CONDICIONES REGULADORAS DEL CONTRATO “SUMINISTRO Y PUESTA EN SERVICIO DE UN ESPECTOFOTOMETRO OPTICO DE EMISION CON FUENTE DE PLASMA DE ACOPLAMIENTO INDUCTIVO (ICP) PARA LA DETERMINACION DE METALES PESADOS EN AGUAS RESIDUALES Y LODOS-COMPOST PARA EL...
CONDICIONES REGULADORAS DEL CONTRATO “SUMINISTRO Y PUESTA EN SERVICIO DE UN ESPECTOFOTOMETRO OPTICO DE EMISION CON FUENTE DE PLASMA DE ACOPLAMIENTO INDUCTIVO (ICP) PARA LA DETERMINACION DE METALES PESADOS EN AGUAS RESIDUALES Y LODOS-COMPOST PARA EL LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DE SANEAMIENTO ARAZURI (CENDEA XX XXXX) NAVARRA. EXPEDIENTE 2017/SCON-AIU/000052”
ENERO DE 2018
A. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO 4
A.1. OBJETO DEL CONTRATO 4
A.2. TIPO DE CONTRATO 5
A.3. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO 5
A.4. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN 6
A.5. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN, UNIDAD GESTORA Y RESPONSABLE DEL CONTRATO 6
A.6. ACREDITACIÓN Y UMBRALES DE SOLVENCIA EXIGIDOS 6
A.7. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR 6
A.8. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 10
A.9. OFERTA ANORMALMENTE BAJA 12
A.10. DOCUMENTACIÓN PARA LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 12
A.11. ENTREGA, PRUEBAS, RECEPCIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA 13
A.12. SUBCONTRATACIÓN 14
A.13. REVISIÓN DE PRECIOS 14
A.14. FACTURACIÓN 14
A.15. PENALIDADES 14
A.16. PROTECCIÓN DE DATOS 15
B. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO 16
B.1. RÉGIMEN JURÍDICO 16
B.2. REQUERIMIENTOS DE CARÁCTER SOCIAL 16
B.3. CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y SOLVENCIA 16
B.4. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES 18
B.5. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN 18
B.6. APERTURA DE LAS PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN 19
B.7. ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 21
B.8. GARANTÍAS 21
B.9. RIESGO Y XXXXXXX. DAÑOS Y PERJUICIOS 21
B.10. DATOS PARA LA HUELLA DE CARBONO Y BALANCE ENERGÉTICO 22
B.11. CONFIDENCIALIDAD Y SIGILO 22
B.12. APLICACIÓN DE PENALIDADES 22
B.13. PAGO 22
B.14. CESIÓN DEL CONTRATO 23
B.15. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 23
B.16. EFECTOS DE LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 24
B.17. JURISDICCIÓN Y RECURSOS 24
B.18. INFORMACIÓN Y CONSENTIMIENTO 25
ANEXO I. DECLARACIÓN RESPONSABLE 26
ANEXO II. PROPOSICIÓN ECONÓMICA 27
ANEXO III. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES 28
1. CARACTERÍSTICAS FUNCIONALES 28
Sistema óptico 28
Fuente de Radiofrecuencias 28
Sistema de gases 29
Configuración del compartimento de Plasma y Antorcha 29
Sistema de introducción de muestras 30
Dispositivos de seguridad 30
Detector de estado sólido 30
Automuestreador 31
Sistema Informático 31
Software 32
Manuales de operación 37
2. FORMACIÓN 37
3. SERVICIO TÉCNICO 37
ANEXO IV. CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD 38
A. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO
A.1. OBJETO DEL CONTRATO
Es objeto del contrato con Servicios de la Comarca xx Xxxxxxxx, S.A. (en adelante SCPSA) el suministro y puesta en servicio de un Espectofotometro Óptico de Emisión con fuente de Plasma de Acoplamiento Inductivo (ICP) para la determinación de metales pesados en aguas residuales y lodos- compost para el Laboratorio de Control de Calidad de Saneamiento en Arazuri (Navarra), conforme al alcance y condiciones técnicas recogidas en el Anexo III de las presentes condiciones reguladoras.
Alcance del contrato
- Suministro e instalación en el Laboratorio xx Xxxxxxx de un ICP Óptico para la determinación de metales pesados en aguas residuales y lodos –compost.
- Configuración y puesta en marcha del equipo para el ensayo rutinario de metales en aguas residuales y en muestras digeridas de fangos-lodos-compost.
- Puesta a punto de una aplicación estándar para el ensayo rutinario de metales en aguas residuales de todos los orígenes, desde vertidos industriales, redes de colectores urbanos y efluentes de depuradora, fangos, lodos y compost, adecuado para proporcionar las prestaciones de medición necesarias para el cumplimiento de los objetivos de actividad actuales del Laboratorio de Control de Saneamiento.
- La formación in-situ del personal técnico del Laboratorio, hasta la obtención de resultados analíticos satisfactorios.
- La documentación técnica en castellano.
Especificaciones.
El instrumento deberá ser apto para el desarrollo automatizado de determinaciones de elementos metálicos y fósforo, según métodos normalizados para la determinación de Metales en aguas residuales. Para el objeto de este contrato, se consideran métodos normalizados válidos, los descritos en las siguientes normas de referencia: Norma UNE-EN-ISO 11885:2010. Calidad del agua. Determinación de 33 elementos por espectroscopía de emisión atómica con plasma acoplado inductivamente, 3120 B. Metals Plasma Emission Spectroscopy. Standard Methods for the Examination of Water and Waste Water de la APHA -AWWA-WPCF, EPA 200.7 Determination of metals and trace elements in water and wastes by inductively coupled plasma-atomic emission spectrometry; etc.) o equivalentes.
El equipo deberá ser apto para el desarrollo automatizado de determinaciones de elementos metálicos y fósforo, sobre los digestatos ácidos procedentes de la extracción digestión con microondas en muestras de Suelos, Lodos y Compost. Se consideran métodos de referencia válidos, los descritos en las siguientes normas de referencia: EN 13346:2001. Caracterización de lodos. Determinación de elementos traza y fósforo. Métodos de extracción con agua regia o equivalentes
Características del equipo
El instrumento o aparato a suministrar, consistirá en un Espectrómetro Óptico de Emisión Atómica con fuente de Plasma Acoplado inductivamente (ICP-OES), con capacidad de visión del plasma en forma Axial y Radial simultánea, dentro del mismo método analítico para máxima flexibilidad ante distintos tipos de muestra y deberá proporcionar todos los componentes, accesorios y medios auxiliares necesarios, capaces de permitir el completo desarrollo de sendas metodologías de rutina para determinación de metales en Aguas Residuales y Lodos.
El equipo consistirá en un instrumento de sobremesa, controlado por ordenador y dotado del software específico necesario para el completo control de los parámetros analíticos y la adquisición de todos los datos y procesado final de los resultados.
Básicamente, contendrá los siguientes elementos:
• Sistema óptico
• Fuente radiofrecuencias
• Sistema de gases
• Antorcha
• Sistema de introducción de muestras (bomba periestáltica y cámara premezcla)
• Dispositivos de seguridad
• Detector de estado sólido
• Autotomamuestras
• Sistema informático (hardware y software)
CPV: 38434560-9 Analizador químico
A.2. TIPO DE CONTRATO
El contrato es de suministro.
A.3. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El valor estimado del contrato es de 55.000,00 € IVA excluido. No será admitida ninguna oferta que supere dicho importe.
El transporte de todos los materiales necesarios para la ejecución del contrato será por cuenta del adjudicatario.
A.4. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
De acuerdo a la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx de Contratos Públicos (LFC) se utilizará el Procedimiento Abierto sin publicidad comunitaria recayendo la adjudicación en el licitador que haga la proposición más ventajosa de acuerdo a los criterios establecidos en el punto A.8 y sin perjuicio del derecho de SCPSA a declararlo desierto.
A.5. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN, UNIDAD GESTORA Y RESPONSABLE DEL CONTRATO
El órgano de contratación es el Director Gerente de SCPSA y la Unidad Gestora estará formada por:
• Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx (Subdirector de Infraestructuras y Medio Ambiente) Suplente: Xxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx (Jefe Control de Saneamiento)
• Xxxxx Moral Xxxxxx (Técnica en Asesoría Jurídica)
Suplente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Asesora Jurídica de MCP)
• Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx (Economista) Suplente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Economista)
• Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxx xx Xxxxxxx) Suplente: Xxxxxxx Xxxx Xxxxx (Técnico de Compras)
El responsable del contrato será el Jefe del Laboratorio de Control de Calidad de la EDAR xx Xxxxxxx, al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.
A.6. ACREDITACIÓN Y UMBRALES DE SOLVENCIA EXIGIDOS
• Solvencia económica: Declaración en la que se especifique el volumen anual de negocios global de la empresa de los tres últimos ejercicios disponibles, que deberá ser, por lo menos en un ejercicio, superior a 55.000,00 euros.
• Solvencia técnica: Certificado de buena ejecución de clientes a los que el licitador haya instalado como mínimo dos Espectofotómetros Ópticos de Emisión con fuente de Plasma de Acoplamiento Inductivo (ICP) en los tres últimos años en un laboratorio de control de calidad.
