Contract
PLIEGO DE CLAUSULAS ECONOMICO-ADMINISTRATIVAS Y DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DEL ALUMBRADO PÚBLICO Y SERVICIOS ELÉCTRICOS EN LOS BIENES DE PROPIEDAD MUNICIPAL.
1.- OBJETO.
Constituye el objeto de este contrato la prestación del servicio de conservación y mantenimiento de las instalaciones del alumbrado público y servicios eléctricos en los bienes de propiedad municipal.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de servicios, tal y como establece el art. 10 del Real Decreto-Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Vocabulario Común de Contratos Públicos; 50800000-3, “Servicios varios de reparación y mantenimiento”.
La prestación de este servicio comprenderá las siguientes tareas y funciones:
- Revisión del funcionamiento del alumbrado en cada una de las calles, cuando se detecte algún fallo de iluminación en la vía pública.
Para la subsanación de las averías se repondrán lámparas, equipos, luminarias, reactancias, fusibles, fotocélulas, contactores, relojes, cuadros de mando, etc. Se revisarán las conexiones de los conductores con los cuadros de alumbrado, o con las luminarias.
- Las fijaciones de báculos o brazos, en pavimentos o fachadas, que se encuentren deterioradas, serán reparadas para conseguir un anclaje perfecto.
- Se repondrán cristales y reflectores de las luminarias, cuando se encuentren dañados o proceder a su limpieza si esta es necesaria.
- Retirada de cables de alumbrado público de fachadas de edificios o en pasos aéreos, con motivo de obras o cualquier otra causa, y su reposición.
- Montaje y desmontaje del alumbrado especial de las fiestas xx Xxxxxxx.
- Reparaciones de cualquier elemento constitutivo de las instalaciones eléctricas o de TV de los edificios propiedad del Ayuntamiento, incluso posibles mejoras que den lugar a modificaciones de estas. Se incluye la sustitución de lámparas, reactancias, luminarias, mecanismos, cuadros de mando y protección, conductores, cajas generales de protección, etc.
- Ajuste de los interruptores horarios para seleccionar los periodos idóneos, tanto desde el punto de vista del consumo como del uso.
- Revisión de las facturas de consumo y contratos de energía eléctrica con el fin de asesorar al Ayuntamiento en la aplicación de las tarifas más adecuadas en función del coste económico.
- Realización y tramitación de acometidas eléctricas especiales, de grandes potencias, con motivo de espectáculos y fiestas.
- Asesoramiento técnico en cualquier obra a realizar en el municipio, de competencia municipal, en la que sea necesario contar con un técnico especialista en temas eléctricos.
- Realización de tramitaciones en la Dirección General de Industria o cualquier organismo público o privado que sea preciso para dar de alta, modificar instalaciones, o realizar las inspecciones periódicas en cumplimiento de la normativa vigente.
- Se contará con un servicio de 24 horas para la asistencia urgente ante ciertas incidencias extraordinarias.
Los trabajos o tareas se efectuarán cuando la solicite el ayuntamiento, para lo que se enviará un parte de solicitud de servicios a la empresa adjudicataria, en el que se incluirá los puntos a revisar y los problemas detectados.
2.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN.
La forma de adjudicación de este contrato para la prestación del servicio de conservación y mantenimiento de las instalaciones del alumbrado público y servicios eléctricos en los bienes municipales, será el procedimiento negociado sin publicidad, en el que la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos, de acuerdo con el artículo 169.1 del Real Decreto- Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia, es decir, será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible.
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento utilizará el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: xxx.xxxxxxx.xxx
3.- PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El plazo de duración de este contrato será de dos años desde la firma del contrato. El contrato podrá ser prorrogado de mutuo acuerdo expreso de ambas partes por periodos anuales hasta un máximo de dos años más. El acuerdo de prórroga deberá acordarse al menos con tres meses de antelación a la finalización del contrato o de la primera prórroga.
4.- CONDICIONES DE LOS LICITADORES.
Pueden participar en la licitación las personas, jurídicas o naturales, que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera, técnica y profesional, y no
se encuentren comprendidas en ninguna de las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 60 del Real Decreto-Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de la actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Asimismo si fuera un empresario individual deberá disponer de una organización con elementos personales y materiales dedicados de modo permanente a la actividad que, de igual modo, tenga relación directa con el objeto del contrato.
