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LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PARA CONTRATAR LA |
LIMPIEZA DE PREDIOS E INSTALACIONES DE CEAMSE EN |
LA XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX X XX XX |
XXXXXXXXX. XX XXXXXX XXXXX. |
LICITACIÓN N° 02/17
CLÁUSULAS PARTICULARES
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PARA CONTRATAR LA LIMPIEZA DE PREDIOS E INSTALACIONES DE CEAMSE EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y EN LA PROVINCIA. DE BUENOS AIRES 43
LICITACIÓN N°02/17 43
CLÁUSULAS PARTICULARES 43
Artículo 1 Objeto 47
Artículo 2 Terminología 47
Artículo 3 Pautas, información y condiciones fijadas por CEAMSE 49
Artículo 4 Responsabilidad del Oferente de verificar las Condiciones en que se prestarán los servicios a contratar. Suficiencia de la Oferta 49
Artículo 5 Prestaciones a cargo del Contratista 51
Artículo 6 Ampliación o reducción del contrato u Orden de Compra 57
Artículo 7 Prestaciones a cargo de CEAMSE 58
Artículo 8 Duración del Contrato u Orden de Compra – Plazos 59
Artículo 9 Forma de Cotizar 59
Artículo 10 Retribución al Contratista 60
Artículo 11 Presentación y pago de Facturas 61
Artículo 12 Régimen de Variación de Precios 62
Artículo 13 Impuesto Al Valor Agregado 65
Artículo 14 Sellados 65
Artículo 15 Inspección de CEAMSE 65
Artículo 16 Prohibición de Ceder o Transferir el Contrato u Orden de Compra - Subcontrataciones parciales 68
Artículo 17 Documentos del llamado a Licitación 69
Artículo 18 Forma de presentación 70
Artículo 19 Recaudos a cumplimentar. Contenido del Sobre 73
Artículo 20 Garantía de Oferta 84
Artículo 21 Garantía de Ejecución del Contrato u Orden de Compra 86
Artículo 22 Responsabilidad por daños y perjuicios – Reclamos Administrativos, judiciales y/o extrajudiciales. Accidentes de trabajo 86
Artículo 23 Obligaciones respecto del personal 88
Artículo 24 Otras obligaciones del Contratista 91
Artículo 25 Seguros 92
Artículo 26 Garantías 96
Artículo 27 Penalidades y Multas 96
Artículo 28 Descargo 99
Artículo 29 Persistencia o Reincidencia 100
Artículo 30 Interrupción del servicio 101
Artículo 31 Retención de pago 101
Artículo 32 Intereses por xxxx 102
Artículo 33 Rescisión 103
Artículo 34 Modificaciones a las Cláusulas Generales 104
Artículo 35 Adjudicación 106
Artículo 36 Tribunales Competentes - Domicilios 107
Artículo 1 Objeto
Esta Licitación Pública Nacional tiene por objeto la adjudicación de uno o más contratos u Ordenes de Compra, para contratar la Limpieza de predios e instalaciones de CEAMSE en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Provincia de Buenos Aires.
La Oferta deberá estar en un todo de acuerdo con las pautas dadas en el presente Pliego de Bases y Condiciones.
Las Ofertas deberán presentarse en la Sede de CEAMSE sita en Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, en la fecha y hora indicada en la carátula.
Artículo 2 Terminología
Además de lo expresado en el Artículo 1; Apartado 1.2. xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales, se aclara el significado de los siguientes términos:
− Estación de Transferencia: es una construcción especialmente diseñada para recibir los residuos transportados por un vehículo de menor porte, para ser transferidos a una unidad de mayor porte, para su
posterior traslado masivo a un Complejo Ambiental para su disposición final o a otra Estación de Transferencia.
− Complejo Ambiental: Se entiende por tal todas las instalaciones (oficinas, obrador, relleno sanitario, etc.) que se encuentran dentro del predio que es o fue utilizado para la disposición final de los residuos.
− Reciparque: Es el predio en el cual se encuentran comprendidas las plantas de separación y clasificación de RSU de características sociales y privadas, como así también el taller de arte y la oficina xx xxxxxxx y pesaje 5-6, situado en la colectora de ingreso al CA Norte III.
− Legajo: Conjunto de información clasificada por materia que conforma la Oferta.
− Antecedentes: La documentación que presenten los Oferentes de sus actividades como empresas que evidencien experiencia sobre el tema en servicios similares a los que se licitan.
− Gerencias Responsables: Se denomina así a la Gerencia de Coordinación Abastecimiento y Contrataciones.
Artículo 3 Pautas, información y condiciones fijadas por CEAMSE
El presente Pliego de Bases y Condiciones, consta de pautas generales para los servicios a contratar que constituyen las pautas y parámetros que fija CEAMSE como base de los servicios objeto de la presente Licitación.
Artículo 4 Responsabilidad del Oferente de verificar las Condiciones en que se prestarán los servicios a contratar. Suficiencia de la Oferta
Antes de la presentación de su Oferta los interesados deberán compenetrarse de las actuales condiciones jurídicas y fácticas en que se prestarán los servicios, de los recaudos técnicos aplicables y exigidos para prevenir y evitar la contaminación ambiental y de los demás detalles y datos que hagan a la mejor prestación de los servicios a contratar.
Consecuentemente ponderará todas las facetas de las diferentes tareas a realizar y los factores incidentales que pudieren afectarlos en cuanto a la modalidad de ejecución, cantidad, tiempo y alcance de los servicios, materiales, maquinarias, movilidad, herramientas, repuestos, combustible, personal, y demás prestaciones necesarias para el cumplimiento total y cabal de las obligaciones que asumirá de resultar adjudicatario.
Los interesados deberán obtener por su propia cuenta o solicitar expresamente a CEAMSE toda la información necesaria en lo relativo a
riesgos, contingencias y circunstancias que eventualmente pudieran influir o afectar su oferta.
En la Oferta deberán considerar las cargas impositivas, sociales y previsionales según la legislación al momento de efectuar su cotización, como así también incluir los seguros de acuerdo a lo exigido en el presente Pliego de Bases y Condiciones.
Corresponderá al Contratista el pago en su totalidad de:
− gastos necesarios para asegurarse los permisos, aprobaciones, habilitaciones, prestaciones y todo costo relacionado con su Contrato u Orden de Compra.
− impuestos, tasas y contribuciones nacionales, provinciales y municipales vigentes y a crearse.
La información que se proporciona en el presente Pliego de Bases y Condiciones, no eximirá al Oferente de su responsabilidad, considerándose que el mismo antes de formular su oferta ha verificado toda la información y se ha compenetrado de todos los datos, riesgos e incidencias que puedan afectar su oferta.
Los Oferentes garantizan la exactitud y total suficiencia de los costos de cualquier naturaleza y que los montos cotizados incluyen todos los riesgos,
contingencias, incidencias, factores y demás circunstancias directa o indirectamente vinculadas a los servicios que se contratan.
Artículo 5 Prestaciones a cargo del Contratista
Estarán a cargo del Contratista las siguientes prestaciones a cumplir, que en forma enunciativa y no taxativa se detallan a continuación y conforme las Memorias Técnicas y Anexos que forman parte del presente Pliego de Bases y Condiciones y son:
5.1 Ítem 1: Limpieza en Sede Xxxxxxx, Predio Colegiales, y Estaciones de Transferencia xx Xxxxxx, Colegiales, Pompeya, Alte. Xxxxx y Xxxxxxxx y que se encuentran ubicadas en:
a) Sede Alcorta: Xxxxxxx Xxxxxxx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
b) Predio Colegiales: Xxxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
c) E. T. Flores: Xxxxxxxxx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
d) E. T. Colegiales: Xxxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
e) E. T. Pompeya: Xxxxxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
f) E. T. Alte. Brown: Xxx Xxxxxx x Xxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx xx Xxxx. Xxxxx, Xxxx. xx Xxxxxx Xxxxx.
g) E. T. Xxxxxxxx: Xxxxxxxx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
5.2 Ítem 2: Limpieza en el Camino Parque del Buen Ayre (CPBA) Peaje Norte, Peaje Oeste, Puestos intermedios de Peaje (Xxxxxxxxxxx ascendente, Combate Xxxxx descendente, Ruta 8 ascendente y descendente, Xxxx 000 ascendente y descendente, Gorriti ascendente y descendente, Xxxxxx Xxxxxx descendente), Parques aledaños al mismo (Malvinas Argentinas, General San Xxxxxx, San Xxxxxxxxx y Santa Xxxxx), Sede Gorriti, Centro de Monitoreo y Vigilancia, Centro de Servicios y Emergencias, que se encuentran ubicadas en:
a) Estación de Peaje Norte: CPBA, Progr. 1.800.
b) Estación de Peaje Oeste: CPBA, Progr.20.800.
c) Puestos intermedios de Peaje:
• Xxxxxxxxxxx ascendente: CPBA, Progr. 5.200.
• Combate Xxxxx descendente: CPBA, Progr. 11.500.
• Xxxx 0 ascendente y descendente: CPBA, Progr. 10.200.
• Xxxx 000 ascendente y descendente: CPBA, Progr. 12.700.
• Xxxxxxx ascendente y descendente: CPBA, Progr. 15.500.
