PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD
Servicio proponente: | POLICÍA LOCAL | Número de expediente: | 1460/17 | |
Tipo de contratación: | Administrativa | Clase de contrato: | SUMINISTRO | |
Forma de adjudicación: | Negociado SIN Publicidad (cuantía inferior a 60.000,00 €) | |||
Descripción del objeto: | VESTUARIO COMPLETO PARA 14 AGENTES DE POLICÍA LOCAL EN COMISIÓN DE SERVICIO (EXPTE. 1460/17) | |||
Presupuesto base de licitación | 22.616,25 € | Importe IVA: | 4.749,41 € | |
Presupuesto total (IVA incluido) | 27.365,66 € | |||
VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS CON SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS | ||||
Presupuesto General de Gastos: | 2017 | Nº operación RC: | 14550 | |
Garantía provisional: | Exenta | Garantía definitiva: | 5% precio de adjudicación (excluido el IVA) | |
Plazo Presentación | Perfil del Contratante “xxxxxxxxxxx.xx” | |||
Lugar presentación ofertas: | Ayuntamiento de Badajoz. Negociado de Compras, Xxxxxx xx Xxx Xxxx, xxxxx 0 – X 00000 Xxxxxxx | |||
Email: |
Ayuntamiento de Badajoz SECRETARIA GENERAL SECCIÓN DE PATRIMONIO
Negociado de Compras
Ayuntamiento de Badajoz SECRETARIA GENERAL SECCIÓN DE PATRIMONIO
Negociado de Compras
PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO, DEL SUMINISTRO DE VESTUARIO COMPLETO PARA 14 AGENTES DE POLICÍA LOCAL EN COMISIÓN DE SERVICIO (EXPTE.
1460/17)
1. - OBJETO DEL CONTRATO
El presente contrato de suministro tendrá por objeto la adquisición de “VESTUARIO COMPLETO PARA 14 AGENTES DE POLICÍA LOCAL EN
COMISIÓN DE SERVICIO (EXPTE. 1460/17)“, de forma sucesiva y por precio unitario, sin que la cuantía se defina con exactitud, por estar subordinadas las entregas a las necesidades del adquirente, según las especificaciones técnicas que figuran el presente pliegode acuerdo con el Pliego de Prescripciones Técnicas redactado por los Técnicos Municipales (Anexo I).
Clasificación CPV: 18100000-0 y 18830000-6 Prendas de Vestir y Calzado de Protección
La Contratación se regulará por lo establecido en este Pliego, por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP) y por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Los Bienes objeto del suministro son los que se especifican en el ANEXO I de este Pliego.
2.-PRESENTACIÓN DE OFERTAS
De conformidad con el artículo 3 Funciones, apartado “C” de la Ordenanza Oficial del Registro de Licitadores del Ayuntamiento de Badajoz, solo podrán presentar ofertas al presente procedimiento las empresas que estén inscritas en dicho registro en el momento de la publicación del anuncio de licitación.
3. - FORMA DE ADJUDICACIÓN
La forma de adjudicación del presente suministro será, de acuerdo con el artículo 173.f) TRLCSP, por PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN
PUBLICIDAD, regulado por los artículos 170 y siguientes del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y por los artículos correspondientes del RGLCAP.
4. – PRESUPUESTO DE LICITACION Y PRECIO DEL CONTRATO
Asciende el presente contrato a la cantidad total de VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS CON SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS (27.365,66 €) IVA incluido
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo e incluirá, como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido.
A todos los efectos, se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores comprenden, no solo el precio del contrato, sino también los tributos, tasas y cánones de cualquier índole, así como los gastos de transportes y demás que se produzcan hasta la entrega de los bienes en el Centro o Centros que la Administración designe.
Las ofertas que excedan del precio total fijado por la Administración o sean incorrectamente formuladas serán rechazadas.
5. - PUBLICIDAD Y REVISIÓN DE PRECIOS
De conformidad con el artículo 142 del TRLCSP, no será necesaria la publicación del Anuncio de Licitación. No obstante, se insertará en la página Web del Ayuntamiento de Badajoz (xxx.xxxxxxxxxxx.xx), en el “Perfil de Contratante”, tanto el propio Anuncio de Licitación como el presente Pliego y Prescripciones Técnicas
Dado el plazo previsto para la ejecución del Suministro, no se contempla revisión de precios sobre el contrato inicial.
6. - FINANCIACIÓN DEL CONTRATO
El contrato será financiado con cargo al vigente Presupuesto General de Gastos de 2017, R.C 14550, Expediente de Gastos 1460/17.
7. - CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 60 de la TRLCSP, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a lo establecido en los artículos 74, 75 y 76 de la TRLCSP, o, en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas.
Asimismo, los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones de empresarios, se estará a lo dispuesto en los artículos 55, 58 y 59 de la TRLCSP, respectivamente.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal de empresarios, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
8.- SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA
Para celebrar contratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera y técnica. Este requisito será sustituido por el de la clasificación, cuando ésta sea exigible conforme a lo dispuesto en la TRLCSP.
