DATOS DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA
DATOS DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA
CONSEJERÍA/ORGANISMO CONTRATANTE: Gerencia de Servicios Sociales
CÓDIGO EXPEDIENTE: A2020/012302
TIPO CONTRATO: Servicios
TÍTULO EXPEDIENTE: AV- Serv. de Limpieza de la Unidad de Valoración y Atención a Personas con Discapacidad y del Centro de Personas Mayores xx Xxxxx X
OBJETO DEL CONTRATO:
Servicio de Limpieza de La Unidad de Valoración y Atención a Personas con Discapacidad y del Centro de Día Ávila I. Dependientes de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales xx Xxxxx.
TIPO DE TRAMITACIÓN: Ordinaria PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN:
Procedimiento abierto simplificado
TRAMITACIÓN ECONÓMICA: Normal
UNIDAD PROMOTORA: Servicio de Gestión de Centros
IVA: 13.215,71 €
IMPORTE DE LICITACIÓN SIN IVA: 62.931,93 €
IMPORTE DE LICITACIÓN CON IVA: 76.147,64 €
DATOS DE LICITACIÓN
En letra IMPORTE TOTAL: Sesenta y seis mil noventa y seis euros con cincuenta y ocho céntimos
% DE BAJA ADJUDICACIÓN: 13,20 %
NOMBRE ADJUDICATARIO: Fissa Finalidad Social, S.L.
NIF ADJUDICATARIO: B10219913
IMPORTE DE ADJUDICACIÓN SIN IVA: 54.625,27 €
IMPORTE DE ADJUDICACIÓN CON IVA: 66.096,58 €
DATOS DE ADJUDICACIÓN
CONTRATO DE SERVICIOS
OBJETO: SERVICIO DE LIMPIEZA DE LA UNIDAD DE VALORACIÓN Y ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y DEL CENTRO DE DÍA ÁVILA I DEPENDIENTES DE LA GERENCIA TERRITORIAL DE SERVICIOS SOCIALES XX XXXXX.EXPTE A2020/012302.
PRECIO DEL CONTRATO:
El precio total del contrato asciende a la cantidad de 66.096,58 € (Base Imponible 54.625,27 € , más 11.471,31€ de IVA al 21% ) que se financiará con cargo a las aplicaciones presupuestarias y distribución de anualidades que se detallan a continuación:
AÑO | Aplicación Presupuestaria | Importe adjudicación (sin IVA) | IVA 21% | Importe adjudicación (con IVA) |
2021 | 09.21.231B04.22700.1 | 29.713,42 € | 6.239,82 € | 35.953,24 |
2021 | 09.21.231B03.22700.1 | 20.359,74 € | 4.275,55 € | 24.635,29 |
2022 | 09.21.231B04.22700.1 | 2.701,22 € | 567,26 € | 3.268,48 |
2022 | 09.21.231B03.22700.1 | 1.850,89 € | 388,69 € | 2.239,57 |
54.625,27 € | 11.471,31 € | 66.096,58 |
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN: Abierto simplificado con varios criterios de adjudicación conforme a lo dispuesto en el artículo 159, apartados 1 al 4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP)]
ADJUDICATARIO: FISSA FINALIDAD SOCIAL, S.L
N.I.F: B10219913
DOMICILIO SOCIAL: Xxxxx xx Xxxxxxxx, x/x, X.X. 00000 Xxxxxxx
PLAZO DE EJECUCIÓN: 12 meses, a contar desde el día siguiente a la formalización del contrato.
REUNIDOS EN VALLADOLID,
DE UNA PARTE, D. Xxxxxx Xxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Gerente de Servicios Sociales, en virtud de la Resolución de 4 de noviembre de 2020, por la que se avocan en el Gerente de Servicios Sociales las competencias para la tramitación de expediente de contratación, delegadas en el Gerente Territorial de Servicios Sociales xx Xxxxx por la Resolución de 00 xx xxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxx de Servicios Sociales, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias del Gerente de Servicios Sociales en diversos órganos y unidades administrativas dependientes de este Organismo Autónomo.
DE OTRA PARTE, D. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, con D.N.I. nº ***8996**, actuando en nombre y representación de la empresa Fissa Finalidad Social, S.L., según se acredita en la escritura pública otorgada ante el notario, D. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, de fecha 8 xx xxxxx de 2007, nº de protocolo 454, de acuerdo con el certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, de fecha 4 de diciembre de 2020, vigente de acuerdo con la declaración de D. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx realizada con fecha 2 de diciembre de 2020. Ambos documentos quedan incorporados al expediente.
La capacidad del adjudicatario resulta del objeto social detallado en el certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público anteriormente mencionado.
Ambas partes se reconocen competencia y capacidad, respectivamente, para formalizar el presente contrato administrativo.
A N T E C E D E N T E S
PRIMERO.- El expediente de contratación para la prestación del servicio limpieza de la Unidad de Valoración y Atención a personas con discapacidad y del Centro de día Ávila I dependientes de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales xx Xxxxx fue promovido por el Servicio de Gestión de Centros.
SEGUNDO.- El certificado de reserva de crédito fue expedido por la Intervención Delegada de la Gerencia de Servicios Sociales con fecha 23 de octubre de 2020, con cargo a las aplicaciones presupuestarias G/231B03/22700/1 y G/231B04/22700/1 del ejercicio 2021 por importe de 30.961,51€ y 45.186,13€ respectivamente.
La fiscalización previa del gasto se realizó por la Intervención Delegada de la Gerencia de Servicios Sociales el día 16 de noviembre de 2020, por un presupuesto total de 76.147,64 €.
TERCERO.- La aprobación del gasto fue realizada por el Gerente de Servicios Sociales xx Xxxxxxxx y León con fecha 18 de noviembre de 2020. La aprobación del expediente fue realizada por el Director Técnico Administrativo con fecha 17 de noviembre de 2020.
CUARTO.- La adjudicación del contrato fue acordada por Resolución del Gerente de Servicios Sociales con fecha 23 de diciembre de 2020.
X X X X X X X X X
XXXXXXX.- Xx xxxxxx xx xxxx contrato es la prestación del servicio limpieza de la Unidad de Valoración y Atención a personas con discapacidad y del Centro de día Ávila I dependientes de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales xx Xxxxx.
Las prestaciones y condiciones del contrato de referencia serán las establecidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (en adelante PCAP) y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, así como en las condiciones expresadas en la oferta de la empresa adjudicataria, que serán partes integrantes del contrato a efectos de exigibilidad.
SEGUNDA.- El precio del contrato asciende a las cantidades referidas en el encabezamiento y con cargo a la aplicación presupuestaria allí indicada.
TERCERA.- Los pagos se realizarán, de conformidad con lo establecido en la cláusula 21 del PCAP, mediante abonos parciales, por mensualidades vencidas, mediante transferencia bancaria a la cuenta del contratista, previa presentación de la correspondiente factura, por las prestaciones contratadas efectivamente realizadas, según el precio ofertado por el adjudicatario, con repercusión del IVA sobre el importe total facturado, como partida independiente a la Administración.
Para la realización de los pagos se exigirá el certificado de conformidad expedido por el responsable del contrato, el Jefe de Servicio de Gestión de Centros, que acredite la correcta ejecución de las prestaciones contratadas.
El adjudicatario está obligado a facturar electrónicamente, debiendo consignar en la factura que emita el código del contrato del que dicha factura deriva, en cualquiera de estas dos etiquetas: 3.1.6.1.5 Receiver Contract Reference/ 3.1.6.1.7 Receiver Transaction Reference.
Las facturas deberán cumplir todos los requisitos que reglamentariamente estén establecidos para las mismas, conforme con lo dispuesto en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, con las menciones indicadas en la Disposición Adicional Trigésima Segunda de la LCSP.
CUARTA.- El plazo de ejecución del contrato será 12 meses, a contar desde el día siguiente a la formalización del contrato.
El contrato no será prorrogado.
No obstante, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 29.4 de la LCSP, cuando al vencimiento del contrato no se hubiera formalizado el nuevo contrato que garantice la continuidad de la prestación a realizar por el contratista como consecuencia de incidencias resultantes de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación producidas en el procedimiento de adjudicación y existan razones de interés público para no interrumpir la prestación, se podrá prorrogar el contrato originario, sin modificar las restantes condiciones del mismo, hasta que comience la ejecución del nuevo contrato y en todo caso, por un periodo máximo de nueve meses, siempre que el anuncio de licitación de este nuevo contrato se haya publicado con una antelación mínima de tres meses respecto de la fecha de finalización del contrato originario.
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del contrato dentro plazo total fijado para su ejecución. Cuando el contratista, hubiera incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, por causas a él imputables, se estará a lo establecido en la cláusula 30 del PCAP, en cuanto a la imposición de penalidades.
QUINTA.- Los lugares de prestación del servicio objeto de este contrato son la Unidad de Valoración y Atención a Personas con Discapacidad sita en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxx, xx 00, X.X. 00000 – Ávila y el Centro de día Ávila I sito en la Xxxxx Xxxxxxxxxxxxx, x/x,
X.X. 00000 – Ávila.
SEXTA.- El precio no es revisable según lo establecido en la cláusula 8.2 del PCAP.
SÉPTIMA.- Teniendo en cuenta la naturaleza y características de este contrato, en la prestación a realizar por el adjudicatario, no resulta necesario el establecimiento de un plazo de garantía, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 36 del PCAP.
OCTAVA.- Para responder del cumplimiento de las obligaciones contraídas con la firma de este contrato, el adjudicatario ha constituido a favor de la Gerencia de Servicios Sociales una garantía por importe del 5 por ciento del precio ofertado, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, 2.731,27 €, conforme a lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la LCSP y 61 del RGLCAP y en el Decreto 7/2003, de 16 de enero, por el que se regula la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx y León.
NOVENA.- El adjudicatario presta su conformidad al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y al de Prescripciones Técnicas que rigen esta contratación, firmándolos de conformidad en todas sus páginas, quedando incorporados ambos documentos como parte integrante del contrato. También tendrá carácter contractual la oferta presentada por el adjudicatario.
DÉCIMA.- Son causas de resolución del contrato, las previstas en los artículos 211 y 313 de la LCSP, además de las establecidas en la cláusula 35 del PCAP.
DECIMOPRIMERA.- El contratista tiene que cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación.
DECIMOSEGUNDA.- El contratista y, en su caso, los subcontratistas, estarán obligados a guardar sigilo respecto de los datos y antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato de los que tenga conocimiento con ocasión de la ejecución del mismo. Esta obligación de sigilo subsistirá tras la finalización del contrato.
Asimismo, deben informar convenientemente a sus empleados de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos e informaciones conozcan a resultas del cumplimiento del contrato.
DECIMOTERCERA.- El presente contrato tendrá carácter administrativo a todos los efectos y está sometido a la legislación vigente en materia de contratos del sector público, así como a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos.
Será competencia de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa el conocimiento, de cualquier cuestión litigiosa que pudiera surgir respecto de su cumplimiento, interpretación, efectos y resolución.
Y para que conste, y en prueba de conformidad por ambas partes, se firma el presente documento contractual en soporte digital.
CÓDIGO DE EXPEDIENTE A2020/012302 CONTRATO SERVICIOS
PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CUADRO DE CARACTERÍSTICAS
1. DATOS ORGÁNICOS |
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: Gerencia de Servicios Sociales NIF DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: ESQ9750009D CENTRO DIRECTIVO: Dirección Técnica de Recursos Humanos y Gestión de Centros UNIDAD PROMOTORA: Servicio de Gestión de Centros PROVINCIA: Valladolid |
2. DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO |
Objeto del contrato: Servicio de Limpieza de La Unidad de Valoración y Atención a Personas con Discapacidad y del Centro de Día Ávila I. Dependientes de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales xx Xxxxx. Clase de servicio: Otros servicios ¿Es un contrato complementario?: No Lotes: No Código CPV: 90911200-8 Código CPA: 81.21.10 Necesidades administrativas a satisfacer: Mantener en adecuadas condiciones de higiene y salubridad las instalaciones de la Unidad de Valoración y Atención a Personas con Discapacidad y del Centro de Día Ávila I, ambos dependientes de la Gerencia Territorial xx Xxxxx. |
3. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN |
Presupuesto sin IVA: 62.931,93 € Tipo IVA aplicable: 21,00% IVA: 13.215,71 € Presupuesto total: 76.147,64 € En letra presupuesto total: Setenta y seis mil ciento cuarenta y siete euros con sesenta y cuatro céntimos Desglose de costes directos, indirectos y otros eventuales gastos: COSTES LABORALES#55.515,11 GASTOS GENERALES (4%)#2.220,60 |
TOTAL#57.735,71 BENEFICIO INDUSTRIAL (9%)#5.196,22 BASE IMPONIBLE#62.931,93 IVA 21%#13.215,70 TOTAL#76.147,63 Desagregación estimada de costes salariales cuando forma parte del precio total: CENTROS TRABAJO#CATEGORIA PROFESIONAL#HORAS/ SEMANA#ANTIGÜEDAD#FECHA FIN CONTRATO#COSTE SALARIAL SALARIO BRUTO ANUAL#Otros ingresos y emolu-mentos#CUOTA EMPRESARIAL SEGURIDAD SOCIAL#TOTAL COSTE SALARIAL#COSTE SALARIAL CON ABSENTISMO (12%)#PORCENTAJE MODIFICACIÓN#TOTAL COSTE SALARIAL ANUAL 2020 DESPUÉS DE MODIFICACIÓN CD Ávila I#LIMPIADOR/A#24#17/04/2012# #9.484,28#562,50#3.177,24#12.661,52#14.180,90#Reducción 30%#9.926,63 #LIMPIADOR/A#10#04/10/2010# #4.009,50# #1.343,18#5.352,68#5.995,00#Reducción 30%#4.196,50 #LIMPIADOR/A#39#30/01/1997# #17.554,09#1.050,00#5.880,62#23.434,71#26.246,88#Reducción 30%#18.372,81 Unidad Valoración#LIMPIADOR/A#10#20/07/1976# #3.805,67# #1.274,90#5.080,57#5.690,24#Incremento 15%#6.543,77 #LIMPIADOR/A#11,25#15/02/1993# #4.606,49# #1.543,18#6.149,67#6.887,63#Incremento 15%#7.920,77 #LIMPIADOR/A#12,5#23/10/2014# #4.537,21# #1.519,96#6.057,17#6.784,03#Incremento 15%#7.801,63 TOTAL CONTRATO# # # # # # # #58.736,32#65.784,68# #54.762,13 Valor estimado: 62.931,93 € ( Sesenta y dos mil novecientos treinta y un euros con noventa y tres céntimos ) |
4. ANUALIDADES | |||
Anualidad | Aplicación presupuestaria | Centro gestor | Importe |
2021 | G/231B03/22700/1 | 0921 | 30.961,51 € |
2021 | G/231B04/22700/1 | 0921 | 45.186,13 € |
Total 76.147,64 € |
5. PLAZO DE EJECUCIÓN |
Plazo de ejecución total: 12 meses a contar desde el día 1 de diciembre de 2020, o desde el día siguiente al de la fecha de formalización del contrato, si éste fuese posterior. Plazos parciales: No |
Prórrogas convencionales previstas: No Plazo de garantía: No Justificación de la no exigencia: Teniendo en cuenta la naturaleza y características de este contrato, en la prestación a realizar por el adjudicatario, no resulta necesario el establecimiento de un plazo de garantía. |
6. ADMISIÓN DE VARIANTES: No |
7. PROGRAMA DE TRABAJO: No |
Justificación de su no exigencia: La propia naturaleza del contrato |
8. ANTEPROYECTO NECESARIO: No |
9. ASPECTOS SOCIALES |
Incorpora cláusulas sociales |
Atribución de condición especial de ejecución |
Descripción: En el caso de que para la ejecución del contrato sea necesario contratar personal, así como para la sustitución de bajas y vacaciones de los trabajadores adscritos al contrato, dicha contratación se realizará con personas que, cumpliendo los requisitos de capacidad y formación necesarios para el correcto desempeño de las funciones propias de los perfiles profesionales exigidos en el pliego de prescripciones técnicas, estén incluidos en alguno de los colectivos enumerados a continuación: a) Personas con discapacidad que tengan posibilidades de inserción en el mundo laboral. b) Personas beneficiarias xx xxxxx garantizada de ciudadanía. c) Parados de larga duración mayores de cuarenta y cinco años. d) Jóvenes en paro, fundamentalmente mujeres. e) Mujeres víctimas de violencia de género. Finalidades perseguidas: - Promover el empleo de personas con especiales dificultades de inserción en el mercado laboral, en particular de las personas con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social a través de Empresas de Inserción. |
Penalidades por incumplimiento: Sí Descripción de las penalidades por incumplimiento: El incumplimiento de esta condición especial de ejecución dará lugar a la imposición de una penalidad por importe de 2% del precio de adjudicación del contrato, IVA excluido. |
10. ASPECTOS LABORALES |
Atribución de condición especial de ejecución |
Descripción: La obligación del adjudicatario de cumplir durante todo el plazo de vigencia del contrato las condiciones salariales y laborales establecidas en el convenio colectivo sectorial que resulte aplicable. A tal efecto, el órgano de contratación podrá requerir, en cualquier momento, la documentación acreditativa del cumplimiento de tal obligación. |
Finalidades perseguidas: - Otras. |
Descripción de las otras finalidades: Cumplimiento de los convenios colectivos. Penalidades por incumplimiento: Sí Descripción de las penalidades por incumplimiento: El incumplimiento de esta condición especial de ejecución dará lugar a la imposición de una penalidad por importe de 7% del precio de adjudicación del contrato, IVA excluido. |
CONDICIONES DE SUBROGACIÓN EN CONTRATOS DE TRABAJO |
Obligación de subrogarse como empleador: Sí Referencia a la información facilitada: Se adjunta en la documentación que integra el expediente de contratación. Penalidades por incumplimiento: Sí Descripción de las penalidades por incumplimiento: El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la imposición de una penalidad de hasta el 5% del importe de adjudicación del contrato (IVA excluido). |
11. CRITERIOS DE SOLVENCIA Y CLASIFICACIÓN | |||