• Xxxxxx Xxxxxx descendente: CPBA, Prog. 20.000.
d) Parques:
• Malvinas Argentinas: CPBA, Progr. 20.500.
• General San Xxxxxx: CPBA, Progr. 4.500.
• San Xxxxxxxxx: CPBA, Progr. 13.500.
• Santa Xxxxx: CPBA, Progr. 18.800.
• Sede Gorriti: CPBA, Progr. 15.500.
e) Centro de Monitoreo y Vigilancia: CPBA, Progr. 10.200.
f) Centro de Servicios y Emergencias: CPBA, Progr. 10.200.
5.3 Ítem 3: Limpieza del sector de vestuarios y sanitarios para el personal de choferes y cargadores de los camiones del Complejo Ambiental Norte III (Progresiva 7500 del CPBA), el Servicio de limpieza de la oficina dependencias sanitarias y de los boxes de supervisión y sanitarios aledaños al anterior dentro del predio correspondiente al “Reciparque” en el Complejo Ambiental Norte III, ubicados en la Pcia. de Buenos Aires (Progresiva 7500 del CPBA) y la limpieza de oficina, sanitario y office de la planta de desgasificación de Norte III y Norte IIIa del Complejo Ambiental Norte III (Progresiva 7500 del CPBA) y la limpieza de 2 oficinas, 2 baños, 2 offices, sectores sanitarios y vestuarios masculino y femenino de la Planta de Ecoladrillos (Progresiva 7500 del CPBA).
5.4 Ítem 4: Limpieza, recolección y embolsado de los residuos y su posterior disposición final en toda la extensión de la traza del Camino Parque del Buen Ayre, incluido el xxxxxxx central y su mantenimiento con xxxxx xx xxxxx, desde su vinculación con la Autopista Panamericana, hasta el Acceso Oeste, incluyendo
ambas cabeceras de peaje denominadas Oeste y Norte, incluyendo Subestaciones, Viaductos, Intercambiadores, Banquinas y Ojales, Como así también la limpieza de la xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx, ubicada en el Camino Parque del Buen Ayre, (Prog. 5.200 del CPBA), Xxxxxxx xx Xxx Xxxxxx, Xxxx. xx Xxxxxx Xxxxx y según se detalla en las planillas que se adjuntan al presente como Anexo 4 y de acuerdo a los servicios a prestar, detallados en la correspondiente Memoria Técnica que forma parte del presente Pliego de Bases y Condiciones
5.5 Ítem 5: Limpieza en el Complejo Ambiental Xxxxx Xxxxxxxx y que se encuentra ubicado en:
• X. X. Xxxxx Xxxxxxxx: Xxxxxx 0000 (XX 0000), Xxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
• Planta de tratamiento de Biogas: : Xxxxxx 0000 (XX 0000), Xxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
5.6 Ítem 6: Limpieza en Sede y Sub Sede La Plata de CEAMSE y que se encuentran ubicadas en:
• Sede La Plata : Xxxxx 0 Xx 0000, Xx Xxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
• Sub Sede La Plata : Xxxxx 0 Xx 0000, Xx Xxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
5.7 Ítem 7: Servicio de recogida de volados y restos de residuos, embolsado para disposición final en C.A. Norte III, y mantenimiento de áreas verdes del Reciparque, en todo su perímetro y en los perímetros de las Plantas de separación.
5.8 Las tareas a realizar para los Ítem 1, 2, 3, 5 y 6 (Apartados 5.1, 5.2, 5.3,
5.5 y 5.6 del presente Artículo) se dividen en:
5.8.1 Limpieza diaria: comprende la limpieza profunda y de mantenimiento en los inmuebles que se detallan en las planillas que se adjuntan al presente como Anexos 1, 2, 3 y 5 y de acuerdo a los servicios a prestar, detallados en las distintas Memorias Técnicas que forman parte del presente Pliego de Bases y Condiciones.
5.8.2 Limpieza periódica: comprende la limpieza profunda de los inmuebles y con la periodicidad que se detalla en las planillas que se adjuntan al presente como Anexos 1, 2, 3 y 5 y de acuerdo a los servicios a prestar, detallados en las distintas Memorias Técnicas que forman parte del presente Pliego de Bases y Condiciones.
5.9 Las tareas a realizar para el Ítem 7 (Apartado 5.7 del presente Artículo) se realizará de forma diaria según se detalla en la planilla que se adjunta al presente como Anexos 3 y de acuerdo a los servicios a prestar, detallados
en las distintas Memorias Técnicas que forman parte del presente Pliego de Bases y Condiciones.
5.10 Para la prestación de los servicios requeridos el Contratista deberá hacerse cargo del personal, los que deberán contar con la ropa reglamentaria, es decir con los reflectivos correspondientes en camisas, pantalones, camperas y buzos., como así también de los gastos de combustible, lubricantes, mantenimiento y reparaciones del/de los camión/es y camioneta/s necesarios para la prestación del servicio. Asimismo deberá contar con las habilitaciones legales correspondientes y la documentación del/de los camión/es y camioneta/s afectado/s al servicio, ésta última incluye el pago de impuestos del mismo, la contratación y pago de seguros a satisfacción de CEAMSE, tanto para el personal como del/ de los camión/es y camioneta/s, el pago actualizado de impuestos que graven el rodado y la actividad que desarrollan.
5.11 Servicio de Comunicación entre CEAMSE y el Contratista
El Contratista deberá contratar para los encargados o responsables de cada ítem, los servicios de NEXTEL o el que CEAMSE oportunamente adopte, a fin de comunicarse con la Inspección.
Artículo 6 Ampliación o reducción del contrato u Orden de Compra.
El Contrato u Orden de Compra resultante del llamado a Licitación podrá ser objeto de ampliaciones o reducciones a exclusivo criterio de CEAMSE. En él supuesto que se resolviere la ampliación o reducción, el monto no podrá exceder el veinte por ciento (20%) del costo total del Contrato u Orden de Compra, observándose las mismas reglas y el mismo criterio económico que se aplicó para el Contrato u Orden de Compra original.
Artículo 7 Prestaciones a cargo de CEAMSE
Estará a cargo de CEAMSE el cumplimiento de las siguientes prestaciones:
7.1 Permitir el ingreso al Contratista a los predios, donde se prestarán los servicios a contratar.
7.2 Ejercer la Inspección de los servicios a prestar, de acuerdo a lo solicitado en el presente Pliego de Bases y Condiciones y acordado contractualmente.
7.3 Abonar las facturaciones al Contratista en el tiempo y forma que se establece en el presente Pliego de Bases y Condiciones.
Artículo 8 Duración del Contrato u Orden de Compra – Plazos
La duración del Contrato u Orden de Compra será de veinticuatro (24) meses corridos a contar desde la fecha en que se firme el mismo o desde la fecha de recepción de la Orden de Compra, con opción a renovar éste por un nuevo período igual o menor, siempre a exclusivo juicio y decisión de XXXXXX, que será notificado fehacientemente al Contratista..
8.1 Iniciación de los servicios
La suscripción del contrato o fecha de recepción de la Orden de Compra implicará que el Contratista recibe en el mismo acto la orden de iniciación de los servicios que se le encomiendan y que a partir de esa fecha comenzarán a regir los plazos.
Artículo 9 Forma de Cotizar
El Oferente deberá cotizar en PESOS los servicios detallados en el Artículo 5 y la forma de pago establecida en el Artículo 10 ambos de las presentes Cláusulas Particulares. Deberán cotizar un monto mensual por cada Ítem y un monto por la totalidad de los servicios solicitados y de acuerdo al Formulario de Cotización adjunto al presente Pliego de Bases y Condiciones.
9.1 Los valores cotizados en el presente Artículo comprenderán la retribución por todos los servicios (incluye maquinaria, movilidad, elementos, materiales, insumos y mano de obra) que se contratarán y que están especificados en el Artículo 5 de las presentes Cláusulas Particulares y Memorias Técnicas.
9.2 El Oferente deberá presentar una explicación sobre la composición porcentual de los montos ofertados, en cuanto a la importancia relativa de cada una de las prestaciones a cargo del Contratista, según los formularios de composición de los montos ofertados. Además deberá adjuntar el análisis de precios de cada ítem, según planillas de análisis correspondiente para cada una de ellos.
Artículo 10 Retribución al Contratista
Como retribución por los servicios a prestar, CEAMSE abonará en PESOS, los montos cotizados por el Contratista en su Oferta, considerándose también lo dispuesto en el Artículo 12 de las presentes Cláusulas Particulares.
El Contratista percibirá mensualmente los montos que hubiere ofertado para los distintos Ítem del Artículo 5, de las presentes Cláusula Particulares.
Artículo 11 Presentación y pago de Facturas
11.1 CEAMSE abonará al Contratista como retribución por los servicios a
prestar, los montos cotizados en su Oferta, abonando en pesos.
11.2 A los fines de dar cumplimiento con lo dispuesto por el Art. 21 del Decreto Reglamentario de la ley del IVA y la Resolución 1415, las facturas deberían emitirse el último día de cada mes.
11.3 La facturación deberá ser presentada y cobrada en la Sede Administrativa de CEAMSE. (Av. Xxxxxxx Xxxxxxx Nº 3.000, Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
De corresponder, las facturas serán abonadas a los cuarenta y cinco (45) días corridos, contados a partir de la fecha de presentación de la factura en mesa de entradas de CEAMSE. No se reconocerán intereses por el plazo de pago de las facturas.
