PLIEGO DE CONDICIONES DE CONTRATACIÓN
PLIEGO DE CONDICIONES DE CONTRATACIÓN
1.- OBJETO: CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES DE CREATIVIDAD PUBLICITARIA Y DISEÑO GRÁFICO PARA LAS CAMPAÑAS DE PUBLICIDAD 2019_20, NACIONALES E INTERNACIONALES, Y OTRAS ACCIONES DE PROMOCIÓN DE PARADORES DE TURISMO DE ESPAÑA, S.M.E., S.A.
El presente pliego tiene por objeto establecer las condiciones que regirán la licitación abierta para la contratación de los Servicios profesionales de creatividad publicitaria y diseño gráfico para las campañas de publicidad 2019 y 2020 nacionales e internacionales, y otras acciones de promoción de Paradores de Turismo de España, S.M.E., S.A.
Al presente pliego, le acompaña como parte integrante del mismo, el Pliego de Prescripciones Técnicas y condiciones del servicio a contratar, al que deberán ajustarse las diferentes propuestas que se presenten.
Para mayor información técnica al respecto deberán dirigirse al Departamento de Marketing, la Xxx. Xxxxxxx Xxxxx, en el teléfono 00.000.00.00 o en el correo electrónico xxxxxxx.xxxxx@xxxxxxx.xx.
2.-RÉGIMEN JURÍDICO: El presente contrato que se suscriba con el adjudicatario, del que forma parte integrante este pliego, tiene carácter privado. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en los Pliegos de Condiciones de Contratación.
Para lo no previsto en el pliego, el contrato se regirá por la Instrucción Interna de Contratación de Paradores de Turismo de España, S.M.E., S.A., y por lo dispuesto en los artículos 321, 322 y concordantes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
El orden jurisdiccional Contencioso Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con las actuaciones realizadas para la preparación, adjudicación de los contratos que se celebren por Paradores de Turismo de España, S.M.E., S.A., para la adquisición de suministros, obras y servicios.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, modificación y extinción de los contratos que se celebren por Paradores de Turismo de España, S.M.E., S.A., para la adquisición de bienes, obras y servicios.
3.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR: Podrán optar a la adjudicación de la presente contratación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar con el Sector Público de las previstas por el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo establecido en este pliego y en su caso, de ser expresamente requerido en el pliego, se encuentren debidamente clasificadas. Además, las empresas adjudicatarias deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato y disponer de una organización con elementos personales o materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Las empresas extranjeras no comunitarias deberán reunir además los requisitos establecidos en el artículo 68 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
4.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS: Las ofertas se presentarán por los licitadores en la sede de Paradores, C/Xxxx Xxxxxxx, nº 4 - 6ª planta, Dirección de Inversiones y Compras, 00000 Xxxxxx, Att. Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Telf. 91.211.21.45, Fax: 00.000.00.00, en sobres cerrados, hasta las 14:00 horas del día 23 de Noviembre de 2018.
En el caso de presentarse la oferta en las Oficinas de Correos y Telégrafos, el licitador deberá justificar la fecha de imposición, con horas y minutos, del envío en la oficina de correos y anunciar a la Dirección de Inversiones y Compras de Paradores, la remisión de la oferta mediante fax nº: 00.000.00.00, o correo electrónico a la dirección xxxxxx.xxxxxxxx@xxxxxxx.xx , en el mismo día.
El envío del anuncio por correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones mencionadas en el párrafo anterior y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto, se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la oferta si es recibida por la Dirección de Inversiones y Compras de Paradores con posterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
El acceso al perfil del contratante del órgano de contratación se efectuará a través de la página Web de Paradores de Turismo de España, S.M.E., S.A., en el sitio Web institucional: xxxx://xxx.xxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx o en la Plataforma de Contratación del Sector Público, en el sitio Web: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxxxxxx se ofrecerá la información relativa a las convocatorias de licitación de este contrato, incluyendo los pliegos y documentación complementaria en su caso.
Por la mera presentación de su oferta, el licitador quedará vinculado al cumplimiento de la misma, a la presentación de documentación y a la firma del contrato en los propios términos de aquella y con sujeción a las restantes condiciones xxx xxxxxx.
5.- FORMA Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS: Las ofertas constarán de TRES (3) SOBRES, cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos:
-. Título del contrato al que licitan: “CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES DE CREATIVIDAD PUBLICITARIA Y DISEÑO GRÁFICO PARA LAS CAMPAÑAS DE PUBLICIDAD 2019_20, NACIONALES E INTERNACIONALES, Y OTRAS ACCIONES DE PROMOCIÓN DE PARADORES DE TURISMO DE ESPAÑA, S.M.E., S.A.”
-. Número y denominación del sobre que corresponda:
SOBRE Nº 1: “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA”.
SOBRE Nº 2: “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA SOBRE CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR”.
SOBRE Nº 3: “OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS TÉCNICOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULA.”
-. Nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF o CIF, así como los datos de contacto de la empresa, teléfono, fax y correo electrónico. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciando numéricamente.
La totalidad de la documentación se deberá presentar en español.
Por formar parte inseparable del oportuno expediente de contratación, Paradores no devolverá ningún documento presentado por los licitadores, sin perjuicio de la obtención de copia a cargo del solicitante de las partes de su proposición que tenga por conveniente.
Deberá presentarse la siguiente documentación en sobres separados: 5.1.- SOBRE Nº 1 “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA”
Se presentará un sobre que deberá contener los siguientes documentos:
1. Declaración responsable acerca de quien suscribe los documentos en nombre de la empresa licitadora tiene poder suficiente para obligarla a los efectos de la presente licitación, sujetándose a todas las responsabilidades legales a que haya lugar en caso contrario (según modelo que figura como Anexo I al presente Pliego de Condiciones de Contratación).
2. Los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica en los términos y por los medios que se relacionan a continuación:
Solvencia económica o financiera: Declaración relativa al volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles, en función de la fecha de constitución o de inicio de actividades del licitador, y que deberá ser igual o superior a 300.000,00 euros al año.
Solvencia técnica: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años, del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del presente contrato, que incluya objeto del servicio o trabajo, importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos. Para acreditar la solvencia técnica las empresas licitantes deberán justificar mediante certificados, haber realizado, al menos, dos servicios o trabajos en los tres últimos años, del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del presente contrato, e importe igual o superior a 100.000,00 euros, cada uno.
Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración responsable del licitador.
3. Con independencia de la documentación acreditativa de poseer la solvencia señalada en apartados anteriores, todos los licitadores deben aportar la siguiente documentación:
Requisitos mínimos de selección:
Descripción del equipo técnico y unidades técnicas participantes en el contrato, estén o no integrados directamente en la empresa contratista, para ello deberán presentar como requisito imprescindible para poder licitar:
Detalle del número de personas fijas que lo integran, su perfil profesional, su dedicación a esta campaña y su experiencia en trabajos similares.
Detalle del número de personas fijas que integran el equipo que asuma las tareas de adaptaciones, su perfil profesional, su dedicación a la campaña, así como su experiencia en trabajos similares.
Detalle del número de personas fijas que integra el/los equipos de producción de audiovisuales, su perfil profesional, su dedicación a la campaña, así como su experiencia en trabajos similares, junto con una descripción de los medios técnicos que se aportarán.
Una declaración responsable indicando que el licitador cuenta con una organización propia y estable, debidamente formada, y con medios, tanto materiales como personales, suficientes para el desarrollo de las tareas que constituyan el objeto del contrato, con la calidad requerida de acuerdo al Pliego de Condiciones de Contratación y al Pliego de Prescripciones Técnicas que rigen la licitación, que el licitador cuenta con una clientela ajena a la propia de Paradores de Turismo de España, S.M.E., S.A., según el modelo que figura como Xxxxx XX al presente Pliego de Condiciones de Contratación.
4. Uniones temporales de empresarios: Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión temporal frente a Paradores deberán presentar, todos y cada uno de los empresarios, los documentos exigidos en la presente cláusula, además de un escrito de compromiso en el que se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos; la xxxxxxxx de cada uno del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven y quedarán obligados solidariamente, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para el cobro y pago de cuantías significativas. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión.
Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.
En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresarios, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el CIF asignado a dicha unión antes de la formalización del contrato. La duración de la unión será coincidente con la del contrato, hasta su extinción.
Si durante la tramitación de un procedimiento y antes de la formalización del contrato se produjese la modificación de la composición de la unión temporal de empresas, esta quedará excluida del procedimiento.
Una vez formalizado el contrato con una unión temporal de empresas, se observarán iguales reglas que las previstas por el artículo 69, apartado 9 de la repetida Ley 9/2017.
La información pública de los contratos adjudicados a estas uniones incluirá los nombres de las empresas participantes y la participación porcentual de cada una de ellas en la Unión Temporal de Empresas, sin perjuicio de la publicación en el Registro Especial de Uniones Temporales de Empresas.
