Contract
CONTRATO DE COMPRA-VENTA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL CENTRO DE PRODUCCIÓN SANTA XXXX, S.A. DE C.V., EN LO SUCESIVO “EL CENTRO” REPRESENTADO POR EL ING. XXXX XXXXXXXX XXXXXX EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL Y POR LA OTRA PARTE, LA EMPRESA SOLUCIONES QUIMICAS MESAL S.A. DE C.V., POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL EL C. XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”, MISMOS QUE SE SUJETAN AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
A N T E C E D E N T E S
PRIMERO.- “EL CENTRO” A TRAVÉS DE SU COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS; CON FUNDAMENTO EN LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y 135 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN XXXX POTOSÍ Y LOS ARTÍCULOS 1º FRACCIÓN II, 3º, 5º, 6º, 12, 14, 22 FRACCIÓN II, 41, 42 Y 44 DE LA LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ, ASÍ COMO A LAS DEMÁS DISPOSICIONES NORMATIVAS APLICABLES Y DE ACUERDO A LA AUTORIZACION POR PARTE DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE FECHA 07 DE DICIEMBRE DE 2018 EN QUE SE CELEBRO LA 2ª SESION ORDINARIA DEL 2018 DEL PLAN ANUAL DEL COMPRAS 2019, EN EL PUNTO 3.1 DE LA ORDEN DEL DIA. LLEVÓ ACABO EL PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN RESTRINGIDA NO. CEPSAR-IR-20/2019, PARA LA ADQUISICIÓN DE HOT MELT MISMO QUE EN ADELANTE SERÁ REFERIDO COMO "EL MATERIAL".
SEGUNDO.- CON FECHA 19 XX XXXXXX DE 2019, SE LLEVO A CABO EL FALLO DEL PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN RESTRINGIDA No. CEPSAR-IR-20/2019, EL CUAL SE DECLARO DESIERTO; CON FECHA 03 DE SEPTIEMBRE DE 2019, SE LLEVO A CABO EL FALLO DEL PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN RESTRINGIDA No. CEPSAR-IR-20/2019 2ª CONVOCATORIA PARA LA ADQUISICIÓN DE HOT MELT. EN LA QUE “EL PROVEEDOR” RESULTÓ ADJUDICADO DE LAS PARTIDAS 01 Y 02, SEÑALADAS EN EL ANEXO UNO REFERENTE A DICHO PROCESO, CONSISTENTE EN LA ADQUISICION DE HOT MELT, BIENES DESCRITOS EN EL ANEXO UNO MISMOS QUE EN LO SUCESIVO SERÁN REFERIDO COMO “EL MATERIAL”, LO ANTERIOR DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, 135 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN XXXX POTOSÍ, 22 FRACCIÓN II, 41, 42, 44, 45 Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DE LA LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSI, TAL COMO QUEDÓ ESTABLECIDO EN EL ACTA DE FALLO DEL PROCEDIMIENTO DE REFERENCIA.
CON BASE EN LO ANTERIOR MANIFIESTAN LAS PARTES LAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I. DECLARA “EL CENTRO” POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL:
I.1. QUE ES UNA SOCIEDAD MERCANTIL CONSTITUIDA CONFORME A LAS LEYES DE LA REPÚBLICA MEXICANA, LO QUE ACREDITA CON EL PRIMER TESTIMONIO DE LA ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO 42,096 CUARENTA Y DOS MIL NOVENTA Y SEIS, LIBRO 1,402 MIL CUATROCIENTOS DOS, DE FECHA 21 VEINTIUNO XX XXXX DE 2009 DOS MIL NUEVE, BAJO EL PROTOCOLO DEL LICENCIADO XXXXXXXX XXXX XXXXXX, EN EJERCICIO EN EL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ, ADSCRITO A LA NOTARÍA PÚBLICA NÚMERO 15 QUINCE, CUYO PRIMER TESTIMONIO SE ENCUENTRA INSCRITO EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ, BAJO EL FOLIO MERCANTIL ELECTRÓNICO NÚMERO 26,257 VEINTISÉIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE DE FECHA 21 VEINTIUNO XX XXXX DE 2009 DOS MIL NUEVE.