11.4 Las facturas deberán emitirse de conformidad a las normas vigentes dictadas por la AFIP al momento de su presentación.
11.5 El Contratista deberá presentar con cada factura la documentación solicitada en el Artículo 25 Apartado 25.3.3, Artículo 24, Apartado 24.1 de las presentes Cláusulas Particulares. En caso de no ser presentada,
CEAMSE retendrá el pago de la/s factura/s correspondiente/s a ese período hasta tanto la misma no sea completada.
Artículo 12 Régimen de Variación de Precios.
De acuerdo a la ley N° 23.928, reglamentada por el Decreto 941/91, y con las modificaciones introducidas por la ley 25.561, los valores que surgen del formulario de Composición del/ de los Monto/s Cotizado/s con su correspondiente apertura de la estructura de costos, no sufrirán ningún tipo de indexación por precios, actualización monetaria, variación de costos o cualquier otra forma de repotenciación de las deudas, impuestos, precios o tarifas de los bienes, trabajos, servicios o entrega de material.
Revisión Frecuencia:
Sin perjuicio de lo indicado anteriormente, a partir de la fecha de inicio de los trabajos o de la prestación del servicio ó de la entrega de material, las partes revisarán la estructura de costos, a través de los análisis de precios presentados en la Oferta, con frecuencia semestral vencida o si las variaciones de precios superan el 10%, lo que ocurra primero.
Para el caso de frecuencia semestral se tomarán como final los valores vigentes correspondientes al mes de finalización de dicho semestre.
Para ambos casos partirán de los respectivos valores vigentes a la fecha de apertura de las Ofertas. para el primer período de revisión y respecto de la
última actualización aprobada por CEAMSE para los siguientes, conforme a los Formularios de Composición de Costos y de Análisis de Precios presentados al efecto por el Oferente y que en definitiva resulte adjudicatario.
La presentación del análisis de variación será efectuada por cualquiera de las partes, dentro de los primeros 45 (cuarenta y cinco) días corridos siguientes al vencimiento del período tratado.
Los índices que se utilizarán para el cálculo de variación de costos, serán los publicados por el INDEC u otros organismos oficiales siempre que corresponda su aplicación por una actividad específica y sean consensuados por las partes.
Para éste tipo de contratación, donde el componente salarial constituye un porcentaje significativo en el costo del servicio a contratar, CEAMSE podrá considerar los aumentos de sueldos otorgados por los gremios involucrados y homologados por el Ministerio de Trabajo. Estos incrementos deberán ser notificados y acreditados fehacientemente a CEAMSE, y en el supuesto de hacer lugar a los mismos, entrarían en vigencia a partir del mes subsiguiente de su petición.
Aplicación:
El/los nuevo/s valor/es sé aplicará/n para la facturación del servicio o entrega de material correspondiente, al mes siguiente del período bajo análisis.
Las partes instrumentarán el acuerdo, al que arribaren sobre él o los precios respectivos, mediante Actas Complementarias que formarán parte del Contrato o con Orden de Compra complementarias.
En el supuesto de no arribar a un acuerdo, las partes podrán someterse a un juicio arbitral a fin de resolver sus diferencias.
En caso de acordar acudir al juicio arbitral, este habrá de desarrollarse en la Ciudad de Buenos Aires, y cada una de las partes designará un árbitro, los que a su vez designaran un tercero. En caso de disidencia, el tercer árbitro será designado por el Presidente de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires.
La retribución total en conjunto de los árbitros, peritos, asesores y otros auxiliares en conjunto no podrá exceder el 25% xxx xxxxx.
El compromiso arbitral deberá ser otorgado dentro de los treinta (30) días de ser requerido por una de las partes, y será de cumplimiento obligatorio para las partes.
Artículo 13 Impuesto Al Valor Agregado
A los efectos de la Oferta y ampliando lo estipulado en el Artículo 11 de las presentes Cláusulas Particulares, se informa que XXXXXX deberá considerarse Responsable Inscripto, por lo que en la Oferta no se deberá incluir el IVA, ya que la tasa del impuesto será la vigente al momento de facturarse la obra.
Artículo 14 Sellados
A los efectos de la Oferta y ampliando lo estipulado en el Artículo 8 de las Cláusulas Generales, se informa que tanto en los Contratos como las Ordenes de compra, deberá efectivizarse el pago del impuesto de sellos correspondiente, según lo establecido en el Artículo mencionado.
Para la determinación de la base imponible para el sellado del contrato, se deja constancia que el valor económico será atribuible a la jurisdicción donde se ejecute la provisión.
Artículo 15 Inspección de CEAMSE
15.1 CEAMSE ejercerá la inspección de los servicios, maquinaria, movilidad,
materiales, insumos y mano de obra directa o indirecta que hayan sido contratados. Podrá realizar cuantas inspecciones considere necesario,
quedando facultada a llevarla a cabo directamente, por medio de su personal, o mediante terceros contratados a tal efecto.
La inspección de los servicios a realizar estará a cargo de XXXXXX, quien designará al personal que realice dichas inspecciones, según el área que corresponda, dependiendo de la especialidad o designará a un tercero contratado a tal efecto. La inspección incluirá el control del cumplimiento del Programa de Seguridad e Higiene.
El Contratista deberá colaborar en toda tarea indicada por CEAMSE que contribuya a los objetivos de preservar la calidad del ambiente. En el supuesto de comprobarse que el Contratista no cumple con las obligaciones a su cargo de acuerdo a lo establecido en el presente Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación integrante del Contrato u Orden de Compra, CEAMSE podrá, previa intimación fehaciente, realizar las tareas necesarias para el cumplimiento de dichas obligaciones a su cargo por si o por terceros y a cuenta y cargo del Contratista, sin perjuicio de las penalidades establecidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones. En ese sentido, CEAMSE podrá ejecutar la garantía de ejecución del contrato u Orden de Compra o bien descontar de las facturas pendientes de pago, los gastos en que hubiere incurrido al tomar a su cargo los servicios a prestar, sin perjuicio de las acciones legales que le correspondan.
15.2 A los efectos de documentar las comunicaciones entre las partes se utilizará un Libro de Ordenes de Servicio, que serán firmadas por la Inspección, y otro de Notas de Pedido, donde el Contratista asentará las comunicaciones formales con la Inspección.
Tanto el libro de Órdenes de Servicio como el de Notas de Pedido contarán con hojas por triplicado y serán provistos, foliados y rubricados por CEAMSE.
Por asuntos inherentes al Contrato u Orden de Compra el Contratista podrá comunicarse con CEAMSE únicamente usando el libro de Notas de Pedido. Lo hará siempre por intermedio de la Inspección, que visará las peticiones. En mérito a la celeridad de la comunicación el Contratista deberá contar con una dirección de correo electrónico a la que se podrán efectuar adelantos.
El Contratista estará obligado a suscribir el libro de Órdenes de Servicio cada vez que le sea requerido por la Inspección.
15.3 Las órdenes e instrucciones que la Inspección extienda en el libro de Órdenes de Servicio serán emitidas dentro de las condiciones establecidas en el Contrato u Orden de Compra.
El Contratista deberá dar estricto y puntual cumplimiento a las directivas que emita la Inspección de Obra.
Cuando el Contratista considere que en cualquier Orden de Servicio se excedan los términos del contrato u Orden de Compra podrá, al notificarse, manifestar por escrito su disconformidad con la orden recibida y formular en el libro de Notas de Pedido el reclamo pertinente dentro de los diez (10) días fundando las razones que le asisten para efectuarlo. Transcurrido ese plazo el Contratista no tendrá derecho a reclamación alguna.
La observación del Contratista opuesta a cualquier Orden de Servicio no lo eximirá de la obligación de cumplirla si ella fuere mantenida por la Inspección mediante nueva orden, pudiendo formular las reservas del caso si así lo creyera conveniente.
Artículo 16 Prohibición de Ceder o Transferir el Contrato u Orden de Compra - Subcontrataciones parciales
Por el presente se deja sin efecto lo dispuesto en el Artículo 2.6 de las Cláusulas Generales, quedando redactado de la siguiente forma:
El Contratista no podrá ceder o transferir el Contrato u Orden de Compra en cuanto a las obligaciones por él contraídas, a persona física o jurídica alguna, pudiendo realizar subcontrataciones parciales para la ejecución de algunas tareas dentro del servicio a prestar, pero manteniéndose como único y exclusivo responsable ante CEAMSE.
Para el caso de las subcontrataciones, el Oferente deberá presentar en su Oferta la nómina de empresas a subcontratar.
La autorización para dicha subcontratación será facultad discrecional de CEAMSE y tanto la autorización como el rechazo se dará en forma expresa y por escrito sin obligación de fundarla.
Tales subcontrataciones caducarán indefectiblemente al vencimiento del Contrato u Orden de Compra y no podrán hacerse valer ante CEAMSE por ningún concepto, obligándose el Contratista a incluir en los subcontratos, esta cláusula.
Ningún subcontratista podrá, a su vez, realizar subcontrataciones de ningún tipo, lo que queda expresamente prohibido.