5. Documentación relativa a los criterios de desempate en la adjudicación: A efectos de la aplicación de los criterios de adjudicación específicos para el desempate, entre dos o más ofertas, según lo previsto en la cláusula 11 del presente pliego, “Clasificación de las ofertas y propuesta de adjudicación”, deberá presentarse formando parte del sobre 1, la siguiente documentación:
1) Personas trabajadoras con discapacidad: Los licitadores deberán aportar, en todo caso, una declaración responsable en que conste el número global de personas trabajadoras de plantilla con el número particular de personas con discapacidad en la misma. Asimismo, podrán hacer constar en la declaración responsable el porcentaje de personas trabajadoras fijas con discapacidad que tienen en plantilla, a efectos de lo establecido para supuestos de empate, tanto en el caso de empresas que empleen a un número de 50 o más trabajadores como que tengan menos de 50 trabajadores. (Según Anexo III).
2) Empresas o licitadores que presente un menor porcentaje de contratos temporales en su plantilla: Los licitadores deberán aportar, en todo caso, una declaración responsable en que conste el porcentaje de trabajadores temporales que tienen en su plantilla. (Según Anexo IV).
6. Cuestionario para la Evaluación de Proveedores debidamente cumplimentado, firmado y sellado (Anexo V).
5.2.- SOBRE Nº 2 “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA SOBRE CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR”
-. Los licitadores deberán presentar la documentación que consideren oportuno en relación a la cláusula nº 7.- CRITERIOS DE VALORACIÓN, 7.1.1 CRITERIOS TÉCNICOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR.
-. MEMORIA EXPLICATIVA DE LA ESTRATEGIA. – Este documento deberá mostrar el desarrollo y la justificación de la estrategia creativa propuesta, junto con un benchmarking del entorno competitivo. Este planteamiento será básico para el reposicionamiento de la marca, También incluirá una propuesta debidamente razonada del slogan de la campaña y un acercamiento a sus posibles declinaciones por tipos de establecimientos (históricos, de naturaleza o de ciudad) y los distintos ítems de negocio de Paradores (restaurantes, golf, spa, mice…). También deberá incorporar, al menos, el índice de contenidos del manual de estilo de la campaña.
-. PROPUESTA CREATIVA. – Deberán presentarse en dispositivo digital y físico, cuando el elemento lo requiera, las siguientes piezas, con detalle de características:
Bocetos de dos visuales para dar respuesta a cada uno de los conceptos de:
• Paradores gastronomía
• Paradores historia
• Paradores urbano /cultural
• Paradores naturaleza
• Paradores rutas
• Paradores joven
Adaptación (no traducción) de la mitad de los bocetos para mercados como Alemania, Gran Bretaña y Francia.
Bocetos de acciones de display (megabanner, Brand day, roba…)
Propuesta creativa para microvídeos y píldoras audiovisuales, junto con un borrador xx xxxxx y desarrollo visual para los distintos productos/ofertas de Paradores
Propuesta creativa para un vídeo corporativo de la red de Paradores, con especial atención al aspecto emocional y aspiracional de las estancias en Paradores, junto con el carácter público de la compañía y su apuesta de siempre por la RSC.
-. FEBRERO ROMÁNTICO. - Ejercicio de declinación xx xxxxxxx para el producto de Paradores de Febrero Romántico con todos los elementos que la agencia considere estratégicos (boletines, display, gráfica, radio, rrss…) (en al anexo III xxx xxxxxx de prescripciones técnicas se detalla el producto para el ejercicio).
La documentación técnica a la que se refieren los párrafos precedentes se incluirá única y exclusivamente en el SOBRE nº 2 “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA SOBRE CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR”.
Es imprescindible que se aporte la propuesta técnica (criterios evaluables mediante juicio de valor), en papel y en soporte digital (CD, Pendrive, etc...).
5.3.- SOBRE Nº 3 “OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS TÉCNICOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULA.”
5.3.1. Las ofertas económicas se ajustarán al modelo que figura en el Anexo VI a las presentes Condiciones de Contratación, debiendo los licitadores valorar el importe del objeto de contratación.
Es imprescindible que aporten su propuesta económica en papel y se incluirá únicamente en el sobre nº 3 “OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS TÉCNICOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULA”.
No se aceptarán aquellas proposiciones que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que Paradores estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese el precio máximo de licitación del servicio creativo y fee de agencia y el precio unitario máximo de licitación por servicios de producción, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en los importes de la proposición o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada motivando la correspondiente decisión, sin que sea
causa bastante para el rechazo, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido.
Los precios se expresarán en euros, con un número máximo de dos decimales.
A todos los efectos se entenderá que los precios ofertados por el licitador incluyen todos los gastos derivados de la licitación, formalización y exacto cumplimiento del contrato y su extinción, así como de la correcta ejecución de su objeto, como son, sin que esta enumeración tenga carácter limitativo, los generales, financieros, anuncio de licitación en prensa, seguros, diseño, fabricación, embalaje, transportes, desplazamientos, alojamientos, seguros de transporte, montajes, desmontajes, honorarios del personal a su cargo, devolución y reposición de mercancías, de comprobación y análisis, ensayos, beneficio industrial, visitas a fábrica, aduanas, tasas, impuestos, arbitrios, tributos, licencias municipales, de obras, permisos, formación, etc … y todos los gastos de tramitación de las mismas, así como toda clase de tributos en vigor y cualesquiera otros que pudieran establecerse o modificarse durante la vigencia del contrato, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, el cual será repercutido en la factura reglamentaria exigida por la Legislación Fiscal Vigente.
5.3.2. Los licitadores deberán presentar la documentación que consideren oportuno en relación a la cláusula nº 7.- CRITERIOS DE VALORACIÓN, 7.1.2 CRITERIOS TÉCNICOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULA.
La documentación económica y técnica a la que se refieren los párrafos precedentes se incluirá única y exclusivamente en el sobre nº 3 “OFERTA ECONOMICA Y DOCUMENTACIÓN TÉCNICA SOBRE CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULA”.
Es imprescindible que se aporte la propuesta económica y técnica (criterios evaluables mediante fórmula), en papel y en soporte digital (CD, Pendrive, etc...). En caso de discrepancia, lo expresado en la oferta económica “en papel”, prevalecerá sobre lo expresado en soporte digital.
6.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y PRECIO DEL CONTRATO: El presupuesto base de licitación del contrato asciende a un importe estimado anual de 292.820,00 euros (DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTE EUROS, IVA INCLUIDO) de los cuales 242.000,00 euros son la base imponible del gasto y 50.820,00 euros es el importe correspondiente al 21% del IVA. Desglosado de la siguiente manera:
A. IDEA CREATIVA: El presupuesto base de licitación asciende a un importe máximo de 24.200,00 euros (VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS EUROS, IVA INCLUIDO) de los cuales 20.000,00 euros son la base imponible del gasto y 4.000,00 euros es el importe correspondiente al 21% del IVA.
B. FEE DE AGENCIA: El presupuesto base de licitación asciende a un importe máximo anual de 87.120,00 euros (OCHENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTE EUROS, IVA INCLUIDO) de los cuales 72.000,00 euros son la base imponible del gasto y 15.120,00 euros es el importe correspondiente al 21% del IVA.
C. SERVICIOS DE PRODUCCIÓN: El presupuesto base de licitación asciende a un importe estimado anual de 181.500,00 euros (CIENTO OCHENTA Y UN MIL QUINIENTOS EUROS, IVA INCLUIDO) de los cuales 150.000,00 euros son la base imponible del gasto y 31.500,00 euros es el importe correspondiente al 21% del IVA.
El contrato podrá ser objeto de una prórroga expresa de un año de duración, para los servicios de fee de agencia y de servicios de producción, por un valor estimado de 150.000,00 euros (CIENTO CINCUENTA MIL EUROS, SIN IVA).
El contrato podrá ser objeto de posibles modificaciones, cuando se produzcan cualquier variación, sustitución o aparición de nuevos servicios de producción de la lista de servicios de producción contratados, de acuerdo a las circunstancias previstas en la cláusula 26 del presente pliego, incrementado hasta un porcentaje máximo de un 10% sobre el presupuesto base de licitación, durante la ejecución del servicio, por un valor estimado de 15.000,00 euros (QUINCE MIL EUROS, SIN IVA).
El valor estimado del contrato es: 407.000,00 euros (CUATROCIENTOS SIETE MIL EUROS, SIN IVA) correspondiente al importe del contrato más la posible prórroga y las posibles modificaciones de la lista de servicios de producción contratados.