A.7. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Las solicitudes se presentarán en tres sobres cerrados en los que figurará la siguiente leyenda: “Suministro y puesta en servicio de un Espectofotómetro Óptico de emisión con fuente de Plasma de Acoplamiento Inductivo (IPC) para la determinación de metales pesados en aguas residuales y lodos- compost para el Laboratorio de Control de Calidad de Saneamiento Arazuri. Expediente 2017/SCON-
AIU/000052”, los datos del licitador (nombre, dirección, e-mail, teléfono) y el título de cada sobre, que será, respectivamente:
Sobre 1: Documentación administrativa Sobre 2: Documentación técnica
Sobre 3: Proposición económica
SOBRE 1: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. Contendrá:
− Declaración responsable: Conforme al Anexo I y firmada por persona debidamente apoderada. Caso de ser empresas que concurran conjuntamente la declaración responsable deberá ser por cada una de las empresas.
− Si se trata de empresas que concurren conjuntamente, deberá presentarse la documentación prevista en el art. 10.2 de la LFC.
SOBRE 2: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. Contendrá:
a. Memoria descriptiva: incluirá la descripción detallada de las características técnicas del equipo, sistema de proceso y programación de operaciones para la preparación de muestras previas a la determinación de metales en Aguas Residuales y Lodos, así como una relación detallada de todos los componentes que integren el suministro: instrumento principal, equipamiento y sistemas auxiliares, otros componentes y accesorios. Una descripción típica de las características técnicas del equipo objeto de este contrato de suministro, se encuentra en el Anexo III, Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
Con la doble perspectiva de evaluación previa de la capacidad de medida y aptitud de los equipos para sus aplicaciones en SCPSA y para fines comparativos los licitadores deberán aportar sus propuestas metodológicas para los dos tipos de ensayo de metales por ICP objeto del contrato, y las concretarán en sendas notas de aplicación, desglosadas por tipo de materiales. Esta información se utilizará para la valoración de la oferta técnica.
A este objeto, en un apartado específico de la memoria técnica descriptiva de la oferta, se detallarán las características técnicas y parámetros de funcionamiento del equipo para ambas aplicaciones, con especificación explícita, al menos, de las siguientes:
1. Parámetros y condiciones globales recomendadas del Método Instrumental, sobre la base de una muestra correctamente ensayada
2. Condiciones Instrumentales recomendadas y parámetros analíticos de calidad, para cada metal incluido en el método
• Longitud/es de onda de medición
• Modo/s de lectura o visión del plasma
• Métodos de integración
• Límite/s de detección/cuantificación del método instrumental
• Conjunto y composición de las soluciones de calibración multielemental
• Número y niveles de concentración de los estándares de calibración
• Niveles de concentración del Rango/s de respuesta lineal
• Repetibilidad estimada: % RSD, para lecturas repetidas durante una hora de funcionamiento, en los dos extremos del rango lineal
• Exactitud: como % de desviación máxima o % recuperación, del valor de referencia, en los dos extremos del rango lineal
• Otros parámetros de cuantificación: función de ajuste de la respuesta, corrección de interferencias, etc.
b. Propuesta de un programa de Mantenimiento preventivo orientado a garantizar el funcionamiento continuado del equipo durante un período de vida útil mínimo de 10 años, que describa de forma detallada qué operaciones y medios necesarios deberían ser realizados por cuenta del usuario, como parte de las actividades de explotación normal del sistema, así como las operaciones y medios necesarios, que por su importancia y complejidad, deban ser realizados de manera periódica por personal técnico cualificado, o del Servicio Técnico del adjudicatario. Se incluirá asimismo información relativa a las características del servicio.
c. Documentación técnica específica para la comunicación bidireccional con el LIMS, incluyendo formatos y ubicaciones específicas de los ficheros y protocolos de comunicación de las conexiones estándar, así como de la configuración, base de datos o asistentes disponibles en el software del equipo.
d. Descripción de la planificación o programa de puesta en marcha de la aplicación, que deberá incluir la previsión de tiempos de instalación, configuración de los parámetros del equipo para la puesta en marcha de las aplicaciones analíticas para determinación de analítica de metales en Aguas Residuales y Lodos, configuración de las comunicaciones entre elementos del sistema y periféricos y de las comunicaciones y configuración xx xxxxxxxxxx de archivos para la exportación de resultados al LIMS y las pruebas de verificación y conformidad de la instalación.
e. Información de garantías y del alcance de la asistencia que se oferta: Emplazamiento de la empresa, horario de asistencia técnica, compromiso para la asistencia presencial, formación del personal del Laboratorio, compromiso de plazos de entrega de repuestos y la información que el licitador considere oportuna.
f. Los licitadores de este contrato, presentarán en su oferta un apartado específico descriptivo de los contenidos y duración del cursillo de formación, que deberán incluir secciones de aprendizaje específicas para:
• Descripción del sistema y sus componentes.
• Funcionamiento interno de los equipos y sistemas auxiliares.
• Descripción y manejo del software:
° Parametrización de las condiciones de funcionamiento.
° Configuración y programación de métodos y aplicaciones.
° Gestión de datos y resultados.
• Mantenimiento, diagnóstico y resolución de pequeñas averías, a nivel de usuario.
g. Información sobre la disponibilidad comercial de material fungible estándar.
h. Información sobre necesidades para el desarrollo en rutina de las dos aplicaciones básicas objetos del suministro, (determinaciones de metales en aguas residuales y lodos), estimados sobre una base de 3.000 y 500 muestras anuales, respectivamente. En esta información los licitadores indicarán claramente cuáles de estos suministros podrán ser asumidos por los respectivos fabricantes y distribuidores y cuáles por terceros proveedores xxx xxxxxxx.
Orientativamente, estos consumos se referirán a:
• consumos energético y de gases, recomendados por el fabricante para el desarrollo de las dos aplicaciones estándar.
• repuestos y consumibles del sistema de generación de plasma: antorchas, bobina, etc… otros consumibles y repuestos del equipamiento auxiliar: sistema de refrigeración, filtros de gases, viales y consumibles soluciones.
• consumibles y piezas de recambio del sistema de inyección introducción de muestras (tubos de bombas, nebulizador, muestreador).
• consumibles de reactivos, soluciones, patrón certificadas y de control de calidad, y materiales de referencia.
• Otros consumos y repuestos, si aplica
SOBRE 3: PROPOSICIÓN ECONÓMICA. Contendrá:
Proposición conforme al Anexo II y firmada por persona debidamente apoderada. En el caso de empresas que concurran conjuntamente, la proposición será única a nombre de todas las empresas.
La inclusión de información referente al anexo II en los sobres 1 ó 2 dará lugar a la exclusión de la empresa en esta licitación.
A.8. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Para la selección del adjudicatario se tendrán en cuenta los siguientes criterios y sus correspondientes ponderaciones, redondeando las valoraciones a dos decimales.
OFERTA ECONÓMICA. Hasta 60 puntos
La puntuación de la oferta económica de obtendrá en base a la siguiente fórmula:
a) Si bm ≤ 25
Pe = (b/25) * P
b) Si bm > 25
Pe = (b/bm) * P
Se definen:
Plic: presupuesto de licitación (IVA excluido) O: oferta económica (O) (IVA excluido)
b: baja b = 100 * (Plic – O) / Plic
bm: baja máxima en % de las ofertas admitidas P: Puntuación máxima
Pe: Puntuación oferta económica
OFERTA TÉCNICA: Hasta 40 puntos
Características técnicas del Instrumento y su proceso de determinación | hasta 30 puntos | |
• Consumo total de gases en las aplicaciones. Se valorará - por debajo del mínimo (argón 16 l/min)… 3 puntos (proporcional) - existencia de dispositivos auxiliares que contribuyan a la estabilización del flujo de nebulización ….. 2 puntos | hasta 5 puntos | |
• Configuración de plasma y antorcha. Se valorará: - facilidad de acceso, montaje y limpieza - resistencia a la formación de depósitos salinos en el tubo inyector y paredes de las antorchas. - Especificaciones de la robustez y estabilidad del plasma - aislamiento térmico de la óptica - Capacidad del software para la optimización de los modos de visión de los analitos y las posiciones de observación radial | hasta 5 puntos | |
• Fuente de radiofrecuencias. Se valorará: - potencia y estabilidad - capacidad y resistencia del acoplamiento a los cambios de matriz - tecnología de refrigeración con aire o agua | hasta 5 puntos |
• Detector de estado sólido. Se valorará: - cobertura del rango espectral completo - rapidez de lectura y automatismo de la integración - intervalo fotométrico lineal - sistema antisaturación e interferencias - temperatura de termostatización - tiempo de puesta en marcha - consumo de gases de purga | hasta 3 puntos | |
• Sistema óptico. Se valorará: - cobertura, variedad y disponibilidad de líneas espectrales - simultaneidad de la medición - posibilidades del software para controlar la optimización de los parámetros ópticos - capacidad de adquisición y tiempos de barrido de espectros completos - requerimientos de recalibración y ajuste de longitud de onda - tecnología de purga para medidas en el ultravioleta lejano - tecnología de reproceso de espectros adquiridos | hasta 3 puntos | |
• Robustez del Sistema de introducción de muestras. Se valorará: - facilidad de acceso y limpieza - facilidad de conexión de dispositivos de introducción de muestras específicos: hidruros, nebulizador ultrasónico… - tolerancia del nebulizador y cámara de mezcla a altos contenidos de sólidos disueltos y suciedad - humificador de argón - sensores de drenaje para la cámara de nebulización | hasta 3 puntos | |
• Dispositivos de seguridad. Se valorará: - ergonomía y necesidad de sistemas auxiliares - sistemas de seguridad y protecciones para el equipo y las personas | hasta 2 puntos | |
• Automuestreador. Se valorará: Compatibilidad del software con el equipamiento disponible en el Laboratorio | hasta 2 puntos | |
• Tiempos de estabilización y puesta en marcha del sistema Se valorarán de forma proporcional | hasta 2 puntos | |
Características funcionales de la Aplicación | hasta 5 puntos | |
• Parámetros de calidad de los resultados: repetibilidad, rangos, reproducibilidad, sensibilidad, resolución, lista de analitos | hasta 5 puntos |
Integración en el LIMS y calidad del Software | hasta 5 puntos | |
• Facilidad integración LIMS/Adaptación ante actualizaciones | hasta 3 puntos | |
• Prestaciones y usabilidad del Software | hasta 2 puntos |
A.9. OFERTA ANORMALMENTE BAJA
Podrá presumirse que una oferta es anormalmente baja cuando su baja respecto al valor estimado del contrato sea superior al 30%, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en la LFC, respecto al procedimiento y consideraciones a seguir para resolver la admisibilidad o rechazo de dicha oferta:
Cuando en un procedimiento de licitación se presente una oferta anormalmente baja respecto de las prestaciones del contrato que haga presumir que no va ser cumplida regularmente, la Administración antes de rechazar la oferta comunicará dicha circunstancia a todos los licitadores afectados para que en el plazo de cinco días presenten las alegaciones oportunas.