I.2.- QUE SE ENCUENTRA REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU DIRECTOR GENERAL, EL ING. XXXX XXXXXXXX XXXXXX, QUIEN ESTÁ FACULTADO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, SEGÚN SE DESPRENDE DEL INSTRUMENTO NÚMERO 54,025, DEL LIBRO 1,664 DE FECHA 00 XX XXXXXXX XX 0000 XXX XXXXXXXXX XXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXX NOTARIO PÚBLICO EN EJERCICIO EN EL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSI, ADSCRITO A LA NOTARIA PUBLICA NÚMERO 15, EN LA QUE SE CONTIENE EL ACTA DE LA PRIMERA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE FECHA 29 DE ENERO DE 2016, EN LA CUAL FUE NOMBRADO DIRECTOR GENERAL OTORGÁNDOSELE EN ÉSTA, TODAS LAS FACULTADES Y PODERES QUE CONTEMPLA LA CLÁUSULA TRIGÉSIMA QUINTA DE LOS ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD Y QUE DICHAS FACULTADES Y PODERES, NO LE HAN SIDO REVOCADAS NI MODIFICADAS EN FORMA ALGUNA.
I.3. QUE CUENTA CON REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES NÚMERO CPS-090521-7V6.
I.4. QUE SU DOMICILIO FISCAL ES EL UBICADO EN EL KM. 3, CAMINO SANTA XXXX – SAN XXXXXXX, EJIDO SANTA XXXX, RIOVERDE, S.L.P.
I.5. QUE PARA EFECTOS DE OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES, SEÑALA INDISTINTAMENTE EL DOMICILIO UBICADO EN KM. 3 CAMINO SANTA XXXX – SAN XXXXXXX, EJIDO SANTA XXXX, RIOVERDE, S.L.P. X/X XX XXXXXXX XX XXXXXXXX X XX XXXX. XXX XXXX XXXXXX - XXXXXXXXX KM 8.5 EX HACIENDA SANTA XXX KM 1.5 SOLEDAD DE XXXXXXXX XXXXXXX, S.L.P.
I.6. QUE CUENTA CON RECURSOS DISPONIBLES PARA OBLIGARSE MEDIANTE EL PRESENTE CONTRATO, PROVENIENTES DE INGRESOS PROPIOS.
II. DECLARA “EL PROVEEDOR” A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE LEGAL:
II.1. QUE ACREDITA LA LEGAL EXISTENCIA DE LA SOCIEDAD, MEDIANTE ESCRITURA No. 25,827 VEINTICINCO MIL OCHICIENTOS VEINTISIETE, DE FECHA 21 VEINTIUNO XX XXXXX DE 1999 MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE, PASADA ANTE LA FE DEL C. LIC. XXXXXXX XXXXXX XXXXXX, NOTARIO PÚBLICO No. 16 DIECISIEIS, CON EJERCICIO EN EL ESTADO DE QUERETARO, INSTRUMENTO INSCRITO EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DE LA MISMA, BAJO LA INSCRIPCIÓN No. 5689 CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE, DE FECHA 30 TREINTA XX XXXXX DE 1999 MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE. ANEXO DOS
II.2. QUE ACREDITA LA PERSONALIDAD CON QUE SE OSTENTA, CON LA ESCRITURA PÚBLICA ESCRITURA No. 42,856 CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CIENCUENTA Y SEIS, DE FECHA 09 NUEVE DE ENERO DE 2019 DOS MIL DIECINUEVE, PASADA ANTE LA FE DEL C. LIC. XXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, NOTARIO XXXXXXX Xx. 00 XXXXXX, XXX XXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXXXXX, INSTRUMENTO INSCRITO EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DE LA MISMA, BAJO LA INSCRIPCIÓN No. 26,456 VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS, DE FECHA 09 NUEVE DE ENERO DE 2019 DOS MIL DIECINUEVE Y MANIFIESTA QUE A LA FECHA NO LE HAN SIDO LIMITADAS, MODIFICADAS O REVOCADAS LAS FACULTADES QUE LE FUERON CONFERIDAS EN LA ESCRITURA ANTES CITADA.