5.- TIPO DE LICITACION.
En virtud de lo establecido en el artículo 302 del Real Decreto-Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el precio de este contrato vienen determinado por precios de hora de la mano de obra y por precios horas o día de los medios auxiliares.
El precio de los materiales utilizados por la empresa para prestar este servicio se factura aparte.
El precio del contrato estimado es de unos 20.000 € al año, más el IVA correspondiente, al año.
El precio contratado, cubrirá la totalidad de los gastos por la prestación de este servicio, incluidos las tasas, impuestos e I.V.A. y cualesquier otro que se origina por la prestación del servicio.
6.- FORMA DE PAGO.
Mediante la presentación de la factura correspondiente por cada trabajo realizado junto con el albarán firmado por personal del Ayuntamiento. Una vez informadas, de forma favorable, las facturas presentadas por el contratista por un técnico o el concejal responsable, se procederá a su abono mediante transferencia bancaria en el número de cuenta corriente que se indique por el adjudicatario, en el plazo establecido legalmente.
7.- REVISION DE PRECIOS.
A partir del primer año de vigencia del contrato el contratista tendrá derecho a que por la Alcaldía se revise el precio, al inicio de cada nuevo periodo, aplicando al precio el 85% de la variación experimentada por el Índice General de Precios del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.3 del TRLCSP.
8.- FIANZA PROVISIONAL Y DEFINITIVA.
Por las características de este contrato no se exige fianza provisional.
El licitador requerido deberá constituir una garantía del 5% del importe de adjudicación
anual estimado, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, según lo establecido en estos pliegos.
9.- PRESENTACION DE PROPOSICIONES.
Las proposiciones para tomar parte en este concurso, se presentarán en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Arrúbal, de 9.00 a 14.00 horas, durante el plazo de 15 días naturales, contados desde el siguiente al de la notificación de la invitación a tomar parte en la presente contratación y su publicación en el perfil del contratante. Cuando las proposiciones se presenten por correo, el remitente lo habrá de comunicar por fax o telegrama al Ayuntamiento en el mismo día en que se efectúe la imposición del envío en la oficina de correos.
En el caso de que el último día de presentación de proposiciones coincidiera en inhábil o sábado, este se prorrogará hasta el día siguiente hábil.
10.- CONTENIDO DE LA PROPUESTA Y DOCUMENTACION COMPLEMENTARIA.
Las proposiciones se presentarán en sobre cerrado en el que figurará la inscripción "Proposición para tomar parte en la contratación del servicio de conservación y mantenimiento de las instalaciones del alumbrado público y servicios eléctricos en los bienes de propiedad municipal”.
La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx.
Las ofertas para tomar parte en la negociación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por los candidatos y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Oferta para negociar la contratación del servicio de de conservación y mantenimiento de las instalaciones del alumbrado público y servicios eléctricos en los bienes de propiedad municipal». La denominación de los sobres es la siguiente:
— Sobre «A»: Documentación Administrativa.
— Sobre «B»: Oferta Económica y demás criterios a valorar.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias compulsadas, conforme a la Legislación en vigor. Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos:
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
I.- Si la empresa está inscrita en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
De conformidad con el Convenio de colaboración suscrito por este Ayuntamiento con el Gobierno de La Rioja para la utilización del Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de La Rioja, será suficiente la presentación de los siguientes documentos:
a) Originales o copias debidamente compulsadas o legitimadas del Certificado de inscripción junto con la copia del documento expedido por el Registro de Licitadores que acredite su renovación, cuando ésta proceda.
b) Declaración de vigencia de los datos regístrales.
c) Documento acreditativo de haber constituido la garantía provisional exigida, en su caso.
d) Oferta de una o varias entidades aseguradoras para la suscripción de un seguro de responsabilidad civil cuya cobertura alcance cualquier daño, contingencia o eventualidad que se produzca en las instalaciones eléctricas en los distintos edificios municipales así como en el alumbrado público durante la vigencia del contrato. Su valor será como mínimo de 60.000 € por siniestro. Asimismo deberá aportarse un compromiso de suscripción por parte de la empresa licitadora en caso de resultar adjudicataria.