Cuando no sea exigible la clasificación, para acreditar la solvencia necesaria el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios, debiendo deberá aportarse certificado emitido por el órgano de dirección de la empresa que preste la citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia.
La aportación del referido certificado tendrá la consideración de solvencia complementaria, no pudiéndose excluir de la que el empresario deba aportar como propia.
En caso de que el referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, la Administración podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia de aquello a lo que se comprometió con la empresa contratista. En este sentido, la presentación del certificado deberá contener la aceptación expresa de los efectos señalados en el artículo 1257.2 del Código Civil por la empresa que preste su solvencia.
Podrá exigirse a las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación.
Asimismo se indicará si los candidatos o licitadores, además de acreditar su solvencia o, en su caso, clasificación, deben comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, así como si estos compromisos, que se integrarán en el contrato, tienen el carácter de obligaciones esenciales a los efectos previstos en el artículo 223, g) de la TRLCSP, o si se establecen penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 212.1 de la TRLCSP, para el caso de que se incumplan por el adjudicatario.
El órgano de contratación podrá exigir la presentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas normas de garantía de la calidad, o de gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en los artículos 79 y 80 de la TRLCSP.
La Mesa o el órgano de contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados, o requerirle para la presentación de otros complementarios.
9. - PROPOSICIÓN Y DOCUMENTOS
Las proposiciones que presenten los licitadores se ajustarán al modelo del ANEXO II del presente pliego, y su presentación supondrá la aceptación incondicionada de las cláusulas del presente pliego.
Conforme al artículo 145.3 TRLCSP, cada licitador no podrá presentar más de una proposición o suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de esta cláusula dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
Cuando las proposiciones o solicitudes se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en las Oficinas de Correos y anunciará la remisión de su oferta al órgano de contratación, en el mismo día, mediante télex, fax o telegrama remitido al número del registro general que se indique en el anuncio de licitación. En caso de que así se indique en el anuncio de licitación, podrá enviarse por correo electrónico a la dirección señalada. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la
proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta en ningún caso será admitida.
En las proposiciones para tomar parte en el concurso figurará el lema “PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO, DEL SUMINISTRO DE VESTUARIO COMPLETO PARA 14 AGENTES DE POLICÍA LOCAL EN COMISIÓN DE
SERVICIO (EXPTE. 1460/17)”, (Modelo del Anexo III) y se presentarán en DOS sobres cerrados. En cada uno de los sobres habrá de figurar su título ("Sobre A", "Sobre B",) y el nombre o razón social del licitador, así como el Número de Expediente de Gastos.
SOBRE A:
En este sobre se incluirá la proposición económica, debidamente firmada y fechada y ajustada al modelo del ANEXO II del presente documento y la documentación precisa para los criterios de valoración automática (Plazo de entrega), así como toda la documentación técnica que incluirán las fichas técnicas de las prendas y calzados ofertados, así como los catálogos o cualquier documentación para mayor información de las prendas ofertadas
En la oferta económica se entenderán incluidos los tributos que sean de aplicación según las disposiciones vigentes, a excepción del I.V.A., que figurará en cuantía aparte.
SOBRE B:
1. Las empresas licitadoras conforme al Art. 146.4 del TRLCSP, deberán presentar una DECLARACIÓN RESPONSABLE (Xxxxx XXX) indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. Posteriormente el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en un plazo máximo de 10 días.
2. Certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores del Ayuntamiento de Badajoz.
3. Declaración Responsable de no haber variado los datos aportados para la inscripción o actualización (Anexo VI).
4. Acreditación de solvencia técnica o profesional, de conformidad con lo establecido en el artículo 77 del TRLCSP y en los artículos 11 y 67 del REGLCAP, deberá acreditarse por el siguiente medio:
Relación de los principales suministros efectuados durante los últimos cinco años que sean de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en este caso SUMINISTRO DE VESTUARIO, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el
órgano competente. El importe que debe acreditar el empresario como ejecutado será igual o superior al 70 % del valor estimado del contrato (19.155,96 €).
En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
10.- PRESENTACIÓN DE MUESTRAS
Las empresas interesadas en participar en el presente Concurso deberán presentar muestra sin cargo de cada una de las prendas que oferten en el Negociado de Compras, sito en Xxxxxx xx Xxx Xxxx xxxxx 0 X.
Xxx muestras presentadas han de ser las mismas que una vez adjudicado el concurso se van a entregar y de una calidad similar o superior a las que dispone el resto de agentes de Policía Local.
Una vez adjudicado el concurso los licitadores podrán retirar las muestras presentadas en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la notificación de la adjudicación
Los precios ofertados serán unitarios y se ajustarán a las características técnicas de cada prenda consignadas en el Anexo I. En todo caso incluirán el IVA correspondiente.