II.3. QUE A SU REPRESENTADA LE FUE ASIGNADA COMO CLAVE DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (R.F.C.) EL SQM 990421 KP1. ANEXO TRES
II.4. QUE CUENTA CON LA CAPACIDAD PARA LA ENTREGA DE “EL MATERIAL” DE ACUERDO CON SU PROPUESTA QUE PRESENTÓ AL “CENTRO”, A SATISFACCIÓN DE ESTOS, Y QUE NI ÉL, NI SU REPRESENTADA SE ENCUENTRAN EN NINGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 20 DE LA LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ.
II.5. TIENE ESTABLECIDO SU DOMICILIO EN CALLE PIRINEOS No. 515 INT 20 ZONA XXXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX, X.X. 00000 XX XX XXXXXX XX XXXXXXXXX, XXXXXXXXX, MISMO QUE SEÑALA PARA TODOS LOS FINES Y EFECTOS LEGALES DEL CONTRATO, ASÍ COMO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES.
II.6. QUE CONOCE Y ACEPTA EL CONTENIDO Y REQUISITOS QUE ESTABLECE LA LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSI, PARA LA ENTREGA DE “EL MATERIAL”, ASÍ COMO CON LA CAPACIDAD PARA OBLIGARSE EN LOS TÉRMINOS DEL PRESENTE CONTRATO.
EXPUESTO LO ANTERIOR LAS PARTES SUJETAN SU COMPROMISO A LA FORMA Y TÉRMINOS QUE SE ESTABLECEN EN LAS SIGUIENTES:
X X X X X X X X X
XXXXXXX.- XXXXXX:
“EL PROVEEDOR” VENDE Y “EL CENTRO” ADQUIERE POR LO MENOS EL 40% DE “EL MATERIAL”, PARA LO CUAL “EL CENTRO” HA ACEPTADO UNA OFERTA DE $ 830,778.08 (OCHOCIENTOS TREINTA MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS 08/100 M.N.) MONTO QUE INCLUYE EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO A UNA TASA DEL 16%.
DICHO IMPORTE SERVIRÁ DE BASE PARA LA GARANTÍA QUE SE COMPROMETE A PRESENTAR “EL PROVEEDOR” CONFORME LO ESTABLECIDO POR LA CLÁUSULA OCTAVA.
QUE LOS PRECIOS ANTES SEÑALADOS INCLUYEN TODOS LOS CARGOS POR CONCEPTOS XX XXXXX, SEGUROS, GASTOS DE TRANSPORTACIÓN, MANIOBRAS Y DEMÁS GASTOS PUESTO “EL MATERIAL” EN EL ALMACÉN GENERAL DE “EL CENTRO”, POR LO QUE EN LO FUTURO, “EL PROVEEDOR” NO PODRÁ ALEGAR INCREMENTO EN LOS PRECIOS DE “EL MATERIAL”, SALVO QUE CON POSTERIORIDAD A LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, SE PRESENTEN CIRCUNSTANCIAS ECONÓMICAS DE TIPO GENERAL, COMO RESULTADO DE SITUACIONES SUPERVENIENTES AJENAS A LA RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES, QUE PROVOQUEN DIRECTAMENTE UN AUMENTO O REDUCCIÓN EN LOS PRECIOS DE “EL MATERIAL” AÚN NO ENTREGADO O AÚN NO PAGADO.
SEGUNDA- FACTURACIÓN:
“EL MATERIAL” SERÁ FACTURADO BAJO LOS SIGUIENTES DATOS:
A) NOMBRE: “XXXXXX XX XXXXXXXXXX XXXXX XXXX, X.X. XX X.X.”,
X) DOMICILIO FISCAL: XX. 0 XXXXXX X XXXXX XXXX – SAN XXXXXXX, EJIDO SANTA XXXX, RIOVERDE, S.L.P.,
C) REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTE: CPS–090521-7V6.