A la vista de las alegaciones de los licitadores y previo el asesoramiento técnico oportuno se resolverá motivadamente sobre la admisión de la oferta, pudiendo solicitarse un informe de la Junta de Contratación Pública en circunstancias excepcionales.
A.10. DOCUMENTACIÓN PARA LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
• Seguro de responsabilidad civil
El Adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios de cualquier naturaleza que se puedan causar a terceros, incluyendo a MCP y a SCPSA, como consecuencia del transporte y suministro objeto de este contrato.
El Adjudicatario contratará y mantendrá en vigor una póliza de Responsabilidad Civil con una cobertura mínima de 300.000 € incluyendo la Responsabilidad Civil de Explotación, de Productos considerándose tanto a la Mancomunidad de la Comarca xx Xxxxxxxx como Servicios de la Comarca xx Xxxxxxxx, S.A. y los empleados de ambas, terceros frente al adjudicatario.
Para ello, deberá presentar antes de la prestación del servicio, y en cada uno de los vencimientos que se produzcan durante la realización de este contrato, un certificado de la compañía aseguradora que acredite la vigencia de dicha póliza y de estar al corriente de pago.
La responsabilidad del Adjudicatario en ningún caso quedará condicionada por el límite máximo de indemnización, de las franquicias, exclusiones o limitaciones que establezca el contrato suscrito por el adjudicatario con su compañía de seguros.
• Garantía definitiva: 4% del importe de adjudicación del contrato.
• En el caso de que se trate de una Unión Temporal de Empresas deberán presentar las escrituras de constitución de la misma, cuya duración deberá ser coincidente con la del contrato hasta su extinción, y CIF de dicha unión.
A.11. ENTREGA, PRUEBAS, RECEPCIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA
Lugar de entrega: Laboratorio de Calidad de Saneamiento en la Estación Depuradora de Aguas Residuales xx Xxxxxxx (Cendea xx Xxxx).
Plazo de entrega: El plazo máximo de entrega será de 6 semanas a partir de la fecha de formalización del contrato.
El plazo para la puesta en servicio será de 2 semanas desde la entrega.
La xxxx del contratista no precisará de previa intimación por parte de SCPSA.
Recepción: Si en el momento de la recepción el equipo no se encuentra en estado de ser recibido se hará constar así en el Acta de Recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro sin perjuicio de la imposición de las penalidades que corresponda.
El equipo o sistema se suministrará completo, incluyendo todos aquellos elementos necesarios para su correcta instalación, puesta a punto y funcionamiento.
Durante la instalación se comprobará, por parte del técnico responsable, el correcto funcionamiento del instrumento y los accesorios, y el cumplimiento con las especificaciones técnicas certificadas por el adjudicatario para el modelo de instrumento ofertado.
Una vez finalizada se entregará un protocolo de validación-instalación donde se muestran las pruebas realizadas y los resultados obtenidos.
Las características del equipo ofertado por el adjudicatario determinadas en la memoria constituirán el documento técnico de referencia, sobre el que se certificará la aceptación o rechazo del equipo, tras la instalación del equipo en el Laboratorio de Control de Saneamiento. La verificación de la correcta implantación por parte del adjudicatario, de ambos métodos maestros y la demostración del cumplimiento efectivo de los parámetros de calidad de los resultados, bajo los parámetros de operación y funcionamiento establecidos, se llevarán a cabo mediante los correspondientes ensayos de verificación.
Garantía: El período de garantía mínimo será de 2 años contados a partir de la recepción.
Hasta que se cumpla el plazo de garantía, el proveedor responderá de los bienes o productos entregados, sin que sea eximente que en el acta de recepción no figure observación o disconformidad alguna, con la excepción de aquéllos defectos, imperfecciones o anomalías que sean apreciables inmediatamente a simple vista.
Si durante el periodo de garantía se constatase la existencia de vicios, defectos o imperfecciones en los bienes suministrados se exigirá al proveedor la reposición de los bienes que resulten inadecuados o, en los casos en que sea procedente, la reparación de los mismos, siempre y cuando se garantice la equivalencia del bien reparado con los bienes suministrados a los que no se les ha efectuado reparo alguno.
A.12. SUBCONTRATACIÓN
En el caso de que la subcontratación no se haya anunciado en el momento de acreditar la solvencia técnica, el contrato deberá ser ejecutado directamente por el adjudicatario, sin que éste pueda concertar con terceros la realización parcial del mismo, salvo que SCPSA lo autorice expresamente con carácter previo y por escrito, respetando los requisitos establecidos en el artículo 110 de la Ley Xxxxx 6/2006 de Contratos Públicos.
En este caso, los subcontratistas no podrán estar incursos en causa de exclusión para contratar con la administración y deberán reunir los requisitos de solvencia económica y técnica adecuados a la prestación objeto de subcontratación.
El adjudicatario será el único responsable del correcto cumplimiento del contrato ante SCPSA, siendo el único obligado ante los subcontratistas.
A.13. REVISIÓN DE PRECIOS
El contrato no estará sujeto a revisión de precios.
A.14. FACTURACIÓN
El adjudicatario emitirá factura cuando el aparato sea aceptado definitivamente por la Dirección Técnica de Control de Calidad de Abastecimiento y haya sido impartida la formación exigida.
A.15. PENALIDADES
Podrán ser objeto de penalización:
− La demora respecto del plazo de entrega de suministro. Se establece una penalización de 20€/día natural de retraso.
− La demora respecto del plazo de puesta en servicio. Se establece una penalización de 20€/día natural de retraso.
A.16. PROTECCIÓN DE DATOS
El adjudicatario deberá contemplar todos los aspectos legales e implicaciones relacionados con la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos (LOPD), así como con el Reglamento de Desarrollo de dicha Ley, aprobado por el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, o cualquier otra disposición que viniera a sustituir o complementar a las anteriores y que pudiera afectar a los trabajos contratados.
B. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
B.1. RÉGIMEN JURÍDICO
Por tratarse de un contrato a celebrar por entidad señalada en el apartado e) del artículo 2.1, de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx de Contratos Públicos (LFC), a este contrato le es de aplicación el Libro II de dicha ley en lo que se refiere a su preparación y adjudicación, siendo sus efectos y extinción regidos por el Derecho civil o mercantil, sin perjuicio del régimen de modificaciones y de reclamaciones previsto en el Libro I y en el Libro III de la Ley Xxxxx citada.
La participación en la presente licitación implica la aceptación voluntaria de dar transparencia institucional a todos los datos derivados del proceso de licitación, adjudicación y ejecución hasta la finalización.
B.2. REQUERIMIENTOS DE CARÁCTER SOCIAL.
Este contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio colectivo sectorial del ámbito más inferior existente en el sector en el que se encuadre la actividad de la empresa contratista.
La oferta económica deberá ser adecuada para que el adjudicatario haga frente al coste derivado de la aplicación del convenio sectorial que corresponda, sin que en ningún caso los precios/hora de los salarios contemplados puedan ser inferiores a los precios/hora del convenio más los costes de Seguridad Social.
En caso de incumplimiento por parte del contratista de lo dispuesto en este punto, el órgano de contratación podrá optar por:
a) Resolver el contrato e inhabilitar al contratista para contratar con las entidades sometidas a la presente ley xxxxx por un periodo de 5 años.
b) Continuar con la ejecución del contrato por el mismo contratista con la imposición de una penalidad del 35 por ciento del precio del contrato.
B.3. CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y SOLVENCIA
Podrán tomar parte en la licitación las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y cuenten con la capacidad y los niveles de solvencia económica, financiera y técnica que se hayan exigido en el punto A.6 de las condiciones particulares del contrato.
a. Solvencia económica y financiera:
Cada licitador deberá poseer solvencia económica y financiera suficiente para la ejecución del contrato, entendiendo por ella la adecuada situación económica y financiera de la empresa para que la correcta ejecución del contrato no corra peligro de ser alterada por incidencias de carácter económico o financiero.