Todas las prendas ofertadas deberán cumplir la normativa europea vigente y el Decreto que regula la uniformidad de Policías Locales de Extremadura.
13. - EXPOSICIÓN DE DOCUMENTOS
Los Pliegos y demás antecedentes podrán ser examinados en Negociado de Compras (Sección de Patrimonio), sito en Xxxxxx Xxx Xxxx, Xxxxx 0-X, xx 0 a 14 horas, todos los días hábiles que medien hasta la apertura de ofertas.
14. - PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Los sobres antes reseñados, deberán ser entregados en el plazo que figura en el Perfil del Contratante para tomar parte en el procedimiento negociado en el Negociado de Compras (Sección de Patrimonio), sito en Xxxxxx Xxx Xxxx Xxxxx xx 2-D.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envió en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama
en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo. Transcurridos, no obstante, 10 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, esta no será admitida en ningún caso.
11. - CRITERIOS DE NEGOCIACIÓN
Conforme a lo establecido en el art. 150 TRLCSP, los aspectos sobre los cuales el Ayuntamiento de Badajoz fijará y considerará como objeto de Negociación para la elección del adjudicatario, serán los que se indican a continuación:
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN VALORABLES MEDIANTE APLICACIÓN DE FÓRMULAS O DE FORMA AUTOMÁTICA::
a) Mejor oferta económica: de 0 a 30 puntos.
Se dará la máxima puntuación a la oferta de menor importe y las otras se puntuaran proporcionalmente, según la siguiente formula:
Puntos = 30 x oferta más económica oferta licitación de cada empresa
b) Plazo de entrega: de 0 a 5 puntos, se otorgarán 0,5 puntos por cada día que el licitador oferte mejorar el establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas (40 días).
14.- FASE DE NEGOCIACIÓN
1.- Certificado de ofertas recibidas.- Terminado el plazo de recepción de ofertas el funcionario responsable, expedirá una certificación donde se relacionen las ofertas recibidas y se publicara en el perfil del contratante.
2.- Apertura de la documentación administrativa.- La mesa de contratación calificara previamente la documentación administrativa. Si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación, lo comunicará verbalmente o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos a los interesados, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen, bajo apercibimiento de exclusión definitiva del licitador si en el plazo concedido no procede a la subsanación de la documentación. Posteriormente se adoptará el oportuno acuerdo sobre la admisión definitiva de los licitadores.
3.- Negociación del Contrato.- El órgano de contratación negociará con los candidatos las ofertas que éstos hayan presentado para adaptarlas a los
aspectos objeto de negociación con el fin de identificar la oferta más ventajosa, mediante la aplicación de los criterios de adjudicación establecidos
La negociación se lleva a cabo en dos fases:
1) En una primera fase se evaluarán las ofertas recibidas (a cuyo efecto podrá recabar los informes técnicos que considere precisos) y se comunicará a cada candidato (a través de la dirección de correo electrónico indicada o mediante fax y perfil del contratante) en qué posición se encuentra, especificando las puntuaciones totales y parciales obtenidas por todas las ofertas admitidas, sin que en ningún caso pueda divulgarse la identidad de los candidatos. En caso de que sólo haya un licitador, no se pasará a la segunda fase de negociación.
2) En una segunda fase se invitará (también a través del correo electrónico o mediante fax) a las tres empresas que hayan obtenido mayor puntuación a presentar, si lo considera adecuado, una segunda oferta que mejore la primera, en un plazo no superior a tres días hábiles a contar desde la remisión del fax/email. En el Sobre que contenga la nueva oferta habrá de figurar el título "Mejora de Oferta del Expte. 1460/17” y el nombre o razón social del licitador. Se evaluarán nuevamente las ofertas, y las nuevas puntuaciones obtenidas serán comunicadas a los candidatos que hayan sido invitados.
En el procedimiento se tiene que facilitar la misma información a todos los candidatos.
En ningún caso se proporcionará información particular que pueda suponer una ventaja para algún candidato en detrimento de los otros. Con el fin de garantizar el principio de igualdad, el órgano de contratación debe habilitar el sistema que crea más adecuado para dar publicidad de todas las consultas que se formulen a lo largo del procedimiento, y de las correspondientes respuestas, a todos los interesados.
12. - GARANTÍAS
a) Provisional.- Exenta (Según articulo 103.1)
b) Definitiva.- 5 % del importe de la adjudicación, excluido en IVA.
La garantía habrá de ser constituida en metálico o en Aval
Bancario.
15. - APERTURA DE OFERTAS
Una vez concluido el plazo de presentación de ofertas se constituirá la Mesa de Contratación de conformidad con el art. 320 de TRLCSP.
A estos efectos se constituirá una Mesa de Contratación que estará presidida por el Presidente de la Corporación, o miembro de ésta en que delegue, y formarán parte de la misma como vocales el Secretario y el Interventor y aquellos otros que se designen por el órgano de contratación, entre los funcionarios, personal laboral o concejales, sin que su número, en
total, sea inferior a tres. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación.