TERCERA.- FORMA DE PAGO:
EL PAGO SE REALIZARÁ EN PESOS MEXICANOS MEDIANTE TRANFERENCIA ELECTRÓNICA A LA CUENTA QUE PARA TAL EFECTO INDIQUE “EL PROVEEDOR”, SERÁ DENTRO DE LOS 20 DÍAS NATURALES POSTERIORES A CADA ENTREGA DE “EL MATERIAL” Y CONTADOS A PARTIR DE LA ENTREGA DE LA FACTURA ORIGINAL, EN EL ENTENDIDO DE QUE EN CASO DE SER DÍA INHÁBIL PASARÁ AL DÍA HÁBIL SIGUIENTE.
CUARTA.- LUGAR Y FECHA DE ENTREGA:
LA ENTREGA DE “EL MATERIAL”, SERÁ DE LA PARTIDA 1 EN EL ALMACÉN GENERAL DE LA MATRIZ DE “EL CENTRO” UBICADO EN XX. 0 XXXXXX XXXXX XXXX – SAN XXXXXXX, EJIDO SANTA XXXX, MUNICIPIO DE RIOVERDE, S.L.P Y LA PARTIDA 2 EN EL ALMACEN GENERAL DE LA SUCURSAL XXXXX XX XXXXXX, UBICADA EN CARRETERA XXXXX XX XXXXXX XXXXXXXXX Km. 8 COMUNIDAD EL MEZQUITE EN XXXXX XX XXXXXX,
S.L.P. DE ACUERDO A LA PROGRAMACION SEÑALADA EN EL ANEXO CUATRO; Y CORRERÁ POR CUENTA DE “EL PROVEEDOR” EL TIPO DE TRANSPORTE QUE SE UTILICE, MISMO QUE SERÁ SELECCIONADO POR EL MISMO, RESPONSABILIZÁNDOSE DE QUE “EL MATERIAL” OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, SE ENTREGUE EN BUEN ESTADO, EN EL TIEMPO Y FORMA SEÑALADOS.
PARA EL CASO DE QUE SE ENCUENTREN DEFICIENCIAS EN LA CALIDAD, DESCRIPCIÓN, PRESENTACIÓN O ALGUNA OTRA CIRCUNSTANCIA EN “EL MATERIAL” QUE, A CONSIDERACIÓN DE “EL CENTRO” REDUZCA LA UTILIDAD DE LOS MISMOS, “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A REALIZAR LOS CAMBIOS PERTINENTES, DENTRO DEL TERMINO DE 48 HORAS CONTADAS A PARTIR DE EL REQUERMIENTO DE “EL CENTRO” ASIMISMO A PAGAR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE PUDIERE LLEGAR A OCASIONAR ALGUNA DE LAS CIRCUNSTANCIAS INDICADAS, EN CASO CONTRARIO, SE LE HARÁN EFECTIVAS LAS PENAS CONTEMPLADAS EN EL PRESENTE CONTRATO Y LAS LEYES APLICABLES AL CASO CONCRETO. PARA ELLO, A LA RECEPCIÓN DE “EL MATERIAL”, SE PROCURARÁ EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE, REVISAR QUE LOS MISMOS SE ENCUENTREN EN PERFECTO ESTADO. NO OBSTANTE QUE EN CASO DE NO CONTAR CON LOS MISMOS, “EL CENTRO” PODRÁ SOLICITARLOS A DIVERSO PROVEEDOR, SIEMPRE Y CUANDO EL PRECIO DE ÉSTE ÚLTIMO NO REBASE EN UN 10% DEL PRECIO CONTRATADO Y SE APLICARÁN A “EL PROVEEDOR” LAS PENAS SEÑALADAS EN EL PRESENTE CONTRATO.
“EL CENTRO” PODRÁ HACER DEVOLUCIONES DE “EL MATERIAL” DURANTE EL LAPSO QUE AMPARA LA GARANTÍA, CUANDO SE COMPRUEBE QUE PRESENTA DIFERENCIAS EN SU DESCRIPCIÓN, MARCA, MEDIDA, CALIDAD O PRESENTACION FÍSICA; EN TALES CIRCUNSTANCIAS “EL PROVEEDOR” REPONDRÁ EL 100% DE “EL MATERIAL” DEVUELTOS, DENTRO DEL TERMINO DE 48 HORAS CONTADAS A PARTIR DE EL REQUERMIENTO DE “EL CENTRO”, EN CASO CONTRARIO SE LE HARÁN EFECTIVAS LAS PENAS CONTEMPLADAS EN EL PRESENTE CONTRATO, LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ Y DEMÁS NORMATIVIDAD APLICABLE, ASÍ COMO DECRETARSE LA RESCISIÓN DEL CONTRATO SIN NECESIDAD DE DECLARACIÓN JUDICIAL, CON EL SOLO AVISO POR ESCRITO A “EL PROVEEDOR”.
