CONTRATO DE MANTENIMIENTO DE LA SALA DE JUEGOS LOTERIA SANTANDER “SUSCRITO ENTRE LA LOTERIA SANTANDER Y PUBLICACIONES DEL COMÚN LIMITADA PUBLICOM PDC.
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GG- 007-10
CONTRATO DE MANTENIMIENTO DE LA SALA DE JUEGOS LOTERIA SANTANDER “SUSCRITO ENTRE LA LOTERIA SANTANDER Y PUBLICACIONES DEL COMÚN LIMITADA PUBLICOM PDC.
Entre los suscritos a saber: XXXXXX XXXXXXXX, mayor de edad, vecina de esta ciudad, identificada con cedula de ciudadanía No 63.445.375, nombrada como Gerente General de la LOTERIA SANTANDER mediante resolución No. 020904 de diciembre 11 de 2012 expedida por el Gobernador xx Xxxxxxxxx y posesionada según consta en el acta número 063 de la misma fecha, quien obra en nombre y representación legal de la empresa industrial y comercial del Departamento creada mediante Decreto Ordenanzal 0193 xx xxxxxx de 2001 dictado por el Gobierno Departamental LOTERIA SANTANDER y actuando en ejercicio de la competencia otorgada por las disposiciones legales, en especial el Manual Interno de Contratación expedido por la Junta Directiva de la LOTERIA SANTANDER contenido en el Acuerdo 012 de 2012 y demás normas concordantes, quien para los efectos de este contrato se denominará la LOTERIA por una parte, y por la otra, XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX , mayor de edad, vecino de la ciudad de Bucaramanga, identificada con la cédula de ciudadanía 0000000 quien actúa en nombre y representación legal de PUBLICOM PDC con NIT 890209965-0 según certificado de existencia y representación legal de la Cámara de Comercio de Bucaramanga , y quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos acordado suscribir el presente Contrato el cual se regirá por las siguientes cláusulas y en lo no previsto en ellas por el acuerdo de la LOTERIA SANTANDER 012 de Noviembre de 2012 (Manual Interno de Contratación). Que para el efecto la oficina gestora en el desarrollo del proceso contractual elaboró el correspondiente estudio previo el cual se anexa y forma parte del presente contrato para todos los efectos legales PRIMERA.- OBJETO: El contratista se obliga para con la Entidad contratante a efectuar branding en la sala de juegos, ubicada en la xxxxx 00 con carrera 21 ( esquina) de acuerdo a las siguientes especificaciones técnicas Branding: Instalación en vinilo adhesivo impreso en alta resolución con el logo institucional en tintas para exteriores sobre paredes, dichas instalaciones se realizaran en: - Pared lateral derecha escalera, dimensiones 352 cm de ancho x 306 cm de alto. - Muro bajo baranda, dimensiones 460 cm de ancho x 107 de alto. - Pared lateral jueces, dimensiones 975 cm de ancho x 329 cm de alto. Backing: Estructura en tubo xx xxxxxx de 1 pulgada, soldada en las puntas para armar un bastidor el cual se cubre con lona banner 13 Onz impresas a full color con tintas eco solventes para exteriores en alta resolución la cual se tenza sobre dicho bastidor, estas piezas se ubicaran en: - Muro baranda backing lotería, dimensiones 457 cm de ancho x 197 cm de alto. - Mesa jurados backing juegue legal, dimensiones 366 cm de ancho x 106 cm de alto. - Atrás mesa jurados backing icono, dimensiones 544 cm de ancho x 197 cm de alto, con puerta para que puedan ingresar al baño.SEGUNDA: VALOR: Las partes estipulan el valor del contrato, en la suma de OCHO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO PESOS MONEDA CORRIENTE ($ 8.736.424 ) incluido IVA, valor
dentro del cual están incluidos todos los gastos en que deba incurrir el contratista para la legalización y ejecución del contrato TERCERA: FORMA DE PAGO: La LOTERIA SANTANDER pagara al contratista el valor pactado en el contrato una vez cumplido el objeto contractual, en la Tesorería de la entidad o se consignará en la cuenta que designe, previa presentación de la factura en original y dos copias y su aceptación (artículo 2° de la ley 1231 de 2008) la cual deberá presentarse con los siguientes soportes: Certificado de cumplimiento expedido por el supervisor del contrato y certificación de pagos y aportes a la seguridad. CUARTA.- APROPIACION PRESUPUESTAL: Para el pago del presente contrato LA LOTERIA SANTANDER ha efectuado la respectiva reserva presupuestal de gastos dentro de la vigencia fiscal en curso para lo cual se cuenta con el certificado de disponibilidad presupuestal fecha 23 xx Xxxxxx de 2013, correspondiente al rubro presupuestal 0321070103 mantenimiento edificaciones que se Anexa al presente para todos los efectos legales QUINTA.- VIGENCIA: El contratista deberá entregar la sala de juegos con las respectivas adecuaciones el día
30 xx Xxxxxx de 2013 . SEXTA.- CONTROL Y VIGILANCIA: El control y vigilancia de la ejecución del presente contrato será ejercido por el Subgerente Administrativo de la Entidad, quien para tal efecto tendrá entre otras, las siguientes atribuciones: 1. Verificar que EL CONTRATISTA cumpla con sus obligaciones. 2. Informar a la Gerencia respecto de las demoras o incumplimiento de las obligaciones del CONTRATISTA. 3. Certificar respecto al cumplimiento del CONTRATISTA. 4. Verificar que EL CONTRATISTA cumpla con sus obligaciones de afiliación al Sistema Nacional de Seguridad Social Integral, esto es Pensiones, Salud y Riesgos Profesionales, cajas de compensación, SENA,