El cumplimiento de este requisito se hará constar o bien en la declaración responsable o en el Documento Europeo Único de Contratación, dependiendo del documento que se haya exigido en el punto A.7 de las condiciones particulares del contrato, correspondiendo únicamente al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación la acreditación mediante la documentación que se haya exigido punto A.6 de las condiciones particulares del contrato.
b. Solvencia técnica:
Se entiende por ella la capacitación técnica o profesional para la adecuada ejecución del contrato, bien por disponer de experiencia anterior en contratos similares o por disponer del personal y medios técnicos suficientes.
El cumplimiento de este requisito se hará constar o bien en la declaración responsable o en el Documento Europeo Único de Contratación, dependiendo del documento que se haya exigido en el punto A.7 de las condiciones particulares del contrato, correspondiendo únicamente al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación la acreditación mediante la documentación que se haya exigido punto A.6 de las condiciones particulares del contrato.
Conforme al artículo 15 de la LFC, los licitadores podrán basarse en la solvencia de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades se podrán tener en cuenta las sociedades pertenecientes al grupo, siempre y cuando aquéllas acrediten que tienen efectivamente a su disposición los medios, pertenecientes a dichas sociedades, necesarios para la ejecución de los contratos.
En el caso de que la solvencia se acredite mediante la subcontratación, el licitador deberá aportar un documento que demuestre la existencia de un compromiso formal con los subcontratistas para la ejecución del contrato, sumándose en este caso la solvencia de todos ellos. Asimismo deberá acreditar, en la forma y condiciones establecidas en los artículos 13 y 14 de la LFC, que los subcontratistas disponen de los medios necesarios para la ejecución del contrato.
Será requisito, asimismo, para poder presentar oferta, que la finalidad o actividad que desarrolle el licitador tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente y disponer de una organización con elementos materiales y personales necesarios para la ejecución del contrato.
B.4. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Las empresas que deseen participar en el procedimiento presentarán sus ofertas en el plazo que se indicará en el anuncio de licitación publicado en el Portal de contratación xx Xxxxxxx.
Las ofertas se presentarán en el Registro General de MCP, calle General Xxxxxxxxxx, 7 xx Xxxxxxxx, (entrada por C/Xxxxxxx de Rozalejo) de las 9:00 a las 14:00 horas.
Podrán enviarse proposiciones a través de Oficinas de Correos, dentro del plazo establecido, en cuyo caso el interesado deberá justificar la fecha y hora de imposición del envío, remitiendo en el mismo día por correo electrónico: xxx@xxx.xx, o Fax 000000000, el resguardo correspondiente. No obstante, transcurridos 10 días naturales desde la terminación del plazo de presentación, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.
Las ofertas tendrán un plazo de vigencia de tres meses desde la finalización del plazo de su presentación. Trascurrido dicho plazo sin que el órgano de contratación haya adjudicado el contrato, los licitadores podrán retirar su oferta sin penalidad alguna.
Los interesados podrán solicitar aclaraciones sobre el contenido del contrato, con una antelación mínima de 6 días naturales a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas, en el email: xxxxxxxxxxxx@xxx.xx. Las contestaciones serán enviadas al interesado directamente y publicadas en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx y en la Sede Electrónica de la MCP.
B.5. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
Concluido el plazo de presentación de proposiciones se procederá, en acto interno, a la calificación de la documentación presentada por los licitadores en los sobres 1 y, en el caso de que así se haya exigido el punto A.7 de las condiciones particulares del contrato, en el sobre 2.
Si la Mesa de Contratación/Unidad Gestora observara que la documentación fuera incompleta u ofreciese alguna duda, podrá conceder un plazo de entre 5 y 10 días naturales para que el licitador lo subsane.
La solicitud de subsanación de documentación se comunicará al correo electrónico indicado por los licitadores en la declaración responsable o en el DEUC.
Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias no subsanables, se rechazará la proposición.
La Mesa de Contratación/Unidad Gestora podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato.
B.6. APERTURA DE LAS PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
La Mesa de Contratación/Unidad Gestora, en acto público a celebrar en el lugar y día que se publicará en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx y en la Sede Electrónica de MCP, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación presentada por los licitadores en los sobres 1 y, en su caso, en el sobre 2 indicando los licitadores excluidos y las causas de su exclusión.
A continuación, se procederá a la apertura del sobre 3, salvo el de aquéllas ofertas que hayan sido excluidas tanto por deficiencias en la documentación correspondiente al sobre 1 como en la documentación correspondiente al sobre 2.
Seguidamente se dará lectura de las proposiciones económicas formuladas en ellos.
A continuación, se procederá a la apreciación del carácter desproporcionado o anormal de las mismas, tomando como referencia únicamente las ofertas admitidas.
Cuando se identifique alguna oferta anormalmente baja que haga presumir que no va a ser cumplida regularmente, antes de rechazar la oferta la Mesa/Unidad Gestora comunicará dicha circunstancia al licitador/licitadores que la hubiere presentado, conforme a lo previsto en el artículo 91 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos.
Si se considera finalmente que la oferta presenta valores anormales que no garantizan la correcta ejecución o viabilidad del contrato, deberá ser excluida de la licitación. La exclusión de la oferta anormalmente baja no dará lugar a un nuevo cálculo de ofertas anormales, ni se tomará en consideración a la hora de asignar la puntuación económica.
En consecuencia, la puntuación de la oferta económica se realizará en acto interno tomando como referencia todas las proposiciones económicas admitidas y se levantará el Acta correspondiente con la propuesta de adjudicación.
Si se produjera empate en la puntuación entre dos o más licitadores, tal y como establece el art. 51.3 de la LFC, éste se dirimirá a favor de la empresa que tenga un mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad, siempre que éste no sea inferior al 3 por 100; en su defecto o persistiendo el empate, a favor de la empresa con un menor porcentaje de trabajadores eventuales, siempre que éste no sea superior al 10 por 100 y, en su defecto o persistiendo empate, a favor de la empresa que acredite la realización de buenas prácticas en materia de género.
A tal efecto, la Mesa de Contratación/Unidad Gestora requerirá la documentación pertinente a las empresas afectadas, otorgándoles un plazo mínimo de cinco días naturales para su aportación.
En los casos en que en aplicación de los criterios anteriores persistiera el empate, éste se resolverá mediante sorteo.
En el plazo máximo de siete días naturales desde la notificación de la propuesta de adjudicación, el licitador propuesto deberá presentar los siguientes documentos:
a. Documentación acreditativa de la personalidad:
• Si el licitador fuera una persona física, deberá presentar copia auténtica (compulsada notarial o administrativamente) del Documento Nacional de Identidad.
• Si el licitador fuera persona jurídica deberá presentar copia auténtica de la escritura de constitución, y en su caso, modificación, debidamente inscritas en el registro correspondiente, de conformidad con la norma que la regule.
• Copia auténtica del poder a favor de la persona que firme la proposición en nombre del licitador y del DNI de la persona apoderada. Si el licitador fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro correspondiente, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación que le sea aplicable.
• De conformidad con el D.F. 174/2004, por el que se regula el Registro de Licitadores de la Comunidad Xxxxx, podrá sustituirse la documentación de este apartado por el certificado de inscripción en el Registro expedido por su encargado, sin perjuicio de recabar del Registro la exhibición de dicha documentación, suponiendo la presentación a ésta licitación autorización suficiente para que se solicite de oficio esta documentación.
b. Obligaciones tributarias
• Alta y último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
• Certificado del Departamento de Economía y Hacienda de los órganos competentes de las Administraciones Públicas respecto de las cuales el licitador tenga obligaciones tributarias, acreditativos de que se halla al corriente de las mismas, expedido con una antelación no superior a seis meses de la fecha de expiración del plazo de presentación de proposiciones.
c. Certificado expedido por la seguridad social
• Acreditativo de estar inscritas en el sistema de Seguridad Social, estar afiliados o haber afiliado y dado de alta a los trabajadores, haber presentado los documentos de cotización correspondientes y hallarse al corriente en el pago de las obligaciones de la Seguridad Social que le imponen las disposiciones vigentes (salvo el supuesto de que el licitador no esté comprendido obligatoriamente dentro de su ámbito de aplicación), expedido con una antelación no superior a seis meses de la fecha de expiración del plazo de presentación de proposiciones.
d. Solvencia:
• El licitador deberá aportar la documentación detallada en el punto A.6 de las condiciones particulares del contrato.
La falta de aportación de la documentación necesaria en dicho plazo supondrá la exclusión del licitador del procedimiento, con abono por parte de éste de una penalidad equivalente al 5 por 100 del importe estimado del contrato e indemnización complementaria de daños y perjuicios en todo lo que exceda dicho porcentaje.
En este supuesto, la Mesa de Contratación/Unidad Gestora propondrá al órgano de contratación la adjudicación a favor del licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, previa presentación de la documentación prevista en este punto en el plazo máximo de siete días naturales desde la notificación de la propuesta de adjudicación.
La solicitud de la documentación necesaria para efectuar la propuesta de adjudicación al órgano de contratación se comunicará al correo electrónico indicado por los licitadores en la declaración responsable o en el DEUC.
B.7. ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El Órgano de Contratación resolverá la adjudicación, pudiendo declarar el procedimiento desierto si ninguna de las proposiciones se estima adecuada.
La adjudicación del contrato quedará suspendida durante el plazo de 15 días naturales desde la remisión de la comunicación de adjudicación, o en su caso, desde la publicación de la adjudicación, cuando el procedimiento de adjudicación utilizado e indicado en el punto A.4 de las condiciones particulares del contrato, sea el abierto superior al umbral comunitario.