QUINTA.- PENA CONVENCIONAL POR DEMORA EN LA ENTREGA:
EN CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” SE RETRASE EN LA ENTREGA DE “EL MATERIAL” POR CAUSAS IMPUTABLES A ÉL MISMO, SE LE APLICARÁ UNA PENA CONVENCIONAL DEL 0.5% DEL MONTO TOTAL DEL PEDIDO NO ENTREGADO EN TIEMPO, POR CADA DÍA QUE ESTE SE RETRASE, SANCIÓN QUE PODRÁ SER APLICADA HASTA EL 30% DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO. LO ANTERIOR, NO OBSTANTE QUE EFECTÚE ENTREGAS PARCIALES.
“EL CENTRO”, ADEMÁS DE APLICAR LA PENA CONVENCIONAL A QUE SE HACE REFERENCIA, PODRÁ TAMBIÉN RESCINDIR SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA PARA EL MISMO, EL PRESENTE CONTRATO, DESDE EL PRIMER RETRASO Y ADJUDICAR INMEDIATAMENTE A DIVERSO PROVEEDOR, SIEMPRE Y CUANDO EL PRECIO DE ÉSTE ÚLTIMO NO EXCEDA UN 10% DEL PRECIO AQUÍ CONTRATADO.
SEXTA.- VIGENCIA:
LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO ES DE DOCE MESES A PARTIR DE LA FECHA DE FIRMA DEL MISMO, SALVO LO DISPUESTO EN LA SIGUIENTE CLÁUSULA.
SÉPTIMA- CAUSALES DE RESCISIÓN:
"EL PROVEEDOR" ACEPTA EXPRESAMENTE QUE “EL CENTRO” PODRÁ RESCINDIR EL PRESENTE CONTRATO, EN CUALQUIER TIEMPO Y SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA PARA EL MISMO, Y SIN NECESIDAD DE DECLARACIÓN JUDICIAL, CON EL SOLO REQUISITO DE NOTIFICAR SU DECISIÓN POR ESCRITO A “EL PROVEEDOR”, EN LOS SIGUIENTES CASOS QUE SE CITAN DE MANERA ENUNCIATIVA MAS NO LIMITATIVA:
• SI "EL PROVEEDOR" NO ENTREGA “EL MATERIAL” OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, CONFORME A LOS PLAZOS, TÉRMINOS, CONDICIONES, DESCRIPCIÓN Y PRESENTACIÓN ESTABLECIDA EN EL MISMO.
• SI “EL MATERIAL” NO CUMPLE CON LAS CARACTERISTICAS Y REQUERIMIENTOS DE “EL CENTRO”.
• QUE "EL PROVEEDOR" CEDA, TRASPASE O POR CUALQUIER TÍTULO ENAJENE EL PRESENTE CONTRATO EN TODO O EN PARTE.
• POR EL INCUMPLIMIENTO DE "EL PROVEEDOR" A CUALQUIERA DE LAS CLÁUSULAS Y CONDICIONES ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE CONTRATO.
• ASÍ COMO TODAS AQUELLAS QUE EMANEN DE LA NORMATIVIDAD VIGENTE Y QUE RESULTEN APLICABLES AL MISMO.