Para los servicios objeto de este contrato se establece como base de licitación el precio unitario máximo por servicio que se especifica a continuación. En dicho importe se incluyen todos los factores de valoración y gastos, que según los documentos contractuales y la legislación vigente son de cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier índole y el importe de aduanas, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
PRECIO UNITARIO MÁXIMO DE LICITACIÓN DE SERVICIOS DE PRODUCCIÓN
GRAFICA | PRECIO UD MAXIMO DE LICITACION (EUROS SIN IVA) |
Página | 155 |
Media página | 115 |
Doble página | 185 |
Robapáginas | 120 |
Faldón | 120 |
Tarjetón | 75 |
Cartel, póster | 185 |
Marquesina, muppi, vinilo, trasera de autobús | 200 |
Díptico DIN A 5 | 230 |
Tríptico americano | 310 |
Folleto (por pala) | 120 |
Tótem, roll up, photo call | 200 |
GRAFICA ADAPTACIÓN | PRECIO UD MAXIMO DE LICITACION (EUROS SIN IVA) |
Página | 65 |
Media página | 65 |
Doble página | 75 |
Robapáginas | 65 |
Faldón | 55 |
Tarjetón | 35 |
Cartel, póster | 65 |
Marquesina, muppi, vinilo, trasera de autobús | 65 |
Díptico DIN A 5 | 65 |
Tríptico americano | 140 |
Folleto (por pala) | 70 |
Tótem, roll up, photo call | 130 |
DIGITAL | PRECIO UD MAXIMO DE LICITACION (EUROS SIN IVA) |
Banner | 160,00 |
Megabanner | 210,00 |
Megabanner expandible, rich media, HTML 5 | 300,00 |
Doble megabanner | 350,00 |
Doble Megabanner expandible, rich media, HTML 5 | 400,00 |
Skyscraper | 180,00 |
Skyscraper rich media, HTML5 | 210,00 |
Botón (JPG/GIF) | 100,00 |
Robapáginas | 155,00 |
Robapáginas expandible, rich media, HTML5 | 250,00 |
Doble robapáginas | 200,00 |
Doble robapáginas expandible, rich media, HTML5 | 300,00 |
Intersitial / Layer | 200,00 |
Brand day convencional | 300,00 |
Brand day con vídeo | 500,00 |
Pop up / pop under | 100,00 |
Skin | 150,00 |
Wallpaper | 200,00 |
Post RR SS | 40,00 |
Cabeceras RR SS | 55,00 |
Formato vídeo para RR SS | 250,00 |
Imagen para ads en RR SS | 100,00 |
Folleto digital (por pantalla) | 150,00 |
9
DIGITAL ADAPTACIÓN | PRECIO UD MAXIMO DE LICITACION (EUROS SIN IVA) |
Banner | 80,00 |
Megabanner | 100,00 |
Megabanner expandible, rich media, HTML 5 | 140,00 |
Doble megabanner | 180,00 |
Doble Megabanner expandible, rich media, HTML 5 | 250,00 |
Skyscraper | 80,00 |
Skyscraper rich media, HTML5 | 80,00 |
Botón (JPG/GIF) | 40,00 |
Robapáginas | 100,00 |
Robapáginas expandible, rich media, HTML5 | 130,00 |
Doble robapáginas | 100,00 |
Doble robapáginas expandible, rich media, HTML5 | 150,00 |
Intersitial / Layer | 130,00 |
Brand day convencional | 140,00 |
Brand day con vídeo | 300,00 |
Pop up / pop under | 45,00 |
Skin | 100,00 |
Wallpaper | 110,00 |
Post RR SS | 20,00 |
Cabeceras RR SS | 25,00 |
Formato vídeo para RR SS | 130,00 |
Imagen para ads en RR SS | 60,00 |
Folleto digital (por pantalla) | 90,00 |
Radio, incluyendo textos locuciones y música librería 20-30" | PRECIO UD MAXIMO DE LICITACION (EUROS SIN IVA) |
Cuña ámbito nacional con música de librería y 2 voces | 800,00 |
Cuña ámbito nacional con música de librería y 1 voz | 600,00 |
Vídeos, copias y otros | PRECIO UD MAXIMO DE LICITACION (EUROS SIN IVA) |
Copia Betacam SP | 90,00 |
Copia Betacam digital | 100,00 |
10
Copia HD | 135,00 |
USB/DVD/CD (soporte+personalización+copiado) | 21,00 |
Traducción cuñas, spots o piezas gráficas | 75,00 |
Presentación Power Point (por diapositiva) | 10,00 |
Retoque de imagen (por hora) | 80,00 |
Vídeo internos (máx. 60’’) | 3.000,00 |
Las proposiciones que se presenten superando el precio máximo de licitación del servicio creativo y fee de agencia y el precio unitario máximo de licitación por cada servicio de producción, serán automáticamente desechadas.
7.- CRITERIOS DE VALORACIÓN
Se valorarán y puntuarán los siguientes aspectos, sobre un total de 100 puntos:
7.1.) Propuesta técnica 70 puntos
La atribución de puntuación de la propuesta técnica responde a la siguiente fórmula: (1-[(puntuación mejor oferta - puntuación oferta n) / (puntuación máxima)]) * 70
Se valorarán y puntuarán los siguientes aspectos, sobre una puntuación máxima de 100 puntos:
7.1.1. CRITERIOS TÉCNICOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR (documentación a incluir única y exclusivamente en sobre número 2).
a) Estrategia/Idea creativa Hasta 12 puntos
Se valorará que la propuesta sea ordenada y justificada; que ponga en valor el carácter diferencial de marca y enfatice de forma clara y coherente la singularidad de la oferta.
b) Adecuación a los objetivos Hasta 14 puntos
En este apartado se valorará que la propuesta de comunicación traslada de forma eficiente el concepto que se desea transmitir, y su capacidad de enamorar e inspirar, adecuándose a todos los objetivos de la campaña y en concordancia con los públicos de Paradores.
c) Claridad y comprensión del mensaje Hasta 11 puntos
Aunque la estrategia general mantenga un tono de comunicación cercano, en cada acción específica o diferentes públicos objetivos a los que se dirija el mensaje, se valorará las diferentes características de los mensajes: Informativo, argumental, testimonial, humorístico, moderado, divertido, coloquial, serio, racional, pasional, dinámico, exclusivo…, siempre buscando la adecuación al target.
11
d) Originalidad y notoriedad Hasta 15 puntos
Se valorará el impacto y notoriedad de las piezas y mensajes propuestos, junto con su contribución a reforzar la idea de empresa “consolidada, con experiencia”, pero moderna e innovadora en sus servicios.
e) Calidad Técnica hasta 8 puntos
En este apartado se valorará la propuesta de imágenes a utilizar, sonidos, músicas, colores, contemplando su capacidad de despertar interés y sumar en la idea de marca a construir. No son recursos recurrentes de otras campañas y son actuales.
7.1.2. CRITERIOS TÉCNICOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULA (documentación a incluir única y exclusivamente en el sobre número 3).
a) Presentación xx xxxxxxx Hasta 15 puntos
Se valorará contar con audiovisuales de 1,5/2 minutos máximo de presentación de la estrategia xx Xxxxxxx, para utilizar en el stand de Fitur y otras presentaciones (nacionales e internacionales)
• Dos semanas antes de Fitur 15 puntos
• Una semana antes de Fitur 10 puntos
• Antes de la inauguración de Fitur (22/01/2019) 5 puntos
b) Personalización Stand Fitur 2019 Hasta 10 puntos
Se valorará que la agencia adjudicataria esté en disposición de incorporar elementos gráficos y audiovisuales al stand de Paradores en:
• Dos semanas antes de Fitur 10 puntos
• Una semana antes de Fitur 5 puntos
• Antes de la inauguración de Fitur (22/01/2019) 0 puntos
c) Campaña Febrero Romántico en Paradores Hasta 15 puntos
Se valorará que esta propuesta esté suficientemente desarrollada para poder lanzarla tras Fitur
• Semana posterior a Fitur 15 puntos
• Primera xxxxxx xx xxxxxxx 0000 7 puntos
Todos los datos y los aspectos necesarios para evaluar cada uno de los criterios de valoración arriba descritos deberán ser detallados claramente por el licitador en la documentación presentada (sobre nº 3). No se evaluarán aquellos aspectos que las empresas concurrentes no detallen de la forma y manera que se contempla en el pliego.
7.2.) PROPUESTA ECONÓMICA 30 puntos
(Documentación a incluir en sobre número 3, según modelo anexo VI)
La atribución de puntuación de la oferta económica responde a la siguiente fórmula:
1-[(precio oferta n – precio mejor oferta) / (precio estimado anual de licitación)])*30
Siendo “n” el importe de la oferta que se valora)
Para la valoración económica de las propuestas se tendrán en cuenta los precios unitarios ofertados por servicio en la proposición económica (Anexo VI), por el número estimado anual de servicios, que a continuación se detalla:
GRAFICA | UNIDADES ESTIMADAS AÑO |
Página | 10 |
Media página | 8 |
Doble página | 8 |
Robapáginas | 8 |
Faldón | 6 |
Tarjetón | 6 |
Cartel, póster | 10 |
Marquesina, muppi, vinilo, trasera de autobús | 6 |
Díptico DIN A 5 | 10 |
Tríptico americano | 20 |
Folleto (por pala) | 20 |
Tótem, roll up, photo call | 14 |
GRAFICA ADAPTACIÓN | UNIDADES ESTIMADAS AÑO |
Página | 5 |
Media página | 4 |
Doble página | 4 |
Robapáginas | 4 |
Faldón | 3 |
Tarjetón | 0 |
Cartel, póster | 5 |
Marquesina, muppi, vinilo, trasera de autobús | 3 |
Díptico DIN A 5 | 5 |
Tríptico americano | 10 |
Folleto (por pala) | 80 |
Tótem, roll up, photo call | 5 |
DIGITAL | UNIDADES ESTIMADAS AÑO |
Banner | 15 |
Megabanner | 10 |
Megabanner expandible, rich media, HTML 5 | 10 |
Doble megabanner | 10 |
Doble Megabanner expandible, rich media, HTML 5 | 10 |
Skyscraper | 10 |
Skyscraper rich media, HTML5 | 10 |
Botón (JPG/GIF) | 10 |
Robapáginas | 10 |
Robapáginas expandible, rich media, HTML5 | 10 |
Doble robapáginas | 10 |
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El importe de la oferta será el precio del licitador, propuesto para un escenario hipotético de valoración (en cuanto al servicio objeto de contratación), definido exclusivamente a los efectos de valorar las propuestas de los licitadores. No obstante, lo señalado anteriormente, los precios unitarios propuestos por el licitador serán vinculantes para éste durante la duración del contrato y sus posibles prórrogas. En estos precios unitarios estarán incluidos todos los costes asociados a la prestación del servicio.
