PLIEGO DE BASES Y CLÁUSULAS PARTICULARES
PLIEGO DE BASES Y CLÁUSULAS PARTICULARES
Nombre del Organismo Contratante | MINISTERIO PÚBLICO FISCAL – PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN |
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Tipo: Licitación Privada | Nº 5 | Ejercicio: 2016 |
Clase: De Etapa Única Nacional | ||
Modalidad: Sin Modalidad |
Expediente Nº: A 2405/2016
Rubro comercial: SERVICIO DE LIMPIEZA DE TANQUES
Objeto de la contratación: SERVICIO DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE TANQUES DE AGUA Y ANÁLISIS DE AGUA PARA CONSUMO
Costo xxx Xxxxxx: Sin Costo
PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Lugar/Dirección | Plazo y Horario |
MINISTERIO PÚBLICO FISCAL – PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN Unidad Operativa de Contrataciones, Xxxxx Xxxx 000, Xxxx 00, XXXX | 7 de septiembre de 2016 hasta las 11:00hs. |
ACTO DE APERTURA
Lugar/Dirección | Día y Hora |
MINISTERIO PÚBLICO FISCAL – PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN Unidad Operativa de Contrataciones, Xxxxx Xxxx 000, Xxxx 00 XXXX | 7 de septiembre de 2016 a las 11.30 hs. |
ESPECIFICACIONES
Renglón | CANTIDAD | UNIDAD | ITEM | Descripción |
1 (ÚNICO) | 4 | Servicios semestrales | 1 | Xx. xx Xxxx Xx 000, X.X.X.X. |
2 | Xxx. Xxxx. X. X. Xxxxx Xx 0000, X.X.X.X. | |||
3 | Xxx. Xxxx. X. X. Xxxxx Xx 000, X.X.X.X. | |||
4 | Tucumán N° 966, C.A.B.A. | |||
5 | Xxxxx N° 1577, C.A.B.A. | |||
6 | Xxxx N° 2255/61, C.A.B.A. | |||
7 | Tucumán N° 1393, C.A.B.A. | |||
8 | Xx. Xxxxxxxx Xx 000, X.X.X.X. | |||
0 | Xxxx N° 543, C.A.B.A. | |||
10 | Xx. Xxxxx Xx 000, Xxx Xxxxxx, Xxxx. xx Xxxxxx Xxxxx | |||
11 | Xxxxxxxxx Xx 0000, Xxxxxx, Xxxx. Xx Xxxxxx Xxxxx | |||
12 | Xxxxxx Xx 0000, Xxx Xxxxxx, Xxxx. Xx Xxxxxx Xxxxx | |||
13 | Xxxxxx Xxxxxxx Xx 0000, Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxx. Xx Xxxxxx Xxxxx | |||
14 | Xxxxx 00 Xx 000, Xx Xxxxx, Xxxx. Xx Xxxxxx Xxxxx | |||
15 | Xxxxxxxx Xx 000, Xxxxx xx Xxxxxx, Xxxx. Xx Xxxxxx Xxxxx | |||
16 | Xxxxxxxxxx Xx 000, Xxxxx xx Xxxxxx, Xxxx. Xx Xxxxxx Xxxxx | |||
17 | Xxx Xxxxxx Xx 00, Xxxxxxx, Xxxx. Xx Xxxxxx Xxxxx | |||
18 | Xxxxxxxx Xx 000, X.X.X.X. (Solo Análisis de agua de consumo) |
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
ARTÍCULO 1: NORMATIVA APLICABLE - ORDEN DE PRELACIÓN.
La presente contratación se regirá por las normas contenidas en el Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14 del 02 xx xxxxx de 2014, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 58 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de fecha 12 xx xxxxxx de 2014, el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, la Oferta, las Muestras que se hubieren acompañado (en caso de corresponder) y la Orden de Compra.
ARTÍCULO 2: ORGANISMO CONTRATANTE.
El organismo contratante es el MINISTERIO PÚBLICO FISCAL – PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 3: OBJETO Y ALCANCE DE LA CONTRATACIÓN.
La presente contratación tiene por objeto la contratación para la “SERVICIO DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE TANQUES DE AGUA Y ANÁNLISIS DE AGUA PARA CONSUMO, EN
EDIFICIOS DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL DE LA NACIÓN”, debiendo ajustarse a los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas.
ARTÍCULO 4: OBTENCIÓN XXX XXXXXX.
A los efectos de obtener el pliego, los interesados deberán proceder de la siguiente manera:
1. El pliego podrá ser retirado personalmente en la Unidad Operativa de Contrataciones de la Procuración General de la Nación, sita en la calle Perú 143, Piso 13, C.A.B.A., hasta el día y hora establecidos para la presentación de las ofertas, de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas.
2. Los interesados podrán descargar el Pliego del sitio web del Ministerio Público Fiscal, xxx.xxx.xxx.xx; quienes opten por esta metodología, deberán comunicar la obtención del mismo a la dirección xxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx indicando: clave única de identificación tributaria (C.U.I.T.), razón social o nombre y apellidos completos y los datos del procedimiento de selección de que se trate.
3. Los oferentes, en oportunidad de retirar o descargar el pliego, deberán suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio, fax y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse.
4. Quienes al momento de obtener el pliego no informen los datos indicados en los puntos 2 y 3 del presente artículo, no podrán alegar el desconocimiento de las circulares que se hubiesen dictado conforme el artículo siguiente.
ARTÍCULO 5: CONSULTAS, ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
Las consultas respecto xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, deberán efectuarse únicamente por presentación escrita ante la Unidad Operativa de Contrataciones, sita en la xxxxx Xxxx 000, Xxxx 00 C.A.B.A., o bien por correo electrónico a xxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx. No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquéllas que se presenten fuera de término.
Las consultas podrán ser efectuadas hasta SIETE (7) días hábiles antes de la fecha fijada para la apertura de ofertas.
Las circulares que emita el Organismo, ya sean de oficio o con motivo de una consulta, serán notificadas con VEINTICUATRO (24) horas como mínimo de anticipación a la fecha de la apertura, a todas las personas que hubieran obtenido el Pliego y al que hubiera efectuado la consulta que origina la circular, si éste fuera el caso.
Todas las circulares serán incluidas como parte integrante xxx Xxxxxx, exhibidas en la cartelera del Organismo para conocimiento de los restantes interesados y difundidas en el sitio web del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL.
Las circulares podrán ser notificadas en forma válida al domicilio o correo electrónico denunciados al retirar o descargar el Pliego conforme el artículo 4 del presente Xxxxxx.
La Procuración General de la Nación podrá de oficio realizar las aclaraciones que sean pertinentes, debiendo comunicarlas siguiendo el procedimiento detallado en los párrafos precedentes e incluirlas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares formando parte integrante del mismo.
Cuando por la índole de la consulta practicada por un interesado, resulte necesario pedir informes o realizar verificaciones técnicas que demanden un plazo superior a veinticuatro (24)
horas contadas desde que se presentare la solicitud, la Procuración tiene la facultad para posponer de oficio la fecha de apertura. El cambio de fecha de la apertura de ofertas será comunicado a todos aquellos a quienes se les hubiese comunicado el llamado, publicado en los mismos medios en los que se haya difundido el llamado por UN (1) día y notificado en forma fehaciente a todas las firmas que hayan retirado o descargado el Pliego.
