ACUERDO DE INCORPORACIÓN COMO VOLUNTARIO/A EN EAPN ESPAÑA
ACUERDO DE INCORPORACIÓN COMO VOLUNTARIO/A EN EAPN ESPAÑA
De una parte, La Red Española de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión en el Estado Español (EAPN-España).
De otra parte, Xx / D, ............................................................., nacida el día , con
DNI nº. , número de póliza de seguro BC063649302, con
domicilio en la calle , nº , teléfono mail (en adelante Voluntario/a EAPN).
y e-
Las dos partes se reconocen mutuamente plena capacidad para realizar el presente
ACUERDO DE INCORPORACIÓN, a los fines del cual MANIFIESTAN:
EAPN-España aspira a ser una red de entidades que busca erradicar las causas que provocan la exclusión social, poniendo a la persona en situación de pobreza y exclusión social en el centro de su actividad. Por ello, la red es un espacio de reflexión, debate, incidencia política, difusión, sensibilización y formación en temas referidos al ámbito de la inclusión social.
Para la consecución de dichos fines, EAPN ESPAÑA estableció programas de voluntariado.
• La Persona Voluntaria está interesada en colaborar con carácter libre y solidario en el marco de alguno de los programas de voluntariado de EAPN ESPAÑA.
• Para regular las relaciones entre la persona voluntaria y EAPN ESPAÑA, se realiza el presente ACUERDO DE INCORPORACIÓN, en el que se establecen las siguientes.
CLÁUSULAS
Primera.- Carácter altruista de la relación:
La colaboración que preste la PERSONA VOLUNTARIA en cualquiera de los programas de EAPN ESPAÑA se llevará a cabo sin contraprestación económica o material, sin perjuicio del abono de los gastos reembolsables que el desempeño de la acción
voluntaria ocasione a los voluntarios de acuerdo a lo establecido en el art.12.2.d de la Ley 45/2015.
Segunda.- Derechos y deberes de la persona voluntaria:. De acuerdo con lo establecido en el art. 11 de la ley 45/2015
1. El Voluntario/a de EAPN ESPAÑA tiene los siguientes derechos:
a) Recibir la orientación, formación y apoyo necesarios para el ejercicio de su actividad.
b) Xxx tratada sin discriminación, respetando su libertad, dignidad, intimidad y crencias.
c) Participar activamente en EAPN ESPAÑA, de acuerdo con sus estatutos y normas de actuación.
d) Estar asegurado por los riesgos que puedan derivar del ejercicio de la actividad voluntaria.
e) Ser reembolsado/a por los gastos que realice en el desarrollo de actividades.
f) Disponer de una acreditación que le identifique como persona voluntaria
g) Realizar la su actividad en las debidas condiciones de seguridad y higiene
h) Recibir certificación de su participación en los programas y proyectos de voluntariado, que podrán, si es el caso, como reconocimiento de su valor social, ser objeto de valoración en su currículo.
i) Xxxxx libremente en su condición de personas voluntarias.
j) Que sus datos de carácter personal sean tratados y protegidos de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de datos de carácter personal.
2. El Voluntario/a de EAPN ESPAÑA tiene los siguientes deberes:
a) Cumplir los compromisos adquiridos con EAPN ESPAÑA, respetando sus fines y normativa.
b) Guardar confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de su actividad voluntaria.
c) Rechazar cualquier contraprestación material que había podido recibir, bien del beneficiario, bien de otras personas relacionadas con su acción.
d) Respetar los derechos de las personas destinatarias de la acción voluntaria.
e) Actuar de forma diligente y solidaria.
f) Participar en las tareas formativas previstas por EAPN ESPAÑA, tanto específicas de la actividad voluntaria, así como las de carácter permanente sean necesarias para mantener la calidad de los servicios que se presten.
g) Seguir las instrucciones idóneas a los fines de la acción, impartidas en el desarrollo de las actividades encomendadas.
h) Utilizar debidamente la acreditación y distintivos de EAPN ESPAÑA.
i) Respetar y cuidar los recursos materiales que ponga a su disposición EAPN ESPAÑA.
j) No haber sido condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, trata y explotación de menores, y a tal efecto deberán acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de Penados por estos delitos.
k) No podrán ser voluntarias las personas que tengan antecedentes penales no cancelados por delitos de violencia doméstica o de género, por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad,delitos de tráfico ilegal o inmigración clandestina de personas o por delitos de terrorismo en programas cuyos destinatarios hayan sido o puedan ser víctimas de estos delitos. Esta circusntancia se acreditará mediante una declaración responsable de no tener antecedentes penales por estos delitos
Tercera.- Deberes de EAPN ESPAÑA:
EAPN ESPAÑA se compromete con la persona voluntaria a:
a) Cumplir los compromisos adquiridos en este acuerdo.
b) Suscribir una póliza de seguro, que cubra los riesgos derivados de la acción del voluntariado tanto la responsabilidad civil como los accidentes y enfermedad.
c) Cubrir los gastos derivados del desempeño de sus actividades de voluntariado y dotar a las personas voluntarias de los medios adecuados para el cumplimiento de sus cometidos.
d) Establecer los sistemas internos de información, orientación y apoyo, así como los medios materiales necesarios para el ejercicio de las funciones que se le encomienden.
e) Proporcionar formación específica y la orientación necesaria para el desarrollo de su actividad.
f) Garantizarle la realización de su actividad en las debidas condiciones de seguridad y higiene.
g) Facilitarle una acreditación que le habilite e identifique para el desarrollo de la sua actividad.
h) Expedirle un certificado que acredite los servicios prestados.
Cuarta.- Contenido de las funciones y actividades de la persona voluntaria: La Persona VOLUNTARIA prestará su colaboración en las actividades que EAPN ESPAÑA lleve a cabo en el cumplimiento de su misión.
Quinta.- Tiempo de dedicación que se compromete a realizar La Persona VOLUNTARIA: La Persona VOLUNTARIA prestará su colaboración durante_3 horas semanales como máximo.
Sexta.- Proceso de formación requerido:
La formación específica requerida para la realización del servicio en el que la Persona VOLUNTARIA va a colaborar es la siguiente: Se le aportará en las mismas sesiones.
Séptima.- Duración del compromiso:
El presente acuerdo tendrá una duración indefinida.
Cualquiera de las partes podrá dejarlo sin efecto, debiendo comunicar la su decisión a la otra parte con una antelación suficiente, segundo el tipo de colaboración que se esté a prestar y, en todo caso, de forma que no suponga perjuicio para lo cual recibe la comunicación.
Y, en prueba de conformidad, lo firman los dos intervinientes en duplicado ejemplar y será aportado según proceda, lo establecido en las cláusula 2.2.j y 2.2.k.
Madrid, a de de
Firmado: EAPN ES Firmado: