aprobó el denominado Plan para el Desarro- llo de la Sociedad de la Información en la Región xx Xxx- cia 2005-2007, “RegióndeMurciaSI”, iniciativa estratégica cuya misión es “contribuir de manera efectiva a que la Re- xxxx xx Xxxxxx consiga alcanzar los objetivos planteados por la Unión Europea para el año 2010 de constituirse en la economía del conocimiento más competitiva y dinámica del mundo”. Para fomentar el uso de las TIC en las em- presas, como elemento estratégico de desarrollo, xx xxxx- ción de valor y de competitividad, el Plan incluye, dentro de sus líneas de actuación, la acción 3.5 Programa para la incorporación de pymes, micropymes y profesionales a la Sociedad de la Información. Esta acción prevé medidas de ayuda para la adquisición de equipamiento informático, software y otros servicios para pymes de reducida dimen- sión, micropymes y profesionales, en colaboración con las Cámaras de Comercio de la Región xx Xxxxxx.
Séptimo.- Por otra parte, la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la entonces denominada Consejería de Industria, Trabajo y Turismo, y las Cámaras de Comercio de la Región, celebraron el día 22 xx xxxxx- ro de 1996, un Convenio Marco de colaboración técnica, docente y de asistencia mutua, cuyo objeto es contribuir a garantizar la realización de las actividades que son co- munes a ambas partes, en favor de las empresas de la Región. Dichas actividades, de acuerdo con lo estableci- do en el propio Convenio Marco, podrán ser desarrolladas mediante el correspondiente Convenio específico.
Octavo.- Con fecha 28 de Septiembre de 2006 se fir- mó, entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx a través de la entonces denominada Consejería de Industria y Medio Am- biente, un Convenio Marco de colaboración para el desarrollo en la Región xx Xxxxxx del Plan Avanza, cuyo objetivo gené- rico es el desarrollo de acciones de fomento de la Sociedad de la Información. El citado convenio recoge la actuación nº 3 “NEXOPYME”, cuyo objetivo es favorecer la incorporación de las pequeñas y medianas empresas a la «cultura telemática» y al aprovechamiento de los recursos tecnológicos cada vez más presentes en el nuevo contexto socioeconómico.
Noveno.- Que todos los intervinientes comparten el objetivo global de optimizar los recursos públicos que se dedican a promover en la Región xx Xxxxxx, la incorpora- ción por parte de las pymes, micropymes y autónomos de las tecnologías de la información a sus procesos de ne- gocio, coordinando para su consecución, en la medida de lo posible, las acciones promovidas por cada una de las instituciones involucradas.
En virtud de lo expuesto, la CONSEJERÍA, la Cáma- ra Oficial de Comercio, Industria y Navegación xx Xxxxxx y
la Cámara Oficial de Comercio e Industria xx Xxxxx, consi- deran conveniente suscribir el presente Convenio de Cola- boración de acuerdo con las siguientes
Estipulaciones Primera.- Objeto
1. El Objeto del presente Convenio es la colabora- ción entre la CONSEJERÍA, la Cámara Oficial de Comer- cio, Industria y Navegación xx Xxxxxx, la Cámara Oficial de Comercio e Industria xx Xxxxx y el Consejo Superior de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navega- ción de España para la cofinanciación y participación en el desarrollo del Programa NEXOPYME (que consiste en la implantación de un conjunto de servicios on-line espe- cializado para pymes, micropymes y autónomos, con me- didas específicas adicionales de dinamización e impulso a la utilización eficaz de dichos servicios), en la Región xx Xxxxxx en las condiciones que se establece en las cláu- sulas siguientes así como en el documento descriptivo del Programa que se recoge en el Anexo, y que forma parte integrante de este Convenio.
El objetivo general del Programa NEXOPYME es fa- vorecer la incorporación de las pequeñas y medianas em- presas en la “cultura telemática” y en el aprovechamiento de los recursos tecnológicos cada vez más presentes en el nuevo contexto socioeconómico.
2. Para ello, a través de una convocatoria pública de ayudas que será realizada por las correspondientes Cá- maras, el programa ofrecerá a las pymes, micropymes y autónomos beneficiarios un paquete “indivisible” de servi- cios y productos consistente en servicios on-line relativos a las principales áreas de apoyo a la gestión empresarial, internacionalización, capacitación, información, asesora- miento, certificado digital, etc.; servicios web, equipamien- to informático y servicios adicionales y asesoramiento es- pecializado.
3. El presente convenio se enmarca en el Programa NEXOPYME, dentro del Convenio Marco de colaboración para el desarrollo del Plan Avanza firmado entre el Ministe- rio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autó- noma de la Región xx Xxxxxx.
Para la ejecución de las acciones previstas en el Pro- grama NEXOPYME se firmarán Convenios Específicos de Ejecución, independientes del presente Convenio, entre el Consejo Superior y las Cámaras xx Xxxxx y Murcia, y cuyo contenido las partes del presente Convenio declaran ex- presamente conocer.
Segunda.- Objetivo numérico de empresas NEXO- PYME en la Región xx Xxxxxx para el ejercicio 2007.
1. El objetivo básico de las partes intervinientes en este Convenio es la incorporación al Programa NEXOPY- ME del mayor número de empresas con sede social en la Región xx Xxxxxx en el año 2007 y su cofinanciación, con Fondos Propios, por parte de la CONSEJERÍA, a razón de 1.666,67 euros por cada empresa de esta región benefi- ciaria o acogida a dicho programa, hasta un máximo de 298 empresas, lo que, conforme a los presupuestos recogidos
en el Anexo a este Convenio supone un gasto total de 1.767.222,45 euros que será financiado como sigue:
Financiación total del programa NEXOPYME para el año 2007 en la Región xx Xxxxxx
ORGANISMO | IMPORTE |
FEDER | 1.158.891,21 € |
Consejería de Economía, Empresa e Innovación de la Región xx Xxxxxx | 496.667,66 € |
Empresas (1) | 111.663,58 € |
TOTAL | 1.767.222,45 € |
(1) Financiación privada no elegible dentro del Pro- grama Operativo FEDER
FINANCIACIÓN ELEGIBLE DEL PROGRAMA NEXO- PYME PARA EL AÑO 2007 EN LA REGIÓN XX XXXXXX
ORGANISMO | % financiación elegible del programa | IMPORTE |
FEDER | 70% | 1.158.891,21 € |
Consejería de Economía, Empresa e Innovación de la Región xx Xxxxxx | 30% | 496.667,66 € |
TOTAL ELEGIBLE | 100,00% | 1.655.558,87 € |
2. La distribución por Cámaras será proporcional al censo oficial de empresas de cada demarcación cameral, y el desglose de la referida financiación será la siguiente:
Cámara Oficial de Comercio e Industria xx Xxxxx: 29 empresas.