Dicho escenario hipotético se ha elaborado teniendo en cuanta los datos estimados para el periodo de duración del contrato de un año.
Dichos datos son orientativos, quedando bien entendido entre las partes que no existe compromiso alguno de contratación de ninguna cantidad mínima ni máxima anual ni de ningún servicio por el importe máximo ni mínimo anual por parte de Paradores.
8.- NORMATIVA: Tanto las empresas licitadoras como los servicios ofertados deberán cumplir con toda la normativa, reglamentación o legislación vigentes, relativas a la producción, comercialización, transporte, embalaje, etiquetado, envasado, política medioambiental, etc.… del artículo objeto de este suministro.
El adjudicatario responderá y mantendrá indemne a Paradores de cualquier reclamación, daño o perjuicio incluidas sanciones administrativas o de cualquier otro tipo que se le irroguen a la misma, como consecuencia del incumplimiento por la empresa adjudicataria de cualesquiera normas o reglamentaciones referidas en el párrafo anterior.
9.- CONDICIONES QUE RIGEN PARA LA LICITACIÓN: Los licitadores deberán concurrir a la licitación por la totalidad de los servicios, ajustándose en todos los detalles y pormenores a las características que se especifican en las presentes Condiciones de Contratación.
Sin perjuicio de lo anterior, las empresas licitantes podrán incluir en sus proposiciones las modificaciones que crean pertinentes para la mejor realización del objeto del contrato.
Una vez abiertas las proposiciones no se admitirá ninguna clase de documento que no hubiese sido entregado durante el plazo de presentación de ofertas, o el de subsanación de defectos que se haya concedido. No obstante, Paradores se reserva la facultad, una vez conocidas las ofertas presentadas, de recabar de los licitadores que estime oportuno y cuantas veces lo considere necesario, aclaraciones sobre el contenido de las mismas.
10.- CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA, VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS DE
SELECCIÓN Y APERTURA DE OFERTAS: Para la calificación de la documentación administrativa, si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, la Dirección de Inversiones y Compras comunicará a los licitadores incursos en las mismas, mediante telefax, correo electrónico o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndose un plazo no inferior a tres días naturales y no superior a siete días naturales para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios.
Una vez calificada la documentación y realizadas, si procede, las actuaciones indicadas, la Dirección de Inversiones y Compras procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección que se establecen en la cláusula 5.1 de las presentes Condiciones de Contratación, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. Estas circunstancias se pondrán en conocimiento de los licitadores incursos en las mismas, mediante telefax, correo electrónico o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, una vez se resuelva la licitación de la contratación.
Seguidamente se realizará la apertura de la documentación técnica sobre criterios evaluables mediante juicio de valor, si los hubiere, y se remitirá a la dirección, departamento o Parador solicitante de dicha contratación para que proceda a su valoración técnica.
Una vez emitido el informe de valoración técnica sobre criterios evaluables mediante juicio de valor, en el caso de que los hubiere, como se ha señalado, se realizará la apertura de la oferta económica y
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documentación técnica sobre criterios evaluables mediante fórmula, si las hubiera, se remitirá la documentación técnica sobre criterios evaluables mediante fórmula a la dirección, departamento o Parador solicitante de dicha contratación para proceder a su valoración técnica y seguidamente se procederá por la Dirección de Inversiones y Compras a la emisión del correspondiente certificado de las ofertas económicas relacionando las empresas presentadas, y se podrán solicitar mejoras técnicas y económicas de la oferta a aquellos licitadores que hayan sido aceptados a licitación. Finalizado el proceso anterior, será considerada como mejor oferta en base a su mejor relación calidad-precio de las recibidas, la oferta que obtenga una mayor puntuación de las que hayan accedido a esta fase de la licitación, que serán valoradas con arreglo a lo establecido en la cláusula 7. CRITERIOS DE VALORACIÓN de este documento.
Igualmente, en los supuestos de ofertas fuera de plazo, que superen el precio máximo de licitación, que no oferten todos los artículos objeto de licitación o que se quede desierta la licitación por falta de licitantes, la Dirección de Inversiones y Compras procederá a determinar las empresas admitidas a licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo o declarar desierta la contratación. Estas circunstancias se pondrán en conocimiento de los licitadores incursos en las mismas, mediante telefax, correo electrónico o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, una vez se resuelva la licitación de la contratación.
11.- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN: El órgano de contratación de
PARADORES clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas para posteriormente elevar la correspondiente propuesta y propondrá como adjudicatario de la contratación al licitador, que en su conjunto, presente la mejor oferta en base a su mejor relación calidad-precio, mediante la aplicación de los criterios de valoración establecidos en la cláusula séptima de este pliego, sin atender necesariamente al valor económico de la misma o declarar desierta la contratación motivando en todo caso su resolución con referencia a los criterios indicados.
Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la mejor oferta es la que incorpora el precio más bajo.
En caso de empate entre dos o más proposiciones, la propuesta de adjudicación se hará a favor de la empresa, que en el momento de acreditar al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, tengan en su plantilla un porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al que imponga la normativa y así lo hayan hecho constar en la declaración responsable a incluir en el sobre nº 1, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a la más ventajosa, desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base a la adjudicación.
En este supuesto, si varias empresas licitadoras, de las que hubieran empatado en cuanto a la proposición más ventajosa, acrediten tener relación laboral con personas discapacitadas en un porcentaje superior al que les imponga la normativa, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
Si aún, después de verificado el criterio anterior, se mantuviera el empate entre los licitadores, se adjudicará a aquella que presente un menor porcentaje de contratos temporales en su plantilla y así lo hayan hecho constar en la declaración responsable a incluir en el sobre nº 1, en el momento del vencimiento del plazo de presentación de ofertas.
Si se produce empate entre dos ó más empresas una vez tenidas en cuenta las circunstancias anteriores, se decidirá la propuesta de adjudicación mediante sorteo.
12.- ADJUDICACIÓN: Una vez realizada la propuesta de adjudicación, únicamente el licitador propuesto deberá presentar en un plazo xx xxxx días hábiles, la siguiente documentación:
- Escritura de constitución de la empresa.
- Escritura de poder y D.N.I. de la persona que firme el contrato.
- Declaración de no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar que establece el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, (Anexo VII).
- Certificados de estar al corriente de pago de las Obligaciones Tributarias y Seguridad Social.
- Alta en Impuesto de Actividades Económicas y último recibo.
- Constitución de garantía mediante aval bancario (Anexo VIII).
- Carta de Compromiso ambiental (Anexo IX).
La totalidad de la citada documentación deberá presentarse en español o con traducción a dicho idioma por traductor interprete jurado.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento de documentación en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta y se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, sin perjuicio de la aplicación en su caso, de lo establecido en la letra a) del apartado 2 del artículo 71 de la citada Ley 9/2017.
13.- CONTRATO: Dentro de los treinta días naturales siguientes a la adjudicación se formalizará por escrito el correspondiente contrato. En el documento de formalización el contratista prestará su conformidad con las presentes Condiciones de Contratación, así como los términos de su contraoferta aceptada por Paradores, si la hubiere. Si el adjudicatario, dentro del referido plazo, no cumpliere los requisitos necesarios para la formalización del contrato una vez requerido para ello, Paradores adjudicará al siguiente licitador por el orden en que hubiera quedado clasificadas las ofertas, previa la presentación de la documentación requerida en la cláusula 12 de este pliego.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiera formalizado el contrato en el plazo indicado se le exigirá el importe del 3% del presupuesto base de licitación, XXX excluido en concepto de penalidad, que se hará efectivo, en primer lugar, contra la garantía definitiva, si se hubiera constituido, sin perjuicio de la aplicación en su caso, de lo establecido en la letra b) del apartado 2 del artículo 71 de la citada Ley 9/2017.
Con la firma del contrato la empresa adjudicataria consigna que la documentación aportada le resulta suficiente para la comprensión de la totalidad de lo contratado.
La duración del contrato será de un año a partir de la fecha de su firma, durante el citado periodo permanecerán en vigor los precios acordados.
El contrato podrá ser objeto de prórroga únicamente en el caso de que el adjudicatario presente, con una antelación de 90 días naturales a su finalización, la relación de precios que regiría durante el nuevo periodo de un año; cuya revisión se realizará, en todo caso, de acuerdo con la variación justificada por el contratista
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de los costes de los elementos humanos y materiales que conforman el contrato. En ningún caso podrá indexarse el precio del contrato mediante la aplicación genérica del IPC, y ésta fuese aprobada en su totalidad por Paradores.