La Mesa de contratación calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma contenidos en el sobre B). A los efectos de la expresada calificación, el presente ordenará la apertura de los sobres, con exclusión del relativo a la proposición económica, y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. Si la Mesa observare defectos materiales en la documentación presentada lo comunicará verbalmente a los interesados, además se harán públicas a través de anuncios del órgano de contratación y concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error.
La mesa, una vez calificada la documentación acreditativa de los arts. 54 y ss. TRLCSP y subsanados, en su caso, los defectos y omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se ajuntan a los criterios de selección de las mismas, a que hace referencia el art. 11 RGLCAP, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
A los efectos establecidos en los arts. 54 a 64 y 82 TRLCSP, el órgano y la mesa de contratación podrán recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios, lo que deberá cumplimentar en el plazo de cinco días sin que puedan presentarse después de declaradas admitidas las ofertas conforme a lo dispuesto en el art. 83.6 RGLCAP.
Seguidamente la Mesa Precederá a la apertura del sobre A) de las proposiciones admitidas que contiene las propuestas económicas.
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 150 y 320 TRLCSP elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación del contrato previa evaluación de las proposiciones mediante los criterios de valoración recogidos en el Pliego, pudiendo solicitar, antes de formular su propuesta, los informes técnicos que considere necesarios que tengan relación en el objeto del contrato.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del empresario propuesto, mientras no exista acuerdo del órgano de contratación.
17.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
1. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el artículo siguiente. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego o en el anuncio pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo.
2. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o
autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos.
Las normas autonómicas de desarrollo de esta Ley podrán fijar un plazo mayor al previsto en este párrafo, sin que se exceda el de veinte días hábiles.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
3. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. En los procedimientos negociados y de diálogo competitivo, la adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
4. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante (xxx.xxxxxxxxxxx.xx).
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 151, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
b) Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el artículo 153.
En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 156.3.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen
designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx Xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.»
18.- GARANTÍA DEFINITIVA
Publicada la adjudicación provisional del contrato en el perfil del contratante, el adjudicatario estará obligado a constituir, en el plazo de 15 días hábiles una fianza definitiva del cinco por ciento (5 %) del importe de la adjudicación, IVA excluido. La garantía podrá constituirse en cualquier de las formas establecidas en el art. 96 TRLCSP, con los requisitos establecidos en el art. 55 y siguientes del RGLCAP. De no cumplir este requisito por causas imputables al mismo, se declarará resuelto el contrato.
20. - FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato derivado de la licitación a que se refiere el presente Pliego de Condiciones, se formalizara dentro del plazo xx xxxx días, a contar desde el siguiente a la notificación de la adjudicación. Dicho contrato se formalizara en documento administrativo.
Cuando por causas imputables al contratista no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, el Ayuntamiento de Badajoz podrá acordar la resolución del mismo con los trámites previstos en el artículo 156.3 TRLCSP. En este supuesto procederá la incautación de la garantía provisional y la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.
21. - RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causas de resolución del contrato las establecidas en los artículos 299 y 223 TRLCSP, y con sujeción a los requisitos y extremos establecidos en los artículos 224 y 225 TRLCSP. .
22. - OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Entregar el suministro en las condiciones estipuladas, sin que tenga derecho a indemnización por causas de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega al Ayuntamiento de Badajoz.
Entregar los bienes objeto del contrato de acuerdo a las calidades convenidas. Si por circunstancias de falta de disponibilidad en el mercado esto no fuera posible, entregar bienes equivalentes de superior categoría, sin que ello suponga incremento alguno del precio convenido.
Responder de los vicios o defectos del bien objeto del suministro que pudiera acreditarse durante el plazo de garantía, quedando obligado a su reposición.
En general el cumplimiento de las prescripciones y normas que sean de aplicación de las contenidas en la vigente legislación sobre contratación administrativa.
23. – SUMINISTRO Y DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del contrato será exclusivamente para este suministro y la entrega se llevara a cabo antes del 31 de Diciembre de 2017.
El plazo de entrega será de CUARENTA DÍAS, una vez formalizado el contrato, contados desde la fecha de petición del suministro por el Negociado de Xxxxxxx.
La empresa adjudicataria del contrato, se compromete a tomar medidas para tallas y llevar a cabo los cambios de tallaje necesarios a los 14 Agentes de Policía Local de este Excmo. Ayuntamiento.
Las prendas de Policía Local irán serigrafiadas conforme al Decreto 204/2008 de 10 de Octubre por el que se regula la uniformidad y acreditación de los Policías Locales de Extremadura
La entrega de los bienes objeto del contrato se efectuara en Las dependencias de Policía Local o lugar donde se especifique la sección de Logística en los correspondientes pedidos, entregando las prendas en bolsas o cajas de manera individualizada por persona. Los gastos que ocasione dicha entrega serán de cuenta de los adjudicatarios.