Los oferentes deberán tomar vista de las actuaciones en forma obligatoria en la Unidad Operativa de Contrataciones, hasta VEINTICUATRO (24) horas antes al Acto de Apertura de Ofertas, para informarse de todas las circulares emitidas, sean aclaratorias o modificatorias. En caso de que no lo hicieran, los oferentes no podrán alegar el desconocimiento de las circulares que se hubiesen dictado.
ARTÍCULO 6: PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.
1. Forma y lugar de la presentación: el oferente podrá presentar su oferta en la calle Perú 143, piso 13, C.A.B.A. En todos los casos, la oferta deberá presentarse hasta el día y hora fijados para la recepción de la oferta; y estar identificada con los siguientes datos:
1. Tipo y Nº de Procedimiento.
2. Objeto de la Contratación.
3. Día y hora de la Apertura de Ofertas.
4. Nombre o Razón Social del oferente.
Aquella oferta presentada fuera de término será rechazada sin más trámite por la Unidad Operativa de Contrataciones de la Procuración General de la Nación.
2. Traspapeleo/Apertura prematura: la Procuración General de la Nación no se responsabilizará por traspapeleo o apertura prematura de la oferta como consecuencia de que su envoltorio o sobre exterior no haya sido debidamente cerrado y rotulado según las instrucciones indicadas.
La Procuración General de la Nación no recibirá ni se responsabilizará por los documentos que no sean entregados en el lugar indicado y dentro del plazo establecido.
ARTÍCULO 7: EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA.
La presentación de la oferta significará para el oferente el pleno conocimiento y aceptación de los términos y cláusulas xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones que rige el llamado a contratación, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, sin que pueda alegar en adelante el oferente su desconocimiento.
ARTÍCULO 8: INMODIFICABILIDAD DE LA OFERTA.
La posibilidad de modificar la oferta precluirá con el vencimiento del plazo para presentarla, sin que sea admisible alteración alguna en la esencia de las propuestas después de esa circunstancia.
ARTÍCULO 9: CONTENIDO DE LA OFERTA E INFORMACIÓN A SUMINISTRAR POR EL OFERENTE.
La oferta deberá contener la documentación que se detalla a continuación, en las condiciones establecidas en los artículos precedentes y con los recaudos exigidos por los artículos Nº 41 y 43 del Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14:
1. Deberán ser redactadas en idioma nacional.
2. Deberán encontrarse foliadas en todas sus hojas de manera correlativa.
3. Deberán estar firmadas en todas sus fojas por el oferente o su representante legal autorizado, en cuyo caso deberá acreditar la personería invocada.
4. La cotización deberá contener el precio unitario y cierto, en moneda nacional y con referencia a la unidad de medida establecida en las especificaciones técnicas, el precio total del renglón y el precio total general de la oferta, expresados en letras y números.
5. Para el caso de Personas Jurídicas, deberá presentar el estatuto junto con las modificaciones y acompañar actas de designación de los directores.
6. Las testaduras, enmiendas, raspaduras o interlíneas en las propuestas, deberán ser debidamente salvadas por el oferente o su representante legal autorizado.
7. El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que rige la licitación, así como la constancia de su obtención; o constancia de conformidad con el mismo.
8. Xxxxxxxxxxxx xx xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
9. Descripción de la propuesta técnica ofertada.
10. Garantía de Mantenimiento de Oferta conforme a lo establecido en el presente Xxxxxx, salvo los casos en que este exento.
11. Constancia de inscripción o preinscripción en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO): (Título VIII, Capítulo I del Decreto Nº 893/12, concordante con la Disposición Nº 6/12 de la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión de Jefatura de Gabinete de Ministros - PEN).
12. En el caso que el monto ofertado sea mayor o igual a Pesos cincuenta mil ($ 50.000,00), el oferente deberá presentar el “Certificado Fiscal para Contratar”, o en su defecto la constancia de haber iniciado ante la AFIP el trámite para la obtención del mismo.
13. Todo otro requisito específico indicado en el pliego de bases y condiciones particulares y de especificaciones técnicas.
14. Copia del certificado de inscripción en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable.
15. Datos del Director Técnico matriculado que firmará los certificados de los trabajos realizados con los resultados de los ensayos fisicoquímicos y bacteriológicos.
En el momento de presentar la oferta y formando parte de la misma, los interesados deberán suministrar lo detallado a continuación:
Oferentes no inscriptos en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO):
Si el oferente no se encontrara inscripto en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) deberá preinscribirse por internet accediendo a la página: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, debiendo suministrar la siguiente información:
a) Personas físicas:
Nombre completo, fecha de nacimiento, nacionalidad, profesión, domicilio real, estado civil y número de documento de identidad.
Número de fax y dirección de correo electrónico.
Domicilio especial para los procedimientos que se realicen en el ámbito de la Oficina Nacional de Contrataciones y en el que serán válidas las comunicaciones y notificaciones que se cursen en dichos procesos.
Número de Código Único de Identificación Tributaria.
Información sobre los principales clientes del sector público y privado según monto de facturación, en los últimos tres (3) años.
Declaración Jurada del oferente de que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Administración Pública Nacional.
Datos de la nota presentada ante la dependencia de la Administración Federal de Ingresos Públicos en la cual se encuentren inscriptos a los fines de solicitar el Certificado Fiscal para Contratar o bien los datos del Certificado Fiscal para Contratar vigente.
b) Personas jurídicas:
Razón social y domicilio real.
Número de fax y dirección de correo electrónico.
Domicilio especial para los procedimientos que se realicen en el ámbito de la Oficina Nacional de Contrataciones en el que serán válidas las comunicaciones y notificaciones que se cursen en dichos procesos.
Número de Código Único de Identificación Tributaria.
Lugar, fecha, objeto y duración del Contrato Social y datos de inscripción registral o de la constancia de iniciación del trámite respectivo.
Nómina de los actuales integrantes de sus órganos de fiscalización y administración.
Fechas de comienzo y finalización de los mandatos de los órganos de administración y fiscalización.
Información sobre los principales clientes del sector público y privado según monto de facturación, en los últimos tres (3) años.
Declaración Jurada del oferente de que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Administración Pública Nacional.
Declaración Jurada del oferente en la que manifieste el cumplimiento de la legislación laboral vigente, en especial lo que se relaciona con condiciones dignas y equitativas de trabajo y ausencia de trabajo infantil.
Datos del Balance General correspondiente al último ejercicio anterior a la fecha de presentación de la oferta, con excepción de aquellos casos en que se acredite la imposibilidad de presentar dicha información de acuerdo a la fecha de inicio de actividades.
Datos de la nota presentada ante la dependencia de la Administración Federal de Ingresos Públicos en la cual se encuentren inscriptos a los fines de solicitar el Certificado Fiscal para Contratar o bien los datos del Certificado Fiscal para Contratar vigente.
c) Agrupaciones de Colaboración y Uniones Transitorias de Empresas:
Denominación y domicilio real.
Número de fax y dirección de correo electrónico.
Domicilio especial para los procedimientos que se realicen en el ámbito de la Oficina Nacional de Contrataciones en el que serán válidas las comunicaciones y notificaciones que se cursen en dichos procesos.
Número de Código Único de Identificación Tributaria.
Lugar y fecha del compromiso de constitución y su objeto.
Datos de inscripción registral o de la constancia de iniciación del trámite respectivo.
Identificación de las personas físicas o jurídicas que los integran.
Identificación de las personas físicas que integran cada empresa.
Declaración de solidaridad de sus integrantes por todas las obligaciones emergentes de la presentación de la oferta, de la adjudicación y de la ejecución del contrato.