Solvencia económica y financiera: Declaración del empresario indicando el volumen anual de negocios, que referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de ofertas, deberá ser igual o superior al valor estimado del contrato 62.931,93 €. Solvencia técnica: El importe anual acumulado que el empresario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado (3 últimos años) será de un importe igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato (44.052,35 €), tomando como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyan el objeto del contrato la igualdad entre los dos primeros dígitos del código CPV que figura en la cláusula 3 de este pliego (90). Acreditación: Una relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de este contrato en el curso de los tres últimos años, en los que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. De acuerdo con lo establecido en el apartado 4 del artículo 90 de la LCSP, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, la solvencia técnica se acreditará de la forma siguiente: - Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa, y del número de directivos durante los tres últimos años, debiendo disponer en plantilla de, al menos, 5 trabajadores y un directivo. | |||
Clasificación admitida para acreditar la solvencia: | |||
Grupo/s | Subgrupo/s | Categoría/s | Categoría/s Real Decreto |
1098/2001 | |||
U | 1 | 1 | A |
ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES EN EJECUCIÓN CONTRACTUAL | |||
Compromiso de adscripción: No | |||
MEDIOS DE PRUEBA ADICIONALES DISTINTOS A LOS PREVISTOS EN LOS ARTÍCULOS 87 A 91: | |||
Admisión de medios de prueba adicionales: No |
12. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN | ||
Único criterio evaluación del coste: No | ||
CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS | ||
Criterios de adjudicación | Tipo criterio | Puntuación máxima |
Criterio: Oferta económica Valoración: Proporcional regla de tres simple directa Consideración de ofertas desproporcionadas: Ver cláusula 12.1 | Precio | 95.00 |
Criterio: Bolsa de horas grauita Valoración: Proporcional, ver cláusula 12.2 | Precio | 5.00 |
Total | 100.00 | |
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN ESPECÍFICOS PARA EL DESEMPATE | ||
1 .- Proposiciones presentadas por aquellas empresas que, al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, tengan en su plantilla un porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al que les imponga la normativa 2 .- Proposiciones presentadas por las empresas que, al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, incluyan medidas de carácter social y laboral que favorezcan la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres |
13. RÉGIMEN DE PAGO |
Pago del precio: Pagos parciales Frecuencia y condiciones de los pagos: El contratista tendrá derecho al abono del precio convenido, por los trabajos efectivamente realizados y formalmente recibidos por la Administración. Los pagos se realizarán mediante abonos parciales, con carácter mensual, a mes vencido, mediante transferencia bancaria a la cuenta del contratista, previa presentación de la correspondiente factura, por las prestaciones contratadas y efectivamente realizadas, según el precio ofertado por el adjudicatario con repercusión del IVA sobre el importe total facturado, como partida independiente a la Administración. Para la realización de los pagos se exigirá el certificado de conformidad que acredite la correcta ejecución de la prestación, expedido por el Servicio administrativo responsable del contrato (Servicio de Gestión de |
Centros). Abonos a cuenta por operaciones preparatorias/valoraciones parciales: No Sistema de determinación del precio: A tanto alzado |
14. REVISIÓN DE PRECIOS |
Revisión de precios en contrato principal: No |
15. GARANTÍAS |
GARANTÍA PROVISIONAL: No |
GARANTÍA DEFINITIVA: Sí |
Constitución mediante retención de precio: No |
GARANTÍA COMPLEMENTARIA: No |
16. RECEPCIÓN |
Recepciones parciales: No Lugar de entrega: Unidad de Valoración y Atención a Personas con Discapacidad: X/ Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxx, xx 00, X.X. 00000 – Ávila. - C.D. Ávila I: X/ Xxxxxxxxxxxxx, x/x, X.X. 00000 – Ávila. Plazo de recepción o conformidad: El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando, transcurrido el plazo de vigencia total del mismo, se haya realizado de acuerdo con los términos establecidos y a satisfacción de la Administración la totalidad de su objeto. Si la prestación objeto del contrato se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución, se procederá mediante acto formal a su recepción o conformidad, dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato. |
17. MODIFICACIÓN PREVISTA EN PLIEGOS: No |
18. OPCIÓN INEQUÍVOCA DE CESIÓN DEL CONTRATO: Sí |
19. SUBCONTRATACIÓN |
Prohibición de subcontratar: No Limitación de la subcontratación: No |
CONDICIONES LEGALES O CONVENCIONALES DE SUBCONTRATACIÓN |
Obligación de los licitadores de indicar en su oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar: No Penalidades por incumplimiento: Sí Descripción de las penalidades por incumplimiento: El incumplimiento por parte del contratista de las condiciones para la subcontratación establecidas en el artículo 215 de la LCSP, dará lugar a la imposición |
de una penalidad del 50% del importe del subcontrato. |
PAGOS A SUBCONTRATISTAS Y SUMINISTRADORES |
Comprobación de pagos a subcontratistas o suministradores: No Penalidades por incumplimiento: No |
20. OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO |
Tienen la consideración de obligaciones contractuales esenciales de este contrato las siguientes: 1.- El cumplimiento de la oferta realizada por el adjudicatario con arreglo a los criterios de adjudicación establecidos en este pliego. 2.- El cumplimiento de las obligaciones que, en materia de protección de datos de carácter personal, se establecen en la cláusula 23.3 de este pliego. El incumplimiento de estas obligaciones será causa de resolución del contrato de acuerdo con lo establecido en el artículo 211.1.f de la LCSP. |
21. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN |
De acuerdo con lo establecido en el artículo 202 de la LCSP y en el Acuerdo 44/2016, de 21 de julio, de la Junta xx Xxxxxxxx y eón, por el que se aprueban directrices vinculantes para los órganos de contratación de la Administración General e Institucional de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León sobre incorporación de aspectos sociales en la contratación, se establecen las siguientes condiciones especiales de ejecución de este contrato: 1.- La obligación del adjudicatario de cumplir durante todo el plazo de vigencia del contrato las condiciones salariales y laborales establecidas en el convenio colectivo sectorial que resulte aplicable. A tal efecto, el órgano de contratación podrá requerir, en cualquier momento, la documentación acreditativa del cumplimiento de tal obligación. 2.- En el caso de que para la ejecución del contrato sea necesario contratar personal, así como para la sustitución de bajas y vacaciones de los trabajadores adscritos al contrato, dicha contratación se realizará con personas que, cumpliendo los requisitos de capacidad y formación necesarios para el correcto desempeño de las funciones propias de los perfiles profesionales exigidos en el pliego de prescripciones técnicas, estén incluidos en alguno de los colectivos enumerados a continuación: a) Personas con discapacidad que tengan posibilidades de inserción en el mundo laboral. b) Personas beneficiarias xx xxxxx garantizada de ciudadanía. c) Parados de larga duración mayores de cuarenta y cinco años. d) Jóvenes en paro, fundamentalmente mujeres. e) Mujeres víctimas de violencia de género. Para el seguimiento de esta condición el adjudicatario enviará trimestralmente a la Dirección del Centro un informe de ejecución que adjunte una relación de nombres, apellidos y NIF de los empleados adscritos al servicio, junto con una copia de los contratos de trabajo de las personas que no figuren en la relación inicialmente aportada. La acreditación del cumplimiento de esta condición especial de ejecución se realizará según lo establecido en Anexo I.II.3 y 5 del Acuerdo 44/ 2016 antes citado. 3.- La obligación del adjudicatario de cumplir la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos. Esta obligación tiene el carácter de obligación contractual esencial de conformidad con lo dispuesto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211. 4.- El contratista deberá utilizar productos respetuosos con el medio ambiente, biodegradables, limitando el uso de desinfectantes cloratos y no utilizando compuestos de sustancias nocivas. Solo se podrán utilizar |
otros productos cuando en el mercado no exista un producto ecológico equivalente. Los productos de limpieza que se utilicen tendrán que cumplir con las normas comunitarias y las etiquetas de los envases tendrán que conservar la información relacionada con el riesgo del producto. Por este motivo tendrá que disponerse de una ficha de cada producto utilizado especificando: nombre del producto, tipo (desengrasante, desinfectante, captador de polvo, etc.) y composición. Esta condición de ejecución del contrato se tendrá que acreditar, a petición del responsable del contrato, con la presentación de los albaranes de compra en que se especifiquen los productos o cualquier otro documento que deje constancia de las especificaciones de los productos de limpieza utilizados. El incumplimiento de estas condiciones especiales de ejecución dará lugar a la imposición de penalidades, salvo la establecida en el apartado 3, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 30 de este Pliego. |
22. PENALIDADES |
- El incumplimiento de la condición especial de ejecución establecida en la cláusula 23 punto 1 de este pliego dará lugar a la imposición de una penalidad por importe de 7% del precio de adjudicación del contrato, IVA excluido. - El incumplimiento de la condición especial de ejecución establecida en la cláusula 23, punto 2 de este pliego, dará lugar a la imposición de una penalidad por importe de 2% del precio de adjudicación del contrato, IVA excluido. - El incumplimiento de la condición especial de ejecución establecida en la cláusula 23, punto 4 de este pliego, dará lugar a la imposición de una penalidad por importe de 1% del precio de adjudicación del contrato, IVA excluido. |
23. CAUSAS Y SUPUESTOS ESPECIALES DE RESOLUCIÓN |
Son causas de resolución del contrato, las previstas en los artículos 211 y 313 de la LCSP, con los derechos que se establecen en los mismos. Será asimismo causa de resolución del contrato el incumplimiento de las obligaciones contractuales calificadas como esenciales en la cláusula 22 de este pliego. Además el contrato podrá ser resuelto por el órgano de contratación cuando se produzca incumplimiento del plazo total, siempre que el órgano de contratación no opte por la imposición de las penalidades señaladas en el artículo 193 de la LCSP y en la cláusula 30 de este pliego. Si el retraso fuera por motivos no imputables al contratista se estará a lo dispuesto en el artículo 195 de la LCSP. Cada vez que las penalidades por demora alcancen el múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. |
24. INFORMACIÓN (para realizar cualquier aclaración sobre el expediente de contratación) |
PLIEGO DE CLAÚSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES: |
Persona de contacto: Jefa de Servicio de Contratación |
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Persona de contacto: Jefe de Servicio de Gestión de Centros |
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO DE SERVICIOS MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO Y VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Expediente: A2020/012302
TÍTULO DEL CONTRATO: SERVICIO DE LIMPIEZA DE LA UNIDAD DE VALORACIÓN Y ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y DEL CENTRO DE DÍA ÁVILA I DEPENDIENTES DE LA GERENCIA TERRITORIAL DE SERVICIOS SOCIALES XX XXXXX.
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X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000
CONTRATO DE SERVICIOS PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
INDICE DEL CLAUSULADO
CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES. I.- DISPOSICIONES GENERALES
1. Objeto del contrato.
2. Régimen Jurídico.
3. Codificación del objeto del contrato y necesidades administrativas a satisfacer.
4. Órgano de contratación.
5. Perfil del contratante e información a los licitadores.
6. Presupuesto base de licitación y su distribución en anualidades. Valor estimado del contrato.
7. Existencia de crédito.
8. Precio del contrato. Revisión de precios aplicable.
8.1. Precio del contrato.
8.2. Revisión de precios.
9. Plazo de ejecución del contrato. Prórrogas. 9.1.- Plazo de ejecución
9.2.- Prórrogas.
10. Capacidad para contratar y solvencia del empresario.
II.- SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
11. Tramitación del expediente y procedimiento de adjudicación.
12. Criterios de adjudicación del contrato y ponderación.
Criterios de adjudicación valorados mediante la aplicación de fórmulas.
13. Presentación de las proposiciones.
13.1.- Presentación de ofertas por medios electrónicos. 13.2.- Forma y contenido de las proposiciones: Sobre único. 13.3.- Examen de las ofertas.
14.- Constitución de la Mesa de Contratación. Apertura, evaluación, clasificación de las ofertas y propuesta de adjudicación.
15.- Ofertas con valores anormales o desproporcionados
16.- Documentación exigible al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación. 17.- Adjudicación del contrato.
18.- Decisión de no adjudicar el contrato y desistimiento. 19.- Formalización del contrato.
20.- Comunicaciones electrónicas.
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000 0
III.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
III.I.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
21. Pago del precio.
22. Obligación contractual esencial.
23. Condición especial de ejecución del contrato.
24. Obligaciones laborales, sociales, fiscales y de protección del medio ambiente.
25. Reglas especiales respecto al personal laboral de la empresa contratista.
26. Otras obligaciones en relación a la ejecución del contrato.
26.1 Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo.
26.2 Obligaciones del contratista en supuestos de subcontratación.
26.3 Seguro.
26.4 Seguridad y salud.
26.5 Deber de sigilo y confidencialidad.
26.6 Gastos e Impuestos.
III.II.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
27. Principio de riesgo y xxxxxxx.
28. Lugar de prestación del servicio.
29. Seguimiento del servicio. Responsabilidad del contratista.
30. Penalidades.
a.- Por demora.
b.- Por incumplimiento de condiciones especiales de ejecución.
c.- Por incumplimiento de la obligación de facilitar la información relativa a las condiciones de subrogación en contratos de trabajo o por facilitarla de forma incompleta.
d.-Por incumplimiento en materia de subcontratación. e.- Por incumplimiento parcial o defectuoso.
31. Modificación del contrato.
32. Suspensión del contrato.
33. Cesión del contrato.
IV.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
34. Cumplimiento del contrato.
35. Resolución del contrato.
36. Plazo de garantía.
37. Liquidación del contrato. Devolución y cancelación de la garantía.
38. Prerrogativas de la Administración, recursos y jurisdicción.
38.1 Prerrogativas de la Administración.
38.2 Recursos
38.3 Jurisdicción competente.
39. Protección de datos personales.
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X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000
INDICE DE ANEXOS:
ANEXO I.- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE QUE CUMPLE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS LEGALMENTE PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN.
ANEXO II.- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ACTUALIZACIÓN DE DATOS REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES.
ANEXO III.- MODELO DE OFERTA ECONÓMICA Y RESTO DE CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS MATEMÁTICAS.
ANEXO IV.- MODELO DE DECLARACIÓN IDENTIFICACIÓN DE LA PERSONA DE CONTACTO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES EN EL BUZÓN ELECTRÓNICO.
ANEXO V.- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 45 DE LA LEY ORGÁNICA 3/2007, DE 22 XX XXXXX, PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES.
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000 0
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DE LA GERENCIA DE SERVICIOS SOCIALES XX XXXXXXXX Y LEÓN, QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO Y VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN, DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LA UNIDAD DE VALORACIÓN Y ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y DEL CENTRO DE DÍA ÁVILA I DEPENDIENTES DE LA GERENCIA TERRITORIAL DE SERVICIOS SOCIALES XX XXXXX.
NO
SI
CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN
ARMONIZADA:
TRAMITACIÓN ORDINARIA
I.- DISPOSICIONES GENERALES
CLÁUSULA 1.- OBJETO DEL CONTRATO
El contrato al que este pliego se refiere tiene por objeto la contratación del servicio de limpieza de la Unidad de Valoración y Atención a personas con discapacidad y del Centro de Día Ávila I, dependientes de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales xx Xxxxx, en los términos y condiciones que se especifican en el Pliego de Prescripciones Técnicas (en adelante PPT).
El objeto del presente contrato no admite fraccionamiento en lotes, por la existencia de una única finalidad técnica y económica de las diferentes prestaciones que se contratan.
Tampoco se puede considerar que en el objeto del contrato concurran diferentes especializaciones ni diferentes gremios implicados, que ayudasen a mejorar el contenido de cada contrato individualmente. En definitiva, se puede considerar que la naturaleza del objeto del contrato implica la necesidad de coordinar la ejecución de las diferentes prestaciones, la adecuada organización de los periodos de descanso entre todo el personal disponible, etc. Cuestiones que podrían verse dificultadas o imposibilitadas por su división en lotes y ejecución por una pluralidad de contratistas diferentes.
Se considera que el lote único de la presente contratación confiere una mayor eficiencia en la ejecución de los servicios a contratar.
CLÁUSULA 2.- RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato al que se refiere el presente Xxxxxx tiene carácter administrativo de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP) y la naturaleza propia de los contratos de servicios, definidos en el artículo 17 de esta norma.
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X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000
Atendiendo a su valor estimado, este contrato no está sometido a regulación armonizada, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1.b) de la LCSP.