ORGANISMO | % financiación elegible del programa | IMPORTE |
FEDER | 70% | 112.778,00 € |
Consejería de Economía, Empresa e Innovación de la Región xx Xxxxxx | 30% | 48.333,43 € |
TOTAL ELEGIBLE | 100,00% | 161.111,43 € |
Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación xx Xxxxxx: 269 empresas.
ORGANISMO | % financiación elegible del programa | IMPORTE |
FEDER | 70% | 1.046.113,21 € |
Consejería de Economía, Empresa e Innovación de la Región xx Xxxxxx | 30% | 448.334,23 € |
TOTAL ELEGIBLE | 100,00% | 1.494.447,44 € |
No obstante la anterior distribución podrá verse mo- dificada si cualquiera de las dos cámaras no cubriese el cupo de empresas inicialmente asignadas, siempre me- diante mutuo acuerdo expreso por escrito, en el que se hará constar el número de empresas afectadas, y realizan- do la correspondiente transferencia de crédito entre las cá- maras, haciendo la oportuna comunicación a la Dirección General de Sociedad de la Información, en el plazo de 15 días naturales desde la firma del acuerdo.
Tercera.- Compromisos de la Consejería de Eco- nomía, Empresa e Innovación de la Región xx Xxxxxx
1. Mediante el presente Convenio la CONSEJERÍA se compromete a colaborar en el desarrollo del Progra- ma NEXOPYME en la Región xx Xxxxxx mediante una aportación económica máxima de cuatrocientos noventa y seis mil seiscientos sesenta y siete euros con sesen-
ta y seis céntimos (496.667,66 €) que se abonarán, con Fondos Propios, con cargo a la partida presupuestaria 16.02.00.521A.787.83, proyecto 35755 y subproyecto 035755070201 de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx para el ejercicio 2007.
2. Dicha aportación tendrá la característica de “apor- tación pública nacional” y se destinará a sufragar una par- te equivalente al 30% de los gastos elegibles de las ac- tuaciones del programa establecidas en el Anexo a este Convenio, necesarias para la incorporación al Programa NEXOPYME de hasta un máximo de 298 empresas con sede social en la Región xx Xxxxxx durante el año 2007. Por tanto, el importe individualizado de la cofinanciación que aporta la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxx- cia asciende a 1.666,67 euros por cada empresa murciana beneficiaria del programa.
Conforme a la normativa del programa esta cofinan- ciación en ningún caso puede provenir de fondos de origen europeo, comprometiéndose a ello la Comunidad Autóno- ma de la Región xx Xxxxxx.
3. La aportación de la Unión Europea, a través xxx XXXXX y gestionada financieramente por el Consejo Su- perior, para el desarrollo del programa NEXOPYME, será del 70% del presupuesto elegible del programa, y la apor- tación de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxx- cia será de una parte equivalente al 30% del presupuesto elegible. Las cofinanciaciones del programa se abonarán a las empresas, tal como se indica en el documento descrip- tivo del programa (Anexo).
4. El pago de la aportación de la CONSEJERÍA hasta la cuantía máxima posible de cuatrocientos noventa y seis mil seiscientos sesenta y siete euros con sesenta y seis céntimos (496.667,66 €) será abonada a la cámara correspondiente, a razón de 1.666,67 euros por cada empresa, según la distribu- ción recogida en la estipulación segunda, apartado 2 del pre- sente Convenio, con carácter anticipado y de una sola vez en el momento de la concesión, tras la firma del convenio, mediante transferencia a la cuenta corriente bancaria indicada por cada cámara, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención, sin que sea nece- sario la previa prestación de garantía por ser los beneficiarios cámaras oficiales de comercio, de conformidad con lo estable- cido en el artículo 29.3 y en el artículo 16.2 apartado e de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
5. Un representante de la CONSEJERÍA participará en los procesos operativos de gestión y de coordinación del Programa NEXOPYME conforme se determine en el Grupo de Coordinación Autonómico NEXOPYME que se constituirá a tal efecto de acuerdo con la estipulación no- vena de este Convenio.
Cuarta.- Compromisos de las cámaras.
Las Cámaras serán responsables de gestionar las respectivas aportaciones realizadas por la CONSEJERÍA al Programa NEXOPYME. Para ello, asumen los siguien- tes compromisos:
1. Hacer respetar, en la ejecución del presente acuer- do, las obligaciones contraídas por el CONSEJO SUPE- RIOR en el marco del Programa Operativo y el cumplimien- to de la normativa comunitaria en materia de programas cofinanciados con Fondos Estructurales.
2. Realizar el proceso de selección de empresas be- neficiarias del Programa NEXOPYME mediante la publi- cación de la oportuna convocatoria de ayudas, conforme a los procedimientos establecidos por el programa, que garanticen los principios de publicidad, transparencia, ob- jetividad, libre concurrencia y competencia, exigidos por la normativa europea, por la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx y por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ge- neral de Subvenciones.
3. Para ser beneficiaria del programa, las pymes, micropymes y autónomos deberán reunir las condiciones establecidas en el Anexo, y la incorporación de las mismas se formalizará mediante la firma de un Convenio de partici- pación en el programa entre cada empresa interesada y su respectiva Cámara, en el que se especificarán los compro- misos que asumen ambas partes.
4. Ejecutar las actuaciones individuales y las actua- ciones horizontales de ámbito local/regional del Programa NEXOPYME, conforme se establece en el Anexo a este Convenio.
5. Recibir las respectivas aportaciones de la CON- SEJERÍA al Programa NEXOPYME para a su vez, transfe- rirlas a las empresas beneficiarias en cada una de las dos demarcaciones camerales.
6. Comunicar y presentar a la Dirección General de Sociedad de la Información con carácter previo, cualquier modificación que afecte a la ejecución de las actuacio- nes individuales y las actuaciones horizontales de ámbi- to local/regional del Programa NEXOPYME, conforme se establece en el Anexo a este Convenio. Dicha modifica- ción podrá dar lugar a una variación en el importe de la aportación económica de la CONSEJERIA, que en ningún caso será superior a cuatrocientos noventa y seis mil seis- cientos sesenta y siete euros con sesenta y seis céntimos (496.667,66 €).