Información sobre los principales clientes del sector público y privado según monto de facturación, en los últimos tres (3) años.
Declaración Jurada del oferente de que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Administración Pública Nacional.
Declaración Jurada del oferente en la que manifieste el cumplimiento de la legislación laboral vigente, en especial lo que se relaciona con condiciones dignas y equitativas de trabajo y ausencia de trabajo infantil.
Datos del Balance General correspondiente al último ejercicio anterior a la fecha de presentación de la oferta, con excepción de aquellos casos en que se acredite la imposibilidad de presentar dicha información de acuerdo a la fecha de inicio de actividades.
Datos de la nota presentada ante la dependencia de la Administración Federal de Ingresos Públicos en la cual se encuentren inscriptos a los fines de solicitar el Certificado Fiscal para Contratar o bien los datos del Certificado Fiscal para Contratar vigente.
d) Cooperativas, Mutuales y otros:
Denominación y domicilio real.
Número de fax y dirección de correo electrónico.
Domicilio especial para los procedimientos que se realicen en el ámbito de la Oficina Nacional de Contrataciones en el que serán válidas las comunicaciones y notificaciones que se cursen en dichos procesos.
Número de Código Único de Identificación Tributaria.
Nómina de los actuales integrantes.
Lugar, fecha, objeto y duración del instrumento constitutivo y datos de inscripción.
Información sobre los principales clientes del sector público y privado según monto de facturación, en los últimos tres (3) años.
Declaración Jurada del oferente de que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Administración Pública Nacional.
Declaración Jurada del oferente en la que manifieste el cumplimiento de la legislación laboral vigente, en especial lo que se relaciona con condiciones dignas y equitativas de trabajo y ausencia de trabajo infantil.
Datos del Balance General correspondiente al último ejercicio anterior a la fecha de presentación de la oferta, con excepción de aquellos casos en que se acredite la imposibilidad de presentar dicha información de acuerdo a la fecha de inicio de actividades.
Datos de la nota presentada ante la dependencia de la Administración Federal de Ingresos Públicos en la cual se encuentren inscriptos a los fines de solicitar el Certificado Fiscal para Contratar o bien los datos del Certificado Fiscal para Contratar vigente.
e) Organismos Públicos:
Cuando el proveedor sea una jurisdicción o entidad del Estado Nacional o un Organismo Provincial, Municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá proporcionar la siguiente información:
Denominación.
Rubro en el que haya efectuado provisiones o prestado servicios.
A los fines de la inscripción, los oferentes deberán complementar su preinscripción presentando junto con la oferta la información suministrada en la preinscripción utilizando los formularios estándar aprobados por la Oficina Nacional de Contrataciones y la documentación respaldatoria de dicha información.
Oferentes inscriptos en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO):
El oferente deberá presentar la Declaración Jurada de que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Administración Pública Nacional.
Si los datos incorporados en el sistema hubieren variado, deberán actualizarlos en la misma forma prevista en la presentación original (Preinscripción). En caso de constatarse que dichos datos se encuentran desactualizados, el oferente será intimado a subsanar los defectos
dentro del término de dos (2) días hábiles administrativos, bajo apercibimiento de no ser considerada su oferta en el procedimiento de selección en trámite.
Se verificará respecto de la vigencia del Certificado Fiscal para Contratar emitido por la Administración Federal de Ingresos Públicos. Si el mismo no estuviera vigente al momento de la apertura y ello se debiera a causas imputables exclusivamente a la Administración, ello deberá estar acreditado con la presentación de la oferta.
La Unidad Operativa de Contrataciones procederá a verificar en el sitio de internet de la Oficina Nacional de Contrataciones, el contenido de la información que el oferente en cuestión hubiese suministrado. En caso de constatarse algún error u omisión en la información aportada, el oferente será intimado a subsanar los defectos dentro del término de dos (2) días hábiles administrativos, bajo apercibimiento de no ser considerada su oferta en el procedimiento de selección en trámite.
Toda documentación que se presente en fotocopias deberá ser legible y estar certificada por Escribano Público, Autoridades Judiciales o Administrativas competentes, legalizándose la documentación cuando intervenga en su certificación notario de extraña jurisdicción.
ARTÍCULO 10: FORMA DE COTIZACIÓN.
El oferente deberá cotizar por renglón completo, en moneda de curso legal. La oferta expresada en otra moneda será automáticamente desestimada.
Deberá consignarse el precio unitario y cierto en números y letras, con referencia a la unidad de medida establecida en las especificaciones técnicas, el precio total del renglón, en números y letras, las cantidades ofrecidas y el total general de la oferta, expresado en números y letras. Los precios cotizados deberán incluir el importe correspondiente a la alícuota del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). En caso de no hacerse expresa mención a ello en la oferta, quedará tácitamente establecido que dicho valor se halla incluido en la misma.
Deberá indicar el origen del producto cotizado o de sus componentes principales. Si no se indicara lo contrario, se entenderá que es de producción nacional.
Errores de cotización: si el total cotizado para cada renglón no respondiera al precio unitario, se tomará este último como precio cotizado. Todo otro error en el monto cotizado denunciado por el oferente o detectado por el Organismo contratante antes de la adjudicación, producirá la desestimación de la oferta en la proporción que corresponda.
ARTÍCULO 11: OFERTA ALTERNATIVA.
Las especificaciones técnicas indicadas son las mínimas exigidas para cada caso. Sin perjuicio de ello, los oferentes podrán proponer bienes con especificaciones técnicas superiores en calidad. De darse esta situación, el oferente deberá detallar, para cada especificación técnica modificada, los aspectos técnicos y operativos relativos a la mejora introducida. Las mismas serán aceptadas si de su evaluación resultan técnica y económicamente convenientes a criterio exclusivos del Organismo.
ARTÍCULO 12: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS.
Los Oferentes deberán mantener las Ofertas por el término de TREINTA (30) días corridos, contados a partir de la fecha del Acto de Apertura de Ofertas con renovación automática por igual período no fraccionable (30 días corridos) y por un plazo máximo de UN (1) año contado desde el día de la Apertura de Ofertas; salvo manifestación fehaciente por parte del oferente de no renovar su propuesta con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos anteriores al vencimiento del mantenimiento de la oferta, y así sucesivamente de conformidad con las condiciones dispuestas por el artículo 46 del Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14 del 02 xx xxxxx de 2014.
ARTÍCULO 13: GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA.
Los Oferentes deberán integrar la Garantía de Mantenimiento de Oferta por un monto equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del monto total de su Oferta. En caso de cotizarse con alternativa, el monto de la garantía deberá calcularse sobre el mayor valor propuesto. La misma deberá ser presentada conjuntamente dentro del sobre con la Oferta para que la misma resulte válida, y constituirse en alguna de las formas previstas en el presente Pliego.
ARTICULO 14: ERROR EN EL MONTO DE LA GARANTÍA.
No serán desestimadas las ofertas cuando, por error, la garantía presentada fuera por un importe inferior al que corresponda siempre que se encuentre comprendido dentro del VEINTE POR CIENTO (20%) del correcto. Cuando se verificara el error en el importe de la garantía de acuerdo a lo señalado, se intimará al oferente a subsanar la diferencia en un plazo perentorio
de TRES (3) días hábiles, bajo apercibimiento de la pérdida del monto integrado en concepto de garantía.
ARTÍCULO 15: FORMAS DE CONSTITUCIÓN DE LAS GARANTÍAS.