Este contrato se rige por el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (en adelante PCAP), por el PPT, por la LCSP, por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 8 xx xxxx, de Contratos del Sector Público, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado mediante Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP), estos dos últimos en cuanto no se encuentren derogados por la LCSP.
Así mismo está sometido a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos, esto es, a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y al Reglamento General de Protección de Datos de la UE (Reglamento UE 2016/679, de 27 xx xxxxx) relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a libre circulación de estos datos.
Supletoriamente, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo, y en su caso, las de derecho privado.
Tanto el PCAP como el PPT, revisten carácter contractual, por lo que las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en ellos y deberán ser firmados por el adjudicatario, en prueba de conformidad, en el mismo acto de formalización del contrato.
El contrato se ajustará al contenido de los anteriores documentos, los cuales se consideran parte integrante de su clausulado. En caso de existir discordancia entre el PCAP y los demás documentos contractuales, prevalecerá el primero respecto a los restantes.
CLÁUSULA 3.- CODIFICACIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO Y NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER.
Código clasificación estadística CPA -2008: 81.21.10 “Servicios de limpieza general de edificios”. Reglamento (UE) Nº 1.209/2014, de la Comisión, que modifica el Reglamento (CE) Nº 451/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 xx xxxxx de 2008.
Código nomenclatura CPV (2008): 90911200-8 Servicio de Limpieza de edificios.
Reglamento (CE) Nº 213/2008, de la Comisión de 28 de noviembre de 2007 que modifica el Reglamento (CE) 2195/2002 del Parlamento y del Consejo.
El contrato se justifica en la necesidad de garantizar el mantenimiento, en adecuadas condiciones de higiene y salubridad, de las instalaciones de la Unidad de Valoración y Atención a Personas con Discapacidad y del Centro de Día Ávila I, dependientes de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales xx Xxxxx, necesarios para el cumplimiento de los fines institucionales propios de este Organismo.
La Gerencia de Servicios Sociales no dispone de los medios personales para el desarrollo y consecución de la prestación que se propone contratar, por lo que se acude a su contratación externa.
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000 0
CLÁUSULA 4.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
Ostenta la condición de órgano de contratación el Gerente de Servicios Sociales, en virtud de la Resolución de 4 de noviembre de 2020, por la que se avocan en el Gerente de Servicios Sociales las competencias para la tramitación de expediente de contratación, delegadas en el Gerente Territorial de Servicios Sociales xx Xxxxx por la Resolución de 00 xx xxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxx de Servicios Sociales, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias del Gerente de Servicios Sociales en diversos órganos y unidades administrativas dependientes de este Organismo Autónomo.
CLÁUSULA 5.- PERFIL DE CONTRATANTE E INFORMACIÓN A LOS LICITADORES.
El anuncio de licitación de este contrato, junto con el PCAP y el PPT así como el resto de documentación del procedimiento de contratación a la que se refiere el artículo 63 de la LCSP se publicará en el perfil de contratante de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, Gerencia de Servicios Sociales, alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público, a la que se puede acceder a través del siguiente enlace: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxxxxxx.
Cuando las empresas licitadoras soliciten información adicional sobre los pliegos y demás documentación complementaria a la que se refiere el artículo 138 de la LCSP, el órgano de contratación la proporcionará, al menos con 3 días de antelación a la finalización del plazo fijado para la presentación de ofertas, siempre que dicha información se haya solicitado al menos 5 días antes del transcurso del plazo de presentación de proposiciones.
En los casos en que lo solicitado sean aclaraciones a lo establecido en los pliegos o resto de documentación, las respuestas tendrán carácter vinculante y se publicarán en el perfil de contratante en términos que garanticen la igualdad y concurrencia en el procedimiento de licitación.
La dirección del órgano de contratación se encuentra en la Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, xx 0, 00000 Xxxxxxxxxx.
CLÁUSULA 6.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y SU DISTRIBUCIÓN EN ANUALIDADES. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO.
El presupuesto base de licitación de este contrato asciende a 62.931,93 €, incrementado en 13.215,71 € de IVA, al 21%, total, 76.147,64 €, financiado con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias y anualidad:
AÑO | Aplicación Presupuestaria | Presupuesto (Sin IVA) | IVA (21%) | Presupuesto total (IVA Incluido) |
2021 | 09.21.231B04.22700.1 | 37.343,91 € | 7.842,22 € | 45.186,13 € |
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2021 | 09.21.231B03.22700.1 | 25.588,02 € | 5.373,49 € | 30.961,51 € |
Al ser el pago a mes vencido una vez prestado el servicio, el mes de diciembre de cada año se abonará con cargo a los créditos del ejercicio siguiente.
• DESAGREGACIÓN ESTIMADA ANUAL DE COSTES LABORALES:
CENTR OS TRABA JO | CATEGO RIA PROFESI ONAL | HORAS / SEMA NA | ANTIGÜ EDAD | FECHA FIN CONTR ATO | COST X XXXX XXXX SALA RIO BRUT O ANUA L | Otros ingre sos y emol u- ment os | CUOTA EMPRES ARIAL SEGURID AD SOCIAL | TOTA L COST X XXXX XXXX | COSTE SALARIA L CON ABSENTI SMO (12%) | PORCENT AJE MODIFICA CIÓN | TOTAL COSTE SALARIAL ANUAL 2020 DESPUÉS DE MODIFICACIÓ N |
LIMPIAD | 17/04/2 | 9.484, | 562,5 | 12.66 | 14.180,9 | Reducción | |||||
OR/A | 24 | 012 | 28 | 0 | 3.177,24 | 1,52 | 0 | 30% | 9.926,63 | ||
CD | LIMPIAD | 04/10/2 | 4.009, | 5.352, | Reducción | ||||||
Ávila I | OR/A | 10 | 010 | 50 | 1.343,18 | 68 | 5.995,00 | 30% | 4.196,50 | ||
LIMPIAD | 30/01/1 | 17.55 | 1.050 | 23.43 | 26.246,8 | Reducción | |||||
OR/A | 39 | 997 | 4,09 | ,00 | 5.880,62 | 4,71 | 8 | 30% | 18.372,81 | ||
LIMPIAD | 20/07/1 | 3.805, | 5.080, | Increment | |||||||
Unidad Valora ción | OR/A | 10 | 976 | 67 | 1.274,90 | 57 | 5.690,24 | o 15% | 6.543,77 | ||
LIMPIAD OR/A | 11,25 | 15/02/1 993 | 4.606, 49 | 1.543,18 | 6.149, 67 | 6.887,63 | Increment o 15% | 7.920,77 | |||
LIMPIAD | 23/10/2 | 4.537, | 6.057, | Increment | |||||||
OR/A | 12,5 | 014 | 21 | 1.519,96 | 17 | 6.784,03 | o 15% | 7.801,63 | |||
TOTAL | |||||||||||
CONTR | 58.73 | 65.784,6 | |||||||||
ATO | 6,32 | 8 | 54.762,13 |
El convenio colectivo provincial para la actividad de limpieza de edificios y locales en Ávila (Boletín Oficial de la provincia xx Xxxxx 01/08/2018) tiene vigencia desde el 01/01/2018 hasta el 31/12/2021.
El cálculo de los costes laborales y su desglose se ha realizado a partir del certificado de personal a subrogar facilitado por la empresa adjudicataria del contrato en vigor, que finaliza el 30/11/2020, incrementando dichos costes en un 12% en concepto de absentismo.
A partir de dicho certificado, a la hora de efectuar los cálculos se ha tenido en cuenta que en el Pliego de Prescripciones Técnicas se ha introducido una serie de modificaciones con respecto al contrato en vigor, modificaciones que están motivadas por la situación actual de crisis sanitaria ocasionada por la
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COVID-19. Dichas modificaciones, que afectan a las frecuencias solicitadas, a los horarios de prestación del servicio y a los espacios a limpiar, son las siguientes:
- No inclusión en el objeto del contrato del Centro de Día Xxxxx II, que, al no disponer de servicio de estancias diurnas, en la actualidad permanece cerrado, de acuerdo con lo establecido en el apartado IV.1 del Anexo del Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, de la Junta xx Xxxxxxxx y León, por el que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se aprueba el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, en la Comunidad xx Xxxxxxxx y León. Dicho apartado establece que permanecerán cerrados, en tanto no se dicte su reapertura por la Junta xx Xxxxxxxx y León, los centros de día de atención social destinados exclusivamente al ocio para personas mayores.
- Se ha incrementado la frecuencia de realización de algunas prestaciones del servicio de limpieza para atender las necesidades surgidas como consecuencia de la crisis sanitaria. Tal como establece el mencionado Acuerdo 76/2020, el director o responsable de los centros deberá asegurar que se adoptan las medidas de limpieza y desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso de los establecimientos. Dicho Acuerdo también recoge que en las tareas de limpieza y desinfección se prestará especial atención a las zonas de uso común y a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mesas, muebles, pasamanos, etc.
- En el Centro de Día Ávila I se reducen los días de prestación del servicio y los espacios a limpiar ya que, en la actualidad, este centro se encuentra parcialmente abierto, únicamente para el desarrollo del servicio de estancias diurnas.
Estas modificaciones de frecuencias, horarios y espacios a limpiar se traducen en los siguientes porcentajes que se han aplicado a los costes laborales de los centros objeto del contrato:
- Centro de Día Ávila I: reducción del 30%
- Unidad de Valoración y Atención a Personas con Discapacidad: incremento del 15%
Por otra parte, y dado que la duración del contrato será de doce meses a partir del 1/12/2020, en el cálculo de los costes laborales se ha tenido en cuenta, para las mensualidades de enero a noviembre de 2021, el incremento de retribuciones del 1,5% contemplado en el Convenio colectivo provincial para la actividad de limpieza de edificios y locales en Ávila.
Diciembre 2020 | Enero-Nov 2021 (incremento previsto 1,5%) | Total ejercicio 2021 (dic 2020-nov 2021) | |
COSTES LABORALES | 4.563,51 | 50.951,60 | 55.515,11 |
• DESGLOSE DEL PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
55.515,11
COSTES LABORALES
9
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000
GASTOS GENERALES (4%) | 2.220,60 |
TOTAL | 57.735,71 |
BENEFICIO INDUSTRIAL (9%) | 5.196,22 |
BASE IMPONIBLE | 62.931,93 |
IVA 21% | 13.215,70 |
TOTAL | 76.147,63 |
El valor estimado del contrato, calculado de acuerdo con lo establecido en el artículo 101 de la LCSP, asciende a 62.931,93 €, que coincide con el presupuesto base de licitación, IVA excluido.
CLÁUSULA 7.- EXISTENCIA DE CRÉDITO.
Las obligaciones económicas que se derivan de este contrato se atenderán con cargo a las partidas presupuestarias y anualidad indicada en la cláusula anterior, para las que existe crédito suficiente.
CLÁUSULA 8.- PRECIO DEL CONTRATO. REVISIÓN DE PRECIOS APLICABLE.
8.1.- Precio del contrato.
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo e incluirá, como partida independiente, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que deba soportar la Administración, y se abonará con cargo a la anualidad indicada en este pliego.
En el precio del contrato se consideran incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos, que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en los documentos contractuales y en el presente pliego y demás disposiciones de aplicación.
8.2.- Revisión de Precios.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de la LCSP y en el Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de desindexación de la economía española, en este contrato no se revisarán los precios.
CLÁUSULA 9.- PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. PRÓRROGAS.
9.1.- Plazo de ejecución.
El plazo de duración del contrato será de 12 meses, a contar desde el día 1 de diciembre de 2020 o desde el día siguiente a la formalización del contrato, si ésta es posterior a esa fecha.
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000 00
9.2 - Prórrogas.-
El contrato no será prorrogado.
No obstante, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 29.4 de la LCSP, podrá prorrogarse, sin modificar las restantes condiciones del mismo, hasta que comience la ejecución del nuevo contrato, y en todo caso por un periodo máximo de 9 meses, cuando al vencimiento de este contrato no se hubiese formalizado uno nuevo que garantice la continuidad de la prestación a realizar por el contratista como consecuencia de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación producidas en el procedimiento de adjudicación y existan razones de interés público para no interrumpir la prestación, siempre que el anuncio de licitación de este nuevo contrato se haya publicado con una antelación mínima de tres meses respecto de la fecha de finalización del contrato originario.
CLÁUSULA 10.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y SOLVENCIA DEL EMPRESARIO.
Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios (en adelante UTE), que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones para contratar con la Administración establecidas en el artículo 71 de la LCSP y que acrediten estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera y técnica o profesional por los medios que se especifiquen en el anuncio de licitación y en este pliego.
Asimismo, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 159.4 de la LCSP, los licitadores que presenten oferta a la licitación de este contrato deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, en la fecha final de presentación de ofertas, o cuando proceda, de acuerdo con lo establecido en el artículo 96.2 de la LCSP, en el Registro de Licitadores de una Comunidad Autónoma, en este caso, la xx Xxxxxxxx y León.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Para las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y para las empresas no comunitarias se estará a lo dispuesto en los artículos 67 y 68 de la LCSP, respectivamente.
Para las Uniones Temporales de Empresarios (en adelante, UTE), se atenderá a lo dispuesto en el artículo 69 de la LCSP.
Si durante la tramitación de este procedimiento y antes de la formalización del contrato se produjese una operación de fusión, escisión, transmisión del patrimonio empresarial o de una rama de la actividad, le sucederá a la empresa licitadora en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio
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X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000
empresarial o de la correspondiente rama de actividad, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite su solvencia en las condiciones exigidas en este pliego para poder participar en el procedimiento de adjudicación, de conformidad con el artículo 144 de la LCSP.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 70 de la LCSP, el órgano de contratación tomará las medidas adecuadas para garantizar que la participación en la licitación de las empresas que hubieran participado previamente en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato o hubieran asesorado al órgano de contratación durante la preparación del procedimiento de contratación, no falsee la competencia.
En caso de que el órgano de contratación optara por la exclusión de las citadas empresas, por entender que no hay otro modo de garantizar el cumplimiento del principio de la igualdad de trato, se les dará audiencia para que justifiquen que su participación en la fase preparatoria no puede tener efecto de falsear la competencia o de dispensarle un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
No podrán concurrir a esta licitación los empresarios que se hallen comprendidos en alguno de los supuestos de incompatibilidades regulados en la Ley 3/2016, de 30 de noviembre, del Estatuto de los Altos Cargos de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León.
II.- SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
CLÁUSULA 11.- TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
El expediente de contratación se tramitará de forma ordinaria. La adjudicación se realizará mediante procedimiento abierto simplificado con varios criterios de adjudicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 159, apartados 1 al 4 de la LCSP.
CLÁUSULA 12.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y PONDERACIÓN.
La evaluación de las ofertas se realizará conforme a los siguientes criterios de adjudicación valorados mediante la aplicación de fórmulas: hasta un máximo de 100 puntos.
1º.-OFERTA ECONÓMICA.- Se valorará con un máximo de 95 puntos de acuerdo con la siguiente fórmula:
La mayor cantidad de baja ofertada sobre el presupuesto base de licitación (IVA excluido) será valorado con la máxima puntuación establecida para este criterio; la oferta que no realice ninguna baja se valorará con 0 puntos; atribuyéndose a los restantes importes (cantidades) de baja ofertados la puntuación que proceda proporcionalmente por el procedimiento de regla de tres simple directa.
La formulación matemática de este sistema es el siguiente:
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000 00
Donde:
Pi es la puntuación correspondiente a la oferta que se está valorando. Z es la puntuación máxima del criterio establecido en el Pliego
T es el tipo de licitación
Om es la oferta económica más barata. Oi es la oferta que se está valorando.
Si la empresa no presenta un precio por debajo del tipo de licitación, esto es, T= Oi, entonces Pi= 0
Desproporcionalidad o anormalidad. El carácter desproporcionado o anormal de una oferta se apreciará de acuerdo con los parámetros objetivos establecidos en el artículo 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, sin perjuicio de la facultad del órgano de contratación de apreciar, no obstante, previa la tramitación del procedimiento, como susceptible de normal cumplimiento dicha proposición.
En todo caso, se considerará la oferta anormalmente baja siempre que sea inferior a los costes salariales dispuestos en los convenios colectivos sectoriales vigentes o en los de aplicación si fueran superiores.
Documentación exigida: Anexo III.
2º.- BOLSA DE HORAS GRATUITA. Se valorará con un máximo de 5 puntos.
El adjudicatario podrá poner a disposición de la Gerencia Territorial una bolsa de horas gratuita para dar cobertura a incidencias excepcionales, acontecimientos imprevistos (obras, accidentes, actos vandálicos, actos públicos, manifestaciones, etc.) o por requerimientos específicos de la Dirección del Centro. En la situación actual de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 es importante disponer de una bolsa de horas gratuita para atender, siempre que sea requerido por la Gerencia Territorial, servicios extraordinarios de limpieza y desinfección.
El número máximo de horas que se puede ofertar será de 200 horas.
La no oferta por un licitador de este tipo de horas gratuitas no podrá ser en ningún caso considerado motivo de exclusión.
La puntuación se distribuirá de la siguiente forma:
- 5 puntos a la propuesta que oferte mayor nº de horas.
13
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000
- 0 puntos a la propuesta que no oferte horas gratuitas.