Artículo 17 Documentos del llamado a Licitación.
Los documentos de la presente Licitación son los siguientes:
17.1 Cláusulas Generales para toda contratación de CEAMSE
17.2 Cláusulas Particulares
17.3 Memoria Técnica Limpieza en Sede Xxxxxxx, Predio Colegiales, y Estaciones de Transferencia de CEAMSE.
17.4 Memoria Técnica Limpieza en el Camino Parque del Buen Ayre (CPBA), Parques aledaños al mismo, Sede Gorriti, Centro de Monitoreo y Vigilancia y Centro de Mantenimiento y Emergencias
17.5 Memoria Técnica Limpieza del sector de vestuarios y sanitarios para el personal de choferes y cargadores de los camiones del Complejo Ambiental Norte III, el Servicio de limpieza de la oficina, dependencias sanitarias y de los boxes de supervisión y sanitarios aledaños al anterior dentro del predio correspondiente al “Reciparque” en el Complejo Ambiental Norte III y la limpieza de oficina, sanitario y office de la planta de desgasificación de Norte III del Complejo Ambiental Norte III y de la Planta de Ecoladrillos
17.6 Memoria Técnica Limpieza, recolección y embolsado de los residuos y su posterior disposición final en toda la extensión de la traza del Camino Parque del Buen Ayre, como así también la limpieza de la xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx
17.7 Memoria Técnica Limpieza en el Complejo Ambiental Xxxxx Xxxxxxxx, Planta de Tratamiento de Biogas, Sede y Sub Sede La Plata.
17.8 Formularios
17.9 Anexos
Artículo 18 Forma de presentación.
18.1 Las ofertas serán presentadas en un (1) sobre según se describe en el
Artículo 19 de las presentes Cláusulas Particulares, el que contendrá tres
(3) ejemplares de la oferta identificados en original, duplicado y triplicado, debidamente ordenados, foliados, firmados y aclarados por el Oferente o su representante legal.
En virtud de que en la presente Licitación se deberán presentar las Ofertas en un (1) solo sobre, la misma es de Etapa Única y en consecuencia la comparación de las ofertas y de las calidades de los oferentes se realizan en un mismo acto, es decir en la fecha prevista para la presentación de las ofertas. Por ello, no habilita la vista de las mismas, ya que no existe una precalificación previa sino una adjudicación.
Toda documentación del original que integre él sobre y que se presente en copia, deberá estar certificada por Escribano Público matriculado en la República Argentina y debidamente legalizada, con excepción de folletería o ilustraciones, que no formen parte de la oferta propiamente dicha.
18.2 En todos los casos de certificaciones y autenticaciones efectuadas en otros países, ellas deberán ser legalizadas ante el Consulado Argentino correspondiente y ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Argentina.
18.3 Toda la documentación que provenga del extranjero, salvo aquella que sea meramente ilustrativa, material impreso en general, planos, catálogos o
similar, deberá constar con la apostilla correspondiente, de acuerdo a lo establecido en el Convenio de la Haya del año 1.961.
18.4 En el sobre cerrado deberán figurar los siguientes datos:
Nombre del Oferente CEAMSE
Avxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xx 0.000 (X0000XXX) - Xxxxxx Xxxxx
Licitación Pública Nacional Nº...................................
Fecha de presentación de Ofertas: ...............................
Hora límite de presentación de Ofertas:.......................
Se deja constancia de que no se recibirán las ofertas que se presenten vencido el horario aquí indicado.
− Gerencia Responsable: Gerencias de Seguridad y Mantenimiento Edilicio, Explotación y Mantenimiento CPBA, Operaciones, Gerencia General, Gerencia de Nuevas tecnologías y Control Ambiental, Gerencia de Saneamiento y Mantenimiento CDF Terminados.
La propuesta se deberá foliar totalmente en forma corrida, independientemente del legajo que integre. La numeración de original, duplicado y triplicado deberá ser coincidente.
18.5 Los Oferentes deberán adjuntar con las ofertas presentadas, una Nota de Presentación en la que se dejará constancia de su entrega y recepción en día y horario, por parte de la Mesa de Entradas de CEAMSE.
18.6 Las Ofertas deberán estar totalmente redactadas en idioma castellano y presentarse en forma impresa y en archivos cien por cien compatibles con cualquiera de las aplicaciones de Microsoft Office y Autocad, entregados en soporte CD, salvo la folletería que no sea parte de la Oferta propiamente dicha.
Las Ofertas deben ser presentadas en la forma que especifica el presente
Pliego de Bases y Condiciones.
18.7 No podrán presentarse en esta Licitación Sociedades de Hecho y Personas Físicas individuales, en caso de hacerlo será rechazada su presentación.
18.8 Por el solo hecho de la presentación de la Oferta, el Oferente declara que el/los monto/s cotizado/s contempla/n absolutamente todas las posibilidades y aspectos técnicos, económicos-financieros, impositivos directos e indirectos, y por lo tanto, no procederá a reclamo alguno, de adicionales de cualquier origen y naturaleza, ni alteración alguna total o parcial al/ a los montos cotizado/s y aceptado/s por CEAMSE.
Artículo 19 Recaudos a cumplimentar. Contenido del Sobre.
19.1 El Sobre constará de Cuatro (4) Legajos a saber:
19.1.1 El Legajo I Contendrá los siguientes elementos
19.1.1.1 Una nota de presentación según formulario anexo, con aclaración de las personas firmantes e indicación de la personería que los faculta para realizar la misma en caso de representar a terceros o sociedades, aclarando si se presentan en UTE, quienes la integran y en caso de presentarse con subcontratistas para la realización de determinados servicios, aclarar de que empresa se trata.
19.1.1.2 Deberán presentar impresos los Pliegos y Circulares entregados en CD, debidamente firmados y aclarados por el Oferente.
19.1.1.3 Los Oferentes (personas jurídicas), deben estar comprendidos en la ley
19.550 de Sociedades, conforme modificaciones del Código Civil y Comercial, Ley 26.994, sin excepción, y deberán acompañar una copia del Acta Constitutiva, del Contrato Social o Estatutos, sus modificaciones y demás documentos societarios habilitantes vigentes, con constancia de su debida inscripción en el Registro Público de Comercio u otros organismos competentes y autenticados por Escribano Público y, en su caso, debidamente legalizados. Asimismo deberá acompañar los instrumentos sociales o notariales, que acrediten la representación que invoca el firmante de la Oferta. Todos estos documentos deberán estar autenticados por ante Escribano Público.
19.1.1.4 El nombre y apellido completos de los representantes, carácter en el que se presentan, cargo que ocupan en la sociedad, instrumentos que acrediten la personería de los Oferentes en representación de la sociedad, debidamente autenticados y, en su caso, legalizados, domicilio legal de la sociedad, teléfono, fax y dirección de correo electrónico.
19.1.1.5 Quienes suscriban las ofertas representando a personas jurídicas deberán acreditar debidamente su personería y facultades suficientes para formalizar la propuesta mediante la presentación de copia del poder general o testimonio notarial en el caso de tratarse de poderes especiales.
19.1.1.6 Constancia de la integración actual de su Directorio. En todos los casos, deberán también acompañar los nombres y apellidos completos y demás datos de identificación de los socios.
19.1.1.7 En el caso de que una Oferta sea presentada por varias sociedades, podrán hacerlo bajo la forma de UTE o sociedad anónima exclusivamente destinada al cumplimiento del contrato u orden de compra resultante de la licitación, en cuyo caso acompañarán el correspondiente contrato tentativo de UTE o acta compromiso el que deberá establecer la solidaridad de sus integrantes frente a la sociedad, así como determinar quienes asumirán su representación legal y técnica y los porcentajes de participación de sus integrantes. El objeto social de las sociedades integrantes de la UTE o de las que constituyan una sociedad anónima, deberá contemplar la
realización de todas las actividades previstas en la presente Licitación. Asimismo se deberá adjuntar el proyecto de contrato previsto en el Art. 1464 de la Ley 19.550, conforme Código Civil y Comercial Ley 21994, el que deberá establecer que para la admisión de nuevos miembros se deberá contar con la expresa conformidad de CEAMSE.
Cada una de las sociedades integrantes de la UTE, deberán cumplir con la totalidad de los requerimientos y requisitos exigidos en la presente licitación
19.1.1.8 Constitución de domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a todos los efectos del trámite licitatorio.
19.1.2 El Legajo II contendrá los siguientes elementos:
19.1.2.1 Un detalle de la organización interna de la empresa o empresas asociadas.
19.1.2.2 Nómina del personal de nivel gerencial permanente vinculado a la/s misma/s. Breve descripción de sus responsabilidades dentro de la empresa, formación y experiencia laboral pertinente.
19.1.2.3 Antecedentes en los servicios a contratar:
Los Oferentes deberán acreditar fehacientemente antecedentes y experiencia en servicios de la naturaleza y características similares a las del objeto de la presente Licitación, los que se detallarán en el Formulario de Antecedentes, adjunto al presente Pliego de Bases y Condiciones.
Deberán presentar referencias precisas que puedan ser verificadas por CEAMSE respecto de los antecedentes solicitados en el párrafo anterior y de acuerdo a las características solicitadas en el presente Pliego de Bases y Condiciones, aclarando su participación y rol. Debiendo presentar una breve descripción de las mismas donde demuestren fehacientemente su idoneidad y capacidad en la materia.