II.- Si la empresa no está inscrita en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
1) Los acreditativos de la personalidad jurídica y, en su caso, representación del empresario.
Si se trata de un empresario individual, Documento Nacional de Identidad. En el caso de que actúe por medio de apoderado se acompañará la escritura pública de apoderamiento debidamente bastanteada y el Documento Nacional de Identidad del apoderado.
En el caso de que el licitador sea una persona jurídica:
- Escritura pública de constitución o modificación de la sociedad, debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil. Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con certificación expedida por la Embajada de España en el Estado correspondiente.
- Escritura pública de apoderamiento a favor de la persona que en nombre de la sociedad firme la proposición.
- Documento Nacional de Identidad del apoderado.
2) Declaración responsable de no estar incursa en prohibiciones para contratar con la Administración conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del TRLCSP, según modelo que sea compaña como Anexo II.
Ésta comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba exigirse antes de la adjudicación a los que vayan a resultar adjudicatarios del contrato.
3) Los que acrediten la solvencia económica, financiera y técnica que se acreditará por los medios señalados en el Anexo I.
4) Oferta de una o varias entidades aseguradoras para la suscripción de un seguro de responsabilidad civil cuya cobertura alcance cualquier daño, contingencia o eventualidad que se produzca en las instalaciones eléctricas en los distintos edificios municipales así como en el alumbrado público durante la vigencia del contrato. Su valor será como mínimo de 60.000 € por siniestro. Asimismo deberá aportarse un compromiso de suscripción por parte de la empresa licitadora en caso de resultar adjudicataria.
SOBRE «B» OFERTA ECONÓMICA Y DEMÁS CRITERIOS A VALORAR
En este sobre se incluirá:
A) Oferta económica según el modelo que se recoge en el Anexo III.
B) El Proyecto de gestión del servicio, que deberá incluir, al menos: el personal, indicando categoría profesional, del que se dispone para la realización de los posibles trabajos objeto de este contrato. Si están directamente ligados a la empresa o no. Así como los medios auxiliares, herramientas e instalaciones de las que se dispondrá o será necesario alquilar.
C) Mejoras del servicio. Los licitadores podrán sugerir en sus propuestas las modificaciones que estimen pertinentes para un mayor perfeccionamiento y mejora en la calidad del servicio a contratar.
11.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.
La forma de adjudicación del contrato será mediante procedimiento negociado sin publicidad, en el que la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos.
Los criterios que servirán de base para la adjudicación de esta licitación, por orden decreciente de importancia, son los siguientes:
- Menor precio ofertado; hasta 40 puntos.
Los precios máximos, sin IVA, son los siguientes:
a) Mano de obra de especialista: 31 €/hora,
b) Mano de obra Oficial 1ª: 27 €/hora,
c) Mano de obra oficial 2ª: 25 €/hora,
d) Plataforma elevadora 12 metros: 12 €/hora,
e) Camión Cesta 17 metros (la cuota es diaria e incluye el gasto de gasolina.
La empresa se compromete a cobrar medio día si le puede dar uso el resto del día); 180 €/día.
Cada apartado se valorará hasta 8 puntos, aplicando la siguiente valoración: precio más bajo 8 puntos, precio intermedio 6 puntos, y precio más caro 4 puntos.
En el caso de que dos o las tres empresas presenten el mismo precio, se les dará la puntuación más alta a todas ellas.
- Proyecto de gestión del servicio; hasta 40 puntos.
- Mejoras del servicio; hasta 20 puntos.
12.- MESA DE CONTRATACION.
De conformidad con lo acordado por el Pleno Municipal, en sesión extraordinaria celebrada el 0 xx xxxxx xx 0000, xx xxxxxx de contratación está asistido por la Mesa de Contratación permanente, cuya composición es la siguiente:
.- Presidenta: La de la Corporación Municipal; Xx Xx Xxxxxx San Xxxxx Xxxxxxxxx, o concejal en quien delegue.
.- Vocal 1: D. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
.- Vocal 2: Xx Xxxxxxxx Xxxxxxx
.- Xxxxx 0: Xx Xxxxx Xxxxx Xxx, quien será sustituida por X. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx.