En todo caso la duración total del contrato y sus prórrogas, si las hubiere, no excederá de 2 años.
Junto con la citada relación de precios, y como requisito imprescindible para prorrogar el contrato, el adjudicatario deberá aportar sendos certificados de estar al corriente de pago de las Obligaciones Tributarias y Seguridad Social.
Durante todo el periodo de vigencia del contrato, y con especial énfasis en el último año del mismo, el adjudicatario adoptará las medidas oportunas que facilite a PARADORES la apertura de un nuevo proceso de licitación en las mejores condiciones posibles de igualdad de concurrencia de oferentes y minimización del impacto de transferencia del suministro o prestación del servicio a otro posible adjudicatario.
Una vez finalizado el contrato, el adjudicatario se compromete a mantener el suministro o prestación del servicio en los términos recogidos en este Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas durante el periodo que se establezca al efecto y en las mismas condiciones contractuales, así como a colaborar y aportar los recursos humanos y materiales necesarios para la realización de todas aquellas actividades encaminadas a la planificación y ejecución del cambio. Para dicho efecto, al final del periodo de vigencia del contrato, el Adjudicatario deberá presentar una serie de documentación y entregables con el fin de permitir la convocatoria de una nueva licitación y, en el caso de no renovación, permitir el traspaso de los servicios sin problemas.
El contratista se compromete a iniciar el suministro o prestación del servicio dentro de un plazo razonable, de común acuerdo con PARADORES y con el proveedor saliente, en caso de que fuera distinto, garantizando la continuidad del suministro o prestación del servicio en la red de PARADORES.
14.- PERSONAL Y CALIDAD DE LOS TRABAJOS: El Adjudicatario deberá disponer del personal preciso, y con la cualificación técnica que en su caso sea necesaria, para cumplir todas las obligaciones de este que se deriven del contrato. En el caso de que PARADORES no esté conforme con la calidad del servicio prestado, lo pondrá en conocimiento de la empresa adjudicataria a través del coordinador designado por la misma, dicho coordinador deberá estar accesible para la interlocución con Paradores, en todo momento durante la vigencia del contrato, y si la interlocución requiriese la presencia física de dicho coordinador del servicio en la instalaciones de Paradores.
Tal personal dependerá exclusivamente del Adjudicatario y éste, por tanto, tendrá derechos y deberes inherentes a su condición de empresario, debiendo cumplir, por ello, las condiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del personal designado por él, no implicará responsabilidad alguna para Paradores.
En ningún caso se producirá la subrogación de Paradores en los contratos laborales, ni en ninguna otra responsabilidad que se derive de las relaciones entre la empresa adjudicataria y el personal a la que ésta haya encomendado el servicio.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para Paradores, el personal
dependiente del mismo, o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
El contratista queda obligado a aportar el equipo y medios auxiliares precisos para la ejecución del contrato en los plazos convenidos.
Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
La empresa adjudicataria correrá a cargo de todos aquellos capítulos que hacen referencia a su propio personal laboral: remuneración, prestaciones, accidentes, enfermedad, etc.
El adjudicatario tiene la obligación de cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación.
La empresa adjudicataria responderá y mantendrá indemne a PARADORES de cualquier reclamación, daño o perjuicio –incluidas sanciones administrativas o de cualquier otro tipo o responsabilidades de cualquier índole, civiles, laborales, fiscales - que se le irroguen a la misma, como consecuencia del incumplimiento por parte de la empresa adjudicataria de cualesquiera normas o reglamentaciones referidas en esta cláusula, en sus efectos económicos incluso en el caso de que las resoluciones, sentencias o actos de que dimanen recaigan nominalmente sobre Paradores.
15.- RESPONSABILIDADES SOCIALES Y LABORALES: La empresa adjudicataria asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato y será la única titular de los derechos y obligaciones inherentes a su condición de patrono respecto del personal que tenga contratado para la realización de los servicios objeto del contrato, quedando Paradores libre de toda responsabilidad a que, por dicho concepto, pudiera haber lugar.
Sin perjuicio de cualquier otra obligación que pudiera corresponderle en su calidad de patrono, será de su cargo:
• La selección del personal asignado a la prestación del servicio
• La formación del personal asignado al servicio, cuando este lo requiera.
• La concesión de permisos, licencias, vacaciones y sustituciones
• Las condiciones salariales del personal asignado a la presentación del servicio respetando el convenio colectivo sectorial de aplicación.
• Las cuotas a la Seguridad Social del mencionado personal.
• El ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
• El seguro de los riesgos derivados de posibles accidentes de trabajo.
• Las indemnizaciones a que hubiera lugar.
• Toda clase de seguros exigibles o necesarios para el desarrollo normal de la actividad o los que en el futuro pudieran exigirse.
Si durante la ejecución del contrato fuera preciso realizar alguna sustitución de personal, la empresa adjudicataria lo hará, manteniendo los mismos requisitos solicitados en el Pliego de prescripciones técnicas para el perfil sustituido y siempre previa acuerdo con Paradores, garantizando un periodo mínimo de una semana de solapamiento entre la persona saliente y la entrante a acordar entre Paradores y la empresa adjudicataria para permitir el traspaso de conocimientos.
La empresa adjudicataria velara, especialmente, porque los trabajadores designados por la empresa adjudicataria para la ejecución del contrato, desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato.
La empresa adjudicataria deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable, integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
• Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente al responsable del contrato canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo designado por la empresa para la ejecución del contrato, de un lado, y el responsable del contrato, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.
• Garantizar, en todo caso, su presencia en los lugares en que se desarrolle el servicio tanto como el ejercicio efectivo de sus obligaciones requiera.
• Distribuir el trabajo entre el personal designado para la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias, en relación con la prestación del servicio contratado.
• Supervisar el correcto desempeño por parte del personal Integrante del equipo de trabajo, de las funciones que tienen encomendadas, así como, controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.
La empresa adjudicataria deberá cumplir la normativa vigente referente a la Prevención de Riesgos Laborales, Salud Laboral, Legislación Laboral y Legislación de la Seguridad Social. Paradores podrá solicitar documentación justificativa de la aplicación de esta normativa en la empresa o en las empresas contratadas por esta.
La empresa adjudicataria entregará la Evaluación de Riesgos de sus categorías profesionales.
16.- SEGURIDAD DEL PERSONAL: El Adjudicatario dotará a todo el personal a sus órdenes de todos los elementos de seguridad y prevención de accidentes que exigen las disposiciones vigentes (cinturones de seguridad, cascos protectores, guantes aislantes, discriminadores de tensión, etc.), debiendo tomar las medidas necesarias para conseguir que dichos elementos sean utilizados por el personal, siendo la responsabilidad de los accidentes laborales que pueda sufrir dicho personal, únicamente del adjudicatario, quien deberá ajustarse a lo señalado en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/95 de 8 de noviembre 1995 y a las medidas que pudiera adoptar el Servicio de Prevención y Salud Laboral de Paradores.
En cumplimiento de la normativa de prevención de riesgo laborales y en concreto del RD 171/2004, de 30 de enero, se le requerirá al inicio de la actividad:
• Certificación de haber realizado la evaluación xx xxxxxx y la planificación preventiva.
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• Información acerca de riesgos inherentes a su actividad así como de las medidas preventivas establecidas para los mismos.
• Certificación de haber formado a sus trabajadores en materia de los riesgos propios de su puesto de trabajo
• Certificación de haber proporcionado a sus trabajadores la información acerca de los riesgos existentes en los centros objeto del contrato, una vez facilitada por Paradores.
De igual manera, estará obligada a aplicar todas aquellas medidas que, en materia de Coordinación de Actividades Empresariales, sean establecidas durante la vigencia del contrato.
La empresa adjudicataria deberá informar, en el mismo día que suceda, sobre cualquier accidente o incidente ocurrido al personal de la empresa adjudicataria en la realización de trabajo y servicios de objeto de este contrato.
Iguales obligaciones de indemnidad con respecto a Paradores asume la empresa adjudicataria respecto a los incumplimientos de las obligaciones asumidas en esta cláusula, que las previstas en el último párrafo de la cláusula que regula personal y calidad de los trabajos
17.- DIRECCIÓN Y SUPERVISIÓN DEL SUMINISTRO O SERVICIO: La dirección y supervisión del servicio corresponde al responsable del contrato o, en su defecto, a la persona que a tal efecto sea designada por PARADORES, siendo sus funciones la dirección, control y coordinación del servicio.
Paradores tiene la facultad de ser informada del desarrollo de los servicios, pudiendo ordenar o realizar por sí misma cuando así proceda auditorias, análisis, ensayos y pruebas de los materiales a emplear y servicios, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento del contrato. Cualquier observación o recomendación que Paradores desee hacer a la empresa adjudicataria deberá dirigirla por medio del citado coordinador o mando correspondiente de la empresa adjudicataria.
El servicio o suministro objeto de contratación podrán ser objeto de distintos análisis, ensayos ó pruebas y auditorias de calidad. El coste de estas auditorías de calidad, análisis, ensayos ó pruebas y el envío de los artículos solicitados al punto de entrega que sea comunicado por Paradores, irán a cargo del licitador, así como otros análisis, ensayos o pruebas que se realicen durante la duración del contrato y sus posibles prórrogas, los cuales correrán a cargo del adjudicatario.
18.- MODO Y PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo de ejecución del servicio objeto de contratación se determinará conforme a las necesidades operativas de Paradores, y en la fecha indicada cuando así se señale expresamente.
19.- CUMPLIMIENTO DEL PLAZO Y PENALIDADES POR DEMORA: El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total o de los plazos parciales, si éstos se hubiesen previsto, Paradores podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades diarias del 3 % sobre precio estimado anual de adjudicación del contrato.
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Por incumplimiento de la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato: PARADORES podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades equivalente al 100% de las prestaciones definidas en el contrato y dejadas de ejecutar, sin que, en este último caso tenga derecho al abono de las prestaciones no realizadas.
Por ejecución defectuosa de las prestaciones del contrato o para el supuesto de incumplimiento de compromisos o de las condiciones especiales de ejecución de contrato y por cada incumplimiento, una penalización de una cuantía, por cada una de ellas, de hasta el 10 por ciento del precio del contrato, IVA excluido, ni la totalidad de las mismas pueda superar el 50 por ciento del precio del contrato, IVA excluido.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, Paradores podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por su resolución o por la imposición de las penalidades que, para tales supuestos, se determinen en el presente pliego.
La aplicación y el pago de las penalidades precedentemente reseñadas será compatible y por lo tanto no excluye la indemnización a que Paradores pueda tener derecho por los daños y perjuicios que se le irroguen.
20.- GARANTÍA: El contratista presentará en un plazo xx xxxx días hábiles previo a la firma del contrato, una fianza equivalente al 5% del precio estimado anual de adjudicación del contrato (IVA Excluido), mediante aval bancario y según modelo que figura como Anexo VIII al Pliego.
Esta fianza a favor de PARADORES responderá del cumplimiento del Contrato y período de garantía, y será devuelta a la terminación del plazo del contrato y una vez cumplidas todas las obligaciones o garantías asumidas en el mismo y si el licitador adjudicatario está exento de responsabilidad, se procederá a la devolución de aquélla o de cancelación del aval.
Cuando como consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, se reajustará la garantía en el plazo de 15 días naturales, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de la modificación.
21.- PLAZO DE GARANTÍA Dada la naturaleza del contrato no procede el establecimiento de un plazo de garantía.
Si durante la ejecución del contrato se acreditase la existencia de vicios o defectos en el servicio tendrá derecho Paradores a reclamar del contratista la reposición y la reparación de los mismos, quedando exonerada Paradores.
El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre la aplicación de los servicios suministrados, y analizar si son imputables al contratista o no, la reposición y reparación del citado servicio.
Terminado el plazo de garantía del contrato y una vez cumplidas todas las obligaciones asumidas, sin que Paradores haya formalizado alguna de las reparaciones, o la denuncia a la que se refieren las cláusulas citados anteriormente, el contratista quedará exento de responsabilidad del referido servicio y se procederá a la devolución de aquélla o de cancelación del aval.
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22.- SUBCONTRATACIÓN: El adjudicatario del contrato podrá concertar con terceros la realización parcial del mismo siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
a) Que, en todo caso, con carácter previo a la subcontratación, se dé conocimiento por escrito a PARADORES del subcontrato a celebrar, con indicación de las partes del contrato a realizar por el subcontratista, importe de las mismas, e identidad del subcontratista, justificando suficiente solvencia o aptitud de éste para llevarla a cabo por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y su experiencia. Paradores no podrá oponerse irrazonablemente a una determinada subcontratación, pero si lo hiciera motivadamente, el adjudicatario deberá abstenerse de la misma.
b) En ningún caso podrá concertarse por el contratista la ejecución parcial del contrato con personas inhabilitadas para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendido en algunos supuestos del Artículo 71 la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. A la comunicación mediante la que se ponga en conocimiento de PARADORES el subcontrato a realizar se acompañará declaración responsable de dicha circunstancia.
c) El contratista principal debe notificar por escrito al órgano de contratación cualquier modificación que sufra esta información durante la ejecución del contrato principal, y toda la información necesaria sobre los nuevos subcontratistas.
d) Que el contratista se obligue a abonar a los subcontratistas el pago del precio pactado en los plazos y condiciones que no sean más desfavorables que los establecidos en el presente pliego para las relaciones entre PARADORES y el contratante.
e) En todo caso, la empresa subcontratista deberá contar con las habilitaciones y autorizaciones exigidas por la normativa aplicable.
Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista principal, que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a PARADORES, con arreglo estricto al presente Pliego y a los términos del contrato.
f) Paradores podrá comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que los contratistas adjudicatarios de los contratos, han de hacer a todos los subcontratistas o suministradores que participen en los mismos.
En tal caso, los contratistas adjudicatarios remitirán a Paradores, cuando este lo solicite, relación detallada de aquellos subcontratistas o suministradores que participen en el contrato cuando se perfeccione su participación, junto con aquellas condiciones de subcontratación o suministro de cada uno de ellos que guarden una relación directa con el plazo de pago. Asimismo, deberán aportar a solicitud del mismo justificante de cumplimiento de los pagos a aquellos.
En el caso de que la empresa que resulte adjudicataria tenga prevista la subcontratación de alguna/s de las prestaciones objeto de contrato desde el inicio de la ejecución del mismo, una vez notificada la adjudicación del contrato y con carácter previo a su formalización, deberá poner en conocimiento de PARADORES: la/s parte/s del contrato a realizar por el subcontratista/s, importe de las mismas, e identidad del subcontratista/s, con aportación de la documentación anteriormente requerida.
23.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR DAÑOS Y PERJUICIOS: El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios, directos o indirectos que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.
Igualmente, el contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para Paradores o para terceros por errores u omisiones o métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
24.- DECLARACION DE LICITACIÓN DESIERTA Y DESISTIMIENTO DEL CONTRATO: El servicio
contratado se licita en consideración a la determinación de su alcance, partidas que la integran y globalidad, de forma que la aparición durante el proceso de licitación o la ejecución del contrato de nuevas partidas o requerimientos cuya ejecución resulte imprescindible o razonablemente necesaria para la ejecución de las inicialmente previstas y licitadas o contratadas o para la lógica y funcional operativa del servicio o suministro al que se refieran, conjuntamente o antes de aquellas, y que incrementen el coste total previsible en más de un 25 % sobre el inicialmente presupuestado, o resulte de imposible realización por aplicación de las normas de contratación del sector público, sus instrucciones internas de contratación o el presente contrato, facultará a Paradores para declarar desierta la licitación o para desistir de la ejecución del servicio encargado en el estado en que se encuentre, llevando a cabo en su caso la finalización de las tareas iniciadas y de aquellas que fueran imprescindibles para la correcta y ordenada suspensión de las que se hallaren en marcha, en su caso, y liquidar el mismo por la parte estrictamente ejecutada y sin derecho a indemnización por parte de la empresa adjudicataria, por la parte dejada de ejecutar.
25.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO: Una vez perfeccionado el contrato, sólo podrá ser modificado de acuerdo a los supuestos y las condiciones que se indican a continuación, en las que se podrá modificar el contrato y el porcentaje máximo de incremento sobre el presupuesto base de licitación:
Modificaciones previstas:
• Durante la vigencia del contrato y sus prórrogas la lista de servicios de producción podrá ser modificada previo expreso y formal acuerdo de las partes. A tal efecto el contratista notificará a Paradores cualquier variación, sustitución o aparición de nuevos modelos de la lista de los servicios de producción contratados, reservándose Paradores el derecho a aceptar la modificación, sustitución o ampliación de que se trate, así como los nuevos precios propuestos. Asimismo, Paradores podrá encargar al contratista la realización de nuevos servicios de producción que podrían ser incluidos en la citada lista previa aceptación de sus condiciones (calidad, diseño, precio, etc…)
Se prevé, para este supuesto una modificación del contrato que aislada o conjuntamente con otras modificaciones acordadas no exceda del 10% del presupuesto base de licitación, cuando se produzcan las circunstancias previstas en este apartado durante la ejecución del servicio de cada anualidad.
Las modificaciones no previstas en la documentación que rige la licitación, o que, habiendo sido previstas, no se ajusten a lo establecido en esta cláusula, solo podrán efectuarse, cuando sean consecuencia de prestaciones adicionales, circunstancias sobrevenidas e imprevisibles y modificaciones no sustanciales, justificándolo debidamente en el expediente, redactando al efecto la oportuna propuesta, integrada por
los documentos que justifiquen, describan y valoren aquélla. Sólo podrá introducirse las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria, siempre que no alteren las condiciones esenciales de licitación y adjudicación y que aislada o conjuntamente con otras modificaciones acordadas no podrán superar el 50% del presupuesto de adjudicación del contrato.
Por otra parte, ni el responsable del contrato, ni el contratista podrán introducir u ordenar modificaciones en el contrato que no estén debidamente autorizadas por el órgano de contratación de Paradores. De las que se efectuasen sin dicha autorización responderán aislada o conjuntamente de su coste y de cualquier otro efecto que de las mismas pueda derivarse para el coste y plazo del servicio.