24. - RÉGIMEN DE SANCIONES
Plazo de entrega o de ejecución. Penalidades por demora
El plazo de entrega/ejecución del objeto del contrato será de CUARENTA DÍAS, a partir de la firma del contrato administrativo. Los gastos que ocasione la entrega serán todos de cuenta del adjudicatario. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de entrega/ejecución del contrato. Si éste fuese incumplido por el adjudicatario, el Ayuntamiento de Badajoz, podrá optar por la resolución del contrato o por la interposición de una penalidad de 0.50 euros diarios por cada 1.000 del precio del contrato, todo ello de conformidad con el artículo 212 del TRLCSP. En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá intimación previa por parte de la Administración.
El importe de las penalidades por demora se deducirá de las facturas y, en su defecto, de la garantía constituida, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 212 del TRLCSP. La pérdida de la garantía (en caso de resolución) o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por
daños y perjuicios a que pueda tener derecho el Ayuntamiento de Badajoz, originados por la demora del contratista.
El adjudicatario queda obligado a cumplir los plazos fijados para la ejecución del suministro.
Si el adjudicatario, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo fijado, el ayuntamiento podrá optar indistintamente por la resolución del contrato con perdida de fianza o por la imposición de sanciones graduadas en la forma establecida en el artículo 212 TRLCSP.
25. - PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
La administración Municipal ostentará la prerrogativa de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá modificar por razones de interés público los contratos y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la TRLCSP y Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el RGLCAP. En los expedientes que se instruyan ser dará siempre audiencia al interesado.
26. – JURISDICCIÓN
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso- administrativo, conforme al previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Badajoz, EL ALCALDE,
Fdo: Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
A N E X O I
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE SERVIR DE ORIENTACIÓN A LOS LICITADORES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEMIENTO NEGOCIADO, DEL SUMINISTRO VESTUARIO COMPLETO PARA 14 AGENTES DE POLICÍA LOCAL EN COMISIÓN DE SERVICIO (EXPTE.
1460/17)
A N E X O I
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL SUMINISTRO DE VESTUARIO PARA 14 AGENTES DE POLICÍA LOCAL
VESTUARIO POLICÍA LOCAL
UDS. | DESCRIPCIÓN DEL MATERIAL | PRECIO UNIDAD | PRECIO TOTAL |
14 | GORRA DE FAENA AGENTE.- De color xxxx xxxxxx y forma octogonal. Decreto Extremadura, categoría Agente. Escudo PVC a un color en dorado. Visera Agente. | ||
42 | POLO TEJIDO COOLMAX BICOLOR MANGA CORTA.- Decreto Junta Extremadura, De color xxxx xxxxxx, excepto desde el pecho hacia arriba que llevará canesú amarillo de alta visibilidad. La separación del canesú en el pecho del resto de la prenda se hará con una banda de 40 milímetros de ancho termosoldada, compuesta de dos filas de cuadros plateados reflectantes y azules alternados. Hombreras y cuello camisero de color xxxx xxxxxx en el mismo tejido que el cuerpo cerrado por botones de color xxxx xxxxxx. Velcro para placa en la parte izquierda del pecho y emblema de la Comunidad Autónoma en el brazo izquierdo. Portamicros a ambos lados y portaboligrafos en manga izquierda. En la espalda sobre el fondo amarillo la leyenda "POLICÍA LOCAL" en letras sueltas, sobre el amarillo y de color xxxx xxxxxx, de 90 x 240 milímetros, y en la parte frontal derecha otra, de características similares a la anterior, con la inscripción "POLICÍA", color xxxx xxxxxx de un tamaño 22 x 112 milímetros | ||
42 | POLO TEJIDO COOLMAX BICOLOR MANGA LARGA.- Decreto Junta Extremadura, De color xxxx xxxxxx, excepto desde el pecho hacia arriba que llevará canesú amarillo de alta visibilidad. La separación del canesú en el pecho del resto de la prenda se hará con una banda de 40 milímetros de ancho termosoldada, compuesta de dos filas de cuadros plateados reflectantes y azules alternados. Hombreras y cuello camisero de color xxxx xxxxxx en el mismo tejido que el cuerpo cerrado por botones de color xxxx xxxxxx. Velcro para placa en la parte izquierda del pecho y emblema de la Comunidad Autónoma en el brazo izquierdo. En la espalda sobre el fondo amarillo la leyenda "POLICÍA LOCAL" en letras sueltas, sobre el amarillo y de color xxxx xxxxxx, de 90 x 240 milímetros, y en la parte frontal derecha otra, de características similares a la anterior, con la inscripción "POLICÍA", de un tamaño 22 x 112 milímetros. Portamicro a ambos lados y portaboligrafos en manga |