Las garantías de mantenimiento, cumplimiento de contrato, contragarantía por anticipo y garantía de impugnación del dictamen de la comisión evaluadora, podrán constituirse en alguna de las siguientes formas o combinaciones de ellas:
a) En efectivo o mediante depósito bancario en la cuenta oficial del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, acompañando la boleta pertinente;
b) Mediante cheque certificado contra una entidad bancaria;
c) Mediante aval bancario u otra fianza a satisfacción del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, constituyéndose el fiador -cuando así corresponda- en deudor solidario, liso, llano y principal pagador, con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del Artículo 2013 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial;
d) Mediante seguro de caución a través de pólizas emitidas por compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, cuyas cláusulas no se opongan a las disposiciones del Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal aprobado por Resolución XXX Xx 0000 del 02 xx xxxxx de 2014, y sean extendidas a favor del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL;
e) Con pagarés a la vista suscriptos por quienes tengan el uso de la firma social o actuaren con poderes suficientes, cuando el monto ofertado o adjudicado no supere la suma de 100 Módulos.
La elección de la forma de constitución de las garantías, queda a opción del oferente y/o adjudicatario en caso de no estar expresamente prevista en los Pliego de Bases y Cláusulas Particulares y el de Especificaciones Técnicas.
Las garantías establecidas deben ser constituidas a entera satisfacción del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL y en forma independiente para cada contratación.
Las garantías deberán ser extendidas a nombre de la PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN y deberán indicar como datos principales el número de expediente, el tipo y número de Licitación/Contratación que corresponda, el nombre o razón social del proponente, con su correspondiente firma, sello y/o aclaración, el lugar de emisión y el del pago (indicando el domicilio legal del Organismo: Xx. xx Xxxx 000 C.A.B.A.), el importe a pagar en PESOS ($), sin fecha de vencimiento, y cualquier otro dato que identifique el respaldo de oferta. No se aceptaran documentos expresados en otra moneda.
Todas las garantías serán sin término de validez y garantizarán el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas.
ARTÍCULO 16: EXCEPCIONES A LA PRESENTACIÓN DE LAS GARANTÍAS
No será necesario constituir las garantías previstas en los artículos mantenimiento de oferta y cumplimiento de contrato en los siguientes casos:
a) Cuando se cumpla la prestación contractual dentro del plazo de integración de la garantía de cumplimiento de contrato, salvo en caso de rechazo. En estos casos, el plazo para la integración se contará a partir de la comunicación fehaciente del rechazo. Los elementos así rechazados quedarán en caución y no podrán ser retirados, sin previamente integrar la garantía que corresponda;
b) Cuando el monto ofertado o adjudicado no fuere superior a CIEN MÓDULOS (100), el valor del Módulo de Compra (MC) será de PESOS MIL QUINIENTOS ($ 1.500.-).
ARTÍCULO 17: DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS
Las garantías serán devueltas bajo las siguientes modalidades y plazos, según el tipo de instrumento de que se trate:
a) Garantía de mantenimiento de la oferta: se devolverá de oficio o a solicitud del interesado a los oferentes que no resulten adjudicatarios dentro de los DIEZ (10) días posteriores a la publicación del acto administrativo de adjudicación. A los adjudicatarios, se devolverá una vez que integren válidamente la garantía de cumplimiento del contrato o ejecuten la prestación dentro del plazo previsto para su constitución.
b) Garantía de impugnación: se devolverá de oficio o a solicitud del interesado dentro de los DIEZ (10) días hábiles posteriores a la publicación del acto administrativo que resuelve, solo en el caso de que este haga lugar a la impugnación.
c) Garantía de cumplimiento del contrato: se devolverá de oficio o a solicitud del interesado, dentro de los DIEZ (10) días de aprobada la recepción definitiva de los bienes o servicios objeto del contrato. Durante la etapa de ejecución del contrato, se devolverá
parcialmente a solicitud de los interesados en proporción a la parte cumplida del contrato, para lo cual se aceptará la sustitución del instrumento para cubrir los valores restantes.
Notificado fehacientemente el interesado respecto de la devolución de la garantía, podrá efectuar su retiro dentro del plazo de SEIS (6) meses. La falta de presentación dentro del mencionado plazo, implicará la renuncia tácita del mismo a favor del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL. Cuando la garantía haya sido constituida mediante pagaré, éste se destruirá al término de dicho plazo.
ARTÍCULO 18: APERTURA DE OFERTAS.
En el día y hora de vencimiento del plazo fijado para la recepción de la oferta, se incorporará la oferta recibida al expediente por el cual se sustancia la presente contratación, labrándose el Acta correspondiente.
Si el día de vencimiento del plazo fijado para la recepción de ofertas deviniera inhábil, el procedimiento detallado en el párrafo anterior, tendrá lugar el día hábil siguiente, en el mismo lugar y a la misma hora.
Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en esta instancia.
ARTÍCULO 19: RECHAZO DE LA OFERTA - INEGIBILIDAD.
Será objeto de desestimación sin más trámite la oferta en la que se produzca alguna/s de las siguientes situaciones:
a) Que no estuvieren firmadas por el oferente o su representante legal en todas sus fojas;
b) Que estuvieran escritas con lápiz o que resultaren ilegibles;
c) Que fueran formuladas por personas inhabilitadas en los términos del artículo Nº 40 del Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal;
d) Que contuvieren condicionamientos;
e) Que presentaren raspaduras, enmiendas o interlíneas en el precio, cantidades, plazo de mantenimiento, plazo de entrega o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato, si las mismas no estuvieren debidamente salvadas.
f) Que contuvieren cláusulas que se opongan a las normas que rigen la contratación;
g) Que se cotizara precio excesivamente bajo de acuerdo con los criterios objetivos que surjan de los precios xx xxxxxxx y de la evaluación de la capacidad del oferente que mereciere manifiestamente la calificación de vil o no serio;
h) Que incurrieren en otras causales de inadmisibilidad que expresamente el Pliego de Bases y Condiciones hubiere previsto.
ARTÍCULO 20: PERSONAS INHABILITADAS.
Asimismo, se evaluará que los oferentes se encuentren habilitados para contratar con el MINISTERIO PÚBLICO FISCAL; quedando inhabilitadas para hacerlo:
a) Las personas físicas o jurídicas sancionadas con suspensión o inhabilitación en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES;
b) Los funcionarios y empleados públicos del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación suficiente para formar la voluntad social;
c) Los condenados por delitos dolosos, por un plazo igual al doble de la condena;
d) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad o contra la Administración Pública Nacional u otras entidades del sector público nacional, provincial y municipal o contra la fe pública o por delitos tipificados por la Convención Interamericana contra la Corrupción, así como las personas jurídicas cuyos integrantes se encuentren en dichas situaciones;
e) Los evasores y deudores morosos tributarios y previsionales de orden nacional, provincial y municipal.
ARTÍCULO 21: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
La etapa de evaluación de las Ofertas es confidencial, por lo cual mientras se sustancie ese proceso, no se concederá vista de las actuaciones.
La COMISION EVALUADORA DE OFERTAS, analizará el cumplimiento de la totalidad de la documentación e información requerida en el presente Pliego y en caso de resultar necesario requerirá la producción de informes técnicos, a efectos de ampliar los elementos de juicio para pronunciarse sobre las ofertas recibidas.
La COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS emitirá un dictamen de carácter no vinculante, que proporcionará a la autoridad competente para adjudicar, los fundamentos para el dictado del Acto Administrativo, con el cual concluya el procedimiento.