Cuando a consecuencia de las modificaciones se produzca aumento, reducción o supresión de unidades de bienes que integran el suministro o la sustitución de unos bienes por otros, siempre que los mismos estén comprendidos en el objeto del contrato, estas modificaciones serán obligatorias para el contratista, sin que tenga derecho alguno en caso de supresión o reducción de unidades o clases de bienes a reclamar indemnización por dichas causas.
26.- CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES A TERCEROS Paradores podrá ceder parcialmente los derechos y obligaciones de este contrato y hacerlo extensivo a los terceros con los que haya llegado a un acuerdo de licencia, gestión o franquicia de la red de Paradores, previa notificación al adjudicatario. En caso de cesión, el cesionario tendrá los mismos derechos y obligaciones que PARADORES, sin variación de las actuales condiciones, con la excepción de que los pedidos serán facturados directamente a los franquiciados y el pago asumido por los mismos en consecuencia.
Para que el contratista pueda ceder sus derechos y obligaciones a terceros, deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Que el órgano de contratación autorice, de forma previa y expresa, la cesión.
b) Que el cedente tenga ejecutado al menos un 20 por 100 del importe del contrato. No será de aplicación este requisito si la cesión se produce encontrándose el contratista en concurso aunque se haya abierto la fase de liquidación, o ha puesto en conocimiento del juzgado competente para la declaración del concurso que ha iniciado negociaciones para alcanzar un acuerdo de refinanciación, o para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio, en los términos previstos en la legislación concursal.
c) Que el cesionario tenga capacidad para contratar con el Sector Público y la solvencia que resulte exigible en función de la fase de ejecución del contrato, debiendo estar debidamente clasificado si tal requisito ha sido exigido al cedente, y no estar incurso en una causa de prohibición de contratar.
d) Que la cesión se formalice, entre el adjudicatario y el cesionario, en escritura pública.
e) El cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente.
27.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO: Paradores de mutuo acuerdo con el contratista, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato, cuando sea consecuencia de causas imprevistas, justificándolo debidamente en el expediente, levantando al efecto un acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquel.
El contratista no podrá en modo alguno suspender la ejecución del servicio por causa de discrepancias en la aplicación de lo convenido, respondiendo de los daños y perjuicios que dicha razón se originen, y sin perjuicio de las acciones o reclamaciones que considere oportuno ejercitar.
28.- FORMA DE FACTURACIÓN: El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los servicios o trabajos que realmente ejecute con sujeción al contrato otorgado, a sus modificaciones aprobadas y a las instrucciones dadas por PARADORES, siendo la forma de facturación y pago la siguiente.
FORMA DE PAGO: La idea creativa se facturará a la firma del contrato, y será abonada a los 60 días de la fecha de factura, para el fee de agencia * y los servicios de producción ** se presentarán facturas mensuales, que serán abonadas a los 60 días de la fecha de factura, previa conformidad, una vez prestado el servicio objeto de contratación, las facturas se abonarán a través de los Servicios Centrales. Todas las facturas que se originen deberán ser emitidas en castellano o formato bilingüe a nombre de PARADORES DE TURISMO DE ESPAÑA, S.M.E., S.A., X/ Xxxx Xxxxxxx, 0-0, 0x xxxxxx, 00000 Xxxxxx, N.I.F. nº. A79855201,
Dpto. de Contabilidad o en formato PDF a través de la de la siguiente dirección de correo electrónico: xxxxxxx.xxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xx .
Las facturas serán emitidas al CIF con el que la empresa adjudicataria se haya presentado a la licitación.
Dicho pago se realizará mediante transferencia bancaria, o pagaré a su vencimiento (especificar en la factura el sistema que se desee). El adjudicatario no podrá ceder los derechos de cobro de las facturas que se generen por la prestación de los servicios, suministros u obras.
El pago del Impuesto sobre el Valor Añadido se efectuará contra presentación de incumplimiento, por parte del adjudicatario, de alguna de las presentes Condiciones o de lo ofertado por éste.
PARADORES se reserva la facultad de no satisfacer el precio acordado en caso de incumplimiento, por parte del adjudicatario, de alguna de las presentes Condiciones o de lo ofertado por éste.
*FEE DE AGENCIA
Se entiende por fee de agencia el importe que la agencia percibe por la prestación de todos los servicios y realización de todos los trabajos objeto de esta licitación.
La remuneración al adjudicatario se hará efectiva mediante un “fee” de agencia (establecido para un año) que se abonará en doce partes iguales, con independencia de la carga de trabajo encomendada a la agencia cada mes y, de acuerdo con la propuesta económica presentada. Se facturará a mes vencido.
El “fee” de agencia comprenderá todos los Servicios de la agencia adjudicataria sin exclusión alguna a excepción de los trabajos de producción que se valoran separadamente. En concreto, y sin carácter limitativo, el fee retribuirá los procesos de creación, maquetas, bocetos y, en general, todo el material que la adjudicataria presente a la licitación o se le requiera con posterioridad para una mejor comprensión de las ideas creativas; supervisión de las producciones hasta la obtención de los masters.
**PRODUCCIÓN
Los trabajos de producción recurrentes o estándares incluidos en la proposición económica del adjudicatario (artes finales, adaptaciones, etc.,) se facturarán con arreglo a los precios ofertados por el adjudicatario, que permanecerán inalterables durante la ejecución del contrato.
Los trabajos de producción no incluidos en la proposición económica del adjudicatario se facturarán de acuerdo con los presupuestos aprobados expresamente por Paradores, lógicamente previo encargo de ésta. A tales efectos, la adjudicataria presentará al menos tres presupuestos de otros tantos proveedores para cada orden de trabajo. En caso de que no resultara posible presentar tres presupuestos, la adjudicataria justificará e informará a Paradores de los motivos.
Paradores se reserva el derecho de solicitar y presentar durante el proceso de selección de proveedores, cualquier otro presupuesto de imprentas, estudios de grabación, productoras, etc., siempre que cumpla los estándares de calidad similares a los de los proveedores aportados por la agencia.
El adjudicatario presentará los justificantes acreditativos (facturas formalizadas por terceros) de los distintos componentes del coste de cualquier trabajo de producción que haya sido realizado por terceros
–imprentas, productoras, estudios de grabación, etc.-
29.- GASTOS: Serán por cuenta del Adjudicatario todos los gastos derivados de la licitación, formalización y exacto cumplimiento del contrato y su extinción, así como de la correcta ejecución de su objeto, como son, sin que esta enumeración tenga carácter limitativo, los generales, financieros, seguros, anuncio de licitación en prensa, seguros, diseño, fabricación, embalaje, transportes, desplazamientos, alojamientos, seguros de transporte, montajes y desmontajes, honorarios del personal a su cargo, devolución y reposición de mercancías, de comprobación y análisis, ensayos, beneficio industrial, visitas a fábrica, aduanas, tasas, impuestos, arbitrios, tributos, licencias municipales, de obras, permisos, formación, etc… y todos los gastos de tramitación de las mismas, así como toda clase de tributos en vigor y cualesquiera otros que pudieran establecerse o modificarse durante la vigencia del contrato, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, el cual será repercutido en la factura reglamentaria exigida por la Legislación Fiscal Vigente.
30.- PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS: Todos los trabajos, incluidos en su caso los estudios y documentos elaborados en ejecución del contrato serán propiedad de PARADORES, quien podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos, total o parcialmente por tiempo indefinido sin nueva contraprestación, sin que pueda oponerse a ello el adjudicatario autor de los trabajos, cediendo igualmente todos los derechos de uso.
El adjudicatario no podrá hacer ningún uso o divulgación de los mismos, bien sea en forma total o parcial, directa o extractada, sin autorización expresa del órgano de contratación.
Si el contrato tiene por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial, este será cedido por el contratista a PARADORES.
31.- CONFIDENCIALIDAD DE LOS TRABAJOS: El Adjudicatario adquiere el compromiso de custodia fiel y cuidadosa de la documentación que se le entrega y de la información a que tuviere acceso por razón del
mismo, no pudiendo aplicar o utilizar los datos obtenidos con fin distinto al que figura en los documentos contractuales, ni cederlo ni siquiera para su conservación, a otras personas.
El adjudicatario se comprometerá a comunicar a Paradores, de forma inmediata, cualquier falla en su sistema de tratamiento y gestión de la información que haya tenido o pueda tener como consecuencia la puesta en conocimiento de terceros de información confidencial obtenida durante la ejecución del contrato.
La empresa adjudicataria y el personal encargado de la realización de las tareas guardarán secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tenga acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, así como del material que se genere de la ejecución del mismo estando obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual.
Queda prohibido expresamente que el Adjudicatario y el personal encargado de la realización de los trabajos reproduzcan por cualquier medio la documentación o informes que tengan que realizar como consecuencia de la prestación del servicio contratado, así como la cesión onerosa o gratuita, total o parcial a cualquier persona física o jurídica de la información y documentación obtenida durante la ejecución de los trabajos, bajo la responsabilidad a que hubiere lugar, exigible a través de las acciones adecuadas.