- El resto se valorarán proporcionalmente por el procedimiento de regla de tres simple directa.
Documentación exigida: Anexo III.
CLÁUSULA 13.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
Las proposiciones de los interesados serán secretas y deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad alguna, así como la autorización a la Mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado Miembro de la Unión Europea.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisibilidad de todas las propuestas por él suscritas.
Este contrato no admite VARIANTES.
De acuerdo con lo dispuesto en el 133 de la LCSP, las empresas licitadoras podrán declarar como confidencial parte de la documentación o información que faciliten, sin que esta declaración pueda extenderse a todo el contenido de la proposición. Esta circunstancia deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento aportado. El carácter confidencial afectará, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas y a cualesquiera otras informaciones cuyo contenido pueda ser utilizado para falsear la competencia, ya sea en este procedimiento de licitación o en otros posteriores.
Los licitadores no podrán retirar su proposición durante el plazo de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones. Dicho plazo quedará ampliado en quince días cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 149.4 de la LCSP relativo a las ofertas con valores anormales o desproporcionados. La retirada indebida de una proposición será causa que impedirá al licitador contratar con las Administraciones Públicas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71.2.a) de la LCSP.
Las proposiciones de los interesados junto con la documentación correspondiente se presentarán en el plazo señalado en el anuncio de licitación publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público, en la forma que a continuación se señala:
13.1.- Presentación de ofertas por medios electrónicos.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 3º de la Disposición adicional decimoquinta de la LCSP, las ofertas se presentarán utilizando medios electrónicos a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público (xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx), de acuerdo con lo previsto en la Guía de los Servicios
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000 00
de Licitación Electrónica para Empresas, que podrán encontrar en el siguiente enlace, https://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/wps/`portal/guiasAyuda.
A estos efectos, es requisito inexcusable ser un usuario registrado y rellenar tanto los datos básicos como los datos adicionales ( ver Guía de Utilización de la Plataforma de Contratación del Sector Público para Empresas, Guía del Operador Económico, disponible en el anterior enlace).
- Los licitadores, con carácter previo a su participación en cualquier procedimiento de licitación de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, deberán también darse de alta o actualizar sus datos en la Plataforma Duero de contratación electrónica, si no hubieran realizado esta actualización después del 19 xx xxxx de 2017, o habiéndola realizado, sus datos hubieran variado con posterioridad.
- El alta y la actualización en la Plataforma Duero se realizará accediendo al formulario que tiene a su disposición en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxx.xx “Solicitud de alta/ modificación de datos de empresa”.
- El servicio de atención al ciudadano 012 (983 327 850, desde fuera xx Xxxxxxxx y León) podrá asistir a los licitadores en el proceso de alta, quienes, en todo caso, pueden consultar los requisitos técnicos que debe disponer su equipo si acceden con el navegador a la dirección xxxx://xxx.xx.xxxx.xx/xxxxx0/
Las ofertas deberán enviarse a través de la “Herramienta de Preparación y Presentación de Ofertas”, por lo que no se admitirán aquellas ofertas que no sean presentadas a través de esta herramienta, o dentro del plazo señalado en el anuncio de licitación.
13.2.- Forma y contenido de las proposiciones: Sobre único.
Las proposiciones de los licitadores se presentarán en UN ÚNICO SOBRE, firmado electrónicamente por el licitador o su representante y, en el caso de concurrir en UTE, deberá ir firmado por todos los componentes de la misma, a través de “Herramienta de Preparación y Presentación de Ofertas”, para lo que nos remitimos a la Guía de los Servicios de Licitación Electrónica para Empresas, que podrán encontrar en el siguiente enlace: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxXxxxx .
Contenido del sobre único: “Documentación administrativa. Proposición económica y resto de criterios
de adjudicación valorables mediante fórmulas matemáticas”.
La relación de documentos a incluir en este sobre es la siguiente:
1.- Declaración responsable del licitador sobre el cumplimiento de los requisitos previos para participar en este procedimiento de contratación, ajustada al modelo que se adjunta como Anexo I a este pliego.
- En el caso de que varios empresarios concurran agrupados en una unión temporal, se aportará una declaración responsable, también ajustada al Anexo I, por cada empresa participante, además del compromiso de constituir la unión temporal por parte de los empresarios que sean parte de la misma, haciendo constar en este documento privado los siguientes extremos:
-Los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben.
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X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000
-La participación de cada uno de ellos.
-El nombramiento de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo.
En este caso la oferta deberá estar firmada por todos y cada uno de los miembros que la componen.
-Cuando el empresario recurra a la solvencia y medios de otras empresas, cada una de ellas también deberá presentar una declaración responsable, ajustada al Anexo I, en la que figure la información pertinente.
- Las empresas extranjeras, en el caso de que el contrato vaya a ejecutarse en España, además de la declaración responsable, deben aportar una declaración de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir en el contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. (Según el modelo que se adjunta como Anexo I a este pliego).
Las circunstancias relativas a la capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar a las que hace referencia esta declaración responsable, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato.
No obstante, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 140.3 de la LCSP, el órgano de contratación podrá pedir a los candidatos o licitadores que presenten la totalidad o una parte de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos a los que se refiere la declaración responsable, cuando considere que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la misma, en orden a garantizar el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato.
2.- Declaración responsable, conforme al modelo que se acompaña como Anexo IV a este pliego, relativa a la identificación de la persona de contacto a efectos de notificaciones en el buzón electrónico.
3.- Oferta económica y demás criterios de adjudicación valorados mediante la aplicación de fórmulas matemáticas.
En este sobre se incluirá la oferta económica y resto de criterios de adjudicación valorados mediante la aplicación de fórmulas matemáticas, debidamente firmada por quien tenga poder suficiente para ello, y ajustada al modelo que se adjunta a este pliego como Xxxxx XXX.
En la oferta económica deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
En caso de discrepancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letra, prevalecerá la consignada en letra.
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000 00
Cuando en la herramienta de licitación se exija cumplimentar la cifra de la oferta económica y exista discrepancia entre ésta y la presentada conforme al modelo del Xxxxx XXX, prevalecerá lo consignado en este último.
La valoración de la oferta económica se hará tomando en consideración únicamente el importe de la base imponible consignada por el licitador en su oferta económica, teniendo en cuenta lo establecido en los párrafos anteriores.
Serán desechadas aquellas proposiciones que no guarden concordancia con la documentación examinada y admitida, tengan omisiones, errores, tachaduras que impidan conocer claramente los términos en los que la oferta esté formulada, excedan del presupuesto base de licitación, variaran sustancialmente el modelo establecido, o comporten error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable.
13.3.- Examen de las ofertas.
La custodia electrónica de las ofertas, la apertura y la evaluación electrónica de la documentación, se realizará a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Por ello no se realizará acto público para la apertura de las ofertas económicas (Artículo 157.4 de la LCSP, puesto en relación con el artículo 159.4, letra h)).
CLÁUSULA 14.- CONSTITUCIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. APERTURA, EVALUACIÓN, CLASIFICACIÓN DE LA OFERTAS Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN.
El órgano de contratación estará asistido por una Mesa de Contratación, cuya composición se ajustará a lo establecido en el artículo 79.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León y en el 326 de la LCSP.
La Mesa de Contratación se constituirá electrónicamente a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público, para proceder, en el día y hora señalados en el anuncio de licitación a la apertura electrónica del ÚNICO SOBRE y calificará la documentación presentada por los licitadores.
Cuando la Mesa de Contratación, conforme a lo dispuesto en el artículo 141.2 de la LCSP aprecie defectos subsanables, lo notificará al empresario por los medios de comunicación electrónica de que dispone la Plataforma de Contratación del Sector Público, y lo hará público el mismo día a través del perfil de contratante, concediéndole un plazo de tres días, desde el envío de la notificación para que los subsane ante la Mesa de contratación, por los mismos medios. El licitador que no subsane los defectos u omisiones de la documentación presentada será excluido definitivamente del procedimiento de adjudicación.
Una vez examinada la documentación aportada, se determinará las empresas admitidas a la licitación, las rechazadas y las causas de su rechazo, según proceda.
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X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000
Seguidamente, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 159.4 de la LCSP, previa exclusión, en su caso, de las ofertas que no cumplan los requerimientos xxx xxxxxx, se procederá evaluar y clasificar las ofertas de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos en este pliego, y se realizará la propuesta de adjudicación a favor del licitador con mejor puntuación.
A continuación la Mesa de Contratación procederá a comprobar en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en el Registro de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León (en éste último caso, mediante certificación aportada por el licitador) que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar y requerirá a la empresa que haya obtenido la mejor puntuación mediante comunicación electrónica para que presente la documentación necesaria para la adjudicación y, en su caso, cualquier otra documentación que no figura inscrita en el Registro de Licitadores, en los términos establecidos en la cláusula 16 de este pliego.
En el caso de que la oferta del licitador que haya obtenido la mejor puntuación se presuma que es anormalmente baja como resultado de la aplicación de los parámetros establecidos en la cláusula 12 de este pliego, se tramitará el procedimiento previsto en la cláusula 15.
Criterios de desempate. En el caso de que tras la aplicación de los criterios de adjudicación se produzca un empate entre dos o más ofertas, se aplicarán los siguientes criterios de desempate, de acuerdo con el artículo 147.1 de la LCSP:
- Empresas que, al vencimiento del plazo de presentación de proposiciones, tengan en su plantilla un porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al que les imponga la normativa. En caso de que se encuentren igualadas, tendrá preferencia la empresa licitadora que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla
-Empresas que, al vencimiento del plazo de presentación de proposiciones, incluyan medidas de carácter social y laboral que favorezcan la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, como planes de igualdad cuando no sea obligatorio de acuerdo con la normativa aplicable, y medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
A tales efectos, el órgano de contratación, antes de la adjudicación, requerirá a los licitadores empatados la documentación acreditativa de la concurrencia de los criterios de preferencia relacionados.
Si aun así persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas tiene preferencia conforme al párrafo anterior, se estará a lo dispuesto en el artículo 147.2 de la LCSP.
De todo lo actuado, conforme a los apartados anteriores, se dejará constancia en las actas correspondientes en las que se reflejará el resultado del procedimiento y sus incidencias, y se generará un informe como actuación automatizada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, firmado con sello electrónico, de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.1 a) de esta misma norma, que se publicará en el tablón del licitador a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público.
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000 00
CLÁUSULA 15.- OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS
En el caso de que la oferta del licitador que haya obtenido la mejor puntuación se presuma que es anormalmente baja por darse los supuestos previstos en el artículo 149 de la LCSP, la Mesa de Contratación, siguiendo el procedimiento previsto en el citado artículo requerirá a este licitador para que, en un plazo de cinco (5) días hábiles, a contar desde el envío de la correspondiente comunicación, justifique y desglose razonada y detalladamente el bajo nivel de los precios, o de costes, o cualquier otro parámetro en base al cual se haya definido la anormalidad de la oferta, mediante la presentación de la información y documentos que resulten pertinentes a estos efectos.
El órgano de contratación, previo asesoramiento técnico del servicio correspondiente, rechazará las ofertas si comprueba que son anormalmente bajas porque vulneran la normativa sobre subcontratación o no cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral, nacional o internacional, incluyendo el incumplimiento de los convenios colectivos sectoriales vigentes.
En todo caso se entenderá que la justificación no explica satisfactoriamente el bajo nivel de los precios o costes propuestos por el licitador, cuando esta sea incompleta o se fundamente en hipótesis o prácticas inadecuadas desde el punto de vista técnico, jurídico o económico.
Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes mencionados en el apartado cuarto del artículo 149 de la LCSP, estimase que la información recabada no explica satisfactoriamente el bajo nivel de los precios o costes propuestos por el licitador y que, por lo tanto, la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la mejor oferta, de acuerdo con el orden en que xxxxx quedado clasificadas.
Cuando una empresa que hubiese estado incursa en presunción de anormalidad hubiera resultado adjudicataria del contrato, el órgano de contratación establecerá mecanismos adecuados para realizar un seguimiento pormenorizado de la ejecución del mismo con el objetivo de garantizar la correcta ejecución del contrato sin que se produzca una merma en la calidad de los servicios contratados.
De acuerdo con lo establecido en la cláusula 12 de este Pliego, en todo caso, se considerará la oferta anormalmente baja siempre que sea inferior a los costes salariales dispuestos en los convenios colectivos sectoriales vigentes o en los de aplicación si fueran superiores.
CLÁUSULA 16.- DOCUMENTACIÓN EXIGIBLE AL LICITADOR A CUYO FAVOR RECAIGA LA PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN.
Efectuada esta comprobación, la Mesa de Contratación, requerirá al licitador que haya obtenido la mejor puntuación para que en el plazo de siete (7) días hábiles, a contar desde el envío de la correspondiente comunicación, presente la siguiente documentación:
1) Documento acreditativo de la constitución de la garantía definitiva.
Documento acreditativo de haber constituido una garantía del 5 por ciento del precio de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor añadido.
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X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000
Para la constitución de la garantía se estará a lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la LCSP y 61 del RGLCAP y en el Decreto 7/2003, de 16 de enero, por el que se regula la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx y León.
La garantía podrá prestarse por alguna de las formas siguientes:
a).- En efectivo o en valores, que en todo caso serán de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en el artículo 55 del RGLCAP. El efectivo y los certificados de inmovilización de valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos dependiente de la Tesorería General de la Junta xx Xxxxxxxx y León o en cualquiera de las Secciones de Tesorería de los Servicios Territoriales de Hacienda de las Delegaciones Territoriales de la Junta xx Xxxxxxxx y León.
b).-Mediante aval prestado, en la forma y en las condiciones establecidas en el artículo 56 del RGLCAP, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España. El aval será depositado en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c).-Por contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones establecidas en el artículo 57 del RGLCAP, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro será entregado en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
De acuerdo con lo dispuesto en la ORDEN EYH/817/2018, de 16 de julio (BOCYL 24 de julio de 2018), que regula la constitución telemática de garantías en efectivo en la Caja General de Depósitos de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, se podrá realizar de forma telemática, de acuerdo con el procedimiento regulado en la citada Orden. (xxxxx://xxxxxxxx.xxxx.xx/xxx/xxxx/Xxxxxxxx/xx/Xxxxxxxxx000/0000000000000/_/_/_
En caso de que la oferta más ventajosa sea realizada por una unión temporal de empresas, la garantía podrá ser constituida por uno o varios de sus miembros, siempre que en su conjunto se alcance la cuantía requerida en el Pliego, y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal.
Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación.
La devolución o cancelación de la garantía definitiva se realizará, una vez producido el vencimiento del plazo de garantía señalado y cumplido satisfactoriamente el contrato, o resuelto éste sin culpa del contratista.
2) Documentación acreditativa de la obligación de contar con un 2% de trabajadores con discapacidad o de la adopción de medidas alternativas y de cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia de igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
Además, en los supuestos en los que sea obligatorio contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad, o adoptar las medidas alternativas correspondientes en cumplimiento a lo dispuesto en
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000 00
el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (B.O.E de 3 de diciembre), los licitadores aportarán un certificado de la empresa en que conste tanto el número global de trabajadores de plantilla como el número particular de trabajadores con discapacidad en la misma, o en el caso de haberse optado por el cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas, una copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración del licitador con las concretas medidas a tal efecto aplicadas.
Así mismo, en aquellos casos en los que sea obligatorio, la empresa o entidad adjudicataria deberá aportar una copia de su Plan de Igualdad.
En los casos en que no sea obligatorio que la empresa tenga un Plan de Igualdad, deberá presentar declaración responsable indicando que emplea a 250 o menos trabajadores y en aplicación del convenio colectivo aplicable, no tiene la obligación de elaborar y aplicar un Plan de Igualdad o que la autoridad laboral no ha acordado en un procedimiento sancionador la sustitución de las sanciones accesorias por la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad (De acuerdo con el modelo que se adjunta como Anexo V.
3) Obligaciones Tributarias.
Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
4) Obligaciones con la Seguridad Social.
Certificación positiva, expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Las circunstancias establecidas en los números 3 y 4 anteriores podrán también acreditarse mediante la aportación del certificado expedido por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas que acredite los anteriores extremos.
Asimismo, el licitador no estará obligado a aportar las certificaciones indicadas en los números 3 y 4 cuando hubiese autorizado a la Administración contratante a utilizar la información cedida al efecto por la Administración pública competente. Esta autorización la prestará el licitador en la “Herramienta de Preparación y Presentación de Ofertas”, generándose de forma automatizada el documento de autorización.
5) Impuesto sobre Actividades Económicas.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del RGLCAP, en relación con este impuesto deberá presentarse la siguiente documentación:
1) Alta en la matricula del impuesto. El epígrafe del Impuesto en el que esté dado de alta el empresario o profesional deberá corresponderse con el objeto del contrato.
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X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000
2) Recibo acreditativo de haber abonado el último ejercicio vencido del citado impuesto. La presentación del recibo servirá asimismo como acreditativo del alta en la matricula del impuesto. Cuando el empresario no pueda aportar dicho recibo por estar incluido en alguno de los supuestos previstos en el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberá presentar una declaración responsable de exención del impuesto.
En todo caso, las personas físicas no tendrán que aportar los documentos siguientes: RECIBO ACREDITATIVO Y DECLARACIÓN RESPONSABLE DE EXENCIÓN.