OCTAVA- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.-
PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE EN ESTE CONTRATO ASUME “EL PROVEEDOR", SE COMPROMETE A OTORGAR A FAVOR DE “EL CENTRO”, PÓLIZA DE FIANZA EXPEDIDA POR INSTITUCIÓN LEGALMENTE CONSTITUIDA, A MÁS TARDAR DENTRO DE UN PLAZO NO MAYOR A 10 DÍAS NATURALES POSTERIORES A LA FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO, POR UN IMPORTE CORRESPONDIENTE AL 30% DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO, ES DECIR, POR UN MONTO DE $ 249,233.42 (DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 42/100 M.N.); LA PÓLIZA SÓLO SE CANCELARÁ MEDIANTE ESCRITO POR PARTE DE “EL CENTRO” A PETICIÓN DE “EL PROVEEDOR” Y UNA VEZ CUMPLIDOS LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL PRESENTE CONTRATO.
LA PÓLIZA DEBERÁ PRESENTARSE EN EL TÉRMINO SEÑALADO EN EL PÁRRAFO QUE ANTECEDE.
NOVENA.- DE LA CALIDAD Y PRESENTACIÓN:
“EL PROVEEDOR” SE OBLIGA CON ESTE CONTRATO A ENTREGAR “EL MATERIAL” CON LA DESCRIPCIÓN, MARCA, CALIDAD Y PRESENTACIONES REQUERIDAS POR “EL CENTRO” Y OFERTADAS POR EL PROPIO “PROVEEDOR”, GARANTIZANDO EL CAMBIO TOTAL O PARCIAL EN VIRTUD DE CUALQUIER VICIO OCULTO O DIVERSA PRESENTACIÓN FÍSICA O MARCA, POR UN PLAZO DE POR LO MENOS 12 MESES, CONTADOS A PARTIR DE SU RECEPCIÓN, COMPROMETIÉNDOSE A QUE DICHO CAMBIO SEA POR “EL MATERIAL” DE LA CALIDAD, ESPECIFICACIONES, MARCA Y PRESENTACIÓN SOLICITADA Y OFERTADA.
ASIMISMO, “EL PROVEEDOR” QUEDA OBLIGADO A RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE “EL MATERIAL” QUE HA DE ENTREGAR A “EL CENTRO”, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO Y QUE SE ENCUENTRE CONTEMPLADA POR LA NORMATIVIDAD APLICABLE.
DÉCIMA.- CESIÓN DE DERECHOS:
“EL PROVEEDOR” NO PODRÁ CEDER O TRASPASAR EN FORMA TOTAL O PARCIAL, A TERCERAS PERSONAS LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO, EN CUYO CASO DEBERÁ CONTAR CON LA AUTORIZACIÓN PREVIA Y POR ESCRITO POR PARTE DE “EL CENTRO”.
DÉCIMA PRIMERA.- CONFIDENCIALIDAD:
LAS PARTES ESTÁN CONFORMES EN QUE LA INFORMACIÓN QUE SE DERIVE DE LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE INSTRUMENTO, TENDRÁ PARA "EL PROVEEDOR" EL CARÁCTER DE CONFIDENCIAL, POR LO QUE SE COMPROMETE A NO PROPORCIONARLA A TERCEROS, INCLUSIVE DESPUÉS DE LA TERMINACIÓN DE ESTE CONTRATO, ASÍ COMO CONTAR CON LOS ELEMENTOS DE SEGURIDAD QUE PROTEJAN LA INFORMACIÓN.
DÉCIMA SEGUNDA.- NEGOCIACIONES:
EL PRESENTE CONTRATO CONSTITUYE EL ACUERDO ENTRE LAS PARTES EN RELACIÓN CON EL OBJETO DEL MISMO Y DEJA SIN EFECTO CUALQUIER OTRA NEGOCIACIÓN O COMUNICACIÓN ENTRE ÉSTAS, YA SEA ORAL O ESCRITA, REALIZADA CON ANTERIORIDAD A LA FECHA DE FIRMA DEL PRESENTE INSTRUMENTO.
DÉCIMA TERCERA.- RESPONSABILIDAD:
NINGUNA DE LAS PARTES SERÁ RESPONSABLE POR FALTA, INCAPACIDAD O DEMORA EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE ESTE CONTRATO, SI DICHA FALTA, INCAPACIDAD O DEMORA SE DEBE A CAUSAS DE FUERZA MAYOR, YA SEA POR GUERRA, HUELGA, INCENDIOS, EXPLOSIÓN, LEY, DECRETO O REGLAMENTO GUBERNAMENTAL O A CUALQUIER OTRA CAUSA O CASO FORTUITO, FUERA DEL CONTROL DE LAS PARTES; CIRCUNSTANCIAS QUE DEBEN SER DEMOSTRABLES.