7. Acreditar ante la Dirección General de Sociedad de la Información, conforme a la cláusula undécima del presente Convenio, la realización de las actuaciones rea- lizadas.
8. Someterse a las actuaciones de control financiero conforme a lo establecido en los artículos 44 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Sub- venciones, y artículos 38 A 43 y concordantes de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Co- munidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
9. Participar en los procesos operativos, de gestión y de coordinación del Programa NEXOPYME conforme se determine en el Grupo de Coordinación Autonómico NEXOPYME que se constituirá a tal efecto de acuerdo con la estipulación novena de este Convenio.
10. Las Cámaras xx Xxxxxx y Lorca deberán presen- tar a la Dirección General de Sociedad de la Información, certificado de la recepción de los pagos relativos a la cofi- nanciación pública nacional con expresión del número con que han sido asentados en su contabilidad, en el plazo de 15 días naturales desde su recepción.
11. Asimismo le corresponde a las Cámaras firman- tes asumir y cumplir el resto de obligaciones establecidas en el artículo 11 y concordantes de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, y artículo 14 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvencio- nes.
Quinta.- Compromisos del Consejo Superior de Cámaras.
El Consejo Superior de Cámaras asume, en el marco del programa Nexopyme, las siguientes funciones y obli- gaciones:
1. Realizar todas las labores y tareas que le corres- pondan en relación con la justificación técnica y financiera del Programa frente al Ministerio de Economía y Hacienda, en su calidad de Organismo Intermediario de la interven- ción.
2. Ser el órgano responsable de la gestión, el segui- miento, el control y la evaluación, frente a cualquier órgano designado para verificar la ejecución del programa, y asu- mir cualquier otra función derivada de su reconocimiento de beneficiario y Organismo Intermediario del Programa NEXOPYME.
3. Velar por la correcta marcha del Programa, en par- ticular en lo que se refiere a los compromisos de ejecución de número de empresas beneficiarias.
4. Canalizar los pagos, a través de las Cámaras, de las ayudas procedentes xxx XXXXX a favor de las empre- sas beneficiarias y, en su caso, del resto de Instituciones cofinanciadoras del programa.
5. Hacer llegar a las Cámaras una serie de manuales para la formalización de los procedimientos de gestión del Programa y prestar la asistencia técnica que sea necesaria para apoyarle en el cumplimiento efectivo de sus funciones y obligaciones.
6. Comunicar a las Cámaras la modificación de cual- quier circunstancia que afecte a alguna de las cláusulas re- cogidas en el presente convenio en el plazo máximo de una semana desde que fuera conocida dicha modificación.
7. Autorizar con carácter previo los compromisos de gastos de las “Actuaciones individuales y Actuaciones hori- zontales de soporte” que las Cámaras realicen.
8. Respetar y velar por el cumplimiento de la norma- tiva europea en la ejecución, gestión y evaluación del Pro- grama NEXOPYME.”
Sexta.- Actuaciones de control.
Tanto las CÁMARAS como las empresas beneficia- rias murcianas que perciban ayudas del Programa NEXO- PYME se someterán a las actuaciones de comprobación
que, en relación con la ejecución del programa, sean efectuadas por la CONSEJERÍA, a través de la Dirección General de Sociedad de la Información, y a las de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, así como las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y demás legislación o normativa vigente aplicable en esta materia.
Séptima.- Requisitos de las entidades participantes
1. El aporte de la cofinanciación de la Unión Europea (FEDER), exige una serie de elementos de obligado cumplimiento por todas las entidades participantes en el programa, de acuerdo a la normativa comunitaria vigente respecto a la gestión de los fondos FEDER. Estos elementos están referidos básicamente a:
* Contabilidad Separada: Las entidades participantes deberán mantener un sistema de contabilidad separada o una codificación contable adecuada a todas las transaccio- nes realizadas.
* Gastos justificados: Únicamente podrán ser justifi- cados los gastos efectivamente realizados y pagados.
* Auditoría y control: La documentación relativa a la verificación del gasto realizado deberá conservarse a dis- posición de los organismos de auditoría y control (Consejo Superior, FEDER, Intervención General de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, Intervención General del Estado, Tribunal de Cuentas europeo...) durante el pla- zo establecido en la normativa Comunitaria de Aplicación y que cumple tres años después de la finalización de la ejecución del Programa Operativo prevista para diciembre del 2008.
2. Cada parte cumplirá con sus obligaciones y asu- mirá la responsabilidad global que pudiera derivarse de su actuación o incumplimiento, garantizando que la otra parte quede indemne en tales casos.
Octava.- Difusión
2. Cualquier acción de difusión que se realice sobre el programa hará referencia a la denominación oficial de las entidades participantes y cofinanciadoras del mismo.
Las partes se comprometen a cumplir con lo esta- blecido en el Reglamento CE 1159/00 (DOCE L 130, de 31 xx xxxx de 2000) y en el Reglamento CE 1828/2006 de la Comisión (Corrección de errores DOCE L/45/3 del 15/2/2007) relativos a las actividades de información y pu- blicidad de las acciones cofinanciadas a cargo de los Fon- dos Estructurales de la Unión Europea, especialmente lo referido a la colocación en los locales de carteles en los que junto al emblema de la Unión Europea normalizado, se mencione la participación del Fondo Europeo de De- sarrollo Regional en la cofinanciación del programa. Igual- mente las entidades participantes deberán garantizar que el emblema de la UE y la mención de la participación finan- xxxxx xxx XXXXX aparezcan en todas las notificaciones y publicaciones en soporte papel e informático.
Novena.- Comisión de seguimiento
Para el efectivo cumplimiento del presente Xxxxxxxx se crea una Comisión de Seguimiento compuesta por un representante de la CONSEJERÍA, perteneciente a la Di- rección General de Sociedad de la Información designado por el titular de la misma, un representante designado por cada una de las CÁMARAS, y un representante del Con- sejo Superior. Esta comisión de seguimiento se constituirá como Grupo de Coordinación Autonómico NEXOPYME. De las reuniones del Grupo de Coordinación Autonómico se levantará un acta, donde se recogerán todos y cada uno de los acuerdos, decisiones, observaciones y demás puntos tratados durante la celebración de las mismas.