3) Declaración responsable, de no haberse dado de baja en la matricula del citado impuesto.
6) Los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos que no estén inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, o en el Registro Oficial de Licitadores xx Xxxxxxxx y León, siempre que no se hubiesen presentado con anterioridad. Los documentos concretos a presentar se detallarán en el requerimiento de documentación que se curse al licitador.
En el caso de que los datos relativos a la solvencia económica, financiera y técnica o profesional no figuren consignados en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, o en el Registro Oficial de Licitadores xx Xxxxxxxx y León, se deberá aportar por el licitador propuesto como adjudicatario los documentos que a continuación se indican:
Solvencia económica y financiera.
Declaración del empresario indicando el volumen anual de negocios, que referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de ofertas, deberá ser igual o superior al valor estimado del contrato 62.931,93 €.
Solvencia técnica o profesional.
Una relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de este contrato en el curso de los tres últimos años, en los que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
El importe anual acumulado que el empresario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado (3 últimos años) será de un importe igual o superior al 70% de la
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anualidad media del contrato (44.052,35 €), tomando como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyan el objeto del contrato la igualdad entre los dos primeros dígitos del código CPV que figura en la cláusula 3 de este pliego (90).
De acuerdo con lo establecido en el apartado 4 del artículo 90 de la LCSP, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, la solvencia técnica se acreditará de la forma siguiente:
- Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa, y del número de directivos durante los tres últimos años, debiendo disponer en plantilla de, al menos, 5 trabajadores y un directivo.
No obstante, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 77.1 b) de la LCSP, el empresario podrá acreditar su solvencia económica y financiera y técnica o profesional, mediante la aportación del correspondiente certificado de clasificación emitido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa junto con una a declaración sobre su vigencia y la de las circunstancias que sirvieron de base para la obtención de la misma, que acredite su clasificación en el siguiente Grupo, Subgrupo y Categoría:
Grupo U. Servicios generales Subgrupo 1 Servicios de limpieza. Categoría 1.
Para acreditar la solvencia necesaria el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de los citados medios y que la entidad a la que recurre no está incursa en una prohibición de contratar.
Si el licitador ha recurrido a las capacidades de otras empresas, deberá aportar también la documentación acreditativa de su personalidad jurídica y capacidad de obrar, el compromiso por escrito de las mismas que demuestre que efectivamente disponen de la solvencia y de los medios declarados para la ejecución del contrato (artículo 75 LCSP). En cuanto a la acreditación de la solvencia económica y financiera, deberán aportar, además, el compromiso de asumir de forma solidaria la responsabilidad de la ejecución del contrato.
En las UTE, a efectos de determinación de su solvencia, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes (artículo 24.1 del RGLCAP).
7) En el caso de empresario extranjero de un Estado miembro de la Unión Europea o signatario del Espacio Económico Europeo, la acreditación de la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones se podrá realizar bien mediante consulta en la correspondiente lista oficial de operadores económicos autorizados de un Estado miembro, bien mediante la aportación de la documentación acreditativa de los citados extremos.
Contestación al requerimiento.
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La contestación al requerimiento de documentación al licitador propuesto como adjudicatario se realizará a través del Registro electrónico ( Formulario Trámites del Procedimiento de contratación administrativa (xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxx.xx/xxx/xxxx/XxxxxxxxxxxxxxXxxxxxxxxxx/xx/Xxxxxxxxx000XxxxxxxXx ed/1251181050732/Tramite/1284395815261/Tramite
Cuando el empresario tenga que aportar documentos públicos notariales o registrales presentará directamente las copias auténticas de estos documentos públicos ante los servicios dependientes del órgano de contratación.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, y, de acuerdo con el artículo 150.2 de la LCSP, se le impondrá una penalidad por importe de un 3% del presupuesto base de licitación de este contrato, IVA excluido. Este importe se hará efectivo mediante ingreso, en periodo voluntario, en la cuenta tesorera de la Gerencia de Servicios Sociales que se indique en su momento y, en defecto de este, mediante el procedimiento administrativo de apremio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda aplicar lo establecido en la letra a) del artículo 71.2 de la LCSP respecto a las de prohibiciones de contratar.
En este supuesto se procederá a recabar la misma documentación al siguiente licitador, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
La propuesta de adjudicación no creará derecho alguno a favor del empresario propuesto frente a la Administración. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión.
CLÁUSULA 17.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN.
Recibida, en tiempo y forma, la documentación requerida al licitador mejor clasificado, el órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este pliego.
La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de dos meses a contar desde el siguiente al de apertura de las proposiciones (artículo 158.2 de la LCSP). Este plazo se ampliará en 15 días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 149.4 de la LCSP, por haber ofertas incursas en presunción de anormalidad.
La resolución de adjudicación deberá ser motivada, se notificará al adjudicatario y a los restantes licitadores y se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación en el plazo de 15 días. En dicha notificación se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato.
La notificación se realizará por medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional decimoquinta de la LCSP.
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000 00
CLÁUSULA 18.- DECISIÓN DE NO ADJUDICAR EL CONTRATO Y DESISTIMIENTO.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 152 de la LCSP, la decisión de no adjudicar o celebrar el contrato o el desistimiento del procedimiento de adjudicación podrán acordarse por el órgano de contratación antes de la formalización.
La decisión de no adjudicar o celebrar el contrato solo podrá adoptarse por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente. En este caso, no podrá promoverse una nueva licitación de su objeto en tanto subsistan las razones alegadas para fundamentar la decisión.
El desistimiento del procedimiento deberá estar fundado en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo justificarse en el expediente la concurrencia de la causa. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un procedimiento de licitación.
En ambos casos se compensará a los candidatos aptos para participar en la licitación o licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido hasta el límite del tres por mil del presupuesto del contrato.
CLÁUSULA 19.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se perfecciona con su formalización y se entenderá celebrado en el lugar donde se encuentre la sede del órgano de contratación.
La formalización del contrato se realizará en soporte digital.
Una vez firmado el documento contractual por el órgano de contratación en formato PDF, se enviará a la dirección de correo electrónico del adjudicatario.
Para conciliar el cumplimiento de la obligación legal prevista en el artículo 154.1 de la Ley 9/2017, de8 de noviembre de contratos del Sector Público, con lo previsto en la Disposición adicional séptima dela Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y Garantía de los derechos digitales, se recomienda que en la herramienta en la que el adjudicatario firme electrónicamente el contrato (en formato PDF) no utilice la opción de firma visible.
Con carácter previo a la formalización del contrato, el adjudicatario deberá aportar la siguiente documentación:
-En el caso de que el adjudicatario sea una U.T.E., la escritura pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
-Cualquier otra documentación complementaria que fuera exigida por el órgano de contratación.
La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquel en que se realice la notificación de la adjudicación a los licitadores.
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El contrato se formalizará en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato, cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, se le exigirá el importe del 3% del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía definitiva, sin perjuicio de lo establecido respecto a las prohibiciones de contratar en la letra b) del apartado 2 del artículo 71.
En este caso, el contrato se adjudicará al siguiente licitador por el orden en que hubieran quedado clasificadas las ofertas, previa presentación de la documentación establecida en el artículo 150.2 de la LCSP, resultando de aplicación los plazos establecidos en el artículo 153.4 de la LCSP.
No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
Anuncio de formalización
El anuncio de formalización deberá publicarse, junto con el contrato, en el perfil de contratante del órgano de contratación en un plazo no superior a 15 días tras su perfeccionamiento
CLÁUSULAS 20.- COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS.
Conforme al apartado 1 f) de la Disposición adicional decimosexta, el nivel de seguridad exigido para los medios de comunicación electrónicos utilizados en las diferentes fases de este procedimiento será proporcional a los riesgos asociados a los intercambios de información a realizar, por lo que en las comunicaciones electrónicas debe distinguirse:
a) Comunicaciones a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público relacionadas con la licitación y para la adjudicación de los contratos el nivel de seguridad será conforme al siguiente detalle:
- Los licitadores se identificarán, mediante sistemas basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación», conforme al artículo 9.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ( en adelante LPAC) para el acceso a las comunicaciones electrónicas que dirija la mesa o en su defecto el órgano de contratación, al licitador a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público relacionadas con:
1.- La subsanación a que se refiere el artículo 141. 2 in fine de la LCSP.
2.- El requerimiento de documentación a los licitadores o candidatos a que se refiere el artículo 140.3 LCSP.
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3.- El requerimiento a licitador o licitadores cuyas ofertas estuvieran incursas en presunción de anormalidad conforme al artículo 149.4 de la LCSP.
- La contestación al requerimiento a través de la Plataforma de Contratación del Sector Publico exigirá, conforme al artículo 10.2 a) de la LPAC sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación»
La adjudicación del contrato y su formalización se publicará en el perfil de contratante.
b) En las comunicaciones a través de la Plataforma Duero de Contratación Electrónica el nivel de seguridad será conforme al siguiente detalle.
- Las notificaciones por medios electrónicos al contratista se practicarán, de conformidad con lo dispuesto en el apartado primero de la Disposición adicional decimoquinta de la LCSP en combinación con el artículo 28.2.a) del Decreto 7/2013, de 14 de febrero, de utilización de medios electrónicos en la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, a través xxx Xxxxx electrónico del ciudadano, como sistema de dirección electrónica, habilitado en la sede en la forma regulada en el artículo 29 del citado Decreto.
- Las notificaciones electrónicas que se practicarán a través de la Plataforma Duero de Contratación electrónica serán:
1.- El requerimiento al licitador que haya presentado la mejor oferta conforme a lo dispuesto en el artículo 150.2 de la LCSP.
2.- La adjudicación de contrato.
3.- Las notificaciones correspondientes a la formalización y a la fase de ejecución contractual.
- Para la práctica de notificaciones a través xxx Xxxxx electrónico del ciudadano, deberá identificarse, en la documentación administrativa que acompañe a la oferta el licitador conforme al artículo 140.1.a) 4º) de la LCSP al menos una persona física de contacto que represente a la empresa (no se requiere que tenga la condición de apoderado), que haya creado su buzón electrónico del ciudadano en la dirección electrónica xxxxx://xxx0.xx.xxxx.xx/xxxx/ y esté suscrito en este buzón a los procedimientos de contratación administrativa.
- Las notificaciones electrónicas, se dirigirán a la persona de contacto que se haya identificado. En el caso de que el licitador o contratista quiera designar otra persona de contacto deberá ponerlo en conocimiento del órgano de contratación, entendiéndose hasta que se produzca la puesta en conocimiento de la nueva persona de contacto, válidamente realizadas las notificaciones cursadas a quien el licitador o contratista hubiere designado y los plazos se computarán desde la fecha de su envío siempre que el acto objeto de notificación se haya publicado el mismo día en el perfil de contratante conforme al apartado primero de la Disposición adicional decimoquinta de la LCSP.
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X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000
- Para el acceso a las notificaciones cursadas al buzón electrónico del ciudadano se requerirá, conforme al artículo 10.2 a) de la LPAC sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación.”
En fase de ejecución contractual, las solicitudes, escritos y comunicaciones que el contratista dirija al órgano de contratación, se presentarán en formato electrónico en el Registro electrónico de la Administración xx Xxxxxxxx y León, cuyo funcionamiento se regula en el capítulo V del Decreto 7/2013, de 14 de febrero, de utilización de medios electrónicos en la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León. No obstante, las copias auténticas de la escritura púbica de constitución de la UTE a que se refiere el artículo 69.1 de la LCSP y la de cesión de contrato a que se refiere el artículo 214.2 d) de la LCSP se presentarán directamente ante lo servicios dependientes del órgano de contratación.
La presentación al Registro electrónico se realizará a través del formulario “Solicitud de trámites del procedimiento de contratación administrativa” que tiene a su disposición en la Sede electrónica de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León. xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxx.xx”.
Con carácter previo al registro electrónico de la solicitud, escrito o comunicación y en su caso a los anexos, los documentos deberán ser autenticados mediante una firma electrónica avanzada reconocida, de acuerdo con la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica
En el registro electrónico los documentos Anexos deberán ir en formato PDF y cumplir el estándar de firma XML AdvancedElectronicSignatures (XAdES).
Si la presentación por Registro electrónico de las solicitudes, escritos y comunicaciones que el contratista dirija al órgano de contratación, se realizara por persona física que carece de facultades para representar a la empresa contratista, deberá obtenerse, antes de su presentación por Registro, de la persona física con facultades de representación, la firma electrónica de la documentación acreditativa del trámite correspondiente.
Para que la firma electrónica de la persona física con poderes que se recaba, pueda reconocerla el Registro electrónico de la Administración xx Xxxxxxxx y León, deberá acceder a esta dirección electrónica xxxxx://xxx.xx.xxxx.xx/xxxx/ (disponen de un enlace directo en xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx.xx/) y firmar la documentación.
Firmada la documentación se generará un fichero en formato pdf.xml por cada documento firmado, que deberá adjuntarse posteriormente como Anexo en el Registro electrónico por la persona física que vaya a realizar el Registro.
Formatos de los documentos electrónicos:
Los documentos que se presenten por los licitadores y contratistas deberán ir en formato PDF y cumplir el estándar de firma XML AdvancedElectronicSignatures (XAdES). El tamaño por documento no excederá de 8 MB
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III. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
III. I- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES. CLÁUSULA 21.- PAGO DEL PRECIO DEL CONTRATO.
El contratista tendrá derecho al abono del precio convenido, por los trabajos efectivamente realizados y formalmente recibidos por la Administración.
Los pagos se realizarán mediante abonos parciales, con carácter mensual, a mes vencido, mediante transferencia bancaria a la cuenta del contratista, previa presentación de la correspondiente factura, por las prestaciones contratadas y efectivamente realizadas, según el precio ofertado por el adjudicatario con repercusión del IVA sobre el importe total facturado, como partida independiente a la Administración.
Para la realización de los pagos se exigirá el certificado de conformidad que acredite la correcta ejecución de la prestación, expedido por el Servicio administrativo responsable del contrato (Servicio de Gestión de Centros).
El adjudicatario está obligado a facturar electrónicamente, debiendo consignar en la factura que emita el código del contrato del dicha factura deriva, en cualquiera de estas dos etiquetas: 3.1.6.1.5 Receiver Contract Reference/ 3.1.6.1.7 Receiver Transaction Reference.
Las facturas deberán cumplir todos los requisitos que reglamentariamente estén establecidos para las mismas, conforme con lo establecido en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, con las menciones indicadas en la Disposición adicional trigésima segunda de la LCSP. A estos efectos, el órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública, el órgano gestor, y la unidad tramitadora del contrato son los siguientes:
CÓDIGOS DIR3 |
CODIGO OFICINA CONTABLE (OC) |
A07008943 Intervención Territorial xx Xxxxx. |
CODIGO ORGANO GESTOR (OG) |
X00000000 Gerencia Territorial de Servicios Sociales xx Xxxxx. |
CODIGO UNIDAD TRAMITADORA (UT) |
X00000000 Gerencia Territorial de Servicios Sociales xx Xxxxx. |
CLÁUSULA 22.- OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES.
Tienen la consideración de obligaciones contractuales esenciales de este contrato las siguientes:
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1.- El cumplimiento de la oferta realizada por el adjudicatario con arreglo a los criterios de adjudicación establecidos en este pliego.
2.- El cumplimiento de las obligaciones que, en materia de protección de datos de carácter personal, se establecen en la cláusula 23.3 de este pliego.
El incumplimiento de estas obligaciones será causa de resolución del contrato de acuerdo con lo establecido en el artículo 211.1.f de la LCSP.
CLÁUSULA 23.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 202 de la LCSP y en el Acuerdo 44/2016, de 21 de julio, de la Junta xx Xxxxxxxx y León, por el que se aprueban directrices vinculantes para los órganos de contratación de la Administración General e Institucional de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León sobre incorporación de aspectos sociales en la contratación, se establecen las siguientes condiciones especiales de ejecución de este contrato:
1.- La obligación del adjudicatario de cumplir durante todo el plazo de vigencia del contrato las condiciones salariales y laborales establecidas en el convenio colectivo sectorial que resulte aplicable. A tal efecto, el órgano de contratación podrá requerir, en cualquier momento, la documentación acreditativa del cumplimiento de tal obligación.
2.- En el caso de que para la ejecución del contrato sea necesario contratar personal, así como para la sustitución de bajas y vacaciones de los trabajadores adscritos al contrato, dicha contratación se realizará con personas que, cumpliendo los requisitos de capacidad y formación necesarios para el correcto desempeño de las funciones propias de los perfiles profesionales exigidos en el pliego de prescripciones técnicas, estén incluidos en alguno de los colectivos enumerados a continuación:
a) Personas con discapacidad que tengan posibilidades de inserción en el mundo laboral.
b) Personas beneficiarias xx xxxxx garantizada de ciudadanía.
c) Parados de larga duración mayores de cuarenta y cinco años.
d) Jóvenes en paro, fundamentalmente mujeres.
e) Mujeres víctimas de violencia de género.
Para el seguimiento de esta condición el adjudicatario enviará trimestralmente a la Dirección del Centro un informe de ejecución que adjunte una relación de nombres, apellidos y NIF de los empleados adscritos al servicio, junto con una copia de los contratos de trabajo de las personas que no figuren en la relación inicialmente aportada.