DÉCIMA CUARTA.- NOTIFICACIONES:
TODA NOTIFICACIÓN O AVISO QUE DEBAN DARSE LAS PARTES EN VIRTUD DE ESTE CONTRATO, SERÁN REALIZADAS POR ESCRITO Y PRESENTADAS EN LOS DOMICILIOS ASENTADOS DE CADA UNA DE ELLAS, DENTRO DEL CAPÍTULO DE DECLARACIONES DE ESTE INSTRUMENTO, Y SURTIRÁN SUS EFECTOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SEAN NOTIFICADOS, EN LA INTELIGENCIA DE QUE LA PARTE QUE RECIBA LA NOTIFICACIÓN, DEBERÁ DAR CONSTANCIA DE RECIBIDO EN UNA COPIA DE DICHO ESCRITO PARA LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CONFORME A LO DISPUESTO EN LA LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO Y MUNICIPIOS DE SAN XXXX POTOSÍ, SALVO PACTO EN CONTRARIO QUE CONSTE POR ESCRITO.
TODO CAMBIO DE DOMICILIO DE LAS PARTES, DEBERÁ COMUNICARSE A LA OTRA, DE LO CONTRARIO LAS NOTIFICACIONES SE ENTENDERÁN EN EL DOMICILIO REGISTRADO PARA TAL EFECTO.
DÉCIMA QUINTA.- INTERPRETACIÓN:
PARA TODO LO RELATIVO A LA INTERPRETACIÓN, EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO, LAS PARTES SE SOMETEN AL FUERO DE LOS TRIBUNALES COMPETENTES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ, CON RENUNCIA EXPRESA DE CUALQUIER OTRO, POR EL DOMICILIO PRESENTE O FUTURO QUE PUDIERA CORRESPONDERLES.
L E Í D O, QUE FUE EL PRESENTE, ENTERADAS LAS PARTES DEL CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS QUE LO INTEGRAN Y AL NO EXISTIR DOLO, MALA FE, LESIÓN O CUALQUIER OTRO VICIO QUE PUDIERA TRAER CONSIGO LA NULIDAD TOTAL O PARCIAL, LO RATIFICAN EN TODAS Y CADA UNA DE SUS PARTES Y LO FIRMAN DE CONFORMIDAD AL MÁRGEN Y AL CALCE POR CUADRUPLICADO EN LA CIUDAD DE SAN XXXX POTOSÍ, S.L.P., A LOS 10 DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2019.
“ EL CENTRO ” ING. XXXX X XXXXXXX XXXXX A DIRECTOR XXXX XXX Y REPR ES ENTANTE LEGAL DEL CENT RO DE P RODUCCIÓ N SANTA XXXX, S . A. DE C .V. | “ EL PROVEED OR ” C. XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX REPRESE NTANTE LEGA L DE SOLUCION ES QUI MICAS M ESAL , S . A. DE C .V. |
TESTIGO : C.P. XXXXX XXXXXXX XXXXXX DIRECTOR XXXX XXXXXXXXXX DEL CENTRO DE P RODUCCIÓ N SA NTA XXXX, S . A. DE C .V. | TESTIGO : C.P. XXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX GERENTE DE COMPRAS DEL CENTRO DE PRODUCCIÓN SANTA XXXX, S.A. DE C.V. |
ÁREA JURÍDICA:
L IC. XXXXXXXXX D OM INGUEZ XXXXXX ON
ASESOR JUR ÍDICO DEL
CENTRO DE P RODUCCIÓ N SA NTA XXXX, S . A. DE C .V.