I.C.B.F. si a ello hubiere lugar. 5. Proyectar y suscribir conjuntamente con EL CONTRATISTA el acta de liquidación bilateral del contrato. 6. Las demás inherentes a la función encomendada. SEPTIMA.- GARANTIAS: Atendiendo lo preceptuado PARÁGRAFO: del numeral 1.2.4.1 del MANUAL INTENO DE CONTRATACION en razón a que la cuantía del contrato es inferior a 15 SMLMV, podrá prescindirse de la exigencia de garantías contractuales. En tal virtud en el presente caso se considera que no se hace necesario exigir la garantía por las siguientes razones: -Valor del contrato. - Es un contrato inferior a 15 SMLMV.- La forma de pago está condicionada al cumplimiento del contratista. El oferente asumirá por su cuenta todos los riesgos previsibles que le puedan afectar durante la
ejecución del contrato. OCTAVA.- INTERPRETACION MODIFICACION TERMINACION UNILATERAL Y CADUCIDAD: A este contrato le son aplicables Lo establecido en el manual interno de contratación sobre la materia NOVENA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: 1.Asumir los costos y demás gastos ocasionados en la ejecución del contrato. 2. Realizar las labores comprometidas en el objeto del contrato. 3. Guardar la reserva de la información a la que tenga acceso. 4. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando las dilaciones y entrabamientos que puedan presentarse. 5. Colaborar con la LOTERIA SANTANDER para el adecuado cumplimiento del objeto del contrato. 6. Cumplir con la afiliación al Sistema de Seguridad social Integral previsto en la ley 100 de 1993 y demás normas pertinentes. 7. Cumplir las instrucciones impartidas por el supervisor del contrato, encargado de su control y vigilancia.
8. Entregar los bienes objeto del presente contrato en el término establecido en la propuesta presentada.
9. Las demás que se deriven del objeto contractual y todas aquellas que de acuerdo a la naturaleza del contrato establezca la ley, y las demás establecidas. OBLIGACIONES DE LA LOTERIA SANTANDER:
1. Exigir al CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado, así como la información que considere necesaria para el desarrollo del mismo. 2. Adelantar las acciones conducentes a obtener las indemnizaciones por los daños que sufra la LOTERIA SANTANDER en desarrollo o con ocasión del contrato. 3. Requerir a EL CONTRATISTA para que adopte las medidas pertinentes cuando surjan faltas en el cumplimiento del contrato. 4. Pagar cumplidamente los valores pactados. 5.Las demás que se deriven del objeto contractual y todas aquellas que de acuerdo a la naturaleza del contrato establezca la ley y las demás establecidas en la invitación a cotizar y la oferta presentada, los cuales hacen parte integrante del contrato. DECIMA.-CLAUSULA DE INDEMNIDAD: El Contratista se obliga a mantener a la Entidad Contratante, libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriva de sus actuaciones o de los de sus subcontratistas o dependientes. DÉCIMA PRIMERA.-INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA declara bajo el Juramento no hallarse incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en la Constitución Nacional, la Ley y Decretos Reglamentarios. DECIMA SEGUNDA.-. CESION: El presente contrato es intuito personae y en consecuencia una vez legalizado, no podrá ser cedido por EL CONTRATISTA sin la previa autorización escrita de LA LOTERIA SANTANDER. DECIMA TERCERA.- DOMICILIO: Para todos los efectos de este contrato, las partes acuerdan fijar como domicilio la ciudad de Bucaramanga. DECIMA CUARTA.- EXENCION DEL PAGO DE PRESTACIONES: EL CONTRATISTA no tendrá derecho a ninguna prestación distinta a la pactada expresamente en la cláusula segunda, razón por la cual no existirá ningún vínculo laboral entre EL CONTRATISTA y LOTERIA SANTANDER que tenga como origen la ejecución de este contrato. DECIMA QUINTA: LIQUIDACION DEL CONTRATO; El presente contrato se liquidará de común acuerdo entre las `partes representadas por el contratista y el supervisor del contrato, al cumplimiento del objeto a más tardar dentro de los cuatro (4) meses siguientes contados a partir de la fecha de la extinción de la vigencia del contrato o de la expedición del acto administrativo que ordene su terminación. DECIMA SEXTA. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCION: Este contrato se perfecciona con su suscripción. Para su ejecución requiere de: 1- ) La existencia de disponibilidades presupuéstales correspondientes y registro presupuestal. 2- ) Además el contratista deberá efectuar l pago de las tarifas legalmente determinadas así: Estampilla Pro cultura 2%. Estampilla Pro desarrollo Departamental 2%. Estampilla Reforestación Departamental 1%.Estampilla Pro Hospitales Universitarios 2%. Estampilla Pro Electrificación Rural 2%. Estampilla Bienestar Del Adulto Mayor 2%. Estampilla Pro UIS 2% (Sobre tres (3) SMLMV. 10% sobre el valor total de las estampilladas canceladas, requisitos que se entenderán cumplidos con la entrega del recibo oficial de pago respectivo o mediante la autorización de descuento directo efectuado sobre los documentos que generan el gravamen. 3.- El presente contrato será publicado en los términos establecidos en el Decreto 019 de 2012 .Para constancia se suscribe en la ciudad de Bucaramanga a los veintinueve (29) días del mes xx Xxxxxx de dos mil trece (2013).
LOTERIA SANTANDER EL CONTRATISTA
XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX
Gerente General C.C.
Proyecto: Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
Reviso parte técnica: Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx Revisó aspectos jurídicos: Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx