DISPOSICIÓN N.º 92/EMUI/21
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DISPOSICIÓN N.º 92/EMUI/21
Buenos Aires, 17 de septiembre de 2021
VISTO: La Ley N° 2.095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado Ley Nº 6.347) , las Leyes N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347 , el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1- GCABA/20 y sus modificatorios, los Decretos Nº 000-XXXXX/00, Xx 000-XXXXX/00 y sus modificatorios, las Disposiciones N° 57-EMUI/18, N° 127-EMUI/18, N° 114-GCABA- XXXX/00, Xx00-XXXXX-XXXX/00 x Xx 0- XXXXX-XXXX/00, xxx Xxxxxxxxxxx Electrónicos N° 5941396-MGEYA-EMUI/18 y N° 06588074-MGEYA- DGTALMAEP/18,
y
CONSIDERANDO:
Que, por las actuaciones citadas en el Visto, tramita la Contratación Menor N° 8811- 0470- CME18 para la “PUESTA EN VALOR DE LA SALA DE BOMBAS, TANQUES DE AGUA Y SISTEMA DE BOMBEO DEL EDIFICIO SEDE DEL ENTE DE MANTENIMIENTO URBANO INTEGRAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Y MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y OPERACIÓN DE ESTE
ULTIMO”, con destino a este Ente de Mantenimiento Urbano Integral (EMUI) dependiente de la entonces Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, actual Subsecretaría de Mantenimiento Urbano de este Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, al amparo de lo establecido en el artículo 38° de la Ley N° 2095 en su texto consolidado por Ley N° 6347, su Decreto Reglamentario N° 168-GCABA/19 y su modificatorio;
Que, mediante Disposición N° 57-EMUI/18, se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que rigen la presente contratación;
Que por Disposición N° 127-EMUI/18 se aprobó la presente Contratación Menor y se adjudicó a XXXXX XXXXXXXX XXXXX (CUIT N° 20-00000000-8) por un monto total de PESOS UN MILLÓN SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 72/100 ($1.065.474,72);
Que, con fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xx xxxxxxxxxxx xx Xxxxx de Compra N° 8811-9130- OC18 y se establecieron como fechas de inicio y finalización del servicio los días 16 de julio de 2018 y 16 xx xxxxxx de 2019, respectivamente, en virtud del plazo de trece
(13) meses de duración del servicio, siendo el plazo de treinta (30) días corridos para el Renglón N° 1 y doce (12) meses para el Xxxxxxx Xx 0;
Que por Disposición N° 114-GCABA-EMUI/19 se prorrogó por el término de doce (12) meses el Renglón N° 2 correspondiente a la presente Contratación Menor, cuyo monto ascendió a la suma total de PESOS QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 56/100 ($568.855,56) a valores básicos,
trasladándose la fecha de finalización del Renglón N° 2 al día 17 xx xxxxxx de 2020; Que con motivo de la reforma de la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir de la sanción de la Ley N° 6.292 y el Decreto N° 463-GCABA/19 y modificatorios, se disolvió el entonces Ministerio de Ambiente y Espacio Público resultando continuador en el general de sus
competencias el nuevo Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana;
Que, asimismo, mediante el citado Decreto, se establecieron las responsabilidades primarias y objetivos de las Unidades de Organización integrantes del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana;
Que por Disposición N° 45-GCABA-EMUI/20 se continuó por el término de seis (6) meses el Renglón N° 2 correspondiente a la presente Contratación Menor, cuyo monto ascendió a la suma total de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE CON 78/100 ($284.427,78) a valores básicos,
trasladándose la fecha de finalización del Renglón N° 2 al día 17 de febrero de 2021; Que por Disposición N° 5-GCABA-EMUI/21 se continuó por el término de seis (6) meses el Renglón N° 2 correspondiente a la presente Contratación Menor, cuyo monto ascendió a la suma total de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE CON 78/100 ($284.427,78) a valores básicos,
trasladándose la fecha de finalización del Renglón N° 2 al día 17 xx xxxxxx de 2021; Que así las cosas, y en lo que aquí resulta de mayor relevancia, mediante Informe N° 23744018-GCABA-EMUI/21, la Gerencia Operativa de este Ente de Mantenimiento Urbano Integral ha manifestado la necesidad de continuar la presente contratación por el plazo de 6 (seis) meses a partir de su vencimiento, operando el nuevo vencimiento el día 17 de febrero del 2022 para el Renglón N° 2; o hasta que inicie la operación de las órdenes de compra de una eventual nueva contratación, lo que suceda primero.
Que, asimismo, la continuidad propiciada obedece a que aún están en proceso de elaboración los pliegos que regirán la nueva contratación, los cuales se vieron demorados en su confección debido a la situación sanitaria vigente que propició la declaración de la emergencia sanitaria mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCABA/20 y sus modificatorios;
Que desde entonces las distintas dependencias del Gobierno de la Ciudad se han abocado a las tareas esenciales para mantener el correcto funcionamiento de la administración pública y a la toma de medidas necesarias para la prevención y reducción del riesgo de propagación en la población del coronavirus (COVID-19), declarado pandemia por la Organización Mundial de la Salud (OMS);
Que cabe tener en cuenta que, en ese contexto, el Poder Ejecutivo Nacional estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio en todo el territorio nacional a partir del 20 xx xxxxx de 2020 mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297- PEN/20 y modificatorios, previendo diferentes excepciones en lo atinente a servicios esenciales, siendo importante resaltar que tal medida se vio modificada estableciéndose el distanciamiento social, preventivo y obligatorio que se encuentra aún vigente por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 875- PEN/20 y modificatorios; Que este contexto incidió en los objetivos iniciales de esta repartición y su manera de desenvolverse, debiendo abocarse a nuevas necesidades, como así también readecuarse a la forma de trabajar remotamente que dilataron procedimientos como el presente;
Que, por otra parte, el aislamiento social, preventivo y obligatorio llevó a la merma en la actividad económica y productiva en el ámbito de la Ciudad, lo que devino en la promulgación de la Ley N° 6.301 de Emergencia Económica y Financiera en fecha 7 xx xxxx de 2020, modificada por la Ley N° 6.384, cuyo artículo 12 faculta al Poder Ejecutivo a “(...) disponer la revisión de la totalidad de los procesos que se encuentren en trámite o en curso de ejecución referentes a compras y contrataciones de bienes, de servicios, de suministros, de obra pública, de concesiones y permisos, celebrados
con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ley” y, asimismo, aclarando que dichas facultades “(...) implican la posibilidad de suspender, resolver, revocar, rescindir, o modificar las condiciones esenciales de las contrataciones en cuestión y en virtud de razones de oportunidad, mérito o conveniencia, siempre que ello resulte financiera o económicamente más conveniente para el interés público, previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad”;
Que, en este contexto y a fin de asegurar la prestación de los servicios involucrados y evitar el deterioro del sistema de bombeo del edificio sede del Ente de Mantenimiento Urbano Integral, que incluye el mantenimiento preventivo, correctivo y operación de la sala de bombas, tanques de agua, se acordó con la contratista continuar con los servicios;
Que, a su vez, se debe tener en cuenta que dichas instalaciones y su compleja infraestructura de servicios deben de recibir una adecuada atención de carácter permanente a fin de asegurar su funcionamiento continuo minimizándose entonces los riesgos de inundación y los perjuicios que ello ocasionaría al normal desempeño de las labores administrativas que se ejercen en el inmueble;
Que el monto de la continuidad por los seis (6) meses para el Renglón N° 2 asciende a la suma total de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE CON 78/100 ($284.427,78) a valores básicos;
Que mediante Informe N° 23739924-GCABA-EMUI/21 se notificó a la contratista la necesidad de continuar el servicio, quien ha prestado la debida conformidad tal como surge del Informe N° 23740241-GCABA-EMUI/21;
Que tomó intervención la Gerencia Operativa de Legales dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa mediante el IF-2021-26678504-GCABA- DGTALMEPHU;
Que se ha realizado la afectación presupuestaria correspondiente;
Que en atención al estado de las actuaciones corresponde dictar el pertinente acto administrativo.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 74-GCABA/21,
EL DIRECTOR GENERAL
DEL ENTE DE MANTENIMIENTO URBANO INTEGRAL DISPONE:
Artículo 1°.- Continúase a partir de su vencimiento por el plazo de 6 (seis) meses o hasta que inicie la operación de las órdenes de compra de una eventual nueva contratación, lo que suceda primero, el Renglón N° 2 correspondiente a la Contratación Menor N° 8811-0470-CME18 para la “PUESTA EN VALOR DE LA SALA DE BOMBAS, TANQUES DE AGUA Y SISTEMA DE BOMBEO DEL EDIFICIO SEDE DEL ENTE DE MANTENIMIENTO URBANO INTEGRAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Y MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y OPERACIÓN DE ESTE ULTIMO”, adjudicada a XXXXX XXXXXXXX XXXXX, cuyo
monto asciende a la suma total de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE CON 78/100 ($284.427,78) a valores básicos.
Artículo 2°.- Déjase constancia de que en caso de ser adjudicada y se dé inicio al servicio de una eventual nueva contratación, se realizarán las disminuciones que correspondan, sin derecho a indemnización alguna.
Artículo 3°.- Emítase la respectiva Orden de Compra.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el Sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y exhíbase copia en la Cartelera de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones. Notifíquese a la contratista de acuerdo a lo previsto en los artículos 62 y 63 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510-GCABA/97 (texto consolidado por Ley Nº 6.347). Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Xxxxxxx y Contrataciones para la prosecución de su trámite. Xxxxxxxx