UDS. | DESCRIPCIÓN DEL MATERIAL | PRECIO UNIDAD | PRECIO TOTAL |
izquierda. | |||
14 | JERSEY POLAR BICOLOR .- Decreto Junta Extremadura, Forro polar XXXX XXXXXX COMBINADO CON AMARILLO. Canesú color amarillo en pecho, espalda Puños y cintura rematadas con xxxxxx xxxxxx de 60 mm de ancho. Porta emisora en pecho izquierdo y derecho. Bolsillos con cremallera situado en delanteros y ligeramente inclinados. Cuello alto de unos 80 mm de ancho con cremallera de 25 cm de larga. En el pecho y espalda, sobre la parte que separa el color xxxx xxxxxx del amarillo lleva una banda de 37 mm de ancho termosoldada, compuesta de dos filas de cuadros plateados reflectantes y azules combinada en forma de damero. Mangas reforzadas con coderas. Lleva un bolso del mismo tejido en la manga izquierda en forma de portaplumas, realizado por dos piezas rectangulares superpuestas y con un pespunte central para formar los departamentos. Galoneras xxxx xxxxxx semirígidas. Leyenda POLICIA en positivo lado derecho del pecho en color gris reflectante tamaño 22mmx112mm y POLICIA LOCAL de 90mmx240mm en espalda en dos líneas.Con velcro en pecho izquierdo para distintivo y escudo de la Comunidad Autónoma en manga izquierda. | ||
14 | TRAJE DE AGUA BICOLOR.- Decreto Junta Extremadura, Prenda xxxx xxxxxx combinada con amarillo de alta visibilidad. Costuras termoselladas. Prenda amplia y de uso contra la lluvia. Los delanteros cerrarán mediante cremallera central, desde el final de la prenda hasta el cuello. Una tapeta con broches que va desde el escote hasta el bajo de la prenda. Dispondrá de dos trabillas en ambas partes delanteras superior para la sujeción del micro. Llevará dos bolsos delanteros en horizontal que cierra mediante tapa ancha. El bajo de la prenda irá suelto. Banda de 37 mm de ancha termosoldada compuesta de dos filas de cuadros plateados reflectante y azules combinados en forma de damero. Módulo en delantero derecho reflectante “POLICÍA”. Espalda recta de color xxxx xxxxxx en la parte inferior y desde la cadera hasta arriba será en color amarilla A.V. Módulo en espalda de material reflectante con el lema “POLICÍA LOCAL”. Prenda formada por dos mangas montadas. | ||
14 | PANTALÓN MOTORISTA VERANO.- Pantalón de Motorista para verano. Confeccionado en tejido bielástico en composición 60% Poliamida - 30% Poliéster Coolmax - 10% Elastano |
UDS. | DESCRIPCIÓN DEL MATERIAL | PRECIO UNIDAD | PRECIO TOTAL |
(Lycra®). En color xxxx xxxxxx con dos bolsillos laterales de tipo francés, cerrados mediante cremallera. Dos bolsillos traseros con cierre de cremallera y vivo. Cintura preformada con refuerzo lumbar y cinco pasadores que cierran mediante broche de presión. Cierre delantero con cremallera bajo tapeta y broche de gancho. Dos bolsillos laterales en perneras con cierre de cremallera y vivo en la parte superior. Lleva Bolsillos interiores para protecciones de moto en la zona de las caderas, cerrando mediante cremallera. Por su parte inferior quedará sujeta al pantalón mediante un pespunte en la costura del pantalón. Lleva Bolsillos interiores para protecciones de moto en la zona de la rodilla, cerrando mediante cremallera, situados a 52 cm. de cintura. Por su parte inferior no se abrochará en ningún sitio solo se abrochará en los laterales para mantener su fijación y no se puedan mover | |||
28 | PANTALÓN MOTORISTA INVIERNO.- Pantalón de Motorista para invierno. Confeccionado en tejido bielástico en composición 54% Poliamida - 32% Viscosa - 11% Algodón - 3% Elastano (Lycra®). En color xxxx xxxxxx con dos bolsillos laterales de tipo francés, cerrados mediante cremallera. Dos bolsillos traseros con cierre de cremallera y vivo. Cintura preformada con refuerzo lumbar y cinco pasadores que cierran mediante broche de presión. Cierre delantero con cremallera bajo tapeta y broche de gancho. Dos bolsillos laterales en perneras con cierre de cremallera y vivo en la parte superior.Lleva Bolsillos interiores para protecciones de moto en la zona de las caderas, cerrando mediante cremallera. Por su parte inferior quedará sujeta al pantalón mediante un pespunte en la costura del pantalón. Lleva Bolsillos interiores para protecciones de moto en la zona de la rodilla, cerrando mediante cremallera, situados a 52 cm. de cintura. Por su parte inferior no se abrochará en ningún sitio solo se abrochará en los laterales para mantener su fijación y no se puedan mover. | ||
14 | PAR PROTECCIONES DE RODILLA.- Protección de rodilla | ||
14 | PAR PROTECCIONES DE CADERA.- Protección de cadera | ||
42 | CALCETINES VERANO TEJIDO COOLMAX LARGO.- Calcetín técnico largo, sin costuras, de gran confort, de muy alta transpirabilidad. Fabricado en poliéster Coolmax, para transportar la humedad interior del pie hacia l exterior. De esta forma se consigue mantener el pie seco. Este calcetín incorpora zonas de ventilación en el sobrepie, el sobretalón y en la planta del pie. Sistema de sujeción del calcetín mediante bandas elásticas en el tobillo y la |
UDS. | DESCRIPCIÓN DEL MATERIAL | PRECIO UNIDAD | PRECIO TOTAL |
planta del pie. Zonas de impacto protegidas con mallas de alta densidad para mejorar la amortiguación y proporcionar mayor confort. Puño en canal 1x1 de lycra para lograr una #óptima adaptabilidad y sujeción. Se fabrican en tallas 1(36-39), 2 (40-43) y 3 (44-47). | |||
42 | CALCETINES INVIERNO THERMOLITE LARGO.- Calcetín técnico largo, sin costuras, de gran confort, con un alto nivel de aislamiento térmico, diseñado especialmente para buscar la máxima comodidad. Fabricado en poliéster Thermolite, para mantener el calor interior del pie. Sistema de sujeción del calcetín mediante bandas elásticas en el tobillo y la planta del pie. Zonas de impacto protegidas con mallas de alta densidad para mejorar la amortiguación y proporcionar mayor confort. Puño en canal 1x1 de lycra para lograr una óptima adaptabilidad y sujeción. Se fabrican en tallas 1 (36-39), 2 (40-43) y 3 (44-47). | ||
14 | CINTURÓN POLICIAL CORDURA TRIPLE CIERRE.- Cinturón policial cordura de 55mm con ajustador interior de velcro. Hebilla de seguridad triple cierre en acetalita. Refuerzo interior de polipropileno. | ||
14 | XXXXXXX XXXXXXXX LOCAL.- Cartera sencilla Policía Local | ||
14 | PLACA METÁLICA CARTERA.- Placa metálica cartera Ayuntamiento de Badajoz Agente | ||
14 | CARNET DE POLICÍA LOCAL.- Tarjetas pvc cr-80 de 0,76 impresas a 4+4 personalización de fotografía digital y datos variables | ||
14 | FUNDA PISTOLA P99 XXXXX 0 BLACKHAWK.- Para agente Policía Local | ||
14 | DEFENSA EXTENSIBLE 21.- Para agente de Xxxxxxx Xxxxx | ||
00 | XXXXXXXX XXXXXXX XXX.- Para agente de Policía Local | ||
14 | FUNDAS GRILLETE 2 CLICK.- Para agente de Policía Local | ||
14 | GUANTES DE PATRULLA ANTICORTE.- Par de guantes de patrulla, confeccionados en piel vacuna de color negro, con venas en dorso, forro interior ARTEX PLUS lo que le confiere un nivel 5 de anticorte según EN-388. | ||
14 | PORTAGUANTES VELCRO.- Para Agente de Policía Local. | ||
42 | PAR HOMBRERAS P.L..- Ayuntamiento de Badajoz Agente Policía Local. | ||
28 | JERSEY CUELLO CISNE MANGA LARGA.- Jersey cuello cisne manga larga (destinado |
UDS. | DESCRIPCIÓN DEL MATERIAL | PRECIO UNIDAD | PRECIO TOTAL |
básicamente para motoristas o cómo prenda interior). Incorpora un bordado en el cuello con la leyenda POLICIA LOCAL en blanco. Color xxxx xxxxxx. Composición 50% Algodón-45% Poliéster- 5% Elastano. Punto Interloc. | |||
14 | THERMAL BUFF NAVY.- Tubular multifuncional y sin costuras, fabricado en Thermolite, proporcionando calor, calor y eliminación de la humedad. Tratamiento Polygiene para mantener el tejido limpio más tiempo evitando el aumento de bacterias y malos olores. Color xxxxxx. | ||
14 | PANTALÓN CAMPAÑA INVIERNO.- Pantalón xx Xxxxxxx para invierno. Confeccionado en tejido bielástico en composición 54% Poliamida - 32% Viscosa - 11% Algodón - 3% Elastano (Lycra®). En color xxxx xxxxxx con dos bolsillos laterales de tipo francés, cerrados mediante cremallera. Dos bolsillos traseros con cierre de cremallera y vivo. Cintura preformada con refuerzo lumbar y cinco pasadores que cierran mediante broche de presión. Cierre delantero con cremallera bajo tapeta y broche de gancho. Dos bolsillos laterales en perneras con cierre de cremallera y vivo en la parte superior | ||