Décima.- Vigencia y efectos
De conformidad con lo establecido en la cláusula TERCERA, el presente Convenio producirá efectos des- de la fecha de su firma, y extenderá su vigencia hasta el 31 de octubre de 2008, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula duodécima del mismo. Todas las actividades y acciones que se desarrollen en el marco del Programa NEXOPYME al amparo del presente convenio deberán ha- ber sido ejecutadas antes del 30 de septiembre de 2008.
Undécima.- Justificación
1. La competencia para la instrucción de la justifica- ción y verificación de las actuaciones derivadas del presen- te Convenio corresponderá a la CONSEJERÍA, a través de la Dirección General de Sociedad de la Información, quién realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales se justifique la ejecución del programa.
2. De acuerdo con los compromisos asumidos me- diante este Convenio y conforme establece el Anexo al mismo, cada una de las Cámaras justificará debidamente ante la Dirección General de Sociedad de la Información, antes de la finalización del período de vigencia del mismo, la realización de las actuaciones realizadas y presentará certificación acreditativa de la efectividad de las aportaciones
dinerarias realizadas por cada una de las demás entidades que cofinancian en efectivo el gasto (FEDER y empresas beneficiarias).
3. Para la justificación las Cámaras recabarán la do- cumentación justificativa relativa a las empresas que hu- bieran sido subvencionadas, así como de las actuaciones horizontales llevadas a cabo en la Región xx Xxxxxx en el marco del Programa NEXOPYME, y elaborará la siguiente documentación:
A. Memoria técnica descriptiva de las inversiones realizadas y actividades desarrolladas por cada Cámara en su ámbito territorial, en el marco del Programa NEXO-
PYME, que tendrá que contener la siguiente información
a. Texto de la convocatoria realizada y difusión dada a la misma.
b. Empresas subvencionadas de la Región xx Xxx- cia y documentación acreditativa de que dichas empresas cumplen los requisitos establecidos en la correspondiente convocatoria de ayudas para ser beneficiaria del Programa NEXOPYME.
c. Resumen de las actuaciones individuales desarro- lladas e inversiones realizadas para cada una de las em- presas beneficiarias con indicación de los objetivos y su grado de cumplimiento.
d. Resumen de las actuaciones horizontales llevadas a cabo en la Región xx Xxxxxx y justificación económica de las mismas con indicación de los objetivos y su grado de cumplimiento.
e. Conclusiones.
B. Resumen económico de la ejecución por cada Cámara del Programa NEXOPYME en la Región xx Xxxxxx con la si- guiente documentación acreditativa de los gastos y pagos habi- dos en el desarrollo de las acciones sujetas a este Convenio:
a. Relación de materiales, servicios desarrollados, etc. realizados en la ejecución del Programa con identifi- cación de cada empresa suministradora, número, fecha e importe de factura y justificante de pago.
b. Relación de facturas pagadas o documentos equi- valentes, con indicación para cada registro de la fecha de su creación, el importe, la naturaleza de los justificantes y la fecha y el método de pago.
c. Facturas correspondientes a los gastos realizados en la ejecución del Programa. Deberán presentarse en do- cumento original o fotocopia compulsada.
d. Justificantes de pago de las facturas ajustados a las normas fiscales y contables y a aquellas normas jurídicas que según su naturaleza les sean aplicables. También deberán ser documentos originales o fotocopia compulsada.
e. Relación de pagos realizados a las empresas be- neficiarias tras la percepción de los fondos FEDER corres- pondientes a las actuaciones referidas a dichas empresas beneficiarias de la Región xx Xxxxxx.
f. Justificantes de pago a las empresas beneficiarias de la parte de la ayuda financiada con los fondos FEDER correspondientes a las actuaciones objeto de este convenio.
g. Certificado de la entidad de crédito con el nº de código de cuenta corriente, en el que cada Cámara pre- fiere que se le abone la aportación correspondiente de la CONSEJERÍA derivada de este convenio. Este número de código de cuenta corriente deberá ser el mismo desde el que cada Cámara ha o haya transferido a las empresas subvencionadas el importe correspondiente de las ayudas financiadas por FEDER y por esta CONSEJERÍA.
C. Asimismo, las Cámaras deberán aportar y facilitar en el plazo máximo de 5 días cualquier otra documenta- ción solicitada por la Dirección General de Sociedad de la Información para comprobar el cumplimiento de las obliga- ciones contraídas por las Cámaras firmantes de este con- venio, relacionada o derivada de la ejecución del programa NEXOPYME.
D. Las CÁMARAS deberán presentar posteriormente en el plazo de quince días naturales desde la recepción del pago de la aportación de la CONSEJERÍA, en la Direc- ción General de Sociedad de la Información, la siguiente documentación:
1) Certificado de la recepción de los pagos relativos a la cofinanciación pública nacional con expresión del nú- mero con que han sido asentados en su contabilidad.
E. La falta de cumplimiento de las obligaciones de justificación anteriormente expuestas, en tiempo y forma, o la justificación inadecuada o insuficiente, conllevará la pérdida del derecho al cobro total o parcial por parte de las Cámaras de la aportación de la CONSEJERÍA. o, en su caso, el reintegro total o parcial de las cantidades percibi- das y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la aportación de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx a las Cámaras, de conformidad con los artículos 30, 34, 37, 38 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y con los correlativos preceptos concordantes de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autó- noma de la Región xx Xxxxxx.
Duodécima.- Finalización del Convenio
El presente Xxxxxxxx podrá extinguirse por las cau- sas generales admitidas en derecho y, en particular, por las siguientes:
- Por expiración de su vigencia.
- Por voluntad de todas las partes manifiesta por es- crito (mutuo acuerdo expreso).
- Por resolución unilateral anticipada, fundada en gra- ve incumplimiento de las obligaciones derivadas del Con- venio por cualquiera de las demás partes, que exigirá de- nuncia expresa, con al menos dos meses de antelación.( En cualquier caso, la resolución anticipada no afectará a las actividades en curso).
- Por las demás causas establecidas en la legislación vigente.
Decimotercera.- Régimen jurídico
1. Será de aplicación al presente Convenio, en tanto que supone la concesión de forma directa de una subvención
a las dos Cámaras firmantes, la Ley 7/2005, de 18 de no- viembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones así como las demás normas jurídicas de ge- neral y especial aplicación vigentes en materia de subvenciones públicas de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx que sean aplicables durante la vigencia del convenio.