En especial el Artículo 5, Apartado 5.4 de las presentes Cláusulas Particulares, debiendo presentar referencias específicas que puedan ser verificadas por CEAMSE respecto de los antecedentes solicitados en el Apartado mencionado, teniendo en consideración que se trata de la prestación del servicio en gran parte de la traza del CPBA y de acuerdo a las características solicitadas en el presente Pliego de Bases y Condiciones
Se suprime el límite de tiempo previsto en el Artículo 2.2.12 de las
Cláusulas Generales.
19.1.2.4 Constancia expedida por el comitente, certificando que las tareas se han realizado con éxito y a su satisfacción.
En caso de que no hubiere comitente, se deberá certificar por la autoridad competente.
19.1.2.5 Organigrama de la estructura funcional que tendrá a su cargo los servicios en caso de resultar Adjudicatario, el cual deberá ser nominal y describir
cada una de las funciones y sus alcances. Deberán indicar la dedicación horaria estimada de los técnicos y encargados que intervendrán en las distintas tareas objeto de la presente Licitación.
19.1.2.6 A fin de garantizar la continuidad del servicio y privilegiar su prestación por personal ya experimentado en la modalidad del mismo, los oferentes deberán contemplar en su oferta la incorporación del 80% del personal que presta tareas para la actual contratista, privilegiando a aquellos de mayor antigüedad, a las órdenes de la actual Contratista y/o de las anteriores.
En los costos no deberán considerar antigüedad ya que los empleados renuncian y vuelven a empadronarse, por lo que arrancan sin antigüedad
19.1.2.7 Distribución y cuantificación del personal y operarios para cada Ítem, que serán afectados a los servicios, objeto de la presente Licitación. Conformidad y compromiso de participación del personal superior y con funciones técnicas. En los Formularios Curriculares se realizará una breve descripción de su formación y experiencia laboral vinculada con obras y servicios de características similares a las que se contrata.
19.1.2.8 Deberá presentar la designación de un encargado por cada Ítem y por turno, responsable por los servicios a prestar, para el supuesto de resultar Adjudicatario, con compromiso de los mismos para cumplir tales funciones con la dedicación solicitada en las Memorias Técnicas.
19.1.2.9 Listado detallado de las maquinarias y movilidad a utilizar con descripción de tipo, marca, modelo, año, y características técnicas de los mismos, debiendo acompañar la documentación respaldatoria de dicho detalle, que acredite fehacientemente la titularidad del Oferente, respecto de la/los misma/os y las calidades denunciadas y según formulario anexo al presente Pliego de Bases y Condiciones.
19.1.2.10 Para los servicios del Ítem 4, el Oferente deberá acreditar:
a) Licencia de conductor habilitante con la documentación correspondiente para el chofer del camión afectado al servicio
b) Que el camión objeto de los servicios a contratar cuenta con la correspondiente Verificación Técnica Vehicular y demás habilitaciones técnicas correspondientes.
c) Inscripción en el Registro de Transporte de Carga, Ley 24.449, u Organismos de Contralor, según corresponda.
19.1.2.11 Para los servicios que requieran el traslado de personal, maquinaria y materiales, el Oferente deberá acreditar:
d) Licencia de conductor habilitante con la documentación correspondiente para el chofer de la camioneta afectada al servicio
e) Que la/las camioneta/s objeto de los servicios a contratar cuenta con la correspondiente Verificación Técnica Vehicular y demás habilitaciones técnicas correspondientes.
f) Inscripción en el Registro de Transporte de Carga, Ley 24.449, u Organismos de Contralor, según corresponda.
19.1.2.12 Constancia de haber visitado el lugar en donde se llevarán a cabo los servicios objeto de la presente Licitación, a fin de interiorizarse de las condiciones en que se desarrollarán los mismos, características y alcances, de manera de garantizar la suficiencia de la Oferta.
19.1.2.13 Detalle de las empresas subcontratadas en caso que las hubiere: nominación y experiencia sobre el tema de su incumbencia.
19.1.2.14 Descripción de los servicios a prestar, de manera que permita evaluar con precisión su oferta de acuerdo al ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.Artículo 5 de las presentes Cláusulas Particulares, Memorias Técnicas y Anexos.
19.1.2.15 Será considerado como antecedente importante pero no excluyente para la evaluación de las Ofertas el contar con la acreditación de haber obtenido la
Certificación de las Normas ISO 9001/2008 para la Planificación y Provisión de servicios o cualquier otro tipo de certificado de calidad.
19.1.3 El Legajo III contendrá los siguientes elementos:
Podrán presentarse a la presente Licitación Sociedades previstas en el Art.
1 de la Ley 19559, reformada por el Código Civil y Comercial, Ley 26.994, las cuales deberán cumplir con los siguientes requisitos:
19.1.3.1 El Oferente deberá presentar los tres (3) últimos balances, certificados por Contador Público Nacional, con la debida intervención del Consejo Profesional de Ciencias Económicas que correspondiere.
Si desde la fecha de constitución no hayan transcurrido tres ejercicios, deberán presentar un ejemplar de aquellos balances que debieron haberse cerrado y tratado conforme la ley de Sociedades Nº 19.550 (t.o.1.984) y el estatuto conforme modificaciones del Código Civil y Comercial, Ley 26.994.
Cuando transcurran seis (6) meses o más entre la fecha de cierre del último ejercicio económico y la fecha de apertura de la Oferta, se deberá presentar adicionalmente un Balance irregular con cierre al ultimo día del segundo mes inmediato anterior a la apertura, certificados por Contador Público Nacional, con la debida intervención del Consejo Profesional de Ciencias Económicas que correspondiere.
19.1.3.2 Deberán acompañar, también, los comprobantes que acrediten su inscripción en AFIP.
19.1.3.3 Complementariamente a lo especificado en los Apartados anteriores del presente Artículo, el Oferente deberá presentar un estado financiero a la ultima fecha de la presentación efectuada en el mencionado apartado, el cual deberá reflejar detalladamente la situación del activo y pasivo circulante con el nombre de los deudores y acreedores, importe de los créditos a cobrar y a pagar, fecha de vencimiento, tipo de garantías, naturaleza de los créditos y débitos, debiendo indicarse cuales de ellos se encuentran en situación xx xxxx o de ejecución judicial, o en situación litigiosa, Certificada por Contador Publico.
19.1.3.4 En todos los casos los Oferentes deberán presentar Certificado Fiscal para Contratar vigente a la fecha de apertura, emitido por la AFIP.
19.1.3.5 Deberá acompañar comprobantes de cumplimiento xx xxxxx laborales y previsionales de los últimos seis (6) meses.
Los mismos se refieren a los comprobantes de pago de cargas sociales y previsionales, seguros de trabajo y de riesgos de trabajo de las firmas Oferentes a la fecha de apertura de la Licitación. Abarca también, copia certificada del Libro Especial (Artículo 52, Ley de Contrato de Trabajo) y planillas de horarios y descansos y una certificación contable que acredite que los recibos xx xxxxxx son llevados en forma legal y que el Oferente no adeuda suma alguna en concepto de remuneraciones; puede
reemplazarse la presentación de la copia certificada del libro especial (Artículo 52, Ley de Contrato de Trabajo) por una certificación contable que acredite que es llevado en forma legal y donde consten los datos de inscripción y estado actual.
Asimismo se deberá acompañar constancia vigente de libre deuda sindical y/o de obras sociales; como también deberá acompañarse el certificado de no conflicto laboral, expedido por el Ministerio de Trabajo, Empleo Público y Servicios de la Nación.
19.1.3.6 Certificaciones y otras constancias bancarias, financieras y de firmas comerciales de innegable prestigio y cualquier otro elemento de juicio que demuestre la solidez pasada y presente del Oferente en cuanto a su desenvolvimiento económico – financiero, tales certificados serán librados bajo la exclusiva responsabilidad de la entidad que los emita.
CEAMSE evaluará única y exclusivamente la documentación de referencia presentada y podrá requerir, tanto a los Oferentes como a las firmas que emitan las certificaciones o notas, todas las aclaraciones e informaciones complementarias que estime necesarias. Se contemplará especialmente la capacidad financiera del Oferente para prestar los servicios y provisiones en los plazos previstos. Por lo que los Oferentes deberán presentar una declaración jurada donde autorizan a CEAMSE a solicitar informaciones vinculadas con la Oferta presentada.
19.1.3.7 En caso que el Oferente fuera un Consorcio o una UTE, cada integrante deberá presentar la documentación requerida en los Apartados del presente Artículo.
19.1.3.8 La garantía de oferta y recibo de pago de la prima en caso de seguro de caución.
19.1.4 El Legajo 4 contendrá los siguientes elementos:
La Oferta económica que realice el Oferente en un todo de acuerdo al Artículo 9 de las presentes Cláusulas Particulares y al siguiente detalle por cada Oferta:
− Formularios de Composición de los montos ofertados.
− Formularios de análisis de precios.
− Formulario de cotización.
Artículo 20 Garantía de Oferta
20.1 Juntamente con la propuesta y a fin de garantizar todas las obligaciones
resultantes de la presentación de la Oferta, hasta la integración de la Garantía de Ejecución, los Oferentes deberán presentar una Garantía de Oferta por un monto equivalente al cinco (5 %) por ciento del monto total de la Oferta sin IVA. Deberá estar constituida en alguna de las formas que se indican en el Artículo 7, Apartado 7.2 de las Cláusulas Generales
o por un Seguro de Caución, cumpliendo lo establecido en el Apartado
20.7 del presente Artículo.
20.2 Los Oferentes quedan obligados al mantenimiento de la Oferta hasta la suscripción del contrato con el Adjudicatario o recepción de la Orden de Compra por el mismo.
20.3 Las Ofertas que no se encuentren garantizadas por el monto y la forma establecida precedentemente no serán consideradas.
20.4 Las Garantías de Oferta presentadas por los Oferentes, no serán desafectadas o reintegradas hasta la suscripción del contrato con el adjudicatario o recepción de la Orden de Compra por el mismo.
20.5 Las Garantías de Oferta de los Oferentes no adjudicados serán reintegradas con posterioridad a la comunicación de adjudicación.
20.6 El desistimiento de la Oferta antes del vencimiento del plazo establecido para la misma, acarreará automáticamente la pérdida de la Garantía de Oferta, no reconociéndose eventuales indemnizaciones.
20.7 Las Garantías de Oferta, que se constituyan en forma de Póliza de Seguro de Caución deberán ser emitidas por compañías aseguradoras a satisfacción de CEAMSE.
Artículo 21 Garantía de Ejecución del Contrato u Orden de Compra.
De acuerdo con lo estipulado en el Artículo 7, Apartado 7.3 de las
Cláusulas Generales se detalla:
21.1 La Garantía de Ejecución de la presente Licitación deberá constituirse por un monto equivalente al diez (10 %) por ciento del monto total del Contrato u Orden de Compra sin IVA.
21.2 La Garantía de Ejecución presentada por el Adjudicatario deberá ser a satisfacción de CEAMSE y por todas las obligaciones por él asumidas, desde la suscripción del contrato o fecha de recepción de la Orden de Compra y hasta la total finalización de las tareas que el mismo involucra.
21.3 La Garantía deberá presentarse en CEAMSE, 48 (cuarenta y ocho) horas antes a la suscripción del contrato o fecha de recepción de la Orden de Compra.-
21.4 La Garantía deberá constituirse en alguna de las formas previstas en el Artículo 7, Apartado 7.2 de las Cláusulas Generales o bien por un Seguro de Caución.-
Artículo 22 Responsabilidad por daños y perjuicios – Reclamos Administrativos, judiciales y/o extrajudiciales. Accidentes de trabajo
El Contratista asume la total responsabilidad por los daños y perjuicios ocasionados en los bienes o en la persona de terceros o de CEAMSE, sea
dentro de los terrenos donde se prestarán los servicios o fuera de ellos, como consecuencia de actos u omisiones de su personal o de sus subcontratistas o de cualquier otra persona de que se sirva o tenga a su cuidado.
El Contratista se constituye en exclusivo responsable, renunciando a todo derecho de repetición y comprometiéndose a mantener indemne a CEAMSE ante cualquier reclamo administrativo y/o judicial y/o extrajudicial de cualquier índole o naturaleza, en especial los derivados de incumplimientos civiles, comerciales, laborales, previsionales, y/o por accidentes de trabajo. El Contratista se compromete a acreditar que se encuentra amparado ante la posible ocurrencia de accidentes de trabajo mediante la contratación del seguro correspondiente, debiendo presentar la póliza vigente. Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, el Contratista se obliga a reembolsar a CEAMSE toda suma de dinero que por cualquier concepto deba ésta eventualmente abonar a personas físicas o jurídicas por reclamos o condenas administrativas y/o judiciales de cualquier índole o naturaleza contra CEAMSE y por daños y perjuicios causados como consecuencia directa o indirecta de este Contrato u Orden de Compra y que hubieran sido motivadas por personas o cosas del Contratista o que se encuentren a su servicio, bajo dirección, custodia, dependencia o vinculado al mismo en cualquier forma, incluyendo a los eventuales subcontratistas y a su personal.
La misma obligación de reembolso corresponderá por reclamos o condenas judiciales contra CEAMSE por aplicación de legislación laboral, de accidentes de trabajo, previsionales o ante cualquier demanda de su personal o de sus subcontratistas.
Tales reembolsos se efectuarán con más los intereses y daños y perjuicios pertinentes.
Dentro de los cinco (5) días hábiles de recibido cualquier reclamo judicial o extrajudicial, CEAMSE se compromete a notificarlo al Contratista a sus efectos, sin perjuicio de citarlo como tercero al proceso judicial o extrajudicial que se inicie.
Artículo 23 Obligaciones respecto del personal
Será por cuenta y cargo exclusivo del Contratista la dirección y contratación del personal afectado a los servicios, como así también las responsabilidades laborales y previsionales emergentes del mismo. Consecuentemente no existirá forma alguna de relación o dependencia entre el Contratista y su personal respecto de CEAMSE.
Correrá por cuenta exclusiva del Contratista, el pago de los haberes del personal, en las sumas que establezca con el mismo o que legalmente correspondan, dando estricto cumplimiento a todas las obligaciones
legales, a todas las cargas previsionales, impositivas, aportes a obras sociales, asignaciones familiares y de cualquier retención xx xxx.
Igualmente el Contratista será el único responsable por el cumplimiento de las obligaciones laborales frente al personal afectado a los servicios contratados, afrontando las indemnizaciones, gastos y costas que pudieren corresponder por reclamos judiciales de su personal. El personal deberá cumplir con sus tareas dentro de los requerimientos de la Ley de Contrato de Trabajo, Ley de Riesgos del Trabajo y de Seguridad e Higiene Laboral y Medicina Laboral.
El Contratista, se compromete a garantizar al personal dependiente afectado a la prestación de servicios que anteriormente prestara tareas para la anterior contratista de CEAMSE, de acuerdo a lo solicitado en el Artículo 19, Apartado 19.1.2.6, de las presentes Cláusulas Particulares, el goce de una licencia anual mínima e inicial de 14 (catorce) días.
23.1 El Contratista, antes de iniciar los servicios, deberán presentar a
CEAMSE lo siguiente:
23.1.1 Copia del Contrato con un responsable de higiene y seguridad en el trabajo
23.1.2 Certificado de cobertura del personal a emplear emitido por la ART
23.1.3 Constancias de entrega de ropa de trabajo y de todos los elementos de protección personal a los empleados afectados a los servicios que se
contratan. Se deberá acreditar la entrega de ropa de trabajo con material reflectivo o chaleco reflectivo, casco y calzado de seguridad al personal afectado a las áreas operativas de CEAMSE
23.1.4 Programa de capacitación del personal en materia de higiene y seguridad en el trabajo y constancia de instrucción básica y particular según riesgos presentes en las diferentes tareas dada al personal de acuerdo a los riesgos asociados a las tareas a desarrollar
23.1.5 Acompañar listado de Centros Médicos, correspondientes a la ART cercanos al/los lugar/es donde se prestarán los servicios.
23.1.6 En caso de realizar tareas en alturas deberá cumplir con los requisitos del Dec. 911/96 Res. 51/97
23.1.7 En caso de utilizar vehículos de transporte de carga (camiones) y/o personal, deberán presentar: copia de licencia de conducir de los chóferes, CRNT vigente de los vehículos alcanzados y estos deberán poseer la señalización de seguridad correspondiente que se requieran para los lugares de trabajo donde realicen las tareas.
23.2 Medidas de higiene y seguridad en el trabajo:
23.2.1 El Contratista, deberán cumplir con lo establecido por:
23.2.1.1 Ley 19.587, de Higiene y Seguridad en el Trabajo, Decreto 351/79 y sus modificatorias.
Artículo 24 Otras obligaciones del Contratista
24.1 El Contratista deberán acreditar mensualmente y en forma fehaciente que
ha dado debido cumplimiento a las leyes laborales, impositivas, provisionales y de seguridad social (en los órdenes municipal, provincial y nacional) presentando para ello los comprobantes correspondientes ante la Gerencia Responsable y de acuerdo al formulario adjunto al presente Pliego de Bases y condiciones.
Esta obligación comprende además el debido cumplimiento por parte del Contratista de acreditar la contratación de los seguros a los que está obligada en cuanto a plazo, monto, compañía aseguradora, endoso, etcétera.
La falta de presentación o acreditación de los comprobantes correspondientes dará derecho a CEAMSE a la aplicación de una multa o a la rescisión del Contrato u Orden de Compra según corresponda.
24.2 Será responsabilidad del Contratista la seguridad del personal afectado a los servicios objeto de la presente Licitación. Asimismo deberá establecer la señalización, vallado y demarcaciones que resulten necesarios a fin de evitar accidentes con vehículos o transeúntes.
24.3 Será obligación del Contratista mantener la maquinaria y los móviles, afectados a la prestación del servicio y que hayan sido ofertados en
perfecto estado de funcionamiento, con especial atención para el caso de los móviles afectados al servicio en sus sistemas de carburación y emisiones de gases de escape. Dicho mantenimiento deberá realizarse en lugares apropiados, fuera del ámbito de la obra, durante toda la duración del Contrato u Orden de Compra.