La acreditación del cumplimiento de esta condición especial de ejecución se realizará según lo establecido en Anexo I.II.3 y 5 del Acuerdo 44/ 2016 antes citado.
3.- La obligación del adjudicatario de cumplir la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos. Esta obligación tiene el carácter de obligación contractual esencial de conformidad con lo dispuesto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211.
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4.- El contratista deberá utilizar productos respetuosos con el medio ambiente, biodegradables, limitando el uso de desinfectantes cloratos y no utilizando compuestos de sustancias nocivas. Solo se podrán utilizar otros productos cuando en el mercado no exista un producto ecológico equivalente.
Los productos de limpieza que se utilicen tendrán que cumplir con las normas comunitarias y las etiquetas de los envases tendrán que conservar la información relacionada con el riesgo del producto. Por este motivo tendrá que disponerse de una ficha de cada producto utilizado especificando: nombre del producto, tipo (desengrasante, desinfectante, captador de polvo, etc.) y composición.
Esta condición de ejecución del contrato se tendrá que acreditar, a petición del responsable del contrato, con la presentación de los albaranes de compra en que se especifiquen los productos o cualquier otro documento que deje constancia de las especificaciones de los productos de limpieza utilizados.
El incumplimiento de estas condiciones especiales de ejecución dará lugar a la imposición de penalidades, salvo la establecida en el apartado 3, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 30 de este Pliego.
CLÁUSULA 24.- OBLIGACIONES LABORALES, SOCIALES, FISCALES Y DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE.
El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia fiscal, en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad, de igualdad de género, de prevención de riesgos laborales y de protección del medio ambiente, así como de aquella que se promulgue durante la ejecución del contrato.
Igualmente está obligado al cumplimiento de aquella otra normativa que se promulgue durante la ejecución del contrato. En particular, deberá observar lo establecido en el Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, de la Junta xx Xxxxxxxx y León, por el que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se aprueba el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, en la Comunidad xx Xxxxxxxx”, así como las normas y/o recomendaciones que en relación con esta situación de crisis sanitaria sea dictada por la autoridad competente.
Igualmente deberá cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las condiciones salariales de los trabajadores establecidas en los convenios colectivos sectoriales que les sean de aplicación.
En general, el contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas, y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra la Administración ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas pudieran imponerle los Organismos competentes.
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En cualquier caso, el contratista, indemnizará a la Administración de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales establecidas en este pliego, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
CLÁUSULA 25.- REGLAS ESPECIALES RESPECTO AL PERSONAL LABORAL DE LA EMPRESA CONTRATISTA.
Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos exigidos en los pliegos, formará parte del equipo del trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte del órgano de contratación del cumplimiento de aquellos requisitos.
La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio. Dichas variaciones deberán ser comunicadas al órgano de contratación.
La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal encargado de la ejecución del contrato el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador, sin que pueda repercutir contra la Administración ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismos competentes.
La empresa contratista velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato.
La empresa contratista designará un responsable, integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las que se relacionan:
a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista con la Administración, canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de un lado, y la Administración, de otro lado, en todo lo relativo a la ejecución del contrato.
b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.
c) Supervisar el correcto desempeño, por parte del personal integrante del equipo de trabajo, de las funciones que tienen encomendadas, así como, controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.
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d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente con la Administración, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
e) Informar a la Administración acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
A la extinción de este contrato no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del mismo como personal de la entidad contratante. A tal fin, los empleados o responsables de la Administración deben abstenerse de realizar actos que impliquen el ejercicio de facultades que, como parte de la relación jurídico laboral, le corresponden a la empresa contratista.
CLÁUSULA 26.- OTRAS OBLIGACIONES EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
26.1.- Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 130 de la LCSP, y al objeto de permitir una exacta evaluación de los costes laborales que implique la subrogación, en documento adjunto se recoge la información facilitada por el anterior contratista sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte dicha subrogación.
A estos efectos, la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar y que tenga la condición de empleador de los trabajadores afectados, estará obligada a proporcionar la referida información al órgano de contratación, a requerimiento de este.
Como parte de esta información, deberá aportar, en todo caso, los listados del personal objeto de subrogación, indicando:
- El convenio colectivo de aplicación.
- Los detalles de categoría, tipo de contrato, jornada, fecha de antigüedad, vencimiento del contrato y salario bruto anual de cada trabajador.
- Todos los pactos en vigor aplicables a los trabajadores a los que afecte la subrogación.
En caso de que el contratista incumpliera la obligación de facilitar esta información o la facilitase de forma incompleta, se le impondrá la penalidad establecida en la cláusula 30.c de este pliego.
Si una vez producida la subrogación, los costes laborales fueran superiores a los que se desprendieran de la información facilitada por el antiguo contratista al órgano de contratación, el contratista tendrá acción directa contra el anterior adjudicatario.
El contratista responderá de los salarios impagados a los trabajadores afectados por la subrogación, así como de las cotizaciones a la seguridad social devengadas, aún en el supuesto de que se resuelva el contrato y aquellos sean subrogados por el nuevo contratista, sin que en ningún caso dicha obligación corresponda a este último. En este caso, la Administración, una vez acreditada la falta de pago de los citados salarios, procederá a la retención de las cantidades debidas al contratista para garantizar el
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pago de los citados salarios, y a la no devolución de la garantía definitiva en tanto no se acredite el abono de éstos.
26.2.- Obligaciones del contratista en supuestos de subcontratación.
El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial del contrato, cumpliendo los requisitos establecidos en el apartado 2 b) del artículo 215 de la LCSP.
En todo caso, el contratista deberá comunicar por escrito, tras la adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de este, al órgano de contratación la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad, datos de contacto y representante o representantes legales del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia, y acreditando que el mismo no se encuentra incurso en prohibición para contratar de acuerdo con el artículo 71 de la LCSP.
El contratista principal deberá notificar por escrito al órgano de contratación cualquier modificación que sufra esta información durante la ejecución del contrato principal, y toda la información necesaria sobre los nuevos subcontratistas.
El incumplimiento por parte del contratista de las condiciones establecidas en el artículo 215 LCSP para proceder a la subcontratación, así como la falta de acreditación de la aptitud del subcontratista, dará lugar a la imposición de una penalidad del 50% del importe del subcontrato.
En cuanto a los pagos a subcontratistas y suministradores, el contratista principal quedará obligado al cumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidos en los artículos 216 y 217 de la LCSP.
En todo caso, los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista principal, que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a la Administración. Asimismo, estarán obligados al cumplimiento de las obligaciones en materia medioambiental, social y laboral establecidas en el artículo 201 de la LCSP, así como de la obligación a que hace referencia el último párrafo del apartado 1 del artículo 202 de la LCSP referida al sometimiento a de la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos.
Los subcontratistas no tendrán acción directa frente a la Administración contratante por las obligaciones contraídas con ellos por el contratista como consecuencia de la ejecución del contrato principal y de los subcontratos.
26.3.- Seguros.
El contratista deberá tener suscritos los seguros obligatorios para las operaciones que requiera la ejecución del contrato, y acreditar su existencia si así fuera requerido por la Administración con carácter previo a la formalización del contrato y durante la vigencia del mismo.
26.4.- Seguridad y Salud en el Trabajo.
Cuando la naturaleza del objeto del contrato requiera la intervención de trabajadores sujetos a un especial riesgo para la seguridad y la salud en su realización, ya sea físico, psicofísico, químico o
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biológico, el adjudicatario deberá presentar un Plan de Seguridad y Salud. En dicho Plan se recogerán, entre otros, los siguientes aspectos:
- Control de accidentes o enfermedades profesionales.
- Determinación de la persona encargada de la vigilancia y seguimiento del Plan de Seguridad y Salud.
La iniciación del servicio quedará subordinada a la aprobación del Plan de Seguridad y Salud por el órgano de contratación, previo informe favorable del técnico competente.
26.5.- Deber de sigilo.
El contratista está obligado a guardar sigilo respecto de los datos y antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión de la ejecución del mismo. Esta obligación de sigilo subsistirá tras la finalización del contrato.
Si el adjudicatario accediera fortuitamente a información de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, que no esté relacionada con el objeto del contrato tiene obligación de guardar estricta confidencialidad sobre la misma e informar al órgano de contratación sobre el hecho acontecido.
El adjudicatario deberá informar fehacientemente a su personal sobre esta obligación.
26.6.- Gastos e impuestos exigibles al contratista.
Corresponderá y será a cargo del contratista:
a) La obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, que se requieran para el inicio y la realización del servicio.
b) La indemnización de los daños y perjuicios que se causen tanto a la Administración como a terceros, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, salvo cuando tales perjuicios hayan sido ocasionados por una orden inmediata y directa de la Administración, con los límites señalados en las Leyes.
III.II CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
CLÁUSULA 27.- PRINCIPIO DE RIESGO Y XXXXXXX
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, con sujeción a las cláusulas del presente pliego y a las prescripciones técnicas particulares y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación.
CLÁUSULA 28.- LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
La prestación de los servicios contratados se realizará en los términos y condiciones establecidos en el PPT, en los siguientes centros:
- Unidad de Valoración y Atención a Personas con Discapacidad:
X/ Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxx, xx 00, X.X. 00000 – Ávila.
- C.D. Ávila I:
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X/ Xxxxxxxxxxxxx, x/x, X.X. 00000 – Xxxxx.
CLÁUSULA 29.- SEGUIMIENTO DEL SERVICIO. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA.
En la realización del servicio por el contratista el órgano de contratación ejercerá las facultades de inspección y supervisión que resulten necesarias para asegurar la buena marcha del servicio. Con esta finalidad el contratista facilitará a esta Administración la vigilancia e inspección del desarrollo de la ejecución del contrato, en orden a verificar su corrección, pudiendo serle exigida la subsanación de los defectos que en ella se detecten.
A estos efectos, el adjudicatario tiene la obligación de dedicar a la ejecución del servicio los medios personales y materiales suficientes para ello, y comunicar al órgano de contratación cualquier variación que se produzca con respecto a ellos. La sustitución de los trabajadores adscritos al contrato no podrá realizarse sin la previa autorización de la Administración.
La Administración se reserva el derecho a verificar la disposición por parte del empresario de los medios precisos para la correcta ejecución del contrato.
CLÁUSULA 30.- PENALIDADES
a.- Por demora.
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del contrato dentro plazo total fijado para la ejecución del mismo. Cuando el adjudicatario, por causas imputables al mismo, hubiera incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades diarias en la proporción de 0,60 euros por cada 1000 euros del precio del contrato, IVA excluido.
La imposición de penalidades consecuentes con dicho retraso se aplicará automáticamente por el órgano de contratación.
b.- Por incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución.
- El incumplimiento de la condición especial de ejecución establecida en la cláusula 23 punto 1 de este pliego dará lugar a la imposición de una penalidad por importe de 7% del precio de adjudicación del contrato, IVA excluido.
- El incumplimiento de la condición especial de ejecución establecida en la cláusula 23, punto 2 de este pliego, dará lugar a la imposición de una penalidad por importe de 2% del precio de adjudicación del contrato, IVA excluido.
- El incumplimiento de la condición especial de ejecución establecida en la cláusula 23, punto 4 de este pliego, dará lugar a la imposición de una penalidad por importe de 1% del precio de adjudicación del contrato, IVA excluido.
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c.- Por incumplimiento de la obligación de facilitar la información relativa a las condiciones de subrogación en contratos de trabajo o por facilitarla de forma incompleta.
El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la imposición de una penalidad de hasta el 5% del importe de adjudicación del contrato (IVA excluido).
d.- Por incumplimiento de las obligaciones en materia de subcontratación.
El incumplimiento por parte del contratista de las condiciones para la subcontratación establecidas en el artículo 215 de la LCSP, dará lugar a la imposición de una penalidad del 50% del importe del subcontrato.
e.- Por incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso.
El incumplimiento parcial o el cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato, por causas imputables al adjudicatario, llevará consigo la imposición al contratista de las siguientes penalidades, consistentes en multas por los importes que se detallan a continuación:
• Incumplimientos leves: hasta 1% del importe de adjudicación.
•Incumplimientos graves: hasta el 2% del importe de adjudicación.
• Incumplimientos muy graves: hasta el 7% del importe de adjudicación.
A estos efectos, los incumplimientos se clasifican en: leves, graves y muy graves. 1.-Son incumplimientos leves:
- La desobediencia reiterada por más de dos veces de los requerimientos e instrucciones dadas por la Dirección del Centro o personal autorizado, respecto al orden, forma y régimen de prestar dicho servicio.
2.-Son incumplimientos graves:
- El fraude en la forma de prestación del servicio.
- El incumplimiento de las obligaciones contenidas en el PPT en orden al desarrollo y realización de los programas.
- La prestación manifiestamente defectuosa o irregular del servicio y el retraso sistemático del mismo y de los horarios.
- El incumplimiento de las frecuencias de limpieza.
- El incumplimiento de la obligación de mantener en plantilla el personal necesario para la prestación del servicio.
- Los incidentes habituales del personal del servicio con los usuarios de los Centros y, en general, la incorrección grave.
3.- Son incumplimientos muy graves.
- La paralización total y absoluta en la ejecución de las prestaciones por causas imputables al contratista.
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X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000
- El incumplimiento o los retrasos reiterados en el pago de los salarios o la aplicación de las condiciones salariales inferiores a las derivadas de los convenios colectivos aplicables, que sea grave y dolosa.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 192.2 de la LCSP, cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por su resolución o por la imposición de las penalidades anteriormente señaladas.
Las penalidades que, en su caso, se impongan al contratista serán proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10% del precio de adjudicación, IVA excluido, ni el total de las mismas superar el 50% del precio de adjudicación.
En los supuestos de incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso o de demora en la ejecución, cuando las penalidades impuestas no cubrieran los daños causados a la Administración, esta exigirá al contratista la indemnización por daños y perjuicios.
Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago, total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de los mencionados pagos.
En el procedimiento que se sustancie para la imposición de estas penalidades, necesariamente se dará trámite de audiencia al contratista.
CLÁUSULA 31.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
No están previstas modificaciones de este contrato, por lo que éstas solo serán posibles en los supuestos, con los requisitos y exigencias que se establecen en el artículo 205 de la LCSP.
CLÁUSULA 32.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
El contrato podrá suspenderse de acuerdo con lo previsto en los artículos 208 y 198.5 de la LCSP, resultando también aplicable el artículo 103 del RGLCAP.
Si la Administración acordase la suspensión del contrato o aquella tuviere lugar por la aplicación de lo dispuesto en el artículo 198.5, se extenderá un acta, de oficio o a solicitud del contratista, en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquel.
Acordada la suspensión, la Administración abonará al contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos por este, con sujeción a las reglas establecidas en párrafo 2 del artículo 208 de la LCSP.
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000 00
Si la prestación en que consiste el servicio objeto del contrato no pudiese ser realizada en el lugar de prestación del servicio por causas imputables al órgano de contratación, se suspenderá el plazo de ejecución. El plazo de ejecución se reanudará cuando desaparezca el motivo que haya imposibilitado la realización de la prestación. Tanto la suspensión como el plazo de reanudación serán notificados al contratista.
CLÁUSULA 33.- CESIÓN DEL CONTRATO
Los derechos y obligaciones dimanantes de este contrato podrán ser cedidos por el contratista a un tercero en los términos y condiciones establecidos en el artículo 214 de la LCSP.
Para que los contratistas puedan ceder sus derechos y obligaciones a terceros se han de cumplir los siguientes requisitos:
a) Que el órgano de contratación autorice, de forma previa y expresa, la cesión. Esta autorización se otorgará siempre que se den los requisitos previstos en las letras siguientes. El plazo para la notificación de la resolución sobre la solicitud de autorización será de dos meses, transcurrido el cual deberá entenderse otorgada por silencio administrativo.
b) Que el cedente tenga ejecutado, al menos, un 20% del importe del contrato. No será de aplicación este requisito si la cesión se produce encontrándose el contratista en concurso aunque se haya abierto la fase de liquidación, o ha puesto en conocimiento del juzgado competente para la declaración del concurso que ha iniciado negociaciones para alcanzar un acuerdo de refinanciación, o para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio, en los términos previstos en la legislación concursal.
c) Que el cesionario tenga capacidad para contratar con la Administración y la solvencia que resulte exigible en función de la fase de ejecución del contrato, debiendo estar debidamente clasificado si tal requisito ha sido exigido al cedente, y no estar incurso en una causa de prohibición de contratar.
d) Que la cesión se formalice, entre el adjudicatario y el cesionario, en escritura pública.
El cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente.
IV.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
CLÁUSULA 34.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando, transcurrido el plazo de vigencia total del mismo, se haya realizado de acuerdo con los términos establecidos y a satisfacción de la Administración la totalidad de su objeto.
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X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000
Si la prestación objeto del contrato se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución, se procederá mediante acto formal a su recepción o conformidad, dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato.
Hasta que tenga lugar la recepción, el adjudicatario responderá de la correcta realización de la prestación objeto del contrato y de los defectos que en ella hubiera, sin que sea eximente ni otorgue derecho alguno la circunstancia de que el órgano de contratación los hayan examinado o reconocido durante su elaboración, o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales.