14 | CASCO BLANCO CON DAMERO.- casco n90-2 esp. blanco homologación p/j pantalla interior con sistema antivaho pinlock pantalla parasol (vps) con protección uv 400 dual action (patentado) microlock2 (patentado) preinstalación n-com correas de sujeción integradas en el acolchado interior, incluye damero. | ||
14 | XXXXX XXXXX REJILLA AJUSTE.- Para agente Policía Local Ayto. Badajoz, con rejilla de ajuste. | ||
70 | PLACAS DE PECHO EN PVC .- Con velcro número y cargo Agente Xxxxxxx Xxxxx. | ||
00 | XXXXX XXXX XXXXX AJUSTABLE AK.- Funda universal Wakie ajustable | ||
14 | GUANTE MOTORISTA PIEL AR-22C.- Par de guantes para motorista en piel vacuna, con tratamiento hidrófugo y oleofugo, lleva refuerzo en la palma de Kevlar y nudillos de PVC. Guantes certificados como EPI de categoría II, según EN-420. | ||
14 | SILBATO PLÁSTICO CON CADENILLA Y BOLSA.- Color negro para Agente de Policía Local | ||
14 | BOTA MOTORISTA.- Bota de moto, en piel flor vacuna de color negro, cierre lateral con cremallera y solapa con velcro, refuerzo en empeine para cambio de marchas, protector lateral para tobillos, con membrana impermeable y transpirable xx XXXX-TEX, piso de |
UDS. | DESCRIPCIÓN DEL MATERIAL | PRECIO UNIDAD | PRECIO TOTAL |
Poliuretano y Nitrilo, EN 20344 02 +CI + HI + HRO + WR | |||
14 | ANORAK BICOLOR.- Según Decreto Junta de Extremadura, Anorak bicolor PTFE , realizada en tejido 100% poliéster con capa funcional de membrana impermeable y transpirable 100% PTFE. Forro de tejido 100% poliéster tipo malla difusora del calor. Modelo según DECRETO. Todos los bajos de la prenda (bajo y mangas) llevan barrera antihumedad. Costuras termoselladas. Velcro pecho derecho y brazo izquierdo para emblemas. Incluye chaqueta xx xxxxx. | ||
TOTAL VESTUARIO POLICÍA LOCAL……… | 27.365,66 |
ASCIENDE A LA CANTIDAD DE: VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS CON SESENTA Y
SEIS CÉNTIMOS (27.365,66 €) iva incluido.
Asignar a cada uno de los productos el precio unitario incluido IVA
Badajoz, 28 xx Xxxxxx de 2017 El Jefe del Negociado Compras
Fdo: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx
A N E X O II
PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO, DEL SUMINISTRO DE VESTUARIO COMPLETO PARA 14 AGENTES DE POLICÍA LOCAL EN COMISIÓN DE SERVICIO (EXPTE. 1460/17)
Don mayor
de edad, con domicilio en , en la calle
nº , con D.N.I., numero , en nombre propio o en representación de la empresa , como acredita por
, enterado de las condiciones que rigen en la contratación por procedimiento negociado para la adjudicación del contrato de , SUMINISTRO VESTUARIO COMPLETO PARA 14 AGENTES DE POLICÍA LOCAL EN COMISIÓN DE SERVICIO (EXPTE. 1460/17), y conforme con
todas ellas, a las que expresamente se somete, se compromete a realizarlo con estricta sujeción a las condiciones citadas, en la cantidad de:
Ejecución Material 21 % de I.V.A.
Total Contrato
(Expresado en letras).
Euros (IVA INCLUIDO)
En a de 2017
Fdo.:
Ayuntamiento de Badajoz SECRETARIA GENERAL SERVICIO DE PATRIMONIO
Negociado de Compras
A N E X O III
Don/a
mayor de
xxxx, con domicilio en , en la calle nº , con D.N.I., numero , en nombre propio o en representación de la empresa , con C.I.F.
, con domicilio a efectos de notificaciones C/
, Teléfonos Email. en calidad de como acredita por ,
DECLARO RESPONSABLEMENTE
Que reúne las condiciones establecidas
legalmente para contratar con la Administración, todo ello en relación con el expediente de contratación
Asimismo, en cumplimiento de lo establecido en el apartado 4 del artículo 146 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Publico, en caso
de resultar seleccionado como adjudicatario se compromete a acreditar en un plazo máximo de 10 días la posesión y validez de la documentación
administrativa exigida en la cláusula 8 del presente pliego.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente en
, a de 2017
ANEXO IV
MODELOS DE SOBRES DE LICITACIÓN
EMPRESA:
SOBRE B:
“CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO DEL SUMINISTRO DE VESTUARIO COMPLETO PARA 14 AGENTES DE POLICÍA LOCAL EN COMISIÓN DE SERVICIO
(EXPTE. 1460/17)”
EMPRESA:
SOBRE A
“CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO DEL SUMINISTRO DE VESTUARIO COMPLETO PARA 14 AGENTES DE POLICÍA LOCAL EN COMISIÓN DE SERVICIO
(EXPTE. 1460/17)”