24.4 El Contratista deberá controlar el cumplimiento de las normas de circulación y velocidad de vehículos dentro del predio.
24.5 El Contratista deberá seguir un Plan de Gestión Ambiental para los servicios a prestar, que deberá ser de conocimiento y cumplimiento por parte de todo su personal y el de sus subcontratistas y que garantice una efectiva articulación con las políticas de Higiene y Seguridad generadas. Este deberá abarcar una correcta gestión de residuos, control de emisión de ruidos, plan de contingencias con procedimientos y diagramas de emergencias, capacitación del personal, medidas de mitigación previstas, etc..
Artículo 25 Seguros
25.1 Los seguros deben ser contratados en compañías aseguradoras a
satisfacción de CEAMSE y categoría AAA.
25.2 El Contratista se obliga a presentar el comprobante de cancelación de la/s prima/s antes de la fecha de vencimiento para su pago, con la única excepción de que la/s póliza/s contenga/n una cláusula por la que el
asegurador mantenga su responsabilidad aún cuando no se hubiera efectivizado el pago.
25.3 El Contratista contratará por su cuenta y a su cargo los seguros que se describen seguidamente y cuyas pólizas deberán estar endosadas a favor de CEAMSE que, a excepción de la indicada en el Apartado 25.3.2 del presente Artículo, deben figurar en todas ellas como co asegurada.
25.3.1 El Contratista deberá contratar a su xxxxx un seguro de Responsabilidad Civil por la suma de $650.000- (pesos seiscientos cincuenta mil), con reposición automática hasta tres veces la suma asegurada, que cubra todos y cada uno de los posibles reclamos, que surjan como consecuencia de los servicios a prestar por sí o por medio de subcontratistas, a consecuencia de daños a personas o bienes de terceros dentro o fuera de predios de CEAMSE. El seguro no podrá excluir ninguna de las actividades inherentes a los servicios a prestar por el Contratista. La póliza tendrá una cláusula que exprese que se dará comunicación escrita requiriendo autorización de CEAMSE con no menos de treinta (30) días de anticipación a cualquier cambio, terminación, cancelación o reducción de la cobertura de la póliza. En el rubro de Responsabilidad Civil por limpieza y mantenimiento, la contratación del seguro comprenderá: RC maquinarias y/o equipos, RC contratistas y subcontratistas, RC Servicios, RC Profesional, RC Comprensiva, RC Carga y Descarga de Materiales, RC Carteles, RC Descargas Eléctricas y electrocución, RC rotura de cañerías,
se deberán cubrir todas las actividades que se realizan, RC Cruzada, RC Caídas de objetos, RC Trabajos en altura, RC negligencias, RC trabajos de limpieza y mantenimiento en Cordones Viales, RC contaminación súbita, RC derrames de elementos peligrosos, RC voladuras de elementos y todo lo más específico de acuerdo a las tareas a realizar. CEAMSE co asegurado.
25.3.2 El Contratista deberá contratar a su xxxxx un Seguro de Responsabilidad Civil que cubra todos y cada uno de los reclamos emergentes de las actividades contractuales y extracontractuales que desarrollen este o sus Subcontratistas, provocados por bienes, cosas o personas y que ocasionaren perjuicios a personas, cosas o bienes de CEAMSE. El seguro no podrá excluir ninguna de las actividades inherentes a los servicios a prestar por el Contratista Adjudicatario y CEAMSE será considerada como un tercero en las Condiciones Particulares de la Póliza.
25.3.3 En cuanto se relaciona con el seguro por riesgos del trabajo deberá adecuarse a la normativa y reglamentación vigente (Ley de Riesgos del Trabajo - ART) al momento de ofertar por lo que deberán presentar la nómina en póliza del personal afectado dentro de la categoría correspondiente y la póliza debe tener la cláusula de no repetición a favor de CEAMSE.. A tal fin CEAMSE podrá efectuar las verificaciones correspondientes.
Se deberán contratar los seguros por accidentes personales por la suma de
$330.000 - (pesos trescientos treinta mil) por muerte e incapacidad más $10.000 (pesos diez mil) por gastos de farmacia, por cada persona que trabaje como autónomo y CEAMSE debe figurar como primer beneficiario en póliza o en su defecto una cláusula de no repetición a su favor.
25.3.4 Los premios pagados por la/s póliza/s contratada/s tendrán que ser justificados a CEAMSE por los medios de pago electrónicos que impone la ley de seguros vigente, acreditando ello con anterioridad a la firma del contrato por parte del Adjudicatario o emisión de la Orden de Compra. También deberán presentarse las habilitaciones de conducir del personal destinado al cumplimiento de los presentes servicios a prestar, dentro de las categorías correspondientes.
25.3.5 Todas las maquinarias y/o móviles utilizados deberán poseer seguros de Responsabilidad Civil y los seguros técnicos con adicional de RC por no menos de $450.000 (pesos cuatrocientos cincuenta mil) CEAMSE co asegurado de RC para cada uno de los equipos a utilizar, que amparen los daños mientras realizan las operaciones, al igual que las habilitaciones para el uso designado cuya documentación será supervisada por CEAMSE.
25.3.6 Los seguros de Responsabilidad Civil deberán ser contratados con la Compañía Aseguradora que CEAMSE opere en el momento de la contratación, en este caso, Provincia Seguros S.A.
Artículo 26 Garantías
Las Garantías, que se constituya en forma de póliza de Seguro de Caución (Artículo 20 y Artículo 21 de las presentes Cláusulas Particulares) y los seguros (Artículo 25 de las presentes Cláusulas Particulares) deberán ser emitidos por compañías aseguradoras a satisfacción de CEAMSE.
Artículo 27 Penalidades y Multas
Ampliando lo expresado en el Artículo 10 de las Cláusulas Generales, se aclara:
27.1 El Contratista se hará pasible de multas cuando por causas imputables al mismo, no diera cumplimiento en tiempo y forma a las tareas especificadas en el presente Pliego de Bases y Condiciones o a las solicitudes de la Inspección de Obra.
27.2 El incumplimiento de las obligaciones por parte del Contratista dará lugar a la aplicación de las siguientes penalidades, sin perjuicio de que además proceda la rescisión del contrato u Orden de Compra por su culpa en los casos en que así se establece.
1º Observación: uno (1%) por ciento 2º Observación: dos (2%) por ciento 3º Observación: tres (3%) por ciento
4º Observación: cuatro (4%) por ciento
5º Observación: Rescisión de la Orden de Compra o Contrato
La escala de Penalidades indicada más arriba, será aplicada a exclusivo criterio de CEAMSE. Los importes resultantes de la escala de penalidades aplicada, se calcularán sobre el monto total del Contrato u Orden de Compra y serán retenidos de los importes que estuvieren pendientes de pago
27.3 En caso de incumplimiento en los servicios encomendados por CEAMSE y previa intimación al Contratista, CEAMSE podrá ejecutar por cuenta del mismo, la realización de los mismos, pudiendo afectarse la garantía de ejecución del Contrato u Orden de Compra a tal fin.
27.4 Casos de Incumplimiento:
27.4.1 No contar en los predios donde se prestarán los servicios, en funcionamiento o en condiciones de hacerlo con la maquinaria y movilidad necesarias, adecuadas y comprometidas contractualmente para la
prestación de los servicios o no reemplazarlas en el plazo de 24 (veinticuatro) horas.
27.4.2 No disponer del personal idóneo, encargados u operarios ofrecidos en su Oferta, ya sea en la cantidad, dedicación horaria, incumbencia o experiencia.
27.4.3 Por no cumplir con los horarios establecidos del personal contratado, tanto de encargados como de operarios.
27.4.4 No proveer los materiales e insumos en la calidad y cantidad contratados, conforme exigencias de las Memorias Técnicas que forman parte del presente Pliego de Bases y Condiciones y de la Oferta del Contratista.
27.4.5 No prestar los servicios contratados en el tiempo y forma fijados en el presente Pliego de Bases y Condiciones y de acuerdo con las Órdenes de Servicio emitidas por CEAMSE.
27.4.6 No cumplir las órdenes emitidas por CEAMSE, en el plazo fijado para ello.
27.4.7 Por no realizar las tareas descriptas en las distintas Memorias Técnicas y
Anexos en la calidad y frecuencia establecida.
27.4.8 No cumplir con las obligaciones indicadas en el Artículo 23 y Artículo 24
de las presentes Cláusulas Particulares.
27.4.9 Por impedir u obstaculizar las tareas de la Inspección o del personal asignado por CEAMSE, que al solo juicio de ésta, supongan un riesgo en el debido cumplimiento de las obligaciones a cargo de la Contratista.
27.4.10 No dar cumplimiento a las normas vigentes de carácter general nacionales, provinciales o municipales y ese incumplimiento pudiere afectar el normal desenvolvimiento de los servicios a prestar motivo del Contrato u Orden de Compra.
27.4.11 Cualquier otro incumplimiento a las obligaciones contractuales no especificadas en los Apartados anteriores y de acuerdo a la gravedad del mismo a exclusivo criterio de CEAMSE.
Artículo 28 Descargo
Para la aplicación de las multas estipuladas, CEAMSE notificará por escrito al Contratista de las deficiencias que motivaron las mismas, y del cargo que se formula a los efectos de que ésta efectúe el descargo pertinente.