2. Será responsabilidad de las CÁMARAS el control y el tratamiento de la información contenida en las bases de datos de los beneficiarios del Programa, que deberán ate- nerse a lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Perso- nal y al Real Decreto 994/1999 de Medidas de Seguridad, así cómo su adaptación a la normativa vigente o a cual- quier modificación que de la misma tenga lugar durante el periodo de vigencia de este Convenio
3. Además, las partes firmantes de este convenio se comprometen a cumplir con la normativa comunitaria en materia de gestión y ejecución de programas cofinancia- dos con Fondos Estructurales, y específicamente aquélla recogida en:
- el Reglamento CE 1260/99 del Consejo, modificado por el Reglamento CE 1447/01 y por el Reglamento CE 1105/03, sobre disposiciones generales de los Fondos Es- tructurales;
- el Reglamento CE 438/01 de la Comisión, sobre disposiciones de aplicación del RCE 1260/99, en relación a los sistemas de gestión y control de las ayudas otorga- das con cargo a los Fondos Estructurales;
- el Reglamento CE 448/2004, que modifica el Regla- mento CE 1685/00 de la Comisión, sobre disposiciones de aplicación del RCE 1260/99, en relación a la financiación de gastos de operaciones cofinanciadas por los Fondos Estructurales;
- el Reglamento CE 1783/99 del Parlamento europeo y del Consejo relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Re- gional;
- el Reglamento CE 1159/00 de la Comisión sobre actividades de información y publicidad que deben llevar a cabo los Estados miembros en relación a las intervencio- nes de los Fondos Estructurales;
- el Reglamento (CE) 69/01 de la Comisión relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de mínimis.
- la Directiva Comunitaria 2004/18/CE: en la contra- tación que se lleve a cabo en ejecución del programa de- berán cumplirse los requisitos de publicidad y publicación establecidos en Directiva 2004/18/CE, siempre que se su- peren los umbrales establecidos en dichas normas.
Decimocuarta.- Sujeción a la jurisdicción conten- cioso-administrativa.
El presente Xxxxxxxx tiene carácter administrativo, por lo que cualquier cuestión litigiosa que pudiera surgir entre las partes en cuanto a su interpretación y cumpli- miento, podrá ser sustanciado, en última instancia, ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
El desarrollo de los compromisos que figuran en el presente convenio se regirán por el principio de buena fe, y en prueba de conformidad, todas las partes firman el pre- sente Convenio, por cuadruplicado, en el lugar y fecha in- dicados en el encabezamiento.
Por la Consejería de Economía, Empresa e Innova- ción, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx.—Por la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación xx Xxxxxx, Xxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxx Xxxxxxxx.—Por el Consejo Superior de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de España, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx-Casco.—Por la Cámara Oficial de Comercio e Industria xx Xxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx.
Anexo
Al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Economía, Empresa e Innovación de la Región xx Xxxxxx, la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación xx Xxxxxx, la Cámara Oficial de
Comercio e Industria xx Xxxxx y el Consejo Superior de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de España para el desarrollo del programa NEXOPYME en el ejercicio 2007.
PROGRAMA NEXOPYME: DESCRIPCIÓN DE LOS
ELEMENTOS Y CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES
X. XXXXX DE ACTUACIÓN Y OBJETIVO DEL PRO- GRAMA.
* El Programa Nexopyme tiene como objetivo la con- tribución a la mejora de la competitividad de las pymes, mi- cropymes y autónomos de las regiones Objetivo 1 FEDER a través de la integración operativa de las tecnologías de la información y la comunicación en sus procesos de ne- gocio. El Programa pone una gama amplia de servicios a disposición de los beneficiarios, les dota de la infraestruc- tura básica para que puedan usarlos y dinamiza y asesora el uso a través de una red de gestores locales durante un período de un año para cada beneficiario.
* El Programa Nexopyme para regiones Objetivo 1 FEDER fue incluido en el Programa Operativo “Mejora de la Competitividad y Desarrollo del Tejido Productivo 2000- 2006”, cofinanciado por el FEDER y modificado por Deci- sión de la Comisión C(2004) 5339 de 17 de diciembre de 2004.
* El Consejo Superior es el impulsor del proyecto y titular ante el Ministerio de Economía y Hacienda (en fun- ciones de Organismo beneficiario e intermedio), y las Cá- maras de Comercio de zonas Objetivo 1 FEDER (59 Cá- maras) son las entidades ejecutoras. A tal fin, hacen uso de la Sociedad Camerpyme, S.A. (entidad 100% de las Cámaras y del Consejo Superior).
* El Programa Nexopyme ha demostrado ya su adecua- ción a las necesidades de las pymes españolas y su idonei- dad como instrumento para conseguir los fines propuestos. El Programa está en ejecución desde 2003 en regiones Objetivo 2 FEDER (Aragón, Madrid, Navarra), habiéndose incorpora- do ya al mismo más de 1.000 empresas.
* El número total de beneficiarios previstos en zonas Objetivo 1 FEDER es de 9.300 pequeñas y medianas em- presas, micropymes y autónomos.
II. CONTENIDOS DEL PROGRAMA
* El Programa tiene como objetivo fomentar e inten- sificar el uso de las tecnologías de la información por las pymes, micropymes y autónomos a fin de que éstas las integren como herramientas útiles y eficaces para sus pro- cesos de negocio mediante la realización de dos tipos de acciones:
A) ”Actuaciones Individuales” a las empresas. Con- cesión de ayudas a beneficiarios para la adquisición y uso del Paquete de Productos y Servicios Nexopyme, com- puesto de servicios on line, equipamiento y asistencia téc- nica local, cuya descripción resumida es la siguiente:
El paquete indivisible de servicios y productos objeto de la ayuda incluye:
A) Acceso a Servicios on line de interés empresarial (plazo de vigencia, un año desde la firma del convenio)
1. AYUDAS Y SUBVENCIONES:
- Acceso a la base de datos de todas las subvenciones europeas, nacionales y autonómicas: acceso ilimitado.
- Servicio de alertas xx xxxxxxxxx on line: servicio incluido.
- Informe previo de ayudas aplicables a proyectos: servicio incluido.
- GESTORÍA ON LINE: Incluye la petición de hasta 10 formularios de presentación de documentos ante la Ad- ministración y la realización de 2 informes de subvencio- nes. No se incluye el coste en origen de los documentos solicitados ni los eventuales gastos de mensajería
2. PROGRAMAS DE INTERÉS EMPRESARIAL: se incluye diversos programas y utilidades shareware/ freeware de interés empresarial, además de completos programas de facturación, gestión de impuestos, etc:
- Facturación electrónica: emisión, archivo y gestión digital de facturas.