La adjudicación recaerá en la/s oferta/s más convenientes para el MINISTERIO teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del Oferente y demás características de la propuesta.
Se dará preferencia a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPyMES) que desarrollen actividades productivas en el país, de conformidad con lo previsto en el art. 39 de le Ley 25.300, a tales efectos el oferente deberá acreditar fehacientemente su condición de tal mediante certificado expedido por autoridad pública competente.
ARTÍCULO 22: SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES.
Para la subsanación de errores u omisiones insustanciales de la oferta la COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS procederá a intimar a los Oferentes a que subsanen los errores u omisiones dentro del término de CINCO (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de recibido el requerimiento.
La solicitud de subsanación se realizará al número de fax o a la dirección de correo electrónico oportunamente declarados, donde se tendrán por válidas las comunicaciones efectuadas.
Si no se subsanaren los defectos en el plazo indicado, la COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS desestimará la oferta de que se trate sin más trámite.
ARTÍCULO 23: NOTIFICACIÓN DEL DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS.
El Dictamen de Evaluación de Ofertas emitido por la COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS se notificará en forma fehaciente a todos los Oferentes dentro de los TRES (3) días hábiles de emitido. Desde la fecha de notificación y hasta el vencimiento del plazo para impugnar, las actuaciones quedarán a disposición de los oferentes para su vista en la Unidad Operativa de Compras de este Organismo.
Asimismo, el dictamen en cuestión se publicará durante UN (1) día en el sitio web del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL y en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 24: IMPUGNACIONES AL DICTAMEN DE EVALUACIÓN.
Los interesados podrán impugnar el Dictamen de Evaluación de Ofertas dentro de los TRES
(3) días hábiles de notificado, previa integración de la Garantía de Impugnación prevista en el Artículo siguiente, en caso de corresponder. Las Impugnaciones serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación.
ARTÍCULO 25: GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN DEL DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS.
En aquellos casos en que los Oferentes hubiesen presentado más de DOS (2) impugnaciones contra dictámenes de evaluación en un año calendario, deberán con carácter previo a interponer una nueva impugnación integrar una garantía del UNO POR CIENTO (1%) del valor de cotización del oferente impugnante.
ARTÍCULO 26: ADJUDICACIÓN.
Una vez vencido el plazo para presentar impugnaciones al Dictamen de Evaluación de Ofertas, y dentro del plazo de mantenimiento de oferta, se realizará el acto administrativo aprobando la adjudicación. El mismo será notificado a los oferentes dentro de los TRES (3) días de su emisión.
Asimismo, será publicado durante UN (1) día en el BOLETÍN OFICIAL DE LA NACIÓN y en el sitio web del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL.
La adjudicación se hará por renglón completo al Oferente que en arreglo a lo expresado en los artículos anteriores, hubiese presentado la Oferta más conveniente a los intereses del Organismo.
ARTÍCULO 27: GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
El adjudicatario deberá presentar una garantía xxx XXXX POR CIENTO (10%) del monto total adjudicado, dentro de los CINCO (5) días hábiles de recibida la notificación de la Orden de Compra. Vencido dicho plazo, se le intimará en forma fehaciente a presentar la garantía en cuestión en un plazo no mayor de CINCO (5) días, transcurrido el cual se rescindirá el contrato con la pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta.
ARTÍCULO 28: PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Dentro de los DIEZ (10) días corridos de notificada la adjudicación, se emitirá la Orden de Compra.
La Orden de Compra se notificará al adjudicatario dentro de los TRES (3) días de emitida. En los TRES (3) días subsiguientes, el adjudicatario deberá presentarse en la Unidad Operativa de Contrataciones a fin de suscribir el instrumento en cuestión.
Suscripto el instrumento o transcurrido el plazo sin haber sido rechazado, se tendrá por perfeccionado el contrato.
Si el adjudicatario rechazara la orden de compra dentro de los TRES (3) días de recibida la notificación o no constituyera la garantía de cumplimiento del contrato en tiempo y forma, podrá adjudicarse la licitación al oferente que siga en el orden de mérito, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades correspondientes.
ARTÍCULO 29: PLAZO DE INICIO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
Dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos contados a partir del primer día hábil siguiente de la recepción de la Orden de Compra, se deberán empezar los trabajos, que se realizarán en forma semestral en el plazo de veinticuatro (24) meses, siendo un total de cuatro servicios en cada uno de los Ítems detallado en las especificaciones técnicas.
Con una opción a prórroga por el plazo de (12) meses, en el que se realizarán dos servicios más.
ARTÍCULO 30: PRÓRROGA DEL PLAZO CONTRACTUAL
El adjudicatario podrá solicitar la prórroga del plazo de para el inicio del servicio o para las prestaciones del mismo, por causas debidamente acreditadas que justifiquen la demora, la cual podrá ser aceptada siempre que las necesidades del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL admitan la satisfacción de la entrega fuera de término.
La solicitud de prórroga deberá hacerse antes del vencimiento del plazo de entrega, exponiendo los motivos de la demora; el MINISTERIO PÚBLICO FISCAL deberá resolver el pedido dentro de los CINCO (5) días de presentado el mismo.
En caso de vencimiento del plazo contractual y no habiéndose expedido la autoridad competente respecto de una solicitud de prórroga cursada por el adjudicatario, se tendrá por concedida la prórroga.
La aceptación de la prórroga por parte del Organismo implicará la aplicación de las penalidades por xxxx establecidas en el presente Xxxxxx.
El adjudicatario sólo podrá hacer uso de este derecho por única vez y el total de la prórroga que se le otorgue no podrá exceder, en ningún caso, el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del plazo original del contrato.
ARTÍCULO 31: REHABILITACIÓN DEL CONTRATO.
Vencido el plazo de la prórroga concedida sin que se hubiera satisfecho la obligación contractual, se producirá la caducidad del contrato.
No obstante, antes de producirse el vencimiento del plazo de la prórroga que se hubiere otorgado, el adjudicatario podrá requerir la rehabilitación del contrato por la parte no cumplida del mismo.
La rehabilitación podrá ser aceptada por única vez, previo pago de una multa equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del valor del contrato que se rehabilita, el que debe cumplirse de acuerdo a las condiciones estipuladas en el Pliego de Bases y Cláusulas Particulares.
Si el adjudicatario no abonara la multa dentro de los TRES (3) días de notificado el acto administrativo que aprueba la rehabilitación, se dará por rescindido el contrato sin más trámite, con pérdida de Garantía de Cumplimiento del Contrato.
ARTÍCULO 32: LUGAR Y FORMA DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
Los servicios se realizaran en los domicilios indicados en los Ítems detallados en las especificaciones técnicas, para lo cual se deberá coordinar con el Departamento de Arquitectura, Planificación y Gestión de la Infraestructura Edilicia vía correo electrónico o telefónicamente; al teléfono 0000-0000/19/21 o por correo electrónico a Xxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx, con una anticipación de 72 horas, el día y horario que realizará las tareas de mantenimiento, limpieza o desinfección.
REMITOS Y CERTIFICADOS: Se deberán entregar en el Departamento de Arquitectura, Planificación y Gestión de la Infraestructura Edilicia de la Procuración General de la Nación por cada servicio, los remitos firmados por los encargados de cada dependencia, el Certificado de limpieza y desinfección de los tanques de agua y los resultados de los análisis del agua de cada edificio firmados por el Director Técnico matriculado.
ARTÍCULO 33: RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS PRESTADOS.