Dentro de las setenta y dos (72) horas de notificada la aplicación de una multa, el Contratista podrá efectuar su descargo.
De ser admitido, la penalidad quedará total o parcialmente sin efecto según resuelva CEAMSE.
Una vez aplicada una multa CEAMSE intimará al Contratista a su pago dentro de las cuarenta y ocho (48) horas bajo apercibimiento de afectar la Garantía de Ejecución del contrato u Orden de Compra o retener el importe de la multa de las facturas presentadas a su cobro, pudiendo CEAMSE adoptar cualquiera de las alternativas descriptas.
Las multas deberán ser efectivizadas por el Contratista en las oficinas administrativas de CEAMSE sitas en la Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx 0.000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Artículo 29 Persistencia o Reincidencia
29.1 Pasados tres (3) días de apercibido el Contratista y de persistir éste en la
comisión del hecho que diera origen a la aplicación de alguna de las penalidades descriptas en el Artículo 27 de las presentes Cláusulas Particulares, CEAMSE podrá, a su solo juicio, incrementar la multa aplicada en hasta un cincuenta (50%) por ciento del valor previamente determinado o iniciar las acciones tendientes a lograr la rescisión del Contrato u Orden de Compra por culpa del Contratista. Si luego de haber optado CEAMSE incrementar la multa y el Contratista reincidiese en la comisión del hecho punible, CEAMSE podrá duplicar el monto de las
penalidades a aplicar o rescindir el contrato u Orden de Compra por culpa del Contratista.
Artículo 30 Interrupción del servicio
El Contratista no podrá interrumpir los servicios contratados como consecuencia de las penalidades que se le apliquen. Si así lo hiciera será considerada falta grave que dará lugar al máximo de la multa prevista en el Artículo 27 de las presentes Cláusulas Particulares, sin perjuicio de adoptar las restantes acciones y medidas previstas en el Pliego de Bases y Condiciones y de considerar rescindido el Contrato u Orden de Compra por culpa del Contratista.
Artículo 31 Retención de pago
31.1 CEAMSE podrá afectar la facturación para hacer frente a reembolsos de
las sumas que tuviere que abonar como consecuencia del incumplimiento de aportes sociales y las indemnizaciones laborales frente al personal del Contratista
31.2 De las facturas podrán deducirse toda otra suma que por cualquier concepto debiera reintegrar la empresa Contratista a CEAMSE.
31.3 Independientemente de las sanciones previstas en el Artículo 27 de las presentes Cláusulas Particulares, CEAMSE también podrá retener o diferir la aprobación de las facturas, y su consecuente pago en forma total o parcial en todos aquellos casos en que se constate el atraso en la prestación de los servicios y la existencia de situaciones que constituyan atrasos, deficiencias o anomalías en la prestación de los servicios o cualquier otro incumplimiento contractual de acuerdo con las exigencias del presente Pliego de Bases y Condiciones. Tal retención se hará efectiva mientras no se solucione esa situación.
Asimismo y en el caso que CEAMSE lo considere, previa intimación, podrá ejecutar por cuenta del Contratista, la prestación cualquiera de los servicios contratados, pudiendo afectarse la garantía de ejecución del Contrato u Orden de Compra a tal fin.
31.4 De producirse esta retención, ello implica el ejercicio de un legítimo derecho de CEAMSE y por ende no dará derecho al Contratista a solicitar compensación alguna por intereses u otro concepto.
Artículo 32 Intereses por xxxx
En el supuesto de que cualquiera de las partes debiera abonar a la otra, una suma de dinero que tenga origen en una obligación contractual o extracontractual vinculada con las tareas objeto de la presente Licitación y el pago de la misma sé efectivizará fuera de los plazos establecidos para su
cumplimiento, las partes convienen que será de aplicación de una tasa de interés que será la tasa pasiva –plazo fijo del Banco de la Provincia de Buenos Aires, o la que la sustituya en el futuro.
Las partes deberán efectuar las respectivas facturaciones por dichos intereses conforme a la reglamentación vigente y en caso de corresponder, el pago respectivo se hará conforme Artículo 11, apartado 11.3 de las presentes Cláusulas Particulares.
Artículo 33 Rescisión Ampliando lo especificado en el Artículo 9 de las Cláusulas Generales: Causales de rescisión del Contrato por culpa del Contratista:
33.1 Interrupción de los servicios durante veinticuatro (24) horas corridas o setenta y dos (72) horas alternadas, dentro del período de tres (3) meses contados a partir de la fecha del primer incumplimiento.
33.2 Impedir u obstaculizar las tareas de la Inspección o del personal asignado por CEAMSE por un plazo superior a las doce (12) horas, sin perjuicio de la obligación de responder por los daños originados a causa del impedimento.
33.3 Reiteradas faltas de cumplimiento a órdenes emanadas de CEAMSE.
33.4 Alteración sustancial de la situación patrimonial, económica y financiera del Contratista respecto del momento de su preselección, exteriorizada en la paralización de los servicios, en la existencia de medidas cautelares de cualquier naturaleza que afecten la normal prestación del servicio o realización de las obras. De configurarse esta causal de rescisión y en caso de tratarse de una UTE, CEAMSE podrá decidir la continuación del contrato con la restante o restantes empresas integrantes de dicha UTE que no se encuentren en la situación prevista en este Apartado, siempre y cuando las mismas cumplimenten los antecedentes de capacidad y experiencia que requiere el presente Pliego de Bases y Condiciones a solo juicio de CEAMSE.
Artículo 34 Modificaciones a las Cláusulas Generales
Por el presente Artículo se realizan las siguientes modificaciones a las Cláusulas Generales:
34.1 Artículo 1: Generalidades, Apartado 1.8: Circulares aclaratorias Donde dice:
“…con una anticipación no menor de quince (15) días hábiles a la fecha de la apertura de las ofertas…”
Debe decir:
“…con una anticipación no menor de dos (2) días hábiles a la fecha de la apertura de las ofertas…”
34.2 Artículo 1: Generalidades, Apartado 1.9: Consultas de los interesados Donde dice:
“Los interesados podrán realizar consultas por escrito a la gerencia responsable hasta diez (10) días hábiles antes de la apertura de las ofertas, las que serán evacuadas por escrito mediante circular y puestas en conocimiento de todos los oferentes en el plazo de cinco (5) días hábiles antes de la apertura de las ofertas.”
Debe decir:
“Los interesados podrán realizar consultas por escrito a la gerencia responsable hasta cinco (5) días hábiles antes de la apertura de las ofertas, las que serán evacuadas por escrito mediante circular y puestas en conocimiento de todos los oferentes en el plazo de dos (2) días hábiles antes de la apertura de las ofertas.”
34.3 Artículo 9: Rescisión del Contrato. Apartado 9.1 Donde dice:
“… Rescisión del contrato por mutuo acuerdo:
El contrato podrá rescindirse en cualquier momento por común acuerdo de las partes, y en las condiciones que éstas convengan. …”
Debe decir:
“… Rescisión del contrato: bilateral o por declaración de una de las partes:
El contrato puede ser extinguido por rescisión bilateral, el que producirá efecto para el futuro y no puede afectar derechos de terceros, conforme Art. 1076 Código Civil y Comercial, Ley 26.994, como así también podrá ser extinguido total o parcialmente por la declaración de alguna de las partes, mediante rescisión unilateral, revocación o resolución, conforme Art. 1077, siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial, Ley 26.994. …”
Artículo 35 Adjudicación
35.1 Ampliando lo especificado en el Artículo 6 de las Cláusulas Generales,
la Licitación será adjudicada a aquella/s Oferta/s que, de acuerdo al exclusivo juicio del Directorio de XXXXXX, resultare/n más conveniente/s, técnica y económicamente.
35.2 La resolución de CEAMSE en cuanto a la adjudicación será absolutamente privativa y definitiva, no pudiendo ser objeto de
impugnación ni recurso de naturaleza alguna, esta decisión no generará en ningún caso responsabilidad para CEAMSE.
35.3 CEAMSE podrá adjudicar la totalidad de los servicios licitados a un solo Oferente o adjudicar en forma independiente cada uno de ellos (Por Ítem) a varios Oferentes o rechazar total o parcialmente las ofertas o dejar sin efecto la Licitación, en cualquier momento anterior a la firma del Contrato o emisión de la Orden de Compra, sin que ello genere derecho alguno a favor del Oferente.
Artículo 36 Tribunales Competentes - Domicilios
Toda divergencia que surja entre CEAMSE y el Contratista emergente del Contrato u Orden de Compra, sea durante su vigencia o con posterioridad a su terminación, será sometida a conocimiento de los Tribunales Ordinarios Nacionales con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando las partes a toda otra jurisdicción que pudiere corresponder.
A todos los efectos de ésta Licitación y el consecuente contrato u Orden de Compra resultante, CEAMSE fija su domicilio especial en su oficina administrativas de la Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx 0000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, y los Oferentes y Contratista resultante, en el que exprese en las respectivas ofertas, todos en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires. En tales domicilios serán válidas todas las notificaciones, citaciones y emplazamientos, sean judiciales o extrajudiciales.
Las partes podrán cambiar tales domicilios especiales, siempre dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previa notificación fehaciente a la otra parte.