.- Vocal 4: D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx,
.- Vocal 5: La Secretaria Municipal, Xx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx.
.- Secretario: Indistintamente las administrativas de Ayuntamiento, Xx Xxxxx San Xxxxx Xxxxxxxxx, Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx o Xx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxx.
13.- APERTURA DE PROPOSICIONES
La apertura de las ofertas por la Mesa de Contratación tendrá lugar en el Salón de Sesiones del Ayuntamiento, a las 13.00 horas del tercer día hábil siguiente a aquel en que termine el plazo de presentación de proposiciones, y el acto será público. En caso de coincidir en inhábil o sábado se aplazará la apertura de plicas al primer día hábil.
En primer lugar, la Mesa de contratación procederá a la apertura de los sobres “A” y calificando la documentación administrativa contenida en los mismos. Si la Mesa observara defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el candidato los corrija.
Posteriormente, procederá a la apertura y examen del sobre «B», pudiendo en ese momento solicitar cuantos informes técnicos considere precisos.
Una vez recibidos los informes que en su caso se hayan solicitado y negociados los términos del contrato la Mesa propondrá al órgano de contratación, la Alcaldesa, la
adjudicación a favor del licitador seleccionado, concretándose y fijando los términos definitivos del contrato.
14. – REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Real Decreto-Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a recabar la misma documentación al siguiente clasificado. El órgano de contratación podrá declarar que el licitador incumplidor ha incurrido en prohibición de contratar con el ayuntamiento durante el plazo que determine, siendo el mínimo de dos años contados desde su inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas, conforme a lo establecido en la normativa aplicable.
15. – GARANTÍA DEFINITIVA
15.1 El licitador requerido deberán constituir una garantía del 5% del importe de adjudicación excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca
autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior.
15.2 Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del Real Decreto-Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
15.3 Aprobada la liquidación del contrato, y puesto que el contrato no precisa de plazo de garantía, si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva constituida, se dictará acuerdo de devolución de aquella o de cancelación de aval o seguro de caución.
16. – ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación.
17.- FORMALIZACION DEL CONTRATO.
El contrato deberá formalizarse en documento administrativo dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación definitiva, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
18.- DERECHOS Y DEBERES DEL ADJUDICATARIO
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en el presente pliego, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
19.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en este pliego de condiciones y de acuerdo con las instrucciones que se darán al contratista para su interpretación por el órgano de contratación.
20- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
En cuanto a modificaciones del contrato se estará a lo establecido en el artículo 219 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Las condiciones en que podrá producirse la modificación de acuerdo con lo establecido anteriormente deberá de recogerse en ente pliego y en el documento contractual.
21.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 223 y 308 del TRLCSP y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
22.- RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Decreto-Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del TRLCSP.
23.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN.
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
En Arrúbal, a 22 xx xxxx de 2012
La Alcaldesa La Secretaria
Xx Xxxxxx San Xxxxx Xxxxxxxxx. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx.
ANEXO I
ACREDITACION DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA
8. ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA DEL CONTRATISTA:
A) CLASIFICACIÓN EXIGIDA: No se exige.
B) MEDIOS DE ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA:
No obstante lo establecido en cuanto a la clasificación exigida, las empresas podrán acreditar su solvencia mediante la presentación del original o debidamente compulsada del certificado de clasificación administrativa de servicios en el Grupo P, Subgrupo 1, categoría a); Servicios de mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones eléctricos y electrónicos, hasta 150.000 €, expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, acompañado de una declaración sobre su vigencia.
Las empresas podrán acreditar su solvencia económica, financiera y solvencia técnica y profesional mediante la presentación de los siguientes documentos:
a) Se justificará la solvencia económica y financiera del empresario, mediante la presentación de las siguientes referencias:
1. Declaraciones apropiadas de entidades financieras acreditativo de la solvencia económica y financiera y seguro de indemnización por riesgos profesionales.
2. Declaración relativa al volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
b) Se justificará la solvencia técnica del empresario mediante la presentación de las siguientes referencias:
1. Titulaciones académicas y profesionales de los empresarios y del personal de dirección de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.
2. Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años, que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
3. Una descripción del equipo técnico y unidades técnicas participantes en el contrato, estén o no integrados directamente en la empresa del contratista.
4. Declaración indicando el promedio anual de personal, con mención en su caso, del grado de estabilidad en el empleo y la plantilla de personal directivo durante los últimos tres años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.
5. Declaración indicando el material, instalaciones y equipo técnico de que dispondrá el empresario documentación acreditativa pertinente.
C.- REQUISITOS MÍNIMOS DE SOLVENCIA:
a) Económica y financiera: Se considerará que la empresa tiene solvencia económica y financiera si cumple los siguientes requisitos:
- Si de los informes de las instituciones financieras se deduce que dispone de capacidad económica suficiente para la financiación de los servicios por un importe igual o superior al presupuesto total anual fijado para el contrato que se pretende ejecutar.
-Cuando la cuantía del importe del seguro de indemnización por riesgos profesionales sea al menos de 60.000 €.
b) Técnica: Se considerará que la empresas tienen solvencia técnica siempre que acrediten haber prestado al menos dos servicios similares al objeto del presente contrato por un presupuesto análogo al del presente contrato en los tres últimos años. A estos efectos se entenderán como servicios de presupuesto análogo aquellos cuyos importes no sean inferiores en más de un 25% al presupuesto de licitación del presente contrato.
ANEXO II
DECLARACION DEL CONTRATISTA DE NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICIÓN DE CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN
D. /Xx ………………………………………………………………., con D.N.I. …………… , expedido en
………………………(…………………..) el día ….. de ………………….. de ………, y con domicilio en
…………..………….…………… (……………………..), Calle …………………………….………. Núm. …… C.P.
…………. y teléfono ………………………
□ en nombre propio
□ en su condición de apoderado de la empresa
………………………………….………………….., con C.I.F. …………………………….
DECLARA
Primero: Que no se halla incurso en ninguna de las circunstancias que determinan la prohibición de contratar con la Administración, referidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Segundo: Que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social según las disposiciones vigentes, comprometiéndose expresamente a justificarlo documentalmente en el caso de que vaya a resultar adjudicatario del contrato, en el plazo de quince días hábiles a contar desde su requerimiento por el órgano de contratación.
Fecha:
(Firma del Proponente)
ANEXO III
MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA Y TÉCNICA
D. ……………………………………….……………mayor de edad, vecino de provincia de
………………….. con domicilio a efectos de notificaciones en ......, calle ......, nº , titular del
D.N.I. nº.................., expedido en……………………...., en fecha……………...., teléfono ,
fax …………………………………....., e-mail ………….........., en nombre propio o en representación de MANIFIESTA:
1. Que está enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato administrativo de servicios de conservación y mantenimiento de las instalaciones del alumbrado público y servicios eléctricos en los bienes municipales.
2. Que encuentra de conformidad, se somete voluntariamente y acepta íntegramente el Pliego de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas y cuantas obligaciones de éstos se deriven como licitador y adjudicatario si lo fuere.
3. Que reúne los requisitos y condiciones exigidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas.
4. Que se compromete, en nombre propio (o de la empresa que representa) a tomar a su cargo la ejecución del mencionado contrato de SERVICIOS, con estricta sujeción a los requisitos exigidos, de acuerdo con las siguientes condiciones:
A) Oferta Económica:
Se presentan, como mínimo, los siguientes precios, sin IVA, de mano de obra y medios auxiliares necesarios para la realización del servicio, siendo los precios indicados entre paréntesis los máximos admitidos.
a. Mano de obra de especialista (máximo 31 €/hora),
b. Mano de obra Oficial 1ª (máximo 27 €/hora),
c. Mano de obra oficial 2ª (máximo 25 €/hora),
d. Plataforma elevadora 12 metros (máximo 12 €/hora),
e. Camión Cesta 17 metros (la cuota es diaria e incluye el gasto de gasolina. La empresa se compromete a cobrar medio día si le puede dar uso el resto del día); (máximo 180 €/día).
B), C) Se presenta el proyecto de gestión del servicio, y las mejoras del servicio que se adjuntan.
(Lugar, fecha y firma del proponente).