- Canal de software con más de 3500 programas para descargar.
- Gestor de impuestos: presentación telemática de impuestos, incluye todos los modelos oficiales.
- Servicio de mensajería SMS, incluye hasta 500 cré- ditos para el envío de mensajes.
- Servicio de acceso online a la versión digital de un diario económico.
3. CONCURSOS PUBLICOS Y LICITACIONES
- Acceso a la base de datos de todos los concursos públicos de la Administración Central, las Administraciones Autonómicas y las Administraciones Locales: acceso ilimi- tado.
- Servicio de alertas xx xxxxxxxxx on line: servicio incluido.
- Acceso ilimitado a Aperturas y Adjudicaciones.
- GESTORÍA ON LINE: incluye la realización de has- ta 10 peticiones de pliegos del concurso. No se incluye el coste en origen de los documentos solicitados ni los even- tuales gastos de mensajería.
- Estadísticas: incluye un informe estadístico comple- to de empresa, un informe estadístico de zona geográfica y un informe estadístico de sector empresarial.
- Descarga del modelo exacto de aval necesario para cualquier concurso público. Servicio incluido e ilimitado.
4. INFORMES COMERCIALES Y FINANCIEROS DE EMPRESAS: incluye hasta 5 informes comerciales com- pletos de empresas.
5. PROTECCIÓN DE DATOS: Aplicación de gestión de datos personales para la inscripción de los ficheros, ge- neración de documentos de seguridad, gestión de inciden- cias, etc.
6. CONTRATOS ON LINE: incluye el acceso online a 27 modelos de contratos mercantiles, civiles o adminis- trativos de empresa, así como modelos de contratos labo- rales.
7. INFORMACIÓN EMPRESARIAL (CAMERDATA): incluye acceso ilimitado a la consulta individual en pantalla del Fichero de Empresas (datos básicos: nombre de em- presa, nombre comercial, dirección, código postal, muni- cipio, provincia, código de actividad, forma jurídica, sucur- sales, url). Incluye además listados en soporte informático para impresión de etiquetas de hasta un total de 1.000 empresas según criterios de selección del usuario. Incluye también el servicio Marcanet: búsqueda de información so- bre Propiedad Industrial.
8. DOCUMENTACIÓN EMPRESARIAL: incluye la selección y obtención de hasta 15 artículos y documentos empresariales elaborados por expertos.
9. CERTIFICADO DIGITAL: incluye un certificado di- gital para firma electrónica, identificación segura, etc.
También se pondrán a disposición de las empresas beneficiarias los demás servicios accesible online del en- torno cameral, tales como Servicio de apoyo y Bases de Datos de Comercio Exterior, Información de la Comunidad Europea, etc.
Las licencias para utilización de los servicios se otor- garán por un tiempo no inferior a la duración de la partici- pación de la empresa en programa.
B) Servicios Web
- Servicio de Registro de dominio: registro de un do- minio internacional (.com, .net, .org, .info, .biz, .name) y un dominio con terminación .es (xxxxxx.xx) por el periodo de un año. De forma alternativa para empresas que ya dis- pongan de un dominio y deseen mantenerlo: realización de un cambio de registrador, un cambio o reapunte de DNS.
- Servicios de Diseño Web: diseño personalizado de una página web realizado por diseñadores profesionales basándose en un modelo de arquitectura web selecciona- do por el beneficiario entre los más de 20 disponibles. El proceso de definición se realiza a partir de una aplicación
online en la que el beneficiario introduce la información básica para la realización del diseño de la web, La web dispone de secciones parametrizables (página de Inicio, quiénes somos, qué ofrecemos, dónde estamos, ofertas/pro- mociones, catálogo de productos, novedades, clientes), utilida- des Web (motor de búsqueda, archivos adjuntos, enlaces rela- cionados, recomendar la web, imprimir, contactar y cesta de la compra con la posibilidad de realización de pedidos online) así como un módulo multi-idioma. La introducción de los textos e imágenes de la web serán realizadas por el beneficiario.
- Servicios de Promoción de la Página Web: Introduc- ción en relevantes directorios de Internet y paquete equiva- lente a un presupuesto de 75 € destinado a la promoción mediante enlaces patrocinados utilizando la plataforma de los buscadores de Internet más importantes.
- Gestión de Contenidos: licencia por un año de un potente gestor de contenidos mediante el cual el benefi- ciario podrá mantener actualizada su web conforme a la evolución de su negocio de forma independiente, sencilla e intuitiva: activar/desactivar secciones y utilidades, modifi- car el nombre de secciones y utilidades, editar contenidos de texto de las secciones y utilidades, modificar formatos (tipo de letra, tamaño, color y estilo), gestión del Catálogo de Productos y Servicios, gestión de Ofertas y Novedades, añadir/eliminar Imágenes.
- Servicios de Hosting/Alojamiento Web: 250 MB de espacio en disco en DataCenter seguro, 10 GB/mes de volumen de transferencia, cuentas FTP ilimitadas, actuali- zaciones ilimitadas mediante FTP, panel avanzado de con- trol, estadísticas de visitas web, ficheros log de estadísti- cas, programas de formulario y contador, facilidades para programadores (extensiones de Microsoft Front Page, uso ilimitado de directorio CGI, PHP4, Perl, JavaScript, SSI).
- Servicios de Correo Electrónico: hasta 100 buzones de correo electrónico de tamaño con 500 Mb de espacio en disco cada una, bajo su propio dominio; acceso desde cualquier programa de correo electrónico o cualquier nave- xxxxx con Webmail, utilidades: filtro antivirus/antispam, au- torrespuesta, modo vacaciones, Mailman: avanzado gestor de listas de correo, etc. Cuentas ilimitadas de correo del tipo redirección y alias de correo. Transferencia mensual de datos de correo ilimitada. Copias de seguridad diarias.
- Copias de Seguridad Remotas: Se ofrecen 512 MB de espacio en disco y una cuenta de usuario para la ges- tión de las copias de seguridad de los datos corporativos.
C) Equipamiento informático y servicios adicionales
- El equipamiento seleccionado dispondrá, básica- mente, de las siguientes características: ordenador per- sonal con procesador de última generación, con 2 GB de RAM, 160 Gb de disco, grabador de DVD, tarjeta de red integrada, módem 56 K y conexión WiFi, impresora mul- tifunción (impresora, fax, escáner y copiadora) y monitor TFT de 19”.