En el caso de que el procedimiento de adjudicación utilizado sea el inferior al umbral comunitario, la adjudicación del contrato quedará suspendida durante el plazo de 10 días naturales desde la remisión de la comunicación de adjudicación, o en su caso, desde la publicación de la adjudicación.
Transcurrido el plazo de suspensión y en el plazo máximo de 15 días naturales se formalizará el contrato previa presentación por el adjudicatario de la documentación que se indica en el punto
A.10 de las condiciones particulares del contrato.
B.8. GARANTÍAS
Las garantías que se exijan en el presente procedimiento podrán constituirse de cualquiera de las formas previstas en el art. 95 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos xx Xxxxxxx.
En el caso de que se exija garantía provisional estará afecta a la obligación de formalizar el contrato en el plazo establecido.
La garantía definitiva quedará afecta al cumplimiento de las obligaciones del contratista hasta el momento de finalización del plazo de garantía y, en particular, al pago de las penalidades así como a la reparación de los posibles daños y perjuicios ocasionados por el contratista durante la ejecución del contrato.
B.9. RIESGO Y XXXXXXX. DAÑOS Y PERJUICIOS
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista y serán por cuenta de éste las pérdidas, xxxxxxx o perjuicios que experimente durante la ejecución del contrato, sin perjuicio de su aseguramiento por el interesado.
Serán imputables al adjudicatario los daños y perjuicios que se causen con motivo de la ejecución de este contrato, con excepción de los que sean consecuencia de una orden inmediata y directa de SCPSA.
B.10. DATOS PARA LA HUELLA DE CARBONO Y BALANCE ENERGÉTICO
Si así se lo solicita SCPSA, la empresa adjudicataria de este contrato deberá proporcionar, en los plazos y sistema que establezca SCPSA, los datos correspondientes a consumos energéticos (electricidad, combustibles, etc,...) así como otras posibles fuentes de emisiones de gases de efecto invernadero (gases refrigerantes, etc...) que se correspondan con la prestación de este contrato, de forma que sirva de base para el cálculo del Balance Energético y Huella de Carbono de MCP/SCPSA. Igualmente, la empresa objeto de este contrato deberá permitir el acceso a la información documental y contable que respalde los datos facilitados, así como cooperar en su caso con las labores de auditoría tanto interna (de SCPSA) como externa que se pudieran realizar en esta materia.
Si el contratista dispone de su propio cálculo verificado de emisiones, lo podrá aportar a SCPSA en la parte correspondiente a este contrato sin que ello sustituya, salvo criterio de SCPSA, lo previsto en el párrafo anterior.
B.11. CONFIDENCIALIDAD Y SIGILO
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 23 de la LFC, se informa a las empresas licitadoras que la documentación que aporten a la licitación tendrá “carácter de confidencial” en el caso de que la hayan designado como tal. Esta circunstancia deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal, adjuntando un índice con los apartados de la documentación que se consideran confidenciales, sin que sean admisibles declaraciones genéricas que afecten a la totalidad de la oferta.
Igualmente, al amparo del artículo 23, SCPSA exigirá a la empresa adjudicataria obligación de guardar sigilo respecto a datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato.
B.12. APLICACIÓN DE PENALIDADES
Si el contratista incurriera en el incumplimiento de obligaciones que conlleve la aplicación de penalidades, SCPSA, previa motivación en la que conste el incumplimiento detectado, y una vez ofrecida audiencia al interesado durante un plazo mínimo de 10 días naturales, podrá imponer las penalizaciones que se hayan indicado en las condiciones particulares del contrato.
B.13. PAGO
El pago se efectuará a 40 días desde la fecha de factura, mediante transferencia.
Las facturas deberán contemplar únicamente las prestaciones correspondientes a este contrato y deberán indicar el número de expediente que se indicará a la formalización del mismo.
La factura será remitida por correo ordinario a la dirección calle General Xxxxxxxxxx, 7 xx Xxxxxxxx, (entrada por C/Xxxxxxx de Rozalejo) o al correo electrónico: xxxxxxx@xxx.xx.
B.14. CESIÓN DEL CONTRATO
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato solo podrán ser cedidos a un tercero, previa autorización de la entidad contratante, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 111 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos, y siempre que ello no implique otras modificaciones sustanciales del contrato o tenga por objeto eludir la aplicación de la Ley Xxxxx o restringir de forma efectiva la competencia en el mercado.
B.15. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Este contrato podrá ser objeto de resolución cuando concurra alguna de las siguientes causas:
a) La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista, salvo que se acuerde la continuación del contrato con sus herederos o sucesores. En los casos de fusión, escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de la empresa se entenderá subrogada en los derechos y deberes del contratista la entidad resultante o beneficiaria siempre que conserve la solvencia requerida para la formalización del contrato.
b) La declaración de insolvencia en cualquier procedimiento y, en caso de concurso, la apertura de la fase de liquidación, salvo que, en este último caso, el contratista prestare las garantías suficientes a juicio de SCPSA para la ejecución del mismo.
c) El mutuo acuerdo entre SCPSA y el contratista, siempre que no concurra otra causa de resolución imputable al contratista y razones de interés público hagan innecesaria o inconveniente la permanencia del contrato.
d) La falta de ejecución en plazo cuando éste tenga carácter esencial.
e) Cuando las penalidades por demora alcancen el 20 por 100 del importe del contrato.
f) La falta de formalización del contrato en el plazo establecido.
g) El incumplimiento de los requerimientos de carácter social o medioambiental para la ejecución del contrato.
h) La suspensión por causa imputable a la SCPSA de la iniciación del contrato por plazo superior a seis meses a partir de la fecha señalada en el mismo para su comienzo.
i) El desistimiento o la suspensión del contrato por plazo superior a un año acordada por SCPSA.
j) El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales.
El contrato se resolverá automáticamente cuando las modificaciones en el mismo, aunque fueran sucesivas, impliquen aislada o conjuntamente alteraciones en el precio en cuantía superior, en más o en menos, al 20 por 100 del precio de adjudicación con exclusión del Impuesto sobre el Valor Añadido.
B.16. EFECTOS DE LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cuando la resolución del contrato obedezca a mutuo acuerdo los derechos de las partes se acomodarán a lo estipulado.
En el supuesto de resolución del contrato previsto en el apartado h del punto anterior, el contratista sólo tendrá derecho a percibir una indemnización del 3 por 100 del precio de adjudicación.
En los casos de resolución contemplados en el apartado i del punto anterior, el contratista tendrá derecho al 6 por 100 del precio de los trabajos pendientes de realizar en concepto de beneficio dejado de obtener.
Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar los daños y perjuicios ocasionados a SCPSA, lo que se determinará en resolución motivada atendiendo a la existencia, entre otros factores, de un retraso en la inversión proyectada o en la prestación del servicio a terceros o al público en general y los mayores gastos que se imputen a los fondos públicos. Cuando se hayan constituido garantías para el cumplimiento de obligaciones, éstas serán incautadas en la cuantía necesaria para cubrir los daños y perjuicios que se hayan acreditado.
Si éstas resultasen insuficientes SCPSA podrá detraer los importes correspondientes de las cantidades de pago pendientes al contratista.
B.17. JURISDICCIÓN Y RECURSOS
Contra los actos que se aprueben en relación con la licitación y, en su caso, con la modificación de este contrato podrá interponerse, la reclamación en materia de contratación pública establecida en el Libro III de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, cuando concurran los requisitos establecidos en el mismo o el recurso ante el Presidente de la Mancomunidad regulado en el artículo 4 del Reglamento de relaciones entre Mancomunidad de la Comarca xx Xxxxxxxx y Servicios de la Comarca xx Xxxxxxxx.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, resolución y efectos de este contrato serán resueltas por el Órgano de Contratación, cuyos acuerdos podrán ser recurridos ante el Presidente de la Mancomunidad, mediante el recurso citado en el apartado anterior o, directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con las normas procesales de esta jurisdicción.
B.18. INFORMACIÓN Y CONSENTIMIENTO
Los datos facilitados se recogen y tratan en ficheros responsabilidad de SCPSA, con la única finalidad del mantenimiento de la relación contractual derivada de la adjudicación de este contrato. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de sus datos, dirigiendo un escrito al “Registro” de SCPSA, sito en la calle Gral. Xxxxxxxxxx, 7 31002-Pamplona, en el e-mail xxx@xxx.xx, o en la sede electrónica de la Mancomunidad de la Comarca xx Xxxxxxxx xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, manifestando su petición al efecto.
ANEXO I. DECLARACIÓN RESPONSABLE
Nombre:
NIF:
en representación de la empresa
Nombre: NIF:
Domicilio:
E-mail para notificaciones:
Teléfono de contacto:
enterado de las condiciones reguladoras para la contratación del “Suministro y puesta en servicio de un Espectofotómetro Óptico de emisión con fuente de Plasma de Acoplamiento Inductivo (IPC) para la determinación de metales pesados en aguas residuales y lodos-compost para el Laboratorio de Control de Calidad de Saneamiento Arazuri. Expediente 2017/SCON-AIU/000052”
DECLARA
Que reúne las condiciones para contratar exigidas en la Ley Xxxxx 6/2006 de Contratos Públicos y en las presentes Condiciones reguladoras.