ANEXO UNO DESCRIPCIÓN
DE “EL MATERIAL”
PARTIDA | DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD | PRECIO UNITARIO | IMPORTE |
01 | ADHESIVO TERMOFUSIBLE (HOT MELT) EN FORMA DE PELLETS O CHIPS, COLOR MIEL AMARILLO, PUNTO DE REBLANDECIMIENTO 109°-113°C, VISCOSIDAD BROOKFIELD A 160°C 1600-2000 CPS | PIEZA | 7,200 | $ 79.40 | $ 571,680.00 |
02 | ADHESIVO TERMOFUSIBLE (HOT-MELT) EN FORMA DE PELLETS O CHIPS, COLOR MIEL O AMARILLO, PUNTO DE REBLANDECIMIENTO | PIEZA | 1,820 | $ 79.40 | $ 144,508.00 |
IMPORTE | $ 716,188.00 | ||||
IVA | $ 114,590.08 | ||||
TOTAL | $ 830,778.08 |
“ EL CENTRO ” ING. XXXX X XXXXXXX XXXXX A DIRECTOR XXXX XXX Y REPR ES ENTANTE LEGAL DEL CENTRO DE P RODUCCIÓ N SA NTA XXXX, S . A. DE C .V. | “ EL PROVEED OR ” C. XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX REPRESE NTANTE LEGA L DE SOLUCION ES QUI MICAS M ESAL , S . A. DE C .V. |
ANEXO CUATRO PROGRAMACION DE ENTREGA DE “EL MATERIAL”
PARTIDA | DESCRIPCION | UNIDAD DE MEDIDA | 2019 | 2020 | TOTAL | ||||||
SEPT | OCT | NOV | DIC | ENE | FEB | MAR | ABR | ||||
1 | ADHESIVO TERMOFUSIBLE (HOT MELT) EN FORMA DE PELLETS O CHIPS, COLOR MIEL AMARILLO, PUNTO DE REBLANDECIMIENTO 109°-113°C, VISCOSIDAD BROOKFIELD A 160°C 1600-2000 CPS | PIEZA | 0 | 0 | 1,200 | 1,200 | 1,200 | 1,200 | 1,200 | 1,200 | 7,200 |
2 | ADHESIVO TERMOFUSIBLE (HOT-MELT) EN FORMA DE PELLETS O CHIPS, COLOR MIEL O AMARILLO, PUNTO DE REBLANDECIMIENTO | PZA | 600 | 0 | 500 | 0 | 500 | 0 | 220 | 0 | 1,820 |
• SE DEBERA DE ENTREGAR LA SIGUIENTE DOCUMENTACION JUNTO CON SU PROPUESTA:
1. FICHA TÉCNICA
2. CERTIFICADO DE CALIDAD
3. CARTA GARANTÍA DE USO EN LA INDUSTRIA ALIMENTICIA
4. MUESTRA FISICA DE 10 KG
• LA ENTREGA DEL MATERIAL SERA DENTRO DE LOS PRIMEROS CINCO DIAS NATURALES DEL MES DE QUE SE TRATE.
• XXXXX XX XXXXXXX XXXXXXX 0, XXXX XX XXXXXXX XXXXXXX XXX XXXXXX, UBICADO EN EL UBICADO EN KM. 3 CAMINO SANTA XXXX – SAN XXXXXXX, EJIDO SANTA XXXX, MUNICIPIO DE RIOVERDE, S.L.P. EN HORARIO DE 8:30 A 15:00 HRS. DE LUNES A VIERNES.
• XXXXX XX XXXXXXX XXXXXXX 0, XXXX XX XXXXXXX GENERAL DE LA SUCURSAL XXXXX XX XXXXXX DEL CEPSAR, UBICADO EN XXXXXXXXX XXXXX XX XXXXXX XXXXXXXXX Xx. 0 XXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XXXXX XX XXXXXX,
X.X.X. EN HORARIO DE 8:30 A 15:00 HRS. DE LUNES A VIERNES.
“ EL CENTRO ” ING. XXXX X XXXXXXX XXXXX A DIRECTOR XXXX XXX Y REPR ES ENTANTE LEGAL DEL CENTRO DE P RODUCCIÓ N SA NTA XXXX, S . A. DE C .V. | “ EL PROVEED OR ” C. XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX REPRESE NTANTE LEGA L DE SOLUCION ES QUI MICAS M ESAL , S . A. DE C .V. |