- Se incluirá, igualmente, el sistema operativo nece- sario de última generación, y un paquete profesional de programas ofimáticos (procesador de textos, hoja de
cálculo, presentaciones multimedia, organizador, cliente de correo, etc). Se incorpora también una completa solu- ción de seguridad antivirus, cortafuegos, actualizaciones de software y soporte online.
- El equipamiento será instalado en cada una de las empresas destinatarias con el apoyo de un técnico espe- cializado, y dispondrá de garantía on-site durante 3 años. Los equipos quedarán en propiedad de las empresas.
- Adicionalmente, las empresas participantes en el Programa dispondrán de un servicio de asistencia y man- tenimiento ordinarios prestado por técnicos informáticos especializados, que sirvan a la vez como soporte de pri- mer nivel, como interlocutores en su caso con los servicios de garantía de los fabricantes y proveedores.
- Dicho servicio de asistencia se centrará como míni- mo en la disponibilidad de atención telefónica y/o presen- cial durante la jornada laboral, de lunes a viernes, con un tiempo de respuesta comprometido inferior a tres horas, durante la duración del Convenio
D) Asesoramiento especializado
Las empresas participantes en el Programa recibirán el asesoramiento especializado de un consultor, que además de contribuir a optimizar el uso de los servicios del Programa para la empresa, realizará un trabajo específico en alguna de las tres áreas siguientes, a elección de la empresa
- Comercio electrónico: estudio individualizado acer- ca de la viabilidad y conveniencia de desarrollar un plan de compras o de ventas por Internet, una tienda online con los elementos necesarios para recabar pedidos o realizar transacciones (áreas securizadas por certificado de servi- dor, pasarelas de pago, etc), herramientas adecuadas de marketing online, etc.
- Plan de seguridad informática: estudio sobre las re- comendaciones de seguridad informática adecuadas a la empresa, incluyendo sistemas de seguridad física y lógica, permisos, controles de accesos, firewalls, políticas de co- pias de seguridad, sistemas de control de virus, de spam, planes de contingencia, redundancia de determinados ele- mentos, etc.
- Uso avanzado de herramientas ofimáticas y siste- mas de gestión empresarial integrada: plan para el desa- rrollo del uso avanzado las herramientas ofimáticas em- presariales, estudio sobre la oportunidad de establecer en la empresa sistemas integrados de gestión (contabilidad, facturación, recursos humanos, comercial, almacén y lo- gística, etc), los beneficios derivados de la implantación de dichos sistemas, las opciones posibles (programas a medi- da, ERP comerciales, etc.)
E) Otras consideraciones
Los servicios incluidos podrán ser mejorados o am- pliados durante la participación de la empresa en el Pro- grama a decisión de lo órganos gestores del mismo, y sin costes adicionales para el beneficiario.
El derecho de uso de los servicios por parte del be- neficiario es intransferible, por lo que no podrán ser cedi- dos en todo o en parte a terceros.
El no uso por parte del beneficiario de alguno o algu- nos de los servicios incluidos en este paquete no generará a su favor derecho a ninguna compensación económica ni de otro tipo, incluso el uso adicional de otros servicios in- cluidos.
B) ”Actuaciones Horizontales” de soporte del Progra- ma: plan de marketing y de difusión para la captación de empresas, planes de dinamización en el uso de los servi- cios, estructura territorial de gestores del Programa, web xxx.xxxxxxxx.xxx, call center de soporte, etc.
Las acciones globales se diseñan en colaboración con la unidad de Gestión del Programa y con las Cámaras participantes. Existirá una red de gestores NEXOPYME de apoyo a las Cámaras en sus procesos de promoción, cap- tación, dinamización de uso de los servicios, etc., así como campañas globales y locales de publicidad y promoción. La prefinanciación de los gastos de ámbito local/territorial correrá a cargo de las Cámaras y la de los gastos de ámbi- to general a cargo del Consejo Superior.
III. DESTINATARIOS DE LAS ACCIONES INDIVI- DUALES
Ámbito Geográfico del Programa: zonas objetivo 1 de España (Comunidades Autónomas de Andalucía, Asturias, Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extrema- dura, Galicia, Murcia, Comunidad Valenciana y Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla).
* Pymes, micropymes y autónomos que reúnan las siguientes condiciones:
- Ser una PYME (de acuerdo a la definición de pyme de la UE) o Autónomo.
- No exceder de 50 empleados.
- Cumplir la norma de minimis (no haber recibido ayu- das superiores a 100.000 € en un período de tres años).
- Que tengan su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.
- Estar dadas de alta en el Censo del IAE, sección 1: actividades empresariales, industriales, comerciales y de servicios.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, frente a la Seguridad Social y frente a la Comunidad Au- tónoma de la Región xx Xxxxxx en el momento del cobro de la ayuda.
- Estar dispuestas a cumplir las condiciones del Pro- grama NEXOPYME.
* La incorporación de cada empresa beneficiaria se formalizará mediante la firma de un Convenio de participa- ción en el Programa, en el que se especificarán los com- promisos que se asumen.
* El proceso de selección de empresas beneficiarias al Programa se realizará a partir de la publicación de la oportuna convocatoria de ayudas, y será realizado por la Cámara de Comercio correspondiente, conforme a los pro- cedimientos establecidos por el programa, que garantiza-
rán los principios de publicidad, transparencia, objetividad, libre concurrencia y competencia, exigidos por la normati- va europea.
IV. PRESUPUESTO Y FINANCIACIÓN DE LAS AC- TUACIONES DEL PROGRAMA
* El presupuesto total de las acciones del Programa Nexopyme se concreta en la cantidad máxima de 5.930,26 euros por cada empresa beneficiaria. Este importe inclu- ye tanto los gastos directos en productos y servicios para cada empresa (“Actuaciones Individuales”) como los gas- tos de promoción y dinamización del mismo (“Actuaciones Horizontales”), conforme al siguiente esquema:
COSTES POR EMPRESA BENEFICIARIA | |
GASTOS DIRECTOS EN SERVICIOS A LA EMPRESA | 5.374,71 € |
GASTOS DE PROMOCIÓN Y DINAMIZACIÓN | 555,55 € |
GASTO TOTAL POR EMPRESA | 5.930,26 € |
* La financiación máxima de las acciones del progra- ma Nexopyme se reparte como sigue:
FINANCIACIÓN POR EMPRESA BENEFICIARIA | |
FINANCIACIÓN EMPRESA (1) | 374,71 € |
FINANCIACIÓN FEDER | 3.888,88 € |
FINANCIACIÓN PÚBLICA NACIONAL (2) | 1.666,67 € |
FINANCIACIÓN TOTAL POR EMPRESA | 5.930,26 € |
(1) Financiación privada no elegible a efectos FE-
DER.