La COMISIÓN DE RECEPCIÓN DEFINITIVA procederá a la verificación de los servicios prestados. A tales efectos confrontará la prestación con las especificaciones técnicas contractuales, la muestra presentada en caso de solicitarse, la orden de compra y/o con los resultados de las pruebas que fuere necesario realizar. En caso de verificar que la misma cumple con las condiciones establecidas, procederá a otorgar la conformidad de la recepción
emitiendo en consecuencia la correspondiente Acta de Recepción Definitiva. Un (1) ejemplar de dicha acta será entregado al adjudicatario a los efectos del trámite de pago.
En caso de verificar que los bienes entregados o los servicios prestados no cumplieran en cantidad y/o calidad con lo solicitado, se procederá a su rechazo y se intimará al proveedor a realizar las acciones correspondientes para proceder al reemplazo de los bienes, o la realización del servicio, conforme lo adjudicado, dentro del plazo que se le otorgue.
El proveedor estará obligado a retirar los elementos rechazados dentro del plazo que se le fije, el que comenzará el día siguiente al de la notificación del rechazo. Vencido el lapso indicado, se considerará que existe renuncia tácita a favor del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, pudiendo éste disponer de los elementos. Sin perjuicio de las penalidades que correspondieren, el proveedor cuyos bienes hubieran sido rechazados deberá hacerse cargo de los costos de traslado y, en su caso, de los que se derivaren de la destrucción de los mismos.
La recepción definitiva se otorgará dentro del plazo de CINCO (5) días de la recepción provisoria de los bienes, contados a partir del día siguiente de la fecha de entrega de los mismos.
En caso de silencio, una vez vencido dicho plazo, el proveedor podrá intimar la recepción. Si el MINISTERIO PÚBLICO FISCAL no se expidiera dentro de los DIEZ (10) días siguientes al de la recepción de la intimación, los bienes se tendrán por recibidos de conformidad.
ARTÍCULO 34: VICIOS REDHIBITORIOS.
La conformidad definitiva otorgada de acuerdo a lo normado en el artículo precedente, no libera al adjudicatario de las responsabilidades emergentes de los vicios redhibitorios que se adviertan durante el plazo de UN (1) año, computado a partir de dicha conformidad, quedando el adjudicatario obligado a efectuar las reparaciones o reposiciones correspondientes en el mismo término y lugar que se indica en el presente Pliego de Bases y Cláusulas Particulares y la correspondiente Orden de Compra.
ARTÍCULO 35: FACTURACIÓN Y CONDICIONES DE PAGO.
Una vez recibida la conformidad definitiva de la recepción de los bienes o realización del servicio, el adjudicatario deberá presentar la factura en el Área de Facturación, sita en Xx. xx Xxxx 000, Xxxx 0, Xxxxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Dicha presentación dará comienzo al plazo fijado para el pago, el cual se hará efectivo dentro de los TREINTA (30) días hábiles de recibida la factura.
La factura será emitida a nombre del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, CUIT Nº 30-68723581-
5. A los efectos de su posición en el Impuesto al Valor Agregado, este organismo reviste el carácter de consumidor final.
Las facturas deberán ajustarse a la reglamentación vigente de la Administración Federal de Ingresos Públicos, debiendo indicar en las mismas, como mínimo los siguientes datos:
- Número de la orden de compra.
- Número del expediente asignado a la Licitación.
- Número y fecha de los remitos de entrega.
- Número de renglón, especificaciones e importe unitario y total de cada uno de ellos.
- Importe total bruto.
- Monto y tipo de descuento, si corresponde.
- Importe total neto de la factura.
Asimismo, en caso de estar alcanzado por alguna eximición parcial o total de algún tributo, se deberá acompañar con las facturas que se presenten una copia de la Resolución correspondiente de la AFIP.
Según la Resolución General AFIP N° 2485/2008 sus modificatorias y complementarias, para poder percibir el pago correspondiente por la prestación de servicios y/o provisión de bienes, los adjudicatarios deberán presentar la Factura Electrónica en los términos de la citada normativa.
ARTÍCULO 36: CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.
Las penalidades establecidas en el artículo N° 124 del Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14 del 02 xx xxxxx de 2014, no serán aplicadas cuando el incumplimiento de la obligación provenga de caso fortuito o de fuerza mayor, o de actos o incumplimientos de autoridades públicas nacionales o del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, de tal gravedad que coloquen al Adjudicatario en una situación de razonable imposibilidad de cumplimiento con las obligaciones a su cargo, debidamente documentados por el adjudicatario y aceptados por el organismo.
La existencia de dichas circunstancias, deberá ser puesta en conocimiento del Organismo dentro de los DIEZ (10) días de producido o desde que cesaren sus efectos. Transcurrido dicho plazo no podrá invocarse el caso fortuito o la fuerza mayor.
ARTÍCULO 37: RESCISIÓN SIN CULPA DEL ADJUDICATARIO.
La revocación o rescisión de los contratos por razones de oportunidad, mérito o conveniencia, cuyas causas no fueran imputables al proveedor, no generará derecho a indemnización en concepto de lucro cesante o por intereses de capitales requeridos para la financiación de la prestación. El adjudicatario sólo tendrá derecho a que se le reconozcan los gastos que probare fehacientemente haber incurrido con motivo del contrato.
ARTÍCULO 38: RESCISIÓN POR CULPA DEL ADJUDICATARIO.
Si el Adjudicatario desistiere en forma expresa del contrato antes del plazo fijado para su cumplimiento, o si vencido el plazo de cumplimiento original del contrato, de su prórroga o el contrato rehabilitado, en todos los casos sin que los bienes hubiesen sido entregados o los servicios prestados de conformidad, el MINISTERIO PÚBLICO FISCAL rescindirá el contrato sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, con pérdida de la Garantía correspondiente.
En caso de fraude, negligencia en la ejecución del contrato o en incumplimientos de las obligaciones por parte del adjudicatario que diera lugar a la aplicación de multas por un importe acumulado equivalente al QUINCE POR CIENTO (15%) del monto total del contrato, el MINISTERIO PÚBLICO FISCAL rescindirá unilateralmente el mismo, quedando a cargo del adjudicatario la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado su accionar.
Si el adjudicatario transfiriera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado previamente por el MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, el mismo se rescindirá unilateralmente.
ARTÍCULO 39: MODIFICACIONES AL CONTRATO.
De manera unilateral, el MINISTERIO PÚBLICO FISCAL podrá aumentar o disminuir el monto del contrato hasta el VEINTE POR CIENTO (20%), sin variar las condiciones contractuales y los precios unitarios adjudicados; y podrán incidir sobre uno, varios o el total de los renglones de la Orden de Compra.
En los casos en que resulte imprescindible garantizar el normal funcionamiento del Organismo, dicho porcentaje podrá excederse hasta el TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%), en cuyo caso, el adjudicatario deberá prestar conformidad en forma previa a proceder con dicha modificación.
ARTÍCULO 40: CESIÓN O SUBCONTRATACIÓN.
El adjudicatario tendrá la obligación de ejecutar el contrato por si, quedando prohibida la subcontratación, transferencia o cesión del contrato, salvo consentimiento expreso del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, el cual verificará que el cesionario o subcontratista cumpla con todos los requisitos de la convocatoria.
El adjudicatario quedará obligado solidariamente con el cesionario por las obligaciones emergentes del contrato.
ARTÍCULO 41: PENALIDADES.