Que se encuentra al corriente en el pago del Impuesto de Actividades Económicas, de los tributos correspondientes a la Hacienda Xxxxx xx Xxxxxxx o aquélla en la que figure el domicilio social y en el pago de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Que no presenta a licitación más de una oferta, ni en su nombre ni mediante empresas vinculadas, de acuerdo con la definición recogida en el artículo 16 de la Ley Xxxxx de Contratos.
Que cumple con las obligaciones que establece la normativa en materia de Prevención de Riesgos Laborales.
Que cumple con las obligaciones que establece la normativa vigente en materia de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).
Que cumple los criterios de solvencia exigidos en las condiciones reguladoras.
, a de de 20
Firma
ANEXO II. PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Nombre:
NIF:
en representación de la empresa
Nombre: NIF:
Domicilio:
enterado de las condiciones reguladoras para la contratación del “Suministro y puesta en servicio de un Espectofotómetro Óptico de emisión con fuente de Plasma de Acoplamiento Inductivo (IPC) para la determinación de metales pesados en aguas residuales y lodos-compost para el Laboratorio de Control de Calidad de Saneamiento Arazuri. Expediente 2017/SCON-AIU/000052”se compromete a su suministro de acuerdo a las condiciones reguladoras, a su oferta y a lo establecido en el contrato, al siguiente importe IVA excluido, en letra y cifra:
Importe IVA excluido
En caso de discrepancia de las cantidades recogidas en esta proposición prevalecerá la cantidad en letra respecto de la cantidad en cifra.
, a de de 20
Firma
ANEXO III. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
1. CARACTERÍSTICAS FUNCIONALES
El instrumento o aparato a suministrar, consistirá en un Espectrómetro Óptico de Emisión Atómica con fuente de Plasma Acoplado inductivamente (ICP-OES), con capacidad de visión del plasma en forma Axial y Radial simultánea, dentro del mismo método analítico para máxima flexibilidad ante distintos tipos de muestra y deberá proporcionar todos los componentes, accesorios y medios auxiliares necesarios, capaces de permitir el completo desarrollo de sendas metodologías de rutina para de determinación de metales en Aguas Residuales y Lodos.
El equipo consistirá en un instrumento de sobremesa, controlado por ordenador y dotado del software específico necesario para el completo control de los parámetros analíticos y la adquisición de todos los datos y procesado final de los resultados.
La configuración típica del instrumento deberá incluir todos y cada uno de los elementos funcionales que se especifican a continuación y cumplir las prestaciones, características y especificaciones técnicas mínimas, que seguidamente se detallan:
Sistema óptico:
• Óptica de lectura simultánea de cobertura completa del rango de longitudes de onda en todo el rango UV/Visible, desde 167 a 770 nm, mediante detectores de estado sólido.
• Sistema óptico termostatizado capaz de proporcionar una estabilidad de temperatura de la cámara óptica igual o mejor que 0.1°C.
• Deberá estar libre de mantenimiento, trabajar a presión positiva y a prueba de vibraciones, apto para garantizar la máxima estabilidad de las medidas a medio y largo plazo que no requiera la sustitución periódica de ningún elemento consumible.
• Sistema policromador capaz de proporcionar una resolución mejor que 0,007 nm en el rango de ultravioleta y permitiendo leer fondo y el analito simultáneamente sin interferencias.
Fuente de Radiofrecuencias
• Generador de estado sólido, con potencia de salida controlada por software y con protección frente a emisiones de RF, sin tubo de potencia.
• El sistema de RF deberá permitir la generación de un plasma, fiable y robusto, libre de mantenimiento, y capacidad de adaptación automática e instantánea a cambios de composición de la matriz de la muestra (diferente salinidad, disolventes orgánicos, etc.), sin extinguirse el plasma.
• Potencia del generador controlable por software y variable entre 1.000 y 1500 vatios, en incrementos discretos de entre 1 a 10 W deberá permitir la programación automática del encendido y apagado del Plasma después del desarrollo de una sesión analítica.
• Generador de radiofrecuencia con un rango de potencia de salida comprendido entre 1.000 y 1500 W, con una eficacia de acoplamiento > 75% y con una estabilidad inferior al 0,1%
Sistema de gases
• Sistema de gases, con caudal de gas de nebulización ajustable, mediante controlador de flujo másico de alta precisión, capaz de ajustar la presión y mantener un flujo de suministro constante entre 0 y 1,5 ml/min a intervalos de 0.01 L/min y asegurar la precisión de los análisis al laminar las diferencias de viscosidad, acidez, o contenido de sólidos y sales disueltas entre muestras.
• A través del software del equipo, se deberán poder controlar todos los flujos de gas Argón en la antorcha: nebulizador, flujo auxiliar y plasmógeno, así como la presión de línea del gas, disponiendo de un sistema automático de bloqueo y protección del equipo en caso de fallo del suministro.
• Asimismo, el software de control del equipo deberá permitir monitorizar la presión del Argón en el nebulizador, facilitando la detección y control de potenciales obstrucciones por ensuciamiento.
• El equipo para su funcionamiento debe utilizar únicamente gas Argón, con un consumo total inferior a 16 l/min durante el análisis.
Configuración del compartimento de Plasma y Antorcha
• El sistema dispondrá de un fácil acceso al compartimento de la antorcha, de modo que el usuario sea capaz de desmontarla completamente para su mantenimiento y limpieza, sin necesidad de herramientas, ajustes de alineamiento ni conexión de tubos de entrada de gases.
• Cualquiera que sea la orientación espacial de la antorcha, deberá permitir la generación de un plasma estable y robusto, sin derivas en los resultados después de horas de trabajo.
• La orientación espacial de la antorcha no deberá comprometer la configuración de una óptica xx xxxxx visión radial axial simultánea, que permita el análisis simultáneo de elementos mayoritarios y minoritarios en una única exposición, evitando la necesidad de distintas exposiciones ni barridos.
• El encendido y apagado del plasma se realizará vía software.
• Compartimento de plasma dispondrá de un sistema de refrigeración eficaz que evite la problemática de estabilidad por sobrecalentamientos.
Sistema de introducción de muestras
Sistema de introducción de muestras: se deberá caracterizar por la facilidad de acceso y montaje- desmontaje y limpieza, comodidad en la manipulación de los componentes (cámara premezcla, nebulizadores, bomba etc.,) disponiendo de sistemas de conexión rápida de componentes, y eliminación de volúmenes muertos, orientado a reducir los tiempos de lectura y la eliminación de efectos de memoria del flujo de alimentación.
Estará básicamente compuesto de:
• Bomba peristáltica: velocidad de giro y duración programables y controlados por software, con función de enjuague o lavado rápido, mediante bombeo rápido programable, en función de los parámetros de análisis y resultados, dispondrá de los canales necesarios para el desarrollo de las dos aplicaciones maestras del LCS, para el aporte de muestra, drenaje y eventualmente, solución patrón interno y /o diluyente.
• Nebulizador: construido en material inerte a las aplicaciones maestras, de tipo concéntrico resistente al ensuciamiento y de alto rendimiento y tolerancia a altos contenidos de sales disueltas, que el licitador considere óptimo para cada las aplicaciones objeto del contrato. (Orientativamente, tipos Gemcone™, Miramist, One-neb, etc.)
• Cámara de de premezcla ciclónica xx xxxxxx y tubo inyector de alúmina de 2 mm.
Dispositivos de seguridad
El instrumento dispondrá de los sistemas de seguridad y automatismos necesarios para monitorizar y controlar los parámetros de funcionamiento, adoptando las acciones necesarias para proteger los componentes sensibles del instrumento evitando daños mayores y posibles averías, según aplique, tales como: caída de presión de suministro del argón, correcto funcionamiento de los flujos de extracción de calor del compartimento de plasma, la correcta carga xxx xxxxxxxx, bloqueo de la puerta de acceso al compartimento de plasma y regulación de la potencia del plasma, detección de fugas de gases y/o o atascos en el sistema de introducción de muestras o inundación de la antorcha por eventuales fallos de drenaje de la cámara de nebulización
Detector de estado sólido
• Para la detección de la luz dispersada por el sistema óptico el equipo incorporará un detector de estado sólido de última generación.
• Deberá cubrir simultáneamente todas las longitudes de onda del rango de trabajo.
• Sistema de protección anti-saturación para cada píxel individual que permite medidas simultáneas de señales intensas y trazas con una óptima relación señal/ruido de fondo.
• El detector debe estar refrigerado por Xxxxxxx a -35ºC o inferior, para minimizar el ruido.
Automuestreador
Para el funcionamiento automático y desatendido del Espectrómetro, en caso necesario, el suministro del sistema se complementará, con la dotación de un automuestreador
• El automuestreador deberá estar fabricado en material inerte, libre de metales, en todas las partes en contacto con la muestra y ser compatible con otros estándares xxx xxxxxxx.
• El manejo del automuestreador estará totalmente controlado mediante el software del Espectrómetro.
• Configuración flexible y diferenciada de tipos de vial (estándares, soluciones QC, muestras, etc.).
• Sistema xx xxxxxx dinámico y automático de la sonda de muestreo con bomba peristáltica de velocidad variable, para reducir contaminaciones cruzadas.
• Capacidad de acceso aleatorio.
• Dispondrá de todos los accesorios necesarios para su funcionamiento: tubos capilares y de drenaje, viales, xxxxxxxxx, estación de enjuague o puerto xx xxxxxx de la sonda con bomba peristáltica de caudal continuo, etc.… y capacidad suficiente para albergar la totalidad de tubos o viales correspondiente al conjunto completo las soluciones estándar de los métodos maestros y un mínimo de 160 muestras.