(2) Conforme a la normativa del Programa debe tra- tarse de fondos de origen no comunitario aportados por al- gún organismo de naturaleza pública.
V. ORGANOS DE GESTIÓN DEL PROGRAMA.
El programa Nexopyme está gestionado por los si- guientes órganos:
1. Unidad de Gestión a nivel nacional. El Consejo Su- perior será el responsable de las siguientes funciones :
* Coordinación del programa a nivel de nacional
* Admisión de las empresas beneficiarias
* Programación y distribución de las acciones hori- zontales
* Justificación de las acciones ante la Administración nacional y la Unión Europea
* Suministro y actualización de la metodología del programa
* Establecimiento de los controles de calidad del pro- grama
* Mantenimiento de mecanismos de relaciones con las CCAAs ,CCIs y CPE
* Sistemas de seguimiento y control eficaz del pro- grama.
2. Grupo de Coordinación Autonómico Nexopyme.
* Seguimiento del nivel de ejecución del programa a nivel autonómico
* Confirmación del cumplimiento de las obligaciones y requisitos del Convenio
* Revisión del abono de las ayudas a las empresas beneficiarias.
* Análisis y propuesta de las nuevas cofinanciaciones para los ejercicios siguientes.
3. Cámaras de Comercio e Industria. Son las respon- sables de la ejecución directa del programa. Sus funciones principales son las siguientes:
* Realización de todas las acciones del programa a nivel local
* Selección de las empresas beneficiarias
* Envío de toda la información de justificación de gas- tos y elegibilidad al CSC
* Recepción de las ayudas procedentes xxx XXXXX (a través del Consejo Superior) y de la Consejería de Eco- nomía, Empresa e Innovación de la Región xx Xxxxxx y posterior abono de las mismas a los beneficiarios.
* Seguimiento directo del programa
VI. FLUJOS DOCUMENTALES Y FINANCIEROS
* Las relaciones formales de las Cámaras con la Conseje- ría de Economía, Empresa e Innovación de la Comunidad Autó- noma de la Región xx Xxxxxx (cofinanciador de carácter público nacional) se desarrollarán bajo los siguientes criterios:
La Justificación documental de las actuaciones rea- lizadas (tanto en “Actuaciones Individuales” como en “Actuaciones Horizontales”, ya sean desarrolladas por el Consejo Superior o por las Cámaras), será elaborada, re- copilada y aportada por las Cámaras a la Consejería de Economía, Empresa e Innovación de la Región xx Xxxxxx, articulándose de la siguiente forma:
1. El Consejo Superior remitirá a las Cámaras la certificación realizada x XXXXX junto con el detalle de empresas certificadas y el preceptivo informe previo de auditoría.
2. Las Cámaras remitirán dicha documentación a la Consejería de Economía, Empresa e Innovación de la Región xx Xxxxxx, así como copia registrada al Consejo Superior, a efectos de control. Las Cámaras mantendrán copia compulsada de las facturas a disposición de la Con- sejería de Economía, Empresa e Innovación de la Región xx Xxxxxx, así como de la restante documentación esencial del Programa relacionada con cada empresa de la Región xx Xxxxxx beneficiaria del mismo.
3. El Consejo Superior pagará a las Cámaras la ayu- da FEDER recibida de la certificación realizada a la Subdi- rección General xxx XXXXX.
4. Cada Cámara distribuirá la parte de la ayuda FE- DER recibida, efectuando el abono del importe que pro- ceda mediante transferencia bancaria a cada una de las empresas beneficiarias en su ámbito cameral.
5 . La Consejería de Economía, Empresa e Innovación de la Región xx Xxxxxx, pagará a las Cámaras, con carácter anticipado y de una sola vez en el momento de la concesión, tras la firma del convenio, mediante transferencia a la cuenta corriente bancaria indicada por cada cámara, la cofinanciación pública nacional (máximo 1.666,67 euros por cada empresa beneficiaria, hasta un máximo global de 298 empresas).
6. La Cámara distribuirá la cofinanciación obtenida de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, pa- gando a cada empresa beneficiaria 1.500,00 € del importe percibido mediante transferencia bancaria desde y a las mismas c.c.c a través de las cuales se haya efectuado pre- viamente el pago a cada empresa beneficiaria de la parte de la ayuda que le corresponde financiada con fondos FE- DER, conservando el resto (166,67 € por empresa) para el pago de las acciones horizontales.
7. Las Cámaras dispondrán de un plazo de 15 días na- turales, para acreditar fehacientemente que han transferido a cada empresa beneficiaria de su ámbito cameral, la parte de la ayuda financiada por la Consejería de Economía, Empresa e Innovación, aportando ante ésta la documentación que se detalla en la cláusula undécima de este convenio, y especial- mente la especificada en su apartado E).
A la finalización del programa, las Cámaras pre- sentarán a la Consejería de Economía, Empresa e Innovación de la Región xx Xxxxxx la documentación relativa al importe de los gastos efectivamente ejecu- tados tanto por las Actuaciones Horizontales, como por las Acciones individuales para ajustar y reintegrar en su caso las cantidades que pudieran exceder de la participación del 30% imputable al mencionado orga- nismo.
——
Consejería de Educación, Ciencia e Investigación
35 Orden de 12 de diciembre de 2007 de la Consejería de Educación, Ciencia e Investigación, por la que se modifica la Orden de 18 de julio de 2007 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los premios “Educación Región xx Xxxxxx: Xxxxxxxx xx Xxxxx” al esfuerzo y valores en Educación en la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
Por Orden de 18 de julio de 2007 de esta Consejería se establecieron las bases reguladoras para la concesión de los Premios “Educación Región xx Xxxxxx: Xxxxxxxx xx Xxxxx”, al esfuerzo y valores en educación en la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
La diversidad de centros, en base a la tipología y fun- cionalidad de los mismos, hace necesaria una diferencia- ción en los premios que, unido a la conveniencia de dar una mayor estima al reconocimiento moral y dignificación social de las personas a quienes se distingue con estos premios, aconseja una modificación de la anterior Orden de 18 de julio de 2007, de forma que las distinciones que se otorgan tengan un valor imperecedero.