En caso que los Oferentes y/o Adjudicatarios no den cumplimiento en tiempo y forma con lo establecido en el presente Xxxxxx serán pasibles de las penalidades establecidas en el Título V del Reglamento de Compras y Contrataciones del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14.
Pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta:
a) Si el Oferente manifestara su voluntad de no mantener su Oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación.
b) Si luego de ser intimado, el Adjudicatario no presentara la garantía de cumplimiento de contrato, se procederá a la recisión del contrato lo cual acarreará la pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta.
c) En caso de errores en la cotización denunciados por el Oferente antes de la adjudicación.
d) Cuando rechazara la orden de compra dentro de los tres (3) días de recibida la notificación de la misma.
Pérdida de la Garantía de Cumplimiento del Contrato:
a) Cuando el adjudicatario no abonara la multa correspondiente a la rehabilitación del contrato establecida en el Artículo Nº 30 del presente, dentro de los tres (3) días de habérsele notificado el acto administrativo que aprueba la rehabilitación.
b) Si vencido el plazo de cumplimiento original del contrato, de su prórroga o el contrato rehabilitado, en todos los casos sin que los bienes hubiesen sido entregados o los servicios prestados de conformidad, se rescindirá el contrato con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato por la parte no cumplida del mismo.
c) Si el adjudicatario incurriera en fraude, negligencia en la ejecución del contrato o en incumplimientos de las obligaciones que dieran lugar a la aplicación de multas por un importe acumulado equivalente al quince por ciento (15%) del monto total del contrato, se rescindirá el mismo con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato.
d) Si el adjudicatario transfiriera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado previamente por el Ministerio Público Fiscal, el mismo se rescindirá con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato.
Multa por xxxx en el cumplimiento de sus obligaciones:
a) Se aplicará una multa del UNO POR CIENTO (1%) del valor de lo satisfecho fuera de término por cada SIETE (7) días hábiles de atraso o fracción mayor de TRES (3) días hábiles.
b) Toda prórroga concedida en los términos del Artículo 30 del presente Pliego, acarrea la aplicación de la multa establecida en el apartado anterior.
ARTÍCULO 42: AFECTACIÓN DE MULTAS.
Las multas que se apliquen se afectarán conforme el siguiente orden de prelación:
a) A las facturas emergentes del contrato, que estén al cobro o en trámite;
b) A la correspondiente garantía de cumplimiento del contrato;
c) A los créditos del adjudicatario resultantes de otros contratos de suministro o prestación de servicios no personales.
ARTÍCULO 43: CLASES DE SANCIONES.
Los Oferentes y/o Adjudicatarios podrán ser pasibles de las siguientes sanciones:
a) Apercibimiento
b) Suspensión
c) Inhabilitación
Las sanciones enumeradas precedentemente serán aplicadas por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo dispuesto en el inciso a) del artículo N° 23 y en el inciso b) del artículo N° 29, ambos del Decreto Nº 1023/01.
ARTÍCULO 44: ALTA DE BENEFICIARIO.
El/los adjudicatario/s deberá/n poseer Alta de Beneficiario (Anexos I y II), otorgado de conformidad a la Disposición Conjunta N° 21/95 de la Contaduría General de la Nación y N°10/95 de la Tesorería General de la Nación, por la que se aprueban los Anexos antes señalados.
La información requerida en lo atinente a cuenta bancaria y alta de beneficiario, son condiciones imprescindibles y excluyentes para poder proceder al pago de las facturas pertinentes, conforme lo establecido en la Resolución N° 262/95 de la Secretaria de Hacienda.
ARTICULO 45: CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
El servicio solicitado deberá incluir más allá de las tareas detalladas en las Especificaciones Técnicas, que como Anexo integran el presente Pliego; todas aquellas que se encuentran incluidas en los alcances Ordenanza N° 45.593 del G.C.B.A y su Decreto Reglamentario Nº 2045/93.
La Contratista deberá informar al Departamento de Arquitectura, Planificación y Gestión de la Infraestructura Edilicia vía correo electrónico o telefónicamente con una anticipación de 72 horas, el día y horario que realizará las tareas de mantenimiento, para poder coordinar las visitas a todas las dependencias.
ARTÍCULO 46: IDONEIDAD TÉCNICA.
A efectos de demostrar idoneidad técnica y cumplir con las normativas vigentes en referencia a la limpieza de tanques de agua y análisis de agua para consumo, los oferentes deberán adjuntar indefectiblemente junto a su oferta:
Copia del certificado de inscripción en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable.
Datos del Director Técnico matriculado que firmará los certificados de los trabajos realizados con los resultados de los ensayos fisicoquímicos y bacteriológicos.
ARTÍCULO 47: REFERENCIAS
Los oferentes deberán presentar referencias comprobables de instalaciones y servicios similares a los de la presente contratación.
ARTÍCULO 48: DESPERFECTOS Y XXXXXXX.
Ante una eventual necesidad de efectuar reparaciones en los tanques de agua o cualquier otro elemento de la instalación, ya sea por mal estado o por presentar deterioro parcial o total, el adjudicatario deberá cotizar los trabajos de reparación (Discriminando costo de materiales, repuestos y mano de obra) a esta Procuración General de la Nación, reservándose ésta el derecho de proceder a la reparación con la adjudicataria o realizar una nueva contratación.
En caso de que se autorice la reparación en determinado punto de la instalación, la misma deberá poseer una garantía de seis (6) meses a partir del momento en que el sistema vuelva a quedar en funcionamiento.
Es responsabilidad del adjudicatario todas aquellas roturas y/o pérdidas que se produjeran durante las tareas de limpieza y desinfección.
ARTÍCULO 49: VISITA AL SITIO.
El oferente podrá solicitar en caso de creerlo necesario la visita previa a los sitios donde deberán realizase los servicios; en ese caso deberá coordinarse con el Departamento de Arquitectura, Planificación y Gestión de la Infraestructura Edilicia al teléfono 0000-0000/19/21 o por correo electrónico a Xxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx. En caso de no realizar ninguna visita el adjudicatario no podrá alegar desconocimiento de los lugares ni de las instalaciones existentes, por lo que no tendrá lugar a ningún tipo de reclamo por estas causas.
ARTÍCULO 50: PERSONAL Y SEGUROS.
Dentro de los cinco (5) días de notificada la orden de compra, el adjudicatario deberá presentar una nómina de las personas que intervendrán en los trabajos contratados con indicación de cargo, nombre completo y DNI, junto a la constancia de que dicho personal se encuentra cubierto por un seguro de riesgos del trabajo acorde a la normativa vigente y con los pagos al día, como así también deberá presentar cláusula de no repetición contra el Organismo.
ARTÍCULO 51: JURISDICCIÓN.
El Organismo Contratante, los oferentes y el/los adjudicatario/s se someterán, para dirimir cualquier divergencia en la presente contratación, una vez agotadas todas las instancias administrativas, a la competencia de los TRIBUNALES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL con asiento en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES,
renunciando expresamente a todo otro fuero o jurisdicción de excepción que pudiera corresponderles.
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1.- SERVICIO DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE TANQUES DE AGUA
El adjudicatario deberá proveer los materiales, elementos, equipos y mano de obra para llevar a cabo el servicio de limpieza y desinfección de los tanques de agua (cisternas y tanques de reserva) cumpliendo con lo estipulado en las normas y reglamentaciones vigentes, realizando las siguientes tareas:
1.1 - El vaciamiento de los tanques de agua deberá realizarse en forma lenta y utilizando los elementos necesarios para evitar el derrame de agua sobre cubiertas transitables y no transitables y para no anegar los desagües pluviales. Los adjudicatarios serán responsables por los eventuales daños que se produjeran sobre bienes propios y/o de terceros, como consecuencia de la intervención del adjudicatario y del personal a su cargo.