Si la prestación del contratista no reuniere las condiciones necesarias para proceder a su recepción, se darán las instrucciones oportunas para que subsane los defectos observados en el plazo que para ello se fije, no procediendo la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente.
Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, el órgano de contratación podrá rechazar la misma, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
CLÁUSULA 35 - RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Son causas de resolución del contrato, las previstas en los artículos 211 y 313 de la LCSP, con los derechos que se establecen en los mismos.
Será asimismo causa de resolución del contrato el incumplimiento de las obligaciones contractuales calificadas como esenciales en la cláusula 22 de este pliego.
Además el contrato podrá ser resuelto por el órgano de contratación cuando se produzca incumplimiento del plazo total, siempre que el órgano de contratación no opte por la imposición de las penalidades señaladas en el artículo 193 de la LCSP y en la cláusula 30 de este pliego. Si el retraso fuera por motivos no imputables al contratista se estará a lo dispuesto en el artículo 195 de la LCSP.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen el múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación de oficio o a instancia del contratista, mediante procedimiento tramitado en la forma reglamentariamente establecida por el artículo 109 del RGLCAP.
Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable de contratista, le será incautada la garantía definitiva y deberá, además, indemnizar a la Administración por los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000 00
Para la aplicación de las causas de resolución se estará a lo dispuesto en el artículo 212 de la LCSP y para sus efectos a lo establecido en los artículos 213 y 313 de la LCSP.
CLÁUSULA 36.- PLAZO DE GARANTÍA
Teniendo en cuenta la naturaleza y características de este contrato, en la prestación a realizar por el adjudicatario, no resulta necesario el establecimiento de un plazo de garantía.
CLAÚSULA 37.- LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO.DEVOLUCIÓN Y CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA.
Dentro del plazo de treinta días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad del contrato, la Administración deberá acordar y notificar al contratista la liquidación del contrato y abonarle, en su caso, el saldo resultante.
Aprobada la liquidación del contrato, si no resultaren responsabilidades se devolverá la garantía constituida o se cancelará el aval o seguro de caución.
CLÁUSULA 38- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, RECURSOS Y JURISDICCIÓN.
38.1.- Prerrogativas de la Administración.
Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la LCSP, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, declarar la responsabilidad imputable al contratista a raíz de la ejecución, suspender la ejecución del mismo, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta.
38.2.- Recursos.
Los actos dictados en este procedimiento de contratación podrán ser recurridos a través de los medios de impugnación establecidos en los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
38.3.- Jurisdicción competente.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato.
CLÁUSULA 39.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
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X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000
El órgano de contratación, de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y con el Reglamento General de Protección de Datos de la UE (Reglamento UE 2016/679, de 27 xx xxxxx) relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a libre circulación de estos datos, facilita la siguiente información:
INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS EN MATERIA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA GERENCIA DE SERVICIOS SOCIALES DE LA JUNTA XX XXXXXXXX Y LEÓN.
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000 00
tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación: Orden CYT/27/2012, de 10 de enero. | ||
Legitimación del tratamiento. | Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos | - Artículo 6.1.e) del RGPD cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos. - Artículo 6.1.c) del RGPD cumplimiento de una obligación legal. - Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. |
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. | ||
La aportación de los datos es requisito indispensable para realizar los trámites y ser adjudicatario de los contratos. | ||
Destinatarios de las cesiones o | No están previstas cesiones, | |
transferencias. | salvo obligación legal. | Diarios oficiales. |
Plataforma de contratación del | ||
sector público. | ||
Plataforma Duero. | ||
Portal de transparencia | ||
No están previstas | ||
transferencias a terceros | ||
países. |
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X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000
Derechos de las personas interesadas. | Derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos recogidos en la información adicional | Tiene derecho de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y oposición, en los términos de los artículos 15 a 23 del RGPD. Puede ejercer todos estos derechos ante el responsable del tratamiento. Puede ejercer todos estos derechos ante el Delegado de Protección de Datos. Puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. Más información en: |
Procedencia de los datos. | Interesado | Personas físicas, incluyendo los representantes de las personas jurídicas. Nombre y apellidos. DNI/NIF Titulación Categoría profesional. Experiencia laboral. Domicilio. Correo electrónico. Firma electrónica. Teléfono. |
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000 00
ANEXO I
Expediente nº:A2020/012302
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE QUE CUMPLE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS LEGALMENTE PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN.
D/Xx……………………………………………………………………con D.N.I. nº… actuando en su propio nombre y
derecho/ o actuando en representación de la empresa……………, con NIF/NIE. En calidad de al
objeto de participar en la licitación del contrato denominado convocado
por… , de acuerdo con lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, declara bajo su responsabilidad:
1º Que la sociedad que represento se encuentra inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en el Registro de Licitadores de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León y que las circunstancias reflejadas en el mismo no han experimentado variación.
2º Que el firmante de esta declaración responsable ostenta la representación de empresa que presenta oferta a este procedimiento de licitación.
3º Que reúne los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica, exigida en este pliego.
4º Que, en caso de recurrir a la capacidades de otras entidades, se compromete a demostrar al órgano de contratación la disposición efectiva de los recursos necesarios mediante la presentación, a tal efecto, del compromiso por escrito de dichas entidades.
5º Que la citada empresa cuenta con las autorizaciones necesarias para ejercer la actividad objeto del contrato.
6º. (Seleccionar la opción que corresponda, A o B):
A) Que la empresa a la que represento no pertenece a un grupo de acuerdo con los requisitos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, a efectos de lo previsto en el artículo 86 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
B) Que la empresa a la que represento pertenece al grupo empresarial que se indica a continuación y
que está integrado por las siguientes empresas:….
7º Que la empresa no está incursa en las prohibiciones para contratar enumeradas en el artículo 71 de la LCSP.
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X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000
8º Que ni la persona física ni los administradores de la persona jurídica están incursos en ninguno de los supuestos establecidos en la Ley 3/2016, de 00 xx xxxxxxxxx, xxx Xxxxxxxx xx xxx xxxxx cargos de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León.
9º Que la Empresa se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, y que, de acuerdo con el Decreto 132/1996, de 16 xx xxxx, de la Junta xx Xxxxxxxx y León, no tiene deuda tributaria alguna con la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx y León.
10º Que la oferta que presento garantiza, respecto de los trabajadores y procesos productivos empleados en la elaboración de los productos y/o servicios, así como en la ejecución del contrato, el cumplimiento de las obligaciones medioambientales, de igualdad efectiva de hombres y mujeres, sociales y laborales derivadas de los convenios colectivos aplicables, el Derecho español y de la UE, así como de las disposiciones de derecho internacional sobre estas materias suscritas por la Unión Europea.
11º Que, a efectos de lo dispuesto en el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, (señalar lo que proceda):
La empresa a la que represento tiene menos de 50 trabajadores.
La empresa a la que represento tiene un número de 50 o más trabajadores (cumplimentar lo que proceda):
• Siendo el número de trabajadores con discapacidad en la empresa de…, lo que supone un…% trabajadores pertenecientes a este colectivo,
• (o) significando que se ha suplido la exigencia legal de disponer en la plantilla con un 2% de trabajadores con discapacidad por las medidas alternativas legalmente establecidas.
12º Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la empresa a la que represento (señalar lo que proceda):
Tiene Plan de igualdad.
No tiene Plan de Igualdad.
13º.- (Para las empresas extranjeras). Que la empresa a la que represento se somete a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que le pudiera corresponder.
(Lugar, fecha, firma y sello)
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000 00
Expediente: X0000/000000
XXXXX XX
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE (REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES)
Dº/Xx……….con DNI nº………………………,con domicilio en , actuando en su propio nombre y
derecho/ o actuando en representación de …………… con domicilio en …………………C.I.F o D.N.I
…………………………………………………………
Al objeto de participar en la licitación del contrato denominado ,convocado
por… , de acuerdo con lo establecido en la Ley
9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, declara bajo su responsabilidad:
-Que las circunstancias reflejadas en el Certificado del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas o en la base de datos nacional de un Estado miembro de la Unión Europea aportado en el presente procedimiento de adjudicación del contrato respecto a los dispuesto en el artículo 140.1.a) de la LCSP, no han experimentado variación.
- (Redacción alternativa) Los datos que constan en el certificado del registro oficial de licitadores y empresas clasificadas o en el certificado comunitario de empresarios autorizados para contratar aportado respecto a lo dispuesto en el artículo 140.1.a) de la LCSP, han sufrido variación los que a continuación se indican y según se acredita mediante los documentos que se adjuntan, manteniéndose los demás datos sin ninguna alteración respecto del contenido del certificado
Datos que han sufrido variación:
1.- ……………………………………
2.- …………………………………….
3.- …………………………………….
Documentación justificativa que se adjunta.
En…...a…...de….de….
(Sello empresa y firma autorizada)
Fdo.-
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X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000
ANEXO III
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA Y RESTO DE CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS MATEMÁTICAS.
Dº/Xx
…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………
……………………..
con DNI
nº……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………
………………………
con domicilio en
…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………
………
en nombre de… ,con
NIF………………………………………………
y con domicilio en ……………………………………………………………………………………………………………………………
Primero.- Enterado del anuncio publicado en el Boletín/anuncio…....del día y de
las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato (DENOMINACIÓN)
……………………………………………se compromete a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por el importe que se expresa en la siguiente OFERTA ECONÓMICA, para la totalidad del periodo de ejecución del contrato (12 meses)
BASE IMPONIBLE (IVA EXCLUIDO):
I.V.A REPERCUTIDO (al 21%):
TOTAL* (CIFRA Y LETRA:).
Segundo.- Me comprometo a realizar el siguiente número de HORAS SIN COSTE ADICIONAL:
…………………… horas/año.
Tercero.- Que, a todos los efectos, debe entenderse que dentro de la presente oferta está comprendidos todos los tributos que graven los diferentes conceptos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos y factores de valoración, y demás prestaciones, que para la correcta y total ejecución de las obligaciones contempladas en los documentos contractuales y demás disposiciones aplicables se originen para el adjudicatario.
(Lugar, fecha, firma y sello)
(*) Expresar el importe en cifra y letra.
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000 00
ANEXO IV
IDENTIFICACIÓN DE LA PERSONA DE CONTACTO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES EN EL BUZÓN ELECTRÓNICO.
D/Xx………………………………………………………….con NIF nº…………………………,con domicilio en
………………………………………….………, actuando en su propio nombre y derecho/ o actuando en
representación de en calidad de… , a efectos de su
participación en el expediente de contratación Nº ante la Gerencia de Servicios Sociales,
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:
Que para la práctica de notificaciones a través xxx Xxxxx electrónico, la persona de contacto que se señala a continuación se ha dado de alta en el buzón electrónico y suscrito a procedimientos de contratación1:
-Persona de contacto: …
-NIF:…
-Correo electrónico: …
-Teléfono: …
En ……………………………….a…………….de de 2020.
(Firma autorizada y sello)
1 La utilización de este servicio requiere disponer de un certificado digital personal válido.
Para darse de alta en el Buzón electrónico del ciudadano, deben realizar las siguientes acciones:
1º Crear su Buzón Electrónico del Ciudadano completando el formulario existente en la dirección electrónica xxxxx://xxx0.xx.xxxx.xx/xxxx/.
Dispondrá de un buzón único donde recibirá todas las notificaciones dirigidas a usted.
2º Suscribirse a Procedimientos de contratación: Una vez disponga de su Buzón Electrónico del ciudadano debe seleccionar los procedimientos habilitados para el envío de notificaciones por vía electrónica.
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X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000
Expediente: A2020/012302
ANEXO V
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 45 DE LA LEY ORGÁNICA 3/2007, DE 22 XX XXXXX, PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES.
D/Xx………………………………………………………….con NIF nº…………………………,con domicilio en
………………………………………….………, actuando en su propio nombre y derecho/ o actuando en representación de ……..…………………………..… en calidad de… , a efectos de su
participación en el expediente de contratación Nº ante la Gerencia de Servicios Sociales,
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:
Que la empresa a la que represento, cumpliendo lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, NO tiene obligación de elaborar y aplicar un Plan de Igualdad porque:
Emplea a 150 o menos trabajadores y no lo exige el convenio colectivo aplicable.
La autoridad laboral no ha acordado en un procedimiento sancionador la sustitución de las sanciones accesorias por la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad.
En……………………………….a…………….de de 2020.
(Firma autorizada y sello)
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 000 000 - Fax 000 000 000 00
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
CONSEJERÍA/ORGANISMO CONTRATANTE: Gerencia de Servicios Sociales |
CÓDIGO EXPEDIENTE: A2020/012302 TIPO CONTRATO: Servicios TÍTULO EXPEDIENTE: AV- Serv. de Limpieza de la Unidad de Valoración y Atención a Personas con Discapacidad y del Centro de Personas Mayores xx Xxxxx I OBJETO DEL CONTRATO: Servicio de Limpieza de La Unidad de Valoración y Atención a Personas con Discapacidad y del Centro de Día Ávila I. Dependientes de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales xx Xxxxx. TIPO DE TRAMITACIÓN: Ordinaria PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN: Procedimiento abierto simplificado TRAMITACIÓN ECONÓMICA: Normal UNIDAD PROMOTORA: Servicio de Gestión de Centros |
JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD: Mantener en adecuadas condiciones de higiene y salubridad las instalaciones de la Unidad de Valoración y Atención a Personas con Discapacidad y del Centro de Día Ávila I, ambos dependientes de la Gerencia Territorial xx Xxxxx. |
DETALLE PRESUPUESTARIO | |||||
Anualidad | Aplicación presupuestaria | Centro Gestor | Presupuesto sin IVA | IVA | Presupuesto total |
2021 | G/231B03/22700/1 | 0921 | 25.588,02 € | 5.373,49 € | 30.961,51 € |
2021 | G/231B04/22700/1 | 0921 | 37.343,91 € | 7.842,22 € | 45.186,13 € |
TOTAL | 76.147,64 € |
PLAZOS DEL CONTRATO |
DURACIÓN DEL CONTRATO: 12 meses a contar desde el día 1 de diciembre de 2020, o desde el día siguiente al de la fecha de formalización del contrato, si éste fuese posterior. PRÓRROGAS CONVENCIONALES: No PLAZOS PARCIALES: No |
REVISIÓN DE PRECIOS |
REVISIÓN DE PRECIOS: No |
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LA UNIDAD DE VALORACIÓN Y ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y DEL CENTRO DE DÍA ÁVILA I. DEPENDIENTES DE LA GERENCIA TERRITORIAL DE SERVICIOS SOCIALES XX XXXXX, DURACIÓN 12 MESES DESDE EL 1 DE DICIEMBRE DE 2020 O DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA FORMALIZACIÓN, SI ÉSTE FUESE POSTERIOR.
1.- OBJETO.
El presente pliego tiene por objeto fijar las condiciones específicas para la contratación del servicio de limpieza en la Unidad de Valoración y Atención a Personas con Discapacidad y en el Centro de Día Ávila I, dependientes de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales xx Xxxxx.
A partir de la fecha de publicación del anuncio de esta contratación y hasta el mismo día en que finalice el plazo de presentación de ofertas, las empresas interesadas podrán visitar los centros a los que se refiere la licitación, así como el equipamiento existente, a cuyos efectos el responsable de los mismos facilitará la oportuna autorización. Estas visitas podrán realizarse siempre y cuando no sean incompatibles con las normas dictadas por la autoridad sanitaria en relación con la crisis sanitaria originada por el COVID-19 ni con los planes de contingencia elaborados por los centros.
2.- SERVICIOS A REALIZAR Y PERIODICIDAD DEL SERVICIO.
El servicio de limpieza se prestará con la profesionalidad y diligencia debidas, comprometiéndose el contratista a mantener en perfecto estado de higiene y limpieza, en el amplio sentido de la palabra, los locales de los referidos Centros; debiéndose lograr, en todo caso, unos resultados materiales satisfactorios y adecuados a los fines que se persiguen con su realización.
Las diversas tareas de limpieza en los Centros citados se realizarán dentro del periodo de tiempo señalado, de acuerdo con el contenido de los cuadros de frecuencias que se establecen en el presente Xxxxxx. Los servicios indicados y las frecuencias tienen el carácter de mínimos y obligatorios.
La prestación del servicio de limpieza deberá realizarse cumpliendo las normas sobre limpieza previstas por la autoridad sanitaria en relación con la crisis sanitaria originada por el COVID-19.
La limpieza debe ser siempre con un paño húmedo al objeto de no esparcir al ambiente el polvo dado que los microorganismos están suspendidos en el ambiente soportados por un medio físico como en este caso es el polvo, por la misma razón es preferible el aspirado al cepillado y no se recomienda sacudir ni ventear.