• Bandeja de derrame integrada para recoger derrames accidentales, protegiendo la bancada de trabajo.
Sistema Informático
El suministro del equipo deberá incluir el hardware necesario para un funcionamiento correcto del equipo dentro de la intranet de SCPSA.
Básicamente, estará compuesto por:
• Ordenador de sobremesa de alto rendimiento, basado en microprocesador de última generación con sistema operativo preinstalado, Windows 7 de 64 bits ó superior.
• Memoria y disco duro de capacidad suficiente.
• Tarjetas gráfica, audio, comunicación y puertos, según sea necesario.
• Lector grabador CD/DVD.
• Teclado, ratón, monitor TFT de 23-24 pulgadas e impresora a color.
Software
El suministro del equipo deberá incluir el software para registro, monitorización y control total de los parámetros de funcionamiento del sistema, realización de los análisis y de la emisión de informes y exportación de resultados.
• Compatibilidad con sistemas operativos Windows 7 profesional o superior, a 32 ó 64 bits.
• El software del equipo deberá permitir la comunicación y el control del aparato mediante un servicio o aplicación instalada en el equipo. La aplicación deberá ser multiusuario siendo deseable la integración con el directorio activo y que los usuarios no tengan que ser administradores de la máquina para su ejecución.
El software del equipo deberá permitir:
• El almacenamiento y configuración de los métodos analíticos incluyendo todas las variables de las muestras (identificadores, descripción, alícuotas de ensayo, método instrumental aplicado, etc.) y de todas las variables del ensayo (método de lectura, integración y método de ajuste- calibración... ) y parámetros operativos del equipo: , fecha y hora de las mediciones, potencia del plasma, tiempos de integración y tipos de dosificación, caudales de gases, bomba peristáltica y tiempos xx xxxxxx, etc...
• La comunicación bidireccional, mediante ficheros o comunicaciones estándar (RS232, Ethernet, etc.) con un sistema de gestión de información de laboratorio (Laboratory Information Management System, LIMS). Para ello, el equipo debe permitir la captura de los resultados por parte del LIMS, siendo deseable el control de los datos de los resultados a exportar, mediante configuración, asistente o conexión a la base de datos del equipo.
• Además, el software del equipo deberá incorporar la posibilidad de registro de muestras, permitiendo capturar la información del LIMS para la creación de series analíticas grandes, por ejemplo mediante importación de archivos de datos, incorporando información descriptiva e identificativa de las muestras en distintos identificadores alfanuméricos.
• Permitir conexión remota al espectrómetro de emisión ICP, para poder realizar funciones de diagnóstico remoto, así como la conexión a redes.
• Permitir la ejecución simultánea de varios programas con Windows multitarea Básicamente, el software de aplicación del equipo deberá:
• Proporcionar sendas interfaces de usuario, capaces de compartir las mismas bases de datos:
- on-line: conectado al instrumento, para el manejo y control de equipo, creación de métodos, tablas de trabajo automático, etc., dispondrá de los drivers necesarios para manejar el espectrofotómetro ICP y automuestreador.
- off-line: instalable en otros ordenadores sin necesidad de una licencia específica, que permita realizar tareas de creación, edición y optimización de métodos o funciones de revisión, edición o reproceso y exportación de datos ‘offline’ o entrenamiento en modo simulador, excepto el control del equipo.
• Permitir la configuración del programa óptico de medición
- selección tabular o gráfica de las líneas de emisión, a partir de una base de datos con información de identificación espectral almacenada longitudes de onda de las líneas, sensibilidad y posibles interferencias de las líneas de emisión atómica de los elementos de interés clasificadas en orden de preferencia, según su intensidad y la posible presencia de interferencias espectrales generadas por emisiones de otros elementos a longitudes de onda cercanas.
- selección de múltiples líneas para cada elemento de interés en el método de análisis en función de la sensibilidad deseada
• Tener la capacidad de registrar y adquirir las señales de medición
- lectura de la señal en área o altura de pico, con posibilidad de adquisición y visualización del espectro en el entorno de cada longitud de onda durante el análisis.
- posibilitar la corrección de fondo y ajustar la posición óptima de los puntos de corrección gráficamente.
- posibilitar la cuantificación, mediante la técnica de patrón interno simultáneo
• Permitir la configuración del método de corrección de fondo y proporcionar funciones avanzadas para las correcciones de interferencias espectrales, en función del tipo de matriz analizada, por ejemplo
- modelando fondos, lineal o no linealmente para restarlos simultánea y automáticamente, de la emisión del elemento de interés.
- cálculo automático de factores de corrección de interferencias interelemental cuando el solapamiento de la línea de interés es total.
- sistema de deconvolución espectral xx xxxxx interferidos para casos de interferencia parcial.
• Permitir el manejo y control del estado completo del instrumento, en particular:
- visualizar y comprobar en tiempo real, de forma gráfica e intuitiva, el estado operacional de los principales módulos de hardware del Instrumento (generador RF, plasma, óptica, detector, flujos de gases, etc.).
- ajustar los parámetros y condiciones empleadas para el análisis: incluyendo la ignición y potencia de RF, flujos de gas y de muestra, modalidad de visualización, optimización de la observación X-Y del plasma, tiempo de adquisición de la señal, etc.
- monitorizar gráficamente y en tiempo real cómo afectan cada uno de ellos en la emisión de las líneas seleccionadas: por ejemplo, emisión la intensidad de la emisión del plasma y presión del gas de nebulización para descartar cualquier posible problema debido al sistema de introducción de muestras.
- control de los accesorios conectados al equipo (por ej. configuración de la bandeja del muestreador automático, visualización de la lista de carga y ubicaciones de las muestras, estándares y muestras de control de calidad del muestreador automático, sistema de refrigeración, etc.)
• Permitir la definición de los Parámetros y los modelos matemáticos de calibrado:
- ofreciendo múltiples posibilidades de curvas de calibración externa, patrón interno, rectas de adición de patrones.
- corrección o reajuste de la pendiente o del calibrado (“reslope”).
- capacidad de multicalibración automática, múltiples líneas para un mismo elemento, para extender el rango dinámico de trabajo.
- predeterminando criterios de calidad de las rectas de calibrado: coeficiente de correlación mínimo o máximo % error de la recta de calibrado
• Permitir la creación y lanzamiento de las secuencias de análisis:
- Manualmente: escribiendo los nombres de las muestras y la información complementaria.
- Semiautomáticamente, copiando y pegando la lista desde un archivo Excel o similar.
- Automáticamente, cargando la información: Id. de muestra, posición del vial, en muestreador, tipo muestra, peso, alícuota y dilución de la muestra, si aplican, campos informativos personalizados o del usuario, desde un LIMS o desde un archivo plantilla.
- Permitiendo la inserción manual de muestras de alta prioridad de analizar o la adición de muestras sin interrupción de una secuencia en marcha.
• Permitir el procesado y evaluación integrada de las muestras de controles de calidad según estándares internacionales (EPA, etc.) utilizando muestras certificadas, duplicados y muestras adicionadas:
- incorporando algoritmos y controles para evaluar y verificar los parámetros y/o controles de calidad de linealidad, precisión y exactitud de los métodos desarrollados para la validación de los datos analíticos.
- los controles de calidad (blancos de calibrado o de proceso, patrones de exactitud, límite de cuantificación Muestras o Patrón, dopada Duplicado, etc…), deberán ser editables, permitiendo al usuario establecer sus umbrales de tolerancia y aceptación, acordes a sus objetivos de calidad.
- la personalización de acciones programadas (recalibración, verificación y reproceso, registro y continuación, interrupción, etc.) a ejecutar en la secuencia analítica por el software, en caso de fallo o superación de un resultado fuera de los umbrales definidos.
- la preparación y visualización rápida y eficaz de gráficos de control de calidad de los resultados.
• Permitir la adquisición del espectro completo, la edición retrospectiva y el reprocesamiento de los resultados de los análisis:
- Una vez adquiridos los resultados, el software almacenará los datos primarios del análisis, para su posterior reprocesamiento, modificando cualquier parámetro: excluir réplicas de las medidas, patrón interno, las posiciones de corrección de fondo en el espectro, modificar curvas de calibración, etc.
- Seleccionando nuevas líneas inicialmente no seleccionadas, modificar fondos y/o determinar la concentración de otros elementos no incluidos inicialmente en el método de medida.
- escribir los factores de dilución de las muestras, aplicar sistemas de eliminación de interferencias, editar los nombres de las muestras, escribir comentarios en los campos disponibles de cada muestra etc., realizando los cálculos necesarios de forma inmediata, sin necesidad de volver a adquirir los datos y reanalizar las muestras, incluso durante la medida.
- No obstante la capacidad de modificación y reproceso, por razones de seguridad, se conservarán los datos originales.
• Permitir la generación de informes y exportación de los resultados de los análisis:
- seleccionando entre varios formatos de impresión, o que el usuario optimice su propio modelo de informe a partir de una plantilla.
- guardándolos en diferentes formatos y/o exportarlos a hojas de cálculo, o sistemas de gestión de laboratorio, LIMS o similares.