Se coordinará con el personal del Departamento de Arquitectura, Planificación y Gestión de la Infraestructura Edilicia de la Procuración General de la Nación el día de realización de cada servicio pudiéndose estipular de lunes a sábado según conveniencia.
1.2 - Se deberá realizar la apertura de las tapas de control y limpieza de las mismas, con posterioridad se deberá a realizar la limpieza de las tapas de acceso laterales las cuales deberán ser cepilladas para remover incrustaciones, se deberá realizar una constatación del estado de las tapas, se deberá elevar un informe escrito en el caso de que sea necesario realizar el reemplazo de la tapa o el marco.
1.3 - Se deberá proceder al retiro de los sedimentos acumulados en el fondo de los tanques x xxxxxxxxx, evitando que los mismos ingresen en las cañerías.
1.4 – Una vez extraídos los sedimentos se deberá proceder a la limpieza profunda en forma mecánica con hidrolavadora a presión nominal mayor a 200 Kg/cm2 o mediante cepillo xx xxxxx dura según corresponda.
1.5 - Revisión del interior de los tanques, en caso de detectarse la presencia de grietas o fisuras se deberá proceder a su sellado con materiales adecuados de gran impermeabilidad y de secado rápido, marca SIKA, HEY´DI o similar.
1.6 – Se deberá realizar la desinfección mediante la aplicación de productos químicos con el objeto de eliminar algas, bacterias y hongos adheridos a las paredes internas de los tanques.
1.7 – Cerrado de las tapas de acceso laterales verificando la hermeticidad y el posterior llenado del tanque, controlando el normal funcionamiento de todo el sistema (bombas automáticas y esclusas).
Todos los insumos a utilizar durante el servicio de limpieza y desinfección, deberán ser de primera calidad y de marcas reconocidas en plaza.
Será responsabilidad del adjudicatario llevar a cabo todos aquellos trabajos que sean requeridos para la completa y correcta ejecución del servicio contratado, estén o no previsto y especificados en el presente Pliego de Especificaciones Técnicas.
En el ítem 18 no se deberá realizar la limpieza y desinfección de tanques de agua.
2.- SERVICIO DE ANALISIS FISICOQUIMICO Y BACTERIOLOGICO DE LAS FUENTES DE AGUA PARA CONSUMO
Se realizará, en cada edificio, un (1) análisis bacteriológico y un (1) análisis fisicoquímico por cada servicio, durante la vigencia de la Orden de Compra correspondiente, debiendo cumplir ambos tipos de análisis con lo establecido por la Ley Nº 19587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo, capítulo 6 art. 57 y 58 “Provisión de agua potable”, y en el Código Alimentario Argentino y las respectivas reglamentaciones de ambos.
Se deberán tomar muestras de agua de la canilla más alejada y de la válvula de limpieza de cada tanque.
El primer servicio se deberá realizar dentro de los sesenta (60) días corridos de la fecha de recepción de la Orden de Compra. Los siguientes tres (3) servicios se deberán realizar con una periodicidad no mayor de seis (6) meses entre cada uno.
3.- ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL Y DE SEGURIDAD
Los operadores deberán utilizar los elementos de protección personal adecuados para cada tarea a realizar como ser, guantes, protección respiratoria, arnés de seguridad de cuerpo completo, protección ocular, etc.
Los equipos eléctricos que se utilicen (bombas, hidrolavadoras, etc.) se conectarán a un sistema de llave térmica y disyuntor diferencial portátil que hará nexo entre los equipos energizados y la red eléctrica del edificio.
Las lámparas portátiles trabajaran a una tensión de 12 voltios mediante un transformador de 220 a 12 voltios, que se conectará al disyuntor nombrado anteriormente.
4.- REPARACIONES Y ESTADO DE LOS TANQUES DE AGUA
Será responsabilidad del adjudicatario informar al Departamento de Arquitectura, Planificación y Gestión de la Infraestructura Edilicia sobre el estado general de los tanques de agua indicando, en caso que fuese necesario, el tipo de reparaciones que deban efectuarse a fin de mantenerlos en buen estado de conservación y funcionamiento.
5.- REMITOS Y CERTIFICADOS
Se deberán entregar en el Departamento de Arquitectura, Planificación y Gestión de la Infraestructura Edilicia de la Procuración General de la Nación por cada servicio, los remitos firmados por los encargados de cada dependencia, el Certificado de limpieza y desinfección de los tanques de agua y los resultados de los análisis del agua de cada edificio firmados por el Director Técnico matriculado.
PLANILLA DE COTIZACIÓN
El que suscribe ............................................................ Documento N° en
nombre y representación de la Empresa ………..………………………….......……..…………
con domicilio legal en la Calle………………… N°….... Localidad Teléfono
…........................ Fax ........................... EMAIL N° de CUIT
............................................. y con poder suficiente para obrar en su nombre, según consta en acta poder que acompaña, luego de interiorizarse de las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente contratación, cotiza los siguientes precios:
Renglón | Cantidad | Unidad | ÍTEM | Descripción | Costo Unitario (IVA incluido) | Costo Total (IVA incluido) |
1 | 4 | SERVICIOS SEMESTRALES | 1 | Xx. xx Xxxx Xx 000, X.X.X.X. | ||
2 | Xxx. Xxxx. X. X. Xxxxx Xx 0000, X.X.X.X. | |||||
3 | Xxx. Xxxx. X. X. Xxxxx Xx 000, X.X.X.X. | |||||
4 | Tucumán N° 966, C.A.B.A. | |||||
5 | Xxxxx N° 1577, C.A.B.A. | |||||
6 | Xxxx N° 2255/61, C.A.B.A. | |||||
7 | Tucumán N° 1393, C.A.B.A. | |||||
8 | Xx. Xxxxxxxx Xx 000, X.X.X.X. | |||||
0 | Xxxx N° 543, C.A.B.A. | |||||
10 | Xx. Xxxxx Xx 000, Xxx Xxxxxx, Xxxx. xx Xxxxxx Xxxxx | |||||
11 | Xxxxxxxxx Xx 0000, Xxxxxx, Xxxx. Xx Xxxxxx Xxxxx | |||||
12 | Xxxxxx Xx 0000, Xxx Xxxxxx, Xxxx. Xx Xxxxxx Xxxxx | |||||
13 | Xxxxxx Xxxxxxx Xx 0000, Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxx. Xx Xxxxxx Xxxxx | |||||
14 | Xxxxx 00 Xx 000, Xx Xxxxx, Xxxx. Xx Xxxxxx Xxxxx | |||||
15 | Xxxxxxxx Xx 000, Xxxxx xx Xxxxxx, Xxxx. Xx Xxxxxx Xxxxx | |||||
16 | Xxxxxxxxxx Xx 000, Xxxxx xx Xxxxxx, Xxxx. Xx Xxxxxx Xxxxx | |||||
17 | Xxx Xxxxxx Xx 00, Xxxxxxx, Xxxx. Xx Xxxxxx Xxxxx | |||||
18 | Xxxxxxxx Xx 000, X.X.X.X. (Solo Análisis de agua de consumo) | |||||
Total de la Oferta: | $ |
Son Pesos (IVA Incluido):…………………….………………………………………………………
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