Asimismo, deberán respetarse las “Condiciones sanitarias en la prestación de servicios en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por el covid-19” recogidas en el Anexo que se adjunta
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 00 00 00 - Fax 000 00 00 00
ZONAS INTERIORES DE LIMPIEZA GENERAL Para los siguientes Centros: 1º- Unidad de Valoración y Atención a Personas con Discapacidad: X/ Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxx, xx 00, X.X. 00000 - Xxxxx; Tef 920 212 606 2º- C.D. Ávila I, X/ Xxxxxxxxxxxxx X/X, X.X. 00000 - Xxxxx; Tel: 000 000 000 | FRECUENCIA |
Vaciado y limpieza de papeleras y ceniceros exteriores. Recogida de papeles y residuos que pueda haber en los suelos. | diaria |
Limpieza en paredes, suelos, puertas, ventanas y mobiliario de pintadas, pegatinas y carteles. | S/necesidades |
Limpieza a fondo y desinfección de aseos, y desatascado de sanitarios en su caso. | 2 veces al día |
Limpieza de zonas de cocina y office, incluyendo lavado de menaje y vajilla, en los Centros en que proceda. | NO |
Distribución de ropa limpia desde lavandería y recogida de ropa sucia | NO |
Barrido y/o fregado de suelos y escaleras, limpieza xx xxxxxxx y puertas de ascensores y montacargas. | diaria |
Limpieza de cualquier suciedad ocasional que deberá realizarse en el momento en que se advierta. | S/necesidades |
Reposición de papel higiénico, jabón, papel de secar las manos y cualquier otro elemento reponible en baños | diaria |
Desempolvado de mobiliario, equipamiento, enseres, teléfonos, cuadros, pizarras, cajetines y objetos decorativos. | Semanal |
Aspirado y desmanchado de moquetas y alfombras. (NO en C.D. Ávila I) | Semanal excepto detalle |
Desinfección de teléfonos. (En el caso de teléfonos compartidos, diaria) | Semanal excepto detalle |
Limpieza de enchufes e interruptores, puntos de luz de ascensores y montacargas. | Semanal |
Limpieza xx xxxxxxxxx interiores de puertas y separaciones. (En los puntos de información al público y registro, diaria) | Semanal excepto detalle |
Limpieza de almacenes, cuartos de instalaciones, calderas y escaleras de emergencias. | trimestral |
Limpieza de barandas, rejillas de calefacción y aire acondicionado. (En pasamanos, diaria) | Semanal excepto detalle |
Cambio y lavado de toallas, dónde proceda. | NO |
Limpieza de polvo de plantas, pantallas de ordenador y cámaras de seguridad. | Semanal |
Retirada selectiva de residuos: papel, cartón, envases xx xxxxxx, plásticos, etc. | Quincenal |
Limpieza húmeda de mobiliario, equipamiento, enseres, cuadros y objetos decorativos. Aplicación de protección adecuada. | semanal |
Limpieza de lámparas y puntos de xxx xx xxxxxxx y techos. | trimestral |
Limpieza general xx xxxxxxxxx, lunas, puertas, ventanas y rejas interiores. | NO |
Limpieza en profundidad de alfombras y moquetas. (NO en C.D. Xxxxx X) | semestral excepto detalle |
Cepillado de las tapicerías de butacas, sillones y sillas. Preferentemente aspirado de tapicerías | mensual |
Limpieza de dorados y metales, directorios, letreros y rótulos interiores. | trimestral |
Abrillantado y encerado de suelos según el tipo de los mismos. | trimestral |
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 00 00 00 - Fax 000 00 00 00
Limpieza de archivos, desempolvado de libros y cajas de archivo de las estanterías. | semestral |
Suministro y reposición de contenedores higiénicos en los aseos femeninos. | NO |
Limpieza y desinfección de los cubos de basura. | mensual |
Desempolvado/aspirado xx xxxxxxxx y persianas. | cuatrimestral |
Limpieza de las alturas de los muebles altos. | cuatrimestral |
Limpieza y desempolvado de techos y paredes. | Anual |
Limpieza de la superficie del suelo ocupada por los muebles, desplazando los mismos. | NO |
Eliminación de manchas y roces de los muebles, tapicerías de butacas, sillones y sillas. | S/necesidades |
Limpieza xx xxxxxxx de aparcamientos y garajes. (Solamente en Unidad de Valoración) | Anual |
Limpieza de contraventanas. | NO |
Barrido o aspirado y fregado de suelos de aparcamientos y garajes. ( solamente en Unidad de Valoración) | anual |
Limpieza general de cocinas y office, incluyendo electrodomésticos y el interior de los muebles de estas dependencias. | NO |
Tratamiento de suelos, decapado, cristalizado, abrillantado y otros, con productos y máquinas adecuadas. | semestral |
Lavado o limpieza de persianas y estores no textiles. | anual |
Lavado o limpieza en seco xx xxxxxxxx, visillos y estores, incluyendo desmontaje, limpieza y colocación de los rieles y barras. | semestral |
Fumigación, desratización, desinfección, etc. de la totalidad de sótanos y plantas bajas. | NO |
Limpieza general. Incluyendo también todos los espacios que se relacionan en el apartado “Relación de espacios excluidos del servicio de limpieza” | anual |
Otros: Solo en la sala de niños de la Unidad de Valoración, limpieza y desinfección del material de trabajo, colchonetas y juguetes, Etc. | diaria |
Otros: Desinfección de zonas comunes, tales como puertas de entrada o salida, pasamanos, mostradores, botoneras de ascensores, etc. | 2 veces al día (una a media mañana y otra por la tarde) |
ZONAS EXTERIORES Y VIALES
Vaciado de papeleras y ceniceros. | NO |
Barrido de zonas de entrada y aceras. | semanal |
Limpieza en paredes, suelos, puertas, ventanas y mobiliario de pintadas, pegatinas y carteles. | NO |
Limpieza de las puertas y escaleras de acceso a los edificios. | semanal |
Recogida de desperdicios y suciedades en patios, zonas asfálticas, zonas deportivas y jardines, incluido hojas de los árboles. | NO |
Barrido de patios, zonas asfálticas, zonas deportivas, escaleras de emergencia, terrazas, balcones, azoteas y desagües de las mismas. | mensual |
Limpieza de canalizaciones, en casos de obstrucción tantas veces como sea necesario. | S/necesidades |
Limpieza de letreros, rejas, persianas, fuentes, maceteros, jardineras, apliques, puntos de luz y otro mobiliario urbano. | Bi-mensual |
Limpieza xx xxxxxxxxx exteriores. | NO |
Limpieza con agua a presión de los patios, zonas asfálticas y zonas deportivas. | NO |
Limpieza de fachadas. | NO |
Xxxxxx xx xxxxxxxx. | NO |
Otros, aplicación de detergentes, desinfectantes, protectores, etc. | NO |
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 00 00 00 - Fax 000 00 00 00
DESCRIPCIÓN DE LOS EDIFICIOS |
CUADRO DE SUPERFICIES Y ESPECIFICACIONES
1º Unidad de Valoración y Atención a Personas con Discapacidad Superficie total: 1.043 m2 ; Distribuidos en: Oficinas: 998 m2 y Archivos: 45 m2 Nº de Plantas: 3; Tipo de suelo: linóleo Nº de comunicación vertical: Escaleras: 1 y Ascensores: 1 Nº de despachos: 20 Nº xx Xxxxx: 7, 2 Señoras, 2 Caballeros y 3 Discapacitados Nº de puestos: 23 personal que trabaja Otros conceptos: 1 Salón de actos, 1 Sala de juntas, 1Almacenes/archivos, 1 sala de espera, y vestuarios. Garaje. |
2º C. D. Xxxxx I Superficie total: 1.990,86m2 (Construidos), Superficie Jardín: 142,80 m2 Nº de Plantas: 2; Tipo de suelo: en 1ª y 2ª planta, hay un 75 % de Terrazo y un 25 % de tarima flotante . Nº de comunicación vertical: Escaleras: 1 y Ascensores: 1 Nº de despachos: 5 Nº xx Xxxxx - cabinas: 7 de los cuales, 4 Señoras, 3 Caballeros y 3 de las anteriores están adaptadas para Discapacitados Nº de trabajadores: 5 Destino de cada planta: Planta baja: despachos, salón-cafetería, sala de rehabilitación, Baños, servicio de estancias diurnas, planta superior: salas de terapia ocupacional, despacho, sala T.V., biblioteca y baños. |
RELACIÓN DE ESPACIOS EXCLUIDOS DEL SERVICIO DE LIMPIEZA
En Centro de Día Ávila I: La segunda planta, la cocina y el espacio ocupado por la xxxx xx xxxxx en cafetería y el jardín. |
3.- HORARIO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
El horario en el que los Centros permanecerán abiertos y en el que se podrá realizar la prestación del servicio, será:
1º- Unidad de Valoración y Atención a Personas con Discapacidad: de lunes a viernes, desde las 9:30 a las 13:30, desde las 15:30 a 17:30 horas y desde las 18:30 a 20:30.
2º- Centro de Día Ávila I: de Lunes a Viernes, Limpieza y desinfección de aseos y desinfección de zonas comunes de 11:00 a 14:00, limpieza completa del centro de 19:00 a 24:00 h.
Estos horarios corresponden al intervalo de tiempo en el cual se debe realizar el servicio, pudiéndose modificar por los centros según sus necesidades y de acuerdo con el adjudicatario.
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 00 00 00 - Fax 000 00 00 00
4.- MEDIOS MATERIALES.
Los materiales a emplear en el servicio de limpieza objeto de este concurso serán por cuenta del contratista. Asimismo, serán por cuenta del adjudicatario el suministro de papel higiénico, las toallitas, en su caso, y el jabón de tocador que se consuma en los servicios de los Centros.
La carencia de productos de limpieza, así como de papel higiénico y jabón de tocador se considerará como incumplimiento en la prestación del servicio.
No podrán ser utilizados productos de limpieza que sean tóxicos, no biodegradables y, en general, aquellos cuyo uso pudiera atentar contra la salud de los usuarios y personal. Los productos utilizados en la limpieza deberán ser de primera calidad y de resultados y marcas reconocidas, que no dañen los elementos sobre los que se apliquen, así como de alto poder desinfectante y bactericida y adecuado a cada tipo de superficie que se limpie. Las ceras serán antideslizantes. En todo caso, los productos utilizados deberán contar con el visto bueno de la Dirección del Centro.
Los gastos de agua, alumbrado y energía eléctrica que se produzcan como consecuencia de la prestación del servicio serán por cuenta de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales.
5.- AUSENCIAS Y SUSTITUCIONES.
La empresa adjudicataria está obligada a sustituir a los trabajadores adscritos al centro cuando se den las causas de absentismo contempladas en la legislación laboral, de manera que se mantenga permanentemente el número de trabajadores necesarios para la prestación del servicio, de acuerdo con la oferta formulada.
La empresa adjudicataria informará a la Gerencia Territorial sobre la presencia de la plantilla, ausencias y sustituciones de trabajadores que realice.
6.- SUPERVISIÓN DE LOS TRABAJOS.
Para supervisar la asistencia del personal al trabajo así como su eficacia, y, al propio tiempo, mantener relación con la Gerencia Territorial de Servicios Sociales, el contratista designará un representante de su confianza que deberá visitar periódicamente, al menos cada quince días, los edificios objeto de este contrato para comunicar a la persona o personas que se designen por parte de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales sobre las novedades o incidencias que se hayan producido y, al mismo tiempo, recibir las instrucciones pertinentes para que la limpieza sea adecuada a las características de las instalaciones. Dicho representante deberá tener conocimiento del sistema de limpieza y contar con poderes del contratista para adoptar resoluciones en el momento, velando para
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 00 00 00 - Fax 000 00 00 00
que la limpieza sea llevada a cabo perfectamente y cumpliendo siempre las órdenes que al respecto reciba.
Igualmente, la Gerencia Territorial podrá inspeccionar al personal y sus trabajos en todo lo que se refiere a la contrata y comprobar la limpieza realizada cuando lo estime necesario, suscribiendo un acta en el momento de la inspección en la que se señalen las anomalías observadas y que firmará la persona designada por la Gerencia Territorial y el representante del contratista.
La empresa adjudicataria deberá uniformar por su cuenta a sus trabajadores durante las horas en que realicen el servicio de limpieza.
Los daños que el personal de limpieza pudiera ocasionar en el mobiliario instalaciones y equipamiento del Centro serán indemnizados por el contratista. La reclamación de aquéllos se formulará conforme al procedimiento establecido en la legislación aplicable.
De todo servicio con periodicidad superior a la semana se justificará su realización mediante la expedición del parte de trabajo correspondiente que deberá entregarse a la persona designada por la Gerencia a que anteriormente se ha hecho referencia.
7. - CONDICIONES GENERALES.
La Gerencia de Servicios Sociales vigilará, como crea conveniente, el cumplimiento de las condiciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y controlará la realización de los trabajos.
La Gerencia de Servicios Sociales podrá exigir de la empresa adjudicataria la sustitución de cualquier trabajador que no se comporte con la debida corrección en el citado inmueble o no cumpla su cometido con la diligencia precisa.
8.- CIERRE DEL CENTRO POR VACACIONES
El cierre de un centro por vacaciones, en su caso, deberá ser comunicado al contratista con 3 meses de antelación. Esta comunicación deberá incluir las fechas de cierre. Durante el periodo de cierre la Gerencia de Servicios Sociales xx Xxxxxxxx y León no abonará al adjudicatario el servicio de limpieza, siendo la cantidad a deducir, por meses, el resultado de multiplicar los días que no se presta el servicio por el resultado de dividir el precio mensual entre los días de prestación del servicio.
9.-OTRAS NORMAS.
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 00 00 00 - Fax 000 00 00 00
Con independencia de lo estipulado en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas, el contratista deberá adscribir al servicio el personal suficiente para la ejecución del contrato. En ningún caso podrá alegar dicho personal derecho alguno frente a la Gerencia de Servicios Sociales, ni exigir a ésta responsabilidad alguna derivada de su relación laboral con el contratista.
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 00 00 00 - Fax 000 00 00 00
ANEXO
CONDICIONES SANITARIAS EN LA PRESTACION DE SERVICIOS EN EL MARCO DE LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19
REQUISITOS PARA EL ACCESO DE PERSONAS AJENAS A CENTROS SOCIOSANITARIOS:
- Se prohíbe el acceso al centro por parte de toda persona que presente síntomas compatibles con COVID-19, como infección respiratoria, tos, fiebre, sensación de falta de aire o pérdida reciente de gusto u olfato, o que se pueda encontrar en fase contagiosa de COVID-19, aun siendo asintomático, con una prueba PCR+ o una prueba IgM positiva, o que se encuentre en cuarentena por ser contacto de un caso de COVID-19 posible, probable o confirmado.
- La empresa deberá procurar que los trabajadores sanitarios y sociosanitarios que presten servicio con contacto directo con los usuarios tengan realizado un test de PCR y de anticuerpos IgM/IgG.
- Se indica la prohibición de saludos de mano o besos.
- El personal de la empresa que preste servicios deberá haber sido informado de las condiciones sobre higiene de manos e higiene respiratoria, como medidas principales.
- El personal deberá realizar una higiene de manos nada más entrar en el centro, antes del inicio de la actividad y siempre que sea preciso para garantizar la salud y seguridad de los residentes, debiendo cumplir también las medidas higiénicas, respiratorias, al toser, estornudar, de acuerdo a la infografía/guías enviadas a los centros.
- La empresa deberá proporcionar los equipos de protección individual (EPIs) que sean precisos a sus trabajadores, además de proporcionarles la debida información sobre el manejo y retirada de los EPIs.
- El personal externo seguirá en todo momento las indicaciones del personal del centro. No se podrá acceder a las zonas restringidas de acceso, para lo cual deberá contar con la autorización necesaria del responsable del centro, en función de la fase de desescalada en que se encuentre el centro.
- Todas las actividades se procurarán realizar manteniendo la distancia interpersonal de 2 metros m, no obstante, si la tarea profesional a ejecutar precisase estar a una distancia inferior a 2 metros, se usarán los EPIs necesarios, debiendo, como mínimo, llevarse una mascarilla quirúrgica en todo momento.
- Antes de abandonar el centro, se colocarán todos los EPIs usados en los cubos/bolsas y contenedores dispuestos para tal efecto, de acuerdo a las instrucciones del centro, y se realizará una oportuna higiene de manos.
Se deberá tener en cuenta que estas recomendaciones podrán ser matizadas y/o modificadas posteriormente de acuerdo a las nuevas instrucciones respecto a los procedimientos de actuación frente al Covid-19 que el Ministerio de Sanidad edite.
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 00 00 00 - Fax 000 00 00 00
Información, infografía, documentación, procedimientos y guías:
- Boletines Oficiales del Estado (BOE) y autonómico xx Xxxxxxxx y León (BOCYL), y páginas web, que deben consultarse frecuentemente, dado que se modifican y se añaden documentos:
xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxxx/xx/xxxxx-00/xxxxxxxxxxx-xxxxxxxxxxxxx xxxxx://xxx.xxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxx/xxxxxXxxxxxx/xxxxxx/xxxxxxxXxxxxx/xXxx-Xxxxx/xxxx.xxx xxxxx://xxxxxxxxxxxxx.xxxx.xx/xxx/xx/xxxxxxxxxx-xxxxxxx-xxxxxxxxx/xxxxxxx-xxxxxxxxxxx-xxxx-xxxxxxxxxxx.xxxx xxxxx://xxxxxxxxxxxxx.xxxx.xx/xxx/xx/xxxxxxxxxx-xxxxxxx-xxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxx-xxxxxxxxxxx-xxxxxxxxx-xxxx.xxxx
X/ Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxxxx – Telf. 000 00 00 00 - Fax 000 00 00 00