A la finalización del contrato el adjudicatario quedará obligado a la entrega a Paradores, o destrucción en caso de ser solicitada, de cualquier información obtenida o generada como consecuencia de la prestación del servicio objeto del presente contrato, en caso de que Paradores opte por su destrucción la empresa adjudicataria la realizará en un plazo de tres meses, la empresa adjudicataria acreditará dicha destrucción presentando una certificación firmada por persona debidamente facultada.
32.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL: El Adjudicatario garantizará la seguridad y confidencialidad de los datos de carácter personal facilitados por PARADORES, de acuerdo con lo establecido en los artículos 27 a 31 y 32 a 34 del Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos (en adelante, GDPR/RGPD), queda obligado al cumplimiento de lo dispuesto en el citado Reglamento y en la normativa nacional de aplicación, especialmente en las disposiciones correspondientes a las obligaciones del Responsable del Tratamiento y a la implementación de las medidas de seguridad adecuadas, con el fin de garantizar los principios de confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia de los datos de carácter personal.
En la medida en que las prestaciones y el cumplimiento del presente contrato implican un acceso del Adjudicatario a datos de carácter personal incorporados a los Ficheros de los que sea titular PARADORES, el tratamiento de dichos datos incluidas las grabaciones que se realicen por el Adjudicatario a las que se les aplicará igualmente las cláusulas especificas contenidas en este Pliego, deberá realizarse en la forma y condiciones siguientes, asumiendo las obligaciones de los artículos 27 y siguientes del Reglamento, conforme a las cuales:
- Utilizar dicha información de forma reservada, además de restringir el acceso a la información a cualquier persona.
- No divulgar ni comunicar la información, técnica o no, facilitada o hallada como consecuencia de la prestación de servicios contratada.
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- Impedir la copia o revelación de esa información a terceros, salvo que gocen de aprobación escrita de la otra parte, y únicamente en términos de tal aprobación.
- No utilizar la información o fragmentos de ésta para fines distintos de la ejecución de este contrato.
- Llevar, por escrito, un registro, en virtud de lo señalado en el art. 30.5 RGPD, de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del responsable, que contenga:
El nombre y los datos de contacto del Encargado o encargados y de cada responsable por cuenta del cual actúe el Encargado y, en su caso, del representante del Responsable o del Encargado y del Delegado de Protección de Datos (DPO/DPD).
Las categorías de tratamientos efectuados por cuenta de cada Responsable.
En su caso, las transferencias de datos personales a un tercer país u organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional y, en el caso de las transferencias indicadas en el artículo 49 apartado 1, párrafo segundo del RGPD, la documentación de garantías adecuadas.
Una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad relativas a:
a) La seudonimización y el cifrado de datos personales.
b) La capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
c) La capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.
d) El proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento.
No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa de PARADORES, en los supuestos legalmente admisibles.
El Adjudicatario vendrá obligado a exonerar a PARADORES de cualquier tipo de responsabilidad frente a terceros, por reclamaciones de cualquier índole que tengan origen en el incumplimiento de las obligaciones de protección de datos de carácter personal que le incumben en su condición de Encargado del Tratamiento, y responderá frente a la indicada Sociedad del resultado de dichas acciones. El Adjudicatario vendrá también obligado a prestar su plena ayuda en el ejercicio de las acciones que correspondan a PARADORES, especialmente las correspondientes al Protocolo de Comunicación relativo a las posibles brechas de seguridad que conforme al artículo 33 deban ser notificadas a la autoridad de control.
El Adjudicatario se obliga a informar a sus empleados de las advertencias legales indicadas en los párrafos anteriores. El Adjudicatario también se obliga a informar a los usuarios sobre la grabación de las llamadas. A la locución anterior, seguirá la que incluye el texto que garantiza los derechos de información del artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos, así como el Protocolo correspondiente al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, portabilidad y olvido (por su acrónimo, XXXXXX).
33.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: El contratista está obligado a cumplir los plazos de respuesta fijados para cada uno de los distintos servicios.
Todos los servicios a realizar por la Empresa adjudicataria, se ajustarán a lo especificado en las presentes Condiciones de Contratación o bien a su oferta aprobada y aceptada por Paradores, quedando obligado a mantener idénticas características y calidades para todos ellos durante la duración del contrato y a
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realizarlos en el tiempo y lugar fijados. Por lo tanto, el Adjudicatario estará obligado a sustituir, a su cargo, todo lo mal ejecutado.
La empresa adjudicataria será responsable de los servicios que se soliciten en las condiciones establecidas en el contrato.
Para comprobar la calidad de los bienes a entregar por el adjudicatario, Paradores podrá realizar visitas a fábrica y encargar análisis, ensayos o pruebas, con la periodicidad que estime oportuna, en cuanto a las características y calidades de los artículos objeto de la contratación, siendo por cuenta del adjudicatario los gastos ocasionados por dichas visitas, análisis, ensayos o pruebas.
La empresa adjudicataria será responsable de los artículos que se soliciten en las condiciones establecidas en el contrato. El adjudicatario no tendrá derecho a indemnizaciones por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a Paradores. La entrega se entenderá hecha cuando la mercancía haya sido efectivamente recibida por Paradores de acuerdo con las condiciones del contrato.
El adjudicatario se hará cargo de los artículos que en el momento de su recepción presenten cualquier tipo de defecto, ya sea a causa de deficiencias de tratamiento, embalaje o transporte, diferencias de calidad entre lo contratado y lo realmente suministrado, etc., procediendo a su retirada e inmediata reposición en las condiciones acordadas y sin que suponga gasto alguno para Paradores.
34.- CONDICIONES DE INDOLE LEGAL: En todo lo relacionado con el contrato y su objeto, la empresa adjudicataria se sujetará a las Leyes, Reglamentos, Normas y Ordenanzas de rango Estatal, Autonómico, Provincial y Local vigentes, así como los que se dicten durante la ejecución del mismo y tengan entrada en vigor antes de la fecha fijada para su terminación.
En todo lo que no se oponga a la Legislación vigente, los documentos del contrato y el conjunto de normas que figuran en las presentes Condiciones de Contratación y sus anexos, constituyen la base del contrato que determina y regula las obligaciones y derechos de ambas partes contratantes, las cuales, con renuncia expresa de cualquier fuero o privilegio propios, se someten al fuero de los Tribunales de Madrid.
La empresa adjudicataria no podrá hacer ningún uso de los signos distintivos de “Paradores de Turismo de España, S.A.” ni del nombre de “PARADORES” o “Paradores de Turismo” o “Paradores nacionales”, ni del hecho de su relación comercial/profesional con Paradores, ni de fotografías u otro tipo de imágenes o representaciones de sus establecimientos, emblemas, eslóganes o cualquier otro elemento asociado a PARADORES, ni en su publicidad o materiales de promoción institucional, ni en presentaciones curriculares u otros, sin la previa y expresa autorización por el departamento de Marketing de PARADORES.
35.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO: El contrato se extinguirá por resolución y por conclusión o cumplimiento del mismo. A estos efectos son causas de resolución, las siguientes:
- El incumplimiento de las cláusulas esenciales del contrato.
- La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. En los casos de fusión de empresas en los que participe la sociedad contratista, continuará el contrato vigente con la entidad absorbente o con la resultante de la fusión, que quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones dimanantes del mismo. Igualmente, en los supuestos de escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de
actividad de las mismas, continuará el contrato con la entidad resultante o beneficiaria, que quedará subrogado en los derechos y obligaciones dimanantes del mismo, siempre que tenga la solvencia exigida al acordarse la adjudicación.
- La demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista.
- La cesión del contrato sin autorización previa y por escrito de PARADORES.
- El mutuo acuerdo entre PARADORES y el contratista.
- La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento
- La existencia de obligaciones pendientes con la Seguridad y Tributarias del adjudicatario.
- La obstrucción a las facultades de dirección e inspección de PARADORES.
- El incumplimiento de la obligación del contratista de respetar el carácter confidencial respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato.
- El impago, durante la ejecución del contrato, de salarios por parte del contratista a los trabajadores que estuvieran participando en la misma, o el incumplimiento de las condiciones establecidas en los convenios en vigor para estos trabajadores también durante la ejecución del contrato.
- Cualquier otra causa que se establezca expresamente en el Pliego, en el Contrato o en cualquier otra documentación que revista carácter contractual.
Cuando el contrato se resuelva por causas imputables al contratista, éste deberá indemnizar a PARADORES de los daños y perjuicios causados.
36.- FIRMA DE LAS CONDICIONES PARTICULARES: Las presentes Condiciones revisten carácter contractual, por lo que deberán ser firmadas en prueba de conformidad, por el adjudicatario.
La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por parte del empresario del clausulado de este pliego de condiciones que rigen el presente contrato, sin salvedad alguna.
Paradores podrá, en cualquier caso de incumplimiento, instar la resolución del contrato o exigir su cumplimiento en los propios términos de la oferta y demás condiciones de los pliegos, y en ambos casos reclamar los daños y perjuicios que se le irroguen, adicionalmente a la incautación de la fianza, definitiva, en concepto de penalidad.
Madrid, Octubre de 2018.