- el software permitirá exportar toda la información correspondiente a las muestras: Id. de muestra, posición del vial, en muestreador, tipo muestra, peso, alícuota y dilución de la muestra, si aplican, campos informativos personalizados o del usuario,
- y la información correspondiente a los resultados: fecha y hora de cada medida, Información línea de emisión, lectura de la Intensidad de la línea de emisión, concentración en el vial de prueba y concentración calculada en la muestra original, unidades de concentración, desviación estándar y RSD% de la concentración, Número de replicados, concentración e Intensidad en cada replicado y códigos de error, en su caso
• Permitir la monitorización y diagnóstico de los controles de seguridad así como diagnósticos para determinar errores
- dando acceso a los diferentes módulos del equipo remotamente para diagnosticar a distancia posibles problemas en el equipo mostrando el estado y la lista de comandos que se han intercambiado entre el ordenador y el hardware
- verificar cada componente del sistema para garantizar su correcto funcionamiento, evaluando su estado de operación: apertura de puerta, apagado de plasma, calentamiento de la óptica, presión de nebulizador.
- Permitir la redacción de mensajes definidos por el usuario para eventos, errores, información, etc.
• Disponer de un módulo de ayuda interactiva contextual correspondiente a cada situación en pantalla
- dando acceso a la información pertinente de los diferentes módulos, el desarrollo guiado de métodos, planificación de secuencias, control del equipo, correcciones, incluyendo tareas de cambio y uso de accesorios o procedimientos de mantenimiento de rutina del equipo
Aplicaciones Analíticas estándar
Tras la instalación del equipo, el adjudicatario implantará sendas aplicaciones estándar o “maestras”, para la determinación analítica, simultánea y en rutina, del conjunto de metales más amplio posible, para muestras de Aguas Residuales y Lodos, basadas en la normativa de ensayos que se referencian en el objeto del contrato.
Las prestaciones de las determinaciones analíticas proporcionadas deberán permitir, como mínimo, el mantenimiento del alcance técnico acreditado actualmente por el laboratorio de Control de Saneamiento de SCPSA, para la determinación de metales en Aguas residuales, en lo que se refiere al alcance de número de elementos, además de proporcionar prestaciones de medición, y una capacidad analítica (sensibilidad, incertidumbre, rango, etc….) suficientes y consistentes con la normativa legal aplicable a la determinación analítica de metales en Fangos, Lodos y Compost.
Manuales de operación
Se incluirán los manuales de servicio o técnico, de diagnósticos y mantenimiento y de usuario, y notas de aplicación, así como la información del equipo disponible en CD-ROM en formato pdf, en castellano.
2. FORMACIÓN
Con posterioridad a la configuración de los dos métodos maestros objeto del contrato, el adjudicatario impartirá, a su cargo y en las instalaciones de SCPSA, un cursillo de formación y entrenamiento que incluya:
• una descripción detallada del sistema,
• el funcionamiento del equipo y sus componentes,
• el manejo del equipo y los accesorios,
• el proceso/s de realización de los análisis,
• la descripción y manejo de la aplicación de software y
• el mantenimiento preventivo y correctivo a nivel de usuario de los equipos.
Finalmente, se revisarán también los riesgos para el equipo y las personas, que puedan producir el uso y mantenimiento del equipo, y las medidas de prevención a adoptar.
Al finalizar la formación los asistentes quedarán capacitados para procesar secuencias de análisis, de manera autónoma, y programar métodos de medición propios y optimizarlos adecuadamente.
Al finalizar el curso se tomará nota de las personas del Laboratorio que hayan asistidos y se entregará un certificado de formación para cada asistente
3. SERVICIO TÉCNICO
El adjudicatario deberá garantizar el suministro de repuestos, accesorios, actualizaciones de software y consumibles en un horizonte de 10 años. El adjudicatario proporcionará información acerca de la disponibilidad o stock de repuestos, fungibles, equipos de sustitución y de los tiempos de suministro.
Comprenderá la disponibilidad de soporte técnico, (software, aplicaciones, mantenimiento, etc.) y asistencia telefónica durante todo el año, en días laborables, en horario de oficina por personal cualificado para atender cualquier demanda o consulta técnica.
Asimismo, se indicarán la ubicación y procedencia del Servicio Técnico postventa y los tiempos mínimos de intervención, y desplazamiento, desde donde el adjudicatario prestará servicios de mantenimiento correctivo, que le sean requeridos, en respuesta a eventuales averías.
ANEXO IV. CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD
El Adjudicatario se responsabilizará de cumplir y hacer cumplir tanto a su personal como a sus Subcontratas (incluidos trabajadores autónomos):
• Disposiciones legales vigentes en materia de Prevención de Riesgos Laborales a la firma del Contrato y durante el desarrollo de los trabajos contratados.
• Disposiciones específicas de la Unidad Contratante, aplicables al desarrollo de la actividad, recogidas en estas condiciones, documentos complementarios y demás normativa interna.
Condiciones de Seguridad y Salud
El Adjudicatario deberá cooperar en la aplicación de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales, y en concreto con lo establecido en el Real Decreto 171/2004 de Coordinación de Actividades Empresariales.
El Adjudicatario estará obligado a:
• Aplicar los principios de la acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
• Disponer de un Plan de Prevención, según lo establecido en la normativa vigente, en el que se incluya la definición y funciones de su Organización preventiva. Esta Organización será acorde a lo establecido en la Ley de Prevención y el Reglamento de los Servicios de Prevención.
• Antes del inicio de la actividad, introducir en una plataforma web a la que se dará acceso, toda la documentación de Prevención de Riesgos Laborales que le sea requerida por SCPSA. Además se compromete a mantener actualizada la documentación en la plataforma.
• Informar a SCPSA de los riesgos de su actividad.
• Deberá tener a disposición de SCPSA la Evaluación de los riesgos asociados a los trabajos contratados, así como la planificación de la actividad preventiva derivada de la misma.
• Designar expresamente Recursos Preventivos para todos los trabajos realizados en instalaciones de SCPSA, que estén englobados en los supuestos contemplados en el artículo 22 bis del RD 604/2006 que modifica el RD 39/1997 y el RD 1627/1997 y de conformidad con el artículo 32 bis de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, normativa en vigor o cuando se especifique en su evaluación de riesgos.
• Respecto de los trabajadores especialmente sensibles, el Adjudicatario cumplirá las obligaciones de protección específica recogidas en el artículo 25 de la Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales o Normativa de aplicación.
• Formar e informar a sus trabajadores sobre los riesgos que conlleva la realización de los trabajos contratados, así como en las medidas de prevención y protección a aplicar y en las medidas a aplicar en caso de emergencia. Este personal mantendrá a disposición de SCPSA la formación, la experiencia y el nivel profesional adecuado a los trabajos a realizar y a la normativa en vigor, manteniendo la documentación acreditativa a disposición de SCPSA.
• Disponer de la Declaración de Conformidad, marcado CE o cumplimiento del RD 1215/1997 de los equipos de trabajo que pondrá a disposición de los trabajos contratados para SCPSA. La acreditación del RD 1215/97 será firmada por un Organismo de Control Autorizado. La maquinaria, equipos y herramientas han de estar en perfecto estado de uso y conservación y serán acordes con los modernos sistemas y tecnologías, de tal manera que eliminen, en la medida de lo posible, la realización de trabajos manuales y fallos o errores humanos que puedan afectar a la seguridad de las personas y a la calidad y comportamiento de los materiales e instalaciones. Dicha maquinaria, equipos o herramientas, deberán cumplir las exigencias legales de industria y laborales vigentes en cada momento.
• Entregar a sus trabajadores y mantener en buen estado de conservación, los equipos de protección individual necesarios para los trabajos a realizar. Además, el adjudicatario velará por que su personal utilice los equipos de protección adecuados a la naturaleza de los trabajos a desarrollar y así mismo dará la formación necesaria para su correcta utilización.
• Los equipos de protección tanto individual como colectiva que se utilicen, deberán reunir los requisitos establecidos en las disposiciones legales o reglamentarias que les sean de aplicación y en particular relativos a su diseño, fabricación, uso y mantenimiento.
• Informar y proporcionar las instrucciones adecuadas a las contratas, subcontratas y los trabajadores autónomos sobre todas las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y salud en el centro u obra.
• En general, para todas aquellas actividades que estén reguladas por normativa específica, cumplir con la legislación que les aplica (Trabajos con riesgo eléctrico, Trabajos temporales en altura, etc.
• En general, el Adjudicatario participará en cuantas reuniones, visitas y/o inspecciones le sean requeridos en temas de seguridad por SCPSA y tendrá a disposición del Servicio de Prevención de SCPSA durante toda la obra o prestación del Servicio, toda la documentación exigida en estas condiciones.
• Todas las empresas adjudicatarias, sus contratas y subcontratas, llevarán a cabo la investigación de todos sus accidentes y los comunicará a SCPSA.
• El Adjudicatario tendrá a disposición de SCPSA sus procedimientos de evacuación y conciertos de atención médica en los trabajos para el supuesto de accidente laboral, así como la relación de su material de primeros auxilios.
• El adjudicatario no podrá subcontratar los trabajos sin la autorización de SCPSA. En este supuesto, las exigencias a la empresa subcontratada o autónomos serán idénticas a las recogidas en este documento, siendo el Adjudicatario, ante SCPSA, la responsable de la exigencia y de los incumplimientos.
• SCPSA, por si misma o por empresa contratada, podrá inspeccionar la realización de los trabajos, tanto en sus contenidos materiales como de seguridad.
• El Adjudicatario concertará operaciones de seguro que cubran la previsión de riesgos derivados del trabajo respecto a sus trabajadores. A tal efecto, suscribirá una póliza de responsabilidad civil. Dichas pólizas se acreditarán con carácter previo a la realización de los trabajos y estarán en todo momento a disposición de SCPSA.